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Número de Documento NRF-037-PEMEX-2012 SUBCOMITÉ TÉCNICO DE NORMALIZACIÓN DE PEMEX-EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN 14 de agosto de 2012 PÁGINA 1 DE 104 COMITÉ DE NORMALIZACIÓN DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS PLATAFORMAS MARINAS PARA PERFORACIÓN, TERMINACIÓN Y REPARACIÓN DE POZOS.- ARRENDAMIENTO

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Esta Norma de Referencia se aprobó en el Comité de Normalización de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios en la sesión 87, celebrada el 24 de mayo de 2012.                         

 

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CONTENIDO

CAPÍTULO PÁGINA 0. INTRODUCCIÓN .................................................................................................................................. 4 1. OBJETIVO ............................................................................................................................................ 5 2. ALCANCE ............................................................................................................................................. 5 3. CAMPO DE APLICACIÓN ................................................................................................................... 5 4. ACTUALIZACIÓN ................................................................................................................................ 5 5. REFERENCIAS .................................................................................................................................... 6 6. DEFINICIONES .................................................................................................................................... 8 7. SÍMBOLOS Y ABREVIATURAS .......................................................................................................... 12 8. DESARROLLO ..................................................................................................................................... 15

8.1 Equipo Convencional o Modular instalado sobre Plataformas Marinas Fijas ............................ 16 8.2 Plataformas Autoelevables ......................................................................................................... 20 8.3 Equipos Flotantes para aguas someras y profundas ................................................................. 26 8.4 Equipos Flotantes para aguas ultra profundas ........................................................................... 35 8.5 Equipo autoinstalable Tipo Tender ............................................................................................. 43 8.6 Especificaciones generales de componentes en las plataformas y equipos Marinos ............... 49 8.7 Seguridad industrial .................................................................................................................... 64 8.8 Salud en el trabajo ...................................................................................................................... 86 8.9 Protección ambiental .................................................................................................................. 89

9. RESPONSABILIDADES ..................................................................................................................... 90 10. CONCORDANCIA CON NORMAS MEXICANAS O INTERNACIONALES .................................... 91 11. BIBLIOGRAFÍA .................................................................................................................................... 91 12. ANEXOS ............................................................................................................................................... 93

Tabla 24 Permisos, licencias, documentos y certificaciones que deben presentar los Arrendadores

de las Plataformas y Equipos Marinos convencionales, modulares, autoelevables, flotantes y tipo tender .......................................................................................................... 93

Tabla 25 Herramientas para el manejo de las diferentes Sartas de perforación .............................. 97

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0. INTRODUCCIÓN Dentro de las principales actividades que se llevan a cabo en Perforación, Terminación y Reparación de Pozos se encuentran el diseño y la perforación, terminación y reparación de pozos en campos de desarrollo y exploratorios, en los cuales, se utiliza la perforación vertical, horizontal, direccional, bajo balance y multilaterales, entre otros. Para la reparación o mantenimiento de pozos se cuenta con los servicios de reparaciones mayores, reentradas, reparaciones menores, conversiones a bombeo neumático o electro centrifugado, cambios de aparejos de producción, control y taponamiento definitivo de pozos, estimulación, fracturamiento y tomas de información, entre otros. Con el objeto de unificar criterios, aprovechar las experiencias dispersas y conjuntar resultados de las investigaciones Mexicanas e internacionales, Pemex-Exploración y Producción (PEP) emite a través del Comité de Normalización de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, esta norma de referencia para el arrendamiento de plataformas y equipos marinos para la perforación, terminación y reparación de pozos. Esta Norma de Referencia se realizó en atención y cumplimiento a: Código Internacional para la Protección de los Buques y de las Instalaciones Portuarias (PBIP). Código MODU-2010 “Construction and Equipment of Mobile Offshore Drilling Units” (Código para la construcción y equipo de las unidades móviles para perforación costa afuera). Guía para la Emisión de Normas de Referencia de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. ISM International Safety Management (Código Internacional de Gestión de la Seguridad Operacional del Buque). Ley de navegación y su reglamento. Ley de puertos y su reglamento. Ley de Petróleos Mexicanos y su reglamento. Disposiciones administrativas de contratación Ley Federal sobre Metrología y Normalización. MARPOL “International Convention for the Prevention of Pollution from Ships” (Convenio Internacional para prevenir la contaminación por los buques) 1973, emitido por la OMI. Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento. Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento. SOLAS-2009 “International Convention for the Safety of Life at Sea” Convenio Internacional para la seguridad de la vida humana en el mar 1974, protocolos, anexos y enmiendas. Resolución CNH.I2.001/10, “Disposiciones administrativas de carácter general que establecen los procedimientos, requerimientos técnicos y condiciones necesarias en materia de seguridad industrial, que deberán observar Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios (PEMEX) para realizar las actividades de exploración y explotación de hidrocarburos en aguas profundas”. En la elaboración de esta Norma, participaron: Petróleos Mexicanos (Dirección Corporativa de Administración). Pemex-Exploración y Producción (PEP). Blackstone Gerencia, S.A. de C.V. / Rowandrill, INC. Compañía Perforadora México S.A de C.V. COSL Mexico S.A. de C.V. (China Oilfield Services Limited) Ensco Drilling Mexico L.L.C. Geomarex S.A de C.V. Goimar S. A. de C.V. Grupo R Exploración Marina, S.A de C.V. Grup Servicii Petroliere S.A.

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Industrial de Servicios & Outsourcing, S.A. de C.V. (ISO) Industrial Perforadora de Campeche, S.A. de C.V. KCA Deutag Offshore, SA. Mexdrill Offshore, S. de R.L. de C.V. Nabors Perforaciones de México, S. de R.L. de C.V. Noble Contracting Sarl. Perforadora Central S.A. de C.V. Sea Dragon de Mexico, S. de R.L. de C.V. Todco México Inc. 1. OBJETIVO Establecer los requisitos técnicos que debe cumplir el servicio de arrendamiento de plataformas y equipos marinos para perforación, terminación y reparación de pozos. 2. ALCANCE Esta Norma de Referencia establece los requisitos técnicos, administrativos, de seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental que deben cumplir las Plataformas y equipos marinos para perforación, terminación y reparación de pozos, que arriende PEP; para aguas someras, profundas y ultraprofundas. Esta Norma de Referencia también establece los requisitos mínimos de personal, maquinaria y actividades a realizar, así como la documentación que se debe entregar en forma general. Lo anterior sin menoscabo de que los requisitos mínimos que se señalen y determinen en las bases de licitación, conforme a las características, complejidad y magnitud de cada contratación de plataformas y equipos marinos para perforación, terminación y reparación de pozos. 3. CAMPO DE APLICACIÓN Esta Norma de Referencia es de aplicación general y de observancia obligatoria para los arrendadores que arrienden a PEP, plataformas y equipos marinos para perforación, que PEP requiera para la perforación, terminación y reparación de pozos, por lo tanto es requisito indispensable que se incluya en todas las bases de licitaciones públicas, invitaciones restringidas, adjudicaciones directas y en los contratos, como parte de la reglamentación o normatividad que debe cumplir el licitante, contratista / arrendador. 4. ACTUALIZACIÓN Esta Norma de Referencia se debe revisar y en su caso modificar al menos cada 5 años o antes si las sugerencias y recomendaciones de cambio lo ameritan. Las sugerencias para la revisión y actualización de esta Norma de Referencia deben enviarse al Secretario del Subcomité Técnico de Normalización de Pemex-Exploración y Producción, quien debe programar y realizar la actualización de acuerdo a la procedencia de las mismas y en su caso, inscribirla dentro del Programa Anual de Normalización de Petróleos Mexicanos, a través del Comité de Normalización de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

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Las propuestas y sugerencias de cambio deben elaborarse en el formato CNPMOS-001-A01 de la Guía para la Emisión de Normas de Referencia CNPMOS-001-A0, Rev. 1 del 30 de septiembre de 2004 y dirigirse a: Pemex-Exploración y Producción. Representación de la GAM, Sede México. Bahía de Ballenas 5, Edificio “D”, PB., entrada por Bahía del Espíritu Santo s/n. Col. Verónica Anzures, México D. F., C. P. 11 300 Teléfono directo: 1944-9286 Conmutador: 1944-2500 extensión 380-80, Fax: 3-26-54 Correo Electrónico: [email protected] / [email protected] 5. REFERENCIAS 5.1 ISO 9712:2005 con ISO 9712:2005/Cor. 1:2006. Non-destructive testing - Qualification and certification of personnel (Pruebas no destructivas- Calificación y certificación de personal). 5.2 NOM-001-SEMARNAT-1996. Que establece los límites máximos permisibles de contaminantes en las descargas de aguas residuales en aguas y bienes nacionales. 5.3 NOM-002-STPS-2010. Condiciones de seguridad, prevención, protección y combate de incendios en los centros de trabajo. 5.4 NOM-005-SCT4- 2006. Especificaciones técnicas que deben cumplir los aros salvavidas. 5.5 NOM-005-STPS-1998. Relativa a las condiciones de seguridad en los centros de trabajo para el manejo, transporte y almacenamiento de sustancias químicas peligrosas. 5.6 NOM-006-SCT4-2006. Especificaciones técnicas que deben cumplir los chalecos salvavidas. 5.7 NOM-010-SCT4-1994. Balsas salvavidas autoinflables, especificaciones y requisitos. 5.8 NOM-010-STPS-1999. Condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo donde se manejen, transporten, procesen o almacenen sustancias químicas capaces de generar contaminación en el medio ambiente laboral. 5.9 NOM-011-STPS-2001. Condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo donde se genere ruido. 5.10 NOM-012-STPS-1999. Condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo donde se produzcan, usen, manejen, almacenen o transporten fuentes de radiaciones ionizantes. 5.11 NOM-013-STPS-1993 Relativa a las condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo donde se generen radiaciones electromagnéticas no ionizantes. 5.12 NOM-014-STPS-2000 Exposición laboral a presiones ambientales anormales-condiciones de Seguridad e Higiene. 5.13 NOM-015-STPS-2001. Condiciones térmicas elevadas o abatidas-Condiciones de seguridad e higiene.

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5.14 NOM-017-STPS-2008. Equipo de protección personal - Selección, uso y manejo en los centros de trabajo. 5.15 NOM-021-STPS-1994, Relativa a los requerimientos y características de los informes de los riesgos de trabajo que ocurran, para integrar las estadísticas. 5.16 NOM-024-STPS-2001. Vibraciones-condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo. 5.17 NOM-025-STPS-2008. Condiciones de iluminación en los centros de trabajo. 5.18 NOM-026-STPS-2008. Colores y señales de seguridad e higiene, e identificación de riesgos por fluidos conducidos en tuberías. 5.19 NOM-127-SSA1-1994. Salud ambiental, agua para uso y consumo humano - límites permisibles de calidad y tratamientos a que debe someterse el agua para su potabilización. 5.20 NOM-178-SSA1-1998 Que establece los requisitos mínimos de infraestructuras y equipamiento de establecimientos para la atención medica de pacientes ambulatorios. 5.21 NOM-197-SSA1-2000, Que establece los requisitos mínimos de infraestructura y equipamiento de hospitales y consultorios de atención médica especializada. 5.22 NOM-251-SSA1-2009. Prácticas de Higiene para el Proceso de Alimentos, Bebidas o Suplementos Alimenticios. 5.23 NRF-019-PEMEX-2011. Protección contraincendio en cuartos de control que contienen equipo electrónico. 5.24 NRF-020-PEMEX-2012. Calificación y certificación de soldadores y soldadura. 5.25 NRF-024-PEMEX-2009. Requisitos mínimos para cinturones, bandolas, arneses, líneas de sujeción y líneas de vida. 5.26 NRF-036-PEMEX-2010. Clasificación de áreas peligrosas y selección de equipo eléctrico. 5.27 NRF-040-PEMEX-2005. Manejo de residuos en plataformas marinas de perforación y mantenimiento de pozos. 5.28 NRF-058-PEMEX-2004. Cascos de protección para la cabeza. 5.29 NRF-062-PEMEX-2002. Elementos de acceso (viudas, escalas y pasarelas) entre muelles a embarcaciones y de embarcaciones a plataformas marinas. 5.30 NRF-101-PEMEX-2006. Grúas de pedestal para plataformas marinas. 5.31 NRF-102-PEMEX-2004. Sistemas fijos de extinción a base de bióxido de carbono. 5.32 NRF-104-PEMEX-2008. Sistemas de tratamiento de aguas residuales en instalaciones de Pemex Exploración y Producción. 5.33 NRF-111-PEMEX-2006. Equipos de medición y servicios de metrología 5.34 NRF-115-PEMEX-2006. Mangueras para servicio contraincendio.

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5.35 NRF-117-PEMEX-2011. Sistemas de intercomunicación y voceo para instalaciones industriales. 5.36 NRF-127-PEMEX-2007. Sistemas contraincendio a base de agua de mar en instalaciones fijas costa afuera. 5.37 NRF-140-PEMEX-2005. Sistemas de drenaje. 5.38 NRF-174-PEMEX-2007 Helipuertos de acero en plataformas marinas fijas. 5.39 NRF-184-PEMEX-2007. Sistema de gas y fuego: CEP. 5.40 NRF-210-PEMEX-2011. Sistema de gas y fuego detección y alarma. 5.41 NRF-239-PEMEX-2009. Equipo autónomo de respiración (SCBA). 5.42 NRF-261-PEMEX-2010 Manejo integral de recortes de perforación impregnados con fluidos de control base aceite, generados durante la perforación y mantenimiento de pozos petroleros. 5.43 Código MODU-2010 “Construction and Equipment of Mobile Offshore Drilling Units” (Código para la construcción y el equipo de las unidades móviles de la perforación). 5.44 MARPOL International Convention for the Prevention of Pollution from Ships (Convenio Internacional para prevenir la contaminación por los buques) 1973, (Convention), 1978 (Protocolo 1978), 1997 (Protocolo - Annex VI); 1983 (Anexos I and II) emitido por la OMI. 5.45 SOLAS-2009 International Convention for the Safety of Life at Sea “Convenio Internacional para la seguridad de la vida humana en el mar”, 1974, protocolos, anexos y enmiendas (Edición consolidada) 2009. 5.46 Resolución CNH.12.001/10 por la que la Comisión Nacional de Hidrocarburos da a conocer las disposiciones administrativas de carácter general que establecen los procedimientos, requerimientos técnicos y condiciones necesarias en materia de seguridad industrial, que deberán observar Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios (PEMEX), para realizar las actividades de exploración y explotación de hidrocarburos en aguas profundas. 6. DEFINICIONES 6.1 Agua potable: Agua para uso y consumo humano, aquella que no contiene contaminantes objetables, ya sean químicos o agentes infecciosos y que no causa efectos nocivos para la salud. 6.2 Aguas profundas: Se refiere al tirante de agua que está en el rango de los 500 a los 1500 metros. 6.3 Aguas someras: Se refiere al tirante de agua menor a los 500 metros. 6.4 Aguas ultra profundas: Se refiere al tirante de agua mayor a los 1500 metros. 6.5 Aterrizar: Acción de un avión o artefacto volador cualquiera, el cual se posa tras una maniobra de descenso sobre tierra firme o sobre cualquier superficie que sirva para tal fin. 6.6 ATM: Ayudante de trabajos de mantenimiento en equipos y plataformas. Personal dedicado a realizar actividades relacionadas al mantenimiento general.

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6.7 Anexo “S”: Obligaciones de seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental de los arrendadores o contratistas que realizan actividades en instalaciones de Pemex Exploración y Producción. 6.8 Anti-two block: Limitador del gancho principal y auxiliar de la grúa. 6.9 Áreas peligrosas: Aquellas en donde pueda existir peligro de incendio o explosión debido a gases o vapores inflamables, líquidos inflamables, polvos combustibles o fibras o partículas combustibles o de fácil ignición dispersas en el aire. 6.10 Artefacto Naval: Cualquier otra estructura fija o flotante, que sin haber sido diseñada y construida para navegar, sea susceptible de ser desplazada sobre el agua por sí misma o por una embarcación, o bien construida sobre el agua, para el cumplimiento de sus fines operativos. 6.11 Barcaza: Artefacto naval (sin propulsión propia), de fondo plano, que se emplea para el transporte fluvial o marítimo de equipos o materiales. 6.12 Buque: Embarcación de acero propulsada o no por medios mecánicos, que cumple con los reglamentos, normas, leyes y convenios internacionales en materia marítima, incluidas las embarcaciones de pasaje, las naves de pasaje de gran velocidad, nave de carga de arqueo bruto igual o superior a 500 t y las unidades móviles para perforación, pueden estar construidos sobre pilotes donde se monta el equipo para perforación desde la cual se perforan, terminan y reparan los pozos petroleros. 6.13 Carga estática: Peso determinado en un lugar específico. 6.14 Carta patronal: Documento emitido por el representante legal del arrendador en el cual acredita habilidades y conocimiento del trabajador en la categoría a desempeñar. 6.15 Centro de trabajo: Lugar en el que se realicen actividades para perforación, terminación y reparación de pozos petroleros o de prestación de servicios. 6.16 Certificado: Documento emitido por un Organismo de certificación, el cual asegura que un producto, sistema, proceso o servicio se ajusta a las normas, lineamientos o recomendaciones de un Organismo dedicado a la normalización Mexicana o internacional. 6.17 Contaminación: Se considera contaminado el producto o materia prima que contenga microorganismos, hormonas, sustancias bacteriostáticas, plaguicidas, partículas radiactivas, materia extraña, así como cualquier otra sustancia en cantidades que rebasen los límites permisibles establecidos por la Secretaría de Salud. 6.18 Contratista / Arrendador: Compañía externa encargada de realizar alguno o todos los trabajos relacionados con la ingeniería, integración, instalación, puesta en servicio antes de iniciar y durante operaciones en equipos de perforación, terminación y reparación de pozos en plataformas y equipos marinos. 6.19 Corona: Juego de poleas montado en el extremo superior de la torre o mástil. 6.20 Corrosión: Deterioro que sufren las partes metálicas, como resultado del diferencial de potencial de intercambio eléctrico producido por el sistema metal-producto-medio ambiente. 6.21 Desechos: Recortes, residuos o desperdicios sobrantes de la materia prima que se ha empleado con algún fin y que resultan directamente inutilizables en la misma operación; pero que pueden ser aprovechados nuevamente.

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6.22 Detector: Dispositivo que contiene un sensor, el cual responde a un estímulo físico como calor, humo, fuego o concentración de gases tóxicos o inflamables. 6.23 Desmovilización: Proceso inverso a la movilización, inicia en el lugar donde el equipo o plataforma de perforación marina se encuentre interviniendo el último pozo, en el momento en que PEP haya bajado de la plataforma todos sus equipos y materiales, retrayendo el cantiliever y finaliza cuando dicho equipo o plataforma sale de aguas mexicanas del Golfo de México y llega al lugar previamente establecido por PEP en el contrato. 6.24 Dispositivos de seguridad de grúas: Son los accesorios de la grúa que previenen que la misma se use mas allá de su límite de operación en cuanto a carga, giro y ángulo, conteniendo alarmas audibles, visibles, y dispositivos de paro. 6.25 Embarcación: Bien mueble sujeto a lo dispuesto en la ley de navegación y demás disposiciones de derecho común sobre bienes muebles. La embarcación comprende tanto el casco como la maquinaria, las pertenencias y accesorios fijos o móviles, destinados de manera permanente a la navegación y al ornato de la embarcación; lo que constituye una universalidad de hecho. Los elementos de individualización de una embarcación son: Nombre, matrícula, puerto de matrícula, nacionalidad, señal distintiva y unidades de arqueo bruto. La embarcación conservará su identidad aun cuando se haya cambiado alguno de los elementos anteriores que la forman. 6.26 Embolada: Recorrido que hace el émbolo (pistón) a lo largo del cilindro de una bomba reciprocante, a fin de desplazar líquidos. Se contabilizan los volúmenes desplazados en el movimiento reciprocante. 6.27 Ensamble de Mesa Rotaria: Mesa o componente principal, empleada para girar y sostener la sarta para perforación. Tiene un arreglo de engranes biselados para crear el movimiento rotatorio, y una abertura en la que se colocan los bujes para impulsar y sostener la sarta para perforación. 6.28 Equipo de respiración autónoma: Son equipos que proporcionan aire comprimido para protección respiratoria al personal que realiza actividades en atmósferas tóxicas o con deficiencia de oxígeno. Este equipo consta de mascarilla conectada a un tanque, y el abastecimiento de aire depende de la capacidad del tanque. 6.29 Equipo médico: Colección de utensilios, instrumentos y aparatos especiales para el trabajo del médico. 6.30 Equipo autoinstalable Tipo Tender: Equipo utilizado para la perforación, terminación y reparación de pozos petroleros costa afuera, el cual está compuesto de una barcaza que soporta la mayoría de los componentes para perforación a excepción de la torre o mástil, malacate principal, top drive, control de preventores y otros sistemas y equipos asociados que van instalados en la estructura fija de PEP. 6.31 Equipos de tipo convencional o modular: Se instalan en módulos (paquetes) sobre estructuras marinas fijas, se utilizan para la perforación, terminación y reparación de pozos. 6.32 Equipos marinos flotantes: Plataformas Semisumergibles o barcos perforadores que permanecen posicionados con anclas o por medio del sistema de posicionamiento dinámico (DP) en aguas someras, profundas y ultraprofundas, se utilizan para la perforación, terminación y reparación de pozos, usando para ello riser y preventores submarinos. 6.33 Experiencia comprobable: Documentos que soporten la veracidad de la experiencia en trabajos a realizar de acuerdo a lo descrito en esta Norma de Referencia. 6.34 Grúa: Equipo para levantar y bajar cargas verticalmente y mover horizontalmente mientras se mantienen suspendidas, y tener la capacidad que se requiera en las bases de licitación.

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6.35 Heliplataforma: Área emplazada en una estructura flotante o fija mar adentro y diseñada para ser usada por los helicópteros. Helipuerto situado en una estructura mar adentro, tal como las plataformas y equipos marinos de exploración o producción que se utilizan para la explotación de petróleo o gas. 6.36 Herramienta: Instrumento empleado manualmente o por medio de maquinas accionadas en trabajos industriales. 6.37 Inflamable: Cualquier sustancia, sólida, líquida, gaseosa o en estado de vapor que se pueda incendiar fácilmente. La adición del prefijo "NO" debe indicar que tales substancias no son fácilmente incendiables, pero no necesariamente que no sean combustibles. 6.38 Inspección: Proceso de medición, examen, prueba o comparación del producto bajo consideración, con respecto a las especificaciones establecidas. 6.39 Malacate auxiliar: Aparato para izar, accionado por medio de aire comprimido, utiliza un tambor que lleva el cable o cadena de izar para levantar o bajar cargas verticalmente y que se puede emplear como aparato independiente o como elemento de otros aparatos para izar. 6.40 Malacate principal: Aparato para izar, accionado eléctricamente en el cual el motor acciona un tambor que lleva el cable o cadena de izar para levantar o bajar cargas verticalmente y que se puede emplear como aparato independiente. definir 6.41 Manguera tipo coflexip: Estructura conformada por capas sucesivas de acero y termoplástico que producen estructuras únicas que tienen la resistencia y durabilidad de las tuberías de acero y la flexibilidad de las mangueras de caucho reforzado. 6.42 Mantenimiento preventivo: Acción de inspeccionar, probar y reacondicionar la maquinaria y equipos a intervalos regulares programados con el fin de prevenir fallas de funcionamiento. 6.43 Maquinaria y equipo: Conjunto de mecanismos y elementos combinados destinados a recibir una forma de energía, para transformarla a una función determinada. 6.44 Mástil: Estructura reticular o tubular, extensible y/o abatible, usada sobre pozos petroleros con propósitos para perforación, terminación o reparación. 6.45 Mat: Plataforma autoelevable con patas (piernas) que están conectadas a una plantilla la cual se asienta en el lecho marino. 6.46 Movilización: Es el recorrido que efectúa un equipo o plataforma de perforación marina, desde el lugar especificado previamente en el contrato hasta posicionarse en el sitio indicado por PEP, en aguas mexicanas del Golfo de México, dicho recorrido finaliza en el momento que el equipo o plataforma de perforación marina coloque la mesa rotaria en posición de perforar o reparar en el centro del pozo designado por PEP. 6.47 OIM, Offshore Installation Manager (Gerente de la Instalación Costa Afuera): Máxima autoridad marítima a bordo de cualquier plataforma o equipo marino, también es denominado Rig Manager (RM) (Gerente de equipo). 6.48 Perforación de pozos petroleros: Conjunto de actividades necesarias para construir en un lugar específico un agujero ademado en el subsuelo, con el propósito de obtener información geológica o extracción de hidrocarburos, incluye la terminación del pozo. 6.49 Plataforma marina: Artefactos móviles o estructura fija (autoelevables o flotantes), para albergar el conjunto de maquinaria y estructuras, tales como: torre, mástiles, subestructura, malacates, poleas, presas

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metálicas para lodo, bombas, motores, plantas generadoras de energía eléctrica, etc., empleadas para perforar, terminar o reparar pozos petroleros en el sitio de operación. 6.50 Pod de control: Es un dispositivo utilizado en los equipos flotantes que tiene la función de: ser una terminal inferior para diversas mangueras que conecta el equipo flotante con los dispositivos submarinos de control, alojan partes críticas móviles del sistema submarino de control hidráulico al conjunto de preventores y funciona también como una caja de empalme con el mismo. 6.51 Posicionamiento. Lugar identificado por sus coordenadas geográficas donde un equipo o plataforma de perforación marina queda situada en dichas coordenadas, lista para su posicionamiento final y posterior inicio de actividades de perforación, terminación y reparación de pozos. 6.52 Reparación de pozos petroleros: Conjunto de actividades y métodos necesarios para acondicionar un pozo petrolero productor para incrementar su producción. Ejemplos de trabajos de reparación son profundización, taponamiento, extracción y recementación de tuberías cortas de revestimiento, cementaciones forzadas, entre otras. 6.53 Rig Mover: Personal Certificado para traslados de plataformas autoelevables y Flotantes. Fungiendo como máxima autoridad a bordo en la acción de movilizar y posicionar este tipo de equipos de perforación. 6.54 Riser: Tubular en el que circulan diversos fluidos y permite conectar los equipos flotantes al cabezal o árbol submarino. 6.55 Sarta de perforación: Conjunto de herramientas que se utilizan para perforar. 6.56 Silo: Depósito para el almacenamiento y manejo de materiales a granel, tales como cemento y barita. 6.57 Terminación de pozos petroleros: Conjunto de actividades y métodos necesarios para acondicionar un pozo petrolero para que produzca aceite y/o gas; se establece una línea de flujo para que los hidrocarburos entren del yacimiento al pozo y lleguen a la superficie. 6.58 Toolpusher: Inspector Técnico de Perforación del Arrendador a bordo. 6.59 Torre: Estructura fija seccionada, reticular o tubular, usada sobre el agujero con propósitos para perforación, terminación o reparación de pozos. 6.60 Verificación: Confirmación mediante la aportación de evidencia objetiva. 7. SÍMBOLOS Y ABREVIATURAS ABS American Bureau of Shipping (Agencia americana para transportes marinos). API American Petroleum Institute (Instituto Americano del Petróleo). ATP Ayudante de Trabajos de Perforación. Bls Barriles BOEMRE The Bureau of Ocean Energy Management, Regulation and Enforcement (Oficina para la

administración, regulación y aplicación de la energía del mar), Edición 2010.

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BOP Blow Out Preventers (Conjunto de preventores de reventones). CD Corriente directa CFC Cloro Fluoro Carbonados. cm Centímetro CNA Comisión Nacional del Agua. CH4 Butano. CO2 Bióxido de carbono. CSC Conexiones superficiales de control. DE Diámetro exterior. DGAC Dirección General de Aeronáutica Civil. DP Posicionamiento dinámico EPIRB Emergency Position Indicating Radio Beacons (Señal de indicación de posicionamiento en

situación de emergencia). ema Entidad Mexicana de Acreditación. ft pie gpm Galones por minuto h Hora HP Horse Power (Caballos de fuerza). H2S Ácido sulfhídrico. Hz Hertz IACS Association of Classification Societies LTD (Asociación de Sociedades de Clasificación LTD). ICGB International Cargo Gear Bureau (Oficina Internacional de carga y equipo). IDS Código Internacional de Dispositivos de Salvamento. IF Internal Flush (Junta integral Flush). ILO International Labor Office (Oficina Internacional de Trabajo). ISPS International Ship and Port Facility Security Code (Código internacional de Protección del Buque

y de las Instalaciones Portuarias - PBIP).

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ISM International Safety Management (Código Internacional de Gestión de la Seguridad Operacional del Buque).

IGS Código Internacional de Gestión de la Seguridad Operacional del Buque. I.T.P. Inspector Técnico de Perforación. kg Kilogramo l Litro lb Libras LFMN Ley Federal de Metrología y Normalización. LGEEPA Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. LMRP (Lower Marine Riser Package) Conjunto de preventores esféricos submarinos. m metro m3 metro cúbico MAI Máxima autoridad de la instalación. MARPOL Internacional Convention For The Satety Of The Prevention Of Pollution From Ships. MHz Mega Hertz. min Minuto MODU Mobile Offshore Drilling Units (Construcción de unidades móviles de perforación costa afuera). Mph Milla por hora MSC Comité de Seguridad Marítima de la Organización Marítima Internacional. NFPA National Fire Protection Association (Asociación Nacional de Protección Contra el Fuego). OIM Offshore Installation Manager (Gerente de la Instalación Costa Afuera). OMI Organización Marítima Internacional. OPB Oficial de protección de buques. PBIP Código Internacional para la Protección del Buque y de las Instalaciones Portuarias. PEP Pemex-Exploración y Producción. PQS Polvo químico seco. PRE Plan de Respuesta a Emergencias.

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psi Libras por pulgada cuadrada. in Pulgada R.O.V. Remotely Operated Vehicle (vehículo operado remotamente). REMI Renta con Mantenimiento Integral. REMI-MIXTO Renta con Mantenimiento Integral, incluyendo cuadrilla de Perforación. RM Rig Manager (Gerente de equipo). s Segundos SAA Sistemas de Administración Ambiental. SCR Rectificador controlado de silicio. SCT Secretaria de Comunicaciones y Transportes. SEP Secretaria de Educación Pública. SOLAS Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar. STPS Secretaria del Trabajo y Prevención Social. SUBSEA Relacionado a fondo marino. t Tonelada TP Tubería de Perforación. TR Tubería de Revestimiento. UHF Ultra Alta Frecuencia. USCG Guardia Costera de los Estados Unidos de Norteamérica. V Volt VHF Muy Alta Frecuencia. W Watt WT Wall Thickness (espesor de pared). 8. DESARROLLO Para la Perforación, Terminación y Reparación de Pozos se utilizan diferentes tipos de plataformas y equipos marinos de acuerdo a los tirantes de agua y a las condiciones de la localización en el que se deben realizar las actividades o al tipo de estructura marina en que se desarrollen las operaciones.

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En los casos que se requiera la subcontratación de personal de terceros, ésta debe ser validada previamente por PEP; asimismo, la contratista y/o arrendador es la responsable de que el personal subcontratado cumpla en lo que aplique con los requerimientos del anexo “S” proporcionado por PEP en las bases de licitación. Esta norma contempla el arrendamiento de cinco tipos de equipos y plataformas marinas para Perforación, Terminación y Reparación de Pozos. Las cuales se describen a continuación: a) Equipo Convencional o Modular instalado sobre Plataformas fijas. (Aguas someras). b) Plataformas Autoelevables (Aguas someras). c) Equipos flotantes para aguas someras y profundas d) Equipos flotantes para aguas ultra profundas. e) Equipos Tipo tender (Aguas someras). Para aguas someras: Cuando no exista una regulación Mexicana, considerar BOEMRE para las actividades de movilización, posicionamiento y desmovilización, además para operaciones de perforación, terminación y reparación de pozos. Para aguas profundas y ultraprofundas: Considerar la Resolución CNH.12.001/10 de la Comisión Nacional de Hidrocarburos, DOF 11 de Enero de 2011. El arrendamiento de Plataformas Marinas para perforación, Terminación y Reparación de Pozos debe considerar la ejecución de la revisión de Seguridad de Pre-arranque en sistemas y componentes nuevos o modificados de los equipos e instalaciones para perforación, terminación y reparación de pozos, para asegurar su confiabilidad y disponibilidad operativa, apegándose a los requerimientos de la institución, conjuntamente con la lista de verificación (check list) y pre arranque al inicio del contrato cuando la plataforma se encuentre en su posición definitiva, así como, cuando se mueva a otra localización, se le aplicara el pre arranque. 8.1 Equipo Convencional o Modular instalado sobre Estructuras Marinas fijas Se utilizan para la perforación, terminación, reparación, reentradas y/o profundización de pozos los cuales se instalan sobre Estructuras Marinas Fijas. Los Convencionales están compuestos por paquetes, que se instalan con el apoyo de barco grúa. Los Modulares se auto instalan con su propio sistema de grúas. La modalidad de arrendamiento de equipos convencionales y modulares, pueden ser: REMI y REMI Mixtos. 8.1.1 Personal operativo para el manejo de los equipos Convencionales o Modulares Los equipos Convencionales o Modulares deben contar con el siguiente personal, siempre a bordo, con dominio del idioma español, en caso contrario, deben contar con los traductores necesarios (todo el personal, citado a continuación, no debe efectuar ningún otro trabajo diferente a su categoría que represente riesgo). 8.1.1.1 Personal para Equipo Convencional o Modular – REMI a) Representante del arrendador a bordo (OIM o RM): Debe ser Ingeniero, técnico o práctico con experiencia

comprobable en trabajos de operación en equipos de perforación, terminación, reparación, reentrada y/o profundización de pozos.

b) Jefe de mantenimiento: Debe ser Ingeniero, técnico o práctico con experiencia comprobable en trabajos de mantenimiento de equipos de perforación, terminación, reparación, reentrada y/o profundización de pozos.

c) Supervisor mecánico: Debe ser Ingeniero, técnico o práctico con experiencia comprobable en trabajos de mantenimiento mecánico de equipos de perforación, terminación, reparación, reentrada y/o profundización de pozos.

