Normatividad RSU, RME y RP

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RESIDUOS SÓLIDOS Y RESIDUOS PELIGROSOS

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RESIDUOS SÓLIDOS Y RESIDUOS PELIGROSOS

Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (LGPGIR)

Objetivos • Prevenir la generación de los residuos • Promover la valorización y gestión integral de los residuos

peligrosos, sólidos urbanos y de manejo especial. • Prevenir la contaminación de sitios con residuos y llevar a

cabo su remediación

RESIDUOS

La Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (LGPGIR) define a los sólidos como:

Aquellos materiales o productos cuyo propietario o poseedor desecha y que se encuentran en estado sólido o semisólido, líquido o gaseoso y que se contienen en recipientes o depósitos; pueden ser susceptibles de ser valorizados o requieren sujetarse a tratamiento o disposición final.

Tipos de residuos

Residuos Sólidos Urbanos

Residuos de Manejo Especial

Residuos Peligrosos

Ley de Residuos Sólidos del Distrito Federal

Objetivos • Minimizar la generación y disposición final. • Maximizar la valorización de los residuos y promover la

responsabilidad compartida. • Mejorar el manejo de residuos sólidos urbanos y de manejo

especial en el D.F.

Ley de Residuos Sólidos del Distrito Federal

Características

Obliga a la separación en la fuente en dos fracciones (orgánico e inorgánico)

Fomentar mecanismos de información pública

Fomentar la minimización de residuos

Remediación de sitios contaminados

Demanda la instrumentación de Planes de manejo de residuos sólidos

Promueve la valorización de los residuos sólidos

Fomentar la responsabilidad compartida

Ley de Residuos Sólidos del Distrito Federal

Prevención y minimización (Título tercero)

Las personas físicas o morales responsables de la producción, distribución o comercialización de bienes que una vez terminada su vida útil, originen residuos sólidos en alto volumen o que produzcan desequilibrios significativos al medio ambiente (Art. 23).

Instrumentar planes de manejo Adoptar sistemas eficientes de recuperación y retornos Privilegiar el uso de envases y embalajes

Ley de Residuos Sólidos del Distrito Federal

Son residuos urbanos Los generados en casa habitación o similares que resultan de la eliminación de los materiales que utilizan en actividades domésticas, de los productos que consumen y de envases, embalajes o empaques

Art. 32 Los residuos de manejo especial estarán

sujetos a planes de manejo……..

Son residuos de manejo especial • Provenientes de servicios de salud • Cosméticos y alimentos caducos • Actividades agrícolas, forestales y

pecuarias • Servicios de transporte • Demolición, mantenimiento y

construcción • Tecnológicos • Lodos deshidratados • Neumáticos • Voluminosos • Laboratorios industriales, químicos,

biológicos, de producción o de investigación

Ley de Residuos Sólidos del Distrito Federal

Tipos de generadores • Domicilios • Establecimientos microgeneradores •Pequeños generadores

•Grandes generadores

Ley de Residuos Sólidos del Distrito Federal

Gran generador: Persona física o moral que genera una cantidad igual o superior a 10 toneladas en peso bruto total de residuos al año o su equivalente en otra unidad de medida. Pequeño generador: Persona física o moral que genera una cantidad igual o mayor a cuatrocientos kilogramos, y menor a 10 toneladas en peso bruto de residuos al año o su equivalente en otra unidad de medida. Microgenerador: establecimiento industrial , comercial o de servicios que genere una cantidad de hasta 400 kg de residuos peligrosos al año o su equivalente en otra unidad de medida

Ley de Residuos Sólidos del Distrito Federal

Obligaciones de los generadores • Toda persona física o moral responsable de la producción, distribución y comercialización cuyo postconsumo genere residuos en alto volumen o que pueda producir desequilibrio ambiental (residuo de manejo especial) están obligados a desarrollar su plan de manejo.

