NOTICIAS DE SEGURIDAD PRIVADA FEBRERO 2017 · vascas y republicanas. La segunda Seguridad en...

23
NOTICIAS DE SEGURIDAD PRIVADA FEBRERO 2017

Transcript of NOTICIAS DE SEGURIDAD PRIVADA FEBRERO 2017 · vascas y republicanas. La segunda Seguridad en...

NOTICIAS DE SEGURIDAD PRIVADA

FEBRERO 2017

C/ Bolonia, 22 – 50008 – Zaragoza – Tf: 976220840 – Fax: 976234259 – Email: [email protected]

Página 2

ÍNDICE DE CONTENIDOS:

Seguridad Privada en general.

Sucesos.

Empresas.

Temas Legales.

Aragón.

SEGURIDAD PRIVADA

EN GENERAL

CSI-F INFORMA

SUMA Y SIGUE EN LA

NEGOCIACIÓN DEL CONVENIO

COLECTIVO DE TRABAJADORES

DE SEGURIDAD PRIVADA

Fecha: 18 de Febrero del 2017

El pasado 14 de Diciembre de 2016,

desde CSI-F repasamos la actualidad

concerniente al inicio de la

Negociación del Convenio Sectorial de

Trabajadores de Seguridad Privada.

Entendiendo que efectivamente se

iniciaba el proceso por el cual se

comenzaría a negociar nuestro

convenio, CSI-F establecía una serie de

mejoras imprescindibles desde el

banco social.

No queremos extendernos en ellas,

porque a día de hoy, ni se plantean

iniciar el proceso negociador. No

hablamos de la parte Empresarial, que

todos sabemos cuál es su proceder,

sino de los sindicatos presentes en la

Mesa Negociadora.

Acaso nos van a hacer creer que

elaborando una nota conjunta y

haciéndose los indignados, van a

confundir a alguien, desde CSI-F

decimos que no. Tenemos claro que

tal y como se presentan las cosas, si se

sientan en la Mesa Negociadora, será

a final de año, para comenzar a aplicar

el nuevo Convenio en 2018.

No necesitamos cuentos y leyendas,

queremos que al menos tengan la

valentía de explicar porque tanta

pasividad. Queremos que no nos

entretengan con globos sonda sobre

amenazas vacías de contenido.

Si quieren dar información, que

hablen de los beneficios de las

grandes empresas del Sector (Las

cuentas de resultados han salido a

principios del mes de Febrero); de la

pérdida de poder adquisitivo de los

trabajadores del Sector en estos

últimos años; del olvido de los pluses

de Transporte y Vestuario en las Pagas

Extras; del derecho a disfrutar del

Permiso de Asuntos Propios sin

pérdida de retribución; equiparación

del Plus de Peligrosidad mínimo (18.84

€); al Plus de Peligrosidad (140.70 €)

en un plazo razonable de tiempo, etc.

Desde CSI-F esperamos que los que

dicen que nos representan, dejen de

pensar en sus intereses y de una vez

por todas se esfuercen en mejorar las

condiciones laborales y económicas

de los trabajadores del Sector.

Central Sindical Independiente y de

Funcionarios

C/ Vallehermoso, 78 – Entreplanta 28015

Madrid

Tlf: 915541719 – Fax: 915530008

www.csi-f.es

LOS CARTERISTAS

ABANDONAN EL METRO Y SE

TRASLADAN A LOS CENTROS

COMERCIALES

Bajan los robos con violencia y suben

los hurtos, sobre todo en verano

ALFONSO L. CONGOSTRINA

Dos guardas urbanos registran a un

presunto carterista en el metro de

Barcelona. ALBERT GARCIA

Los carteristas han abandonado el

Metro de Barcelona y buscan ahora las

víctimas en los comercios de la

superficie. “La presión policial ha

movido a los delincuentes del Metro a

las zapaterías, tiendas de bolsos y de

ropa de mujer”, ha destacado el

comisario jefe de los Mossos

d’Esquadra en Barcelona, Joan Carles

Molinero.

Molinero ha presentado este

miércoles el Balance de la Seguridad y

Actividad Policial 2016 en el

Ayuntamiento de Barcelona. El citado

informe destaca una bajada de los

delitos relacionados con el

patrimonio. Los robos con violencia e

intimidación se han reducido casi un

C/ Bolonia, 22 – 50008 – Zaragoza – Tf: 976220840 – Fax: 976234259 – Email: [email protected]

Página 4

7%, disminuyendo la tendencia en el

interior de domicilios, pero los hurtos

suben y ocupan el 65% de las

denuncias.

En 2015 se cometieron 97.908 hurtos

mientras que el pasado año fueron

102.666. La mayoría, en verano.

Molinero ha asegurado que la presión

judicial y el hecho de que el año

pasado “los jueces dictaran 132

órdenes de alejamiento de carteristas

del Metro, ha provocado que se

trasladen a las tiendas. Son

delincuentes apátridas que les da igual

delinquir en Barcelona o en otras

capitales. Saben que hasta que no se

demuestre su modus vivendi tienen

recorrido. Seguiremos presionando

tanto en el Metro como en los

comercios”.

22.993 personas pasaron a disposición

judicial por hurtos en 2016. Este tipo

delictivo está muy relacionado con la

presencia de turistas en Barcelona.

“Diez millones de turistas durmieron

al menos una noche en Barcelona el

año pasado. A esta cifra debemos

sumar el número de turistas que

vienen sólo un día. De estos sólo el

0,33% han sido víctimas de un hecho

delictivo”, ha explicado.

Los delitos contra las personas se han

reducido un 7,92%. Aún así Molinero

ha destacado que las agresiones y los

abusos sexuales han aumentado un

46,19% (pasando de 236 casos en

2015 a 345 en 2016). Por lo que hace

a las víctimas menores de edad, el

pasado año se registraron 175 casos,

59 más que en el periodo anterior. Un

incremento muy relacionado con el

aumento de denuncias a raíz del caso

Maristas. Las agresiones sexuales

también han aumentado un 12,63%

pasando de 198 a 223. Los abusos y las

agresiones sexuales representan un

5,3% de los hechos que afectan a las

personas y 0,32% del total de hechos

delictivos.

El 42% de las agresiones sexuales

tuvieron lugar dentro de vivienda y el

6,4% en el transporte público. “El 75%

de los casos han sido resueltos debido

a que los autores eran conocidos por

la víctima y el 28% de estas

detenciones se han hecho in fraganti”.

Los delitos relacionados con el odio y

la discriminación pasan de 79 el año

2015 a 109 el pasado año. De estos los

relacionados con la homofobia pasan

de 21 a 30 casos y los motivados por

causas xenófobas de 21 a 37.

El pasado 2011 se produjeron once

homicidios en la capital catalana de los

cuales, siete, fueron en el transcurso

de una pelea. Dos por agresiones, uno

por violencia doméstica y uno por

violencia de género.

El director de Mossos d’Esquadra,

Albert Batlle, ha querido resaltar que

“Barcelona es una ciudad segura

dentro de un país seguro”. El

comisionado de seguridad, Amadeu

Recasens, ha animado a la ciudadanía

a tomar un papel activo para evitar ser

víctimas de hurtos.

El pasado año la Guardia Urbana de

Barcelona y los Mossos d’Esquadra

realizaron 1.955 operaciones

conjuntas y llevaron a cabo 25 grandes

dispositivos.

http://ccaa.elpais.com/ccaa/2017/02

/22/catalunya/1487773030_680497.

html

UNA PENA DE 30 MESES DE

CÁRCEL POR PEGAR A UN

VIGILANTE SE TRANSFORMA EN

UNA MULTA

1.980 euros. Eso es lo que deberán

pagar los dos acusados de apalizar a

un vigilante de seguridad en mayo de

2014, tras recriminar a los agresores

que sus hijos estaban saltando encima

de un coche.

E. P. 31/1/2017 - 12:43

La Audiencia Provincial de Madrid ha

rebajado de dos años y medio de

cárcel a multa de 1.980 euros la

condena impuesta a dos familiares de

nacionalidad ecuatoriana por apalizar

a un vigilante de seguridad cuando

volvía de su trabajo tras recriminarles

que sus hijos estaban saltando encima

de unos coches en el barrio de Pueblo

Nuevo, en el distrito de Ciudad Lineal.

Así consta en una sentencia fechada el

10 de enero, a la que tuvo acceso

Europa Press, en la que los

magistrados de la Sección 30 de la

C/ Bolonia, 22 – 50008 – Zaragoza – Tf: 976220840 – Fax: 976234259 – Email: [email protected]

Página 5

Audiencia Provincial de Madrid

estiman en parte el recurso de

apelación presentados por los

condenados, José A.B. y José Miguel

M.B, en primera instancia.