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d) Supervisor eléctrico: Debe ser Ingeniero, técnico o práctico con experiencia comprobable en trabajos de mantenimiento eléctrico de equipos de perforación, terminación, reparación, reentrada y/o profundización de pozos.

e) Operario especialista (gruero): Debe ser técnico o práctico, con experiencia comprobable en actividades relacionadas con equipos de perforación, terminación, reparación, reentrada y/o profundización de pozos. Debe contar con su ayudante, quien debe tener experiencia comprobable en actividades relacionadas con equipos de perforación, terminación, reparación, reentrada y/o profundización de pozos y estar capacitado para manejar como método primario de comunicación con el gruero las señales manuales y como método secundario el radio.

f) Soldador especialista: Debe ser técnico o práctico, con experiencia comprobable y estar certificado de acuerdo a la NRF-020-PEMEX-2012 para desempeñar trabajos de corte y soldadura en equipos de perforación, terminación, reparación, reentrada y/o profundización de pozos.

g) Motorista: Debe ser técnico o práctico con experiencia comprobable en trabajos relacionados con operación y mantenimiento de equipos de combustión interna, en equipos de perforación, terminación, reparación, reentradas y/o profundización de pozos.

h) Supervisor especialista en seguridad y salud en el trabajo: Debe ser profesionista, técnico o práctico con experiencia comprobable en seguridad y salud en el trabajo, en equipos de perforación, terminación, reparación, reentrada y/o profundización de pozos, debe estar dedicado únicamente a ésta función a bordo, para dar cumplimiento al numeral III.1.3 del Anexo “S”.

i) Supervisor especialista en protección ambiental: Debe ser profesionista, técnico o práctico con experiencia comprobable en protección ambiental relacionada con equipos de perforación, terminación, reparación, reentrada y/o profundización de pozos, debe estar dedicado únicamente a esta función, para dar cumplimiento al numera llI.1.3 del Anexo “S”. Se requiere en tierra, con disponibilidad para estar a bordo del equipo modular o empaquetado cuando se requiera para el desempeño de sus funciones.

j) Obrero (ATM): Auxiliar en la ejecución del programa o sistema que permita mantener los equipos y componentes de los equipos Convencionales ó Modulares en condiciones de operación, el cual queda a discreción del arrendador.

k) Representante del arrendador en Cd. del Carmen, Camp., para la administración del contrato: Debe ser Ingeniero, técnico o práctico con experiencia comprobable en operaciones con equipos de perforación, terminación, reparación, reentrada y/o profundización de pozos. El arrendador debe presentar en la lista de verificación (check list) la currícula del personal que PEP requiere e indicar como mínimo: A. Escolaridad. B. Cursos de Capacitación. C. Trabajos realizados. D. Documentación comprobatoria de dicho personal que demuestre que ha desempeñado actividades en

este tipo de equipos, pueden ser copia de las carátulas de contrato y copias certificadas o constancias de cursos de capacitación o carta del patrón, que avalen la experiencia de su personal.

En el caso de ser profesionista o técnico, también debe presentar la documentación comprobatoria que lo acredite como tal, como son copia del título, cédula profesional, entre otros.

8.1.1.2 Personal para Equipo Convencional o Modular – REMI MIXTO Incluye al personal del REMI (numeral 8.1.1.1), más el siguiente: a) Coordinador de Operación (equivalente a ITP): Debe ser Ingeniero, técnico o práctico con experiencia

comprobable en trabajos de operación en equipos de perforación, terminación, reparación, reentrada y/o profundización de pozos.

b) Perforador: Debe ser Técnico o práctico con experiencia comprobable en trabajos de operación en equipos de perforación, terminación, reparación, reentrada y/o profundización de pozos.

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c) Ayudante de perforador (segundo): Debe ser Técnico o práctico con experiencia comprobable en trabajos de operación en equipos de perforación, terminación, reparación, reentrada y/o profundización de pozos.

d) Ayudante de perforador (chango): Debe ser Técnico o práctico con experiencia comprobable en trabajos de operación en equipos de perforación, terminación, reparación, reentrada y/o profundización de pozos.

e) Ayudante de trabajos generales de perforación (piso rotaria): Debe ser Técnico o práctico con experiencia comprobable en trabajos de operación en equipos de perforación, terminación, reparación, reentrada y/o profundización de pozos.

f) Ayudante de trabajos generales de perforación (ATP): Debe ser Técnico o práctico con experiencia comprobable en trabajos generales en equipos de perforación, terminación, reparación, reentrada y/o profundización de pozos.

El arrendador debe presentar en la lista de verificación (check list) la currícula del personal que PEP requiere e indicar como mínimo: A. Escolaridad. B. Cursos de Capacitación. C. Trabajos realizados. D. Documentación comprobatoria de dicho personal que demuestre que ha desempeñado actividades en

este tipo de equipos, pueden ser copia de las carátulas de contrato y copias certificadas o constancias de cursos de capacitación o carta del patrón, que avalen la experiencia de su personal.

En el caso de ser profesionista o técnico, también debe presentar la documentación comprobatoria que lo acredite como tal, como son copia del título, cédula profesional, entre otros.

8.1.2 Permisos, licencias, documentos y certificaciones que deben reunir los equipos Convencionales o Modulares, sobre Estructuras Marinas Fijas Los permisos, licencias y certificaciones que deben reunir los equipos Convencionales o Modulares, instalados sobre Estructuras Marinas Fijas, deben ser de acuerdo a lo indicado en el Anexo 1 Tabla 24 de esta Norma de Referencia. 8.1.3 Herramientas del piso de perforación Las herramientas que se deben utilizar para el manejo de las diferentes sartas de perforación, terminación y reparación de pozos, que se describen en el Anexo 2 Tabla 25 de esta Norma de Referencia, son de manera enunciativa más no limitativa, se deben requerir sólo las que se indiquen en las bases de licitación. 8.1.4 Torre o mástil Parte principal de un equipo para perforación, que soporta el sistema de izaje principal del equipo, para los movimientos de las diferentes sartas que se utilizan en los procesos de perforación, terminación y reparación de los pozos que cumplan con diferentes alturas y capacidades de acuerdo al diseño del pozo a intervenir. Las dimensiones y capacidades nominales mínimas de las torres ó mástiles son las correspondientes a un equipo con potencia nominal de 1 000 HP o mayor. A las torres o mástiles de perforación se les deben realizar inspección visual, mantenimiento preventivo de acuerdo al manual del fabricante o máximo cada 4 meses (de tornillería, poleas, viguetas, ángulos, changuero, medio changuero y soportería), mantenimiento mayor de acuerdo al manual del fabricante o máximo cada año.

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8.1.5 Ensamble de Mesa Rotaria Equipo que da la rotación requerida a la sarta de perforación, para los diferentes procesos de perforación, terminación y reparación de los pozos y es necesario que tenga el diámetro y potencia de acuerdo al diseño del pozo a intervenir. Las dimensiones y capacidades nominales mínimas de la mesa rotaria son las correspondientes a un equipo con potencia nominal de 1 000 HP o mayor. 8.1.6 Silos de cemento y barita Los equipos Convencionales o Modulares deben contar con silos para almacenar cemento y barita a granel, en cantidad y volumen requeridos para la intervención del pozo. Deben incluir: a) Silos con capacidad mínima de 21,52 m3 (760 ft3). b) Sistema de medición para cuantificar volumen y peso en cada silo. c) Registro o entrada hombre en cada silo. d) Línea de desfogue para los silos. e) Línea de suministro de aire presurizado para los silos. f) Válvula de seguridad en cada silo, se debe calibrar a 3,16 kg/cm2 (45 psi). g) Indicador de presión o manómetro en cada silo. h) Moto-compresor eléctrico volumétrico con capacidad de 8,5 m3/min (300 ft3/min). i) Sistema de filtrado de humedad del aire comprimido, hacia los silos. j) Sistema de dosificación de barita al lodo de perforación, con equipo de succión por sistema Venturi. k) Líneas para recepción y suministro de material a granel, desde el área de muelles lado “W” o “E”. l) Líneas de derivación (by-pass) para intercomunicar entre los silos. Los informes de calibración de los equipos que lo requieran lo debe emitir un laboratorio acreditado de acuerdo a la LFMN, y su Reglamento y cumplir con la NRF-111-PEMEX-2006. 8.1.7 Unidad de alta presión Equipo de bombeo de alta presión impulsada por motores diesel o motores de corriente directa (o similar), con capacidad de bombeo de 703 kg/cm2 (10 000 psi) para cementación y prueba, sistema de recirculación de 8 barriles con bombeo de control automático de densidad, sistema de almacenamiento y dosificación de aditivos líquidos, sistema convencional de mezclado, niples, mangueras metálicas con conexiones similares y válvula macho de 703 kg/cm2 (10 000 psi) para conectar a la cabeza de cementación en el piso de perforación, así como al árbol de estrangulación. 8.1.8 Sistema de comunicaciones y ayuda a la navegación Adicionalmente tiene que proporcionar lo siguiente cumplir con la normatividad Mexicana e Internacional mencionada en esta norma de referencia y los requisitos descritos en convenios internacionales para la seguridad de la vida humana en el mar Capítulos IV y V de SOLAS-2009, y capítulos 5, 11 y capitulo 14 sección 7 del MODU-2010. 8.1.8.1 Sistema de comunicaciones El arrendador debe proporcionar el siguiente sistema de radio transmisión y dispositivo para intercomunicación: a) Radio de UHF y VHF banda marina.

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b) Radiotransmisor - receptor completo VHF-AM banda marina con 720 canales, mínimo, (118 a 136 MHz). c) Radioteléfono marino de 25 Watt, con 60 canales para banda área. d) Radiotransmisor marino VHF de canales con antena acoplada fijos. e) Dispositivo totalmente automático de intercomunicación en los equipos Convencionales o Modulares

(interfono) por lo menos con 20 estaciones para intercomunicación entre los distintos puntos importantes de mando con sistema de voceo de 1000 Watt. Ubicaciones de equipo: consultorio médico, comedor, oficinas del representante de PEP, oficinas de geólogos, área de preventores, cuarto de maquinas, extensión de popa, presas de lodos, cuarto de SCR´s, unidad de cementación, taller, potabilizadora, cuarto de bombas de lodos, sala de TV, pasillo, sala.

f) Magna voces portátiles. g) Sistema de alarma general y/o incendio de acuerdo al SOLAS-2009 y a la NRF-210-PEMEX-2011. h) Equipo multifuncional fax, copiadora, impresora y escáner, con capacidad de impresión fotográfica, conexión

eléctrica de 127 V /1/60 Hz 8.1.2 Sistema de ayuda a la navegación El arrendador debe proporcionar el siguiente sistema de ayuda a la navegación como son entre otros: a) Circuito de voceo. b) Luces de obstrucción en puntos altos (heliplataforma, grúas y torre de perforación). c) Luces de señalamiento. d) Conos de viento de la heliplataforma. e) Red de informática (intranet, computadora). f) Anemómetro para medición continúa de velocidad y dirección del viento. g) Barómetro meteorológico. h) Termómetro meteorológico. i) Computadoras e impresora láser blanco y negro, software de administración del equipo. j) Sirena señalamiento de niebla. k) Plano general de distribución de componentes del equipo convencional ó modular, en idioma español. l) Señalamientos y letreros en idioma español. m) Señales lumínicas y fumígenas. 8.1.9 Sistema de medición de flujo de combustible PEP proporciona el diesel para el desarrollo de los diferentes procesos que se realizan en la perforación, terminación y reparación de los pozos el cual se debe controlar a través de un sistema de medición de flujo. Los equipos Convencionales o Modulares deben contar con medidores de flujo que emitan recibos impresos o comprobantes, de estos se deben presentar sus certificados de calibración vigentes realizada por un laboratorio acreditado en términos de la LFMN. El arrendador se obliga a calibrar semestralmente los medidores de flujo de combustible (diesel) del equipo, y debe entregar a PEP copia del certificado de calibración realizado por un laboratorio o compañía acreditada en términos de la LFMN, y su Reglamento, y cumplir con la NRF-111-PEMEX-2006. 8.2 Plataformas Autoelevables Las Plataformas Autoelevables pueden ser de patas independientes y no independientes, las de patas independientes permanecen posicionadas hincando las patas en el lecho marino y las de patas no independientes asientan su pontón en el lecho marino, en los dos casos levantan la plataforma dejando un colchón de aire entre el casco y el nivel de agua. Estas plataformas se utilizan para perforar, terminar y reparar los pozos, en aguas someras preferentemente hasta con un máximo de 100 m de tirante de agua.

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La selección de la Plataformas Autoelevables se realiza en base a: tirante de agua, longitud de patas, tipo de estructura, alcance de éstas, profundidad del pozo, condiciones meteorológicas probables, histórico de huellas, condiciones del sitio y a las operaciones que se planean realizar con ella; para cada sitio, los límites de operación de la Plataforma Autoelevable deben ser evaluados previamente por la contratista (esta información PEP la debe proporcionar, ya que PEP es quien decide donde usara el equipo) y deberán tomar en cuenta los peligros geológicos y geotécnicos, la compresibilidad del suelo, y las condiciones meteorológicas y oceanográficas en el sitio de instalación. Con esta evaluación, PEP determina si la Plataforma Autoelevable cuenta con suficiente capacidad para realizar las operaciones de ascenso y descenso de las patas, la aplicación de la precarga máxima y la elevación del casco de manera segura, hasta su nivel de operación. Para que la contratista pueda realizar la evaluación, PEP deberá proporcionar información suficiente para identificar los peligros en el sitio de instalación; estos peligros pueden ser debidos a la intervención humana, tal como presencia de ductos enterrados ó superficiales, escombros y presencia de huellas de la cimentación de otra Plataforma Autoelevable previamente posicionada en el sitio; de tipo geológico somero, tal como fallas geológicas superficiales, acumulaciones de gas, arrecifes enterrados y/o que afloran, canales enterrados, pendientes pronunciadas e irregularidades en la superficie del lecho marino, o bien de tipo meteorológico y oceanográfico como el viento, oleaje y corriente extremos, los cuales podrían ocasionar penetraciones o deslizamientos laterales súbitos de las piernas y éstos a su vez, producir inclinaciones o esfuerzos excesivos en la estructura, para mayor detalle de lo anteriormente descrito remitirse al “Procedimiento para el posicionamiento de plataformas y artefactos navales en el área marina de influencia de PEP (PG-LO-OP-0001-2011)”. 8.2.1 Permisos, licencias, documentos y certificaciones que deben reunir las plataformas Autoelevables Los permisos, licencias y certificaciones que deben reunir las plataformas Autoelevables de arrendamiento, se deben presentar en las fechas indicadas para la lista de verificación (check list), de acuerdo al Anexo 1 Tabla 24 de esta Norma de Referencia, excepto los que apliquen posterior a la lista de verificación (check list), en donde se pueden aceptar comprobantes de trámites. El proceso de certificación debe cumplir con lo establecido en el capítulo 1 sección 6 del código MODU-2010. 8.2.2 Personal operativo para el manejo de la plataforma Autoelevable REMI Las plataformas Autoelevables REMI deben contar con el siguiente personal, siempre a bordo y con dominio del idioma español, en caso contrario, deben contar con los traductores necesarios (todo el personal, citado a continuación, no debe efectuar ningún otro trabajo diferente a su categoría que represente riesgo): 8.2.2.1 Personal para Plataforma Autoelevable – REMI a) Representante del arrendador a bordo (OIM o RM): Debe ser Ingeniero, técnico o práctico con experiencia

comprobable en trabajos de operación en equipos de perforación, terminación y reparación de pozos costa afuera.

b) Jefe de mantenimiento: Debe ser Ingeniero, técnico o práctico con experiencia comprobable en trabajos de mantenimiento de equipos de perforación, terminación y reparación de pozos.

c) Supervisor mecánico: Debe ser Ingeniero, técnico o práctico con experiencia comprobable en trabajos de mantenimiento mecánico de equipos de perforación, terminación y reparación de pozos.

d) Supervisor eléctrico: Debe ser Ingeniero, técnico o práctico con experiencia comprobable en trabajos de mantenimiento eléctrico de equipos de perforación, terminación y reparación de pozos.

e) Operario especialista (gruero): Debe ser técnico o práctico, con experiencia comprobable en actividades relacionadas con equipos de perforación, terminación y reparación de pozos. Debe contar con su ayudante, quien debe tener experiencia comprobable en actividades relacionadas con equipos de perforación,

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terminación y reparación de pozos y estar capacitado para manejar como método primario de comunicación con el gruero las señales manuales y como método secundario el radio.

f) Soldador especialista: Debe ser técnico o práctico, con experiencia comprobable y estar certificado de acuerdo a la NRF-020-PEMEX-2012 para desempeñar trabajos de corte y soldadura en equipos de perforación, terminación y reparación de pozos.

g) Motorista: Debe ser técnico o práctico con experiencia comprobable en trabajos relacionados con operación y mantenimiento de equipos de combustión interna, en equipos de perforación, terminación, reparación de pozos.

h) Supervisor especialista en seguridad y salud en el trabajo: Debe ser profesionista, técnico o práctico con experiencia comprobable en seguridad y salud en el trabajo, en equipos de perforación, terminación y reparación de pozos, debe estar dedicado únicamente a ésta función a bordo, para dar cumplimiento al numeral III.1.3 del Anexo “S”.

i) Supervisor especialista en protección ambiental: Debe ser profesionista, técnico o práctico con experiencia comprobable en protección ambiental relacionada con equipos de perforación, terminación y reparación de pozos, debe estar dedicado únicamente a esta función, para dar cumplimiento al numera llI.1.3 del Anexo “S”. Se requiere en tierra, con disponibilidad para estar a bordo de la plataforma autoelevable cuando se requiera para el desempeño de sus funciones.

j) Obrero (ATM): Auxiliar en la ejecución del programa o sistema que permita mantener los equipos y la plataforma Autoelevable en condiciones de operación, el cual queda a discreción del arrendador. Este personal no debe efectuar ningún otro trabajo que sea diferente a su categoría.

k) Representante del arrendador en Cd. Del Carmen, Camp., para la administración del contrato: Debe ser Ingeniero, técnico o práctico con experiencia comprobable en operaciones con equipos de perforación, terminación y reparación de pozos. El arrendador debe presentar en la lista de verificación (check list) la currícula del personal que PEP requiere e indicar como mínimo: A. Escolaridad. B. Cursos de Capacitación. C. Trabajos realizados. D. Documentación comprobatoria de dicho personal que demuestre que ha desempeñado actividades en

este tipo de equipos, pueden ser copia de las carátulas de contrato y copias certificadas o constancias de cursos de capacitación o carta del patrón, que avalen la experiencia de su personal.

En el caso de ser profesionista o técnico, también debe presentar la documentación comprobatoria que lo acredite como tal, como son copia del título, cédula profesional, entre otros.

l) Oficial de Protección del Buque, conforme al código PBIP o equivalente: Debe ser profesionista, disponible

las 24 horas de trabajo, ser de nacionalidad mexicana, y contar con un perfil profesional de: 1. Capitán de Altura. 2. Capitán de Marina. 3. Piloto Naval. 4. Jefe de Maquinas. 5. Primer Maquinista Naval. 6. Maquinista Naval. 7. Ingeniero Geógrafo e Hidrógrafo. 8. Ingeniero naval. Debe estar avalado por la siguiente documentación: 1) Título profesional, emitido por la Secretaría de Comunicaciones y Transporte. 2) Constancia de competencia Especial en:

• Supervivencia en el mar.

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• Contraincendio básico y avanzado. • Primeros auxilios básico y avanzado.

3) Cédula profesional. 4) Acta de nacimiento. 5) Cartilla liberada. 6) Certificado de oficial de protección del buque (para el oficial de Protección del buque).

Asimismo, PEP puede acepta la evidencia del trámite de dicho certificado, así como el personal con el perfil que Marina Mercante acepte. El oficial de protección del buque puede ser cualquier que el arrendador designe, siempre y cuando Marina mercante lo acepte. 8.2.2.2 Personal operativo para el manejo de la plataforma Autoelevable - REMI MIXTO Incluye al personal del REMI (numeral 8.2.2.1), más el siguiente: a) Coordinador de Operación (equivalente a ITP): Debe ser Ingeniero, técnico o práctico con experiencia

comprobable en trabajos de operación en equipos de perforación, terminación y reparación de pozos. b) Perforador: Debe ser Técnico o práctico con experiencia comprobable en trabajos de operación en equipos

de perforación, terminación y reparación de pozos. c) Ayudante de perforador (segundo): Debe ser Técnico o práctico con experiencia comprobable en trabajos de

operación en equipos de perforación, terminación y reparación de pozos. d) Ayudante de perforador (chango): Debe ser Técnico o practico con experiencia comprobable en trabajos de

operación en equipos de perforación, terminación y reparación de pozos. e) Ayudante de trabajos generales de perforación (piso rotaria): Debe ser Técnico o práctico con experiencia

comprobable en trabajos de operación en equipos de perforación, terminación y reparación de pozos. f) Ayudante de trabajos generales de perforación (ATP): Debe ser Técnico o práctico con experiencia

comprobable en trabajos de operación en equipos de perforación, terminación y reparación de pozos. El arrendador debe presentar en la lista de verificación (check list) la currícula del personal que PEP requiere e indicar como mínimo: A. Escolaridad. B. Cursos de Capacitación. C. Trabajos realizados. D. Documentación comprobatoria de dicho personal que demuestre que ha desempeñado actividades en

este tipo de equipos, pueden ser copia de las carátulas de contrato y copias certificadas o constancias de cursos de capacitación o carta del patrón, que avalen la experiencia de su personal.

En el caso de ser profesionista o técnico, también debe presentar la documentación comprobatoria que lo acredite como tal, como son copia del título, cédula profesional, entre otros.

8.2.3 Autoridad y Responsabilidad del Representante del arrendador El Representante del arrendador a bordo de la plataforma Autoelevable, tiene la autoridad y responsabilidad dentro de la instalación arrendada, durante su periodo de guardia y/o trabajo para realizar lo siguiente: 8.2.3.1 Autoridad a) Mantener el orden y disciplina. b) En caso de que se presente un accidente fatal, actuar como auxiliar del Ministerio Público Federal. c) Ejercer su autoridad sobre las personas y cosas. d) Si se requiere, solicitar la intervención de las autoridades navales correspondientes.

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e) Ostenta la máxima autoridad y responsabilidad de adoptar decisiones para salvaguardar la vida de la tripulación, el medio ambiente y la integridad de las instalaciones.

8.2.3.2 Responsabilidad a) Mantener actualizado el Diario de Navegación o Bitácora de navegación y demás libros y documentos

exigidos por las leyes y reglamentos aplicables en la materia. b) Mantener en todo momento el registro actualizado de estabilidad de la plataforma Autoelevable. c) Conservar la integridad física y estructural de la plataforma Autoelevable por medio de inspecciones a los

diferentes sistemas que intervienen y forman parte de la estructura de la plataforma Autoelevable. d) Evitar la contaminación que se originen por descargas de materiales líquidos o sólidos de cualquier

naturaleza en posesión y/o control del arrendador. e) Implementar listas de verificación de los requerimientos específicos de los Códigos PBIP, IGS o sus

equivalentes; así como, SOLAS y MARPOL; y en materia de seguridad y protección ambiental para revisar actividades y acciones desempeñadas en la plataforma Autoelevable, por los miembros de la tripulación, para la toma de decisiones acertadas, oportunas y eficientes en todo momento.

f) De la distribución de la carga variable. g) Mantenerse informado y conocer las condiciones meteorológicas existentes durante las operaciones. h) Dar seguimiento al desarrollo de las actividades e instrucciones giradas al personal correspondiente para su

total cumplimiento. i) Mantener la matriz de riesgos de la instalación-pozo, actualizada. j) Realizar simulacros de acuerdo a los escenarios contemplados en el Plan de Respuesta a Emergencias. Durante las operaciones de cambio de localización el especialista Rig Mover debe coordinar una reunión con los capitanes de las embarcaciones de remolque, a fin de unificar criterios para el proceso de remolque y para que los capitanes de los remolcadores conozcan las operaciones a efectuar y las limitantes existentes en cada una de las diferentes operaciones, de igual forma delimitar el acercamiento mínimo permitido al casco de la plataforma autoelevable. 8.2.4 Herramientas del piso de perforación Las herramientas que se deben utilizar para el manejo de las diferentes sartas de perforación, terminación y reparación de pozos, que se describen en el Anexo 2, Tabla 25 de esta Norma de Referencia, son de manera enunciativa más no limitativa, se deben requerir sólo las que se indiquen en las bases de licitación. 8.2.5 Torre de perforación Parte principal de un equipo para perforación, que soporta el sistema de izaje principal del equipo, para los movimientos de las diferentes sartas que se utilizan en los procesos de perforación, terminación y reparación de los pozos que cumplan con diferentes alturas y capacidades de acuerdo al diseño del pozo a intervenir. Las dimensiones y capacidades nominales mínimas de las torres son las correspondientes a un equipo con potencia nominal de 2 000 HP o mayor. A las torres de perforación se les deben realizar inspección visual, mantenimiento preventivo de acuerdo al manual del fabricante o máximo cada 4 meses (de tornillería, poleas, viguetas, ángulos, changuero, medio changuero y soportería), mantenimiento mayor de acuerdo al manual del fabricante o máximo cada año. 8.2.6 Ensamble de Mesa Rotaria Equipo que da la rotación requerida a la sarta de perforación, para los diferentes procesos de perforación, terminación y reparación de los pozos y es necesario que tenga el diámetro y potencia de acuerdo al diseño del pozo a intervenir.

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Las dimensiones y capacidades nominales mínimas de la mesa rotaria son las correspondientes a un equipo con potencia nominal de 2 000 HP o mayor. 8.2.7 Silos de cemento y barita Los equipos plataformas autoelevables deben contar con silos para almacenar cemento y barita a granel, en cantidad y volumen requeridos para la intervención del pozo. Deben incluir: a) Silos con capacidad mínima de 84,95 m3 (3 000 ft3). b) Sistema de medición para cuantificar volumen y peso en cada silo. c) Registro o entrada hombre en cada silo. d) Línea de desfogue para los silos. e) Línea de suministro de aire presurizado para los silos. f) Válvula de seguridad en cada silo, calibrada a 3,16 kg/cm2 (45 psi). g) Indicador de presión ó manómetro en cada silo. h) Moto-compresor eléctrico volumétrico con capacidad de 8,5 m3/min (300 ft3/min). i) Sistema de filtrado de humedad del aire comprimido, hacia los silos. j) Sistema de dosificación de barita al lodo de perforación, con equipo de succión por sistema Venturi. k) Líneas para recepción y suministro de material a granel, desde las bandas de babor ó estribor. l) Líneas de derivación (by-pass) para intercomunicar entre los silos. Los informes de calibración de los equipos que lo requieran los debe emitir un laboratorio acreditado de acuerdo a la LFMN y su Reglamento, así como, cumplir con la NRF-111-PEMEX-2006. 8.2.8 Unidad de alta presión Equipo de bombeo de alta presión impulsada por motores diesel o motores de corriente directa (o similar), con capacidad de bombeo de 703 kg/cm2 (10 000 psi) para cementación y prueba, sistema de recirculación de 8 barriles con bombeo de control automático de densidad, sistema de almacenamiento y dosificación de aditivos líquidos, sistema convencional de mezclado, niples, mangueras metálicas con conexiones similares y válvula macho de 703 kg/cm2 (10 000 psi) para conectar a la cabeza de cementación en el piso de perforación, así como al árbol de estrangulación. 8.2.9 Sistema de comunicaciones y ayuda a la navegación Adicionalmente tiene que proporcionar lo siguiente cumplir con la normatividad Mexicana e Internacional mencionada en esta norma de referencia y los requisitos descritos en convenios internacionales para la seguridad de la vida humana en el mar Capítulos IV y V de SOLAS-2009, y capítulos 5, 11 y capitulo 14 sección 7 del MODU-2010. 8.2.9.1 Sistema de comunicaciones El arrendador debe proporcionar el siguiente sistema de radio transmisión y dispositivo para intercomunicación: a) Radio de UHF y VHF banda marina. b) Radiotransmisor - receptor completo VHF-AM banda marina con 720 canales, mínimo, (118 a 136 MHz). c) Radioteléfono marino de 25 Watt, con 60 canales para banda área. d) Radiotransmisor marino VHF de canales con antena acoplada fijos. e) Dispositivo totalmente automático de intercomunicación en la plataforma Autoelevable (interfono) por lo

menos con 20 estaciones para intercomunicación entre los distintos puntos importantes de mando con sistema de voceo de 1000 Watt. Ubicaciones de equipo en: consultorio médico, comedor, oficinas del

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representante de PEP, oficinas de geólogos, área de preventores, cuarto de maquinas, extensión de popa, presas de lodos, cuarto de SCR´s, unidad de cementación, taller, potabilizadora, cuarto de bombas de lodos, sala de TV, pasillo y sala.

f) Magna voces portátiles. g) Sistema de alarma general y/o incendio de acuerdo al SOLAS-2009 y a la NRF-210-PEMEX-2011. h) Equipo multifuncional fax, copiadora, impresora y escáner, con capacidad de impresión fotográfica, conexión

eléctrica de 127 V /1/60 Hz. 8.2.9.2 Sistema de ayuda a la navegación El arrendador debe proporcionar el siguiente sistema de ayuda a la navegación, como son entre otros: a) Circuito de voceo. b) Luces de obstrucción en puntos altos (heliplataforma, grúas y torre de perforación). c) Luces de señalamiento. d) Bancos de baterías. e) Conos de viento de la heliplataforma. f) Red de informática (intranet y computadora). g) EPIRB (Señal de indicación de posicionamiento en situación de emergencia). h) NAVTEX Recepción de informes meteorológicos emitidos para el área en que se encuentre la plataforma.

(autoelevables en las que aplique). i) Código Internacional de Banderas. j) Anemómetro para medición continúa de velocidad y dirección del viento. k) Barómetro meteorológico. l) Termómetro meteorológico. m) Computadoras e impresora láser blanco y negro, software de administración del equipo. n) Cartas de navegación. o) Sirena señalamiento de niebla. p) Señalamientos y letreros en idioma español. q) Señales lumínicas y fumígenas. r) Ecosonda. 8.2.10 Sistema de medición de flujo de combustible PEP proporciona el diesel para el desarrollo de los diferentes procesos que se realizan en la perforación, terminación y reparación de pozos, el cual se debe controlar a través de un sistema de medición de flujo. Las plataformas autoelevable deben contar con medidores de flujo que emitan recibos impresos o comprobantes. De estos se deben presentar sus certificados de calibración vigentes, realizada por un laboratorio acreditado en términos de la LFMN Y SU REGLAMENTO,y su Reglamento. El arrendador se obliga a calibrar semestralmente los medidores de flujo de combustible (diesel) del equipo, y debe entregar a PEP copia del informe de calibración realizado por un laboratorio acreditado en términos de la LFMN y su Reglamento, y cumplir con la NRF-111-PEMEX-2006. 8.3 Equipos Flotantes para aguas someras y profundas Los equipos flotantes son unidades posicionadas con anclas o posicionamiento dinámico (DP) en la superficie del mar y son las plataformas Semisumergibles ó barcos perforadores, tienen un casco con calado de trabajo, supervivencia y tránsito, cuenta con los componentes sobre cubierta y debajo de la misma, con objeto de realizar intervenciones de perforación, terminación y reparación de pozos en tirantes de aguas mayores a 100 m. El equipo flotante debe:

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Contar con capacidad para perforar y terminar pozos petroleros con profundidad mínima de 7,620 m (25 000 ft) soportar vientos de 161 km/h (100 mph), olas de 12 m (41 ft) a 12 seg y corrientes de 2,78 km/h (1.5 nudos), tirantes de agua de máximo 1 500 m (4 921 ft), con equipo para actividad simultánea para armar y estibar tuberías de diámetros de 8,89 cm (3 ½ in) a 24,45 cm (9 5/8 in) fuera de línea. Con sistema de anclaje para el tirante de agua a operar o de posicionamiento dinámico. 8.3.1 Permisos, licencias, documentos y certificaciones que deben reunir los equipos Flotantes para aguas someras y profundas Los permisos, licencias y certificaciones que deben reunir los equipos flotantes de arrendamiento, se deben presentar en las fechas indicadas para la lista de verificación (check list), de acuerdo al Anexo 1, Tabla 24, de esta Norma de Referencia, excepto los que apliquen posterior a la lista de verificación (check list), en donde se aceptara comprobantes de trámites. El proceso de certificación debe cumplir con lo establecido en el capítulo 1 sección 6 del código MODU-2010. 8.3.2 Personal operativo para el manejo de equipos flotantes, en aguas someras y profundas El equipo flotante debe contar con el siguiente personal, siempre a bordo y con dominio del idioma español, en caso contrario, deben contar con los traductores necesarios (todo el personal, citado a continuación, no efectuará ningún otro trabajo diferente a su categoría que represente riesgo): De contar con equipo de posicionamiento dinámico, todos los oficiales a cargo o relacionados con las maniobras de posicionamiento y navegación, deben contar con capacitación especializada en este tipo de equipos, debe presentar un certificado de competencia especial avalado por una autoridad marítima en la materia. El personal (OIM, Especialista Subsea, Toolpusher y Operadores de cuarto remoto) para operar la maquinaria, equipo o instalaciones relacionadas con el transporte, instalación y operación de los preventores, debe contar con la capacitación y certificación para desmantelar, reparar, inspeccionar, rearmar y probar los preventores y equipos para el control de pozos. El personal responsable de operar y dar mantenimiento a los vehículos de operación remota (ROV) debe contar con capacitación y certificación en estas tareas, debe mostrar la documentación que demuestre esta capacitación y certificación. La certificación para las categorías descritas en los párrafos anteriores, deben ser expedida por parte de un tercero independiente, a efecto de demostrar las competencias necesarias del personal que realiza el trabajo. 8.3.2.1 Personal operativo para el manejo del equipo flotante REMI-MIXTO, en aguas someras y profundas a) Representante del Arrendador a bordo (OIM o RM): Debe ser Ingeniero, técnico o práctico con experiencia

comprobable en trabajos de operación en equipos flotantes de perforación y terminación de pozos. Dicho representante debe tener la autoridad y capacidad para actuar al momento en nombre del arrendador con relación a los asuntos que puedan surgir entre PEP y el arrendador a bordo del equipo flotante, firmar de alta y bajas de anomalías (MR).

b) Especialista SUBSEA: Debe ser Ingeniero, técnico o práctico con experiencia comprobable en trabajos de SUBSEA en equipos flotantes de perforación y terminación de pozos. Y debe contar con certificaciones expedidas por parte de un tercero independiente.

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c) Auxiliar SUBSEA: Debe ser Ingeniero, técnico o práctico con experiencia comprobable en trabajos de Auxiliar de SUBSEA en equipos flotantes de perforación y terminación de pozos. Y debe contar con certificaciones expedidas por parte de un tercero independiente.

d) Jefe de estabilidad: Debe ser Profesionista Naval, técnico o práctico con experiencia comprobable en trabajos de estabilidad en equipos flotantes de perforación y terminación de pozos.

e) Auxiliar de estabilidad: Debe ser Profesionista Naval, técnico o práctico con experiencia comprobable en trabajos de auxiliar de estabilidad en equipos flotantes de perforación y terminación de pozos. Este requerimiento solo aplica en equipos para aguas profundas y ultraprofundas.

f) Operador de cuarto de control remoto: Debe ser Profesionista Naval, técnico o práctico con experiencia comprobable en trabajos de operador en cuarto de control en equipos flotantes de perforación, y terminación de pozos.

g) Operador de ROV: Debe ser Ingeniero, técnico o práctico con experiencia comprobable de operador de ROV en equipos flotantes de perforación y terminación de pozos. Y debe contar con certificaciones expedidas por parte de un tercero independiente.

h) Jefe de mantenimiento: Debe ser Ingeniero, técnico o práctico con experiencia comprobable en trabajos de mantenimiento de equipos flotantes de perforación y terminación de pozos.

i) Supervisor mecánico: Debe ser Ingeniero, técnico o práctico con experiencia comprobable en trabajos de mantenimiento mecánico de equipos flotantes de perforación y terminación de pozos.

j) Supervisor eléctrico Debe ser, Ingeniero, técnico o práctico con experiencia comprobable en trabajos de mantenimiento eléctrico de equipos flotantes de perforación y terminación de pozos.

k) Operario especialista (gruero): Debe ser técnico o práctico, con experiencia comprobable en actividades relacionadas con operación de grúas en equipos flotantes de perforación y terminación de pozos. Debe contar con su ayudante, quien debe tener experiencia comprobable en actividades relacionadas con operación de grúas en equipos flotantes de perforación y terminación de pozos y estar capacitado para manejar como método primario de comunicación con el gruero las señales manuales y como método secundario el radio.

l) Soldador especialista: Debe ser técnico o práctico, con experiencia comprobable y estar certificado de acuerdo a la NRF-020-PEMEX-2012 para desempeñar trabajos de corte y soldadura en equipos flotantes de perforación y terminación de pozos.

m) Motorista: Debe ser técnico o práctico con experiencia comprobable en trabajos relacionados con operación y mantenimiento de equipos de combustión interna en equipos flotantes de perforación y terminación de pozos.

n) Supervisor especialista en seguridad y salud en el trabajo: Debe ser profesionista, técnico o práctico con experiencia comprobable en seguridad y salud en el trabajo, en equipos flotantes de perforación y terminación de pozos, deberá estar dedicado únicamente a ésta función a bordo, para dar cumplimiento al numeral III.1.3 del Anexo “S”.

o) Supervisor especialista en protección ambiental: Debe ser profesionista, técnico o práctico con experiencia comprobable en protección ambiental relacionada con equipos flotantes de perforación y terminación de pozos, deberá estar dedicado únicamente a esta función, para dar cumplimiento al numera llI.1.3 del Anexo “S”. Se requiere en tierra, con disponibilidad para estar a bordo de la plataforma autoelevable cuando se requiera para el desempeño de sus funciones.

p) Obrero (ATM): Auxiliar en la ejecución del programa o sistema que permita mantener los equipos integrantes del equipo flotante en condiciones de operación, el cual queda a discreción del arrendador.

q) Operador para la recepción, control de calidad y despacho de combustible turbosina: Debe ser técnico o práctico con experiencia comprobable en estas actividades y en equipos flotantes de perforación y terminación de pozos.

r) Bombero: Debe ser técnico o práctico con experiencia comprobable, para atención permanente de monitores contraincendio, durante las operaciones de manejo de combustible turbosina y aterrizaje y despegue de helicópteros en equipos flotantes de perforación y terminación de pozos.

s) Oficial de operaciones aéreas: Debe ser Profesionista, técnico o práctico con experiencia comprobable, para la coordinación y despacho de las operaciones que se realicen con helicópteros y en equipos flotantes de perforación y terminación de pozos.

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t) Coordinador de Operación (equivalente a ITP): Debe ser Ingeniero, técnico o práctico con experiencia comprobable en trabajos de operación en equipos flotantes de perforación y terminación de pozos.

u) Perforador: Debe ser Técnico o práctico con experiencia comprobable en trabajos de operación en equipos flotantes de perforación y terminación de pozos.

v) Ayudante de perforador (segundo): Debe ser Técnico o práctico con experiencia comprobable en trabajos de operación en equipos flotantes de perforación y terminación de pozos.

w) Ayudante de perforador (chango): Debe ser Técnico o práctico con experiencia comprobable en trabajos de operación en equipos flotantes de perforación y terminación de pozos.

x) Ayudante de trabajos generales de perforación (piso rotaria): Debe ser Técnico o práctico con experiencia comprobable en trabajos de operación en equipos flotantes de perforación y terminación de pozos.

y) Ayudante de trabajos generales de perforación (ATP): Debe ser Técnico o práctico con experiencia comprobable en trabajos de operación en equipos flotantes de perforación y terminación de pozos.

z) Representante del arrendador en Cd. Del Carmen, Camp., para la administración del contrato: Debe ser Ingeniero, técnico o práctico con experiencia comprobable en operaciones de perforación y terminación con equipos flotantes. El arrendador debe presentar en la lista de verificación (check list) la currícula del personal que PEP requiere e indicar como mínimo: A. Escolaridad. B. Cursos de Capacitación. C. Trabajos realizados. D. Documentación comprobatoria de dicho personal que demuestre que ha desempeñado actividades en

este tipo de equipos, pueden ser copia de las carátulas de contrato y copias certificadas o constancias de cursos de capacitación o carta del patrón, que avalen la experiencia de su personal. En el caso de ser profesionista o técnico, también debe presentar la documentación comprobatoria que lo acredite como tal, como son copia del título, cédula profesional, entre otros.

aa) Oficial de Protección del Buque, conforme al código PBIP, debe ser profesionista, disponible las 24 horas de trabajo, y ser de nacionalidad mexicana, y contar con perfil profesional de: 1. Capitán de Altura. 2. Capitán de Marina. 3. Piloto Naval. 4. Jefe de Maquinas. 5. Primer Maquinista Naval. 6. Maquinista Naval. 7. Ingeniero Geógrafo e Hidrógrafo. 8. Ingeniero naval. Debe estar avalado por la siguiente documentación: 1) Título profesional, emitido por la Secretaría de Comunicaciones y Transporte. 2) Constancia de competencia Especial en:

• Supervivencia en el mar. • Contraincendio básico y avanzado. • Primeros auxilios básico y avanzado.

3) Cédula profesional. 4) Acta de nacimiento. 5) Cartilla liberada. 6) Certificado de oficial de protección del buque (para el oficial de Protección del buque).

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Asimismo, PEP acepta la evidencia del trámite de dicho certificado, así como el personal con el perfil que Marina Mercante acepte. El oficial de protección del buque puede ser cualquier que el arrendador designe, siempre y cuando Marina mercante lo acepte. 8.3.3 Autoridad y Responsabilidad del Representante del arrendador El Representante del arrendador a bordo del equipo flotante, tiene la autoridad y responsabilidad dentro de la instalación arrendada, durante su periodo de guardia y/o trabajo para realizar lo siguiente: 8.3.3.1 Autoridad a) Mantener el orden y disciplina. b) En caso de que se presente un accidente fatal, actuar como auxiliar del Ministerio Público Federal. c) Ejercer su autoridad sobre las personas y cosas. d) Si se requiere, solicitar la intervención de las autoridades navales correspondientes. e) Ostenta la máxima autoridad y responsabilidad de adoptar decisiones para salvaguardar la vida de la

tripulación, el medio ambiente y la integridad de las instalaciones. 8.3.3.2 Responsabilidad a) Mantener actualizado el Diario de Navegación o Bitácora de navegación y demás libros y documentos

exigidos por las leyes y reglamentos aplicables en la materia. b) Mantener en todo momento el registro actualizado de estabilidad del equipo flotante. c) Conservar la integridad física y estructural del equipo flotante por medio de inspecciones a los diferentes

sistemas que intervienen y forman parte de la estructura del equipo flotante. d) Evitar la contaminación que se originen por descargas de materiales líquidos o sólidos de cualquier

naturaleza en posesión y/o control del arrendador. e) Implementar listas de verificación de los requerimientos específicos de los Códigos PBIP, IGS, IDS o sus

equivalentes, SOLAS, MARPOL y en materia de seguridad y protección ambiental para revisar actividades y acciones desempeñadas en el equipo flotante, por los miembros de la tripulación, para la toma de decisiones acertadas, oportunas y eficientes en todo momento.

f) De la distribución de la carga variable. g) Se debe mantener informado y conocer las condiciones meteorológicas existentes durante las operaciones. h) Dar seguimiento al desarrollo de las actividades e instrucciones giradas al personal correspondiente para su

total cumplimiento. i) Mantener la matriz de riesgos de la instalación-pozo, actualizada. j) Realizar simulacros de acuerdo a los escenarios contemplados en el Plan de Respuesta a Emergencias. Durante las operaciones de cambio de localización el especialista Rig Mover debe coordinar una reunión con los capitanes de las embarcaciones de remolque, a fin de unificar criterios para el proceso de remolque y para que los capitanes de los remolcadores conozcan las operaciones a efectuar y las limitantes existentes en cada una de las diferentes operaciones, de igual forma delimitar el acercamiento mínimo permitido al casco del equipo flotante. 8.3.4 Equipo de control superficial y submarino (equipo flotante), para aguas someras y profundas Los equipos flotantes para aguas someras y profundas deben tener para el control de preventores submarinos, los siguientes elementos de acuerdo con lo solicitado en las bases de licitación, los cuales son enunciativos más no limitativos: a) Múltiples de (PODS) con suministros hidráulicos, para control de preventores, conectores y válvulas, con

carretes de mangueras de los múltiples con longitud para efectuar los trabajos contratados. b) Conectores hidráulicos de 47,63 cm (18 ¾ in) con presión nominal de 703 kg/cm2 (10 000 psi) o mayor.

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c) Válvulas de seguridad de 7,78 cm (3 1/16 in), con presión nominal de 703 kg/cm2 (10 000 psi) o mayor. Para las líneas de matar y estrangular.

d) T.V. submarina completa con cámara y monitor. e) Sistema de supervisión submarina R.O.V. (vehículo submarino) operado a control remoto, con potencia de

100 HP para operar en el tirante de agua máximo de 1 500 m (4 921 ft) con dos (2) brazos manipuladores, con cámara de televisión y sonar; así mismo, debe tener un sistema de bombeo con capacidad para efectuar trabajos que permitan eliminar los hidratos que se formen alrededor del cabezal, preventores y en el LMRP submarinos. La capacidad del ROV para conectarse y operar el conjunto de preventores submarinos (BOP’s) del equipo, así como la de auxiliar en la desconexión del LMRP, debe contar con certificación por parte de un tercero, en términos de la LFMN, y su Reglamento. El ROV debe con capacidades electromecánicas para operar todos los sistemas de control submarino en el tirante de agua establecido, considerando funciones para la visualización de operaciones de apoyo submarinas. Establecer protocolos de verificación del cierre y apertura de los sistemas de control submarino (indicadores mecánicos visuales o canales de telemetrías) para confirmar la operación adecuada de los preventores y de hermeticidad.

f) Diverter (desviador de flujo) de 35,15 kg/cm2 (500 psi) de presión de trabajo con líneas de 35,56 cm (14 in), con doble válvulas actuadas remotas, complemento con su panel de control remoto.

g) Junta telescópica de acuerdo al diámetro interior del Riser, con empaques sello para evitar entrada de agua de mar.

h) Sistema de tensión constante del conductor marino (riser) de acuerdo al diseño del equipo flotante. i) Conjunto de preventores de arietes submarinos de 47,63 cm (18 ¾ in), con presión nominal de 703 kg/cm2

(10 000 psi) o mayor, para operación en ambiente de Ácido Sulfhídrico. j) Preventores anulares esféricos de 47,63 cm (18 ¾ in), con presión nominal de 703 kg/cm2 (10 000 psi) o

mayor, con conector de 47,63 cm (18 ¾ in), con presión nominal de 703 kg/cm2 (10 000 psi) o mayor. k) Junta flexible de 47,63 cm (18 ¾ in) con flexibilidad en ángulo de 10°. l) Preventores dobles de 47,63 cm (18 ¾ in) con presión nominal de 703 kg/cm2 (10 000 psi) o mayor, con

cuatro salidas laterales de 7,77 cm (3 1/16 in) con los siguientes arietes: l.1) Juego de arietes variables de 8,89 cm – 19,36 cm (3 ½ in – 7 5/8 in) o (un juego de arietes de 8,89 cm – 12,7

cm y otro de 12,7 cm a 19,3 cm (3 ½ in – 5 in y otro de 5 in a 7 5/8 in). l.2) Juego de arietes de 8,89 cm (3 ½ in). l.3) Juego de arietes de 12,7 cm (5 in). l.4) Juego de arietes ciegos de corte para TP y TR dotados con reforzadores de (35,56 cm x 40,64 cm (14 in x 16

in). (Este requerimiento aplica solo para aguas profundas).

El conjunto de preventores y los equipos de el control de pozo debe estar certificado por un tercero independiente (no el fabricante), al menos cada 5 años documentando que la condición del equipo y sus propiedades están dentro de especificaciones y estándares, debe incluir la revisión de esquemas y memorias de cálculos, revisión de los diagramas de conexiones, instrumentación y control así como la inspección visual de los componentes, identificando defectos visibles en los materiales o en el ensamblaje, debiéndose documentar la inspección realizada. El personal que realice las pruebas no destructivas se debe calificar como nivel 2, de acuerdo a ISO 9712:2005 con ISO 9712:2005/ Cor. 1:2006 complementándose con ANSI/CP-106-2008.

m) Preventor con arietes variables invertidos para las pruebas de preventores, con presión nominal de 703

kg/cm2 (10 000 psi) o mayor. n) Preventor adicional de corte para tuberías de revestimiento, con presión nominal de 1,055 kg/cm2 (15 000

psi) o mayor. o) Conductor marino (riser) con flotadores y diámetro interior mínimo de 47,63 cm (18 ¾ in) con líneas de matar

y operar a la profundidad de 1 500 m (4 921 ft). Este conductor deberá contar con “Ojo de buey” cada 300 m a lo largo del mismo y tener instalado el sistema “booster” para circular a través del riser por la tercera línea, desde el lecho marino a la superficie. (El requerimiento del sistema booster aplica solo para aguas profundas).

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p) Correntómetro que proporcione la velocidad de las corrientes, dirección y temperatura en tiempo real a la profundidad total del tirante de agua y entregar la base de datos en archivo electrónico al representante de PEP.

q) Estaciones de control remoto para operar los preventores, uno en el piso de perforación y otro en la oficina del representante del Arrendador.

r) Sistema de acústico de control de cierre de preventores. s) Panel de acceso para conexión del ROV y este opere el preventor de corte. t) Sistema de acumuladores con capacidad para operar el conjunto de preventores. u) Múltiple de estrangulación con válvulas de 7,78 cm (3 1/16 in) con presión nominal de 703 kg/cm2 (10 000 psi)

o mayor, con dos (2) estranguladores ajustables manualmente y dos (2) hidráulicos con consola de control remoto resistente al Ácido Sulfhídrico, de acuerdo a recomendaciones del API y requerimientos de PEP.

v) Desgasificador atmosférico o de vacio con capacidad de proceso de hasta 1 000 gpm, cuya característica principal es eliminar sulfuro de hidrógeno gaseoso, los destilados volátiles y el gas contenido en el fluido y recortes de perforación.

w) Separador gas lodo de 121,92 cm (48 in) de diámetro por 6,10 m (20 ft) de longitud, con línea de desfogue a la altura de la corona de la torre.

x) Quemador ecológico completo a un 90% ± 10% de eficiencia para 12 000 BPD, tipo “boom”, que cuente con inyección de aire y agua, que incluya sus accesorios y componentes tales como: cabeza de combustión, toberas para el mezclado de aire – hidrocarburos con un diámetro óptimo de flujo mínimo de 0,95 cm (3/8 in), pilotos que consuman gas butano y se encienda mediante un dispositivo eléctrico, atomizador, compresor de aire con capacidad de generar 21,24 m3 (750 ft3) por minuto mínimo, a una presión de 5,62 kg/cm2 (80 psi). Debe estar instalado y funcionando, interconectado al árbol de estrangulación con línea de diámetro mínimo de 7,62 cm y 351,54 kg/cm2 (3 in y 5 000 psi), que debe estar soldada y radiografiada, con su respectiva cruceta para la derivación del flujo hacia el cañón o toberas y su correspondiente soporte instalado y radiografiado.

El personal que realice la inspección radiográfica, debe estar calificado y certificado con nivel 2 como mínimo, de acuerdo a ISO 9712-2005 con ISO 9712-2005 Cor. 1-2006, por una entidad acreditada de acuerdo a la LFMN y su Reglamento. Nota: Lo que se indica como 1 054,6 kg/cm2 (15,000 psi) en los incisos anteriores aplica en aguas profundas y ultraprofundas 8.3.5 Piso de perforación Las herramientas que se deben utilizar para el manejo de las diferentes sartas de perforación y terminación de pozos, que se describen en al Anexo 1, Tabla 25 de esta Norma de Referencia son de manera enunciativa más no limitativa, se requerirán solo las que se indiquen en las bases de licitación. Por debajo del piso de perforación se deben tener como mínimo los malacates necesarios para las maniobras y manejo de herramientas, los cuales se especificaran en las bases de licitación. 8.3.6 Torre de perforación Parte principal de un equipo para perforación, que soporta el sistema de izaje principal del equipo, para los movimientos de las diferentes sartas que se utilizan en los procesos de perforación y terminación de los pozos, que cumplan con diferentes alturas y capacidades de acuerdo al diseño del pozo a intervenir. Las dimensiones y capacidades nominales mínimas de las torres son las correspondientes a un equipo con potencia nominal de 3 000 HP o mayor.

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A las torres de perforación se les deben realizar inspección visual, mantenimiento preventivo de acuerdo al manual del fabricante o máximo cada 4 meses (de tornillería, poleas, viguetas, ángulos, changuero, medio changuero y soportería) mantenimiento mayor de acuerdo al manual del fabricante o máximo cada año. 8.3.7 Ensamble de Mesa rotaria Equipo que da la rotación requerida a la sarta de perforación, en los diferentes procesos de perforación, terminación y reparación de los pozos, es necesario que tenga el diámetro y potencia de acuerdo al diseño del pozo a intervenir. Las dimensiones y capacidades nominales mínimas de la mesa rotaria son las correspondientes a un equipo con potencia nominal de 3 000 HP o mayor. 8.3.8 Bombas de lodo Bombas de lodos Triplex, de acción sencilla con una capacidad de entrada nominal de 1,600 HP, cada una con dos (2) motores de tracción y para una presión de trabajo de 351,54 kg/cm2 (5 000 psi), incluyendo todos sus accesorios (bombas centrifugas, amortiguadores de pulsaciones, válvulas de seguridad, sistema de lubricación y enfriamiento). 8.3.9 Silos de cemento y barita Los equipos flotantes para aguas someras y profundas deben contar con silos para almacenar cemento y barita a granel, en cantidad y volumen requeridos para la intervención del pozo. Deben incluir: a) Silos para almacenar barita de 144,42 m3 (5,100 ft3) y para cemento de 135,92 m3 (4,800 ft3). b) Sistema de medición para cuantificar volumen y peso en cada silo. c) Registro o entrada hombre en cada silo. d) Línea de desfogue para los silos. e) Línea de suministro de aire presurizado para los silos. f) Válvula de seguridad en cada silo, calibrada a 3,16 kg/cm2 (45 psi). g) Indicador de presión ó manómetro en cada Silo. h) Moto-compresor eléctrico volumétrico con capacidad de 8,5 m3/min (300 ft3/min). i) Sistema de filtrado de humedad del aire comprimido, hacia los Silos. j) Sistema de dosificación de barita al lodo de perforación, con equipo de succión por sistema Venturi. k) Líneas para recepción y suministro de material a granel, desde las bandas de babor ó estribor. l) Líneas de derivación (by-pass) para intercomunicar entre los silos. Los informes de calibración de los equipos que lo requieran lo debe emitir un laboratorio acreditado de acuerdo a la LFMN, y su Reglamento, y cumplir con la NRF-111-PEMEX-2006. 8.3.10 Unidad de alta presión Equipo de bombeo de alta presión impulsada por motores diesel o motores de corriente directa (o similar), con capacidad de bombeo de 703 kg/cm2 (10000 psi) para cementación y prueba de 1,055 kg/cm2 (15 000 psi), sistema de recirculación de 8 barriles con bombeo de control automático de densidad, sistema de almacenamiento y dosificación de aditivos líquidos, sistema convencional de mezclado, niples, mangueras metálicas con conexiones similares y válvula macho de 703 kg/cm2 (10 000 psi) para conectar a la cabeza de cementación en el piso de perforación, así como al árbol de estrangulación.

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8.3.11 Sistema de comunicaciones y ayuda a la navegación Adicionalmente tiene que proporcionar lo siguiente cumplir con la normatividad Mexicana e Internacional mencionada en esta norma de referencia y los requisitos descritos en convenios internacionales para la seguridad de la vida humana en el mar Capítulos IV y V de SOLAS-2009, y capítulos 5, 11 y capitulo 14 sección 7 del MODU-2010. Los equipos que cuenten con sistema de posicionamiento DP deben contar con sistema redundante para el control de posición. 8.3.11.1 Sistema de comunicaciones: El arrendador debe proporcionar el siguiente sistema de radio transmisión y dispositivo para intercomunicación: a) Radio de UHF y VHF banda marina. b) Radiotransmisor - receptor completo VHF-AM banda marina con 720 canales, mínimo, (118 a 136 MHz). c) Radioteléfono marino de 25 Watt, con 60 canales para banda área. d) Radiotransmisor marino VHF de canales con antena acoplada fija. e) Dispositivo totalmente automático de intercomunicación en el equipo flotante (interfono) por lo menos con 20

estaciones para intercomunicación entre los distintos puntos importantes de mando con sistema de voceo de 1 000 Watt. Ubicaciones de equipo en: consultorio médico, comedor, oficinas del representante de PEP, oficinas de geólogos, área de preventores, cuarto de maquinas, extensión de popa, presas de lodos, cuarto de SCR´s, unidad de cementación, taller, potabilizadora, cuarto de bombas de lodos, sala de TV, pasillo y sala.

f) Magna voces portátiles. g) Sistema de alarma general y/o incendio de acuerdo al SOLAS-2009 y a la NRF-210-PEMEX-2011. h) Equipo multifuncional fax, copiadora, impresora y escáner, con capacidad de impresión fotográfica, conexión

eléctrica de 127 V /1/60 Hz. 8.3.11.2 Sistema de ayuda a la navegación: El arrendador debe proporcionar el siguiente sistema de ayuda a la navegación, como son entre otros: a) Circuito de voceo. b) Luces de obstrucción en puntos altos (heliplataforma, grúas y torre de perforación). c) Luces de señalamiento. d) Bancos de baterías. e) Conos de viento de la heliplataforma. f) Red de informática (intranet y computadora). g) Compás magnético ó girocompás (Brújula). h) EPIRB (Señal de indicación de posicionamiento en situación de emergencia). i) NAVTEX Recepción de informes meteorológicos emitidos para el área en que se encuentre el equipo

flotante. j) Código Internacional de Banderas. k) Anemómetro para medición continúa de velocidad y dirección del viento. l) Barómetro meteorológico. m) Termómetro meteorológico. n) Computadoras e impresora láser blanco y negro, software de administración del equipo. o) Cartas de navegación. p) Sirena señalamiento de niebla. q) Señalamientos y letreros en idioma español. r) Señales lumínicas y fumígenas. s) Ecosonda.

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t) Global Maritime Distress and Safety System (Sistema global de la señal de socorro marítimo y de seguridad) GMDSS.

8.3.12 Sistema de medición de flujo de combustible PEP proporciona el diesel para el desarrollo de los diferentes procesos que se realizan en la perforación y terminación de pozos, el cual se debe controlar a través de un sistema de medición de flujo. El equipo flotante debe contar con medidores de flujo que emitan recibos impresos o comprobantes. De estos se deben presentar sus certificados de calibración vigentes, realizada por un laboratorio acreditado en términos de la LFMN. El arrendador se obliga a calibrar semestralmente los medidores de flujo de combustible (diesel) del equipo, y debe entregar a PEP copia del informe de calibración realizado por un laboratorio o empresa acreditada en término 8.4 Equipos Flotantes para aguas ultra profundas Los equipos flotantes son unidades posicionadas con sistema de posicionamiento dinámico (DP), tienen un casco con calado de trabajo, supervivencia y tránsito, cuenta con los componentes sobre cubierta y debajo de la misma, con objeto de realizar intervenciones de perforación y terminación de pozos preferentemente en tirantes de agua mayores de 1 500 m (4 921 ft) usando para ello conexiones submarinas. El equipo flotante debe contar con capacidad para perforar y terminar pozos petroleros con profundidad mínima 9,144 m (30 000 ft), soportar vientos de 161 km/h (100 mph), olas de 12 m (41 ft) a 12 seg y corrientes de 2,78 km/hr (1.5 nudos), tirantes de agua de máximo 3,048 m (10 000 ft), con equipo para actividad simultánea para armar y estibar tuberías de diámetros de 7,30 cm (2 7/8 in) a 33,97 cm (13 3/8 in) fuera de línea. 8.4.1 Permisos, licencias, documentos y certificaciones que deben reunir los equipos Flotantes para aguas ultra profundas Los permisos, licencias y certificaciones que deben reunir los equipos flotantes de arrendamiento, se deben presentar en las fechas indicadas para la lista de verificación (check list), de acuerdo al Anexo 1, Tabla 24, de esta Norma de Referencia, excepto los que apliquen posterior a la lista de verificación (check list), en donde se aceptarán comprobantes de trámites en curso. El proceso de certificación debe cumplir con lo establecido en el capítulo 1 sección 6 del código MODU-2010. 8.4.2 Personal operativo para el manejo de equipos flotantes en aguas ultraprofundas El equipo flotante debe contar con el siguiente personal, siempre a bordo y con dominio del idioma español, en caso contrario, deben contar con los traductores necesarios (todo el personal, citado a continuación, no efectuará ningún otro trabajo diferente a su categoría que represente riesgo): De contar con equipo de posicionamiento dinámico, todos los oficiales a cargo o relacionados con las maniobras de posicionamiento y navegación, deben contar con capacitación especializada en este tipo de equipos, debe presentar un certificado de competencia especial avalado por una autoridad marítima en la materia. El personal (OIM, Especialista Subsea, Toolpusher y Operadores de cuarto remoto) para operar la maquinaria, equipo o instalaciones relacionadas con el transporte, instalación y operación de los preventores, debe contar con la capacitación y certificación para desmantelar, reparar, inspeccionar, rearmar y probar los preventores y equipos para el control de pozos.

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El personal responsable de operar y dar mantenimiento a los vehículos de operación remota (ROV) debe contar con capacitación y certificación en estas tareas, debe mostrar la documentación que demuestre esta capacitación y certificación. La certificación para las categorías descritas en los párrafos anteriores, se debe expedir por una empresa acreditada para tal fin, en términos de la LFMN, y su Reglamento, a efecto de demostrar las competencias necesarias del personal que realiza el trabajo. 8.4.2.1 Personal operativo para el manejo del equipo flotante REMI-MIXTO, en aguas ultraprofundas a) Representante del Arrendador a bordo (OIM o RM): Debe ser Ingeniero, técnico o práctico con experiencia

comprobable en trabajos de operación en equipos flotantes de perforación y terminación de pozos. Dicho representante debe tener la autoridad y capacidad para actuar al momento en nombre del arrendador con relación a los asuntos que puedan surgir entre PEP y el arrendador a bordo del equipo flotante, firmar de alta y bajas de anomalías (MR).

b) Especialista SUBSEA: Debe ser Ingeniero, técnico o práctico con experiencia comprobable en trabajos de SUBSEA en equipos flotantes de perforación y terminación de pozos. Y debe contar con certificaciones expedidas por parte de un tercero independiente.

c) Auxiliar SUBSEA: Debe ser Ingeniero, técnico o práctico con experiencia comprobable en trabajos de Auxiliar de SUBSEA en equipos flotantes de perforación y terminación de pozos. Y debe contar con certificaciones expedidas por parte de un tercero independiente

d) Jefe de estabilidad: Debe ser Profesionista Naval, técnico o práctico con experiencia comprobable en trabajos de estabilidad en equipos flotantes de perforación y terminación de pozos.

e) Auxiliar de estabilidad: Debe ser Profesionista Naval, técnico o práctico con experiencia comprobable en trabajos de auxiliar de estabilidad en equipos flotantes de perforación y terminación de pozos.

f) Operador de cuarto de control remoto: Debe ser Profesionista Naval, técnico o práctico con experiencia comprobable en trabajos de operador en cuarto de control en equipos flotantes de perforación y terminación de pozos.

g) Especialista en posicionamiento dinámico: Debe ser Profesionista Naval, técnico o práctico con experiencia comprobable en actividades de posicionamiento dinámico en equipos flotantes de perforación y terminación de pozos.

h) Operador de ROV: Debe ser Ingeniero, técnico o práctico con experiencia comprobable de operador de ROV en equipos flotantes de perforación y terminación de pozos. Y debe contar con certificaciones expedidas por parte de un tercero independiente.

i) Jefe de mantenimiento: Debe ser Ingeniero, técnico o práctico con experiencia comprobable en trabajos de mantenimiento de equipos flotantes de perforación y terminación.

j) Supervisor mecánico: Debe ser Ingeniero, técnico o práctico con experiencia comprobable en trabajos de mantenimiento mecánico de equipos flotantes de perforación y terminación de pozos.

k) Supervisor eléctrico: Debe ser Ingeniero, técnico o práctico con experiencia comprobable en trabajos de mantenimiento eléctrico de equipos flotantes de perforación y terminación de pozos.

l) Operario especialista (gruero): Debe ser técnico o práctico, con experiencia comprobable en actividades relacionadas con operación de grúas en equipos flotantes de perforación y terminación de pozos. Debe contar con su ayudante, quien debe tener experiencia comprobable en actividades relacionadas con operación de grúas en equipos flotantes de perforación y terminación de pozos y estar capacitado para manejar como método primario de comunicación con el gruero las señales manuales y como método secundario el radio.

m) Soldador especialista: Debe ser técnico o práctico, con experiencia comprobable y estar certificado de acuerdo a la NRF-020-PEMEX-2012 para desempeñar trabajos de corte y soldadura en equipos flotantes de perforación y terminación de pozos.

n) Motorista: Debe ser técnico o práctico con experiencia comprobable en trabajos relacionados con operación y mantenimiento de equipos de combustión interna en equipos flotantes de perforación y terminación de pozos.

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o) Supervisor especialista en seguridad y salud en el trabajo: Debe ser profesionista, técnico o práctico con experiencia comprobable en seguridad y salud en el trabajo, en equipos flotantes de perforación y terminación de pozos, deberá estar dedicado únicamente a ésta función a bordo, para dar cumplimiento al numeral III.1.3 del Anexo “S”.

p) Supervisor especialista en protección ambiental: Debe ser profesionista, técnico o práctico con experiencia comprobable en protección ambiental relacionada con equipos flotantes de perforación y terminación de pozos, deberá estar dedicado únicamente a esta función, para dar cumplimiento al numera llI.1.3 del Anexo “S”. Se requiere en tierra, con disponibilidad para estar a bordo de la plataforma autoelevable cuando se requiera para el desempeño de sus funciones.

q) Obrero (ATM): Auxiliar en la ejecución del programa o sistema que permita mantener los equipos integrantes del equipo flotante en condiciones de operación, del cual queda a discreción del arrendador. Este personal no debe efectuar ningún otro trabajo que sea diferente a su categoría.

r) Operador para la recepción, control de calidad y despacho de combustible turbosina: Debe ser técnico o práctico con experiencia comprobable en estas actividades y en equipos flotantes de perforación y terminación de pozos.

s) Bombero: Debe ser técnico o práctico con experiencia comprobable para atención permanente de monitores contraincendio, durante las operaciones de manejo de combustible turbosina y aterrizaje y despegue de helicópteros en equipos flotantes de perforación y terminación de pozos.

t) Oficial de operaciones aéreas: Debe ser Profesionista, técnico o práctico con experiencia comprobable para la coordinación y despacho de las operaciones que se realicen con helicópteros y en equipos flotantes de perforación y terminación de pozos.

u) Coordinador de Operación (equivalente a ITP): Debe ser Ingeniero, técnico o práctico con experiencia comprobable en trabajos de operación en equipos flotantes de perforación y terminación de pozos.

v) Perforador: Debe ser Técnico o práctico con experiencia comprobable en trabajos de operación en equipos flotantes de perforación y terminación de pozos.

w) Ayudante de perforador (segundo): Debe ser Técnico o práctico con experiencia comprobable en trabajos de operación en equipos flotantes de perforación y terminación de pozos.

x) Ayudante de perforador (chango): Debe ser Técnico o práctico con experiencia comprobable en trabajos de operación en equipos flotantes de perforación y terminación de pozos.

y) Ayudante de trabajos generales de perforación (piso rotaria): Debe ser Técnico ó práctico con experiencia comprobable en trabajos de operación en equipos flotantes de perforación y terminación de pozos.

z) Ayudante de trabajos generales de perforación (ATP): Debe ser Técnico o práctico con experiencia comprobable en trabajos de operación en equipos flotantes de perforación y terminación de pozos.

aa) Representante del arrendador en Cd. Del Carmen, Camp., para la administración del contrato: Debe ser Ingeniero, técnico o práctico con experiencia comprobable en operaciones de perforación y terminación de pozos con equipos flotantes. El arrendador debe presentar en la lista de verificación (check list) la currícula del personal que PEP requiere e indicar como mínimo: A. Escolaridad. B. Cursos de Capacitación. C. Trabajos realizados. D. Documentación comprobatoria de dicho personal que demuestre que ha desempeñado actividades en

este tipo de equipos, pueden ser copia de las carátulas de contrato y copias certificadas o constancias de cursos de capacitación o carta del patrón, que avalen la experiencia de su personal.

En el caso de ser profesionista o técnico, también debe presentar la documentación comprobatoria que lo acredite como tal, como son copia del título, cédula profesional, entre otros.

bb) Oficial de Protección del Buque, conforme al código PBIP o equivalente, en términos de la LFMN y su

Reglamento, debe ser profesionista, disponible las 24 horas de trabajo, y ser de nacionalidad mexicana, y contar con un perfil profesional de:

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1. Capitán de Altura. 2. Capitán de Marina. 3. Piloto Naval. 4. Jefe de Maquinas. 5. Primer Maquinista Naval. 6. Maquinista Naval. 7. Ingeniero Geógrafo e Hidrógrafo. 8. Ingeniero naval.

Debe estar avalado por la siguiente documentación: 1) Título profesional, emitido por la Secretaría de Comunicaciones y Transporte. 2) Constancia de competencia Especial en:

• Supervivencia en el mar. • Contraincendio básico y avanzado. • Primeros auxilios básico y avanzado.

3) Cédula profesional. 4) Acta de nacimiento. 5) Cartilla liberada. 6) Certificado de oficial de protección del buque (para el oficial de Protección del buque). Asimismo, PEP acepta la evidencia del trámite de dicho certificado, así como el personal con el perfil que Marina Mercante acepte. El oficial de protección del buque puede ser cualquier que el arrendador designe, siempre y cuando Marina mercante lo acepte. 8.4.3 Autoridad y Responsabilidad del Representante del arrendador El Representante del arrendador a bordo del equipo flotante, tiene la autoridad y responsabilidad dentro de la instalación arrendada, durante su periodo de guardia y/o trabajo para realizar lo siguiente: 8.4.3.1 Autoridad a) Mantener el orden y disciplina. b) En caso de que se presente un accidente fatal, actuar como auxiliar del Ministerio Público Federal. c) Ejercer su autoridad sobre las personas y cosas. d) Si se requiere, solicitar la intervención de las autoridades navales correspondientes. e) Ostenta la máxima autoridad y responsabilidad de adoptar decisiones para salvaguardar la vida de la

tripulación, el medio ambiente y la integridad de las instalaciones. 8.4.3.2 Responsabilidad a) Mantener actualizado el Diario de Navegación o Bitácora de navegación y demás libros y documentos

exigidos por las leyes y reglamentos aplicables en la materia. b) Mantener en todo momento el registro actualizado de estabilidad del equipo flotante. c) Conservar la integridad física y estructural del equipo flotante por medio de inspecciones a los diferentes

sistemas que intervienen y forman parte de la estructura del equipo flotante. d) Evitar la contaminación que se originen por descargas de materiales líquidos o sólidos de cualquier

naturaleza en posesión y/o control del arrendador. e) Implementar listas de verificación de los requerimientos específicos de los Códigos PBIP, IGS, IDS o sus

equivalentes, SOLAS, MARPOL; y en materia de seguridad y protección ambiental para revisar actividades y acciones desempeñadas en el equipo flotante, por los miembros de la tripulación, para la toma de decisiones acertadas, oportunas y eficientes en todo momento.

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f) De la distribución de la carga variable. g) Se debe mantener informado y conocer las condiciones meteorológicas existentes durante las operaciones. h) Dar seguimiento al desarrollo de las actividades e instrucciones giradas al personal correspondiente para su

total cumplimiento. i) Mantener la matriz de riesgos de la instalación-pozo, actualizada. j) Realizar simulacros de acuerdo a los escenarios contemplados en el Plan de Respuesta a Emergencias. Durante las operaciones de cambio de localización el especialista Rig Mover debe coordinar una reunión con los capitanes de las embarcaciones de remolque, a fin de unificar criterios para el proceso de remolque y para que los capitanes de los remolcadores conozcan las operaciones a efectuar y las limitantes existentes en cada una de las diferentes operaciones, de igual forma delimitar el acercamiento mínimo permitido al casco del equipo flotante. 8.4.4 Equipo de control superficial y submarino (equipo flotante), para aguas ultraprofundas Los equipos flotantes para aguas ultraprofundas deben tener para el control de preventores submarinos, los siguientes elementos de acuerdo con lo solicitado en las bases de licitación, los cuales son enunciativos más no limitativos: a) Múltiples de (PODS) con suministros eléctrico e hidráulico para control de preventores, conectores y

válvulas, con carretes de mangueras de los múltiples con longitud para efectuar los trabajos contratados. b) Conector hidráulico de 47,63 cm (18 3/4 in), con presión nominal de 1 055 kg/cm2 (15 000 psi). c) Válvulas de seguridad de 7,78 cm (3 1/16 in), con presión nominal de 1 055 kg/cm2, (15 000 psi), para las

líneas de matar y estrangular. d) T.V. submarina completa con cámara y monitor. e) Sistema de supervisión submarina R.O.V. (vehículo submarino) operado a control remoto, con potencia de

100 HP para operar en el tirante de agua máximo de 2 134 m (7 000 ft) con dos (2) brazos manipuladores, con cámara de televisión y sonar; así mismo deberá tener un sistema de bombeo con capacidad para efectuar trabajos que permitan eliminar los hidratos que se formen alrededor del cabezal, preventores y en el LMRP submarinos. La capacidad del ROV para conectarse y operar el conjunto de preventores submarinos (BOP’s) del equipo, así como la de auxiliar en la desconexión del LMRP, debe contar con certificación por parte de un tercero, en términos de la LFMN y su Reglamento. El ROV debe con capacidades electromecánicas para operar todos los sistemas de control submarino en el tirante de agua establecido, considerando funciones para la visualización de operaciones de apoyo submarinas.

f) Establecer protocolos de verificación del cierre y apertura de los sistemas de control submarino (indicadores mecánicos visuales o canales de telemetrías) para confirmar la operación adecuada de los preventores y de hermeticidad.

g) Diverter (desviador de flujo) con líneas de 45,72 cm (18 in) con presión nominal de 35,15 kg/cm2 (500 psi), con doble válvulas actuadas remotas, complemento con su panel de control remoto.

h) Junta telescópica de acuerdo al diámetro interior del Riser, con empaques sello para evitar entrada de agua de mar.

i) Sistema de tensión constante del conductor marino (riser) de acuerdo al diseño del equipo flotante. j) Conjunto de preventores de arietes submarinos de 47,63 cm (18 3/4 in) con presión nominal de 1 055 kg/cm2

(15 000 psi), para operación en ambiente de Ácido Sulfhídrico. k) Preventores anulares esféricos de 47,63 cm (18 3/4 in), con presión nominal de 703 kg/cm2, (10 000 psi), con

conector de 47,63 cm (18 3/4 in), con presión nominal de 1 055 kg/cm2 (15 000 psi). l) Junta flexible de 47,63 cm (18 ¾ in) con flexibilidad en ángulo de 10°. m) Preventores dobles de 47,63 cm (18 3/4 in), con presión nominal de 1 055 kg/cm2 (15 000 psi), con cuatro

salidas laterales de 7,77 cm (3 1/16 in) con los siguientes arietes: l.1) Juego de arietes variables de 8,89 cm – 19,36 cm (3 ½ in – 7 5/8 in) o (un juego de arietes de 8,89 cm – 12,7

cm y otro de 12,7 cm a 19,3 cm (3 ½ in – 5 in y otro de 5 in a 7 5/8 in). l.2) Juego de arietes de 8,89 cm (3 ½ in). l.3) Juego de arietes de 12,7 cm (5 in).

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l.4) Juego de arietes de 13,97 cm (5 1/2 in y 5 7/8 in l.5) Juego de arietes de 16,83 cm (6 5/8 in). l.6) Juego de arietes ciegos de corte para TP y TR dotados con reforzadores de (35,56 cm x 40,64 cm (14 in x 16

in). El conjunto de preventores y los equipos para el control de pozo debe estar certificado por un tercero independiente (no el fabricante) en términos de la LFMN y su Reglamento, al menos cada 5 años documentando que la condición del equipo y sus propiedades están dentro de especificaciones y estándares, debe incluir la revisión de esquemas y memorias de cálculos, revisión de los diagramas de conexiones, instrumentación y control así como la inspección visual de los componentes, identificando defectos visibles en los materiales o en el ensamblaje, debiéndose documentar la inspección realizada. El personal que realice las pruebas no destructivas se debe calificar como nivel 2, de acuerdo a ISO 9712:2005 con ISO 9712:2005/ Cor. 1:2006 complementándose con ANSI/CP-106-2008.

n) Preventor de 47,63 cm (18 ¾ in) con presión nominal de 1 055 kg/cm2 (15 000 psi) con arietes variables

invertidos de 8,89 cm x 16,83 cm (3 ½ a 6 5/8 in) para las pruebas de preventores. o) Preventor adicional de corte para tuberías de revestimiento (máximo 16 in) con presión nominal de1 055

kg/cm2 (15 000 psi). p) Conductor marino (riser) con flotadores y diámetro interior mínimo de 47,63 cm (18 ¾ in) con líneas de matar

y operar a la profundidad de 2,134 m (7 000 ft). Este conductor deberá contar con un “Ojo de buey” cada 300 m (984 ft) a lo largo del mismo y tener instalado el sistema “booster” para circular a través del riser por la tercera línea, desde el lecho marino a la superficie.

q) Correntómetro que proporcione la velocidad de las corrientes, dirección y temperatura en tiempo real a la profundidad total del tirante de agua y entregar la base de datos en archivo electrónico al representante de PEP.

r) Estaciones de control remoto para operar los preventores, uno en el piso de perforación y otro en la oficina del representante del Arrendador.

s) Sistema de acústico de control de cierre de preventores. t) Panel de acceso para conexión del ROV y este opere el preventor de corte. u) Sistema de acumuladores con capacidad para operar el conjunto de preventores. v) Múltiple de estrangulación de 7,78 cm (3 1/16 in), con presión nominal de 1,055 kg/cm2 para 15000 psi), con

dos (2) estranguladores ajustables manualmente y dos (2) hidráulicos con consola de control remoto resistente al Ácido Sulfhídrico, de acuerdo a recomendaciones del API y requerimientos de PEP.

w) Desgasificador atmosférico o de vacio con capacidad de proceso de hasta 1 000 gpm, cuya característica principal es eliminar sulfuro de hidrógeno gaseoso, los destilados volátiles y el gas contenido en el fluido y recortes de perforación.

x) Separador gas lodo de 121,92 cm (48 in) de diámetro por 6,10 m (20 ft) de longitud, con línea de desfogue a la altura de la corona de la torre.

y) Un quemador ecológico completo a un 90% ± 10% de eficiencia para 12 000 BPD, tipo “boom”, que cuente con inyección de aire y agua, que incluya sus accesorios y componentes que consta de cabeza de combustión, toberas para el mezclado de aire – hidrocarburos con un diámetro optimo de flujo mínimo de 0,95 cm (3/8 in), pilotos que consuman gas butano y se encienda mediante un dispositivo eléctrico, atomizador, compreso de aire con capacidad de generar 21,24 m3 (750 ft3) por minuto mínimo, a una presión de 5,62 kg/cm2 (80 psi), deberá estar instalado y funcionando interconectado al árbol de estrangulación con línea de diámetro mínimo de 7,62 cm y 351,54 kg/cm2 (3 in y 5 000 psi), soldable radiografiada con su respectiva cruceta para la derivación del flujo hacia el cañón o toberas y su correspondiente soporte instalado y radiografiado.

El personal que realice la inspección radiográfica, debe estar calificado y certificado con nivel 2 como mínimo, de acuerdo a ISO 9712-2005 con ISO 9712-2005 Cor. 1-2006, por una entidad acreditada de acuerdo a la LFMN y su Reglamento

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8.4.5 Piso de perforación Las herramientas que se deben utilizar para el manejo de las diferentes sartas de perforación y terminación de pozos, que se describen en el Anexo 2, Tabla 25 de esta Norma de Referencia, son de manera enunciativa más no limitativa, se requerirán solo las que se indiquen en las bases de licitación. Por debajo del piso de perforación se deberán tener como mínimo los malacates necesarios para las maniobras y manejo de herramientas, los cuales se especificaran en las bases de licitación. 8.4.6 Torre de perforación Parte principal de un equipo para perforación, que soporta el sistema de izaje principal del equipo, para los movimientos de las diferentes sartas que se utilizan en los procesos de perforación y terminación de los pozos, que cumplan con diferentes alturas y capacidades de acuerdo al diseño del pozo a intervenir. Las dimensiones y capacidades nominales mínimas de las torres son las correspondientes a un equipo con potencia nominal de 3 000 HP o mayor. A las torres de perforación se les deben realizar inspección visual, mantenimiento preventivo de acuerdo al manual del fabricante o máximo cada 4 meses (de tornillería, poleas, viguetas, ángulos, changuero, medio changuero y soportería) mantenimiento mayor de acuerdo al manual del fabricante o máximo cada año. 8.4.7 Ensamble de Mesa rotaria Equipo que da la rotación requerida a la sarta de perforación, en los diferentes procesos de perforación y terminación de pozos, es necesario que tenga el diámetro y potencia de acuerdo al diseño del pozo a intervenir. Las dimensiones y capacidades nominales mínimas de la mesa rotaria son las correspondientes a un equipo con potencia nominal de 3000 HP o mayor. 8.4.8 Bombas de lodo Bombas de lodos Triplex, de acción sencilla con una capacidad de entrada nominal de 2,200 HP, cada una con dos (2) motores de tracción y para una presión de trabajo de 513 kg/cm2 (7,300) psi, incluyendo todos sus accesorios (bombas centrifugas, amortiguadores de pulsaciones, válvulas de seguridad, sistema de lubricación y enfriamiento). 8.4.9 Silos de cemento y barita Los equipos flotantes para aguas ultraprofundas deben contar con silos para almacenar cemento y barita a granel, en cantidad y volumen requeridos para la intervención del pozo. Deben incluir: a) Silos para almacenar barita de 450 m3 (15,900 ft3) y para cemento de 450 m3 (15,900 ft3). b) Sistema de medición para cuantificar volumen y peso en cada silo. c) Registro o entrada hombre en cada silo. d) Línea de desfogue para los silos. e) Línea de suministro de aire presurizado para los silos. f) Válvula de máxima presión en cada silo, calibrada a 3,16 kg/cm2 (45 psi). g) Indicador de presión ó manómetro en cada silo. h) Moto-compresor eléctrico volumétrico con capacidad de 8,5 m3/min (300 ft3/min). i) Sistema de filtrado de humedad del aire comprimido, hacia los Silos. j) Sistema de dosificación de barita al lodo de perforación, con equipo de succión por sistema Venturi.

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k) Líneas para recepción y suministro de material a granel, desde las bandas de babor y estribor. l) Líneas de derivación (by-pass) para intercomunicar entre los silos. Los informes de calibración de los equipos que lo requieran lo debe emitir un laboratorio acreditado de acuerdo a la LFMN y sus Reglamento, y cumplir con la NRF-111-PEMEX-2006. 8.4.10 Unidad de alta presión Equipo de bombeo de alta presión impulsada por motores diesel o motores de corriente directa (o similar), con capacidad de bombeo de 703 kg/cm2 (10 000 psi) para cementación y prueba de 1,055 kg/cm2 (15 000 psi), sistema de recirculación de 8 barriles con bombeo de control automático de densidad, sistema, almacenamiento y dosificación de aditivos líquidos, sistema convencional de mezclado, niples, mangueras metálicas con conexiones similares y válvula macho de 703 kg/cm2 (10 000 psi) para conectar a la cabeza de cementación en el piso de perforación, así como al árbol de estrangulación. 8.4.11 Sistema de comunicaciones y ayuda a la navegación Adicionalmente tiene que proporcionar lo siguiente cumplir con la normatividad Mexicana e Internacional mencionada en esta norma de referencia y los requisitos descritos en convenios internacionales para la seguridad de la vida humana en el mar Capítulos IV y V de SOLAS-2009, y capítulos 5, 11 y capítulo 14 sección 7 del MODU-2010. Los equipos que cuenten con sistema de posicionamiento DP deben contar con sistema redundante para el control de posición. 8.4.11.1 Sistema de comunicaciones: El arrendador debe proporcionar el siguiente sistema de radio transmisión y dispositivo para intercomunicación: a) Radio de UHF y VHF banda marina. b) Radiotransmisor - receptor completo VHF-AM banda marina con 720 canales, mínimo, (118 a 136 MHz). c) Radioteléfono marino de 25 Watt, con 60 para banda área. d) Radiotransmisor marino VHF de canales con antena acoplada fija. e) Dispositivo totalmente automático de intercomunicación en el equipo flotante (interfono) por lo menos con 20

estaciones para intercomunicación entre los distintos puntos importantes de mando con sistema de voceo de 1000 Watt. Ubicaciones de equipo en: consultorio médico, comedor, oficinas del representante de PEP, oficinas de geólogos, área de preventores, cuarto de maquinas, extensión de popa, presas de lodos, cuarto de SCR´s, unidad de cementación, taller, potabilizadora, cuarto de bombas de lodos, sala de TV, pasillo y sala.

f) Magna voces portátiles. g) Sistema de alarma general y/o incendio de acuerdo al SOLAS-2009 y a la NRF-210-PEMEX-2011 h) Equipo multifuncional fax, copiadora, impresora y escáner, con capacidad de impresión fotográfica, conexión

eléctrica de 127 V /1/60 Hz 8.4.11.2 Sistema de ayuda a la navegación: El arrendador debe proporcionar el siguiente sistema de ayuda a la navegación, como son entre otros: a) Circuito de voceo. b) Luces de obstrucción en puntos altos (heliplataforma, grúas y torre de perforación). c) Luces de señalamiento. d) Bancos de baterías. e) Conos de viento del heliplataforma. f) Red de informática (intranet y computadora).

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g) Compás magnético ó girocompás (Brújula). h) EPIRB (Señal de indicación de posicionamiento en situación de emergencia). i) NAVTEX Recepción de informes meteorológicos emitidos para el área en que se encuentre el equipo

flotante. j) Código Internacional de Banderas. k) Anemómetro para medición continúa de velocidad y dirección del viento. l) Barómetro meteorológico. m) Termómetro meteorológico. n) Computadoras e impresora láser blanco y negro, software de administración del equipo. o) Cartas de navegación. p) Sirena señalamiento de niebla. q) Señalamientos y avisos de seguridad en idioma español. r) Señales lumínicas y fumígenas. s) Ecosonda. t) Global Maritime Distress and Safety System (Sistema global de la señal de socorro marítimo y de seguridad)

GMDSS. 8.4.12 Sistema de medición de flujo de combustible diesel PEP proporciona el diesel para el desarrollo de los diferentes procesos que se realizan en la perforación y terminación de pozos, el cual se debe controlar a través de un sistema de medición de flujo. El equipo flotante debe contar con medidores de flujo que emitan recibos impresos o comprobantes. De estos se deben presentar sus certificados de calibración vigentes realizada por un laboratorio acreditado en términos de la LFMN y su Reglamento. El arrendador se obliga a calibrar semestralmente los medidores de flujo de combustible (diesel) del equipo, y debe entregar a PEP copia del informe de calibración realizado por un laboratorio o empresa acreditada en términos de la LFMN y su Reglamento, y cumplir con la NRF-111-PEMEX-2006. 8.5 Equipo autoinstalable Tipo Tender Los equipos autoinstalables tipo tender son posicionados con anclas en la superficie del mar, tiene un casco (barcaza) con calado de trabajo, supervivencia y tránsito, cuenta con los componentes sobre cubierta a excepción de la torre o mástil, malacate principal, top drive, control de preventores y otros sistemas y equipos asociados que van instalados en la Estructura Marina Fija de PEP, con objeto de realizar intervenciones de perforación, terminación y reparación de pozos en tirantes de aguas someros. 8.5.1 Permisos, licencias, documentos y certificaciones que deben reunir los equipos Autoinstalables Tipo Tender Los permisos, licencias y certificaciones que deben reunir los Equipos Autoinstalables Tipo Tender de arrendamiento, se deben presentar en las fechas indicadas para la lista de verificación (check list), de acuerdo al Anexo 1, Tabla 24, de esta Norma de Referencia, excepto los que apliquen posterior a la lista de verificación (check list), en donde se aceptara comprobantes de trámites. El proceso de certificación debe cumplir con lo establecido en el capítulo 1 sección 6 del código MODU-2010. 8.5.2 Personal operativo para el manejo del equipo autoinstalable Tipo Tender El equipo autoinstalable tipo tender debe contar con el siguiente personal, siempre a bordo y con dominio del idioma español, en caso contrario, deberán contar con los traductores necesarios (todo el personal, citado a continuación, no debe efectuar ningún otro trabajo diferente a su categoría que represente riesgo).

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8.5.2.1 Personal operativo para el manejo del equipo autoinstalable TIPO TENDER, REMI-MIXTO a) Representante del arrendador a bordo (OIM o RM): Debe ser Ingeniero, técnico o práctico con experiencia

comprobable en trabajos de operación en equipos de perforación, terminación y reparación de pozos. Dicho representante debe tener la autoridad y capacidad para actuar al momento en nombre del arrendador con relación a los asuntos que puedan surgir entre PEP y el arrendador a bordo del equipo autoinstalable tipo tender, firmar de alta y bajas de anomalías (MR).

b) Jefe de mantenimiento: Debe ser Ingeniero, técnico o práctico con experiencia comprobable en trabajos de mantenimiento de equipos de perforación, terminación y reparación de pozos.

c) Supervisor mecánico: Debe ser Ingeniero, técnico o práctico con experiencia comprobable en trabajos de mantenimiento mecánico de equipos de perforación, terminación y reparación de pozos.

d) Supervisor eléctrico: Debe ser Ingeniero, técnico o práctico con experiencia comprobable en trabajos de mantenimiento eléctrico de equipos de perforación, terminación y reparación de pozos.

e) Operario especialista (gruero) Debe ser, técnico o práctico, con experiencia comprobable en actividades relacionadas con operación de grúas en equipos autoinstalables tipo tender de perforación, terminación y reparación de pozos. Debe contar con su ayudante, quien debe tener experiencia comprobable en actividades relacionadas con operación de grúas en equipos autoinstalables tipo tender de perforación, terminación y reparación de pozos, y estar capacitado para manejar como método primario de comunicación con el gruero las señales manuales y como método secundario el radio.

f) Soldador especialista: Debe ser técnico o práctico, con experiencia comprobable y estar certificado de acuerdo a la NRF-020-PEMEX-2012 para desempeñar trabajos de corte y soldadura en equipos de perforación, terminación y reparación de pozos.

g) Motorista: Debe ser técnico o práctico con experiencia comprobable en trabajos relacionados con operación y mantenimiento de equipos de combustión interna en equipos de perforación, terminación y reparación de pozos.

h) Supervisor especialista en seguridad y salud en el trabajo: Debe ser profesionista, técnico o práctico con experiencia comprobable en seguridad y salud en el trabajo, en equipos de perforación, terminación y reparación de pozos, deberá estar dedicado únicamente a ésta función a bordo, para dar cumplimiento al numeral III.1.3 del Anexo “S”.

i) Supervisor especialista en protección ambiental: Debe ser profesionista, técnico o práctico con experiencia comprobable en protección ambiental relacionada con equipos de perforación, terminación y reparación de pozos, deberá estar dedicado únicamente a esta función, para dar cumplimiento al numera llI.1.3 del Anexo “S”. Se requiere en tierra, con disponibilidad para estar a bordo del equipo autoinstalable tipo tender cuando se requiera para el desempeño de sus funciones.

j) Obrero (ATM): Auxiliar en la ejecución del programa o sistema que permita mantener los equipos integrantes del equipo autoinstalable tipo tender en condiciones de operación, el cual queda a discreción del arrendador.

k) Coordinador de operación (equivalente a ITP): Debe ser Ingeniero, técnico o práctico con experiencia comprobable en trabajos de operación en equipos de perforación, terminación y reparación de pozos.

l) Perforador: Debe ser Técnico o práctico con experiencia comprobable en trabajos de operación en equipos de perforación, terminación y reparación pozos.

m) Ayudante de perforador (segundo): Debe ser Técnico o práctico con experiencia comprobable en trabajos de operación en equipos de perforación, terminación y reparación de pozos.

n) Ayudante de perforador (chango): Debe ser Técnico o práctico con experiencia comprobable en operación en trabajos de operación en equipos de perforación, terminación y reparación de pozos.

o) Ayudante de perforación (piso rotaria): Debe ser Técnico o práctico con experiencia comprobable en trabajos de operación en equipos de perforación, terminación y reparación de pozos.

p) Ayudante de trabajos generales de perforación (ATP): Debe ser técnico o práctico con experiencia comprobable en trabajos de operación de perforación, terminación y reparación de pozos.

q) Jefe de estabilidad (Capitán del Equipo Autoinstalable Tipo Tender) o equivalente: Debe ser Profesionista Naval, técnico o práctico con experiencia comprobable de estabilidad en este tipo de equipo para perforación, terminación y reparación de pozos.

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r) Operador de cuarto de control remoto (oficial de cubierta) o equivalente: Debe ser Profesionista Naval, técnico o práctico con experiencia comprobable en operador de cuarto de control en este tipo de equipo de perforación, terminación y reparación de pozos.

s) Tripulación: El arrendador deberá de contar con la dotación mínima de personal para el Equipo Autoinstalable Tipo Tender, de acuerdo a la regulación marítima internacional.

t) Representante del arrendador en Cd. del Carmen, Camp., para la administración del contrato: Debe ser Ingeniero técnico o práctico con experiencia comprobable en operaciones con equipos de perforación, terminación y reparación de pozos. El arrendador debe presentar en la lista de verificación (check list) la currícula del personal que PEP requiere e indicar como mínimo: A. Escolaridad. B. Cursos de Capacitación. C. Trabajos realizados. D. Documentación comprobatoria de dicho personal que demuestre que ha desempeñado actividades en

este tipo de equipos, pueden ser copia de las carátulas de contrato y copias certificadas o constancias de cursos de capacitación o carta del patrón, que avalen la experiencia de su personal. En el caso de ser profesionista o técnico, también debe presentar la documentación comprobatoria que lo acredite como tal, como son copia del título, cédula profesional, entre otros.

u) Oficial de Protección del Buque, conforme al código PBIP: Debe ser profesionista, disponible las 24 horas de trabajo, ser de nacionalidad mexicana, y contar con un perfil profesional de: 1. Capitán de Altura. 2. Capitán de Marina. 3. Piloto Naval. 4. Jefe de Maquinas. 5. Primer Maquinista Naval. 6. Maquinista Naval. 7. Ingeniero Geógrafo e Hidrógrafo. 8. Ingeniero naval. Debe estar avalado por la siguiente documentación: 1) Título profesional, emitido por la Secretaría de Comunicaciones y Transporte. 2) Constancia de competencia Especial en:

• Supervivencia en el mar • Contraincendio básico y avanzado • Primeros auxilios básico y avanzado

3) Cédula profesional. 4) Acta de nacimiento 5) Cartilla liberada 6) Certificado de oficial de protección del buque (para el oficial de Protección del buque).

Asimismo, PEP acepta la evidencia del trámite de dicho certificado, así como el personal con el perfil que Marina Mercante acepte. El oficial de protección del buque puede ser cualquier que el arrendador designe, siempre y cuando Marina mercante lo acepte.

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8.5.3 Autoridad y Responsabilidad del Representante del arrendador El Representante del arrendador a bordo del equipo autoinstalable tipo Tender, tiene la autoridad y responsabilidad dentro de la instalación arrendada, durante su periodo de guardia y/o trabajo para realizar lo siguiente: 8.5.3.1 Autoridad a) Mantener el orden y disciplina. b) En caso de que se presente un accidente fatal, actuar como auxiliar del Ministerio Público Federal. c) Ejercer su autoridad sobre las personas y cosas. d) Si se requiere, solicitar la intervención de las autoridades navales correspondientes. e) Ostenta la máxima autoridad y responsabilidad de adoptar decisiones para salvaguardar la vida de la

tripulación, el medio ambiente y la integridad de las instalaciones. 8.5.3.2 Responsabilidad a) Mantener actualizado el Diario de Navegación o Bitácora de navegación y demás libros y documentos

exigidos por las leyes y reglamentos aplicables en la materia. b) Mantener en todo momento el registro actualizado de estabilidad del equipo Tender. c) Conservar la integridad física y estructural del equipo Tender por medio de inspecciones a los diferentes

sistemas que intervienen y forman parte de la estructura del equipo autoinstalable. d) Evitar la contaminación que se originen por descargas de materiales líquidos o sólidos de cualquier

naturaleza en posesión y/o control del arrendador. e) Implementar listas de verificación de los requerimientos específicos de los Códigos PBIP, IGS o sus

equivalentes, SOLAS, MARPOL y en materia de seguridad y protección ambiental para revisar actividades y acciones desempeñadas en el equipo Tender, por los miembros de la tripulación, para la toma de decisiones acertadas, oportunas y eficientes en todo momento.

f) De la distribución de la carga variable. g) Se debe Mantener informado y conocer las condiciones meteorológicas existentes durante las operaciones. h) Dar seguimiento al desarrollo de las actividades e instrucciones giradas al personal correspondiente para su

total cumplimiento. i) Mantener la matriz de riesgos de la instalación-pozo, actualizada. j) Realizar simulacros de acuerdo a los escenarios contemplados en el Plan de Respuesta a Emergencias. Durante las operaciones de cambio de localización debe coordinar una reunión con los capitanes de las embarcaciones de remolque, a fin de unificar criterios para el proceso de remolque y para que los capitanes de los remolcadores conozcan las operaciones a efectuar y las limitantes existentes en cada una de las diferentes operaciones, de igual forma delimitar el acercamiento mínimo permitido al casco del equipo tipo Tender. 8.5.4 Herramientas del piso de perforación Las herramientas que se deben utilizar para el manejo de las diferentes sartas de perforación, terminación y reparación de pozos, que se describen en el Anexo 2, Tabla 25 de esta Norma de Referencia, son de manera enunciativa más no limitativa, se requerirán solo las que se indiquen en las bases de licitación. 8.5.5 Torre o mástil Parte principal de un equipo para perforación, que soporta el sistema de izaje principal del equipo, para los movimientos de las diferentes sartas que se utilizan en los procesos de perforación, terminación y reparación de los pozos que cumplan con diferentes alturas y capacidades de acuerdo al diseño del pozo a intervenir.

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Las dimensiones y capacidades nominales mínimas de las torres son las correspondientes a un equipo con potencia nominal de 1 000 HP o mayor. A las torres o mástiles de perforación se les deben realizar inspección visual, mantenimiento preventivo de acuerdo al manual del fabricante o máximo cada 4 meses (de tornillería, poleas, viguetas, ángulos, changuero, medio changuero y soportería), mantenimiento mayor de acuerdo al manual del fabricante o máximo cada año. 8.5.6 Ensamble de Mesa Rotaria Equipo que da la rotación requerida a la sarta de perforación, para los diferentes procesos de perforación, terminación y reparación de los pozos y es necesario que tenga el diámetro y potencia de acuerdo al diseño del pozo a intervenir. Las dimensiones y capacidades nominales mínimas de la mesa rotaria son las correspondientes a un equipo con potencia nominal de 1 000 HP o mayor. 8.5.7 Capacidades de almacenamiento El equipo autoinstalable Tipo Tender debe contar con silos para almacenar cemento y barita a granel, en cantidad y volumen requeridos para la intervención del pozo. Deben incluir: a) Silos con capacidad mínima de 84,95 m3 (3000 ft3). b) Sistema de medición para cuantificar volumen y peso en cada silo. c) Registro o entrada hombre en cada silo. d) Línea de desfogue para los silos. e) Línea de suministro de aire presurizado para los silos. f) Válvula de seguridad en cada silo, calibrada a 3,16 kg/cm2 (45 psi). g) Indicador de presión ó manómetro en cada silo. h) Moto-compresor eléctrico volumétrico con capacidad de 8,5 m3/min (300 ft3/min). i) Sistema de filtrado de humedad del aire comprimido, hacia los silos. j) Sistema de dosificación de barita al lodo de perforación, con equipo de succión por sistema Venturi. k) Líneas para recepción y suministro de material a granel, desde las bandas de babor ó estribor. l) Líneas de derivación (by-pass) para intercomunicar entre los silos. Los informes de calibración de los equipos que lo requieran lo debe emitir un laboratorio acreditado de acuerdo a la en términos de la LFMN y su Reglamento; y cumplir con la NRF-111-PEMEX-2006. 8.5.8 Unidad de alta presión Equipo de bombeo de alta presión impulsada por motores diesel o motores de corriente directa (o similar), con capacidad de bombeo de 703 kg/cm2 (10 000 psi) para cementación y prueba, sistema de recirculación de 8 barriles con bombeo de control automático de densidad, sistema de almacenamiento y dosificación de aditivos líquidos, sistema convencional de mezclado, niples, mangueras metálicas con conexiones similares y válvula macho de 703 kg/cm2 (10 000 psi) para conectar a la cabeza de cementación en el piso de perforación, así como al árbol de estrangulación. 8.5.9 Sistema de comunicaciones y ayuda a la navegación Adicionalmente tiene que proporcionar lo siguiente cumplir con la normatividad Mexicana e Internacional mencionada en esta norma de referencia y los requisitos descritos en convenios internacionales para la

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seguridad de la vida humana en el mar Capítulos IV y V de SOLAS-2009, y capítulos 5, 11 y capitulo 14 sección 7 del MODU-2010. 8.5.9.1 Sistema de comunicaciones El arrendador debe proporcionar el siguiente sistema de radio transmisión y dispositivo para intercomunicación: a) Radio de UHF y VHF banda marina. b) Radioteléfono marino de 25 Watt, con 60 canales para banda aérea. c) Radiotransmisor marino VHF de canales con antena acoplada fija. d) Radiotransmisores – receptores portátiles (de banda marina) VHF. e) Sistema de voceo multicanal con estaciones en: consultorio médico, comedor, oficinas de PEP, sala de TV,

pasillos, lavandería, sala de juntas, punto de reunión, cabina del capitán, oficina del representante del ARRENDADOR, cuarto de radios (toda la habitacional y espacios de esparcimiento), presas de lodos, cuarto químico, patio de tuberías, cuarto de SCR, silos, cuarto de bombas de lodo, unidad de alta, caseta del perforador, changuero, área de temblorinas, área de pozos en el nivel de producción.

f) Magna voces portátiles. g) Sistema de alarma general y/o incendio de acuerdo al SOLAS-2009 y a la NRF-210-PEMEX-2011. h) Equipo multifuncional fax, copiadora, impresora y escáner, con capacidad de impresión fotográfica, conexión

eléctrica de 127 V /1/60 Hz. 8.5.9.2 Sistema de ayuda a la navegación El arrendador debe proporcionar el siguiente sistema de ayuda a la navegación, como son entre otros: a) Circuito de voceo. b) Luces de obstrucción en puntos altos (heliplataforma, grúas y torre de perforación). c) Luces de señalamiento. d) Bancos de baterías. e) Conos de viento de la heliplataforma. f) Red de informática (intranet, computadora). g) Código Internacional de Banderas h) Anemómetro para medición continúa de velocidad y dirección del viento. i) Barómetro meteorológico. j) Termómetro meteorológico. k) Computadoras e impresora láser blanco y negro, software de administración del equipo. l) Cartas de navegación. m) Sirena señalamiento de niebla. n) Plano general de distribución de componentes de equipo autoinstalable Tipo Tender en la Estructura Fija

Marina, en idioma español. o) Señalamientos y letreros en idioma español. p) Señales lumínicas y fumígenas. 8.5.10 Sistema de medición de flujo de combustible PEP proporciona el diesel para el desarrollo de los diferentes procesos que se realizan en la perforación, terminación y reparación de los pozos el cual se debe controlar a través de un sistema de medición de flujo. El equipo autoinstalable Tipo Tender debe contar con medidores de flujo que emitan recibos impresos o comprobantes. De estos se deben presentar sus certificados de calibración vigentes realizada por un laboratorio acreditado en términos de la LFMN.

