Orden 24 julio 2006

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ORDEN DE 24 DE JULIO DE 2006, POR LA QUE SE REGULAN DETERMINADOS ASPECTOS SOBRE LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS CENTROS BILINGÜES BOJA de 11 de agosto de 2006

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ORDEN DE 24 DE JULIO DE 2006, POR LA QUE SE REGULAN

DETERMINADOS ASPECTOS SOBRE LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS

CENTROS BILINGÜESBOJA de 11 de agosto de 2006

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INTRODUCCIÓN

Referencia al Plan de Fomento del Plurilingüismo.

Caracterización de los centros bilingües. Referencia a las dos convocatorias de

proyectos ya realizadas y a la intención de seguir realizándolas.

Finalidad: establecer normas comunes y criterios generales, sin perjuicio de la autonomía pedagógica y organizativa de cada centro.

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DEFINICIÓN DE CENTROS BILINGÜES

Centros que, una vez autorizados por la Administración, promueven la adquisición y el desarrollo de competencias

lingüísticas en relación con las destrezas de escuchar, hablar, leer y escribir mediante el aprendizaje integrado de

contenidos y lenguas.

Abordan determinadas áreas en dos lenguas:

• Lengua 1 (lengua castellana)

• Lengua 2 (lengua de la sección bilingüe)

• A partir del 3º ciclo de E. P. incorporan una tercera lengua: Lengua 3

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CARACTERÍSTICAS DE LOS CENTROS BILINGÜES

Deben atenerse a las recomendaciones europeas para la enseñanza y aprendizaje de las lenguas.

Deben contar con el profesorado suficiente para impartir la enseñanza de las lenguas y de las áreas no lingüísticas en la Lengua 2.

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CARACTERÍSTICAS DE LOS CENTROS BILINGÜES

Deben dotarse de un nuevo modelo metodológico, curricular y organizativo, que contenga los principios del currículo integrado.

En un centro bilingüe pueden coexistir en un mismo curso grupos de alumnos que sigan el programa bilingüe con otros que no lo sigan. Los grupos que participan el programa bilingüe conforman la sección bilingüe.

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CRITERIOS GENERALES DE ACTUACIÓN

Obligación de la Dirección de informar a todos los sectores, incluyendo la convocatoria de Consejo Escolar y, específicamente, a los padres y madres del alumnado que se incorpore por primera vez al centro, sobre las características de la enseñanza bilingüe del proyecto del centro.

INFORMACIÓN A PRINCIPIOS DE CURSO

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CRITERIOS GENERALES DE ACTUACIÓN

En caso de que el número de vacantes disponibles en la sección bilingüe sea inferior al número de alumnos y alumnas interesados en formar parte de la misma, el Consejo Escolar establecerá, mediante sorteo público, la asignación del alumnado a dicha sección.

SORTEO PÚBLICO PARA LA ADMISIÓN

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CRITERIOS GENERALES DE ACTUACIÓN

La Dirección del Centro deberá organizar los cursos que constituyen la sección bilingüe en grupos flexibles de tal manera que permita que el alumnado se encuentre, siempre, agrupado en las áreas lingüísticas y en las áreas o materias no lingüísticas que se impartan en la Lengua 2. En el resto de las áreas dicho alumnado se integrará en los demás grupos existentes en el Centro.

AGRUPAMIENTO FLEXIBLE

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CRITERIOS GENERALES DE ACTUACIÓN

Decisión del equipo directivo, asesorado por el Coordinador del P. Bilingüe, teniendo en cuenta sus competencias comunicativas en Lengua 2 y su compromiso con el proyecto.

Dicho profesorado procurará impartir sus enseñanzas el mayor tiempo posible en la Lengua 2, aunque alternándola con la Lengua 1 cuando sea necesario.

DESIGNACIÓN DEL PROFESORADO QUE IMPARTE EL ÁREA NO LINGÜÍSTICA EN LENGUA 2

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HORARIO DEL ALUMNADO DE E. INFANTIL Y 1º CICLO DE E.

PRIMARIA E.I.: 1 hora y media distribuida en 3 días a la

semana.

1º ciclo de E.P.: 2 horas distribuidas en 4 horas a la semana.

Sensibilización a la L. 2, sin incremento horario para el alumnado.

Introducción progresiva.

E.I.: presencia simultánea del tutor y especialista en la clase.

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ARTÍCULO MODIFICADO POR LAS INSTRUCCIONES DE 31 DE JULIO DE 2008

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HORARIO DE E. PRIMARIA: 2º Y 3º CICLOS

Se impartirán en L. 2, al menos, Conocimiento del Medio y otra área.

No más del 50% del currículo ni menos del 30%.

El alumnado ha de recibir clases en la lengua 2 diariamente (bien en el área de L. 2, bien en las áreas no lingüísticas).

Los módulos pueden ser inferiores a la hora, siempre que se respete el cómputo anual.

A partir de 5º puede incorporarse la L. 3 : dos horas semanales, siempre que se haya completado el pograma bilingüe en los dos primeros ciclos.

MODIFICADO POR LAS INSTRUCCIONES DE 31 DE JULIO DE 2008

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HORARIO DE E.S.O. Lengua 2: 4 horas semanales de 1º a 3º. 5

horas semanales en 4º. Horario lectivo semanal de áreas lingüísticas y

no lingüísticas en L2: un mínimo de 30% y un máximo de 50% del total del currículo.

Los módulos pueden ser inferiores a la hora, siempre que se respete el cómputo anual.