La resolución, contra la que no cabe

recurso ordinario alguno, mantiene

los 30.000 euros que deberán

indemnizar al herido por las lesiones

provocadas. La parte del recurso

estimada se refiere al motivo en el que

los recurrentes alegaban que "la pena

impuesta era excesiva".

Pese a que los magistrados de la

Audiencia verifican "la brutalidad"

desplegada por los atacantes, estiman

encajar los hechos ocurridos aquella

tarde en el actual artículo 147.1 del

Código Penal en su redacción vigente.

Este artículo establece "un margen

punitivo más favorable al reo". Antes

oscilaba entre seis meses y tres años

de prisión, mientras que con la

reforma ahora ofrece penas

alternativas de multa de seis a doce

meses.

El juez de Instrucción número 29 de

Madrid penó a los agresores a dos

años y medio de cárcel por un delito

de lesiones al dar por acreditado que

los hombres patearon a la víctima el

17 de mayo de 2014 cuando volvía de

trabajar. En la agresión participaron

cinco personas de una misma familia,

de las que solo han sido condenados

dos, según fuentes próximas al

afectado.

http://www.gentedigital.es/madrid/n

oticia/2074838/una-pena-de-30-

meses-de-carcel-por-pegar-a-un-

vigilante-se-transforma-en-una-

multa/

PODEMOS RECHAZA LA ‘LEY

MORDAZA’ PERO CONTRATA A

3 EMPRESAS DE SEGURIDAD

PARA VISTALEGRE

Seguridad en Vistalegre. (Foto: Raquel

Tejero)

Podemos desprecia la ‘Ley de

Seguridad Ciudadana’, conocida como

‘ley mordaza’ que, entre otras cosas,

vigila por que haya más seguridad en

nuestro país. Sin embargo, la

formación morada no escatima en

reforzar a los suyos en la segunda

Asamblea Ciudadana que se celebra

en el Palacio de Vistalegre de Madrid.

Podemos ha contratado a tres

empresas externas para llevar su

seguridad, tanto dentro como en los

alrededores del recinto. A ello se

suman los responsables/compañeros

de Podemos que ejercen de

guardaespaldas de los principales

dirigentes como es el caso de Pablo

Iglesias. En concreto, Podemos ha

contratado a ‘Arbox Eventos’. Una

empresa de seguridad que trabaja en

el interior del Palacio de Vistalegre y

cuenta con 50 auxiliares vigilando en

cada puerta y 20 vigilantes que se

encargan de cachear y controlar las

entradas principales.

La formación morada ha establecido

tres perímetros distintos en función

de “grada”, “pista” o “backstage”. A la

primera zona puede acceder todo el

público en general para ver el acto

desde lejos. Es aquí donde los afiliados

o simpatizantes de Podemos

extienden sus banderas que, por

cierto, ni una de España, catalanas,

vascas y republicanas. La segunda

zona es el espacio central donde han

colocado sillas debajo del escenario

donde se colocan los trabajadores de

Podemos y los cargos orgánicos del

partido. Por último, el backstage es

para los principales dirigentes y

determinada prensa acreditada a

estas inmediaciones.

C/ Bolonia, 22 – 50008 – Zaragoza – Tf: 976220840 – Fax: 976234259 – Email: [email protected]

Página 6

Entre otras cosas, la empresa Arbox se

dedica a llamar la atención si alguien

no tiene la acreditación del color que

le corresponde para pasar a la zona

determinada. Podemos también tiene

contratadas a otras dos empresas que

son con las que trabaja y ofrece el

propio Palacio de Vistalegre siempre

que se celebra un acto privado. La

primera se llama ‘Newman’. El

responsable no nos ofrece datos

asegurando que es “confidencial para

este operativo” pero observamos que

hay al menos diez personas de

seguridad en cada entrada del recinto.

Tampoco nos quisieron facilitar el

nombre de la tercera empresa que

vela por la seguridad de los dirigentes

de Podemos.

Imposible que alguien se cuele ni que

nadie que no quieran los responsables

políticos se les acerque. De hecho,

muchos afiliados calificaron el paseíllo

de Errejón e Iglesias a su entrada de

“rockstars”. Una responsable de la

seguridad interior nos explica que “al

ser un evento de carácter privado, la

Policía no puede acceder dentro del

recinto pero sí tiene establecidos

numerosos controles en las

inmediaciones. Paran a los coches, les

registran o se acercan a la gente que

va con banderas a pie”.

Este es el mismo Podemos que vetó la

‘Ley mordaza’ defendida por Interior

asegurando que mantiene que la ley

es más garantista que la conocida

como ley Corcuera, que respeta

plenamente la Constitución y deja

menos margen a la discrecionalidad.

El ex ministro Jorge Fernández Díaz

defendió que por primera vez se

prohíben por ley las redadas policiales

indiscriminadas o por razones étnicas,

se regulan los cacheos y se fija en un

plazo máximo de seis horas el traslado

y estancia en comisaría para la

identificación de personas solo en

supuestos excepcionales y cuando no

sea posible acreditar esta

identificación por medios físicos o

telemáticos. España mantiene el nivel

4 de amenaza terrorista y los

ciudadanos demandan más seguridad.

Algo que Podemos en el Parlamento

vetó al impedir aprobarse dicha ley.

Sin embargo y para ellos, contratan a

tres empresas de seguridad para

impedir que a la misma gente que

quieren empoderar se acerque a ellos.

https://okdiario.com/espana/2017/0

2/11/podemos-rechaza-ley-mordaza-

pero-contrata-3-empresas-seguridad-

vistalegre-744091

SUCESOS

DETENIDO EL DIRECTOR DE UN

CENTRO DE FORMACIÓN POR

EXPEDIR TÍTULOS FALSOS

ENTRE SUS ALUMNOS

La formación, consistente en 180

horas lectivas, incluidas unas prácticas

de tiro en galería, no llegaron a

impartirse por completo.

EPSevilla, 10 Febrero, 2017 - 14:41h

Agentes de la Policía Nacional han

detenido en Sevilla al director de un

centro de formación, identificado

como a A.J.L.R., por la comisión de un

delito de falsedad documental al

expedir títulos falsos entre sus

alumnos aspirantes a vigilantes de

seguridad, ya que la formación

consistente en 180 horas lectivas

incluidas unas prácticas de tiro en

galería no llegaron a impartirse por

completo.

C/ Bolonia, 22 – 50008 – Zaragoza – Tf: 976220840 – Fax: 976234259 – Email: [email protected]

Página 7

Según ha informado la Policía

Nacional en una nota de prensa, la

investigación se inició el pasado mes

de enero, cuando nueve alumnos de

un centro de formación, aspirantes a

las pruebas de acceso a vigilantes de

seguridad, se personaron ante la

Policía con la finalidad de compulsar

un diploma expedido por el referido

centro, necesario para acceder a la

convocatoria de examen y en el que

constan las horas lectivas recibidas.

Los títulos presentados por los

alumnos no acreditaban la formación

recibida, por lo que los agentes

indicaron a los interesados que debían

requerir al centro de formación la

expedición de un diploma nuevo en el

que constaran que habían recibido

180 horas lectivas, incluidas las

prácticas de tiro en galería.

Ante la manifestación de los alumnos

de no haber recibido las prácticas de

tiro en galería ni el tiro de instrucción,

la Policía comprobó que no habían

recibido el curso completo,

careciendo de validez el diploma que

habían obtenido en el centro de

formación, por lo que a pesar de haber

presentado las instancias y pagar las

tasas de examen, no pudieron

presentarse al mismo, perdiendo así

una convocatoria.

Cuando los perjudicados pidieron

explicaciones al director del centro de

formación, éste les emitió otro

diploma, con fecha igual que el

anterior, con la enmienda de haber

recibido el alumno la formación

completa, incluidos el tiro de

instrucción y las prácticas de tiro, aún

a sabiendas de que no se habían

impartido.

Al comprobar los agentes este

extremo y tomar declaración a todos

los perjudicados, procedieron a la

detención del director del centro por

incurrir en un delito de falsedad

documental al introducir datos falsos

en un documento oficial.

Esta intervención se ha llevado a cabo

por parte de la Unidad Territorial de

Seguridad Privada de la Jefatura

Superior de Policía de Andalucía

Occidental, que tiene entre sus

funciones la inspección de centros de

formación para personal de seguridad

privada, a la vez que son los

competentes para investigar las

denuncias que se reciban sobre las

irregularidades cometidas en el

ámbito de la seguridad privada.

http://www.diariodesevilla.es/sevilla/

Detenido-director-formacion-titulos-

alumnos_0_1107789917.html

ARRESTADO UN POLICÍA POR

GOLPEAR CON SU ARMA AL

VIGILANTE DE UN BURDEL DE

LAS ROZAS

El hombre estaba bebiendo en un local

de alterne cuando sacó su arma

reglamentaria.

