Normativa interna ii escuela líder villa bonita

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En este mundo no hay grandes personas; sólo hay gente común. ¡La única diferencia es que algunas personas establecen objeti- vos más altos, sueñan sueños más grandes y no se conforman con nada que no sea lo mejor! Esta normativa fue aprobada en reunión de docentes, con representantes de padres de familia y Gobierno estudiantil el día dieciséis de diciembre del 2009 y rige a partir del once de febrero del 2010 hasta que se promulgue otra nueva para la escuela Villa Bonita y además estará sujeta a revisión al finalizar cada curso lectivo. ___________________ ____________________ Lic. William Badilla Murillo Lic. Cristina Soto Centeno Director Representante docentes Ministerio de Educación Pública ESCUELA LÍDER VILLA BONITA NORMATIVA INTERNA INSTITUCIONAL CURSO LECTIVO 2011 Instruye al niño en su camino y aún cuan- do fuere viejo, no se apartará de el. Prb. 22 , 6

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Normativa Interna Escuela Líder Villa Bonita

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Page 1: Normativa interna ii  escuela líder villa bonita

En este mundo no hay grandes personas;

sólo hay gente común. ¡La única diferencia

es que algunas personas establecen objeti-

vos más altos, sueñan sueños más grandes

y no se conforman con nada que no sea lo

mejor!

Esta normativa fue aprobada en reunión de docentes, con

representantes de padres de familia y Gobierno estudiantil

el día dieciséis de diciembre del 2009 y rige a partir del

once de febrero del 2010 hasta que se promulgue otra

nueva para la escuela Villa Bonita y además estará sujeta

a revisión al finalizar cada curso lectivo.

___________________ ____________________ Lic. William Badilla Murillo Lic. Cristina Soto Centeno

Director Representante docentes

Ministerio de Educación Pública

ESCUELA LÍDER VILLA BONITA

NORMATIVA INTERNA

INSTITUCIONAL

CURSO LECTIVO 2011

Instruye al niño en su camino y aún cuan-

do fuere viejo, no se apartará de el. Prb. 22 , 6

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Ministerio de Educación Pública Dirección Regional de Educación de Alajuela

Circuito 02 Escuela Líder Villa Bonita

REGLAMENTO INTERNO ESTUDIANTIL

ANTECEDENTES

En la sesión N° 68-99 celebrada por el Consejo Superior de Educación el

día 9 de octubre del 1999, con aras de unificar el procedimiento a nivel na-

cional en los centros educativos, se acordó por unanimidad:

“... Dictar la directriz administrativa para la puesta en práctica del

modelo de reglamento interno”

Considerando

1. Que el artículo 158 del Reglamento de los aprendizajes, Decreto Ejecuti-

vo N° 29373-MEP del dos de febrero del año dos mil uno, publicado en

La Gaceta N°__ del día dos del mes de febrero del año dos mil uno, per-

mite que las instituciones educativas pueden establecer una normativa

interna, acorde a las peculiaridades sociales, económicas y culturales de la

población que atiende y las disposiciones generales que estipula el Minis-

terio de Educación Pública.

2. Que los artículos 20, 21 de la Sección II, los artículos del 24 al 31 de la

sección tres, del 33 al 41 de la sección cuarta del capítulo I. Del capítulo

III los artículos 56 al 93, permiten que el Reglamento Interno de las insti-

tuciones educativas se contemplen deberes y obligaciones a cargo de los

estudiantes y que se tipifiquen faltas leves, graves y muy graves y gravísi-

mas adicionales a las contempladas en el mismo.

3. Que con el propósito de regular situaciones muy propias de La Escuela

Líder Villa Bonita se impone promulgar el presente Reglamento Interno

que de conformidad de los dispuesto en el artículo 158, aprobada en reu-

nión de maestros de sesión celebrada el día 18 del mes noviembre del año

dos mil nueve.

i) Presentar en el tiempo asignado la documentación que se le solicite,

tanto para la dirección como para los distintos Comités Institucional esta-

blecidos. Asumiendo las medidas legales e institucionales del caso si no

se cumple con esta disposición.

j) Reunirse regularmente con los compañeros de nivel , para compartir

experiencias, intercambiar materiales, revisar circulares, etc.

Aprobado en reunión general de docentes, con representación de padres de familia y del gobierno estudianti lcelebrada el día dieciséis de diciembre del año dos mil nue-

ve.

Capítulo 4

Del ingreso de personas a la institución

Art.17 Protocolo de ingreso al centro educativo A) Deben vestir con decoro. No se permite el ingreso de personas en licra, short,

blusas escotadas, o camiseta de tirantes. B) Para ingresar el visitante debe:

Reportarse con el encargado

Presentar su cédula o carne de estudiante.

Firmar su ingreso en la bitácora y el motivo de su visita.

Colocarse el carneé o broche que lo identifica como visitante.

Permitir al encargado de seguridad la revisión de bolsos y salveques.

