OBLIGACIONES CONDICIONALES

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Obligaciones Condicionales

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Obligaciones Condicionales

CondiciónLas condiciones son aquellas clausulas particulares las cuales modifican actos jurídicos o el contenido

del contrato, conocidas también como hechos futuros e inciertos de los cuales dependerá el

surgimiento ,extinción de la obligación o resolución del Derecho .

Las obligaciones condicionales pertenecen a un tipo de obligaciones en las cuales son

dependientes del cumplimiento de una condición para poder darse el desarrollo de la misma.

Obligaciones Condicionales

Pluralidad de condiciones La pluralidad de condiciones corresponde donde no solamente la extinción de un contrato o la eficacia del mismo puede depender de una condición singular . Existen otras dos dependencias de las condiciones:

• Acumulativas: Originan diversos hechos para así poder crear los efectos jurídicos aspirados por las partes.

• Alternativas: Al realizarse un hecho entre los demás hechos.

Hecho positivo o negativoLas condiciones pueden determinarse mediante:

• Positiva: “Algo que puede o no suceder, deberá suceder”. Ejemplo: “Si gano la lotería…”

• Negativa: “Algo que puede o no suceder, no deberá ocurrir”.

Ejemplo: “Si no paso el examen…”

Posibilidad y licitud de lacondición

Posibilidad Licitud

En caso de ser condiciones imposibles, estas pueden ser:- Positivas: requieren

efectuar un hecho irrealizable.

- Negativas: evita la realización de un hecho necesario.

Las condiciones deben de estar establecidas en hechos que puedan realizarse , deben ser validas, licitas y de acuerdo con las buenas costumbres.

Posibilidad y licitud de lacondición

La condición para poder realizarse debe de ser:• Valida.• Licita.• De acuerdo con las buenas costumbres.• La obligación de no hacer refiere a una cosa imposible.• La condición resolutoria positiva efectúa hacer algo

imposible.

No se podrá realizar al ser:• Ilícita.• Imposible.• Contra de las buenas costumbres.

Elementos de la condición

Futura InciertaConvencional

Cuando la condición se realiza posteriormente al contrato, al no darse de esta manera será una obligación pura y simple.

Se presenta a través de las partes por su voluntad, siendo expresa en el contrato para que exista la condición.

Referida a si la condiciones se va a producir o no.

Clases de las obligacionescondicionales

La ley diferencia dos categorías de condiciones:

Suspensivas Resolutorias• Son originadas en el momento

de efectuarse la condición estipulada en el contrato.

• Inicial de eficacia.• La obligación surge al cumplirse

la condición.

• Al darse y cumplirse la condición se cancelan los efectos surgidos por el contrato.

• Final de eficacia.

Dos factores determinantes de estas condiciones: acuerdo de las partes y hecho futuro convenido como condición.

Traspaso del Derecho Condicional

Causa de muerte Convenio• Derecho condicional

suspensivo: permite que pueda cesarse por herencia al surgir una muerte al momento de darse la condición.

• Deuda condicional: 1) Acreedor: pueden exigir el cumplimiento de la obligación al darse la condición. 2) Deudor: deben de cumplir la obligación con el mismo motivo.

Puede ser sometido el objeto de la obligación a otro convenio solamente si cuenta con la misma condición efectuada en el contrato inicialmente, de esta manera al darse la misma condición es posible ser realizado por un segundo y tercero.

Embargo del Derecho Condicional

• Articulo 981 del Código Civil cita: “Todos los bienes que constituyen el patrimonio de una persona responden al pago de sus deudas. Sin embargo, las clausulas de inembargabilidad son validas cuando hubieren sido impuestas en los terminaos condiciones del articulo 292.(Reformado por articulo 1 Ley N 2112 de 5 de abril de 1957)”.

• El acreedor condicional podrá solicitar el reintegro del bien condicionado a embargo o remate al cumplirse la condición.

Estados de la obligacióncondicional

Cuando la condición se ha frustrado o fallado:

Cuando la condición es ha cumplido:

Cuando la condición esta pendiente:Se presenta en el tiempo transcurrido mientras se realiza la

condición en la cual se da un estado de interinidad.

Se da la eficacia de la obligación al haberse cumplido la condición donde el deudor condicional inicia el procedo de la obligación de la

prestación ante el acreedor, este tendrá la potestad de exigir la obligación al deudor condicional.

Al desaparecer la condición se produce el fallo en la interinidad, esto al ocurrir un suceso que no debía o el que no debía ocurrir se

presenta.

Plazo para la condición

Tendrá que darse dentro del tiempo establecido, esta deberá de suceder o no, dentro del mismo para poder solicitar su realización, al no darse de esta manera surgirá el caso de condición frustrada o

fallada. En caso de no darse un plazo, la obligación no contara con un limite de

tiempo para su cumplimiento.

Cumplimiento legal o ficción de verificación

La realización de la condición es lo que produce como efectuada la obligación, por lo tanto, si el deudor

impide el cumplimiento de la misma provocaría una ficción de realización, conocida también como cumplimiento legal, la cual efectúa la eficacia.

Condición potestativa del deudor

• La voluntad del acto de personas que intervienen en el negocio.

• Depende de la voluntad del deudor. • No cuenta con una voluntad seria para poder

obligarse.