Europa PressMadridActualizada

05/02/2017 a las 17:14

Agentes de la Guardia Civil arrestaron

el pasado viernes por la noche a

un policía nacional en un prostíbulo

de Las Rozas por supuestamente

golpear y amenazar a un vigilante de

seguridad del local, han confirmado

fuentes de la Comandancia de la

Guardia Civil.

El hombre estaba en el local de

alterne, situado en la A-6, bebiendo

alcohol cuando en un momento

dado sacó su arma reglamentaria,

según los presentes, tal y como ha

publicado el diario 'El Mundo'.

Entonces, el personal de seguridad les

intentó expulsar del burdel, momento

en el que el agente apuntó y golpeó

con la pistola a uno de los vigilantes.

Tras llamar a la Guardia Civil, el policía

nacional fue detenido por un presunto

delito de amenazas con arma de fuego

y lesiones, según las mismas fuentes.

El detenido solicitó el 'habeas corpus'

porque entendía que no había

cometido ningún delito y que su

detención era ilegal. Sin embargo, el

juez se lo denegó y tras tomarle

C/ Bolonia, 22 – 50008 – Zaragoza – Tf: 976220840 – Fax: 976234259 – Email: [email protected]

Página 8

declaración, le dejó en libertad con

cargos.

http://www.heraldo.es/noticias/naci

onal/2017/02/05/arrestado-policia-

por-golpear-con-arma-vigilante-

burdel-1157468-305.html

LA SALVAJE TÉCNICA DE LA

BANDA QUE ROBABA MÓVILES

EN APPLE

Usaban los dientes para romper los

cables de seguridad al que van

anclados los terminales. No llevaba

herramientas para evitar ser

cacheados

Rodeada con el círculo, una de las

menores a la entrada (izda),. Al lado,

manipulando el cableado - ABC

Los rateros con los aparatos en las

manos - ABC

Uno de los cacos, observando por si le

miran - ABC

Las ladronas en la puerta y entrando a

la tienda - ABC

ABC - @madrid_abc Madrid15/02/2017

00:56h - Actualizado: 15/02/2017 09:50h.

La Policía Nacional ha detenido a un

clan de rumanos por robar en dos

meses veinticuatro teléfonos móviles

de alta gama, la mayoría Iphone,

obteniendo unas ganancias de más de

23.000 euros. Los delitos del grupo,

compuesto por diez personas, los

cometieron en su particular

«campaña de Navidad» en la tienda

Apple, situada en la el Kilómetro 0, en

plena Puerta del Sol. Por ello, un juez

ha dictado una orden de alejamiento a

las dos integrantes y cabecillas de la

banda mayores de edad, de 19 y 27

años, por lo que no podrán acercarse

a una distancia de cien metros del

comercio.

El resto de miembros de la banda,

entre los que hay chicos y chicas,

tienen entre 14 y 16. A todos se les

imputa un delito continuado de hurto

y a las mayores, Daniela P., y Laura M.,

la misma infracción, agravada por el

punto 8 del artículo 234 por la

utilización de menores de esa franja

de edad para perpetrar las

sustracciones.

Los arrestos se produjeron cuando los

agentes de la Policía, que estaban al

acecho, establecieron un dispositivo y

lograron sorprender al clan «in

fraganti» cuando trataban de robar un

terminal valorado en 900 euros.

En esta banda cada miembro tenía

repartidas sus funciones y actuaban

de manera conjunta y planificada, a las

órdenes que marcaban las jefas.

Su modus operandi era el siguiente:

por surrealista que pueda parecer, los

más jóvenes arrancaban a mordiscos

los cables seguridad a los que van

anclados los terminales al expositor –

cuestión que requiere su tiempo hasta

que pierden consistencia, por lo que

resulta difícil no llamar la atención–.

No llevaban tenazas, tijeras ni najavas

con el fin de que no se las arrebataran

los agentes en los cacheos.

Mientras tanto, sus cómplices

armaban revuelo y entretenían a los

vigilantes de seguridad en el otro

extremo del comercio. Cuando los

primeros lograban apoderarse del

teléfono, se lo pasaban como en una

cadena, hasta llegar al que estaba más

cerca de la entrada, que se esfumaba

con el dispositivo escondido. Los

demás se marchaban tranquilamente.

Así dificultaban la localización del

aparato en caso de ser interceptados

por los empleados o por el personal de

seguridad del local.

Los hechos que se les imputan –

veinticuatro robos–, los cometieron

C/ Bolonia, 22 – 50008 – Zaragoza – Tf: 976220840 – Fax: 976234259 – Email: [email protected]

Página 9

entre noviembre y diciembre pasado.

Las investigaciones policiales

comenzaron a raíz del aumento de los

robos en esta conocida tienda de

tecnología.

En Cañada y Getafe

Finalmente, tras el preceptivo

dispositivo policial de vigilancia, el

grupo fue arrestado. Parte del mismo

vive en la zona de Valdemingómez de

la Cañada Real y el resto en Getafe. La

operación y las detenciones han sido

llevadas a cabo por agentes de la

Comisaría de distrito Centro.

http://www.abc.es/espana/madrid/a

bci-salvaje-tecnica-banda-robaba-

moviles-apple-

201702150056_noticia.html

DETENIDA UNA PAREJA POR

ROBAR MÁS DE MIL EUROS EN

ROPA

Esperanza Calzado febrero 14, 2017

La intervención policial ha sido

desarrollada por agentes adscritos a la

Brigada Provincial de Seguridad

Ciudadana de la Comisaría de Jaén.

Un agente de seguridad asegura que

eran conocidos por realizar hurtos en

anteriores ocasiones

La Policía Nacional han detenido a una

pareja que, presuntamente, habían

sustraído prendas en unos grandes

almacenes de Jaén. Un vigilante

sospechó de ellos. Les siguió

discretamente y comprobó que lo

sustraído superaba los mil euros.

Según el relato de la Policía,

una patrulla de Seguridad Ciudadana

fue avisada por el 091 para que se

dirigieran hasta unos grandes

almacenes. Tenían retenida a una

pareja que supuestamente había

robado una serie de efectos.

Entrevistados con el responsable de

seguridad, les manifestó que

momentos antes, un vigilante había

observado a la pareja. Tal y como

relatan, ya eran conocidos por haber

realizado en la anterioridad varios

hurtos. Vieron que tomaban

diferentes prendas sin la intención de

pasar por caja. Por ello, les siguió

discretamente hasta su vehículo

estacionado en el parking del

establecimiento, donde depositaban

las prendas sustraídas.

Los agentes, una vez hubieron

escuchado las manifestaciones del

responsable de seguridad, así como la

entrega de diferentes pruebas

inculpatorias, detuvieron a la pareja.

La intervención policial ha sido

desarrollada por agentes adscritos a la

Brigada Provincial de Seguridad

Ciudadana de la Comisaría de Jaén.

http://lacontracronica.es/detenida-

una-pareja-robar-mas-mil-euros-

ropa/

HERIDO UN VIGILANTE DE

RENFE DESPUÉS DE UN

INCIDENTE CON UN PASAJERO

SIN BILLETE

Los Mossos enviaron dos patrullas,

identificaron al hombre y el vigilante

tampoco quiso denunciar 'in situ'

La estación de trenes de Tarragona, en

una imagen de archivo

Publicado: 04:00 - 11/02/2017

Àngel Juanpere |

Nueva polémica por una actuación de

los vigilantes de seguridad de Adif en

una estación de tren, en este caso en

la de Tarragona. Mientras que desde

los sindicatos denuncian una

«agresión» por parte de uno de los

C/ Bolonia, 22 – 50008 – Zaragoza – Tf: 976220840 – Fax: 976234259 – Email: [email protected]

Página 10

usuarios sin billete a uno de los

vigilantes, en este caso al parecer no

hubo tal, sino que el ciudadano

extranjero lanzó un teléfono móvil al

suelo y se partió. Una de las piezas

habría salido disparada como

consecuencia del impacto, alcanzado

la ceja de uno de los vigilantes, que

empezó a sangrar. El herido no quiso

denunciar los hechos ante los Mossos

d’Esquadra que acudieron al lugar.

Los hechos ocurrieron poco después

de las siete de la tarde del jueves.

Según algunas fuentes, los vigilantes

detectaron a un pasajero sin billete en

la estación de Torredembarra y le

conminaron a que bajara. Pero el

mismo volvió a subir a un convoy y fue

detectado en Tarragona. Según las

mismas fuentes, habría habido algún

empujón y los vigilantes le redujeron.

Otras versiones recogidas por los

Mossos d’Esquadra indican que el

pasajero lanzó al suelo su teléfono, se

rompió y uno de los pedazos impactó

en la ceja del vigilante. Ninguno de los

vigilantes quiso denunciar los hechos

ante la Policía Autonómica. Además,

el pasajero, natural de Gambia, tiene

domicilio conocido, por lo que se

marchó sin que se abrieran diligencias

penales.

