Normas Legales, jueves 26 de noviembre del 2015

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    SUMARIO

    AO DE LA DIVERSIFICACIN PRODUCTIVA Y DEL FORTALECIMIENTO DE LA EDUCACIN

    NORMAS LEGALESDirector (e):

    Flix Alberto Paz Quiroz JUEVES26 DENOVIEMBREDE2015

    1825-2015.LA HISTORIA PARA CONTAR

    Ao XXXII - N 13477

    567207

    PODER EJECUTIVO

    PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS

    R.S. N 2742015PCM.- Autorizan viaje de la Ministra deRelaciones Exteriores a Francia y encargan su Despacho ala Ministra de Cultura 567210

    AGRICULTURA Y RIEGO

    R.M. N 05772015MINAGRI.- Declaran el primerdomingo del mes de febrero de cada ao como DaNacional de la Pachamanca 567210R.M. N 05802015MINAGRI.- Designan Asesor de laAlta Direccin - Secretara General del MINAGRI 567211

    AMBIENTE

    R.M. N 3282015MINAM.- Aprueban culminacindel proceso de transferencia de funciones en materia deminera, hidrocarburos y electricidad del Ministerio alSENACE 567211

    COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO

    R.M. N 3642015MINCETUR.- Designan Director de laDireccin de Desarrollo Artesanal 567212R.M. N 3652015MINCETUR.- Autorizan viaje derepresentantes del Ministerio a Nueva Zelanda, en comisinde servicios 567213

    DEFENSA

    R.M. N 11182015DE/SG.- Autorizan ingreso al territoriode la Repblica de personal militar de Brasil 567213

    ECONOMIA Y FINANZAS

    D.S. N 3302015EF.- Autorizan Transferencia de Partidasen el Presupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal2015, a favor del pliego Ministerio de Defensa 567214D.S. N 3312015EF.- Autorizan Transferencia de Partidasen el Presupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal 2015a favor de diversas entidades pblicas y aprueban criteriosy procedimientos complementarios en el marco de laPrimera y Segunda Disposicin Complementaria Final de laLey N 30281, Ley de Presupuesto del Sector Pblico para elAo Fiscal 2015 567215

    R.M. N 3612015EF/50.- Aprueban ndices deDistribucin de la Regala Minera correspondientes al mesde octubre de 2015 567217

    EDUCACION

    R.M. N 5412015MINEDU.- Designan Director de laDireccin de Educacin Bsica para Estudiantes con

    Desempeo Sobresaliente y Alto Rendimiento 567223R.VM. N 0792015MINEDU.- Modiican las Bases delIII Concurso Nacional Nuestras Loncheras y QuioscosSaludables, aprobadas por R.VM. N 0442015MINEDU

    567223

    R.VM. N 0802015MINEDU.- Modiican las Basesdel III Concurso Nacional Buenas Prcticas de GestinAmbiental, aprobadas por R.VM. N 0482015MINEDU

    567223

    ENERGIA Y MINAS

    R.M. N 5132015MEM/DM.- Autorizan transferenciainanciera a favor de ELECTROCENTRO S.A., para elmejoramiento de proyectos de electriicacin 567224R.M. N 5142015MEM/DM.- Autorizan transferenciainanciera a favor de Sociedad Elctrica del Sur OesteS.A. para el mejoramiento de proyectos de electriicacin

    567225

    INTERIOR

    RR.SS. Ns. 233, 234 y 2352015IN.- Autorizan viaje depersonal policial a Argentina y Colombia, en comisin deservicios 567227

    PRODUCE

    R.D. N 0052015INACAL/DN.- Aprueban NormasTcnicas Peruanas sobre cables elctricos, contenedoresde carga, frutas frescas, leches y productos lcteos,alcachofa y caf 567230

    RELACIONES EXTERIORES

    D.S. N 0632015RE.- Ratiican el ProtocoloModiicatorio al Convenio sobre Traslado de PersonasCondenadas entre la Repblica del Per y la Repblicade Argentina 567231

    D.S. N 0642015RE.- Ratiican el Entendimiento paraimplementar el artculo 18.8 del Acuerdo de PromocinComercial Per - Estados Unidos 567231

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    567208 NORMAS LEGALES Jueves 26 de noviembre de 2015 / El Peruano

    R.S. N 2642015RE.- Declaran de inters nacional elEncuentro Presidencial y el IX Gabinete Binacional deMinistros Per - Ecuador 567232

    R.S. N 2652015RE.- Remiten al Congreso de laRepblica, la documentacin relativa a la Convencin parael Fortalecimiento de la Comisin Interamericana del AtnTropical establecida por la Convencin de 1949 entre losEstados Unidos de Amrica y la Repblica de Costa Rica

    567232

    R.S. N 2662015RE.- Remiten al Congreso de laRepblica, la documentacin relativa al Acuerdo entrela Repblica Federal de Alemania y la Repblica del Persobre Cooperacin Financiera 2013 (prstamos) 567232R.S. N 2672015RE.- Autorizan a la SUNAT a efectuarel pago a la Organizacin Mundial de Aduanas - OMA,correspondiente a la cuota del periodo comprendido entreel 1 de julio de 2015 y el 30 de junio de 2016 567233

    R.M. N 1089/RE2015.- Autorizan viaje de funcionariadiplomtica a Francia, en comisin de servicios 567233

    SALUD

    R.M. N 7572015/MINSA.- Aceptan renuncia deDirector General de la Oicina General de Planeamiento yPresupuesto del Ministerio 567234R.M. N 7582015/MINSA.- Designan Directora Generalde la Oicina General de Planeamiento y Presupuesto delMinisterio 567234

    TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEOR.M. N 2352015TR.- Designan Jefe de la Oicina dePlaneamiento e Inversiones de la Oicina General dePlaneamiento y Presupuesto del Ministerio 567235

    TRANSPORTES Y COMUNICACIONES

    R.VM. N 6632015MTC/03.- Renuevan autorizacinotorgada a persona jurdica por R.M. N 10495MTC/15.17 yrenovada mediante R.VM. N 4562006MTC/03 567235R.VM. N 6652015MTC/03.- Declaran aprobada larenovacin de autorizacin otorgada a asociacin paraprestar servicio de radiodifusin educativa por televisin

    en la localidad de Trujillo, departamento de La Libertad567236

    RR.VMs. Ns. 673, 674, 675, 679, 680, 681, 684 y 685-

    2015MTC/03.- Otorgan autorizaciones a personasnaturales y persona jurdica para prestar servicio deradiodifusin sonora en localidades de los departamentosde Piura, Junn, Cusco, Cajamarca, San Martn y Lima

    567237

    R.VM. N 6832015MTC/03.- Reconocen a personanatural como nueva titular de autorizacin a que se reierenlas RR.VMs. Ns 1572001MTC/15.03 y 6442011MTC/03

    567251

    ORGANISMOS EJECUTORES

    AGENCIA DE PROMOCION

    DE LA INVERSION PRIVADA

    Res. N 1562015.- Autorizan viaje de funcionaria dePROINVERSIN a Francia, en comisin de servicios

    567252

    INSTITUTO DE GESTION DE SERVICIOS DE SALUD

    R.J. N 6492015/IGSS.- Designan Director General de laOicina de Planeamiento y Presupuesto del IGSS 567253

    ORGANISMOS REGULADORES

    ORGANISMO SUPERVISOR DE LA

    INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA

    Res. N 1262015OS/GART.- Mantienen la vigenciade las Bandas de Precios y los Mrgenes Comercialesestablecidos en la Resolucin Osinergmin N 1202015OS/GART 567253

    ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

    CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGIAE INNOVACION TECNOLOGICA

    Res. N 1782015CONCYTECP.- Designan servidorresponsables de remitir ofertas de empleo del CONCYTECal Ministerio de Trabajo y Promocin del Empleo 567255

    PODER JUDICIAL

    CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA

    Res. Adm. N 3332015PCSJV/PJ.- Prorrogan cierre deturno del Primer y Segundo Juzgado Especializado en loPenal de Ventanilla hasta el 30 de noviembre 567255Res. Adm. N 3342015PCSJV/PJ.- Establecen Rol deTurno de los Juzgados de la Investigacin Preparatoria dela Corte Superior de Justicia de Ventanilla para el mes dediciembre de 2015 567256Res. Adm. N 3352015PCSJV/PJ.- Establecen Rol deTurno en materia de Familia de la Corte Superior de Justiciade Ventanilla para el mes de diciembre de 2015 567256Res. Adm. N 3362015PCSJV/PJ.- Establecen Rol deTurno en materia Penal de la Corte Superior de Justicia deVentanilla para el mes de diciembre de 2015 567257