______________________ __________________________ Lic. William Badilla M. Representante de los docentes

Director

_______________________________ ____________________________

Representante de los padres de familia Presidente del Gobierno Estudiantil

_______________________

VB° Dirección Regional

Page 3: Normativa interna ii  escuela líder villa bonita

Capítulo 3

SOBRE EL PERSONAL DOCNETE Y ADMINISTRATIVO

Artículo Nº 16

a) Deberá cumplir las Leyes y Reglamentos establecidos en la Ley de Carre-

ra Docente, así como el Código de trabajo, vigentes para el trabajador costa-

rricense.

b) Deberá vestirse con Decoro; apegados a las normas de las sanas costum-

bres y la moral costarricense. Respetando los acuerdos, que en reunión de

docentes y el director se establecieron. c) TODO EL PERSONAL no podrá usar el celular durante el período de trabajo, en reuniones o actividades donde la seriedad y el respeto lo amerite. d) Justificar la ausencia ante el jefe inmediato a más tardar hasta dos días hábiles después de la ausencia. e) En caso de tener una cita médica con especialista, debe comuni-carse previamente al jefe inmediato la fecha y hora de la cita, y luego justificar con comprobante médico expedido por la Caja Costarricense del Seguro Social a más tardar dos días posteriores de la ausencia. f) Cada docente deberá cumplir con el horario de cuido que se esta-blezca en la institución durante los recreos o aquellas actividades pla-nificadas para la comunidad educativa. g) Las y los docentes deberán estar con el grupo en orden para can-tar el Himno Nacional de Costa Rica a las 7:00 a.m. Velando por la correcta actitud y respeto por el mismo, haciendo cumplir la normativa que se establece al respecto. h) Deberá ser puntual al llegar al grupo responsable al sonido del cambio de lección. De lo contrario asumirá las consecuencias admi-nistrativas que dicha irresponsabilidad requiere.

4. Dicha normativa fue dada a conocer a los estudiantes el día 20 del mes

noviembre del año dos mil diez

4.1. A Padres de Familia el día 16 de diciembre del 2010

5. Que de conformidad con el artículo 159 del Decreto Ejecutivo N° 29373-

MEP respeta las leyes y reglamentos generales del sistema educativo y el

ordenamiento jurídico nacional.

Por tanto, con base en las consideraciones anteriores, se promulga el siguien-

te:

REGLAMENTO INTERNO ESTUDIANTIL DE LA ESCUELA LÍDER

VILLA BONITA, DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN

DE ALAJUELA

CAPÍTULO 1

DISPOSICIONES GENERALES Y CORRECTIVAS

ArtículoN°1: Los procedimientos de matrícula en el centro educativo se su-

jetarán a lo indicado en el Decreto Ejecutivo N° 12836-E del 30 de julio de

1981 y en el calendario Escolar respectivo año. No obstante, lo indicado,

los padres de familia deberán cumplir con las siguientes obligaciones adi-

cionales:

a) Aportar dictamen médico para efectos del expediente administrativo.

b) Documentos probatorios sobre enfermedad (des) que padece el estudiante.

c) En caso de un traslado proveniente de otra institución, se matriculará,

siempre y cuando exista cupo, conforme a los lineamiento de programación

presupuestaria.

d) Para formalizar el trámite, una vez comprobado el cupo, el padre o encar-

gado del alumno (a), debe aportar el documento de traslado de la dirección de

la escuela donde procede, la tarjeta del informe al hogar y los documentos que

el docente o la dirección le solicite, porque sean considerados oportunos o

importantes. Además, debe presentarse el expediente acumulativo del estu-

diante.

e) En caso de no presentarse con la documentación completa, se la admite

con una matrícula provisional, condicionada a que se complete con los requi-

sitos señalados, para información en un mes calendario o treinta días natura-

les.

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f) Para trasladarse a otra institución, el padre o encargado del estudiante, de-

berá solicitar el documento de traslado en la dirección con dos días hábiles de

antelación. Se le adjuntará la tarjeta del informe al hogar y otros documen-

tos que el docente y la dirección consideren oportunos.

g) El padre de familia al matricular a su hijo acepta la Normativa Interna de

la Escuela Villa Bonita y firmará y respetará el convenio establecido entre la

escuela y el hogar.

Artículo N° 2: El uniforme es el oficial dictado por Decreto Ejecutivo. En

cuanto al uso y la presentación personal, los estudiantes deberán cumplir

con las siguientes disposiciones.

a) Los estudiantes deben portar el uniforme con decoro, aseado, decente. Las

faldas de la camisa o blusa por dentro, tanto en la institución como fuera de

ella.

b) Se debe portar el escudo de la institución, cosida en la manga izquierda de

la camisa o blusa, según las regulaciones del Decreto Ejecutivo N°. D-233.

c) El uniforme escolar, no se permite rayarlo o romperlo en ningún momento,

durante el curso lectivo, excepto en la celebración del último día de clases, si

tiene la autorización escrita de los padres, madres o encargados.

d) Si el último nivel o comunidad estudiantil en general quieren incorporar

aditamentos o cambio en su totalidad, deberán proceder de conformidad con

lo dispuesto en directriz del Ministerio de Educación Pública.

e) El uniforme de Educación física de tener las siguientes características:

camiseta gris o blanca con el respectivo logotipo institucional, pantaloneta o

buzo azul o rojo, medias azules o blancas y tenis blancas, azules o negras. La

institución confeccionará una camiseta con el escudo de la institución que se

permitirá usar en clase únicamente el día que recibe educación Física.

f) Los estudiantes deben presentarse diariamente bañados, las orejas limpias,

uñas limpias y recortadas, la cara, dientes y manos limpias, los zapatos, me-

dias y faja limpios. Se recomienda el uso de desodorante.

El uniforme único es blusa o camisa blanca, enagua o pantalón azul , medias

azules, faja negra y zapatos negros. En cuanto al largo de la enagua, este de-

be estar a la altura de la rodilla. El pantalón debe ser holgado, el ancho del

ruedo (campana) no podrá ser superior a 20 cm. Con respeto al calzado debe

ser zapato cerrado y de color negro. No se permitirá el uso de tacones ni pla-

taformas. Si el estudiante debe usar abrigo, se permite utilizar únicamente de

color azul.

