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ACTA Nº 20 /2017
ACTA DE LA SESION ORDINARIA CELEBRADA POR LA JUNTA DE
GOBIERNO LOCAL EL DIA 22 DE MAYO DE 2.017
SR. ALCALDE
D. Saulo Nebreda Trevejo (EAJ-PNV)
SRS. TENIENTES DE ALCALDE
Dª. Ainhoa Hernández Marcos (EAJ-PNV)
D. Gonzalo Rodríguez Díaz (EAJ-PNV)
D. Oscar Salicio Rego (PSE-EE)
D. Amaia Gonzalez Novo (EAJ-PNV)
SECRETARIO
D. Alberto Gabanes Rivero
TECNICOS
Dª. Izaskun Sarasola Gonzalez (Interventora Municipal)
D. Jesús Uriarte Arciniega (Arquitecto Municipal)
Dª. Isabel García (Técnica de Intervención Comunitaria)
En el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial del Ayuntamiento de
Ortuella, siendo las 9,30 horas del día quince de Mayo de dos mil diecisiete
previa convocatoria al efecto, se reúnen bajo la Presidencia del Sr. Alcalde D.
Saulo Nebreda Trebejo (EAJ-PNV), los Tenientes de Alcalde que al margen se
expresan con el fin de tratar de los asuntos comprendidos en el Orden del Día, y
de todo ello da fe el Secretario D. Alberto Gabanes Rivero.
Por el Sr. Alcalde se declara abierta la sesión, procediéndose a tratar de los
asuntos comprendidos en el Orden del Día.
1º APROBACIÓN ACTAS
Se retira el punto del Orden del Día.
2º APLICACIÓN DE BONIFICACIÓN DEL 25 % EN LA CUOTA
DEL IMPUESTO DE VEHÍCULOS PARA VEHÍCULOS DE
MOTOR HÍBRIDO.
Aprobar Bonificación del 25% en el IVTM a Dª. M.C.C.A. con DNI 14.709.773-P,
para el vehículo con matrícula 7020-JSD, a partir del 1 de Enero de 2018 hasta el
31 de diciembre 2021.
3º DANDO DE BAJA VEHÍCULO EN EL PADRÓN DE IVTM Y
DEVOLUCIÓN DE LO ABONADO INCORRECTAMENTE.
Devolución de la parte proporcional del impuesto de 2013 por baja definitiva del
vehículo, así como las cantidades abonadas indebidamente en los ejercicios 2014, 2015 y
2016, y los intereses de demora ocasionados, que son:
Nº Recibo abonado devolución intereses de demora
201304488 39,20 € 29,40 €
201403120 39,94 € 39,94 € 5,00 €
201503053 39,94 € 39,94 € 3,16 €
201604377 39,98 € 39,98 € 1,48 €
201703771
Minorar los siguientes derechos reconocidos:
Nº Operación
1-2013-748
1-2014-578
Importe
29,40 €
39,94 €
1-2015-299 39.94 €
1-2016-242
1.2017.377
39,98 €
39,98 €
4º BONIFICACIÓN IVTM DEL 50 % POR ANTIGÜEDAD.
Aprobar Bonificación en el IVTM a D. S,M.M. con DNI nº 22.706.489-S, para el
vehículo con matrícula BI-9127-BK, del 50% ,a partir del 1 de Enero de 2018.
5º BONIFICACIÓN IVTM DEL 50 % POR ANTIGÜEDAD.
Aprobar Bonificación en el IVTM a D. T.Q.M. con DNI nº 20.171.590-S, para el
vehículo con matrícula V-6437-EC, del 50%, a partir del 1 de Enero de 2018.
6º CAMBIO DE TITULARIDAD TERRENO COMUNAL GOLIFAR
3H (GARAJE).
Cambiar la titularidad de los terrenos comunales correspondientes a los siguientes
recibos, siendo el nuevo titular M.A.F. (DNI nº 76624174-L):
REF117 Garaje 27,50 m2
Liquidar la tasa correspondiente al cambio de titularidad.
7º DEVOLUCIONES DE LA PARTE PROPORCIONAL DE IVTM
POR BAJA DEFINITIVA.
Devolver la parte proporcional del IVTM por haber dado de baja definitiva los
vehículos, según la siguiente tabla.