    ORGANOS AUTONOMOS

    BANCO CENTRAL DE RESERVA

    Circular N 0422015BCRP.- Ponen en circulacinmonedas de plata alusivas a los 400 aos de la obra NuevaCrnica y Buen Gobierno de Guamn Poma de Ayala

    567258

    JURADO NACIONAL DE ELECCIONES

    Res. N 03372015JNE.- Acreditan a la AsociacinCivil Transparencia como institucin facultada parapresentar observadores electorales en el proceso electoralde Elecciones Municipales 2015, a realizarse el 29 denoviembre de 2015 567258

    MINISTERIO PUBLICO

    Res. N 58012015MPFN.- Autorizan viaje a Tumbes deFiscal Superior para participar en evento de capacitacin ya Ecuador, en comisin de servicios 567259Res. N 58932015MPFN.- Aprueban Directivadenominada Actuacin iscal en casos de detencin enlagrancia delictiva, proceso inmediato y requerimientos

    de prisin preventiva 567260

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    567209NORMAS LEGALESJueves 26 de noviembre de 2015

    El Peruano

    /

    RR. Ns. 5927, 5928, 5929, 5930, 5931, 5932, 5933,

    5934, 5935, 5936, 5937 y 59382015MPFN.-Aceptan renuncias, dan por concluidos designaciones y

    nombramientos, designan y nombran iscales en diversosDistritos Fiscales 567260Fe de Erratas Res. N 58732015MPFN. 567266

    OFICINA NACIONAL DE

    PROCESOS ELECTORALES

    Anexo R.J. N 3352015J/ONPE.- Relacin depostulantes titulares y accesitarios que aprobaronproceso de seleccin para el cargo de Jefe de las OicinasDescentralizadas de Procesos Electorales en el marco delas Elecciones Generales 2016 567266

    SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS

    Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS

    DE FONDOS DE PENSIONES

    Res. N 67762015.- Autorizan inscripcin de personanatural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares deSeguros 567267

    GOBIERNOS LOCALES

    MUNICIPALIDAD DE ATE

    D.A. N 0192015/MDA.- Aprueban Plan de Contingenciade la Municipalidad Distrital de Ate, y el Anexo I - Plan dePruebas 567268

    MUNICIPALIDAD

    DE CIENEGUILLA

    Ordenanza N 224MDC.- Aprueban el Plan Municipaldel Libro y la Lectura de la Municipalidad Distrital deCieneguilla para el periodo 20162021 567269

    MUNICIPALIDAD

    DE MIRAFLORES

    Ordenanza N 445/MM.- Modiican el Texto nico deProcedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad

    567270

    MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE

    Ordenanza N 451MPL.- Ordenanza que regula la oferta,el expendio, consumo y/o la venta de bebidas alcohlicas yestablece horarios de funcionamiento mximos permitidos

    en el distrito 567271

    MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO

    Ordenanza N 410MSI.- Establecen disposiciones deregulacin, prevencin y control de la contaminacinsonora en el distrito de San Isidro 567275

    MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO

    Ordenanza N 306.- Aprueban el Plan Municipal del Libroy la Lectura de la Municipalidad Distrital de San Juan deLurigancho para el periodo 20162021 567280

    MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO

    D.A. N 212015MSS.- Modiican el D.A N 152014MSS que

    aprueba las Bases del Sorteo Premiamos tu Puntualidad567281

    PROVINCIAS

    MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAETE

    R.A. N 4842015ALMPC.- Conforman el Comit Provincialde Seguridad Ciudadana COPROSECCAETE 567283

    MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHICLAYO

    Ordenanza N 302015MPCH/A.- Aprueban el PlanMunicipal del Libro y la Lectura de la MunicipalidadProvincial de Chiclayo para el perodo 2016- 2021 567282

    MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TRUJILLO

    Ordenanza N 0252015MPT.- Aprueban el PlanMunicipal del Libro y la Lectura de la MunicipalidadProvincial de Trujillo para el perodo 2016- 2021 567284

    MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA ESPERANZA

    R.A. N 15082015MDE.- Designan responsable de remitirofertas de empleo al Ministerio de Trabajo y Promocin del

    Empleo y a la Direccin General de Servicios Nacional delEmpleo 567284

    CONVENIOS INTERNACIONALES

    Enmienda al Convenio Especico entre la Repblica delPer y el Reino de Blgica relativo al Programa de Apoyo ala Poltica de Aseguramiento Universal en Salud en el Per- Componente de Apoyo Presupuestal 567285Entrada en vigencia de la Enmienda al ConvenioEspecico entre la Repblica del Per y el Reino deBlgica relativo al Programa de Apoyo a la Poltica deAseguramiento Universal en Salud en el Per - Componente

    de Apoyo Presupuestal 567286

    REQUISITO PARA PUBLICACIN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS

    Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial,rganismos constitucionales autnomos, Organismos Pblicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales,que para efectos de la publicacin de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurdicos oadministrativos, resoluciones administrativas, actos de administracin, actos administrativos, etc) con o sinanexos, que contengan ms de una pgina, se adjuntar un diskette, cd rom o USB en formato Word con su

    contenido o ste podr ser remitido al correo electrnico [email protected] DIRECCIN

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    567210 NORMAS LEGALES Jueves 26 de noviembre de 2015 / El Peruano

    PODER EJECUTIVO

    PRESIDENCIA DEL CONSEJODE MINISTROS

    Autorizan viaje de la Ministra de RelacionesExteriores a Francia y encargan su Despachoa la Ministra de Cultura

    RESOLUCIN SUPREMAN 274-2015-PCM

    Lima, 25 de noviembre de 2015

    CONSIDERANDO:Que, del 30 de noviembre al 11 de diciembre 2015, se

    llevar a cabo en la ciudad de Pars, Repblica Francesa, laVigsimo Primera Conferencia de las Partes de la ConvencinMarco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climtico;

    Que, esta Conferencia representa el mayor procesode negociacin multilateral en curso;

    Que, siendo importante garantizar una adecuadarepresentacin del Per, resulta necesario que la Ministrade Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores,Embajadora en el Servicio Diplomtico de la RepblicaAna Mara Liliana Snchez Vargas de Ros, asista a lareferida reunin;

    Teniendo en cuenta las Hojas de Trmite (GAB) N.

    2341 y N. 2351, del Despacho Ministerial, de 17 y 20de noviembre de 2015, respectivamente; y el Memorando(OPR) N OPR0361/2015, de la Oficina de Programaciny Presupuesto, de 19 de noviembre de 2015, que otorgacertificacin de crdito presupuestario al presente viaje;

    De conformidad con el artculo 127 de la ConstitucinPoltica del Per; la Ley N 29158, Ley Orgnica del PoderEjecutivo; la Ley N. 29357, Ley de Organizacin y Funcionesdel Ministerio de Relaciones Exteriores; el Reglamento deOrganizacin y Funciones del Ministerio de RelacionesExteriores, aprobado por Decreto Supremo N. 135-2010-RE;la Ley N. 27619, Ley que regula la autorizacin de viajes alexterior de servidores y funcionarios pblicos, modificada porla Ley N. 28807 y su reglamento, aprobado por el DecretoSupremo N. 047-2002-PCM y sus modificatorias; y el numeral10.1 del artculo 10 de la Ley N. 30281, Ley de Presupuestodel Sector Pblico para el Ao Fiscal 2015;

    SE RESUELVE:

    Ar tculo 1.- Autorizar el viaje en comisin de serviciosde la Ministra de Estado en el Despacho de RelacionesExteriores, Embajadora en el Servicio Diplomtico de laRepblica Ana Mara Liliana Snchez Vargas de Ros,a la ciudad de Paris, Repblica Francesa, del 30 denoviembre al 2 de diciembre de 2015 para participar enlas reuniones sealadas en la parte considerativa de lapresente resolucin; autorizndose su salida del pas del28 de noviembre al 2 de diciembre de 2015.

    Ar tculo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimientode la presente comisin de servicios, sern cubiertos

    por el pliego presupuestal del Ministerio de RelacionesExteriores, Meta 0137175 Representacin y Negociacinen Organismos y Foros Internacionales, debiendo rendircuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15)das calendario, al trmino del referido viaje, de acuerdocon el siguiente detalle:

    Nombres y Apellidos

    PasajeAreo ClaseEconmica

    US$

    Viticospor da

    US$

    N dedas

    TotalViticos

    US$

    Ana Mara Liliana Snchez Vargas de Ros 2 716,24 540,00 3+2 2 700,00

    Ar tculo 3. Encargar el Despacho de Relaciones

    Exteriores a la seora Diana lvarez-Caldern Gallo,Ministra de Estado en el Despacho de Cultura, a partirdel 29 de noviembre de 2015 y en tanto dure la ausenciade la titular.