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El arrendador se obliga a calibrar semestralmente los medidores de flujo de combustible (diesel) del equipo, y debe entregar a PEP copia del informe de calibración realizado por un laboratorio o empresa acreditada en términos de la LFMN y su Reglamento, y cumplir con la NRF-111-PEMEX-2006. 8.6 Especificaciones generales de componentes en los Equipos Convencionales y Modulares, plataforma Autoelevable, Equipos Flotantes y Autoinstalables Tipo Tender Las características y equipos comunes para los tipos de plataformas y equipos regulados en esta norma se indican a continuación: 8.6.1 Requisitos que deben cumplir las heliplataformas En los equipos y plataformas marinas de Perforación, Terminación y Reparación de pozos es necesario contar con un heliplataforma para el movimiento de personal con capacidad mínima de 8,2 t (18 000 lb). Además, de cumplir con la normatividad Mexicana e Internacional, Convenio sobre Aviación Civil, Anexo 14, Volumen II, 1995 y Manual de Helipuertos OACI Doc 9261-AN/903-1995 Tercera Edición o su equivalente, NRF-174-PEMEX-2007, capitulo 9 sección 11 del Código MODU-2010, con la Ley de vías generales de comunicación, y el Reglamento de aeródromos y aeropuertos civiles, públicos o privados, según aplique; debe cumplir de forma enunciativa más no limitativa con los siguientes requerimientos: a) Para equipos Convencionales, Modulares y Autoinstalable Tipo Tender instalados sobre Estructura Marinas

Fijas se debe cumplir con lo que se establece en API RP 2L-1996 R2006 y NFPA 418-2006 o equivalente. b) Para plataformas autoelevables y equipos flotantes se debe cumplir con lo que establece la NFPA-418-2006

o equivalente. c) Contar con un procedimiento para atender llegadas, salidas y emergencias de helicópteros (heliplataformas). d) Plano de la heliplataforma. e) Plano del sistema de contraincendio (agua y polvo) incluyendo programa de mantenimiento. De acuerdo a lo

especificado en el punto 3-6 de la NFPA-418-2006 o equivalente. f) Queda prohibido instalar sobre el área de contacto del heliplataforma una malla antiderrapante. 8.6.1.1 Características físicas de las heliplataformas: a) El área de aterrizaje y despegue debe ser igual al diámetro del rotor del mayor de los helicópteros que vayan

a utilizarla, debe ser de 21,33 m (70 ft), ó 18,29 m x 18,29 m (60 ft x 60 ft) mínimo si es cuadrado, que permita el aterrizaje de noche o de día. Las heliplataformas deben tener un sector de aproximación salida libre de obstáculos de 180° por lo menos.

b) La cubierta para helicópteros debe ir marcada con un color que haga contraste de acuerdo con el Capítulo 13, inciso 13.4.2 del Código MODU-2010.

c) Se debe contar con una entrada principal y una entrada de emergencia para el personal, situadas tan distanciadas entre sí como sea posible, de acuerdo con el Capítulo 13, inciso 13.3.4 del Código MODU-2010.

d) Designador DGAC. e) Cono de viento. f) Anemoscopio (mecánico o eléctrico) y conos de Viento según sea el caso, en una zona libre de obstáculos,

visible para los helicópteros que se aproximan a la cubierta. 8.6.1.2 Dispositivos de seguridad Debe instalarse en la heliplataforma los siguientes dispositivos de seguridad: a) Malla periférica, conforme a lo especificado en el Capítulo 13, inciso 13.3.3 del Código MODU-2010. b) Anclaje de helicópteros.

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c) Medios de desagüe que eviten la acumulación de líquidos conforme el Capítulo 13, inciso 13.2.5 del Código MODU-2010.

d) Todas las heliplataformas deben estar provistas de equipo de radiocomunicaciones necesario para la seguridad de vuelo que determine la SCT y la DGAC., tal como lo establece en el capítulo 11 inciso 11.6 del Código MODU-2010.

e) Equipo de contraincendio conforme al capítulo 3 de la NFPA-418 y/o API-RP 2L o equivalente. f) Sistema de detección de gas y fuego (alarmas visuales y audibles), conforme al capítulo 3, inciso 3.7 de la

NFPA-418 o equivalente. g) Las heliplataformas deben cumplir con los requerimientos de seguridad considerados en el apartado 9.11 del

Capítulo 9 del Código MODU-2010. h) Las luces de situación y de emergencia de ayuda a la navegación. i) La cubierta para helicópteros debe contar con luces alternas amarillas y azules como referencia visual del

sistema de aterrizaje para facilitar la realización de operaciones durante condiciones de baja visibilidad, durante la noche, o mal tiempo o en situaciones tácticamente comprometidas. Estas luces se colocan alrededor del perímetro de la cubierta a intervalos, conforme al capítulo 13, inciso 13.4.3 del Código MODU-2010.

j) Iluminación de obstáculos (grúas). 8.6.2 Grúas Las grúas deben contar con certificado de construcción y certificado de carga vigentes, un plan de mantenimiento según lo requiera el manual de operación del equipo, y un expediente de los mantenimientos realizados a la grúa durante la vida útil de la misma, que incluya la vida útil de los cables, debe efectuarse una prueba de carga anual certificada por una casa clasificadora o por una compañía acreditada en términos de la LFMN; que incluya pruebas no destructivas y de acuerdo con lo establecido en la norma de referencia NRF-101-PEMEX-2006, así como el Capitulo 12 sección 1 del código MODU-2010, y con los componentes mínimos siguientes: a) Gancho. b) Bola rápida (si aplica). c) Sistemas de anclaje. d) Indicador de peso. e) Protección límite de tope y de ángulo. f) Equipo de comunicación manos libres entre gruero y ayudante. El gruero y su ayudante deben hablar el

mismo idioma. La grúa debe ser de la capacidad de acuerdo al tipo de carga a transportar para efectuar en forma segura las maniobras que se requieran en las operaciones diarias del pozo, tales como carga y descarga (del barco abastecedor y lanchas hacia los Equipos Convencionales y Modulares, plataforma Autoelevable, Equipos Flotantes y Autoinstalable Tipo Tender y viceversa) de personal, materiales y equipos con un peso de 35 t. De carga dinámica. Que permita acomodar la T.F. en el patio de tubería para poder trabajar en el plazo, para lo cual el arrendador deberá contar con ambas grúas disponibles. Deben contar con los siguientes dispositivos de seguridad: a) Limitador de ángulo superior e inferior ajustable para el movimiento de la pluma, sistema de anti-two block

(limitador del gancho principal y gancho auxiliar) para el levante principal y auxiliar, con paro automático. b) Extintor de fuego. c) Indicador de ángulo. d) Indicador de peso para el sistema de levante principal. e) Luminarias en la pluma tipo pendular a prueba de explosión, y f) Luminarias de situación de color rojo, automáticas en la pluma y en el marco "A". Debe incluir accesorios para las maniobras cotidianas (estrobos, grilletes, viudas, pulpos, entre otros), las cuales deben de tener su registro de uso y de vida útil.

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A efecto de llevar un control efectivo de los equipos, materiales e insumos que son usados por las diferentes grúas a bordo de los Equipos Convencionales y Modulares, plataforma Autoelevable, Equipos Flotantes y Autoinstalable Tipo Tender, a continuación se emiten las siguientes consideraciones: 1 Debe documentar anualmente las siguientes pruebas a las grúas, las que deben ser satisfactorias:

a) Operación completa, incluyendo alarmas. b) Dispositivos de protección. c) Dispositivos de seguridad. d) De cables y no destructivas a tambores de cables y su engrilletado. e) A los componentes internos de los ganchos principal y auxiliar. f) y todas aquellas pruebas y prácticas que el fabricante y/o la API-2D, o ILO bajo las normas de la ICGB o

Sociedad de Clase determinada. Lo anterior debe ser realizado por una tercería certificada o una casa clasificadora o por cualquiera de las certificadoras mencionadas en el inciso f). 2 Se debe llevar un control de horas de trabajo del cable y éste será sustituido conforme a la vida útil que

indica el fabricante, en los casos que el fabricante no indique dicho período, se tomarán muestras del mismo y si el Inspector del Departamento de Inspección y Auditoria Naval así lo considera, el cable debe ser sustituido total o parcialmente.

3 Conforme a lo indicado por el fabricante o el arrendador se debe comprobar la correcta aplicación del

programa de mantenimiento de las grúas. 4 Se debe solicitar la declaración o reporte diario por escrito del operador de la grúa de las condiciones de

operación que guarda el equipo de izaje. 5 Tal y como se mencionó en el numeral 1, todos los equipos de izaje (grúas) deben ser sometidos a pruebas

de carga anuales, sin embargo podrán ser realizadas de nueva cuenta dichas pruebas antes del término citado cuando se presente alguno de los siguientes puntos: a) Cuando sea nueva o reinstalada la grúa en los Equipos Convencionales y Modulares, plataforma

Autoelevable, Equipos Flotantes y Autoinstalable Tipo Tender. b) Cuando hayan sido reubicados. c) Cuando se realicen reparaciones a diferentes componentes, tales como de manera enunciativa, pueden

ser: Pluma, ganchos, tambor, entre otros. d) Cuando se lleve a cabo cualquier reparación con soldadura a los componentes. En este caso la

reparación se debe realizar conforme a procedimiento debidamente aprobado por el fabricante de la Unidad.

e) Cuando se presente alguna falla. 6 Los operadores de grúas deben cumplir con los siguientes requerimientos:

a) Contar con certificado de aptitud psicofísica, expedido por autoridad competente, Dirección General de Protección y Medicina Preventiva en el Transporte de la SCT o aceptando el incluido en la licencia vigente del operario.

b) Solo para el caso de que en el certificado mencionado en el numeral 7.a no lo contemple dentro de sus alcances, el personal operador de las grúas debe comprobar mediante otro certificado médico lo siguiente: b1) Presentar examen médico de la vista, en el cual se especifique que al menos cuentan con 20/30

(snellen) en un ojo y 20/50 en el otro, con o sin lentes y que tengan una profunda percepción general visual.

b2) Que tenga la capacidad para distinguir los colores: rojo, verde y amarillo. b3) Que su sentido audible se encuentre satisfactorio con o sin aparato auditivo.

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b4) Que cuente con un historial médico sano. c) Contar con certificado o libreta de mar o su equivalente. d) Contar con su respectivo curso y acreditación para el equipo de izaje correspondiente, dicha certificación

debe ser como operador de grúa costa afuera o su equivalente y ser emitida por algún organismo certificador reconocido por la LFMN y su Reglamento, o casa clasificadora.

e) Comprobar documentalmente la experiencia en el manejo y uso de la grúa de a bordo a operar de por lo menos dos años, efectivo avalados por el capitán.

f) Debe comprobar que ha participado en sesiones de clase con exámenes por escrito sobre el tipo de grúa a ser operada.

g) Debe tener la capacidad de determinar la existencia de una posible maniobra insegura y saber que cuenta con la autoridad para detenerla.

h) Estar familiarizado con los procedimientos operativos y de emergencia específicos al manejo seguro de la grúa.

i) Debe poseer conocimiento técnico de la maquinaria que conforma el equipo de izaje y mantener actualizada una bitácora en donde registre sus operaciones, anotando como mínimo el radio, peso y los tiempos de ejecución.

j) No mover carga, equipos, materiales o personal, sobre áreas habitacionales de los Equipos Convencionales y Modulares, plataforma Autoelevable, Equipos Flotantes y Autoinstalable Tipo Tender o donde se encuentre personal laborando.

k) Al entregar su guardia debe realizar una retroalimentación hacia su relevo de la maniobra en particular, con el objeto de que éste (relevo) tenga la capacidad de anticipar el desarrollo secuencial de la maniobra.

7 Las maniobras de grúas para realizar la interface de carga o personal con embarcaciones de apoyo, se

deben efectuar teniendo comunicación por medio visual y de radio con un ayudante de gruero a quien comunicará en todo momento la evolución de la maniobra al gruero, quien es responsable de la planeación correcta, de la comunicación con la embarcación de apoyo y que las operaciones se ejecuten dentro de las capacidades permisibles de los equipos de izaje, para las condiciones meteorológicas y mar existentes, durante la maniobra.

Independientemente de las recomendaciones y consideraciones aquí presentadas, los Equipos Convencionales y Modulares, plataforma Autoelevable, Equipos Flotantes y Autoinstalable Tipo Tender con grúas que se arrienden, tienen la obligación de cumplir con todas las regulaciones Mexicanas e Internacionales en materia de grúas e izajes, que operen en los Equipos Convencionales y Modulares, plataforma Autoelevable, Equipos Flotantes y Autoinstalable Tipo Tender Los Equipos Convencionales y Modulares, plataforma Autoelevable, Equipos Flotantes y Autoinstalable Tipo Tender que realicen operaciones con equipos de izaje (grúas) deben estar clasificada por una sociedad de Clase miembro de la IACS con la notación de su certificado que la identifique como embarcación con grúa a bordo. Lo anterior puede ser omitido si obtiene la certificación del equipo de izaje (grúa) de ILO bajo las normas ICGB. El prestador del servicio debe entregar e informar por escrito los mantenimientos preventivos, correctivos, resultados de pruebas operativas y los resultados de las pruebas anuales acompañadas del certificado correspondiente, al representante de PEP. 8.6.3 Grupo de Electrógenos Deben cumplir con la normatividad de la NRF-036-PEMEX-2010, y los capítulos 4, 5 y 6 del código MODU-2010, debe cumplir con los requerimientos de las casas clasificadoras, según aplique. Los Equipos Convencionales y Modulares, plataforma Autoelevable, Equipos Flotantes y Autoinstalable Tipo Tender deben contar como mínimo con un sistema de fuerza motriz y grupos electrógenos compuesto de:

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a) Grupos electrógenos con motores de combustión interna de los cuales las especificaciones deben ser definidas por el usuario.

b) Grupo electrógeno auxiliar de emergencia automatizado para el arranque, las especificaciones deben ser definidas por el usuario (No aplica para modulares).

Para el funcionamiento de los grupos electrógenos se debe contar con un tanque de almacenamiento principal de combustible con sistema automatizado de medición en la entrada y en sus derivaciones. Los Grupos Electrógenos deben de contar con dispositivos de paros de emergencia en caso de fallas de los equipos. Contar con informes de mantenimientos del mes anterior al inicio de las operaciones y las condiciones en que se encuentran, incluyendo las pruebas de funcionamiento efectuadas. Los sistemas de fuerza motriz y grupos electrógenos deben contar con un expediente de los mantenimientos realizados a lo largo de la vida útil del equipo, que incluya los mantenimientos programados y realizados, especificando los programas de mantenimiento periódico de acuerdo con el manual de operación del equipo en cuestión. 8.6.4 Paquete habitacional Los paquetes habitacionales de los Equipos Convencionales y Modulares, plataforma Autoelevable, Equipos Flotantes y Autoinstalable Tipo Tender deben cumplir con la capacidad de alojamiento indicada en las bases de licitación de acuerdo a lo establecido por PEP. En sus instalaciones de refrigeración y aire acondicionado, se deben utilizar gases refrigerantes que satisfagan el Protocolo de Montreal, suscrito y aceptado por México en el 2006. El programa de reducción de consumo de gases refrigerantes agotadores de la capa de ozono lo debe solicitar PEP en las bases de licitación y el arrendador lo debe entregar en su propuesta técnica, con el fin de dar seguimiento y cumplimiento al Protocolo de Montreal. De igual forma debe cumplirse con el capitulo 5 secciones 1 y 5 “Instalaciones eléctricas para todos los tipos de unidades” del código MODU-2010 (No aplica para modulares). 8.6.4.1 Dormitorio Los dormitorios deben reunir los siguientes requisitos como mínimo: a) Literas con dos o más camas con barandal y escalera de acceso. b) Colchones nuevos ortopédicos al inicio del contrato, y se deben sustituir por deterioro a solicitud de PEP. c) Lámpara de cabecera, cortinero de uso rudo y cortinas de tela retardante al fuego. d) Aire acondicionado. e) Depósitos de basura de acuerdo a la NRF-040-PEMEX-2005. f) Iluminación eléctrica. g) Casillero por cama. 8.6.4.2 Cocina Se debe cumplir con lo especificado en el capítulo 5 secciones 1 y 5 “Instalaciones eléctricas para todos los tipos de unidades” del código MODU-2010. La cocina debe reunir los siguientes requisitos como mínimo:

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a) Estufas eléctricas industriales con control de temperatura, placas caloríficas y canales para grasa en ambos lados; y horno estándar con termostato (controles independientes), de lámina de acero inoxidable.

b) Horno eléctrico de acero inoxidable con termostato (en caso de ser independiente de la estufa). c) Horno eléctrico de microondas, con capacidad de 33 980,2 cm3 (1.2 ft3), o superior, programas y comandos

digitales, con plato giratorio. d) Horno industrial eléctrico para panadería (aplica para Plataforma Autoelevable y Equipo Flotante). e) Cámara frigorífica y de conservación: e1) Cámara frigorífica y/o refrigerador de conservación de 30 m3 de capacidad como mínimo, con alarma anti

pánico de operación interior, dispositivo de apertura interna y cortina frigorífica de bandas de vinilo en el acceso principal para evitar fuga de temperatura, para temperatura y manejo se debe apegar al punto 5.2.5 de la norma NOM-251-SSA1-2009.

e2) Cámara frigorífica y/o refrigerador de congelación, de 30 m3 de capacidad como mínimo, con alarma anti pánico de operación interior, dispositivo de apertura interna y cortina frigorífica de bandas de vinilo en el acceso principal para evitar fuga de temperatura, para temperatura y manejo se debe apegar al punto 5.2.5 de la norma NOM-251-SSA1-2009.

f) Freidora eléctrica industrial de un deposito con dos canastillas fabricadas en acero inoxidable, con foco piloto indicador de encendido, suministro eléctrico 220-440 Volt /3 fases.

g) Mesa caliente fabricada en acero inoxidable, con tina para recibir tres insertos enteros como mínimo. h) Extractor de humo como mínimo con un motor de ¼ HP y voltaje de 127 Volt. i) Tarja para lavar trastes de acero inoxidable como mínimo. j) Tarja para lavar alimentos de acero inoxidable como mínimo. k) Triturador de alimentos con motor de 5 HP que permita triturar los residuos alimenticios con un diámetro no

superior a 25 mm de acuerdo a lo especificado en el punto 8.1.1 de la NRF-040-PEMEX-2005. l) Refrigerador de 0,141 m3 (5 ft3) como mínimo para productos lácteos. m) Refrigerador exhibidor de postres. n) Fábrica de hielo con capacidad para producir mínimo 230 kg por día de hielo en cubos. o) Fuente de agua de sabores con dispensador de bebidas frías, con dos depósitos de 18 L cada uno como

mínimo, con válvulas despachadoras de plástico y de 127 Volt. p) Mesa de trabajo para panadero, cubierta en acero inoxidable. q) Batidora industrial para panadería, tazón de acero inoxidable con capacidad de 15 L, con accesorios, globo,

gancho y paleta, de 3 velocidades baja, media y alta, motor eléctrico de 0,5 HP y 127 Volt. r) Rebanadora de carnes frías, eléctrica de 127 Volt, afilador de disco integrado, carro portador desmontable. s) Descongelador de 127 Volt para carnes y aves. t) Molino de carnes eléctrico de 1 HP y 127 Volt. u) Fabrica de nieve suave con las siguientes características como mínimo: volumen de cilindro 1,4 L, con

capacidad 7.6 L, control de temperatura automático y suministro eléctrico 220 Volt. v) Plancha eléctrica industrial de una sola pieza con horno, de lámina de acero inoxidable, termostato con

ajuste de temperatura desde 352 a 561 K (79.44 a 287.77 °C), con charolas de derrames, suministro eléctrico de 220-440 Volt /3 fases, horno inferior estándar con dos bancos de resistencias superior e inferior, termostato con ajuste de temperatura desde 68 a 561 K (68 a 288 °C).

w) Depósitos para basura de acuerdo con lo indicado en el punto 8.1 inciso m) de la norma NRF-040-PEMEX-2005.

x) Bodega seca para abarrotes y líquidos de limpieza de acuerdo a lo indicado en el punto 5.2. de la norma NOM-251-SSA1-2009.

8.6.4.3 Comedor El comedor debe de contar con mesas y sillas dependiendo de la capacidad de alojamiento y del diseño de este, sin modificar sus dimensiones originales.

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8.6.4.4 Características sanitarias generales, individuales y compartidas: Los Equipos Convencionales y Modulares, plataforma Autoelevable, Equipos Flotantes y Autoinstalable Tipo Tender deben contar con la capacidad sanitaria para el número de tripulantes especificado en el certificado de seguridad de los Equipos Convencionales y Modulares, plataforma Autoelevable, Equipos Flotantes y Autoinstalable Tipo Tender y contar con las características señaladas a continuación de forma enunciativa más no limitativa, o lo indicado en las bases de licitación:

a) Piso antiderrapante de acuerdo con lo establecido en la Especificación Técnica P.3.0100.01 (ver numeral

8.4.4.5). b) Excusado por cada 6 tripulantes. c) Extractor de aire por cada 5 excusados. d) Mingitorios con separadores por nivel de habitacional. e) Regadera de servicio de agua fría y caliente con separadores y cortina por cada 6 tripulantes. 8.6.4.5 Despensa Los Equipos Convencionales y Modulares, plataforma Autoelevable, Equipos Flotantes y Autoinstalable Tipo Tender deben contar con capacidad de almacenamiento de despensa como mínimo para 7 días en proporción al número de tripulantes y cumplir con el punto 5.2.5 de la norma NOM-251-SSA1-2009. 8.6.4.6 Sala de recreación La sala de recreación debe contar con los elementos que a continuación se indican de forma enunciativa más no limitativa: a) Televisor a color, pantalla plana, sonido estereofónico, control remoto. b) Equipo reproductor de video y DVD. c) Juegos de mesa como mínimo. d) Juego de sala y/o sillones confortables y proporcionales al tamaño del equipo. e) Aire acondicionado libre de CFC. 8.6.4.7 Cuarto de lavandería El cuarto de lavandería debe contar con los elementos que a continuación se indican de forma enunciativa más no limitativa: a) Lavadora eléctrica con capacidad para lavar mínimo 13 kg de ropa seca y de 1 HP b) Secadora eléctrica con capacidad para secar mínimo 13 kg de ropa seca y de 1 HP 8.6.5 Consultorio médico Mobiliario, equipo médico e instrumental necesario para cumplir con el funcionamiento del consultorio, atención del personal por enfermedad ordinaria o por urgencias, y administración del mismo, el cual contemple lo estipulado en la Norma Oficial Mexicana NOM-178-SSA1-1998 que establece los requisitos mínimos de infraestructuras y equipamiento de establecimientos para la atención medica de pacientes ambulatorios. 8.6.5.1 Mobiliario Los Equipos Convencionales y Modulares, plataforma Autoelevable, Equipos Flotantes y Autoinstalable Tipo Tender deben contar con un consultorio médico cumpliendo con los aspectos aplicables a las instalaciones costa afuera de la NOM-197-SSA1-2000 que hace referencia a la NOM-178-SSA1-1998 Apéndices: A, G y H, que amparan los requisitos de infraestructura y equipamiento de hospitales generales y consultorios de atención

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médica especializada, debe contar con mobiliario de las características y especificaciones enumeradas a continuación de forma enunciativa más no limitativa y que deben ser entregadas una sola vez al inicio del contrato. a) escritorio, b) sillón, c) silla de paciente, d) archivero metálico, e) refrigerador de 0,14 m3 (5 ft3), f) engrapadora y perforadora, g) anaquel metálico, h) charola papelera, i) locker (gabinete), j) depósito para basura de acuerdo a lo indicado en la norma NRF-040-PEMEX-2005 k) camas individuales, l) baño completo dentro o contiguo al consultorio, exclusivo para el servicio médico. 8.6.5.2 Equipo médico: a) Un estuche de diagnóstico, b) Un baumanómetro, c) Un estetoscopio, d) Un laringoscopio, e) Un ambu, f) Un equipo de resucitación con tanque de oxígeno, regulador humidificador y flutómetro, el cual debe ser

rellenado por el prestador del servicio cuantas veces sea necesario durante la vigencia del contrato, g) Una maleta tipo pescador, h) Un collar cervical duro y uno blando, i) Un termómetro, j) Una mesa de exploración, k) Un banco de altura, l) Un esterilizador, m) Una vitrina, n) Una lámpara de chicote, o) Un trípie, p) Una báscula con estadiómetro, q) Una mesa de mayo, r) Una camilla plegable, s) Un recipiente para residuos biológico infecciosos de acuerdo a lo indicado en la norma NRF-040-PEMEX-

2005. t) Un estuche con ampolletas para resucitación por sulfhídrico. u) Esfigmomanómetro mercurial, aneroide o electrónico con brazalete de tamaño que requiera para su

actividad principal. v) Estetoscopio biauricular. w) Estetoscopio Pinard. x) Estuche de diagnóstico (oftalmoscopio opcional)(2) 8.6.5.3 Instrumental: a) Una pinza de Kelly recta y una curva, b) Una tijera de mayo, c) Un mango de bisturí, d) Una pinza de mosco recta y una curva,

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e) Una pinza de disección con dientes y una sin dientes, f) Un porta agujas, locker g) Una udinera con tapa de acero inoxidable, h) Una torundera de acero inoxidable, i) Un riñón metálico, j) Una pinza de traslado, k) Una mascarilla de oxigeno, l) Un catéter para oxigeno, m) Una sonda gasogástrica, n) Un lava ojos. 8.6.6 Oficinas Los Equipos Convencionales y Modulares, plataforma Autoelevable, Equipos Flotantes y Autoinstalable Tipo Tender deben contar con oficinas, para el personal de PEP de forma enunciativa más no limitativa, como a continuación se menciona: a) Dos para PEP de las cuales una debe ser con vista al piso de perforación, en caso de no tener vista al piso

de perforación debe contar con circuito cerrado para visualizar dicho piso. b) Una para el arrendador del servicio. 8.6.7 Equipo y periféricos de cómputo Los Equipos Convencionales y Modulares, plataforma Autoelevable, Equipos Flotantes y Autoinstalable Tipo Tender deben de contar con equipo de cómputo para el desempeño de las actividades operativas y administrativas, para recibir programas, solicitudes de transporte y control del personal, entre otros. Debe de cumplir con el capitulo 5 sección 1 “Instalaciones eléctricas para todos los tipos de unidades”, capitulo 6 sección 6 “Instalaciones de maquinas e instalaciones eléctricas en áreas peligrosas” del código MODU-2010. De acuerdo a la modalidad de contrato de arrendamiento, PEP definirá la modalidad de soporte técnico del equipo de cómputo. Un equipo multifuncional para copias impresión y escáner que sea compatible al utilizado por PEP, incluyendo sus consumibles durante la vigencia del contrato. 8.6.7.1 Sistema de intercomunicación Intercomunicador totalmente automático de teléfono como mínimo 15 estaciones para intercomunicación entre los distintos puntos importantes de mando y operación de los Equipos Convencionales y Modulares, plataforma Autoelevable, Equipos Flotantes y Autoinstalable Tipo Tender. Sistema de voceo de 5 canales con las siguientes ubicaciones del equipo:

a) Consultorio, b) Cuarto de control del equipo Convencional, Modular y Autoinstalable Tipo Tender o puente de mando, c) Comedor, d) Oficinas de geólogos, cuando aplique, e) Contrapozo, f) Cuarto de maquinas, g) Extensión de popa, h) Presas de lodos, i) Cuarto de SCR´S,

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j) Unidad de cementación, k) Taller de soldadura, l) Potabilizadora, m) Cuarto de bombas de lodos, n) Sala de T.V, o) Sala de juntas, cuando aplique, p) Cuarto del capitán, cuando aplique, q) Cuarto del supervisor de mantenimiento, r) Oficina del supervisor de mantenimiento, s) Oficina del superintendente de PEMEX e I.T.P. t) Piso de perforación, u) Changuero y v) Área de temblorinas. El sistema de voceo debe tener un canal de uso exclusivo de PEP. La cantidad de bocinas y estaciones debe estar en función del diseño que certifique la casa clasificadora de clase de los Equipos Convencionales y Modulares, plataforma Autoelevable, Equipos Flotantes y Autoinstalable Tipo Tender. 8.6.8 Malacate principal Uno de los elementos importantes del equipo para perforación es el malacate que opera el sistema de izaje a través del guarnido del cable, con la corona y polea viajera. El movimiento de las sartas para perforar y dar mantenimiento a los pozos se realizan utilizando el malacate principal. El cable de acero del malacate principal deberá cumplir con la especificación técnica P.2.0365.02, cable de acero del sistema de izaje de los equipos de perforación, terminación y reparación de pozos petroleros. Los Equipos Convencionales y Modulares, plataforma Autoelevable, Equipos Flotantes Autoinstalable y Tipo Tender deben contar con un malacate principal de izaje que debe estar dotado de: a) Tambor principal. b) Cabrestantes. c) Flecha motriz. d) Flecha selectiva. e) Freno electromagnético o regenerativo. f) Sistema de freno para protección de la corona, con tolvas de protección del conjunto completo. 8.6.9 Consola del perforador El equipo con que debe contar la consola del perforador, es el siguiente: a) Palanca para el frenado del malacate principal. b) Palanca para accionar el freno electromagnético. c) Acelerador, embrague. d) Palanca de velocidades. e) Actuadores para Ensamble de Mesa Rotaria. f) Bombas de lodos. g) Freno de inercia. h) Indicadores de presión. i) Indicadores de emboladas por minuto de la bomba de lodos. j) Indicador de torque. k) Indicador del peso de la sarta.

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l) Presión de bombeo. m) Nivel en tanque de viaje. n) Revoluciones por minuto en la Ensamble de Mesa Rotaria. o) Contador total y parcial de emboladas de las bombas. p) Totalizador de nivel de las presas, con alarma audible. q) Totalizador de pérdida y ganancia en por ciento en línea de flote, con alarma audible. r) Alarmas y circuitos de protección (neumáticos, mecánico, hidráulico, eléctrico). s) Freno de corona. t) Perforador automático, cuando aplique, según diseño del equipo. u) Graficador de 24 horas de presión de bombeo, peso de la sarta, rpm, torque y emboladas por minuto

(E.P.M.). v) Válvula de seguridad de paso de aire para el malacate neumático. w) Control remoto de la bomba koomey. Nota: Todos estos dispositivos deben de estar ubicados al acceso inmediato del perforador. 8.6.10 Bombas de lodos Debe cumplirse con el capitulo 5 “Instalaciones eléctricas para todos los tipos de unidades”, capitulo 6 “Instalaciones de maquinas e instalaciones eléctricas en áreas peligrosas para todos los tipos de unidades” del código MODU-2010. Para el bombeo de los diferentes fluidos de perforación, terminación y reparación de pozos debe contar como mínimo con dos bombas de lodos Triplex tipo marino de acción sencilla accionada con dos motores eléctricos de CD de intermitentes y continuos, así como con una capacidad de perforación, de acuerdo a las bases de licitación, con los siguientes accesorios como mínimo: a) Bombas centrífugas horizontales de precarga, acorde con las capacidades de las bombas de lodos. b) Amortiguadores de succión y pulsaciones. c) Válvula de seguridad tipo B de calibración variable con un rango acorde a las presiones de trabajo de las

bombas de lodo. Sistema de lubricación y enfriamiento. d) Sistema de lubricación y enfriamiento. e) Herramienta necesaria para el mantenimiento. f) Refaccionamiento requerido para la operación de las unidades durante la vigencia del contrato. g) Charola ecológica con dimensiones para evitar derrames cuando se tenga que cambiar la hidráulica. Para los casos de perforación superiores a 8 000 m se debe definir en las bases de licitación las especificaciones de bombas de lodos adecuadas para tal fin. El prestador del servicio debe presentar la documentación respectiva de los últimos mantenimientos de la parte hidráulica y mecánica, no mayor a un año, además del programa de mantenimiento durante el desarrollo del contrato. 8.6.11 Unidad de alta presión Esta unidad debe dar apoyo a las diferentes actividades que se realizan en el pozo para: las cementaciones, estimulaciones, pruebas, en caso de no venir equipada con esta unidad puede subcontratar este servicio, el cual debe contar con las siguientes especificaciones de acuerdo a las bases de licitación: a) Capacidad de presión de trabajo y de prueba. b) Sistema recirculador. c) Bombeo con control automático de densidad. d) Sistema de almacenamiento y dosificación de aditivos líquidos. e) Sistema convencional de mezclado.

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f) Niples, mangueras metálicas rígidas con articulaciones flexibles y válvulas. 8.6.12 Equipo rotatorio y de izaje Debe cumplirse con el capítulo 5 “Instalaciones eléctricas para todos los tipos de unidades”, capítulo 6 “Instalaciones de maquinas e instalaciones eléctricas en áreas peligrosas para todos los tipos de unidades” del código MODU-2010. El equipo de izaje tiene como función principal levantar y bajar la sarta de perforación para que junto con el equipo rotatorio, debe contar con los siguientes componentes, con características que se indican en la base de licitación: a) Polea viajera de acuerdo al diseño del equipo. b) Unión giratoria o equivalente. c) Cable de acero de perforación conforme a la especificación técnica P.2.0365.02, cable de acero del sistema

de izaje de los equipos de perforación, terminación y reparación de pozos petroleros. De acuerdo al diseño del equipo. Al inicio del contrato debe instalarse un carrete de cable nuevo o contar con los resultados de los análisis mecanográficos y pruebas de tensión garantizada del cable instalado en el malacate.

d) Ancla del cable de perforación. f) Dos flechas de perforación (Kelly o equivalente) hexagonal con conexión inferior IF, con sustitutos y válvulas

de seguridad superior e inferior. a) Sistema de impulsión superior (TOP-DRIVE) con motor que puede ser eléctrico o hidráulico. b) Un Kelly spinner o equivalente (cuando aplique), incluye consola de control instalada en la consola del

perforador, así como las conexiones requeridas para su respectiva puesta en operación. g) Múltiple de válvulas para Stand Pipe. h) Múltiple de descargas de bombas. Top-drive (Sistema de impulsión superior) completo hidráulico o eléctrico que proporcione un torque continuo. 8.6.13 Malacates auxiliares Debe cumplirse con el capitulo 5 “Instalaciones eléctricas para todos los tipos de unidades”, capítulo 6 del código MODU-2010. Equipos que se deben de tener instalados en el piso de perforación, tipo neumáticos que permiten dar apoyo en las diferentes maniobras que se realizan en el movimiento de materiales, equipos y herramientas dentro de la instalación en lugares estratégicos para su mejor aprovechamiento. Los Equipos Convencionales y Modulares, plataforma Autoelevable, Equipos Flotantes y Autoinstalable Tipo Tender deben contar con malacates de aire para maniobras y manejo de herramientas distribuidos como sigue: Los malacates neumáticos o hidráulicos necesarios, todos deben contar con su guarda protectora y guía del cable. Los malacates neumáticos o hidráulicos requeridos de acuerdo a las bases de licitación; todos deben contar con su guarda protectora y guía del cable. 8.6.14 Compresores de aire Debe cumplirse con los capítulos 5 y 6 del código MODU-2010. En los equipos de perforación se requieren equipos auxiliares que proporcionen aire, con características de acuerdo a las bases de licitación: a) Compresores de aire con sistema de funcionamiento dual de paro y arranque, continuo o en banda, para

operar los embragues del malacate principal y Ensamble de Mesa Rotaria. b) Compresor tipo volumétrico para el manejo de materiales a granel.

