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Obra E-339 Página 1 OBRA E339 - “MODIFICACIONES TRAMO LAT 132 kV PROVINCIAS UNIDAS-ROSARIO OESTE” I N D I C E G E N E R A L Descripción folios TOMO I 1. DATOS DE LA APERTURA 002 2. MEMORIA DESCRIPTIVA 004 3. PLIEGO UNICO DE BASES Y CONDICIONES (P.U.B. Y C.) 007 4. PLIEGO COMPLEMENTARIO AL P.U.B. Y C. 022 5. ANEXO M.O.S.P. Y V. 040 6. PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES 043 7. ESPECIFICACIONES TECNICAS PARTICULARES 052 8. PLANOS 068 9. DATOS TECNICOS GARANTIZADOS 075 TOMO II 10. CRONOGRAMA DE INVERSIONES 088 11. CARTA PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA 089 12. FORMULARIO DE PROPUESTA 090 13. PLANILLA DE PROPUESTA Y DESGLOSE DE FORMACIÓN DE PRECIOS 091

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Página Nº 1

OBRA E339 - “MODIFICACIONES TRAMO LAT 132 kV PROVINCIAS UNIDAS-ROSARIO OESTE”

I N D I C E G E N E R A L

Nº Descripción folios TOMO I

1. DATOS DE LA APERTURA 002

2. MEMORIA DESCRIPTIVA 004

3. PLIEGO UNICO DE BASES Y CONDICIONES (P.U.B. Y C.) 007

4. PLIEGO COMPLEMENTARIO AL P.U.B. Y C. 022

5. ANEXO M.O.S.P. Y V. 040

6. PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES 043

7. ESPECIFICACIONES TECNICAS PARTICULARES 052

8. PLANOS 068

9. DATOS TECNICOS GARANTIZADOS 075

TOMO II

10. CRONOGRAMA DE INVERSIONES 088

11. CARTA PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA 089

12. FORMULARIO DE PROPUESTA 090

13. PLANILLA DE PROPUESTA Y DESGLOSE DE FORMACIÓN DE PRECIOS 091

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DATOS DE LA APERTURA

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DATOS DE LA APERTURA

OBRA Nº E-339-09: - “MODIFICACIONES TRAMO LAT 132 kV PROVINCIAS UNIDAS-

ROSARIO OESTE”

LICITACIÓN PUBLICA Nº 2392

PRESUPUESTO OFICIAL: $ 1.885.124,97 (Pesos: Un millón ochocientos ochenta y cinco mil ciento veinte y cuatro con 97/100 I.V.A. INCLUIDO).

APERTURA:

Fecha: 22/12/2009

Hora: 1000

Lugar: 1° Junta 2558 - 1° Piso - Oficina 07 - Santa Fe. Garantía de oferta 1% -. $ 18.851,24.-

Valor del Legajo: $ 2.336,93 (Pesos Dos mil trescientos treinta y seis con noventa y tres centavos más IVA ). -

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MEMORIA DESCRIPTIVA

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El objeto de los presentes trabajos es la adaptación de la línea de vinculación eléctrica entre ET Provincias Unidas y ET Rosario Oeste, que será modificada en el tramo existente entre las torres 48 y 65. Se utilizarán conductores de Al/Ac 300/50 mm2 con cadenas de retención de aisladores de porcelana S22 y de aisladores del tipo Line Post de goma siliconada para las suspensiones. Como protección atmosférica se utilizará un cable de Ac G° de 50 mm2.

Se reutilizarán las instalaciones construidas en el proyecto original Aldea, utilizándose el primer tramo existente en Av. Newbery hasta la estructura metálica tubular instalada en el piquete 15, inmediato al cruce del Arroyo Ludueña, y desmontándose las instaladas en los piquetes posteriores para se reinstaladas en el nuevo trazado que se desarrolla vecino al arroyo y continuando por calle Schweitzer hasta interceptar la línea existente entre los piquetes 39 y 40, utilizándose éste último tramo hasta su conclusión en el piquete 50 existente.

Los trabajos a realizar son los siguientes:

1. Nuevo tendido desde la estructura tubular cercana a Circunvalación hasta Piquete 1 de la línea Aldea original (Tubular RA20°). Se traslada el tendido existente a la torre 65.

2. Desmontaje de las estructuras y aisladores existentes entre los Piquetes 16 y 39 de la línea Aldea original.

3. Reubicación de luminarias sobre calle Schweitzer antes de la construcción de la nueva línea de alta tensión que se describe en el punto siguiente.

4. Construcción de una nueva línea desde las inmediaciones Piquete 15 de la línea Aldea original (Tubular RU) hasta las inmediaciones Piquetes 39/40 de la línea Aldea original utilizando los elementos mencionados en el punto anterior.

5. Completar la línea existente entre Piquetes 39/40 y Piquete 44 de la línea Aldea original con aisladores, conductores y cables de guardia para 132 kV.

6. Desmontaje del tramo de línea existente entre las torres 49 y 65.

7. Pruebas y puesta en marcha de la totalidad de la línea constituida por los tramos existentes y nuevos descriptos en los puntos 1, 4 y 5.

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PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES

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PLIEGO UNICO DE BASES Y CONDICIONES

CAPITULO I

CONCEPTOS GENERALES

ARTICULO 1 - Objeto del Pliego.

El presente pliego establece las bases y condiciones a que se ajustará la licitación, adjudicación, contratación, ejecución y recepción de las obras públicas, sin perjuicio de las bases y condiciones complementarias y especificaciones técnicas para cada obra.

ARTICULO 2 - Denominaciones-Significado.

A los efectos de la aplicación de este Pliego y todo otro documento contractual de la obra, se emplearán las siguientes denominaciones:

ESTADO: Provincia de Santa Fe.

PODER EJECUTIVO: Es el órgano de Gobierno que ejerce la representación de la Provincia.

MINISTERIO: Ministerio de Obras y Servicios Públicos .

LEY: La de Obras Públicas de la Provincia de Santa Fe.

ADMINISTRACIÓN: Conjuntos de los Organos del Estado.

REPARTICION: Organo de la Administración que tiene a su cargo todo lo relacionado con la obra.

SUPERIORIDAD: Autoridad máxima de la Repartición.

INSPECTOR: Funcionario encargado del contralor y vigilancia de los trabajos.

PROPONENTE: Persona física o jurídica que formula la oferta.

ADJUDICATARIO: Proponente a quien se adjudica la obra.

CONTRATISTA: Adjudicatario obligado a ejecutar la obra.

SUB-CONTRATISTA: Persona física o jurídica auxiliar, con quien el Contratista contrata determinados trabajos de la obra.

REPRESENTANTE TECNICO EN OBRA: Representante del Contratista encargado de la conducción de la obra.

DIRECTOR TECNICO DE LA EMPRESA: Responsable técnico de la Empresa.

ARTICULO 3 - Conocimiento de Antecedentes.

Quien concurre a la licitación de una Obra Pública no podrá alegar en caso alguno, falta o deficiencia de conocimiento de la Ley, su Decreto Reglamentario y de este Pliego y el solo hecho de concurrir implica el perfecto conocimiento y comprensión de las cláusulas, como asimismo de los lugares donde la obra debe ejecutarse, de sus condiciones de los precios de los materiales, fletes, medios de transporte, derechos aduaneros, impuestos nacionales, provinciales y municipales, de las condiciones de trabajo, aprovisionamiento de materiales y mano de obra, naturaleza de los terrenos, régimen de los cursos de agua, agua de construcción, condiciones climáticas y otras condiciones locales. No se admitirá reclamo que se relacione con alguna de estas cláusulas.

Tampoco se podrá alegar en ningún caso, desconocimiento o mala interpretación de las bases y condiciones complementarias y especificaciones adicionales para cada obra, de los planos y demás elementos de la documentación aprobada para las obras, de ninguna Ley, Reglamento o Disposición inherente a Obras Públicas o que con ellas tengan atingencia.

ARTICULO 4 - Adquisición de las Bases de Licitaciones - Documentaciones.

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Todo interesado en concurrir a una Licitación, debe adquirir en lugar indicado en el aviso, con una anticipación de cuarenta y ocho (48) horas como mínimo, un ejemplar completo del Legajo de Obra, el que será entregado por el precio que en cada caso se fije en las bases y condiciones complementarias, extendiéndose el recibo en forma a nombre del adquirente, con expresa constancia del domicilio.

ARTICULO 5 - Capacidad y Habilitación.

La capacidad y habilitación de las personas que se presenten a Licitaciones de Obras Públicas, están regidas por las disposiciones del Registro de Licitadores de Obras Públicas.

ARTICULO 6 - Bases y Condiciones Complementarias.

Debe contener entre sus cláusulas, las siguientes:

1) Objeto del contrato, con una descripción somera de los trabajos a realizar y el sistema de contratación adoptada.

2) Identificación de todos los elementos que constituyen el proyecto.

3) Importe del Presupuesto Oficial de la Licitación.

4) Plazo para la ejecución de los trabajos.

5) Precio de la adquisición del Legajo de Obra.

6) Régimen para el reconocimiento de las variaciones de Costos.

7) Detalle de los Items del Presupuesto de la Licitación con las especificaciones pertinentes.

8) Régimen de acopio.

9) Condiciones exigidas para el Director Técnico de la Empresa y el Representante Técnico de la Obra.

10) Equipo mínimo exigido para la Obra.

11) Porcentaje de retenciones en garantía a constituir para la obra.

12) Anticipo de fondos cuando la Administración lo autorice.

13) Normas para fijar nuevos precios, en caso de alteración de Contrato, en las condiciones previstas en la Ley.

14) Sección o Secciones del Registro de Licitadores donde debe estar inscripto el Proponente.

15) Cualquier otra cláusula complementaria que tengan por objeto establecer condiciones de contratación.

ARTICULO 7 - Orden de Prelación.

En caso de discrepancia de los documentos del Proyecto, primará el orden siguiente:

1) Planos de la obra licitada incluidos en el Legajo.

a) De detalle.

b) De conjunto.

2) Pliegos.

a) Bases y Condiciones Complementarias.

b) Especificaciones Técnicas Particulares.

c) Unico de Bases y Condiciones.

d) Especificaciones Técnicas Generales.

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3) Presupuesto Oficial.

Si la discrepancia apareciera en un mismo plano entre la dimensión apreciada a escala y la expresada en cifras, primará esta última salvo que el error fuera evidente.

ARTICULO 8 - Informaciones Suplementarias.

Las dudas que pudieran originarse en los planos, cómputos métricos, pliegos y demás elementos del legajo, por parte de los interesados en formular propuestas, deberán plantearse por escrito a la Repartición, solicitando concretamente la aclaración que estimen necesarias, lo que podrán hacer hasta (7) días hábiles antes de la fecha fijada para abrir la propuesta y la Repartición comunicará a todos los adquirentes del Pliego, al domicilio consignado en el recibo del mismo, el resultado de la consulta, por lo menos cuarenta y ocho (48) horas antes de la mencionada fecha.

ARTICULO 9 - Cómputo de los Plazos.

Cuando este Pliego no exprese lo contrario, todos los plazos establecidos serán computados en días calendarios.

CAPITULO II

LICITACION Y ADJUDICACION

ARTICULO 10 - Lugar y Fecha de Presentación de las Ofertas.

Deberán ser presentadas en el lugar que se indique en el aviso de Licitación, en horas hábiles de oficina, hasta el día y hora fijado para la apertura del acto.

Cuando sin expresa habilitación de día y hora, se hubiere fijado para el acto un día feriado o cuando con posterioridad al llamado a Licitación se declare feriado o se acuerde asueto, el acto tendrá lugar el siguiente día hábil a la misma hora.

No serán tenidas en cuenta aquellas propuestas que lleguen por correo o cualquier otro medio con posterioridad al acto de apertura, aún cuando se justifique con el matasellos u otro elemento haberse despachado a tiempo.

ARTICULO 11 - Domicilio del Proponente.

El proponente deberá constituir domicilio especial en la provincia.

ARTICULO 12 - Presentación.

Para presentarse a una Licitación y para que sea válida su concurrencia, el Proponente debe depositar por sí o interpósita persona en la oficina donde aquella deba verificarse, hasta el día y hora establecido para el respectivo acto, en sobre cerrado, todos los documentos que se exigen en el artículo siguiente. Esta presentación podrá hacerse también por correo o cualquier otro medio sin responsabilidad alguna para la Repartición por demora o extravío de cualquier origen.

En ningún caso el sobre de presentación tendrá membrete, ni inscripción alguna que identifique al Proponente y llevará como única leyenda la siguiente:

Licitación de .............(nombre de la obra) .................. a verificarse el día............ de.................................... de 20.... a las...........en.................calle.......................Nº.............Santa Fe.

ARTICULO 13 - Documentos para la Presentación.

Los documentos que deben incluirse en el sobre de presentación son los siguientes:

1º) Garantía de la propuesta consistente en el uno por ciento (1%) del importe del Presupuesto Oficial de la Obra que se licite y que en el caso de existir dos (2) o más presupuestos oficiales, por haberse previsto alternativas, se tomará sobre aquel de mayor importe, debiendo ser constituida por algunas de las siguientes formas:

a) Dinero efectivo, en depósito del Banco Provincial de Santa Fe.

b) Títulos de la Nación, Provincia o Municipalidad que tengan cotización oficial.

c) Créditos no afectados que el Proponente tenga a su favor con la provincia.

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d) Fianza o aval bancario a satisfacción de la Superioridad.

e) Fianza mediante póliza de seguro.

2º) La documentación a que se refiere el Artículo 4) , visada por el Proponente y Director Técnico.

3º) Certificado de habilitación para la licitación de la obra, objeto del llamado, expedido por el Registro de Licitadores de Obras Públicas de la Provincia.

4º) Certificados de pago de los tributos fiscales que establezca el Pliego de Bases y Condiciones Complementarias.

5º) Antecedentes de la Empresa primordialmente en obras del tipo de la licitada, que permita deducir que el Proponente podrá construirla.

6º) La declaración de que para cualquier cuestión que se suscite, se acepta la jurisdicción de la justicia ordinaria de la capital de la Provincia.

7º) Sobre-Propuesta: Debidamente cerrado, dentro del sobre presentación, conteniendo únicamente la propuesta con que el interesado se presenta a la Licitación y el análisis de precio de los ítems del Presupuesto Oficial que la justifique, cuando su presentación sea exigida por el Pliego de Bases y Condiciones Complementarias de la Obra, y llevará por leyenda:

Propuesta de..............(nombre de la Empresa).....................................

8º) El Plan de Trabajo y los planes de inversiones y de acopio cuando se lo solicite en el Pliego Complementario proyectados para llevar a cabo las obras

9º) Detalle del equipo que dispone, o el que arrendará para realizar la Obra conforme al plan de trabajos previsto de acuerdo con lo exigido en el Pliego de Bases y Condiciones Complementarias.

10º) Declaración de que el proponente conoce el lugar y las condiciones en que se ejecutará la Obra.

11º) Recibo que acredite haber adquirido el Legajo antes de la Licitación.

12º) Las aclaraciones, modificaciones o complementaciones de los documentos de Licitación que la Repartición hubiere notificado a los interesados.

13º) Sellado de Ley de la Propuesta.

14º) Otras formalidades que determinan los Pliegos de Bases y Condiciones Complementarias.

El incumplimiento de los requisitos exigidos por los incisos 1 y 7, será causa de rechazo de la oferta en el mismo acto de apertura por las Autoridades que lo presidan. La omisión de los requisitos exigidos por los restantes incisos podrá ser suplida dentro del término de cuarenta y ocho (48) horas de clausurado el acto, transcurrido el cual sin que haya sido subsanada, será rechazada la propuesta.

ARTICULO 14 - Propuesta.

La propuesta se presentará por duplicado, redactado en idioma castellano, sin raspadura, enmienda, entrelinea o testado que no se hubieren salvado formalmente al final, e ineludiblemente en las planillas entregadas a tal fin por la Repartición.

Será colocado en el Sobre-Propuesta conjuntamente con el análisis del precio, si correspondiere y debidamente firmada por el Proponente y el Director Técnico de la Empresa en todas sus hojas, con el sellado de ley que corresponda.

En caso de licitarse la obra por el sistema de " Unidad de Medidas y Precios Unitarios" el proponente detallará en dichas planillas los precios unitarios que cotiza para cada ítem y total correspondiente a la propuesta.

El Director Técnico deberá poseer título profesional de la especialidad de la Obra que determina el Pliego de Bases y Condiciones Complementarias y estar habilitado por el Consejo de Ingenieros de la Provincia de Santa Fe.

ARTICULO 15 - Mantenimiento de la Oferta.

El proponente debe mantener su oferta durante el plazo fijado en el Pliego de Bases y Condiciones Complementarias.

Las propuestas que resulten más convenientes a criterio de la Administración quedan automáticamente prorrogadas por un término igual a la mitad del establecido originalmente. A tal fin la Repartición lo comunicará oportunamente a los oferentes seleccionados.

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ARTICULO 16 - Acto de Licitación.

El Acto de Licitación se verificará en la oficina que se habilite especialmente al efecto en el día y hora establecido, con asistencia del funcionario que lo presida, demás autoridades y de todas las personas que deseen concurrir al mismo. Quienes invoquen representación deberán acreditar su personería mediante poderes otorgados en la forma que establece el Artículo 10) del Decreto 10204/58, o el que lo sustituya.

ARTICULO 17 - Apertura de los Sobres de Presentación.

El día de la Licitación y a la hora fijada, bajo la presidencia del señor Ministro o Subsecretario del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, el titular de la Repartición o funcionario formalmente autorizado con un Representante de Contaduría General de la Provincia, o Contaduría del Ministerio de Obras y Servicios Públicos o de la Repartición autárquica en su caso, se anunciará el número de las propuestas recibidas e inmediatamente se procederán a abrir, en presencia de los interesados que concurran al acto, en primer lugar, todos los sobres de presentación mencionando los documentos que se acompañan.

Terminado el examen de las presentaciones, se oirán las observaciones que tengan que formular los proponentes, sus representantes autorizados o los funcionarios actuantes.

ARTICULO 18 - Apertura de los Sobres de Propuesta.

Los "Sobre-Propuesta" correspondientes a las presentaciones que llenen los requisitos establecidos, quedan de hecho incluidos en la licitación y serán abiertos, dándose lectura de las propuestas en presencia de los concurrentes. Terminada la lectura, los proponentes o representantes autorizados o los funcionarios actuantes podrán formular las observaciones que crean necesarias.

ARTICULO 19 - Observaciones.

Las observaciones que se formulen durante el acto de Apertura de la Licitación deberán ser concretas y concisas, en forma verbal, sin admitirse discusión sobre ellas, ajustadas estrictamente a los hechos o documentos cuestionados y realizadas en el momento que se observan.

ARTICULO 20 - Acta.

De todo lo ocurrido durante el acto de la licitación se labrará acta la que previa lectura, será firmada por los funcionarios actuantes y los asistentes que quieran hacerlo, en la que se dejará constancia de las observaciones que se formulen y de las decisiones que adopte el Presidente.

Los proponentes tendrán derecho a dejar sentado en acta las observaciones que a su criterio sean procedentes y podrán impugnar el acto o cualquiera de las propuestas, dentro del término de las cuarenta y ocho (48) horas de su clausura. La impugnación debe ser fundada.

ARTICULO 21 - Aprobación de la Licitación y Adjudicación de los Trabajos.

Cumplido los trámites administrativos que correspondan, la Superioridad juzgará en definitiva la aprobación de la licitación y adjudicará los trabajos al proponente que hubiera formulado la oferta más conveniente.

La Superioridad puede, si no las estima conveniente, rechazar todas las propuestas, sin que esto dé derecho a reclamo de ninguna naturaleza a los proponentes. Igualmente, si el Acto de Licitación hubiere tenido vicios o si hubieran violado por parte de los funcionarios, las disposiciones establecidas en este Pliego, la Superioridad declarará nula la Licitación.

CAPITULO III

CONTRATACION

ARTICULO 22 - Contrato.

Resuelta la adjudicación y notificada al adjudicatario, éste debe presentarse dentro de los treinta (30) días subsiguientes para suscribirse el correspondiente contrato.

ARTICULO 23 - Depósito en Garantía del Contrato.

Dentro de los veinte (20) días de la notificación de la adjudicación y previo a la firma del contrato, el adjudicatario debe garantizar el cumplimiento de sus compromisos con un monto no inferior al cinco (5) por ciento del importe contractual.

ARTICULO 24 - Documentos del Contrato.

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Forman parte integrante de todo contrato que se celebre para la ejecución de las obras, los siguientes documentos:

1º) El presente Pliego.

2º) El Pliego de Especificaciones Técnicas Generales.

3º) El Pliego de Bases y Condiciones Complementarias.

4º) El Pliego de Especificaciones Técnicas Particulares.

5º) La propuesta aceptada y el acto administrativo de adjudicación.

6º) Los planos de conjunto y de detalle de la obra, planillas y demás elementos ilustrativos integrantes del Legajo de la Licitación.

7º) Las aclaraciones, normas o instrucciones complementarias de los documentos de licitación que la Administración hubiera hecho conocer por escrito a los interesados, antes de la fecha de apertura.

ARTICULO 25 - Documentos Complementarios del Contrato.

Se considera documentación complementaria a la siguiente:

1º) Las Actas que las partes suscriban a los fines de la ejecución del contrato.

2º) Las Ordenes de Servicio.

3º) Las Notas de Pedido.

4º) El Plan de Trabajos y los Planes de Inversión y de Acopios cuando fueren requeridos, todos debidamente aprobados.

5º) Los planos complementarios que la Repartición entregue durante la ejecución de la obra y los preparados por el Contratista.

6º) Alteraciones de las condiciones de contrato debidamente autorizadas.

ARTICULO 26 - Firma del Contrato.

El contrato será suscripto por el adjudicatario y por aquellos funcionarios que tengan la facultad de adjudicar.

Toda la documentación agregada al expediente de obra que integre el contrato, deberá ser firmada por el adjudicatario en el acto de suscribirlo.

El adjudicatario firmará el número de ejemplares que le exija la Repartición.

ARTICULO 27 - Documentación para el Contratista.

Una vez firmado el contrato se entregará al contratista, sin cargo una copia del mismo y dos copias autorizadas de la documentación contractual. Si el contratista necesitara más ejemplares de esta documentación, se le proveerá al precio que establezca la Repartición teniendo en cuenta el gasto producido.

ARTICULO 28 - Transferencia del Contrato.

Firmado el contrato, el Contratista no podrá transferirlo ni cederlo en todo o en parte a otra persona o entidad, ni asociarse para su cumplimiento. Ello podrá autorizarse excepcionalmente y en casos plenamente justificados, siempre que el nuevo Contratista reúna por lo menos iguales condiciones y solvencia técnica, financiera y moral.

ARTICULO 29 - Sub-Contrato.

El Contratista no podrá subcontratar la totalidad de las obras y solo podrá hacerlo parcialmente, previa autorización escrita de la Repartición. A ese efecto el Contratista pedirá por escrito dicha autorización, en cuya solicitud dará el nombre del Sub-Contratista, la forma de subcontratación y las referencias de aquél, debiendo ser de probada capacidad a juicio exclusivo de la Repartición, de acuerdo a la naturaleza de los trabajos.

La autorización de la Repartición para subcontratar obras no exime al Contratista de ninguna de las obligaciones y de las responsabilidades emanadas de su contrato, ni crea para la Repartición obligación alguna para con el Sub-Contratista, quién sin embargo estará sometido al régimen de la Inspección. La responsabilidad derivada de las obras subcontratadas le corresponderá al

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Contratista, como sí las hubiere efectuado directamente, sin perjuicio de las comunicaciones al Registro de Licitadores por el comportamiento del Sub-Contratista en la obra.

CAPITULO IV

INSPECCION DE OBRAS

ARTICULO 30 - Inspección de los Trabajos.

La Repartición ejercerá la inspección, vigilancia y contralor de los trabajos por intermedio del personal que designe al efecto y que dentro de la jerarquía que se establezca constituirá la Inspección de Obras.

ARTICULO 31 - Inspector de Obra.

El Jefe de la Inspección será representante de la Repartición en las obras. Estará a su cargo el control y supervisión de las mismas y ante él deberá reclamar el Contratista por las indicaciones y órdenes del personal auxiliar de la Inspección.

ARTICULO 32 - Atribuciones de la Inspección.

La Inspección tiene a su cargo el control y vigilancia de todo lo relativo al desarrollo de los trabajos y en todo momento libre acceso a los obradores, depósitos y oficinas del Contratista, para revisar la documentación pertinente, materiales acopiados y trabajos realizados o en ejecución, a fin de verificar el cumplimiento de las condiciones del contrato, caso contrario, efectuará las observaciones e impartirá instrucciones, las que deben ser acatadas por el Contratista.

ARTICULO 33 - Dirección de los Trabajos.

La Inspección tendrá a su cargo la dirección de los trabajos, pudiendo variar el orden en que deben ejecutarse las obras, cuando las circunstancias, a juicio de ella, requieren modificar el Plan de Trabajos presentado por el Contratista.

ARTICULO 34 - Registro de Actas.

Llevará un registro de actas, que se destinará al asiento de las que se labren en cada etapa de la obra, del cumplimiento sucesivo del Contratista a las exigencias del contrato y los convenios específicos que se concierten entre la Inspección y el Contratista.

ARTICULO 35 - Libro de Ordenes de Servicio.

Las relaciones entre la Inspección y el Contratista se mantendrán por medio de Ordenes de Servicio, que emitirá la Inspección y que se extenderán en el libro de Ordenes de Servicio, el que provisto por el Contratista, se llevará encuadernado por quintuplicado y foliado. Toda enmienda o raspadura deberá ser debidamente salvada.

El Contratista está obligado a recibir y firmar en obra las Ordenes de Servicio que le emitan, pudiendo en su caso manifestar su protesta al pie de aquella, de estimar que la misma excede los términos del contrato.

ARTICULO 36 - Acatamiento.

Es obligación del Contratista acatar de inmediato las Ordenes de Servicio que se le impartan, así como las instrucciones y observaciones que le formule la Inspección, quedando a salvo su derecho de reclamar ante la Repartición en los casos que corresponda.

En ningún caso podrá el Contratista resistir las órdenes, ni suspender parcial o totalmente los trabajos.

ARTICULO 37 - Divergencia Durante la Ejecución de los Trabajos.

En caso de existir divergencia con relación a una Orden de Servicio para obtener la revocación de la misma, el Contratista debe exponer ante la Repartición, por escrito y dentro de los diez (10) días subsiguientes de notificada la orden, las razones en que fundamenten su disconformidad.

Vencido el término establecido precedentemente, la Orden de Servicio no cuestionada quedará firme e indiscutible sin lugar a reclamos posteriores de ninguna naturaleza. Cuando el Contratista dejara de cumplir con alguna orden de la Inspección y no manifestara expresamente su divergencia con la misma, el Inspector podrá proceder a la paralización de la obra comunicando de inmediato la

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novedad a la Repartición, a los fines que hubiere lugar. El tiempo de paralización no se descontará del plazo previsto para la ejecución de la obra.

ARTICULO 38 - Libro de Pedidos.

El Contratista proveerá el Libro de Pedidos, mediante el cual se comunicará con la Inspección cuando deba realizar cualquier tipo de consulta relativa a las obras, o contestar Ordenes de Servicio. Dicho libro deberá reunir las mismas formalidades que el libro de Ordenes de Servicio.

CAPITULO V

EL CONTRATISTA, SUS REPRESENTANTES Y SU PERSONAL

ARTICULO 39 - Presencia del Contratista en las Obras.

El Contratista o su Representante Técnico, tiene la obligación de permanecer en las obras durante todas las horas de trabajo, para recibir, atender, y hacer ejecutar las instrucciones, observaciones u órdenes que imparta la Inspección.

ARTICULO 40 - Representante del Contratista.

El Contratista presentará por escrito a la Inspección el nombre de la persona o personas que lo representen en distintos sitios o secciones en que se subdividirá el trabajo.

Una vez reconocidos estos Representantes Técnicos, quedarán autorizados para recibir las Ordenes de Servicio que extienda la Inspección y firmar recibo de las mismas, estando el Contratista por ese solo hecho, obligado a su cumplimiento.

La presencia y el reconocimiento oficial de estos representantes no elimina ni disminuye las responsabilidades y obligaciones del Contratista. El Pliego de Bases y Condiciones Complementarias de las obras podrá exigir que esta representación sea permanente y desempeñada por un profesional con título habilitante.

ARTICULO 41 - Personal del Contratista.

El Contratista sólo empleará operarios competentes en su respectiva especialidad y en suficiente número, para que la ejecución de los trabajos sea regular y prospere en la medida necesaria al estricto cumplimiento del contrato.

Aún cuando la disciplina del trabajo corresponde al Contratista, la Inspección podrá ordenar a éste el retiro de la obra, de todo el personal que por incapacidad, mala fe, insubordinación, mala conducta o cualquier otra falta, perjudique la buena marcha de los trabajos.

Estas órdenes serán apelables ante la Repartición, cuya resolución debe acatarse inmediatamente.

ARTICULO 42 - Seguridad, Higiene y Accidentes de Trabajos.

El Contratista está obligado a dar cumplimiento a todas las disposiciones de las Leyes de Accidentes de Trabajo y de Seguridad e Higiene y su Reglamentación y todas aquellas disposiciones que sobre el particular se dicten en el futuro.

Así mismo será responsable de cualquier accidente que ocurra a su personal, haciendo suyas las obligaciones que de ella deriven, de acuerdo a lo que establece la legislación citada.

Es rigurosamente obligatorio para el Contratista tener en las obras un botiquín, suficientemente provisto con los medicamentos y útiles de curación que se requieran para los casos de accidentes o indisposiciones transitorios que puedan ocurrir a su personal.

ARTICULO 43 - Salarios de los Obreros.

El Contratista no podrá abonar a sus obreros salarios inferiores a los establecidos oficialmente, debiendo entenderse que los mismos se liquidarán por la jornada legal de trabajo.

En el obrador y un lugar bien destacado, se colocará una copia de la lista de jornales que se abonan en la obra, y de las condiciones que fija el laudo correspondiente para tales trabajos.

El Contratista debe dar especial cumplimiento a todas las leyes tanto Provinciales como Nacionales, que legislan la prestación de trabajo, entendiéndose que todas las erogaciones que ellas representan están incluidas en su oferta.

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ARTICULO 44 - Jornales y Comprobantes de Pagos de Leyes Sociales.

El Contratista debe mantener al día el pago del personal empleado en la obra, abonar íntegramente los salarios estipulados y dar cumplimiento estricto a las disposiciones que determinen la jornada legal de trabajo, siendo motivo de suspensión del pago de los certificados en trámite, la falta de cumplimiento de dichas obligaciones.

El cumplimiento de lo establecido será comprobado y documentado en cada caso por la Inspección, al extender el correspondiente certificado de obra. El Contratista deberá presentar a requerimiento de la Inspección, el comprobante de pago de las leyes sociales, cada vez que le sea solicitado.

ARTICULO 45 - Parte de los Trabajos.

El primer día hábil de la semana o quincena según lo establezcan los pliegos, el Contratista remitirá a la Repartición, con la firma del sobrestante o Inspector de Obra, un parte en el que se hará constar los trabajos realizados en la semana o quincena anterior, con la indicación de equipos, lugares donde se trabaje y cantidades de obras ejecutadas clasificadas por Items del Contrato.

La Repartición establecerá el formulario para la presentación de estos partes y la inobservancia de esta disposición podrá ser penada con multa según lo establece el Artículo 80 de este Pliego.

ARTICULO 46 - Documentación en Obra.

El Contratista conservará en la obra copia ordenada de todos los documentos del contrato, a los efectos de facilitar el debido contralor e inspección de los trabajos que se ejecuten.

CAPITULO VI

EJECUCION DE LOS TRABAJOS

ARTICULO 47 - Plazo Para la Ejecución de las Obras.

El Contratista realizará totalmente los trabajos materia del contrato, dentro del plazo estipulado en el Pliego de Bases y Condiciones Complementarias. Todo plazo de ejecución se entiende contado a partir de la fecha de la primera Acta de Replanteo parcial o total o del Acta de Iniciación de los trabajos según sea pertinente. El Contratista será responsable de toda demora en la ejecución de las obras, salvo prueba en contrario a cargo del mismo.

ARTÍCULO 48 - Interpretación de Planos y Especificaciones.

El Contratista es responsable de la correcta interpretación de los planos para la realización de la obra y responderá de los defectos que puedan producirse durante la ejecución o conservación de la misma, hasta la recepción definitiva. Cualquier deficiencia o error que comprobare en el proyecto o en los planos, debe comunicarlo a la Repartición antes de iniciar los trabajos.

ARTÍCULO 49 - Replanteo de las Obras.

El replanteo total o parcial será efectuado en forma conjunta entre la Repartición y el Contratista. Debe ser realizado dentro de los diez (10) días de firmado el Contrato y el Contratista tendrá que formalizar sus observaciones en igual término a partir del acto de replanteo.

Es obligación del Contratista por sí o por sus representantes en obra, participar en las operaciones de replanteo y en caso que no lo hiciera, se le dará expresamente por conforme con las actuaciones de la Inspección, no admitiéndose sobre el particular reclamo alguno de ninguna naturaleza, que interpusiera posteriormente. Las operaciones de replanteo serán efectuadas prolijamente, estableciendo marcas, mojones o puntos de referencias, que el Contratista, está obligado a conservar a su cargo y bajo a su exclusiva responsabilidad.

Al terminar las operaciones de replanteo total o parcial, se labrará acta, en la que se hará constar:

1º) Lugar y fecha del acto.

2º) Denominación y ubicación de las obras a ejecutar.

3º) Nombre de los actuantes.

4º) Todo otro antecedente que la Inspección crea oportuno incluir (cantidades, cómputos, croquis).

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5º) Observaciones que el Contratista estime necesario formular sobre las operaciones del replanteo.

6º) El acta deberá ser firmada por el Inspector y el Contratista o su Representante expresamente autorizado y el Director Técnico de obra.

Todos los gastos que origine el replanteo, tanto de personal como de materiales, útiles u otros, será por exclusiva cuenta del Contratista.

Si ocurriera el extravío de señales o estacas y fuera menester repetir las operaciones de replanteo, el Contratista deberá pagar además de los nuevos gastos, el importe proveniente de los gastos de movilidad, viáticos, sueldos y jornales de los empleados de la Repartición que tengan que intervenir.

ARTÍCULO 50 - Iniciación de los Trabajos.

Extendida el primer Acta de replanteo, el Contratista debe iniciar los trabajos dentro de los diez (10) días subsiguientes, bajo los apercibimientos y penalidades que este pliego establece. En caso de no ser necesario el replanteo, el plazo será de veinte (20) días desde la fecha de la firma del Contrato.

ARTICULO 51 - Obrador.

En oportunidad de labrarse el Acta de Replanteo o de Iniciación de los Trabajos, se fijará el lugar de ubicación del obrador, el que estará cercado; todo en forma adecuada a la naturaleza de los trabajos.

El obrador debe estar permanentemente custodiado; fuera de horario de trabajo permanecerá cerrado y de noche convenientemente iluminado.

La Inspección tendrá en todo momento, libre acceso al mismo.

ARTICULO 52 - Calidad y Control de los Materiales.

En todas las obras se utilizarán materiales de primera calidad, en buen estado que deberán ajustarse estrictamente a las exigencias que sobre los mismos se determinen en las especificaciones técnicas.

La Inspección aprobará o rechazará dichos materiales según corresponda de acuerdo a los resultados de los ensayos, a tal efecto tendrá amplias facultades para inspeccionarlos o ensayarlos en cualquier momento y lugar durante la preparación, almacenamiento y utilización.

Los materiales que habiendo sido aprobados, se tornaran por cualquier causa inadecuados para el uso en obra, no se permitirá su utilización.

El Contratista a pedido de la Inspección, facilitará los medios necesarios para la toma de muestras de materiales y entregará sin cargo alguno la de los materiales a emplear en obra.

ARTICULO 53 - Abastecimiento de Materiales y Utiles - Métodos de Trabajo.

El Contratista tendrá siempre en la obra la cantidad de materiales que a juicio de la Repartición se necesite para la buena marcha de aquella. No podrá utilizar en otros trabajos ninguna parte de estos abastecimientos sin autorización de la Inspección.

Estará también obligado a usar métodos y equipos que a juicio de la Inspección aseguren la calidad satisfactoria de la obra y su terminación dentro del plazo fijado en el Contrato.

Si en cualquier momento, antes de iniciarse los trabajos, o durante el curso de los mismos, los métodos, materiales y equipos adoptados por el Contratista, parecieran ineficaces o inadecuados a juicio de la Inspección, ésta podrá ordenar que los perfeccione o reemplace por otros más eficaces.

Sin embargo, el hecho de que la Inspección nada observe sobre el particular, no exime al Contratista de la responsabilidad que le concierne por la mala calidad de la obra ejecutada o la demora en terminarla.

ARTICULO 54 - Sistemas Patentados.

Si en la ejecución de la obra el Contratista adoptara sistemas o procedimientos patentados, debe presentar anticipadamente a la Inspección, los permisos que lo autoricen a emplear dichos sistemas o procedimientos.

El contratista será el único responsable de los reclamos o juicios que se promoviere a la Administración por uso indebido de patentes.

Gustavo Alberdi
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Si el uso de un elemento de cualquier naturaleza le fuera prohibido, deberá de inmediato reemplazarlo por otro de igual eficacia y calidad. Si la Repartición lo considerase conveniente, podrá exigir el mantenimiento del elemento patentado y será obligación del Contratista hacerse cargo de las gestiones y gastos que correspondan para su empleo.

En caso de incumplimiento de estas disposiciones por parte del Contratista, la Inspección efectuará las gestiones y gastos necesarios con cargo al depósito de garantía del Contratista.

ARTICULO 55 - Obras Ocultas.

El Contratista debe solicitar en tiempo oportuno, la aprobación de los materiales y obras cuya calidad y cantidad no se puedan comprobar posteriormente, por pertenecer a trabajos que deben quedar ocultos.

Todo cómputo y detalle especial que se refiera a los mismos, debe registrarse en la respectiva acta.

ARTICULO 56 - Vicios de los Materiales y Obras.

Ante la sospecha de vicios no visibles de materiales u obras la Inspección podrá, ordenar la demolición, desarme o desmontaje y las reconstrucciones necesarias, para cerciorarse del fundamento de su sospecha. Si los defectos fueran comprobados, los gastos originados por tal motivo estarán a cargo del Contratista, en caso contrario serán abonados por la Repartición.

Si los vicios se manifiestan en el transcurso del plazo de garantía el Contratista deberá reparar o cambiar las obras defectuosas, en el plazo que le señale la Repartición. Transcurrido el mismo, dichos trabajos podrán ser ejecutados por la Repartición a costa de aquél, formulándole el cargo correspondiente. En ambos casos los importes se tomarán del fondo de reparo o de los certificados pendientes.

ARTICULO 57 - Trabajos Rechazados.

La Inspección rechazará todos los trabajos en cuya ejecución no se hayan empleado los materiales especificados y aprobados, cuya mano de obra sea defectuosa o que no tengan las formas, dimensiones o cantidades especificadas en el pliego respectivo y en los planos del proyecto.

Es obligación del Contratista demoler todo trabajo rechazado y reconstruirlo de acuerdo a lo que contractualmente se obligó, por su exclusiva cuenta y costo, sin derecho a reclamo alguno ni a prórroga del plazo contractual, sin perjuicio de las sanciones que le fueran aplicables.

ARTICULO 58 - Trabajos Nocturnos.

Las obras podrán ser ejecutadas tanto de día como de noche, de acuerdo con los horarios que establecen las leyes sobre trabajo, pero ningún trabajo nocturno podrá ser realizado sin previo conocimiento de la Inspección.

En caso de efectuarse trabajos nocturnos, el lugar de la obra debe ser suficientemente iluminado para seguridad del personal y buena ejecución de los trabajos. En cualquier caso, se considera que los gastos inherentes a los trabajos efectuados durante la noche, están incluidos en los precios unitarios contratados.

Toda excepción al régimen común de trabajo (prolongación de jornada normal, trabajos nocturnos, en días domingo o festivos, trabajo continuado o por equipo) debe ser autorizado en todos los casos por la Inspección.

ARTÍCULO 59 - Señalamiento y Protección.

Es obligación del contratista señalar de día con letreros y banderas reglamentarias y por la noche con luces de peligro, toda interrupción u obstáculo en la zona de tránsito de la obra donde exista peligro, y en las excavaciones colocar protecciones adecuadas. Además tomará las medidas de protección necesarias en todas aquellas partes de la obra donde puedan producirse accidentes. El Contratista será el único responsable de los accidentes que se produzcan y se comprueben hayan ocurrido por causa de señalamiento o protección deficiente.

Todas las disposiciones contenidas en este artículo son de carácter permanente mientras dura la ejecución de las obras

ARTÍCULO 60 - Daños a Personas y Propiedades.

El Contratista tomará oportunamente todas las disposiciones y precauciones necesarias para evitar daños al personal de la obra, a esta misma y a terceros, ya sea por maniobra en el obrador, por acción de las máquinas herramientas u otras causas relacionadas con la ejecución de los trabajos. El resarcimiento de los perjuicios que no obstante se produjeran, correrá por exclusiva cuenta del Contratista. Esta responsabilidad subsistirá hasta que se verifique la finalización de la obligación contractual.

ARTÍCULO 61 - Marcha de los Trabajos.

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El Contratista ajustará sus tareas al Plan de Trabajo presentado. En caso de atraso en su cumplimiento, la Inspección ordenará su intensificación, el Contratista debe acatar sin discusión las órdenes que se le impartan.

Las demoras en la ejecución de los trabajos darán lugar a la aplicación de las sanciones que este pliego establece.

ARTÍCULO 62 - Relaciones con otros Contratistas.

El contratista debe facilitar la marcha simultánea y sucesiva de los trabajos ejecutados por él y de los que la Administración decida realizar directamente o por intermedio de otros contratistas, debiendo cumplir las indicaciones que en tal sentido formule la Inspección respecto al orden de ejecución de los trabajos.

Además está obligado a unir en forma apropiada su obra a la de los demás contratistas, ajustándose a las indicaciones que se le imparta y al espíritu de los planos y especificaciones.

Permitirá además a los otros contratistas el uso de andamios, montacargas, energía eléctrica u otros elementos, cuyo uso común resulten indispensables para la mejor marcha de la obra, previo los convenios que a tales efectos se realicen.

En caso de discrepancia entre las partes, se someterá la cuestión al arbitraje de la Repartición. Si el Contratista experimenta demoras o fuera entorpecida la marcha de sus trabajos, por falta, o negligencia, o atraso de otros contratistas, deberá dar inmediatamente cuenta del hecho a la Inspección para que ésta tome las determinaciones que hubiere lugar.

En principio, la vigilancia general de las obras estará a cargo del Contratista principal.

ARTÍCULO 63 - Permisos Previos.

El Contratista tendrá a su exclusivo cargo y costo la realización de los trámites y obtención de permisos ante Organismos Nacionales, Provinciales, Municipales y Comunales, en nombre de la Repartición que resulten necesarios con motivo de la ejecución de la Obra.

Los mismos deberán gestionar con la antelación suficiente para no afectar el plan de trabajos.

ARTÍCULO 64 - Suspensión de los Trabajos.

Si para efectuar modificaciones en las obras en curso de ejecución, o por otra causa, la Inspección juzgase necesario suspender temporalmente toda o parte de la realización de las obras contratadas, comunicará por escrito la orden correspondiente al Contratista, procediéndose a la medición de la obra ejecutada en la parte a que alcance la suspensión, labrándose acta del resultado.

Si la suspensión de la obra excede los treinta (30) días, al término de ese plazo, se librarán los certificados por el trabajo realizado a satisfacción, sin perjuicio del derecho del Contratista al reclamo por daños y perjuicios que la suspensión ocasione.

Previa conformidad de la Inspección, el Contratista podrá suspender la marcha de los trabajos durante el periodo de licencia anual del personal, sin que por ello dé lugar a ampliación del plazo contractual.

ARTICULO 65 - Prórroga para la Ejecución de la Obra.

El Contratista podrá solicitar prórroga del plazo para la ejecución de la Obra hasta diez (10) días antes del vencimiento del plazo contractual, la que será otorgada siempre que demuestre que la demora se ha producido por causas que no le son imputables.

A los efectos del otorgamiento de dicha prórroga, se tomarán en consideración especialmente las siguientes causas:

a) Encomienda de trabajos adicionales imprevistos importantes, que demanden mayor tiempo para la ejecución de la Obra.

b) Demora comprobada en la aprobación o entrega de instrucciones sobre el proyecto de la Repartición.

c) Lluvias, vientos, caminos intransitables u otras derivadas de condiciones climáticas adversas, de acuerdo a lo que fije el Pliego Complementario de cada Repartición.

d) Causas fortuitas evidentes, como ser: incendios, huelgas, epidemias, y en general causas que, sin impedir forzosamente la actividad de la obra, la interrumpan o disminuyan.

e) Dificultades para la obtención de la mano de obra necesaria o de los materiales exigidos por los pliegos, a juicio de la Repartición.

ARTÍCULO 66 - Finalización de Obra.

El Contratista finalizará los trabajos cuando la obra esté completamente ejecutada de acuerdo a los términos del contrato. La Inspección dejará constancia de la finalidad de la obra, en el Libro de Actas.

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CAPITULO VII

MEDICION, CERTIFICACION Y PAGO

ARTÍCULO 67 - Medición de la Obra.

En el libro de Actas se detallarán las mediciones de los trabajos que se practiquen en la obra.

El Representante Técnico de la obra está obligado a asistir a las mediciones parciales y a la medición final, a fin de dar su conformidad expresa a los cómputos establecidos en las mismas. Su inasistencia será considerada como aceptación de las mediciones efectuadas por la Inspección

No se computarán las estructuras que por cualquier motivo modifiquen el proyecto, si éstas no han sido previas y debidamente autorizadas en cuyo caso se hará constar los antecedentes que así lo demuestren. En caso de que el Contratista no estuviere conforme con el juicio de la Inspección, respecto a los trabajos o mediciones de la obra ejecutada, deberá exponer sumariamente en el cómputo respectivo, los motivos su divergencia, los que deberá ampliar y fundar por escrito en el término improrrogable de diez (10) días.

Si el Contratista no se presentare dentro de dicho término, deberá entenderse que desiste de su divergencia y renuncia a todo derecho sobre su reclamo, no admitiéndose ulterior protesta.

A los efectos de la certificación mensual, se procederá a la medición de las obras realizadas en el mes, dentro de los primeros ocho (8) días del mes siguiente.

ARTÍCULO 68 - Medición de Estructuras Ocultas.

En el libro de actas se detallarán las mediciones de los trabajos que deban quedar ocultos a medida que se vayan ejecutando. Estos detalles que se acompañarán con los croquis que se crean necesarios para su perfecta interpretación, serán firmados por la Inspección y el Contratista. Para proceder a la liquidación de dichos trabajos, los valores consignados en el libro de actas serán los únicos a considerar.

ARTICULO 69 - Certificados de las Obras.

Las obras serán certificadas mensualmente por la Repartición. Si durante el mes no se hubiere ejecutado una cantidad apreciable de obra, o cuando lo solicitare el Contratista, la Repartición podrá postergar la certificación de los trabajos.

Los certificados serán acumulativos y tendrán el carácter de documentos provisorios, de pago a cuenta, sujeto a las variaciones que produzca la liquidación final.

El Contratista proveerá oportunamente los formularios destinados a la confección de los certificados.

ARTÍCULO 70 - Fondo de Reparo.

De cada certificado mensual, excluido los acopio, se deducirá el importe del cinco por ciento del valor del mismo, salvo que el Pliego de Condiciones Complementarias establezca un porcentaje mayor. Estas deducciones se retendrán y constituirán el "Fondo de Reparo" como garantía de la buena ejecución de los trabajos, hasta la fecha de recepción definitiva de los mismos. Este fondo podrá ser sustituido, a pedido del Contratista según lo establece la reglamentación de la Ley.

ARTICULO 71 - Garantías (Intereses).

Las garantías constituidas en cualquiera de las formas previstas en el presente Pliego de propuesta, de contrato, y Fondo de Reparo, no devengarán intereses.

CAPITULO VIII

RECEPCION DE OBRA

ARTICULO 72 - Plano Conforme a Obra.

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Cuando el Pliego de Bases y Condiciones Complementarias de la obra lo exija, el Contratista presentará al terminar los trabajos y antes de la Recepción Provisoria, los planos completos conforme a la obra realizada, para su aprobación.

ARTICULO 73 - Prueba de las Obras.

Terminadas las obras y antes de recibirlas provisionalmente, la Inspección efectuará las pruebas que establezca el pliego correspondiente.

El Contratista suministrará por su exclusiva cuenta, el personal y los elementos necesarios para efectuar estas pruebas.

Si después de diez (10) días de recibida la orden respectiva, el Contratista no tuviera preparados los elementos para hacerlas, se hará pasible de la aplicación de las multas establecidas en este Pliego, sin perjuicio de que la Repartición las haga ejecutar por su cuenta, afectando el gasto a las sumas pendientes de pago que el Contratista tuviere.

ARTÍCULO 74 - Recepción.

Finalizadas las obras de acuerdo al contrato y siempre que no hubiere observaciones por parte de la Inspección, la Repartición extenderá dentro de los treinta (30) días de ser solicitada por el Contratista, el Acta de Recepción Provisional de la obra, que deberá suscribir conjuntamente con el Contratista o su representante autorizado.

La recepción parcial de la obra se efectuará cuando existan trabajos terminados que constituyen una unidad, que en sí llene la función para la cual ha sido proyectada y puedan ser libradas al uso.

Si las obras no estuvieren ejecutadas correcta y estrictamente de acuerdo a los planos, especificaciones técnicas, y órdenes dadas por la Inspección, se diferirá su recepción provisional hasta que se corrijan los defectos que presenten. Si el Contratista no procediera a ello en el plazo que al efecto se le fije; la Repartición podrá hacerlo por cuenta de aquél, afectándose el gasto a las sumas que estuvieran pendiente de pago, sin que ello le dé derecho a reclamo alguno.

En el acta de recepción, se dejará expresa constancia de la fecha de terminación de los trabajos, y será a referéndum de la Superioridad.

ARTÍCULO 75 - Plazo de Conservación y Garantía.

Entre la recepción provisional y la definitiva, correrá el plazo de conservación y garantía, durante el cual el Contratista es responsable de la conservación de las obras y de las reparaciones requeridas por defectos o desperfectos provenientes de la mala calidad o ejecución deficiente de los trabajos.

Se exceptúan de las presentes obligaciones los efectos resultantes del uso indebido de la obra.

ARTICULO 76 - Recepción Definitiva.

Transcurrido el plazo de conservación y garantía establecido, tendrá lugar la recepción definitiva que se efectuará con las mismas formalidades que la provisional, previa comprobación del buen estado de la obra y verificación de su correcto funcionamiento, a cuyo efecto se realizarán las pruebas que la Repartición estima necesarias, pudiendo repetir las establecidas para la recepción provisional. De las Actas de recepción deberá entregarse al Contratista una copia autenticada.

CAPITULO IX

MULTAS

ARTÍCULO 77 - Multas.

Además de las penalidades de otro orden establecidas por este Pliego, o por los demás documentos del contrato, se impondrán multas por las causas especificadas en los artículos siguientes. La imposición de las penalidades establecidas en este capítulo, no impide la aplicación de otras que estuvieran en el mismo o en otro documento del contrato.

Déjase establecido que a los efectos del cálculo de multas previstas en este Pliego y demás documentos del contrato, debe interpretarse como monto contractual, al importe de las obras contratadas mas su actualización, conforme a su régimen de variaciones de costo.

ARTICULO 78 - Mora en la Iniciación de los Trabajos.

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Si el Contratista no iniciare los trabajos dentro de los diez (10) días de la fecha del acta de Replanteo Inicial, o de los veinte (20) días de la firma del contrato, si aquella no fuere necesaria, incurrirá en una multa equivalente en el medio por mil (1/2/00) del importe del contrato por cada día de demora en iniciar las obras, considerándose que éstas han dado comienzo cuando la Inspección extienda la constancia respectiva en el libro de actas.

La multa que se aplique por demora en la iniciación de los trabajos, no autoriza al Contratista a tener por prorrogado el plazo de la obra por el número de días correspondientes a aquélla. Sólo se incluirán en el cómputo del plazo contractual, las prórrogas y ampliaciones concedidas.

ARTICULO 79 - Mora en la Terminación de los Trabajos.

Si el Contratista no diera total y correcta terminación de los trabajos dentro del plazo contractual, incurrirá en una multa equivalente al 1/2 %o medio por mil del importe del contrato por cada día de atraso en la terminación de obra.

ARTICULO 80 - Faltas e Infracciones.

Si el Contratista cometiera faltas o infracciones a este Pliego o a los demás pliegos o a las órdenes escritas de la Inspección y Resoluciones de la Repartición, se hará pasible a la imposición de multas que podrán variar del 1/2 al 10 por mil del monto del contrato, según la importancia de la infracción a exclusivo juicio de la Repartición y siempre que no se trate de casos explícitamente contemplados en otros artículos. Estas multas podrán ser reiteradas diariamente hasta el cese de la infracción.

ARTICULO 81 - Procedimiento para la Aplicación de Multas.

Producido un caso de aplicación de multas, la Inspección comunicará el hecho a la Superioridad, proponiendo en forma fundada la aplicación de la multa correspondiente. La Repartición previo estudio, resolverá lo pertinente.

Toda multa impuesta será hecha efectiva del primer certificado de pago que se extienda al Contratista, y si el importe de éste no alcanzara a cubrirla, deberá ser completado de los sucesivos certificados, u otros créditos pendientes.

Gustavo Alberdi
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PLIEGO COMPLEMENTARIO AL ÚNICO DE BASES Y CONDICIONES Página N° - 1 -

PLIEGO COMPLEMENTARIO AL UNICO DE BASES Y CONDICIONES

CAPITULO I

CONCEPTOS GENERALES

ARTICULO Nº 1: OBJETO DEL PLIEGO COMPLEMENTARIO: El presente pliego establece las bases y condiciones complementarias a que se ajustará la licitación, adjudicación, contratación, ejecución, recepción, inspección y todo otro procedimiento asociado directa o indirectamente para el suministro y/o provisión de la obra pública y todos los requerimientos propios a la misma, cuyas especificaciones se detallan por separado.

ARTICULO Nº 2 - DENOMINACIONES - SIGNIFICADO:

A los efectos de la aplicación de este Pliego y todo otro documento contractual de la obra, se emplearán las siguientes denominaciones:

MINISTERIO: Ministerio de Obras, Servicios Públicos y Vivienda - MOSPyV.

EPE: Empresa Provincial de la Energía de Santa Fe – LEY ORGANICA Nº 10014/87.

INSPECCION: Funcionarios de la EPE encargados de la supervisión contractual de la Obra.

OFERENTE: Persona física o jurídica que formula la Oferta.

DIRECTOR TECNICO DE LA OBRA: Representante del Contratista encargado de la conducción de la obra.

ARTICULO Nº 3: PRORROGA DE APERTURA: Se podrá prorrogar el día y hora del Acto de Apertura a exclusivo juicio de la EPE según lo establecido en el Art. Nº 10 del Pliego Único de Bases y Condiciones (PUBC), por razones de huelga, otras causas de fuerza mayor o razones de servicio. En todos los casos citados el Acto se efectuará el primer día hábil siguiente, a la misma hora.

Si el cese de la causa que origina la postergación, no pudiera conocerse con certeza, se dispondrá por acto administrativo del licitante la suspensión del Acto, y posteriormente se comunicará la fecha de la nueva apertura en forma pública y a cada adquirente del Pliego Licitatorio.

A pedido escrito de las dos terceras partes de los adquirentes del Pliego Licitatorio, se podrá postergar el Acto de Apertura a exclusivo juicio del licitante por no más de treinta (30) días corridos. En caso de que los dos tercios de la cantidad de adquirentes de pliego, no resultara un número entero, la cantidad a considerar será el número inmediato superior.

ARTICULO Nº 4: PEDIDOS DE ACLARACION: Se efectúan en el lugar fijado para la apertura de la presente licitación y en horas hábiles del licitante.

Las consultas de tipo verbal referidas a la presentación de la oferta, podrán ser requeridas hasta un (1) día hábil antes de la fecha fijada para la apertura. Las consultas que sean solicitadas por escrito deberán efectuarse con una anticipación de no menos de diez (10) días hábiles antes de la fecha de apertura.

El licitante podrá emitir aclaraciones hasta cinco (5) días hábiles antes de la fecha de apertura, y serán puestas en conocimiento por escrito a todos los adquirentes de los pliegos.

Las Normas, Especificaciones y/u otras características técnicas requeridas podrán ser solicitadas, ampliadas y/o consultadas directamente en el lugar que se determine en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares de la presente Licitación.

Se deberán considerar como documentación propia de la presente licitación además de la incluida y/o citada en la misma; a la Ley de Contabilidad de la Provincia, Ley de Obras Públicas y Reglamentación

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PLIEGO COMPLEMENTARIO AL ÚNICO DE BASES Y CONDICIONES Página N° - 2 -

del Registro de Licitadores de Obras Públicas dependiente del Ministerio de Obras y Servicios Públicos de la Provincia de Santa Fe.

Las consultas no implicarán bajo ningún concepto postergar los plazos estipulados para cada instancia o los propuestos en la oferta.

ARTICULO Nº 5: MANTENIMIENTO DE LA PROPUESTA: La presentación de una propuesta, lleva implícita la obligación de mantenerla válida por un plazo mínimo de sesenta (60) días, contados a partir del día de apertura de la Licitación.

ARTICULO Nº 6: SECCIÓN DEL REGISTRO DE LICITADORES: Los proponentes deberán acreditar su inscripción en el Registro de Licitadores de Obras Públicas dependiente del Ministerio de Obras y Servicios Públicos de la Provincia de Santa Fe, habilitados para la especialidad fijada en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares; como así también haber ejecutado Obras de características similares a la que es objeto este Legajo.

ARTICULO Nº 7: INTERPRETACION DE LAS BASES DE LICITACION: Aún cuando en la descripción de los suministros y trabajos que serán a cargo del Contratista se hubieran omitido detalles necesarios para la terminación de las tareas licitadas, las obras deberán entregarse completamente terminadas de acuerdo con las reglas de la técnica y conforme con los fines a que estén destinadas. El costo de estos elementos no detallados, el de trabajos secundarios, o de aquellos propios de la obra cotizada, así como el de los bienes o servicios cuya provisión esté expresamente solicitada en este Pliego, se considerarán incluidos en el precio cotizado.

Se considerará al Oferente no sólo como comerciante, industrial o intermediario sino como profesional experimentado en la índole de los trabajos y suministros que se licitan, y por lo tanto responsable total de la Obra y de su correcto funcionamiento. Tendrá la obligación de indicar toda observación que a su juicio comprometa el fin u objetivos pretendidos por esta E.P.E.

CAPITULO II

LICITACION Y ADJUDICACION

ARTICULO Nº 8: FORMA, ORDEN Y CONTENIDO DE LA PRESENTACIÓN:

Por sobre lo establecido en el Articulo Nº 13 del PUByC, se observará lo siguiente:

I) FORMALIDADES GENERALES:

I.1) Las ofertas deberán ser presentadas en original y dos copias en el lugar indicado para la Apertura, hasta el día y hora que se fije; según lo especificado en la hoja de encabezamiento del presente legajo:

I.2) Formato básico en Tamaño IRAM A4; conformándose en tomos de unas 200 hojas útiles foliadas, utilizándose separadores interiores indicando el contenido que lo sucede.

I.3) Cada tomo estará broquelado y/o reunido mediante sistema que permita la manipulación de las hojas sin necesidad de desarmado. Se rotulará " ORIGINAL", "DUPLICADO", etc. según corresponda en la tapa, con el número identificatorio de cada tomo.

1.4) El primer tomo llevará como encabezamiento un índice general de Tomos y Folios.

1.5) Las copias deberán tener exacta e igual foliación respecto del original.

1.6) Todas las hojas del original de la documentación presentada deberán estar firmadas por el Proponente y el Director Técnico de la Empresa que cotiza, quien deberá poseer título profesional, estar inscripto y habilitado por el Consejo de Ingenieros de la Provincia de Santa Fe o el Colegio Profesional que corresponda, para proyectar y/o conducir obras del tipo que se licitan.

Gustavo Alberdi
Ejemplar Sin Valor
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II) ORDEN y CONTENIDO DEL SOBRE PRESENTACION: La documentación e información a incluir dentro del Sobre Presentación es la que se detalla seguidamente, la que se deberá presentar siguiendo el mismo orden con que se expone el detalle de su contenido:

II.1) Información general del proponente

II.1.a) Nombre o razón social. domicilio, teléfono, telefax, etc. Debiéndose constituir domicilio legal en la ciudad de Santa Fe

II.1.b) Nombre del representante legal e instrumento que lo acredite como tal con poderes suficientes para obligar a la firma.

II.1.c) Contrato de Sociedad de la Firma; que en caso de Unión Transitoria de Empresas se incluirá además el proyecto de contrato de asociación, donde consten los porcentajes de participación de cada una de las firmas que la conformarán.

II.1.d) Esquema de organización de la Firma. Para el caso de UTE se presentará el esquema de organización de c/u de las empresas que la constituyen, debiendo estar expresamente indicado el Director Técnico de la proponente.

II.2) Garantía de oferta: Para asegurar el cumplimiento de sus obligaciones, los proponentes presentarán una garantía por un valor equivalente al uno por ciento (1 %) del importe del Presupuesto Oficial de la Obra en cuyo monto ya se incluye el IVA, conforme a lo que se establece a continuación a opción del Oferente o del Adjudicatario:

II.2.a) En Dinero efectivo: única y exclusivamente mediante una operación de “Depósito en Garantía” que deberá realizarse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A., para constancia de lo cual dicha institución emitirá el correspondiente certificado. II.2.b) Fianza solidaria de una Institución bancaria a satisfacción de la Comitente.

II.2.c) Mediante Póliza de Seguro de Caución que se encuadre en la reglamentación que establezca la Superintendencia de Seguros de la Nación.

Las garantías de Oferta deberán mantener su vigencia hasta la fecha de vencimiento del plazo de mantenimiento de la oferta, a la cual se adicionará el período de prórroga cuando por el Pliego Complementario se prevea la posibilidad de extender este plazo. Las Garantías de Contrato deberán extender su vigencia, hasta la fecha de vencimiento de las obligaciones del contrato

No serán rechazadas las ofertas, cuando por error, el monto de la garantía presentada fuese inferior al que corresponda por una diferencia que no supere el 0,5 % (cero coma cinco por ciento) del importe correcto. Se intimará en este caso al proponente a cubrir o suplir la diferencia en un plazo de cuarenta y ocho (48) horas hábiles. No cumplimentada esa intimación en tiempo y forma, se dará por desestimada la oferta

II.3) Certificado de habilitación del Registro de Licitadores (PUBC art.13-3)

II.4) Constancia de pago del Impuesto a los Ingresos Brutos y aportes Ley 5110.