K) A los padres de alumnos aplazados se les entregará la tarjeta de Informe al

Hogar, la revisarán, la firmarán y la dejarán en la Escuela. En su lugar, se lle-

vará una boleta de aplazados que indica las asignaturas que aplaza su hijo (a)

las fechas y horas en que debe presentarse a la institución en la (s) convocato-

rias. Al finalizar las convocatorias se entregará la tarjeta de Informe al Hogar

con el resultado del proceso.

l) Pasada la respectiva convocatoria, dentro de los días hábiles posteriores a su

aplicación, el docente responsable entregará, a los estudiantes y a la dirección,

las pruebas respectivas debidamente calificadas y con el señalamiento de los

errores cometidos por el estudiante. Los estudiantes, sus padres o encargados

tienen derecho, cuando así lo soliciten, a revisar la prueba calificada en presen-

cia del director y el docente responsable, tomar nota de las pruebas calificada en

presencia del director y el docente responsable, tomar nota de las preguntas y

respuestas y obtener fotocopia de la prueba si la institución tiene esa facilidad.

m) Los padres o encargados ratificarán la matrícula para el nivel en que están

aplazados. Cuando se defina la promoción se ubicará en el nivel correspondien-

te.

n) Cuando hay fraude comprobado en una prueba escrita se suspenderá de in-

mediato el desarrollo de la prueba a el o los infractores, se les calificará la prue-

ba con la nota mínima de la escala establecida en el artículo 6 , del reglamento

de evaluación de los aprendizajes. Y se procederá a levantar un acta del hecho

que será firmada por docente y director.

o) El padre, madre o encargado ( a ) del estudiante, deberá firmar y poner su

número de cédula en la prueba, en el espacio que se dejará previsto, como indi-

cación que la revisó y en cumplimiento de su obligación del control y seguimien-

to del proceso aprendizaje del estudiante.

p) Firmada la prueba, la enviará al docente que le pondrá el visto bueno y la

devolverá al alumno para que la coloque en el fólder de pruebas.

Artículo N° 15: Con fundamento en lo establecido en los artículos 68, 76, de

los artículos que van del 84 al 93, dentro de los cuales se permiten como ac-

ción correctiva la interrupción del proceso educativo, se promulgan las si-

guientes disposiciones adicionales.

a) La forma de dar seguimiento y comprobar si hubo alguna variación en la

conducta del estudiante, le corresponde al docente en conjunto con el padre de

familia los cuales deben procurar que haya mejoría en la conducta del estu-

diante.

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Artículo N° 14: Respecto a las pruebas previstas en el artículo 26 del Regla-

mento de Evaluación de los aprendizajes, se promulgan las siguientes disposi-

ciones adicionales:

a) Las pruebas las confeccionará el docente y serán revisadas posterior a su

aplicación por el Comité de Evaluación; el cual podrá hacer revisión previa.

b) El Director en conjunto con el Comité de Evaluación, elaborará el calenda-

rio de las pruebas de todo el curso lectivo, como parte de la organización admi-

nistrativa. Quedando sujeto a cambios por situaciones especiales .

c) Las pruebas deben ser aplicadas con un aviso de las mismas con ocho días

naturales de tiempo. Para ello, el docente avisará por escrito, la fecha, orden

de los objetivos y contenidos de la prueba. Se podrá evaluar los temas estudia-

dos ampliamente en clase con un mínimo de tres días hábiles, de antelación.

d) Los estudiantes con adecuación curricular no significativa, significativa o de

acceso se le debe aplicar una prueba especial de acuerdo con sus necesidades.

e) En caso de llegada tardía a la prueba se permitirá realizar la prueba a aquel

estudiante que se presente tarde a la misma en un período máximo de 15 minutos

después de iniciada, perdiendo el derecho a las aclaraciones que el o la docente

haya hecho de las mismas.

f) Si se presenta después de 15 minutos pierde el derecho a la realización de la

prueba.

g) Se aplicará pruebas extraordinarias fuera del calendario solamente en casos:

por enfermedad debidamente justificada, por el fallecimiento de un familiar

(padres, hermanos, tíos o abuelos), caso fortuito (inundación, incendio, acciden-

te, otra especial). Egresado a cumplir una interrupción del proceso educativo.

h) La prueba se devolverá al estudiante, revisada y calificada, dentro de los

ocho días naturales después de ejecutada. Luego de ser analizada en la clase y

de haber discutido el resultado de la misma.

i) El padre o encargado debe justificar, ante el docente, la ausencia del estu-

diante a la prueba, en el cuaderno de comunicaciones y presentando el compro-

bante correspondiente en un tiempo no mayor a tres días hábiles contando, des-

de que el alumno regresa a la escuela. Debe indicar el motivo y solicitar la nue-

va fecha y hora de la prueba, dentro de los ocho días hábiles al regreso del

alumno (a).

j) Cuando un alumno no presenta la correspondiente justificación de ausencias

a una prueba, ante el docente, perderá los puntos y el porcentaje correspondien-

te a esa prueba.

Se permitirá usar tenis azules, negras o blancas, únicamente el día que le co-

rresponde lecciones de educación física. No se permite usar pantaloneta o short

en lecciones regulares.

h) No se permite el maquillaje, dibujos o tatuajes en ninguna parte del cuerpo.

En los hombres, no se permite el uso de aretes, el cabello debe de estar corto,

sin colas, rapes o dibujos, ni peinados o tintes extravagantes. Las mujeres pue-

den usar solo un par de aretes, discretos para las orejas, una diadema. El uso de

relojes, está autorizado para ambos. Se permitirá el uso de una pulsera, anillo,

cadena; La institución no se hará responsable por la pérdida de objetos como

relojes, anillos, esclavas, collares y otros. TOTALMENTE PROHIBIDO el uso

de collares y otros implementos talescomo: celulares, cámaras fotográficas, re-

productors de música y otros que no sean propios de uniforme educativo de las

y los menores.

i) En caso de epidemias como piojos u otros. El padre deberá aplicar las medi-

das higiénicas del caso. En caso del que el padre o encargado, haga caso omi-

so, éste aceptará las medidas que tome la institución en coordinación con autori-

dades de salud.

j) La institución llamará al padre, madre o responsable del menor que se pre-

sente, sin bañar o con muestras visibles de falta de higiene, tomando las medi-

das necesarias para solucionar esta problemática.

