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NORMA TÉCNICA NTP 350.303 PERUANA 2010 Comisión de Normalización y de Fiscalización de Barreras Comerciales No Arancelarias - INDECOPI Calle de La Prosa 138, San Borja (Lima 41) Apartado 145 Lima, Perú CALDERAS INDUSTRIALES. Inspección de las instalaciones con fines de eficiencia térmica y reducción de emisiones INDUSTRIAL BOILERS. Boilers environment Inspection for energetic efficiency and reduction 2010-03-25 1ª Edición R.05-2010/INDECOPI-CNB. Publicada el 2010-04-16 Precio basado en 27 páginas I.C.S.: 27.060.30 ESTA NORMA ES RECOMENDABLE Descriptores: Calderas industriales, inspección, instalaciones, fines, eficiencia térmica, reducción, emisiones

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NORMA TÉCNICA NTP 350.303 PERUANA 2010 Comisión de Normalización y de Fiscalización de Barreras Comerciales No Arancelarias - INDECOPI Calle de La Prosa 138, San Borja (Lima 41) Apartado 145 Lima, Perú

CALDERAS INDUSTRIALES. Inspección de las instalaciones con fines de eficiencia térmica y reducción de emisiones

INDUSTRIAL BOILERS. Boilers environment Inspection for energetic efficiency and reduction 2010-03-25 1ª Edición R.05-2010/INDECOPI-CNB. Publicada el 2010-04-16 Precio basado en 27 páginas I.C.S.: 27.060.30 ESTA NORMA ES RECOMENDABLE Descriptores: Calderas industriales, inspección, instalaciones, fines, eficiencia térmica, reducción, emisiones

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ÍNDICE

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ÍNDICE i PREFACIO ii

1. OBJETO 1 2. REFERENCIAS NORMATIVAS 1 3. CAMPO DE APLICACIÓN 2 4. DEFINICIONES 2 5. FRECUENCIA DE LAS INSPECCIONES 4 6. REQUISITOS GENERALES 4 7. INSPECCIÓN DE LA SUPERFICIE INTERIOR 10 8 INSPECCIÓN DE LA SUPERFICIE EXTERIOR 13 9. OBSERVACIONES 18 10. SEGURIDAD DE LAS INSTALACIONES 18 11. ANTECEDENTES 19 ANEXOS ANEXO A 20 ANEXO B 27

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PREFACIO A. RESEÑA HISTÓRICA A.1 La presente Norma Técnica Peruana ha sido elaborada por el Comité Técnico de Normalización de Uso racional de energía y eficiencia energética, Sub Comité de Calderas Industriales, mediante el Sistema 2 u Ordinario, durante los meses de julio a noviembre de 2009, utilizando como antecedentes a los documentos que se mencionan en el capítulo correspondiente. A.2 El Comité Técnico de Normalización de Uso racional de energía y eficiencia energética, presentó a la Comisión de Normalización y de Fiscalización de Barreras Comerciales No Arancelarias –CNB-, con fecha 2009-12-30, el PNTP 350.303:2010, para su revisión y aprobación, siendo sometido a la etapa de Discusión Pública el 2010-01-23. No habiéndose presentado observaciones fue oficializado como Norma Técnica Peruana NTP 350.303:2010 CALDERAS INDUSTRIALES. Inspección de las instalaciones con fines de eficiencia térmica y reducción de emisiones, 1ª Edición, el 16 de abril de 2010. A.3 La presente Norma Técnica Peruana ha sido estructurada de acuerdo a las Guías Peruanas GP 001:1995 y GP 002:1995. B. INSTITUCIONES QUE PARTICIPARON EN LA ELABORACIÓN DE LA NORMA TÉCNICA PERUANA Secretaría Dirección General de Electricidad -

Ministerio de Energía y Minas Presidente Fernando Jiménez Ugarte-

Pontificia Universidad Católica del Perú

Secretario Orlando Chávez Chacaltana ENTIDAD REPRESENTANTE Pontificia Universidad Católica del Perú Freddy Rojas Chávez Facultad de Ciencias e Ingeniería

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Manser S.A.C. Víctor Hugo Zevallos Valera PowerhouseBoiler Mdl Carlos Watanabe Loza Environproject Giovanna Serna La Rosa Seteca S.A.C. Luis Tartarini Pérez Colegio de Ingenieros del Perú José Luis Gamarra Supo Juan Ramírez Villegas Termodinámica S.A. Jaime Segura Cerrón FONAM Manuel Luna Hernández Consultor José Cortijo Herrera Consultor Rafael Antezana Castro Energética y Agroindustrias Carlos Navarro Sarmiento Ministerio de Energía y Minas Carlos Orbegozo Reto Jorge Montoya Galdós

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CALDERAS INDUSTRIALES. Inspección de las instalaciones con fines de eficiencia térmica y reducción de emisiones 1. OBJETO Esta Norma Técnica Peruana establece las recomendaciones que debe seguir la persona encargada de inspeccionar la instalación de una caldera y sus equipos auxiliares, con el fin de que la misma cumpla las condiciones de seguridad necesaria y su operación eficiente. 2. REFERENCIAS NORMATIVAS Las siguientes normas contienen disposiciones que al ser citadas en este texto, forman parte de esta Norma Técnica Peruana. Las ediciones indicadas estaban en vigencia en el momento de esta publicación. Como toda Norma está sujeta a revisión, se recomienda a aquellos que realicen acuerdos con base en ellas, que analicen la conveniencia de usar las ediciones recientes de las normas citadas seguidamente. El Organismo Peruano de Normalización posee, en todo momento, la información de las Normas Técnicas Peruanas en vigencia. 2.1 Normas Técnicas Peruanas 2.1.1 NTP 350.302:2009 EFICIENCIA ENERGÉTICA. CALDERAS

