ONP - EXPOSICION CIP

25
12/06/22 Departamental Ancash ONP 1 Oficina de Normalización Oficina de Normalización Previsional – ONP Previsional – ONP Servicios Informáticos Servicios Informáticos Virtuales Virtuales

description

Los Servicios Informáticos Virtuales de la Oficina de Normalización Previsional ONP - Exposición de la II Charla Magistral Tecnológica "Los Nuevos Desafíos en las TIC's para la Región Ancash" - Colegio de Ingenieros del Perú CD Chimbote - 10/07/2010

Transcript of ONP - EXPOSICION CIP

Page 1: ONP - EXPOSICION CIP

12/04/23 Departamental Ancash ONP 1

Oficina de Normalización Oficina de Normalización Previsional – ONPPrevisional – ONP

Servicios Informáticos Servicios Informáticos VirtualesVirtuales

Page 2: ONP - EXPOSICION CIP

12/04/23 Departamental Ancash ONP 2

• Oficina de Normalización Previsional ONP: Es una Institución Pública Descentralizada del Sector Economía y

Finanzas, con personería jurídica de derecho público interno, con fondos y patrimonio propios y con autonomía funcional, administrativa, técnica, económica y financiera, creada por el Decreto Ley Nº 25967, modificado por la Ley Nº 26323, y reestructurada integralmente a través de la Ley N° 28532, cuyo objeto principal consiste en la Administración del Sistema Nacional de Pensiones (SNP) y el Fondo de Pensiones al que se refiere el Decreto Ley N° 19990, así como los otros sistemas de pensiones administrados por el Estado.

VISIÓN “Seguridad Previsional para todos los Peruanos”

MISIÓN“ Construir un Sistema Previsional justo y sostenible, a través de mejoras normativas, promoción de la Cultura Previsional y excelencia en el servicio”

Page 3: ONP - EXPOSICION CIP

12/04/23 Departamental Ancash ONP 3

VISIÓN AL 2011VISIÓN AL 2011

“Mayor integración de sectores informales y no contributivos a los Sistemas Previsionales, así como procesos eficientes, automatizados e integrados, con acceso en línea a la información previsional ”

PEI 2007 – 2011

Page 4: ONP - EXPOSICION CIP

12/04/23 Departamental Ancash ONP 4

Interconexión Ambito Nacional

Page 5: ONP - EXPOSICION CIP

12/04/23 Departamental Ancash ONP 5

• Todas las Sedes (Lima y Provincias) se encuentran interconectadas, a través de una línea dedicada, desde el mes de Mayo de 2001, teniendo la posibilidad de realizar consultas en línea sobre el estado de los expedientes administrativos y solicitudes presentadas por los interesados a través de:

• Nuevo Sistema de Trámite Documentario (NSTD),que fue implementado desde Julio del 2003.

• Nuevo Sistema de Pensiones (NSP),a través del cual se obtiene información relacionada a los pensionistas que administra la ONP

• Accesos a páginas de internet que permiten obtener:Información de documentos de identidad (RENIEC).Información de afiliación al Sistema Privado de Pensiones (SBS)Información de acreditados en EsSalud, entre otras.

• Transmisión de Voz sobre IP y transmisión Datos.• Cámaras Web• Sistema de Colas (Módulo de Tikettes, )

• Con la interconexión y las facultades otorgadas al Coordinador Departamental, mediante la Resolución Jefatural N° 088-2003-JEFATURA/ONP, resuelven en primera instancia las solicitudes de Causante Pensionista del D.L. 19990 y 18846.

Page 6: ONP - EXPOSICION CIP

12/04/23 Departamental Ancash ONP 6

PLAP ONP Ancash

Page 7: ONP - EXPOSICION CIP

12/04/23 Departamental Ancash ONP 7

• Características de las PLAP (Pataforma de Atención)• Las Plataformas de atención a Nivel Nacional cuentan con con un ambiente amplio y con

personal idóneo para la atención al público, con un área de Orientación y Recepción técnicamente implementada para brindar un mejor servicio.