El pasado 31 de enero también se

informó de una paliza al vigilante de la

estación de Tarragona por parte de un

individuo borracho. Los Mossos

enviaron dos patrullas, identificaron al

hombre y el vigilante tampoco quiso

denunciar in situ. Desde hace tiempo,

los vigilantes de seguridad

contratados tanto por Adif como por

Renfe están en lucha por lo que

consideran falta de retribución y

también medios para llevar a cabo su

trabajo, como chalecos antibala.

http://www.diaridetarragona.com/ta

rragona/80951/herido-un-vigilante-

de-renfe-despues-de-un-incidente-

con-un-pasajero-sin-billete

ROBAN 7 IPHONE Y PEGAN A

DOS VIGILANTES DE LA TIENDA

Tres ladrones hurtan móviles de alta

gama, valorados en 5.250 €

11/02/2017

Dos hombres y una mujer robaron en

la tarde del jueves siete iPhone 7 en

una superficie comercial de Castellón

y agredieron además a los vigilantes

de seguridad que los descubrieron en

su hurto, según ha podido saber

Mediterráneo de fuentes fidedignas.

Los ladrones se acercaron al

mostrador donde se encontraban los

valiosos terminales a estrenar,

valorados en 5.250 euros. Sin que los

dependientes se dieran cuenta y

utilizando la modalidad de hurto al

descuido, lograron hacerse con los

teléfonos y abandonaron la zona de

electrónica.

Sin embargo, las cámaras de

seguridad permitieron a los vigilantes

percatarse del robo, por lo que les

recriminaron lo ocurrido y les pidieron

que entregaran los móviles. Lejos de

hacerlo, los tres intrusos golpearon a

los empleados, causándoles lesiones

leves.

REFUERZOS / Desde el

establecimiento alertaron a la sala del

091, pidiendo ayuda para evitar que

los susodichos lograran darse a la fuga

del lugar. Los agentes se desplazaron

de inmediato y, según revelaron a este

diario algunos testigos, pudieron

detener a los tres implicados en el

robo, de 51, 46 y 38 años.

Uno de los vigilantes agredidos por los

ladrones tuvo que acudir a un centro

médico para ser atendido por sus

lesiones.

C/ Bolonia, 22 – 50008 – Zaragoza – Tf: 976220840 – Fax: 976234259 – Email: [email protected]

Página 11

Cada uno de los teléfonos robados, el

último modelo de iPhone, tiene un

valor 750 euros.

http://www.elperiodicomediterraneo

.com/noticias/sucesos/roban-7-

iphone-pegan-dos-vigilantes-

tienda_1049005.html

UN MENOR DE EDAD LA

EMPRENDE A GOLPES CON UN

VIGILANTE DE SEGURIDAD DE

ITAROA QUE LE SORPRENDE

ROBANDO

Dos policías forales que trabajaban de

paisano lograron reducir al agresor,

que ya había sido arrestado en tres

ocasiones por hechos similares.

Imagen del exterior del centro comercial

Itaroa en Huarte.

05 de Febrero de 2017 (11:04 h.)

Navarra.com

La Policía Foral ha detenido este fin de

semana a un menor de edad, un

pamplonés de 17 años, por agredir a

un vigilante de seguridad en el centro

comercial Itaroa de Huarte.

Los hechos, que tuvieron lugar el

viernes, se desencadenaron cuando el

vigilante sorprendió al joven

intentando hurtar bebidas alcohólicas

en el hipermercado, por lo que le

conminó a deponer en su actitud.

Lejos de hacerlo, el agresor insultó y

golpeó en el pecho al empleado de

seguridad, que tuvo que ser atendido

en un centro médico.

Dos policías forales que prestaban

servicio de paisano en las

inmediaciones intervinieron al

presenciar la agresión y consiguieron

detener al menor. Posteriormente se

ha comprobado que el joven cuenta

con antecedentes tras ser detenido en

tres ocasiones por la Policía Foral por

hechos similares.

El vigilante ha interpuesto una

denuncia en la Oficina de Atención

Policial, junto con el parte de lesiones.

Ahora el detenido, al que también se

le imputa un delito de resistencia,

deberá personarse en el Juzgado de 1ª

Instancia e Instrucción nº 2 de Aoiz.

http://navarra.elespanol.com/articul

o/sucesos/menor-edad-emprende-

golpes-vigilante-seguridad-itaroa-

sorprende-

robando/20170205110447094477.ht

ml

EMPRESAS

CSI-F INFORMA

SECURITAS DESPIDE A UN

DELEGADO SIN MOTIVO

APARENTE

AL PERSONAL DE SEGURIDAD

PRIVADA DE SECURITAS

AL PERSONAL DE SEGURIDAD

PRIVADA DE LLEIDA

En fecha 23.02.2017 nuestro delegado

Iván M. asiste a un curso, fuera de su

jornada de trabajo, para delegados de

CSIF LLEIDA. Finalizado el curso acude

a una reunión que ya tenía concertada

con la empresa. En dicha reunión se le

comunica la comisión de varias faltas

disciplinarias (artículos 55.4 y 55.12

del Convenio colectivo vigente) que

conllevan la sanción del despido. La

comunicación está firmada por la Jefa

de Personal, la señora Mª Lidia R. S.

Iván recibe la notificación y se

persona en nuestra sede para

comunicarnos la situación. Sabedores

de la situación, nos ponemos en

contacto de forma inmediata con la

Delegación de Securitas en Lleida y

nos atiende el Gerente. Nos comunica

que en fecha 21.02.2017 envió a

nuestro correo la misma notificación

que entregaron a Iván, concretamente

a las 15:45 horas. Revisado nuestro

correo, no consta ningún correo

recibido a la hora que el Gerente nos

indica. De haberlo recibido, no

C/ Bolonia, 22 – 50008 – Zaragoza – Tf: 976220840 – Fax: 976234259 – Email: [email protected]

Página 12

hubiéramos esperado al día 23:

hubiéramos actuado de forma

inmediata.

Evidentemente las razones que

motivan el despido son inaceptables

para nosotros. Sabemos que las

verdaderas razones son otras muy

diferentes, ya que Iván desarrolla su

trabajo con la normalidad y

profesionalidad necesarias.

A la vista de los hechos, desde CSI-F

LLEIDA hemos tomado las medidas

siguientes:

1.- Hemos puesto los hechos en

conocimiento de nuestros asesores.

En principio se hará cargo Gerard,

abogado con una profesionalidad

probada. A la vez hemos dado

instrucciones para que, si llegara el

caso, fuera ayudado por Daniel

(despacho Ibars Advocats).

2.- Además de la defensa de Iván,

hemos dado instrucciones claras para

estudiar de forma detenida los hechos

por si de los mismos se derivara algún

tipo de responsabilidad penal por

parte de los mandos de Securitas

Lleida que intervienen. Y más en

concreto nos preocupa si ha habido

violación de derechos

fundamentales.

3.- El mismo día 23 de febrero, cuando

hablamos con el gerente de la

Delegación de Securitas en Lleida,

pedimos una reunión con él a la mayor

brevedad posible. Creemos que, ante

un hecho de esta gravedad, lo más

lógico sería atendernos de forma

inmediata para darnos las

explicaciones oportunas. Sin embargo,

el Gerente nos remite a una próxima

visita a Lleida. Cuando nos convoque,

acudiremos a la reunión. Sin embargo,

creemos que el problema de

Securitas en Lleida sobrepasa a su

Dirección, ya que son parte del

problema y no de la solución. En

consecuencia, haremos gestiones con

directivos de mayor responsabilidad.

4.- Comunicaremos los hechos por

correo certificado a los 5 miembros

actuales del Comité de Empresa.

Aunque por ley debe recibir

notificación por la empresa de estos

hechos. Si de verdad representan a

TODOS los trabajadores harán las

gestiones oportunas. De lo contrario

deberán dejar paso a un nuevo comité

de empresa.

Haremos todas las acciones que

estén en nuestras manos para

restablecer la situación laboral de

Iván. Entendemos que exigir, de

forma razonable, que se apliquen los

derechos de los trabajadores (que

haya libranzas en fin de semana, que

no se entregue más de un cuadrante

el mismo mes sin justificación, la falta

de cómputo en los cuadrantes

mensuales, la distribución más

equitativa de la carga de trabajo…) no

puede ser motivo de despido. y

Por último, debemos dejar claro que

SECURITAS es una empresa con un

funcionamiento correcto. En la

mayoría de las delegaciones funciona

de forma razonable y sus

trabajadores desempeñan su labor

sin más novedad. Allí donde estamos

presentes nuestros delegados, cada

vez con más representación, realizan

su trabajo sin problemas y sin el

miedo a represalias. En la delegación

de Securitas Lleida los trabajadores

no son el problema. El problema

reside en la Dirección y demás cargos,

que permiten un funcionamiento

pésimo.