    Ar tculo 4. La presente Resolucin Suprema nolibera ni exonera del pago de impuestos o de derechosaduaneros cualquiera sea su clase o denominacin.

    Ar tculo 5. La presente Resolucin Suprema serrefrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y laMinistra de Relaciones Exteriores.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    OLLANTA HUMALA TASSOPresidente de la Repblica

    PEDRO CATERIANO BELLIDOPresidente del Consejo de Ministros

    ANA MARA SNCHEZ DE ROSMinistra de Relaciones Exteriores

    1316489-3

    AGRICULTURA Y RIEGO

    Declaran el primer domingo del mes defebrero de cada ao como Da Nacional dela Pachamanca

    RESOLUCIN MINISTERIALN 0577-2015-MINAGRI

    Lima. 23 de noviembre de 2015

    VISTO:

    El Oficio N 1848-2015-MINAGRI-DIGNA/DINPE, delDirector General de la Direccin General de NegociosAgrarios, sobre declaracin del Da Nacional de laPachamanca; y,

    CONSIDERANDO:

    Que, mediante Decreto Legislativo N 997, DecretoLegislativo que aprueba la Ley de Organizacin yFunciones del Ministerio de Agricultura y Riego, modificadopor la Ley N 30048, se determina que el Ministerio deAgricultura y Riego (MINAGRI), disea, establece, ejecutay supervisa las polticas nacionales y sectoriales enmateria agraria, ejerce la rectora en relacin con ella y

    vigila su obligatorio cumplimiento por los tres niveles degobierno;Que, el artculo 4 del citado Decreto Legislativo,

    modificado por el artculo 3 de la Ley N 30048,establece que el Ministerio de Agricultura y Riego,tiene como mbito de competencia, entre otros, loscultivos y crianzas;

    Que, el literal a del numeral 4.2. del artculo 4 delReglamento de Organizacin y Funciones del Ministeriode Agricultura y Riego, aprobado por Decreto SupremoN 008-2014-MINAGRI, establece que corresponde alMINAGRI, en el marco de sus competencias compartidas,promover la produccin agraria nacional, la ofertaagraria exportable y el acceso de los productos agrariosnacionales a nuevos mercados;

    Que, la pachamanca es un plato emblemtico y a lavez una forma tradicional de preparacin de alimentosen el Per, la cual se realiza principalmente en la reginandina y tiene un profundo significado socio cultural en lassociedades campesinas;

    Que, la revalorizacin de la pachamanca ofreceal sector un mecanismo privilegiado para promover ydinamizar, a travs de la gastronoma, la comercializacinde variados insumos e ingredientes agrarios originariosdel Per vinculados a su preparacin, de origen agrcolacomo pecuario, altamente nutritivos y sanos; como entreotros, las carnes de vacuno, porcino, ovino, caprino, avesy camlidos, papas nativas y otras races y tubrculoscomo la oca, la mashua, el camote y la yuca, granos comolas habas y el choclo y especias y condimentos propiosdel pas como el huacatay y el chincho;

    Que, mediante Resolucin Directoral Nacional N 471/INC, de fecha 08 de julio de 2003, el Instituto Nacionalde Cultura, hoy Ministerio de Cultura, declara a lapachamanca como Patrimonio Cultural de la Nacin,

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    El Peruano

    /

    por tratarse de una costumbre milenaria, testimonio dela creacin y sabidura de nuestros antepasados y quepor sus inigualables particularidades se constituye comoun bien de singular valor universal, prevaleciendo hastanuestros das un procedimiento milenario de coccin dedeterminados alimentos;

    Que, con Oficio de Vistos el Director General de laDireccin General de Negocios Agrarios hace suyo yremite el Informe Tcnico N 003-2015-MINAGRI-DIGNA-DINPE/ MWG, por el cual, propone se declare el primerdomingo del mes de febrero de cada ao como DaNacional de la Pachamanca, lo que permitir promover larealizacin a nivel nacional, regional y local de festivales,concursos, celebraciones, ferias y encuentros alusivosa la fecha; dinamizar la economa campesina y nativa,fortaleciendo la actividad comunitaria en el entornorural; la innovacin gastronmica; el reconocimiento dela importancia del factor cultural como eje del desarrolloeconmico local; el consumo sostenible de los productosagrarios y el cuidado de la biodiversidad; as como,

    fortalecer el posicionamiento comercial nacional einternacional de los productos agrarios involucrados en lapreparacin de la pachamanca;

    De conformidad con lo dispuesto en la Ley N29158, Ley Orgnica del Poder Ejecutivo; el DecretoLegislativo N 997, Decreto Legislativo que apruebala Ley de Organizacin y Funciones del Ministeriode Agricultura, modificado por la Ley N 30048 aMinisterio de Agricultura y Riego; y, su Reglamentode Organizacin y Funciones, aprobado por DecretoSupremo N 008-2014-MINAGRI;

    SE RESUELVE:

    Ar tculo nico .- Declarar, el primer domingo del

    mes de febrero de cada ao como Da Nacional de laPachamanca, por los fundamentos expuestos en la parteconsiderativa de la presente Resolucin.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    JUAN MANUEL BENITES RAMOSMinistro de Agricultura y Riego

    1315975-1

    Designan Asesor de la Alta Direccin -Secretara General del MINAGRI

    RESOLUCIN MINISTERIALN 0580-2015-MINAGRI

    Lima, 24 de noviembre de 2015

    CONSIDERANDO:

    Que, es necesario designar a un Asesor de laAlta Direccin Secretara General del Ministerio deAgricultura y Riego;

    De conformidad con lo dispuesto en la Ley N 29158,Ley Orgnica del Poder Ejecutivo; la Ley N 27594, Leyque regula la participacin del Poder Ejecutivo en elnombramiento y designacin de funcionarios pblicos;el Decreto Legislativo N 997, Decreto Legislativo que

    aprueba la Ley de Organizacin y Funciones del Ministeriode Agricultura, actualmente Ministerio de Agricultura yRiego, modificado por la Ley N 30048; y, su Reglamentode Organizacin y Funciones aprobado por el DecretoSupremo N 008-2014-MINAGRI;

    SE RESUELVE:

    Ar tculo nico.- Designar, a partir de la fecha, alseor Luis Rubn Zavaleta Remy, en el cargo de Asesorde la Alta Direccin Secretara General del Ministerio deAgricultura y Riego.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    JUAN MANUEL BENITES RAMOSMinistro de Agricultura y Riego

    1316153-1

    AMBIENTE

    Aprueban culminacin del proceso de

    transferencia de funciones en materia deminera, hidrocarburos y electricidad delMinisterio al SENACE

    RESOLUCIN MINISTERIALN 328 -2015-MINAM

    Lima, 25 de noviembre de 2015

    Visto, el Memorndum N 770-2015-MINAM/SG/OAJ,emitido por la Oficina de Asesora Jurdica del Ministeriodel Ambiente; el Oficio N 221-2015-SENACE/J, suscritopor el Jefe del Servicio Nacional de CertificacinAmbiental para las Inversiones Sostenibles SENACE y

    el Informe N 001-2015-CT-MINEM-SENACE, emitido porla Comisin de Transferencia de Funciones del Ministeriode Energa y Minas al SENACE; y,

    CONSIDERANDO:

    Que, mediante la Ley N 29968, se aprueba la creacindel Servicio Nacional de Certificacin Ambiental para lasInversiones Sostenibles - SENACE como organismopblico tcnico especializado, adscrito al Ministerio delAmbiente, encargado de revisar y aprobar los Estudiosde Impacto Ambiental detallados (EIA-d) conforme a loestablecido en la Ley N 27446, Ley del Sistema Nacionalde Evaluacin del Impacto Ambiental y sus normasreglamentarias;

    Que, a travs de la Primera DisposicinComplementaria Final de la Ley N 29968 y el DecretoSupremo N 003-2013-MINAM, se desarrollan las etapasdel proceso de implementacin del SENACE, siendo quela tercera etapa contiene las disposiciones referidas a latransferencia de funciones de parte de las AutoridadesSectoriales, que se gestiona a travs de la aprobacin delDecreto Supremo refrendado por el Ministro del Ambientey el titular del sector cuya transferencia se aprueba;

    Que, la cuarta etapa relacionada al seguimiento detransferencia de funciones, se realiza de forma paralela ala transferencia, encargndose al Ministerio del Ambienteel seguimiento al proceso de transferencia de funcionesal SENACE a fin de garantizar la correcta implementaciny funcionamiento del mismo y realizar los ajustes

    necesarios;Que, al respecto, mediante Decreto SupremoN 006-2015-MINAM, se aprueba el cronograma detransferencia de las funciones de las AutoridadesSectoriales al SENACE en el marco de la Ley N 29968;establecindose en el numeral 1.1 de su artculo 1 queel inicio del proceso de transferencia de funciones de lossubsectores Energa y Minera se realiza en el segundotrimestre del ao 2015;