•Generadores de residuos de manejo especial requieren evaluación y autorización de la Secretaría del medio Ambiente, considerando: Responsabilidad compartida

Programa de Gestión Integral de Residuos Sólidos para el D.F.

Características Contenido

I. Antecedentes II. Principios, Objetivos y Ámbito de Aplicación III. Marco Conceptual y Legal IV. Manejo de los Residuos Sólidos en el D.F. V. Instrumento de la Gestión Integral de los Residuos Sólidos VI. Costos, Evaluación y Actualización de PGIRS

Líneas estratégicas Prevención y minimización de la generación Manejo Integral Valorización y aprovechamiento de los residuos Prevención y control de la contaminación del suelo Comunicación y evaluación ambiental

Cada línea estratégica cuanta con una serie de

subprogramas en los cuales se describen los

objetivos, metas y acciones a cumplir

RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS

Los RSU (anteriormente llamados Residuos Sólidos Municipales en la Legislación Constitucional), según la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos Sólidos se definen como:

Los que se generan en las casas habitación como resultado de la eliminación de los materiales que se utilizan en las actividades domésticas (p.e. de los productos de consumo y sus envases, embalajes o empaques) o los que provienen también de cualquier otra actividad que se desarrolla dentro de los establecimientos o en la vía pública, con características domiciliarias, y los resultantes de las vías y lugares públicos siempre que no sean considerados como residuos de otra índole.

Impactos de los residuos sobre la población y los ecosistemas

Las consecuencias ambientales de la inadecuada disposición de los residuos pueden afectar a la salud y a los ecosistemas siendo algunos impactos los siguientes: Generación de contaminantes y gases de efecto invernadero

•Descomposición de residuos orgánicos producen biogases

•Los gases de efecto invernadero contribuyen al cambio climático

•Los gases que destacan son: CO2, CO, CH4, H2S y COV´s

Adelgazamiento de la capa de ozono

•Son sustancias liberadas a la atmósfera tales como los propulsores de aerosoles para el cabello, algunas pinturas, desodorantes, plaguicidas también los refrigeradores y climas artificiales

•La inadecuada disposición de los desechos de sustancias agotadoras de ozono (SAO) se convierten en fuentes de emisión de SAO

Contaminación de suelos y cuerpos de agua

•Descomposición de los residuos y contacto con el agua generan lixiviados

•Los lixiviados se infiltran en los suelos provocando contaminación en los suelos y cuerpos de agua

Proliferación de fauna nociva y transmisión de enfermedades

•Atracción de insectos, aves y mamíferos por la disposición inadecuada de residuos orgánicos

Generación de RSU a nivel nacional

La generación de RSU estimado para el 2011 fue de 41 millones de toneladas equivalente a cerca de 112.5 mil toneladas de RSU diariamente, datos estimados con base a la norma NMX-AA-61-1985, Determinación de la Generación de Residuos Sólidos.

Generación de RSU por región 2011

Composición de los RSU

Fuente: Informe de la Situación del medio Ambiente en México. Semarnat 2012

La generación de RSU por habitante aumento en un 17.65% pasando de 306 a 360 kg entre 1997 y 2011

En promedio se incrementó por

habitante 3.9 kg/año

Generación de RSU per capita en paises de la OCDE, 2010

Composición de los RSU

Residuos de comida,

jardines y materiales orgánicos similares

52.5%Papel, cartón y productos de

papel

13.8%

Textiles1.4%

Plásticos10.9%

Vidrios5.9%

Aluminio1.7%

Metales ferrosos

1.1%

Otros metales no ferrosos

0.6%

Otro tipo de basura12.1%

Composición de los RSU en México, 2011

Fuente: Dirección General de Equipamiento e Infraestructura en Zonas Urbano-Marginadas. Sedesol. México 2012

Flujo de los residuos sólidos en el D.F.

