Observaciones y respuesta - core.ac.uk · ner que el valor de las acciones no es nunca intrínseco...

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Observaciones y respuesta Una réplica a «La estructura consecuencialista del utilitarismo» FRANCISCO LARA (Universidad dc Granada> Mi objetivo aquí no es hacer una réplica en sentido estricto sino más bien una ob- servación que considero importante para la mejor comprensión de algunos puntos del articulo del profesor Gilberto Gutiérrez, «La estructura consecuencialista del utilitaris- mo», Revista de Filosofía, 3 (1990). pp. 141-174. Me parece que el autor no establece una clara delimitación entre lo que es propia- mente el razonamiento consecuencialista y la interpretación específica que de él hace el utilitarismo. Ello tiene un efecto perjudicial para la diferenciación de las criticas que legítimamente pueden realizarse a uno ya otro de estos esquemas teóricos. Tal de- limitación sería conceptualmente importante en la indagación de propuestas éticas consecuencialistas inmunes a las tradicionales críticas al utilitarismo en sus distintas versiones. En la p. 159 del artículo que comentamos el autor señala que ciertas críticas al uti- litarismo coinciden todas ellas en «argumentar que nuestras convicciones morales en- cuentran inaceptables muchas de las conclusiones lógicas de los principios conse- cuencialistas». Entre ellas se encontrarian las siguientes: (Además de su efecto colonial por el que una minoría utilitarista ilustrada controla una sociedad que mayoritariamente no lo es) se ha señalado asimismo el escaso peso que el utilitarismo concede a las consideraciones de justicia y equidad en la suma total de utilidades y las restricciones que impone a la infonnación que acepta de los indiví- duos para la valoración de los estados sociales: su ya mencionada incapacidad para tener en cuenta el carácter único y separado de las personas, debida a sus mecanismos de agregación de las utilidades individuales: el atentado a la integridad personal que supone la obligación de producir las mejores consecuencias desde un punto de vista impersonal e imparcial (.4. (p. 159). A continuación voy a presentar algunas consideraciones que bosquejan la hipóte- sis de que las citadas criticas —quizás con la excepción de la referida al «colonialis- mo» del utilitarismo— no son dirigibles al consecuencialismo como tal, sino tan sólo a la interpretación utilitarista que se hace de él. Como señala el profesor Gutiérrez, «lo distintivo del Consecuencialismo es soste- ner que el valor de las acciones no es nunca intrínseco sino siempre consecuencial o derivativo y referido siempre a sus consecuencias sobre los estados finales de las co- sas» (p. .157). El consecuencialismo es esencialmente una teoría de la obligación que nos exige maximizar el valor moral. De ahí que no podamos decir que el consecuen- cialismo ponga restricciones informativas en la concepción del valor. Las exigencias de una teoría consecuencialista de lo correcto sobre el valor únicamente tienen un ca- rácter formal. Pero dentro de esos límites formales hay lugar para variadas conslidera- Revista de Filosofía. 3Y época. vol. ív (1991). núm. 6. págs. 429436. Editorial Complutense. Madrid

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Observacionesy respuesta

Una réplica a «La estructuraconsecuencialistadel utilitarismo»

FRANCISCO LARA(UniversidaddcGranada>

Mi objetivo aquíno es haceruna réplicaen sentidoestricto sino másbienunaob-servaciónqueconsideroimportanteparala mejorcomprensiónde algunospuntosdelarticulodel profesorGilbertoGutiérrez,«La estructuraconsecuencialistadel utilitaris-mo»,RevistadeFilosofía, 3 (1990). pp. 141-174.

Me parecequeel autorno estableceunaclaradelimitación entrelo quees propia-menteel razonamientoconsecuencialistay la interpretaciónespecíficaquede él haceel utilitarismo. Ello tiene un efectoperjudicial para la diferenciaciónde las criticasquelegítimamentepuedenrealizarsea unoy a otrodeestosesquemasteóricos.Tal de-limitación seríaconceptualmenteimportanteen la indagaciónde propuestaséticasconsecuencialistasinmunesa las tradicionalescríticasal utilitarismo en sus distintasversiones.

En la p. 159 del artículoquecomentamosel autor señalaqueciertascríticasal uti-litarismo coincidentodasellas en «argumentarquenuestrasconviccionesmoralesen-cuentraninaceptablesmuchasde las conclusioneslógicas de los principios conse-cuencialistas».Entreellas seencontrarianlas siguientes:

(Ademásde su efectocolonial por el queunaminoría utilitarista ilustradacontrolaunasociedadquemayoritariamenteno lo es)se haseñaladoasimismoel escasopesoqueel utilitarismoconcedealasconsideracionesdejusticia y equidadenlasumatotaldeutilidadesy lasrestriccionesqueimponea la infonnaciónqueaceptade los indiví-duos para la valoracióndelos estadossociales:su ya mencionadaincapacidadparatenerencuentaelcarácterúnicoy separadodelaspersonas,debidaasusmecanismosde agregacióndelas utilidades individuales:el atentadoa la integridad personalquesuponela obligaciónde producir las mejoresconsecuenciasdesdeun punto de vistaimpersonale imparcial (.4. (p. 159).

A continuaciónvoy a presentaralgunasconsideracionesque bosquejanla hipóte-sis de quelascitadascriticas—quizáscon la excepciónde la referida al «colonialis-mo» del utilitarismo—no son dirigibles al consecuencialismocomotal, sino tan sóloa la interpretaciónutilitarista quese hacede él.

Como señalael profesorGutiérrez,«lo distintivo del Consecuencialismoes soste-ner queel valor de lasaccionesno es nuncaintrínsecosino siempreconsecuencialoderivativo y referido siemprea susconsecuenciassobrelos estadosfinales de las co-sas»(p. .157). El consecuencialismoes esencialmenteuna teoríade la obligaciónquenosexige maximizarel valor moral. De ahíqueno podamosdecir queel consecuen-cialismo pongarestriccionesinformativasen la concepcióndel valor. Lasexigenciasde unateoríaconsecuencialistade lo correctosobreel valorúnicamentetienenun ca-rácterformal. Perodentro de esoslímites formaleshaylugar paravariadasconslidera-

Revista de Filosofía.3Y época.vol. ív (1991).núm. 6.págs.429436.Editorial Complutense.Madrid

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cionessustantivas.Las interpretacionesutilitaristas de esasexigencias—el «bienesta-rismo’> y el aditivismo— seriansólo un ejemploentreotros.

Siendoasí,sepuededecirque,si bienencontradel utilitarismoresultaserun argu-mentopoderososeñalar«el escasopesoqueel Utilitarismo concedea lasconsidera-cionesdejusticia y equidaden la sumatotal de utilidades»,no lo parecetantocomoargumentoencontrade otrasconcepcionesvalorativasconlasquepuedesustanciarseel esquemaconsecuencialista.Ciertamenteno lo seríaen contra de la teoría de T.Scanlonquealdar unaponderaciónespeciala los derechosy necesidadesmásurgen-tes, haceinviable la posibilidad de generalizaresetipo de criticasa todos los princi-pios consecuencialistas.Asimismo, en el ámbito de la economíadel bienestar,las for-masdel principio «rawlsiano»leximin incluyen ponderacionesigualitaristasen favorde los peorsituadosenla sociedadsin abandonarla ideade queel estadosocialmentemejorseaevaluadoen términosde buenasconsecuenciassegúnuna función de bie-nestarsocial.

Porotro lado, si admitimosla no sustantividaddelas restriccionesqueel esquemaconsecuencialistaimpone ala noción de valor moral, podemoscomenzara pensarenteoríasconsecuencialistasquese caracterizasenpor unaconcepciónpluralista de losestadosdecosasa maximizar:i. e..enellastendríanpesovaloresno agregables—p. e.,los derechos—o valores«referidosal agente»—suintegridad,suscompromisos.etc...Aunqueen esoscasossin perderde vista nuncalo siguiente.En primer lugar,quetan-to los derechoscomolos «deberesespeciales»quese aceptaríanentalesteoríasconse-cuencialistaspluralistasestaríandesprovistosde su fuerza prohibitiva. Esto tendríaqueserasíporquela globalidades unaexigenciaformal evaluativadel consecuencia-lismo y. porconsiguiente,el valor de la acciónno podríadependerexclusivamentedeellamisma,sino de los estadosde cosasresultantes—si bienen la evaluaciónde éstosestaríaincluida la consideracióndelos valoresquerecaensobreel agentedela acción.Así, los derechosu otros valoresseríantenidosen cuenta,peronuncadispondríandeun privilegio de veto en lasdeliberacionesmoralessobrequécursode acciónrealizarde entrevariosalternativos.Los mencionadosvaloresmantendríansu statusde inde-pendenciamoral: peroal mismotiemposu naturalezaseríaexclusivamentepromocio-nal y nuncarestriccionista.

En segundolugar, habríaque teorizarun tipo universalizablede relatividadconrespectoal agenteen la quelos valoresde integridady lealtadno impidierangaranti-zarquela evaluaciónfinal fuera impersonal.Con ello se podríadefenderquelasre-cientesafirmacionesquesostienenla imposibilidaddequeel consecuencialismopue-daabandonarun punto devista neutralenla evaluaciónmoral —y asísu incapacidadparaadmitir valoresreferidosal agente—no tienensentidoy queestánoriginadasenuna interpretacióndel conceptode universalidadquees propiadel utilitarismo. Perosólo del consecuencialismoutilitarista.

A modode resumendiré que si todo lo anteriores correctoy viable,entonceslasobjecionesseñaladaspor el profesorGutiérrezdeberíanser entendidascomocríti-casexclusivamenteadecuadasal utilitarismo y en esesentidono comodiferentesmo-dosde manifestaruna generalincompatibilidadentreel consecuencialismoy ciertosvaloresarraigadosen nuestraexperienciamoral.

Con todo, hayunaobjeciónquedominaen el trasfondodel artículo quecomenta-mos y quesí creemosquees adecuadapresentartambiénfrenteal consecuencialismo—o, másbien,a la extensiónquedeéstese puedahacera la moralidadpública.Me re-fiero a lo queParfstha llamadola ~<autoevanescencia»delconsecuencialismo.Se tratade la imposibilidadde queel principio consecuencialistapaseel testde la generaliza-ción. Secreaasíunaparadojasegúnla cualpodríandarsesituacionesen lasqueseriacontraproducenteconsecuencialmenteque todos los agentesse comportaransegúnprincipiosconsecuencialistas.

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Intuyo que teoríaséticaspluralistaspodríanacomodarformasde consecuencialis-mo referido al agentey queasíse haríaninmunesa tal paradoja.Porconsiguiente.noseríanecesariorecurrira sofisticadasrevisionesdelpropio principio consecuencialista—como las realizadasporel utilitarismo de la reglao las teoríasrestrictivasde R. M.Hare y P. Petitt. Tansólo se requeridasustanciartal principio con unaconcepcióndelos juicios moralesquesupongauna noción de agentemoral máscomplejay acordecon lascreenciasde sentidocomún.Pero, naturalmente,estosólo es una intuición,

Una réplica a «La estructuraconsecuencialistadel utilitarismo»

DAMIÁN SALCEDO(tlnivcrsidatL deGranada}

En la p. 151 de «La estructuraconsecuencialistadel utilitarismo» (RevistadeFiloso-fla. 33 ep.,vol. III (1990), pp. 141-174)Gilberto Gutiérrezmanifiesta(citandoa Regan)quedesdela concepciónéticadel consecuencialismodel actocarecede sentido sepa-rar unaesferamoral de otraqueno tendríaimplicacionesmorales.De aqui seconclu-ye quetal teoríaéticaes una«doctrinaexigentehastaextremospoco realistas».La ra-zón quese alegaparasostenerdicha posiciónes queel utilitarismo al serunateoríabasadaen objetivos —segúnla clasificación de Dworkin— y definir como principiomoral la maximizacionde la consecucióndeciertosobjetivos —la produccióndebue-nasconsecuencias—hacede todaconductaracional—maximizadorade objetivospordefinición— unaconductamoral.

Estaideanos resultachocantey, ciertamente,si el utilitarismo del actoborrarato-da distinciónentreobjetivosmoralesy objetivos no morales,seríaunateoríamásbienextraña.Pero nos pareceque ningunaforma de consecuencialismoestáobligadaasostenerla.Trataréde mostrarpor quéno es asíparael utilitarismo delactoen la espe-ranzade queel argumentovalgaa j¿rtíori para otras versionesmenosexigentes.Loqueestáen cuestiónessin dudaun asuntocentralparacualquierteoríaética:¿quéesla moral?

¡

El utilitarismo sostienequeel temapropio de la éticaesla naturalezade los juiciosde valor. Los juicios de valor son expresionesde preferencias—prescripciones,en laterminologíausadadesdeHare. Estaspreferenciasreflejan cualesquierainteresesdelaspersonas.Podemospensarquela conductahumanaes la puestaen marchade uncumulo de interesesdiversos:interesesrelacionadoscon la familia, los amigos,intere-sesprofesionales,artísticos,culturales.políticos, etc. Sólo cuandolos interesesqueseexpresanen preferenciasadoptanuna forma peculiarse constituyenen interesesdeuna claseespecialquellamamos propiamentemorales,.Los utilitaristas suelendecirque sólo en aquellosmásbienrarosmomentosen quenuestraspreferenciasson Im-personalese imparciales—universalizables.siguiendola anteriorterminología-—,en-toncessonpreferenciaséticaso juicios morales.Esto significaquepodemosenjuiciarmoralmentesituacionesrelativas a nuestrafamilia, los amigos, nuestraprofesióno lapolítica. Pero queno siemprelo hacemosasí, porqueno siempreesasesferasde laconducíahumanarequierenqueadoptemosesepunto de vista particularqueexige lamoral en el tratamientode nuestrosintereses,En esoscasos,nuestraconductapuedeser perfectamenteracionalencuantomaxímizadoradeobjetivos “—productorade con’