INDUSTRIALES. Proyecto de instalación de calderas con reducción de emisiones. Requerimientos básicos

2.1.2 NTP 350.301:2009 CALDERAS INDUSTRIALES. Estándares

de eficiencia térmica (combustible/vapor) y etiquetado

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2.2 Normas Técnicas Nacionales 2.2.1 UNE-9-013-92 CALDERAS. Sala de Calderas 2.3 Norma Técnica de Asociación ASME SECCIÓN VII Suggested rules for care power boilers SUB SECCIÓN C.5 1998 3. CAMPO DE APLICACIÓN Esta Norma Técnica Peruana se aplica a las calderas de tubos de humo (pirotubular) y de tubos de agua (acuotubular) que utilizan combustibles sólidos, líquidos y gaseosos. 4. DEFINICIONES Para los propósitos de esta NTP se aplican las siguientes definiciones: 4.1 equipos auxiliares

- sistema de tratamiento de agua. - tanque de petróleo diario. - tanque de condensado. - tanque rompe purga. - Economizador. - Intercambiadores.

4.2 inspector autorizado: Persona autorizada por el colegio correspondiente, que se responsabiliza del proceso pertinente para comprobar que la instalación de la caldera cumple las condiciones de seguridad necesarias y de operación eficiente.

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4.3 instalación de caldera: Conjunto formado por la caldera propiamente dicha y todos los equipos y/o elementos necesarios para el correcto funcionamiento de la misma. 4.4 proyecto de instalación: Conjunto de documentos que describen, como mínimo, los elementos de la instalación de la caldera, su ubicación e interrelación, condiciones de servicio y de seguridad, así como sus características técnicas. 4.5 usuario: La persona física o la empresa que utiliza la instalación de la caldera. 4.6 autoridad competente: entidad del país encargada de la designación del Inspector. 4.7 inspección interna: Revisión visual y mediante instrumentación de la estructura física interna de la caldera, debiendo cubrir todas sus partes (casco, templadores, flue, tubos, placas, tapones fusibles si los tuviera, cámara de agua, cámara de fuego, refractarios) y demás conexiones de vapor y de agua, verificadas por el inspector y coordinada con el jefe de planta 4.8 inspección externa: Revisión visual externa, pruebas en planta de la correcta operatividad de la caldera y de los equipos auxiliares, verificada por el inspector designado y coordinada con el jefe de planta

NOTA: Cuando en la presente NTP se mencione “Código” se entenderá que se refiere al Código ASME y cuando se mencione “Inspector” se entenderá que se refiere al Inspector Autorizado.

5. FRECUENCIA DE LAS INSPECCIONES Se recomienda lo siguiente:

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TABLA 5.1 - Frecuencia de inspección de operatividad

Inspección de la operatividad Estado de la caldera

Interna Externa Nueva hasta 10 años Cada 3 años anual De 10 hasta 15 años Cada 2 años anual De 15 hasta 20 años anual anual

6. REQUISITOS GENERALES 6.1 Preparación para la inspección a) La inspección externa no requiere una preparación especial con excepción de las facilidades que deberán darse al inspector como es el acceso conveniente a la caldera y sus conexiones. b) Una inspección externa comprenderá la revisión e inspección de la caldera, sus accesorios, auxiliares y conexiones, mientras la caldera está en servicio. Una forma de hacer esta revisión e inspección es la observación del adecuado funcionamiento en la operación de la caldera. c) La inspección interna requerirá una preparación mayor, principalmente enfriamiento adecuado, apertura de la unidad, junto con una perfecta limpieza de las partes expuestas a fuego y del material refractario. Es preferible que las superficies de la cámara de agua y tubos (lado agua) no se limpien, hasta después de que el inspector autorizado haya tenido la oportunidad de ver en qué condiciones se encuentran, a menos que se haya acordado lo contrario previamente antes de la inspección. d) El quemador deberá apagarse así como todo sistema que lleve calor a la caldera, las líneas de suministro de combustible deben cerrarse y bloquearse cuando se use petróleo; cuando se use gas, la línea del tren principal de las válvulas de gas de alimentación serán bloqueadas y se desconectará la energía eléctrica general de la caldera y equipos auxiliares.

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e) Cuando la caldera, cámara de agua y el refractario (si lo tuviera) se han enfriado lo suficiente para evitar el endurecimiento por calor de los depósitos internos que puedan estar presentes en las superficies de calentamiento, se recomienda que la caldera sea vaciada mientras se tenga calor suficiente que haga secar el interior de la caldera, al ventilarla abriendo los registros de hombre y de mano. f) Antes de abrir los registros de hombre o de mano y entrar a parte alguna de la caldera, deberán cerrarse las válvulas de bloqueo de vapor y de no retorno, de preferencia asegurarse o etiquetarse, y se deberán abrir los drenaje o grifos, entre las dos válvulas. Las válvulas de alimentación y de no retorno de la línea de agua de alimentación deberán estar cerradas y aseguradas y las válvulas de drenaje o grifos entre las dos válvulas abiertas. Después de vaciar la caldera, las válvulas de purga deberán desbloquearse como también las salidas de vapor entre las partes de presión. Todas las líneas de drenaje y venteo deberán abrirse a la atmósfera. g) El Inspector revisará o entrara a la cámara de agua de la caldera si ésta tuviera entrada de registro de hombre o por las entradas de registro de mano para hacer una inspección exhaustiva de las condiciones en que se encuentra la unidad, pero antes debe estar seguro de que se han ventilado debidamente. h) La cámara de combustión, tubos, flue y chimenea serán deshollinados completamente y se removerán cenizas y hollín para dar oportunidad al inspector designado de que examine todas las partes completamente. i) Todas las empaquetaduras tales como registro de entrada de mano y registro de entrada de hombre, empaquetaduras en general de la cámara de combustión deberán ser cambiadas en su totalidad obligatoriamente una vez al año pudiendo ser más veces si fuera necesario. 6.2 Evaluación de la documentación Para calderas nuevas, la autoridad competente evaluará el proyecto de instalación, el cual deberá cumplir la normatividad vigente1) para otorgarle la autorización respectiva.

1) Revisar la NTP 350.302

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Mediante la evaluación, se comprobará básicamente lo siguiente:

a) Que la caldera cuente con autorización de fabricación. b) Acta de prueba de arranque inicial (start-up) c) Que los equipos auxiliares e instalaciones anexas cumplan la normativa vigente. d) Que las especificaciones técnicas se ajusten en su contenido a lo requerido en el Código o norma respectivos, utilizados para la construcción de la caldera. e) Que en la revisión de la documentación se especifique la realización satisfactoria de la prueba hidrostática de la caldera. f) Que la sala de calderas cumpla con la normativa2) que le sea aplicable en cuanto se refiere a:

- seguridad; - ventilación; - alojamiento de equipos auxiliares;

g) Que el usuario y el operador dispongan del manual de operación y mantenimiento de la caldera y sus equipos auxiliares. h) Que el personal técnico encargado de la operación de la caldera esté convenientemente calificado y autorizado. i) Que en la sala de calderas se disponga de la información siguiente:

- Cuaderno de Parte Diario; - Reglamento de Seguridad de acuerdo a normas vigentes; - Estándares actualizados de las emisiones permisibles.

2) Revisar la UNE 9-013-92

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6.3 Examen de la instalación El Inspector comprobará básicamente lo siguiente:

a) Que el usuario cuente con el Proyecto de Instalación y la autorización de la instalación de la caldera por la autoridad competente. b) Que la caldera y sus equipos auxiliares cumplan con lo especificado en el proyecto de la instalación. c) Que la instalación eléctrica cumpla con el Código Nacional de Electricidad – utilización y normatividad técnica vigente. d) Que las indicaciones de manómetros, termómetros e indicadores de nivel se encuentren operativos, visibles y legibles. e) Que los escapes de vapor de las válvulas de seguridad, las purgas de los aparatos, y las eventuales puestas al aire de las conducciones de combustibles gaseosos están instaladas de forma segura, sin posibilidad de causar daños a personas o bienes.

6.3.1 Prueba de arranque inicial (start up) Al momento de poner en funcionamiento por primera vez la(s) caldera(s), la prueba deberá realizarse en base a lo indicado en el Código. Se recomienda que el Inspector esté presente en la prueba de arranque inicial.

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6.4 Examen de la operatividad a) Independiente del mantenimiento programado, a todas las calderas de fuerza se les debe hacer una inspección exterior e interior, de acuerdo a la frecuencia indicada en el capítulo 5. Se recomienda que un jefe o ingeniero de planta acompañe al Inspector autorizado al efectuar estas inspecciones. b) Se conservará un reporte de cada inspección, en forma uniforme para que cualquier cambio de condición pueda ser detectado y comparado, especialmente en lo que se refiere a: Espesores de incrustación, corrosión, erosión, rajaduras y otras condiciones poco comunes o anormales que transcurran por el normal trabajo de la caldera. c) En los intervalos de inspección, el Ingeniero de planta, deberá hacer una cuidadosa observación de la operación y de las condiciones de la caldera y deberá reportar inmediatamente al Jefe superior o al Inspector cualquier defecto serio, condiciones dudosas o sucesos anormales. El jefe superior o la gerencia a su vez deberán notificar a la autoridad competente y solicitar que la inspección autorizada sea efectuada. d) Después de una reparación importante aprobada por el inspector autorizado, se efectuará una prueba hidrostática conforme al Código ASME, section VIII, division I. Rules for construction of pressure vessels, 1.5 veces sobre la presión máxima admisible de trabajo. e) Que la combustión sea verificada con un analizador de gases, y cuando la caldera no posea un control autorregulable de combustión para verificar su correcta operatividad. f) Que el equipo de combustión disponga de las seguridades que le son de aplicación, en función del tipo de combustible utilizado, y que las mismas funcionen adecuadamente. g) Que el sistema de alimentación de agua funcione correctamente, verificando las condiciones de corte y arranque, verificando el nivel medio marcado en los visores de nivel y que el caudal de agua de las bombas es suficiente para mantener el nivel de agua en condiciones de máxima vaporización.

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h) Que el dispositivo de corte y de arranque del equipo de combustión, de acuerdo con la presión de servicio a la que esté regulada la caldera, actúa convenientemente. Esta comprobación se realizará reduciendo el caudal de salida del vapor, para hacer subir la presión, hasta que pare el sistema de combustión, y restableciendo a continuación el caudal de vapor, para hacer descender la presión, y finalmente controlando la presión de la nueva puesta en servicio en los quemadores de arranque automático. i) Que el dispositivo de corte del equipo de combustión actúa convenientemente ante un exceso de presión y pone en marcha la alarma auditiva. Esta comprobación se realizará "puenteando" el dispositivo de corte y arranque, según la presión del equipo de combustión, para que la presión alcance la de reglaje del dispositivo de seguridad frente a excesos de presión. Esta presión será siempre inferior a la de disparo de las válvulas de seguridad. j) Que las válvulas de seguridad actúan a una presión no superior a la presión máxima de servicio, y que permiten evacuar la totalidad del vapor producido con el equipo de combustión en la posición de máxima introducción de calor, sin que la presión llegue a superar en un 10 % la de disparo de las válvulas de seguridad y evacuando todo el vapor producido a través de estas válvulas exclusivamente y en caso que llevara dos o más válvulas las que siguen deben abrir a una presión de +/- 3 %. Durante esta comprobación, el inspector se asegurará de que el escape de vapor se evacúa fuera de la sala de calderas, de tal forma que en ningún caso pueda perjudicar a personas o bienes. k) Que no existan goteos ni fugas en las uniones embridadas o roscadas, tanto de la caldera como de la instalación, incluidas sus líneas de agua, de vapor y de combustible; que no existan fugas de los gases de la combustión en el circuito de gases de la caldera. l) Que las eventuales zonas calientes, situadas sobre los pisos de maniobra, dispongan del aislamiento térmico adecuado para la protección del personal encargado. Una vez comprobado el funcionamiento y la seguridad de la caldera y de su instalación, el Inspector se cerciorará de que han sido retirados cualquier puente eléctrico, y toda manipulación especial requeridos para la realización de las pruebas y de que la instalación queda en perfecto orden de servicio. m) El Inspector solicitará el Acta de Inspección anterior si lo hubiera.

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7. INSPECCIÓN DE LA SUPERFICIE INTERIOR 7.1 Examen de la documentación El inspector, antes de iniciar la inspección física, examinará la documentación de la caldera que, como mínimo, constará de:

a) Proyecto de la instalación y documentación complementaria. b) Libro de calderas en el que consten todas las operaciones de mantenimiento que se hayan realizado en el período transcurrido desde la última inspección. c) Acta de la última inspección, verificable de acuerdo al criterio del Inspector.

7.2 Protocolo de inspección El Inspector comprobará que la instalación está de acuerdo con la documentación examinada, según lo indicado en el apartado 7.1, y que se siguen cumpliendo todos y cada uno de los requisitos citados en el apartado 7.3. El Inspector podrá guiarse del Protocolo indicado en el Anexo A. La instalación no debería mostrar modificación alguna con respecto a la última inspección satisfactoria, pero si se hubiesen modificado alguna(s) de la(s) parte(s) de la instalación, el Inspector comprobará que se han cumplido las normas que sean de aplicación en cada caso, de acuerdo a los procedimientos ejecutados por la empresa o institución especializada. A continuación, el Inspector realizará la revisión de la caldera, de acuerdo a la normatividad vigente, según se trate de una inspección anual o correspondiente a un período de tiempo superior. Luego de la evaluación de la documentación indicada en el apartado 7.1, el Inspector verificará lo siguiente:

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a) La inspección interna de la caldera debe incluir una inspección de la estructura física con objeto de determinar si se encuentra en buenas condiciones de operación. La inspección cubrirá las condiciones de la (s) caldera (s) o generador (es) de vapor que puedan incluir cámara de agua, sobrecalentadores, recalentadores y economizadores si es que lo tuvieran con sus conexiones, lo mismo que las líneas de vapor y purga con sus conexiones y válvulas. La inspección particularmente incluirá una revisión de los defectos y reparaciones efectuadas de acuerdo con las notas de los reportes de inspección hechos con anterioridad. b) Después de que todas las partes sujetas a presión han sido examinadas en cuanto a depósitos e incrustaciones, todas estas superficies deben limpiarse perfectamente en su interior ya sea lavándolas o por métodos mecánicos o químicos, a fin de presentar la superficie limpia del metal para la inspección del Inspector. Cuando se emplee un método de limpieza a base de substancias químicas, deberá hacerse un lavado generoso en las partes a presión para quitar todos los residuos de las sustancias químicas. Mientras se efectúa el lavado de los interiores de la caldera deben tomarse las precauciones necesarias de seguridad y procurar bastante ventilación al sistema. En estas precauciones debe incluirse evitar salpicaduras en el concreto, ladrillos, etc. especialmente durante el vaciado; y la protección del personal con gafas, careta, guantes de huele y otras ropas de protección, mientras esté expuesto a las substancias químicas. Después de limpiar las partes sueltas de incrustaciones y depósitos acumulados mediante proceso químico se recomienda realizarle una protección química llamado “pasivamiento” para la preservación y prolongación de la vida útil de la (s) caldera (s). El refractario deberá secarse cuidadosamente al encender la caldera nuevamente. c) De ser posible para realizar esta inspección, se recomienda usar una conexión de bajo voltaje de 12 voltios -24 voltios con cable vulcanizado tipo 2 x 2,5 mm2 y deberán usar lámparas de 12 voltios - 24 voltios, o menos portátiles, alimentadas por un transformador o baterías. Solamente se usarán cables de extensión debidamente aprobados, con conexiones a prueba de agua. Para las lámparas y todas las conexiones, la inspección deberá hacerse fuera de la caldera. Los focos estarán protegidos con cubiertas a prueba de explosión. Los portalámparas, las cubiertas de las lámparas y accesorios deberán estar debidamente conectadas a tierra con protección termo magnética contra cualquier corto circuito que pudiera ocurrir en la inspección. d) Se inspeccionarán todas las conexiones de vapor, alimentación y drenajes para ver que no exista ninguna fuga y que se encuentren en buenas condiciones de operatividad.

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e) Se hará una inspección exhaustiva del interior de la caldera para descubrir si existen fisuras, templadores fisurados o rotos, corrosión, erosión, incrustaciones y partes adelgazadas en el casco y tubos de la cámara de agua y si existen señales de grasa, aceite o depósitos similares en ésta. f) El interior de los tubos se examinará para descubrir incrustaciones o depósitos. El espacio entre tubos, en el caso de una caldera con tubos de humo, deberá examinarse colocando una lámpara entre los tubos con objeto de asegurarse que no hay obstáculos en la circulación del agua, picaduras. En las calderas de tubos de agua, se examinarán los extremos de los tubos para ver si hay desgaste de metal, si hay signos de fragilización y si hay tubos desgastados. g) Deberán inspeccionarse las condiciones de la tubería interna de alimentación de agua a la caldera desde el tanque condensado hasta la entrada de agua de la caldera así como filtros y demás conexiones y que no exista goteo alguno. h) Si se usan tapones fusibles, véase que estén en buenas condiciones y que no se usen por más de un año como lo previene el Código. Cuando la caldera esté abierta limpie y pula la superficie del tapón fusible, así como la superficie contigua al tapón. Si el metal del fusible no se ve bueno, cambie el tapón fusible; nunca rellene el tapón si no es con metal nuevo de la calidad especificada en el Código. i) El Inspector entrará a la cámara de combustión de la(s) caldera(s) para revisar en que condiciones se encuentran flue, placas, tubos, refractario y revisar los deflectores. j) El Inspector deberá examinar el refractario para ver si hay grietas, asentamientos y ladrillos flojos, que puedan recargarse indebidamente en las diversas partes de la caldera. Cuando se use tabique refractario como aislante de la estructura de acero, deberá examinarse para ver que se encuentre en buenas condiciones y que el espacio para el aire, si debe existirse mantenga. El recubrimiento refractario del hogar debe ser examinado para ver si tiene desprendimientos superficiales, grietas o asentamientos. En las calderas de tubos de agua verticales, la pared-altar del hogar deberá inspeccionarse de manera que el domo de lodos esté debidamente protegido. En las calderas de tubos de agua rectos, ya sea que tengan cabezales seccionados o no, las paredes frontales y posteriores deberán examinarse para estar seguros de que la parte inferior de los cabezales están debidamente protegidos. El tabique o el refractario de protección del domo, deberá ser examinado cuidadosamente para estar seguro que las placas del domo no estén directamente expuestas a la flama o gases. El Inspector examinará las mamparas y paredes,

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en especial para ver que no tengan agujeros que ocasionen que se acorte al circuito de gases. Las condiciones defectuosas del refractario y/o aislamiento pueden ser detectadas durante la operación por localización de puntos calientes sobre la cubierta metálica exterior u otro recubrimiento exterior del hogar y la caldera. 7.3 Acta de inspección interior Además de dejar constancia en el Libro de Calderas, el Inspector levantará un Acta de inspección interior, por duplicado, del resultado de la inspección, ensayos y pruebas realizadas, indicando la fecha de la inspección realizada y la identificación de la persona o empresa que las realizaron, de acuerdo a la normatividad vigente. Una copia de dicho Acta le será entregada al usuario para que la conserve y sea presentada en la siguiente inspección. 8. INSPECCIÓN DE LA SUPERFICIE EXTERIOR Cada vez que la caldera necesite una reparación de alguna de sus partes sometidas a presión, o que la sala de calderas deba modificarse en relación con el proyecto original de la instalación, el usuario deberá notificar previamente al Inspector sobre el alcance de la reparación y/o modificación a realizar y sobre la empresa o el personal que va a llevarlo a cabo. Una vez finalizada la reparación o modificación, el Inspector procederá a revisarla para dejar constancia de que la instalación sigue siendo segura para personas y bienes. 8.1 Protocolo de inspección Deberá presentar el acta anterior. La inspección de la operatividad de la caldera se realizará de acuerdo a la normatividad vigente, tomando como base el Protocolo indicado en el Anexo A, y que incluya:

- Datos generales de la empresa. - Características de la caldera. - Instalación de reducción de emisiones. - Quemador. - Sistema de alimentación de agua.

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- Sistema de purgas. - Chimenea. - Equipos auxiliares. - Sistemas de seguridad. - Parámetros operativos. - Programa de reducción de emisiones. - Costos. - Informe maestro.

8.2 Examen de la documentación El Inspector comprobará la memoria técnica, correspondiente a la reparación o a la modificación de la instalación, realizada por la empresa responsable, respectivamente, de la misma. En dicha memoria se indicará el alcance de la reparación o de la modificación, y se incluirá información sobre los códigos o normas a utilizar, justificando su cumplimiento en lo que se refiere a los materiales, procesos de soldadura homologados y operarios cualificados a emplear, así como a los ensayos a realizar. Además de estas comprobaciones, el Inspector tendrá a su disposición:

- El proyecto aprobado de la instalación original. - El libro de caldera puesto al día. - Acta de la última inspección realizada.

8.3 Examen de la instalación Según sea el alcance de la reparación o modificación de la instalación, el inspector requerirá, tras la inspección visual correspondiente, los ensayos que estime oportunos para asegurar que la reparación o modificación no incumple la normativa en relación con la seguridad de personas y bienes.

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En todos los casos en que se haya realizado una reparación de las partes sometidas a presión de la caldera, se realizará una prueba hidrostática, según normas nacionales o su equivalente internacional (ASME), a la presión de 1,5 veces la presión máxima admisible de trabajo. Tras esta prueba hidrostática (en los casos de reparación de alguna de las partes sometidas a presión de la caldera y en cualquier caso de modificación de la instalación que afecte al funcionamiento de la caldera) se efectuará una comprobación de funcionamiento de la caldera de acuerdo con lo indicado en el apartado 6.4 para el caso de instalación nueva. a) Se comprobará que se tiene provisión adecuada para expansión y contracción de la caldera y su recubrimiento, y que todos los soportes están en buenas condiciones para soportar la carga que actúa sobre ellos. Se recomienda colocar marcas permanentes de referencia en la(s) caldera(s) y demás equipos auxiliares. b) Se hará una inspección para comprobar si hay corrosión en el exterior del casco de la caldera de los tubos y que no haya fugas en las válvulas, tuberías, salida de gases y líneas de drenaje en general. c) El Inspector deberá reportar la falta de orden y limpieza. Los materiales para reparación o para mantenimiento no deberán almacenarse de manera que obstruya el acceso adecuado a la (s) caldera (s), o quemadores y equipo(s) auxiliar(es). Cualquier fuga de vapor o agua deberá ser reportada al supervisor. Si la fuga es en el casco de ésta, o en otra parte que no sea tubos o uniones de tubería, esto puede ser causa de paro inmediato e investigación correspondiente. d) Debe hacerse un examen cuidadoso en la(s) válvula(s) de seguridad, sus conexiones a la caldera, tubos de escape, drenajes y soportes. Todas las aberturas deberán estar libres y limpias. La(s) válvula(s) serán probadas de acuerdo al Código o normas similares equivalentes. e) Los accesorios de la(s) caldera(s), tales como cristales de nivel, grifos, indicadores y columna de agua, controles de nivel, alarma de bajo nivel o de disparo, purgas y válvulas de alimentación y válvulas de no retorno (check) deberán ser examinadas y probadas por el Inspector. Los manómetros de la caldera deberán ser comprobados contra otro manómetro confiable (patrón) proveído por entidad especializada o por el Inspector autorizado.

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f) Las conexiones de purga deben ser cuidadosamente inspeccionadas por corrosión y debilitamientos en la parte donde se unen con la caldera. La cubierta protectora de ladrillo o cemento debe estar intacta y no debe interferir con la expansión de la caldera o tubos. g) Debe dársele particular atención a los extremos de los tubos y placas de tubos en el caso de una caldera pirotubular. El Inspector anotará cualquier corrosión en las placas, signos de fugas en los tubos de fuego adelgazamiento excesivo en los extremos de los tubos por expandidos repetidos y las condiciones de los extremos de los tubos de circulación en la(s) caldera(s) acuotubulares. h) El Inspector anotará cualquier tendencia a la corrosión debida a fugas, desgastes y/o adelgazamientos en las entradas de mano y de hombre de la(s) caldera(s). i) Se efectuará un examen de las condiciones del colector o cabecero de vapor principal y sus conexiones a la caldera para cerciorarse que está debidamente soportado, que existen los espacios adecuados para permitir la expansión y contracción sin ocasionar esfuerzos en la caldera y que la válvula de no retorno (check) y de bloqueo estén en buenas condiciones de trabajo y que su sistema de trampas estén totalmente operativas para no permitir la acumulación de agua en este y evitar el golpe de ariete. j) El Inspector anotará la posición del indicador de nivel de agua y sus grifos, para estar seguro de que las conexiones de la columna de agua estén es su nivel correcto de la caldera. En la(s) caldera(s) piro tubulares, se comprobará la posición del cristal de nivel de agua, nivelándola a la altura de la hilera superior de tubos o de la posición del tapón fusible si es que lo tuviera este último. k) Comprobar todas las líneas de conexión y los soportes exteriores para verificar que tengan la tensión debida y su alineamiento sea correcto. Cuando los cimientos de la caldera sean independientes de los cimientos del edificio, las juntas en las conexiones de vapor y alimentación pueden ser desconectadas una vez al año o puede emplearse algún otro método para comprobarse un posible asentamiento.

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8.4 Acta de la inspección externa Realizada la inspección de forma satisfactoria en todos los aspectos citados de la reparación o modificación, el inspector levantará Acta por duplicado, entregando una copia al usuario en la que constarán, como mínimo, los datos citados en el apartado 8.1 de esta NTP y el resultado de la inspección. Además en el caso de reparación, el Inspector dejará constancia en el Libro de la caldera, del alcance de la reparación y del resultado favorable de la inspección. Si en la inspección se hubiesen detectado algunos defectos o anomalías, se seguirá el procedimiento que se indica en el apartado 7.2 de esta NTP. El usuario debe conservar copia de este Acta junto con la documentación de la caldera. Una vez realizada la inspección, el Inspector levantará el Acta de inspección externa por duplicado y entregará una copia al usuario. En dicha Acta constará, como mínimo, lo siguiente:

- fecha de la inspección; - nombre y dirección del usuario; - tipo de caldera; - número de fabricación de la caldera; - producción máxima continua; - presión de diseño; - presión de paro y arranque del equipo de combustión; - presión de regulación del presostato de seguridad; - presión de disparo de las válvulas de seguridad; - consumo de combustible; - emisión de toneladas de CO2 emitidos (t CO2e) - concentración de gases de combustión; - mención expresa de que la instalación, en conjunto, cumple las normas correspondientes para la salvaguarda de personas y bienes.

El usuario debe conservar la copia del Acta junto con la documentación de la caldera respectiva.

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9. OBSERVACIONES a) El Inspector anotará particularmente cualquier evidencia de descuido en el mantenimiento y operación o estado de la caldera y sus auxiliares, que ponga en riesgo de siniestro al recipiente de presión, ordenando el paro inmediato de la(s) caldera(s). b) El Inspector recomendará que se solucione la observación de todas las condiciones inseguras para el reinicio de operación de la caldera según lo indicado en el capítulo 9, inciso a, en un plazo de tres (03) días máximo, volviendo después de tres días para dar su conformidad y de no ser así, puede ordenar el paro inmediato de la(s) caldera(s) por condiciones o prácticas inseguras que pudieran causar daños irreparables. c) El Jefe o Ingeniero de la planta deberá recibir una copia de los reportes de las inspecciones hechas por el inspector autorizado y vigilará que todas las recomendaciones sean puestas en práctica inmediata y cuidadosamente. d) El Jefe o Ingeniero de planta le deberá de entregar al Inspector el reporte impreso en wincha original o copia de esta que la combustión de la(s) caldera(s) está siendo regulada en sus parámetros por el control automático de combustión con el sistema de ajuste continuo de combustión (O2 Trim) y se realizarán las pruebas con un analizador de gases de los parámetros contaminantes, de acuerdo a la normatividad vigente de límites máximos permisibles, contemplados en el protocolo. El Inspector podrá verificar esta información entregada de los análisis de gases, mediante una medición que él mismo hará de acuerdo al Código y normas vigentes. e) El Jefe o Ingeniero de planta deberá de tener un archivo con todos los reportes y recomendaciones hechas del Inspector desde la instalación de la caldera. 10. SEGURIDAD DE LAS INSTALACIONES Las calderas, sus instalaciones y equipos auxiliares deberán cumplir con lo indicado en el Título Sétimo del Reglamento de Seguridad Industrial aprobado por Decreto Supremo N° 42-F y Reglamento Nacional de Edificaciones, norma EM.100.

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11. ANTECEDENTES 11.1 UNE 9-206-88 Calderas. Inspección de instalaciones 11.2 CÓDIGO ASME Reglas Generales para inspección de

calderas 11.3 NTP 350.300:2008 CALDERAS INDUSTRIALES.

Procedimiento para la determinación de la eficiencia térmica de calderas industriales

11.4 NTP 321.007:2002 GAS LICUADO DE PETRÓLEO (GLP). Requisitos

11.5 NTP 111.001:2002 GAS NATURAL SECO. Terminología

Básica 11.6 NTP 111.002:2003 GAS NATURAL SECO. Calidad 11.7 UNE 9-078-89 CALDERAS. Proyecto de Instalación 11.8 UNE-9-206-88 CALDERAS. Inspección de las instalaciones 11.9 UNE 9-103 CALDERAS. Revisiones periódicas

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ANEXO A (INFORMATIVO)

A PROTOCOLO DE INSPECCIÓN DE CALDERA N°

A.1 INSPECCIÓN ANUAL

A.2 USUARIO

A.3 DIRECCIÓN

A.4 RUC A.5 TELEFONO

A.5 REGISTRO

A.6 INSPECCIÓN VERIFICACIÓN

B CALDERA

B.1 MARCA B.2 MODELO

B.3 N° SERIE B.4 AÑO FABRICAC.

B.5 PRESIÓN DISEÑO B.6 PRES. TRABAJ.

B.7 COMBUSTIBLE B.8 MOTORES POT.

B.9 ATOMIZADO B.10 TABLERO CONT

B.11 SUPERF. TRANSFERENC. B.12 PROGRAMAD

B.13 VAPOR /H B.14 COMBUST/H

B.15 BHP B.16 COMBUST/H

B.17 NIVEL EFICIENCIA B.18 EMISION /AÑO

NTP 350.301.2009 NTP 350.301.2009

B.19 CERT. FABRICACION B.20 LIBRO CALD.

B.21 MANUAL B.22 INF. DIARIO

B.23 OPERADOR B.24 ING. PLANTA

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B.25 REPUESTOS B.26 SERV. TECN.

B.27 PLATAFORMA B.28 AISLAMIENT

B.29 ILUMINACIÓN B.30 ASEO INDUSTR.

OBSERVACIÓN

RECOMENDACIÓN

C INSTALACION REDUCCIÓN EMISIONES

C.1 FLUJOMETRO COMB. C.2 FLUJ. VAPOR

C.3 ENTRAD. DIA. COMB. C.4 SALIDA DIA. VAP.

C.5 O2 TRIM C.6 ECONOM.

C.7 PURGA. AUTOMATICA C.8 DESAEREADOR

C.9 DIAGRAMA INSTALACION C.10 CART. EMISIONES

PERMISIBLES

D QUEMADOR

D.1 MARCA D.2 MODELO

D.3 CAPACIDAD

D.4 SERIE D.5 EFIC. COMBUST.

D.6 TREN GAS DIA. D.7.3 PRECALENT.

D.8 CAPACIDAD D.9 CAPACIDAD

D.10 SENSOR ALTA D.11 TEMP. ENT/SAL

D.12 SENSOR BAJA D.13 VALV. CONT. FLU.

D.15 VALV REG PRES D.16 VALV CORTE

D.17 VALV SEGURIDAD

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D.18 MOTOR VENTILADOR

D.19 SISTEMA MODULACION D.20 VOLTAJE

D.21 VALV. REGUL. COMB. D.22 VALV. CONT. LLA.

D.23 TOBERA ATOMIZAC. D.24 CAPAC/ ANGUL

E SISTEMA ALIMENTACIÓN AGUA

E.1 BOMBA MARCA E.2.3 MODELO

E..3 STAND BY E.4.2. CAPACIDAD

E.5 VALVULAS E.6 MOTOR POTEN

E.7 INGRESO DIAM E.8 RETENC. DIAM

E.9 CONTROL AUTO DUREZ

F SISTEMA PURGAS

F.1 VALV FOND RAP F.2 VAL SUPERF

F.3 VALV FOND LENT F.4 DIAMETRO

F.5 COLECTOR F.6 DESCARGA

G CHIMENEA

G.1 DIAMETRO G.2 ALTURA

H EQUIPOS AUXILIARES

H.1 RETORNO COND H.2 ABLANDAD

H.3 TANQ. DIARIO H.4 TANQ. ALMC.

H.5 AISLAMIENTOS H.6 TANQ. COMPEN.

H.7 AUX. TRAT. AGUA H.8 DOSIF. QUIM.

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I SISTEMAS DE SEGURIDAD

I..1 CONTROL DE NIVEL DE AGUA

I.1.1 PRINCIPAL I.1.2 SECUNDAR

I.1.3 AUXILIAR I.1.4 OTRO

I.2 CONTROLES DE SOBRE PRESION

I.2.1 PRESOSTATO ALTA I.2.2 ELECT.-MEC

I.2.3 PRESOSTATO BAJA I.2.4 PRESOS. MODU.

I.2.5 LIMITACION

I.3 VALVULAS DE SEGURIDAD

I.3.1 MARCA I.3.2 PRUEBA

I.3.3 CANTIDAD

I.4 CONTROLES FALLA DE LLAMA

I.4.1 FOTOCELDA I.4.2 SENSOR IONIZ.

I.5 TABLERO ELECTRICO

I.5.1 ARRANCADORES I.5.2 TERMICOS

J INSPECCIÓN INTERNA

J..1 INSPECCIÓN EN FRIO J.2 ANALI. METALO.

J.3 PRUEBA HIDR. EN FRIO J.4 AN. RAYOS X

J.5 ANÁLISIS ESPESORES J.6 AN. LIQUID. PEN.

J.7 ANA. SOLDADURA RAY X J.8 ANA. SOLD. RAD.

J.9 PLANO DE REPARACION J.10 REFRACTARIOS

J.11 VENTILADOR FORZADO J.12 SEPARADORES

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DE PASOS

J.13 TEMPLADORES

K PARAMETROS OPERATIVOS

K.1 FACTOR EVAPOR. K.2 TEMP. AGUA

K.3 PRUEBA HIDROST K.4 RETOR COND.

K.5 PRESOSTATO ALTA K.6 PRESOSTATO

BAJA

K.7 K.8 PRESOSTATO

OPERACION

K.9 NIVEL AGUA ALTO K.10 NIV. BAJO

K.11 DUREZA K.12 PH

K.13 SÓLIDOS DISUELT. K.14 FOSFATOS

K.15 ALCALINI. TOTAL K.16 CLORUROS

K.17 ALCALINID. FENOLT. K.18 PURGA FON

K.19 LLAMA ALTA K.20 LLAMA BAJA

K.21 COMBUSTIBLE PRESION K.22 BAJ PRES COM

K.23 TEMP. ALTA

K.24 TEMP. BAJA

K.25 PRESION. ATOMIZ. AIR K.26 PRES. AT. VAP

K.27 PARTICULADOS mg/Nm3 K.28 DIF. VAPOR/COM

K.29 EXCESO AIR % K.30 EMISION CO ppm

K.31 EMISIONS SO2 ppm K.32 EMIS. NOX ppm

K.33 EMISION CO2 tCO2E K.34 OXIGENO %

K.35 VALV SEGURIDAD K.36 1RA. DISP/CIER

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K.37 2DA. DISP/CIER K.38 3RA.DISP/CIER

K.39 4TA.DISP/CIERRE

K.40 TEMP. CHIMENEA K.41 EFF.COM/VAP

OBSERVACIÓN

RECOMENDACIÓN

L PROGRAMA REDUCCIÓN EMISIONES

L.1 DATO HISTOR. AÑO L.2 COMBUST.

L.3 VAPOR

L.4 PROYECCIÓN 10 AÑOS L.5 VAPOR

L.6 COMBUST.

L.7 EFICIENCIA BASE L.8 EFIC. PROY.

L.9 EMISIÓN HUMO BAS L.10 PROYEC

L.11 EMISIÓN tCO2 BAS L.12 PROYEC/año

L.13 REDUCCION

M COSTOS

M.1 INVERSIÓN M.2 TIR

M.3 VAN

N INFORME MAESTRO

OBSERVACIÓN OPERADOR

OBSERVACIÓN JEFE PLANTA

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OBSERVACIÓN

RECOMENDACIÓN

ENSAYOS Y ANÁLISIS

INSPECTOR JEFE PLANTA

N° REGISTRO-SELLO

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ANEXO B

(INFORMATIVO)

Certificación del Fabricante

El Inspector podrá verificar la certificación del fabricante, con los reportes de las pruebas de acuerdo a normas nacionales o internacionales equivalentes, entregada por el fabricante tanto de la caldera como de los elementos incluidos en su instalación.