Artículo N° 3: Además de los deberes y obligaciones contempladas en el

artículo 59 del Reglamento de Evaluación, los estudiantes tiene los siguien-

tes deberes y obligaciones:

a. Las llegadas tardías o ausencias deben justificarse dentro de un término pe-

rentorio de tres días hábiles con cada uno (a) de los (as) docentes que impartie-

ron lecciones al grupo ese día.

b. El uso obligatorio del cuaderno de comunicaciones para enviar y recibir

mensajes de la institución o del hogar, facilitándose a todos y todas los docentes

o personeros de la institución que lo soliciten..

c. El estudiante debe presentarse a la institución en el horario que corresponda

y permanecer las lecciones o el tiempo que le indique el docente. No podrá sa-

lir, dentro del horario respectivo, excepto con permiso del docente y por solici-

tud escrita del padre, madre o encargado. Finalizadas las lecciones, el estu-

diante debe retirarse al hogar.

d. No se permite el consumo de alimentos dentro del aula, masticar chicle.

Las actividades como cumpleaños, deben ser coordinadas con el docente y la

dirección de la institución.

e. No se permiten bromas, arrojar objetos o líquidos.

f. Se prohíben las escenas amorosas, portar armas punzo cortantes y otras, si

el estudiante las trae a la institución se le decomisará y no se devolverá; reci-

biendo además las sanciones respectivas según el Reglamento del MEP. De ser

una contumacia, se realizará un reporte a la institución responsable (PANI)

Page 6: Normativa interna ii  escuela líder villa bonita

g) Para lograr mantener un lugar en los diferentes grupos respectivos de la insti-

tución, tales como : banda Escolar, Selección escolar y otro deporte, patrulla es-

colar y otros que se formen, los estudiantes deben reunir criterios o condiciones:

conducta, rendimiento y habilidad. Los primeros serán estimados por el docente

de grupo, con un mínimo de 70. La habilidad será determinada por la persona

que dirige el grupo, tomando en cuenta las características de los estudiantes, la

competencia para ser miembro del grupo y las necesidades del grupo a formar.

Al iniciar el curso lectivo, para definir la integración de los grupos, para los dos

primeros criterios, la referencia será los resultados finales del año anterior. Suce-

sivamente, cada vez que se requiera, se utiliza como referencia los resultados del

primer y segundo período.

h) Debe comunicarse por escrito (utilizando el contrato institucional) en un lapso

no mayor del primer mes de clase, ante el Director de la Institución la formaliza-

ción de que el niño o niña no reciba las lecciones de Educación Religiosa, que-

dando obligados a cumplir con las responsabilidades que el MEP establece para

quienes no reciban esta materia. De lo contrario se aplicará el Reglamento esta-

blecido al respecto.

i) No se permite el uso del celular a las y los estudiantes durante su estancia en la

Institución Educativa. Quienes traen a la Escuela este artículo, las autoridades

educativas no se harán responsables de los mismos en caso de extravío o daños.

Si se utilizan durante las lecciones, el docente podrá decomisarlos y devolverlos

hasta el final del curso lectivo.

Artículo N° 4: Además de las faltas contempladas en el artículo 79 del regla-

mento de Evaluación de los Aprendizajes, se considerarán faltas muy leves

las siguientes:

a) Comer dentro del aula.

b) Las prohibiciones dispuesta en el artículo 2 incisos: a, b, f y g.

c) Las prohibiciones dispuestas en el artículo 3 incisos: a, b, y c.

d) Uso de accesorios no autorizados: gorras, aretes en los hombres, pulseras,

collares, aretes llamativos o muy largos, en las mujeres y otros.

e) Otras faltas que se consideran como muy leves y que no se encuentran tipifi-

cadas como leves, graves, muy graves o gravísimas en el Reglamento de Evalua-

ción o en esta normativa.

f) Utilizar materiales distractores dentro de las lecciones tales como: trompos,

bolinchas, naipes, postales, juegos electrónicos, reproductores de discos com-

pactos y celulares, etc.

Las mismas tendrán un rebajo de 1 a 5 puntos del total de la nota de conducta y

corresponde al docente de grado asignar el puntaje a rebajar.

Capítulo 2

SOBRE LA CALIFICACIÓN DE LOS ESTUDIANTES

Artículo N° 12° Respecto al trabajo cotidiano previsto en el artículo 24

del Reglamento de Evaluación, se promulgan las siguientes disposiciones

adicionales:

a) La escala de medición, los indicadores y la distribución de los por-

centajes es establecida por el docente. Para el primer y segundo ciclo con

un mínimo de cinco indicadores de los cuales, al menos dos, en específicos

de la asignatura.

b) Señalar que cuando se da una interrupción del curso lectivo para un

estudiante, la valoración de este apartado no podrá hacerse en ausencia del

estudiante, se hace al regreso a clases.

c) Los estudiantes podrán presentar en forma personal o con el con-

curso de sus padres, las objeciones que estimen pertinentes a las calificacio-

nes que se le otorguen en un plazo perentorio de tres días hábiles, del recibo

de las mismas.

Artículo N° 13: Respecto al trabajo extraclase previsto en el artículo

25 del Reglamento de Evaluación de los Aprendizajes, se promulgan las

siguientes disposiciones adicionales:

a) Los trabajos extraclase serán estrictamente individuales, y el estudiante

debe entregar el trabajo en la fecha y hora estipulado por el docente.

b) Se dará un período máximo de 3 días naturales para entregar el mismo

después de la fecha indicada por el docente implicando ello la pérdida

del puntaje asignado a puntualidad, después de este período no se reci-

birá el trabajo y se le consignará un uno.

c) Los trabajos serán presentados de puño y letra del estudiante.

