Obstáculos Ttécnicos al Comercio

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OBSTÁCULOS TÉCNICOS AL COMERCIO NEGOCIACIÓN EN ACUERDOS COMERCIALES FACILITADOR: LIC. VÍCTOR MARTÍN MONDRAGÓN GUTIÉRREZ CONSULTOR EN COMERCIO EXTERIOR WWW.VICTORMONDRAGON.COM AVANSYS

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OBSTÁCULOS TÉCNICOS AL COMERCIO

NEGOCIACIÓN EN ACUERDOS COMERCIALES

FACILITADOR:

L IC . V ÍCTOR MARTÍN MONDRAGÓN GUTIÉRREZ

CONSULTOR EN COMERCIO EXTERIOR W W W. V I C TOR M ON DR AG ON .C OM

AVANSYS

® Presentación de los derechos reservados.

Una presentación de Víctor Martín Mondragón Gutiérrez para el tercer semestre

de la carrera de Administración de Negocios Internacionales, Avansys - Lima, se

diseño y editó en la ciudad en la ciudad de Lima a los 04 días del mes de junio

del 2015.

Queda prohibido su reproducción total o parcial sin autorización expresa de los

autores.

META DIDACTICA

Conocer los diferentes derechos y obligaciones que se

desprenden del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al

Comercio y su aplicación en el Perú.

OBSTÁCULOS TÉCNICOS AL COMERCIO

TEMARIO

Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio.

Aplicación de los Obstáculos Técnicos al Comercio en

el Perú.

OBSTÁCULOS TÉCNICOS AL COMERCIO

Acuerdo sobre

Obstáculos

Técnicos a l

Comercio de la

OMC.

OTC

ACUERDO OTC DE LA OMC

El acuerdo OTC busca lograr que los reglamentos técnicos, las normas y los procedimientos de evaluación de la conformidad adoptados por los países no creen obstáculos innecesarios al comercio.

No discriminar entre productos similares.

Reconoce los derechos de los países a adoptar disposiciones según sea apropiado para proteger objetivos legítimos (salud, seguridad, medio ambiente, etc.) .

Insta a los países a util izar las normas internacionales cuando sean apropiadas, pero no se les obliga a cambiar sus niveles de protección como consecuencia de la normalización.

OBSTÁCULOS TÉCNICOS AL COMERCIO

ACUERDO OTC DE LA OMC

Riesgo de incremento de barreras no arancelarias (OTC).

Necesidad de cautelar el derechos de los consumidores a una

l ibre elección informada de productos.

Elevación de los niveles de vida en el mundo.

Exigencias crecientes por la calidad de los productos por parte de

los consumidores.

Costos considerables para los productores y exportadores.

OBSTÁCULOS TÉCNICOS AL COMERCIO

OTC El Acuerdo OTC de la OMC aplica a tres

tipos de medidas:

Los Reglamentos Técnicos (RT).

Las Normas (N).

Los Procedimientos de Evaluación de

la Conformidad (PEC).

OBSTÁCULOS TÉCNICOS AL COMERCIO

Se excluyen del ámbito OTC: Compras de Gobierno, Servicio y las Medidas

Sanitarias y Fitosanitarias.

REGLAMENTO TÉCNICO

Documento en el que se establecen las

características de un producto o los

procesos y métodos de producción con ellas

relacionados, con inclusión de las

disposiciones administrativas aplicables, y

cuya observancia es obligatoria. También

puede incluir prescripciones en materia de

terminología, símbolos, embalaje, marcado

o etiquetado aplicables a un producto,

proceso o método de producción, o tratar

exclusivamente de ellas. (Anexo 1, art. 1

del AOTC de la OMC).

OBSTÁCULOS TÉCNICOS AL COMERCIO

NORMA Documento aprobado por una institución reconocida, que prevé,

para un uso común y repetido, reglas, directrices o características

para los productos o los procesos y métodos de producción

conexos, y cuya observancia NO es obligatoria. También puede

incluir prescripciones en materia de terminología, símbolos,

embalaje, marcado o etiquetado aplicables a un producto, proceso

o método de producción, o tratar exclusivamente de ellas. (Anexo 1,

art. 2 del AOTC de la OMC).

