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1 de 29 Anexo 1 CUMPLE REQUERIMIENTOS MÍNIMOS PARA UNIDAD MÓVIL DE TRANSMISIÓN SATELITAL SI NO DESCRIPCIÓN CANTIDAD QUE CONSTE DE: Equipo de Up-Link(Terrena) Antena Tx/Rx MPEG-2 DVB 4:2:0/4:2:2 banda “C” Frecuencia de Transmisión de 5.580 – 6.425 GHz. 2.4 metros de diámetro, una sola Pieza, foco primario. Motorizada, totalmente automática. Posicionador de 2 ejes (400 grados en azimut, & de 0-90 grados en elevación). Preparada para montaje en toldo de transporte terrestre, así como la facilidad de plegar y desplegar el plato parabólico en forma manual y automática. Guía de onda rígida hasta donde sea posible complementándose con guía de onda flexible, ambas para banda C. Si se requiere, deshumidificador de línea de transmisión. Herrajes cables y conectores propios para su instalación al sistema de transmisión satelital. Controlador para localización del satélite totalmente automático, GPS. LNB para banda C +/-150 KHz., 15 grados Kelvin. Sistema de transmisión Encoder MPEG 2 SD 4:2:2/ 4:2:0 , MPEG-4 AVC SD/HD 4:2:0 DVB- S, DVB-S2 DVB-DSNG Un solo canal HD/SD MPEG- 2/MPEG4 AVC 4:2:0/4:2:2 Preparado para que por licencia maneje señales en HD resolución 1080i X 1920. Capacidad de entradas al Encoder, de señal de video HD/SD-SDI con audio embebido, Video Compuesto NTSC Entrada DVB-ASI Entrada de Genlock. Entrada de Datos Asíncronos RS- 232 hasta 115Kbaud, MPE hasta 20 Mbps. 1

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Anexo 1

CUMPLE REQUERIMIENTOS MÍNIMOS PARA UNIDAD MÓVIL DE TRANSMISIÓN SATELITAL SI NO

DESCRIPCIÓN CANTIDAD QUE CONSTE DE:

Equipo de Up-Link(Terrena) Antena Tx/Rx MPEG-2 DVB

4:2:0/4:2:2 banda “C” Frecuencia de Transmisión de 5.580 – 6.425 GHz. 2.4 metros de diámetro, una sola Pieza, foco primario. Motorizada, totalmente automática. Posicionador de 2 ejes (400 grados en azimut, & de 0-90 grados en elevación). Preparada para montaje en toldo de transporte terrestre, así como la facilidad de plegar y desplegar el plato parabólico en forma manual y automática. Guía de onda rígida hasta donde sea posible complementándose con guía de onda flexible, ambas para banda C. Si se requiere, deshumidificador de línea de transmisión. Herrajes cables y conectores propios para su instalación al sistema de transmisión satelital. Controlador para localización del satélite totalmente automático, GPS. LNB para banda C +/-150 KHz., 15 grados Kelvin.

Sistema de transmisión Encoder MPEG 2 SD 4:2:2/ 4:2:0 , MPEG-4 AVC SD/HD 4:2:0 DVB- S, DVB-S2 DVB-DSNG Un solo canal HD/SD MPEG- 2/MPEG4 AVC 4:2:0/4:2:2 Preparado para que por licencia maneje señales en HD resolución 1080i X 1920. Capacidad de entradas al Encoder, de señal de video HD/SD-SDI con audio embebido, Video Compuesto NTSC Entrada DVB-ASI Entrada de Genlock. Entrada de Datos Asíncronos RS- 232 hasta 115Kbaud, MPE hasta 20 Mbps.

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Entradas de audio analógico, Audio AES/EBU y AC3. Formato de codificación de audio MPEG-1 Layer 2 Modo pass-through Dolby Digital 5.1 Modulador interno DVB-S2/DVB- S QPSK/8PSK , 15Msps. Salida Banda L Broadcast DVB- S/DVBS2, Symbol Rate desde 50ksps hasta 15Msps, Roll-of de 20% hasta 35%. Salida de monitoreo Banda L -45 dBm. Salida DVB-ASI Salida de reloj 10MHz y DC para el bloque UP CONVERTER externo. Loop-through ASI pasivo. Salida FI DVB-S/ DVB-S2 con impedancia de salida seleccionable 50 ohms/75ohms.

Amplificador de Potencia de Estado Sólido

Banda de operación “C” Extendida (5.850-6.725 GHz.). Potencia mínima de 140 Watts. Amplificador para montaje en rack. ZBUC Integral con Referencia Interna de 10 MHZ.

Sistema de monitoreo 2 Receptores DVB Digital IRD con Decoder Integrado A/V y ASI i/o. Decodificador Receptor Integrado (IRD) 4:2:2- 4:2:0 MPEG 4 SD (1.5 a 50 Mbps). Dos Salidas de Video Compuesto Dos salidas de Video SDI con audio embebido. 2 canales de audio estereo analógico. 4 canales desbalanceados AES/EBU. Demodulación QPSK. Entrada de RF en banda L con control de LNB con Loop Through Conector de GPI. Alimentación de 110 a 220 Volts de Corriente Alterna a 60 Hz.

Dos Monitores de 17 pulgadas dos entradas analógicas de video con loop. Dos entradas de video digital SD. Entrada de video HD Medidor en pantalla de nivel de audio Pantalla con relación de aspecto

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4:3 ,16:9 Entrada DVI Montaje en rack de 19 pulgadas Función de solo azul. Dos monitores de video de 8.4 pulgadas. una entrada analógica de video con loop. Dos entradas de video digital SD. Entrada de video HD Medidor en pantalla de nivel de audio Pantalla con relación de aspecto 4:3 ,16:9 Montaje en rack de 19 pulgadas Función de solo azul. Monitor de audio 4 Canales estereo ( 8 monoaural ) para señal analógica y digital AES/EBU. Montaje en rack de 19 Pulgadas Rasterizador. Montaje en rack de 19 Pulgadas Capacidad de monitoreo de dos señales al mismo tiempo en pantalla. Botonera de 12 posiciones de video SD (Audio embebido) Montaje en rack de 19 Pulgadas Tira de parcheo de video SD , con cables de parcheo (15) de 60 cms. Monitor Analizador de espectro Para banda “L” de 950 a 2150 Hz. y para F.I. de 50 a 90 MHz., resolución de banda ancha de 3MHZ a 100 MHz Sensibilidad en RF de -85 dBm. Alimentación de 85 a 265 VCA, 50/60 Hz. Montaje en rack de 19 Pulgadas. Compatibilidad total con el equipo de transmisión, banda C, que actualmente opera en el Canal Judicial.

Vehículo acondicionado. Camión modelo 2010 (Chasis,

Cabina ) Motor a gasolina, 6.8 lts. V10 Mínimo.

Transmisión manual de 6 Velocidades 362 HP @ 4,750 RPM mínimo Torque 457 lb-ft @ 3,250 RPM Capacidad de Carga de 4,520 Kg. Largo de 6.35 metros mínimo Ancho de 2.377 metros. Suspensión delantera

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independiente con resortes y amortiguadores y trasera de muelles con 11 hojas y amortiguadores. Amortiguadores presurizados para trabajo pesado. Dirección Hidráulica Rines de acero Arrastre convencional de 7,258 Kg. Tanque de combustible trasero de 151 litros mínimo. Alternador de 157 ampers mínimo Distancia entre ejes de 4186 mm. mínimo. Cinturones de seguridad.