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En los equipos de perforación se requieren equipos auxiliares que proporcionen aire, con las características de acuerdo a las bases de licitación: a) Compresores de aire con sistema de funcionamiento dual de paro y arranque, continuo o en banda, para

operar los embragues del malacate principal y rotaria. b) Compresor tipo volumétrico para el manejo de materiales a granel. 8.6.15 Equipos de soldadura Los Equipos Convencionales y Modulares, plataforma Autoelevable, Equipos Flotantes y Autoinstalable Tipo Tender deben contar con dos equipos de soldadura eléctrica de 400 A (ampere) y dos equipos de oxiacetileno de corte y soldadura, con sus accesorios correspondientes (Maneral de corte, Maneral de soldadura, boquilla de corte oxiacetileno, juego de manómetros, llave universal, refaccionamiento, destapa-boquillas, entre otros. 8.6.16 Mangueras de abastecimiento Los Equipos Convencionales y Modulares, plataforma Autoelevable, Equipos Flotantes y Autoinstalable Tipo Tender deben contar con mangueras y tuberías de acero al carbón y de una longitud que aseguren el abastecimiento de materiales a granel en forma independiente (agua, diesel, cemento, barita, lodo, entre otros.) de los Equipos Convencionales y Modulares, plataforma Autoelevable, Equipos Flotantes y Autoinstalable Tipo Tender a embarcaciones y embarcaciones a los Equipos Convencionales y Modulares, plataforma Autoelevable, Equipos Flotantes y Autoinstalable Tipo Tender y contar con cabos de amarre, en ambos costados (bandas, muelles) de las estructuras Fijas, Plataforma Autoelevable y Equipo Flotante y Autoinstalable Tipo Tender. 8.6.17 Conexiones superficiales y de control Los Equipos Convencionales y Modulares, plataforma Autoelevable, Equipos Flotantes y Autoinstalable Tipo Tender de perforación, terminación y reparación de pozos deben contar como mínimo con un sistema de control superficial, para mitigar cualquier aportación o manifestación del pozo a superficie, para ello se requiere contar con las siguientes herramientas, con características indicadas en las bases de licitación: a) Sistema de control y operación de preventores. b) Estaciones de control remoto para operar los preventores. c) Múltiple de estrangulación, con 2 (dos) estranguladores ajustables manualmente y 2 (dos) hidráulicos con

consola de control remoto, de acuerdo a recomendaciones del API Boletín RP 53 (1997), resistente al ácido sulfhídrico.

d) Mangueras de perforación blindada, bridadas o de conexión rápida, tipo coflexi o equivalente de prueba. e) Brida adaptadora. f) Desviador de flujo (Diverter) con salidas válvula hidráulica con empaque para tuberías de revestimiento o

preventor esférico con salidas laterales g) Sistemas de preventores que pueden ser de las siguientes medidas 34,6 cm; 42,5 cm; 54 cm ó 52,7 cm (13

5/8 in, 16 ¾ in y 21 ¼ in ó 20 ¾ in). g1) Sistema de preventores de (5 M o 10 M o 15 M psi). Para H2S, según el arreglo que se indica a

continuación: g1.1) Preventor esférico incluyendo elementos de empaque para operar en fluido de aceite, con conexión

bridada. g1.2) Preventor anular sencillo para H2S con sus respectivos anillos con arietes de 12,7 cm (5 in). g1.3) Carrete de trabajo de con bridas superior e inferior con sus respectivos anillos y accesorios completos

con dos salidas laterales terminadas en bridas con anillos respectivos 2 mecánicas y 2 hidráulicas, y una válvula check:

g1.3.1) Carretes espaciadores de de diferentes medidas. g1.3.2) Bridas adaptadoras de diferentes medidas.

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g1.4) Preventor anular doble con brida superior e inferior del mismo rango, con sus respectivos anillos incluyendo elementos de empaque con accesorios estándar e incluyendo además:

a) Juego de Arietes (de acuerdo al preventor) con bonetes y arietes ciegos de corte. b) Juego de Arietes de 12,70 cm (5 in) (de acuerdo al preventor). c) Juego de Arietes de 8,89 cm (3 ½ in) (de acuerdo al preventor). d) Juego de Arietes de 19,37 cm (7 5/8 in) (de acuerdo al preventor). e) Juego de Arietes de 17,78 cm (7 in) (de acuerdo al preventor). f) Juego de Arietes de 25,08 cm (9 7/8 in) (de acuerdo al preventor). g) Juego de Arietes de 24,45 cm (9 5/8 in) (de acuerdo al preventor). h) Juego de Arietes variables de 11,43 cm –17,78 cm (4 1/2 in - 7 in) (de acuerdo al preventor). i) Juego de Arietes variables de 7,30 cm – 12,70 cm (2 7/8 in - 5 in) (de acuerdo al preventor).

g2) Equipo complementario: g2.1) Desgasificador de vacío con capacidad de hasta 3 785,41 L/min (1 000 gpm) o lo que se indique en la

bases de licitación, cuya características principal es eliminar totalmente el aire, sulfuro de hidrógeno gaseoso, los destilados volátiles y hasta el gas contenido en el fluido de perforación.

g2.2) Separador gas – lodo. g2.3) Gabinete de laboratorio conteniendo equipo básico para análisis del fluido de perforación, que se enlista

a continuación: a) Retorta de lodos para determinación del porcentaje (%) de sólidos, aceite y agua. b) Balanza de lodos. c) Pocillo y embudo Marsh para determinar la viscosidad del fluido. h) Cable eléctrico de uso rudo para alimentación, conectores de potencia, tableros de control para los

componentes de los equipos de control de sólidos que cumplan con las normas de seguridad, el centro de carga y los arrancadores deben ser a prueba de explosión.

i) Motores eléctricos del equipo y sistema de arranque deben ser a prueba de explosión, así como los accesorios para su operación, considerando instalaciones adecuadas para ambientes marinos costa afuera.

Debe proporcionar también el material, mano de obra y conexiones para la instalación de los equipos en los Equipos Convencionales y Modulares, plataforma Autoelevable, Equipos Flotantes y Autoinstalable Tipo Tender al inicio y durante el desarrollo de los trabajos. 8.6.17.1 Pruebas de Conexiones Superficiales de Control Las pruebas de las CSC deben realizarse cuando se presenten los siguientes casos: a) Para pozos exploratorios y de desarrollo, la frecuencia de las pruebas no deben de exceder de 28 días. b) Al estar atravesando la etapa de la zona productora, la frecuencia de las pruebas debe ser como máximo

cada 14 días. c) Las pruebas se deben realizar en los siguientes casos:

1) Cuando se instale el conjunto de preventores. 2) Al cambiar la etapa de perforación y antes de rebajar cemento y la zapata. 3) Al realizar algún cambio de los componentes o modificación del conjunto de preventores.

d) Las pruebas de funcionamiento de los BOPs deben realizarse una vez por semana. 8.6.18 Planta potabilizadora Los Equipos Convencionales y Modulares, plataforma Autoelevable, Equipos Flotantes y Autoinstalable Tipo Tender deben contar con unidades desaladoras que produzcan agua potable para satisfacer las necesidades de uso del personal y agua de perforación. El equipo (s) en cuestión debe contar con un registro de los mantenimientos periódicos efectuados.

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El agua producida por La unidad (es) anteriormente mencionada (s) debe cumplir con la norma NOM-127-SSA1-1994 Salud ambiental, agua para uso y consumo humano - límites permisibles de calidad y tratamientos a que debe someterse el agua para su potabilización. Puntos del 4.1 al 4.4 y/o su equivalente, que establece los límites permisibles de calidad y tratamientos a que debe de someterse el agua para su potabilización. El arrendador debe entregar un análisis trimestral de la calidad del agua, emitido por un laboratorio que debe estar acreditado por la ema. El agua proporcionada para su consumo humano debe estar permanentemente dentro de los límites permisibles de calidad en la mencionada norma. 8.6.19 Sistema de drenaje Debe cumplir con la normatividad Capítulo II-1 parte B regla 21 de SOLAS-2009. Los Equipos Convencionales y Modulares, plataforma Autoelevable, Equipos Flotantes y Autoinstalable Tipo Tender deben contar con un circuito cerrado de drenajes para evitar la caída de contaminantes al mar, de acuerdo a lo especificado en el punto 8.2.3 de la norma NRF-140-PEMEX-2005 Sistemas de drenaje. 8.6.20 Sistema de tratamiento de agua residual En las operaciones de perforación, terminación y reparación de pozos se generan dos tipos de aguas residuales las cuales son: aguas negras, grises y las industriales que están formadas por aguas aceitosas y de enfriamiento. El prestador de servicio, debe cumplir con los dispositivos y equipos para el tratamiento de las aguas residuales generadas en la instalación con lo especificado en la norma de referencia NRF-104-PEMEX-2008 (Sistemas de Tratamiento de Aguas Residuales). La instalación debe contar con una capacidad mínima de tratamiento de aguas residuales de acuerdo al diseño del equipo o plataforma. Las aguas tratadas deben cumplir con los parámetros de descargas especificados en la norma NOM-001-SEMARNAT-1996. Los Equipos Convencionales y Modulares, plataforma Autoelevable, Equipos Flotantes y Autoinstalable Tipo Tender deben contar con un tanque de almacenamiento de aguas industriales. 8.6.21 Quemador ecológico Un quemador ecológico completo que cuente con inyección de aire y agua, que incluya sus accesorios y componentes que consta de cabeza de combustión, toberas para llevar a cabo la mezcla de aire-hidrocarburos con un diámetro de flujo mínimo 0,95 cm (3/8 in), pilotos que consuman gas butano y se encienda mediante un dispositivo eléctrico, atomizador, compresor de aire con capacidad de generar 21,24 m3/min (750 ft3/min) mínimo y a una presión de 5,62 kg/cm2 (80 psi), entre otros, de fábrica para 1 908 m3/día (12 000 bls/día) mínimo. Debe estar instalado y funcionando interconectado al árbol de estrangulación con línea soldable radiografiada con su respectiva cruceta para la derivación del flujo hacia el cañón o toberas, el cual debe ser requerido desde el inicio del plazo del contrato y hasta su terminación. Así mismo debe dejar las conexiones listas para la instalación de otro quemador. 8.6.22 Pruebas periódicas El arrendador debe llevar a cabo durante la vigencia del contrato inspecciones (mediante un programa validado por el representante de PEP, que incluya el equipo a probar, el tipo de inspección y prueba, la normatividad aplicable para la prueba y para el personal que la realiza, los parámetros de aceptación, los resultados obtenidos y los datos del certificado y del certificador), a los equipos principales; las inspecciones de pruebas deben ser no destructivas (partículas magnéticas, líquidos penetrantes, ultrasonido industrial), pruebas

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operacionales, y de carga según aplique, con sus respectivas evidencias fotográficas a color, bajo las siguientes alternativas: Si previo al inicio del arrendamiento y la prestación de los servicios, los Equipos Convencionales y Modulares, plataforma Autoelevable, Equipos Flotantes y Autoinstalable Tipo Tender no se encuentran trabajando para PEP, las inspecciones deben ser efectuadas por el fabricante o un tercero autorizado por el fabricante (no debe ser el arrendador) por parte de una compañía homologada con una casa clasificadora o por autoridad del país que corresponda, debe contar con un certificado vigente que la acredite para efectuar este tipo de servicios. Si previo al inicio del arrendamiento y la prestación de los servicios, los Equipos Convencionales y Modulares, plataforma Autoelevable, Equipos Flotantes y Autoinstalable Tipo Tender ya se encuentran trabajando para PEP y posicionada en alguna localización en aguas mexicanas del Golfo de México, las inspecciones deben ser efectuadas por el arrendador, y este debe emitir un escrito a PEP garantizando el buen estado y credibilidad de los equipos, debe mantener los certificados vigentes. Las inspecciones se deben realizar a los equipos, sistemas, herramientas y accesorios que se enumeran de forma enunciativa más no limitativa, y se mencionan a continuación: a) Quemador. b) Grúas. c) Sistema de impulsor principal (Top drive). d) Malacates auxiliares. e) Grupos electrógenos. f) Unidad de alta presión. g) Torre de perforación. h) Changuero. i) Corona. j) Bomba de lodos. k) Sistema de control de sólidos. l) Área de presas de lodos. m) Potabilizadora de agua. n) Árbol de estrangulación. o) Unidad Koomey. p) Tubo vertical (Stand pipe). q) Planta tratadora de aguas negras. r) Silos de cemento y Barita. s) Estructura para fijar el conductor al casco de la plataforma Autoelevable (Texas deck). t) Estructura móvil para accesar al conjunto de preventores (Spider deck). u) Bote salvavidas y su pescante. v) Heliplataforma. w) Interior de la habitacional. x) Sistema integral de aire acondicionado. 8.7 Seguridad industrial Es el sistema de soporte de todos los demás sistemas que aplican en una instalación, incluye todos los dispositivos básicos de protección primaria y secundaria de los equipos, tuberías y accesorios, para dar respuesta inmediata en caso de presentarse algún trastorno en el proceso. Debe cumplirse con lo estipulado en el código MODU-2010 capitulo 14 “Prescripciones de orden operacional”

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8.7.1 Sistema de evacuación, rescate y escape Debe cumplir con la normatividad Internacional: • SOLAS-2009 (Safety of Life at Sea; Seguridad de la vida humana en el mar) capítulo III “Dispositivos y

medios de salvamento” Parte C Regla 32. • Código MODU-2010 capitulo 10 “Dispositivos y equipo de salvamento”. • Código Internacional de Dispositivos de Salvamento (Código IDS) • La resolución MSC.81 (70) del Comité de Seguridad Marítima de la Organización Marítima Internacional. Las instalaciones costa afuera deben estar diseñadas, equipadas y organizadas a fin de proveer los medios para una evacuación segura de todo el personal, bajo todas las posibles circunstancias de emergencia, debe permanecer disponibles estas medidas, para su uso inmediato. Debido a la ubicación geográfica de las instalaciones petroleras costa afuera estas deben estar diseñadas y equipadas con dispositivos de seguridad y salvamento que prevengan y salvaguarden al personal que las tripulan, así como contar con sus planes de emergencia, planos de ubicación de los equipos de salvamento e implementar el continuo adiestramiento para el caso de que ocurra alguna contingencia, esta Norma de Referencia debe estar en concordancia con el “Plan de respuestas a emergencias” de PEP en equipos de perforación, terminación y reparación de pozos, vigentes. Debe existir un conjunto detallado de instrucciones y figurar en varios lugares visibles de la instalación para la evacuación de los Equipos Convencionales y Modulares, plataforma Autoelevable, Equipos Flotantes y Autoinstalable Tipo Tender o para el remolque de plataformas Autoelevables y Equipos Flotantes y Autoinstalable Tipo Tender a un lugar de resguardo seguro y una perfecta coordinación con control marino para cuando se prevean tormentas fuertes; todo el personal que en ella labore debe estar familiarizado con tales instrucciones. Al planear cualquier operación en los Equipos Convencionales y Modulares, plataforma Autoelevable, Equipos Flotantes y Autoinstalable Tipo Tender, deben considerarse las condiciones meteorológicas previsibles y aprobadas por el grupo multidisciplinario de trabajo del Plan de Respuesta a Emergencias por Huracanes y de acuerdo a lo estipulado en dicho plan vigente; no debe iniciarse ninguna operación en caso de que no sean favorables a la seguridad o puedan tornarse desfavorables con facilidad. Los elementos mínimos que deben integrar el sistema de evacuación, rescate y escape son: a) Botes de salvamento y accesorios. b) Balsas salvavidas. c) Chalecos salvavidas y contenedores de resguardo. d) Alarmas visibles y audibles. e) Canastillas para transporte de personal (NRF-062-PEMEX-2002 Elementos de acceso - viudas, escalas y

pasarelas- entre muelles a embarcaciones y de embarcaciones a plataformas marinas). f) Sistema de escape del chango de acuerdo al tipo de equipo ó plataforma, opcional a solicitud del usuario en

las bases de técnicas de la licitación. g) Aros salvavidas. h) Equipos de respiración de cascada y autónoma de presión positiva a solicitud del usuario en las bases de

licitación que cumpla con la NRF-239-PEMEX-2009. Equipo autónomo de respiración (SCBA). i) Resucitador de oxígeno. j) Rutas de escape (heliplataforma, muelle y habitacional). El equipo de salvamento debe cumplir con los siguientes requisitos:

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a) Botes de salvamentos cerrados, autopropulsados deben de cumplir con la especificación P.9.1001.02, cada uno con sistema de comunicación operando, provisto de equipo de supervivencia de acuerdo a SOLAS-2009; para islas artificiales o Estructura Fijas Marinas.

b) Balsas inflables con capacidad de acuerdo a las reglas III/39 o III/40 de SOLAS-2009 complementándose con NOM-010-SCT4-1994.

c) Chalecos salvavidas, de acuerdo al capitulo 10 sección 10 de SOLAS-2009 complementándose con NOM-006-SCT4-2006.

d) Las alarmas visibles y audibles deben estar ubicadas y determinadas según la Tabla 1, de acuerdo con los requerimientos de PEP.

Área Alarma audible Alarma visible

Piso de perforación. 1 1

Presas de lodos. 1 1

Cuarto de control. 1 1

Cuarto químico. 1 1

Cuarto de bombas. 1 1

Cuarto de máquina. -- 2

Cubierta principal. 4 2

Habitacional Nivel 1. 3 1

Habitacional Nivel 2. 3 1

Habitacional Nivel 3. 3 1

Comedor. 1 1

Cuarto de mando. 1 1

Tabla 1 Ubicación de alarmas e) Las canastillas para transporte de personal (viudas) de acuerdo a la NRF-062-PEMEX-2002 elementos de

acceso (viudas, escalas y pasarelas) entre muelles a embarcaciones y de embarcaciones a los Equipos Convencionales y Modulares, plataforma Autoelevable, Equipos Flotantes y Autoinstalable Tipo Tender.

f) Sistema opcional de escape del chango de acuerdo al tipo de Equipos Convencionales y Modulares, plataforma Autoelevable, Equipos Flotantes y Autoinstalable Tipo Tender.

g) Aros salvavidas, de acuerdo al capitulo 10 sección 12 de SOLAS-2009 complementándose con NOM-005-SCT4-2006.

h) Equipos de respiración de cascada y autónoma de presión positiva de acuerdo a solicitud en las bases de licitación y requerimientos de PEP, instalados en las siguientes áreas: h1) Piso de perforación. h2) Bombas de lodos. h3) Habitacional con sus respectivos manifulls.

i) Cuatro resucitadores de oxígeno de 6 l/min, rellenables y con mascarilla. Las rutas de escape de la heliplataforma, muelle y habitacional deben estar señalizadas de acuerdo al diseño de los Equipos Convencionales y Modulares, plataforma Autoelevable, Equipos Flotantes y Autoinstalable Tipo Tender.

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8.7.2 Sistema de detección de gas, fuego y alarmas generales Debe cumplir con lo establecido en NRF-210-PEMEX-2011, así como lo especificado en el capítulo II-2 del SOLAS-2009 y capítulos 8 y 9 código MODU-2010. Los Equipos Convencionales y Modulares, plataforma Autoelevable, Equipos Flotantes y Autoinstalable Tipo Tender de Perforación deben contar con un sistema de detección de fugas y/o incendios por medio de sensores para monitorear las áreas cubiertas mediante alarmas visibles y audibles. El sistema debe estar integrado por detectores de gas humo, gas sulfhídrico (H2S), gas combustible y detección de incendio, UV/IR, sistema de aspersión, instalados en espacios y áreas en donde se pueden presentar posibles situaciones de riesgo que puedan incidir sobre la seguridad del personal, instalación y medio ambiente. Toda la información monitoreada, debe ser enviada a un panel de control que permita localizar por áreas el sitio donde se presente el problema. Las alarmas generales, para todos los Equipos Convencionales y Modulares, plataforma Autoelevable, Equipos Flotantes y Autoinstalable Tipo Tender, visuales y audibles deben de apegarse a las regulaciones Mexicanas e internacionales y las Normas de referencia NRF-210-PEMEX-2011 sistema de gas y fuego, detección y alarma, así como la NRF-184-PEMEX-2007, Sistema de gas y fuego: CEP. Adicionalmente cumplir con los siguientes requerimientos: a) Planos y diagramas de los sistemas de detección y alarmas. b) Croquis de identificación de las zonas monitoreadas. c) Manuales y catálogos de equipo instalado. d) Especificaciones del equipo y materiales. e) Inventario de equipos instalados. f) Programa de inspección de mantenimiento y pruebas de los sistemas de detección. g) Procedimientos de inspección, mantenimiento y pruebas de los sistemas de detección. h) Registros de las inspecciones, mantenimiento y pruebas de los sistemas de detección. i) Procedimientos de operación de los sistemas. j) Certificado de los equipos de medición (explosímetros, entre otros) emitidos por casa certificadora. Elementos que integran el sistema de detección de gas y fuego que se deben verificar para el cumplimento de los requerimientos de PEP: a) Tableros de control y señalización. b) Sensores de CH4 (gas combustible). c) Sensores de H2S (gas sulfhídrico). d) Sensores de humo. e) Sensores de fuego. f) Sensores de hidrogeno (en cuartos de baterías). g) Detector múltiple portátil electrónico para H2S y CH4. h) Kit de calibración. i) Señalización. Los instrumentos de detección de gas sulfhídrico (H2S), gas combustible y de incendios, deben tener alarma audible que cubran las áreas principales de riesgo, y deben seleccionarse de acuerdo al medio donde deben estar instalados. Los colocados por su uso en áreas donde existan probabilidades de presencia de gases o vapores agresivos deben estar construidos de materiales resistentes a la corrosión para su instalación en áreas abiertas, evitando el uso de accesorios adicionales de protección contra condiciones ambientales y riesgo de impacto. De acuerdo al Análisis de Riesgos y al Plan de Respuesta a Emergencias de la Instalación, los sensores de gas H2S y combustible, se deben instalar en las áreas que se mencionan en la Tabla 2.

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Área Sensor de gas H2S Gas combustible

De vibradores (temblorinas) 1 1 De presas. 1 1 Piso de perforación. 1 1 Línea de flote. 1 1 Habitacional. 5 5

Tabla 2 Ubicación de sensores de gas de acuerdo a los análisis de riesgo de la instalación.

La ubicación de detectores de humo o fuego de acuerdo a la Tabla 3.

Área Detector de humo Detector de fuego

Piso de perforación. 1 1

Presas de lodos. 1 4

Cuarto de control. 1 4

Cuarto químico. 1 4

Cuarto de bombas. 1 4

Cuarto de máquina. -- 4

Cubierta principal. 4 2

Habitacional Nivel 1. 1 por camarote, oficinas 1 por camarote, oficinas

Habitacional Nivel 2. 3 1

Habitacional Nivel 3. 3 1

Comedor. 1 1

Cuarto de mando. 1 1

Tabla 3 Ubicación de detectores de humo y gas

El técnico responsable de detectar la presencia de gas en la instalación, debe contar con el equipo auxiliar de seguridad siguiente: a) Multiprobador de gases. b) Un kit de calibración para detectores portátiles de gas. c) Dos conos de viento. 8.7.3 Sistema contraincendio El sistema debe cumplir con la normatividad: • NOM-002-STPS-2010 Condiciones de Seguridad-Prevención y Protección Contra Incendios en los Centros

de Trabajo • Los requerimientos de SOLAS-2009 capítulo II-2 “Construcción-prevención, detección y extinción de

incendios”.

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• Código MODU-2010 Capítulo 8 “Espacios de maquinas sin dotación permanente para todos los tipos de unidades” y el capitulo 9 “Seguridad contra incendio”.

• NRF-019-PEMEX-2011 Protección contraincendio en cuartos de control que contienen equipo electrónico. • NRF-115-PEMEX-2006 Mangueras para servicio contraincendio. • NRF-127-PEMEX-2007 Sistemas Contraincendio a base de agua de mar en Instalaciones Fijas Costa

afuera. • NRF-184-PEMEX-2007, Sistema de gas y fuego: CEP. • NRF-210-PEMEX-2011, Sistema de gas y fuego detección y alarma. Este sistema forma parte de la seguridad extrínseca, tiene como objetivo el proporcionar los medios necesarios en la instalación para que se puedan controlar y/o extinguir rápida y efectivamente los incendios que se presenten antes de que ocurran daños severos. Elementos que integran el sistema activo contraincendio que se deben verificar para el cumplimento de los requerimientos de PEP para los siguientes tipos de Equipos Convencionales y Modulares, plataforma Autoelevable, Equipos Flotantes y Autoinstalable Tipo Tender: 8.7.4 Equipos Modulares, instalados sobre Estructuras Marinas Fijas Equipos mínimos de seguridad y estaciones Contraincendio certificado de acuerdo con la LFMN y su Reglamento, e internacional y debe contar como mínimo con lo siguiente: Extintor de PQS de 680,4 kg (1500 lb) (masa) de polvo químico seco. Bomba de 0,13 m3/seg (2000 gpm) y presión de 7 kg/cm2 en la descarga. El equipo modular debe contar como mínimo con lo siguiente: Monitores para la protección del área de pozos, Monitor en el área de temblorinas, Monitores para protección al quemador, Monitores en el piso de perforación; estos deben operar con un gasto de 0,0315451 m3/seg (500 gpm) cada uno. Extintores de polvo químico seco de mano, de 13,608 kg (30 lb) cada uno. Extintores de polvo químico seco (PQS) capacidad de 68,04 kg (150 lb) (masa) de carretillas Extintores de CO2 de 6,8 kg a 9,12 kg (15 lb a 20 lb) (masa) ubicados según el análisis de riesgo de incendio del equipo. Trajes completos de bomberos con sus respectivas hachas. Sistema de contra incendio para el área de maquinas principales. El equipo de seguridad no indicado, pero que se requiera por SOLAS-2009, MODU-2010 o cualquier otro reglamento internacional, se debe considerar y cumplir con lo estipulado en dichas regulaciones. Bombas de pozo profundo de capacidad de 300 m3/h cada una interconectadas a la red de contraincendio, donde tendrán una presión de 7 kg/cm2 en toda la red de contraincendio. Las cantidades de equipo contraincendio portátil (Extintores), será la que resulte de la aplicación de la NOM-002-STPS-2010. Condiciones de seguridad- Prevención y protección contra incendios en los centros de trabajo. En específico con lo definido en el apartado 7. Condiciones de prevención y protección contra incendios. Motobomba de contraincendio de combustión interna de capacidad mínima de 0,13 m3/seg (2000 gpm). y una presión de 7 kg/cm2 en toda la red de contraincendio, con arranque automático en forma local y remota desde la

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oficina del superintendente de PEP (considerar NRF-127-PEMEX-2007 sistemas contraincendio a base de agua de mar en instalaciones fijas costa afuera). 8.7.5 Equipos Convencionales, instalados sobre Estructuras Marinas Fijas Equipos mínimos de seguridad y estaciones contraincendio certificado de acuerdo con la regulación Mexicana e internacional y debe contar como mínimo con lo siguiente: Extintor PQS de 680,4 kg (1500 lb), debe contar con una bomba de 0,13 m3/seg (2000 gpm) y presión de 7 kg/cm2 en la descarga. Extintores tipo PQS de 45,3 kg (100 lb). Extintores tipo PQS de 61,2 kg (135 lb) en canastillas Extintores tipo PQS de 48 kg Hachas de bombero Sistema de contra incendio fijo de CO2 para cuarto de maquinas principales que cumpla con la NRF-102-PEMEX- 2004. Las cantidades de equipo contraincendio portátil (Extintores), será la que resulte de la aplicación de la NOM-002-STPS-2010. Condiciones de Seguridad- Prevención y Protección contra incendios en los centros de trabajo. En específico con lo definido en el apartado 7. Condiciones de Prevención y Protección contra incendios. Extintores de CO2 de 6,804 a 9,126 kg (15 a 20 lb) (masa) ubicados según el análisis de riesgo de incendio del equipo Trajes completos de bomberos con sus respectivas hachas. Sistema de contra incendio adecuado para el área de maquinas principales certificado por un organismo reconocido por la Ley Federal sobre metrología y normalización o casa clasificadora, incluyendo un equipo de seguridad no indicado, pero que sea requerido por la clasificadora, SOLAS-2009 u otro reglamento internacional, deberá de ser considerado, y cumplir con lo estipulado en dichos reglamentos Una motobomba de contraincendio de combustión interna de capacidad mínima de 0,1261804 m3/seg (2 000 gpm) y una presión de 7 kg/cm2 en toda la red de contraincendio. 8.7.6 Plataformas Autoelevables Equipos mínimos de seguridad y estaciones Contraincendio certificado de acuerdo a reglamentos ABS. u otra casa certificadora perteneciente a IACS y USCG, incluyendo un extintor tipo PQS de 680,4 kg ó 907,2 kg (1 500 lb ó 2 000 lb) (masa) de polvo químico seco. La red de contraincendio debe cumplir con la norma de referencia NRF-127-PEMEX-2007 sistemas contraincendio a base de agua de mar en instalaciones fijas costa afuera. La plataforma debe contar como mínimo con: 3 monitores para la protección del área de pozos, 1 monitor en el área de temblorinas, 3 monitores para protección al quemador para cada una de sus dos posibles ubicaciones y 2 (dos) monitores en el piso de perforación; estos monitores deben operar con un gasto de 0,0315451 m3/seg (500 gpm) cada uno. Sistema de contra incendio fijo de CO2 para cuarto de maquinas principales que cumpla con la NRF-102-PEMEX- 2004. Los monitores para protección al quemador, deben estar ubicados en ambas bandas en las ubicaciones de instalación del quemador, de acuerdo a la proximidad y condiciones de operación en las localizaciones.

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Bombas contraincendio auxiliares con capacidad para alcanzar una presión de 7 kg/cm2 en toda la red. Cuando una plataforma de perforación Jack Up (autoelevable) proporcione servicio a una plataforma satélite, y la plataforma satélite cuente con un sistema propio de contraincendio, ambos sistemas deben de conectarse. Cuando una plataforma de perforación Jack Up (autoelevable) proporcione servicio a una plataforma satélite, y la plataforma satélite a ser intervenida no cuente con un sistema propio de contraincendio, la protección de agua contraincendio (tres monitores para la protección del área de pozos) debe ser suministrada por la plataforma Jack Up (autoelevable). Requerimiento de extintores en los equipos de perforación Autoelevables, debe existir un mínimo de extintores de acuerdo a los requerimientos de las operaciones como se señala a continuación (Tabla 4).

Ubicación Extintores de PQS Extintores de CO2

Heliplataforma. 1 1

Portátil de 13,61 kg (30 lb) PQS. De carretilla 135 kg de PQS 1 Portátil de 9,07 kg (20 lb) CO2.

Habitacional. 10 Portátil de 13,61 kg (30 lb) PQS. 2 Portátil de 9,07 kg (20 lb) CO2. Presas de lodo. 2 Portátil de 13,61 kg (30 lb) PQS 1 Portátil de 9.07 kg (20 lb) CO2. Paquete de líquidos. 4 Portátil de 13,61 kg (30 lb) PQS.

Paquete de Maquinas. 2 1

Portátil de 13,61 kg (30 lb) PQS. tipo carretilla de 135 kgs de PQS. 2 Portátil de 9,07 kg (20 lb) CO2.

Paquete de bombas. 4 Portátil de 13,61 kg (30 lb) PQS. Piso de perforación. Patio de tuberías.

4 1

Portátil de 13,61 kg (30 lb) PQS de 681,4 kg (1500 lb). 1 Portátil de 9,07 kg (20 lb) CO2.

Cuarto de control SCR. Silos. 1 Portátil CO2

13,61 kg 21

Portátil de 9,07 kg (20 lb) CO2. Portátil de 9,07 kg (20 lb) CO2.

Temblorinas. 1 Portátil CO2 13,61 kg Cabina de control. 3 Portátil de 13,61 kg (30 lb) PQS. 1 Portátil de 9,07 kg (20 lb) CO2. Grúas (2). 2 Portátil de 13,61 kg (30 lb) PQS.

Tabla 4 Requerimiento de extintores en plataformas Autoelevables

8.7.7 Equipos Flotantes Equipos mínimos de seguridad y estaciones Contraincendio certificado de acuerdo a reglamentos ABS. u otra casa certificadora perteneciente a IACS y USCG, incluyendo un extintor tipo PQS de 680 kg ó 907 kg (1 500 lb ó 2 000 lb) (masa) de polvo químico seco. La red de contraincendio debe cumplir con la norma de referencia NRF-127-PEMEX-2007 sistemas contraincendio a base de agua de mar en instalaciones fijas costa afuera. El equipo flotante debe contar como mínimo con: 3 monitores para la protección del área de pozos, 1 monitor en el área de temblorinas, 3 monitores para protección al quemador para cada una de sus dos posibles ubicaciones y 2 (dos) monitores en el piso de perforación; estos monitores deben operar con un gasto de 0,0315451 m3/seg (500 gpm) cada uno. Sistema de contra incendio fijo de CO2 para cuarto de maquinas principales que cumpla con la NRF-102-PEMEX- 2004. Y también con los siguientes dispositivos de seguridad:

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a) Extintor tipo PQS de 1 500 lb. b) Tablero de control y un Panel Mimic o equivalentes en el cuarto de control. c) Detectores de humo en el área habitacional, cuarto de radio, cuarto de control, en las tomas de ventilación

en área habitacional, tanques de lodo a granel, cuarto de CO2, cuarto de SCR’s, talleres y almacenes. d) Detectores térmicos en área procesadora de lodo, cuarto de sacos, cuarto de bombas de lodo. e) Detector de flama en el cuarto de máquinas. f) Sistema detector de fuego localizado cuarto de control, para detección en el cuarto de máquinas, cuarto del

generador de emergencia, cuartos de los impulsores A, C y E. g) Equipo de contraincendio de la heliplataforma.- Cuenta con un sistema de combate de incendio que consta

de un tanque de concentración con bomba para suministro de agua del mar y una bomba impulsora. Hay instalados 3 monitores de espuma que operan con un gasto de 1,893 L/min (500 gpm) cada uno y alcance de 30 a 55 m

h) Bombas contra fuego: 3 de 90 m3 por hora. i) Sistema de espuma sobre las presas de lodo. j) Sistema de contra incendio fijo de CO2 para cuarto de maquinas principales que cumpla con la NRF-102-

PEMEX- 2004. El Equipo Flotante contará como mínimo con: 3 monitores para la protección del área de pozos, 1 monitor en el área de temblorinas, 3 monitores para protección al quemador para cada una de sus dos posibles ubicaciones y 2 monitores en el piso de perforación; estos monitores deben operar con un gasto de 500 gpm cada uno. Los monitores para la protección al quemador, estarán ubicados en ambas bandas en las ubicaciones de instalación del quemador, de acuerdo al aprovechamiento y condiciones de operación en las localizaciones: Nota: En el resto de los equipos se solicita, tres bombas de pozo profundo de diversas capacidades dependiendo del equipo, solo que no mencionan que estas deben estar interconectadas a la red de contraincendio. Requerimiento de extintores en los equipos de perforación flotantes, debe existir un mínimo de extintores de acuerdo a los requerimientos de las operaciones como se señala a continuación (Tabla 5). Todos los equipos deben tener un programa de mantenimiento y debe haber unidades de relevo a fin de mantener la mínima cantidad de equipos existentes a bordo. a) Un sistema de alarma general visual y auditiva conforme a la NRF-210-PEMEX-2011 sistema de gas y

fuego, detección y alarma. b) Un sistema de contraincendio fijo de CO2 para el cuarto de maquinas principales y pinturas. c) Veinte estaciones de contraincendio equipadas con 5 mangueras de 30,48 m (100 ft) y 15 de 15,24 m (50 ft)

de longitud, con boquilla ajustable y válvulas. d) Cinco equipos para bombero con accesorios. e) Siete hachas para bombero. f) Cinco aparatos portátiles de aire comprimido de 30 min. g) Cinco aparatos portátiles de aire comprimido de 60 min. h) Tres monitores de 113,56 m3/h (500 gpm) para protección del área del pozo (preventores). i) Un monitor de 113,56 m3/ h (500 gpm) para protección del área de temblorinas. j) Tres monitores de 113,56 m3/ h (500 gpm) para protección del quemador (babor o estribor). k) Dos monitores de 113,56 m3/ h (500 gpm) para protección del área del piso de perforación. l) Un monitor de 113,56 m3/ h (500 gpm) para protección del área de temblorinas.

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Ubicación Equipo de contraincendio

Habitacional 1 06 Extintores de CO2 6 kg 03 Extintores de espuma. 80 Rociadores para alojamiento. 04 Mangueras contra incendio.

Habitacional 2. 06 Extintores de CO2 6 kg 02 Extintores de espuma. 72 Rociadores para alojamiento. 02 Mangueras contraincendio.

Cubierta.

04 Extintores de CO2 6 kg 06 Hidrantes. 03 Mangueras contraincendio. 01 Estación contraincendio.

Cuarto de cementación. 02 Extintores de CO2 6 kg 01 Mangueras de contraincendio.

Bombas de lodos. 03 Extintores de CO2 6 kg. 02 Mangueras de contraincendio.

Presas de lodos. 01 Extintores de CO2 6 kg. 02 Hidrantes. 01 Mangueras de contraincendio.

Laboratorio de lodos. 01 Extintores de CO2 6 kg Temblorinas. 01 Extintor de CO2 6 kg Cuarto de generadores. 03 Extintores de CO2 6 kg Cuarto de SCR´s. 01 Extintores de CO2 6 kg Taller eléctrico. 01 Extintores de CO2 6 kg Banco de soldadura. 01 Extintores de CO2 6 kg Almacén de sacos. 01 Manguera de contraincendio.

Tabla 5 Requerimiento de extintores en Equipos Flotantes

8.7.8 Equipos Autoinstalables Tipo Tender 8.7.8.1 Sistema de Salvamento, Seguridad y Ecología El equipo de salvamento, seguridad y sistema de contraincendio debe cumplir con la normatividad nacional e internacional vigente (SOLAS, Código MODU y U.S. Coast Guard, según aplique). Asimismo, para el sistema de detección de gas, fuego y alarmas generales debe cumplir con la NRF-210-PEMEX-2008. El equipo de seguridad no indicado en este apartado pero que sea requerido por la clasificadora, SOLAS u otro reglamento internacional, deberá de ser considerado y cumplir con lo estipulado en dichos reglamentos. Botes salvavidas totalmente cerrados autoadrizables, autopropulsados, con avituallamiento de acuerdo al Convenio Internacional SOLAS última edición y sus correspondientes enmiendas, el Código Internacional de Dispositivos de Salvamento (IDS) y la especificación técnica P.9.1001.02 para la adquisición y utilización de botes salvavidas totalmente cerrados en PEMEX Exploración y Producción. Los Botes salvavidas totalmente cerrados deben ser capaces de funcionar en condiciones meteorológicas por mar encrespada, de acuerdo al código IDS, contando con un sistema de arranque eléctrico y un sistema de arranque hidráulico, independientes entre sí, que sean recargables, debe contar con paro manual, debiendo contar en su interior, con señalización e instrucciones de operación en idiomas español e inglés.

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Debe contar con la capacidad de ir avante y atrás, con la asignación completa de personas, una marcha de 6 nudos, con una autonomía de 24 horas. La capacidad del (los) bote (s) salvavidas deben cubrir el 100% de la capacidad total de la habitacional. Balsas inflables de acuerdo al Reglamento Internacional SOLAS y sus correspondientes enmiendas. De acuerdo a la normatividad internacional y de PEP, se requiere contar a bordo del equipo con chalecos salvavidas suficientes para el 150% de la ocupación, los cuales deben reunir los requisitos establecidos en el Código Internacional de Dispositivos de Salvamento (Código IDS), Convenio Internacional SOLAS, Norma Oficial Mexicana NOM-OO6-SCT4-2006. Extintores de polvo químico seco (PQS) capacidad 150 lb (masa) de carretillas. Extintores de CO2 de 15 a 20 lb (masa), ubicados según el análisis de riesgos de incendios del equipo. Detectores portátiles de gas consumibles y H2S con sus respectivos cargadores. Kits de calibración para detectores portátiles de gas. Exposímetro. Trajes completos de bombero con sus respectivas hachas. Señalamientos en idioma español del plan general de emergencia (habitacional y lugares estratégicos del equipo autoinstalable tipo Tender), que cumplan con la regulación de una casa clasificadora perteneciente a la I.A.C.S. Resucitador de oxigeno. Luces de obstrucción en el mástil y grúas. Aros salvavidas con sus respectivos dispositivos de acuerdo al reglamento internacional de SOLAS y sus enmiendas. Sistemas contra incendios adecuado para el área de maquinas principales. Sistemas de monitores de PVT en la posición del perforador. Especificaciones de seguridad y misceláneos de los equipos: Equipos mínimos de seguridad y estaciones contraincendio certificado de acuerdo a regulaciones de casas clasificadoras pertenecientes a I.A.C.S., incluyendo extintor (es) de PQS de 1,500 lb ó 2,000 lb (masa) de polvo químico seco. El equipo autoinstalable tipo tender debe de contar con: Monitores para la protección del área de pozos, monitores en el área de temblorinas, monitores para protección al quemador, monitores en el piso de perforación, estos monitores deben operar con un gasto de 500 gpm cada uno, los monitores deberán incluir sus válvulas, los cuales deberán de ser alimentados siempre y en todo momento por bombas de pozo profundo (electrobombas) y en su caso por bombas de pozo profundo de combustión interna (motobomba de contra incendio).

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Asimismo las electrobombas y bombas de pozo profundo de combustión interna deberán estar instaladas y operando en la estructura fija de PEP. Sistemas cerrados de drenaje de aceites y aguas aceitosas en el piso de perforación con cero descargas de contaminantes al mar, incluyendo tanque recolector y un separador con capacidad suficiente para las aguas aceitosas. Bombas de pozo profundo (electrobombas) de capacidad de 272 m3/hora cada una interconectadas a la red de contraincendios, donde tendrán una presión de 7 kg/cm2 en toda la red de contraincendio, instaladas en la estructura fija de PEP. La red de contraincendio debe cumplir con las Especificaciones Técnicas de PEMEX P.2. 0431.01 Y PEMEX No. 01.0.26. Motobomba de contraincendio de combustión interna de capacidad mínima de 2,000 gpm y una presión de 7 kg/cm2 en toda la red de contra incendio, con un sistema de respuesta automático para mantener la presión y el flujo constante independientemente del número de monitores en uso, y con arranque automático en forma local y remota desde la oficina de PEP. El sistema de arranque debe cumplir con el numeral 8.4.2.1 de la NRF-127-PEMEX-2007. La motobomba de contraincendio deberá estar instalada en la estructura fija de PEP. Sistema de detectores de gas sulfhídrico (H2S), gas combustible, con sensores en las áreas principales de riesgo como son área de maquinas, piso de perforación, presas y contrapozo, así como un sensor en la administración de aire del paquete habitacional. Todos los sensores deben contar con alarma audible y visible que cubran las áreas antes mencionadas así como el comedor, sala de televisión y pasillos de la habitacional. Asimismo, deberá contar con un sistema de respaldo de energía que asegure en todo momento su funcionamiento, en caso de “BLACKOUTS”. Sistema detector de fuego y humo, con sensores en las áreas principales de riesgo (cuartos de máquina y habitacional). El sistema debe contar con panel de control para el monitoreo e incluir alarmas audibles y visuales. Paquete básico de seguridad industrial para cuantificar concentraciones de gas sulfhídrico H2S / Detector múltiple portátil electrónico para gases con un rango de 0-99 PPM de H2S y con un rango de 0-99% de CH4). Extinguidores de polvo químico seco de mano, de 20 lb (veinte libras) cada uno. Contenedores con capacidad para los chalecos salvavidas requeridos en el contrato de arrendamiento, por cada banda, una para el bote salvavidas y otra para las balsas salvavidas, almacenados en una caja en cada banda. Cumpliendo con las disposiciones internacionales. Charola colectora de fluidos vertidos sobre el área de la rotaria, la cual estará colocada por debajo del piso de perforación y puede ser de fibra de vidrio o aluminio. 8.7.9 Plan de respuesta a emergencias Todo Equipo ó Plataforma contratada por PEP, está sujeta a riesgos no controlados que pueden poner en peligro la integridad o existencia de los trabajadores y a la instalación. Las estrategias de seguridad pueden

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minimizar los riesgos, pero no anularlos. Siempre existirá la posibilidad de que pueda ocurrir una emergencia debido a la naturaleza de las operaciones, fenómenos naturales o conflictos socio-organizativos. Lo importante en la prevención para la seguridad, es formar una actitud que nos permita responder adecuadamente y en el momento oportuno. El Plan nace del concepto de que no es posible eliminar la posibilidad de riesgo y que es necesario planear nuestra respuesta, en una emergencia o desastre, para evitar o moderar los daños al personal, a las instalaciones, a la comunidad y al medio ambiente. Se debe entregar al inicio del contrato o bajo los términos estipulados en el mismo, en idioma español, conforme a lo establecido en los lineamientos para la formulación de los planes de respuesta a emergencia, dichos lineamientos deben ser solicitados a PEP y adicionalmente a lo establecido en la Resolución CNH.12.001/10. El plan debe considerar todos los escenarios de emergencia conocidos o probables, que contemple procedimientos de evacuación, respuesta ante cualquier eventualidad durante el desarrollo del contrato y debe de contener los roles, funciones y responsabilidades de cada persona que se encuentre a bordo de las instalaciones. De acuerdo a la emergencia que se presente, este plan debe ser actualizado una vez que se realice el análisis de riesgo de los procesos en el equipo para perforación, terminación y reparación así mismo, cuando se realice un cambio de localización con estructura, equipo adosado entre otros, este “Plan general de respuesta a emergencias en equipos de perforación y manteniendo de pozos División Marina” debe tener su sustento en el Análisis de Riesgo de la instalación. El plan de respuesta a emergencias debe cumplir con lo establecido en el código MODU-2010 capitulo 14 “Prescripciones de orden operacional” secciones 8 y 9. Los ejercicios y simulacros de emergencia se utilizan para entrenar y familiarizar al personal con los diferentes tipos de equipamiento y procedimientos disponibles en el equipo para evitar siniestros y para minimizar los daños al equipamiento durante las emergencias. La reglamentación de simulacros y ejercicios de emergencia en las instalaciones costa afuera determinan la frecuencia de los simulacros. A continuación se indica la frecuencia que se aplica en general, aunque se le puede modificar de acuerdo al resultado de la evaluación de cada simulacro. a) Simulacro de control de brotes que no exceda catorce días. b) Simulacros de combate de incendio que no exceda catorce días. c) Simulacro de alerta de gas que no exceda catorce días. d) Simulacro de abandono de equipo ó plataforma que no exceda catorce días. e) Simulacro de hombre al agua que no exceda dos meses. f) Simulacro de hombre accidentado que no exceda catorce días. g) Simulacro de Derrame de Hidrocarburo o fluido de control que no exceda catorce días. Todas las recomendaciones derivadas de las prácticas, simulacros y ejercicios, deben revisarse y actualizarse mensualmente hasta su cumplimiento, bajo la coordinación del responsable de la Instalación. El responsable de la Instalación, debe gestionar con la persona o área correspondiente (responsable de la atención) los programas de atención de las recomendaciones derivadas de las prácticas, simulacros y ejercicios, de acuerdo a la naturaleza de las mismas.

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8.7.10 Verificaciones, inspecciones y pruebas de equipos y actividades de seguridad y salvamento Los equipos de seguridad y salvamento deben de cumplir con la normatividad Mexicana e Internacional, tales como: SOLAS-2009 capitulo última edición, Código MODU-2010 y recomendaciones de OMI. Las inspecciones y pruebas de los equipos de seguridad y salvamento deben ser realizadas por personal con capacidad para identificar los peligros y riesgos relevantes, y evaluar las condiciones identificadas conforme a la NOM-010-SCT4-1994 (ver 8. a 8.25.1), NOM-005-SCT4-2006 (ver 6.1 a 6.3) y la especificación P.9.1001.02. Se deben realizar como mínimo las verificaciones, pruebas de los equipos y actividades de seguridad y salvamento de acuerdo con la frecuencia establecida en la Tabla 6. 8.7.11 Equipo de protección personal El contratista debe realizar el estudio de higiene industrial y análisis de riesgo correspondientes para presentar un plan de dotación de equipo de protección personal para sus trabajadores de acuerdo con los riesgos identificados en la instalación acorde a la actividad por desarrollar y a las características y dimensiones físicas de los trabajadores. Lo anterior, de conformidad con la NOM-017-STPS-2008 equipo de protección personal-selección, uso y manejo en los centros de trabajo puntos 5.3., 5.4., 5.5, apéndice a y considerando para aquellos riesgos por exposición de sus trabajadores a sustancias químicas. Así también, verificar que dicho equipo de protección personal se encuentre en buenas condiciones de uso y vigilar que lo utilicen. Antes de iniciar las actividades propias del contrato, debe presentar un plan de dotación de equipo de protección personal para sus trabajadores que laboren o ingresen a instalaciones petroleras, áreas arrendadas o concesionadas, los cuales deben ser los indicados a los riesgos identificados en dichas instalaciones. En las instalaciones de PEP o áreas concesionadas o arrendadas al mismo, el personal del contratista o arrendador debe utilizar el equipo de protección personal adecuado a la realización de sus actividades. Durante la ejecución de los trabajos el personal contratista o arrendador debe utilizar el equipo de protección personal adecuado a la realización de sus actividades. El contratista o arrendador al ejecutar las operaciones, actividades o servicios amparados en un contrato con PEP, debe en todo momento evitar los riesgos que puedan afectar la salud e integridad física de personas y causar daños a las propiedades. 8.7.12 Equipo de protección personal Únicamente se le debe permitir el acceso al personal que porte el equipo de protección personal establecida en la instalación. 8.7.13 Equipo de protección personal de acuerdo al riesgo Además debe utilizar durante el desarrollo de sus labores, el equipo de protección adecuado al riesgo al que está expuesto y que debe cumplir con la regulación Mexicana e internacional. El EPP a utilizar son: a) Guantes para trabajos generales, trabajos pesados y contra químicos. b) Protección ocular, lentes y gogles de seguridad protección primaria de los ojos (lentes, gogles, pantalla

facial). c) Equipo de protección respiratoria (polvo tóxico, nube tóxica, humo de soldadura y vapores orgánicos). d) Chaleco salvavidas de trabajo. e) Chaleco salvavidas para evacuación (abandono) f) Equipo de protección auditiva (tapones y orejeras)

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Verificación Frecuencia Responsable

Verificación y prueba de bombas de contraincendio. Catorcenal. Supervisor de mantenimiento mecánico.

Verificación y pruebas de extintores portátiles y semifijos. Catorcenal. (REMI y REMI -MIXTO) Encargado de seguridad,

(ADMON.) persona designada por la MAI.

Censo de equipo de seguridad y contra incendio. Catorcenal. (REMI y REMI -MIXTO) Encargado de seguridad, (ADMON.) persona designada por la MAI.

Verificación de grúas costa afuera. Catorcenal. Supervisor de mantenimiento mecánico y gruero.

Verificación de canastilla para transporte de personal. Catorcenal. (REMI y REMI-MIXTO) Encargado de seguridad,

(ADMON.) persona designada por la MAI.

Verificación de seguridad a equipo para perforación. Catorcenal Inspector técnico de perforación y perforador.

Prueba de preventores y conexiones superficiales y de control. Catorcenal Inspector técnico de perforación y perforador.

Supervisión de trabajos con riesgo. Cada vez que suceda.

(REMI y REMI-MIXTO) Encargado de seguridad, (ADMON.) persona designada por la MAI.

Impartición de pláticas de seguridad. Diario. Superintendente, I.T.P., encargado de seguridad.

Verificación de equipo para trabajos de altura y retractiles. Catorcenal. (REMI y REMI-MIXTO) Encargado de seguridad,

(ADMON.) persona designada por la MAI.

Protección contraincendio en operaciones de quema al quemador.

Cada vez que suceda.

(REMI y REMI-MIXTO) Encargado de seguridad, (ADMON.) persona designada por la MAI.

Inspección a equipos de Protección ambiental (Tratadora de aguas negras, compactador de basura, trituradora de alimentos y potabilizadora.

Catorcenal Supervisor de Mantenimiento Mecánico

Verificación de los 13 sistemas de seguridad. Catorcenal. (REMI y REMI-MIXTO) Encargado de seguridad, (ADMON.) persona designada por la MAI.

Recorrido y verificación de Acta de Comisión Mixta de Seguridad e Higiene Catorcenal Integrantes de la CMSH

Sistema eléctrico interno del bote (cargador de baterías, baterías, alumbrado interior, alternador, regulador de voltaje).

Catorcenal Supervisor de mantenimiento eléctrico.

Arrancador del motor eléctrico del sistema de izaje del malacate (Caja de conexiones, tablero de control, gabinete del arrancador, revisión de fusibles, pruebas de aislamiento al motor).

Catorcenal Supervisor de mantenimiento eléctrico.

Motor eléctrico del malacate del bote de salvamento (desmontaje, lubricación y cambio de rodamientos, instalación y alineación de motor).

Trimestral Supervisor de mantenimiento eléctrico.

Motor de combustión interna del bote, marchas, sistema de izaje, propelas, timón, ganchos y cables de izaje.

Catorcenal Supervisor de mantenimiento mecánico.

Tabla 6 Verificaciones y pruebas de equipo de seguridad y salvamento

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g) Equipo para soldador (careta, gogles para soldador, polainas y peto) h) Sistema de comunicación adaptable al casco manos libres, de acuerdo con lo previsto en el numeral 8.2.2.1

de la NRF-058-PEMEX-2004, seguridad - equipo de protección personal - protectores auditivos - determinación de la atenuación en oído real - método de prueba.

i) Equipo de protección contra caídas (arnés especial para chango, línea de posicionamiento (cola), Autoretráctiles 3,05 m (10 ft), 6,10 m (20 ft), 15,24 m (50 ft), arnés para suspensión y elevación, andamios, correas transversales de brazos cruzados, un sistema para transito vertical hombre segura para escalera de la torre o mástil y un sistema de escape para chango), de acuerdo con lo previsto en la NRF-024-PEMEX-2009 requisitos mínimos para cinturones, bandolas, arneses, líneas de sujeción y líneas de vida.

j) Equipos para bombero casco, botas, chaquetón y pantalón. 8.7.14 Señalización La señalización en el interior del equipo ó plataforma genera directrices de conducta en los empleados. Estas señales se dividen en preventivas, obligatorias, salvamento, prohibitivas e informativas que a través de la combinación de una forma geométrica, un color y un símbolo, proporciona una indicación determinada y relacionada con la seguridad, para la protección de la integridad física de los trabajadores, de la instalación y del medio ambiente. La señalización debe estar en cualquier idioma y en español, y la cantidad debe definirse de acuerdo a las características del equipo, misma que debe ser conciliada con PEP. El tamaño de las señales de seguridad e higiene deben cumplir con el numeral 8.6 “Dimensiones de la señales de seguridad e higiene” de la NOM-026-STPS-2008 colores y señales de seguridad e higiene, e identificación de riesgos por fluidos conducidos en tuberías. Para el caso de Equipos instalados en Estructuras marinas Fijas se debe cumplir con la Especificación Técnica de colores y letreros para identificación de instalaciones y vehículos de transporte. P.3.0403.01:2009 3ra edición, colores y letreros para identificación de instalaciones y vehículos de transporte. El significado de los colores debe ser el que se describe en la Tabla 7.

Letra Color Significado

A Rojo Prohibición y parada.

B Azul Obligación e indicaciones.

C Amarillo Tensión y peligro.

D Verde Seguridad y primeros auxilios.

Tabla 7 Interpretación de señalamientos Las áreas de señalamiento se describen en las tablas 8 a 23. Los señalamientos en la Corona, torre y changuero deben ser como se muestra en la Tabla 8:

No. Señalamiento Letra Área

1 Uso obligatorio de cinturón de seguridad en trabajos en altura. B Changuero

2 Prohibido el paso a toda persona no autorizada. A Torre

3 Uso obligatorio de cinturón de seguridad en trabajos en altura. B Torre

Tabla 8 Ubicación de señalización en corona, torre y changuero

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Los señalamientos en la Subestructura y piso de perforación deben ser como se muestra en la Tabla 9:

No. Señalamiento Letra Área

1 Prohibido fumar en el área de trabajo. A Piso rotaria

2 Uso obligatorio del equipo de seguridad. B Piso rotaria

3 Camine con precaución piso resbaloso. C Piso rotaria

4 Mantenga limpia esta área de trabajo, evite accidentes. B Piso rotaria

5 Extintor. A Piso rotaria

6 Extintor. A Subestructura

7 No obstruya el equipo de contraincendio. A Piso rotaria

8 No obstruya el equipo de contraincendio. A Subestructura

9 Ruta de evacuación. D Piso rotaria

b10 Evite caídas, use el pasamanos al subir o bajar escaleras. C Subestructura

11 Al levantar objetos pesados, doble las rodillas y no la espalda, cuide su columna. C Piso rotaria

12 Regadera de emergencia. D Subestructura

13 Estación de lava ojos. D Subestructura

Tabla 9 Ubicación de señalización en subestructura y piso de perforación Los señalamientos en el Área de preventores deben ser como se muestra en la Tabla 10:

No. Señalamiento Letra Area

1 Peligro H2S puede estar presente. C Preventores

2 Prohibido fumar. A Preventores

3 Uso obligatorio de cinturón de seguridad en trabajos en altura. B Preventores

4 Mantenga limpia esta área de trabajo, evite accidentes. B Preventores

5 Política de seguridad y ecología. B Preventores

6 Precaución alta presión. C Preventores

7 Precaución no tocar las válvulas. C Preventores

8 Uso obligatorio de equipo de seguridad. B Preventores

Tabla 10 Ubicación de señalización en el Área de Preventores

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Los señalamientos en las Presas de lodo, cuarto químico, almacenes y cuarto de máquinas deben ser como se muestra en la Tabla 11:

No. Señalamiento Letra Área 1 Uso obligatorio de protección respiratoria. B Presas de lodo

2 Precaución uso de guantes de goma obligatorio al manejar sustancias químicas. B Silos barita /

cemento 3 Regadera de emergencia. D Silos de barita

4 Estación lavaojos. D Silos de barita

5 Ruta de evacuación. D Silos de barita / cemento

6 Prohibido fumar. A Presas de lodo

7 Extintor. A Silos de barita

8 Uso obligatorio de lentes de seguridad. B Silos de barita / cemento

9 Mantenga limpia esta área de trabajo, evite accidentes. B Silos de barita / cemento

10 Espacio reducido se requiere autorización de entrada, llame a su supervisor. C Silos de barita /

cemento 11 Extintor. A Presas de lodo

12 Extintor. A Silos de barita / cemento

13 Extintor. A Almacenes

Tabla 11 Ubicación de señalización en presas de lodo, cuarto químico, almacén y cuarto de máquinas Los señalamientos en las Bombas centrifugas y bombas de lodo deben ser como se muestra en la Tabla 12:

No. Señalamiento Letra Área

1 Uso obligatorio de protección auditiva. B Bombas Centrifugas

2 Mantenga limpia esta área de trabajo, evite accidentes. B Bombas Centrifugas

3 Precaución no tocar las válvulas. C Bombas Centrifugas

4 Uso obligatorio de protección auditiva. B Bomba de lodo

5 Mantenga limpia esta área de trabajo, evite accidentes. B Bomba de lodo

6 Precaución alta presión. C Multiple bombas

7 Precaución no tocar las válvulas. C Bomba de lodo

8 Uso obligatorio de equipo de seguridad. B Multiple bombas

9 Precaución al golpear con el marro use la herramienta adecuada no la mano. C Multiple bombas

10 Extintor. A Bomba de lodo

Tabla 12 Ubicación de señalización en bombas centrífugas y bombas de lodo

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Los señalamientos en el paquete ó modulo de motogeneradores y compresores deben ser como se muestra en la Tabla 13:

No. Señalamiento Letra Área

1 No operar equipo en reparación. C Motogenerador

2 Uso obligatorio de protección auditiva. B Motogenerador

3 Peligro alto voltaje. C Motogenerador

4 Prohibido el paso a toda persona no autorizada. A Motogenerador

5 Extintor. A Motogenerador

6 Ruta de evacuación. D Motogenerador

7 Prohibido fumar. A Motogenerador

8 Mantenga limpia esta área de trabajo, evite accidentes. B Motogenerador

9 Aire comprimido para tubería de 25,4 mm (1 pulg) para área de compresores. C Compresores

10 Mantenga limpia esta área de trabajo, evite accidentes. B Compresores

11 Ruta de evacuación. D Compresores

12 Prohibido fumar. A Compresores

13 Extintor. A Compresores

14 Precaución no tocar las válvulas. C Compresores

15 Precaución no camine no corra. C Compresores

16 Advertencia, maquinaria arranca sola. C Compresores

17 Peligro, no accionar este interruptor. C Compresores

Tabla 13 Ubicación de señalización en motogeneradores y compresores Los señalamientos en los tanques de agua y tanques de diesel deben ser como se muestra en la Tabla 14:

No. Señalamiento Letra Área 1 Uso obligatorio de cinturón de seguridad en trabajos en altura. B Tanque de diesel

2 Uso obligatorio de cinturón de seguridad en trabajos en altura. B Tanque de agua

3 Uso obligatorio de equipo de protección personal. B Tanque diesel / agua

4 Diesel para tubería de 101.6 mm (4 pulg). C Tanque de diesel

5 Diesel para tubería de 50.8 mm (2 pulg). C Tanque de diesel

6 Peligro inflamable. C Tanque de diesel

7 Mantenga limpia esta área de trabajo, evite accidentes. B Tanque diesel / agua

8 Precaución, no tocar las válvulas. C Tanque diesel / agua

9 Extintor. A Diesel

Tabla 14 Ubicación de señalización en tanques de agua y tanques de diesel

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Los señalamientos en áreas de temblorinas deben ser como se muestra en la Tabla 15:

No. Señalamiento Letra Área 1 Peligro H2S puede estar presente. C Temblorinas 2 Prohibido fumar. A Temblorinas 3 Extintor. A Temblorinas 4 Uso obligatorio de equipo de seguridad. B Temblorinas 5 Ley general del equilibrio ecológico. B Temblorinas 6 Regadera de emergencia. D Temblorinas 7 Estación lavaojos. D Temblorinas

Tabla 15 Ubicación de señalización en áreas de temblorinas

Los señalamientos en el patio de tuberías deben ser como se muestra en la Tabla 16:

No. Señalamiento Letra Área

1 Al levantar objetos pesados, doble las rodillas no la espalda cuide su columna. B Tubería

2 Uso obligatorio de zapatos de seguridad. B Tubería

3 Uso obligatorio de guantes de seguridad. B Tubería

4 Uso obligatorio de equipo de seguridad. B Tubería

5 Uso obligatorio de lentes de seguridad. B Tubería

6 Prohibido fumar. A Tubería

7 Extintor. A Tubería

8 Políticas de seguridad y ecología. B Tubería

Tabla 16 Ubicación de señalización en patio de tuberías

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Los señalamientos en el segundo nivel habitacional deben ser como se muestra en la Tabla 17:

No. Señalamiento Letra Área

1 Este sanitario es para su conveniencia ayúdenos a conservarlo limpio. B Baños/habitacional

2 Evite caídas use el pasamanos al subir o bajar escaleras. C Habitacional

3 Sea precavido su familia lo espera. C Baños/habitacional

4 Mantenga este lugar limpio y aseado. B Baños/habitacional

5 Desechos orgánicos. B Comedor

6 Desechos inorgánicos. B Comedor

7 Prohibido fumar. A Habitacional

8 Salida. D Habitacional

9 Ruta de evacuación derecha. D Habitacional

10 Ruta de evacuación izquierda. D Habitacional

11 Extintor. A Habitacional

12 No se permiten armas de fuego ni bebidas alcohólicas dentro de las instalaciones. A Habitacional

Tabla 17 Ubicación de señalización en el segundo nivel del área habitacional

Los señalamientos en el tercer nivel habitacional deben ser como se muestra en la Tabla 18:

No. Señalamiento Letra Área

1 Este sanitario es para su conveniencia ayúdenos a conservarlo limpio. B Baños/habitacional

2 Sea precavido su familia lo espera. C Baños/habitacional

3 Evite caídas use el pasamanos al subir o bajar escaleras. C Habitacional

4 Mantenga este lugar limpio y aseado. B Baños/habitacional

5 Prohibido fumar. A Baños/habitacional

6 Salida. D Baños/habitacional

7 Ruta de evacuación derecha. D Baños/habitacional

8 Ruta de evacuación izquierda. D Baños/habitacional

9 Extintor. A Baños/habitacional

10 No se permiten armas de fuego ni bebidas alcohólicas dentro de las instalaciones. A Baños/habitacional

Tabla 18 Ubicación de señalización en el tercer nivel del área habitacional

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Los señalamientos en el primer nivel habitacional deben ser como se muestra en la Tabla 19:

No. Señalamiento Letra Área 1 Evite caídas use el pasamanos al subir o bajar las escaleras. C Habitacional

2 Evite caídas use el pasamanos al subir o bajar las escaleras. C Sub estructura

3 Peligro alto voltaje. A Habitacional

4 Sea precavido su familia lo espera. C Habitacional

5 Prohibido fumar. A Habitacional

6 Salida. D Habitacional

7 Ruta de evacuación derecha. D Habitacional

8 Ruta de evacuación izquierda. D Habitacional

9 Extintor. A Habitacional

10 Desechos orgánicos. B Habitacional

11 Desechos inorgánicos. B Habitacional

12 Reportarse a la administración. B Habitacional

13 No se permiten armas de fuego ni bebidas alcohólicas dentro de las instalaciones. A Habitacional

14 Días sin accidentes. D Habitacional

15 Gabinete de contraincendio. A Habitacional

Tabla 19 Ubicación de señalización en el primer nivel del área habitacional Los señalamientos en la caseta de perforador, área de bomba Koomey y malacate deben ser como se muestra en la Tabla 20:

No. Señalamiento Letra Área 1 Precaución no tocar las válvulas. C Bomba Koomey

2 Precaución alta presión. A Bomba Koomey

3 Mantenga limpia esta área de trabajo, evite accidentes. B Bomba Koomey

4 Prohibido fumar en áreas de trabajo. A Bomba Koomey

5 Extintor. A Perforador

6 Mantenga limpia esta área de trabajo, evite accidentes. B Perforador

7 Botiquín de primeros auxilios. D Perforador

8 Uso obligatorio de equipo de protección auditiva. B Perforador

Tabla 20 Ubicación de señalización en caseta del perforador, área de bomba Koomey y malacate

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Los señalamientos en el Área de carga y descarga deben ser como se muestra en la Tabla 21:

No. Señalamiento Letra Área 1 Precaución área de carga y descarga. C Carga/descarga

2 Evite colocarse debajo de cargas suspendidas. C Carga/descarga

3 Evite caídas use el pasamanos al subir o bajar las escaleras. C Carga/descarga

4 Precaución no tocar las válvulas. C Carga/descarga

5 Uso obligatorio de equipo de seguridad. B Carga/descarga

6 Extintor. A Carga/descarga

Tabla 21 Ubicación de señalización en área de carga y descarga Los señalamientos en el múltiple de estrangulación deben ser como se muestra en la Tabla 22:

No. Señalamiento Letra Área

1 Precaución no golpear con el marro, use la herramienta adecuada no la mano. C Múltiple

2 Tubería de alta presión, para tubería de 101.6 mm (4 pulg). C Múltiple

3 Precaución no tocar las válvulas. C Múltiple

4 Peligro no encender fuego. A Múltiple

Tabla 22 Ubicación de señalización en múltiple de estrangulación. Los señalamientos en el cuarto de control y potencia PCR deben ser como se muestra en la Tabla 23:

No. Señalamiento Letra Área 1 Peligro alto voltaje. C PCR

2 Prohibido el paso a toda persona no autorizada. A PCR

3 Prohibido fumar. A PCR

4 Extintor. A PCR

5 Etiqueta de bloque y advertencia “peligro no operar “. C PCR

Tabla 23 Ubicación de señalización en cuarto de control y potencia PC Los señalamientos en la heliplataforma deben cumplir con la NRF-174-PEMEX-2007, helipuertos de acero en plataformas marinas fijas. 8.8 Salud en el trabajo 8.8.1 Elementos relacionados a salud en el trabajo Para preservar el desarrollo de las actividades del personal que generen un riesgo potencial, el prestador de los servicios debe presentar los estudios y programas que de manera enunciativa, más no limitativa se describen a continuación, entre otros:

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a) Equipos y dispositivos a utilizarse en casos de alto nivel sonoro y vibraciones. b) Estudio de ruido a lo establecido en la NOM-011-STPS-2001 condiciones de seguridad e higiene en los

centros de trabajo donde se genere ruido. c) Estudio de Vibración de la instalación de acuerdo con lo establecido en la NOM-024-STPS-2001

vibraciones-condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo. d) Estudio de Iluminación. De acuerdo a lo establecido en la NOM-025-STPS-2008. e) Estudio de Temperatura. De acuerdo a lo establecido en la NOM-015-STPS-2001 condiciones térmicas

elevadas o abatidas - condiciones de seguridad e higiene. f) Programas de seguimiento de las recomendaciones derivadas de los estudios de ruido. g) Registros de las acciones correctivas. h) Formación de brigadas de "primeros auxilios". i) Programa de fumigación. j) Registros de fumigación. k) Calidad del agua para servicios, uso y consumo humano de acuerdo con lo establecido en la NOM-127-

SSA1-1994 salud ambiental, agua para uso y consumo humano - límites permisibles de calidad y tratamientos a que debe someterse el agua para su potabilización.

l) Programas de muestreo de aguas residuales y potables. m) Registros y informes de muestreo. n) Planos y diagramas de plantas, equipos e instalaciones para la potabilización, almacenamiento y

distribución de agua. o) Manuales de operación de plantas, equipos e instalaciones para la potabilización. p) Registros y informes de inspección y mantenimientos efectuados. q) Programa de capacitación de operación de plantas, equipos e instalaciones para la potabilización de agua. r) Manejo de sustancias químicas de acuerdo a lo establecido en la NOM-010-STPS-1999 condiciones de

seguridad e higiene en los centros de trabajo donde se manejen, transporten, procesen o almacenen sustancias químicas capaces de generar contaminación en el medio ambiente laboral (modificada DOF-27/feb/2001).

