Normativa Fea 2015

download Normativa Fea 2015

of 20

Transcript of Normativa Fea 2015

  • 8/20/2019 Normativa Fea 2015

    1/48

    1

    NORMATIVA

    2015

  • 8/20/2019 Normativa Fea 2015

    2/48

    Normativa Festival Estudiantil de las Artes 2015

    2

    AutoridadesSonia Marta Mora EscalanteMinistra de Educación Pública

    Alicia Eugenia Vargas PorrasViceministra Académica

    Kattia Grosser GuillénDirección de Vida Estudiantil

    Lilliana Rojas MolinaJefatura Departamento de Convivencia Estudiantil

    CréditosChechey González Arce Asesor Nacional de Educación Musical

    Mauricio Aguilar García Asesor Nacional de Español

    Melvin Gómez Quesada Asesor Nacional de Artes Plásticas

    Equipo Festival Estudiantil de las ArtesDepartamento de Convivencia EstudiantilDirección de Vida Estudiantil

    Roxana Argüello Chaverri Asesora LegalDepartamento de Participación EstudiantilDirección de Vida Estudiantil

  • 8/20/2019 Normativa Fea 2015

    3/48

    Normativa Festival Estudiantil de las Artes 2015

    3

    Yo me apunto con el Festival Estudiantil de las Artes.

    Sonia Marta Mora Escalante

    Ministra de Educación

    ElFestival Estudiantil de las Artes es uno de los programas del Ministerio de Educación Pública

    que se desarrolla a nivel nacional con la participación de las estudiantes y los estudiantes de

    primaria y secundaria de todos los centros educativos del país.

    Este Festival lo hacen ellas y ellos participando activamente: presentando, proponiendo,diseñando, componiendo y creando arte en cualquiera de las múltiples disciplinas artísticas;

    exponiendo su pensamiento, su sentir y sus ideas. También participan apreciando,disfrutando y apoyando la creación artística de sus compañeros y compañeras. Los adultos

    los acompañamos y facilitamos la realización de este, su festival artístico y de expresión y

    comunicación.

    Cuando nos apuntamos con este programa, estamos brindando mayores oportunidades de

    participación estudiantil. Abrimos espacios a estudiantes de todas las modalidades del sistemaeducativo de Costa Rica, para que a través de las artes se promueva la convivencia, la

    permanencia y el éxito escolar, construimos así un espacio para prevenir la violencia y

    fomentar una cultura de paz en el sistema educativo.

    Sin duda, las experiencias artísticas que vive cada participante le ayudan en el desarrollo y

    consolidación de su identidad. Promoviendo la participación activa en el arte, colaboramos con

    el desarrollo psico-social y socio-afectivo de las y los estudiantes.

    Yo les invito a Apuntarse con el Festival Estudiantil de las Artes. Gracias a esta experienciaartística logramos que nuestros niños, niñas y jóvenes gocen del arte, y favorecemos así que a

    través de esta maravillosa forma de expresión humana, manifiesten sus sentimientos,propuestas e inquietudes.

  • 8/20/2019 Normativa Fea 2015

    4/48

    Normativa Festival Estudiantil de las Artes 2015

    4

    A nosotros, autoridades, Direcciones Regionales de Educación, supervisores, directores de

    centros educativos, docentes y funcionarios del MEP, nos permite observar la diversidad y la

    multiculturalidad, conocer y disfrutar el talento y pensamiento de nuestros y nuestrasestudiantes; nos contagian de su alegría y motivación, su entusiasmo y su esfuerzo, a veces

    individual y otras veces el resultado de un trabajo colaborativo y solidario desde el aula, en elcentro educativo y, o, en la comunidad.

    ¿Cómo nos podemosapuntar todas y todos con el festival?

    Motivando a nuestros estudiantes, apoyándolos en el desarrollo de las actividades artísticas, ycreando la mayor cantidad de espacios artísticos en nuestras escuelas, colegios y comunidades.

    Invito al personal docente, directoras y directores, para que impulsen y motiven a sus

    estudiantes en la extraordinaria experiencia de expresarse, sentir y vivir el arte, como unaoportunidad para opinar y externar las inquietudes de niños, niñas y jóvenes.

    La primera etapa del festival, que implica la organización y ejecución del programa en todas las

    escuelas y colegios del país, es la etapa más importante, porque en ella se apuntan con elfestival y con la educación, las estudiantes y los estudiantes que llenarán de arte a nuestro país.

    Inscribirse en el festival, requiere proponer una obra artística en cuya elaboración se exprese

    el pensamiento estudiantil, su forma de ver el mundo, y aprovechar el arte para construir unmejor centro educativo y un mejor país.

    Motivar al estudiantado a participar de una competencia sana, implica respetar las opiniones y

    las propuestas de los demás, bajo un tratamiento ético y respetuoso en todas las actividades

    propias del festival, en donde se ejercen derechos y deberes, bajo la consigna de cumplir condignidad, igualdad y justicia con cada obra artística. No se trata de ganar para ser el mejor. Se

    trata de proponer, exponer y competir sanamente para poder ser mejores cada día en el

    cumplimiento de nuestras labores como estudiantes, como docentes o como funcionarias yfuncionarios del Ministerio de Educación Pública.

  • 8/20/2019 Normativa Fea 2015

    5/48

    Normativa Festival Estudiantil de las Artes 2015

    5

    Las estudiantes y los estudiantes son las y los protagonistas en este programa, ellas y ellos son

    quienes deciden qué desean expresar y por medio de cuál disciplina artística lo harán. Los

    demás integrantes de la comunidad estudiantil, los debemos guiar y apoyar desde losprincipios que inspiran la acción en nuestro sistema educativo, brindándoles los espacios que

    requieran. Permitámosles tener esta gran oportunidad de empoderarse de la experienciaartística y del mundo maravilloso de las artes.

    El Ministerio de Educación Pública (MEP) ha desarrollado, desde el año 1976, diferentesiniciativas relacionadas con encuentros y concursos artísticos. El Festival Costa Rica Joven se

    inició en 1976, para luego denominarse por muchos años Festival de la Creatividad. En los

    últimos años, se ha convertido en un festival único en América Latina por su naturaleza y

    características. Hoy, el Festival Estudiantil de las Artes bajo la coordinación de la Dirección de

    Vida Estudiantil y del Despacho Académico, con todo el apoyo del Despacho Ministerial, seconsolida como uno de los programas de mayor participación estudiantil.

    Les presento la Normativa del Festival Estudiantil de las Artes 2015, como un instrumentopara orientar a nivel de toda la institución las acciones que se realizan con el programa, de

    forma que se asegure el tratamiento justo de todo el proceso. A partir de aquí, las ideas y la

    creatividad del estudiantado debe fluir para seguir fortaleciendo la educación costarricense

    con la participación artística estudiantil

    Por lo anterior, y por muchas cosas más…

    … yo también me apunto con el Festival Estudiantil de las Artes.

    El MEP lanza este año la estrategia:“Yo me apunto con la educación” , que busca que todo el

    estudiantado culmine sus estudios con éxito, y hace un llamado especial a las personas queestán fuera de las escuelas y colegios para que se reintegren al estudio. Todas las personas

    podemos contribuir con la educación de alguna manera.

  • 8/20/2019 Normativa Fea 2015

    6/48

    Normativa Festival Estudiantil de las Artes 2015

    6

    TEMA DEL FESTIVAL ESTUDIANTIL DE LAS ARTESYO ME APUNTO CON LA EDUCACIÓN

    Un compromiso de todas y todos

    Las siguientes preguntas constituyen temas o subtemas con los que podés orientarte en lacreación de la obra artística con la que participarás en el festival. Las frases son ideasmotivadoras para que te inspirés, y no necesariamente deben formar parte de la canción, deldibujo, de la letra de la poesía, del guion de la obra de teatro, del cuento, o de cualquiera de lasdisciplinas artísticas que ofrece el festival y que te interese escoger para participar.

    Cómo le digo a mis compañeros y compañeras por medio de una obra de arte losiguiente:¿Cómo puedo motivar a los que se fueron del cole o de la escuela para que vuelvan?¿Cómo puedo ayudar a mis compañeros para que no se salgan del cole o de la escuela?¿Qué puedo hacer para ayudar a mis compañeras y compañeros para que terminen losestudios?¿Qué aporte puedo dar para que la pasemos bien en la escuela y en el colegio?¿Qué puedo hacer para terminar mis estudios con éxito?¿Cómo podemos hacer para que la escuela o el cole sean más atractivos?

    También podés reflexionar con las siguientes frases:La educación te hace sentir mejor persona.El estudio nos permite aspirar a un mejor trabajo, a un mejor salario y a una mejorcomprensión de la vida.Si terminás los estudios, tendrás mejores oportunidades de avanzar y de alcanzar lo quedeseás.Todo es mejor en la vida si estudiamos.

    Yo me apunto:A explicar matemáticas a mis compañeros.A darles centros para entender mejor las materias.A motivar a mis compañeros para que no dejen de estudiar.A participar en lo que me gusta.A ser parte de la sele.A ser parte del gobierno estudiantil.A ser parte del cambio.A aportar ideas para mejorar todos juntos.A participar en el Festival Estudiantil de las Artes.Y vos ¿cómo te apuntás?

  • 8/20/2019 Normativa Fea 2015

    7/48

    Normativa Festival Estudiantil de las Artes 2015

    7

    NORMATIVAFESTIVAL ESTUDIANTIL DE LAS ARTES

    En ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 11 de la Constitución Política, artículos 17,59, 113, 120 a 125 de la Ley General de Administración Pública, Ley N° 6227 y artículos 1 y 7 de laLey Orgánica del Ministerio de Educación Pública, Ley N° 3481.

    CONSIDERANDO:

    I. Que el Ministerio de Educación Pública tiene entre sus fines primordiales incentivar la participaciónestudiantil promocionando derechos, sentido de responsabilidad, solidaridad y respeto a la dignidadhumana por medio de manifestaciones artísticas y culturales del estudiantado en concordancia con la LeyFundamental de Educación, Ley N° 2160.

    II. Que el Ministerio de Educación Pública promueve espacios de participación estudiantil que utilizan el artecomo herramienta de expresión, que favorecen el desarrollo socio-afectivo, el pensamiento reflexivo, laformación en valores éticos, estéticos y sociales, para la adquisición de criterios de apreciación, creación,interpretación y proyección artística.