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Artículo N° 10: Además de los deberes contemplados en el artículo 21 de Re-

glamento de Evaluación de los Aprendizajes, el padre de familia o encargado,

tiene los siguientes deberes:

a) Ratificar la matrícula y llevar a cabo el proceso de matrícula en las fechas

establecidas en el Calendario Escolar.

b) Comunicar por escrito, antes de finalizar el primer mes de inicio del curso

lectivo, la solicitud de eximir a los hijos e hijas de las lecciones de Educación

Religiosa.

c) Velar porque los niños y niñas que no reciben la lección de Educación Reli-

giosa, cumplan responsablemente durante TODO EL AÑO, los deberes y com-

promisos establecidos para el tiempo correspondiente a las lecciones de Educa-

ción Religiosa.

d) Participar activamente en las actividades del Patronato Escolar y de la Junta

de Educación.

e) Conocer y velar por el cumplimiento de la normativa interna de la institución.

f) Plantear en forma personal o conforme a las regulaciones vigentes, las obje-

ciones que estime pertinentes con respeto a las calificaciones que se le otorguen,

a sus hijos.

g) Solicitar cita a los docentes para que le asigne un día y hora de atención.

h) Presentarse a la institución decorosamente vestidos, no se permite el ingreso

en short, pantaloneta, licra, camisa o blusa de tirantes.

i) Durante su visita al centro debe portar el carné de visitante que se le entregará

en la puerta.

j) Para ingresar a la Institución durante el periodo de clases, debe ser con previa

cita del docente.

Artículo N°11: Son derechos fundamentales del estudiante en cuanto al pro-

greso educativo en general y educativo en particular.

a) Recibir los servicios educativos que se ofrecen en la institución o en la moda-

lidad en que estuviere inscrito.

b) Recibir de los docentes, funcionarios y compañeros un trato basado en el res-

peto a su integridad física, emocional y moral, así como a su integridad y a sus

bienes.

c) Ejercer personalmente o por representación, los recursos que correspondan

en defensa de los derechos que juzgue conculcados.

d) Ser sujeto participe del proceso de evaluación.

e) Conocer el Reglamento de Evaluación y La Normativa Interna Institucional.

f) Plantear en forma personal o con el concurso de sus padres o encargados y

conforme a las regulaciones vigentes, las objeciones que estime pertinentes con

respecto a las calificaciones que se le otorguen.

g) Quienes no reciben las lecciones de Educación Religiosa, deben cumplir con

lo establecido por el MEP; traer y realizar sus trabajos adicionales, de lo contra-

rio, deberán cumplir con lo que la Institución le norme para el aprovechamiento

el tiempo lectivo.

Artículo N° 5: Además de las faltas contempladas en el artículo 80 del regla-

mento de Evaluación de los Aprendizajes, se considerarán faltas leves las si-

guientes:

a) Las prohibiciones del artículo 2 incisos: c, d y e.

b) Uso inadecuado del “Cuaderno de comunicaciones”.

c) Las prohibiciones del artículo 3 incisos: d y e.

d) Fuga de actividades extracurriculares debidamente convocadas.

e) Empleo de vocabulario vulgar o soez.

f) Correr por los pasillos

g) Tatuarse su cuerpo, sea con tinta permanente o no, inclusive con lapicero.

Las mismas tendrán un rebajo de 6 a 10 puntos del total de la nota de conducta y

corresponde al docente de grado asignar el puntaje a rebajar.

Artículo N° 6: Además de las faltas graves contempladas en el artículo 81 del

Reglamento de Evaluación, se considerarán faltas graves las siguientes:

a) Ejecutar gestos vulgares o morbosos.

b) Fumar dentro o fuera de la institución.

c) Violar la prohibición de ingresar a determinadas áreas de la institución, inclu-

yendo oficinas, área de preescolar, otras aulas o zonas verdes.

d) Juegos bruscos que atenten contra la integridad física, durante los recreos o no.

Las mismas tendrán un rebajo de 11 a 19 puntos del total de la nota de conducta y

corresponde al docente de grado asignar el puntaje a rebajar

Artículo N° 7: Se consideran “faltas muy graves”, el incumplimiento de los de-

beres y obligaciones que se enumeran en el artículo 59 del reglamento de Eva-

luación de los Aprendizajes o en el Reglamento Interno de la institución. Tales

incumplimientos comprenden: a) La destrucción de bienes pertenecientes a la institución educativa, al personal

o a los demás miembros de la comunidad educativa, ya sea que esta acción se reali-

ce en forma individual o en grupo.

b) La escenificación pública de conductas contrarias a lo estipulado en el regla-

mento interno de la institución, la moral pública o las buenas costumbres.

c) Impedir que otros miembros de la comunidad educativa participen en el nor-

mal desarrollo de las actividades regulares de la institución, así como incitar a otros

a que actúen con idénticos propósitos.

d) Incitación a los compañeros a que participen en acciones que perjudiquen la

salud, seguridad individual o colectiva.

e) Sustracción de objetos personales o bienes de cualquier naturaleza que per-

tenezcan a miembros de la comunidad educativa.

f) Portar armas o explosivos así como otros objetos potencialmente peligrosos

para las personas, salvo aquellos expresamente autorizados por la institución con

fines didácticos.

g) Cualquier tipo de acción discriminatoria por razones de raza, credo, género,

discapacidad o cualquier otra contraria a la dignidad humana.

h) Contumacia en la comisión de faltas graves en un mismo período lectivo.

