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  • Nro. 26.866 - 065/20Paraná, lunes 13 de abril de 2020

    Edición de 12 pág.

  • SECCION ADMINISTRATIVA

    GOBERNACION

    DECRETO Nº 488 GOBACEPTANDO RENUNCIA

    Paraná, 27 de marzo de 2020VISTO:

    La renuncia presentada por el Ing. Luis Alberto Benedetto; yCONSIDERANDO:

    Que la misma corresponde al cargo de Ministro Secretario deEstado de Planeamiento, Infraestructura y Servicios en el cual fueradesignado por Decreto Nº 6/19 GOB;

    Que la dimisión elevada es fundamental en su designación comopresidente de la Delegación Argentina ante la Comisión TécnicaMixta de Salto Grande, efectuada por Decreto Nº 314/20, del PoderEjecutivo Nacional de fecha 26 de marzo del corriente año;

    Que el citado acto administrativo fue publicado en el Boletín Oficialde la República Argentina Nº 34.340 de fecha 27 de marzo de 2020;

    Que en razón de lo expuesto el titular de este Poder Ejecutivoconsidera procedente aceptar la renuncia a partir de la fecha antesmencionada;

    Que el Ing. Benedetto ha cumplido de manera eficaz y eficiente laslabores encomendadas,por lo que se agradecen los importantesservicios prestados;

    Que el presente se dicta en el ejercicio de las atribuciones conferi-das por el Art. 174º de la Constitución de la Provincia y Art. 2º de laLey Nº 10.093;

    Por ello;El Gobernador de la Provincia

    D E C R E T A :Art. 1º.- Acéptase la renuncia presentada por el Ing. Luis Alberto

    Benedetto, DNI Nº 10.699.353, a partir del 27 de marzo de 2020, alcargo de Ministro Secretario de Estado de Planeamiento, Infraestruc-tura y Servicios en el que fuera designado mediante Decreto Nº 6/19GOB.

    Art. 2º: El presente decreto será refrendado por la señora MinistraSecretaria de Estado de Gobierno y Justicia.

    Art. 3º: Comuníquese, publíquese y archívese.GUSTAVO E. BORDETRosario M. Romero

    — — —DECRETO Nº 494 GOB

    DESIGNACIONParaná, 31 de marzo de 2020

    VISTO:La vacancia del cargo de Ministro Secretario de Estado de Planea-

    miento, Infraestructura y Servicios; yCONSIDERANDO:

    Que por el Art. 175º Inc. 15 de la Constitución de la Provincia sefaculta al titular de este Poder Ejecutivo a designar a los empleadosde la administración, cuyo nombramiento no esté acordado a otropoder;

    Que el Art. 2°de la Ley N°10.093 establece que los Ministros serándesignados por decreto del Poder Ejecutivo;

    Que en ejercicio de las facultades conferidas por la Carta MagnaProvincial y la ley precitada, es intensión del titular de este PoderEjecutivo designar en el cargo de Ministro Secretario de Estado dePlaneamiento, Infraestructura y Servicios al Arquitecto Raúl MarceloRichard, DNI N° 13.599.540 quien reúne los requisitos e idoneidadpara el desempeño del mismo;

    Que el presente se dicta conforme lo previsto en los Arts. 174° y175° Inc. 15 de la Constitución de la Provincia y Art. 2° de la Ley N°10.093;

    Por ello;El Gobernador de la Provincia

    D E C R E T A :Art. 1º.- Desígnase Ministro Secretario de Estado de Planeamiento,

    Infraestructura y Servicios al Arq. Raúl Marcelo Richard, DNI N°13.599.540.

    Art. 2º: El presente decreto será refrendado por la señora MinistraSecretaria de Estado de Gobierno y Justicia.

    Art. 3º: Comuníquese, publíquese y archívese.GUSTAVO E. BORDETRosario M. Romero

    MINISTERIO DE GOBIERNO Y JUSTICIA

    DECRETO Nº 233 MGJRECHAZANDO RECURSO

    Paraná, 20 de febrero de 2020VISTO:

    El recurso previsto en los términos del artículo 99°de la Ley 5654/75

    contra la Resolución D.P. N° 2445/17 que dispone el orden demérito para el ascenso ordinario del personal policial superiorinterpuesto por el Comisario de la Policía de Entre Ríos, AníbalRamón Gauna, M.I. Nº 21.530.825. L.P. N° 22.866; yCONSIDERANDO:

    Que el acto administrativo atacado, Resolución D.P. N° 2445/17,que dispone el orden de mérito para el ascenso de los funcionariospoliciales superiores, fue notificado al recurrente en fecha 03 deenero de 2018 a las 08:45 horas conforme constancia de fojas 04y teniendo en cuenta la fecha de interposición del recurso confor-me cargo de fojas 01 (04 de enero de 2018 a las 11:25 horas),corresponde tenerlo por presentado en tiempo y forma conformelo dispuesto por el artículo 99° de la Ley Nº 5.654/75; y

    Qué a fojas 19 obra intervención de la División Asesoría Letradade la Policía de Entre Ríos quien, a través de Dictamen Nº 48/18,realizó el análisis formal del recurso interpuesto; y

    Que a fojas 23 desde la Jefatura de Policía de la Provincia(Dirección Personal), se informa que no obra constancia que elinteresado haya presentado recurso contra el Decreto Nº 414/18M.G.yJ. que promueve al personal de Oficiales de la Policía deEntre Ríos; y

    Que a fojas 25/26 tomó intervención la Dirección General deAsuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno y Justicia, a travésde Dictamen N° 1423/19 aconsejando el rechazo del recursointerpuesto por el señor Gauna contra la Resolución D.P. Nº2445/17; y

    Que de la materialidad de la cuestión planteadA, destaca elrecurrente sus antecedentes en la fuerza, antigüedad, cargosocupados y calificaciones obtenidas en los períodos computables,considerando que pares o subalternos suyos ostentan jerarquíassuperiores sin el mismo grado de sacrificio, voluntad y subordina-ción. Por ello adujo un perjuicio en su carrera policial y en la figurade la Institución Policial. En base a lo afirmado, interesó serevoque la posición obrante en la resolución recurrida; y

    Que la Ley Nº 5654/75 (Reglamento General de Policía), en suartículo 90º dispone que “para ascender será requisito indispen-sable que en las funciones del grado se haya demostrado aptitu-des morales, intelectuales y físicas que, permitan prever un buendesempeño en el Grado Superior”; y

    Que el Decreto N° 5778/06 MGJOySP, aprueba el Reglamentode Calificaciones y Promociones Policiales. En el citado cuerponormativo se ha definido el informe de calificación como “... juiciodetallado y en conjunto, sobre aptitudes del calificado, formuladopor los superiores a quienes les corresponda calificar. Este infor-me se denomina ”Fija de Concepto", será confidencial y se con-feccionará por duplicado. El juicio de quienes califican, deberáinspirarse en el más elevado sentimiento de justicia, fundándoseen la capacidad para desempeñarse en las diversas tareas poli-ciales, temperamento, tacto, condiciones morales, cultura gene-ral..." (artículo 1°). En referencia a la foja de concepto del PersonalSuperior (artículo 4°) en su confección se prevé en distintos rubros(aptitudes personales, conocimientos profesionales, competenciaen sus funciones, dedicación a ellas, aptitudes para el mando yconducta), los que lógicamente son objeto de una ponderacióndiferente para cada funcionario pero siempre en base a los pará-metros consagrados en la norma; y

    Que por su parte, el artículo 28°del citado reglamento indica dosmodalidades bajo las que se producirán los ascensos ordinarios:a) Por selección; b) Por antigüedad calificada. En éste último casose concretarán" ... conforme a la proporción que para cada gradose establece en la Ley N° 5654/75, para la cual la Junta deCalificaciones efectuará un análisis del conjunto de los anteceden-tes de los funcionarios, atendiendo a la evaluación y puntajeotorgado por los jefes de dependencia que hayan efectuado lascalificaciones anuales"; y

    Que resumida la normativa que se relaciona con el contenidosustantivo del recurso esgrimido, corresponde señalar que eltrabajo de la Junta de Calificaciones del Personal Policial seapoya en un basamento jurídico-técnico de valor para cada aspi-rante, al ascenso, debe respetar ese plexo independientementede las circunstancias particulares que en cada caso apoyen ladefinición del puntaje tanto a favor cómo en desmedro de unapotencial promoción; y

    Que si se atiende a la ubicación del funcionario de marras en elorden de mérito elevado por la Junta de Calificaciones al señorJefe de Policía, cotejándola con el promedio final que dicho órga-no colegiado le ha otorgado, cabe concluir que es correcta lamisma, correlacionándose con el puntaje obtenido de las califica-ciones parciales a tener en cuenta para tal fin. La colocación enel orden de mérito específico plasmado en la Resolución D.P. N°2445/17, resulta justificada por la metodología adoptada según el

    2 BOLETIN OFICIAL Paraná, lunes 13 de abril de 2020

  • procedimiento establecido en el Reglamento de Calificaciones y Pro-mociones Policiales; y

    Que por lo expuesto, corresponde el rechazo del recurso interpues-to por el señor Gauna;

    Por ello;El Gobernador de la Provincia

    D E C R E T A :Art. 1º - Recházase el recurso previsto en los términos del artículo

    99º de la Ley 5654/75 contra la Resolución D.P. N° 2445/17, inter-puesto por el Comisario de la Policía de Entre Ríos Aníbal RamónGauna, M.I N° 21.530.825, L.P. N° 22.866, conforme los motivosexpuestos en los considerandos precedentes.

    Art. 2º - El presente decreto será refrendado por la señora MinistraSecretaria de Estado de Gobierno y Justicia.

    Art. 3º - Comuníquese, publíquese. Con copia del presente pasenlas actuaciones a la Jefatura de Policía de la Provincia y oportuna-mente archívese.

    GUSTAVO E. BORDETRosario M. Romero

    — — —DECRETO Nº 234 MGJ

    RECHAZANDO RECURSOParaná, 20 de febrero de 2020

    VISTO:El recurso de revocatoria interpuesto por la Sra. Diana Noemí

    Preisler, contra el Decreto N°3958 GOB de fecha 26 de diciembre de2016; yCONSIDERANDO:

    Que mediante el artículo 1° del citado decreto se desestima elrecurso de apelación jerárquica interpuesto por la Sra. Preisler contrala Resolución N° 0730/16 C.G.E.; y

    Que a fojas 184 interviene Fiscalía de Estado emitiendo DictamenNº 0191/19 expresando respecto al aspecto formal del presenterecurso que el decreto que la Sra. Preisler pretende dejar sin efecto,no es un acto originario del Poder Ejecutivo toda vez que fue dictadocomo culminación de un procedimiento impugnativo desplegado, enel marco de las actuaciones llevadas a cabo por el Consejo Generalde Educación; y

    Que en dicho trámite el ente en cuestión dictó sucesivos actosadministrativos resolviendo acerca de la situación de revista de lainteresada, lo que fue ratificado por el Poder Ejecutivo a través deldecreto impugnado atento a que se ha constatado suficientemente lasituación de incompatibilidad en la que está incursa la recurrente; y

    Que ahora bien, Fiscalía de Estado expresa que la naturaleza deldecreto en cuestión hace que se agote la instancia y cause estado y,por lo tanto, su impugnación es meramente optativa para el particularpero, una vez interpuesto, se genera para la Administración el deberresolverlo; y

    Que dicho ello y considerando el principio de formalismo moderadoen beneficio del administrado, cabe imprimirle a la solicitud de fojas149 el carácter de recurso de revocatoria. Asimismo, y dado que noobra estampado en dicha presentación ningún sello o cargo adminis-trativo del que surja fehacientemente la fecha de interposición delrecurso eh examen, corresponde tenerlo por tempestivo; y

    Que en cuanto al aspecto sustancial, Fiscalía de Estado se remitea su Dictamen N° 0357/16. Mediante el mismo, la citada Fiscalíaaclara que la recurrente mantiene un vínculo laboral con la Adminis-tración Pública Provincial regido, sometido y regulado por normaslocales específicas, ejerciendo funciones que voluntariamente acep-tó, consintió y se obligó a cumplir con tareas, horarios, derechos,obligaciones y modalidades de servicio que la quejosa debe acataren calidad de agente público provincial: y

    Que lo que torna improcedente el reclamo de marras es que laagente Preisler no tiene reconocido un derecho adquirido para osten-tar dos cargos en la modalidad que los ejerce y que el régimen laboralno puede regularse según su arbitrario interés personal;

    Que al respecto, Fiscalía de Estado expresa que el artículo 40° dela Constitución Provincial establece una regla general de prohibiciónde acumulación de cargos públicos con determinadas excepciones,con lo cual, de ningún modo tiene naturaleza estatutaria, ni consagraprivilegios o derechos absolutos, sino que se trata de un modoexcepcional -y bajo determinadas condiciones- de acumular más deun cargo, pero no altera la relación de empleo que corresponde adicho cargo; y

    Que el artículo 8° de la Ley Nº 7413, refiere específicamente a lasituación del magisterio y en tal sentido dispone: “las compatibilida-des posibles entre un empleo de la Administración Pública y elmagisterio y las del magisterio entre sí, serán reglamentadas deacuerdo al número de horas o al régimen de los cargos docentes ysiempre que no tengan superposición horaria”; y

    Que ahora bien, Fiscalía de Estado agrega que la norma reglamen-taria del referido texto legal es el Decreto N°5231/84 GOB que regula

    en sus diferentes incisos, los diversos supuestos de compatibilida-des docentes admitidas siendo aplicable al presente caso lo decla-rado en el inciso c): “un cargo administrativo con hasta doce (12)horas cátedra de cualquier nivel o jurisdicción”; y

    Que de lo informado a fojas 15 surge que la Sra. Preisler acumulaun cargo de preceptora 18 horas cátedra y un cargo en la Munici-palidad de Concordia y no reúne las condiciones para acceder a lasexcepciones reguladas, con la realización de los concursos perti-nentes o que se configure escasez de personal; y

    Que en el recurso de revocatoria interpuesto por la Sra. Preislercontra el Decreto N° 3958/16 GOB la recurrente se agravia expre-sando que el citado decreto coarta su derecho como ciudadanaargentino de ejercer su profesión según la Constitución Nacional; y

    Que debido a que se ha constatado la situación de incompatibili-dad en la que está incurso la Sra. Preisler, se aconseja rechazar elrecurso de revocatoria interpuesto por la Sra. Preisler contra elDecreto N° 3958 GOB de fecha 26 de diciembre de 2016; y

    Que el presente se dicta en el marco de lo establecido por elartículo 175°, inciso 24°de la Constitución Provincial y Artículo 60°,último párrafo de la Ley Nº 7060 de Procedimientos para TrámitesAdministrativos;

    Por ello;El Gobernador de la Provincia

    D E C R E T A :Art. 1º - Recházase el recurso de revocatoria interpuesto por la

    Sra. Diana Noemí Preisler, D.N.I. Nº 24.594.443, contra el DecretoN° 3958 GOB de fecha 26 de diciembre de 2016, atento a losargumentos invocados en los considerandos precedentes.

    Art. 2º - El presente decreto será refrendado por la señora MinistraSecretaria de Estado de Gobierno y Justicia.

    Art. 3º - Comuníquese, publíquese y oportunamente vuelva alConsejo General de Educación a los fines de examinar la situaciónde revista de la recurrente y las medidas que pudieran proceder.

    GUSTAVO E. BORDETRosario M. Romero

    MINISTERIO DE CULTURA Y COMUNICACION

    DECRETO Nº 3112 MCyCDECLRANDO PATRIMONIO HISTORICO

    Paraná, 9 de octubre de 2019VISTO:

    La presente gestión iniciada por la apoderada legal del Institutode Enseñanza Secundaria Crespo “Instituto Comercial Crespo”; yCONSIDERANDO:

    Que mediante la misma se interesa la declaración de PatrimonioHistórico Arquitectónico de la Provincia de Entre Ríos, a la ExEstación Gobernador Crespo del Ferrocarril Centro Entrerriano,situado en calle Irigoyen N° 1609 de la localidad de Crespo, dondeactualmente funciona el Instituto de Enseñanza Secundaria Crespo“Instituto Comercial Crespo”; y

    Que dicha solicitud se fundamenta en que el edificio donde actual-mente funciona dicho Instituto, solio ser ocupado por el FerrocarrilCentral Entrerriano, el cual es considerado de gran trascendenciahistórica y cultural para la región y que alberga una particulararquitectura que lo consolida como hito urbano destacado y símbolocomunitario e institucional, el mismo fue declarada en el año 1997como Monumento Histórico Municipal; y

    Que a fojas 2/40, lucen agregados los fundamentos para la decla-ración de edificio con valor patrimonial edilicio cultural provincial yanexo; y

    Que a fojas 31/33 obra informe del Jefe Area Patrimonio Culturaly Ambiental de la Secretaría de Turismo y Cultura del Ministerio deCultura y Comunicación, que indica que la Vieja Estación Ferroca-rril, situada en calle Irigoyen N°1609 de la ciudad de Crespo, cuentacon un gran significado histórico, social y urbano, siendo muyimportante mantener y asegurar su permanencia para futuras gene-raciones; y

    Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio deCultura y Comunicación se ha expedido en forma favorable para lacontinuidad del trámite mediante Dictamen N° 1109/19; y

    Que en relación a lo solicitado y conforme a lo expuesto, resultaprocedente declarar patrimonio histórico arquitectónico a la ex Es-tación Gobernador Crespo del Ferrocarril Centro Entrerriano. situa-do en calle Irigoyen N° 1609 de la localidad de Crespo, dondeactualmente funciona el Instituto de Enseñanza Secundaria Crespo“Instituto Comercial Crespo”, pasando a formar parte del listado quea fs. 28/30 obra agregado al Decreto N° 6676/03 MGJ de fecha 2de diciembre de 2003, que los declara de interés histórico - culturaly conforme lo prevé el Art. 6° del texto legal aludido;

    Por ello;El Gobernador de la Provincia

    D E C R E T A :Art. 1º - Declárese patrimonio histórico arquitectónico de la Pro-

    Paraná, lunes 13 de abril de 2020 BOLETIN OFICIAL 3

  • vincia al inmueble sito en a la ex Estación Gobernador Crespo delFerrocarril Centro Entrerriano, situado en calle Irigoyen N° 1609 dela localidad de Crespo, donde actualmente funciona el Instituto deEnseñanza Secundaria Crespo “Instituto Comercial Crespo”, con losalcances del artículo 2° del Decreto N° 6676/03 MGJ, conforme loexpresado en los considerandos precedentes.

    Art. 2º - Incorpórese al edificio referido en el artículo 1º del presenteal inventario del Patrimonio Histórico Arquitectónico de la Provincia,pasando a formar parte integrante del Anexo I del Decreto N° 6676/03MGJ.

    Art. 3º - Las autoridades del Instituto de Enseñanza SecundariaCrespo “Instituto Comercial Crespo”, deberán ser fieles custodios desu patrimonio, garantizando en tal sentido, su trascendencia para lasfuturas generaciones.

    Art. 4º - El presente decreto será refrendado por el señor SecretarioGeneral de la Gobernación a cargo del Ministerio Cultura y Comuni-cación, conforme autorización conferida por Decreto N° 2592/16GOB.

    Art. 5º - Comuníquese, publíquese y archívese.GUSTAVO E. BORDETEdgardo D. Kueider

    — — —DECRETO Nº 3132 MCyC

    Paraná, 10 de octubre de 2019Aprobando la contratación directa por vía de excepción realizada

    por el Ministerio de Cultura y Comunicación en concepto de publici-dad en spot de los siguientes avisos oficiales: Campaña correspon-diente al Ministerio de Desarrollo Social/ Manos Entrerrianas. “Valo-rando lo Nuestro”/ Gobierno de Entre Ríos y Campaña correspondien-te al Ministerio de Desarrollo Social/ Marca Manos Entrerrianas -Sello de Calidad/ Gobierno de Entre Ríos, con emisiones entre losdías 3 y 31 de agosto del corriente año en distintos medios audiovi-suales y radiales por la suma total de hasta $ 966.995,61, segúnórdenes de publicidad emitidas por el Ministerio competente y con-forme al detalle que como anexo pasa a formar parte del presente.

    Encuadrando la presente gestión en las disposiciones del artículo27º, inciso c), apartado b), punto 10, Decreto N°404/95 MEOSP, textoúnico y ordenado de la Ley N°5140 de Administración Financiera delos Bienes del Estado y sus modificatorias, incluida la Ley N° 8964,concordante con el artículo 142º, inciso 11), apartado b) del DecretoN° 795/96 MEOSP, Decreto N° 2991/96 MEOSP de Reglamentaciónde Contrataciones del Estado y sus modificatorios.

    Facultando a la Dirección General del Servicio Administrativo Con-table Jurisdiccional a abonar a los distintos medios las sumas deta-lladas en el anexo previa presentación de las facturas debidamenteconformadas certificación de la publicidad emitida y Certificado deLibre Deuda según Resolución N° 16/12 de la ATER y normas con-cordantes, subsiguientes y complementarias.

    MINISTERIO DE SALUD

    RESOLUCIÓN Nº 4301 MSParaná, 29 de noviembre de 2017

    Autorizando a la Unidad Central de Contrataciones, a efectuar unllamado a licitación privada, con destino a la impresión de 400 GuíasAlimentarias para la Población Argentina, solicitadas por la Coordi-nación de Prevención de Enfermedades Crónicas No Transmisibles,de este Ministerio, para ser entregados en Centro de Salud y Hospi-tales de la Provincia, por un importe estimado de $ 252.000,00, enconcepto de lo expresado en la presente norma legal.-

    Encuadrando la presente gestión en la Ley N° 5140, texto único yordenado por Decreto N° 404/95 MEOSP, Capítulo II, Título III,artículo 26°, inciso a); concordante con el Decreto Reglamentario N°795/96 MEOSP, Título I, Capítulo I, artículo 5°, punto 2) y artículo 6°,punto 2), Capítulo II, artículo 7°, punto 2) y Título III; y DecretoModificatorio N° 723/17 MEHF y Decreto N° 324/17 MS.-

    Aprobando los pliegos de condiciones particulares, y de condicio-nes generales, los que agregados forman parte integrante de lapresente resolución.-

    — — —RESOLUCIÓN Nº 4302 MS

    DISPONIENDO INFORMACIÓN SUMARIAParaná, 29 de noviembre 2017

    VISTO:La Resolución N° 2332/12 MS, por la que se otorgara un subsidio

    a favor de la Sra. Nancy Cecilia Páez, DNI N° 22.519.532, parasolventar gastos por la compra de insumos ortopédicos, para unpaciente del Hospital “San Martín” de Paraná, por la suma de pesostres mil cuatrocientos setenta y seis ($ 3.476,00); yCONSIDERANDO:

    Que el Departamento Tesorería de este Ministerio, realiza la trans-ferencia de fondos de fecha 31.08.12, habiéndose otorgado el subsi-dio en fecha 29.08.12;

    Que a fs. 53, el Dr. Lino Sapetti, informa que persiste la necesi-dad de cirugía programada para el día 23.11.2012;

    Que se confecciona la orden de compra con fecha 22.11.2012,no obstante lo cual a fs. 58 con fecha 30.08.2013, el Jefe delServicio, informa que atento al plazo transcurrido se anula elpedido de subsidio;

    Que según lo informado por el Jefe del Departamento Contabledel Hospital “San Martín” de esta ciudad, se realizó la reimputa-ción de los fondos correspondientes al subsidio acordado al pa-ciente Lencina, Jonathan Jesús;

    Que cabe aclarar que, la orden de compra estaba confeccionadacon fecha 22.11.2012, no obstante en fecha 18.04.2016, es remi-tido al Hospital “San Martín” a fin de que se agregue documenta-ción relativa a la reimputación de los fondos recibidos, remitién-dose dicho informe a fs. 68/95, en fecha 18.04.2017, es decir unaño después;

    Que la Dirección de Asuntos Jurídicos de este Ministerio, tomóla debida intervención, aconsejando al respecto disponer la co-rrespondiente información sumaria en el ámbito del Hospital “SanMartín” de esta ciudad, atento a que el subsidio ascendía a lasuma de pesos tres mil cuatrocientos setenta y seis ($ 3.476,00),mientras que el pago de proveedores es por la suma de pesosveinticinco mil ochocientos cincuenta y siete con veintiún centavos($ 25.857,12);

    Que en virtud de los antecedentes detallados y teniendo encuenta la existencia de varios subsidios que han tenido igualdestino, tanto en relación al uso del dinero con destino a laatención de un paciente, como en relación a la atención delpaciente mismo, la Dirección de Asuntos Jurídicos, opina que sedebería ordenar en forma inmediata la correspondiente informa-ción sumaria en el ámbito del Hospital “San Martín”, a fin dedilucidar tanto la responsabilidad en torno a la desidia en latramitacion del presente, a falta de atención de los pacientes enel Servicio de Ortopedia y Traumatología del mencionado nosoco-mio, y en particular al paciente Lencina, debiendo determinarse sila atención finalmente recibida ha sido oportuna y eficaz teniendoen cuenta su condición y edad, como así también a la reimputaciónindebida de los fondos otorgados en el marco de los subsidiosrespectivos, lo que de acuerdo a la Resolución N° 5392/10 MS,deberían ser reintegrados en caso de no imputación;

    Que dicho procedimiento administrativo deberá ser llevado acabo por ante la Dirección de Sumarios de la Provincia, de con-formidad a las disposiciones legales vigentes establecidas porDecreto N° 2/70 SGG y concordante atento a lo dispuesto porDecreto N° 2480/07 GOB;

    Por ello;La Ministra Secretaria de Estado de Salud

    R E S U E L V E :Art. 1º.- Disponer la instrucción de una información sumaria en

    el ámbito del Hospital “San Martín” de esta ciudad, a fin dedilucidar tanto la responsabilidad en torno a la desidia en latramitación del presente, a la falta de atención de los pacientesen el Servicio de Ortopedia y Traumatología del mencionadonosocomio, conforme a lo dispuesto en los considerandos prece-dentes y a lo establecido por Decreto N° 2/70 SGG y concordantesatento a lo dispuesto por Decreto N° 2480/07 GOB.-

    Art. 2°.- Mantener plenamente en vigencia y en todos sus térmi-nos el Reglamento de Sumarios Administrativos establecidos porel artículo 20°y concordantes Resolución N°555/71 y Decreto N°2/70 SGG, conforme lo dispuesto por el artículo 1°del Decreto N°2480 Gob.-

    Art. 3°.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección deSumarios de la Provincia, dependiente de Fiscalía de Estado, asus efectos.-

    Art. 4°.- Comunicar, publicar y archivar.-Sonia M. Velázquez

    — — —RESOLUCIÓN Nº 4303 MS

    Paraná, 29 de noviembre de 2017Declarando de interés ministerial la Reunión de Directores de

    Hospitales de Entre Ríos, que se llevará a cabo el día 6 dediciembre de 2017, en el Centro de Convenciones Papa Francisco,de Villaguay, en el horario de 9 a 13 hs.-

    Autorizando el otorgamiento de fondos al Sr. Director de Rela-ciones Institucionales y Comunicación de este Ministerio de Salud,Sr. Hugo Remedi, DNI N° 13.668.285, Dec. 1797/17 MS, por lasuma total de $ 9.000,00, para solventar gastos de cortesía en lacitada reunión, virtud de lo expuesto.-

    Facultando a la Dirección General de Administración de esteMinisterio de Salud, a realizar la entrega de fondos al Sr. Directorde Relaciones Institucionales y Comunicación de este Ministeriode Salud, Sr. Hugo Remedi, DNI N° 13.668.285, Dec. 1797/17 MS,por la suma total de $ 9.000,00, para solventar gastos antesmencionados, debiendo rendir ante el Departamento Tesorería de

    4 BOLETIN OFICIAL Paraná, lunes 13 de abril de 2020

  • este Ministerio dentro de las 72 hs. de entregados los fondos, con loscomprobantes originales emitidos por los prestadores y debidamenteconformados por autoridad competente, según las normativas legalese impositivas vigentes, Factura tipo B o C a nombre del Ministerio deSalud, CUIT N° 30-68112523-6, IVA exento, de no cumplirse con lacorrespondiente rendición, el Departamento Tesorería, informará alDepartamento Liquidaciones a los fines de proceder a descontar desus haberes al responsable de los fondos otorgados y con cargo arendir el Departamento Tesorería ante el Tribunal de Cuentas de laProvincia.-

    — — —RESOLUCIÓN Nº 4304 MS

    Paraná, 5 de diciembre de 2017Otorgando un subsidio por la suma de $ 37.900,00, para el paciente

    Víctor Germán Grandoli, DNI N° 33.919.026, destinado a solventargastos por la compra de un kit de recarga de bomba de baclofeno.-

    Encuadrando la presente gestión en las disposiciones establecidaspor el Decreto N° 44/17 MS, Resolución N° 881/12 MS y ResoluciónN° 5392/10 MS.-

    Facultando a la Dirección General de Administración dependientede este Ministerio de Salud, a efectuar la solicitud de fondos ante laTesorería General de la Provincia y la transferencia al Hospital “SanMartín” de Paraná, por un importe de $ 37.900,00, para solventar elcosto del subsidio otorgado por el presente texto legal, debiendo elHospital rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.-

    Dejando aclarado que en caso de la no utilización o utilizaciónparcial de los fondos se deberá proceder a la devolución de losmismos, a través de un depósito en la Cuenta Corriente N° 90281/6,CBU N° 3860001001000009028169 Nuevo Banco de Entre Ríos. Laconstancia de dicho depósito, copia de boleto de depósito, deberáremitirse a calle 25 de Mayo N° 139, CP 3100, presentando Formu-lario 11, en forma conjunta con copia del texto legal, que apruebe elotorgamiento del subsidio y nota del Director del Hospital dirigida alDepartamento Tesorería del Ministerio de Salud, explicando el motivode la mencionada devolución.-

    — — —RESOLUCIÓN Nº 4305 MS

    Paraná, 5 de diciembre de 2017Autorizando la ampliación del subsidio otorgado mediante Resolu-

    ción N° 3421/17 MS, por la suma total de $ 2.108,94, otorgado alpaciente Gonzalo Sebastián Goulart, DNI N° 46.465.622, destinadoa solventar gastos por la compra de medicamentos.-

    Encuadrando la presente gestión en las disposiciones establecidaspor el Decreto N° 44/17 MS, Resolución N° 881/12 MS y ResoluciónN° 5392/10 MS.-

    Facultando a la Dirección General de Administración dependientede este Ministerio de Salud, a efectuar la solicitud de fondos a laTesorería General de la Provincia y la transferencia al Hospital “SanJosé” de San José, Dpto. Colón, por un importe de $ 2.108,94, parasolventar el costo del subsidio otorgado por el presente texto legal,con cargo de rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provin-cia.-

    Dejando aclarado que en caso de la no utilización o utilizaciónparcial de los fondos se deberá proceder a la devolución de losmismos, a través de un depósito en la Cuenta Corriente N° 90281/6,CBU N° 3860001001000009028169 Nuevo Banco de Entre Ríos. Laconstancia de dicho depósito, copia de boleto de depósito, deberáremitirse a calle 25 de Mayo N° 139, CP 3100, presentando Formu-lario 11, en forma conjunta con copia del texto legal, que apruebe elotorgamiento del subsidio y nota del Director del Hospital dirigida alDepartamento Tesorería del Ministerio de Salud, explicando el motivode la mencionada devolución.-

    — — —RESOLUCIÓN Nº 4306 MS

    Paraná, 5 de diciembre de 2017Otorgando un subsidio por la suma de $ 194.800,00, para la pacien-

    te María de los Ángeles Almada, DNI N° 21.757.022, destinado asolventar gastos por la compra de una prótesis total de cadera derevisión, tallo femoral de anclaje, acetabulo multiperforado.-

    Encuadrando la presente gestión en las disposiciones establecidaspor el Decreto N° 44/17 MS, Resolución N° 881/12 MS y ResoluciónN° 5392/10 MS.-

    Facultando a la Dirección General de Administración dependientede este Ministerio de Salud, a efectuar la solicitud de fondos ante laTesorería General de la Provincia y la transferencia al Hospital “SanMartín” de Paraná, por un importe de $ 194.800,00, para solventar elcosto del subsidio otorgado por el presente texto legal, debiendo elHospital rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.-

    Dejando aclarado que en caso de la no utilización o utilizaciónparcial de los fondos se deberá proceder a la devolución de losmismos, a través de un depósito en la Cuenta Corriente N° 90281/6,CBU N° 3860001001000009028169 Nuevo Banco de Entre Ríos. La

    constancia de dicho depósito, copia de boleto de depósito, deberáremitirse a calle 25 de Mayo N°139, CP 3100, presentando Formu-lario 11, en forma conjunta con copia del texto legal, que apruebeel otorgamiento del subsidio y nota del Director del Hospital dirigidaal Departamento Tesorería del Ministerio de Salud, explicando elmotivo de la mencionada devolución.-

    — — —RESOLUCIÓN Nº 4307 MS

    Paraná, 7 de diciembre de 2017Declarando de interés ministerial el “Taller de Promoción y Pre-

    vención de Factores de Riesgo ECNT", organizado por el ProgramaPrevención de Enfermedades Crónicas no Transmisibles que lleva-rá a cabo el día 4 de diciembre de 2017, en el Hospital “La Baxada”de Paraná, en virtud de lo expuesto.-

    Autorizando el otorgamiento de fondos al Coordinador de Progra-mas de Fortalecimiento Institucional, Bioingeniero Hernán Gonce-bat, DNI N°25.126.589, por la suma de $ 30.000,00, para solventarlos gastos que demandará la realización del “Taller de Promocióny Prevención de Factores de Riesgo ECNT”.-

    Facultando a la Dirección General de Administración, a realizar laentrega de fondos al Sr. Coordinador de Programas de Fortaleci-miento Inst i tucional, Bioingeniero Hernán Goncebat, DNI N°25.126.589, por la suma de $ 30.000,00, para solventar gastosantes mencionados, con fondos afectados del Programa ECNT,debiendo rendir el destino de los mismos ante el DepartamentoTesorería Jurisdiccional dentro de las 72 hs. de entregados losfondos, con los comprobantes originales emitidos por los prestado-res debidamente conformados por la autoridad competente, segúnlas normativas legales e impositivas vigentes, Factura tipo B o C anombre del Ministerio de Salud, CUIT N°30-68112523-6, IVA exen-to, dejando aclarado que de no cumplir con la correspondienterendición, el mencionado Departamento, informará al Departamen-to Liquidaciones de este Ministerio, a los fines de proceder adescontar de sus haberes al responsable de los fondos otorgados.-

    — — —RESOLUCIÓN Nº 4308 MS

    Paraná, 1 de diciembre de 2017Encargando a partir de la fecha de la presente resolución al Doctor

    Gastón Miguel Paltenghi, DNI N° 22.115.563, Legajo N° 213.090,la Dirección de los Centros de Salud “Aniceto Galanti”, de SauceSur y “Sauce Norte” de la localidad homónima.-

    Au to r izando a l Doc to r Gastón Miguel Pal tengh i , DNI N°22.115.563, Legajo N°213.090, a movilizar los fondos de las cuen-tas corrientes de los Centros de Salud “Aniceto Galanti” de SauceSur y “Sauce Norte” de la localidad homónima en el Nuevo Bancode Entre Ríos, de acuerdo a lo expuesto.-

    — — —RESOLUCIÓN Nº 4309 MS

    Paraná, 1 de diciembre de 2017Otorgando un subsidio por la suma de $ 95.616,00, para la pacien-

    te María de los Ángeles Almada, DNI N° 21.757.022, destinado asolventar gastos por módulo de internación.-

    Encuadrando la presente gestión en las disposiciones estableci-das por el Decreto N° 44/17 MS, Resolución N° 881/12 MS yResolución N° 5392/10 MS.-

    Facultando a la Dirección General de Administración dependientede este Ministerio de Salud, a efectuar la solicitud de fondos antela Tesorería General de la Provincia y la transferencia al Hospital“San Martín” de Paraná, por un importe de $ 95.616,00, parasolventar el costo del subsidio otorgado por el presente texto legal,debiendo el Hospital rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas dela Provincia.-

    Dejando aclarado que en caso de la no utilización o utilizaciónparcial de los fondos se deberá proceder a la devolución de losmismos, a través de un depósito en la Cuenta Corriente N°90281/6,CBU N°3860001001000009028169 Nuevo Banco de Entre Ríos. Laconstancia de dicho depósito, copia de boleto de depósito, deberáremitirse a calle 25 de Mayo N°139, CP 3100, presentando Formu-lario 11, en forma conjunta con copia del texto legal, que apruebeel otorgamiento del subsidio y nota del Director del Hospital dirigidaal Departamento Tesorería del Ministerio de Salud, explicando elmotivo de la mencionada devolución.-

    — — —RESOLUCIÓN Nº 4310 MS

    Paraná, 1 de diciembre de 2017Otorgando un subsidio por la suma de $ 3.558,00, para la paciente

    Silvia Viviana Delaloye, DNI N° 17.937.098, destinado a solventargastos por la real ización de estudio para concentración deBCR/ABL ensangre periférica.-

    Encuadrando la presente gestión en las disposiciones estableci-das por el Decreto N° 44/17 MS, Resolución N° 881/12 MS yResolución N° 5392/10 MS.-

    Paraná, lunes 13 de abril de 2020 BOLETIN OFICIAL 5

  • Facultando a la Dirección General de Administración dependientede este Ministerio de Salud, a efectuar la solicitud de fondos ante laTesorería General de la Provincia y la transferencia al Hospital “SanJosé” de San José. Dpto. Colón, por un importe de $ 3.885,00, parasolventar el costo del subsidio otorgado por el presente texto legal,debiendo el Hospital rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de laProvincia.-

    Dejando aclarado que en caso de la no utilización o utilizaciónparcial de los fondos se deberá proceder a la devolución de losmismos, a través de un depósito en la Cuenta Corriente N° 90281/6,CBU N° 3860001001000009028169 Nuevo Banco de Entre Ríos. Laconstancia de dicho depósito, copia de boleto de depósito, deberáremitirse a calle 25 de Mayo N° 139, CP 3100, presentando Formu-lario 11, en forma conjunta con copia del texto legal, que apruebe elotorgamiento del subsidio y nota del Director del Hospital dirigida alDepartamento Tesorería del Ministerio de Salud, explicando el motivode la mencionada devolución.-

    — — —RESOLUCIÓN Nº 4311 MS

    Paraná, 2 de diciembre de 2017Otorgando un subsidio por la suma de $ 2.380,00, para la paciente

    Nair María Antonella Fernández, DNI N° 35.771.525, destinado asolventar gastos por la realización de una resonancia magnética decolumna lumbo sacra.-

    Encuadrando la presente gestión en las disposiciones establecidaspor el Decreto N° 44/17 MS, Resolución N° 881/12 MS y ResoluciónN° 5392/10 MS.-

    Facultando a la Dirección General de Administración dependientede este Ministerio de Salud, a efectuar la solicitud de fondos ante laTesorería General de la Provincia y la transferencia al Hospital “Dr.José Brague Villar” de Hasenkamp, por un importe de $ 2.380,00,para solventar el costo del subsidio otorgado por el presente textolegal, debiendo el Hospital rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentasde la Provincia.-

    Dejando aclarado que en caso de la no utilización o utilizaciónparcial de los fondos se deberá proceder a la devolución de losmismos, a través de un depósito en la Cuenta Corriente N° 90281/6,CBU N° 3860001001000009028169 Nuevo Banco de Entre Ríos. Laconstancia de dicho depósito, copia de boleto de depósito, deberáremitirse a calle 25 de Mayo N° 139, CP 3100, presentando Formu-lario 11, en forma conjunta con copia del texto legal, que apruebe elotorgamiento del subsidio y nota del Director del Hospital dirigida alDepartamento Tesorería del Ministerio de Salud, explicando el motivode la mencionada devolución.-

    — — —RESOLUCIÓN Nº 4312 MS

    Paraná, 2 de diciembre de 2017Otorgando un subsidio por la suma de $ 19.390,00, para el paciente

    José Reinaldo Lescano, DNI N° 28.360.779, destinado a solventargastos por la compra de un clavo Gamma largo, siendo responsablela Sra. Estela Ramona Fischer, DNI N° 23.975.532.-

    Encuadrando la presente gestión en las disposiciones establecidaspor el Decreto N° 44/17 MS, Resolución N° 881/12 MS y ResoluciónN° 5392/10 MS.-

    Facultando a la Dirección General de Administración dependientede este Ministerio de Salud, a efectuar la solicitud de fondos ante laTesorería General de la Provincia y la transferencia al Hospital “SanMartín” de Paraná, por un importe de $ 19.390,00, para solventar elcosto del subsidio otorgado por el presente texto legal, debiendo elHospital rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.-

    Dejando aclarado que en caso de la no utilización o utilizaciónparcial de los fondos se deberá proceder a la devolución de losmismos, a través de un depósito en la Cuenta Corriente N° 90281/6,CBU N° 3860001001000009028169 Nuevo Banco de Entre Ríos. Laconstancia de dicho depósito, copia de boleto de depósito, deberáremitirse a calle 25 de Mayo N° 139, CP 3100, presentando Formu-lario 11, en forma conjunta con copia del texto legal, que apruebe elotorgamiento del subsidio y nota del Director del Hospital dirigida alDepartamento Tesorería del Ministerio de Salud, explicando el motivode la mencionada devolución.-

    — — —RESOLUCIÓN Nº 4313 MS

    Paraná, 2 de diciembre de 2017Otorgando un subsidio por la suma de $ 9.800,00, para la paciente

    Blanca Rosa Pereyra, DNI N° 32.717.762, destinado a solventargastos por la compra de una placa de 4,5 mm., con tornillos.-

    Encuadrando la presente gestión en las disposiciones establecidaspor el Decreto N° 44/17 MS, Resolución N° 881/12 MS y ResoluciónN° 5392/10 MS.-

    Facultando a la Dirección General de Administración dependientede este Ministerio de Salud, a efectuar la solicitud de fondos ante laTesorería General de la Provincia y la transferencia al Hospital “Dr.Fermín V. Salaberry” de Victoria, por un importe de $ 9.800,00, parasolventar el costo del subsidio otorgado por el presente texto legal,

    debiendo el Hospital rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas dela Provincia.-

    Dejando aclarado que en caso de la no utilización o utilizaciónparcial de los fondos se deberá proceder a la devolución de losmismos, a través de un depósito en la Cuenta Corriente N°90281/6, CBU N° 3860001001000009028169 Nuevo Banco deEntre Ríos. La constancia de dicho depósito, copia de boleto dedepósito, deberá remitirse a calle 25 de Mayo N° 139, CP 3100,presentando Formulario 11, en forma conjunta con copia del textolegal, que apruebe el otorgamiento del subsidio y nota del Directordel Hospital dirigida al Departamento Tesorería del Ministerio deSalud, explicando el motivo de la mencionada devolución.-

    — — —RESOLUCIÓN Nº 4314 MS

    Paraná, 1 de diciembre de 2017Encargando a partir de la fecha de la presente resolución a la

    Doctora Zulma Elizabeth Albornoz, DNI N°24.047.707, Legajo N°186.805, la Dirección de los Centros de Salud “Onésimo Leguiza-món” de Altamirano Sur, “Pancho Ramírez” de Las Guachas, “Dr.Ferro” de Guardamonte y a realizar refuerzo a la tarea de MédicoAsistente en el Centro de Salud “Sagrado Corazón" de ArroyoClé.-

    Autorizando a la Doctora Zulma Elizabeth Albornoz, DNI N°24.047.707, a movilizar los fondos de las cuentas corrientes delos Centros de Salud “Onésimo Leguizamón” de Altamirano Sur,“Pancho Ramírez” de Las Guachas, en el Nuevo Banco de EntreRíos, de acuerdo a lo expuesto en la presente norma legal.-

    — — —RESOLUCIÓN Nº 4315 MS

    Paraná, 1 de diciembre de 2017Otorgando un subsidio por la suma de $ 34.900,00, para el

    paciente Gustavo Ángel Muñoz, DNI N° 20.945.876, destinado asolventar gastos por la compra de una 2 stents coronarios libera-dores de droga, 2,75 x 16 mm. - 2,5 x 20 mm.-

    Encuadrando la presente gestión en las disposiciones estable-cidas por el Decreto N° 44/17 MS, Resolución N° 881/12 MS yResolución N° 5392/10 MS.-

    Facultando a la Dirección General de Administración dependien-te de este Ministerio de Salud, a efectuar la solicitud de fondosante la Tesorería General de la Provincia y la transferencia alHospital “Centenario” de Gualeguaychú, por un importe de $34.900,00, para solventar el costo del subsidio otorgado por elpresente texto legal, debiendo el Hospital rendir cuenta ante elTribunal de Cuentas de la Provincia.-

    Dejando aclarado que en caso de la no utilización o utilizaciónparcial de los fondos se deberá proceder a la devolución de losmismos, a través de un depósito en la Cuenta Corriente N°90281/6, CBU N° 3860001001000009028169 Nuevo Banco deEntre Ríos. La constancia de dicho depósito, copia de boleto dedepósito, deberá remitirse a calle 25 de Mayo N° 139, CP 3100,presentando Formulario 11, en forma conjunta con copia del textolegal, que apruebe el otorgamiento del subsidio y nota del Directordel Hospital dirigida al Departamento Tesorería del Ministerio deSalud, explicando el motivo de la mencionada devolución.-

    — — —RESOLUCIÓN Nº 4316 MS

    Paraná, 1 de diciembre de 2017Otorgando un subsidio por la suma de $ 5.729,91, para el

    paciente Ismael Federico Marchesini, DNI N° 14.838.135, desti-nado a solventar gastos por la compra de medicamentos para 3meses de tratamiento.-

    Encuadrando la presente gestión en las disposiciones estable-cidas por el Decreto N° 44/17 MS, Resolución N° 881/12 MS yResolución N° 5392/10 MS.-

    Facultando a la Dirección General de Administración dependien-te de este Ministerio de Salud, a efectuar la solicitud de fondosante la Tesorería General de la Provincia y la transferencia alHospital “Santa Rosa” de Chajarí, por un importe de $ 5.729,91,para solventar el costo del subsidio otorgado por el presente textolegal, debiendo el Hospital rendir cuenta ante el Tribunal deCuentas de la Provincia.-

    Dejando aclarado que en caso de la no utilización o utilizaciónparcial de los fondos se deberá proceder a la devolución de losmismos, a través de un depósito en la Cuenta Corriente N°90281/6, CBU N° 3860001001000009028169 Nuevo Banco deEntre Ríos. La constancia de dicho depósito, copia de boleto dedepósito, deberá remitirse a calle 25 de Mayo N° 139, CP 3100,presentando Formulario 11, en forma conjunta con copia del textolegal, que apruebe el otorgamiento del subsidio y nota del Directordel Hospital dirigida al Departamento Tesorería del Ministerio deSalud, explicando el motivo de la mencionada devolución.-

    6 BOLETIN OFICIAL Paraná, lunes 13 de abril de 2020

  • RESOLUCIÓN Nº 4317 MSParaná, 1 de diciembre de 2017

    Otorgando un subsidio por la suma de $ 5.760,00, para el pacienteSantos Enrique Ríos, DNI N° 12.095.296, destinado a solventargastos por la compra de 90 bolsas de colostomía con desagote 60cm.-

    Encuadrando la presente gestión en las disposiciones establecidaspor el Decreto N° 44/17 MS, Resolución N° 881/12 MS y ResoluciónN° 5392/10 MS.-

    Facultando a la Dirección General de Administración dependientede este Ministerio de Salud, a efectuar la solicitud de fondos ante laTesorería General de la Provincia y la transferencia al Hospital“Centenario” de Gualeguaychú, por un importe de $ 5.760,00, parasolventar el costo del subsidio otorgado por el presente texto legal,debiendo el Hospital rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de laProvincia.-

    Dejando aclarado que en caso de la no utilización o utilizaciónparcial de los fondos se deberá proceder a la devolución de losmismos, a través de un depósito en la Cuenta Corriente N° 90281/6,CBU N° 3860001001000009028169 Nuevo Banco de Entre Ríos. Laconstancia de dicho depósito, copia de boleto de depósito, deberáremitirse a calle 25 de Mayo N° 139, CP 3100, presentando Formu-lario 11, en forma conjunta con copia del texto legal, que apruebe elotorgamiento del subsidio y nota del Director del Hospital dirigida alDepartamento Tesorería del Ministerio de Salud, explicando el motivode la mencionada devolución.-

    — — —RESOLUCIÓN Nº 4318 MS

    Paraná, 1 de diciembre de 2017Otorgando un subsidio por la suma de $ 6.500,00, a favor de la Sra.

    Alba Cecilia Jesús Otero, DNI N° 2.830.220-2, destinado a solventargastos por la realización de una biopsia renal, (microscopia óptica,inmunofluorescencia directa), para la paciente Rebeca Soledad Aya-la Jesús, DNI N° 5.409.921-7.-

    Encuadrando la presente gestión en las disposiciones establecidaspor el Decreto N° 44/17 MS, Resolución N° 881/12 MS y ResoluciónN° 5392/10 MS.-

    Facultando a la Dirección General de Administración dependientede este Ministerio de Salud, a efectuar la solicitud de fondos ante laTesorería General de la Provincia y la transferencia al HospitalMaterno Infantil “San Roque” de Paraná, por un importe de $6.500,00, para solventar el costo del subsidio otorgado por el presen-te texto legal, debiendo el Hospital rendir cuenta ante el Tribunal deCuentas de la Provincia.-

    Dejando aclarado que en caso de la no utilización o utilizaciónparcial de los fondos se deberá proceder a la devolución de losmismos, a través de un depósito en la Cuenta Corriente N° 90281/6,CBU N° 3860001001000009028169 Nuevo Banco de Entre Ríos. Laconstancia de dicho depósito, copia de boleto de depósito, deberáremitirse a calle 25 de Mayo N° 139, CP 3100, presentando Formu-lario 11, en forma conjunta con copia del texto legal, que apruebe elotorgamiento del subsidio y nota del Director del Hospital dirigida alDepartamento Tesorería del Ministerio de Salud, explicando el motivode la mencionada devolución.-

    — — —RESOLUCIÓN Nº 4319 MS

    Paraná, 1 de diciembre de 2017Aprobando la Solicitud de Cotización N° 120/17, cuya fecha de

    apertura tuvo lugar el día 16 de noviembre de 2017 y autorizadamediante Resolución N° 3782/17 MS, para la compra de pañales,2880 unidades XXG para bebés, 3456 unidades para juveniles me-dianos, 3744 unidades para grandes adultos y 5184 unidades paraXG adultos, para cubrir la demanda de sus afiliados del ProgramaUGP Incluir Salud de este Ministerio de Salud, en mérito a lo expues-to.-

    Adjudicando la compra interesada a la firma Bertoli, Miguel deParaná:

    Renglón N° 01: 2880 unidades de pañales XXG bebés (de 18 a 23kg), con capa de transferencia banda super absorbente entre piernasy piernas elastizadas, marca Babylook Ultra, en paquetes de 8 u., porun precio unitario de $ 3,41, siendo un monto total de $ 9.820,80;

    Renglón N° 02: 3456 unidades de pañales juveniles medianos (de35 a 45 kg.) con barrera anti escurrimiento, material super absorbentey piernas elastizadas, marca Monisec Ultra, en paquetes de 8 u. porun precio unitario de $ 7,41, siendo un monto total de $ 25.608,96;

    Renglón 03: 3744 unidades de pañales grandes adultos (de 45 a 75kg.) con capa de transferencia y piernas elastizadas, marca MonisecUltra, en paquetes de 16 u. por un precio unitario de $ 7,69, siendoun monto total de $ 28.791,36;

    Renglón N°04: 5184 unidades de pañales XG adultos (+ 75 kg.) concapa de transferencia y piernas elastizadas, marca Monisec Ultra, enpaquetes de 16 u. por un precio unitario de $ 8,37, siendo un montototal de $ 43.390,08; e informado que el monto estimado a invertiresciende a la suma de $ 107.611,20, por ajustarse a lo solicitado yser su precio conveniente a los intereses del Estado.-

    Encuadrando el presente procedimiento administrativo en la LeyN° 5140, texto único y ordenado, Decreto N° 404/95 MEOSP,Capítulo II, Título III, artículo 26°, inciso B), concordante con elDecreto Reglamentario N° 795/96 MEOSP, Título I, Capítulo I,artículo 5°, punto 3° y artículo 6°, inciso 3 y Título IV, y Decreto N°723/17 MEHF, y Convenio Marco del Programa Federal IncluirSalud, Decreto N° 464/17 MS.-

    Autorizando a la Dirección General de Administración de esteMinisterio de Salud, a través del Departamento Tesorería, a realizarel pago a la firma adjudicada Bertoli, Miguel, por la suma total de $107.611,20, con cargo de rendir cuentas ante el Tribunal de Cuen-tas de la Provincia, de acuerdo a la normativa impositiva vigente.-

    — — —RESOLUCIÓN Nº 4320 MS

    Paraná, 1 de diciembre de 2017Autorizando el llamado a licitación privada a través de la Unidad

    Central de Contrataciones del Ministerio de Economía, Hacienda yFinanzas para la adquisición de dos licencias de forticare y forti-guard, para ser instalados en los equipos Fortigate 200 D pertene-cientes a este Ministerio, por un período de 36 meses, por la sumaestimada de $ 266.460,54, en concepto de lo expresado.-

    Aprobando los pliegos de condiciones particulares, anexos deespecificaciones técnicas y pliego de condiciones generales elabo-rados por la Unidad Central de Contrataciones del Ministerio deEconomía, Hacienda y Finanzas que regirán el presente acto licita-torio, los cuales agregados forman parte integrante del presentetexto legal.-

    Encuadrando la presente gestión en la Ley N°5140, texto único yordenado, Decreto N°404/95 MEOSP, Capítulo II, Título III, artículo26°, inciso a), concordante con el Decreto Reglamentario N°795/96MEOSP, Título I, Capítulo I, artículo 5°, punto 2 y artículo 6°, punto2, Catítulo II, artículo 7°, punto 2 y Título III, y su Decreto Modifica-torio N° 723/17 MEHyF.-

    — — —RESOLUCIÓN Nº 4321 MS

    Paraná, 1 de diciembre de 2017Aprobando un llamado a solicitud de cotización, a realizarse por

    intermedio del Departamento Contrataciones de la Dirección Gene-ral de Administración de este Ministerio, para la adquisición de unbaño María termotatizado y una centrífuga de pie tipo Cavour condestino al Laboratorio Provincial de Epidemiología dependiente dela Dirección de Epidemiología, por la suma estimada mensual de $28.980,00, en concepto de lo expresado.-

    Encuadrando la presente gestión en lo dispuesto por la Ley N°5140, texto único y ordenado, Decreto N°404/95 MEOSP, CapítuloII, Título III, artículo 26°, inciso b), concordante con el DecretoReglamentario N° 795/96 MEOSP, Título I, Capítulo I, artículo 5°,punto 3) y artículo 6°, punto 3), Título IV, y Decreto Modificatorio N°723/17 MEHF, y Decreto N° 250/16 MS.-

    — — —RESOLUCION Nº 4470 MS

    RECHAZANDO PRETENSIONParaná, 11 de diciembre de 2017

    VISTO:Las presentes actuaciones por las cuales el agente Oscar Orlando

    Souza, DNI N°14.998.031, interpone recurso de revocatoria, contrala disposición interna de fecha 23.8.16 y Disposición Interna N°430/17 del Hospital “Dr. Felipe Heras” de Concordia; yCONSIDERANDO:

    Que el agente Souza plantea recurso de revocatoria como resul-tado de que no se autoriza la licencia gremial con goce de haberes,por lo que se le computan como faltas con aviso los períodoscomprendidos entre 01.8.15 al 31.8.15, del 01.9.15 al 15.9.15 y del21.9.15 al 30.9.15;

    Que obra comunicado de A.T.E. por el que informa que el agenteen cuestión hará uso de permiso gremial en su carácter de miembrode la Comisión Administrativa, y a su vez que ha sido electo al cargode 3er. Vocal titular de la Comisión Administrativa Seccional Con-cordia de la A.T.E.;

    Que a fs. 10 obra disposición interna de fecha 23.8.16 del Hospital“Dr. Felipe Heras” de Concordia, de la cual el agente Souza senotifica en disconformidad en fecha 20.9.16 y por la cual presentaun primer recurso, y a fs. 18, la Disposición Interna N° 430/17 delHospital “Dr. Felipe Heras” de Concordia, con notificación en fecha22.6.17, también en disconformidad, por lo que presenta un nuevorecurso de revocatoria, planteando en ambas se revoquen lasdisposiciones por arbitrarias, extemporáneas, ilegítimas y discrimi-natorias;

    Que los recursos en examen fueron interpuestos ante una dispo-sición interna y la misma se entiende como medida preparatoria,que no resulta recurrible, no obstante el derecho de alegar contraella, ante ello el autor Roberto Dromi se ha expresado diciendo: “El

    Paraná, lunes 13 de abril de 2020 BOLETIN OFICIAL 7

  • dictamen tiene por fin facilitar ciertos elementos de opinión o juicio,para la formación de la voluntad administrativa (...) forma parte delos actos previos a la emisión de voluntad y se integra como una etapade carácter consultivo- deliberativo en el procedimiento administrati-vo de conformación de la voluntad estatal”, “los actos consultivos sonmeramente preparatorios de la voluntad administrativa, no constitu-yen un acto administrativo en sentido estricto en tanto no producenun efecto jurídico inmediato, sino que posiblemente tendría un efectojurídico a través del acto administrativo que se dicte a posterior”, “escondición necesaria para la procedencia de un recurso administrati-vo, la existencia de un acto productor de efectos jurídicos inmediatos,sea estos generales (reglamento) o individuales (acto administrati-vo)”;

    Que el citado autor, considera que las declaraciones que no pro-duzcan efectos jurídicos individuales e inmediatos no son impugna-bles, dado que para estos efectos se requiere que la decisión admi-nistrativa sea definitiva y cause estado, es decir resuelva sobre elfondo de la cuestión planteada y cierre la instancia administrativa(Dromi, R, 1996 El Procedimiento Administrativo. Ediciones CiudadArgentina: Buenos Aires P 144 y ss.);

    Que a fs. 27 obra intervención del Departamento Liquidaciones deeste Ministerio quien informa que el monto que corresponde descon-tar al agente Souza, por haber percibido indebidamente, es de pesosdieciocho mil quinientos cuarenta y tres con ochenta centavos ($18.543,80);

    Que por todo lo expuesto no corresponde hacer lugar al recursoincoado, por el agente Oscar Orlando Souza, DNI N° 14.998.031,Legajo 169.552, encuadrando las inasistencias por los períodos de-tallados, en el artículo 70º inciso b) de la Ley 9755 -Procedimientospara Tramites Administrativos;

    Que la Dirección de Asuntos Jurídicos de este Ministerio, ha tomadosu debida intervención;

    Por ello;La Ministra Secretaria de Estado de Salud

    R E S U E L V E :Art. 1º - Rechazar el recurso de revocatoria, interpuesto por el

    agente Oscar Orlando Souza, DNI N° 14.998.031, Legajo 169.552,contra la Disposición Interna de fecha 23.8.16 y Disposición InternaN° 430/17 del Hospital “Dr. Felipe Heras” de Concordia, en virtud delo expresado en los considerandos precedentes.

    Art. 2º - Dar intervención al Departamento Liquidaciones de esteMinisterio a fin que proceda al descuento de lo percibido indebida-mente por el agente Souza, de pesos dieciocho mil quinientos cua-renta y tres con ochenta centavos ($ 18.543,80), en montos mensua-les consecutivos que no superen el veinte por ciento (20%) conformela legislación vigente.

    Art. 3º – Comunicar, publicar y archivar.Sonia M. Velázquez

    — — —RESOLUCION Nº 4471 MS

    Paraná, 11 de diciembre de 2017Autorizando y avalando el proyecto de investigación titulado “Ma-

    nejo y Seguimiento de la Primera Convulsión no Provocada en Ni-ños”, que se llevará a cabo en el Hospital de La Baxada “Dra. TeresaRatto” de Paraná, el que estará bajo la responsabilidad de la Dra.Gisela Stefanía Giorgio en su calidad de becaria de la FundaciónFlorencio Fiorini y bajo la supervisión de la Dra. Betiana ComasGuerrero, especialista en Neuropediatría.

    — — —RESOLUCION Nº 4472 MS

    Paraná, 11 de diciembre de 2017Reconociendo la especialidad en Endodoncia al odontólogo Alejan-

    dro José Jaime, MP N° 207, en virtud a dispuesto por el Decreto N°6545/87 MAS y concordante N°2028/89 M.B.S.C.E., ya que asimismodicha comisión manifiesta que el mencionado profesional se lo haevaluado debidamente y ha confirmado que el odontólogo Jaimecurso y obtuvo el título de Especialidad en la materia de Endodoncia.

    — — —RESOLUCION Nº 4473 MS

    Paraná, 11 de diciembre de 2017Dejando sin efecto la autorización conferida al Dr. Jorge Iván Ace-

    vedo, DNI N° 28.717.095 para movilizar los fondos de las CuentasBancarias del Hospital “San Miguel” de Bovril.

    Autorizando a la Dra. Romina Jiménez, DNI N° 30.489.348 a movi-lizar los fondos de las Cuentas Corrientes Bancarias del Hospital“San Miguel” de Bovril en el Nuevo Banco de Entre Ríos de dichalocalidad.

    — — —RESOLUCION Nº 4474 MS

    Paraná, 13 de diciembre de 2017Autorizando a la Dirección General de Administración de este Mi-

    nisterio, a efectuar la solicitud de fondos ante la Tesorería General

    de la Provincia, por la suma total de $ 62.000.00, con destino a laDirección de Automotores - Ministerio de Gobierno y Justicia, paraabonar ante la D.N.R.P.A. la inscripción de los vehículos detalla-dos en el anexo que agregados forma parte integrante de lapresente.

    Disponiendo que será responsabilidad de la Dirección de Auto-motores M.G.J. entregar copia autenticada del título de propiedady tarjeta verde ante el Departamento Contrataciones - DivisiónPatrimonio de este Ministerio.

    Facultando a la Dirección General de Administración de esteMinisterio, a realizar la entrega de fondos al Director de Automo-tores M.G.J. Sr. Jorge Luis Leal, DNI N° 14.718.447, por la sumade $ 62.000,00, debiéndose rendir cuentas ante el DepartamentoTesorería de este Ministerio, en el marco de las normativas vigen-tes, dentro de las 72 horas de recepcionados los fondos, notificán-dose que en caso de incumplimiento de rendición se comunicaráal Servicio Administrativo Contable del M.G.J. para proceder alrecupero de fondos mediante descuento de haberes.

    — — —RESOLUCION Nº 4475 MS

    Paraná, 13 de diciembre de 2017Autorizando el otorgamiento de una partida extraordinaria al

    Hospital “Dr. Fermín V. Salaberry” de Victoria, por la suma de $12.800,00, conforme Factura “B” Nº 0003-00000520 de fecha22.8.17 de la Firma “Ortopedia Centro” de Paraná, correspondien-te a la compra de prótesis para la paciente Laura Noemí Rubattino,DNI N° 27.426.010.

    Encuadrando la presente gestión en el Decreto N° 4166/04MSAS.

    Facultando a la Dirección General de Administración de esteMinisterio de Salud, a efectuar la solicitud de fondos ante laTesorería General de la Provincia y efectivizando la transferenciade fondos al Hospital “Dr. Fermín V. Salaberry” de Victoria, por lasuma de $ 12.800,00, en virtud a lo autorizado.

    — — —RESOLUCION Nº 4476 MS

    Paraná, 13 de diciembre de 2017Autorizando el otorgamiento de una partida extraordinaria al

    Hospital “Centenario” de Gualeguaychú, por la suma de $64.572,90, conforme Factura “B” Nº 0004-00001618 de fecha08.8.17, de la Firma “Medical Farma” de Germán Vallaro deParaná, correspondiente a la compra de 3 Stents Coronarios, parael paciente José Horacio Olivera, DNI N° 14.215.669.

    Encuadrando la presente gestión en el Decreto N° 4166/04MSAS.

    Facultando a la Dirección General de Administración de esteMinisterio de Salud, a efectuar la solicitud de fondos ante laTesorería General de la Provincia y efectivizar la transferencia defondos al Hospital “Centenario” de Gualeguaychú, por la suma de$ 64.572,90, en virtud a lo autorizado.

    — — —RESOLUCION Nº 4477 MS

    Paraná, 13 de diciembre de 2017Aprobando la contratación directa -vía excepción -con el presta-

    dor González Cirilo Ramón Alcides de Oro Verde, en concepto detraslados efectuados en el mes de agosto/17, al paciente Portillo,Iván Enrique, DNI N" 34.057.724, Beneficiario PAMI, por la sumade $ 16.188,00, según Factura “C” N° 0001-00000025 de fecha14.09.17, debiendo realizar un débito a la facturación por la sumade $ 3.692,00.

    Encuadrando el presente procedimiento administrativo se en-cuadra en el artículo 27° -inciso c) - apartado b) -punto 3° - de laLey Nº 5140 -texto único y ordenado- Decreto N° 404/95M.E.O.S.P. - concordante con los artículos 133° y 142° -inciso 4-puntos a) y b) - Decreto Reglamentario Nº 795/96 MEOSP convalores actualizados según Decreto N°723/17 MEHF, y ConvenioMarco del Programa Federal Incluir Salud -Decreto 464/17 MS.

    Facultando a la Dirección General de Administración de esteMinisterio de Salud, a efectuar el pago al prestador GonzálezCirilo Ramón Alcides de Oro Verde, por la suma total de $12.496,00, a través del Departamento Tesorería, con cargo derendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia (FondosIncluir Salud).

    — — —RESOLUCION Nº 4478 MS

    Paraná, 13 de diciembre de 2017Aprobando la contratación directa -vía excepción -con el Pres-

    tador -O. Wallingre Héctor Alcides de Paraná, en concepto deSesiones de Neurokinesiología efectuadas en el mes de septiem-bre/17, al paciente Milocco Norberto Raúl DNI N° 8.580.787,Beneficiario del Programa Incluir Salud Nº 405-8300309/00, porla suma total de $ 5.428,32, según Recibo “C” N°0003 -00000266de fecha 24.10.17.

    8 BOLETIN OFICIAL Paraná, lunes 13 de abril de 2020

  • Encuadrando el presente procedimiento administrativo en la Ley Nº5140 - texto único y ordenado, Decreto N° 404/95 M.E.O.S.P. -artí-culo 27º -inciso c) -apartado b) -Punto 3°-concordante con el DecretoReglamentario Nº 795/96 M.E.O.S.P. -artículos 133° y 142° -inciso 4-puntos a) y b) -con valores actualizados según Decreto N° 723/17M.E.H.F. y Convenio Marco del Programa Federal Incluir Salud -De-creto N° 464/17 M.S.

    Facultando a la Dirección General de Administración de este Minis-terio de Salud, a efectuar el pago al Prestador Wallingre HéctorAlcides de Paraná, por la suma total de $ 5.428,32, a través delDepartamento Tesorería, con cargo de rendir cuenta ante el Tribunalde Cuentas de la Provincia (Fondos Incluir Salud), en virtud a loaprobado.

    — — —RESOLUCION Nº 4479 MS

    Paraná, 13 de diciembre de 2017Autorizando el otorgamiento de una partida extraordinaria al Hospi-

    tal “Dr. Fermín V. Salaberry” de Victoria, por la suma de $ 18.300,00,conforme Factura “B” N° 0005-00001664 de fecha 05.7.17, de laFirma “Prima Implantes” S.A de Córdoba, correspondiente a la com-pra de prótesis para la paciente Cynthia Noelia Rubín, DNI N°30.205.170.

    Encuadrando la presente gestión en el Decreto Nº 4166/04 MSAS.Facultando a la Dirección General de Administración de este Minis-

    terio de Salud, a efectuar la solicitud de fondos ante la TesoreríaGeneral de la Provincia y efectivizar la transferencia de fondos alHospital “Dr. Fermín V. Salaberry” de Victoria, por la suma de $18.300,00.

    — — —RESOLUCION Nº 4480 MS

    Paraná, 13 de diciembre de 2017Autorizando el otorgamiento de una partida extraordinaria al Hospi-

    tal “Justo José de Urquiza” de Concepción del Uruguay, por la sumade $ 47.625,60, conforme Factura “B” N° 0004-00001955 de fecha13.6.17 de la Firma “Medical Implantes” de Buenos Aires, correspon-diente a la compra de insumos para Neurocirugía para el pacienteValentino Degregori, DNI N° 54.639.502.

    Encuadrando la presente gestión en el Decreto Nº 4166/04 MSAS.Facultando a la Dirección General de Administración de este Minis-

    terio de Salud, a efectuar la solicitud de fondos ante la TesoreríaGeneral de la Provincia y efectivizar la transferencia de fondos alHospital “Justo José de Urquiza” de Concepción del Uruguay, por lasuma de $ 47.625,60, en virtud a lo autorizado.

    — — —RESOLUCION Nº 4481 MS

    Paraná, 13 de diciembre de 2017Otorgando un subsidio por la suma de $ 70.698,00, para la paciente

    Silvia Mariela Solis DNI 34.805.009, destinado a solventar gastos porla compra de medicamentos para 2 meses de tratamiento, siendoresponsable el Sr. Angel Raúl Solis DNI Nº 11.161.29.

    Encuadrando la presente gestión en las disposiciones establecidaspor el Decreto Nº 44/17 M.S., Resolución Nº 881/12 M.S. y ResoluciónNº 5392/10 M.S.

    Facultando a la Dirección General de Administración dependientede este Ministerio de Salud, a efectuar la solicitud de fondos ante laTesorería General de la Provincia y la transferencia al Hospital“Delicia Concepción Masvernat” de Concordia por un importe de $70.698,00, para solventar el costo del subsidio otorgado, debiendo elHospital rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.

    Dejando aclarado que en caso de la no utilización o utilizaciónparcial de los fondos se deberá proceder a la devolución de losmismos a través de un depósito en la Cuenta Corriente Nº 90281/6C.B.U N°3860001001000009028169 Nuevo Banco de Entre Ríos. Laconstancia de dicho depósito (copia de boleto de depósito) deberáremitirse a calle 25 de Mayo N°139 (C.P. 3100), presentando Formu-lario 11 en forma conjunta con copia del texto legal que apruebe elotorgamiento del subsidio y nota del Director del Hospital dirigida alDepartamento Tesorería del Ministerio de Salud explicando el motivode la mencionada devolución.

    — — —RESOLUCION Nº 4482 MS

    Paraná, 13 de diciembre de 2017Otorgando un subsidio por la suma de $ 2.000,00, para el paciente

    Jaquelina María Fernando Paredes, DNI N° 27.835.109, destinado asolventar gastos por la realización de una Resonancia Magnética deColumna Lumbosacra.

    Encuadrando la presente gestión en las disposiciones establecidaspor Decreto N° 44/17 M.S., Resolución N° 881/12 M.S. y ResoluciónN° 5392/10 M.S.

    Facultando a la Dirección General de Administración dependientede este Ministerio de Salud, a efectuar la solicitud de fondos ante laTesorería General de la Provincia y la transferencia al Hospital “SanBlas” de Nogoyá, por un importe de $ 2.000,00, para solventar el

    costo del subsidio otorgado, debiendo el Hospital rendir cuenta anteel Tribunal de Cuentas de la Provincia.

    Dejando aclarado que en caso de la no utilización o utilizaciónparcial de los fondos se deberá proceder a la devolución de losmismos a través de un depósito en la Cuenta Corriente N°90281/6C.B.U N° 3860001001000009028169 Nuevo Banco de Entre Ríos.La constancia de dicho depósito (copia de boleto de depósito)deberá remitirse a calle 25 de Mayo Nº 139 (C.P. 3100), presentan-do Formulario 11 en forma conjunta con copia del texto legal queapruebe el otorgamiento del subsidio y nota del Director del Hospitaldirigida al Departamento Tesorería del Ministerio de Salud explican-do el motivo de la mencionada devolución.

    — — —RESOLUCION Nº 4483 MS

    Paraná, 13 de diciembre de 2017Otorgando un subsidio por la suma de $ 12.900,00, para la pacien-

    te Claudia Yolanda García, DNI N°21.046.232, destinado a solven-tar gastos por la compra de 1 Sling.

    Encuadrando la presente gestión en las disposiciones estableci-das por el Decreto N° 44/17 M.S. Resolución Nº 881/12 M.S. yResolución N° 5392/10 M.S.

    Facultando a la Dirección General de Administración dependientede este Ministerio de Salud, a efectuar la solicitud de fondos antela Tesorería General de la Provincia y la transferencia al Hospital“Delicia Concepción Masvernat” de Concordia, por un importe de $12.900,00, para solventar el costo del subsidio otorgado debiendoel Hospital rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provin-cia.

    Dejando aclarado que en caso de la no utilización o utilizaciónparcial de los fondos se deberá proceder a la devolución de losmismos a través de un depósito en la Cuenta Corriente N°90281/6C.B.U N° 3860001001000009028169 Nuevo Banco de Entre Ríos.La constancia de dicho depósito (copia de boleto de depósito)deberá remitirse a calle 25 de Mayo N°139 (C.P. 3100), presentan-do Formulario 11 en forma conjunta con copia del texto legal queapruebe el otorgamiento del subsidio y nota del Director del Hospitaldirigida al Departamento Tesorería del Ministerio de Salud explican-do el motivo de la mencionada devolución.

    — — —RESOLUCION Nº 4484 MS

    Paraná, 13 de diciembre de 2017Otorgando un subsidio por la suma de $ 1.200,00, para el paciente

    Carlos Alberto Favre, DNI N° 25.031.223, destinado a solventargastos por la realización de una Resonancia Magnética de ColumnaCervical.

    Encuadrando la presente gestión en las disposiciones estableci-das por Decreto N° 44/17 M.S. Resolución N° 881/12 M.S. y Reso-lución Nº 5392/10 M.S.

    Facultando a la Dirección General de Administración dependientede este Ministerio de Salud, a efectuar la solicitud de fondos antela Tesorería General de la Provincia y la transferencia al Hospital“San José” de San José -Dpto. Colón, por un importe de $ 1.200,00,para solventar el costo del subsidio otorgado, debiendo el Hospitalrendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.

    Dejando aclarado que en caso de la no utilización o utilizaciónparcial de los fondos se deberá proceder a la devolución de losmismos a través de un depósito en la Cuenta Corriente N°90281/6C.B.U Nº 3860001001000009028169 Nuevo Banco de Entre Ríos.La constancia de dicho depósito (copia de boleto de depósito)deberá remitirse a calle 25 de Mayo Nº 139 (C.P. 3100), presentan-do Formulario 11 en forma conjunta con copia del texto legal queapruebe el otorgamiento del subsidio y nota del Director del Hospitaldirigida al Departamento Tesorería del Ministerio de Salud explican-do el motivo de la mencionada devolución.

    — — —RESOLUCION Nº 4485 MS

    Paraná, 13 de diciembre de 2017Otorgando un subsidio por la suma de $ 4.035,33, a favor de la

    Sra. Gisela María Belén Rodríguez, DNI N° 27.425.017, destinadoa solventar gastos por la compra de medicamentos para 3 mesesde tratamiento, para el paciente Kevin Agustín Sánchez, DNI N°47.981.934.

    Encuadrando la presente gestión en las disposiciones estableci-das por el Decreto N° 44/17 M.S. Resolución Nº 881/12 M.S. yResolución N° 5392/10 M.S.

    Facultando a la Dirección General de Administración dependientede este Ministerio de Salud, a efectuar la solicitud de fondos antela Tesorería General de la Provincia y la transferencia al Hospital“Justo José de Urquiza” de Concepción del Uruguay, por un importede $ 4.035,33, para solventar el costo del subsidio otorgado, de-biendo el Hospital rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de laProvincia.

    Paraná, lunes 13 de abril de 2020 BOLETIN OFICIAL 9

  • Dejando aclarado que en caso de la no utilización o utilizaciónparcial de los fondos se deberá proceder a la devolución de losmismos a través de un depósito en la Cuenta Corriente Nº 90281/6C.B.U N°3860001001000009028169 Nuevo Banco de Entre Ríos. Laconstancia de dicho depósito (copia de boleto de depósito) deberáremitirse a calle 25 de Mayo N°139 (C.P. 3100), presentando Formu-lario 11 en forma conjunta con copia del texto legal que apruebe elotorgamiento del subsidio y nota del Director del Hospital dirigida alDepartamento Tesorería del Ministerio de Salud explicando el motivode la mencionada devolución.

    — — —RESOLUCION Nº 4486 MS

    Paraná, 13 de diciembre de 2017Otorgando un subsidio por la suma de $ 6.900,00, para la paciente

    Mariela De Luca, DNI N° 28.710.078, destinado a solventar gastospor la compra de 1 Malla Sling con Aplicadores.

    Encuadrando la presente gestión en las disposiciones establecidaspor Decreto N° 44/17 M.S. Resolución Nº 881/12 M.S. y ResoluciónNº 5392/10 M.S.

    Facultando a la Dirección General de Administración dependientede este Ministerio de Salud, a efectuar la solicitud de fondos ante laTesorería General de la Provincia y la transferencia al Hospital “SanMartín” de Paraná, por un importe de $ 6.900,00, para solventar elcosto del subsidio otorgado, debiendo el Hospital rendir cuenta anteel Tribunal de Cuentas de la Provincia.

    Dejando aclarado que en caso de la no utilización o utilizaciónparcial de los fondos se deberá proceder a la devolución de losmismos a través de un depósito en la Cuenta Corriente N° 90281/6C.B.U N° 3860001001000009028169 Nuevo Banco de Entre Ríos Laconstancia de dicho depósito (copia de boleto de depósito) deberáremitirse a calle 25 de Mayo N°139 (C.P. 3100), presentando Formu-lario 11 en forma conjunta con copia del texto legal que apruebe elotorgamiento del subsidio y nota del Director del Hospital dirigida alDepartamento Tesorería del Ministerio de Salud explicando el motivode la mencionada devolución.

    — — —RESOLUCION Nº 4487 MS

    Paraná, 13 de diciembre de 2017Otorgando un subsidio por la suma de $ 2.400,00, para el paciente

    Pablo Matías Ghilini, DNI N° 30.876.558, destinado a solventar gas-tos por la realización de una Resonancia Magnética de Codo yAntebrazo.

    Encuadrando la presente gestión en las disposiciones establecidaspor Decreto N° 44/17 M.S., Resolución N° 881/12 M.S. y ResoluciónN° 5392/10 M.S.

    Facultando a la Dirección General de Administración dependientede este Ministerio de Salud, a efectuar la solicitud de fondos ante laTesorería General de la Provincia y la transferencia al Hospital “SanBenjamín” de Colón, por un importe de $ 2.400,00, para solventar elcosto del subsidio otorgado, debiendo el Hospital rendir cuenta anteel Tribunal de Cuentas de la Provincia.

    Dejando aclarado que en caso de la no utilización o utilizaciónparcial de los fondos se deberá proceder a la devolución de losmismos a través de un depósito en la Cuenta Corriente N° 90281/6C.B.U Nº 3860001001000009028169 Nuevo Banco de Entre Ríos. Laconstancia de dicho depósito (copia de boleto de depósito) deberáremitirse a calle 25 de Mayo Nº 139 (C.P. 3100), presentando Formu-lario 11 en forma conjunta con copia del texto legal que apruebe elotorgamiento del subsidio y nota del Director del Hospital dirigida alDepartamento Tesorería del Ministerio de Salud explicando el motivode la mencionada devolución.

    — — —RESOLUCION Nº 4488 MS

    Paraná, 13 de diciembre de 2017Otorgando un subsidio por la suma de $ 279.600,00, para el pacien-

    te Alan Fabricio Zapata, DNI Nº 36.861.035, destinado a solventargastos por la compra de medicamentos para 3 meses de tratamiento.

    Encuadrando la presente gestión en las disposiciones establecidaspor Decreto N° 44/17 M.S., Resolución N° 881/12 M.S. y ResoluciónN° 5392/10 M.S.

    Facultando a la Dirección General de Administración dependientede este Ministerio de Salud, a efectuar la solicitud de fondos ante laTesorería General de la Provincia y la transferencia al Hospital “Dr.Fermín V. Salaberry” de Victoria, por un importe de $ 279.600,00,para solventar el costo del subsidio otorgado, debiendo el Hospitalrendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.

    Dejando aclarado que en caso de la no utilización o utilizaciónparcial de los fondos se deberá proceder a la devolución de losmismos a través de un depósito en la Cuenta Corriente Nº 90281/6C.B.U N°3860001001000009028169 Nuevo Banco de Entre Ríos. Laconstancia de dicho depósito (copia de boleto de depósito) deberáremitirse a calle 25 de Mayo Nº 139 (C.P. 3100), presentando Formu-

    lario 11 en forma conjunta con copia del texto legal que apruebeel otorgamiento del subsidio y nota del Director del Hospitaldirigida al Departamento Tesorería del Ministerio de Salud expli-cando el motivo de la mencionada devolución.

    — — —RESOLUCION Nº 4489 MS

    Paraná, 13 de diciembre de 2017Otorgando un subsidio por la suma de $ 4.725,00, para el

    paciente Abel Oscar Almada, DNI N° 14.128.568, destinado asolventar gastos por la compra de medicamentos para 3 meses etratamiento siendo responsable la Sra. Rosa Amelia Almada, DNINº 10.949.863.

    Encuadrando la presente gestión en las disposiciones estable-cidas por el Decreto N° 44/17 M.S. Resolución Nº 881/12 M.S. yResolución N° 5392/10 M.S.

    Facultando a la Dirección General de Administración dependien-te de este Ministerio de Salud, a efectuar la solicitud de fondosante la Tesorería General de la Provincia y la transferencia alHospital “Justo José de Urquiza” de Concepción del Uruguay, porun importe de $ 4.725,00, para solventar el costo del subsidiootorgado, debiendo el Hospital rendir cuenta ante el Tribunal deCuentas de la Provincia.

    Dejando aclarado que en caso de la no utilización o utilizaciónparcial de los fondos se deberá proceder a la devolución de losmismos a través de un depósito en la Cuenta Corriente Nº 90281/6C.B.U N°3860001001000009028169 Nuevo Banco de Entre Ríos.La constancia de dicho depósito (copia de boleto de depósito)deberá remitirse a calle 25 de Mayo N° 139 (C.P. 3100), presen-tando Formulario 11 en forma conjunta con copia del texto legalque apruebe el otorgamiento del subsidio y nota del Director delHospital dirigida al Departamento Tesorería del Ministerio deSalud explicando el motivo de la mencionada devolución.

    — — —RESOLUCION Nº 4490 MS

    Paraná, 13 de diciembre de 2017Otorgando un subsidio por la suma de $ 12.432,00, a favor de

    la Sra. Marina Soledad Martínez DNI N° 31.700.092, destinado asolventar gastos por la compra de medicamentos para 3 mesesde tratamiento, para el paciente Bautista Marchesini, DNI N°53.625.583.

    Encuadrando la presente gestión en las disposiciones estable-cidas por el Decreto Nº 44/17 M.S. Resolución N° 881/12 M.S. yResolución Nº 5392/10 M.S.

    Facultando a la Dirección General de Administración dependien-te de este Ministerio de Salud a efectuar la solicitud de fondosante la Tesorería General de la Provincia y la transferencia alHospital “Centenario” de Gualeguaychú por un importe de $12.432.00, para solventar el costo del subsidio otorgado, debiendoel Hospital rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provin-cia.

    Dejando aclarado que en caso de la no utilización o utilizaciónparcial de los fondos se deberá proceder a la devolución de losmismos a través de un depósito en la Cuenta Corriente N° 90281/6C.B.U N°3860001001000009028169 Nuevo Banco de Entre Ríos.La constancia de dicho depósito (copia de boleto de depósito)deberá remitirse a calle 25 de Mayo N° 139 (C.P. 3100), presen-tando Formulario 11 en forma conjunta con copia del texto legalque apruebe el otorgamiento del subsidio y nota del Director delHospital dirigida al Departamento Tesorería del Ministerio deSalud explicando el motivo de la mencionada devolución.

    — — —RESOLUCION Nº 4491 MS

    Paraná, 13 de diciembre de 2017Otorgando un subsidio por la suma de $ 7.290,00, para el

    paciente Daniel Salvador Pérez, DNI N° 5.097.123, destinado asolventar gastos por la compra de 1 Placa Extremo Proximal deHumero 3.5 mm. Bloqueada, siendo responsable el Sr. ClaudioGabriel Franco, DNI Nº 28 135 883.

    Encuadrando la presente gestión en las disposiciones estable-cidas por el Decreto Nº 44/17 M.S. Resolución N° 881/12 M.S. yResolución N° 5392/10 M.S.

    Facultando a la Dirección General de Administración dependien-te de este Ministerio de Salud a efectuar la solicitud de fondosante la Tesorería General de la Provincia y la transferencia alHospital “San Martín” de Paraná, por un importe de $ 7.290,00,para solventar el costo del subsidio otorgado, debiendo el Hospitalrendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.

    Dejando aclarado que en caso de la no utilización o utilizaciónparcial de los fondos se deberá proceder a la devolución de losmismos a través de un depósito en la Cuenta Corriente N° 90281/6C.B.U Nº 3860001001000009028169 Nuevo Banco de Entre Ríos.

    10 BOLETIN OFICIAL Paraná, lunes 13 de abril de 2020

  • La constancia de dicho depósito (copia de boleto de depósito) deberáremitirse a calle 25 de Mayo N°139 (C.P. 3100), presentando Formu-lario 11 en forma conjunta con copia del texto legal que apruebe elotorgamiento del subsidio y nota del Director del Hospital dirigida alDepartamento Tesorería del Ministerio de Salud explicando el motivode la mencionada devolución.

    — — —RESOLUCION Nº 4492 MS

    Paraná, 13 de diciembre de 2017Otorgando un subsidio por la suma de $ 8.850,00, para el paciente

    Francisco Gabriel Benchoa, DNI Nº 30.691.123, destinado a solven-tar gastos por la compra de medicamentos para 3 meses de trata-miento.

    Encuadrando la presente gestión en las disposiciones establecidaspor Decreto N° 44/17 M.S., Resolución N° 881/12 M.S. y ResoluciónNº 5392/10 M.S.

    Facultando a la Dirección General de Administración dependientede este Ministerio de Salud, a efectuar la solicitud de fondos ante laTesorería General de la Provincia y la transferencia al Hospital“Delicia Concepción Masvernat” de Concordia, por un importe de $8.850,00, para solventar el costo del subsidio otorgado, debiendo elHospital rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.

    Dejando aclarado que en caso de la no utilización o utilizaciónparcial de los fondos se deberá proceder a la devolución de losmismos a través de un depósito en la Cuenta Corriente N° 90281/6C.B.U N°3860001001000009028169 Nuevo Banco de Entre Ríos. Laconstancia de dicho depósito (copia de boleto de depósito) deberáremitirse a calle 25 de Mayo N°139 (C.P. 3100), presentando Formu-lario 11 en forma conjunta con copia del texto legal que apruebe elotorgamiento del subsidio y nota del Director del Hospital dirigida alDepartamento Tesorería del Ministerio de Salud explicando el motivode la mencionada devolución.

    MUNICIPIO DE EL PINGO

    P A R A N A

    MUNICIPIO DE EL PINGO “PUEBLO SAN JULIAN”DECRETO Nº 58/2020

    El Pingo, 1 de abr i l de 2019VISTO:

    Lo dispuesto por los Decretos Nº 55 y Nº 57 de 2020 y losDecretos Prov inc iales 361/20 y 368/20 y 496/2020, y DecretosNacionales Nº 297/2020 y 325/2020 y la Resoluc ión 101/2020 delMinister io de Desarro l lo Product ivo Secretar ía de Comerc io Inte-r io r ; yCONSIDERANDO:

    Que por los respect ivos decretos munic ipales, se dispuso laadhesión al estado de emergencia sanitar ia y el asueto extraor-d inar io por las mismas e idént icas razones, con suspensión detodos los plazos en decurso, cons iderándose inhábi les los díastranscurr idos a los efectos del t rámite de expedientes, rec lama-ciones y recursos admin ist rat ivos, desde el 17 marzo, al 31 demarzo del corr iente año, y habiéndose prorrogado el ais lamientosocial , prevent ivo y obl igator io, por el estado nacional paratodas las personas que habitan en el país o se encuentren en élen forma temporar ia, se hace necesar io dictar el presente a losmismos f ines.

    Que con igual objeto de garant izar el cumpl imiento del ais la-miento señalado y ext remar la restr icc ión en la ci rcu lac ión depersonas por la v ía públ ica, resu l ta conveniente, con carácterextraordinar io y excepc ional , f i jar un horar io de apertura y cierrede los comercios y act iv idades part iculares cuyo funcionamientoestán permit idos por las normas señaladas, y en especial a lasque respecta en los Inc. c), d), e), f ), g), h) e i) del Art . 1 de la Ley18.425, conforme Resoluc ión 101/2020 y el Ar t . 6 Inc. Decreto297/2020.

    Que por todo el lo , y durante todo el p lazo que dure el ais lamien-to soc ial , prevent ivo y obl igator io dispuesto por el GobiernoNacional y Prov inc ial que resul te ap l icab le a este munic ip io , sehace necesar io d ic tar el presente decreto, en uso de las facu l ta-des de este Poder Ejecut ivo Munic ipal conforme a las normat ivasantes mencionadas y las disposic iones establec idas en la Ley10.027 y modif icator ia y la Const i tuc ión de la Provincia de EntreRíos.

    Por el lo ;El Pres idente Munic ipal del Pingo

    D E C R E T A :Art. 1º.- Prorrogar el asueto administrat ivo extraordinario, con

    los mismos alcances y efectos, dispuestos en los Art. 2 y 3 delDecreto Munic ipal 57/2020, durante todo el p lazo que dure elais lamiento social , preventivo y obligator io, dispuestos por elGobierno de la Provincia de Entre Ríos y el Gobierno Nacional.

    Art . 2º.- Los establec imientos comerc iales def in idos en Art . 1de la Ley 18.425 Inc. c), d), e), f ), g), h) e i ) conforme la Resolu-c ión 101/2020 del Min ister io de Desarro l lo Product ivo, Secreta-r ía de Comerc io In ter ior de la nación, podrán a part i r de las00.00 hs. del d ía 31 de marzo del 2020 y mientras dure la medidade ais lamiento social , prevent ivo y obl igator io dispuesto por elEstado Nacional que resul te apl icable a este munic ip io , abr i rsus puertas para atención al públ ico , de lunes a v iernes en elhorar io matut ino de 08.00 hs a 11.00 hs., horar io vespert ino de16.00 hs. a 19.00 hs., y sábados en el horar io matut ino señala-do, debiendo cerrar sus puertas de atenc ión al públ ico los díasdomingo, debiéndose cumpl i r dentro de los días y horas est i -pulados con las demás medidas resuel tas y/o que en adelantese dispongan al efecto por el mencionado Min ister io de laNación.

    Art . 3º.- Fíjese horar ios y días para real izar las act iv idadesprevis tas en el ar t ículo 6º del Decreto Nacional 297/2020, y/osus modif icator ias y/o complementar ias, para el personal con-tratado, o munic ipal afectado a obra públ ica y la reco lección,t ransporte y tratamiento de res iduos sól idos urbanos,