El alumnado recibirá clases en Lengua 2 diariamente (sean de Lengua 2 o de áreas no lingüísticas).

MODIFICADO POR LAS INSTRUCCIONES DE 31 DE JULIO DE 2008

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HORARIO DE E.S.O.

El incremento horario de L. 2 se destinará a refuerzo o profundización.

Al menos, dos áreas no lingüísticas serán impartidas en L. 2, en función del Proyecto del Centro y de las competencias del profesorado. Preferentemente una de ellas será Ciencias Sociales.

El agrupamiento será flexible hasta que la totalidad de las líneas del centro no sigan el programa bilingüe.

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REQUISITOS DEL COORDINADOR

Profesor de Lengua, preferentemente L. 2

Destino definitivo en el centro.

En las Escuelas de E. Infantil, el Coordinador pertenecerá al centro de Primaria al que esté adscrito el alumnado.

Sin estos requisitos, con autorización de la Delegación Provincial.

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FUNCIONES DEL COORDINADOR

Velar por la correcta implantación del nuevo modelo.

Convocar reuniones del equipo docente para elaborar el currículo integrado.

Proponer y coordinar actividades del profesorado implicado.

Establecer el horario de los auxiliares de conversación.

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FUNCIONES DEL COORDINADOR

Participar en las reuniones del ETCP

Ser interlocutor con otros centros bilingües y con los responsables del Plan de Fomento del Plurilingüismo en las Delegaciones Provinciales.

REDUCCIÓN HORARIA: LA QUE ESTABLEZCA LA NORMATIVA VIGENTE

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FUNCIONES DELPROFESORADO DE ÁREAS LINGÜÍSTICAS (L. 1, L. 2 y

L. 3) Abordar el aprendizaje de las lenguas como

instrumento de comunicación, dando prioridad a esta competencia básica.

Coordinarse para procurar la transferencia de lo aprendido de unas lenguas a otras.

Participar en la elaboración del currículo integrado, siguiendo las recomendaciones del Marco de Referencia Europeo y del Portfolio Europeo.

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PROFESORADO DE ÁREAS NO LINGÜÍSTICAS EN L. 2.

Por cada línea, número máximo de docentes implicados en Primaria, 3 y en Secundaria, 4.

Reducción prevista: 2 horas.

En su horario deben costar horas semanales impartidas en L. 2 y reducciones horarias.

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RESPONSABILIDADES DEL PROFESORADO DE ÁREAS NO

LINGÜÍSTICAS Adaptar el currículo, incorporando

aspectos relativos al país extranjero.

Elaborar materiales en coordinación con el profesorado de L. 2.

Participar en la elaboración del currículo integrado siguiendo las recomendaciones europeas.

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CRITERIOS PARA LA ELABORACIÓN DEL CURRÍCULO

INTEGRADO Uso alternativo de las dos lenguas. Propiciar tareas comunicativas y el dominio de

diferentes formas de discurso. Recoger el hecho de la competencia plurilingüe y

pluricultural. Recoger el principio de que el aprendizaje de

lenguas extranjeras incide en la reflexión sobre la lengua materna.

Incluir el singular “estatus” de las lenguas como instrumento para el aprendizaje de otras áreas.

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CRITERIOS PARA LA ELABORACIÓN DEL CURRÍCULO

INTEGRADO Hacer explícito el tratamiento de las lenguas

como medio de estructuración del propio pensamiento y de conocimiento de otras culturas.

Incluir la capacidad de las lenguas para hacer cosas.

Establecer puentes entre las lenguas, unficando la terminología y el tratamiento metodológico, basándose en el enfoque comunicativo y en la concepción constructivista.

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EVALUACIÓN

En las áreas lingüísticas se tendrán en cuenta las recomendaciones europeas.

En las áreas no lingüísticas primarán los contenidos propios del área sobre las producciones lingüísticas en L. 2. que en todo caso serán tenidas en cuenta para mejorar los resultados de los alumnos.

En unas y otras se prestará especial atención al desarrollo de competencias comunicativas y al avance en la producción compensatoria de estrategias de comunicación.

Se evaluará el desarrollo de habilidades que incrementen el interés por otras lenguas y culturas.

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CERTIFICACIÓN

Diligencia extendida en el libro de escolaridad de la enseñaza básica y de calificaciones del Bachillerato para todos los alumnos que hayan completado todos los cursos de programa bilingüe.

También para los alumnos que a la entrada en vigor de la Orden hayan completado la enseñanza bilingüe.

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INCORPORACIÓN DE ÁREAS NO LINGÜÍSTICAS EN L. 3.

Carácter experimental.

Requiere autorización de las Direcciones de Planificación y Centros y de Ordenación y Evaluación Educativas.

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NORMATIVA APLICABLE

PARA TODO LO NO REGULADO EN ESTA ORDEN SE ESTARÁ A LO ESTABLECIDO EN LA NORMATIVA DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO VIGENTE DE CARÁCTER GENERAL.

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NÚMERO DE LÍNEAS DE LA SECCIÓN BILINGÜE

Será determinado por las Direcciones Generales de Planificación y Centros y de Ordenación y evaluación en función de las competencias lingüísticas que el profesorado del centro vaya adquiriendo en el proceso de formación permanente.

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PERÍODO TRANSITORIO DE ADAPTACIÓN

Lo establecerá la D.G. de Ordenación y Evaluación par los centros que implantaron el programa antes del 6 del curso 2005-06:

- CP J. Turina - IES Herrera

- CP Macarena - IES San Isidoro

- CP J. Mª del Campo - IES Triana

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