8.8.2 Atlas de riesgos El arrendador o contratista, debe cumplir en el primer trimestre de la vigencia del contrato con la presentación del Atlas de Riesgos, del centro de trabajo o instalación correspondiente y se debe contar con un plano de localización de equipos, actualizado de la instalación, en el cual existan espacios donde registrar los datos resultantes de la identificación, evaluación y control de los factores y agentes de riesgo a la salud presentes en la instalación, determinados conforme a: a) NOM-001-STPS-2008, relativa a las Condiciones Seguridad e Higiene. b) NOM-005-STPS-1998, relativa a las condiciones de Seguridad e Higiene en los Centros de Trabajo para el

manejo, transporte y almacenamiento de sustancias químicas peligrosas. c) NOM-010-STPS-1999. Condiciones de Seguridad e Higiene en los Centros de Trabajo donde se manejen,

transporten, procesen o almacenen sustancias químicas capaces de generar contaminación en el medio ambiente laboral.

d) NOM-011-STPS-2001.Condiciones de Seguridad e Higiene en los Centros de Trabajo donde se genere ruido.

e) NOM-012-STPS-1999, relativa a las Condiciones de Seguridad – Radiaciones ionizantes. f) NOM-013-STPS-1993, relativa a las Condiciones de Seguridad – Radiaciones no ionizantes. g) NOM-014-STPS-2000, relativa a la Exposición laboral a presiones ambientales anormales-condiciones de

Seguridad e Higiene. h) NOM-015-STPS-2001, relativa a las Condiciones térmicas elevadas o abatidas. i) NOM-017-STPS-2008, relativa a los Equipos de Protección personal – Selección, uso y manejo de los

centros de trabajo. j) NOM-024-STPS-2001 Vibraciones-Condiciones de Seguridad e Higiene en los Centros de Trabajo. k) NOM-025-STPS-2008 Condiciones de iluminación en los centros de Trabajo.

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l) Reglamento de Seguridad e Higiene de Petróleos Mexicanos y Organismos.

Cada área en las que está dividido el centro de trabajo o instalación se debe identificar con una clave (letras, números romanos o arábigos), con el fin de relacionar fácilmente dicha área con los datos que le corresponden. 8.8.3 Medidas de control para los agentes o contaminantes El arrendador o contratista, debe cumplir con la elaboración de guía general de medidas que pueden adoptarse para lograr un adecuado control de los agentes de riesgo a la salud. Las buenas prácticas de ingeniería señalan que durante el control de los agentes estresantes del ambiente laboral, se deben analizar las siguientes secuencias de recomendaciones para establecer las medidas de control y considerar como recurso final la protección al personal: a) Eliminación del agente o del contaminante en el punto de origen: a1) Modificar o sustituir un material tóxico por uno menos tóxico, que sea igualmente útil para los procesos. a2) Propuesta de cambio en el diseño del equipo, instalación o proceso de trabajo. a3) Orden, limpieza y mantenimiento de equipos e instalaciones. b) Control en el ambiente (medio): b1) Aislamiento de la fuente de contaminación, de los procesos, equipos y áreas. b2) Confinación de la fuente. b3) Ventilación local y general. c) Protección al personal de acuerdo a la NOM-011-STPS 2001 c1) Aislar al trabajador. c2) Limitar el tiempo y la frecuencia de exposición. c3) Capacitación y adiestramiento. c4) Equipo de protección personal. d) Protección del área de trabajo d1) El contratista debe delimitar la zona, para impedir el paso de personal ajeno al área de trabajo, mediante

señalamientos convenientes (avisos, cintas, barras movibles, entre otros.), los cuales debe suministrar el propio contratista, cuando exista el riesgo de caída de objetos o que personal ajeno pueda caer al vacío.

d2) En caso de que el contratista considere que por seguridad sea indispensable el bloqueo momentáneo de puertas, áreas de circulación de personal, pasillos o salidas de emergencia, durante el desarrollo del trabajo contratado, debe avisar con toda oportunidad al representante de PEP en la instalación para que éste se lo autorice. Así también, debe colocar avisos y los señalamientos necesarios para indicar los cambios en la circulación del personal y el riesgo generado que motivo tal bloqueo.

8.8.4 Avisos y estadísticas de accidentes y enfermedades de trabajo El arrendador o contratista debe cumplir de acuerdo a lo establecido en la NOM-021-STPS-1994, Requerimientos y Características de los Informes de los Riesgos de Trabajo que ocurran, para Integrar las Estadísticas y Anexo S; dar aviso por escrito a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y al supervisor y área de seguridad de PEP de los accidentes de trabajo ocurridos. El arrendador o contratista está obligado a elaborar y comunicar a la comisión de seguridad e higiene del centro de trabajo, las estadísticas de los riesgos de trabajo acaecidos en el transcurso de cada año, así como informar acerca de las causas que los motivaron, dichas estadísticas deben presentarlas a la Secretaría cuando ésta así se lo requiera.

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8.9 Protección ambiental Los equipos convencionales, empaquetados, flotantes, tipo tender y las plataformas autoelevables de perforación, terminación y reparación de pozos deben de cumplir con la normatividad oficial: • NRF-040-PEMEX-2005 “Manejo de Residuos en Plataformas Marinas de Perforación y Mantenimiento de

Pozos”. • NRF-261-PEMEX-2010. “Manejo integral de recortes de perforación impregnados con fluidos de control base

aceite, generados durante la perforación y mantenimiento de pozos petroleros”. • LGEEPA título primero capítulo IV, título cuarto capítulo I, capítulo III, capítulo VI; Reglamento de LGEEPA

en materia de evaluación del impacto ambiental capítulo II. • Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los residuos así como su reglamento. • Reglamento de LGEEPA en materia prevención y control de la contaminación atmosférica. • Reglamento para prevenir y controlar la contaminación del mar por vertimiento de desechos y otras materias. • ANEXO “S” “Obligaciones de seguridad, salud ocupacional y protección ambiental de los arrendadores o

contratistas que realizan actividades en instalaciones de Pemex-Exploración y Producción”. La Normatividad Internacional que se menciona a continuación: • Los requerimientos de SOLAS-2009. • Código MODU-2010 capitulo 14 secciones 2 y 3. • MARPOL Anexo I regla 16, 17, 20 y 21, Anexo IV, Anexo V regla 4 y 9. Así como los lineamientos emitidos por el Subsistema de Administración Ambiental (SAA) del Sistema de Seguridad, Salud y Protección Ambiental, el cual su objetivo es identificar los aspectos ambientales y controlar el impacto ambiental significativo, sobre el cual es posible tener influencia alguna, en relación a las actividades asociadas con la exploración y la explotación de los yacimientos de petróleo y gas. Los equipos y herramientas necesarios para detectar, evaluar, controlar y mitigar los riesgos en materia ambiental de todos los procesos operativos de perforación de pozos, para proteger al personal, el medio ambiente y las instalaciones. Se deben localizar todos los riesgos en un mapa ambiental ubicando los sistemas, equipos y demás accesorios para proteger el ambiente (aire, agua y suelo). 8.10 Documentación Requerida Documentación que debe entregar el Arrendador por cada tipo de equipo se especifica en la Tabla 24 de esta Norma de Referencia. 1. Certificado de clase vigente, en la que se indique que el equipo arrendado este en clase. 2. Certificado Internacional de Prevención de la Contaminación por Hidrocarburos (IOPP), actualizado. 3. Certificado Internacional de prevención de la contaminación por aguas sucias (1973), actualizado. 4. Declaración de Hechos de última inspección de grúas. 5. Informe de inspección de pruebas no destructivas de los principales componentes del equipo 6. Plano de seguridad, arreglo general y salvamento. 7. Certificados de administración de seguridad internacional (CGS – ISM), actualizado. 8. Permiso de Permanencia en Aguas Nacionales. (Permisos de navegación en aguas nacionales). 9. No. de registro ambiental y No. Bitácora. 10. Título de concesión para descarga de aguas residuales. 11. Certificado de desratización o fumigación, actualizado. 12. Certificado de fabricación de cables, actualizado. 13. Certificado inspección de recipientes a presión, actualizado. 14. Certificado de fabricación: Estrobos, Eslingas, y Cadenas, actualizado.

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15. Certificado Internacional para la Protección de Buques e Instalaciones Portuarias (PBIP - ISPS), actualizado. 16. Certificado de Seguridad para Unidades Móviles de Perforación Mar adentro, actualizado. 17. Certificado de Registro / Matricula, actualizado. 18. Certificado internacional de francobordo, actualizado. 19. Certificado de última inspección o mantenimiento de los botes salvavidas y su equipo de arreado,

actualizado. 20. Certificado de construcción de Botes salvavidas, actualizado. 21. Certificados de mantenimiento anual vigente de cada balsa salvavidas, la cual se verificará con el número de

serie. 22. Certificado de inspección y mantenimiento anual vigente del equipo contraincendio. 23. Certificado de Gestión de la Seguridad (del equipo autoinstalable tipo tender), actualizado. 24. Libro de estabilidad 25. Certificado de radiotelefonía o licencia de estación de radio, actualizado. 26. Certificado de Oficial de Protección del Buque vigente, emitido por marina mercante, cuando aplique. De

acuerdo a lo indicado en: inciso l del 8.2.2.1, inciso aa del 8.3.2.1, inciso bb del 8.4.2.1 e inciso u 8.5.2.1. 27. Informes de los resultados de la calibración de los dispositivos de seguridad (Gas y fuegos). 28. Carta patronal (cuando aplique) que acredite las habilidades y conocimiento del trabajador en la categoría a

desempeñar. 29. .Documentación que avale la experiencia y capacitación requerida, de acuerdo a cada una de las categorías

requeridas en las bases de licitación: A. Escolaridad: Certificados, Cédula profesional, Título profesional. B. Cursos de capacitación. C. Constancias de: Supervivencia en el mar, Contraincendio básico y avanzado, Primeros auxilios básico y

avanzado. 9 RESPONSABILIDADES 9.1 Contratistas y Arrendadores a) Cumplir como mínimo con los requerimientos especificados en esta norma. b) Cumplir con la normatividad Mexicana e internacional en la materia. c) Cumplir las disposiciones en materia de seguridad industrial y protección ambiental, que establece PEP en

esta norma y en el contrato respetivo. d) Contar con un plan de contingencia para atención a emergencias autorizado por PEP, e implementarlo

cuando sea necesario. e) Contar con un “Seguro de Riesgo Ambiental” conforme se establece en el Artículo 147 Bis de la Ley General

del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente vigente. 9.2 Pemex Exploración y Producción (PEP) a) Aplicar los requisitos de esta norma, en las actividades que se realicen para arrendamiento de Equipos ó

Plataformas Marinas de perforación, terminación y reparación de pozos. b) Promover el conocimiento y cumplimiento de esta norma de referencia entre las áreas usuarias de PEP y en

la contratación de los servicios. c) Difundir esta norma, tanto al personal de las áreas involucradas como a los prestadores de servicios. d) Proporcionar los planos más actualizados de arribo de líneas submarinas al prestador de los servicios. 9.3 Comité de Normalización de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. 9.3.1 Establecer comunicación con las áreas usuarias de PEP, así como con prestadores o contratistas, para mantener actualizado el contenido y requerimiento de la presente norma.

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9.3.2 La verificación del cumplimiento de esta norma debe ser realizada por el área usuaria, verificando y atestiguando los trabajos realizados. 10 CONCORDANCIA CON NORMAS MEXICANAS O INTERNACIONALES Esta norma de referencia tiene concordancia parcial con normas Mexicanas e internacionales indicadas en el Capítulo de Referencias con los numerales indicados en el Capítulo 8 de Desarrollo. 11 BIBLIOGRAFÍA 11.1 200-27100-SI-104-0004 Procedimiento para determinar la incapacidad de los trabajadores enfermos o lesionados frente a su puesto. 11.2 200-27100-SI-104-0005 Procedimiento para la reincorporación de los trabajadores a puestos compatibles con su estado de salud 11.3 2000-27100-SI-102-0008. Procedimiento para establecer la compatibilidad entre los requerimientos del puesto y perfil del trabajador. 11.4 205-21400-PA-318-010 procedimiento para el manejo de residuos sólidos en plataformas marinas desviaciones a programas y objetivos 11.5 200-22100-PA-118-0003. Procedimientos operativos para el manejo de residuos peligrosos en Pemex-Exploración y Producción. 11.6 PREE-SS-OP-005-2008 Plan general de respuesta a emergencias en equipos de perforación y manteniendo de pozos División Marina. 11.7 API RP2L 1996 Recommended Practice for Planning, Designing, and Constructing Heliports for Fixed Offshore Platforms. (Práctica recomendada para el planeación, diseño, y construcción de los Helipuertos para las plataformas costa afuera fijas). 11.8 API Spec 2C-2004 Specification for Offshore Pedestal Mounted Cranes, (Especificación para las grúas montadas en pedestal costa afuera). 11.9 BOEMRE The Bureau of Ocean Energy Management, Regulation and Enforcement (Oficina para la administración, regulación y aplicación de la energía del mar), Edición 2010. 11.10 Convenio sobre Aviación Civil, Anexo 14, Volumen II, segunda edición 1995. 11.11 Manual de Helipuertos, Doc 9261-AN/903 de la OACI, Tercera Edición, 1995. 11.12 NFPA-418 Standard for Heliports 2001 Edition, (Estándar para los helipuertos). 11.13 P.3.0403.01: 2009 tercera edición colores y letreros para identificación de instalaciones y vehículos de transporte. 11.14 P.9.1001.02 Botes salvavidas totalmente cerrados para instalaciones de Pemex Exploración y Producción (segunda edición).

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11.15 PG-LO-OP-0001-2011 Procedimiento para el posicionamiento de plataformas y artefactos navales en el área marina de influencia de PEP”. 11.16 Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en materia de Residuos Peligrosos. 11.17 Reglamento de la Ley de navegación, actualizada en el Diario Oficial de la Federación. 11.18 Reglamento de Seguridad e Higiene de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. Primera actualización 2007. 11.19 Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo, emitido por la Secretaría de Trabajo y Previsión Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 21 de enero de 1997.

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12. ANEXOS

Documentación Descripción Emisor Flotantes y Autoelevables

Fijas con equipo

convencional o aligerado

Tipo tender autoinstalable

Certificado de clase. Casco, maquinaria y equipo (informe de última inspección anual y/o especial, estatus de clase no mayor a 2 mes emitido por la casa clasificadora).

Casa clasificadora. X X

Certificado Internacional de Prevención de la Contaminación por Hidrocarburos (IOPP).

Cumplimiento de las reglas de MARPOL regulación 4 del Anexo I de la convección del IOPP, 1973, en cuanto a contaminación.

Gobierno de origen. X X

Certificado Internacional de prevención de la contaminación por aguas sucias (1973).

Avala la responsabilidad por contaminación del agua.

Gobierno de origen u Organización

autorizada por la OMI.

X

Declaración de Hechos de última inspección de grúas.

Último informe de inspección anual de grúas (Statement of Facts). Casa clasificadora. X X

Informe de inspección de pruebas no destructivas de los principales componentes del equipo

Informe de estado de hechos de inspección y pruebas a sistemas de anclaje de equipos en piso de perforación y herramientas utilizadas.

Empresa certificada por casa

clasificadora para efectuar pruebas no

destructivas.

X X

Plano de seguridad, arreglo general y salvamento. Plano de distribución de equipos actualizado Fabricante de la

instalación. X X

Certificados de administración de seguridad internacional (CGS – ISM).

- Documento de cumplimiento de las oficinas en tierra (DOC).

- Certificado de gestión de la seguridad de la plataforma (SMC).

Obligatorio para embarcaciones

mexicanas. X

Tabla 24 Permisos, licencias, documentos y certificaciones que deben presentar los Arrendadores de las Plataformas y Equipos Marinos

convencionales, modulares, autoelevables, flotantes y tipo tender

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Documentación Descripción Emisor Flotantes y Autoelevables

Fijas con equipo

convencional o aligerado

Tipo tender autoinstalable

Permiso de Permanencia en Aguas Nacionales. Autorización para posicionarse en aguas nacionales.

SCT (Dirección General de Puertos y

Marina Mercante) X X

No. de registro ambiental y No. Bitácora.

Autorización para manejo de residuos peligrosos y no peligrosos. SEMARNAT X X

Titulo de concesión para descarga de aguas residuales.

Autorización estatal para descargas en aguas residuales o comprobante de trámite de esa autorización.

CNA X X X

Certificado de desratización. Emitido por compañía de control técnico de plagas con licencia sanitaria emitida por la SSA.

SSA / bandera mexicana, bandera extranjera / Sanidad internacional de la

Secretaria de Salud

X X X

Certificado de fabricación de cables. - De grúa. - De malacates. - De botes y balsas salvavidas.

Fabricante del equipo.

X X

Certificado inspección de recipientes a presión.

- Silos, - Compresores, - Tanques de almacenamiento.

Fabricante del equipo. X X

Certificado de fabricación: - Estrobos, - Eslingas, y - Cadenas.

De quien proporcione el servicio. Fabricante del equipo X X

Certificado Internacional para la Protección de Buques e Instalaciones Portuarias (PBIP - ISPS).

Emitido por la autoridad marítima mexicana correspondiente o en caso de no contar con el certificado, PEP acepta copia trámite de dicho certificado.

SCT (Dirección General de

Protección Marítima y Portuaria)

X X

Tabla 24 Permisos, licencias, documentos y certificaciones que deben presentar los Arrendadores de las Plataformas y Equipos Marinos

convencionales, modulares, autoelevables, flotantes y tipo tender (continuación)

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Documentación Descripción Emisor Flotantes y Autoelevables

Fijas con equipo

convencional o aligerado

Tipo tender autoinstalable

Certificado de Seguridad para Unidades Móviles de Perforación Mar adentro

Emitido por la casa clasificadora para certificar que está de acuerdo con las provisiones aplicables del código de construcción y equipamiento de unidad perforadora móvil costa-fuera.

Gobierno origen y/o casa clasificadora.

X

Certificado de Registro / Matricula. Emitido por el acuerdo del registrador y los nombres, residencias y descripción de los dueños y proporción en cada uno interesado en la embarcación

Registrador de embarcaciones X

Certificado internacional de francobordo.

Emitido por un convenio internacional de 1966 modifica por un protocolo en 1988 bajo la autorización del gobierno de origen

Gobierno origen y/o casa clasificadora X

Certificado de última inspección o mantenimiento de los botes salvavidas y su equipo de arreado

Emitido por una casa clasificadora aprobada por la IACS. Casa clasificadora X

Certificado de construcción de Botes salvavidas

Emitido por una casa clasificadora aprobada por la IACS. Casa clasificadora X

Certificados de mantenimiento anual vigente de cada balsa salvavidas, la cual se verificará con el número de serie.

Emitido por una casa clasificadora aprobada por la IACS. Casa clasificadora X

Certificado de inspección y mantenimiento anual vigente del equipo contraincendio.

Emitido por las leyes mexicanas S.C.T.D GMM y requisitos que marca la N.F.P.A y SOLAS-2009. Casa clasificadora X

Certificado de Gestión de la Seguridad (del equipo autoinstalable tipo tender).

Verificado en acuerdo con la sección 19.1 en apartado A del código PBIP

Código internacional por embarcaciones

de seguridad e instalaciones de

puerto

X

Tabla 24 Permisos, licencias, documentos y certificaciones que deben presentar los Arrendadores de las Plataformas y Equipos Marinos

convencionales, modulares, autoelevables, flotantes y tipo tender (continuación)

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Documentación Descripción Emisor Flotantes y Autoelevables

Fijas con equipo

convencional o aligerado

Tipo tender autoinstalable

Libro de estabilidad Avalado por la casa clasificadora o administración de la Bandera

Gobierno origen y/o casa clasificadora X

Certificado de radiotelefonía o licencia de estación de radio.

Emitido con el permiso de la Secretaría de comunicaciones y Transportes

Secretaría de comunicaciones y

transporte X

Certificado de Oficial de Protección del Buque Emitido por Marina Mercante

Secretaría de comunicaciones y

transporte X X

Informes de los resultados de la calibración de los dispositivos de seguridad (Gas y fuego)

Verificación del funcionamiento de los sistemas de detección de gas y fuego.

Compañía proveedora de

seguridad X X X

Carta patronal Emitido por el representante legal de la compañía. Arrendador X X X

Documentación que avale la experiencia y capacitación requerida.

Emitidos por Universidades, Institutos y centros de capacitación reconocidos por la SEP y/o STPS.

Centros de enseñanza / Unidades de capacitación

X X X

Tabla 24 Permisos, licencias, documentos y certificaciones que deben presentar los Arrendadores de las Plataformas y Equipos Marinos

convencionales, modulares, autoelevables, flotantes y tipo tender (continuación)

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Tipo de herramienta Especificación técnica

Flotantes y Autoelevables

Fijas con equipo convencional o

aligerado Equipo tipo Tender

Elevador tope para tubería 18°.

13,97 cm (5 ½ in), 12,70 cm (5 in), 11,43 cm (4 ½ in), 8,89 cm (3 ½ in), 7,30 cm (2 7/8 in), 6,03 cm (2 3/8 in).

X X

2 3/8 in, 2 7/8 in, 3 1/8 in, 3 ½ in,4 in, 4 ½ in y 5 in. Elevadores de cuña de 2 3/8 in, 2 7/8 in, 3 1/8 in, 3 1/2 in, 4, 4 ½ in y 5 in.

Cuñas para tubería.

13,97 cm (5 ½ in), 12,70 cm (5 in), 11,43 cm (4 ½ in), 8,89 cm (3 ½ in), 7,30 cm (2 7/8 in), 6,03 cm (2 3/8 in).

X X

Hidráulicas o neumáticas: 2 3/8 in hasta 5 in de diámetro, incluyendo adaptadores e insertos para cada una de las medidas de tubería, con orejas para su manejo y capacidad de acoplarse a la mesa rotaria. Asimismo, debe contar con operación remota desde la consola del perforador.

Cuñas de HTA.

24,13 cm (9 ½ in), 20,32 cm (8 in), 16,51 cm (6 ½ in), 12,07 cm (4 ¾ in), 7,94 cm (3 1/8 in).

X X

Cuñas lastrabarrenas 3 1/8 in, 4 ¾ in, 6 ½ in, 8 in y 9 ½ in. X

Collarines para HTA

7,94 cm (3 1/8 in), 12,07 cm (4 ¾ in), 16,51 cm (6 ½ in), 20,32 cm (8 in), 24,13 cm (9 ½ in).

X X 3 1/8 in, 4 ¾ in, 6 ½ in, 6 ¾ in, 8 in y 9 ½ in.

Cuadros para conectar o desconectar las barrenas.

26 in,18 ½ in,14 ½ in, 10 5/8 in, 8 ½ in 7 5/8 in y 4 ½ in.

X

Tabla 25 Herramientas para el manejo de las diferentes Sartas de perforación

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Tipo de herramienta Especificación técnica

Flotantes y Autoelevables

Fijas con equipo convencional o

aligerado Equipo tipo Tender

Herramientas para el manejo de las tuberías de perforación

2 3/8 in, 2 7/8 in, 3 1/8 in 3 ½ in, 4 in, 4 ½ in y 5 in.

X

Herramientas para el manejo de lastrabarrenas

2 3/8 in, 3 1/8 in, 4 ¾ in, 6 ½ in, 8 in y 9 ½ in in.

X

Llaves de apriete Tipo “B” y “C” X

Llaves de fuerza.

Llave roladora neumática para una presión de aire de 6,33 kg/cm2 a 8,44 kg/cm2 (90 psi a 120 psi)

8,89 cm a 24,13 cm (3 ½ in a 9 ½ in) X X X

Tipo DB, [8 986,58 kg-m (65 000 lb-ft)].

C/ quijadas 8,89 cm a 43,18 cm (3 ½ in a 17 in).

X X

Tipo C, [4 838,93 kg-m (35 000 lb-ft)].

C/ quijadas 6,03 cm a 19,37 cm (2 3/8 in a 7 5/8 in).

X X

Tipo SDD alto torque [13 825,52 kg-m 100 000 lb-ft)].

10,16 cm a 43,18 cm (4 in a 17 in). X X

X (90000 lb-ft)

Tipo B y tipo C de todos los diámetros llaves de alto torque [13 825,52 kg-m (100 000 lb-ft)]

11,43 cm a 44,45 cm (4 ½ in a 17 ½ in) NO APLICA X

Juego llaves para tubería de revestimiento.

50,80 cm (20 in) y 76,20 cm (30 in). X X

Tabla 25 Herramientas para el manejo de las diferentes Sartas de perforación (continuación)

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Tipo de herramienta Especificación técnica

Flotantes y Autoelevables

Fijas con equipo convencional o

aligerado Equipo tipo Tender

Un conjunto de enrosque y desenrosque hidráulico con las siguientes características: presión normal de operación 141 kg/cm2 (2 000 psi), requisito de potencia hidráulica de 113,56 L por minuto – 132.49 L por minuto (30 gpm - 35 gpm), sistema de posición vertical: carrera (desplazamiento vertical) 55,88 cm (22 in), velocidad de desplazamiento 5,08 cm/seg (2 in /seg), módulo de rolado 277 kg-m (2 000 lb-ft), módulo de torsión: rango de junta de tubería 7,30 cm a 20,32 cm (2 7/8 in a 8 in), máximo ajuste de torque 7 604,5 kg-m, torque (55 000 lb-ft) de quiebre 10 372,5 kg-m (75 000 lb-ft).

7,30 cm a 20,32 cm (2 7/8 in a 8 in). X NO APLICA X

Roladora hidráulica o neumática (para aligerado).

7,30 a 20,32 cm (2 7/8 in a 8 in). X X

Tabla 25 Herramientas para el manejo de las diferentes Sartas de perforación (continuación)

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Tipo de herramienta Especificación técnica

Flotantes y Autoelevables

Fijas con equipo convencional o

aligerado Equipo tipo Tender

Gafas cortas y su orificio debe medir 20,32 cm (8 in) de largo con un diámetro interior de 13,97 cm (5 ½ in) con un grosor del eslabón de 6,99 cm x 381 cm (2 ¾ in x 150 in).

350 t (para adaptarse a elevadores de TP y TR).

X X

Gafas largas y orificio debe medir 23,18 cm (9 1/8 in), de largo con un diámetro interior de 13,97 cm (5 ½ in). con un grosor del eslabón de 8,89 cm (3 ½ in), con una longitud total de gafas de 482,60 cm (190 in).

500 t (para adaptarse a elevadores de TP y TR).

X X

Bujes maestros y tazones.

Tazón N° 1. 7,10 a 16,25 cm(2 7/8 in a 6 ½ in) X

Tazón N° 2. 6,03 a 20,32 cm (2 3/8 in a 8 in). X X X

Tazón N° 3. 24,3 cm (9 ½ in). X X X

Flecha de perforación hexagonal.

10,80 cm (4 ¼ in) y 13,34 cm (5 ¼ in). X X

Tabla 25 Herramientas para el manejo de las diferentes Sartas de perforación (continuación)

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PLATAFORMAS MARINAS PARA PERFORACIÓN, TERMINACIÓN Y

REPARACIÓN DE POZOS.- ARRENDAMIENTO

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Tipo de herramienta Especificación técnica

Flotantes y Autoelevables

Fijas con equipo convencional o

aligerado Equipo tipo Tender

Bujes para flecha hexagonal.

10,80 cm (4 ¼ in) y 13,34 cm (5 ¼ in). X X

Cuadros para conexión y/o desconexión de barrenas.

91,44 cm (36 in), 50,80 cm (20 in), 46,99 cm (18 ½ in), 44,45 cm (17 ½ in), 37,47 cm (14 ¾ in), 36,83 cm (14 ½ in), 31,12 cm (12 ¼ in), 26,99 cm (10 5/8 in), 21,91 cm (8 5/8 in), 21,59 cm (8 ½ in), 16,51 cm (6 ½ in), 14,29 cm (5 5/8 in), 10,48 cm (4 1/8 in).

X X

Válvulas de seguridad (pie)

Una para la T.P de 12,7 cm (5 in) con conexión 5 XH (4 ½ in IF).

X X

Una para la T.P de 11,43 cm (4 ½ in) con conexión 4 1/2 XH (4 IF).

X X

Una para la T.P de 8,89 cm (3 ½ in) con conexión 3 ½ IF.

X X

Una para la T.P de 7,30 cm (2 7/8 in) WT-26.

X X

Si aplica.

Una para T.P 6,037 cm (2 3/8 in) EUE, 7,073 cm (2 7/8 in) IF (NC-31), 8,89 cm (3 ½ in) IF (NC-38), 4 IF y hydrill WT-38.

X X

Válvulas contrapresión (si aplica).

20,32 cm (8 in), DE, conexión 16,83 cm (6 5/8 in), reg.

X X

Tabla 25 Herramientas para el manejo de las diferentes Sartas de perforación (continuación)

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Tipo de herramienta Especificación técnica

Flotantes y Autoelevables

Fijas con equipo convencional o

aligerado Equipo tipo Tender

16,51 cm (6 ½ in), DE, conexión 12,70 cm (5 in), XH

X X

12,07 cm (4 ¾ in),DE, conexión 8,89 cm (3 ½ in), IF.

X X

7,94 cm (3 1/8 in), DE, conexión 7,30 cm (2 7/8 in), WT-26.

X X

12,7 cm (5 in), conexión 8,89 cm (3 ½ in) IF.

X X

Herramientas de mano.

Llaves (neumática-hidráulica). P/ apriete de C.S.C. X X

Llave ajustable Stilson. 25,40 a 152,40 cm (10 in a 60 in). X X

Pericas. 25,40 a 45,72 cm (10 in a 18 in). X X X

De cadena. N° 13, 14, 15 y 16. X X X (11)

Llaves de golpe: 5,08 cm (2 in), 4,76 cm (1 7/8 in), 4,45 cm (1 ¾ in), 4,13 cm (1 5/8 in), 3,49 cm (1 3/8 in), 3,81 cm (1 ½ in), 3,18 cm (1 ¼ in), 2,86 cm (1 1/8 in), 2,54 cm (1 in), 2,22 cm (7 /8 in), 1,91 cm (¾in), 1,59 cm (5/8 in) mínimo.

De todos los diámetros para C.S.C X X

Palas. Redonda y cuadrada X X

Poleas. 10,16 cm (4 in), 20,32 cm (8 in). X X

Marros.

3,63 kg, 4,54 kg, 5,44 kg, 6,35 kg y 7,26 kg (8 lb, 10 lb, 12 lb, 14 lb, y 16 lb).

X X X (4 y 6 lb.)

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Tipo de herramienta Especificación técnica

Flotantes y Autoelevables

Fijas con equipo convencional o

aligerado Equipo tipo Tender

Caja de herramienta manual.

Desarmadores, dados, manerales, llaves españolas, estrías, Allen, botadores, cinceles, pinzas (eléctricas - mecánicas - presión), martillos, cintas métricas.

X X

Llaves hidráulicas o neumáticas completas para la instalación de todas las conexiones superficiales de control

Tipo Hi-Tork X

Alza tubos o gatos para tuberías (pipe jack) para el manejo de TP

2 7/8 , 3 ½ y 5 in X

Pinzas mecánicas X

Juego de dados con rach y maneral de fuerza

X

Pinza de presión X

Juego de llaves tipo Allen X

Desarmadores (planos y estrella) X

Martillo mecánico X

Juego de llaves mixtas X

Pinzas de puntas X

Taladro de uso industrial con juego de brocas.

X

2 Lámparas. X

Cinta métrica para medir tubería de 50 m ó 30 m.

X

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Tipo de herramienta Especificación técnica

Flotantes y Autoelevables

Fijas con equipo convencional o

aligerado Equipo tipo Tender

Marcadores para tubería. X

Probador de copas tipo F para T.R:

− 20 in de 78.6 a 129.33 lb/ft

− 16 in de 84 lb/ft a 109 lb/ft

− 13 3/8 in de 68 a 72 lb/ft

− 11 7/8 in de 62.8 a 71.8 lb/ft

− 11 ¾ in de 60 a 79 lb/ft

− 10 3/4 in de 55.5 a 73.2 lb/ft

− 9 7/8 in de 62.8 a 66.9 lb/ft

− 9 5/8 in de 53.5 a 61.1 lb/ft

− 7 5/8 in de 29.7 a 39 lb/ft

− in de 29 a 38 lb/ft

X

Tabla 25 Herramientas para el manejo de las diferentes Sartas de perforación (continuación)