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Renca, 22 de Junio 2015. A: DOÑA VIVIANNE SUÁREZ CANDIA. JUEZ TITULAR DEL CUARTO JUZGADO DE FAMILIA DE SANTIAGO DE: SILVIA SÁEZ MUÑOZ. PSICÓLOGA COSAM RENCA. A través del presente informo acerca de la causa RUC 13-2- 0486652-4 RIT P- 7626-2013 en la cual se solicita que la menor SAVKA ISIDORA BUSTAMANTE BRIONES inicie proceso psicoterapéutico que le permita abordar la afectación emocional que habría surgido a partir de las diferentes situaciones de vulneración que habría vivenciado la niña y sobre la pertinencia de vincular a la niña de autos con su madre Al respecto: Savka Isidora Bustamante Briones, Rut 22.946.062-5, ingresa el 1º de Octubre de 2014 a COSAM de Renca, siendo evaluada por asistente social, psicóloga y psiquiatra infantojuvenil de este centro. Hasta la fecha, se han sostenido 10 sesiones de atención psicológica con la menor, una de ellas destinada a labores de psicodiagnóstico, cuyo informe se envió con anterioridad. Cabe destacar que existe una buena adherencia a tratamiento psicológico, asistiendo a todas las sesiones acompañada de su

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Renca, 22 de Junio 2015.

A: DOÑA VIVIANNE SUÁREZ CANDIA.

JUEZ TITULAR DEL CUARTO JUZGADO DE FAMILIA DE SANTIAGO

DE: SILVIA SÁEZ MUÑOZ.

PSICÓLOGA COSAM RENCA.

A través del presente informo acerca de la causa RUC 13-2-0486652-4 RIT P- 7626-2013 en la cual se solicita que la menor SAVKA ISIDORA BUSTAMANTE BRIONES inicie proceso psicoterapéutico que le permita abordar la afectación emocional que habría surgido a partir de las diferentes situaciones de vulneración que habría vivenciado la niña y sobre la pertinencia de vincular a la niña de autos con su madre

Al respecto:

Savka Isidora Bustamante Briones, Rut 22.946.062-5, ingresa el 1º de Octubre de 2014 a COSAM de Renca, siendo evaluada por asistente social, psicóloga y psiquiatra infantojuvenil de este centro.

Hasta la fecha, se han sostenido 10 sesiones de atención psicológica con la menor, una de ellas destinada a labores de psicodiagnóstico, cuyo informe se envió con anterioridad. Cabe destacar que existe una buena adherencia a tratamiento psicológico, asistiendo a todas las sesiones acompañada de su abuela paterna, con quien se ha trabajado en el manejo conductual de la menor principalmente en lo que refiere al establecimiento de normas y límites claros con la niña. Así mismo, se ha insistido en su rol protector para con ella, debiendo limitar el contacto con la figura materna de ésta, quien, según comenta la menor, la culpabilizaría por haber develado situación de vulneración a la que habría estado expuesta y tendería a descalificar a su abuela y padre. En última sesión con psicóloga, la menor comenta haber recibido llamado telefónico de la madre, quien sólo le habría comentado que le depositó el dinero concerniente a la pensión alimenticia. Se aprecia buena evolución en proceso psicoterapéutico.

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En evaluación psiquiátrica, la menor asiste con su abuela paterna. Impresiona como una niña curiosa de explorar el medio que la rodea lo que la mantiene en constante movimiento. Es cariñosa, a veces indiscriminadamente. Se insiste a la abuela el resguardo de la orden de alejamiento dictaminada por el Tribunal de Familia. A la fecha, no se le ha prescrito tratamiento farmacológico.

Es por lo anterior, que no se considera pertinente revincular a la menor con su madre, en tanto en este proceso podría estar expuesta nuevamente a situaciones de vulneración de derechos.

Es todo cuanto puedo informar

Silvia Sáez MuñozPsicóloga