• Nuestra Plap Ancash cuenta a la fecha con:

• 01 Supervisor • 03 personas de Orientación y Recepción • 03 Anfitriones • 03 Módulos de Atención • 04 Equipos de Cómputo • 01 Equipo exclusivo para emisión de Constancias de Pago • Módulo Multimedia • Administrador de Colas para la entrega de Tickets de Atención • Circuito Cerrado de Cámaras de TV, que permiten verificar el desarrollo de la atención de manera local y remota desde la sede central • Atención preferencial para personas discapacitadas, mujeres embarazadas, entre otras.

•Televisor• Ventiladores • Atención de paramédico • Botiquín de primeros auxilios • Brigadas de seguridad preparadas para casos de emergencia • Silla de ruedas • Dispensador de agua fría y caliente • Sala de espera • Luminarias adecuadas • Servicios higiénicos, incluso habilitados para personas discapacitadas. • Paneles, franelógrafos • Dípticos y trípticos informativos del SNP • Letreros de señalización • Otros

Page 8: ONP - EXPOSICION CIP

12/04/23 Departamental Ancash ONP 8

Sistema Administrador de Colas

Page 9: ONP - EXPOSICION CIP

12/04/23 Departamental Ancash ONP 9

Page 10: ONP - EXPOSICION CIP

12/04/23 Departamental Ancash ONP 10

Page 11: ONP - EXPOSICION CIP

12/04/23 Departamental Ancash ONP 11

Módulo de Consultas

Page 12: ONP - EXPOSICION CIP

12/04/23 Departamental Ancash ONP 12

Page 13: ONP - EXPOSICION CIP

12/04/23 Departamental Ancash ONP 13

Página Web de ONP: www.onp.gob.pe

Page 14: ONP - EXPOSICION CIP

12/04/23 Departamental Ancash ONP 14

ONP Virtual:

Page 15: ONP - EXPOSICION CIP

12/04/23 Departamental Ancash ONP 15

Page 16: ONP - EXPOSICION CIP

12/04/23 Departamental Ancash ONP 16

SISTEMA NACIONAL DE PENSIONES

Promoviendo la Cultura Previsional

Page 17: ONP - EXPOSICION CIP

12/04/23 Departamental Ancash ONP 17

SISTEMA PRIVADO DE PENSIONES - AFP SISTEMA NACIONAL DE PENSIONES

   

El Sistema Privado de Pensiones (SPP), Su Administración: está a cargo de empresas privadas –  AFP- y bajo la supervisión del Estado. Este sistema es del tipo de capitalización individual, es decir, el trabajador que se afilia a una AFP tiene una cuenta personal en la que realiza los aportes para su vejez, a lo largo de su vida laboral. El afiliado mantiene una cuenta individual y los aportes que se realizan en ella únicamente sirven para calcular su pensión en la AFP a la que pertenezca. Adicionalmente, puede realizar aportes voluntarios con la finalidad de incrementar el saldo de su cuenta y mejorar su pensión en el futuro.

El  Sistema  Nacional  de  Pensiones  (SNP)  es  un régimen  pensionario  del  tipo  de  capitalización colectiva  o  sistema  de  reparto  cuya  administración está a cargo de un organismo del Estado, la Oficina de  Normalización  Previsional  (ONP),  en  el  cual  los fondos  de  los  trabajadores  que  pertenecen  a  este sistema  forman  parte  de  un    fondo  que  sirve  para pagar  las  pensiones  de  los  asegurados,  cuando corresponda.No  hay  una  cuenta  personal  de  aportes  para  cada trabajador. 

Page 18: ONP - EXPOSICION CIP

12/04/23 Departamental Ancash ONP 18

• El Estado reconoce el derecho universal y progresivo de toda persona a la seguridad social, para su protección frente a las contingencias que precise la ley y para la elevación de su calidad de vida.

(Art. 10 de la Constitución Política del Perú de 1993)

Seguridad Social

¿Qué es Seguridad Social? Derecho que le asiste a toda persona de acceder, por lo menos, a una protección básica

para satisfacer estados de necesidad.

Objetivo: Brindar seguridad, tranquilidad frente a Contingencias reguladas.