Page 8: Normativa interna ii  escuela líder villa bonita

Artículo N° 8: Con fundamento en los artículos 68, 73, 74, 76, 84, 85, 86,

87, 88, 89, 90, 91, 92, 93 del Reglamento de Evaluación de los Aprendiza-

jes, la institución de previo a aplicar cualquier acción correctiva, se garan-

tizará el cumplimiento del debido Proceso y del derecho a la defensa.

Además de las faltas muy graves contempladas en el artículo 82 del regla-

mento de evaluación se consideran faltas muy graves :

a) El irrespeto manifiesto a los Símbolos Nacionales, al desarrollo de los

Actos Cívicos y a la entonación de los Himnos Nacionales y de la Ins-

titución.

Las mismas tendrán un rebajo de 20 a 32 puntos del total de la nota de con-

ducta y corresponde al docente de grado asignar el puntaje a rebajar.

Para dar cumplimiento a lo anterior, se llevará cabo el siguiente procedimiento

interno.

7.1. Apertura de expediente.

7.2. Previo a la aplicación de la acción correctiva comunicar a los padres

de familia o encargados, las faltas que se le imputan al alumno (a).

7.3. Dar oportunidad a los estudiantes, y acceso al expediente administrati-

vo, para que ofrezca pruebas de descargo, para rebatir los hechos de la conduc-

ta indebida que se le achaca, alegue lo pertinente y ofrezca pruebas que juzgue

necesarias, en un plazo perentorio de tres días hábiles.

7.4. Conceder audiencia al estudiante, a fin de que pueda manifestarse y se

escuchado sobre la decisión que se tomará por su conducta.

7.5. Al resolver la acción correctiva aplicable, se toma en consideración las

manifestaciones dadas por el estudiante.

7.6. Permitir o indicarle al estudiante, padres de familia o encargados que si

a bien lo tiene puede buscar por sus propias costas asistencia profesional.

7.7. Comunicar por escrito a los padres de familia o encargados, la re-

solución final. Indicar a los padres de familia o encargado sobre los

hechos que se le encuentra responsable a los estudiantes y la acción co-

rrectiva a la cual será sometido, a fin de que pueda apelar, más tardar el

tercer día hábil de ser comunicada la acción correctiva. 7.8. Comunicar a los demás profesores o maestros encargados, mediante

copia de la resolución, cuando la acción correctiva implica interrupción del

proceso educativo.

7.9. Reprogramar los exámenes, trabajos cotidiano extraclase y concepto, si

la acción correctiva implica interrupción del proceso educativo.

7.10. Permitir al padre de familia, para que impugne ante el órgano adminis-

trativo correspondiente, en caso de no resolver la apelación en forma favorable.

7.11. Organizar con el Departamento de Orientación un plan de orientación

y seguimiento a los estudiantes a quienes se les aplicó acciones correctivas.

7.12. Se define como acciones previas para la apertura de expediente :

BOLETA DE SEGUIMIENTO DE ACCIONES CORRECTIVAS

FECHA: _________________________

Colegio: ____________________________ Expediente N° _______________

Respetando los pasos del debido proceso se comunica al padre de familia o encar-

gado _____________________________________ del alumno (a)

_________________________ de la sección ______________ que al ser las

_________ horas del día __________________ del año _________________ el pro-

fesor guía (Orientador ), analizadas las pruebas en su contra por la conducta inde-

bida de su parte, se le encontró responsable de los hechos

_____________________________________________________________________

_____________________________________________________________________

______________________________________

infringió las artículos ________del Reglamento de Evaluación y los artículos

_________ de la Normativa Institucional ___________________________.

Al estudiar su caso, se sometió a una acción correctiva de __________ días y

además a reparar el daño que consiste en ____________________________.

Se concreta una entrevista y jornada de reflexión en aras de mejorar el comporta-

miento ______________________________________________________

_________________________________________________________________

Primera sesión: El estudiante manifiesta que:

_________________________________________________________________

_____________________________________________________________________

_____________________________________________________________

_______________________ ____________ _____________________

Nombre del Profesor Guía Sello Nombre y firma de Orientador (a)

____________________________

Nombre y firma del Director (a)

Segunda sesión: El estudiante manifiesta que

_____________________________________________________________________

_____________________________________________________________

_________________________________________________________________

________________________ __________ ______ _____________________

Nombre del Profesor Guía Sello Nombre y firma de Orientador (a)

____________________________

Nombre y firma del Director (a)

Tercera sesión : El estudiante manifiesta que

_____________________________________________________________________

_____________________________________________________________

________________________ _________ ___________________________

Nombre del Profesor Guía Sello Nombre y firma de Orientador (a)

____________________________

Nombre y firma del Director (a)

Page 9: Normativa interna ii  escuela líder villa bonita

BOLETA DE COMUNICACIÓN A LOS PROFESORES SOBRE

ACCIÓN CORRECTIVA

Colegio_____________________ Expediente N° _________________

Respetando los pasos del debido proceso se comunica al profesor

_______________________ de la asignatura _____________________

del alumno (a) _______________________ sección _________ que al

ser las ______ horas del día _______ mes __________del año

__________ se estableció una acción correctiva, al mencionado estu-

diante. Por lo que se le ordena reprogramar las pruebas, concepto,

trabajos extraclases, cotidiano y otras actividades curriculares, para su

regreso, sin tomar en cuenta las ausencias producto de la acción correc-

tiva ________________________________________________________

___________________________________________________________

___________________________________________________________

______________________________________________________

______________________________________________________

______________________________________________________

______________________________________________________

______________________________________________________

______________________________________________________

______________________________________________________

______________________________________________________.

______________________ ________ __________________

Nombre del Profesor Guía Sello Nombre y firma del

Director (a)

Fecha de entrega de esta comunicación _____________________

Nombre y firma de quien recibe ____________________________

Al momento procedimental en el que un docente o administrativo, da inicio a la

apertura de una investigación, por considerar que el alumno, ha cometido una pre-

sunta falta, la cual puede tipificarse como: muy leves, muy graves, y gravísimas.