Frenos Hidráulicos con reforzador de disco en las 4 ruedas con ABS. Bolsas de aire para conductor Barra estabilizadora delantera y trasera. Instrumentación con velocímetro, tacómetro, indicadores de aceite, temperatura, gasolina y batería Espejos manuales telescópicos y abatibles. Ganchos frontales de arrastre Cristales con tintado solar Luz interior en el toldo con dos luces. Adaptación para remolque.

Fabricación e instalación de una Caja Seca especial para Unidad Móvil de Transmisión Satelital. Características: Largo exterior mínimo 3.60 metros. Ancho exterior mínimo 2.44 metros. Altura interior mínima 1.80 metros. Piso en madera de Pino de 1 ½ pulgadas de espesor. Estructura: Bastidor estructural en acero en estacas y cerchas calibre 14, largueros en calibre 10 acero negro A-36, Puentes en calibre 12 con una separación de 0.30 centímetros.Plafonera tipo escalón. Forro exterior color blanco sujetado a estructura, adhesivos permanentes en bandas de doble sellado con pegamento base de poliuretano.

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Forro interior Triplay de 6 mm. en frente y costados, sujeto con remache, Poliestireno de 2” de espesor sobre paredes y techo de la caja seca. Dos puertas traseras abatibles, una puerta lateral derecha y una puerta lateral izquierda de salida de emergencia con barra de pánico. Ambas puertas de 0.85 X 2.05 con cerrojos tipo trailer, gasket perimetral de doble sellado en las puertas para evitar filtración. Escaleras deslizables para acceso al área de trabajo de la Unidad y en la puerta trasera del camión. Toldo en Aluminio de una sola pieza calibre 18 engargolado y pegado a la borda superior. Forro interior del toldo en tripla de 6 mm. Cajuelas en faldón para soportar carga de 400 Kg., para baterías auxiliares y para almacenamiento de equipo, todas con iluminación interna y placa de conexión externa. Bordas superior e inferior en extruido de 2 diamantes en calibre 14. Suministro e instalación de indicadores luminosos (cuartos , stop, luces de resguardo visual de la caja, etc.) cumpliendo con la SCT.

Acondicionamiento de la Unidad. Instalación de un sistema de suspensión de aire sobre el eje trasero para suavizar la marcha del vehículo en movimiento, con sistema de inyección de aire de acuerdo a la capacidad de carga. Suministro e instalación de 4 gatos estabilizadores eléctricos con sistema de control. Suministro e instalación de una escalera marinera para acceso al toldo del vehículo, instalada sobre la puerta posterior izquierda. Tratamiento Acústico y Térmico

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en paredes y techo de la unidad. Paredes y techo terminadas en alfombra antiestática. Terminado del piso de la unidad en Vinil antiderrapante. Diseño, fabricación e instalación de rack’s estándar con tiras de contactos, kit de Black paneles y tornilleria para ángulos de rack. Diseño, fabricación e instalación de mesa de trabajo en los racks terminada en laminado plástico de alta resistencia y rematada en maderas finas. Suministro e instalación de unidad de aire acondicionado con accesorios, para enfriamiento de los equipos y confort de 6 operadores. Generador ó generadores de energía eléctrica, suficientes para alimentar el sistema de aire acondicionado, la iluminación de la unidad y los contactos para el equipo electrónico incluyendo la terrena. Incluye diseño e instalación de un compartimiento especial para alojar la planta, con acondicionamiento y tratamiento acústico y térmico. Tanque adicional de gasolina para la planta que le permita operar hasta 8 horas continuas, sin usar el tanque del vehículo. Suministro e instalación de 2 baterías extras para soportar la demanda de DC de la unidad. Suministro e instalación de un Cargador Automático de Baterías. Diseño, fabricación e instalación de un Tablero de contactos externo, con su tapa (cajuela), para conexión de videos (5) y audios(6) externos, cables de cámara triaxial (3), Línea telefónica, etc. Diseño de instalación eléctrica, con todos los materiales, incluyendo ducteria, conectores, contactos etc.

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Instalación que incluya la alimentación para el Aire acondicionado, planta de energía eléctrica, regulador de voltaje, instalación de sistemas de protección eléctrica, tableros de control y medidores eléctricos. Iluminación interna mesa de trabajo. Iluminación de emergencia para área de trabajo, Iluminación interna para cada uno de los rack’s, Iluminación externa para operación y mantenimiento. Suministro e instalación de toma corrientes exteriores. Suministro e instalación de un tablero de Control de energía eléctrica para : Control de planta generadora, cambiadores de energía, de voltaje y corriente, pastillas protectoras, transferencia para energía eléctrica interna y externa. Suministro de UPS de montaje en rack con duración de respaldo de 5 minutos para todo el equipo. Diseño, suministro e instalación de una parrilla de carga. Suministro de 4 asientos tipo secretarial con pistón neumático, soporte lumbar y respaldo de posiciones para los operadores.

Curso de capacitación para

personal operativo y de ingeniería Manuales de operación y servicio

de todos los equipos. Garantía mínima de un año en

todos los equipos. Homologación de todos los

equipos ante SCT y COFETEL Tramites de permiso operación

Estación Terrena Transportable a cargo del proveedor, ante SCT y COFETEL

Servicios Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo durante un periodo de 1 año posterior a su instalación, con:

Garantía por escrito de cada uno de los componentes suministrados por un lapso de

tiempo mínimo de un año directo con el fabricante.

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Todas las refacciones deberán ser nuevas, no se permitirán refacciones remanufacturadas.

Reporte de servicio, donde se indique claramente, el diagnóstico, la falla, las

acciones realizadas y las recomendaciones para las posibles mejoras. Servicios de Instalación, configuración y puesta en marcha. Cursos de capacitación para 4 personas en la operación de los equipos. Tiempo de entrega (60 días naturales)

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ANEXO 2 Poder Judicial de la Federación Suprema Corte de Justicia de la Nación Licitación Pública Nacional

Propuesta Técnica

Descripción General de la Propuesta

Partida Cantidad Descripción

Única

Garantías___________________________________________ Nombre de la empresa________________________________ Nombre y firma del representante legal___________________

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Anexo 3

Suprema Corte de Justicia de la Nación Dirección General de Adquisiciones y Servicios Licitación Pública Nacional Propuesta económica

Columna “A”

Columna “B”

Columna “C”

Columna “D”

Columna “E”

Columna “F”

PARTIDA DESCRIPCIÓN Cantidad

Precio Total

Descuentos

Subtotal “B menos

C”

IVA “D por 16%”

Total Neto “D+F”

Única 1

TOTALES Total

columna “F”

Precio total neto consignado con letra (Columna “F”)

El plazo máximo para la entrega del vehículo en ningún caso deberá exceder de 60 días naturales contados a partir del día hábil siguiente a aquél en que se notifique el fallo correspondiente.

Los precios ofertados deberán ser en moneda nacional y estar protegidos con cinta adhesiva transparente. Nombre de la empresa________________________________ Anexar carta de aceptación de la forma de pago descrita en las bases.

Nombre y firma del representante legal___________________ Los precios ofertados serán vigentes hasta el cumplimiento del contrato.

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ANEXO 4 (CARTA PROTESTA)

Suprema Corte de Justicia de la Nación Dirección General de Adquisiciones y Servicios Licitación Pública Nacional P R E S E N T E.

Declaro bajo protesta de decir verdad y apercibido de las penas en que incurren los que declaran falsamente ante autoridad distinta a la judicial,

1. Que a mi representada no se le ha rescindido contrato alguno con la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Consejo o el Tribunal Electoral

2. Que entre los socios que integran la sociedad que represento no se encuentra algún servidor público.

3. Que no tengo conocimiento de que se encuentra en el supuesto de que sus representantes legales o socios tengan con los servidores públicos de la Suprema Corte que intervengan en cualquier forma en la adjudicación, contratación, vigilancia y cumplimiento de los contratos, alguna relación familiar dentro del cuarto grado, por consanguinidad o afinidad, o bien, profesional, laboral o de negocios, incluyendo aquéllas con las que en caso de contratar pueda resultar un beneficio para alguno de esos servidores públicos, su cónyuge o sus parientes consanguíneos o afines dentro del cuarto grado, o parientes civiles, así como para los socios o sociedades, incluyendo sus representantes legales, de los que formen o hayan formado parte o las hayan representado en los cinco años previos a la Licitación Pública Nacional número____________.

4. Que mi representada no se encuentra sujeta a proceso de liquidación, en concurso mercantil, concurso de acreedores o huelga estallada;

5. Que no se encuentra inhabilitada por cualquiera de los órganos competentes de la Administración Pública Federal

6. Que por su conducto no participan personas físicas o jurídicas que se encuentren inhabilitadas o impedidas conforme a la regulación aplicable a los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Federación.

Sin otro particular, reitero la veracidad de lo manifestado en el presente escrito.

A T E N T A M E N T E

Nombre y firma del representante legal.

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ANEXO 5

CARTA DE CONFIDENCIALIDAD (EN PAPEL MEMBRETADO DEL CONCURSANTE)

FECHA:________________

Suprema Corte de Justicia de la Nación Dirección General de Adquisiciones y Servicios Licitación Pública Nacional (Nombre del representante legal de la empresa concursante) actuando a nombre y representación de (Nombre de la empresa concursante). Por medio de la presente manifiesto el compromiso para guardar estricta confidencialidad y no divulgar a título personal, ni por medio de esta empresa, la información recibida en la carpeta correspondiente a la Licitación Pública LPN/SCJN/___/2009 para la____. De la misma forma manifiesto el compromiso de no hacer de dicha información para propósitos diferentes en trabajos presentes o futuros que no sean ejecutados por la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Estamos conscientes de que los datos son exclusiva propiedad de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, razón por la cual nos obligamos a devolver a ustedes toda la documentación recibida, sin haber obtenido copia de esta documentación a la entrega de nuestra propuesta. A nombre de mi representada, protesto que conocemos el alcance de nuestro compromiso y las consecuencias legales que su incumplimiento acarrearía, conforme a las disposiciones legales aplicables contenidas en la Ley de Propiedad Industrial y Código Penal Federal vigentes, las cuales aceptamos en este acto.

ATENTAMENTE

Nombre y firma del representante legal.

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ANEXO 6

(MANIFESTACIÓN DE DOMICILIO LEGAL DE LA EMPRESA)

Suprema Corte de Justicia de la Nación Dirección General de Adquisiciones y Servicios Licitación Pública Nacional

(Nombre del representante legal de la empresa____)

actuando a nombre y representación de (Nombre de la empresa concursante), por medio del

presente escrito me permito señalar como domicilio legal para recibir las notificaciones,

relacionadas con el procedimiento de contratación relativo a ________así como las

relacionadas con la contratación que llegare a celebrar con la Suprema Corte de Justicia de

la Nación, el ubicado en calle _____ número ______de la colonia en la ciudad de ________

Sin otro particular, protesto lo necesario.

A T E N T A M E N T E

Nombre y firma del representante legal.

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ANEXO 7 PROYECTO DE CONTRATO

CONTRATO NÚMERO SCJN/DGAS/AI-___/__/____

CONTRATO DE COMPRAVENTA Y DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS RELATIVO A LA ADQUISICIÓN DE UNA UNIDAD MÓVIL DE TRANSMISIÓN SATELITAL, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, EN LO SUCESIVO “LA SUPREMA CORTE”, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL LICENCIADO ____________________________, SECRETARÍO EJECUTIVO DE SERVICIOS, Y POR LA OTRA LA EMPRESA _______________________________, EN LO SUCESIVO “EL VENDEDOR” REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR ________________________________, EN SU CARÁCTER DE ___________________, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES:

D E C L A R A C I O N E S

I. "LA SUPREMA CORTE" MANIFIESTA POR CONDUCTO DE SU REPRESENTANTE QUE: I.1. Es uno de los órganos depositarios del Poder Judicial de la Federación en términos de lo dispuesto en los artículos 94 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 1º, fracción I de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. I.2. Requiere adquirir la unidad móvil de transmisión satelital, así como obtener la prestación de servicios para el Canal Judicial de “la Suprema Corte” resultado de la Licitación Pública Nacional número ________________, tal como se describen de manera general en la cláusula primera del presente instrumento y se detalla en el Anexo “1” del mismo. I.3. La contratación aludida en el inciso anterior fue autorizada por _______________________________________________ en su _______________ sesión ______________ celebrada el _____ de _________ de ___________, resultado de la Licitación Pública Nacional número ______________, conforme a lo establecido en los artículos ___ ___ ____ ___ ___ ____ del Acuerdo General de Administración VI/2008 del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, administración y desincorporación de bienes y la contratación de obras, usos y servicios requeridos por este Tribunal. I.4. El licenciado ____________________________, Secretario Ejecutivo de Servicios, está facultado para suscribir el presente contrato, según lo dispuesto en los artículos 136, fracciones VIII y XIV del Reglamento Interior de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y 10, párrafo primero y 11, fracciones XII y XXI, del Acuerdo General de Administración VI/2008 del veinticinco de septiembre de dos mil ocho del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, administración y desincorporación de bienes y la contratación de obras, usos y servicios requeridos por este Tribunal. I.5. Cuenta con el Registro Federal de Contribuyentes expedido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público SCJ9502046P5 a nombre de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. I.6. Para todo lo relacionado con el presente contrato señala como su domicilio el ubicado en la calle de José María Pino Suárez número 2, colonia Centro de la Ciudad de México, Delegación Cuauhtémoc, código postal 06060, México, Distrito Federal.

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II. “EL VENDEDOR” MANIFIESTA POR CONDUCTO DE SU REPRESENTANTE QUE: II.1. Acredita ser una sociedad mercantil legalmente constituida y registrada conforme a las leyes mexicanas, en términos de la escritura pública número ______ de ____ de ______de _______, otorgada ante la fe del licenciado ________________________, Notario Público número _______________, cuyo primer testimonio quedó inscrito en el Registro Público de _________________________________ bajo la partida número ___, ________ de _________ de______ de ______.

II.2. El _____________________________, en su carácter de ___________________, cuenta con facultades suficientes para suscribir el presente contrato, de conformidad con las facultades conferidas mediante instrumento número ________de ______de _____ de ____________, otorgado ante la fe del licenciado _________________________, Notario Público número ____ , _____________ las cuales no le han sido revocadas ni limitadas en forma alguna. II.3. A la fecha de la adjudicación de la presente contratación ni el vendedor persona jurídico colectiva, ni los socios de éste, se encuentran inhabilitados para celebrar contratos con la Administración Pública Federal o bien con el Poder Judicial de la Federación, ni éstos desempeñan actualmente un empleo, cargo o comisión en el servicio público y entre sus socios o accionistas no se encuentra un servidor público del Poder Judicial de la Federación. II.4. Conoce perfectamente las especificaciones técnicas de los equipos y servicios descritos en la cláusula primera de este instrumento, y cuenta con los elementos técnicos y capacidad económica necesarios para entregarlos y prestarlos a satisfacción de "la Suprema Corte". II.5. Cuenta con Registro Federal de Contribuyentes número _______________, otorgado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, según cédula de identificación fiscal que exhibe. II.6. Señala como domicilio para todos los efectos del presente contrato el ubicado en la calle ____________ número ___, colonia ____________________ Delegación ____________código postal _____, en México, Distrito Federal. Asimismo, manifiesta que notificará por escrito a este Alto Tribunal cualquier cambio de domicilio que realice. II.7. Para recibir los pagos derivados del presente contrato, señala la cuenta de cheques número ____________ de la Institución Bancaria _______________, plaza ____ ciudad de _______, sucursal ______, con número de Clave Bancaria Estandarizada __________________. III. LA “SUPREMA CORTE” Y “EL VENDEDOR” DECLARAN QUE: III.1. Se reconocen mutuamente la personalidad jurídica con la que comparecen a la celebración del presente instrumento y manifiestan que todas las comunicaciones que se realicen entre ellas se dirigirán a los domicilios indicados en los antecedentes I.6 y II.6 de este instrumento.

C L Á U S U L A S

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PRIMERA. OBJETO DEL CONTRATO. Con motivo de la adquisición de la unidad móvil de transmisión satelital y de la prestación de los servicios relacionados con ésta, para el Canal Judicial de “la Suprema Corte”, “el Vendedor” se obliga a proporcionar a “la Suprema Corte”, los siguientes bienes y a prestar los siguientes servicios: Requerimientos mínimos para la unidad móvil de transmisión satelital:

Equipo de Up-Link (Terrena) Antena Tx/Rx MPEG-2 DVB 4:2:0/4:2:2 Sistema de transmisión Modulador interno Amplificador de Potencia de Estado Sólido Sistema de monitoreo: 2 receptores DVB digital IRD con decoder integrado A/V y

ASI i/o Dos monitores de 17 pulgadas Dos monitores de video de 8.4 pulgadas Monitor de audio 4 canales Rasterizador Botonera de 12 posiciones de video SD (Audio embebido) Tira de parcheo de video SD, con cables de parcheo (15) de 60 cms. Monitor analizador de espectro para banda “L” Compatibilidad total con el equipo de transmisión, banda C, que actualmente

opera en el Canal Judicial.

Vehículo acondicionado Camión (Chasis, Cabina) Fabricación e instalación de una Caja Seca especial para unidad móvil de

transmisión satelital Acondicionamiento de la unidad Diseño de instalación eléctrica, con todos los materiales, incluyendo

ductería, conectores, contactos, etc. Curso de capacitación para personal operativo y de ingeniería. Manuales de operación y servicio de todos los equipos. Garantía mínima de un año en todos los equipos. Homologación de todos los equipos ante SCT y COFETEL Trámites de permiso operación Estación Terrena Transportable a cargo de “el

Vendedor”, ante SCT y COFETEL. Servicios:

Servicio de mantenimiento correctivo durante un periodo de 1 año posterior a su instalación con:

Garantía por escrito de cada uno de los componentes suministrados por un lapso de tiempo mínimo de un año directo con el fabricante.

Todas las refacciones deberán ser nuevas, no se permitirán refacciones remanufacturadas.

Reporte de servicio, donde se indique claramente el diagnóstico, la falla, las acciones realizadas y las recomendaciones para las posibles mejoras.

Servicio de instalación, configuración y puesta en marcha. Cursos de capacitación para 4 personas en la operación de los equipos.

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Cualquier otra característica de los bienes y servicios no especificados en esta cláusula, se contiene en las propuestas técnica y económica presentadas por “el Vendedor”, el __________ de ______________ de dos mil nueve, documentos que forman parte integrante del presente contrato y se agregan a él como Anexo “1” y Anexo “2”, respectivamente. Para efectos de la obligación antes señalada “el Vendedor” se compromete a entregar los bienes y a prestar los servicios y “la Suprema Corte” a efectuar su pago. SEGUNDA. MONTO DEL CONTRATO. “La Suprema Corte" cubrirá a “el Vendedor” como precio por la adquisición de la unidad móvil de transmisión satelital y la prestación de los servicios mencionados en la cláusula anterior, la cantidad de $_____________ (_________________________________________________ /100 moneda nacional), más el ____% del impuesto al valor agregado equivalente a $__________ (_______________________________________ /100 moneda nacional), dando un importe total de $____________ (__________________________________________________ /100 moneda nacional).

A su vez “el Vendedor” se obliga a respetar los precios y condiciones de pago pactados en este instrumento.

TERCERA. FORMA DE PAGO. Las partes convienen en que el pago se realizará dentro de los quince días hábiles siguientes a la recepción, instalación y capacitación a entera satisfacción de “la Suprema Corte” y previa la entrega de la factura respectiva. La factura deberá ser entregada dentro de los diez días hábiles siguientes a la entrega a entera satisfacción y deberá cumplir con los requisitos de ley y con los datos señalados en las declaraciones I.5 y I.6 de este instrumento. Los pagos que realice “la Suprema Corte” a favor de “el Vendedor” sólo podrán realizarse mediante depósito en la cuenta de cheques señalada en la declaración II.7 de este instrumento, la que podrá sustituirse mediante escrito firmado por _______________ en su carácter de _________________ de “el Vendedor”, previa exhibición de la factura correspondiente. En caso de incumplimiento por parte de “el Vendedor”, “la Suprema Corte” podrá retener los pagos que tenga pendientes de cubrir. CUARTA. PAGOS EN EXCESO. “El Vendedor”, deberá reintegrar las cantidades pagadas en exceso, más los intereses que correspondan conforme a la tasa prevista en la Ley de Ingresos de la Federación, del ejercicio relativo a la firma de este instrumento, para los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Los cargos se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por días naturales desde la fecha del pago a “el Vendedor”, hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de “la Suprema Corte”. QUINTA. IMPUESTOS. El impuesto al valor agregado se pagará a “el Vendedor” aplicando la tasa correspondiente, en términos de lo previsto en el artículo 1° de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, lo que deberá señalarse en la factura respectiva.