GENERACIÓN

RECOLECCIÓN Y BARRIDO

ESTACIONES DE TRANSFERENCIA

PLANTAS DE SELECCIÓN

PLANTAS DE COMPOSTA

RECICLAJE

DISPOSICIÓN FINAL

En el D.F se generan diariamente 12 mil ton de RSU

Co-GENERACIÓN

Rechazo

Rechazo

Estaciones de transferencia en el D.F.

Estaciones de transferencia

Alvaro Obregón

Azcapotzalco

Benito Juárez

Coyoacán

Cuauhtémoc

Gustavo A. Madero

Iztapalapa 1

Iztapalapa 2

Miguel Hidalgo

Milpa Alta

Tlalpan

Venustiano Carranza

Xochimilco

RESIDUOS DE MANEJO ESPECIAL

La LGPGIR define a los RME como aquellos generados en los procesos productivos que no reúnen las características para ser considerados residuos sólidos urbanos o peligrosos, o que son producidos por grandes generadores de residuos sólidos urbanos.

El 23 de noviembre de 2012 fue aprobada la NOM-161-SEMARNAT-2011 Que establece los criterios para clasificar a los residuos de manejo especial y determinar cuales están sujetos a plan de manejo; el listado de los mismo, el procedimiento para la inclusión o exclusión a dicho listado; así como los elementos y procedimientos para la formulación de los planes de manejo

RESIDUOS DE MANEJO ESPECIAL

Para el 2012 se generaron 21 937 ton de desechos de electrodomésticos: El 96% fueron de tamaño pequeño (planchas, secadoras de pelo, aspiradoras, tostadoras, freidoras, extractores, cafetreras, picadoras y batidoras.

El 4% correspondió a gran tamaño como estufas de gas, refrigeradores, lavadoras, secadoras de ropa, congeladores, aires acondicionados, ventiladores, calentadores y hornos de microondas

Residuos de Manejo Especial

Generalmente las pilas son arrojadas junto con el resto de los residuos domiciliarios en tiraderos a cielo abierto, rellenos sanitarios, terrenos baldíos o causes de agua y en combinación con factores externos como la lluvia provocan el derrame de los electrolitos internos, liberándose diversas sustancias tales como metales pesados (mercurio, níquel, cadmio y litio) que pueden contaminar el suelo y el agua.

Tipo de pilas Generado

Carbón-Zinc 70.1 %

Alcalinas 19 %

Litio 6.2 %

Óxido de mercurio, Zinc-aire y óxido de plata

4.7 %

Fuente: INECC, SEMARNAT. Diagnóstico Básico para la Gestión de Residuos. México 2013

Residuos Peligrosos

La gestión y manejo de residuos ha tomado relevancia cada vez mayor en el mundo

en años recientes, en virtud que la producción de residuos es genérica de los

procesos industriales, de la provisión de servicios así como de la sociedad que los

consume, generando ellos una carga de desechos sólidos sobre el planeta.

Ante la amenaza que representa la generación y

disposición inadecuada de un volumen cada vez

mayor de residuos, tenemos la obligación de

revisar las políticas y la legislación en la materia,

buscando afinar los instrumentos de gestión y

manejo de residuos.

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Artículo 4º: Toda persona tiene derecho a un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar.

Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente

Ley General para la Prevención y Gestión Integral de Residuos

Las leyes y normas que rigen el manejo de estos residuos básicamente se catalogan de la siguiente manera.

Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en los Estados

Normas Oficiales

Ley General para la Prevención y Gestión Integral de Residuos (LGPGIR) Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LEEGEPA)

NOM-052-SEMARNAT-2005 Que establece las características de los residuos peligrosos, el listado de los mismos y los límites que hacen a un residuo peligroso por su toxicidad al ambiente. NOM-054-SEMARNAT-1993 Que establece el procedimiento para determinar la incompatibilidad entre dos o más residuos considerados como peligrosos por la Norma Oficial Mexicana NOM-052-SEMARNAT-2005.

Reglamento de la

LGEEPA en materia

de Residuos Peligrosos

NOM-052-SEMARNAT-2005

Las características qusiduo como peligroso son: C: corrosividad R: reactividad E: explosividad T: toxicidad I: inflamabilidad B: biológico-infeccioso

NOM-052-SEMARNAT-2005

CORROSIVIDAD

Es corrosivo cuando una muestra representativa presenta cualquiera

de las siguientes propiedades:

Es un líquido acuoso y presenta un pH menor o igual a 2.0 o mayor o igual a 12.5 de conformidad con el procedimiento que se establece en la Norma Mexicana correspondiente. Es un sólido que cuando se mezcla con agua destilada presenta un

pH menor o igual a 2,0 o mayor o igual a 12,5 según el procedimiento que se establece en la Norma Mexicana correspondiente. Es un líquido no acuoso capaz de corroer el acero al carbón, tipo

SAE 1020, a una velocidad de 6.35 milímetros o más por año a una temperatura de 328 K (55°C), según el procedimiento que se establece en la Norma Mexicana correspondiente.

NOM-052-SEMARNAT-2005

REACTIVIDAD

Es reactivo cuando una muestra representativa presenta cualquiera de las

siguientes propiedades:

Es un líquido o sólido que después de ponerse en contacto con el aire se inflama

en un tiempo menor a cinco minutos sin que exista una fuente externa de ignición, según el procedimiento que se establece en la Norma Mexicana correspondiente.

Cuando se pone en contacto con agua reacciona espontáneamente y genera gases inflamables en una cantidad mayor de 1 litro por kilogramo del residuo por hora, según el procedimiento que se establece en la Norma Mexicana correspondiente.

Es un residuo que en contacto con el aire y sin una fuente de energía suplementaria genera calor, según el procedimiento que se establece en la Norma Mexicana correspondiente.

Posee en su constitución cianuros o sulfuros liberables, que cuando se expone a condiciones ácidas genera gases en cantidades mayores a 250 mg de ácido cianhídrico por kg de residuo o 500 mg de ácido sulfhídrico por kg de residuo, según el procedimiento que se establece en la Norma Mexicana correspondiente.

NOM-052-SEMARNAT-2005

EXPLOSIVIDAD

Es explosivo cuando es capaz de producir una reacción o

descomposición detonante o explosiva solo o en presencia de una

fuente de energía o si es calentado bajo confinamiento.

Esta característica no debe determinarse mediante análisis de

laboratorio, por lo que la identificación de esta característica debe

estar basada en el conocimiento del origen o composición del

residuo.

NOM-052-SEMARNAT-2005

TOXICIDAD

Es tóxico ambiental cuando:

El extracto PECT, obtenido mediante el procedimiento establecido en la NOM-053-SEMARNAT-1993, contiene cualquiera de los constituyentes tóxicos listados en la Tabla 2 de esta Norma en una concentración mayor a los límites ahí señalados, la cual deberá obtenerse según los procedimientos que se establecen en las Normas Mexicanas correspondientes.

NOM-052-SEMARNAT-2005

TOXICIDAD

El Anexo 1 de la NOM-052-SEMARNAT-2005, se refiere a las bases

para listar residuos peligrosos por “FUENTE ESPECÍFICA” y

“FUENTE NO ESPECÍFICA” en función de sus Toxicidades

Ambiental, Aguda o Crónica.

Toxicidad Ambiental.- La característica de una sustancia o mezcla

de sustancias que ocasiona un desequilibrio ecológico.

Toxicidad Aguda.- El grado en el cual una sustancia o mezcla de

sustancias puede provocar, en un corto periodo de tiempo o en una

sola exposición, daños o la muerte de un organismo.

Toxicidad Crónica.- Es la propiedad de una sustancia o mezcla de

sustancias de causar efectos dañinos a largo plazo en los

organismos, generalmente a partir de exposiciones continuas o

repetidas y que son capaces de producir efectos cancerígenos,

teratogénicos o mutagénicos.

NOM-052-SEMARNAT-2005

INFLAMABILIDAD

Es inflamable cuando una muestra representativa presenta cualquiera de las

siguientes propiedades:

Es un líquido o una mezcla de líquidos que contienen sólidos en solución o suspensión

que tiene un punto de inflamación inferior a 60,5°C, medido en copa cerrada, de conformidad con el procedimiento que se establece en la Norma Mexicana correspondiente, quedando excluidas las soluciones acuosas que contengan un porcentaje de alcohol, en volumen, menor a 24%.

No es líquido y es capaz de provocar fuego por fricción, absorción de humedad o cambios químicos espontáneos a 25°C, según el procedimiento que se establece en la Norma Mexicana correspondiente.

Es un gas que, a 20°C y una presión de 101,3 kPa, arde cuando se encuentra

en una mezcla del 13% o menos por volumen de aire, o tiene un rango de

inflamabilidad con aire de cuando menos 12% sin importar el límite inferior de

inflamabilidad.

Es un gas oxidante que puede causar o contribuir más que el aire, a la

combustión de otro material.

NOM-052-SEMARNAT-2005

BIOLÓGICO-INFECCIOSO

Es Biológico-Infeccioso de conformidad con lo que establece en la NOM-087-SEMARNAT-SSA1-2002, referida en el punto 4 de esta norma

Áreas de aplicación Hospitales

Consultorios Médicos

Enseñanza e Investigación

Producción de biológicos

Laboratorios clínicos

Residuos veterinarios

EJEMPLOS

Residuo C R E T I B

Residuos no Anatómicos (gasas

manchadas con sangre etc)

Objetos Punzo cortantes (salud)

Lámparas fluorescentes y de

vapor de mercurio

Aceites lubricantes Usados

Baterías de plomo ácido

Liquido revelador

Ejemplo de residuos Peligrosos

x

x

x x

x

x x

x

CÓDIGOS DE PELIGROSIDAD DE LOS RESIDUOS (CPR)

Características Código de Peligrosidad de

los Residuos (CPR)

Corrosividad C

Reactividad R

Explosividad E

Toxicidad T

Ambiental Te

Aguda Th

Crónica Tt

Inflamabilidad I

Biológico-Infeccioso B

Fuente: NOM-052-SEMARNAT-2005

Incompatibilidad de Residuos

Durante el manejo se debe revisar los siguientes aspectos: Incompatibilidad: para ser envasados, almacenados y transportados es necesario revisar la incompatibilidad de los residuos. NOM-054-ECOL-1993 Que establece el procedimiento para determinar la incompatibilidad entre dos o más residuos considerados como peligrosos por la Norma Oficial Mexicana NOM-052-ECOL-1993.

N o . REACTIVIDAD NOMBRE DEL

GRUPO

1 Acidos M inerales No Oxidantes 1

2 Acidos M inerales Oxidantes 2

3 Acidos Orgánicos GH 3

4 Alcoholes y Glico las H HF HP 4

5 Aldehídos HP HP HP 5

6 Amidas H Hgt

7 Aminas Alifáticas y Aromáticas H Hgt H H

8 Azo y Diazo-Compuestos e

Hidra­cinas

HG Hgt HG HG H

9 Carbomatos HG Hgt

10 Cáusticos HF HF H H

Tabla de Incompatibilidad de Residuos NOM-054-SEMARNAT-1993

Grupos H Genera Calor

gt Genera Gases Tóxicos

Grupos

En la normatividad mexicana vigente se considera la regulación de los residuos peligrosos. Estas normas son las siguientes:

De la SEMARNAT: NOM-052-SEMARNAT-2005

Que establece las características, el procedimiento de identificación, clasificación y los listados de los residuos peligrosos.

NOM-053-SEMARNAT-2005 Que establece el procedimiento para llevar a cabo la prueba de extracción para determinar los constituyentes que hacen a un residuo peligroso por su toxicidad al ambiente.

NORMAS OFICIALES MEXICANAS APLICABLES A LOS RESIDUOS

SÓLIDOS PELIGROSOS

Fuente: Secretaría de economía, 2009

SEMARNAT cont…

NOM-055-SEMARNAT-2003

Que establece los requisitos que deben reunir los sitios que se

destinarán para un confinamiento controlado de residuos peligrosos

previamente estabilizados.

NOM-057-SEMARNAT-1993

Que establece los requisitos que deben observarse en el diseño,

construcción y operación de celdas de un confinamiento controlado

para residuos peligrosos.

NOM-058-SEMARNAT-1993

Que establece los requisitos para la operación de un confinamiento

controlado de residuos peligrosos.

NORMAS OFICIALES MEXICANAS APLICABLES A LOS RESIDUOS

SÓLIDOS PELIGROSOS

Fuente: Secretaría de economía, 2009

NOM-087-SEMARNAT-SSA1-2002

Protección ambiental-Salud ambiental- Residuos peligrosos biológico-

infecciosos - Clasificación y especificaciones de manejo.

De la SCT:

NOM-003-SCT/2008

Características de las etiquetas de envases y embalajes, destinadas al

transporte de substancias, materiales y residuos peligrosos.

NOM-004-SCT/2008

Sistemas de identificación de unidades destinadas al transporte de

substancias, materiales y residuos peligrosos.

NORMAS OFICIALES MEXICANAS APLICABLES A LOS RESIDUOS

SÓLIDOS PELIGROSOS

Fuente: Secretaría de economía, 2009

SCT cont…

NOM-005-SCT/2008

Información de emergencia para el transporte de substancias,

materiales y residuos peligrosos.

NOM-005-SCT2-1994

Información de emergencia para el transporte terrestre de

substancias, materiales y residuos peligrosos.

NOM-006-SCT2-2000

Aspectos básicos para la revisión ocular diaria de la unidad destinada

al autotransporte de materiales y residuos peligrosos.

NOM-007-SCT2/2002

Marcado de envases y embalajes destinados al transporte de

substancias y residuos peligrosos.

NORMAS OFICIALES MEXICANAS APLICABLES A LOS RESIDUOS

SÓLIDOS PELIGROSOS

Fuente: Secretaría de economía, 2009

SCT cont…

NOM-009-SCT2/2003

Compatibilidad para el almacenamiento y transporte de substancias,

materiales y residuos peligrosos de la clase 1 explosivos.

NOM-010-SCT2/2003

Disposiciones de compatibilidad y segregación, para el

almacenamiento y transporte de substancias, materiales y residuos

peligrosos.

NOM-011-SCT2-1994

Condiciones para el transporte de las substancias, materiales y

residuos peligrosos en cantidades limitadas.

NORMAS OFICIALES MEXICANAS APLICABLES A LOS RESIDUOS

SÓLIDOS PELIGROSOS

Fuente: Secretaría de economía, 2009

SCT cont…

NOM-018-SCT2-1994

Disposiciones para la carga, acondicionamiento y descarga de

materiales y residuos peligrosos en unidades de arrastre ferroviario.

NOM-019-SCT2/2004

Disposiciones generales para la limpieza y control de remanentes de

substancias y residuos peligrosos en las unidades que transportan

materiales y residuos peligrosos. NOM-019-SCT2/2004

NOM-020-SCT2-1995

Requerimientos generales para el diseño y construcción de

autotanques destinados al transporte de materiales y residuos

peligrosos, especificaciones SCT 306, SCT 307 y SCT 312.

NORMAS OFICIALES MEXICANAS APLICABLES A LOS RESIDUOS

SÓLIDOS PELIGROSOS

Fuente: Secretaría de economía, 2009