En razón, de ello, se debe someter a una indagación, en aras de terminar una ac-

ción correctiva, para que mejore su comportamiento.

Artículo N° 9: se consideran “faltas gravísimas”, el incumplimientos de los

deberes y obligaciones que se enumeran en el artículo 59 del reglamento de

Evaluación de los Aprendizajes o en el Reglamento Interno de la institución.

Tales incumplimientos comprenden:

a) Sustracción, alteración o falsificación de documentos oficiales.

b) Destrucción deliberada parcial o total de las instalaciones, entre ellos equi-

pos, pupitres, sillas materiales, herramientas, implementos deportivos, documen-

tos, laboratorios, talleres, automóviles y demás bienes que pertenezcan a la institu-

ción o a otros miembros de la comunidad educativa.

c) Agresión física contra cualquier miembro de la comunidad educativa Di-

rector, personal, alumnos o padres.

d) Ingestión de bebidas alcohólicas dentro de la institución o en actividades

extracurriculares convocadas oficialmente.

e) Consumir o portar drogas lícitas e ilícitas dentro de la institución, en acti-

vidades extracurriculares convocadas oficialmente.

f) Distribuir, inducir o facilitar el uso de cualquier tipo de drogas ilícitas de-

ntro de la institución, en actividades oficialmente convocadas o cualesquiera de

las circunstancias señaladas en el artículo 61 de este reglamente.

g) Tráfico o divulgación de material contrario a la moral pública.

Las mismas tendrán un rebajo de 33 a 45 puntos del total de la nota de conduc-

ta y corresponde al docente de grado asignar el puntaje a rebajar.

También se puede indicar el procedimiento, con el comunicado de algún

alumno ofendido cualquier compañero que considere que se debe investigar a un

alumno de la institución, por haber violado alguno de los artículos de los deberes y

responsabilidades de los estudiantes del Reglamento de Evaluación o de esta nor-

mativa institucional.

Para éste paso se puede utilizar la boleta de reporte, para el profesor guía, o

orientador o maestro de grado de la institución, indicando cuales son las con-

ducta (s) indebida (s). A partir de este momento, el docente puede asignarle, un

código o número al expediente del estudiante e iniciar el debido proceso corres-

pondiente.

Page 10: Normativa interna ii  escuela líder villa bonita

BOLETA DE OBSERVACIÓN

Escuela: ________________________ Circuito Escolar:______________

Nombre del alumno: ____________________________________________

Sección____________________ Nivel ________________________

Nombre del padre o encargado ___________________________________

Dirección

____________________________________________________________

Hora_________________________ Teléfono_____________________

Observación

_____________________________________________________________

_____________________________________________________________

_____________________________________________________________

_____________________________________________________________

_____________________________________________________________

_____________________________________________________________

_____________________________________________________________

_____________________________________________________________

_____________________________________________________________

_____________________________________________________________

_____________________________________________________________

_____________________________________________________________

_____________________________________________________________

_____________________________________________________________

_____________________________________________________________

_____________________________________________________________

Nombre del miembro o miembros de la

Directiva _____________________________________________________

Firma correspondiente __________________________________________

Nombre del funcionario_________________________________________

Firma del funcionario__________________________________________

Testigos 1- ____________________ Sección _________________

2- ____________________ Sección__________________

BOLETA DE COMUNICACIÓN A LOS PADRES Y ORIENTADOR

OF. NO_________

FECHA:__________________

Colegio o escuela ________________________Expediente N°________

Respetando los pasos del debido proceso se comunica al profesor guía

del alumno ___________________________ sección ____________ que

al ser las _______ horas del día_____ del año ______ se estableció una

acción correctiva al mencionado estudiante. Por lo que se le ordena al

poner la nota de conducta le rebaje en ______ puntos y darle seguimien-

to a la acción correctiva asignada.

______________________ ___________ ____________________

Nombre del profesor guía Sello Nombre y firma del

Orientador (a)

Fecha de entrega de esta comunicación___________________________

Page 11: Normativa interna ii  escuela líder villa bonita

NOTIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DE APELACIÓN A LOS

PADRES DE FAMILIA O ENCARGADOS

OF. NO ____________

FECHA:_______________

Colegio _________________________ Expediente N° ______________

Respetando los pasos del debido proceso se comunica al padre de fami-

lia o encargado _____________________ del alumno (a)

________________ de la sección _______ que al ser las _____ horas del

día ______ del mes _______ del año ______ analizada la apelación y

pruebas que presenta

___________________________________________________________

___________________________________________________________

___________________________________________________________

___________________________________________________________

___________________________________________________________

___________________________________________________________

___________________________________________________________

___________________________________________________________

Se resuelve de la siguiente forma:

1- ( ) se acepta la apelación y se absuelve de las responsabilidades que

se le achacan.

2 ( ) se encuentra que infringió los artículos ________________ del

Reglamento de Evaluación y los artículos _______________ de la

Normativa Institucional _______________

Por lo tanto se le someterá a una acción correctiva de tantos: _________

días, que rige del día ________ al _______________ puntos de la nota

de conducta y además a reparar el daño que consiste en

___________________________________________________________

___________________________________________________________

___________________________________________________________

___________________________________________________________

___________________________________________________________

Nombre y firma del director ________________________

Sello

Fecha de entrega de esta comunicación:______________________

Nombre y firma de quien recibe:_______________________________

Comunicación Oportuna

Aspecto comprendido entre los requisitos del debido proceso, por medio del

cual se le debe dar conocimiento en forma oportuna y escriba al padre de

familia o encargado y a su respectivo hijo sobre la decisión de abrirle expe-

diente de seguimiento para una posible acción correctiva, por las conductas

que se le imputan, las cuales respaldan dicha decisión.