Lleida, 28 de febrero de 2017

AVD. Doctor Fleming, 27 Ent. 3º 25006

LLEIDA Telf. 973 269 289 – Fax: 973 269

275 correo-e: [email protected]

PROSEGUR RECURRE EN LA

AUDIENCIA NACIONAL LA

SANCIÓN DE 39,4 MILLONES DE

COMPETENCIA

El líder en España de seguridad

privada ha provisionado en sus

cuentas del pasado ejercicio 105,3

millones sólo por riesgos laborales. En

Brasil la compañía lidia cada año con

más de 6.000 litigios.

Sede central de Prosegur, en

Madrid. Efe.

C/ Bolonia, 22 – 50008 – Zaragoza – Tf: 976220840 – Fax: 976234259 – Email: [email protected]

Página 13

ALBERTO ORTÍN 03.02.2017 - 04:00

Prosegur ha acudido a la Audiencia

Nacional para tratar de evitar el pago

de la sanción de 39,4 millones de

euros impuesta por la Comisión

Nacional de los Mercados y la

Competencia el pasado mes de

noviembre. El organismo multó a la

multinacional presidida por Helena

Revoredo y a la división española de la

compañía de seguridad Loomis por

repartirse el mercado. En 2016 las

provisiones efectuadas por Prosegur

por riesgos jurídicos y laborales

ascendieron a 123,5 millones de

euros, 30,4 millones más que en 2015.

El grupo líder en España en seguridad

privada, que enfila la próxima salida a

Bolsa de su división Prosegur Cash,

indica en el informe financiero anual

de 2016 que el pasado día 13 de enero

"interpuso recurso contencioso-

administrativo ante la Audiencia

Nacional solicitando la anulación de la

Resolución de la Comisión Nacional de

los Mercados y la Competencia".

Prosegur también requirió "la

suspensión cautelar del pago de la

sanción impuesta". El grupo añade

que no prevé que la sentencia "que

ponga fin al procedimiento sea

dictada en el ejercicio 2017".

Solo por riesgos laborales en Brasil,

Prosegur provisiona 61 millones

Según la investigación de la CNMC,

iniciada por una denuncia anónima,

Prosegur y Loomis acordaron precios e

intercambiaron información

comercial entre los años 2008 y 2015.

Contra la resolución del organismo no

cabía recurso en vía administrativa,

pudiéndose únicamente interponer

recurso contencioso administrativo en

la Audiencia Nacional. El plazo para

presentar el recurso en la Audiencia

Nacional era de dos meses, por lo que

Prosegur ha apurado prácticamente

hasta el último día para recurrir la

sanción.

La sanción a Prosegur y a Loomis fue la

segunda mayor impuesta el pasado

año por la CNMC. La primera fue a un

grupo de empresas de pañales para

adultos, por cártel, 128 millones de

euros. El dinero que el organismo

recauda por estas sanciones va a parar

al Tesoro Público, pero hasta que eso

ocurre pasan varios años. Tras el

recurso a la Audiencia Nacional, en

caso de sentencia desfavorable, es

posible acudir al Tribunal Supremo.

Más riesgos

Las provisiones efectuadas por

Prosegur en 2016 por riesgos

laborales, financieros, judiciales, y

otros factores ascendieron a los 295,1

millones de euros, frente a los 224,7

millones provisionados en 2015 por

los mismos conceptos (70,4 millones

más). Contingencias fiscales y

laborales sucedidas en Brasil explican

en buena parte el incremento de las

provisiones anotadas el pasado año.

Según el informe financiero del

pasado ejercicio publicado esta

semana en la Comisión Nacional del

Mercado de Valores, Prosegur

provisionó 105,3 millones de euros

por riesgos laborales (84,2 millones en

2015). El grupo, cuyo beneficio en

2016 cayó un 26%, hasta los 134

millones, explica que dentro de esta

partida se incluyen "principalmente

provisiones por causas laborales en

Brasil, que incluyen demandas

efectuadas por ex-empleados y

empleados de Prosegur".

Sólo por las provisiones laborales

surgidas en Brasil la compañía

española tuvo que provisionar el

pasado año 61,6 millones de euros

(48,28 millones en 2015). En los dos

últimos años el grupo de seguridad ha

lidiado en cada ejercicio con más

C/ Bolonia, 22 – 50008 – Zaragoza – Tf: 976220840 – Fax: 976234259 – Email: [email protected]

Página 14

de 6.000 causas abiertas en el país por

temas laborales.

Reclamaciones de impuestos directos

e indirectos municipales y estatales

surgidos principalmente el pasado año

en Brasil, también en Argentina,

obligaron a Prosegur el pasado año a

provisionar 73,7 millones de euros,

casi 20 millones más que en 2015.

Litigios en España, Francia, y Brasil

llevaron a Prosegur a provisionar 18,2

millones en 2016 (8,9 millones un año

antes). Además el grupo con sede en

Madrid provisionó el pasado año 97,9

millones de euros por "otros riesgos",

que la compañía no especifica, 21

millones más que en 2015.

La compañía no precisa en sus cuentas

si el pasado año provisionó la cantidad

equivalente a la sanción impuesta por

Competencia.

http://www.vozpopuli.com/economi

a-y-finanzas/empresas/Prosegur-

Audiencia-Nacional-millones-

Competencia_0_995901769.html

PROSEGUR GANA 134

MILLONES, EL 26,7 % MENOS,

POR COSTES DE

REESTRUCTURACIÓN

EFE 01/02/2017 (08:4510).- Prosegur

logró un beneficio neto de 134

millones en 2016, el 26,7 % menos que

en 2015, debido, principalmente, a los

costes derivados de su transformación

societaria, ahora estructurada por

negocios en vez de por países, y que la

compañía de seguridad privada cifra

en 51 millones.

Las ventas se situaron en 3.902

millones de euros, el 1,4 % menos,

lastradas por los desfavorables tipos

de cambio en los países

latinoamericanos en los que opera. En

monedas locales, el negoció creció el

12,2 %.

El resultado bruto de explotación

(ebitda) mejoró en un millón y sumó

449 millones, mientras que el neto

(ebit) mejoró el 2,7 %, hasta los 333

millones, según las cuentas remitidas

por Prosegur a la Comisión Nacional

del Mercado de Valores (CNMV).

En España, el negocio de la compañía

mejoró el 4,9 %, hasta los 940

millones; en Brasil bajó el 2,6 %, hasta

872 millones de euros, y en Argentina

el 9,7 % (894 millones).

Por negocios, Prosegur Cash,

destinada a la gestión de efectivo y

que la compañía prevé sacar a bolsa a

lo largo del primer semestre, facturó

1.724 millones, el 1,09 % menos, y

generó un ebit de 320 millones, frente

a los 313 millones de un año antes.

Prosegur Seguridad, excluido Brasil

(donde están saneando el negocio),

facturó 1.561 millones de euros (el

1,01 % menos); y Prosegur Alarmas

213 millones, cinco menos que en

2015.

Para la compañía, estas cifras

"refrendan la buena respuesta de los

indicadores de rentabilidad a las

medidas de protección de márgenes

que ha implantado y la resistencia del

modelo de negocio de Prosegur, a

pesar de una tasa de cambio

desfavorable del 14 % y los costes

extraordinarios".

Prosegur cerró 2016 con una deuda

neta de 637 millones de euros, 47

millones más que en diciembre de

2015, por una mayor actividad en el

área de fusiones y adquisiciones, al

reparto del dividendo extraordinario y

el coste de la restructuración.

EFECOM

http://www.elconfidencial.com/ultim

a-hora-en-vivo/2017-02-01/prosegur-

gana-134-millones-el-26-7-menos-

por-costes-de-

reestructuracion_1127527/

SEGUR IBÉRICA SEGUIRÁ

OPERATIVA PESE AL

CONCURSO DE ACREEDORES

Creado por: Ondivel

La entrada de fondos buitre en su

accionariado podría haber forzado la

quiebra, pese al ERE de noviembre

que afectaba a parte de una plantilla

de 4.700 trabajadores

C/ Bolonia, 22 – 50008 – Zaragoza – Tf: 976220840 – Fax: 976234259 – Email: [email protected]

Página 15

Edificio Segur Ibérica en la calle Juan de

Mariana de Madrid / CG

JORGE DE LORENZO

Tras el concurso voluntario de Segur

Ibérica, la administración concursal

designada, Price Watherhouse

Coopers (PwC), ha garantizado la

viabilidad de la compañía a un comité

en el que participan representantes de

la empresa y los trabajadores.