    III. Que existen proyectos y programas promovidos por el Ministerio de Educación Pública que están enconcordancia con los programas de estudio fundamentados en la ética, la estética y la ciudadanía, quegeneran espacios donde el disfrutar, apreciar, comprender y expresar se constituyen en cuatro retos de laeducación artística.

    IV. Que el Ministerio de Educación Pública motiva la creación y proyección de obras artísticas estudiantilespara generar un ambiente sano, de respeto, compañerismo, tolerancia y solidaridad, que permitandesarrollar un mayor arraigo a su centro educativo.

    V. Que el Ministerio de Educación Pública, por medio de la Dirección de Vida Estudiantil, promueve unacultura institucional sustentada en la promoción y protección de los derechos humanos, específicamenteen el cumplimiento y defensa de los derechos de las estudiantes y los estudiantes, y en la atención de lasnecesidades educativas para el estudiantado y la eliminación de barreras del aprendizaje y laparticipación, y respeta las diferencias en razón del género, sexo, edad, nacionalidad, religión, creenciasespirituales, orientación sexual, condición social y etnia, entre otros.

    VI. Que el Ministerio de Educación Pública promueve el Festival Estudiantil de las Artes como un programa deapertura de espacios para la población estudiantil en el área de las artes, que incentiva la convivencia ypermanencia de los estudiantes en el sistema educativo.

    VII. Que el Ministerio de Educación Pública, a efecto de cumplir con los objetivos de la Política Educativa ybrindar un servicio de calidad, considera pertinente y oportuno generar una normativa integral con unenfoque de derechos humanos, en el marco de una cultura de paz, y establecer con carácter de obligatoriola siguiente normativa para el FESTIVAL ESTUDIANTIL DE LAS ARTES.

  • 8/20/2019 Normativa Fea 2015

    8/48

    Normativa Festival Estudiantil de las Artes 2015

    8

    PRIMERA PARTE ASPECTOS GENERALES

    CAPÍTULO I ÁMBITO DE APLICACIÓN

    De las disposiciones generales.

    Artículo 1. El Festival Estudiantil de las Artes del Ministerio de Educación Pública es un espacio para lacreación de obras artísticas y para la presentación artística estudiantil.

    Artículo 2. En el Festival Estudiantil de las Artes primará el interés superior del estudiantado.

    Artículo 3. Los procesos, las acciones, obras artísticas, participaciones y actividades que se presenten ysusciten en o a través del Festival Estudiantil de las Artes deben fomentar acciones y actitudes querespeten la imagen de las personas, integridad física y psíquica, en garantía de los derechos delestudiantado; independientemente de las diferencias en razón de género, sexo, edad, nacionalidad,religión, creencias espirituales, orientación sexual, condición social, etnia, evaluación académica o deconducta, o de accesibilidad, y tomar en cuenta la atención de las necesidades educativas delestudiantado y la eliminación de barreras del aprendizaje y la participación. No se debe presentarmanifestaciones misóginas, homofóbicas, xenofóbicas o transfóbicas, pornográficas ni eróticas.

    Artículo 4. Durante los procesos, acciones, presentación de obras artísticas y eventos que se manifiesteny susciten en o a través del Festival Estudiantil de las Artes, todas las personas: estudiantes, docentes,administrativos, integrantes del jurado, directores artísticos de grupos estudiantiles, y público engeneral, deben mantener una actitud de respeto, cordialidad y asertividad en todo momento.

    Artículo 5. Se debe contextualizar las manifestaciones artísticas que se presenten en el FestivalEstudiantil de las Artes a la realidad circundante del público meta, es decir, los niños, las niñas yadolescentes.

    Artículo 6. El tema para cada edición anual del Festival Estudiantil de las Artes lo establecerá elDespacho Académico en coordinación con la Dirección de Vida Estudiantil, sobre el cual se basarán lasobras artísticas que así lo estipulen.

    Artículo 7. Todas las obras artísticas con las que participan los estudiantes regulares matriculados encada centro educativo, podrán ser utilizadas por el Ministerio de Educación Pública, siempre que nomedien intereses lucrativos y que se respeten los derechos intelectuales de autoría de los participantes.

    Artículo 8. La distribución y divulgación de la presente normativa será coordinada por el DespachoAcadémico por medio de la Dirección de Vida Estudiantil.

    Artículo 9. Los centros educativos que tengan la modalidad de preescolar organizarán actividadesparticipativas no competitivas para esta población estudiantil en cualquiera de las etapas del FestivalEstudiantil de las Artes.

    De la obligatoriedad

    Artículo 10. Esta normativa es de acatamiento obligatorio para todas las instancias participantes delFestival Estudiantil de las Artes. El Despacho Académico y la Dirección de Vida Estudiantil emitiránlineamientos complementarios a esta normativa.

  • 8/20/2019 Normativa Fea 2015

    9/48

    Normativa Festival Estudiantil de las Artes 2015

    9

    Artículo 11. Las direcciones de los centros educativos serán las responsables del proceso del FestivalEstudiantil de las Artes en las etapas en las que participen estudiantes matriculados del centro educativobajo su jurisdicción.

    Artículo 12. Es responsabilidad de la dirección de cada centro educativo la revisión del cumplimiento delos requisitos establecidos en esta normativa para las obras artísticas y para todo lo referente a los

    diferentes procesos del festival. No podrá inscribir las obras que no cumplan con dichos requisitos. Artículo 13. Los directores de los centros educativos y los docentes encargados del proceso del FestivalEstudiantil de las Artes deben velar por la autenticidad de la obra artística en el caso de las disciplinas ytendencias artísticas que requieran la condición de obra original e inédita, y que se cumpla con todos losrequisitos estipulados en esta normativa.

    Artículo 14. Las direcciones regionales de educación, las jefaturas de asesoría pedagógica, lassupervisiones de circuitos educativos, las direcciones de centros educativos, el personal docente, técnicodocente y administrativo del centro educativo y las comisiones organizadoras de cada etapa,garantizarán la inscripción, presentación artística activa y competencia sana de los estudiantesinteresados en participar en la etapa inicial del festival, así como la inscripción y participación en lassiguientes etapas en que sean seleccionados, y brindarán el apoyo necesario para ello en todas las etapasdel festival.

    Artículo 15. En todas las direcciones regionales de educación del país, los directores regionales deeducación, las jefaturas de asesorías pedagógicas, las asesorías pedagógicas de Artes Plásticas, EducaciónMusical y Español, los supervisores de circuitos educativos, así como asesorías nacionales, velarán paraque los centros educativos tengan representación estudiantil participante en el Festival Estudiantil de lasArtes.

    Artículo 16. Por ningún motivo, las direcciones regionales de educación, las jefaturas de asesoríaspedagógicas, las supervisiones de circuitos educativos, los directores, personal docente, técnico docente,administrativo podrán limitar o prohibir la participación e inscripción del estudiante interesado en laetapa inicial. De igual forma no podrán limitar o prohibir la inscripción y participación en la etapainmediata siguiente, de estudiantes que hayan sido seleccionados en la etapa anterior.

    Artículo 17. En caso de que un centro educativo o circuito educativo no ejecute la etapa respectiva, elestudiantado que desee participar podrá solicitar al director regional de educación correspondiente quese garantice la efectiva realización de dicha etapa.

    Artículo 18. Las direcciones regionales de educación deben atender aquellos casos en los queestudiantes manifiesten querer participar y cuyos centros o circuitos educativos, no ejecute la etaparespectiva. En caso de que una dirección regional educativa no ejecute la etapa regional, los estudiantesseleccionados podrán solicitar a los viceministerios de educación correspondientes que se garantice laefectiva realización de dicha etapa.

    Artículo 19. La dirección del centro educativo deberá cumplir con las disposiciones emanadas en elProtocolo para actividades extra-muros DM-0005-01-2011.

    Artículo 20. En todas las etapas del Festival Estudiantil de las Artes se prohibirá la solicitud de dinero,cuotas o colaboraciones voluntarias; tanto a la comunidad estudiantil participante o no participante enel festival, como a los centros educativos que inscriben estudiantes o apoyan su participación, ya sea enforma exigida o voluntaria, en lo referente a inscripciones, uso de equipos técnicos como equipos deamplificación y sonido, equipo multimedia, materiales de trabajo, uso de instrumentos musicales,decoraciones, alquileres de salones, teatros o similares, uniformes, maquillajes o vestuarios, entradas aactividades artísticas, gafetes, papelería, ensayos, alimentación, hospedaje, transporte, actos culturales orecreativos, entre otros, propios del festival. Los directores regionales de educación garantizarán elcumplimiento de este artículo.

  • 8/20/2019 Normativa Fea 2015

    10/48

    Normativa Festival Estudiantil de las Artes 2015

    10

    CAPÍTULO IIESTRUCTURA

    De las Áreas Artísticas.

    Artículo 21.El Festival Estudiantil de las Artes consta de cuatro áreas artísticas: artes escénicas, artes

    literarias, artes musicales y artes visuales.

    Artículo 22. Las disciplinas o tendencias artísticas distribuidas en las cuatro áreas artísticas son:

    a. Artes escénicas: baile o coreografía, coreografía conceptual, danza folclórica costarricense,danza folclórica internacional, cuentacuentos, monólogo, pasacalles, poesía coral, teatrocallejero, teatro infantil, teatro de sala, títeres.

    b. Artes literarias: cuento, cuento ilustrado, fotonovela, poesía, retahílas.c. Artes musicales: banda de garaje, cimarrona, ensamble de flautas dulces, ensamble

    instrumental con materiales de uso cotidiano, ensamble vocal, estudiantina, grupo experimental,grupo instrumental, marimba, solista vocal canción original, solista vocal canción popular.

    d. Artes visuales: d.1.- Tendencia por arte digital: producción audiovisual.d.2- Tendencia contemporánea: body paint , diseño de moda, esculturas vivientes,happening ,

    performance. d.3- Tendencia por intervención espacial: instalación, murald.4- Tendencia por manifestación tradicional: dibujo, dibujo manga, escultura, fotografía,

    grabado, pintura.d.5- Tendencia a través de la máscara.

    De las etapas.