BOLETA DE INFORME AL PADRE DE FAMILIA

Escuela: _____________________________

Fecha: __________________________ Expediente N° __________

Respetando los pasos del debido proceso se le comunica al padre de fami-

lia:___________________ del estudiante _________________________ de

la sección_________________ que su hijo (a) se le abre expediente de se-

guimiento para el establecimiento de una acción correctiva, código número

___________, por los hechos acaecidos el día _______ del mes __________

del año ________, que a continuación se describen como hechos que se le

imputan por la presunta comisión de dichas fal-

tas:____________________________________________________________

_______________________________________________________________

_______________________________________________________________

_________.

Nombre del profesor guía o maestro

_________________________________

Sello

Firma del profesor guía o maestro

___________________________________

Page 12: Normativa interna ii  escuela líder villa bonita

DERECHO DE DEFENSA

Contemplado en el Reglamento de Evaluación Decreto Ejecutivo

29373, artículo 74 y siguientes, artículo 68 del Código de La Niñez.

Involucra el derecho de audiencia, a ser escuchado.

BOLETA DE AUDIENCIA AL ESTUDIANTE

Colegio: _________________Fecha_________Expediente N°_________

Respetando los pasos del debido proceso y otorgando el derecho de de-

fensa, se convoca al estudiante __________________________ de la

sección ________ a que se presente a la audiencia oral, junto con su

padre o encargado y su defensor, el día: ___________________ del mes

________ del año ________ , a las horas ______ para que se refiera a

los hechos sucedidos el día __________ del mes de _________ del año

__________.

____________________________

Firma del Orientador de grado

_____________________________

Firma del Profesor Guía o Maestro

NOTIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN FINAL A LOS PADRES

DE FAMILIA O ENCARGADOS

OF. NO _______

Fecha: _____________

Colegio-escuela ____________________ expediente N° _________

Respetando los pasos del debido proceso se le comunica al padre de familia o

encargado _________________ del alumno ___________________ de la sec-

ción ________ que al ser las ___________ horas del día _______ del año

_______ el profesor guía (maestro de grado) y Orientador, analizadas las prue-

bas en su contra por la conducta indebida de su parte, se le encontró responsa-

b l e d e l o s h e c h o s

_____________________________________________________

___________________________________________________________

_________________________________________________________________

_____________________________________________________

_________________________________________________________________

_____________________________________________________

___________________________________________________________

Tomando en cuenta las pruebas que presentaron para rebatir los hechos, lo

manifestado por el estudiante en la audiencia y el argumento de su defensor, se

le absuelve de ___________________________. Se encuentra que infringió los

artículos _______________________ del Reglamento de Evaluación y los artí-

culos __________________ de la Normativa Institucional

_________________________________.

Al estudiar su caso, se le comunica que se someterá a una acción correctiva de:

1- De _______ puntos de la nota de conducta.

Además de reparar el daño que consiste en

_______________________________________________________________

_________________________________________________________________

_____________________________________________________________

_________________________________________________________________

_____________________________________________________________

Se le apercibe al padre de familia o encargado, que cuentan con un plazo de

_______ días hábiles para presentar la apelación respectiva, plazo que será im-

prorrogable, a partir del momento de recibir esta comunicación.

________________ ____________ _________________________

Nombre del profesor sello Nombre y firma del maestro (a)

Fecha de entrega de esta comunicación _____________________

Nombre y firma de quien recibe____________________________

Page 13: Normativa interna ii  escuela líder villa bonita

BOLETA PARA APORTACIÓN DE PRUEBAS

Escuela______________________________ fecha______________

horas _____ minutos _______

Respetando los pasos del debido proceso y otorgando el derecho de de-

fensa se le apercibe al padre de familia o encargado

__________________ del alumno (a) __________________________

de la sección _________.

Para que junto con su defensor si a bien lo tienen, presenten las pruebas

que les permita refutar los hechos de la conducta indebida que se le atri-

buye, o para rebatir las pruebas que hay en su contra, en el plazo impro-

rrogable de _____ días hábiles a partir del momento de recibir esta co-

municación.

Enviada el día __________ del mes ____________ del año __________.

______________________ _______ ______________________

Profesor Guía u Orientador Sello Profesor (a) Guía o

Maestro

Nombre y firma de quien recibe:_____________________________

El día ___________________________ del mes ________________

del año _______________ a las ____________ horas, ____________

minutos.

_____________________________

Nombre y Firma del Defensor

BOLETA DE LA RECEPCIÓN DE INFORMACIÓN DE LA

AUDIENCIA ORAL DEL ESTUDIANTE

Escuela________________ Fecha __________ Expediente N° ______

Para respetar los pasos del debido proceso y otorgado el derecho de de-

fensa se le da audiencia al estudiante

________________________________ de la sección ____________ el

día _____________ del mes ______________ del año _________, a ser

las ____________ horas, minutos ______ para que se refiera a los

hechos ocurridos el día __________ del mes __________al ser las

_______ horas, minutos ______ y son

___________________________________________________________

___________________________________________________________

___________________________________________________________

___________________________________________________________

___________________________________________________________

___________________________________________________________

___________________________________________________________

___________________________________________________________

___________________________________________________________

El estudiante manifiesta

___________________________________________________________

___________________________________________________________

___________________________________________________________

___________________________________________________________

___________________________________________________________

___________________________________________________________

___________________________________________________________

___________________________________________________________

______________________________ ___________________________

Nombre de la persona que realiza Firma

la entrevista

________________________ ___________________________

Nombre del estudiante Firma del estudiante

____________________________ ___________________________

Nombre del padre o encargado Firma