EVOLUCION EN EL PERU

• Ley N° 8433 (1936), Seguro Social Obrero

• Ley N° 13724 (1962), Seguro Social Empleado

Ambos regulaban prestaciones de salud, prestaciones económicas y pensiones, por

separado• D. L. N° 19990: Crea el Sistema Nacional de Pensiones (01/05/73)• D.L. N° 25967: Modifica el Goce de pensiones de jubilación (19/12/92)• Ley N° 26504:Modifica edad de jubilación ( 19/07/95)• Ley N° 27617: Modifica la fórmula de cálculo para el S.N.P. (01/01/2002)

Page 19: ONP - EXPOSICION CIP

12/04/23 Departamental Ancash ONP 19

Tipos de Asegurados en el Sistema Nacional de Pensiones

Obligatorio Facultativo

a) Los trabajadores que prestan servicios bajo el régimen de la actividad privada para empleadores particulares, cualquiera que sea la duración del contrato y/ o el tiempo de trabajo por día

a) Facultativo Independiente.-Son las personas que realizan actividad económica independiente.

El Asegurado facultativo caduca si el asegurado:

b-. Los trabajadores de empresas de Propiedad Social, cooperativas - Deja de abonar aportaciones

correspondiente a 12 meses–Cesa su actividad económica Independiente–Obtiene la calidad de asegurado Obligatorio o adquiere el derecho a una pensión de Invalidez

c) Los trabajadores del servicio del hogar

d) Los Artistas b) Continuación Facultativa.- Son los asegurados que cesen de prestar servicios luego de 18 meses de aportes mínimos y que optan por la continuación facultativa. Tiene como plazo máximo 06 meses para acogerse a esta modalidad, contados a partir del último mes de aportación. La continuación caduca si el asegurado:

e) Los Chóferes Profesionales (ley 24827) - Deja de abonar aportaciones correspondientes a 12 meses

- Obtiene la calidad de asegurado obligatorio o: Adquiere derecho a una pensión de invalidez o jubilación del sistema nacional de pensiones

Page 20: ONP - EXPOSICION CIP

12/04/23 Departamental Ancash ONP 20

Prestaciones Reconocidas• Las prestaciones que otorga el S.N.P, son de carácter irrenunciable e imprescriptible.

Pensión

Derecho Propio

Derecho Derivado

Jubilación Invalidez Viudez Orfandad AscendenciaCapital de Defunción(Pago Unico)

Page 21: ONP - EXPOSICION CIP

12/04/23 Departamental Ancash ONP 21

D.L. 19990 Y SU MODIFICATORIAS EN EL TIEMPO

REGIMEN GENERAL

Hombres:Nacidos antes del 01-07-31 (Siempre que hayan aportado a alguna Caja del Seguro Social

MujeresNacidos antes del 01-07-36 (Siempre que hayan aportado a alguna Caja del Seguro Social

60 años de edad5 años aportación

55 años de edad5 años de aportación

REGIMEN ESPECIAL – DL 19990

Hombres: Mujeres:

PENSION REDUCIDA- DL 19990

60 años de edad5 años aportación

55 años de edad5 años aportación

D.L. 19990 (01.05.73 AL 18.12.92) DL. 25967 (19.12.92 AL 18.07.95) Ley 26504 (19.07.95)

Hombres: Mujeres: Hombres: Mujeres: Hombres: Mujeres:

“60 años de edad” “55 años de edad” “60 años de edad” “55 años de edad” “65 años de edad”

“65 años de edad”

15 años de aportación

13 años de aportación

20 años de aportación

20 años de aportación

20 años de aportación

20 años de aportación

Page 22: ONP - EXPOSICION CIP

12/04/23 Departamental Ancash ONP 22

Nota: se reducirá el 4% de la pensión establecida por cada año adelantado.

Nota: se reducirá el 4% de la pensión establecida por cada año adelantado.

Nota: se reducirá el 4% de la pensión establecida por cada año adelantado.

20 añosAportes20 añosAportes13 añosAportes

50 años de edadEdad50 años de edadEdad50 años de edadEdad

 MUJERES MUJERESal 18.12.92MUJERES

55 años de edadEdad55 años de edadEdad55 años de edadEdad

 HOMBRES  HOMBRES al 18.12.92HOMBRES

Reducción, Despido, Liquidación de EmpresasReducción, Despido, Liquidación de EmpresasReducción, Despido, Liquidación de Empresas

Art. 44° 2do PárrafoArt. 44° 2do PárrafoArt. 44° 2do Párrafo

      

Nota: se reducirá el 4% de la pensión establecida por cada año adelantado.