“La compañía va a seguir. No hay

problemas de solvencia y se harán

pagos graduales de lo que se adeuda

a los empleados”, señala a Crónica

Global un portavoz de CCOO. Las

partes involucradas mantuvieron una

reunión este miércoles con la división

legal y fiscal de PwC en la que se

informó que hay liquidez para hacer

frente a los pagos prioritarios.

FONDOS BUITRE

Segur Ibérica estuvo presidida por

Pedro Morenés, exministro de

Defensa, hasta su incorporación al

Gobierno en 2012. Fue sustituido por

Luis Lada, procedente de Telefónica

I+D, y actualmente preside la

compañía, Ignacio Suárez, exdirectivo

de telecomunicaciones. En noviembre

pasado y tras anunciar un Expediente

de Regulación de Empleo (ERE) que

afectaría a parte de la plantilla, cerca

de 4.700 trabajadores, un portavoz de

la compañía negó la posibilidad del

concurso y de que fuera a cerrar.

A la entrada de fondos buitre en su

accionariado que exigen mayor tajada

se atribuye en fuentes sindicales la

razón del concurso voluntario

presentado y ratificado el pasado 22

de diciembre por el juzgado mercantil

número 3 de Madrid. En 2010 varias

entidades de capital riesgo, Corpfin,

N+1, MCH y Espiga, se convirtieron en

las entidades con mayor peso

accionarial. Entonces pusieron a la

venta Segur Ibérica sin éxito. De

Corpfin Capital es consejero Patricio

Gandarias, consejero a su vez en la

compañía de seguridad privada.

EL GRUPO, EN VENTA

La matriz Grupo Segur, la tercera

empresa de seguridad privada más

importante en España, acordó hace

unos meses su venta a una

multinacional. Con este fin, inició de

forma voluntaria un proceso concursal

acelerado. Los representantes de

Segur Ibérica y de la plantilla cerraron

el pasado 28 de diciembre el periodo

de consultas tras no alcanzarse un

acuerdo sobre el ERE anunciado. La

empresa de seguridad tenía un plazo

de 15 días, que finalizaba hoy, jueves,

para decidir cómo lo ejecutaba. Los

sindicatos denunciaron el impago de

varias nóminas a los trabajadores.

El futuro de Segur Ibérica pasa por el

adelgazamiento de la compañía. En la

actualidad cuenta con 28

delegaciones lo que se considera

excesivo para 17 comunidades

autónomas. Los cierres pactados de

varios centros que, en principio no

implican la venta de sedes en

propiedad, provocarán el despido de

un número de trabajadores aún sin

cuantificar.

http://www.vigilantesdeseguridad.co

m/articles/372469-http-

cronicaglobal-elespanol-com-

business-segur-iberica-seguira-

operativa-pese-concurso_66322_102-

html

C/ Bolonia, 22 – 50008 – Zaragoza – Tf: 976220840 – Fax: 976234259 – Email: [email protected]

Página 16

TEMAS LEGALES

LA EMPRESA SUCESORA

RESPONDE DEL DESPIDO

IMPROCEDENTE DE LA

CEDENTE

PEDRO DEL ROSAL 7/02/2017 - 6:00

En las sucesiones empresariales, la

empresa cesionaria -la que adquiere

los derechos y obligaciones- está

obligada a readmitir a un empleado

despedido de forma improcedente

por la empresa cedente, incluso

cuando el cese se haya producido

antes de la subrogación. Tal y como

determina el Tribunal Supremo, el

artículo 44.3 del Estatuto de los

Trabajadores (ET) extiende sus efectos

no solo a los trabajadores afectados

por el traspaso empresarial, sino

también a aquéllos cuyos contratos se

extinguieron antes del mismo.

La sentencia, de 30 de noviembre de

2016, argumenta que la

responsabilidad solidaria que impone

dicho precepto no se limita a las

obligaciones dinerarias no satisfechas

-como pueden ser las deudas por

salario o las indemnizaciones-, sino

que también abarca, por ejemplo, la

readmisión del empleado.

En el litigio, la empresa subrogada

recurrió en casación la sentencia del

Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de

Madrid, de 2 de diciembre de 2014,

que confirmaba la declaración de

improcedencia del despido de un

empleado efectuado meses antes de

la sucesión empresarial y condenaba

solidariamente a cedente y cesionaria.

El recurso citaba como sentencia de

contraste otra del TSJ madrileño de 26

de septiembre de 2014 que, en un

supuesto similar, rechazó condenar

solidariamente a ambas compañías

razonando que el cese del trabajador

se había producido antes de la

subrogación.

Dos interpretaciones posibles

El ponente, el magistrado Moralo

Gallego, expone que el artículo 44.3

del ET admite dos interpretaciones:

por un lado, que contiene una

exclusiva garantía de estabilidad en el

empleo y responsabilidad respecto a

los trabajadores cedidos; o, por otro,

que establece la responsabilidad

solidaria de los dos empresarios, tanto

con los empleados cedidos como con

los no cedidos.

El TS se inclina por la segunda opción,

yendo incluso más allá de lo que

establece el Derecho comunitario en

relación con las sucesiones

empresariales. Es decir, no solo se

produce una subrogación en derecho

y obligaciones, sino que se mantiene

la responsabilidad solidaria durante

tres años de las obligaciones laborales

no satisfechas.

Así, la resolución asevera que la

previsión contenida en el 44.3 del ET

"va mucho más allá de limitar la

responsabilidad solidaria de ambas

empresas a las deudas con sus

trabajadores" pendientes de pago por

la anterior empresa.

En todo caso, precisa que en un

periodo "tan dilatado" como el de tres

años que impone dicho precepto, lo

más probable es que se agoten las

posibilidades de rehabilitar la relación

laboral en los despidos declarados

nulos. Por ello, las "obligaciones

laborales" acabarán quedando

circunscritas a las deudas por salario o

la indemnización.

El socio del área de laboral de Olleros

Abogados, Alfredo Aspra, subraya que

el Supremo ha dejado sin resolver la

"aparente contradicción" que puede

existir entre las empresas cedente y

cesionaria.

En este sentido, se pregunta qué

sucedería en el caso de que la cedente

optara por el pago de una

indemnización y, por el contrario, la

cesionaria prefiriera la opción de la

readmisión. O cómo debe solventarse

que la cedente opte por indemnizar y

la cesionaria no.

A su juicio, existen argumentos

jurídicos para sostener varias

opciones, pudiendo defenderse,

incluso, que sea el empleado quien

C/ Bolonia, 22 – 50008 – Zaragoza – Tf: 976220840 – Fax: 976234259 – Email: [email protected]

Página 17

elija la alternativa que más le

convenga.

http://www.eleconomista.es/legislaci

on/noticias/8137023/02/17/La-

empresa-sucesora-asume-el-despido-

nulo-de-la-cedente.html

LA PENA DE MULTA

Por Francisco Sevilla Cáceres

4 de febrero, 2017

Abogado Francisco Sevilla Cáceres

La pena de multa es una sanción de

caracter pecuniario recogida en el

Código Penal que junto con la de

prisión son las que más se imponen

en las sentencias.

Lo primero que hay que decir, es que

la pena de multa es una de las clases

de “penas” previstas en el Código

Penal, como también lo son las

privativas de libertad (prisión,

localización permanente, etc.) o las

privativas de derechos (retirada del

permiso de conducir, privación

tenencia de armas, etc.).

La pena de multa al constituir una

pena, hay que cumplirla y se anotará

como antecedente penal.

La pena de multa tiene dos

modalidades según dispone el

artículo 50 del Código Penal:

a) El sistema de días-multa. (La pena

se impone siempre por este sistema,

salvo que el delito remita

expresamente a la imposición de

la multa proporcional).

b) La multa proporcional (Se impone

solo en determinados delitos, como

por ejemplo “delitos contra la

Hacienda pública” o “delitos

relacionados con el tráfico de drogas).

Dada la generalidad, vamos a

ocuparnos en este post de la pena de

multa por el sistema de días-multa.

¿Qué significa que me pueden

condenar a cuatro meses de multa?

Bien, para explicar cómo se determina

y en qué consiste la pena de multa,

hay que partir de que el sistema días-

multa se compone de DOS FACTORES:

1º.- EXTENSIÓN DE LOS DIAS MULTA.

La Ley prevé que la pena de multa

cuando se trate de personas físicas

tendrá una extensión mínima de 10

DIAS y una máxima de 2 AÑOS.

Cuando se trate de personas jurídicas

(empresas) tendrá una extensión

máxima de 5 AÑOS (art 50.3 C Penal)

La multa a imponer dependerá del

delito que se haya cometido, viniendo

señalada en el Código Penal la multa a

imponer.

Por EJEMPLO: Conducir un vehículo a

motor bajo el efecto de drogas o

alcohol está penado con la de prisión

de 3 a 6 meses o la de MULTA de 6 a

12 meses, además de la retirada del

permiso de conducir.