OBSTÁCULOS TÉCNICOS AL COMERCIO

PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN DE LA

CONFORMIDAD

Todo procedimiento uti l izado, directo o

indirectamente, para determinar que se

cumplan las prescripciones per tinentes

de los reglamentos técnicos o normas.

Comprende entre otros, los de muestreo,

prueba de inspección, evaluación,

verificación y garantía de la

conformidad (certificados, sellos, etc.) ;

registro, acreditación y aprobación,

separadamente o en distintas

combinaciones. (Anexo 1 , art . 3 del

AOTC de la OMC)

OBSTÁCULOS TÉCNICOS AL COMERCIO

REGLAMENTOS TÉCNICOS VS NORMAS

La observancia de los reglamentos

técnicos es obligatoria. La venta de un

producto importado que no cumple

con un RT se prohíbe.

OBSTÁCULOS TÉCNICOS AL COMERCIO

La conformidad con las normas es

voluntaria. Un producto importado que

no es conforme con una norma puede

ponerse en venta.

PRINCIPIOS DEL ACUERDO OTC El acuerdo OTC de la OMC garantiza un marco jurídico esencial y

establece principios que deben ser respetados por los países

miembros:

No discriminación.

Prevención de obstáculos innecesarios al comercio.

Armonización y uso de normas internacionales.

Transparencia.

OBSTÁCULOS TÉCNICOS AL COMERCIO

NO DISCRIMINACIÓN

Trato NMF (Art. 2.1 AOTC)

Un trato no menos favorables que el otorgado a productos similares de origen nacional y a productos similares originarios de cualquier otro país.

Ejemplo:

Los calzados originarios del país A estén sometidos en Perú (mercado de destino) a controles mas estrictos que los calzados originarios del país B.

* A r t . 5 . 1 .1 p a r a P E C

* P á r r a fo D d e l An exo 3 (C ó d ig o d e B u en a s P r á c t i c a s p a r a n o r m a s )

OBSTÁCULOS TÉCNICOS AL COMERCIO

PREVENCIÓN DE OBSTACULOS INNECESARIOS

Art. 2.2 AOTC

No se elaboren, adopten o apliquen reglamentos técnicos que tenga por

objeto o efecto crear obstáculos innecesarios al comercio internacional .

A tal fin, los RT no restringirán el comercio mas de lo necesario para

alcanzar un objeto legítimo, teniendo en cuenta los riesgos que crearía

no alcanzarlo.

OBSTÁCULOS TÉCNICOS AL COMERCIO

Tales objetivos legítimos son, entre otros: los imperativos de la seguridad nacional,

la prevención de prácticas que puedan inducir a error; la protección de la salud o

seguridad humanas, de la vida o la salud animal o vegetal, o del medio ambiente.

*Art. 5.1.2 para PEC

*Párrafo D del Anexo 3 (Código de Buenas Prácticas para normas)

USO DE NORMAS INTERNACIONAL

Art. 2.4 AOTC

Cuando sean necesarios RT y existan normas internacional

per tinentes o sea inminente su formulación definit iva, los

Miembros uti l izaran esas normas internacionales, o sus

elementos per tinentes, como base de sus RT.

OBSTÁCULOS TÉCNICOS AL COMERCIO

Art. 2.5 AOTC

Siempre que un RT se elabore, adopte o aplique para alcanzar uno de

los objetivos legítimos mencionados en el párrafo 2, y este en

conformidad con las normas internacionales pertinentes, se presumirá,

a reserva de impugnación, que no crea un obstáculo innecesario al

comercio internacional.

*Art. 5.4 para PEC

*Párrafo F del Anexo 3 (Código de Buenas Prácticas para normas)

TRANSPARENCIA Para RT y PEC: Los Miembros deben anunciar, mediante un aviso en una publ icación, en una etapa convenientemente temprana, acerca de su intención de introduci r un nuevo reglamento técnico (Ar t . 2 .9.1) o un nuevo Procedimiento de Evaluación de la Conformidad (5.6.1 . OTC) .

Para normas: se debe publ icar el programa de trabajo cada 6 meses se precisa las normas adoptadas adoptar (Li teral J Anexo 3) . Una publ icación oficial debe informar de la existencia de dicho programa.

Cada Miembro debe noti ficar a los Miembros de la OMC, v ía la Secretaria ANTES de la adopción de un RT o de un PEC (Ar t . 2 .9.2. y 5.6.2. AOTC) .

Antes de la adopción de los proyectos RT y PEC, los Miembros de la OMC deben permiti r a los demás Miembros, s in discriminación alguna para disponer de un plazo prudencial para formular sus observaciones escri tas y conversaciones sobre dichas medidas. Asimismo, debe tener en cuenta dichas observaciones escri tas y los resul tados de las conversaciones .

P lazo prudencial entre la publ icación del RT y su entrada en v igor.

OBSTÁCULOS TÉCNICOS AL COMERCIO

TRANSPARENCIA

Para RT y PEC: Los Miembros deben anunciar, mediante un aviso en

una publicación, en una etapa convenientemente temprana, acerca de

su intención de introducir un nuevo reglamento técnico (Art. 2.9.1) o un

nuevo Procedimiento de Evaluación de la Conformidad (5.6.1 . OTC).

Para normas: se debe publicar el programa de trabajo cada 6 meses se

precisa las normas adoptadas adoptar (Literal J Anexo 3). Una

publicación oficial debe informar de la existencia de dicho programa.

Cada Miembro debe notificar a los Miembros de la OMC, vía la

Secretaria ANTES de la adopción de un RT o de un PEC (Art. 2.9.2. y

5.6.2. AOTC).

OBSTÁCULOS TÉCNICOS AL COMERCIO

En este punto

estudiaremos

como se apl ica

e l acuerdo OTC

en los Acuerdos

Comercia les

del Perú .

APLICACIÓ

N OTC EN

EL PERÚ

APLICACIÓN DE LOS RT EN EL PERÚ

El Acuerdo OTC establece el marco

jurídico internacional para la

elaboración, adopción y aplicación de RT;

y el Código de Buena Conducta para la

Elaboración, Adopción y Aplicación de

Normas (Anexo 3, OTC).

Punto Focal del Perú = MINCETUR

(Notificación RT + PEC obligatorio) +

INDECOPI (Notificación e Información

Normas + PEC voluntario)

OBSTÁCULOS TÉCNICOS AL COMERCIO

CAMPO DE APLICACIÓN

Contenido técnico específico del RT: Definiciones, Condiciones

generales, Requisitos de envase, empaque y etiquetado, Referencia.

Procedimiento administrativo, Entrada en vigencia, Organismos

encargados de la PEC, Autoridad de fiscalización y/o supervisión,

Tipo de fiscalización y/o supervisión, y Régimen de sanciones.

OBSTÁCULOS TÉCNICOS AL COMERCIO

REGLAMENTOS TÉCNICOS

OBSTÁCULOS TÉCNICOS AL COMERCIO

http://www.mincetur.gob.pe/newweb/Default.aspx?tabid=3135

OTC EN ACUERDOS BILATERALES

OBSTÁCULOS TÉCNICOS AL COMERCIO

Tipo OMC PLUS:

Objetivos (implementar OTC, evitar OTC innecesarios).

Ámbitos y coberturas.

Normas Internacionales (recomendaciones del Comité OTC de la OMC).

Evaluación de la conformidad (reconocimientos de resultados, negociación de ARM).

Transparencia (notificación de proyectos, plazo para comentarios, plazo de implementación).

Cooperación (áreas de interés).

Comité Bilateral (consultas técnicas).

Intercambio de Información (plazo de entrega).

CONCLUCIÓN

OBSTÁCULOS TÉCNICOS AL COMERCIO

El capitulo de Obstáculos Técnicos al Comercio contiene

disposiciones que tienen por objeto evitar que los países, al

momento de elaborar sus normas, reglamentos técnicos y

procedimientos de evaluación de la conformidad, puedan

crear barreras incensarías al comercio. En este sentido, el

AOTC establece procedimientos básicos que minimizan este

riesgo.

"Las pequeñas OPORTUNIDADES son el principio de las grandes EMPRESAS.“

Víctor Mondragón Exportación - Inteligencia de Mercados

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