    Artículo 23. El Festival Estudiantil de las Artes está constituido por tres etapas que son:

    a. Etapa inicial: es la primera etapa, organizada por la dirección del centro educativo que toma encuenta al estudiantado que manifieste interés en participar. Es una etapa competitiva.

    b. Etapa circuital: es la segunda etapa, organizada por la supervisión del circuito educativo quetoma en cuenta al estudiantado seleccionado en la etapa inicial. Es una etapa competitiva.

    c. Etapa regional: es la tercera etapa, organizada por la dirección regional de educación que tomaen cuenta al estudiantado seleccionado en la etapa circuital. Esta etapa no es competitiva.

    Artículo 24. En las etapas competitivas inicial y circuital, le corresponde únicamente a un juradoseleccionar las obras artísticas de los participantes que pasarán a las siguientes etapas del festival.El jurado deberá elegir una obra artística por primaria y una obra artística por secundaria por cada unade las disciplinas artísticas que le corresponda calificar, exceptuando lo indicado en los artículos 35, 36,45 y 118 inciso e. de esta normativa.

    Artículo 25. Para cada edición del Festival Estudiantil de las Artes, la Dirección de Vida Estudiantilproporcionará los siguientes documentos para ser utilizados en el festival:

    a. Normativa del Festival Estudiantil de las Artes: documento oficial de carácter obligatoriopara la realización de todas las actividades relativas al festival.

    b. Boleta de inscripción: único documento válido para inscribir obras artísticas y estudiantes quehan sido seleccionados en las etapas competitivas de este festival.

    c. Boleta de sugerencias del jurado: documento que utilizará el jurado para consignarsugerencias, observaciones o recomendaciones, a efecto de que sean consideradas por losestudiantes.

    d. Boleta de resultados: único documento válido para que el jurado consigne los resultados.

  • 8/20/2019 Normativa Fea 2015

    11/48

    Normativa Festival Estudiantil de las Artes 2015

    11

    e. Tablas de calificación: único documento válido que consigna los criterios técnicos para evaluarlas obras artísticas por parte del jurado.

    f. Disposiciones operacionales para las actividades del Festival Estudiantil de las Artes: consideraciones a ser tomadas en cuenta para la organización y ejecución del festival.

    Artículo 26. La calendarización de las diferentes etapas se regirá por las fechas establecidas en elcalendario escolar, el cronograma general de actividades que se facilita anualmente a las direccionesregionales de educación, o por las readecuaciones que se realicen al calendario durante el curso lectivo,por parte del Despacho Académico.

    CAPÍTULO IIIPARTICIPACIÓN

    De la participación en general:

    Artículo 27. Para efectos de esta normativa, se considerará:

    a. Como estudiantes de primaria aquellos estudiantes regulares matriculados en I y II Ciclos de laEducación General Básica en cualquier modalidad del sistema educativo o en I nivel de Cindea; ycomo estudiantes de secundaria aquellos estudiantes regulares matriculados en III Ciclo de laEducación General Básica, Educación Diversificada en cualquier modalidad del sistemaeducativo o en II y III nivel de Cindea.

    b. Como centro educativo, la sede central de cada Cindea o IPEC. La población estudiantilinteresada en participar y competir debe acudir a la sede central correspondiente para realizarel procedimiento de inscripción y no a los satélites educativos.

    Artículo 28. En el Festival Estudiantil de las Artes, participan en la etapa inicial en forma voluntaria y enlas siguientes etapas en que fueren seleccionados, únicamente estudiantes regulares del sistemaeducativo costarricense, siempre y cuando estén matriculados en I, II y III Ciclo de la Educación GeneralBásica, y Educación Diversificada, o estén matriculados en I, II y III Ciclo de la Educación General Básica,y Educación Diversificada en las modalidades de educación de adultos, Cindea, IPEC, escuelas nocturnas,colegios nocturnos y educación abierta; ya sean académicas o técnicas cumpliendo con los requisitos decada disciplina o tendencia artística.

    Artículo 29. Podrán participar estudiantes regulares de I y II Ciclo de primaria, III Ciclo y EducaciónDiversificada de secundaria, matriculados en los centros educativos privados reconocidos e inscritos enla Dirección de Educación Privada del Ministerio de Educación Pública, siempre y cuando acaten lasdisposiciones de la presente normativa.

    Artículo 30. Para todos los efectos de esta normativa y de los diferentes procesos en cada etapa delFestival Estudiantil de las Artes, no se permitirá la participación de estudiantes que no esténmatriculados y no sean estudiantes regulares de I y II Ciclo de primaria, de III Ciclo y EducaciónDiversificada de secundaria, académica o técnica, o del plan de estudios de Educación de Adultos;exceptuando los casos estipulados en algunas disciplinas artísticas en las que se permite la colaboraciónno competitiva de otras personas.

    Artículo 31. La población estudiantil podrá participar en disciplinas o tendencias artísticas individualeso grupales. En caso de ser grupal, los estudiantes deben estar inscritos y matriculados en un mismocentro educativo para conformar la agrupación, exceptuando lo estipulado en los artículos 34 y 49 deesta normativa.

    Artículo 32. Los estudiantes podrán participar en una o más disciplinas o tendencias artísticas, siemprey cuando la distribución de horarios de las actividades del festival lo permita.

  • 8/20/2019 Normativa Fea 2015

    12/48

    Normativa Festival Estudiantil de las Artes 2015

    12

    Artículo 33. La participación desde la inscripción debe realizarse respetando las diferencias en razóndel género, sexo, edad, nacionalidad, religión, creencias espirituales, orientación sexual, condición socialy etnia, sin que estas puedan limitarse por razones de conducta, evaluación académica, accesibilidad, opor errores, omisiones o procedimientos no aplicados por las personas organizadoras. Debe tomarse encuenta la atención de las necesidades educativas del estudiantado y la eliminación de barreras delaprendizaje y la participación.

    Artículo 34 . Los estudiantes de centros educativos que pertenezcan a un mismo circuito educativo, endonde la matrícula por cada centro educativo sea inferior a cincuenta y un estudiantes, y que deseenintegrar agrupaciones en conjunto con estudiantes de otros centros educativos que tengan la mismacondición en cuanto a cantidad de matrícula se refiere, podrán unirse y crear una sola representacióncircuital para participar, conforme a lo estipulado en el artículo 49 de esta normativa.

    De la participación y competencia respecto de la edad de estudiantes adolescentes o adultos.

    Artículo 35. En disciplinas y tendencias artísticas individuales:

    a. En disciplinas o tendencias artísticas en las que participen estudiantes quienes esténmatriculados en primaria, cuyas edades oscilen entre los quince años cumplidos al inicio delcurso lectivo, hasta los veintiún años cumplidos al inicio del curso lectivo, competirán en razónde su grupo etario con los estudiantes matriculados en secundaria cuyas edades oscilen entre los11 años a 21 años de edad cumplidos al inicio del curso lectivo.

    b. En disciplinas o tendencias artísticas en las que participen estudiantes quienes esténmatriculados en primaria o secundaria, que sean mayores de veintidós años de edad,competirán en razón de su grupo etario con los estudiantes matriculados en primaria osecundaria que se encuentren en las mismas condiciones de edad.

    Artículo 36. En disciplinas y tendencias artísticas grupales:

    a. Cuando participen agrupaciones integradas por estudiantes regulares matriculados en primariao secundaria de distintas edades entre sí, se hará la selección de la siguiente manera:a.1- Si la mayoría de integrantes tiene veintidós años o más de veintidós años de edad,

    participará o competirá en razón de su grupo etario contra las agrupaciones integradaspor estudiantes de veintidós años o mayores de veintidós años.

    a.2- En el caso de estudiantes matriculados en las modalidades de educación de adultos,Cindea, IPEC, escuelas nocturnas, colegios nocturnos y educación abierta, si la mayoríade integrantes tiene menos de veintidós años de edad, participará o competirá en razónde su grupo etario contra las agrupaciones integradas por estudiantes de primaria osecundaria mayores de 11 años y menores de 22 de edad.

    Artículo 37. Para efectos de esta normativa y por las características propias de este festival, no sepermitirá la competencia de niñas y niños de primaria contra estudiantes adolescentes o adultos.

    CAPÍTULO IVELECCIÓN DE LA OBRA ARTÍSTICA PARA PARTICIPAR

    Artículo 38. Los estudiantes interesados en participar deben presentar obras artísticas originales einéditas, las cuales, al ser inéditas no deben haber sido ejecutadas o presentadas en algún otro concurso,festival, espacio artístico o similar, exceptuando lo estipulado de la II parte de esta normativa, en losartículos cuyas disciplinas artísticas se especifique que son de tema libre.

  • 8/20/2019 Normativa Fea 2015

    13/48

    Normativa Festival Estudiantil de las Artes 2015

    13

    Artículo 39. En la creación y composición de las obras artísticas realizadas para el Festival Estudiantilde las Artes es vital la participación activa y directa de los estudiantes. La comunidad en general,docentes, administrativos, administrativos-docentes, técnicos-docentes y familiares cumplen el papel defacilitadores.

    Artículo 40. Todas las obras de las siguientes disciplinas o tendencias artísticas deben ser creadas únicay exclusivamente por estudiantes:

    a. En el área de artes literarias: las disciplinas artísticas de cuento, cuento ilustrado, fotonovela,poesía y retahílas.

    b. En el área de artes escénicas: la composición del poema para la disciplina artística de poesíacoral.

    c. Todas las disciplinas artísticas de las tendencias de artes visuales.

    Artículo 41. Los estudiantes quienes participen en las siguientes disciplinas y tendencias artísticas:

    a. En el área de artes literarias: las disciplinas artísticas de cuento, cuento ilustrado, fotonovela,poesía, retahílas,

    b. En el área de artes escénicas: la composición del poema para la disciplina artística de poesíacoral

    c. Todas las disciplinas artísticas de las tendencias de artes visuales.

    podrán solicitar a la comunidad en general, docentes, administrativos, administrativos-docentes,técnicos-docentes y familiares que funjan únicamente como facilitadores y no como compositores,creadores, diseñadores o productores artísticos de la obra con la que participarán.

    Artículo 42. Los estudiantes quienes participen en las siguientes disciplinas y tendencias artísticas:

    a. Todas las disciplinas artísticas del área de artes musicalesb. En el área de artes escénicas: baile o coreografía, coreografía conceptual, danza folclórica

    costarricense, danza folclórica internacional, cuentacuentos, monólogo, pasacalles, poesía coralexceptuando lo referente a la elaboración y composición del poema, teatro callejero, teatroinfantil, teatro de sala, títeres.

    podrán solicitar a la comunidad en general, docentes, administrativos, administrativos-docentes,técnicos-docentes y familiares que funjan como facilitadores y que apoyen en aspectos técnico-artísticosen cuanto a diseño, composición y producción de las obras; así como la elaboración de estas, siempre ycuando en estas acciones los estudiantes participen directa y activamente en el proceso de creación yelaboración de las obras.

    Artículo 43. En caso de traslado a otro centro educativo de un estudiante quien participe en unadisciplina artística individual, se permitirá que este continúe participando dentro del Festival Estudiantilde las Artes de la siguiente manera:

    a. Si el estudiante ha sido inscrito para la etapa inicial en su centro educativo y se traslada a otrocentro educativo que no haya realizado dicha etapa, podrá incorporarse en las actividadespropias de la etapa en el centro educativo al que se trasladó.

    b. Si el estudiante ha sido seleccionado en cualquier etapa del festival y se traslada a otro centroeducativo, podrá incorporarse en el proceso de inscripción y participación en el centroeducativo, circuito educativo o dirección regional de educación en la etapa correspondiente.

    c. Si el estudiante ha sido seleccionado e inscrito para la etapa siguiente y se traslada a otro centroeducativo sin haberse realizado la selección correspondiente a esa etapa, podrá incorporarse enla ejecución de las actividades para la selección; ya sea en el circuito educativo o direcciónregional de educación a la que se trasladó.

  • 8/20/2019 Normativa Fea 2015

    14/48

    Normativa Festival Estudiantil de las Artes 2015

    14

    d. La participación, inscripción y selección en caso de traslado de un estudiante podrá realizarsesiempre y cuando se respete el orden de las etapas y el traslado se realice dentro de las fechasestipuladas, de acuerdo al calendario escolar y a las fechas propuestas por el centro educativo,circuito educativo o dirección regional de educación a la que se traslada.

    Artículo 44. Únicamente se permitirá la sustitución de estudiantes integrantes en una agrupaciónartística inscrita o seleccionada en disciplinas o tendencias artísticas grupales en cualquiera de las etapasdel festival, por enfermedad, fuerza mayor o traslado del estudiante a otro centro educativo o quemanifieste no querer continuar con la representación de la agrupación con la que fue seleccionado. Lasustitución deberá ser por estudiantes del centro educativo en el que está inscrita la agrupación deldiscente que va a ser sustituido. Lo anterior deberá ser consignado al reverso de la boleta de inscripciónutilizada en la etapa inicial. Se anotará, en forma legible, todos los datos de los estudiantes que sepresentarán en su lugar, y en casos de enfermedad deberá adjuntarse el dictamen médico de cadaestudiante que se va a sustituir.

    Artículo 45. En el caso de que participen en la etapa inicial, circuital y regional, obras artísticas que seanpresentadas por estudiantes indígenas o por estudiantes matriculados en centros educativos indígenas,que contengan temas indígenas o que presenten elementos propios de la cosmovisión indígena en lasdisciplinas artísticas de cuento, cuentacuentos, cuento ilustrado, danza folclórica costarricense, grupoexperimental, grupo instrumental, monólogo, pasacalle, poesía, solista vocal canción original, teatroinfantil, teatro de sala, y en las tendencias artísticas: body paint, dibujo, escultura, grabado, instalación,máscara, mural, pintura y diseño de moda, la selección respectiva de la representación se hará de lasiguiente manera:

    a. Se realizará una selección únicamente entre estudiantes indígenas o estudiantes matriculados encentros educativos indígenas, cuya obra correspondiente a alguna de las disciplinas y tendenciasartísticas mencionadas en este artículo, contenga lo siguiente:

    a.1- Que la obra artística presente en forma general elementos propios de la cosmovisiónindígena, temáticas e historias autóctonas indígenas.

    a.2- Que la obra artística de cuento, cuento ilustrado, cuentacuentos, grupo experimental,monólogo, poesía, pasacalle, solista vocal canción original, teatro infantil, y teatro desala presente elementos propios de la cosmovisión indígena, temáticas e historiasautóctonas indígenas en lengua indígena.

    a.3- Que la obra artística de danza folclórica costarricense constituya una danza autóctonaindígena o de proyección de las costumbres, tradiciones o cosmovisión indígena.

    a.4- Que en la obra artística de grupo experimental y grupo instrumental predomineninstrumentos autóctonos de una región indígena, como caja, caracoles, instrumentosaerófonos o de viento autóctonos, kebek, ocarinas, quijongo, sabak, tali, tön, yusá, entreotros.

    a.5- Que en las tendencias artísticas haya predominio de conceptos y elementos propios dela cosmovisión indígena.

    b. Las obras artísticas de estudiantes indígenas o estudiantes matriculados en centros educativosindígenas que no correspondan a las disciplinas artísticas de cuento, cuentacuentos, cuentoilustrado, danza folclórica costarricense, grupo experimental, grupo instrumental, monólogo,pasacalle, poesía, solista vocal canción original, teatro infantil, teatro de sala, y en las tendenciasartísticas: body paint, dibujo, escultura, grabado, instalación, máscara, mural, pintura y diseñode moda, deberán competir durante el proceso de selección con los participantes y obrasartísticas contra las que le corresponde competir en cualquiera de las etapas del festival y enigualdad de condiciones.

    c. Participarán en las etapas competitivas en equidad de condiciones con respecto a los estudiantesde los centros educativos no indígenas, los estudiantes indígenas o estudiantes que esténmatriculados en un centro educativo indígena, cuya obra artística:

  • 8/20/2019 Normativa Fea 2015

    15/48

    Normativa Festival Estudiantil de las Artes 2015

    15

    c.1- No presente en forma general elementos propios de la cosmovisión indígena, temáticase historias autóctonas indígenas aunque sea en lengua indígena, en las disciplinasartísticas de cuento, cuentacuentos, cuento ilustrado, grupo experimental, poesía,monólogo, solista vocal canción original, teatro infantil y teatro de sala.

    c.2- No constituya en la disciplina artística de danza folclórica costarricense una danzaautóctona indígena.

    c.3- No predominen instrumentos autóctonos de regiones indígenas o se ejecuten ritmospopulares, en la disciplina artística de grupo experimental o grupo instrumental.c.4- No presenten elementos propios de la cosmovisión indígena en las tendencias artísticas.c.5- Pertenezca a cualquiera de las siguientes disciplinas artísticas: bailes y coreografías,

    coreografía conceptual, poesía coral, retahíla, teatro callejero, títeres, banda de garaje,cimarrona, ensamble vocal, ensamble de flautas dulces, estudiantina, marimba, solistavocal canción popular.

    c.6- No tenga predominio de conceptos y elementos propios de la cosmovisión indígena enlas tendencias de artes visuales.

    d. Si el estudiante es indígena y manifiesta por decisión propia querer participarcompetitivamente con su obra artística contra estudiantes de otros centros educativos noindígenas, independientemente del tipo de obra, participará en las etapas competitivas en lasque haya sido inscrito o seleccionado, en equidad de condiciones, con respecto a los estudiantesde los centros educativos no indígenas que pertenezcan al circuito educativo o direcciónregional de educación de la jurisdicción donde se ubique el centro educativo que representa.

    CAPÍTULO VINSCRIPCIÓN

    Artículo 46. Los estudiantes deben inscribirse desde la etapa inicial en su centro educativo, exceptuandolo indicado en los artículos 34 y 49 de esta normativa.

    Artículo 47. Los estudiantes interesados en participar deben inscribirse presentando obras artísticasoriginales e inéditas, exceptuando lo estipulado en la segunda parte de esta normativa, en los artículoscuyas disciplinas artísticas indiquen que son de tema libre.

    Artículo 48. No se permite la inscripción de obras artísticas en las que se haya recurrido al uso delplagio.

    Artículo 49. Los estudiantes regulares matriculados en centros educativos en donde la matrícula seainferior a cincuenta y un estudiantes, y estos deciden unirse en disciplinas o tendencias artísticasgrupales con estudiantes de otros centros educativos con las mismas características en cuanto a cantidadde matrícula se refiere, deberán inscribirse desde la etapa circuital. En este caso, los estudiantes quesean seleccionados en la etapa circuital pasarán a la etapa regional representando al circuito educativo alque pertenecen.

    Artículo 50. El procedimiento para la inscripción de los estudiantes interesados en participar en elFestival Estudiantil de las Artes, es el siguiente:

    a. Para la organización de la etapa inicial, el director del centro educativo elaborará una lista deinscripción tomando en cuenta al estudiantado interesado en participar en cualquiera de lasdisciplinas o tendencias artísticas establecidas en el festival, que incluya nombre completo delestudiante, sección, disciplina o tendencia artística, y nombre de la obra artística con la queparticipa. Esta lista constituirá un documento oficial en el que se hace constar la inscripción delos estudiantes que van a participar en la etapa inicial.

  • 8/20/2019 Normativa Fea 2015

    16/48

    Normativa Festival Estudiantil de las Artes 2015

    16

    b. Una vez ejecutados y finalizados los eventos artísticos correspondientes a la etapa inicial en elcentro educativo, se procederá a llenar, firmar, sellar y completar las boletas de inscripciónemitidas por la Dirección de Vida Estudiantil, tomando en cuenta únicamente a los estudiantesque fueron seleccionados en dicha etapa.

    c. Se debe utilizar para la inscripción a la etapa circuital la misma boleta de inscripción emitida porla Dirección de Vida Estudiantil, que fue llenada y completada en la etapa inicial, tomando en

    cuenta únicamente las boletas de inscripción de los estudiantes u obras artísticas seleccionadasen la etapa inicial.d. Se debe utilizar para la inscripción a la etapa regional la misma boleta de inscripción emitida por

    la Dirección de Vida Estudiantil, que fue llenada y completada desde la etapa inicial, tomando encuenta únicamente las boletas de inscripción de los estudiantes u obras artísticas seleccionadasen la etapa circuital.

    Artículo 51. Únicamente se reconocerán como válidas las inscripciones realizadas con las boletas deinscripción emitidas por la Dirección de Vida Estudiantil y que cumplan con las siguientes indicaciones:

    a. Ser completadas en el centro educativo, con la información de los estudiantes seleccionados enla etapa inicial, tomando en cuenta lo estipulado en los incisos a y b, del Artículo 50 de estanormativa, preferiblemente en forma digital con toda la información solicitada. Las boletas deinscripción deben entregarse, debidamente firmadas y selladas por el director del centroeducativo, a la comisión de la siguiente etapa en el momento de cada inscripción. Únicamente seentregarán a la comisión de la siguiente etapa, las correspondientes a los estudiantesseleccionados u obras artísticas seleccionadas.

    b. En caso de ser presentadas con espacios en blanco o con errores al momento de la inscripción dela etapa circuital y etapa regional, serán devueltas por la comisión respectiva a fin de que seancompletadas o corregidas en el acto.

    c. Si el centro educativo no cuenta con los medios electrónicos para completar dicha boleta porcomputadora, a máquina de escribir o para presentarla en forma impresa, se permitirá que losdatos en esta sean consignados con caligrafía, utilizando un bolígrafo que contengapreferiblemente tinta azul o negra.

    Artículo 52. Se debe anotar al reverso de la boleta de inscripción, utilizada desde la etapa inicial, todoslos datos de los estudiantes que en algún momento sean sustituidos o realicen traslado del centroeducativo, conforme a lo estipulado en el Artículo 44 de esta normativa.

    Artículo 53. En el momento de la inscripción, los participantes deben entregar a la comisión respectiva,en forma impresa o escrita, una copia, según corresponda, de lo siguiente:

    a. La letra de la canción en el caso de banda de garaje, ensamble vocal, estudiantina, grupoexperimental, solista vocal canción original, solista vocal canción popular.

    b. El cuento, cuento ilustrado, fotonovela, poesía y las retahílas.c. El poema en caso de poesía coral.d. Argumento o sinopsis del texto en el caso de cuentacuentos.e. Argumento o sinopsis de la puesta en escena en la cual se sustente la presentación que realizan

    en el caso de coreografía conceptual, monólogo, teatro infantil y teatro de sala.f. Sinopsis de la investigación en danza folclórica costarricense y danza folclórica internacional.g. Sinopsis de la obra de producción audiovisual.h. Las letras de las obras que no se hallen en idioma español. Estas se deben presentar con su

    correspondiente traducción al español.

  • 8/20/2019 Normativa Fea 2015

    17/48

    Normativa Festival Estudiantil de las Artes 2015

    17

    CAPÍTULO VI COMISIONES DEL FESTIVAL ESTUDIANTIL DE LAS ARTES

    Artículo 54. El Festival Estudiantil de las Artes contará con comisiones en cada una de las tres etapas:a. Comisión del centro educativo del Festival Estudiantil de las Artes: conformada al inicio del

    curso lectivo, para atender los procesos relativos a la etapa inicial, según su competencia.b. Comisión circuital del Festival Estudiantil de las Artes : conformada en cada circuito

    educativo en las fechas en que se esté ejecutando la etapa inicial, para atender los procesosrelativos a la etapa circuital, según su competencia.

    c. Comisión regional del Festival Estudiantil de las Artes : conformada en cada direcciónregional para atender los procesos relativos al Festival Estudiantil de las Artes, según sucompetencia.

    Artículo 55. Las comisiones estarán integradas de la siguiente manera:

    a. Comisión del centro educativo del Festival Estudiantil de las Artes:a.1- Dirección del centro educativo, quien preside y coordina.a.2- Cuatro presidentes de sección nombrados por la Asamblea de Representantes.a.3- Docentes de Artes Plásticas, Educación Musical y Español; nombrados por la dirección

    de cada centro educativo.a.4- En los centros educativos en donde la matrícula sea inferior a cincuenta y un

    estudiantes, se conformará con al menos dos estudiantes elegidos por sus compañeros ycompañeras del centro educativo, y al menos un docente o una docente.

    b. Comisión circuital del Festival Estudiantil de las Artes:b.1- Supervisión del circuito educativo, quien preside y coordina.b.2- Docentes de Artes Plásticas.b.3- Docentes de Educación Musical.b.4- Docentes de Español, nombrados por la supervisión del circuito.

    c. Comisión regional del Festival Estudiantil de las Artes conformada permanentemente por:c.1- Jefatura del Departamento de Asesoría Pedagógica quien preside y coordina.c.2- Asesoría pedagógica de Artes Plásticas, Educación Musical y Español.

    Artículo 56 . Cuando el centro educativo, circuito educativo o dirección regional de educación no cuentacon alguno de los funcionarios mencionados, deberán incorporarse a la comisiones docentes quepreferiblemente impartan materias artísticas o que tengan conocimientos acordes con los objetivos delfestival, o que presenten afinidad e interés con las disciplinas y tendencias artísticas, quienes seránelegidos por el director del centro educativo para la comisión del centro educativo; y para las comisionescircuitales y regionales, por el supervisor del circuito o por la jefatura de asesoría pedagógica;respectivamente, siempre y cuando se encuentren nombrados dentro de la jurisdicción del circuitoeducativo y de la dirección regional de educación en que se encuentra la comisión.

    Artículo 57. Cuando se inscriban estudiantes que requieran atención de necesidades educativas yeliminación de barreras del aprendizaje y la participación, en cualquier etapa del Festival Estudiantil delas Artes, se deberá integrar a la comisión respectiva a un docente de Educación Especial, si lo hubiese,que se encuentre nombrado en el centro educativo o dentro del circuito educativo de la direcciónregional de educación correspondiente, quien será elegido por el director o por el supervisor del circuitoeducativo. En el caso de las comisiones regionales, se deberá integrar al asesor regional de EducaciónEspecial de la dirección regional de educación respectiva. En su ausencia, se nombrarán docentes dedicha especialidad, quienes serán elegidos por la jefatura de asesoría pedagógica.

  • 8/20/2019 Normativa Fea 2015

    18/48

    Normativa Festival Estudiantil de las Artes 2015

    18

    Artículo 58 . Las funciones de las comisiones del Festival Estudiantil de las Artes son:

    a. En relación con aspectos generales:

    a.1- Garantizar en los centros educativos la realización de la etapa inicial del FestivalEstudiantil de las Artes conforme a lo estipulado en esta normativa.

    a.2- Velar para que se respete el derecho del estudiantado a escoger la disciplina o lasdisciplinas o tendencias artísticas en las que desea participar.a.3- Velar para que cada evento propio del Festival Estudiantil de las Artes se realice con las

    condiciones técnico-artísticas idóneas y en espacios de presentación y exposición, queofrezcan todos los implementos necesarios para la buena ejecución de las actividadespropias del festival, tomando en cuenta los requerimientos técnicos de cada disciplina otendencia artística.

    a.4- Garantizar la accesibilidad de las personas.a.5- Garantizar un ambiente de respeto durante la realización de los eventos artísticos

    propios del festival.a.6- Velar por la integridad y seguridad de las personas.a.7- Generar protocolos de seguridad para la realización de los eventos.a.8- Gestionar y otorgar un reconocimiento tangible al estudiantado seleccionado por

    disciplina o tendencia artística.a.9- Las comisiones regionales asesorarán a las comisiones inicial y circuital sobre aspectos

    propios de la normativa.

    b. En relación con la organización:

    b.1- Coordinar, motivar, promover, divulgar, asesorar y dar seguimiento respecto de losprocesos del Festival Estudiantil de las Artes en los centros educativos, circuitos ydirecciones regionales de educación, según corresponda, y hasta la finalización de laetapa respectiva, bajo los requerimientos estipulados en esta normativa.

    b.2- Fungir como ente organizador de la etapa que le corresponde y no como órganocompetente para decidir sobre la selección de estudiantes u obras artísticas queparticiparán en la siguiente etapa.

    b.3- Realizar las inscripciones durante el periodo dispuesto para tal fin. La comisión de laetapa inicial debe realizar las inscripciones iniciales por medio de una lista deestudiantes interesados en participar y que así lo manifiesten. Para la inscripción a laetapa circuital de los estudiantes seleccionados utilizará las boletas confeccionadas paraeste fin.

    b.4- Utilizar para la inscripción únicamente las boletas confeccionadas para este fin,completadas y llenadas desde la etapa inicial y durante los periodos dispuestos para lainscripción a la etapa circuital y regional.

    b.5- Realizar y garantizar la inscripción y participación de los estudiantes seleccionados yque continúen interesados en participar en el festival, con todos los derechos que leconcede esta normativa.

    b.6- Guardar copia de recibo de las boletas de inscripción de los estudiantes seleccionadosen el momento en que se realiza la inscripción.

    b.7- Recibir por parte del jurado las boletas de sugerencias en las que se consignaronobservaciones referentes tanto a la obra artística como a la presentación estudiantil.

    b.8- Las comisiones de las etapas inicial y circuital deben hacerle llegar copia a losestudiantes respectivos y a la comisión de la etapa siguiente de lo consignado en laboleta de sugerencias que emitió el jurado en la etapa anterior.

    b.9- Remitir a la comisión de la etapa siguiente, a la comisión regional y a la Dirección deVida Estudiantil, si es requerida por esta dirección, la programación de las actividadescorrespondientes a la etapa; informando las fechas, lugares y horas de las actividades.

  • 8/20/2019 Normativa Fea 2015

    19/48

    Normativa Festival Estudiantil de las Artes 2015

    19

    b.10- Responder por escrito las inconformidades que presente el estudiantado respecto de losprocedimientos y procesos realizados dentro de los actos propios del FestivalEstudiantil de las Artes, conforme a lo estipulado en el inciso b, del Artículo 79 de estanormativa.

    b.11- Velar para que en cada etapa haya un teatrino adecuado con el fin de garantizar laparticipación de los estudiantes que así lo requieran en la disciplina artística de títeres.

    El uso del teatrino, así como su forma, diseño y tamaño, quedará sujeto a lascaracterísticas y necesidades del espectáculo en que se vaya a presentar, siempre ycuando la agrupación así lo requiera.

    b.12- La comisión respectiva para cada etapa del festival facilitará espacios que posibiliten alestudiantado participante incorporarse en actividades artísticas durante el transcursodel acto, por lo que se debe velar para que los participantes de las siguientes disciplinasartísticas del área de artes literarias: cuento, cuento ilustrado, fotonovela, y poesía, y delas siguientes disciplinas artísticas de la tendencia de artes visuales: dibujo, puntura,fotografía, escultura, grabado, dibujo manga, mural, instalación, producción audiovisual,diseño de moda y máscara, se presenten en el sitio y en el momento en donde se estácalificando su obra, para participar en las actividades en forma activa y que puedabrindar información acerca de ella, si el jurado lo requiere. En este caso, se debeconsiderar la planificación de actividades artísticas en todas las etapas, en las que seincluya directa y activamente al estudiante participante.

    c. En relación con el jurado:

    c.1- Nombrar al jurado en las etapas inicial y circuital.c.2- La comisión del centro educativo y circuital, asesorarán al jurado con al menos dos

    semanas de anticipación a la ejecución de cada etapa, lo que implica que cada comisióndebe convocarlo a reuniones y brindar asesoramientos en las temáticas propias delfestival, entregando a cada integrante del jurado una copia de esta normativa.

    c.3- La comisión regional asesorará a todas las comisiones de los centros educativos ycircuitales en lo concerniente al jurado, conforme a lo estipulado en esta normativa.

    c.4- La comisión regional velará para que las comisiones de los centros educativos ycircuitales asesoren al jurado en las etapas inicial y circuital.

    c.5- Coordinar la presencia de una persona en el jurado que emita un criterio técnico conrespecto a la traducción de la obra artística, en el caso en que se presenten obrasartísticas que contengan letra o guion en lengua indígena o en cualquier otro idiomadiferente al español, en la que el jurado deba calificar la traducción.

    c.6- Entregar a cada integrante del jurado, en un tiempo prudencial para la selección de lasobras, copia de los documentos que aportaron los estudiantes al momento de lainscripción, conforme a lo estipulado en el artículo 53 de esta normativa, como lo sonletras de canciones y poemas, textos, argumento o sinopsis.

    c.7- Proporcionar al jurado boletas de sugerencias.c.8- Garantizar la permanencia del jurado en las reuniones, procesos, actividades artísticas, y

    velar para que permanezcan todos su integrantes el tiempo prudencial durante lasactividades en las que le corresponde fungir como jurado, con el objetivo de que losestudiantes puedan presentar inconformidades respecto de la revisión del resultado desu obra artística y se brinden las respuestas solicitadas el mismo día, antes que finalicela actividad.

    c.9- Procesar y respetar las decisiones establecidas por parte del jurado en cuanto a laselección de las obras artísticas, tomando en cuenta que la decisión del resultado finalemitida por el jurado respecto a dichas selecciones, no puede ser alterada ni cambiada,conforme a lo estipulado en los artículos 24 y 60 de esta normativa.

    c.10- Notificar a los estudiantes los resultados del jurado el mismo día de la realización delevento. Por ningún motivo, los resultados del jurado deben ser notificados en díasposteriores.

  • 8/20/2019 Normativa Fea 2015

    20/48

    Normativa Festival Estudiantil de las Artes 2015

    20

    d. En relación con la comunicación de la selección de las obras:

    d.1- Recibir del jurado los resultados de la selección de las obras artísticasd.2- Comunicar los resultados emitidos por el jurado, en forma privada, a los estudiantes

    participantes y en presencia de una o un representante de cada centro educativo que seafuncionario del Ministerio de Educación Pública. En caso de las agrupaciones

    estudiantiles numerosas, si los estudiantes aceptan, la comisión respectiva puedecomunicar los resultados únicamente a un estudiante participante junto con elfuncionario representante de la agrupación estudiantil.

    d.3- Velar para que el jurado reciba y atienda las inconformidades que los estudiantespresenten referente a los aspectos técnico artísticos de las obras artísticas o de laparticipación del estudiante.

    d.4- Recibir por parte del jurado los resultados posteriores a las inconformidades que sepresentaron.

    d.5- Comunicar en forma pública los resultados definitivos respecto de los estudiantesseleccionados u obras artísticas seleccionadas.

    Artículo 59. En todas las presentaciones artísticas que se realicen en las diferentes etapas del FestivalEstudiantil de las Artes, las comisiones organizadoras podrán invitar a la comunidad en general para queasista únicamente como espectadora; tomando en cuenta el cumplimiento de requerimientos idóneosque garanticen el espacio, respeto, seguridad y condiciones adecuadas en el desarrollo de las actividades.

    CAPÍTULO VIIJURADO CALIFICADOR

    Artículo 60. En todas las etapas, las obras artísticas o los estudiantes participantes serán seleccionadosúnicamente por el jurado. Por ningún motivo, otras personas que no sean integrantes del jurado podránparticipar u opinar en la selección; aunque sean funcionarios del Ministerio de Educación Pública.

    Artículo 61. Durante el proceso, se realizarán intercambios de docentes entre centros educativos,circuitos educativos y direcciones regionales de educación con el fin de que participen en calidad dejurado de las actividades, de manera que se tenga siempre la posibilidad de contar con el juradorequerido en todos los actos propios de la etapa inicial y circuital.

    Artículo 62. En las etapas inicial, circuital y regional, el jurado estará integrado siempre por un númeroimpar, para cada disciplina o tendencia artística por calificar. El jurado tendrá un mínimo de trespersonas.

    Artículo 63. No podrán fungir como jurados:

    a. Los integrantes de las comisiones de la etapa que les corresponde organizar.b. Los asesores pedagógicos de las direcciones regionales de educación.c. Los asesores nacionales.

    Artículo 64. Los integrantes del jurado deberán cumplir con los siguientes requerimientos: a. Tener conocimiento técnico o experiencia en la disciplina o tendencia artística por calificar.b. No tener parentesco alguno con los estudiantes participantes en la disciplina o tendencia

    artística por calificar.c. No tener relación alguna con la obra artística de los estudiantes participantes; incluyendo

    creación, composición, arreglos, dirección, ejecución y presentación de obra artística en ladisciplina o tendencia artística por calificar.

    d. Preferiblemente, no ser docente de los estudiantes que presentan una obra artística, ni delcentro educativo que se representa.

  • 8/20/2019 Normativa Fea 2015

    21/48

    Normativa Festival Estudiantil de las Artes 2015

    21

    e. No ser estudiantes de primaria o secundaria.

    Artículo 65. Los integrantes del jurado no podrán externar abierta y públicamente, durante larealización de los eventos del Festival Estudiantil de las Artes, comentarios técnicos-artísticos opersonales referentes a: las obras o interpretaciones artísticas del estudiantado participante, losdocentes, los otros integrantes del jurado.

    Artículo 66. Los integrantes del jurado deberán valorar el mensaje transmitido por medio de la obraartística, a efecto de que cumpla con lo estipulado en esta normativa.

    Artículo 67. El jurado deberá elegir una obra artística por primaria y una obra artística por secundariapor cada una de las disciplinas artísticas que le corresponda calificar, exceptuando lo indicado en losartículos 35, 36, 45 y 118 inciso e. de esta normativa, procediendo de la siguiente manera:

    a. Estar presente y atento en todo momento durante las presentaciones artísticasestudiantiles que le corresponde calificar; por ende, no podrá fungir como animador,sonidista, organizador, productor, decorador, ni realizar labores logísticas, entre otraspropias de dichos eventos.

    b. Una vez finalizado el evento artístico en el que le corresponde calificar, debe deliberaren forma inmediata para emitir los resultados.

    c. Todos los integrantes del jurado deben comunicar, en forma privada a la comisióncorrespondiente, los resultados de la selección.

    d. Una vez entregados los resultados a la comisión respectiva, el jurado debe permaneceren el lugar de la actividad para conocer si existen manifestaciones de inconformidad.

    e. Si no se presentan manifestaciones de inconformidad por parte de estudiantes, elresultado queda en firme.

    f. Si se presenta alguna inconformidad, el jurado deberá recibir, tramitar en privado yresolver en forma inmediata y por escrito con indicación de los argumentos quejustifican la decisión, las manifestaciones de inconformidad presentadas en formaverbal o escrita por parte de algún estudiante participante, con respecto a la valoraciónde su obra artística.

    g. Una vez resuelto lo que respecta a las manifestaciones de inconformidad por parte deljurado, este debe anotar, en la boleta de resultados, la decisión final.

    h. La decisión del resultado final respecto de la selección no puede ser alterada nicambiada a partir de su entrega a la comisión respectiva. Una vez realizada dichaentrega final a la comisión, la decisión es definitiva.

    i. Cada uno de los integrantes del jurado debe firmar la boleta de resultados, como únicodocumento oficial público para consignar la decisión.

    j. Notificar los resultados de la selección de obras artísticas o estudiantes inmediatamenteal finalizar la realización del evento.

    k. Por ningún motivo, los resultados del jurado deben ser entregados a la comisiónrespectiva en días posteriores a la realización del festival.

    l. El jurado debe reservarse las tablas de calificación u otras anotaciones, dado que noconstituyen un documento oficial para la emisión de los resultados. Estas no deberánser mostradas, ni en el acto ni posteriormente, a personas que no sean integrantes deljurado.

    Artículo 68. En caso de que la obra artística haya sido seleccionada y el jurado considere necesario darsugerencias acerca ella, con el objetivo de mejorarla o adecuarla a la totalidad de los requerimientos queestablece la normativa, estas deberán darse a conocer en privado, en forma positiva y en presenciaúnicamente del estudiantado participante y sus respectivos representantes funcionarios del Ministeriode Educación Pública. Las sugerencias deben quedar consignadas en la boleta de sugerencias del jurado;la cual debe ser entregada a la comisión respectiva.

  • 8/20/2019 Normativa Fea 2015

    22/48

    Normativa Festival Estudiantil de las Artes 2015

    22

    Artículo 69. El jurado no podrá detener la presentación ni el desarrollo de la obra artística mientras estécalificando, excepto si existieren condiciones de fuerza mayor o acciones y actitudes de los participanteso de la obra artística que se está presentando, que irrespeten la imagen de las personas, integridad físicay psíquica o contengan manifestaciones misóginas, homofóbicas, xenofóbicas, transfóbicas,pornográficas y, o, eróticas.

    Artículo 70. En caso de que el jurado detecte y compruebe plagio en una obra artística participante, estaobra no podrá pasar a la siguiente etapa. Sin embargo, si el estudiante ya inició su presentación y ladetección se hace en ese momento, el jurado no podrá detener dicha presentación. Se le dará alestudiante la oportunidad de participar en la etapa en donde se comprobó el plagio; pero la obra artísticano debe ser seleccionada para la etapa siguiente. Únicamente podrá pasar un estudiante cuya obra hayasido identificada como plagio, cuando sea el único participante en esa disciplina, pero deberá cumplircon las sugerencias consignadas por parte del jurado en la boleta de sugerencias, con respecto al cambiode obra para la siguiente etapa.

    Artículo 71. El jurado mantendrá comunicación y coordinación únicamente con la comisión queorganiza la etapa.

    Artículo 72. En caso de inconformidad con los resultados de la selección de la obra artística o delestudiante, no se permitirá la intervención ante el jurado de personas que no sean funcionarias delcentro educativo nombrados como docentes, administrativos o administrativos-docentes, aunque seanpersonas que fungen en calidad de coreógrafos, directores artísticos o musicales, choferes y otros. Eljurado deberá atender únicamente a:

    a. Los estudiantes participantes.b. A un docente, administrativo o administrativo-docente que sea funcionario del centro educativo,

    nombrado de previo por la dirección de dicho centro, para que funja como representante de losestudiantes participantes.

    c. Los representantes legales de los estudiantes.

    Artículo 73. Es responsabilidad del jurado anotar, en la boleta de sugerencias del jurado, todas lasobservaciones que considere pertinentes con el objetivo de que se realicen las adecuaciones quecorrespondan para la siguiente etapa, en caso de que la obra artística seleccionada no cumpla con loestipulado en esta normativa y a efecto de que sea acatado por el estudiantado participante en lasiguiente etapa, con la guía del profesor o el encargado.

    Artículo 74. El jurado debe conocer las observaciones consignadas en la boleta de sugerencias deljurado de la etapa anterior.

    Artículo 75. En las etapas competitivas del festival, el jurado no podrá declarar como desierta ningunadisciplina o tendencia artística. Tanto en la etapa inicial como en la etapa circuital, cuando en unadisciplina o tendencia artística participe únicamente una obra artística, deberá remitirse para queparticipe en la etapa inmediata siguiente.

    Artículo 76. En caso de que se produzca un empate con respecto a la selección entre dos o más obrasartísticas, el jurado debe deliberar en el acto y resolver en forma definitiva de la siguiente forma:

    a. El jurado en forma privada revisa las pautas de evaluación de las obras artísticas o lapresentación artística de los estudiantes que se encuentran en condición de empate.

    b. Una vez realizada la revisión se procede a votar para elegir un único representante haciendo usode la composición impar del jurado.

    Artículo 77. Realizados todos los procedimientos estipulados por parte del jurado en esta normativa, sepuede retirar de la actividad y se da por finalizada su participación en la etapa en la que fungió comojurado.

  • 8/20/2019 Normativa Fea 2015

    23/48

    Normativa Festival Estudiantil de las Artes 2015

    23

    Artículo 78. Por ningún motivo, otras personas que no sean integrantes del jurado podrán participar uopinar en la selección, aunque sean funcionarias o funcionarios del Ministerio de Educación Pública.

    CAPÍTULO VIII

    PROCEDIMIENTOS PARA PRESENTACIÓN DE INCONFORMIDADES

    Artículo 79. Respecto de la presentación de inconformidades y para efectos propios de esta normativa ypor las características y naturaleza del Festival Estudiantil de las Artes y de las disciplinas y tendenciasartísticas que lo conforman, se procederá de la siguiente manera:

    a. Inconformidad relacionada con el resultado de la evaluación de la obra artística:

    a.1- Una vez comunicados los resultados de la evaluación de las obras artísticas en la etapainicial o circuital, la estudiante o el estudiante inconforme con la decisión del jurado,podrá solicitar a este, en forma verbal o escrita, la revisión del resultado únicamente enrelación con su obra artística. Deberá presentar la inconformidad el mismo día, en elhorario hábil de la actividad en donde se le comunicó el resultado.

    a.2.- La inconformidad deberá estar firmada por el estudiante disconforme o por surepresentante legal.

    a.3- El jurado, de forma inmediata, comunicará por escrito al interesado lo resuelto, conindicación de los argumentos que justifican la decisión, el mismo día antes de lafinalización de la actividad.

    a.4- Una vez realizada la devolución por parte del jurado, la decisión es definitiva.

    b. Inconformidad relacionada con los procedimientos y procesos realizados dentro de lasactividades propias del Festival Estudiantil de las Artes:

    b.1- La estudiante o el estudiante inconforme podrá presentar por escrito a la comisión de laetapa respectiva, la revisión correspondiente del caso, el mismo día de la actividad o eldía hábil siguiente a la actividad. La comisión recibirá, tramitará, resolverá lainconformidad y comunicará por escrito al interesado en un plazo no mayor de cuarentay ocho horas de presentada la inconformidad. La respuesta de la comisión no afectarálas decisiones del jurado.

    b.2- En estos procedimientos, únicamente pueden intervenir como facilitadores o guías, eldirector, un docente o personal técnico docente y administrativo nombrado en el centroeducativo al que pertenece el estudiante, o representantes legales. No puedenintervenir, en este proceso, personas que no sean las mencionadas en este artículo.

    b.3- La Dirección de Vida Estudiantil no tiene competencia ni injerencia en cuanto a losresultados que emita el jurado sobre evaluación y selección de las obras artísticas

  • 8/20/2019 Normativa Fea 2015

    24/48

    Normativa Festival Estudiantil de las Artes 2015

    24

    II PARTEDISCIPLINAS, TENDENCIAS Y OBRAS ARTÍSTICAS

    CAPÍTULO IX ASPECTOS GENERALES DE LAS OBRAS ARTÍSTICAS

    De los requerimientos de acatamiento obligatorio necesarios para la inscripción de obrasartísticas en el Festival Estudiantil de las Artes.

    Artículo 80. Las obras artísticas deben ser originales e inéditas, las cuales, al ser inéditas no debenhaber sido ejecutadas o presentadas en algún otro concurso, festival, espacio artístico o similar,exceptuando lo estipulado en este capítulo, en los artículos cuyas disciplinas artísticas indiquen que sonde tema libre.

    Artículo 81. Las obras artísticas deben estar relacionadas con el tema general establecido para cadaedición del festival, exceptuando las disciplinas artísticas que indican que son de tema libre.

    Artículo 82. Son de tema libre los audios o la música, ya sea pregrabada o en vivo, según lo estipule cadadisciplina artística, que se empleen en las obras originales de las siguientes disciplinas o tendenciasartísticas:

    a. En el área de artes escénicas: bailes y coreografías, coreografía conceptual, cuentacuentos, danzafolclórica costarricense, danza folclórica internacional, monólogo, poesía coral, teatro callejero,teatro infantil, teatro de sala, títeres, pasacalle.

    b. En el área de artes literarias: retahílasc. En el área de artes musicales: solista vocal canción popular.d. En el área de artes visuales: las disciplinas artísticas en las que se haga uso de música o audios.

    Artículo 83 . Las obras artísticas que requieran de elementos de escenografía o ambientación debenconsiderar lo siguiente:

    a. Únicamente se podrán portar aquellos implementos o accesorios que sean manipulados por elestudiante participante dentro de la presentación, tanto para colocarlos como para sacarlos deescena, que sean removibles con facilidad y que no afecten la presentación de las participacionessiguientes ni la animación de la actividad; exceptuando la escenografía y utilería que en razón deatender las necesidades educativas para el estudiantado y la eliminación de barreras deaprendizaje y participación, deba ser colocada y retirada por otra persona. La escenografía yutilería son un complemento a la presentación de la obra artística, pero no son parte esencial deesta. Debe tener como característica la simplicidad, economía y brevedad del tiempo deinstalación y desinstalación, el cual no excederá los dos minutos, respectivamente.

    b. No se permitirán presentaciones artísticas que hagan uso del fuego, telas colgantes, cuerda flojao slackline, fuegos pirotécnicos, objetos punzocortantes, entre otros, que puedan exponer alestudiantado, personal docente o público a una situación de riesgo.

    c. En el caso de emplear música pregrabada, esta debe presentarse por medio de discos compactoso en dispositivos de reproducción de sonido en cualquier formato, en el orden por utilizarse, enuna sola pista, durante la ejecución de la obra artística.

    Artículo 84. Exceptuando la disciplina artística solista vocal canción popular, en la que el estudiantepuede cantar con el acompañamiento musical en vivo o con el uso de pistas o secuencias de cualquiertipo, en las demás disciplinas artísticas de artes musicales, la ejecución de la obra artística debe hacerseen vivo y no se permite la utilización de karaokes, pistas musicales o secuencias musicales producidasmediante computadores, sintetizadores, controladores, teclados electrónicos, baterías electrónicas,secuenciadores, órganos, organetas y dispositivos musicales electrónicos similares, la utilización deacompañamiento automático, ni la reproducción de ficheros MIDI, archivos KAR, locucionesoff , efectos

  • 8/20/2019 Normativa Fea 2015

    25/48

    Normativa Festival Estudiantil de las Artes 2015

    25

    de sonido o músicas, en soportes de distribución analógicos como casete, VHS, disco de vinilo, cintamagnetofónica y similares, o digitales como disquete, CD, DVD, VCD, minidisk, USB, discos durosextraíbles, tarjetas de memoria y similares, de audio, o con formatos de publicación con pérdida decalidad o sin ella, tales como MP3, WMA, OGG, AAC, WAV o WAVE, AIFF, DTS, ADX, PAC, MLP y similarasí como la utilización de audios contenidos en cualquier formato de vídeo.

    Artículo 85.

    Los estudiantes participantes y las agrupaciones estudiantiles cuya obra artística esseleccionada para representar al centro educativo en las siguientes etapas deben tomar en cuenta que:

    a. El número de estudiantes participantes no debe superar la cantidad máxima que se indica paracada disciplina o tendencia artística, y en cada etapa debe participar la misma cantidad deestudiantes que se anotaron en la boleta de inscripción utilizada desde la etapa inicial.

    b. Los estudiantes con obras artísticas cuya ejecución requiere tiempo definido, deben cumplir conel lapso estipulado en esta normativa según lo especifica cada disciplina o tendencia artística.

    c. En las disciplinas y tendencias artísticas en las que se debe presentar obras artísticas originalese inéditas desde la etapa inicial, la obra artística debe ser la misma que se presente en lassiguientes etapas del festival, en cuyo caso, durante el proceso, podrán mejorarse pero nocambiarse, es decir, las mejoras no deben alterar la estructura original de la obra.

  • 8/20/2019 Normativa Fea 2015

    26/48

    Normativa Festival Estudiantil de las Artes 2015

    26

    De las disciplinas artísticas:

    ARTES ESCÉNICAS

    Artículo 86. BAILES Y COREOGRAFÍAS. Participan estudiantes de primaria y secundaria. Se refierea una agrupación de estudiantes que realizan movimientos corporales, en los que pueden utilizar bailes,danzas, pasos, niveles, figuras, formas, vestuarios y elementos escénicos de fácil instalación, con lautilización de música o temas musicales.

    a. Participación :a.1- Agrupaciones con un mínimo de dos estudiantes.a.2- Un estudiante podrá asumir la dirección artística y participar además como intérprete.a.3- Un docente, funcionario del centro educativo, madre o padre de familia, o encargado, o

    integrante de la comunidad, podrá asumir como director o co-director únicamentedurante los ensayos; pero no podrá: participar como intérprete, estar en el escenario endonde se presentará la obra artística, ni dirigir de ninguna forma a los estudiantesdurante la presentación.

    b. Tema: Libre.c. Duración: El tiempo mínimo de presentación de la obra artística es de tres minutos, y el tiempo

    máximo es de seis minutos. El tiempo incluye las entradas y las salidas utilizadas para colocarsey retirarse del escenario.

    d. Música: Se debe tomar en cuenta lo siguiented.1- La música por utilizar en la puesta en escena es libre, siempre y cuando se adapte a lo

    estipulado en esta normativa. La música pregrabada debe presentarse por medio degrabaciones, pistas o secuencias, en discos compactos o dispositivos de reproducción desonido, en cualquier formato, en cada una de las etapas a las que les correspondapresentarse.

    d.2- En caso de utilizar música pregrabada para la presentación, debe estar editada con lasentradas y salidas en el siguiente orden: música de la entrada, la música de lacoreografía principal y la música de salida.

    Artículo 87. COREOGRAFÍA CONCEPTUAL. Participan estudiantes de primaria y secundaria . Serefiere a una agrupación de estudiantes que realizan movimientos corporales, basados en diferentesestímulos; los cuales pueden ser: música, historias, conceptos o referentes artísticos, entre otros. Lacoreografía puede tener un hilo conductor, personajes, basarse en una canción, una historia, una obra dearte, un poema, un cuento, etc. Se trata de una composición coreográfica en la que pueden utilizar bailes,danzas, pasos, figuras, niveles, formas; cuyos movimientos, vestuarios y elementos escenográficos debenestar relacionados con un concepto o temática por expresar en escena, o bien, con la música que se estáinterpretando.

    a. Participación:a.1- Agrupaciones con un mínimo de dos estudiantes.a.2- Un estudiante podrá asumir la dirección artística y participar además como intérprete.a.3- Un docente, funcionario del centro educativo, madre o padre de familia, o encargado, o

    integrante de la comunidad, podrá asumir como director o co-director, únicamentedurante los ensayos, pero no podrá: participar como intérprete, estar en el escenario endonde se presentará la obra artística, dirigir de ninguna forma a los estudiantes durantela presentación.

    b. Tema: Libre.c. Duración: El tiempo mínimo de presentación de la obra artística es de tres minutos, y el tiempo

    máximo es de ocho minutos. El tiempo incluye las entradas y las salidas utilizadas para colocarsey retirarse del escenario.

    d. Música: se debe tomar en cuenta lo siguiente:

  • 8/20/2019 Normativa Fea 2015

    27/48

    Normativa Festival Estudiantil de las Artes 2015

    27

    d.1- La música por utilizar en la puesta en escena es libre, siempre y cuando se adapte a loestipulado en esta normativa. La música pregrabada debe presentarse por medio degrabaciones, pistas o secuencias, en discos compactos o dispositivos de reproducción desonido, en cualquier formato, en cada una de las etapas a las que les correspondapresentarse.

    d.2- En caso de utilizar música pregrabada para la presentación, debe estar editada con las

    entradas y salidas en el siguiente orden: música de la entrada, la música de lacoreografía principal y la música de salida.

    Artículo 88. DANZA FOLCLÓRICA COSTARRICENSE. Participan estudiantes de primaria ysecundaria . Se refiere a una agrupación de estudiantes que baila una canción musical folclórica o típicacostarricense. Esta se basa en los pasos básicos de las danzas tradicionales, movimientos, vestuarios,trajes típicos, alegóricos o relacionados con la época, la zona geográfica, tradición y música del contexto.

    a. Participación:a.1- Agrupaciones con un mínimo de dos estudiantes.a.2- Un estudiante podrá asumir la dirección artística y participar además como intérprete.a.3- Un docente, funcionario del centro educativo, madre o padre de familia, o encargado, ointegrante de la comunidad podrá asumir como director o co-director, únicamente durante losensayos; pero no podrá: participar como intérprete, estar en el escenario en donde sepresentará la obra artística, ni dirigir de ninguna forma a los estudiantes durante lapresentación.a.4- Las agrupaciones de estudiantes que se inscriban en esta disciplina artística debenadjuntar, en la boleta de inscripción utilizada desde la etapa inicial, una breve descripción queconstituya una sinopsis de la investigación realizada en la que se inspiró la coreografía, y queincluya una justificación de la puesta en escena, con un máximo de 150 palabras.

    b. Tema: Libre.c. Duración: el tiempo máximo de presentación de la obra artística es de ocho minutos. El tiempo

    incluye las entradas y las salidas utilizadas para colocarse y retirarse del escenario.d. Música: se debe tomar en cuenta lo siguiente:

    d.1- La música por utilizar en la puesta en escena es libre, siempre y cuando se adapte a loestipulado en esta normativa. La música pregrabada debe presentarse por medio degrabaciones, pistas o secuencias, en discos compactos o dispositivos de reproducción desonido, en cualquier formato, en cada una de las etapas a las que les correspondapresentarse.

    d.2- La música puede ser ejecutada en vivo por estudiantes y docentes.d.3- Las entradas y salidas con música o sin esta, usualmente utilizadas para colocarse y

    retirarse del escenario, no son requeridas y no serán tomadas en cuenta por el juradopara la valoración del puntaje.

    d.4- En caso de utilizar música pregrabada para la presentación, debe estar editada con lasentradas y salidas en el siguiente orden: música de entrada, la música de la coreografíaprincipal y la música de salida.

    d.5- Se podrá utilizar un popurrí musical. Este consiste en una composición musical formadapor fragmentos de dos o más obras artísticas diversas que se encadenan y; así,constituyen un solo tema. En este caso, si la música es pregrabada se podrá utilizar unpopurrí siempre y cuando este sea un tema musical que ha sido previamente planeado ygrabado por los músicos, arreglistas o compositores con los arreglos musicaleselaborados para ese fin. El popurrí por utilizar debe ser un tema musical con arreglosoriginales del compositor, músico o arreglista y no una mezcla de distintos temascortados y unidos en forma digital, por medios tecnológicos o manuales.

    d.6- Se podrá utilizar un popurrí musical si la música es ejecutada en vivo.

  • 8/20/2019 Normativa Fea 2015

    28/48

  • 8/20/2019 Normativa Fea 2015

    29/48

    Normativa Festival Estudiantil de las Artes 2015

    29

    a.2- Un estudiante podrá asumir la dirección artística y participar además como cuentista.a.3- Una persona docente o encargada podrá asumir como director o co-director,

    únicamente durante los ensayos, pero no deberá permanecer en el escenario durante lapresentación de la obra artística ni dirigir de ninguna forma al estudiante durante lapresentación.

    a.4- El cuento no debe ser leído, sino contado e interpretado.

    a.5- Como la impostación y proyección de la voz es un criterio por evaluar, no se debeutilizar micrófono; por lo tanto, se debe ejecutar esta disciplina en un espacio idóneopara tal fin; por ejemplo: aulas, salones de actos, bibliotecas, salas de reuniones, etc.

    b. Tema: El establecido para cada edición del festival. c. Duración: El tiempo de presentación de la obra artística es: mínimo es de tres minutos y

    máximo de seis minutos.

    Artículo 91. MONÓLOGO. Participan únicamente estudiantes de secundaria. Se refiere a unaobra de teatro original en la que actúa, únicamente, una o un estudiante que puede interpretar uno ovarios personajes. El monólogo debe contener elementos dramatúrgicos tales como: inicio,desarrollo y desenlace, conflicto y acciones dramáticas. Todas estas unidas por un hilo conductor.

    Se debe tomar en cuenta que para el monólogo no se aceptarán: narraciones de temas sin ninguna relación entre sí secuencia de chistes historias aisladas o de anécdotas personales expresadas en forma de chiste stand up comedy (no se debe confundir esta expresión con el monólogo) recitales, melopeas (declamación poética con música alusiva) u oratorias.

    a. Participación:a.1- Cada monólogo debe tener únicamente una o un estudiante como actor o actriz. Puede estaracompañada o acompañado por un estudiante asistente quien deberá estar matriculado en laboleta de inscripción utilizada en la etapa inicial, quien no podrá participar del monólogopropiamente, y que tendrá las funciones de técnico de sonido, luminotécnico, encargado deescenografía, director artístico, entre otros.a.2- La actriz o el actor podrá asumir la dirección artística y participar además como

    intérprete.

    a.3- En caso de que se utilice música o sonidos pregrabados deben presentarse en discoscompactos o dispositivos de reproducción, en el orden por utilizarse durante la obra.a.4- Un docente, funcionario del centro educativo, madre o padre de familia, o encargado, o

    integrante de la comunidad, podrá asumir la dirección artística, únicamente durante losensayos, pero no podrá: estar en el escenario en donde se presentará la obra artística, nidirigir de ninguna forma al estudiante durante la presentación.

    a.5- No se permite el uso del micrófono; puesto que la dicción e impostación de la voz soncriterios técnicos por evaluar en esta disciplina; por ende, se debe buscar un lugaridóneo para presentar esta modalidad teatral; por ejemplo: salones de actos, aulas,bibliotecas, teatros, etc.

    b. Tema: El establecido para cada edición del festival.c. Duración: el tiempo máximo de presentación de la obra artística es de ocho minutos.

    Art