2º.- IMPORTE DE LA CUOTA A

PAGAR. El mínimo de la pena de multa

a pagar para las personas físicas será

de 2 EUROS DÍA, y el máximo será de

400 EUROS DÍA. En este caso se deja

al criterio del Juez el importe que

tenga que abonar el condenado, que

deberá estar en sintonía con su

capacidad económica.

En el ejemplo anterior si el condenado

por conducir el vehículo bajo el efecto

del alcohol o drogas ha sido

condenado a 8 meses de multa a

razón de 6 euros diarios, el importe de

la pena de multa será de: 240 días (8

meses) x 6 euros día = 1.440 euros

de multa.

El Código Penal señala dos cuestiones

IMPORTANTES en este aspecto:

1ª.- Los Jueces fijarán en la sentencia,

el importe de las cuotas de multa que

debe abonar el condenado, teniendo

en cuenta para ello exclusivamente la

situación económica del reo,

deducida de su patrimonio, ingresos,

obligaciones y cargas familiares y

demás circunstancias personales del

mismo. De ahí la importancia de que

el condenado acredite con los medios

de prueba que tenga (número de

hijos, ingresos, hipoteca, etc.) las

cargas familiares que tenga para que

el importe de la multa sea

consecuente con su capacidad

económica.

C/ Bolonia, 22 – 50008 – Zaragoza – Tf: 976220840 – Fax: 976234259 – Email: [email protected]

Página 18

2ª.- El Tribunal, por causa justificada,

podrá autorizar el pago de la multa

dentro de un plazo que NO EXCEDA

DE DOS AÑOS desde la firmeza de la

sentencia, bien de una vez o en los

plazos que se determinen. En este

caso, el impago de dos de ellos

determinará el vencimiento de los

restantes. Esto significa que, si no se

puede abonar de una sola vez la multa

impuesta, SE PUEDE SOLICITAR DEL

JUZGADO EL PAGO FRACCIONADO,

ahora bien, el compromiso que se

asuma ha de cumplirse, pues se corre

el riesgo que de no ingresar la

cantidad en los plazos establecidos el

Juez revoque el fraccionamiento y

pueda convertirse la multa en DIAS DE

PRISIÓN.

¿Qué ocurre si el penado no paga la

pena de multa?

Si el condenado no abonase la multa

impuesta, queda sujeto a una

responsabilidad personal subsidiaria

de UN DÍA DE PRISIÓN por cada DOS

CUOTAS DE MULTA no satisfecha.

EJEMPLO: Si el condenado por

conducir ebrio a 8 meses de multa

(1.440 euros) no paga nada, puede

ingresar en PRISIÓN CUATRO MESES

(la mitad de la pena de multa se

convierte en prisión). Si en cambio le

faltaba por pagar TREINTA DIAS DE

MULTA (30 días x 6 euros= 180 euros)

puede ingresar en prisión QUINCE

DIAS, la mitad de los días de multa que

no ha pagado.

Cuando se trata de una multa

impuesta por un delito leve (antigua

falta), el impago de la multa podrá

cumplirse mediante localización

permanente (arresto domiciliario).

También podrá el Juez o Tribunal,

previa conformidad del penado,

acordar que la responsabilidad

subsidiaria (prisión o localización

permanente) se cumpla mediante

trabajos en beneficio de la

comunidad. En este caso, cada día de

privación de libertad equivaldrá a una

jornada de trabajo.

Es IMPORTANTE saber que si no se

paga la pena de multa por carecer de

recursos económicos, al convertirse

en privación de libertad, podría

solicitarse del Juzgado, siempre y

cuando se reúnan los requisitos

exigidos, la suspensión de la pena

conforme a lo dispuesto en los

artículos 80 y siguientes del vigente

Código Penal.

CONCLUSIÓN:

La pena de multa impuesta por un

Juzgado Penal es una de las clases de

penas previstas en el Código Penal, ha

de ser cumplida como cualquier otra

pena y deja antecedentes penales.

© mundojuridico.info - La pena de multa

http://www.mundojuridico.info/la-

pena-de-multa/

DEFINICIÓN DE: “HABEAS

CORPUS”

El concepto de Hábeas

corpus identifica al derecho que

posee todo ciudadano que se

encuentra detenido y a la espera de

comparecer de manera inmediata y

pública ante un tribunal o una

autoridad. Los jueces, al oír el

testimonio del detenido, determinan

si el arresto es legal o ilegal y, por lo

tanto, pueden decretar que finalice.

El Hábeas Corpus, por lo tanto,

constituye una institución de orden

jurídico que busca evitar los arrestos

arbitrarios y que garantiza la libertad

personal del individuo. El recurso

suele emplearse para impedir abusos

por parte de las autoridades ya que

obliga a dar a conocer la situación

del detenido ante un juez.

Cuentan los expertos que el Hábeas

corpus se remonta a la época de los

romanos, cuando su objetivo era

exhibir al hombre libre que era

detenido por otra persona. Esta

herramienta jurídica, por lo tanto,

C/ Bolonia, 22 – 50008 – Zaragoza – Tf: 976220840 – Fax: 976234259 – Email: [email protected]

Página 19

estaba enfocada a los casos en los

cuales se violaba la libertad entre

ciudadanos y no frente a decisiones de

los gobernantes.

La utilización del recurso contra las

autoridades comenzó a aplicarse

en 1305, cuando se le exigió al

rey Eduardo I de Inglaterra que

informara de la situación de un sujeto

con libertad restringida.

Los especialistas destacan que el

Hábeas Corpus defiende y abarca dos

derechos importantes: la libertad

individual (que supone que el

individuo no puede ser detenido de

manera arbitraria) y la integridad

personal (el sujeto no debe ser víctima

de daños contra su persona, como

lesiones generadas por torturas, por

ejemplo).

Organizaciones como Amnistía

Internacional y Human Rights

Watch defienden la instauración del

derecho de Hábeas Corpus a nivel

mundial para evitar cualquier tipo de

violación.

La libertad y los fines del Hábeas

Corpus.

En lo que se refiere al ámbito social,

político y jurídico, posiblemente uno

de los términos más nombrados y a la

vez con un mayor número de

acepciones es el de libertad. En el

concepto de Hábeas Corpus, también

es uno de los vocablos más presentes

y se trata de una facultad o quizás

capacidad humana de actuar de una u

otra forma siendo fiel a aquello que la

persona crea conveniente.

Esto significa que la libertad es un

espacio donde no existen las

coacciones o impedimentos externos

para el desarrollo completo de un

individuo; un acto que es ejecutado

con el dominio absoluto de las

facultades por parte de un individuo,

es un hecho concebido en libertad.

Pero no es un concepto que deba

entenderse sólo en un sentido

individual; se trata también de un

asunto social y político. De este modo,

las acciones de una persona son

juzgadas de acuerdo a las leyes y al

contexto legal en el que se las realice.

El Hábeas Corpus es una de las

garantías que regula los derechos

fundamentales de un individuo y

depende de un mandato

constitucional. Es decir que toda

persona que se viera privada de su

libertad o que sintiera amenazada

su seguridad individual, puede

solicitar a un juez con jurisdicción en la

zona en cuestión un mandamiento de

Hábeas Corpus a través del cual se le

restituya su libertad.

Es importante, antes de terminar,

dejar claro que el Hábeas Corpus no es

un procedimiento, sino un proceso. Su

finalidad es velar por la libertad de una

persona y las resoluciones tomadas a

partir de él responden a esta

exigencia.

Los fines del Hábeas Corpus son:

* Fin preventivo: toda persona que

pueda ver amenazada su libertad de

forma ilegal, tiene derecho a

solicitarlo a fin de que se examine

aquel factor que la intimida;

* Fin reparador: la persona que se vea

ilegalmente privada de su libertad

puede solicitar la rectificación del

caso en el que se encuentra

vinculada y el juez deberá restituirle

su libertad;

* Fin genérico: responde a aquellas

circunstancias que no se hallen

contempladas en los fines anteriores

y la persona afectada podrá solicitar

la rectificación de su caso si ha sido

C/ Bolonia, 22 – 50008 – Zaragoza – Tf: 976220840 – Fax: 976234259 – Email: [email protected]

Página 20

privada de su libertad o seguridad de

formas ilegales.

http://definicion.de/habeas-corpus/

EL DESPIDO DURANTE LA BAJA

MÉDICA YA ES DESPIDO NULO

Una vez más, el Tribunal de Justicia

de la UE vuelve a dejar en evidencia

la legislación laboral española.

Tribunal de Justicia de la UE vuelve a

dejar en evidencia la legislación

laboral española.

nuevatribuna.es | Juristas Laboralistas10

de Febrero de 2017 (12:14 h.)