Nota: se reducirá el 4% de la pensión establecida por cada año adelantado.

Nota: se reducirá el 4% de la pensión establecida por cada año adelantado.

25 añosAportes25 añosAportes25 añosAportes

50 años de edadEdad50 años de edadEdad50 años de edadEdad

 MUJERES MUJERESal 18.12.92MUJERES

30 añosAportes30 añosAportes30 añosAportes

55 años de edadEdad55 años de edadEdad55 años de edadEdad

 HOMBRES  HOMBRES al 18.12.92HOMBRES

    Art. 44° 1er Párrafo

Vigencia del 19.07.95 a la actualidadVigencia del 19.12.92 a la actualidadVigencia del 01-05-73 a la actualidad

DL. 26504DL. 25967DL. 19990

Page 23: ONP - EXPOSICION CIP

12/04/23 Departamental Ancash ONP 23

REGIMENES ESPECIALESArt. 9° de la Ley 26504 establece que por Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, podrán fijarse edades de jubilación inferiores a las establecidas en la Ley para aquellos grupos de trabajadores que realicen labores en condiciones particularmente penosas o que implican un riesgo para la vida o la salud proporcionalmente creciente a la mayor edad de los trabajadores, siempre que cumplan con los 20 años de aportación requeridos.

Años en la modalidad

(trabajo efectivo)

Años de aportación (pensión completa)

(1)

Años de aportación (pensión proporcio

nal) (1)

Años en la modalidad (Trabajo Efectivo)

Años de aportación (pensión completa)

(2)

Años de aportación (pensión proporcio

nal) (2)

MINAS SUBTERRANEAS (SOCAVON)

45 10 20 10 10 20

TAJO ABIERTO 50 10 25 10 10 25 20

CENTROS MINEROS METALURGICOS O SIDERURGICOS

50 - 55 15 30 15 15 30 20

Ley N° 25009 - Jubilación Minera

MODALIDAD EDAD

D.L. N°19990 (1) D.L. N°25967 (2)

Page 24: ONP - EXPOSICION CIP

12/04/23 Departamental Ancash ONP 24

Régimen especial de Jubilación para la Sociedad Conyugal y las Uniones de Hecho

Creado mediante la Ley N.° 29451 y su Reglamento publicado el domingo 23 de mayo 2010 ya se encuentra activo.

Requisitos:1. Ser mayores a 65 años de edad.2. Acreditar de manera conjunta un período no menor de 20 años de aportes al SNP, pudiendo el aporte de la

pareja haberse hecho de manera simultánea.3. La antigüedad del matrimonio civil en sociedades conyugales debe ser mayor a diez años a la fecha de

presentación de la solicitud de pensión.4. El período exigible de convivencia permanente y estable en el caso de las uniones de hecho es de más de diez

años al momento de la presentación de la solicitud de pensión. 5. Dicho estado de convivencia deberá ser acreditado mediante sentencia judicial firme que declare la unión de

hecho.

• Las parejas de jubilados que cumplan con los requisitos señalados y deseen acceder a estos beneficios deberán presentar una declaración jurada suscrita conjuntamente en la que se declare que no perciben pensión de jubilación bajo algún régimen previsional u otro, por parte del Estado.

• Monto Mínimo de Pensión: S/. 415.00 nuevos sol ( será único y se pagará a favor de la sociedad conyugal o unión de hecho, a través de una cuenta mancomunada.)

• La pensión caducará por la invalidación del matrimonio o la disolución del vínculo matrimonial o disolución de la unión de hecho. También se podrá suspender la pensión temporalmente si por lo menos uno de sus miembros reinicia alguna actividad laboral, o si percibe ingresos por el desempeño de actividad independiente y la suma de la pensión percibida y su ingreso mensual supere el 50% de la UIT vigente.

Page 25: ONP - EXPOSICION CIP

12/04/23 Departamental Ancash ONP 25

• Preguntas

MUCHAS GRACIAS