Obligaciones de los comerciantes

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LOS REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS COMERCIANTES PARA PERTENECER AL RÉGIMEN SIMPLIFICADO Y LAS OBLIGACIONES DE LOS COMERCIANTES INSCRITOS EN EL RÉGIMEN COMÚN. Presentado por : Cinthya Vizcaíno Fabián Santana 10-c 25-09-13

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LOS REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS COMERCIANTES PARA PERTENECER AL RÉGIMEN SIMPLIFICADO YLAS OBLIGACIONES DE LOS COMERCIANTES INSCRITOS EN EL RÉGIMEN COMÚN.

Presentado por :Cinthya VizcaínoFabián Santana10-c25-09-13

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Introducción

Es bueno resaltar los requisito y las obligaciones Del régimen simplificado y común que generan en el país cuando se utilizan adecuadamente. Sin embargo, La mayoría de los ciudadanos tienen una mala percepción en cuanto al tema de los impuestos en Colombia, ya sea por su destinación o por la alta carga impositiva que deben soportar comerciantes y en general todos los colombianos, lo cual es representado por los creativos de las caricaturas.

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Concepto

Pertenecen al régimen simplificado del

Impuesto a las ventas las Personas

naturales comerciantes y artesanos que sean

minoristas o detallistas; los agricultores y

ganaderos, que realicen operaciones gravadas,

así como quienes presten servicios gravados,

siempre y cuando cumplan con los siguientes y

con la totalidad de los siguientes requisito:

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los requisitos que deben cumplir los comerciantes para pertenecer al régimen simplificado.De conformidad con lo estipulado en el Artículo 499 del

E.T., los siguientes son los requisitos que deberán cumplir

en su totalidad, las personas naturales comerciantes y los

artesanos, que sean minoristas o detallistas; los agricultores

ganaderos, que realicen operaciones gravadas, así como

quienes presten servicios gravados, para poder pertenecer

al régimen simplificado del impuesto a las ventas durante el

año 2012.

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1. Que en el año 2011 sus ingresos brutos fiscales, provenientes del

desarrollo de actividades operacionales gravadas, (sin incluir los ingresos

por operaciones excluidas o no gravadas del impuesto a las ventas, ni los

ingresos por venta de activos fijos, ni loterías, dividendos, salarios u otro

ingreso extraordinario) no hayan excedido el límite de 4.000 UVT ó

$100.528.000

2. Que durante el año 2012 tenga máximo un establecimiento de comercio,

oficina, sede, local o negocio donde ejerza su actividad.

3. Que en el establecimiento de comercio, oficina, sede, local o negocio no

se desarrollen actividades bajo franquicia, concesión, regalía, autorización o

cualquier otro sistema que implique la explotación de intangibles.

4. No intervenir directa o indirectamente en las operaciones de importación

y/o exportación de bienes y/o servicios y/o de tránsito aduanero ni

desarrollar cualquier actividad que lo convierta en usuario aduanero.

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5. Durante el año 2011 no pudo haber celebrado contratos de

venta de bienes o prestación de servicios gravados con IVA por

cuantía individual y superior a 3.300 UVT o $ 82.936.000.

6. Durante el 2012 no puede llegar a celebrar contratos de

venta de bienes o prestación de servicios gravados con IVA por

cuantía individual y superior a 3.300 UVT ó $ 85.962.000.

7. Que el monto de sus consignaciones bancarias, depósitos o

inversiones financieras durante el año 2011 no supere la suma

de 4.500 UVT ó $113.094.000.

8. Que el monto de sus consignaciones bancarias, depósitos o

inversiones financieras durante el año 2012 no supere la suma

de 4.500 UVT ó $117.221.000.

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Las obligaciones de los comerciantes inscritos en el régimen común.

Llevar Contabilidad.

Todo comerciante debe llevar Contabilidad de

acuerdo a los Principios de contabilidad

generalmente aceptados, y esto supone

inscribirse en el Registro mercantil, donde

también deberá inscribir los Libros de

contabilidad o Libros de comercio.

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Inscribirse en el Rut

Toda persona perteneciente al régimen común

debe inscribirse en el Rut o actualizarlo si ha

estado inscrito antes como Régimen

simplificado.

Expedir factura.

El régimen común sin importar si esta o no

obligado a llevar Contabilidad, debe expedir

factura con los requisitos establecidos en el

artículo 617 del Estatuto tributario.

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Declarar

Todo responsable del régimen común esta en la

obligación de presentar bimensualmente la

respectiva declaración de IVA en los plazos que el

gobierno señale. Esta declaración se debe

presentar así durante el periodo a declarar no se

hayan realizado operaciones económicas.

La declaración de IVA no es la única declaración que

se debe presentar, puesto que existen otras como

al de Retención en la fuente y la del Impuesto de

renta.

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Obligación de informar el cese de actividades.

Los responsables del régimen común están en la

obligación de informar a la DIAN cuando cesen las

actividades gravadas con el IVA. Esto supone la

actualización o cancelación del Rut.

Si el responsable no informa el cese de actividades, ante la

DIAN seguirá siendo responsable, y debe seguir declarando,

de lo contrario si en un futuro va a cancelar el Rut, deberá

ponerse a paz y salvo con todas las declaraciones pendientes.

En términos generales, las anteriores son las principales

obligaciones que los responsables del Impuesto a las ventas

pertenecientes al régimen común, tienen con la Dirección de

impuestos.

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Bibliografía

http://www.contribuyente.org/requisitos-para-mantenerse-en-el-regimen-simplificado-durante-el-ano-2012

http://www.gerencie.com/regimen-comun.html

http://www.gerencie.com/regimen-simplificado.html

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Gracias♥