Como ya sucediera con el caso de los

interinos, el Tribunal de Justicia de la

Unión Europea ha vuelto a poner en

evidencia la legislación laboral

española. En esta ocasión, el juzgado

de lo Social número 33 de

Barcelona ha declarado nulo un

despido que se produjo durante

la incapacidad temporal de un

trabajador (baja médica) siguiendo la

resolución del tribunal europeo.

Se trata de un caso que marca

precedente ya que, de no ser por la

intervención de Europa, dicho despido

hubiese sido improcedente en lugar

de nulo.

DIFERENCIAS ENTRE DESPIDO

IMPROCEDENTE Y NULO

Juristas Laboralistas señalan que la

improcedencia de un despido y el

despido nulo son radicalmente

diferentes. Cuando el órgano

judicial declara improcedente un

despido, lo hace alegando que no

hubo motivo para practicarlo, o que la

decisión extintiva carece de los

mínimos requisitos exigibles por la

Ley. Frente a ello se alza la declaración

de nulidad, que se basa en que el

despido se practicó vulnerando

derechos fundamentales y libertades

públicas, que ampara nuestra

constitución.

Así pues, y es lo más relevante, son las

consecuencias de tal declaración. En

este sentido, si se declara la

improcedencia del despido, o despido

improcedente, la empresa deberá

optar por readmitir al trabajador o

indemnizarlo en la cuantía

correspondiente al despido

improcedente. Sin embargo, si se

declara el despido nulo, la empresa no

puede optar, por lo que deberá

reincorporar al trabajador en su

puesto de trabajo y abonándole los

salarios de tramitación. Y estos no son

más que los dejados de percibir desde

la fecha del despido hasta la fecha en

la que se notifique la sentencia. Por

ello, los salarios de tramitación suelen

ser bastante más elevados que

cualquier indemnización.

Una vez visto lo anterior, y entrando a

analizar la sentencia del Juzgado de lo

Social nº 33 de Barcelona, de 23 de

diciembre de 2016, en la que se

enjuicia el despido de un cocinero

accidentado de un conocido hotel. El

origen de todo fue el accidente laboral

sufrido por el citado trabajador, al

resbalar, caerse y fracturarse varios

huesos durante su jornada laboral.

Tras varias semanas en situación de

incapacidad temporal, la empresa

notifica al trabajador su despido

disciplinario, alegando “no haber

alcanzado las expectativas

establecidas por la empresa ni el

rendimiento que la empresa considera

adecuado o idóneo para el

desempeño de sus tareas en su puesto

de trabajo”.

UNA SENTENCIA QUE MARCA

PRECEDENTES

C/ Bolonia, 22 – 50008 – Zaragoza – Tf: 976220840 – Fax: 976234259 – Email: [email protected]

Página 21

Pues bien, la novedad reside en

que esta sentencia considera que el

hecho de despedir al trabajador en

situación de incapacidad temporal

(baja médica) no es improcedente,

sino nulo. Por ello, el trabajador ha de

ser reincorporado en la empresa, con

idénticas condiciones de trabajo y el

abono de los salarios de tramitación

en caso de estimarse el despido nulo.

Esta sentencia, a pesar de haberse

dictado por un Juzgado de primera

instancia, sienta antecedentes en

tanto las cuestiones prejudiciales

emitidas por el Tribunal de Justicia

Europeo han sido las determinantes

en gran medida para obtener esta

sentencia.

Es necesario tener en cuenta que, el

Juez de primera instancia llega a la

conclusión de que existe nulidad

(despido realizado vulnerando

Derechos constitucionales; en este

caso al derecho a la integridad física y

a la salud), en tanto se discrimina al

trabajador por su condición de

“discapacitado”, un concepto que ya

el Tribunal de Justicia de la Unión

Europea ha calificado como aquel

trabajador en situación de

incapacidad temporal que presenta un

carácter duradero de su incapacidad

en la fecha del despido. Precisamente

ese es el concepto que el citado

Tribunal utiliza como discapacidad a

los efectos de calificar el despido

como discriminatorio, y que por otro

lado ya recogen la Directiva Europea

2000/78, C335/11 y C-337.

Por ello, los despidos practicados

sobre trabajadores en situación de

incapacidad temporal, que

previsiblemente se alarguen en el

tiempo, y que puedan ser

considerados como discapacitados,

cuentan ya con una protección contra

el despido mucho mayor que la que la

actual doctrina jurisprudencial

española le venía garantizando, en la

que exclusivamente se estimaba la

improcedencia del despido en caso de

probarse que el motivo real de éste,

era la situación de enfermedad.

Fuente: Juristas Laboralistas

http://www.nuevatribuna.es/articulo

/economia-social/despido-baja-

medica-despido-

nulo/20170210120452136564.html

"RESPUESTA DE LA UCSP DPTO

HABILITACIONES, SOBRE

CONSULTA DEL SINDICATO CSIF

AREA DE SEGURIDAD PRIVADA,

ANTE UNA POSIBLE

IRREGULARIDAD DE COMO

EJERCITAR LA FORMACIÓN

PRACTICA DE LOS ASPIRANTES

A VIGILANTES DE SEGURIDAD

QUE REALIZAN EL CURSO DE

CERTIFICADO DE

PROFESIONALIDAD

ESPECIALIDAD VIGILANTE DE

SEGURIDAD".

Con carácter previo se participa que

los informes o respuestas que emite

esta Unidad tienen un carácter

meramente informativo y orientativo

-nunca vinculante- para quien los

emite y para quien los solicita, sin que

quepa atribuir a los mismos otros

efectos o aplicaciones distintos del

mero cumplimiento del deber de

servicio a los ciudadanos.

En relación con la información

suministrada, y entendiendo, tal vez,

C/ Bolonia, 22 – 50008 – Zaragoza – Tf: 976220840 – Fax: 976234259 – Email: [email protected]

Página 22

pudiera tratarse de un supuesto de

“prácticas profesionales no laborales”

del Real Decreto 548/2014 de 27 de

junio del 2014, por el que se

establecen los Certificados de

Profesionalidad de la familia

profesional de Seguridad y Medio

Ambiente, participar lo siguiente:

La realización de “prácticas

profesionales no laborales”, está

planteada en los módulos de

formación para la obtención de los

certificados de profesionalidad,

certificación ésta que se encuentra

admitida como una de las posibles vías

formativas para la obtención de la

habilitación profesional, según el

artículo 29.1.a) de la Ley 5/2014, de

Seguridad Privada.

La realización de dichas “prácticas

profesionales no laborales”, en la

forma en que aparecen contempladas

en el módulo formativo, no resulta

contraria a la normativa de seguridad

privada, ni tampoco se deriva de su

correcta ejecución vulneración alguna

del régimen sancionador establecido

en la Ley 5/2014, de Seguridad

Privada.

Para la correcta ejecución de las

referidas “prácticas profesionales no

laborales”, en ningún caso se podrán

sobrepasar los límites dispuestos en la

normativa de seguridad privada, lo

que ocurriría si el personal que las

realiza lo hace utilizando la

uniformidad reglamentaria (uniforme,

distintivo y medios de defensa), o

ejerciendo, de forma real, las

funciones de seguridad privada

reservadas al personal de seguridad

privada, sin que quepa entender por

tal la mera presencia en puestos de

trabajo reales, o la simple

participación en todo tipo de

simulacros, siempre que lo sean, en

ambos casos, con finalidad formativa y

no remunerada, ni como

complemento o sustitución del

ejercicio laboral que pueda estar

encomendado o llevando a cabo un

profesional habilitado.

CUERPO NACIONAL DE POLICIA

UNIDAD CENTRAL DE SEGURIDAD

PRIVADA

GRUPO DE HABILITACIONES

ARAGÓN

DETENIDO TRAS AGREDIR A UN

VIGILANTE QUE INTENTÓ

EVITAR QUE ROBARA

Los hechos ocurrieron sobre las 21.30

en la calle Andrés Vicente. Sobre el

arrestado existía ya una orden de

detención del juzgado de lo penal.

Heraldo.es Actualizada 30/01/2017 a las

00:26

La Policía Local de Zaragoza detuvo

este domingo por la noche a un joven

de 22 años por agredir a un vigilante

jurado que intentaba evitar que

robara varios productos en un

establecimiento comercial del barrio

de Delicias.

Los hechos ocurrieron sobre las 21.30

en la calle Andrés Vicente, informaron

fuentes policiales.

El detenido, identificado como J. G. O.,

fue puesto a disposición judicial y

después se comprobó que sobre él

exisitía ya una orden de detención

dictada por el juzgado de lo penal 1 de

Zaragoza.

http://www.heraldo.es/noticias/aragon/z

aragoza-

provincia/zaragoza/2017/01/30/detenido

-tras-agredir-vigilante-que-intento-evitar-

que-robara-1156252-301.html

C/ Bolonia, 22 – 50008 – Zaragoza – Tf: 976220840 – Fax: 976234259 – Email: [email protected]

Página 23

N O T A S: