Normativas normal de caldas

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Lo Normativo de la Pedagogía Hospitalaria Semillero EDUFASA

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Semillero EDUFASA

Lo Normativo de la Pedagogía Hospitalaria

Semillero EDUFASA

Pedagogía Hospitalari

a

Ley General de Educación -Ley 115 de

1994

Constitución de 1991-

articulo 44

Declaración de los

derechos universales de los niños

Carta Europea de

los niños hospitalizados

Declaración de los

derechos de los niños

hospitalizados

Semillero EDUFASA

LEY GENERAL DE EDUCACIÓN -LEY 115 DE 1994

“La educación es un proceso de formación permanente, personal y cultural y social que se fundamenta en una concepción integral de la persona humana, de su dignidad, de sus derechos y deberes”

Información sacada de http://www.mineducacion.gov.co/1621/articles-85906_archivo_pdf.pdf

La ley 115 de 1994 permite que

los niños tengan tres tipos de educación: la

formal, la no formal y la informal

“ART 10: Educación Formal: Se entiende por educación formalaquella que se imparte en establecimientos educativosaprobados, en ciclos lectivos, con pautas curriculares,conducentes a grados y títulos.”

“Art.43 Educación Informal: Es todo conocimiento libre yespontáneamente adquirido, proveniente de personas, mediosmasivos, tradiciones y otros no estructurados.”

“Art.36 Educación No formal: Es la educación que se ofrece con el objeto de complementar, actualizar conocimientos académicosy laborales sin acceso al sistema de niveles y

grados.”

DECLARACIÓN DE LOS DERECHOS UNIVERSALES DE LOS NIÑOS Esta declaración tiene como propósito proclamar que el niño “pueda tener una infancia feliz y gozar, en su propio bien y en bien de la sociedad, de los derechos y libertades que en ella se enuncian e insta a los padres, a los hombres y mujeres individualmente y a las organizaciones particulares, autoridades locales y gobiernos nacionales a que reconozcan esos derechos y luchen por su observancia con medidas legislativas”. Uno de los principales principios es el numero 7:

Principio 7 El niño tiene derecho a recibir educación, que será

gratuita y obligatoria por lo menos en las etapas elementales. Se le dará una educación que favorezca su cultura general y le permita, en condiciones de igualdad de oportunidades, desarrollar sus aptitudes y su juicio individual, su sentido de responsabilidad moral y social, y llegar a ser un miembro útil de la sociedad.

Información saca da de http://www.oas.org/dil/esp/Declaraci%C3%B3n%20de%20los%20Derechos%20del%20Ni%C3%B1o%20Republica%20Dominicana.pdf

DECLARACIÓN DE LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS HOSPITALIZADOS

Esta declaración esta dada por la sociedad Colombiana de pediatría, la cual invita a trabajar por una calidad de vida adecuada para los niños hospitalizados en donde se convoca a “al Ministerio de Salud, a los directores de Hospitales y Clínicas del país, a todo su personal y en especial a los médicos pediatras, a velar porque en todas y cada una de las instituciones hospitalarias de Colombia se respeten los siguientes Derechos a todos los niños hospitalizados”

Información sacada de http://www.scp.com.co/ArchivosSCP/PediatrasyDerechos/Declaracion.pdf

Es una carta especial realizada en Europa, con la intención de visibilizar 22 derechos que tienen los pacientes de un hospital, además se exige una mejor asistencia a los niños/as hospitalizados y mayor aportaciones presupuestarias a los hospitales.

Para ampliar información dirigirse a la pagina http://www.pediatriasocial.es/Documentos/cartaeuropea.pdf

Carta Europea de los niños hospitalizados

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Es indispensable tener un manejo mínimo de la normativa que abarca la pedagogía hospitalaria, sobre la cual se sustentan las posibles acciones alternativas que permitirán luchar por su derecho a la educación y la ejecución de los derechos que son inherente a ellos, pero que a veces por no conocerlos son vulnerados.

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El niño hospitalizado se visiona en un aquí en un ahora, por ello como docentes es importante mirar que podemos hacer para ofrecer un día diferentes, donde se brinde alegrías, vivencias de aprendizajes, donde la particularidad de cada uno sea la oportunidad de ser mejor persona y seguir luchando por su valiosa vida.

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Queda la tarea de hacer visible el número de niños, niñas y jóvenes que ven vulnerado su derecho a la educación por estar en situación de hospitalización o tratamiento y enfrentan en el anonimato, dificultades para el acceso, la promoción y la permanencia, en procesos educativos de calidad. De forma paralela se deben superar las barreras para el aprendizaje a las que se enfrentan los niños, niñas y jóvenes, entendida esta como una población cuyas condiciones específicas las hace aun más diversas.

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El que no entienda que una persona ingresada en un hospital tiene unas necesidades de atención que van más allá de lo médico-físico; que un niño en el hospital tiene que seguir con las actividades que le son propias como estudiar, jugar, hablar, reírse, estar con otros niños; el que no entienda que un niño con pronóstico fatal tiene derecho a seguir aprendiendo, interesándose por las cosas, realizando actividades, jugando; el que no entienda que esos padres, con un hijo enfermo crónico, tienen necesidad de orientación, ... es que sencillamente tiene un problema personal y una concepción errónea o parcial de lo que es la vida. (Lizasoáin, 2007)