    Que, asimismo, el numeral 1.2 del artculo citado enel prrafo precedente, establece que la transferenciade funciones comprende: a) la revisin y aprobacinde los estudios de impacto ambiental detallados; b) laadministracin del Registro de Entidades Autorizadasa elaborar Estudios Ambientales, del Registro deEntidades Autorizadas a elaborar Estudios de ImpactoAmbiental o de cualquier otro registro de denominacinsimilar; y, c) la administracin del Registro Administrativode carcter pblico y actualizado de certificacionesambientales concedidas o denegadas, o de cualquierotro registro de denominacin similar; que deba formarparte del SENACE;

    Que, de conformidad con el artculo 2 delDecreto Supremo N 006-2015-MINAM, la Comisinde Transferencia Sectorial respectiva tendr laresponsabilidad de conducir y coordinar el procesode transferencia de funciones hasta su respectivaculminacin;

    Que, mediante Resolucin Jefatural N021-2015-SENACE/J y Resolucin Ministerial N 085-2015-MEM/DM se designaron a los representantes del

    SENACE y MINEM ante la comisin que se encargarde conducir y coordinar el proceso de transferenciade las funciones de los subsectores Energa y Minas,respectivamente;

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    567212 NORMAS LEGALES Jueves 26 de noviembre de 2015 / El Peruano

    Que, con el Informe N 001-2015-CT-MINEM-SENACE emitido por la Comisin de Transferencia deFunciones del Ministerio de Energa y Minas al ServicioNacional de Certificacin Ambiental para las InversionesSostenibles, la Comisin de Transferencia concluye que,en cumplimiento de las funciones otorgadas medianteDecreto Supremo N 006-2015-MINAM, ha conducidoel proceso de transferencia de funciones del MINEM alSENACE en el marco de la Ley N 29968;

    Que, el Ttulo II de la Ley N 30327, Ley de Promocinde las Inversiones para el Crecimiento Econmicoy el Desarrollo Sostenible, regula la CertificacinAmbiental Global como el acto administrativo emitidopor el SENACE, a travs del cual se aprueba el estudioambiental de categora III (EIA-d), integrando a esta losttulos habilitantes que correspondan a la naturaleza delproyecto y que estn relacionados al procedimiento decertificacin ambiental, en el marco del SEIA;

    Que, con fecha 03 de noviembre de 2015, se publicen el Diario Oficial El Peruano el Decreto Supremo

    N 032-2015-EM, que modifica la Primera DisposicinComplementaria Transitoria del Reglamento para laProteccin Ambiental en las Actividades de Hidrocarburos,en lo relacionado a las funciones que cumplir el SENACEen materia de hidrocarburos;

    Que, en ese contexto, corresponde emitir la ResolucinMinisterial que formaliza la culminacin del proceso detransferencia de funciones de los subsectores Energa yMinas al SENACE, sealando la fecha a partir de la cualasumir las funciones transferidas;

    Con el visado del Viceministerio de Gestin Ambiental,de la Secretara General y de la Oficina de AsesoraJurdica; y,

    De conformidad con lo dispuesto en la Ley N 29968,Ley de creacin del Servicio Nacional de Certificacin

    Ambiental para las Inversiones Sostenibles; el DecretoSupremo N 003-2013-MINAM que aprueba el cronogramay plazos para el proceso de implementacin del ServicioNacional de Certificacin Ambiental para las InversionesSostenibles; y el Decreto Supremo N 006-2015-MINAM,que aprueba el cronograma de transferencia de funcionesde las Autoridades Sectoriales al SENACE.

    SE RESUELVE:

    Ar tculo 1.- Culminac in del proceso detransferencia de funciones en materia de minera,hidrocarburos y electric idad al SENACE

    Aprobar la culminacin del proceso de transferenciade funciones en materia de minera, hidrocarburos yelectricidad del Ministerio de Energa y Minas - MINEMal Servicio Nacional de Certificacin Ambiental para lasInversiones Sostenibles - SENACE, que a continuacinse detallan:

    a) Revisar y aprobar los Estudios de ImpactoAmbiental Detallados, las respectivas actualizaciones,modificaciones, informes tcnicos sustentatorios,solicitudes de clasificacin y aprobacin de Trminosde Referencia, acompaamiento en la elaboracin deLnea Base, Plan de Participacin Ciudadana y demsactos o procedimientos vinculados a las acciones antessealadas.

    b) Administrar el Registro de Entidades Autorizadas aelaborar Estudios Ambientales.

    c) Administrar el Registro Administrativo de carcterpblico y actualizado de certificaciones ambientalesconcedidas o denegadas.

    Ar tculo 2.- Asuncin de funciones transferidasDeterminar que a partir del 28 de diciembre de 2015,

    el Servicio Nacional de Certificacin Ambiental para lasInversiones Sostenibles - SENACE, asume las funcionesdetalladas en el artculo precedente.

    Ar tculo 3.- Normativa aplicableEl Servicio Nacional de Certificacin Ambiental para

    las Inversiones Sostenibles - SENACE, continuaraplicando la normativa sectorial, en concordancia con laPrimera Disposicin Complementaria Transitoria de la LeyN 29968.

    Ar tculo 4.- Cert ificacin Ambiental Global -CERTUS

    La Certificacin Ambiental Global CERTUS entrar

    en vigencia a partir de la aprobacin del Reglamentodel Ttulo II de la Ley N 30327, Ley de Promocin delas Inversiones para el Crecimiento Econmico y elDesarrollo Sostenible, que regula el procedimiento parasu aprobacin.

    Ar tculo 5.- Publ icacinDisponer la publicacin de la presente Resolucin

    Ministerial en el Diario Oficial El Peruano, as como enlos Portales de Transparencia Estndar de las entidadesintervinientes.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    MANUEL PULGAR-VIDAL OTLORAMinistro del Ambiente

    1316356-1

    COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO

    Designan Director de la Direccin deDesarrollo Artesanal

    RESOLUCIN MINISTERIALN 364 -2015-MINCETUR

    San Isidro, 25 de noviembre de 2015

    Vistos, el Memorndum N 1296-2015-MINCETUR/VMT y el Memorndum N 353-2015-MINCETUR/VMT/DGA, remitidos por el Despacho Viceministerial deTurismo; y, el Informe N 414-2015-MINCETUR/SG/OGA/OP de la Oficina de Personal, y;

    CONSIDERANDO:

    Que, mediante Resolucin Ministerial N251-2015-MINCETUR se modific el Clasificador deCargos del MINCETUR, aprobado por ResolucinMinisterial N 101-2011-MINCETUR/DM;

    Que, por Resolucin Ministerial N336-2015-MINCETUR, se aprob el Cuadro paraAsignacin de Personal Provisional (CAP Provisional) delMINCETUR;

    Que, a travs de la Resolucin Ministerial N337-2015-MINCETUR, se encarg el cargo de Director dela Direccin de Desarrollo Artesanal;

    Que, de acuerdo a lo solicitado por el DespachoViceministerial de Turismo en los documentos del Visto,se estima por conveniente dejar sin efecto la citadaencargatura y designar a quien asumir el cargo deDirector de la Direccin de Desarrollo Artesanal;

    De conformidad con la Ley N 27594, Ley queregula la participacin del Poder Ejecutivo en elnombramiento y designacin de funcionarios pblicos;la Ley N 27790, Ley de Organizacin y Funcionesdel Ministerio de Comercio Exterior y Turismo -MINCETUR; su Reglamento de Organizacin yFunciones, aprobado por Decreto Supremo N005-2002-MINCETUR, modificado por DecretoSupremo N 002-2015-MINCETUR;

    SE RESUELVE:Ar tculo 1.- Dejar sin efecto la encargatura de la

    seora Nadia Aleida Castro Sagstegui en el cargode Directora de la Direccin de Desarrollo Artesanal,efectuada mediante la Resolucin Ministerial N337-2015-MINCETUR, dndosele las gracias por losservicios prestados.

    Ar tculo 2.- Designar al seor Carlos FranciscoFlores Mera como Director de la Direccin de DesarrolloArtesanal, cargo considerado de Directivo Superior delibre designacin y remocin.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    MAGALI SILVA VELARDE-LVAREZMinistra de Comercio Exterior y Turismo

    1316336-1

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    567213NORMAS LEGALESJueves 26 de noviembre de 2015

    El Peruano

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    Autorizan viaje de representantes delMinisterio a Nueva Zelanda, en comisin deservicios

    RESOLUCIN MINISTERIALN 365-2015-MINCETUR

    Lima, 25 de noviembre de 2015

    CONSIDERANDO:

    Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo -MINCETUR es el organismo pblico competente paradefinir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la polticade comercio exterior y de turismo; responsable enmateria de negociaciones comerciales internacionales yde integracin, a fin de alcanzar una mayor proyeccincompetitiva en cuanto a la convergencia, liberalizacin eintegracin comercial, de acuerdo a la poltica general delEstado Peruano;

    Que, en el marco de las negociaciones del Acuerdode Asociacin Transpacfico TPP, el 05 de noviembrepasado, se publicaron de manera simultnea los textosnegociados del Acuerdo de Asociacin Transpacfico

    TPP, sujetos an a la conclusin de la revisin legal,la cual tiene como objetivo asegurar la total claridad yexactitud de los textos antes de su suscripcin;

    Que, en ese sentido, los Estado Parte de dichoAcuerdo, han acordado realizar una reunin de RevisinLegal en la ciudad de Wellington, Nueva Zelanda, del 01al 10 de diciembre de 2015, con el fin de continuar con larevisin legal de los textos y anexos del acuerdo en inglsantes de su suscripcin;

    Que, por tanto, el Viceministro de Comercio Exterior

    solicita que se autorice el viaje del equipo de profesionalesque prestan servicios al Viceministerio de ComercioExterior, para que en representacin del MINCETURparticipen en la reunin antes mencionada;

    Que, el artculo 10 de la Ley N 30281, Ley dePresupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal2015, prohbe los viajes al exterior con cargo a recursospblicos, salvo los casos excepcionales que la mismaLey seala, entre ellos, los viajes que se efecten en elmarco de la negociacin de los acuerdos comercialesde importancia para el Per, los que deben realizarse encategora econmica y ser autorizados por Resolucin delTitular de la Entidad;

    De conformidad con la Ley N 27790, Ley deOrganizacin y Funciones del Ministerio de Comercio

    Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley N 27619, Leyque regula la autorizacin de viajes al exterior de losservidores y funcionarios pblicos, sus modificatorias, ysu Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N 047-2002-PCM.

    SE RESUELVE:

    Art culo 1.- Autorizar el viaje la ciudad deWellington, Nueva Zelanda, del siguiente personaldel Viceministerio de Comercio Exterior, para que enrepresentacin del Ministerio de Comercio Exteriory Turismo MINCETUR, participe en la Reunin deRevisin Legal de los captulos y anexos del Acuerdo deAsociacin Transpacfico TPP, a que se refiere la parteconsiderativa de la presente Resolucin Ministerial, quese llevarn a cabo en las fechas que a continuacin seindica:

    Seores Fechas del viaje

    Ernesto Emilio Guevara Lam Del 28 noviembre alCelia Pamela Beatriz Huamn Linares 11 de diciembre de 2015Daisy Jennifer Olrtegui Marky

    Ar tculo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento delos artculos precedentes, estarn a cargo del Ministeriode Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguientedetalle:

    Ernesto Emilio Guevara Lam, Celia Pamela Beatriz

    Huamn Linares y Daisy Jennifer Olrtegui Marky:

    Pasajes (US$ 3 193,70 x 3 personas) : US$ 9 581,10Viticos (US$ 385,00 x 11 das x 3 personas) : US$ 12 705,00

    Ar tculo 3.- Dentro de los quince (15) das calendariosiguientes a su retorno al pas, el personal cuyo viaje seautoriza mediante el artculo 1 de la presente Resolucin,presentar a la Ministra de Comercio Exterior y Turismo,un informe detallado sobre las acciones realizadas yresultados obtenidos en las reuniones a las que asistir;asimismo, presentar la rendicin de cuentas de acuerdoa Ley.

    Ar tculo 4.- La presente Resolucin Ministerial nolibera ni exonera del pago de impuestos o de derechosaduaneros, cualquiera sea su clase o denominacin.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    MAGALI SILVA VELARDE-LVAREZMinistra de Comercio Exterior y Turismo

    1316334-1

    DEFENSA

    Autorizan ingreso al territorio de laRepblica de personal militar de Brasil

    RESOLUCIN MINISTERIALN 1118-2015 DE/SG

    Lima, 24 de noviembre de 2015

    CONSIDERANDO:

    Que, con Facsmil (DSD) Nro. 766 del 06 denoviembre de 2015, el Director de Seguridad y Defensadel Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expidala autorizacin para el ingreso de personal militar de laRepblica Federativa del Brasil, sin armas de guerra;

    Que, Oficio N 1900-2015-MINDEF/VPD/B/01.a del 20de noviembre de 2015, el Director General de RelacionesInternacionales del Ministerio de Defensa, emite opininfavorable para el ingreso al pas del personal militar de laRepblica Federativa del Brasil;

    Que, el referido personal militar ingresar a territoriode la Repblica, del 09 de diciembre de 2015 al 06 deenero de 2017, con la finalidad de participar en el Cursode Estado Mayor Conjunto en la Escuela Conjunta de lasFuerzas Armadas del Per.

    Que, el artculo 5 de la Ley N 27856, Ley de Requisitospara la Autorizacin y consentimiento para el ingreso

    de tropas extranjeras en el territorio de la Repblica1,establece que el ingreso de personal militar extranjero sinarmas de guerra para realizar actividades relacionadas alas medidas de fomento de la confianza, actividades deasistencia cvica, de planeamiento de futuros ejerciciosmilitares, de instruccin o entrenamiento con personalde las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizarvisitas de coordinacin o protocolares con autoridadesmilitares y/o del Estado Peruano es autorizado por elMinistro de Defensa mediante Resolucin Ministerial, conconocimiento del Presidente del Consejo de Ministros,quien da cuenta al Congreso de la Repblica por escritoen un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicinde la resolucin, bajo responsabilidad. La ResolucinMinisterial de autorizacin debe especificar los motivos,

    la cantidad de personal militar, la relacin de equipostransentes y el tiempo de permanencia en el territorioperuano. En los casos en que corresponda se solicitaropinin previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y,

    Estando a lo opinado por la Direccin General deRelaciones Internacionales del Ministerio de Defensa; yde conformidad con la Ley N 27856, modificada por laLey N 28899 y la Ley N 30209;

    SE RESUELVE:

    Ar tculo 1.- Autorizar el ingreso al territorio de laRepblica, sin armas de guerra, a un (01) militar de laRepblica Federativa del Brasil, del 09 de diciembre de2015 al 06 de enero de 2017, con la finalidad de participar

    en el Curso de Estado Mayor Conjunto en la EscuelaConjunta de las Fuerzas Armadas del Per.Ar tculo 2.- Poner en conocimiento del Presidente

    del Consejo de Ministros la presente resolucin, a fin que

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    567214 NORMAS LEGALES Jueves 26 de noviembre de 2015 / El Peruano

    d cuenta al Congreso de la Repblica en el plazo a quese contrae el artculo 5 de la Ley N 27856, modificada porLey N 28899 y Ley N 30209.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    JAKKE VALAKIVI LVAREZMinistro de Defensa

    1 Modificado por el artculo nico de la Ley N 28899 y por el artculo nico dela Ley N 30209

    1316143-1

    ECONOMIA Y FINANZAS

    Autorizan Transferencia de Partidas en elPresupuesto del Sector Pblico para el AoFiscal 2015, a favor del pliego Ministerio deDefensa

    DECRETO SUPREMON 330-2015-EF

    EL PRESIDENTE DE LA REPBLICA

    CONSIDERANDO:

    Que, mediante Ley N 30281, Ley de Presupuesto delSector Pblico para el Ao Fiscal 2015, se aprob, entre

    otros, el presupuesto institucional de los pliegos Ministeriode Energa y Minas y Ministerio de Defensa;Que, el artculo 2 del Reglamento de Organizacin y

    Funciones del Ministerio de Energa y Minas, aprobadomediante Decreto Supremo N 031-2007-EM, disponeque dicho Ministerio tiene por finalidad promover eldesarrollo integral y sostenible de las actividades minero- energticas normando y/o supervisando, segn sea elcaso, el cumplimiento de las polticas de alcance nacionalen dichas materias;

    Que, de conformidad con lo establecido en el artculo5 del Decreto Ley N 25962, Ley Orgnica del SectorEnerga y Minas, corresponde al Ministerio de Energay Minas formular, en armona con la poltica generaly los planes del Gobierno, las polticas de alcance

    nacional en materia de electricidad, hidrocarburos yminera, supervisando y evaluando su cumplimiento;asimismo, constituye la autoridad competente en losasuntos ambientales referidos a las actividades minero -energticas;

    Que, la Octava Disposicin Complementaria Final dela Ley N 30281, Ley de Presupuesto del Sector Pblicopara el Ao Fiscal 2015, dispone que cuando los pliegospresupuestarios del Gobierno Nacional reciban el apoyode las Fuerzas Armadas (FFAA) y/o de la Polica Nacionaldel Per (PNP) para un mejor cumplimiento de susfunciones, quedan autorizados a realizar modificacionespresupuestarias en el nivel institucional a favor del pliegoMinisterio de Defensa y/o Ministerio del Interior, segncorresponda, slo si el gasto efectuado por el apoyo quebrinden las FFAA o la PNP, supera el monto mximo quedebe ser financiado con cargo al presupuesto institucionalaprobado de los pliegos Ministerio de Defensa o Ministeriodel Interior, respectivamente; sealndose que dichomonto mximo anual se establece mediante decretosupremo, refrendado por el Presidente del Consejo deMinistros, el que debe aprobarse en un plazo que noexceda los noventa (90) das calendario contados a partirde la vigencia de cada Ley Anual de Presupuesto;

    Que, adicionalmente, la citada disposicin establece quelas modificaciones presupuestarias en el nivel institucionalse financian con cargo al presupuesto institucional delpliego que reciba el apoyo de las FFAA o PNP, por la fuentede financiamiento Recursos Ordinarios y sin demandarrecursos adicionales al Tesoro Pblico, y se apruebanmediante Decreto Supremo refrendado por el Presidente del

    Consejo de Ministros, el Ministro de Economa y Finanzas yel Ministro del sector respectivo, a propuesta de este ltimo,previo informe de la Presidencia del Consejo de Ministros,en el que se deber indicar si el pliego Ministerio de Defensa

    o Ministerio del Interior, segn corresponda, ha excedido elmonto mximo destinado a las acciones de apoyo fijado porla Presidencia del Consejo de Ministros y de la oficina depresupuesto o la que haga sus veces en el pliego que recibael apoyo de las FFAA o PNP, bajo responsabilidad del titularde dicho pliego;

    Que, mediante Decreto Supremo N 020-2015-PCMse establece como monto mximo la suma de CINCOMILLONES DOSCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES(S/. 5 200 000,00) en la Fuente de Financiamiento RecursosOrdinarios que debe ser financiado con cargo al presupuestoinstitucional aprobado del pliego 026: Ministerio de Defensapara las operaciones de apoyo a los pliegos presupuestarios,segn lo dispuesto en la Octava Disposicin ComplementariaFinal de la Ley N 30281, Ley de Presupuesto del SectorPblico para el Ao Fiscal 2015;

    Que, mediante Informe N 173-2015-PCM/OGPP queacompaa el Oficio N 6061-2015-PCM/SG, dirigido ala Secretaria General del Ministerio de Energa y Minas,la Presidencia del Consejo de Ministros informa que

    el Ministerio de Defensa ha excedido el monto mximodestinado a las operaciones de apoyo fijado medianteel Decreto Supremo N 020-2015-PCM, por lo que seremite un proyecto de Decreto Supremo que autorizauna Transferencia de Partidas en el Presupuesto delSector Pblico para el Ao Fiscal 2015, hasta por la sumaCIENTO CINCUENTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.150 000,00) del pliego Ministerio de Energa y Minas, afavor del pliego Ministerio de Defensa para financiar lasoperaciones de apoyo que brinden las Fuerzas Armadasal Sector Energa y Minas, en el marco de lo dispuestoen la Octava Disposicin Complementaria Final de la LeyN 30281, Ley de Presupuesto del Sector Pblico para elAo Fiscal 2015;

    Que, mediante Memorando N 0747-2015/MEM-OGP,

    la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto delMinisterio de Energa y Minas, emite opinin favorablesobre la Transferencia de Partidas en el Presupuesto delSector Pblico para el Ao Fiscal 2015, hasta por la sumaindicada en el considerando precedente, sealando quese cuenta con los recursos necesarios para financiar lasoperaciones de apoyo que brinden las Fuerzas Armadasal Sector Energa y Minas, en lo que resta del presenteao fiscal, en el marco de lo dispuesto en la OctavaDisposicin Complementaria Final de la Ley N 30281; envirtud de lo cual mediante Oficio N 1654-2015-MEM/SEGel Ministerio de Energa y Minas solicita dar trmite a lacitada transferencia de recursos;

    Que, resulta necesario autorizar una Transferencia dePartidas en el Presupuesto del Sector Pblico para el AoFiscal 2015, del pliego Ministerio de Energa y Minas, afavor del pliego Ministerio de Defensa, hasta por la sumade CIENTO CINCUENTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES(S/. 150 000,00), para financiar las operaciones de apoyoque brinden las Fuerzas Armadas al Sector Energa yMinas, en lo que resta del presente ao fiscal, en el marcode lo dispuesto en la Octava Disposicin ComplementariaFinal de la Ley N 30281, Ley de Presupuesto del SectorPblico para el Ao Fiscal 2015;

    De conformidad con lo dispuesto en la OctavaDisposicin Complementaria Final de la Ley N 30281,Ley de Presupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal2015;

    DECRETA:

    Ar tculo 1.- ObjetoAutorzase una Transferencia de Partidas en elPresupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal 2015,hasta por la suma de CIENTO CINCUENTA MIL Y 00/100NUEVOS SOLES (S/. 150 000,00), del pliego Ministerio deEnerga y Minas a favor del pliego Ministerio de Defensa,para financiar las operaciones de apoyo que brinden lasFuerzas Armadas al sector Energa y Minas en lo queresta del presente ao, en el marco de lo dispuesto enla Octava Disposicin Complementaria Final de la Ley N30281, Ley de Presupuesto del Sector Pblico para el AoFiscal 2015, de acuerdo al siguiente detalle:

    DE LA: En Nuevos Soles

    SECCION PRIMERA : Gobierno CentralPLIEGO 016 : Ministerio de Energa y MinasUNIDAD EJECUTORA 001 : Ministerio de Energa y

    Minas - Central

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    567215NORMAS LEGALESJueves 26 de noviembre de 2015

    El Peruano

    /

    PROGRAMA PRESUPUESTAL 0126 : Formalizacin Minera de lapequea minera y mineraartesanal

    PRODUCTO 3000658 : Mineros FormalizadosACTIVIDAD 5005029 : DREM con capacidades para

    formalizarFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

    GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 150 000,00 TOTAL EGRESOS 150 000,00

    A LA: En Nuevos Soles

    SECCION PRIMERA : Gobierno CentralPLIEGO 026 : Ministerio de DefensaUNIDAD EJECUTORA 001 : Ministerio de Defensa - OGAPROGRAMA PRESUPUESTAL 0135 : Mejora de las Capacidades

    Militares para la Defensa y el

    Desarrollo NacionalPRODUCTO 3000722 : Servicio de Apoyo al EstadoACTIVIDAD 5005261 : Servicios de Apoyo a Otras

    EntidadesFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

    GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 150 000,00

    TOTAL EGRESOS 150 000,00

    Ar tculo 2.- Procedimiento para la AprobacinInstitucional

    2.1 El titular del pliego habilitador y habilitado en la

    presente Transferencia de Partidas aprueba medianteResolucin, la desagregacin de los recursos autorizadosen el artculo 1 del presente Decreto Supremo a nivelprogramtico, dentro de los cinco (5) das calendario dela vigencia del presente dispositivo legal. Copia de laResolucin ser remitida dentro de los cinco (5) das deaprobada a los organismos sealados en el numeral 23.2del artculo 23 del Texto nico Ordenado de la Ley N28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto,aprobado mediante Decreto Supremo N 304-2012-EF.

    2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga susveces en los pliegos involucrados, solicitar a la DireccinGeneral de Presupuesto Pblico, las codificaciones quese requieran como consecuencia de la incorporacin denuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de

    Medida.2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga susveces en los pliegos involucrados instruir a las UnidadesEjecutoras para que elaboren las correspondientes Notaspara Modificacin Presupuestaria que se requieran, comoconsecuencia de lo dispuesto en el presente DecretoSupremo.

    Ar tculo 3.- Limitacin al uso de recursosLos recursos de la Transferencia de Partidas a

    que hace referencia el artculo 1 del presente DecretoSupremo, no podrn ser destinados, bajo responsabilidad,a fines distintos para los cuales son transferidos.

    Ar tculo 4.- RefrendoEl presente Decreto Supremo es refrendado por el

    Presidente del Consejo de Ministros, por la Ministra deEnerga y Minas y por el Ministro de Economa y Finanzas.

    Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticincodas del mes de noviembre del ao dos mil quince.