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SEXTA. LUGAR Y PLAZOS DE ENTREGA DE LOS BIENES. La entrega de la unidad móvil de transmisión satelital se hará dentro de los sesenta días naturales siguientes a la notificación del fallo correspondiente. La entrega se llevará a cabo en ________________________________________, en caso de que el plazo se cumpla en día inhábil, se pasará en automático al día hábil siguiente. El plazo citado en el párrafo que antecede empezará a correr al día hábil siguiente al en que “el Vendedor” sea notificado del fallo correspondiente. SÉPTIMA. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. Para garantizar el fiel y exacto cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que “el Vendedor” asume con la celebración del presente contrato, así como para el pago de las penas estipuladas y posibles pagos en exceso, se obliga a otorgar fianza de compañía legalmente autorizada por el equivalente al 10% del monto total del mismo sin contar el impuesto al valor agregado, esto es, por la cantidad de $__________ (______________________________________________ /100 moneda nacional), y hasta 20% más en el supuesto de que por algún motivo deba incrementarse el costo de los bienes y servicios contratados. La presente garantía, deberá contratarse de modo que esté vigente hasta que los bienes y servicios materia del contrato de referencia hayan sido recibidos en su totalidad y a entera satisfacción de “la Suprema Corte” y se haya presentado el acta de entrega-recepción correspondiente. Dicha fianza solo podrá ser cancelada con el consentimiento expreso y por escrito de “la Suprema Corte”. I. En la póliza de fianza que se expida por la institución autorizada, deberá constar la siguiente leyenda: "- Nombre de la afianzadora- en ejercicio de la autorización que le fue concedida por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de conformidad con lo dispuesto en la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, se constituye ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en fiadora hasta por a cantidad de $__________ (______________________________________________ /100 moneda nacional) y hasta un 20% más en el supuesto de que por algún motivo deba incrementarse el costo de los bienes y servicios contratados para garantizar, por parte de _______________________________ con domicilio en la calle de _______________ número ___, colonia ___________________, código postal _____, ______, __________, el fiel y exacto cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a su cargo, derivadas del contrato número SCJN/DGAS/AI-___/__/____, celebrado entre la Suprema Corte de Justicia de la Nación y _______________________________, con un monto total contratado que asciende a la cantidad de $____________ (_________________________________ /100 moneda nacional), que incluye el impuesto al valor agregado. "La afianzadora” expresamente declara que: - La presente fianza se expide de conformidad con lo establecido en el “Acuerdo General de Administración VI/2008 del veinticinco de septiembre de dos mil ocho del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, administración y desincorporación de bienes y la contratación de obras, usos y servicios requeridos por este Tribunal” y en el contrato número SCJN/DGAS/AI-___/__/____, celebrado entre la Suprema Corte de Justicia de la Nación y la empresa _______________________________, con el objeto de garantizar el

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fiel y exacto cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones correspondientes a la adquisición de una unidad móvil de transmisión satelital para el Canal Judicial, con un monto total contratado de $____________ ______________________________________________________ /100 moneda nacional), que incluye el impuesto al valor agregado. - La fianza se otorga atendiendo a las estipulaciones contenidas en el contrato número SCJN/DGAS/AI-___/__/____.

- La presente fianza tendrá vigencia desde la fecha de su expedición y hasta que los bienes y servicios materia del contrato de referencia hayan sido recibidos en su totalidad y a satisfacción de “la Suprema Corte” y se haya presentado el acto de entrega-recepción correspondiente y sólo podrá ser cancelada con el consentimiento expreso y por escrito de “la Suprema Corte”. - De existir recursos legales o juicios relacionados con el contrato número SCJN/DGAS/AI-___/__/____, la fianza estará vigente durante la substanciación y hasta que se dicte resolución definitiva por autoridad competente. - La afianzadora acepta someterse a los procedimientos de ejecución previstos en la Ley Federal de Instituciones de Fianzas para la efectividad de la fianza, aun para el caso de que procediera el cobro de intereses con motivo del pago extemporáneo del importe de la fianza. - La fianza garantiza el cumplimiento total de lo contratado, aún cuando exista subcontratación con la autorización expresa de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. - La Tesorería de la Federación, podrá reclamar el pago de la cantidad establecida en la presente póliza de fianza, conforme al procedimiento señalado en el artículo 95, de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas. - La presente fianza podrá ser liberada a “el Vendedor” siempre y cuando “la Suprema Corte” emita su consentimiento por escrito en el que conste el cumplimiento del contrato. - La presente fianza garantizará la obligación principal del contrato debiendo cubrir el importe correspondiente a la obligación principal. Tratándose de prórrogas en el plazo de ejecución pactadas en algún instrumento de la misma naturaleza del contrato original, la presente fianza quedará vigente por un plazo igual al acordado en el convenio modificatorio que en su caso llegare a suscribirse o el que corresponda al plazo de atraso. De existir incremento al monto, la fianza cubrirá hasta un 20% adicionalmente al originalmente pactado. - Para la interpretación y cumplimiento de las estipulaciones contenidas en el presente contrato de fianza, así como en caso de controversia, siempre que una de las partes en contienda sea la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la institución de fianzas se somete expresamente a las decisiones del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, órgano competente para interpretar y hacer cumplir lo pactado en este contrato, en términos de lo dispuesto en el artículo 11, fracción XX de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, renunciando en forma expresa a cualquier otro fuero que, en razón de su domicilio, tengan o llegaren a tener." II. Las partes convienen en que la fianza deberá ser presentada dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha en que se firme el contrato, en caso de que transcurrido el plazo señalado no se hubiere presentado la fianza en la forma y términos pactados, “la Suprema Corte” podrá rescindir el presente contrato.

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“El Vendedor” por medio de este instrumento renuncia expresamente al derecho de compensación que pudiera hacer valer en contra de “la Suprema Corte”, dando con esta renuncia cumplimiento a lo que se establece en el párrafo último del artículo 118 Bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas. Las partes convienen que la presente garantía será exigible cuando “el Vendedor” incumpla cualquiera de las cláusulas previstas en el presente instrumento. OCTAVA. GARANTÍA DE LOS BIENES. “El Vendedor”, garantiza los bienes instalados por un año a partir de la fecha de entrega-recepción a entera satisfacción de “la Suprema Corte”, incluyendo refacciones y mano de obra (o sustitución del equipo en el caso de que éste no sea reparado en menos de ____ horas), debiendo repararse con refacciones originales (de igual marca y modelo o superiores) nuevas; en caso de sustitución de los bienes, los que lo sustituyan deberá ser configurado igual al originalmente ofertado. Los bienes, partes y materiales que estén fuera de especificaciones y/o presenten fallas serias antes de su instalación y aceptación o bien después y dentro de los treinta días siguientes, deberán ser reemplazados por productos nuevos, por parte de “El Vendedor”, sin ningún costo adicional para "la Suprema Corte". NOVENA. PROCESO DE RECEPCIÓN DEL VEHÍCULO. “El Vendedor” se obliga a entregar en los términos pactados en el presente instrumento, la unidad móvil, así como a completar y en su caso, a sustituir los bienes defectuosos o faltantes una vez que se haya realizado el proceso de recepción correspondiente en el que “la Suprema Corte” por conducto de la Dirección General del Canal Judicial reciba la unidad móvil. Una vez recibido el vehículo, en un plazo no mayor de cinco días hábiles, la Dirección General del Canal Judicial verificará la cantidad y contenido de la adaptación, y realizará un reporte para la Secretaría Ejecutiva de Servicios, en el que especifique las condiciones del vehículo entregado. Posteriormente, la referida Dirección General en un plazo no mayor a tres días hábiles, extenderá a “el Vendedor” la carta de recepción de conformidad de los bienes o la solicitud de entrega de los bienes faltantes y en su caso, la reposición de los que se encuentren defectuosos. En el caso de que se solicite a “el Vendedor” la entrega o reposición de los bienes, éste tendrá un plazo no mayor a cinco días hábiles para corregir dicha anomalía a fin de no incurrir en incumplimiento del presente contrato. Lo anterior, sin menoscabo de las garantías que “el Vendedor” debe otorgar respecto de los bienes adquiridos y la prestación de servicios contratados. La Dirección General de Adquisiciones y Servicios para dar por concluido los derechos y obligaciones asumidos por las partes en el presente contrato, elaborará el finiquito correspondiente, anexando el acta recepción física de los trabajos, bienes o servicios. Los servicios realizados total o parcialmente, materiales y en general la información que se encuentre en el lugar de su ejecución que se hubiesen entregado a “el Vendedor” para cumplir con el objeto del presente contrato, son propiedad de “la Suprema Corte”, por lo que “el Vendedor” se obliga a devolverlos.

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DÉCIMA. PENA CONVENCIONAL. Las penas convencionales serán determinadas por “la Suprema Corte” en función del incumplimiento del presente contrato y conforme a lo siguiente: En caso de incumplimiento de las obligaciones pactadas en el contrato y sus anexos, “la Suprema Corte” podrá aplicar a “el Vendedor” una pena convencional que se ajustará proporcionalmente al porcentaje incumplido, sin menoscabo de hacer efectiva la garantía de cumplimiento referida en la cláusula séptima de este contrato. En caso de incumplimiento en el plazo de entrega del vehículo, mencionado en la cláusula sexta se hará acreedor a una sanción equivalente al monto que resulte de aplicar el 10 al millar diario de la cantidad que importen los bienes y servicios pendientes de entrega hasta en tanto se dé cumplimiento total a lo pactado. Dicha sanción no podrá exceder la garantía de cumplimiento de contrato. La pena convencional antes referida podrá aplicarse a los montos que adeude “la Suprema Corte” a “el Vendedor”. Para determinar la aplicación de las penas que en su caso se llegarán a imponer, se considerarán los ajustes generados durante la vigencia del contrato. DÉCIMA PRIMERA. SUBCONTRATACIÓN. Para los efectos del presente contrato se entiende por subcontratación el acto por el cual “el Vendedor” encomienda a otra persona física o jurídico colectiva, la ejecución de parte de los servicios, o de aquellos que requieran la utilización de profesionales distintos a los de “el Vendedor” para cumplir con el objeto del presente contrato. Cuando “el Vendedor” pretenda realizar una subcontratación en los términos del párrafo que antecede, deberá comunicarlo previamente por escrito a “la Suprema Corte”, la que resolverá si acepta o rechaza la subcontratación. En ningún caso se aceptará la subcontratación de la totalidad de los servicios con un solo subcontratista. En caso de subcontratación, el único responsable de la ejecución de los servicios será “el Vendedor” y será a éste al que se le cubra su importe. El subcontratista no quedará subrogado en ninguno de los derechos de “el Vendedor” ni tendrá relación alguna con “la Suprema Corte”. DÉCIMA SEGUNDA. RESCISIÓN. Las partes convienen y aceptan que “la Suprema Corte” podrá rescindir el presente contrato sin que medie declaración judicial, en caso de que “el Vendedor” deje de cumplir cualquiera de las obligaciones que asume en el presente contrato por causas que le sean imputables, o bien, en caso de ser objeto de embargo, huelga estallada, concurso mercantil o liquidación. Antes de declarar la rescisión, “la Suprema Corte” notificará por escrito las causas respectivas a “el Vendedor” en el domicilio señalado en la declaración II.6 de este instrumento, con quien en el acto se encuentre, otorgándole un plazo de quince días hábiles para que manifieste lo que a su derecho convenga y anexe los documentos que estime convenientes y vencido este plazo con su respuesta o sin ella, “la Suprema Corte” resolverá si procede o no la rescisión. Serán causas de rescisión del presente instrumento las siguientes circunstancias:

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1. Contravenir las disposiciones, lineamientos, bases, procedimientos y requisitos establecidos para el procedimiento de Licitación Pública Nacional de conformidad con el Acuerdo General de Administración VI/2008 del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación del veinticinco de septiembre de dos mil ocho y demás disposiciones administrativas sobre la materia.

2. Si “el Vendedor” no exhibe las garantías descritas en el presente instrumento.

3. Si “el Vendedor” suspende injustificadamente la entrega de los bienes o la

prestación de los servicios señalados en la cláusula primera del presente contrato o se niega a reponer alguna parte de ellos que hubiere sido rechazada por “la Suprema Corte”.

4. Si “el Vendedor” no entrega los bienes o presta los servicios de conformidad con lo

estipulado en su cotización, en el presente contrato o sin motivo justificado no acata las órdenes dadas por escrito por “la Suprema Corte” siempre y cuando sean congruentes con la naturaleza del servicio.

5. Si los subcontratistas o prestadores de servicios con los que haya celebrado

convenios de participación conjunta, son declarados mediante resolución judicial en embargo, huelga estallada, concurso mercantil o liquidación.

6. Si subcontrata parte del objeto del presente contrato que no haya sido previamente

autorizado por escrito por “la Suprema Corte”.

7. Si cede cualquier derecho, incluso los de cobro, derivados del presente contrato, sin autorización previa y por escrito de “la Suprema Corte”.

8. Si “el Vendedor” incurre en falsedad total o parcial respecto de la información

proporcionada para la celebración del presente contrato.

9. En general por el incumplimiento por parte de “el Vendedor” a cualquiera de las obligaciones derivadas del presente contrato.

En los supuestos a que se refiere esta cláusula, las partes convienen en que “la Suprema Corte” podrá descontarle a “el Vendedor” del monto pendiente por pagar, la pena convencional decretada por “la Suprema Corte” a que se refiere la cláusula décima del presente instrumento, considerando las causas que hayan motivado la rescisión y podrá hacerla efectiva con cargo a las cantidades pendientes de cubrirse por los bienes entregados o servicios no prestados, ello independientemente de que haga efectiva la garantía de cumplimiento establecida en este contrato o se solicite a “el Vendedor” su pago ingresando el monto de la pena convencional a la Tesorería de “la Suprema Corte”. DÉCIMA TERCERA. SUPUESTOS DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO, DIVERSOS A LA RESCISIÓN. El presente contrato podrá darse por terminado, al cumplimentarse su objeto o bien de manera anticipada cuando existan causas justificadas o razones de interés general, en términos de lo previsto en los artículos 148, 149, 150 y 151 del Acuerdo General de Administración VI/2008.