MATRICULA VEHICULO
TITULAR DNI FECHA BAJA DEFINITIVA
IVTM PAGADO EXISTEN DEUDAS
Importe A DEVOLVER
3097-CGF I.M.R. 22.744.935-M 8-2-2017 84,33 € NO 70,28 €
8º DEVOLUCIÓN DE LA PARTE PROPORCIONAL DE IVTM POR
BAJA DEFINITIVA DE EJERCICIOS ANTERIORES.
Devolver la parte proporcional del IVTM por haber dado de baja definitiva los
vehículos, según la siguiente tabla.
MATRICULA VEHICULO
TITULAR DNI FECHA BAJA DEFINITIVA
IVTM PAGADO EXISTEN DEUDAS
Importe A DEVOLVER
6486-BPC J.C.G.M. 45.673.046-Z 4-03-2016 142,86 € NO 107,15 €
BI-6665-BM J.C.G.M. 45.673.046-Z 10-11-2015 155,95 € NO 13,00 €
9º ACTUALIZACIÓN CONTRATO Y RENTA ALQUILER
VIVIENDA MUNICIPAL EN AVDA. DE BILBAO Nº 7-3º.
Proceder a la redacción y firma de nuevo contrato de Arrendamiento de la vivienda
sita en Avda. de Bilbao Nº 7-3º con Dª MA.B.S. de los B. con D.N.I. Nº 24.403.596
K.
En base a los ingresos declarados, establecer una renta mensual de 85,52 €, a
devengar desde el mes de Junio de 2.017.
Presentar la siguiente documentación:
1º Depositar fianza de 85,52 € importe correspondiente a una mensualidad.
2º Facilitar el Número de Cuenta donde desea domiciliar los recibos
3º Seguro de Responsabilidad Civil de la vivienda a favor del Ayuntamiento.
10º DEVOLUCIÓN DE AVAL SOLICITADO POR LAPPSET ESPAÑA
VR.
Aprobar la devolución de las siguientes fianzas:
Tercero Nº Operación Partida N.P. Importe
Lappset España VR S.L. 320090000421 70504 10.086,07.-
11º DENEGANDO DEVOLUCIÓN DE IVTM.
Denegar devolución alguna a Dª A.S.M. con DNI 14.914.664-S del IVTM 2017
del vehículo 6443-BFB.
12º RECTIFICACIÓN DE RECIBO IVTM Y DEVOLUCIÓN DE LO
ABONADO DE MÁS.
Modificar la clasificación del vehículo 4096-DTS de L.I.C. con DNI nº 45.670.835-
B, con efectos a 1 de enero de 2.018, dando por correctamente girado el recibo
201703563.
13º APROBANDO FRACCIONAMIENTO DE PAGO 157
Conceder el fraccionamiento de lo solicitado por D.F.J.M.J. con DNI nº
20.174.140-N
14º APROBANDO AYUDA PARA ADQUISICIÓN DE GAFAS A LA
TRABAJADORA L.M.P.
Aprobar el gasto y ordenar el pago a cargo de la Partida 1.221.16204, cuyo
importe asciende a doscientos noventa euros y veinticinco céntimos (290,25 €), a
Dª L.P.M., DNI: 14.700.233 J.
15º APROBANDO EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN
PRESUPUESTARIA 1/ADICIO05.17
Aprobar el expediente de Modificación Presupuestaria 1/ADICIO05.17
16º APROBANDO EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN
PRESUPUESTARIA 1/IREMAN02.17
Aprobar el expediente de modificación presupuestaria 1/IREMAN02.17.
17º ALTA EN EL MERCADILLO SEMANAL
Se retira el punto del Orden del Día.
18º PATCHWORK KALEAN
Aprobar el III Patchwork kalean 2017 por un importe de 1.400,00 € con cargo a la
partida 0 338 22607 “Actos”, nº de Operación: 220170003438.
19º I EDICIÓN BURDIN BEER FESTIVAL ORTUELLA
Aprobar la celebración de la I Edición Burdin Beer Festival Ortuella por un
importe de 9.500 € con cargo a la partida 0 338 22607 “Actos”, nº de Operación:
220170003469.
20º CRONOESCALADA 2017
Aprobar la Cronoescalada 2017 por un importe de 996,00 € con cargo a la partida
0 338 22607 “Actos”, nº de Operación: 220170003586.
21º ALTA DE VADO MENDIALDE, 17
Conceder a C.P.N. con DNI 14702365-Y vado nº 15 para la lonja sita en
mendialde, 19 donde se guardan dos (2) vehículos.
22º APROBAR EL GASTO Y ORDENAR EL PAGO DE FACTURAS
INCLUIDAS EN LA RELACIÓN F/2017/XX
Aprobar el gasto y ordenar el pago de las facturas detalladas en la relación
contable F/2017/18 cuyo importe total para 55 facturas asciende a doscientos tres
novecientos noventa y seis mil euros y cuarenta y un céntimos (203.996,41 €).
23º APROBAR LA CAMPAÑA “EMAN GILTZA”. AREA EUSKERA.
Aprobar la Campaña “Eman Giltza”, Area Euskera, por un importe de 536,79 €,
de conformidad con el informe transcrito, con cargo a la partida 13 335 22607
“Actos Promoc. Euskera”, nº de Operación: 220170002918.
24º APROBAR LA PARTICIPACIÓN EN EL CONCURSO
NARRATIVO DE LA ZONA MINERA “ELEZ 17”. AREA
EUSKERA.
Aprobar la participación en el Concurso Narrativo de la Zona Minera “ELEZ 17”,
Area Euskera, por un importe de 500 €, de conformidad con el informe transcrito,
con cargo a la partida 13 335 22607 “Actos Promoc. Euskera”, nº de Operación:
220170003582.
25º APROBANDO EL GASTO Y ORDENANDO EL PAGO DE
FACTURAS INCLUIDAS EN LA RELACIÓN F/2017/XX
CORRESPONDIENTES AL 2016 CON CARGO AL REMANENTE
DE TESORERÍA
Aprobar el gasto y ordenar el pago de las facturas detalladas en la relación
contable F/2017/19, y cuyo importe total para 2 facturas asciende a dieciséis mil
cientos setenta y siete euros y setenta y cuatro céntimos (16.177,74 €).
26º ACTUALIZACIÓN CONTRATO ARRENDAMIENTO VIVIENDA
EN AVDA.DE BILBAO Nº 7-3º.
Se retira el punto del Orden del Día.
27º DAR CUENTA DE LOS SIGUIENTES DECRETOS EMITIDOS.
DECRETO.466.- AUTORIZACIÓN PARA LA INSTALACIÓN DE BARRACAS CON
MOTIVO DE LAS FIESTAS DE SAN FÉLIX 2.017.
DECRETO.467.- APROBACIÓN AYUDA DE MÁXIMA NECESIDAD PAGO A
RESIDENCIA DE M.A.M
DECRETO.503.- AUTORIZACIÓN PRUEBA DEPORTIVA ORIENTACIÓN A PIE.
DECRETO.504.- AUTORIZACIÓN A LA ASOCIACIÓN CONTRA EL CÁNCER
PARA LA REALIZACIÓN DE UNA CUESTACIÓN ANUAL EN
ORTUELLA.
DECRETO.505.- ADJUDICACIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA DE FIESTAS
MAYO/2017.
DECRETO.506.- CONVENIO DE COLABORACIÓN CON RED ELÉCTRICA
ESPAÑOLA.
DECRETO.507.- APROBANDO EL GASTO Y ORDENANDO EL PAGO DE
FACTURA INCLUIDA EN LA RELACIÓN F/2017/17. KALEAN.
28º VARIOS
APROBACIÓN FRACCIONAMIENTO DE DEUDAS Nº156.
Visto el informe emitido por la Tesorera Municipal que dice textualmente:
T0731705.17
AMPARO LOPEZ VAZQUEZ, TESORERA DEL AYUNTAMIENTO DE
ORTUELLA (BIZKAIA)
ANTECEDENTES DE HECHO
I. En fecha 10 de Mayo de 2017 se presenta escrito Entrada nº 2151, por el que
MP.G.P., DNI nº 14694101E, solicita el fraccionamiento de la deuda pendiente
con este Ayuntamiento, en concepto de Reintegro de Subvención, alegando
imposibilidad económica transitoria para afrontar el pago. Acompaña a la
solicitud Movimientos bancarios de los últimos meses, Declaración responsable
sobre productos financieros a su nombre, Ficha de Tercero y Certificado de
Percepción de Pensión.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
II. Reglamento General de Gestión y Recaudación del Ayuntamiento de Ortuella, art.
18.
III. Norma Foral 2/2005, de 10 de marzo, General Tributaria del Territorio Histórico
de Bizkaia.
IV. Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento
General de Recaudación.
INFORME
I. Visto el Decreto de Alcaldía nº 282, de 27 de Marzo, por el que se aprueba incoar
expediente de reintegro de subvención a MP.G.P., DNI nº 14694101E.
II. Vista la liquidación nº 201707084, en relación al acuerdo arriba indicado, por
importe de 867,79,- €, en concepto de reintegro más intereses.
III. Examinada la solicitud de fraccionamiento arriba indicada esta Tesorería tiene a
bien informar:
• Que la deuda de la que se solicita fraccionamiento es una de las deudas
“aplazables o fraccionables” de las contempladas en el artículo 18 de la
Ordenanza Municipal de Recaudación.
• Que el órgano municipal competente para resolver sobre la presente
solicitud de fraccionamiento es la Alcaldía-Presidencia, en virtud del
artículo 21.1.m) de la Ley 7/85, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
• Que la solicitud presentada por el interesado reúne todos los requisitos
exigidos en el mencionado artículo 18 de la Ordenanza Municipal de
Recaudación.
• Que el Ayuntamiento podrá exigir al contribuyente garantía que avale el
cumplimiento del pago fraccionado si los vencimientos superan el tiempo
de 6 meses o la deuda es superior o igual a 6.000,- €.
IV. Por lo expuesto, estimando la falta de liquidez y la dificultad para afrontar el
pago alegadas por el interesado, se informa favorablemente la concesión de
fraccionamiento en el plazo de 6 meses, debiendo devengarse los intereses de
demora que corresponden a partir del 1-1-2017 (Ley 22/2013, de 23 de Diciembre,
Disposición Adicional 32ª), según por la Ley 58/2003 General Tributaria y
actualizados anualmente por la Ley de Presupuestos Generales del Estado, por el
tiempo comprendido entre el vencimiento del periodo voluntario y el vencimiento
de cada plazo concedido
V. Se propone conceder el fraccionamiento de lo solicitado por el interesado de las
siguientes liquidaciones, en la cuantía y plazos expuestos en el Anexo 1:
Concepto nº liquidación Importe
Principal
Reinteg 201707084 867,79,-
VI. El interesado, por su parte, deberá cumplir los siguientes requisitos:
- Deberá encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias. El
incumplimiento de las mismas determinará la cancelación de los
fraccionamientos de las deudas incluidas en esta resolución.
- En el supuesto de que durante la vigencia de este fraccionamiento, el
obligado al pago resultare acreedor de este Ayuntamiento, dichos créditos
se afectarán al pago de la deuda aplazada, entendiéndose que desde el
momento presente se formula la oportuna solicitud de compensación para
que surta sus efectos en cuanto concurran créditos y débitos, aún cuando
ello pueda suponer vencimientos anticipados de cantidades pendientes, y sin
perjuicio de los nuevos cálculos de intereses que resulten procedentes.
VII. De incumplirse el pago en cualquiera de los vencimientos incluidos en este
fraccionamiento, para la deuda incumplida será de aplicación lo dispuesto en el
artículo 18.5.b de la Ordenanza Municipal de Recaudación, según el cual se
continuará el procedimiento de apremio para la totalidad de las fracciones
pendientes de pago.
VIII. El ingreso de cada plazo y los intereses de demora correspondientes se realizará
mediante domiciliación bancaria, dentro los cinco (5) primeros días de cada mes,
IX. Debe advertirse al interesado que los actos de gestión recaudatoria son ejecutivos,
por ello las deudas comprendidas en el presente acuerdo deberán pagarse en los
plazos establecidos, careciendo de efectos suspensivos cualquier solicitud
posterior formulada por los interesados, ya que por sí misma no desvirtúa la
vigencia del acuerdo.
X. A la vista de la delicada situación económica actual se propone a la Alcaldía
exonerar al interesado de su obligación a presentar garantía sobre los citados
fraccionamientos.
Conceder el fraccionamiento de lo solicitado por M.P.G.P. con DNI nº
14.694.101-E, según el informe transcrito.
RECTIFICANDO UNIDAD FISCAL 8511-DSX.
Visto el informe emitido por la Tesorera Municipal que dice textualmente:
T0691605.17
Dª. AMPARO LOPEZ VAZQUEZ, TESORERA DEL AYUNTAMIENTO DE
ORTUELLA (BIZKAIA)
ANTECEDENTES DE HECHO
I. Vista la solicitud, Entrada nº 1642, de 11 de abril de 2017, por la que M.S.C. con
DNI nº 20.176.196-K, solicita la rectificación del recibo 201705880 de IVTM de
su vehículo 8511-DSX, por figurar en él como Turismo y debería figurar como
Camión.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
I. Norma Foral 2/2005, de 10 de Marzo, General Tributaria del Territorio Histórico
de Bizkaia
II. Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción
Mecánica.
III. Ordenanza Municipal General de Gestión y Recaudación.
INFORME
I. Comprobado que en fecha 28-6-2016, causó alta por transferencia el vehículo
8511-DSX, propiedad del NIF nº 20.176.196-K, clasificado como turismo, con
13’90 caballos fiscales, todo ello según la información facilitada por Jefatura de
Tráfico.
II. Visto el artículo 6.2.a) de la Ordenanza Municipal reguladora del IVTM, que dice
textualmente Se entenderá por furgoneta el resultado de adaptar un vehículo de
turismo a transporte mixto de personas y cosas mediante la supresión de asientos
y cristales, alteración del tamaño o disposición de las puertas y otras
alteraciones que no modifiquen esencialmente el modelo del que se deriva. Las
furgonetas tributarán como turismo, de acuerdo con su potencia fiscal, salvo en
los siguientes casos: a) Primero: Si el vehículo estuviese habilitado para el
transporte de más de nueve personas, incluido el conductor, tributará como
autobús. b) Segundo: Si el vehículo estuviese autorizado para transportar más de
525 kilogramos de carga útil tributará como camión.
III. Según la Consulta 1693/2001, de 18 de Septiembre, de la Dirección General de
Tributos “Cuando se trate de un vehículo que tenga un espacio dedicado a la
carga y otro al transporte de personas, deberá conceptuarse como camión, a los
efectos del IVTM, en tanto que el número de asientos del mismo no exceda de la
mitad de la que conforme a su categoría o estructura puediera llevar como
máximo, descontada, en todo caso, la plaza del conductor, por cuanto que esta es
irrelevante a los efectos de la clasificación del vehículo”.
IV. Comprobada la documentacion presentada por M.S.C., con DNI nº 20.176.196-K,
se observa que el vehículo con matrículoa 8511-DSX, ha sufrido reformas
autorizadas por la Dirección General de Tráfico, siendo la última en fecha 27-06-
2016, habiéndose desinstalado parte de los elementos propios de su clasificación
de “ambulancia”, y reducido el número de asientos a 3. Con ello se le da de baja
como “ambulancia” y de alta como “2400, Furgón/furgoneta, < = 3.500 kg,
Automóvil destinado al transporte de mercancias cuya cabina está integrada en el
resto de la carrocería con masa máxima autorizada igual o inferior a 3.500 kg”.
Criterio de utilización sin especificar.
V. Considerando todo lo anterior, y visto que los datos facilitados por Jefatura de
Tráfico no reflejaron la nueva clasificación del vehículo, se propone la
modificación de la unidad fiscal 8511-DSX, así como la rectificación del recibo
201705880, concediendo el plazo de un mes desde su notificación para su pago,
en base al art. 60 de la Norma Foral General Tributaria.
VI. Se da traslado del presente informe a la Junta de Gobierno Local para su
consideración y efectos oportunos
Modificar la clasificación del vehículo 8511-DSX de M.S.C. con DNI nº
20.176.196-K, modificando el recibo 201705880, notificándolo de nuevo y dando un mes
para proceder al pago desde la recepción..
REQUERIR DOCUMENTACIÓN ADICIONAL PARA INSTALACIÓN DE
ACTIVIDAD DE “CLUB DEPORTIVO PADEL” A A.V.S EN
REPRESENTACIÓN DE PROBAMESA, S.L.
Visto el Informe emitido por la Arquitecto Técnico que textualmente dice:
Dª IRMA ARRIANDIAGA BASARTE , ARQUITECTO TECNICO DEL
AYUNTAMIENTO DE ORTUELLA (BIZKAIA)
ASUNTO Requerimiento de documentación adicional de la Actividad de “CLUB
DEPORTIVO DE PADEL” sita en Polígono Industrial Granada, Pabellón I cuyo
titular es la empresa PROBAMESA S.L. con CIF B/48.289.482 y cuyo
representante es D.A.V.S. con DNI 11.927.150V . Entrega COMUNICACIÓN
PREVIA. Expediente: 5/2015.
INFORME:
La técnico que suscribe ha revisado la documentación presentada por el titular de la
actividad junto con la COMUNICACIÓN PREVIA-DECLARACIÓN responsable, y ha revisado
el Decreto nº 712/2016, en el cual se indicaba la documentación a presentar para la Apertura de la
actividad:
1. Presupuesto Final de Obra
2. Anexo a la Memoria de justificación del cumplimiento de los revestimientos del Sector 1 con
las clases Bs1d0 para paredes y techos, y clase Bfls1 para suelos (césped artificial)
3. Copia del CIF del titular
4. Copia del DNI del representante
5. Copia del poder de representación del representante.
6. Certificación de instalación de actividad expedida por persona técnica competente que
acredite que la actividad se adecua a la documentación técnica presentada, y que cumple
todos los requisitos ambientales y normativa vigente que le es de aplicación.
7. Certificado de puesta en marcha o Comunicación Previa de puesta en marcha emitido por el
órgano competente en materia de industria de las instalaciones de climatización y/o
ventilación, en su caso, cuando la potencia eléctrica sea superior a 70 kw. (Para potencias
entre 5 y 70 kw Certificado de registro de la instalación)
8. Certificado de las instalaciones de protección contra incendios de conformidad con lo
establecido en el Reglamento de Instalaciones de Protección contra incendios, aprobado por
el R.D. 1942/1993, de 5 de noviembre.
9. Comunicación Previa de puesta en marcha de las instalaciones de protección contra
incendios ante el órgano competente en materia de industria Desarrollo Económico y
Competitividad (Departamento de Industria) del Gobierno Vasco
10. Certificado de instalación eléctrica diligenciado ante el Departamento de Industria del
Gobierno Vasco de conformidad con lo establecido en el Reglamento electrotécnico para baja
tensión aprobado por Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto.
11. Fotocopia del Alta o variación en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) con
indicación expresa del local/pabellón ubicado en el municipio de Ortuella
En relación a la misma informar que la documentación es incompleta y en el caso del alta
en el Actividades Económicas errónea, por lo que no se puede emitir informe favorable de la
actividad hasta no presentar la siguiente documentación:
2.- Anexo a la Memoria de justificación del cumplimiento de los revestimientos del Sector 1 con
las clases Bs1d0 para paredes y techos, y clase Bfls1 para suelos (césped artificial)
6.- Certificación de instalación de actividad expedida por persona técnica competente que
acredite que la actividad se adecua a la documentación técnica presentada, y que cumple todos
los requisitos ambientales y normativa vigente que le es de aplicación.
9.- Comunicación Previa de puesta en marcha de las instalaciones de protección contra incendios
ante el órgano competente en materia de industria Desarrollo Económico y Competitividad
(Departamento de Industria) del Gobierno Vasco
11.- Fotocopia del Alta o variación en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) con
indicación expresa del local/pabellón ubicado en el municipio de Ortuella. Corregido, ya que se
han declarado 3.000 m2 de actividad en vez de los 5.013 m2 reales que recoge tanto el proyecto
como el fin de obra.
PLAZO: ………………………….1 MES
Requerir a A.V.S con DNI 11.927.150 V en representación de PROBAMESA ,
SL. con CIF B/48.289.482 documentación para la instalación de Actividad de
“Club Deportivo Padeltoki” en el Polígono Granada Pabellón , según el informe
transcrito .
Y no habiendo más asuntos que tratar, siendo las once horas del día de la
fecha se levanta la sesión, de la que se extiende la presente acta que es firmada
por los asistentes y de todo ello como Secretario doy fe.
Vº Bº
EL ALCALDE