II.5) Copia de la Factura de adquisición del Pliego y sellado de la Propuesta (PUBC art.13-11 y 13-13)

II.6) Declaración de conocimiento del lugar de ejecución de las obras (PUBC art.13-10)

II.7) Aceptación de la justicia ordinaria de la Provincia de Santa Fe (PUBC art.13-6)

II.8) Declaración Jurada Decreto-Ley 17250/67: Los proponentes deberán presentar declaración jurada de haber dado cumplimiento al pago de contribuciones, aportes y toda otra forma de tributo a las Cajas Nacionales de Previsión según lo establece el Decreto Ley 17250/67 y su decreto reglamentario Nº 4547/67.

II.9) Antecedentes empresariales completos (PUBC art.13-5), o en su defecto, nómina del equipo humano a afectar en las Obras, indicando antecedentes profesionales y técnicos (con aclaración de títulos, especialidades y experiencia en la ejecución de Obras del mismo tipo a la Licitada) que permita deducir que el Oferente podrá construirla.

II.10) Detalle de equipo a afectar en obra (PUBC art.13-9): El Oferente presentará con su propuesta la lista de equipos que pondrá a disposición de la obra, indicando expresamente si dicho equipamiento es

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propio o arrendado. Este equipamiento, de acuerdo a la previsión del Art. 13 Apartado 9 del PUBC, deberá satisfacer las necesidades de simultaneidad de realización de trabajos previstos en el Plan de trabajos y tendrá como mínimo la dotación que se detalla en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

En obra se emplearán solamente equipos y herramientas en buenas condiciones de uso y aptos para el trabajo requerido, debiendo ser aprobados por la Inspección de Obras. La permanencia del equipo en obra estará regulada por el Art. 47 de la Ley Nº 5188/60 y su Decreto Reglamentario. Se podrá ordenar a la Contratista que acelere el ritmo de ejecución de los trabajos mediante refuerzos y/o sustitución de los equipos afectados a la obra, cuando el originalmente previsto resulte insuficiente para dar total terminación a las obras dentro del plazo convenido, a solo juicio de la Inspección de Obras.

II.11) Materiales, elementos y equipos ofrecidos: Sólo podrán ser nuevos, sin uso y de primera calidad, exigiéndose que sean reconocidos en el momento de su aprovisionamiento como los que, la tecnología actual califica de mejores o más adecuados para los fines y usos a los que se destinarán.

Deberán responder estrictamente a los Materiales Normalizados por la E.P.E. , a las normas vigentes en la materia y a las que se requieran en esta Licitación Pública. No se admitirán prototipos ni modelos experimentales de producción no continuada y/o no librados a la libre comercialización. Es imprescindible que la oferta incluya marcas, características, especificaciones técnicas, folletos descriptivos y todo otro detalle o información relevante de lo cotizado.

Ante la falta total o parcial de los Datos Técnicos Garantizados que, obligatoriamente se deben presentar en las ofertas, la EPE fijará a su exclusivo criterio las características que deberán cumplimentar los Materiales, elementos y equipos, pudiendo incluso fijar dos (2) marcas entre las que tendrá que optar el Contratista. No se admitirá la presentación de los Datos luego de finalizado el Acto de Apertura.

Si para un mismo elemento o equipo, el proponente ofreciera dos (2) o más marcas, queda entendido que la E.P.E. tiene el derecho a elegir una de ellas, a su exclusivo criterio. Ello no otorgará derecho a la Contratista a percibir mayores costos o diferencias de precios imputable a la diferencia de valores que pudieran tener los elementos o equipos ofrecidos de una y otra marca.

Durante la etapa de estudio de las ofertas y cuando se lo solicite, los oferentes deberán proveer protocolos de ensayo efectuados únicamente en laboratorios reconocidos en el ámbito nacional o internacional, y quedará a exclusivo criterio de la E.P.E. él aceptarlos. No se aceptarán para este caso, protocolos de ensayo que estén realizados con posterioridad a la fecha de apertura de la presente licitación, ni aquellos que posean una antigüedad mayor a cinco (5) años.

Se podrá solicitar listado de usuarios de los equipos o materiales ofrecidos, debiendo ser posible la consulta de los mismos en cuanto a obtener información ampliatoria sobre dichos elementos. Se podrá requerir garantía del fabricante de la provisión respecto al abastecimiento de repuestos por un plazo no inferior a diez (10) años, y/o garantía de funcionamiento por no menos de un (1) año, y/o asistencia técnica por un plazo no menor a seis (6) meses; ajustables a criterio exclusivo del licitante.

II.12) Requisitos exigidos según Anexo Resolución Nº 416/98 del MOSPyV.

II.13) Pliego a la venta y aclaraciones.(PUBC art. 13-2 y 13-12)

II.14) Sobre Propuesta.

III) ORDEN y CONTENIDO DEL SOBRE PROPUESTA

III.1) Carta Presentación de la Propuesta.

III.2) Planilla de Propuesta (PUBC art.14).

El incumplimiento de los requisitos exigidos por los puntos II.2 y II.14, será causa de rechazo de la Oferta en el mismo acto de apertura por parte de las autoridades que la preciden. La omisión de los requisitos exigidos por los restantes puntos, excepto el II.11, podrá ser suplida dentro del término de dos (2) días hábiles de clausurado el acto, transcurrido el cual sin que haya sido subsanada, será rechazada la Oferta.

ARTICULO Nº 9: COTIZACION: Las cotizaciones se efectuarán sobre la Planilla de Propuesta que forma parte del legajo suministrado por la Empresa, siendo las formalidades a tener en cuenta, las siguientes:

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1) Atento a la vigencia de la Ley Nacional No 23928 - de Convertibilidad, se anula toda cláusula que contravenga lo establecido en la misma. La cotización de los precios deberá realizarse en pesos.

2) En razón de que esta Empresa Provincial de Energía se encuentra inscripta ante la Dirección General Impositiva como Responsable Inscripto en el Impuesto al Valor Agregado (IVA), bajo el número de CUIT 30-54578816-7 las cotizaciones deberán discriminar el precitado gravamen. El no cumplimiento con lo dispuesto en este inciso, dará lugar a interpretar que las cotizaciones ya incluyen el Impuesto al Valor Agregado.

3) El precio cotizado incluye la provisión, ensayo de materiales, transporte, montaje, obras y ensayos finales como asimismo cualquier otro gasto o inversión necesarios para la entrega de la obra en condiciones de buen estado de funcionamiento. 4) El Oferente cotizará obligatoriamente en el "Planilla de Propuesta" que a tal efecto se entrega. En caso de inutilización de la Planilla citada, los adquirentes del legajo podrán solicitar un nuevo ejemplar contra devolución del primitivo.

5) El cambio de esta Planilla de Propuesta por fotocopia o por hoja, con o sin membrete, distinta a la oficial entregada por la E.P.E. será causa de rechazo de la oferta en el mismo acto de apertura.

6) La formulación de un único DESCUENTO ESPECIAL, se considerará válida únicamente si ha sido formulada al dorso de la Planilla de Propuesta. El texto que informe este descuento deberá ser rubricado por la o los responsables de la firma Oferente.

Deberá expresarse como porcentaje global de disminución respecto de los precios de la Oferta Básica.

Los descuentos ofrecidos que se condicionen a alternativas de equipos y/o materiales, quedan a consideración y juicio exclusivo del licitante. Los descuentos condicionados a alternativas de obra, de forma de pago u otras situaciones no explícitamente contempladas en la presente Licitación no serán tenidos en cuenta.

7) En el caso que el sistema de contratación adoptado sea por "Ajuste Alzado", el monto de la oferta será el precio Unico y Total que se especifique en la "Planilla de Propuesta".

8) En el caso que el sistema de contratación sea por “Unidad de Medida y Precios Unitarios”; la unidad de medida está debidamente detallada en la “Planilla de Propuesta" y el oferente deberá cotizar precio unitario por cada ítem de dicha Planilla; tales precios constituirán su oferta básica y serán aplicados al cómputo métrico de aquella, lo que permitirá obtener el precio total. Cuando en la oferta se verificasen errores en las operaciones aritméticas, la EPE efectuará las correcciones correspondientes tomando como válido el precio unitario propuesto. Si como consecuencia de estas correcciones se modificara el monto total de la oferta, el valor corregido será el considerado a todos los efectos. ARTICULO Nº 10 - IMPUGNACIÓN: Todos los oferentes tienen derecho a impugnar cualquiera de las Ofertas dentro del término de las cuarenta y ocho (48) horas contados a partir de la hora de cierre del acto de apertura. La impugnación debe ser fundada y por escrito y será resuelta juntamente con la adjudicación.

Para que la impugnación sea tenida en cuenta, se deberá realizar un depósito en pesos igual al 2 %o ( dos por mil ) del presupuesto oficial de la licitación, en la Cuenta Corriente N° 443/06- Suc. 599 del Nuevo Banco de Santa Fe S.A.;presentándose la constancia del pago en forma conjunta con el escrito de impugnación

El depósito será reintegrado al Oferente impugnante en el caso que la Empresa haga lugar a la impugnación, dentro de los treinta (30) días de dictado el acto administrativo que lo resuelva.

ARTICULO Nº 11: ESTUDIO DE LAS OFERTAS: Respecto a todas las ofertas recibidas, incluyendo las propuestas alternativas, la E.P.E. efectuará los estudios y análisis comparativos que crea convenientes, utilizando él o los métodos que estime necesarios para identificar la oferta más ventajosa, o aquella que a su exclusivo criterio justifique su adjudicación en base a conveniencias de orden técnico, de servicio o económicas que la E.P.E. considere determinantes, aunque la oferta adjudicada no sea necesariamente la de menor precio.

Se podrá requerir la ampliación de la información suministrada por el Proponente, o cualquier otra que necesite para el mejor estudio de la propuesta dentro del plazo que se señale al efecto. Vencido el mismo, sin que el Proponente cumpla el requerimiento, se considerará como una retracción tácita del Proponente y

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en consecuencia facultará al licitante a disponer la pérdida del depósito de garantía de la Propuesta o a tramitar la ejecución de la fianza correspondiente.

ARTICULO Nº 12: MEJORAS DE OFERTAS: Si entre las Ofertas admitidas hubiere dos o más cotizaciones que, a criterio de la EPE, fueran consideradas igualmente convenientes, que las diferencias comparativas de precios entre esas ofertas no fuesen mayores al tres por ciento ( 3 % ) y que sean evaluadas como más ventajosas que las restantes, se llamará a mejora de precios entre esos Oferentes exclusivamente. Idéntico criterio se empleará cuando se presente la condición de que la empresa que haya realizado la mejor oferta no sea de origen provincial y corresponda la aplicación de lo establecido en los Artículos:3,4 y 5 de la Ley Provincial N° 12105/2003 (Compre Santafesino),para aquellos proveedores que hallan cumplimentado con los requisitos necesarios para registrar su adhesión a la citada Ley, en el Registro Unico de Proveedores de la EPE. En caso de presentarse las dos condiciones, el llamado a mejora de precios se hará en forma conjunta

La respuesta al pedido de mejora de precios se concretará mediante una nueva presentación. A tal efecto se fijará plazo para la presentación de la mejora de precios, estableciéndose además fecha y hora de apertura, lo que se comunicará formalmente a dichos Oferentes.

ARTICULO Nº 13: INTERPRETACION DEL PRECIO COTIZADO: Cuando el sistema de contratación sea por “Unidad de Medida y Precios Unitarios” se tendrá en cuenta lo siguiente: A todos los efectos que hubiere lugar se reconocerá como precio cotizado para cada ítem, el transcripto por el Oferente en el Planilla de Propuesta. El mismo incluye además de lo expresamente detallado, toda actividad o provisión menor necesaria para la correcta terminación de las tareas o provisión indicadas. Si fuera necesario desagregar los precios cotizados de cada Item, se considerará únicamente la siguiente forma general de cálculo:

Precio del ítem : P

Precio del material : M (si correspondiera , s/ítem)

Precio de mano de obra : Mo (si correspondiera , s/ítem)

Gastos Generales : Gg = 0,10 (M+Mo) (si correspondiera , s/ítem)

Beneficios : B = 0,10 (M+Mo) (si correspondiera , s/ítem)

P = M + Mo + Gg + B = (M+Mo) + 0,10 (M+Mo) + 0,10 (M+Mo)

P = 1,20 (M+Mo)

(M+Mo) = 0,8333 P.

* Lo descripto no es válido cuando el sistema de contratación sea por “Ajuste Alzado”.

ARTICULO Nº 14: ERRORES: El Oferente será responsable por los errores formales que pudieran existir en las cifras volcadas en los “Planilla de Propuesta”. Sin perjuicio de ello se tendrá en cuenta que cuando se indiquen valores en números y letras, y en caso de que existan discrepancias se tomará como correcto el indicado en letras.

CAPITULO III

CONTRATACION

ARTICULO Nº 15: SISTEMA DE CONTRATACION: Se establece en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, observándose en un todo lo establecido por la Ley de Obras Públicas de la Provincia de Santa Fe Nº 5188/60 y sus modificatorias.

ARTICULO Nº 16: GARANTIA CONTRACTUAL: El adjudicatario deberá constituir dentro de los veinte (20) días contados a partir de la fecha de comunicación de la adjudicación, una garantía que avale el cumplimiento de sus obligaciones contractuales, por un valor equivalente al cinco por ciento (5%) del

Gustavo Alberdi
Ejemplar Sin Valor
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importe adjudicado. Esta garantía podrá formalizarse mediante las formas consideradas por el Artículo Nº 8 de este Pliego en sus inciso II.2.b) y II.2.c).

ARTICULO Nº 17: FIRMA DEL CONTRATO: La firma del contrato, se llevará a cabo de acuerdo a lo establecido en los artículos 22, 23, 24, 25, 26 y 27 del PUByC. El contrato respectivo se firmará dentro de los 30 (treinta) días a partir de ser notificada la adjudicación en el lugar que fijará La EPE. Sin embargo el adjudicatario deberá concurrir en forma inmediata a la sede de la EPE para informarse y presentar en término los recaudos necesarios para la confección del mismo bajo pena de que si su falta de diligencia causare retardo en la celebración del contrato se hará pasible de las medidas dispuestas en el Art. Nº 38 de la Ley de Obras Públicas y su Decreto Reglamentario.

CAPITULO IV

EL CONTRATISTA, SUS REPRESENTANTES Y SU PERSONAL

ARTICULO Nº 18: PERSONAL EMPLEADO: Será obligación del Contratista, previo a la iniciación de la Obra, presentar la nómina del personal empleado, discriminando en dicha nómina el personal estable y el transitorio. Será su obligación además comunicar a la Inspección toda alta y/o baja de personal que se produzca. El personal empleado en la Obra deberá reunir condiciones de idoneidad y competencia, conforme lo establece el P.U.B.C. en su Art. Nº 41.

Los jornales abonados por la Contratista a su personal en la presente Obra, no podrán ser inferiores a los establecidos por el Convenio Laboral de aplicación. Corresponderá comunicar a la Inspección con la suficiente antelación, la fecha de pago de los jornales. Será asimismo obligación del Contratista presentar a la Inspección una copia de las planillas de pago del personal empleado en la Obra, debidamente conformadas por dicho personal. Se entregarán mensualmente y con anterioridad a la emisión del certificado correspondiente.

ARTICULO Nº 19: SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO: Se deja expresa constancia de la obligatoriedad del cumplimiento de lo prescrito por la Ley de Higiene y Seguridad en el Trabajo Nº.19587/72, su Decreto Reglamentario Nº. 351/79 y de lo prescrito por el Decreto Nº 911/96 de Higiene y Seguridad en el Trabajo. Reglamento para la Industria de la Construcción y la Resolución Nº 231/96 (S.R.T.) que reglamenta los artículos Nº 9, 17 y 20 del precitado, a su vez complementario de la Ley 24.557 de Riesgos del Trabajo.

El/los Contratistas presentarán un Plan de Seguridad, Programa de Acción y Memoria Descriptiva donde se establezcan los riesgos potenciales y las medidas de prevención a adoptar, siguiendo en todo momento lo establecido en la Legislación vigente y/o la que sustituya, incluyendo datos del profesional que brindará las prestaciones de Higiene y Seguridad en el Trabajo requeridas en el Capítulo 3 del Decreto 911/96.

El/los Contratistas serán los únicos responsables por todos los daños que pudiera ocurrir a los materiales, equipos, instrumentos, accesorios etc., durante la ejecución de la obra, causados por robos, incendios, negligencia del personal, etc. Además el/los Contratistas estarán obligados a señalar y proteger convenientemente el lugar de los trabajos a fin de evitar daños o accidentes a personas u objetos. Todos los seguros de material de la obra durante el montaje hasta su recepción provisional, estarán a cargo del Contratista.

El personal del Contratista está obligado a usar en todo momento los elementos de protección adecuados.

La ropa de trabajo tendrá grabado la denominación de la Empresa Contratista. La inscripción debe ser visible y de tamaño adecuado para ser leída a una distancia de 3 metros.

Todo el personal del Contratista debe disponer en forma permanente de carnet plastificado que identifique, Nombre, Apellido, Empresa Contratista, Dirección y Teléfono de la Misma, cargo que desempeña el portador, foto color del portador, Grupo Sanguíneo y detalle de remedios y/o elementos que originan alergias al portador.-

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No se admitirá ningún tipo de justificaciones por la falta de los elementos requeridos.-

ARTICULO No 20: SEGUROS: El Contratista deberá presentar antes del inicio de Obra la siguiente documentación:

1) Certificado de no-acción, emitido y firmado por la Aseguradora de Riesgos de Trabajo del contratista.

2) Certificado de aseguramiento nominativo, emitido por la misma Aseguradora, y que se constituye en el único personal que podrá trabajar con motivo del contrato. Deberá incluirse en la misma la totalidad del personal empleado en la misma, sea este administrativo u obrero, o revista en carácter permanente, eventual o temporario. Es obligación de la Contratista mantener debidamente actualizada la presente documentación.

3) Inicio de Obra, firmado por la misma Aseguradora.

4) Copia del Legajo Técnico de la Obra, firmado en original por el responsable de seguridad de la Contratista. Para el caso del personal de empresas Subcontratistas, deberán cumplimentarse los mismos requisitos, previo al inicio de sus tareas, siendo responsabilidad del contratista el cumplimiento de este cometido. El incumplimiento de cualquiera de estos requisitos autorizará a la Empresa, previo apercibimiento, a paralizar la ejecución de las obras o su inicio, hasta tanto no se cumplan en su totalidad los requisitos, corriéndole efectivamente el plazo fijado en el artículo 23.

El Contratista estará obligado a contratar con compañías aseguradoras que actúen bajo el control de la Superintendencia de Seguros de la Nación.

Se deberá asegurar la totalidad del personal obrero empleado en las obras, inclusive el de los subcontratistas, contra todo riesgo que corresponda a siniestros por accidentes de trabajo, incluyendo cobertura total para asistencia médica y farmacéutica. Será obligación del contratista presentar dentro de los treinta (30) días de iniciada la Obra, una Póliza de Seguro contra accidentes de Trabajo completa, que cubra la totalidad del personal empleado en la misma, sea este administrativo u obrero, o revista en carácter de permanente, eventual o temporario.

El Contratista deberá tener asegurados durante todo el tiempo de ejecución de la obra, la totalidad de los rodados afectados a la misma, con póliza específica del automotor que contemple como mínimo, responsabilidad civil sin límites por daños a terceros con sus bienes y/o en las personas o pasajeros transportados.

Por todos los riesgos específicos que genere la obra, la contratista tomará un seguro de "construcción y montaje - todo riesgo" en forma tal que la E.P.E. tenga absoluta indemnidad respecto a cualquier siniestro que pudiera ocurrir como consecuencia de la ejecución de los trabajos, como así también de la realización de las pruebas de confiabilidad, hasta la recepción provisoria.

Por todos los riesgos que genere la Obra, el Contratista tomará en todos los casos, un Seguro de Responsabilidad Civil por daños a terceros – personas o bienes, incluyéndose los posibles daños a la EPESF, por un Monto mínimo de pesos trescientos mil ($ 300.000.-) o de mayor monto que se determine en el Pliego Particular de Bases y Condiciones (PPByC).

Los gastos que originen la contratación de los seguros mencionados, será a cargo del Contratista, quien acreditará fehacientemente el cumplimiento de sus obligaciones en este sentido, dentro de los diez (10) días de la fecha de suscripción del Acta de Replanteo, debiendo presentar constancia del pago de las respectivas pólizas. Si las pólizas se abonan en cuotas, esto debe ser comunicado formalmente, informando además el Plan de pagos, de la póliza que corresponda, en oportunidad de la presentación de la misma. Se deberán además presentar los comprobantes de cancelación de cada una de ellas, en las fechas previstas en el mencionado Plan.

No podrá modificarse y/o cancelarse ninguna póliza de seguro sin previa autorización escrita del licitante, cláusula que deberá incorporarse en el seguro contratado. Todas las pólizas que correspondan, deberán ser entregadas a la Inspección con anterioridad a la iniciación de la tarea o cobertura amparada por la misma.

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El Contratista deberá tomar a su cargo las franquicias de los seguros que contrate, y deberán ser tomados con una cláusula de ajuste a satisfacción del tomador. El incumplimiento en tiempo y forma de las obligaciones de contratar los seguros que correspondan y que deberá tomar a su cargo el Contratista, autoriza al licitante a la contratación directa del seguro en las condiciones requeridas en el presente Pliego. El importe de la contratación será descontado en forma inmediata de cualquier suma que tenga al cobro el Contratista.

ARTICULO Nº 21: TITULO HABILITANTE DEL DIRECTOR TECNICO EN OBRA: El/los Director/es Técnico/s de la/s empresa/s contratista/s de Obra, tomarán a su cargo las funciones y responsabilidades a que refiere el artículo 13º del Pliego Único de Bases y Condiciones, para lo cual deberá poseer título habilitante según las Leyes de Incumbencias Profesionales vigentes y estar autorizados para el ejercicio profesional en la Provincia de Santa Fe por el Consejo de Ingenieros o Colegio Profesional que corresponda, estando debidamente acreditado mediante constancia de matriculación y el certificado de incumbencias del título habilitante del profesional propuesto.

El/los profesional/es que sea/n propuesto/s, deberá/n acreditar suficiente experiencia en el tipo de obra que se trata, mediante la presentación de sus antecedentes profesionales, los que tendrán el carácter de declaración jurada.

Todo reemplazo de/los Director/es Técnico/s deberá ser efectivamente notificado/s a la Inspección de la Obra y designado/s su/s reemplazante/s, para lo cual se deberá dar cumplimiento con lo establecido en este artículo.

ARTICULO Nº 22: DESIGNACION DEL REPRESENTANTE TECNICO EN OBRA: Previo a la iniciación del replanteo de la Obra, el/los contratista/s deberá/n designar los profesionales de las distintas especialidades integrantes de la misma, los que ejercerán las funciones de Representantes Técnicos de la Obra, según lo especificado en el artículo 40º del Pliego Único de Bases y Condiciones.

Dichos representantes deberán poseer título habilitante según las Leyes de incumbencia Profesionales vigentes y estar autorizados para el ejercicio profesional en la Provincia de Santa Fe por el Consejo de Ingenieros o Colegio Profesional que corresponda, lo cual deberá ser debidamente acreditado mediante la constancia de matriculación y el certificado de incumbencias del título habilitante del profesional propuesto.

ARTICULO Nº 23: PERMANENCIA EN OBRA DE/LOS REPRESENTANTE/S TECNICO/S: Es obligación del/los representante/s técnico/s permanecer en la obra durante las horas de trabajo en las que sé esten ejecutando tareas de su especialidad. Solamente podrá/n ausentarse por causas debidamente justificadas e informadas a la Inspección de la Obra, quien tomará debida constancia y obrará en consecuencia.

En casos en que se prevean ausencias prolongadas, la Contratista deberá designar el/os reemplazante/s para cubrir las funciones que quedarán acéfalas, trámite que se formalizará con por lo menos dos (2) días de anticipación a la fecha del efectivo abandono de la Obra; tiempo en el cual la Inspección de la Obra deberá informar su aceptación o producir las observaciones que considere pertinentes.

ARTICULO Nº 24: CUMPLIMIENTO DE LEYES Nº. 2429 y 4114: Previo al inicio del replanteo de la obra y el tiempo de la designación del/los Directores Técnicos de la/s Contratista/s, como de su/s Representante/s Técnico/s, se deberán elevar a la Inspección de Obras, las Ordenes de Trabajo o los Comprobantes Legales establecidos por el Consejo de Ingenieros o el Colegio Profesional que corresponda y mediante los cuales se formaliza la encomienda de los trabajos profesionales pertinentes; todo ello de conformidad con las Leyes Provinciales Nº 2429 y 4114 y de todas otra disposiciones legales modificatorias o complementarias de las mismas.

Si dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de producida la Recepción Provisoria de la Obra, el Contratista no presenta la constancia de cumplimiento que se hace referencia en el párrafo anterior, el Organismo actuante informará a los Colegios Profesionales que correspondan tal incumplimiento.-

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El incumplimiento por parte del Contratista de lo antes citado, será causal del no otorgamiento de la Recepción Definitiva de la Obra.

CAPITULO V

EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS

ARTICULO Nº 25: PLAZO DE EJECUCION: Contrariamente a lo establecido por los artículos 47º y 49º del Pliego Único de Bases y Condiciones, el Contratista entregará las obras objeto de la presente licitación, completamente terminadas y listas para su habilitación en el plazo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, contados a partir de la fecha de firma del correspondiente CONTRATO y/o notificación de adjudicación mediante cédula, lo que ocurra primero.

ARTICULO Nº 26: EQUIPO MINIMO: El Contratista presentará obligatoriamente a la Inspección la lista de equipos que pondrá a disposición de la obra, indicando expresamente si dicho equipamiento es propio o arrendado. La Inspección de Obras aprobará o rechazará el Equipo a su solo juicio.

Este equipamiento mínimo, de acuerdo a la previsión del Art. 13º - Apartado 9º del Pliego Único de Bases y Condiciones, deberá satisfacer las necesidades de simultaneidad de realización de trabajos en el Plan de Trabajos y tendrá como mínimo la dotación que se determina en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares:

Este equipamiento mínimo no es excluyente y deberá satisfacer las necesidades de simultaneidad de realización de trabajos previstas en el plan de avances de obras.

ARTICULO Nº 27: NORMAS: Los materiales, equipos, instalaciones y métodos constructivos estarán sujetos estrictamente al cumplimiento de las siguientes normas y de acuerdo con el orden de prelación que se anuncian:

1) Especificaciones Técnicas Particulares del Pliego.

2) Especificaciones Técnicas Normales de esta EPE.

3) CIRSOC 201.

4) Normas IRAM.

5) Normas NIME.

6) Normas VDE.

7) Normas IEC.

8) Normas del país de origen en el caso de equipos y/o materiales importado

ARTICULO Nº 28: PRESENTACIÓN DEL PLAN DE TRABAJOS: Una vez notificado el Contratista, de la firma del Contrato, deberá confeccionar el Plan de Trabajos a la fecha de dicha notificación y meses calendario del año, debiendo ser presentado el mismo para su aprobación dentro de los diez (10) días hábiles administrativos de esa fecha. Si dentro del plazo de quince (15) días administrativos no se le formulara observación alguna, el plan quedará consentido y en caso de ser observado, el Contratista presentará nuevamente el Plan corregido en el mismo plazo establecido originalmente, sin que ello implique una dilación en la iniciación de la Obra.

El plan así elaborado se utilizará para controlar y efectuar el seguimiento de la ejecución completa de la obra incorporándose al contrato con carácter de documento oficial. Será utilizado como instrumento legal

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para determinar el cumplimiento de ejecución de los trabajos. En caso de requerirse el reajuste del Plan, éste deberá ser presentado por el Contratista en el término que se le fije.

En la confección del Plan, se tendrá en cuenta que las Obras deberán realizarse en jornadas diurnas de duración acorde con la legislación vigente. Si debieran ejecutarse trabajos insalubres, los mismos podrán efectuarse en dos (2) turnos diarios de labor.

ARTICULO Nº 29: PRORROGA EN EL PLAZO DE EJECUCION: Con relación al inc. c) del Art. Nº 65 del PUBC, las variaciones climáticas y sus consecuencias adversas darán lugar a prórrogas en el plazo de ejecución de los trabajos. Las lluvias acaecidas durante el plazo de ejecución darán derecho al Contratista a solicitar dicha prórroga, siempre y cuando las precipitaciones superen el promedio mensual de los últimos cinco (5) años por cada mes, tratados en forma independiente uno de otros. Tal información podrá requerirse de algún ente oficial de la zona que designe la inspección.

Se confeccionará un Acta suscrita por la inspección de Obra y el representante Técnico del Contratista en donde se establecerá claramente el mes que corresponda, que días se superaron la media mensual, cuales son los días posteriores en los cuales llovió y no se pudieron ejecutar trabajos y cuantos días de prórroga en el plazo contractual correspondería otorgar.

ARTICULO Nº 30: TRABAJOS Y PROVISIONES A CARGO DEL CONTRATISTA: El Contratista tendrá a su cargo la provisión, transporte y colocación en Obra de todos los materiales, como así también la mano de Obra y todo el personal necesario para la realización correcta y completa de la Obra contratada, el empleo a su costa de todos los implementos, planteles y equipos para la ejecución de los trabajos, el alejamiento del material sobrante de las excavaciones o rellenos, y cualquier otra provisión, trabajo o servicio detallado en la documentación contractual o que sin estar expresamente indicado en la misma, sea necesario efectuar para que las obras queden total y correctamente terminadas, de acuerdo con su fin y con todas las reglas del arte del buen construir.

El Contratista proveerá la movilidad y los elementos para la Inspección que se requieran y estén descriptas en las Especificaciones Técnicas Particulares.

ARTICULO Nº 31: CARTEL DE OBRA: Dentro de los treinta (30) días de la firma del Contrato el Contratista colocará en los lugares que indique la Inspección, carteles de obra con las características, cantidad, dimensiones y leyendas que se indican en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

La conservación del cartel es responsabilidad de la Contratista por lo que en caso de producirse deterioros, o cualquier accidente, deberá repararlo y/o repintarlo. Producida la Recepción Provisoria, será desmantelado y entregado en los depósitos de la E.P.E. que indique la Inspección de Obras.

Los gastos inherentes al cumplimiento de este artículo deberán ser considerados en Gastos Generales.

ARTICULO Nº 32: COORDINACION DE OBRAS EJECUTADAS EN LA VIA PUBLICA: Una vez notificado el Contratista de la orden de iniciación de las Obras, deberá coordinar la realización de la misma con la Autoridad Municipal o Comunal que corresponda, a los efectos de coordinar su avance con obras o tareas proyectadas o en ejecución por otros Organismos Nacionales, Provinciales o Municipales. El objetivo de esta coordinación es el de reducir al mínimo posible los inconvenientes a causar a la población que utilice la vía pública en la que se efectúen los trabajos.

Asimismo, y como consecuencia de la mencionada coordinación, introducirá en el Plan de Trabajos las modificaciones que se impongan, lo que deberá ser realizado juntamente con la adaptación de dicho Plan a la fecha de la Orden de Iniciación y a los meses calendarios, tal como lo estipula el Articulo Nº 28 del presente pliego.

Durante el zanjeo, tendido de cables, posterior tapado de zanjas, restitución de veredas y calzadas, apertura de fosas para fundaciones y ejecución de fundaciones, cruce de vías férreas, de cables de telecomunicaciones, caños de gas, instalaciones de Obras Sanitarias, cruce de rutas, etc. y limpieza de los

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lugares de trabajo; según corresponda, el Contratista deberá observar rigurosamente todas las ordenanzas policiales, municipales, provinciales y nacionales relacionadas con la seguridad y orden de los trabajos.

El Contratista será el único responsable por todos los accidentes, daños y perjuicios causados por la inadecuada seguridad de los trabajos o por la inobservancia de las ordenanzas citadas, siendo su obligación estar bien enterado de las exigencias de las mismas.

Así entonces, el Contratista responderá civil y penalmente por cualquier daño que pudieran provocarse a las cosas o a las personas emergentes del incumplimiento de la obligación precedente o reclamos de orden Público (Municipal, Provincial o Nacional) o Privado.

Si pese a esto la E.P.E. fuera obligada a reconocer daños y perjuicios en juicio contra ella por incumplimiento del Contratista, le cargará a este los gastos descontándolos de acreencias que tenga a percibir el Contratista o ejecutará garantías o le reproducirá a él las acciones legales.

ARTICULO Nº 33: TRAMITES Y PERMISOS: Estarán a cargo del Contratista las gestiones necesarias que le permitan la ejecución de las obras, en tiempo y forma tal que se cumpla el Plan de Trabajos propuesto.

Todos lo trámites a efectuar y derechos a pagar ante autoridades locales con motivo de la ejecución de las obras y su habilitación serán por cuenta del Contratista, el que además los efectuará oportunamente, de modo de no afectar la normal marcha de los trabajos.

Al finalizar los mismos, entregará a la E.P.E. el certificado final de obra comunal - municipal y los planos aprobados por los distintos organismos si correspondiere (FERROCARRILES-TELEFONO-AGUA-GAS-ETC)

Durante la ejecución de las obras se levantará un Acta de Daños a terceros como consecuencia de la ejecución de los trabajos, la que será registrada y tramitada por la Inspección de la Obra en caso de ser necesario el reconocimiento.

ARTICULO Nº 34: INSTALACIONES AFECTADAS POR LAS OBRAS: El Contratista gestionará ante las Empresas y Organismos correspondientes, la remoción de aquellas instalaciones que imposibiliten u obstaculicen el trabajo. Para ello solicitará la remoción de las mismas con una anticipación adecuada para no alterar el Plan de Trabajo aprobado. En ningún caso el Contratista podrá remover o trasladar instalaciones sin autorización del comitente.

Cuando tales instalaciones puedan permanecer en su sitio, el Contratista tomará todas las precauciones necesarias para no dañarlas durante la ejecución de los trabajos. El Contratista será responsable de todo desperfecto que les causare, debiendo entenderse directamente con el perjudicado para justipreciar y abonar el importe del daño causado. No se abonará suplemento alguno sobre los precios contratados a causa de las precauciones de los trabajos provisionales a que obligue la presencia de tales impedimentos.

ARTICULO Nº 35: TRABAJOS CERCA O SOBRE INSTALACIONES EN SERVICIO: El Contratista a los fines de la cotización y posterior ejecución de los trabajos, deberá tener en cuenta cuando la naturaleza de las obras objeto de esta licitación, exijan trabajar sobre o próximo a instalaciones en servicio, por lo que deberá programar y coordinar el ritmo y secuencia de los trabajos a los efectos de entorpecer lo mínimo posible la normal y eficaz prestación del Servicio Eléctrico tanto en cantidad como en calidad.

En consecuencia y, a los efectos de evitar cortes innecesarios, el Contratista deberá arbitrar los medios apropiados para disponer equipos aptos y personal capacitado para trabajar en lugares próximos a instalaciones energizadas y/o directamente trabajar bajo tensión. Los cortes que indefectiblemente se deban efectuar, se deberán programar previamente con la Inspección y estar autorizados por ésta.

El Contratista no podrá efectuar cortes por su cuenta y si pese a esta prohibición los hiciera en forma intencional o no, la EPE derivará a él todo reclamo que le formulen los usuarios, sean pérdidas o lucros cesantes, sin perjuicio de las sanciones que pudieran corresponderle.

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El Contratista responderá directamente por los daños causados a la EPE y/o clientes, por su impericia o negligencia en la ejecución de la Obra.

ARTICULO Nº 36: DEPOSITO DE LOS MATERIALES EN OBRA: El Contratista proveerá los depósitos necesarios para el acopio de los materiales que a juicio de la Inspección requieran estar al abrigo de los agentes climáticos. Los traslados que puedan sufrir dichos depósitos, por exigirlos el proceso constructivo de la obra, correrán por cuenta exclusiva del Contratista.

ARTICULO Nº 37: ENERGIA ELECTRICA Y AGUA: En el caso que el Contratista prevea utilizar equipos de construcción accionados eléctricamente, deberán verificar sobre la posibilidad de obtener la energía eléctrica en los lugares donde se requiera, ya que si ello no resultara posible, deberán contar con los equipos propios para su generación.

Aún en el caso de ser factible su obtención, el Contratista deberá prever los equipos necesarios para asegurar la continuidad de la provisión de la energía eléctrica, siendo de su absoluta responsabilidad toda eventualidad que incida en la ejecución de la obra, no pudiendo aducirse como causal de interrupción de las tareas o de prórroga del plazo contractual los cortes de energía eléctrica, bajas de tensión, etc. Las instalaciones, conexiones y gastos del consumo de energía eléctrica, correrán por cuenta y cargo exclusivo del Contratista. El agua será provista y costeada también por el Contratista.

La energía eléctrica necesaria para el consumo del obrador será provista sin cargo por el EPE, cuando este suministro sea posible de acuerdo a la capacidad de las instalaciones en servicio. Las instalaciones y conexiones que deban construirse para obtener este servicio correrán por cuenta y cargo exclusivo del Contratista. El agua será provista y costeada por el Contratista. El costo que demande será incluído en los Gastos Generales del Contrato.

ARTICULO Nº 38: ENSAYOS DE MATERIALES Y/O EQUIPOS: El licitante tendrá derecho a inspeccionar y ensayar en fábrica y/o laboratorios propios o independientes, a su exclusivo criterio, los materiales y equipos a proveer por el Contratista tendientes a verificar que cumplan con las Especificaciones Técnicas indicadas en este Pliego y los Datos Técnicos Garantizados en la Oferta y comprobar la calidad de la materia prima empleada.

Cuando el resultado del primer ensayo sea negativo y por consiguiente los materiales y/o equipos resultaren rechazados, o aquel no se hubiese concretado por causas no imputables al licitante, el Contratista se hará cargo de todos los gastos que insuma la Inspección para repetir los ensayos e inspecciones a realizar en fábrica o en laboratorios independientes, tales como viáticos, sueldos, pasajes, estadías, honorarios, etc.

Será obligación del Contratista convenir con la Inspección el programa de ensayos de los materiales y/o equipos a efectuar en fábrica o en laboratorios independientes, comunicando con una antelación no menor de doce (12) días la fecha de realización.

En caso de inspección y/o ensayos en fábrica la E.P.E. podrá contrastar el instrumental de medición a utilizar, exigiendo la sustitución o complementación que estime adecuadas, en caso de comprobarse deficiencias en el mismo.

El rechazo de los materiales y/o equipos no dará derecho a la Contratista en ningún caso, a prórrogas en los períodos de acopio y/o ejecución. En caso de que el licitante no ejerciera el derecho de inspeccionar y ensayar los materiales y/o equipos, igualmente está obligado el Contratista a ensayarlos, comunicando los resultados y entregando los protocolos respectivos, teniendo el licitante diez (10) días de plazo para aceptar los materiales o rechazarlos.

Excepto los gastos que origine la Inspección únicamente en territorio de la República Argentina (sueldos, viáticos, pasajes, honorarios, etc.), todos los otros costos que insuman los ensayos de materiales o equipos en fábrica y/o laboratorios independientes correrán por exclusiva cuenta y cargo de la Contratista, debiendo suministrar el personal y los elementos auxiliares que sean necesarios para todas las pruebas que indique la Inspección.

Gustavo Alberdi
Ejemplar Sin Valor
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ARTICULO Nº 39: TERMINACION DE LOS TRABAJOS: Para poder considerar terminados los trabajos, la Contratista deberá demostrar la aptitud de puesta en servicio de la Obra mediante la ejecución de los ensayos de Obra. Al respecto la EPE designará una comisión para verificar las pruebas de puesta en servicio y efectuará las observaciones a los ensayos que estime corresponder. De no surgir inconvenientes se labrará el acta de ensayo de obra entre la Contratista y la mencionada Comisión.

Además efectuará a su cargo la reparación de veredas, pavimentos, construcciones e instalaciones que hubieran sido afectadas por la Obra, a satisfacción de la Inspección.

Así también, dentro del plazo contractual, la Contratista deberá efectuar, a su exclusivo cargo, la limpieza de la Obra y el retiro de las zonas adyacentes de todos los sobrantes y desechos de materiales de cualquier especie. Igual procedimiento se seguirá con aquéllas construcciones provisorias, a excepción de aquellas que sean consideradas por la Inspección como necesarias durante cierto lapso del período de Garantía, cumplido el cual la Contratista procederá en la forma ya indicada.

Los materiales provenientes de demoliciones y/o desmontaje de instalaciones existentes que la Contratista debe recuperar y/o remover conforme lo determinen las Especificaciones Técnicas Particulares, deberán ser acondicionados, clasificados, inventariados y transportados por cuenta y cargo de la Contratista hasta el depósito más próximo de la EPE, trabajos que se harán con la intervención de la Inspección.

En todos los casos, estos trabajos se considerarán incluidos en el plazo de ejecución.

La Contratista será responsable por la pérdida, extravío, hurto, deterioro, etc. de dichos materiales.

En las remociones de materiales que afecten bienes de terceros (paredes, veredas, alambrados, etc.), la Contratista extremará cuidados a efectos de no producir daños, y si éstos se produjeran, deberán ser reparados al estado original del bien afectado.

CAPITULO VI

MEDICION, CERTIFICACION Y PAGO

ARTICULO Nº 40: CERTIFICACION DE ACOPIO DE MATERIALES Y MONTAJE: La remisión de materiales y equipos a la obra deberá posibilitar el cumplimiento normal del Plan de Trabajos aprobado. Para la certificación se seguirá el siguiente criterio:

A) Item que comprende provisión de materiales exclusivamente: el Contratista tendrá derecho a la certificación de la totalidad los materiales acopiados en la obra, hasta cubrir el total que surja de aplicar los porcentajes de acopio para cada Item respecto al precio global cotizado, que se indica en la hoja de Presupuesto Oficial, con su respectiva división por Items.

Será condición previa a la certificación de los materiales acopiados: que los mismos respondan estrictamente a la Especificaciones Técnicas, que hayan superado satisfactoriamente los ensayos que correspondan y que se encuentren depositados en obra, excepto aquellos que la Inspección considere en función de sus características, que pueden entregarse bajo otras condiciones.

Extendidos los certificados de acopio, los materiales pasan a ser propiedad de la E.P.E. y la Contratista asume el carácter de depositaria de dichos bienes, tomando a su cargo la custodia y conservación de los mismos hasta la fecha de Recepción Provisoria de la Obra., a excepción de aquéllos que sean requeridos por la E.P.E.. En este caso la Contratista entregará el material solicitado mediante suscripción del correspondiente Acta. Si se comprobase que algún material acopiado y certificado no puede incorporarse a la obra por acusar defectos, o se hubiera tornado inadecuado una vez incorporado a la misma, la Contratista queda obligada a reponerlo a su exclusivo cargo.

B) Montaje: Los montajes se certificarán conforme a la obra ejecutada y en base al valor que surja de la aplicación de los porcentajes estipulados para cada Item, que componen el 100 % del Presupuesto Oficial, sobre la base del precio global contratado.

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C) Items que comprenden Provisión y Montaje de Material: El acopio de los materiales correspondientes a estos Items no serán objeto de certificación; ésta se concretará cuando se produzca su incorporación en el proceso de ejecución de obra correspondiente. Los materiales deberán responder estrictamente a las Especificaciones Técnicas.

ARTICULO Nº 41: MEDICION: La medición se efectuará dentro del plazo y en la forma establecida en los Artículos 67º, 68º y 69º del Pliego Unico de Bases y Condiciones, y el Art. 66º de la Ley 5188/60.

Para que la obra ejecutada durante el mes sea objeto de certificación, deberá tener un valor no inferior al 20 % de la relación entre el monto de contrato y el plazo de ejecución, según:

MONTO MINIMO A CERTIFICAR = 0,2 x (MONTO CONTRATO / PLAZO EJECUCION)

La medición de obra se efectuará tomando como unidad de medida la que para cada ítem se especifica en la Planilla de Cómputo Oficial y como precio del mismo el que resulte de aplicar los porcentajes de distribución por Items sobre el monto contratado por el total de la Obra. Para los ítems que hayan sido ejecutados parcialmente, la medición se efectuará mediante el prorrateo porcentual de los mismos.

A los efectos de certificar la obra ejecutada se cerrará el último día de cada mes la medición de los trabajos realizados. Al efectuarse la medición se dejará constancia de la fecha y ubicación, como así también de las divergencias producidas y todo otro hecho digno de mención.

ARTICULO Nº 42: CERTIFICADO DE OBRA: La E.P.E. expedirá los certificados de obra correspondientes, dentro de los treinta (30) días posteriores al último día del mes de ejecutados los trabajos o de la fecha de finalización de los mismos.

Las planillas de cómputos deben ser suministradas por el Contratista, como así también las planillas que la Inspección crea necesario para el mejor ordenamiento y control técnico - contable. Estas deberán ser aprobadas por la Inspección y se realizarán de acuerdo al modelo que indique la misma.

ARTICULO Nº 43: CERTIFICACION CONFORME AL CRONOGRAMA DE INVERSIONES: La certificación se emitirá en base al Cronograma de Inversiones definido por la E.P.E. para la Obra, no pudiendo certificarse de manera que los porcentajes acumulados de ejecución de obra sean superiores en más de un diez por ciento (10%) a los previstos en dicho Cronograma. En caso de que la obra certificada en un mes, acumulada a las certificaciones anteriores, superara el porcentaje de exceso admitido anteriormente, el excedente no será certificado en ese mes y podrá ser considerado en los certificados que se emitan en el mes siguiente.

ARTICULO Nº 44: VARIACIONES DE COSTOS: De acuerdo a lo establecido por la Ley Nacional Nº 23928/91, y Decreto Reglamentario Nº 529/91, puestos en vigencia mediante Decreto Provincial Nº 2264/91, para la presente Obra no se contempla el reconocimiento de variaciones de costos a que refiere el Artículo 82º de la Ley Nº 5188/60.

ARTICULO Nº 45: FORMA DE PAGO: El pago de la obra, se efectuará mediante certificados mensuales que serán cancelados a los 60 días, contados a partir del último día del mes al que correspondan los trabajos certificados.

ARTICULO Nº 46: MORA EN EL PAGO: La mora en el pago dará derecho al Contratista a percibir, hasta el momento de efectivo pago, intereses que se calcularán en base a la tasa de interés diaria para depósitos en Caja de Ahorros Común, cuyo nivel estará determinado de acuerdo a la encuesta que realiza el Banco Central de la República Argentina, corregida por la exigencia de efectivo mínimo. El cálculo de los intereses moratorios se efectuará mediante la aplicación de la siguiente fórmula:

INTERES MORATORIO = M . { [(100+T1)/(100+T0)] - 1 }

Donde:

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M = Monto de la obligación caída en mora.

T1 = Valor de la "Serie de tasa de interés corregida de caja de ahorros común" (Comunicación "A" 1828 punto 2 del Banco Central de la República Argentina), correspondiente al día de pago de la obligación.

T0 = Valor de la "Serie de tasa de interés corregida de caja de ahorros común" (Comunicación "A" 1828 punto 2 del Banco Central de la República Argentina), correspondiente al día de vencimiento de la obligación.

En el recibo del capital por parte del acreedor, el mismo deberá efectuar la reserva de intereses, de lo contrario quedará extinguida la obligación por parte del licitante de reconocerlos. Efectuada la reserva, la gestión de liquidación y pago de los intereses deberá iniciarse expresamente y por escrito dentro del plazo máximo de treinta (30) días siguientes a la fecha de que el cobro bajo reserva se hubiera efectuado, vencido el cual quedará extinguido todo derecho de cobro por parte del acreedor.

Los intereses moratorios que prevé este artículo deberán liquidarse y abonarse dentro de los treinta (30) días de solicitados por el Contratista, caso contrario, serán de aplicación sobre su importe las normas establecidas en el presente.

ARTICULO Nº 47: FONDO DE REPARO: Se formará de acuerdo a lo previsto en el Art. Nº 70 del PUBC. El importe a descontar será el cinco por ciento (5%) del monto de todo certificado de obra excluidos los montos de los Items correspondientes a provisiones exclusivamente, el que se reintegrará una vez aprobada la Recepción Definitiva de la Obra.

Estas retenciones podrán ser sustituidas según lo previsto en el Artículo 8, inciso II.2.e) del presente Pliego.

ARTICULO Nº 48: AUMENTOS, SUPRESIONES Y MODIFICACIONES: A los efectos de justipreciar los aumentos, supresiones o modificaciones de la Obra que hubiere que convenir se tendrá en cuenta lo establecido en el Art. Nº 61 de la Ley Nº 5188/60 de Obras Públicas.

Cuando por motivo de la aplicación de los artículos Nros. 61 y 62 de la Ley 5188/60 resulte necesario fijar nuevos precios y no se llegare a un acuerdo sobre los mismos, los trabajos deberán ser ejecutados obligatoriamente por el Contratista, a quien se le reconocerá nuevos precios, los que se determinarán de acuerdo a los siguientes criterios:

a) Materiales: Se fijará de acuerdo al precio de plaza tomando el promedio de dos (2) cotizaciones como mínimo, salvo el caso de fabricantes exclusivos en cuyo caso se tomará el precio por él suministrado.

b) Mano de obra: Se establecerá teniendo en cuenta el tiempo de ejecución y cuadrillas tipo a exclusivo juicio del licitante.

c) Toda otra provisión complementaria y/o servicio de incidencia directa será a exclusivo juicio del licitante.

d) Gastos Generales: A la suma de costos que surja de considerar los puntos a), b) y c) precedentes, se les aplicará el diez por ciento (10%).

e) Beneficios: A la suma de costos que surja de considerar los puntos a), b),c) y d) precedentes, se les aplicará el diez por ciento (10%).

ARTICULO Nº 49: SUMAS ABONADAS EN EXCESO O EN DEFECTO: En caso de que se hubiese extendido Certificado de Obra por importes superiores a los que realmente correspondían, el licitante tendrá

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derecho a exigir del Contratista los intereses correspondientes a las sumas abonadas en exceso, desde la fecha en que se hizo efectivo el pago hasta la fecha de descuento.

Los intereses serán calculados con el mismo procedimiento determinado en el presente Pliego, y se deducirán conjuntamente con el capital de los primeros créditos que tenga a percibir el Contratista. De ocurrir la situación contraria, monto de certificado inferior al que correspondiera, se aplicará en forma inversa el mecanismo anterior.

ARTICULO Nº 50: MEDICION TOTAL: Para efectuar la medición total y el cómputo y presupuesto correspondiente, se considerará un plazo que como máximo se extenderá hasta treinta (30) días corridos siguientes a la firma del Acta de Recepción Provisional, en un todo de acuerdo al límite impuesto por el Decreto Reglamentario de la Ley Nº 5188/60 para el Art. Nº 76.

ARTICULO Nº 51: LIBRO DE ACTAS: El registro de actas a que se refiere el artículo Nº 34 del P.U.B. y C. se hará por quintuplicado, en un libro provisto por el Contratista.

ARTICULO Nº. 52: FOTOGRAFIAS Y VIDEO FILMACIONES: Cada tres (3) meses y durante todo el transcurso de la obra, el Contratista presentará como mínimo: dos fotografías en colores de 13 cm por 18 cm, y una cassette de vídeo, sistema PAL N, VHS, de duración 10 minutos, mostrando las partes más importantes de la construcción de la línea. Ambos, dispondrán de fecha y títulos de los acontecimientos. Además se entregará un álbum para las fotografías.

CAPITULO VII

RECEPCION DE OBRA

ARTICULO Nº 53: PLANOS CONFORME A OBRA: Dentro de los diez (10) días posteriores al cumplimiento del plazo contractual de Obra, incluidas sus prórrogas, la/s contratista/s de obra presentará/n a la Inspección (2) copias de los planos conforme a las obras ejecutadas.

Dichos planos deberán ser aprobados dentro de los treinta (30) días corridos posteriores a su presentación y así deberá ser notificado por la Inspección de Obra. Cumplido dicho plazo la/s Contratista/s podrá considerar aprobados sus planos y dentro de los noventa (90) días posteriores a los aludidos, deberá presentar todos los planos conforme a Obra mediante archivos magnéticos en disquetes 3,5”, compatibles y editables mediante AUTOCAD 14 y/o versión actualizada de Autodesk. A manera de respaldo también se entregará copia de los referidos archivos grabados en un (1) CD ROM.

Conjuntamente con los archivos magnéticos se entregarán cuatro (4) copias de todos los planos conforme a obras y de la documentación técnica (catálogos, folletos, manuales, etc.) de los materiales instalados, todo debidamente firmados por el/los Director/es Técnico/s de la Contratista/s y convenientemente encarpetados.

Los planos a presentar refieren a todas las instalaciones construidas a través de la presente Obra y aquellas existentes vinculadas directamente con la Obra ejecutada. Esto último será determinado por la Inspección de Obra.

El incumplimiento de estos requerimientos será penalizado según lo establecido en el Art. Nº 80 del P.U.B. y C.

ARTICULO Nº 54: PLAZO DE CONSERVACION Y GARANTIA: El plazo a que refiere el Art. Nº 75 del PUBC será el establecido en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, contado a partir de la fecha de Recepción Provisoria, más el tiempo que durante este período sea necesario para efectuar reparaciones por causas imputables al Contratista. Las reparaciones a efectuar por el Contratista durante el período de garantía comprenderán la provisión de materiales, transporte y/o montaje por deterioros o destrucciones causadas por vicios constructivos, de fabricación o de montaje, las que serán a su exclusivo cargo.

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La falta de cumplimiento del Contratista de las obligaciones que les imponen los artículos 51º y 53º, autoriza a esta EPE para adoptar las medidas previstas por el artículo 77º de la Ley de Obras Públicas.

ARTICULO Nº 55: PRUEBA DE LAS OBRAS: Los procedimientos a aplicar para dar cumplimiento a las pruebas y ensayos de las obras, tanto las que correspondan a aquellas a llevarse a cabo durante el plazo de ejecución como las que se realicen una vez concluidos los trabajos, están determinados en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares como así también en las Especificaciones Técnicas Particulares que forman parte del pliego de licitación de esta Obra.

ARTICULO Nº 56: RECEPCION DE LA OBRA: Cumplido el plazo contractual y satisfechas las pruebas y ensayos, la EPE designará una Comisión a los efectos de recibir la Obra, la que lo hará en forma provisoria y luego definitiva, al cumplirse el plazo de conservación y garantía.

CAPITULO VIII

INSPECCION DE OBRA

ARTICULO Nº 57: ELEMENTOS PARA LA INSPECCION DE LA OBRA: Cuando el Pliego de Bases y Condiciones Particulares lo exija, el Contratista deberá entregar los elementos necesarios para la Inspección de la Obra, para su uso durante el lapso de ejecución de la misma.

Las obligaciones emergentes del presente artículo no estarán sujetas a pago directo alguno, y su costo deberá incluirse dentro de los Gastos Generales de la propuesta.

Gustavo Alberdi
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Anexo Pliego de Obras 1

ANEXO

REQUISITOS A CUMPLIR POR LAS EMPRESAS OFERENTES EN FORMA OBLIGATORIA

CONJUNTAMENTE CON LA PROPUESTA. SEGÚN RESOLUCIÓN Nº 128

DEL 10/04/00 DEL M.O.S.P. Y V. 1) Capacidad de Producción Mensual: La Capacidad de Producción mensual dada por el promedio del periodo de doce meses consecutivos de mejor producción dentro de los últimos 8 años deberá ser igual o mayor al cociente entre el monto del presupuesto oficial y el plazo de la obra en meses.

Capacidad de Producción Mensual = Monto Presupuesto Oficial Plazo de Obra (meses)

Para determinar la capacidad de producción se deberá completar la planilla que como cuadro N° 1 se adjunta al presente. Deberá acampanar a este cuadro los comprobantes que acrediten lo declarado (copias fiel de certificados o facturas de obras). En caso de que el Licitante sea una UTE, si las obras que denuncia como antecedentes los hubiera contratado como tal, con la misma integración, podrá acreditar la información como perteneciente a ella para esta Licitación. Para los antecedentes aportados por los miembros de la Asociación que hubieran sido ejecutados por otra Asociación en la que él fue miembro, se computará el valor de contrato ponderado por el % de participación del miembro en la UTE constructora de la obra declarada. A los efectos de su aplicación, la capacidad de producción mensual resultante de una UTE, será la suma de las capacidades de producción mensual de cada una de las Empresas. 2) Capacidad Económico Financiera: (a ) Patrimonio neto: El patrimonio neto correspondiente a la empresa o grupo de empresas en caso de conformación de UTE, determinado en función del último estado contable debidamente certificado, no deberá ser inferior al 25 % del Presupuesto Oficial de la Obra anualizado. En el caso de UTE el patrimonio neto se computará como la suma de los patrimonios netos de cada empresa. Ninguna empresa podrá tener una partición porcentual en la UTE superior a la que le permita su patrimonio neto en relación al patrimonio neto total exigido para el oferente por cien. (b) Disponibilidad financiera: El licitante deberá demostrar que posee o tiene acceso a activos líquidos; activos reales libres de gravámenes, lineas de crédito y otros medios financieros suficientes para hacer frente al flujo de fondos necesarios para ejecutar la obra. El oferente deberá garantizar activos líquidos que cumplan con lo siguiente

AL > a x M.O. P.O.

Donde: A.L. Activo Líquido.

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Anexo Pliego de Obras 2

M.O. Monto de Obra. P.O. Plazo de Obra. a Coeficiente variable de 0,70 a 1,50 de acuerdo a la importancia de la Obra. 3) Concepto de la oferente: La Repartición requerirá al Registro de Licitadores de Obras Públicas el concepto de las empresas oferentes siendo condición indispensable que el mismo merezca como mínimo la calificación de bueno, tanto en el concepto general como en el de cumplimiento de los plazos contractuales. 4) Experiencia del contratista o subcontratista reconocido: Si la magnitud o características especiales del tipo de obra de que se trate lo justifica, se deberán incorporar a los pliegos aquellos requisitos específicos a cumplimentar por los oferentes en lo que se refiere a:

antecedentes de obras de la empresa antecedentes de su personal directores, representantes, etc, disponibilidad de equipos especiales, etc. Otro

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CUADRO nº 1

EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA

LICITACION PÚBLICA :

OFERENTE:

Período seleccionado desde ......./......../......... Hasta ......./......./.......

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 PARCIAL SUBTOTAL

TOTAL(2) - Indicar por renglón el monto de certificación mensual con valores básicos de contrato. El Parcial será la suma certificada en el período seleccionado con valores básicos de contrato.

Las obras que se detallen deben haberse realizado dentro de los últimos ocho (8) años.

MONTO FACTURADO EN DOCE (12) MESES CONSECUTIVOS DE OBRAS (2)Nº NOMBRE DOMICILIO DENOMINACION UBICACIÓN

MONTO CONTRACTUAL

COMITENTE OBRA

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PLIEGO PARTICULAR DE BASES Y CONDICIONES Página Nº 1

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES

OBRA Nº E-339-09: “MODIFICACIONES TRAMO LAT 132 kV PROVINCIAS UNIDAS-ROSARIO OESTE”

CAPITULO I

CONCEPTOS GENERALES

ARTICULO Nº 1: OBJETO DEL PLIEGO PARTICULAR

El presente pliego establece las bases y condiciones particulares a que se ajustará la licitación de la OBRA Nº E-339-09: “MODIFICACIONES TRAMO LAT 132 kV PROVINCIAS UNIDAS-ROSARIO OESTE” y cuyo objeto se establece en la Memoria Descriptiva.

Para todo aspecto de la Obra que no esté contemplado en el presente, tendrán vigencia las ETN 160/02 “Condiciones para el cálculo y diseño de líneas de media y alta tensión” y el pliego “Especificaciones Técnicas Generales para la Ejecución de Obras Civiles”, ETN Nº 40/2000, de la Empresa Provincial de la Energía, que podrán ser consultados en las Oficinas Técnicas o en Oficina de Abastecimiento de dicha Empresa.

ARTICULO Nº 2: PEDIDOS DE ACLARACION

Los referidos a Las Normas, Especificaciones y/u otras características técnicas requeridas podrán ser solicitadas, ampliadas y/o consultadas directamente en:

*GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA* Área Ingeniería - Unidad Proyectos

San Martín 2365 - Piso 8°: Edificio Galería Garay

Teléfono (0342) 450 5805 – 450 5800 - (3000) SANTA FE

ARTICULO Nº 3: SECCIÓN DEL REGISTRO DE LICITADORES

Los proponentes deberán estar habilitados para la especialidad:

210 – INGENIERÍA ELECTRICA.

ARTICULO N° 4: REQUISITO ADMISIBILIDAD OFERENTES

De acuerdo al Decreto Provincial Nº 195 de fecha 23/01/06, se establece como requisito de admisibilidad para los Oferentes en Licitaciones Públicas o Privadas, Concursos de Precios y Contrataciones directas de Obras Públicas, la inexistencia de antecedentes de rescisión de Contratos de Obra Pública por culpa del

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PLIEGO PARTICULAR DE BASES Y CONDICIONES Página Nº 2

Oferente, por el lapso de dos (2) años anteriores a la fecha de publicación del Llamado a Licitación, o del acto de convocatoria si fuese otra metodología que no contenga publicidad.

CAPÍTULO II

LICITACIÓN Y ADJUDICACIÓN

ARTICULO Nº 5: INTERPRETACIÓN DE LA PROPUESTA Y SU APLICACIÓN

Los precios de la Oferta estarán sujetos a los términos de la Ley 12046 de la Provincia de Santa Fe, y sus Decretos Reglamentarios y resoluciones que así complementen, modifiquen o perfeccionen las Normas citadas. A todos los efectos, se considerarán exclusivamente los Índices que publica el Ministerio de Obras, Servicios Públicos y Vivienda a través de la Dirección de Variaciones de Costos, tomando como base para su aplicación, las Disposiciones obrantes en la Legislación citada precedentemente.

Para la aplicación de los procedimientos a los precios de oferta, previstos en las normas citadas en el párrafo anterior, se tomará en cuenta la desagregación de componentes de costos. No se considerarán procedimientos que no hubiesen sido iniciados y solicitados expresamente por los Contratista. Toda mora aplicable a los procedimientos para la aplicación de las normas citadas en el párrafo anterior, será imputable a los Contratistas, no dando derecho a resarcimiento alguno por ellas, salvo las que correspondiesen una vez aprobados los pedidos formulados según los procedimientos establecidos por la Empresa.

CAPÍTULO III

CONTRATACIÓN

ARTICULO Nº 6: SISTEMA DE CONTRATACION

Esta Obra se contratará por el Sistema de Unidad de Medida y Precios Unitarios.

La unidad de medida está debidamente detallada en el cómputo oficial y en las planillas que conforman el formulario de presentación de propuesta.

CAPÍTULO V

EL CONTRATISTA, SUS REPRESENTANTES Y SU PERSONAL

ARTÍCULO Nº 7: SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO

Previo al Replanteo de la Obra el Contratista deberá cumplir en un todo la siguiente Legislación:

1. Ley Nacional de Higiene y Seguridad en el Trabajo Nº 19587/72 y su Decreto Reglamentario Nº 351/79.

2. Ley Nacional de Riesgos de Trabajo (L.R.T.) Nº 24557/95 y su Decreto Reglamentario Nº 170/96.

3. Decreto Nacional Nº 911/96 (Reglamento de Higiene y Seguridad para la Industria de la Construcción).

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4. Resoluciones de la Superintendencia de Riesgos de Trabajo (SRT) Nº 231/96 (reglamentaria de los artículos 9, 17 y 20 del Decreto Nº 911/96), 51/97, 35/98 y 319/99.

5. Reglamento General de Seguridad para trabajos y maniobras en instalaciones eléctricas de la Empresa.

6. Resolución EPE Nº 020/04 “Normas Reglamentarias Mínimas de Higiene y Seguridad en el Trabajo para las Empresas que como Contratista o Subcontratistas realicen Obras o presten Servicios en el ámbito de la EPESF”.

7. Toda Norma inherente a Higiene y Seguridad o Riesgos en el Trabajo, con aplicación al momento de ejecución de las Obras o Servicios.

Dicha Legislación estará disponible y podrá ser consultada directamente en la UNIDAD HIEGIENE Y SEGURIDAD de esta Empresa, sito en la ciudad de Santa Fe.

El o los Profesionales intervinientes deberán ajustarse a las Disposiciones establecidas por los Colegios Profesionales que corresponda; en conformidad con las Leyes Provinciales Nº 2429 y 4114; Resolución Nº 366/03 del MOSPyV y de toda otra norma legal modificatoria o complementaria de las mismas.

Los planos y la Documentación Técnica a presentar dentro de la Planificación y Control de Programas de Higiene y Seguridad de los Trabajo, deberán estar con firma y sello aclaratorio del/os Profesional/es responsable/s, debidamente VISADOS por los Colegios correspondientes.

El incumplimiento de estos requerimientos será penalizado según lo establecido en el Artículo 80 del PÚBC.

ARTICULO Nº 8: CUMPLIMIENTO DE LEYES Nº 2429 y 4114

Para la presente Obra se tendrán en cuenta las tareas de Proyecto Completo y Conducción Técnica a que refiere el artículo correspondiente al Representante Técnico en Obra de este Pliego Complementario.

Una vez que el Comitente haya reconocido y aprobado oficialmente el/los Representante/s Técnico/s, lo cual le será notificado fehacientemente al Contratista; este último deberá presentar dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación y previo al Inicio de la Obra, las Ordenes de Trabajo o los Comprobantes Legales establecidos por el Colegio Profesional que corresponda, mediante los cuales se formaliza la encomienda de los trabajos profesionales pertinentes; todo ello de conformidad con las Leyes Provinciales Nº 2429 y 4114; Resolución Nº 366/03 del MOSPyV y de toda otra norma legal modificatoria o complementaria de las mismas.

Si llegada la instancia contractual de darle formal Inicio a la Obra el Contratista no hubiera cumplido aún con la obligación a su cargo, el Comitente suspenderá dicho Inicio y le aplicará a éste la sanción correspondiente a “Mora en la Iniciación”, durante el plazo que el Contratista tarde en cumplir probadamente su obligación, sin perjuicio de informar el incumplimiento en tiempo y forma al Colegio Profesional que corresponda.

En el caso que el Proyecto de la Obra este a cargo del Contratista, los planos y la Documentación Técnica a presentar para la ejecución de los trabajos, deberán estar con firma y sello aclaratorio del/os Profesional/es responsable/s, debidamente VISADOS por los Colegios correspondientes.

Finalizada la Obra, el Contratista deberá presentar los comprobantes suficientes que acrediten que no adeuda concepto alguno en cuanto al total cumplimiento de la obligación; caso contrario, el Comitente

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PLIEGO PARTICULAR DE BASES Y CONDICIONES Página Nº 4

diferirá la Recepción Provisional de la Obra hasta tanto se verifique la condición antedicha, sin perjuicio de disponer de la Obra a todos los efectos, lo cual no generará derecho alguno a favor del Contratista.

El incumplimiento de estos requerimientos será penalizado según lo establecido en el Artículo 80 del PÚBC.

Para la presente Obra se tendrán en cuenta las tareas de Proyecto Completo y Conducción Técnica a que refiere el artículo correspondiente al Representante Técnico en Obra de este Pliego Complementario.

CAPÍTULO VI

EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS

ARTICULO Nº 9: PLAZO DE EJECUCION

Se fija en Diez (10) meses.

ARTICULO Nº 10: EQUIPO MINIMO

El equipamiento mínimo puesto a disposición de la Obra será el siguiente:

• Camiones

• Grúas de capacidad adecuada para el montaje de estructuras

• Carretón de capacidad adecuada para traslado de estructuras con su fundación

• Equipo completo para tendido de conductores

• Retroexcavadora

• Pala Mecánica

• Tanque aguatero

• Pisón Neumático

• Vibradores de hormigón tipo inmersión, simple aguja

• Bombas de achique, sapos etc.

• Aparejos y/o criques varios

• Martillo neumático

• Tunelera

• Soldadura eléctrica

• Hormigonera

• Material para entubación de excavaciones

• Carteles de precaución

• Pisones Tractores

• Elemento para vallado

• Equipo para ensayo de compactación de suelo

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PLIEGO PARTICULAR DE BASES Y CONDICIONES Página Nº 5

• Instrumental de medida y herramientas menores varias

- Moldes normalizados para probetas de hormigón.

- Escaleras metálicas de 3 y 6 m.

- Equipo de albañilería en cantidad suficiente.

- Equipo de seguridad (cascos, cinturones, guantes, zapatos, carteles indicadores, etc.) según reglamentación vigente para todo el personal afectado.

- Galpón de chapa o container, desarmable para albergar el pañol de herramientas.

- Taller de herrería y electromecánica aptas para los montajes a realizar.

ARTICULO Nº 11: CARTEL DE OBRA

La Contratista proveerá e instalará Un (1) cartel indicador de obra.

El mismo será del TIPO 5 de chapa para zona urbana ( 1.50 m x3.00m) según se indica en la ETN 39.

ARTICULO Nº 12: CALCULOS Y PLANOS DEL PROYECTO EJECUTIVO

Los planos que conforman el Pliego de Licitación, se consideran orientativos, por lo que el Contratista deberá elaborar la documentación técnica que se detalla en el articulo correspondiente, de conformidad a los lineamientos del proyecto que define la obra, y a lo que se determine de común acuerdo con la Inspección de Obra.

Toda documentación escrita de cualquier índole que deba presentar el Contratista deberá estar redactada en idioma castellano, exceptuándose de esta obligación a los catálogos y folletos ilustrativos.

Los planos que integran la presente documentación deberán ser adecuados por el Contratista a las características de los elementos y equipos que en definitiva resulten adjudicados, los que deberán ser aprobados por la EPE previo a la ejecución de los trabajos y recepción de materiales.

Para la ejecución de los planos y las memorias descriptivas, se usará el formato A4 correspondiente a la Norma IRAM 4504.

Para proceder a ejecutar los ensayos de recepción de fábrica, el montaje en obra y las obras civiles, el Contratista deberá tener ineludiblemente toda la documentación técnica aprobada, caso contrario no se le certificarán los trabajos y/o provisiones hasta tanto no se cumpla dicho requisito.

La documentación técnica que el Contratista debe presentar será analizada por la EPE y como conclusión del estudio, se calificará en una de las siguientes formas:

Código 1 : Aprobada

Código 2: Aprobada con observaciones

Código 3: Rechazada.

Las entregas de cálculos y/o planos serán presentados por triplicado.

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PLIEGO PARTICULAR DE BASES Y CONDICIONES Página Nº 6

Una copia de cada documento calificado será devuelto al Contratista, pudiendo consultar éste a la EPE sobre aspectos y directivas generales tendientes a facilitar la aprobación de aquellos que hubiesen sido rechazados.

La EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA se reserva un plazo de diez (10) días corridos para el estudio, calificación y devolución al Contratista de la documentación técnica presentada.

A su vez la Contratista dispone de diez (10) días corridos para presentar la documentación corregida.

Los plazos deberán medirse entre la fecha de presentación y la fecha de devolución de la documentación.

Para la documentación aprobada con observaciones, no será necesario una nueva presentación hasta la entrega del proyecto ejecutivo.

Ante la nueva presentación la EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA, se reserva un plazo para dar respuesta, de diez (10) días corridos; entendiéndose que de subsistir las observaciones, el Contratista se hará pasible de una multa a fijar según el Art. 80º del Pliego Unico de Bases y Condiciones

ARTICULO Nº 13: DOCUMENTACIÓN TÉCNICA A PRESENTAR POR EL CONTRATISTA

El Contratistas presentarán dentro de los diez (10) de la firma del contrato/s, un Cronograma de presentación de cálculos y planos, debiendo tener presente para su elaboración, que previo a la ejecución de cualquier trabajo, deben estar aprobados por esta E.P.E. los cálculos y planos.

Se completará la totalidad de la documentación mencionada, dentro de los 15 días de la firma del Acta de Replanteo

− Planialtimetría con distribución de estructuras. − Memoria de cálculo de Franjas de Seguridad. − Memorias de cálculo de estructuras. − Planos de estructuras. − Estudios de suelo. − Memorias de cálculo de fundaciones. − Planos de fundaciones. − Cálculo mecánico de conductores y cables de guardia − Tablas de tendido de conductores y cables de guardia.

ARTICULO Nº 14: DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR EN EL CONFORME A OBRA

Además de lo solicitado en el Pliego Complementario al Único de Bases y Condiciones, la Contratista deberá generar el Proyecto Ejecutivo y los Planos Conforme a Obra con el Módulo SITE correspondiente, utilizando simbología, materiales y tipos constructivos Normalizados sobre cartografía digital georreferenciada.

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El Contratista realizará la Obra respetando el Proyecto Ejecutivo, presentando en el conforme a Obra las diferencias que surjan de su ejecución y con el acuerdo correspondiente por parte de la Inspección.

− Planimetría General con ubicación cámaras, empalmes, con nombres calles, datos relevantes, etc.

ARTICULO Nº 15: CRONOGRAMA DE PRESENTACION DE CALCULOS Y PLANOS

Dentro de los diez (10) días corridos contados a partir de la fecha de firma del contrato, la Contratista deberá presentar a la Inspección, por duplicado, un Cronograma de las entregas de cálculos y planos.

Al vencimiento de dicho plazo el Proyecto Ejecutivo debe quedar completamente determinado a juicio de la E.P.E., con lo cual se define totalmente las provisiones y montajes a ejecutar.

Las entregas que se programen deberán constituir a juicio de la Inspección, conjuntos coherentes, metódicos y progresivos de la marcha del proyecto. La Inspección aprobará, observará o rechazará el Cronograma de entrega de la documentación a que refiere el presente artículo, en un plazo no mayor de diez (10) días corridos contados a partir de la fecha de presentación. El no cumplimiento del Cronograma hará pasible a la Contratista de una multa que se fijará de acuerdo a lo dispuesto en el Art. Nº 80 del P.U.B.C.

ARTICULO Nº 16: TRÁMITES Y PERMISOS

Estarán a cargo del Contratista las gestiones necesarias para la obtención en nombre de la EPE de todos los permisos y/o autorizaciones ante la MUNICIPALIDAD o COMUNA u otros Organismos Públicos y Privados si correspondiera.

Se considera finalizada la Gestión, cuando el Contratista hace entrega a la EPESF el Certificado Final de Obra Comunal o Municipal y los Planos CONFORME A OBRAS Aprobados por los distintos Organismos si correspondiere (FERROCARRILES-VIALIDAD-TELÉFONO-AGUA-GAS-ETC).

El incumplimiento de estos requerimientos será penalizado según lo establecido en el Artículo 80 del PÚBC.

En caso que esta EPE haya cumplimentado dichas tramitaciones con antelación al inicio de las gestiones por parte del Contratista, se procederá a realizar el descuento correspondiente a los pagos de derechos, aranceles, etc., de cada uno de los organismos.

ARTICULO Nº 17: ENSAYOS DE MATERIALES Y/O EQUIPOS

En caso de realizarse los ensayos fuera del país, como consecuencia de la provisión de material de origen extranjero, el Contratista se hará cargo de todos los gastos que demande el traslado (ida y vuelta) desde la ciudad de Santa Fe más todos los gastos de estadía, seguros de accidentes, etc., de dos inspectores de la Gerencia de Desarrollo de la EPESF.

ARTICULO Nº 18: ELEMENTOS PARA LA INSPECCION DE LA OBRA:

No se suministrarán elementos para la inspección de la obra salvo la movilidad que se describe a continuación.

Movilidad para la Inspección: Es obligación de del/los Contratista/s hacer entrega dentro de los veinte (20) días corridos de la firma del contrato, en el Edificio de la E.P.E. sitio en calle San Martín Nº 2365 P.9°, en Área Ingeniería - Unidad Obras por Contrato, de la ciudad de Santa fe, de un (1) vehículo automóvil tipo

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sedan cuatro (4) puertas, motor gasolero, con aire acondicionado, asegurado y modelo cero km, o con una antigüedad no mayor a un (1) año, a exclusivo juicio de la inspección.

El vehículo llevará pintado el siguiente texto:

EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA

OBRAS POR CONTRATO

S A N T A F E

El grabado de las inscripciones correrá por cuenta y cargo del Contratista, el cual deberá ser realizado con las técnicas del buen arte, (en las puertas delanteras).

Se deberá proveer una caja metálica con las herramientas adecuadas para efectuar una reparación de emergencia, además de las balizas, botiquín, matafuegos y todo otro elemento exigido por la legislación vigente.

La unidad será devuelta a la Empresa Contratista al producirse la Recepción provisoria, y en el estado en que se encuentre, sin que sea admitido ningún tipo de reclamo al respecto.

Será obligación del Contratista abrir una cuenta corriente en un Taller Mecánico de la ciudad de Santa Fe, para cubrir los gastos directos de mantenimiento y reparación de la movilidad, y en Estaciones de Servicios de la misma ciudad como así también en el lugar de la obra, para cubrir los gastos de lubricantes, filtros, lavado y engrase general del vehículo.

Los gastos de combustibles serán a cargo de la EPESF; estando el Contratista obligado a pagar por su cuenta y directamente a los proveedores todos los gastos de lubricación, filtros, lavados generales del vehículo, cubiertas, reparaciones y todos aquellos comunes y ordinarios para mantener al automotor en buen estado de conservación y uso durante el tiempo del comodato, así como los gastos de patente y tributos fiscales, nacionales, provinciales, municipales y comunales y futuros que graven los automotores, también el Contratista se obliga a realizar todas las tramitaciones de seguro, que cubra todos los riesgos referentes al vehículo, terceros, conductor y transportados, el que deberá estar vigente a la fecha de entrega del mismo y durante todo el comodato hasta la Recepción Provisoria de la Obra.

Si por razones de mantenimiento o reparación debiera retirarse la unidad del servicio, por mas de 48 hs., el Contratista deberá entregar otra unidad en buen estado de uso y similar a la retirada en comodidad y seguridad, durante el intervalo de tiempo que el vehículo titular esté detenido.

Para resolver cualquier cuestión de accidentes, incendios, hurtos, etc., se aplicarán las disposiciones del Código Civil referentes a los Contratos de Comodatos. Por tal motivo, el Contratista deberá extender las autorizaciones para el uso del vehículo, necesarias, de acuerdo con las reglamentaciones vigentes.

Las obligaciones emergentes del presente artículo no estarán sujetas a pago directo alguno, y su costo deberá incluirse dentro de los gastos generales de la propuesta.

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PLIEGO PARTICULAR DE BASES Y CONDICIONES Página Nº 9

CAPÍTULO VIII

RECEPCIÓN DE OBRA

ARTICULO Nº 19: PLAZO DE CONSERVACIÓN DE GARANTÍA

Se fija en doce (12) meses.

ARTICULO Nº 20: PRUEBA DE LAS OBRAS

La Contratista efectuará los ensayos de prueba de obra, para lo cual suministrará personal idóneo y equipos adecuados, dentro de los diez días corridos posteriores a la fecha de terminación de los trabajos.

Tanto el personal, como los aparatos y elementos necesarios para las pruebas, deberán reunir las condiciones de cantidad y calidad exigibles para estos casos, a juicio de la Inspección.

La cantidad y descripción de las pruebas está prevista en las Especificaciones Técnicas Particulares.

Una vez concluidos todos los ensayos de prueba de obra a satisfacción de la comisión designada al efecto, se labrará el Acta de Ensayo la que deberá ser firmada por el Conductor Técnico del Contratista y la Comisión designada por la EPE.

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ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARTICULARES Página Nº 1 / 16�

OBRA E339 - “MODIFICACIONES TRAMO LAT 132 kV PROVINCIAS UNIDAS-ROSARIO OESTE”

PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARTICULARES 1 - CARACTERÍSTICAS DE LA LÍNEA DE TRANSMISIÓN.

Tensión nominal: 132 kV. Longitud total aproximada del tramo a modificar: 4.700 m. Simple terna de conductor de Al/Ac 300/50 mm2, con un conductor por fase, en disposición coplanar vertical, vano máximo 150 metros en zona urbana. Protección contra descargas atmosféricas cable de Ac G° 50 mm2

Estructuras de suspensión de HºAº pretensado y centrifugado según IRAM 1605. Estructuras terminales y de retención angular tubulares de acero. Morsetería apta para trabajos bajo tensión.

2 - UBICACIÓN DE LA LÍNEA, RECORRIDO, PLANIALTIMETRIA. La línea cuya construcción se licita, es una simple terna de conductores de Al/Ac 300/50 mm2 y cable guardia de guardia de Ac G° 50 mm2 constituida por dos tramos existentes que se completan y un tramo nuevo que se construye reutilizando los elementos existentes en un tramo que se desmonta y proveyéndose los restantes. La línea está ubicada en la ciudad de Rosario, Avda. de Circunvalación y Jorge Newbery, margen Arroyo Ludueña, calle Schweitzer.

3 - OBJETO DE LAS PRESENTES ESPECIFICACIONES. Las presentes Especificaciones Técnicas tienen por objeto determinar el alcance de la Oferta y de los trabajos a realizar. El proyecto contenido en el presente Pliego Técnico tiene carácter de preliminar. El contratista verificará la aptitud de las estructuras y fundaciones que se prevén reutilizar mediante cálculo en la elaboración del proyecto ejecutivo correspondiente que presentará a consideración de esta E.P.E. En la planialtimetría con distribución de las estructuras deberá tenerse en cuenta el cruce de la línea existente en servicio en la zona del vértice V1. El Contratista deberá proveer los elementos que se detallan, realizar el montaje, ensayos y puesta en marcha de las instalaciones y entregar las mismas en perfectas condiciones de funcionamiento para su explotación industrial.

4 - CINCADO El cincado de todos los elementos se hará por inmersión en caliente, respondiendo a las Especificaciones Técnicas IRAM 20022-ANEXO D.

5 – METODO DE ORGANIZACIÓN DE LAS TAREAS El Plan de Trabajos contenido en el Pliego prevé los plazos de entrega de los materiales que suministra el contratista. Los elementos a suministrar por el comitente se encuentran disponibles e instalados en la zona según detalle de planos contenidos en el legajo, a excepción de dos estructuras tubulares de acero que deberán retirarse de los Depósitos de la empresa vecinos a la Estación Transformadora Rosario Sur, en la ciudad de Rosario. El oferente deberá presentar junto con la oferta un Plan de Trabajos pormenorizado que respetará los plazos finales que menciona el adjunto al Pliego y la Metodología con que propone realizar las tareas, como así también un detalle de equipos y herramientas, y detalle del personal y grado de capacitación que prevé utilizar.

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ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARTICULARES Página Nº 2 / 16�

El Representante Técnico de la Obra designado por el Contratista deberá permanecer en el lugar de los trabajos durante la realización de los mismos, sin excepción. Para los trabajos que supongan la desenergización de las líneas existentes, el Representante Técnico de la Contratista deberá coordinar con el Inspector de Obra designado por la EPE tanto la consignación de la L. A. T. en cuestión como así también de las líneas de BT y MT que pudieran verse afectadas por los trabajos. Los trabajos se iniciarán una vez que dichas instalaciones se encuentren debidamente consignadas y entregadas por el Inspector al Contratista, no pudiendo éste bajo ningún concepto comenzar cualquier tipo de tareas en las instalaciones si no están cumplimentados los pasos anteriores por el Inspector de Obra, siendo éste el Responsable de la Licencia otorgada por el C.C.O. al solicitarse la puesta Fuera de Servicio de la instalación. El Contratista será responsable de todas las medidas de seguridad necesarias, solicitar eventuales señalizaciones o cortes en calles, permisos, etc. Estas tramitaciones deberán ser presentadas al Inspector con la debida antelación al inicio de los trabajos involucrados.

RUBRO A - PROVISIONES

Los elementos a suministrar por el contratista cumplirán con los siguientes requisitos:

ÍTEM 1 ESTRUCTURAS.

1.1 ESTRUCTURAS MONOPOSTES DE H°A°.

Las estructuras para suspensión y/o desvío de hasta 3° se construirán de hormigón armado pretensado y centrifugado (IRAM 1605), según ETN160. Este Ítem comprende la carga, transporte y seguros hasta zona de entrega a definir por el Inspector de Obra en la ciudad de Rosario. El Oferente deberá llenar las planillas de Datos Garantizados que se adjuntan en el presente Pliego.

1.2 ESTRUCTURAS TUBULARES DE ACERO.

La estructura para retención angular simple terna a 53° se construirá de acero, de acuerdo a dimensiones geométricas y esfuerzos de cargas actuantes determinadas por los cálculos. El fabricante realizará el dimensionamiento de las estructuras en base a la calidad del acero que utilice para su construcción, debiendo presentar los cálculos a la E.P.E. para su aprobación.-

La estructura a proveer así como su montaje, deberá cumplimentar todo lo estipulado en la ETN 160.

Tanto las ménsulas para conductores como para los cables de guardia en la cima de la estructura, estarán preparadas para recibir la fijación de los aisladores de los conductores y la sujeción de los cables de guardia.

Además, deberá poseer soldadas a 30 cm. de la cima y a 30 cm. del nivel de empotramiento, bloquetes de bronce, para la posterior conexión a tierra de estas estructuras.

Se debe tener en cuenta una escalera sin guarda hombre desde unos 10 m del nivel de empotramiento y hasta la cima. Para la pintura de base se utilizará convertidora de óxido, la pintura de terminación será epoxídica tipo II con protección adicional contra la acción de los rayos solares.

Este Ítem comprende la carga, transporte, seguros y descarga en piquete de la estructura de acero provista por la Contratista.

Gustavo Alberdi
Ejemplar Sin Valor
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El Oferente deberá llenar las planillas de Datos Garantizados que se adjuntan en el presente Pliego.

1.3 PROVISIÓN DE MÉNSULAS Y ACONDICIONAMIENTO DE ESTRUCTURAS TUBULARES DE ACERO SUMINISTRADAS POR E.P.E.

1.3.1 Este ítem comprende el diseño, cálculo y suministro de las ménsulas para conductores y cables de guardia para las estructuras de retención angular RAU (d) 85º y RAU 53º. Estas estructuras tubulares de acero son propiedad de la empresa y se ha previsto su utilización para este fin. Las mismas se encuentran depositadas en la E.T. Rosario Sur. Las ménsulas se construirán de acero, de acuerdo a dimensiones geométricas y esfuerzos de cargas actuantes determinadas por los cálculos. El fabricante realizará el dimensionamiento de estas ménsulas en base al diseño utilizado y a la calidad del acero de las ménsulas originales que se encuentran en Depósito “ex – Cristalería” de esta E.P.E. en la ciudad de Rosario, debiendo presentar los cálculos a la E.P.E. para su aprobación. El suministro incluirá la bulonería necesaria para su fijación a la estructura correspondiente

Deberán cumplimentar todo lo estipulado en la ETN 160.

Tanto las ménsulas para conductores como para los cables de guardia en la cima de la estructura, estarán preparadas para recibir la fijación de los aisladores de los conductores y la sujeción de los cables de guardia.

Este Ítem comprende también la carga, transporte, seguros y descarga en piquete de las ménsulas mencionadas.

1.3.2 Este ítem comprende el acondicionamiento de las estructuras tubulares de acero provistas por E.P.E. para ser utilizadas como estructuras de retención angular RAU (d) 85º y RAU 53º que se encuentran depositadas en la E.T. Rosario Sur, consistente en el arenado y pintado de las mismas con idénticas características a las utilizadas en la estructura provista por en contratista según ítem 1.2

Este Ítem comprende también la carga, transporte, seguros y descarga en piquete de las estructuras mencionadas.

ITEM 2: CABLES.

Los cables serán suministrados convenientemente embalados en carretes de madera y rotulados, cumpliendo con lo indicado en la Norma IRAM.

2.1 CABLE DE ENERGIA

El cable de energía será de Al/Ac 300/50 mm2 de sección nominal, en un todo de acuerdo a la Norma IRAM.

2.2 CABLE DE GUARDIA.

Los cables de guardia serán de acero cincado de 9 mm. de diámetro y 19 hilos según Norma IRAM 722.

ITEM 3: AISLADORES.

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Las cadenas de retención a instalar en las estructuras de retención y terminales estarán constituidas por dos (2) unidades orgánicas tipo retención (MN 13a), de acuerdo con la ETN 10 a.

En las estructuras de suspensión se instalarán los del tipo "Line-post" (MN 13b) sin brazo de refuerzo, que incluirán la morsa de sujeción para conductor Al-Ac 300/50 mm2.

La resistencia mecánica mínima requerida tendrá un coeficiente de seguridad igual a dos y medio (2,5) para las suspensiones y cuatro (4) para las retenciones de acuerdo con las condiciones máximas de trabajo.

Badajo y rótula de acero galvanizado por inmersión en caliente para las retenciones.

Núcleo: fibra de vidrio y resinas epoxi.

Aletas: goma siliconada.

Las chavetas de seguro serán de bronce fosforoso u otro material resistente e inoxidable aprobado y deberán impedir la separación accidental de las unidades de las cadenas.

ITEM 4: ACCESORIOS DE LAS CADENAS DE AISLADORES Y MORSETERIA PARA CONDUCTORES Y CABLE DE GUARDIA.

Accesorios de suspensión y de retención:

Todos los elementos necesarios para la fijación, (armor o preformrods, manguitos de empalme, grapas de unión etc.), serán provistos por el contratista, y el conjunto responderá a las exigencias de la Norma IRAM.

Mantenimiento bajo tensión: La grapería en general deberá estar diseñada a los fines de poder efectuar el mantenimiento a distancia mediante el empleo de pértigas estando la línea energizada en condiciones de servicio.

El Oferente presentará una memoria descriptiva y planos con detalles de los elementos propuestos demostrando en forma específica su especial utilización.

Accesorios para cable de guardia:

Los accesorios que correspondan al cable de guardia, responderán igualmente a las condiciones impuestas por la Norma IRAM.

ITEM 5: ELEMENTOS PARA PUESTA A TIERRA.

Este ítem contempla el suministro de todos los materiales necesarios para las puestas a tierra de las estructuras cumpliendo con lo indicado en la ETN 160.y planos de detalle respectivos.

Las puestas a tierra para las estructuras se harán mediante el empleo de jabalinas conectadas a la estructura por medio de un cable de acero recubierto en cobre. Dicho cable deberá ser entero sin uniones intermedias y la conexión entre el mismo y la jabalina se hará con morsetos de bronce a compresión. La conexión del cable a la estructura se hará mediante el empleo de terminal a compresión de cobre estañado.

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La conexión entre conductor de guardia y columnas y de cadenas de aisladores y ménsulas a columnas se efectuará con cable de Ac Go del mismo tipo del cable de guardia Estas conexiones forman parte del sistema de puesta a tierra de las estructuras.

- Características de los materiales principales a utilizar.

-Conductor de acero recubierto en cobre (tipo Copperweld o similar) de 50 mm2 de sección nominal, 7 alambres No 9 diámetro del conductor 9 mm, resistencia eléctrica máxima 1,30 ohm / km. a 20oC.

-Jabalina de acero, de sección circular de 16,20 mm de diámetro y de tres (3) metros de largo, con un revestimiento mínimo de cobre de 0,25 mm de espesor (tipo Copperweld o similar) responderá en lo demás a la Norma IRAM 2309 vigente.

-Morseto bifilar de fundición maleable cincado, para cable de acero de 50 mm2 de sección.

-Cable de acero cincado de 50 mm2 de sección nominal, de características similares al cable de guardia.

RUBRO B - MONTAJE

El Contratista tendrá a su cargo el montaje de la totalidad de los elementos que integran la obra. El montaje debe realizarse guardando la ETN 160. El Contratista utilizará, sin costos adicionales todo el equipo necesario a satisfacción de la EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGÍA, para la construcción, puesta en funcionamiento y ensayos de la línea, de tal manera que ésta en su conjunto quede en perfectas condiciones de estabilidad, seguridad y explotación comercial.

ITEM 1: MONTAJE DE ESTRUCTURAS.

El proyecto ejecutivo contempla el montaje de las estructuras de H°A° tipo monoposte instaladas en Av. Newbery que se desmontan con su fundación y las tubulares de acero existentes en depósitos de E.P.E. y la provista por el contratista.

1.1 Montaje Estructuras tubulares de acero:

Montaje de ménsulas para conductores y cable de guardia en la estructura tubular correspondiente. Ajuste de la bulonería según torques de proyecto. Izado, aplomado y sellado de la estructura en su fundación. Se incluye el suministro de hormigón calidad H13 para el sellado. Para el montaje de las estructuras, el Contratista utilizará equipos y maquinaria adecuados a las condiciones del terreno en todo el recorrido del trazado teniendo en cuenta la zona de trabajo, deberá hacerse cargo de los permisos para los eventuales cortes y podas de árboles. Igualmente de las interrupciones del tránsito vehicular. No se reconocerán costos adicionales ni prórrogas especiales por esta causa. Asimismo deberá acordar con EPE, con la debida anticipación los cortes de energía necesarios para la ejecución de los trabajos. Una vez montadas, las estructuras deberán permanecer en posición vertical después del tendido de conductores, con una tolerancia de cincuenta (50) mm de desviación del eje en la cima para las estructuras simples. Cada estructura llevará pintados carteles de numeración y de peligro con pintura epoxi o equivalente que asegure su inalterabilidad con el tiempo que también se incluyen es este ítem. 1.2 Desmontaje de estructura de H°A° tipo monoposte y fundación

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Este ítem comprende: -Desmontaje de estructuras: La preparación previa para el desmontaje de estructuras con sus fundaciones y jabalinas de puesta a tierra, consistente en el desmontaje de aisladores Line post y elementos de puesta a tierra, la excavación para liberar la fundación para permitir la colocación de eslingas en la misma que se utilizarán para mover el conjunto poste-fundación mediante grúa de capacidad adecuada ( Considerar que el peso de las estructuras con sus fundaciones es del orden de 20 TN ) y el izado del conjunto. -Relleno de las excavaciones con tierra de características similares al suelo circundante, debidamente compactada hasta la cota de nivel del suelo circundante y según indicaciones de la Inspección de obra. -La carga sobre carretón para su transporte. Una vez instalado el conjunto sobre el carretón se acuñará el poste mediante tacos de madera dura de manera de impedir su movimiento durante el transporte. Se incluirán los seguros correspondientes para carga, transporte y descarga. -La descarga en piquetes de las estructuras con su fundación. 1.3 Montaje de estructura de H°A° tipo monoposte con su fundación: Este ítem contempla el izado y aplomado de la estructura con su fundación, y se complementa con la preparación previa para el montaje de las estructuras con sus fundaciones en su nuevo emplazamiento consistente en la excavación, nivelación del fondo de las excavaciones con hormigón del tipo H13, y el sellado con hormigón del tipo H13 correspondiente una vez realizado el izado y aplomado de las estructuras con su fundación según se describe en el Rubro Obra Civil. 1.4 Desmontaje de estructura tubular de acero monoposte y demolición fundación: Este ítem comprende el desmontaje de la estructura tubular de acero monoposte RU instalada en el piquete 15 de la línea existente. Esta tarea se realizará una vez instalada la nueva estructura de retención angular simple terna 53° en el vértice T1 de la traza. Incluirá la colocación de muertos y riendas necesarias en ésta para el pasaje de los accesorios de retención de conductores y cables de guardia y de los conductores y cables de acero que se encuentran retenidos en la estructura existente a la nueva estructura, el tensado y flechado conforme a tablas de tendido que se confeccionarán. Incluirá también la demolición de la fundación, el tapado de la excavación y limpieza de la zona y el acondicionamiento y transporte a Depósitos de la estructura desmontada. 1.5 Desmontaje de tramo de LAT en torres reticuladas y demolición de fundaciones. Este ítem comprende el desmontaje del tramo de línea montada en estructuras reticuladas de acero comprendido entre las torres 49 y 65 de la línea Provincias Unidas – Rosario Oeste existente. Esta tarea se realizará una vez puesta en servicio la nueva instalación que conectará las E.T. Provincias Unidas y Rosario Oeste. Contemplará el desmontaje y acondicionamiento de conductores y cables de guardia, cadenas de aisladores y morsetería, y de las estructuras reticuladas. Incluirá también la demolición de las fundaciones, el tapado de las excavaciones y limpieza de la zona. Todos estos elementos serán debidamente acondicionados y transportados a Depósitos de la E.P.E. a definir por la Inspección de Obra en la ciudad de Rosario, cumpliéndose con los siguientes requerimientos: -Estructuras Metálicas: Deberán ser entregadas en lugar que determine la Inspección de Obras, debidamente acondicionadas para su guarda, con la totalidad de los perfiles componentes agrupados en paquetes separados, ensunchados e identificados según se detalla mas adelante. El ensunchado deberá realizarse por paquetes según detalle. Deberá utilizarse sunchos metálicos de acero inoxidable (no se aceptará el uso de sunchos plásticos o polipropileno). Todos los paquetes, ensunchados y separados según Nro. de torre y tipo de tramos a que corresponda el paquete de perfiles, deberán ser identificados con identificadores de chapa

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punzonada indeleble indicando, como mínimo, Tipo, Nro. y tramo de Torre que corresponda (Inferior, intermedio o superior) . La bulonería, junto con las cartelas pertenecientes a una misma torre, deberá entregarse en cajas de madera, una caja por torre, con similar identificación que los paquetes de perfiles. Se deberá reponer, sin cargo para la EPE, la totalidad de la bulonería que resulte dañada o irrecuperable con motivo del desarme de las estructuras. Dado que existe un importante número de estructuras con dos caras roblonadas y dos abulonadas, se procederá de igual forma que se describe anteriormente con las caras abulonadas, y las partes roblonadas se entregarán debidamente identificadas y estibadas sin desarmar. Aisladores: Deberán ser entregados debidamente acondicionados y embalados en cajas de madera resistente no reintegrables y protegidos para su guarda y transporte. Cada cajón estará confeccionado con listones de madera con extremos asegurados firmemente a los bordes de las tapas y debidamente sunchados mediante fajas, metálicas o de polipropileno, todo de acuerdo a nuestra ETN 010 - Aisladores de Porcelana - Ítem. 3.3.2 Expedición y Acondicionamiento para la entrega. Conductores: Se entregarán acondicionados en bobinas de madera nuevas, debidamente independientes por cada tipo y tramo de conductor. Cada bobina deberá identificarse debidamente con identificadores de chapa punzonados indelebles indicando como mínimo disposición, cantidad y tipo de conductor correspondiente.

1.6 Reubicación de luminarias existentes en calle Schweitzer coincidentes con la traza de la

nueva línea. Este ítem comprende el desmontaje y posterior montaje de veintiocho luminarias con sus correspondientes estructuras tubulares metálicas existentes y que interfieren con el trazado de la nueva línea. Incluye la tramitación para la aprobación del organismo Municipal correspondiente, el replanteo y la ejecución de fundaciones de hormigón, la puesta a tierra de las columnas y el suministro e instalación de elementos de conexión eléctrica necesarios y lámparas que deban reemplazarse. En este Ítem se incluirá la provisión de 28 (veintiocho) columnas de acero para montaje de luminarias, similares a las existentes, el montaje de las mismas, y la instalación de los artefactos de iluminación que se retiran de las columnas existentes en las nuevas columnas (las columnas existentes están equipadas con dos artefactos de iluminación cada una, uno se traslada con la columna respectiva, el otro se reinstala en columna nueva). Incluirá también la alimentación eléctrica para la nueva línea de luminarias con la provisión e instalación de conductores preensamblados similares a los existentes de sección adecuada, y el traslado del tendido eléctrico existente en las columnas que se desmontan y reinstalan.

ITEM 2: TENDIDO. Los conductores y cables de guardia serán tirados desde carretes convenientemente colocados y mediante la utilización de equipos adecuados al montaje, en un todo de acuerdo a la ETN 160.- Para el tendido sobre la LAT existente se preverá quitar los cables de guardia existentes en el tramo y pórticos de madera para la protección de los conductores. MONTAJE DE AISLADORES. Serán instalados conforme a prescripciones de la ETN 160. Los aisladores y accesorios serán manipulados con el cuidado y precauciones debidas para que no sufran daños. Todo aislador que en el momento del montaje presente daños de cualquier índole, no se instalará.

Los aisladores serán izados hasta su punto de sujeción en los soportes, una vez que estos estén completamente montados en su posición definitiva.

Todos los pernos y bulones deberán llevar las chavetas de seguro con la correspondiente arandela.

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ITEM 3: PUESTA A TIERRA Y MEDICION

El Contratista tendrá a su cargo la instalación de las puestas a tierra de las estructuras a montar, las que responderán a lo indicado en planos adjuntos.

La jabalina se colocará verticalmente a 2,50 metros de la fundación hasta que su extremo superior quede a 0,60 metros bajo el nivel del terreno.

El hincado de la misma se realizará con martinete apropiado, con el objeto de no producir deterioros en el extremo superior durante su colocación en el terreno.

Una vez concluido el hincado de la jabalina se procederá a efectuar la conexión a la estructura mediante el conductor y morsetos correspondientes.

Las mediciones de control de las resistencias de tierra de estructuras estarán a cargo del Contratista, quien las realizará en presencia de la Inspección y solo se llevarán a cabo durante períodos de clima estable, como mínimo después de cinco (5) días a partir de la última lluvia aislada.

El Oferente describirá en la oferta el método que utilizará para la medición del valor de la resistencia de puesta a tierra de las estructuras, como también los instrumentos a emplear, marca, modelo, etc.

El Contratista, una vez ejecutadas las puestas a tierra de las estructuras, solicitará a la Inspección de Obras la aprobación del instrumental para efectuar la medición de las mismas. La Inspección de Obras establecerá un plan de mediciones de estructuras en base a las características del terreno.

La medición de las resistencias de puesta a tierra debe efectuarse preferentemente con un instrumento de alta frecuencia. En este caso, la resistencia de puesta a tierra no debe superar 5 Ohm. Se aceptarán valores superiores de hasta el 20% del valor anterior en un 10% de la totalidad de las estructuras excluyendo las estructuras próximas a Estaciones Transformadoras. Las condiciones para aceptar resistencias mayores que el valor especificado son las siguientes:

a) Cuando los valores de la resistencia de puesta a tierra de las estructuras anterior y posterior sean inferiores a 5 Ohm.

b) Cuando el valor medio del tramo de retención no sea superior a 5 Ohm.

Si la medición se efectúa con instrumentos de baja frecuencia, debe desconectarse el cable de guardia de la estructura.

Si no se cumpliese con el valor requerido, deberán colocarse las jabalinas que resulten necesarias, convenientemente alejadas entre sí (mínimo 4 metros) y conectadas en paralelo, o prolongarse los conductores contrapuestos, según el caso.

No se permitirá mejorar la resistencia de la tierra con material aditivo al terreno, cualquiera sea su composición química.

ITEM 4: ENSAYOS Y PUESTA EN TENSION. Se realizarán como mínimo los siguientes ensayos, previo a la puesta en servicio. Los mismos serán realizados por el Contratista, con personal y equipo de la misma pero supervisado por el equipo técnico designado al efecto. Comprenderá como mínimo: Medición de la resistencia de p.a.t. Verificación de flechas Verificación de alturas libres Comprobación de los valores de apriete de la morsetería Verificación de la aislamiento de la línea Comprobación de la secuencia de fases

Gustavo Alberdi
Ejemplar Sin Valor
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RUBRO C: OBRAS CIVILES

GENERALIDADES. El conjunto de tareas que se describen en este Rubro serán efectuadas por el Contratista a su exclusivo costo, incluyendo materiales, mano de obra, transporte y otros gastos que se consideren necesarios. La descripción será considerada enumerativa, no taxativa. La Contratista considerado un especialista en este tipo de obras, deberá prever y efectuar todas las tareas, operaciones y proveer los materiales necesarios para dejar las obras completamente terminadas, en condiciones de uso de acuerdo a las reglas del arte y a satisfacción de la Inspección de Obra. El Contratista ejecutará a su exclusivo cargo aquellas obras adicionales provisorias o definitivas y la apertura de alambrados, cuando ello sea imprescindible para llevar a buen término los trabajos. Deberá contar con la autorización de los propietarios y tomará a su cargo la señalización, las obras de protección y seguridad, y el cierre o reposición de alambrados; adoptando en este caso las precauciones que eviten el paso de animales por las aberturas. Será el único responsable por los accidentes que se produzcan por causas vinculadas con la ejecución de las obras como así también por los daños ocasionados a los bienes y/o personas. Igualmente la presencia de agua temporaria o permanente en el lugar de las obras puede obligar al Contratista a adoptar algunas precauciones y ejecutar obras provisorias y/o complementarias a su exclusivo cargo. El proyecto Ejecutivo de esta obra considerará: -Para las fundaciones correspondientes a estructuras de suspensión desmontadas y reinstaladas con sus respectivos macizos de fundación una excavación que exceda como mínimo en diez centímetros en cada sentido a las dimensiones de éste último, previendo asimismo un hormigón de nivelación en el fondo de calidad H17 de diez centímetros de espesor. Una vez aplomado el conjunto fundación poste se procederá al sellado del huelgo lateral con hormigón de calidad H17. Lo detallado precedentemente quedará sujeto a los resultados del cálculo de verificación correspondiente, para lo cual se deberá realizar previamente un Estudio Geotécnico con determinaciones de los parámetros necesarios. -Para las fundaciones correspondientes a las estructuras tubulares de acero se deberán diseñar las fundaciones que se correspondan con el tipo de suelo del lugar, previo Estudio Geotécnico No se admitirán reclamos de ninguna naturaleza en causas provocadas por estas contingencias que serán contempladas en la Propuesta presentada. Los trabajos se realizarán en general en un todo de acuerdo a las Especificaciones Técnicas ETN Nº 40 “ESPECIFICACIONES TECNICAS GENERALES PARA LA EJECUCION DE OBRAS CIVILES” y ETN 160 “CONDICIONES PARA EL CÁLCULO Y DISEÑO DE LÍNEAS DE MEDIA Y ALTA TENSIÓN” u otra normativa vigente en el momento de la ejecución de la Obra.

1 - PREPARACIÓN DEL TERRENO.

– Limpieza del terreno y Replanteo Este Ítem incluirá además todas las tareas de LIMPIEZA Y replanteo del terreno y de los elementos que componen la obra al iniciar la construcción y en su prosecución hasta la finalización del mismo. El replanteo de la traza de la línea responderá a los planos de proyecto que forman parte de este Pliego, al igual que la ubicación de las distintas estructuras, el que está en un todo de acuerdo con las ETN Nº 40 y 160 de esta EPESF. El mismo será realizado por la Contratista y verificado por la Inspección antes de dar por iniciados los trabajos En correspondencia con el eje de la línea a replantear se definirá una franja de trabajo que tendrá un ancho mínimo de cuatro (4) metros. En toda esta franja se efectuará el talado y poda de árboles, arbustos, etc.

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Esta picada se extenderá a lo largo de su recorrido y se efectuará previo al estaqueado de manera que la alineación de los piquetes pueda realizarse mediante su visualización directa y se facilite el acceso para la ejecución de las obras. El Contratista gestionará del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio de la Provincia o el organismo que correspondiera, la autorización pertinente para la poda y tala de los árboles afectados por la obra en la zona de Electroducto. En la " Zona de Electroducto" la Contratista tendrá a su exclusivo cargo la poda o tala de árboles de manera que no sobrepasen una altura de cuatro metros con treinta centímetros (4,30 m); como así también el traslado, demolición o desmontaje de molinos, antenas, mástiles, soportes, etc. Esta exigencia se extiende a las zonas adyacentes del Electroducto cuando por su altura y ubicación, los árboles e instalaciones en caso de caída no guarden una distancia igual o mayor a dos (2) metros respecto a los conductores no declinados. El mantenimiento de las condiciones exigidas precedentemente se extenderá hasta la Recepción Definitiva de la Obra. Los materiales y deshechos provenientes de estas tareas serán retirados del lugar de la Obra, conforme a instrucciones que imparta la Inspección de la Obra. Queda prohibida su combustión en el lugar mencionado o sus adyacencias. El Contratista y la EPESF levantarán un acta de daños producidos en los inmuebles afectados como consecuencia de la ejecución de las Obras. Cuando estos daños estén originados en negligencia o impericia del Contratista, los gastos y cualquier otra consecuencia que se produzcan, serán soportados por éste a su exclusivo cargo. Previo a la ejecución de las excavaciones y a la construcción de las fundaciones, el Contratista realizará la limpieza y preparación del terreno; procederá a su nivelación si ello fuera necesario, teniendo en cuenta las condiciones de drenaje superficial y cuidando de no dejar zonas deprimidas que puedan afectar la estabilidad de las estructuras. Los terrenos sobre los que se ejecutarán las obras deberán ser preparados para tal fin, ejecutando los trabajos de limpieza y desagües superficiales necesarios. El relleno de bajos y pozos podrá ser exigido por la Inspección en aquellas zonas bajas y zanjas situadas dentro del recinto de las obras. De ser necesario, en las zonas anegadas se ejecutarán aquellas obras complementarias y/o provisorias que posibiliten el acceso al lugar de emplazamiento de las bases y su ejecución y mantengan la zona de hormigonado libre de anegamiento. En el caso que sea necesario, se ejecutará un área con refulado de arena o relleno de suelo, con el fin de traslado de Equipos pesados al lugar de emplazamiento de la torre en su nueva posición. El Contratista deberá asegurar dicho traslado, debiendo balizar la misma, durante el tiempo en que se ejecute la Obra. En el caso en que el suelo este inundado o con imposibilidad de acceder por tierra, se utilizarán balsas de apoyo o dragas para refular arena y levantar la zona para acceso por vía terrestre. El Contratista asegurará la eliminación de las aguas facilitando su evacuación a los lugares vecinos que puedan recibirla, garantizando su escurrimiento. El Contratista será responsable exclusivo de todo daño y/o perjuicio que pudiera ocasionar a Terceros. Estas Obras Adicionales se las considerará incluidas en el precio cotizado, por lo que se desestimará cualquier reclamo del Contratista sobre el particular; su cotización incluye todas las tareas a realizar para la correcta terminación de los trabajos. La Cotización de este Subitem se realizará de acuerdo a lo especificado en la Planilla de Cómputo Y Presupuesto, e incluye además la provisión de materiales y mano de obra, así como cualquier otro

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trabajo que sin estar taxativamente expresado en estas especificaciones deba ser realizado para la correcta ejecución de estas tareas. – Excavaciones En este ítem estarán incluidas las excavaciones correspondientes a todos los tipos de bases de fundaciones previstas en el proyecto de la linea. Las excavaciones se realizarán por procedimientos mecánicos o manuales, con o sin agotamiento de napa según corresponda, debiendo permanecer el terreno circundante en su estado natural, sin alteraciones.El producto de las excavaciones será seleccionado y depositado a las distancias y en los lugares que se acuerde con la Inspección. En caso de exceso en las excavaciones tendrán que ser rellenadas en la forma y con el tipo de material que indique la Inspección, pudiendo ser según los casos hormigón simple, suelo cemento o suelo compactado. Cualquiera sean los volúmenes de sobreexcavación, estarán a cargo exclusivo del Contratista los trabajos de relleno y/o compactación. De no ser posible mantener la verticalidad de las paredes por desmoronamiento o falta de cohesión del suelo, el Contratista propondrá a la Inspección para su aprobación, el procedimiento o método constructivo que permita asegurar las mejores condiciones para el hormigonado y la estabilidad de la fundación. La Cotización de este Subitem se realizará de acuerdo a lo especificado en la Planilla de Oferta, e incluye además la provisión de materiales y mano de obra, así como cualquier otro trabajo que sin estar taxativamente expresado en estas especificaciones deba ser realizado para la correcta ejecución de estas tareas.

– Extracción y retiro de Especies Arbóreas En este ítem estarán incluidas la tala, extracción y reubicación de especies arbóreas ubicadas en la zona de la línea existente que se utiliza en el nuevo proyecto. Las especies a ser intervenidas serán indicadas por la Inspección de la Obra. La Cotización de este Subitem se realizará de acuerdo a lo especificado en la Planilla de Oferta, e incluye además la provisión de materiales y mano de obra, así como cualquier otro trabajo que sin estar taxativamente expresado en estas especificaciones deba ser realizado para la correcta ejecución de estas tareas.

2 – FUNDACIONES.

– Hormigón para fundaciones Soporte Este SubÍtem comprende la provisión de materiales, equipos, herramientas necesarias, accesorios y mano de obra correspondientes al relleno perimetral de refuerzo y/o estabilización de los macizos extraídos y reubicados conjuntamente con las estructuras soporte. Todos los hormigones a emplear en la construcción de la obra deberán cumplir con las especificaciones que se detallan en el Reglamento CIRSOC Nº 201, sus Anexos y con lo establecido en la ETN 40 de la EPE. El Tipo de Hormigón a utilizar será de calidad H – 17 o superior. No se reconocerán diferencias en el volumen de la fundación atribuíbles a sobreexcavaciones y/o desmoronamientos de los pozos, certificándose los valores teóricos de proyecto. La Cotización de este Subitem se realizará de acuerdo a lo especificado en la Planilla de Oferta, e incluye además la provisión de materiales y mano de obra, así como cualquier otro trabajo que sin estar taxativamente expresado en estas especificaciones deba ser realizado para la correcta ejecución de estas tareas. - Hormigón armado para estructuras tubulares de acero Este SubÍtem comprende la provisión de materiales, equipos, herramientas necesarias, accesorios y mano de obra para la ejecución de las fundaciones de Hormigón armado para las estructuras tubulares de acero. Todos los hormigones a emplear en la construcción de la obra deberán cumplir con las especificaciones que se detallan en el Reglamento CIRSOC Nº 201, sus Anexos y con lo establecido en la ETN 40 de la EPE. El Tipo de Hormigón a utilizar será de calidad H – 21 o superior.

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No se reconocerán diferencias en el volumen de la fundación atribuíbles a sobreexcavaciones y/o desmoronamientos de las excavaciones, certificándose los valores teóricos de proyecto. Conforme a las singularidades encontradas en los estudios de suelos que deben realizarse, podrán introducirse modificaciones en el tipo y medidas de la fundación prevista en el Proyecto. Se utilizará acero dureza natural (ADN 420) cuyas características responderán a las Normas IRAM-IAS-U-500-528. La Inspección podrá exigir muestras, protocolos de ensayos, certificado de fabricación, nota de despacho, y todo otro dato relevante que se estime de interés para garantizar su origen y calidad. Para autorizar su uso, las barras a emplear deberán estar limpias, libres de polvo, herrumbre, escamas, pintura, aceite u otras sustancias extrañas. La Cotización de este Subitem se realizará de acuerdo a lo especificado en la Planilla de Oferta, e incluye además la provisión de materiales y mano de obra, así como cualquier otro trabajo que sin estar taxativamente expresado en estas especificaciones deba ser realizado para la correcta ejecución de estas tareas.

3 - MENSURAS

– Mensuras de servidumbre administrativa de electroducto La Especificación describe los requisitos que deberán cumplir él o los profesionales de la Agrimensura para realizar los trabajos de: Mensura para Servidumbre Administrativa de Electroducto de la L. A. T. 132 kV, según se indica en los planos adjuntos. A – Generalidades Los planos de Mensura de parcelas deberán ejecutarse según normas especificadas en la Ley de Catastro y Reglamentaciones vigentes en la provincia de Santa Fe. Además de toda la información solicitada, si correspondiera, en él o los planos deberán estar georreferenciada, la o las parcelas afectadas, con coordenadas de vértices y puntos de interés de la misma, en un todo de acuerdo a lineamientos que efectuará el Catastro Provincial, en especial la vigencia del Decreto Nº 872/2001 y la Resolución SCIT Nº 015/2002. La EPE de Santa Fe, pondrá a disposición del o los Profesionales y a pedido de estos, los antecedentes mínimos necesarios para la ejecución de los trabajos. Previo a la presentación al Catastro Provincial, se deberá presentar la correspondiente documentación al Área Ingeniería – Unidad Proyectos a los efectos de efectuar su control y aprobación. B - Leyes de aplicación Serán de aplicación para las mensuras a ejecutar, la Ley Provincial Nº 10.742 /92 de Servidumbre Administrativas de Electroductos y la Resolución Nº 0156 del 28/05/1993 de esta EPESF, como así también toda otra Normativa vigente en el momento de la contratación. En la ejecución de las mensuras, las mismas deberán cumplir con los requisitos exigidos en las disposiciones legales aplicables, respetando los criterios administrativos establecidos en el SCIT (Servicio Catastral de Información Territorial), ante el cual deberán inscribirse las mensuras definitivas. C – Alcance El Contratista deberá: - Recopilar los antecedentes necesarios para la correcta ejecución de las tareas. - Confeccionar un croquis catastral con todas las propiedades que se mensuran. - Tramitar hasta obtener la aprobación de los planos de la mensura ante los organismos correspondientes.- - Toda otra documentación que pueda facilitar la tarea y a la EPE.- - En la presente Especificación se indican las restricciones y limitaciones de dominio sobre la franja de servidumbre.

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Obra E-339

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARTICULARES Página Nº 13 / 16�

La EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGÍA DE SANTA FE autorizará por escrito al Contratista para efectuar las consultas y pedidos de informes ante los organismos oficiales correspondientes, en su nombre y representación, como si se tratara de la EPE. D - Antecedentes El Contratista deberá analizar y compilar los antecedentes existentes en los catastros, registro de propiedad y toda otra repartición que sea necesario consultar acerca de las propiedades afectadas.- El Contratista efectuará el estudio dominial y catastral actualizado de cada una de las propiedades y verificará el domicilio real y legal de los titulares de dominio.- El Contratista será responsable de dejar claramente indicadas todas las restricciones que pudieran afectar a la parcela en virtud de leyes, decreto y ordenanzas vigentes.- En caso particular de existencia de leyes que regulan hidráulicamente a la región, se deberá proceder a la acotación de la superficie afectada, dejándose reflejada esta circunstancia en el detalle de las superficies afectadas. E - Tareas a ejecutar en el terreno - Replantear la franja de servidumbre, según datos aportados por la EPESF.- -Realizar las mensuras parciales de servidumbre de Electroducto.- Esta tarea se efectuará teniendo en cuenta que de las mensuras de las propiedades afectadas deberá obtenerse el plano debidamente aprobado por el SCIT - Santa Fe. -El Contratista además relevará en un croquis las mejoras existentes en cada lote, con indicación de distancias al eje de la traza de piquetes, tomando la posición de los alambrados, construcciones (si las hubiere), molinos, mangas de ganado, etc. En todos los casos se deberá indicar la altura del objeto al nivel del suelo. F - Tareas a ejecutar en gabinete El Contratista presentará a la EPE un (1) croquis catastral y los planos de mensura aprobados de cada una de las parcelas afectadas por la traza del Electroducto, haciendo constar en cada uno de ellos lo siguiente: a - Croquis catastral de conjunto de propiedades mensuradas, en escala (1: 10.000) en el que se indicará el trazado y franja de servidumbre de toda la línea, la que será identificada mediante la numeración de las estructuras existentes. Además deberá contener la siguiente información: la nomenclatura según título y catastro correspondiente indicando, partido, circunscripción, sección, manzana (chacra o quinta) número de las parcelas y nombre y apellido del propietario o de los propietarios. Parte de esta información se podrá presentar en planilla Adjunta. También deberán figurar las rutas y caminos de acceso próximos a la traza. Este croquis se entregará terminado dentro de los treinta (30) días posteriores a la fecha del acta de replanteo.- b - Planos de Mensura parcial de todas las fracciones mensuradas, realizadas de acuerdo con las normas vigentes establecidas por el SCIT. En cada uno deberá constar la siguiente información: -Tensión de la línea y denominación de la misma. - Distancias parciales del ancho a cada lado del eje de la línea y longitud del tramo. - Ancho total de la zona del Electroducto. - Ángulos que forma el eje de la línea en todos los extremos del tramo, con los lados de la parcela afectada. - Distancias existentes entre el punto donde el eje de la línea corta al lado de la parcela y el punto esquinero más próximo, en ambos extremos de la línea - Nomenclatura parcelaria, tanto de la parcela afectada como de los linderos. -.Croquis según título. - Croquis de ubicación - tendrá en lo posible la más completa toponimia y/o los suficientes datos y referencias para su rápida y fácil ubicación. - En los casos en que por el tamaño de la parcela, sea necesario dibujarla a escala pequeña, se indicará en el dibujo la zona de servidumbre en forma esquemática, dejando para un detalle a mayor escala la especificación de las medidas angulares, lineales y demás datos. - Cuadro demostrativo de las superficies afectadas, discriminando las zonas de media y máxima seguridad.

Gustavo Alberdi
Ejemplar Sin Valor
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Obra E-339

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARTICULARES Página Nº 14 / 16�

- Restricciones (esta leyenda deberá contar en todos los casos): “De acuerdo al Art. 3º de la Ley 10742/91 y Resolución Nº 0156/93 de la EPE se establece que en la zona de máxima seguridad, no se podrá realizar ningún tipo de construcción ni deberá existir árboles, molinos, antenas y mástiles de altura superior a (3) tres metros. En la zona de seguridad media, se permitirán construcciones de una planta, sin balcones ni terrazas accesibles”.- Estas restricciones deben figurar en las escrituras traslativas de dominio. Tratándose de parcelas linderas de un mismo titular de dominio y/o suficientemente cercanas (por ejemplo dentro de la misma manzana) deberán representarse en un solo plano, en concordancia con las normas del SCIT. Los planos de Mensuras de parcelas deberán ejecutarse en escalas convenientemente legibles y según normas puntualizadas al respecto por el catastro provincial, las que también deberán ser respetadas en cuanto a su formato.- c - El Contratista deberá efectuar el relevamiento y la acotación de todos los lugares que presenten accidentes naturales (arroyos, arboledas, etc.) y artificiales (rutas vías férreas, líneas aéreas, etc.) comprendidas dentro de la zona afectada por el Electroducto.- Las cotas serán referidas al eje de la traza y a la estructura más cercana, o al límite de la parcela objeto de la mensura.- Dichos “accidentes” serán graficados en los planos de acuerdo a la nomenclatura cartográfica usual, acotando su altura máxima.- En los casos que correspondan, se indicarán los piquetes dentro del predio con su identificación, distancias entre los mismos de los piquetes extremos y al linde de la parcela, además deberá graficarse un detalle de la base de cada torre o estructura y se relacionará con el eje de la traza; además se indicará expresamente la superficie parcial afectada computando por separado, sin deducirla de la superficie total afectada.- Se indicarán los lados alambrados, directamente relacionados con la mensura de la zona de Electroducto y toda otra circunstancia de interés para el fin perseguido.- En los casos que así lo requiera la Inspección de la EPESF el Contratista deberá adelantar copias de las mensuras de zonas de Electroducto que se están confeccionando y/o tramitando.- G - Tolerancias Deberán cumplirse con todas las tolerancias y los requisitos comunes para las mensuras particulares, según lo especificado en la Ley de catastro y reglamentaciones vigentes en la provincia. H - Documentación a presentar La Contratista presentará a la Empresa Provincial de la Energía de Santa Fe, la documentación integrada por: 1 – Original y dos (2) copias Listado en forma correlativa de las parcelas afectadas a Servidumbre Administrativa de Electroducto, con los datos catastrales más relevantes: propietario, domicilio, Nº de PII, Nº de plano de mensura, etc. 2 - Original y dos (2) copias Traza General Georreferenciada con el conjunto de propiedades mensuradas debidamente identificadas, en escala (1:10.000). 3 - Tres (3) copias del plano de mensura aprobadas por el Catastro Provincial, de cada uno de los planos de mensura parciales aprobados, de las fracciones de terreno de las propiedades afectadas por la servidumbre de la línea. 4 - Dos (2) copias del plano de mensura visada por el Catastro Provincial, de cada uno de los planos de mensura parciales aprobados, de las fracciones de terreno de las propiedades afectadas por la servidumbre de la línea. 5 - Archivos magnéticos de los planos de mensura, en disquetes 3,5” y / o a manera de respaldo en un (1) CD ROM, compatibles y editables mediante AUTOCAD 14 y/o versión actualizada de Autodesk. 6 - Generar con Módulo Site de esta EPESF, la Traza del electroducto Georreferenciada con la ubicación de las parcelas afectadas, con coordenadas de vértices y puntos de interés de la misma. Se pondrá a disposición del o los profesionales intervinientes la información necesaria para la ejecución de estas tareas. Toda la documentación se entregará debidamente encarpetada y caratulada. I - Prioridad en la ejecución de las mensuras

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Obra E-339

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARTICULARES Página Nº 15 / 16�

La Contratista deberá establecer dentro de su esquema de trabajo, distintas prioridades que deberán cumplirse en toda la línea. Prioridad 1: Confección, diligenciamiento y aprobación de los planos de mensuras de zona de electroducto en aquellas parcelas afectadas por la traza de la línea donde se encuentran mejoras susceptibles de ser demolidas (molinos, silos, viviendas o estructuras, cualquiera sea su índole). Prioridad 2: Confección, diligenciamiento y aprobación de los planos de mensuras, en todos los predios en que sus propietarios se hubieran declarado oponentes a la construcción de la línea. Prioridad 3: Confección diligenciamiento y aprobación de los planos de mensuras, en los predios declarados con servidumbre onerosa. Prioridad 4: Confección, diligenciamiento y aprobación de los planos de mensuras, en los predios declarados con servidumbre gratuita. J - Plazo de entrega Para la entrega a la E.P.E. de las mensuras del electroducto, la Contratista complementará los siguientes requisitos: - Para las parcelas involucradas en las prioridades 1 y 2, la Contratista preparará toda la documentación completa y acorde con las exigencias de los respectivos organismos oficiales, dentro de los treinta (30) días de haber sido solicitada a diligenciamiento por la E.P.E.; los ejemplares con las constancias de aprobación deberán obrar en poder de esta E.P.E., dentro de las setenta y dos (72) horas de otorgada la referida aprobación. - En los restantes casos, la Contratista podrá efectuar trámites por tandas en los que se involucran las mensuras de las parcelas prioridades 3 y 4, en un plazo de entrega que estará dentro de los noventa días (90) días de haber sido solicitado el trabajo por la E.P.E. de santa Fe. La documentación necesaria para la aprobación de mensura deberá presentarse en forma completa y acorde con las exigencias de los Organismos Oficiales. K - Ancho de Servidumbres Los anchos establecidos son: CONFIGURACION ZONA URBANAS O SUBURBANAS: SIMPLE TERNA: de 4,85 m como Zona de Restricción Máxima a ambos lados del eje de la LAT; sin ninguna franja adicional. Total de Restricción: 9,70 m. K - Informe Periódico Avance de los Trabajos Quincenalmente se deberá entregar un informe sobre el estado de los trabajos, en relación con el cronograma propuesto; como así mismo una copia simple de las mensuras que ya hayan sido dibujadas para el respectivo control ejercido por la EPESF. L - Apoyo de la EPESF A los efectos de facilitar los trabajos, la EPESF pondrá a disposición del Contratista, la documentación que se detalla, la que tendrá carácter meramente ilustrativo, debiendo la Contratista verificar su exactitud, quedando en consecuencia bajo su responsabilidad las diferencias que pudieran contener: a) Catastro Geométricos Parcelarios, de las zonas a mensurar.- b) Planilla con los datos catastrales y dominiales de las parcelas afectadas a mensurar. M - Acceso a propiedades Previo al comienzo de los trabajos y con anticipación, el Contratista, solicitará las acreditaciones que le permiten el acceso a las propiedades en nombre de la EPESF (si lo cree necesario). Debiendo solicitar autorización previa a cada uno de los propietarios de los predios afectados para el ingreso a la propiedad; comunicando a la Inspección de inmediato, dificultad que se produjera en ese sentido, quienes en nombre de la EPESF intervendrán para dar solución al problema en forma conjunta, buscándose en todos los casos mantener la mejor relación posible con todos los propietarios; siendo el Contratista único responsable de cualquier trasgresión y/o conflicto que pudiera producir tanto en el ingreso como durante el período en que se ejecute el trabajo de campo. Cotización y certificación

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Obra E-339

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARTICULARES Página Nº 16 / 16�

En su oferta, el Contratista deberá considerar los costos que se originan con la realización de los trabajos de la presente especificación, teniendo en cuenta además los generados por los sellados de Ley. La certificación se realizará por plano, de mensura entregado y aprobado según lo indique la EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA DE SANTA FE. Se deberá cotizar el valor unitario por parcela afectada, considerando que la cantidad total estimada para todo el Electroducto es de 4 parcelas es solo a título indicativo, surgiendo la cantidad total de los Planos de Mensura Aprobados.

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Obra E-339

INDICE DE PLANOS Página Nº 1

OBRA Nº E-339-09: - “MODIFICACIONES TRAMO LAT 132 kV PROVINCIAS UNIDAS-ROSARIO OESTE”

I N D I C E D E P L A N O S

Nº Descripción folios

OE-01 PLANO GENERAL 69 OE-02 TRAMO L.A.T. A CONSTRUIR 70 OE-03 TRAMO L.A.T. EN ESTR. RETICULADAS A DESMONTAR 71 OE-04 DETALLE P.A T. 1 72 OE-05 DETALLA P.A T..2 73 OC-01 PLANIMETRÍA L.A.T. NUEVA ENTRE T1 Y T2 74

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Minimo 30 Cm

PARA IMPRIMIR EN FORMATO A4 PLO

T 1/

32

SELEC VERT INF IZQ A VERT SUP DER

ROT EN X=3 ROT Y=-6

EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA DE SANTA FE

OBRA N°

PROYECTO

CAD

PROY. OBRAS ELECTROM.

GERENCIA DESARROLLO

UNIDAD PROYECTOS

AREA INGENIERIA

PROY. OBRAS CIVILES

FECHA:

ESCALA:

RUTA DE ARCHIVO

O

Ing.R.Paez de la Torre

E-339

Téc. Ramón Gorostidi

Ing. R. Perez

Ing.D.BrizuelaLic. R. Catinot

P.T.C. O. Maldonado

-05

C:\jobs\calchines pot

MAR/09

S/E

MODIFICACIÓN L.A.T. PCIAS. UNIDAS-ROSARIO OESTE

DETALLE DE PUESTA A TIERRA 2

E

ARMADURA BASE H°A°

"P.A.T." INFERIOR BIPOSTE

DENOMINACION

TUERCA EXAG. Bronce o Ac. Inox. Ø 1/2"

ARANDELA PLANA Bronce o Ac. Inox. Ø 1/2"

PENDULO CADENA SUSPENSION Ø 16 mm

CABLE Ac. G° 50 mm2 - 19 HILOS IRAM 722

CABLE Ac - Cu 50 mm2 IRAM 2467

MATERIAL

B

8

12

11

10

1212

1111

8

B B

11

12

11

12

13

8B

13

8 B

11

12

8

B

8

ARANDELA ELASTICA Ac. Inox. Ø 1/2"

TERMINAL A COMPRESION P/CABLE TIPO COOPERWELD 50 mm2

MANGUERA FLEXIBLE REF. Ø 1 1/2"

13 10 13

10 13

JABALINA TIPO JL - 18 x L x 3 m - IRAM 2309

DETALLE P.A.T. EN POSTES DE H°A°

ARMADO EN MENSULAS COND. Y C.G.

A

A 9 C

53

4

2

1

CABLE A° G°

50 mm2

DETALLE A

8

10

6

2

1

DETALLE B

4 3

9

3

7

DETALLE C

5 2

"P.A.T." INFERIOR MONOPOSTE"P.A.T." INFERIOR TRIPOSTE

1

2

3

4

5

6

7

8

9

10

11

12

13

8

SOLDADURA EXOTERMICA P/CABLE-CABLE TIPO XA - IRAM 2315

MOSETO A COMPRESIOIN PARA CABLE TIPO COOP:50 mm2 Y JABALINA TIPO JL

ESPARRAGO Bronce o Ac. Inox. Ø 1/2" x 75 mm

MORSETO BIFILAR BRONCE ESTAÑADO P/ CABLE AC.G° 50 mm2

Gustavo Alberdi
Ejemplar Sin Valor
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ARMADURA BASE H°

DETALLE P.A.T. EN POSTES DE TUBULARES

1 - CONEXION A JABALINA

EMPALME JABALINA A COMPRESION

DENOMINACION

TUERCA EXAG. Ac G° Ø 1/2"

ESPARRAGO Ac. G° Ø 1/2" x 80 mm - MN 1101C

ARANDELA PLANA Ac. G° Ø 1/2"

MORSETO A COMPRESION P/CABLE Y JABALINA

TERMINAL A COMPRESION P/CABLE Ac G° 50 mm2 - MN 94E

MANGUERA FLEXIBLE REF. Ø 25 mm

CABLE Ac. G° 50 mm2 - 19 HILOS IRAM 722

CABLE Ac - Cu 50 mm2 IRAM 2467

JABALINA TIPO JL - 18 x 3 m - IRAM 2309 - MN 554

MN 1018A

MATERIAL NORMASN°

1

2

3

4

5

7

8

9

10

11

12

A

8

10

34

1

2

7

10

8

9 7

POSTE H°A°

DETALLE A DETALLE B

ARANDELA ELASTICA Ac. G° Ø 1/2"

13

ARMADURA BASE H°

10

6

5

A

8

6

5

BARRA PARA P.A.T. Ø 8 mm

DETALLE P.A.T. EN POSTES DE H°A°

54

3

DETALLE P.A.T. EN POSTES DE H°A°

11

12

B13

6

MN 1030

MN 1003A

PARA IMPRIMIR EN FORMATO A4 PLOT 1/32

SELEC VERT INF IZQ A VERT SUP DER

ROT EN X=3 ROT Y=-6

EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA DE SANTA FE

OBRA N°

PROYECTO

CAD

PROY. OBRAS ELECTROM.

GERENCIA DESARROLLO

UNIDAD PROYECTOS

AREA INGENIERIA

PROY. OBRAS CIVILES

FECHA:

ESCALA:

RUTA DE ARCHIVO

O

Ing.R.Paez de la Torre

E-339

Téc. Ramón Gorostidi

Ing. R. Perez

Ing. D.BrizuelaLic. R. Catinot

P.T.C. O. Maldonado

-04

C:\jobs\calchines pot

MAR/09

S/E

MODIFICACIÓN L.A.T. PCIAS. UNIDAS-ROSARIO OESTE

DETALLE DE PUESTA A TIERRA 1

E

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JORGE NEWBERY

36

LINEA EXISTENTE EN ESTRUCTURAS RETICULADAS SE DESMONTAN TORRES 49 A 65.

LINEA EXISTENTE QUE SE DESMONTA

SCHWEITZER

AV

. CIR

CU

NV

ALA

CIO

N 2

5 D

E M

AY

O

ARROYO LUDUEÑA

1 -

REFERENCIAS:

1

EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA DE SANTA FE

OBRA N°

PROYECTO

CAD

PROY. OBRAS ELECTROM.

GCIA. DE INFRAESTRUCT.

UNIDAD PROYECTOS

AREA INGENIERIA

PROY. OBRAS CIVILES

FECHA:

ESCALA:

RUTA DE ARCHIVO

O

de la Torre

Ing. R. Paez

E-

Fernando Delgadino

Ing. R. Perez

Ing. D. BrizuelaLic. R. Catinot

P.T.C. O. Maldonado

-03

C:\Al-trazado

ENERO/09

S/E

MODIF. L.A.T. PCIAS.UNIDAS-ROSARIO O.

TRAMO L.A.T. EN ESTR: RETICULADAS A DESMONTAR

E

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JORGE NEWBERY

36

SCHWEITZER

ARROYO LUDUEÑA

1

PROYECTO PROY. OBRAS ELECTROM.

FECHA:

ESCALA:

ENERO/09

S/E

SCHWEITZER

Tendido en 132 Kv - ALDEA

Actual Proyecto alternativo Proyecto suspendido

EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA

INGENIERIA ROSARIO

R.G

.C.

DIBUJADO

PROYECTADO

APROBADO

ESC.:

PROY. N. FECHA: ARCHIVO: PLANO Nro.

R.G.C.

A.DOWD

S/E

Tendido 132 Aldea.dwg

PROYECTO RED 132 kV

Alternativa 3a

- ALDEA - ROSARIO -

EMPRESA PROVINCIAL DE LA

ENERGIA

INGENIERIA ROSARIO

R.G.C.

DIBUJA

DO

PROYECTADO

APROBADO

ESC.:

PROY. N.

FECHA:

ARCHIVO:

PLA

NO Nro.

R.G.C.

A.DOWD

S/E

Tendido 132 Aldea.dwg

PROYECTO RED 132 kV

- ALDEA - ROSARIO -

Gustavo Alberdi
Ejemplar Sin Valor
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GRANDOLI Y LAGUNA

16030861

LA GALLEGA

16030796

16030684

DERQUI 76

16031131

PJE. ARATA 91

16030499

BARRIO CRISTALERIA

16030451

OLMOS

16030452

STELLA MARIS

16030423

CIRCUNVALACION

16030291

SANCHEZ DE LORIA

16030295

BV. ARGENTINO

16030299

16030308

CALLE 18

16030025

16030207

JARDIN GRAFICO

16030023

FISHERTON

16030177

GALVEZ

16030185

BRASSEY

16030110

COLOMBRES 15 Bis

16030113

INSEMINACION ARTIFICIAL

16030125

JOCKEY CLUB I

16030904

J. INGENIEROS Y WILD

16030918

JOSE INGENIEROS Y AC

16030940

J. J. PEREZ Y BOUCHARD

16030975

VENEZUELA Y J. J. PASO

16030979

VENEZUELA Y J. INGENIEROS

16030981

CORDOBA Y WILDE

16030997

SANCHEZ DE LORIA Y N

16030865

A. CONDARCO Y J.J. PASO

16030887

VENEZUELA Y BV. ARGE

16030890

FRIULI Y URQUIZA

16030760

BO. 7 DE SEPTIEMBRE I

16030823

ACEVEDO Y J. J. PASO

16030691

OLMOS Y BRASSEY

16030693

BRASSEY Y TARRAGONA

16030696

J. J. PASO Y DONADO

16030723

INSEMINACION II

16030744

CALLE 3

16030749

HOSTAL DEL SOL I

16030751

HOSTAL DEL SOL III

16030677

VIALIDAD PROVINCIAL

16030680

TUCUMAN 83

16030685

DONADO 10

16030686

DONADO 9

16030563

BARRIO GRAFICO

16030595

LA ANTARTIDA

16030543

BARRIO MARC

16030551

CRISTALERIA CUYO II

16030750

HOSTAL DEL SOL II

16030733

SAN ANTONIO

16030732

SAN EDUARDO

16030688

16030639

16030638

BO. 7 DE SEPTIEMBRE I

16030386

MERCADO FISHERTON

16030205

MARINI-VARESIO

16030748

JOCKEY CLUB II

16031083

ESSO SAPA

16030903

CARREFOUR

16031035

ALDEA III

16030985

ALDEA I

16031034

ALDEA II

16031017

MALABIA Y J. B. JUSTO

16030787

ALV. CONDARCO Y CORDOBA

16030797

MUIÑO 140

16031012

ACEVEDO Y AZCUENAGA

16030144

RIMINI

16031074

BERVERAGE

16031084

COTO CIRCUNVALACION

16031111

HOSTAL DEL SOL IV

16031115

ALDEA IV

NUEVO ALBERDI

16031094

BOLIVIA Y SCHWEITZER

16030387

LARRECHEA NORTE

16030342

PARQUE FIELD I

16030343

PARQUE FIELD II

16030362

BLAS PARODI

16030298

SIFLOMAN

16030333

M.A.R.

16030266

OBRADOR PARQUE FIELD

16030289

SEVEN UP

16030225

LAMINFER

16030105

MARCOS PAZ

16030919

MEJICO Y URQUIZA

16030089

NICARAGUA

16030783

SANTA FE 72

16030071

PROVINCIAS UNIDAS

16030671

ENTEL FISHERTON

16030562

BARRIO 10 DE MAYO

16030569

BARRIO 10 DE MAYO

16030575

BARRIO 1º DE MAYO "D"

16030576

BARRIO 10 DE MAYO

16030577

BARRIO 10 DE MAYO

16030599

GENOVA

16030520

CRISTALERIA SAN VICENTE

16030523

BARRIO LIETTI

16030536

DESCOURS CABAUD

16030054

NICARAGUA Y J. J. PASO

16030555

LA EGIPCIANA

16030667

CASIANI IV

16030649

CASIANO III

16030648

CASIANO I

16030636

CASIANO II

16030162

ROSQUIGLASS

16030668

MEINERS

16030922

POLIMUNDI

16030142

PASADENA

16030902

ROSARIO REFRESCOS

16031113

VIDOSEVICH

16030770

F.A.E.

16031092

GENOVA Y COLOMBIA

16031105

J.J. PASO Y COLOMBIA

16031110

J.J. PASO Y MEJICO

GRANDOLI Y LAGUNA

16030861

LA GALLEGA

16030796

16030684

DERQUI 76

16031131

PJE. ARATA 91

16030499

BARRIO CRISTALERIA

16030451

OLMOS

16030452

STELLA MARIS

16030423

CIRCUNVALACION

16030291

SANCHEZ DE LORIA

16030295

BV. ARGENTINO

16030299

16030308

CALLE 18

16030025

16030207

JARDIN GRAFICO

16030023

FISHERTON

16030177

GALVEZ

16030185

BRASSEY

16030110

COLOMBRES 15 Bis

16030113

INSEMINACION ARTIFICIAL

16030125

JOCKEY CLUB I

16030904

J. INGENIEROS Y WILD

16030918

JOSE INGENIEROS Y AC

16030940

J. J. PEREZ Y BOUCHARD

16030975

VENEZUELA Y J. J. PASO

16030979

VENEZUELA Y J. INGENIEROS

16030981

CORDOBA Y WILDE

16030997

SANCHEZ DE LORIA Y N

16030865

A. CONDARCO Y J.J. PASO

16030887

VENEZUELA Y BV. ARGE

16030890

FRIULI Y URQUIZA

16030760

BO. 7 DE SEPTIEMBRE I

16030823

ACEVEDO Y J. J. PASO

16030691

OLMOS Y BRASSEY

16030693

BRASSEY Y TARRAGONA

16030696

J. J. PASO Y DONADO

16030723

INSEMINACION II

16030744

CALLE 3

16030749

HOSTAL DEL SOL I

16030751

HOSTAL DEL SOL III

16030677

VIALIDAD PROVINCIAL

16030680

TUCUMAN 83

16030685

DONADO 10

16030686

DONADO 9

16030563

BARRIO GRAFICO

16030595

LA ANTARTIDA

16030543

BARRIO MARC

16030551

CRISTALERIA CUYO II

16030750

HOSTAL DEL SOL II

16030733

SAN ANTONIO

16030732

SAN EDUARDO

16030688

16030639

16030638

BO. 7 DE SEPTIEMBRE I

16030386

MERCADO FISHERTON

16030205

MARINI-VARESIO

16030748

JOCKEY CLUB II

16031083

ESSO SAPA

16030903

CARREFOUR

16031035

ALDEA III

16030985

ALDEA I

16031034

ALDEA II

16031017

MALABIA Y J. B. JUSTO

16030787

ALV. CONDARCO Y CORDOBA

16030797

MUIÑO 140

16031012

ACEVEDO Y AZCUENAGA

16030144

RIMINI

16031074

BERVERAGE

16031084

16031111

HOSTAL DEL SOL IV

16031115

ALDEA IV

NUEVO ALBERDI

16031094

BOLIVIA Y SCHWEITZER

16030387

LARRECHEA NORTE

16030342

PARQUE FIELD I

16030343

PARQUE FIELD II

16030362

BLAS PARODI

16030298

SIFLOMAN

16030333

M.A.R.

16030266

OBRADOR PARQUE FIELD

16030289

SEVEN UP

16030225

LAMINFER

16030105

MARCOS PAZ

16030919

MEJICO Y URQUIZA

16030089

NICARAGUA

16030783

SANTA FE 72

16030071

PROVINCIAS UNIDAS

16030671

ENTEL FISHERTON

16030562

BARRIO 10 DE MAYO

16030569

BARRIO 10 DE MAYO

16030575

BARRIO 1º DE MAYO "D"

16030576

BARRIO 10 DE MAYO

16030577

BARRIO 10 DE MAYO

16030599

GENOVA

16030520

CRISTALERIA SAN VICENTE

16030523

BARRIO LIETTI

16030536

DESCOURS CABAUD

16030054

NICARAGUA Y J. J. PASO

16030555

LA EGIPCIANA

16030667

CASIANI IV

16030649

CASIANO III

16030648

CASIANO I

16030636

CASIANO II

16030162

ROSQUIGLASS

16030668

MEINERS

16030922

POLIMUNDI

16030142

PASADENA

16030902

ROSARIO REFRESCOS

16031113

VIDOSEVICH

16030770

F.A.E.

16031092

GENOVA Y COLOMBIA

16031105

J.J. PASO Y COLOMBIA

16031110

J.J. PASO Y MEJICO

(70050) MUIÑO

(22300) ALIPPI (22300) ALIPPI

(89300) PJE. STELLA

(11900) CALLE N°1514

(11650) PJE. 1508

(11550) CALLE N°1506

(64550) MALABIA

(11450) PJE. 1504

(70050) PJE. MUINO

(70050) PJE. MUINO

(37350) PJE. CASAUX

(72150) PJE. O CONNOR

(79050) LOS PODESTA

(59650) JU

AREZ CELM

AN

(24950) PJE. ARATA

(27600) AV. AZCUENAGA

(64550) MALABIA

(11900) CALLE 1514

(24950) PJE. ARATA (43000) AV. CORDOBA (2

0700) M. A. ACEVEDO

(27600) AV. AZCUENAGA

(36050) CARCANO

(59650) JUAREZ CELM

AN

(23100) PJE. AMBATO

(65450) MARADONA

(12000) PJE. 1518

(75550) J. J. PASO

(91250) TIMBO

(67650) PJE. MERCEDARIO

(91400) PJE. TOBAS

(87350) SARRATEA

(73000) OLM

OS

(92850) PJE. URDINARRAIN

(58450) J. INGENIEROS

(56200) PJE. GURI

(52900) GARCIA DEL COSSIO

(55750) PJE. GUAYCURU

(36450) PJE. CAROBERA

(91400) PJE. TOBAS

(58450) JOSE INGENIEROS

(92850) URDINARRAIN

(53450) AV. GENOVA

(70950) PJE. NAZCA

(60000) J. B. JUSTO

(44650) PJE. CURUPAY

(87800) PJE. SEBER

(0520) CALLE 1460

(10600) CALLE 1462

(91400) PJE. TOBAS

(22550) A. CONDARCO

}(87250) PJE. SARJAR

(85000) PJE. SOSNEADO

(92650) UGARTECHE

(8850) CALLE 1426

(8850) CALLE 1426

(6800) CALLE 1367

(5200) CALLE 1333

(51300) FORNELLS

(73950) PAGANO

(55000) GRANDOLI

(5100) CALLE 1331

(94900) VIEYTES

(52400) GALILEO

(61700) LAVALLEN

(66500) MATHEU

(50450) PJE. FICARELLI

(31600) BV. BOUCHARD

(55050) BV. J. GRANEL

CNEL. FONTANA

(89550) AV. J. SUAREZ

(75850) PAUNERO

(40750) CIUDADELA

(3900) LA CERAMICA

(88900) SOMOZA

(51050) FONTANA

(66500) MATHEU

(55000) GRANDOLI

(94900) VIEYTES

(55000) GRANDOLI

FINTESCU

BESSONE

MIRANDOLO

ABBADIA

RIVA

RONCAGLIA

TALUCO

VIOTTO

OBI

BISOGNETTE

(93050) URQUIZA

AVENIDA DE CIRCUNVALACION 25 DE MAYO

(59650) JU

AREZ CELM

AN

(81850) LA REPUBLICA

(41350) COLOMBIA

(93950) AV. 25 DE MAYO

(93950) AV. 25 DE MAYO

(92850) PJE. URDINARRAIN

(71500) NICARAGUA

(67750) MEJICO

(35250) PJE. CAMOATI

(78250) PJE. PIRAYU

(66000) MARTINEZ ESTRADA

(22550) A. CONDARCO

(43000) AV. CORDOBA

(87750) PJE. TOBAS

(93950) AV. DE CIRCUNVALACION 25 DE MAYO

(87750) SCHWEITZER

(64950) NANDUTI

(64900) MANDISOVI

(35650) CANDELARIA

(53450) GENOVA

(92850) PJE. URDINARRAIN

(53450) AV. GENOVA

(80650) PJE. QUICHUAS

(80550) PJE. QUERANDIES

(23750) PJE. ANCAMAYU

(60000) JUAN B. JUSTO

(33350) PJE. CACHI

(55750) PJE. GUAYCURU

(9750) PJE. 1444

(9850) PJE. 1446

(9950) PJE. 1448

(64950) MANDIYU

(33700) CAICOBE

(39500) CHAMPAQUI

(72100) NUSTA

(27400) GAUNA

(10450) PJE. 1459

(90450) TARRAGONA

(66000) MARTINEZ ESTRADA

(66000) MARTINEZ ESTRADA

(9900) PJE. 1447

(9800) PJE. 1445

(9700) PJE. 1443

(9600) CALLE 1441

(51900) PJE. FRENCH

(96300) BV. WILDE

(96300) BV. WILDE

(81850) LA REPUBLICA

(45600) PJE. DEFFILIPIS NOVOA

(12150) PJE. 1524

(57200) PJE. HOMERO

(71300) AV. JORGE NEWBERY

(52900) AV. GARCIA DEL COSSIO

(7800) AV. 1403

(7700) CALLE 1401

(71300) AV. JORGE NEWBERY

(8000) CALLE 1407

(7900) CALLE 1405

(96300) BV. WILDE

(8350) CALLE 1414

(54250) GONZALEZ DEL SOLA

R

(38800) AV. CENTRAL

(7950) CALLE 1406

(8050) CALLE 1408

(90450) TARRAGONA

(8150) CALLE 1410

(7800) AV. 1403

(7700) CALLE 1401

(7800) AV. 1403

(7800) AV. 1403

(7800) AV. 1403

(8250) CALLE 1412

(7800) AV. 1403

(41750) COMENIUS

(23150) AMBROSETTI

(69500) AV. MORRISON

(54250) G. DEL SOLAR

(96300) BV. WILDE

(96300) BV. WILDE

(96300) BV. WILDE

(31800) BRASIL

(39850) CHASSAING

(59850) JUNIN

(78400) PJE. PITAGORAS

(94150) VELEZ SARSFIELD

(71500) NICARAGUA

(93950) AV. 25 DE MAYO

JORGE NEWBERY

(8100) CALLE 1409

(8550) CALLE 1418

(22550) ALVAREZ CONDARCO

(8450) CALLE 1416

(52900) GARCIA DEL COSSIO

(71300) AVDA. JORGE NEWBERY

(20700) ACEVEDO

(8500) CALLE 1417

(8400) CALLE 1415

(7800) AVDA. 1403

(8300) CALLE 1413

(8200) CALLE 1411

(8100) CALLE 1409

(8500) CALLE 1417

(8400) CALLE 1415

(8750) CALLE 1424

(8650) CALLE 1422

(8600) CALLE 1420

(8300) CALLE 1413

(8950) CALLE 1428

(8200) CALLE 1411

(7800) AVDA. 1403

(7750) CALLE 1420

(11250) DIAGONAL 1478

(11300) DIAGONAL 1480

(46900) DONADO

(38800) AV. CENTRAL

(7850) PJE. 1404

(86000) SANCHEZ DE LORIA

(93950) AV. DE CIRCUNVALA

CION 25 DE MAYO

(21700) AV. PRESBITERO ALBERTI

(58450) JOSE INGENIEROS

(93950) 25 DE MAYO

(93950) AV. DE CIRCUNVALA

CION 25 DE MAYO

(43750) PJE. CRAIG

(51900) FRENCH

(94350) VENEZUELA

(94350) VENEZUELA

(75550) J. J. PASO

(27450) PJE. AYMARA

(81850) LA REPUBLICA

(40300) PJE. CHIZZINI

(87350) SARRATEA

(72950) PJE. OLLEROS

(31900) AV. BRASSEY

(12050) PJE. 1520

(67750) MEJICO

(31800) BRASIL

(41350) COLOMBIA

(64800) PJE. MAMBORETA

((52900) GARCIA DEL COSSIO

(96300) BV. WILDE

(25600) BV. ARGENTINO

(73000) OLM

OS

(96300) WILDE

(41750

) COME

NIUS

(76750) PENN

(41750) COMENIUS

(22550) A. CONDARCO

(64550) MALABIA

(8600) CALLE 1420

(8650) CALLE 1422

(8750) CALLE 1424

(87750) SCHWEITZER

(9000) CALLE 1429

(8900) CALLE 1427

(8800) CALLE 1425

(8700) CALLE 1423

(65450) MARADONA

(59650) J. CELM

AN

(65450) MARADONA

(70850) NAZCA

(86000) SANCHEZ DE LORIA

(24650) APIPE

(27450) PJE. AYMARA

(46900) DONADO

(51900) FRENCH

(82) PJE. FRANKLIN

(9550) PJE. 1440

(9650) PJE. 1442

(33350) PJE. CACHI

(59250) JACARANDA

(46900) DONADO

(84450) PJE. RUIZ

(41150) COLOMBRES

(26750) PJE. ASCOT

(31900) AV. BRASSEY

(75550) J. J. PASO

(81850) LA REPUBLICA

(55600) GUATEMALA

(67750) MEJICO

(41350) COLOMBIA

(91250) PJE. TIMBO

(86000) SANCHEZ DE LO

RIA

(90450) TARRAGONA

(54250) GONZALEZ DEL SOLAR

(90250) TALTAVULL

(61400) PJE. LA

SSAGA

(67900) PJE. MIELI

(51800) PJE. FRANKLIN

(81850) LA REPUBLICA

(24650) PJE. APIPE

(90450) TARRAGONA

(11600) CALLE 1507

(67800) MICHELETTI

(39950) PJE. CHAZARRETA

(29450) PJE. ANA BENITO

(97450) JUEZ ZUVIRIA

(46000) PJE. DELLAROLE

(11350) PJE.1502

(11750) CALLE N°1510

(67350) PJE. MEMBRIVES

(79050) LOS PODESTA

(72200) OHIGGINS

(11400) PJE. 1503

(92650) UGARTECHE

(25600) BV. ARGENTINO

(51800) PJE. FRANKLIN

(51900) FRENCH

(21300) AGUARIBAY

(81850) LA REPUBLICA

(41550) COLOMBRES

(69500) AV. MORRISON

(25600) BV. ARGENTINO

(67800) MICHELETTI

(46000) PJE. DELLAROLLE

(41750) COMENIUS

(59750) PJE. IRLANDA

(48250) PJE. ESCOCIA

PJE. 1461

(20700) ACEVEDO

(58450) J. INGENIEROS

(70850) PJE. NAZCA

(53450) AV. GENOVA

(53450) AV. GENOVA

(90450) TARRAGONA

(54250) GONZALEZ DEL SOLAR

(60000) J. B. JUSTO

(60000) J. B. JUSTO

(2) AV. COSTANERA

(4) ZAVALIA

(19) TORRE

(115) SAN MARTIN

(88050) SERVELLERA

(28550) DE LA BARRA

(55050) BV. J. GRANEL

(90600) TEJEDA

(32500) BUFANO

(50100) FERNANDEZ MORENO

(76500) I. PEIRANO

(88900) SOMOZA

(5500) CALLE 1339

(31600) BV. BOUCHARD

(66500) MATHEU

(94900) VIEYTES

(27900) BAIGORRIA

(53400) GASCON

(53400) GASCON

(79350) PJE. POZOS

(31600) BV. BOUCHARD

(77050) J. J. PEREZ

(22750) B. ALVAREZ

(63900) LUZURIAGA

(35950) PJE. CARACAS

(31600) BV. BOUCHARD

(5400) CALLE 1337

(5450) CALLE 1338

(5500) CALLE 1339

(41550) COLOMBRES

(10600) CALLE 1462

CONTINUACION AV. GENOVA

CONTINUACION AV. GENOVA

COLEGIO PRIVADO

COUNTRY GOLF ROSARIO

36

36

NUEVA LINEA ENTRE LOS ACTUALES PIQUETES 15 Y 40A CONSTRUIR SEGUN PROYECTO A ELABORAR UTILIZANDOLAS ESTRUCTURAS QUE SE DESMONTAN.

LINEA NUEVA REUTILIZANDO ELEMENTOS DESMONTADOS

SCHWEITZER

AV

. CIR

CU

NV

ALA

CIO

N 2

5 D

E M

AY

O

ARROYO LUDUEÑA

1 -

REFERENCIAS:

13

EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA DE SANTA FE

OBRA N°

PROYECTO

CAD

PROY. OBRAS ELECTROM.

GCIA. DE INFRAESTRUCT.

UNIDAD PROYECTOS

AREA INGENIERIA

PROY. OBRAS CIVILES

FECHA:

ESCALA:

RUTA DE ARCHIVO

O

de la Torre

Ing. R. Paez

E-339

Fernando Delgadino

Ing. R. Perez

Ing. D. BrizuelaLic. R. Catinot

P.T.C. O. Maldonado

-02

C:\Al-trazado

ENERO/09

S/E

MODIF. L.A.T. PCIAS. UNIDAS-ROSARIO O.

TRAMO L.A.T. A CONSTRUIR

E

2

RETENCION ANGULAR A INSTALAR ENTRE LOS ACTUALES PIQUETES 15 Y 162 -

RETENCION ANGULAR A INSTALAR ENTRE LOS ACTUALES PIQUETES 39 Y 403 -

Page 75: Obra E-339conductores de Al/Ac 300/50 mm2 con cadenas de retención de aisladores de porcelana S22 y de aisladores del tipo Line Post de goma siliconada para las suspensiones. Como

16031131

PJE. ARATA 91

16030451

OLMOS

16030452

STELLA MARIS

16030299

16030185

BRASSEY

16030125

JOCKEY CLUB I

16030904

J. INGENIEROS Y WILD

16030918

JOSE INGENIEROS Y AC

16030981

CORDOBA Y WILDE

16030865

A. CONDARCO Y J.J. PASO

16030760

BO. 7 DE SEPTIEMBRE I

16030823

ACEVEDO Y J. J. PASO

16030691

OLMOS Y BRASSEY

16030680

TUCUMAN 83

16030543

BARRIO MARC

16030733

SAN ANTONIO

16030732

SAN EDUARDO

16030688

16030748

JOCKEY CLUB II

16031083

ESSO SAPA

16031035

ALDEA III

16030985

ALDEA I

16031034

ALDEA II

16031017

MALABIA Y J. B. JUSTO

16030787

ALV. CONDARCO Y CORDOBA

16030797

MUIÑO 140

16031012

ACEVEDO Y AZCUENAGA

16031111

HOSTAL DEL SOL IV

16031115

ALDEA IV

16031131

PJE. ARATA 91

16030451

OLMOS

16030452

STELLA MARIS

16030299

16030185

BRASSEY

16030125

JOCKEY CLUB I

16030904

J. INGENIEROS Y WILD

16030918

JOSE INGENIEROS Y AC

16030981

CORDOBA Y WILDE

16030865

A. CONDARCO Y J.J. PASO

16030760

BO. 7 DE SEPTIEMBRE I

16030823

ACEVEDO Y J. J. PASO

16030691

OLMOS Y BRASSEY

16030680

TUCUMAN 83

16030543

BARRIO MARC

16030733

SAN ANTONIO

16030732

SAN EDUARDO

16030688

16030748

JOCKEY CLUB II

16031083

ESSO SAPA

16031035

ALDEA III

16030985

ALDEA I

16031034

ALDEA II

16031017

MALABIA Y J. B. JUSTO

16030787

ALV. CONDARCO Y CORDOBA

16030797

MUIÑO 140

16031012

ACEVEDO Y AZCUENAGA

16031111

HOSTAL DEL SOL IV

16031115

ALDEA IV

(70050) MUIÑO

(22300) ALIPPI (22300) ALIPPI

(89300) PJE. STELLA

(11900) CALLE N°1514

(11650) PJE. 1508

(11550) CALLE N°1506

(64550) MALABIA

(11450) PJE. 1504

(70050) PJE. MUINO

(70050) PJE. MUINO

(37350) PJE. CASAUX

(72150) PJE. O CONNOR

(79050) LOS PODESTA

(59650) JU

AREZ CELM

AN

(24950) PJE. ARATA

(27600) AV. AZCUENAGA

(64550) MALABIA

(11900) CALLE 1514

(24950) PJE. ARATA (43000) AV. CORDOBA (2

0700) M. A. ACEVEDO

(27600) AV. AZCUENAGA

(36050) CARCANO

(59650) JUAREZ CELM

AN

(23100) PJE. AMBATO

(65450) MARADONA

(12000) PJE. 1518

(75550) J. J. PASO

(91250) TIMBO

(67650) PJE. MERCEDARIO

(91400) PJE. TOBAS

(87350) SARRATEA

(73000) OLM

OS

(92850) PJE. URDINARRAIN

(58450) J. INGENIEROS

(56200) PJE. GURI

(52900) GARCIA DEL COSSIO

(55750) PJE. GUAYCURU

(36450) PJE. CAROBERA

(91400) PJE. TOBAS

(58450) JOSE INGENIEROS

(92850) URDINARRAIN

(53450) AV. GENOVA

(70950) PJE. NAZCA

(60000) J. B. JUSTO

(44650) PJE. CURUPAY

(87800) PJE. SEBER

(0520) CALLE 1460

(10600) CALLE 1462

(91400) PJE. TOBAS

(22550) A. CONDARCO

}(87250) PJE. SARJAR

(85000) PJE. SOSNEADO

(92650) UGARTECHE

(8850) CALLE 1426

(59650) JU

AREZ CELM

AN

(81850) LA REPUBLICA

(22550) A. CONDARCO

(43000) AV. CORDOBA

(96300) BV. WILDE

(96300) BV. WILDE

(45600) PJE. DEFFILIPIS NOVOA

(12150) PJE. 1524

(57200) PJE. HOMERO

(71300) AV. JORGE NEWBERY

(23150) AMBROSETTI

(54250) G. DEL SOLA

R

(96300) BV. WILDE

(96300) BV. WILDE

JORGE NEWBERY (71300) AVDA. JORGE NEWBE

RY

(8500) CALLE 1417

(8500) CALLE 1417

(8400) CALLE 1415

(40300) PJE. CHIZZINI

(87350) SARRATEA

(72950) PJE. OLLEROS

(31900) AV. BRASSEY

((52900) GARCIA DEL COSSIO

(96300) BV. WILDE

(25600) BV. ARGENTINO

(73000) OLM

OS

(96300) WILDE

(41750

) COME

NIUS

(76750) PENN

(41750) COMENIUS

(22550) A. CONDARCO

(64550) MALABIA

(8600) CALLE 1420

(8650) CALLE 1422

(8750) CALLE 1424

(87750) SCHWEITZER

(9000) CALLE 1429

(8900) CALLE 1427

(8800) CALLE 1425

(8700) CALLE 1423

(65450) MARADONA

(59650) J. CELM

AN

(65450) MARADONA

(70850) NAZCA

(54250) GONZALEZ DEL SOLA

R

(11350) PJE.1502

(11750) CALLE N°1510

(67350) PJE. MEMBRIVES

(79050) LOS PODESTA

(72200) OHIGGINS

(11400) PJE. 1503

(92650) UGARTECHE

(25600) BV. ARGENTINO

(51800) PJE. FRANKLIN

(51900) FRENCH

(21300) AGUARIBAY

(81850) LA REPUBLICA

(20700) ACEVEDO

(53450) AV. GENOVA

(54250) GONZALEZ DEL SOLA

R

(60000) J. B. JUSTO

(2) AV. COSTANERA

(4) ZAVALIA

(19) TORRE

(115) SAN MARTIN

(10600) CALLE 1462

CONTINUACION AV. GENOVA

CONTINUACION AV. GENOVA

COLEGIO PRIVADO

COUNTRY GOLF ROSARIO

36

36

LINEA NUEVA REUTILIZANDO ELEMENTOS DESMONTADOS

SCHWEITZER

ARROYO LUDUEÑA

13

PROYECTO PROY. OBRAS ELECTROM.

FECHA:

ESCALA:

ENERO/09

S/E

2

16031017

MALABIA Y J. B. JUSTO

16031017

MALABIA Y J. B. JUSTO

(91400) PJE. TOBAS

(59650) JUAREZ CELM

AN

(87750) SCHWEITZER

(9000) CALLE 1429

(2) AV. COSTANERA

(4) ZAVALIA

(19) TORRE

(115) SAN MARTIN

CONTINUACION AV. GENOVA

CONTINUACION AV. GENOVA

COLEGIO PRIVADO

COUNTRY GOLF ROSARIO

36

SCHWEITZER

Tendido en 132 Kv - ALDEA

Actual Proyecto alternativo Proyecto suspendido

EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA

INGENIERIA ROSARIO

R.G

.C.

DIBUJADO

PROYECTADO

APROBADO

ESC.:

PROY. N. FECHA: ARCHIVO: PLANO Nro.

R.G.C.

A.DOWD

S/E

Tendido 132 Aldea.dwg

PROYECTO RED 132 kV

Alternativa 3a

- ALDEA - ROSARIO -

EMPRESA PROVINCIAL DE LA

ENERGIA

INGENIERIA ROSARIO

R.G.C.

DIBUJA

DO

PROYECTADO

APROBADO

ESC.:

PROY. N.

FECHA:

ARCHIVO:

PLA

NO Nro.

R.G.C.

A.DOWD

S/E

Tendido 132 Aldea.dwg

PROYECTO RED 132 kV

- ALDEA - ROSARIO -

Page 76: Obra E-339conductores de Al/Ac 300/50 mm2 con cadenas de retención de aisladores de porcelana S22 y de aisladores del tipo Line Post de goma siliconada para las suspensiones. Como

JORGE NEWBERY

36

36

T1T2

17 ESTRUCTURAS DE SUSPENSION Y 31 AISLADORES LINE POST QUE SE DESMONTAN CON SUS FUNDACIONES Y SE UTILIZARAN EN LA NUEVA LINEA A CONSTRUIR TRAZADAEN CALLE SCHWEITZER.

4 ESTRUCTURAS DE SUSPENSION CON AISLADORES LINE POST QUE SE DESMONTAN CON SUS

LINEA EXISTENTE QUE SE UTILIZA EN EL NUEVO PROYECTO. 5 ESTRUCTURAS DE SUSPENSIONDE H°A° Y 2 METALICAS DE RETENCION TODAS CON SUS AISLADORES.

FUNDACIONES Y SE UTILIZARAN EN LA NUEVA LINEA A CONSTRUIR TRAZADA EN SCHWEITZER

LINEA EXISTENTE QUE SE UTILIZA EN EL NUEVO PROYECTO. 5 ESTRUCTURAS DE SUSPENSIONDE H°A° Y 1 METALICA TERMINAL CON AISLADORES Y CONDUCTORES.

LINEA EXISTENTE QUE SE UTILIZA EN EL NUEVO PROYECTO. 13 ESTRUCTURASDE SUSPENSION DE H°A° Y DOS METALICAS DE RETENCION CON SUS AISLADORESY CONDUCTORES.

C-D LINEA EXISTENTE QUE SE DESMONTA Y REUTILIZA A-B / C-E LINEA EXISTENTE QUE SE UTILIZA

B-E LINEA EXISTENTE QUE SE DESMONTA

SCHWEITZER

AV

. CIR

CU

NV

ALA

CIO

N 2

5 D

E M

AY

O

ARROYO LUDUEÑA

1 -

REFERENCIAS:

2 -

3 -

2

3

4 -

4

5 -

5

1

EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA DE SANTA FE

OBRA N°

PROYECTO

CAD

PROY. OBRAS ELECTROM.

GCIA. DE INFRAESTRUCT.

UNIDAD PROYECTOS

AREA INGENIERIA

PROY. OBRAS CIVILES

FECHA:

ESCALA:

RUTA DE ARCHIVO

O

de la Torre

Ing. R. Paez

E-339

Fernando Delgadino

Ing. R. Perez

Ing. D. BrizuelaLic. R. Catinot

P.T.C. O. Maldonado

-01

C:\Al-trazado

ENERO/09

S/E

MODIF. L.A.T. PCIAS. UNIDAS-ROSARIO O.

PLANO GENERAL

E

A B

C

D

E

Page 77: Obra E-339conductores de Al/Ac 300/50 mm2 con cadenas de retención de aisladores de porcelana S22 y de aisladores del tipo Line Post de goma siliconada para las suspensiones. Como

JORGE NEWBERY

36

36

C-D LINEA EXISTENTE QUE SE DESMONTA Y REUTILIZA

SCHWEITZER

ARROYO LUDUEÑA

2

3

4

5

1

PROYECTO PROY. OBRAS ELECTROM.

FECHA:

ESCALA:

ENERO/09

S/E

A

C

D

E

36

SCHWEITZER

4

ETendido en 132 Kv - ALDEA

Actual Proyecto alternativo Proyecto suspendido

EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA

INGENIERIA ROSARIO

R.G

.C.

DIBUJADO

PROYECTADO

APROBADO

ESC.:

PROY. N. FECHA: ARCHIVO: PLANO Nro.

R.G.C.

A.DOWD

S/E

Tendido 132 Aldea.dwg

PROYECTO RED 132 kV

Alternativa 3a

- ALDEA - ROSARIO -

EMPRESA PROVINCIAL DE LA

ENERGIA

INGENIERIA ROSARIO

R.G.C.

DIBUJA

DO

PROYECTADO

APROBADO

ESC.:

PROY. N.

FECHA:

ARCHIVO:

PLA

NO Nro.

R.G.C.

A.DOWD

S/E

Tendido 132 Aldea.dwg

PROYECTO RED 132 kV

- ALDEA - ROSARIO -

Page 78: Obra E-339conductores de Al/Ac 300/50 mm2 con cadenas de retención de aisladores de porcelana S22 y de aisladores del tipo Line Post de goma siliconada para las suspensiones. Como

52°32'13"

17.00

35.00

17.00

35.00

17.00

35.00

4.00

95°13'5"

53°18'28"

V5

V4

L.A.T. 2x132 kV. A EMPALME SAN LORENZO

TRAZA MODIFICACION ALDEA

L.A.T. 132 kV. SORRENTO (existente)

CLUB DE GOLF

AV

. J. N

EWBE

RY

A° LUDUEÑA

V1

AREA INGENIERIA

ON°

GCIA. INFRAESTRUCTURACAD

FECHA:

OBRA N° ESCALA:

PROYECTO PROY. OBRAS CIVILES

C 01

Lic. R. Catinot Ing. D. Brizuela

S/E

Abril 2009

Téc. M. Canario

E 339

P.T.C. A. Liendo

MODIF. L.A.T. PCIAS.UNIDAS- ROSARIO O.

PLANIMETRIA L.A.T. NUEVA ENTRE T1 Y T2

P.T.C. O. Maldonado

AV. J. NEWBERYT1

TRAZA ORIGINAL ALDEA

V6

T2

T2

REFERENCIAS:

T1-V1= 729.14mV1-T2= 2402.95m

TRAZA MODIFICACION ALDEA

Longitud Total = 3102.09m

AV. SCHWEITZER

BOSQUE C

ONSTIT

UYENTE

SA° L

UDUEÑA

DETALLE

L.A.T. 132 kV.

DETALLE

AV. SCHWEITZER

LA TRAZA POR AV. SCHWEITZER, SE DESARROLLA POR EL EJE DEL CANTERO CENTRALA CONSTRUIR; DISTANTE 17.00m DE LA LINEA DE EDIFICACION SURSE REMOVERAN LAS LUMINARIAS PARA SER REUBICADAS.

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Obra E-339

Datos Técnicos Garantizados Página 1 de 13

PLANILLA DE DATOS TÉCNICOS GARANTIZADOS

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Obra E-339

Datos Técnicos Garantizados Página 2 de 13

OBRA E339 - “MODIFICACIONES TRAMO LAT 132 kV PROVINCIAS UNIDAS-

ROSARIO OESTE”

PLANILLAS DE DATOS GARANTIZADOS DE ESTRUCTURAS DE Hº Aº

Nº DESCRIPCION UNIDAD SOLICITADO GARANTIZADO1 Fabricante 2 Normas IRAM 1605 3 Método de fabricación Centrifugado 4 Resistencia característica hormigón Mpa 21 5 Recubrimiento mínimo a estribos mm 15 6 Fisuras máximas para carga de fisuración (20% rotura) mm 0,05 7 Para carga abertura de fisuras ( 30% rotura) mm 0,1

Lugar y fecha ........................................

.................................................... .................................................................... Firma del Representante Técnico Firma del proponente

Gustavo Alberdi
Ejemplar Sin Valor
Page 81: Obra E-339conductores de Al/Ac 300/50 mm2 con cadenas de retención de aisladores de porcelana S22 y de aisladores del tipo Line Post de goma siliconada para las suspensiones. Como

Obra E-339

Datos Técnicos Garantizados Página 3 de 13

OBRA E339 - “MODIFICACIONES TRAMO LAT 132 kV PROVINCIAS UNIDAS-ROSARIO OESTE”

PLANILLAS DE DATOS GARANTIZADOS DE ESTRUCTURAS

TUBULARES DE ACERO.

Nº DESCRIPCION UNIDAD SOLICITADO GARANTIZADO 1 Material: Acero tipo 2 Normas 3 Tensión de rotura 4 Tensión de fluencia 5 Forma de sección (anular, circular, cuadrada, elíptica, etc.) 6 Forma de fuste (cilíndrica, tronco cónico, cilíndrico, tronco

cónico, cilíndricas por tramos, etc.)

7 Tipo de material para el fuste: (tubos, cosido, maquinado o sin costura)

8 Procedencia (bis) 9 Fabricante: Razón social, dirección, tel., FAX, etc. adj.antecedentes

10 Diámetro exterior de la base. 11 Diámetro exterior en la cima. 12 Electrodos:

Marca. Norma.

13 Pinturas Base: Marca. Norma. Tipo.

14 Pinturas de terminación: Marca. Norma. Tipo.

15 Fijación de las ménsulas. (soldadas, abulonadas) 16 Bulones de anclaje

16.1 Tensión de fluencia 16.2 Tensión de rotura. 16.3 Módulo de elasticidad. daN/m 16.4 Torque para tuercas:

a) Tuerca: b) Contratuerca:

.................................................................... Lugar y fecha

.................................................... .................................................................... Firma del Representante Técnico Firma del proponente

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Obra E-339

Datos Técnicos Garantizados Página 4 de 13

OBRA E339 - “MODIFICACIONES TRAMO LAT 132 kV PROVINCIAS UNIDAS-

ROSARIO OESTE”

PLANILLA DE DATOS GARANTIZADOS DE AISLADORES ORGANICOS DE SUSPENSION (LINE POST)

Nº DESCRIPCION UNIDAD ESPECIFICADO GARANTIZADO1 Norma propuesta IEC 1109

IRAM 2355-2167 ETN 10a

2 Denominación MN 13 b 3 Fabricante o marca (*) 4 Material de aletas (*) 5 Acoplamiento Encastrado

c/morsa sujeción incluida

6 Tensión de servicio: 6.1- Nominal entre fases 6.2- Máxima entre fases 6.3- Máxima entre fase y tierra

kV kV kV

132 145 84

7 Montaje Suspensión 8 Frecuencia de servicio Hz 50 9 Carga mínima:

- Longitudinal - Transversal - Vertical

kN kN kN

5 30 3

10 10.1 Tensión resistida de impulso kVcr 650 Tensiones 10.2 tensión critica de impulso kV ± 700

de 10.3 tensión resistida a frecuencia

industrial bajo lluvia kV 325 + 25

ensayo 10.4 Tensión de contorneo a frecuencia industrial

kV 430 (seco)

380 (bajo lluvia)

11 Nivel máximo de tensión de RIV, para el aislador completo con todos sus accesorios, medidos s/ IRAM 2167 (IEC 437)

dB (a 1 μV)

40 (referidos a 300 Ω. medido a una t en-sión de 100 kV

fasey tierra)

12 Longitud (L) mm 1500 + 100 Dimensiones (equivalente

a cadena de 9 aisladores) Peso daN

(*)

Cantidad campana (*) Diámetro campanas mm (*)-

13 Distancia de fuga mínima mm Silicona = 2640 EPDM = 3432

14 Distancia de arco mínima mm (*)

Gustavo Alberdi
Ejemplar Sin Valor
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Obra E-339

Datos Técnicos Garantizados Página 5 de 13

NOTA: (*) A especificar por el fabricante ....................................................... Lugar y fecha

........................................................... .................................................... Firma del Representante Técnico Firma del proponente

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Obra E-339

Datos Técnicos Garantizados Página 6 de 13

OBRA E339 - “MODIFICACIONES TRAMO LAT 132 kV PROVINCIAS UNIDAS-ROSARIO OESTE”

PLANILLAS DE DATOS GARANTIZADOS DE AISLADORES ORGANICOS DE

RETENCION Nº DESCRIPCION UNIDAD ESPECIFICADO GARANTIZADO 1 Norma propuesta IEC 1109

IRAM 2355-2167 ETN 10a

2 Denominación MN 13 a 3 Fabricante o marca (*) 4 Material de aletas (*) 5 Acoplamiento Rótula 6 Tensión de servicio:

6.1- Nominal entre fases 6.2- Máxima entre fases 6.3- Máxima entre fase y tierra

kV kV kV

132 145 84

7 Montaje Retención 8 Frecuencia de servicio Hz 50 9 Carga mínima: a la tracción kN > 70

10 10.1 Tensión resistida de impulsa kVcr 650 Tensiones 10.2 tensión critica de impulso kV ± 700

de 10.3 tensión resistida a frecuencia

industrial bajo lluvia kV 325 + 25

ensayo 10.4 Tensión de contorneo a frecuencia industrial

kV 430 (seco)

380 (bajo lluvia)

11 Nivel máximo de tensión de RIV, para el aislador completo con todos sus accesorios, medidos s/ IRAM 2167 (IEC 437)

dB (a 1 μV)

40 (referidos a 300 Ω.

medido a una tensión de 100 kV

fasey tierra)

12 Longitud (L) mm 1360 ± 50 Dimensiones (equivalente

a cadena de 9 aisladores) Peso daN (*)

Cantidad campana (*) Diámetro campanas mm (*)-

13 Distancia de fuga mínima mm Silicona = 3300 EPDM = 4290

14 Distancia de arco mínima mm (*) NOTA: (*) A especificar por el fabricante

.............................................................. Lugar y fecha

........................................................... ............................................................. Firma del Representante Técnico Firma del proponente

Gustavo Alberdi
Ejemplar Sin Valor
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Obra E-339

Datos Técnicos Garantizados Página 7 de 13

OBRA E339 - “MODIFICACIONES TRAMO LAT 132 kV PROVINCIAS UNIDAS-ROSARIO OESTE”

PLANILLAS DE DATOS GARANTIZADOS DEL CONDUCTOR Nº DESCRIPCION UNIDAD SOLICITADO GARANTIZADO 1 Fabricante 2 Marca 3 Material Al/Ac 4 Norma a la que responde. IRAM 2187-ETN 49 5 Secciones nominales Al-Ac mm2 300/50 6 Sección transversal total mm2 353.5 7 Relación de las secciones Al-Ac 6 8 Diámetro exterior normal del cable mm 24,5 9 Peso total kg/km 1.227

10 Resistividad eléctrica a 20 ºC Ω mm2/m 11 Resistencia en corriente continua a 20ºC Ω/km 12 Resistencia en corriente alterna a 20ºC Ω/km 0,09486 13 Calor específico del alambre de aluminio Cal/gr ºC 14 Calor específico del alambre de acero Cal/gr ºC 15 Módulo de elasticidad de la cubierta de Al dan/mm2 5.700 16 Módulo de elasticidad del cable de acero dan/mm2 18.000 17 Coeficiente de dilatación líneal del Al 1/ºC 23 x 10-6 18 Coeficiente de dilatación lineal del Ac. 1/ºC 11 x 10-9 19 Coeficiente de variación de la resistencia eléctrica

con la temperatura del conductor 1/ºC

20 Temp. del conduc. en régimen permanente ºC 21 Intensidad de corriente nominal Amp. 22 Temp. del conduc. en régimen de

cortocircuito ºC

23 Carga de rotura mínima daN 9970 24 Longitud del cable de cada carreta m 25 Peso aproximado de los carretes cargados con el

largo de fabricación daN

26 Dimensiones del carrete 27 Partes de aluminio Números de alambres 26 28 Diámetro de cada cable mm 29 Número de capas 30 Sección transversal total mm 31 Carga mínima de rotura a la tracción de los

alambres de aluminio daN/mm2

32 Alma de acero. Número de alambres 33 Diámetro de cada alambre mm 34 Diámetro nominal del alma mm 35 Sección transversal total mm2

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Obra E-339

Datos Técnicos Garantizados Página 8 de 13

36 Carga mínima de rotura a la tracción de los alambres de acero cincado daN/mm2

Lugar y fecha ....................................................................

............................................................ ....................................................................

Firma del Representante Técnico Firma del proponente

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Obra E-339

Datos Técnicos Garantizados Página 9 de 13

OBRA E339 - “MODIFICACIONES TRAMO LAT 132 kV PROVINCIAS UNIDAS-ROSARIO OESTE”

PLANILLAS DE DATOS GARANTIZADOS DEL CABLE DE GUARDIA

Nº DESCRIPCION UNIDAD SOLICITADO GARANTIZADO1 Fabricante 2 Marca 3 Material Z n pesado 4 Norma IRAM 722/666 5 Sección nominal mm2 50 6 Sección real transversal mm2 48,26 7 Diámetro exterior del cable mm 9 8 Diámetro de los hilos mm 1,8 9 Formación hilos 19

10 Peso aproximado kg/km 394 11 Tensión específica de rotura de los hilos daN/mm2 110-125 12 Carga de rotura mínima del cable daN 5.429 13 Módulo de elasticidad inicial daN/mm2 14 Módulo de elasticidad final daN/mm2 15 Coeficiente dilatación térmica. ºC-1 11 x10 -6 16 Calor específico Cal/gr ºC 17 Densidad del acero gr/C m3 18 Coef. variación resistencia con la temperatura ºC-1 19 Resistividad eléctrica Ω mm2/m 20 Resistencia eléctrica a la temperatura ºC con corriente 21 Temperatura máxima del cable con la que no se modifiquen

sus propiedades físicas ºC

22 Longitud en cada bobina m 23 dimensiones de la bobina:

a) Díametro b) Ancho

m

m

IRAM 9590/03.87

24 Peso bruto de la bobi na aproximado (para long. nominal) kg

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Gustavo Alberdi
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PLANILLAS DE DATOS GARANTIZADOS DE ACCESORIOS PARA CONDUCTOR Y CABLE DE GUARDIA

Nº DESCRIPCION UNIDAD SOLICITADO GARANTIZADO1 Fabricante 2 Normas de ensayos 3 Empalme a compresión hexagonal para conductor Al/Ac

3.1 Modelo. 3.2 Carga mínima rotura daN 3.3 Características del material empleado p/ empalmar el alma de

acero

3.4 Características del material empleado p/ empalmar la cubierta de aluminio.

3.5 Plano de los elementos que componen el empalme debidamente acotado

Adjuntar

3.6 Se deberá adjuntar una descripción de la metología de la ejecución de empalme.

4 Empalme a compresión hexagonal para el cable de acero 4.1 Modelo 4.2 Carga mínima de rotura daN 4.3 Características del material 4.4 Planos de dimensiones Adjuntar 5 Manguito a compresión hexagonal para la reparación del

conductor

5.1 Características del material 5.2 Carga mínima de rotura daN 5.3 Plano de dimensiones Adjuntar

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ROSARIO OESTE”

PLANILLAS DE DATOS GARANTIZADOS DEL SISTEMA DE PUESTA A TIERRA

Nº DESCRIPCION UNIDAD SOLICITADO GARANTIZADO1 JABALINA

1.1 Fabricante 1.2 Norma IRAM 2309 1.3 Material Ac/Cu 1.4 Denominación JL-18L 1.5 Diámetro mm 16,20 1.6 Largo m 3 2 CABLE DE CONEXIÓN

2.1 Fabricante 2.2 Norma IRAM 2467 2.3 Material Ac/Cu 2.4 Construcción JL-18L 2.5 Diámetro del alambre mm 4,12 2.6 Sección transversal normal mm2 13,3 2.7 Masa unitaria kg/m 2.8 Resistencia eléctrica máxima a 20 oC ohms/km 4,5 3 CONECTOR

3.1 Morseto bifilar de bronce para conexión a bloquete 3.1.1 Fabricante 3.1.2 Designación 3.1.3. Material Bronce estañado 3.1.4 Recubrimiento 3.1.5 Para usar con cable 3.2 Morseto bifilar de acero para conexión

a bloquete

3.2.1 Fabricante 3.2.2 Designación 3.2.3 Material Acero cincado 3.2.4 Recubrimiento 3.2.5 Para usar con cable Ac 50mm2

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ROSARIO OESTE”

PLANILLAS DE DATOS GARANTIZADOS DEL SISTEMA DE PUESTA A TIERRA

Nº DESCRIPCION UNIDAD SOLICITADO GARANTIZADO3.3 Terminal a compresión

3.3.1 Fabricante 3.3.2 Designación 3.3.3 Material Acero cincado 3.3.4 Recubrimiento 3.3.5 Para usar con cable Ac 50mm2 3.3.6 Diámetro ojal mm

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CARTA PRESENTACION DE LA PROPUESTA

CARTA PRESENTACION DE LA PROPUESTA

La Firma............................................................................................................................. ..........................................................................................................representada legalmente por el /los Señor/es............................................................................................. .......................................................................................................................................................................................................................................................... abajo firmantes, con domicilio legal en calle .................................................................................................. Nº ................de la ciudad de ..................................................................Provincia de.....................................de la República Argentina, presenta su propuesta para la LICITACIÓN PÚBLICA N°............ .para contratar la ejecución de la OBRA E339 - “MODIFICACIONES TRAMO LAT 132 kV PROVINCIAS UNIDAS-ROSARIO OESTE” declara expresamente que: a) Conoce plenamente y acepta el contenido de la documentación de la licitación y de totalidad de las aclaraciones y comunicaciones emitidas, todo lo cual se encuentra foliado del N°............... al N° ............... b) Ha recogido en el sitio donde se ejecutarán las obras las informaciones relativas a las circunstancias locales de cualquier naturaleza que pueden influir previsiblemente sobre la ejecución de los trabajos. c) Garantiza la autenticidad y exactitud de todas sus declaraciones y autoriza a la EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA, a solicitar las informaciones pertinentes a Organismos Oficiales, Compañías de Seguros, Bancos, fabricantes de equipos o cualquier otra persona física o jurídica. d) Renuncia a cualquier reclamación o indemnización originada en error en la interpretación de la documentación del llamado a licitación. e) Conoce la normativa que se aplica a la presente licitación. f) Se compromete al estricto cumplimiento de las obligaciones asumidas en su presentación a esta licitación. Se acompaña constancia de la constitución de la garantía de oferta, consistente en (deposito en efectivo, fianza bancaria o póliza de seguro de caución, indicando banco o compañía) por la suma de pesos: .................................................................................................................. .......................................................................................................................................... ($......................................). Santa Fe, ....../....../......

...................................................... Firma del Proponente.-

Gustavo Alberdi
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CRONOGRAMA DE INVERSIONES

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CRONOGRAMA DE INVERSIONES

MESES PORCENTAJE DE INVERSIONES MENSUAL

%

PORCENTAJE DE INVERSIONES ACUMULADO

%

1 15 15

2 15 30

3 15 45

4 10 55

5 10 65

6 10 75

7 10 85

8 5 90

9 5 95

10 5 100

Gustavo Alberdi
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FORMULARIO DE LA PROPUESTA

FORMULARIO DE PROPUESTA

La firma ............................................................................................................. con domicilio legal en calle ....................................................................................... Nº................... de la ciudad de ................................................................. Pcia. de .......................................... manifiesta que, habiendo examinado los Pliegos de Bases y Condiciones, Especificaciones Técnicas, Planos y Presupuesto Oficial de la obra E339 - “MODIFICACIONES TRAMO LAT 132 kV PROVINCIAS UNIDAS-ROSARIO OESTE” y recabado en el lugar de ejecución de los trabajos los datos necesarios, se compromete a ejecutar la Obra objeto de la presente licitación, de acuerdo a los términos establecidos en la documentación antes citada, con la siguiente COTIZACION, según la discriminación efectuada en el artículo Nº 9 del pliego Complementario al P.U.B. y C.

* Son Pesos:($..............................) -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

Más: Veintiún por ciento (21%) en concepto de Impuesto al Valor Agregado, que importa la suma de Pesos ($..............................)----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

lo que hace un total de Pesos ($...............................).--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

* Este último TOTAL, representa un -------------------------------------por ciento (------------%), por _____________ (debajo o encima), con respecto al monto previsto como Presupuesto Oficial de la presente LICITACIÓN PÚBLICA N°: ________________--------------------

Declara además que renuncia a cualquier otro Fuero que pudiera corresponderle,

aceptando para dirimir cualquier cuestión judicial los Tribunales Ordinarios de la ciudad de Santa Fe, como que así también declara conocer la Ley de Obras Públicas de la Provincia de Santa Fe, la Ley de Contabilidad de esta Provincia y demás normas legales que regulan la presente licitación.-

SANTA FE, de de 200…..- __________________________

__________________________ Firma Director Técnico Firma del Proponente de la Empresa

Gustavo Alberdi
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