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DÉCIMA CUARTA. SUSPENSIÓN TEMPORAL DEL CONTRATO. Las partes acuerdan que “la Suprema Corte” podrá en cualquier momento suspender temporalmente, en todo o en parte el objeto materia de este contrato, por causas justificadas o por razones de interés general, sin que ello implique su terminación definitiva y, por tanto, el presente contrato podrá continuar produciendo todos sus efectos legales una vez desaparecidas las causas que motivaron dicha suspensión. El procedimiento de suspensión se regirá por lo previsto en el artículo 145 del Acuerdo General de Administración VI/2008. DECIMA QUINTA. ADMINISTRADOR DEL CONTRATO. “La Suprema Corte”, designa al Director General del Canal Judicial como “ADMINISTRADOR” del presente contrato, quien tendrá las facultades para supervisar su estricto cumplimiento, por lo que podrá revisar e inspeccionar los servicios que desempeñe “el Vendedor” y girar las instrucciones que considere oportunas, así como verificar que los bienes y servicios cumplan con las especificaciones señaladas en el presente contrato. DÉCIMA SEXTA. INEXISTENCIA DE LA RELACIÓN LABORAL. Todas las personas que intervengan para la realización del objeto de este contrato, serán trabajadores de “el Vendedor”, por lo que de ninguna manera existirá relación laboral entre ellos y “la Suprema Corte”. Será responsabilidad de “el Vendedor” cumplir con todas las obligaciones que a cargo de los patrones establecen las disposiciones que regulan SAR, INFONAVIT, Seguro Social y las contempladas en la Ley Federal de Trabajo; por tanto, responderá a todas las reclamaciones administrativas y juicios de cualquier orden que los trabajadores de “el Vendedor” presenten en su contra o de “la Suprema Corte”, en relación con la compraventa y la prestación de servicios motivo del presente contrato. El costo que implique el cumplimiento de estas obligaciones correrán a cargo de “el Vendedor” el que será el único responsable de las obligaciones adquiridas con sus trabajadores. “La Suprema Corte” estará facultada para requerir a “el Vendedor” los comprobantes de afiliación de sus trabajadores al IMSS, así como los comprobantes de pago de las cuotas al SAR, INFONAVIT e IMSS. En caso de que alguno o algunos de los trabajadores de “el Vendedor” ejecuten o pretendan ejecutar alguna reclamación administrativa o juicio en contra de “la Suprema Corte”, “el Vendedor” deberá rembolsar la totalidad de los gastos que erogue “la Suprema Corte” con motivo de las demandas instauradas por concepto de traslado, viáticos, hospedaje, transportación, alimentos y demás inherentes, con el fin de acreditar ante la autoridad competente que no existe relación laboral alguna con los mismos y deslindar a “la Suprema Corte” de cualquier tipo de responsabilidad en ese sentido. Las partes acuerdan que el importe de los referidos gastos que se llegaran a ocasionar podrán ser deducidos por “la Suprema Corte” de las facturas que se encuentren pendientes de pago, independiente de las acciones legales que se pudieran ejercer. DÉCIMA SÉPTIMA. INTRANSMISIBILIDAD DE LOS DERECHOS DERIVADOS EN EL PRESENTE CONTRATO. “El Vendedor” no podrá ceder, gravar, transferir o afectar bajo cualquier título todo o parte de los derechos y obligaciones que adquiere con motivo del presente contrato. DÉCIMA OCTAVA. MODIFICACIÓN AL CONTRATO. Las partes convienen y aceptan que cualquier modificación al presente instrumento procederá sólo por causas excepcionales plenamente justificadas a solicitud y por acuerdo de las partes y plena aprobación de los órganos competentes de “la Suprema Corte” de conformidad con lo previsto en los artículos 143, fracción I y 162 del Acuerdo General de Administración VI/2008 del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación del veinticinco de septiembre de dos mil ocho.

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DÉCIMA NOVENA. CONFIDENCIALIDAD Y DEL FOMENTO A LA TRANSPARENCIA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES. Las partes están de acuerdo en que el presente instrumento constituye información pública en términos de lo dispuesto en los artículos 1°, 7° y 42 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, por lo que los gobernados podrán realizar su consulta. Sin embargo de conformidad con lo establecido en el artículo 71 del Acuerdo General de la Comisión de Transparencia, Acceso a la Información Pública Gubernamental y Protección de Datos Personales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación de nueve de julio de dos mil ocho, relativo a los órganos y procedimientos para tutelar en el ámbito de este Tribunal los derechos de acceso a la información, a la privacidad y a la protección de datos personales garantizados en el artículo 6° Constitucional, “el Vendedor” se obliga a guardar secreto y a no divulgar por medio de publicaciones, conferencias, informes o cualquier otro medio de comunicación, aún electrónico, los datos personales a que tenga acceso con motivo de la documentación que maneje o conozca al desarrollar las actividades objeto del presente contrato, así como los resultados conferidos y obtenidos en los trabajos contratados. En caso de incumplimiento “la Suprema Corte” podrá exigir el pago correspondiente al 10% del monto total de este instrumento, por concepto de indemnización. VIGÉSIMA. LEGISLACIÓN APLICABLE. El acuerdo de voluntades previsto en este instrumento contractual se rige por lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Acuerdo General de Administración VI/2008, del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y en lo no previsto en éste por el Código Civil Federal, Código Federal de Procedimientos Civiles, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos y la Ley Federal del Procedimiento Administrativo en lo conducente. VIGÉSIMA PRIMERA. TRIBUNAL COMPETENTE. Para la interpretación y cumplimiento de las estipulaciones contenidas en el presente contrato, las partes se someten expresamente a las decisiones del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que es el órgano competente para interpretar y dirimir las controversias que pudieran llegar a suscitarse con motivo de lo pactado en el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11, fracción XX de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; renunciando en forma expresa a cualquier otro fuero que, en razón de su domicilio o vecindad, tengan o llegaren a tener. VIGÉSIMA SEGUNDA. ANEXOS. Forman parte integrante del presente instrumento los siguientes anexos: La Propuesta Técnica de “el Vendedor” de ____________ de _____ de dos mil

nueve, como Anexo “1”. La Propuesta Económica de “el Vendedor” de ___________ de ______ de dos

mil nueve, como Anexo “2”. Leído y explicado el presente contrato y al estar de acuerdo en su contenido y alcance, se firma con la conformidad de las partes por triplicado, en México, Distrito Federal el ______________ de ________ de ____________.

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POR “LA SUPREMA CORTE”

_______________________________

SECRETARIO EJECUTIVO DE SERVICIOS

POR “EL VENDEDOR”

_______________________________

T E S T I G O S

_______________________________

DIRECTOR GENERAL DE

ADQUISICIONES Y SERVICIOS

_______________________________

DIRECTOR GENERAL DEL CANAL JUDICIAL

ADMINISTRADOR DEL CONTRATO

04112009

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ANEXO 8 MODELO DE GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO "- Nombre de la afianzadora- en ejercicio de la autorización que le fue concedida por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de conformidad con lo dispuesto en la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, se constituye ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en fiadora hasta por a cantidad de $__________ (______________________________________________ /100 moneda nacional) y hasta un 20% más en el supuesto de que por algún motivo deba incrementarse el costo de los bienes y servicios contratados para garantizar, por parte de _______________________________ con domicilio en la calle de _______________ número ___, colonia ___________________, código postal _____, ______, __________, el fiel y exacto cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a su cargo, derivadas del contrato número SCJN/DGAS/AI-___/__/____, celebrado entre la Suprema Corte de Justicia de la Nación y _______________________________, con un monto total contratado que asciende a la cantidad de $____________ (_________________________________ /100 moneda nacional), que incluye el impuesto al valor agregado. "La afianzadora” expresamente declara que: - La presente fianza se expide de conformidad con lo establecido en el “Acuerdo General de Administración VI/2008 del veinticinco de septiembre de dos mil ocho del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, administración y desincorporación de bienes y la contratación de obras, usos y servicios requeridos por este Tribunal” y en el contrato número SCJN/DGAS/AI-___/__/____, celebrado entre la Suprema Corte de Justicia de la Nación y la empresa _______________________________, con el objeto de garantizar el fiel y exacto cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones correspondientes a la adquisición de una unidad móvil de transmisión satelital para el Canal Judicial, con un monto total contratado de $____________ ______________________________________________________ /100 moneda nacional), que incluye el impuesto al valor agregado. - La fianza se otorga atendiendo a las estipulaciones contenidas en el contrato número SCJN/DGAS/AI-___/__/____.

- La presente fianza tendrá vigencia desde la fecha de su expedición y hasta que los bienes y servicios materia del contrato de referencia hayan sido recibidos en su totalidad y a satisfacción de “la Suprema Corte” y se haya presentado el acto de entrega-recepción correspondiente y sólo podrá ser cancelada con el consentimiento expreso y por escrito de “la Suprema Corte”. - De existir recursos legales o juicios relacionados con el contrato número SCJN/DGAS/AI-___/__/____, la fianza estará vigente durante la substanciación y hasta que se dicte resolución definitiva por autoridad competente. - La afianzadora acepta someterse a los procedimientos de ejecución previstos en la Ley Federal de Instituciones de Fianzas para la efectividad de la fianza, aun para el caso de que procediera el cobro de intereses con motivo del pago extemporáneo del importe de la fianza. - La fianza garantiza el cumplimiento total de lo contratado, aún cuando exista subcontratación con la autorización expresa de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

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- La Tesorería de la Federación, podrá reclamar el pago de la cantidad establecida en la presente póliza de fianza, conforme al procedimiento señalado en el artículo 95, de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas. - La presente fianza podrá ser liberada a “el Vendedor” siempre y cuando “la Suprema Corte” emita su consentimiento por escrito en el que conste el cumplimiento del contrato. - La presente fianza garantizará la obligación principal del contrato debiendo cubrir el importe correspondiente a la obligación principal. Tratándose de prórrogas en el plazo de ejecución pactadas en algún instrumento de la misma naturaleza del contrato original, la presente fianza quedará vigente por un plazo igual al acordado en el convenio modificatorio que en su caso llegare a suscribirse o el que corresponda al plazo de atraso. De existir incremento al monto, la fianza cubrirá hasta un 20% adicionalmente al originalmente pactado. - Para la interpretación y cumplimiento de las estipulaciones contenidas en el presente contrato de fianza, así como en caso de controversia, siempre que una de las partes en contienda sea la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la institución de fianzas se somete expresamente a las decisiones del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, órgano competente para interpretar y hacer cumplir lo pactado en este contrato, en términos de lo dispuesto en el artículo 11, fracción XX de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, renunciando en forma expresa a cualquier otro fuero que, en razón de su domicilio, tengan o llegaren a tener."

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ANEXO 9

Listado de documentos del licitante.

1. Propuesta Económica Documentos requeridos

1 En el formato de cotización acompañado como anexo 3 se asentará el precio total que se cotiza por la única partida que se participa, descuentos, subtotal, el impuesto al valor agregado y el total neto.

Anexo 3

2 El plazo máximo para la entrega del vehículo en ningún caso deberá exceder de 60 días naturales contados a partir del día hábil siguiente a aquél en que se formalice el contrato correspondiente.

Anexo 3

3 Los precios ofertados deberán ser en moneda nacional y estar protegidos con cinta adhesiva transparente.

Anexo 3

4

Manifestación de aceptación de que el pago de los bienes y servicios se efectuará bajo el esquema de crédito dentro de los quince días hábiles siguientes a la recepción, instalación y capacitación a entera satisfacción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y previa presentación de la factura correspondiente a revisión

Anexo 3

5 Manifestación de que los precios ofertados no serán sujetos a ningún ajuste.

Anexo 3

2. Propuesta Técnica Documentos requeridos

1 La descripción detallada y ordenada de los bienes y servicios que se ofertan conforme a los cuadros del anexo técnico 1

Anexo 1 y 2

2 Información técnica de los bienes y servicios ofertados conteniendo como mínimo los requisitos técnicos especificados en las bases de la licitación y el señalamiento del cumplimiento de las normas de calidad, así como los demás aspectos técnicos que en su conjunto mejoren, especialicen y actualicen los que se hayan solicitado en las bases.

Anexo 1 y 2

3 Relación valorada de mínimo tres contratos de características similares celebrados en los últimos tres años, indicando las fechas de suscripción y, en su caso de finiquito, debidamente identificados, incluyendo los que se encuentren en proceso y, de estos últimos, el avance aproximado;

Escrito libre

4 Garantías de los bienes y servicios Anexo 1 y 2

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3. Documentación legal Documentos requeridos

1

Testimonios de los instrumentos notariales debidamente inscritos ante los registros que determine la ley, en que consten su constitución, su representante legal y sus reformas. En el caso de personas físicas, una identificación oficial.

Instrumentos notariales

2

Testimonio en el que conste el acto jurídico en virtud del cual se haya conferido al apoderado de la empresa participante la capacidad legal para actuar en su nombre en procedimientos de contratación e, incluso, en cualquiera de los actos relacionados con el vínculo contractual que pudiere establecerse;

Testimonio en virtud del cual se haya conferido al apoderado la capacidad legal.

3

Conforme al formato que consta en el Anexo 4, declaración firmada por el representante legal o por el respectivo apoderado legal del participante, persona física o jurídico colectiva, en la que manifieste, bajo protesta de decir verdad y apercibido de las penas en que incurren los que declaran falsamente ante autoridad distinta a la judicial

Anexo 4

4

Documento expedido durante el último semestre por algún órgano del Estado Mexicano en el cual conste el domicilio del participante para efectos del procedimiento de contratación y, en su caso, de la relación contractual que llegue a establecerse.

Constancia de domicilio

5

Escrito en el cual manifieste que en el domicilio al que se refiere el punto anterior recibirá toda clase de notificaciones de los actos derivados del procedimiento respectivo, incluyendo los derivados de la adjudicación correspondiente, e incluso todos los relacionados con la contratación que, en su caso, llegue a celebrarse

Anexo 6

6

Constancia de Inscripción y cédula del Registro Federal de Contribuyentes o tratándose de licitantes de nacionalidad extranjera comprobante de su inscripción para el cumplimiento de sus obligaciones fiscales ante las autoridades mexicanas.

Constancia de inscripción y cédula RFC

7 Carta de confidencialidad conforme al formato del anexo 5. Anexo 5

4. Documentación financiera Documentos requeridos

1 Estados financieros dictaminados del ejercicio 2008. Estados financieros

2 Estados financieros parciales con cifras al 31 de diciembre de 2009. Estados financieros

3 La declaración de pago provisional más reciente. Declaración de pago.

La documentación legal y financiera antes indicada deberá presentarse en idioma español en original o copia certificada por Fedatario Público, acompañada de copia simple para su cotejo y posterior devolución.

Los documentos presentados en copia simple sin exhibir original para su cotejo, se tendrán por no presentados.