    OLLANTA HUMALA TASSOPresidente de la Repblica

    PEDRO CATERIANO BELLIDOPresidente del Consejo de Ministros

    ALONSO SEGURA VASIMinistro de Economa y Finanzas

    ROSA MARA ORTIZ ROSMinistra de Energa y Minas

    1316490-1

    Autorizan Transferencia de Partidas enel Presupuesto del Sector Pblico parael Ao Fiscal 2015 a favor de diversas

    entidades pblicas y aprueban criteriosy procedimientos complementarios en elmarco de la Primera y Segunda DisposicinComplementaria Final de la Ley N 30281,Ley de Presupuesto del Sector Pblico parael Ao Fiscal 2015

    DECRETO SUPREMON 331-2015-EF

    EL PRESIDENTE DE LA REPBLICACONSIDERANDO:Que, mediante Decreto de Urgencia N 051 2007

    se constituy el Fondo D.U. N 037 94, de carcterintangible, orientado al pago de deudas por concepto delbeneficio establecido en el Decreto de Urgencia N 03794;

    Que, la Primera Disposicin Complementaria Finalde la Ley N 30281, Ley de Presupuesto del SectorPblico para el Ao Fiscal 2015, autoriza al Ministeriode Economa y Finanzas a transferir hasta la suma deCINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.50 000 000,00) de la Reserva de Contingencia, destinadosa los fines del Fondo D.U. N 037-94, creado medianteDecreto de Urgencia N 051-2007, con el objeto decontinuar con el pago del monto devengado en el marco

    de la Ley N 29702, y modificatoria, cuya informacin hayasido recibida por el Ministerio de Economa y Finanzas al31 de diciembre de 2014;

    Que, asimismo, dicha Disposicin Complementaria Finalestablece que los mencionados recursos se transfieren a lospliegos respectivos utilizando el procedimiento establecido enel artculo 45 del Texto nico Ordenado de la Ley N 28411,Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobadomediante Decreto Supremo N 304-2012-EF, a propuesta dela Oficina General de Administracin, en coordinacin con laOficina General de Planificacin y Presupuesto del Ministeriode Economa y Finanzas, con el objeto de que las entidadescorrespondientes continen atendiendo directamente losabonos en las cuentas bancarias correspondientes, deacuerdo a los criterios y procedimientos establecidos en el

    Anexo I del Decreto Supremo N 180-2012-EF, en el marcode la Cuarta Disposicin Complementaria Final de la Ley N29812;

    Que, la Segunda Disposicin Complementaria Final dela Ley N 30281 dispone que, a partir del Ao Fiscal 2015,el pago del monto devengado del beneficio otorgado porel Decreto de Urgencia N 037-94 en el marco de la LeyN 29702, y modificatoria, se encuentra a cargo de lospliegos presupuestarios respectivos, quedando, luegode aplicado lo establecido en la Primera DisposicinComplementaria Final de la misma Ley, para todos losefectos desactivado el Fondo D.U. N 037-94, creadomediante Decreto de Urgencia N 051-2007;

    Que, de conformidad con el ltimo prrafo de laPrimera y Segunda Disposicin Complementaria Final,la atencin del pago continuo de la bonificacin a quehace referencia la Ley N 29702, y modificatoria, esta cargo de las entidades pblicas respectivas, sujetoa sus presupuestos institucionales aprobados por lasleyes anuales de presupuesto y sin demandar recursosadicionales al Tesoro Pblico;

    Que, las resoluciones de reconocimiento de deudaremitidas por los pliegos al Ministerio de Economa yFinanzas al 31 de diciembre del 2014, para continuarcon el pago del monto devengado en el marco de laLey N 29702, y modificatoria, ascienden a la suma deSETENTA Y TRES MILLONES CIENTO SESENTA YOCHO MIL TRESCIENTOS DIECINUEVE Y 00/100NUEVOS SOLES (S/. 73 168 319,00); por lo que se haexcedido el monto establecido en la Primera DisposicinComplementaria Final de la Ley N 30281, Ley de

    Presupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal 2015,en VEINTITRES MILLONES CIENTO SESENTA Y OCHOMIL TRESCIENTOS DIECINUEVE Y 00/100 NUEVOSSOLES (S/. 23 168 319.00);

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    Que, en ese sentido, mediante el Memorando N463-2015-EF/43.01, la Oficina General de Administracindel Ministerio de Economa y Finanzas solicit unatransferencia de recursos hasta por la suma deCINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.50 000 000,00), destinados a los fines del Fondo D.U.N 037-94, con el objeto de realizar el pago del montodevengado en el marco de la Ley N 29702, y modificatoria,con cargo a los recursos de la Reserva de Contingenciadel Ministerio de Economa y Finanzas, segn lo dispuestoen la Primera Disposicin Complementaria Final de la LeyN 30281 ;

    Que, de igual forma con el Memorando N 1053-2015-EF/43.01, la Oficina General de Administracin delMinisterio de Economa y Finanzas ha solicitado recursosadicionales hasta por la suma de VEINTITRES MILLONESCIENTO SESENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOSDIECINUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 23 168319,00), destinados al pago del monto devengado delbeneficio otorgado por el Decreto de Urgencia N 037-

    94, en el marco de la Ley N 29702 y modificatoria, y deconformidad con los fines del Fondo D.U. N 037-94,indicando que dicho monto corresponde a la informacinrecibida por el Ministerio de Economa y Finanzas al 31de diciembre de 2014, que excedieron el monto asignadoen la Primera Disposicin Complementaria Final de la LeyN 30281;

    Que, en aplicacin de lo establecido en el numeral 5.2 delartculo 5 del Anexo I del Decreto Supremo N 180-2012-EF,que aprueba los criterios y procedimientos para la aplicacinde la Cuarta Disposicin Complementaria Final de la Ley N29812, el Ministerio de Economa y Finanzas ha distribuidolos recursos destinados a los fines del Fondo D.U. N 037-94, por SETENTA Y TRES MILLONES CIENTO SESENTAY OCHO MIL TRESCIENTOS DIECINUEVE Y 00/100

    NUEVOS SOLES (S/. 73 168 319,00), en forma proporcionala la deuda devengada que cada pliego ha informado deacuerdo a las resoluciones de reconocimiento de deudasrecibidas por el Ministerio de Economa y Finanzas al 31 dediciembre del 2014;

    Que, los artculos 44 y 45 del Texto nico Ordenadode la Ley N 28411, Ley General del Sistema Nacionalde Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N304-2012-EF, establecen que las Leyes de Presupuesto delSector Pblico consideran una Reserva de Contingenciaque constituye un crdito presupuestario global, destinadaa financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura nopueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos,disponiendo que las transferencias o habilitaciones quese efecten con cargo a la Reserva de Contingencia seautorizan mediante decreto supremo refrendado por elMinistro de Economa y Finanzas;

    Que, adicionalmente, a lo establecido por la PrimeraDisposicin Complementaria Final de la Ley N 30281,Ley de Presupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal2015, y de acuerdo a lo sealado en los considerandosprecedentes, es necesario autorizar una Transferenciade Partidas con cargo a los recursos de la Reservade Contingencia del pliego Ministerio de Economa yFinanzas, hasta por la suma de VEINTITRES MILLONESCIENTO SESENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOSDIECINUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 23 168319,00), destinado realizar el pago del monto devengadodel beneficio otorgado por el Decreto de Urgencia N 037-94, en el marco de la Ley N 29702 y modificatoria, y deconformidad con los fines del Fondo D.U. N 037-94,creado mediante Decreto de Urgencia N 051-2007;

    Que, adems la Segunda Disposicin ComplementariaFinal de la Ley N 30281 seala que mediante decretosupremo refrendado por el Ministro de Economay Finanzas, a propuesta de la Oficina General deAdministracin, en coordinacin con la Oficina Generalde Planificacin y Presupuesto de dicho Ministerio, seaprobarn las disposiciones complementarias para lamejor aplicacin de lo establecido en dicha disposicin;

    Que, en virtud de los considerandos precedentesresulta necesario autorizar una Transferencia dePartidas en el Presupuesto del Sector Pblico para elAo Fiscal 2015, hasta por la suma de SETENTA YTRES MILLONES CIENTO SESENTA Y OCHO MILTRESCIENTOS DIECINUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES

    (S/. 73 168 319,00), as como aprobar las disposicionescomplementarias para la mejor aplicacin de lo dispuestoen la Primera Disposicin Complementaria Final de la LeyN 30281;

    De conformidad con lo dispuesto en la Primera ySegunda Disposicin Complementaria Final de la LeyN 30281, Ley de Presupuesto del Sector Pblico parael Ao Fiscal 2015; artculo 45 del Texto nico Ordenadode la Ley N 28411, Ley General del Sistema Nacionalde Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N304-2012-EF, y el Decreto Supremo N 180-2012-EF;

    DECRETA:

    Ar tculo 1.- Transferencia de Partidas1.1. Autorzase una Transferencia de Partidas en el

    Presupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal 2015,hasta por la suma de SETENTA Y TRES MILLONES CIENTOSESENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS DIECINUEVE Y00/100 NUEVOS SOLES (S/. 73 168 319,00); destinadoal Fondo D.U. N 037-94, creado mediante Decreto deUrgencia N 051-2007, con el objeto de realizar el pagodel monto devengado en el marco de la Ley N 29702 ymodificatoria, cuya informacin haya sido recibida por el

    Ministerio de Economa y Finanzas al 31 de diciembre de2014, conforme a lo indicado en la parte considerativa de lapresente norma, de acuerdo al siguiente detalle:

    En Nuevos SolesDE LA:

    SECCIN PRIMERA : GOBIERNO CENTRALPLIEGO 009 : Ministerio de Economa y FinanzasUNIDAD EJECUTORA 001 : Administracin General

    ASIGNACIONES PRESUPUESTARIASQUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS

    ACTIVIDAD 5000415 : Administracin del Proceso

    Presupuestario del Sector Pblico

    FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

    GASTOS CORRIENTES 2.0 Reserva de Contingencia 73 168 319,00

    -------------------- TOTAL EGRESOS: 73 168 319,00 ===========

    En Nuevos SolesA LA:

    SECCIN PRIMERA : GOBIERNO CENTRALSECCIN SEGUNDA : INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS

    ASIGNACIONES PRESUPUESTARIASQUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS

    FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : RecursosOrdinarios 73 168 319,00

    ------------------- TOTAL EGRESOS: 73 168 319,00 ===========

    1.2 Los pliegos habilitados en el numeral precedente,a nivel de genrica de gasto, se detallan en el Anexo ITransferencia de Partidas de la Reserva de Contingenciaa diversos pliegos del Gobierno Nacional e InstanciasDescentralizadas, que forma parte integrante delpresente decreto supremo, el cual se publica en el portalinstitucional del Ministerio de Economa y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicacin de lapresente norma en el Diario Oficial El Peruano.

    Ar tculo 2.- Procedimiento para la AprobacinInstitucional

    2.1. Los titulares de los pliegos habilitados en la presenteTransferencia de Partidas aprueban mediante resolucin, ladesagregacin de los recursos autorizados en el numeral1.1 del artculo 1 de la presente norma, a nivel programtico,dentro de los cinco (5) das calendario de la vigencia delpresente dispositivo legal. Copia de la resolucin ser remitidadentro de los cinco (5) das de aprobada a los organismos

    sealados en el numeral 23.2 del artculo 23 del Texto nicoOrdenado de la Ley N 28411, Ley General del SistemaNacional de Presupuesto, aprobado mediante DecretoSupremo N 304-2012-EF y modificatorias.

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    /

    2.2. La Oficina de Presupuesto o la que haga sus vecesen los pliegos involucrados, solicitar a la Direccin Generalde Presupuesto Pblico las codificaciones que se requierancomo consecuencia de la incorporacin de nuevas partidasde ingresos, finalidades y unidades de medida.

    2.3. La Oficina de Presupuesto o la que haga susveces en los pliegos involucrados instruir a las UnidadesEjecutoras para que elaboren las correspondientes Notaspara Modificacin Presupuestaria que se requieran,como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

    Ar tculo 3.- Limitacin al uso de los recursosLos recursos de la transferencia de partidas a que hace

    referencia el numeral 1.1 del artculo 1 del presente decretosupremo no podrn ser destinados, bajo responsabilidad, afines distintos para los cuales son transferidos.

    Ar tculo 4.- PagosLos pliegos comprendidos en los alcances del presente

    decreto supremo realizan los pagos de los montos devengadosde sus beneficiarios, segn lo dispuesto en la Ley N 29702y modificatoria, de acuerdo a los criterios y procedimientosestablecidos en el Anexo I del Decreto Supremo N 180-2012-EF, aprobados en el marco de la Cuarta DisposicinComplementaria Final de la Ley N 29812.

    Ar tculo 5. PlazoLos pliegos efectan los abonos respectivos en las cuentas

    bancarias que utilizan para el pago de las remuneracionesy pensiones del personal activo o cesante, dentro de lostreinta (30) das calendario de incorporacin de los recursostransferidos por el Ministerio de Economa y Finanzas.

    Ar tculo 6.- Aprobacin de cr it erios yprocedimientos complementarios

    Aprubanse Los Criterios y ProcedimientosComplementarios para la mejor aplicacin de lo dispuesto enla Segunda Disposicin Complementaria Final de la Ley N30281, los mismos que, en el Anexo II, forman parte integrantedel presente decreto supremo, el que ser publicado en elportal institucional del Ministerio de Economa y Finanzas(www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicacin de lapresente norma en el Diario Oficial El Peruano.

    Ar tculo 7.- Refrendo

    El presente Decreto Supremo es refrendado por elMinistro de Economa y Finanzas.

    DISPOSICION COMPLEMENTARIA DEROGATORIA

    nica.- DerogacinDerganse los Decretos Supremos Ns 012-2008-EF,

    034-2008-EF y 058-2008-EF. Asimismo, de acuerdo al

    plazo sealado en el artculo 5 del presente dispositivo,dergase el artculo 1 del Decreto Supremo N 180-2012-EF que aprueba el Anexo I Criterios y Procedimientos parala aplicacin de la Cuarta Disposicin ComplementariaFinal de la Ley N 29812, a los cuarenta y cinco (45) dascalendario de publicado el presente Decreto Supremo.

    Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a losveinticinco das del mes de noviembre del ao dos milquince.

    OLLANTA HUMALA TASSOPresidente de la Repblica

    ALONSO SEGURA VASI

    Ministro de Economa y Finanzas1316490-2

    Aprueban ndices de Distribucin de laRegala Minera correspondientes al mes deoctubre de 2015

    RESOLUCIN MINISTERIALN 361-2015-EF/50

    Lima, 25 de noviembre de 2015

    CONSIDERANDO:

    Que, la Ley N 28258, Ley de Regala Minera,modificada por las Leyes Ns. 28323 y 29788, establecela Regala Minera, su constitucin, determinacin,administracin, distribucin y utilizacin;

    Que, el numeral 2.1 del artculo 2 de la Ley N 28258,seala que la Regala Minera es la contraprestacineconmica que los sujetos de la actividad minera paganal Estado por la explotacin de los recursos mineralesmetlicos y no metlicos;

    Que, el numeral 8.2 del artculo 8 de la Ley N 28258,seala que el Ministerio de Economa y Finanzas distribuirmensualmente los recursos recaudados por concepto deRegala Minera en el plazo mximo de treinta (30) dascalendario despus del ltimo da de pago de la RegalaMinera;

    Que, el numeral 16.5 del artculo 16 del Reglamentode la Ley N 28258, Ley de Regala Minera, aprobadomediante Decreto Supremo N 157-2004-EF y normasmodificatorias, dispone que el Ministerio de Economay Finanzas determinar los ndices de distribucin dela regala minera del ltimo mes y/o del ltimo trimestre,segn sea el caso, los que sern aprobados mensualmentea travs de una Resolucin Ministerial;

    Que, el literal b) del numeral 15.5 del artculo 15 del

    Texto nico Ordenado de la Ley N 28411, Ley Generaldel Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado medianteDecreto Supremo N 304-2012-EF, en concordancia conlo dispuesto en la Cuarta Disposicin ComplementariaFinal del Decreto Supremo N 117-2014-EF, que apruebael Reglamento de Organizacin y Funciones del Ministeriode Economa y Finanzas, establece que los ndices deDistribucin de la Regala Minera son aprobados por elMinisterio de Economa y Finanzas mediante ResolucinMinisterial sobre la base de los clculos que para tal efectoformule la Direccin General de Presupuesto Pblico deeste Ministerio, segn los criterios establecidos en elmarco legal correspondiente;

    Que, sobre la base de la informacin proporcionadapor el Instituto Nacional de Estadstica e Informtica

    - INEI mediante los Oficios Ns. 038, 089, 469, 667,2037 y 2038-2015-INEI/DTDIS; por la SuperintendenciaNacional de Aduanas y de Administracin Tributaria -SUNAT, segn el Oficio N 87-2015-SUNAT/5A0000;y el Ministerio de Educacin - MINEDU, mediante elOficio N 050-2015-MINEDU/VMGP-DIGESUTP, laDireccin General de Presupuesto Pblico del Ministeriode Economa y Finanzas ha efectuado los clculoscorrespondientes para la determinacin de los ndices deDistribucin de la Regala Minera del mes de octubre de2015;

    Que, en virtud de lo sealado en los considerandosprecedentes resulta necesario aprobar los ndices deDistribucin de la Regala Minera correspondientes almes de octubre de 2015;

    De conformidad con lo dispuesto en la Ley N 28258- Ley de Regala Minera y sus modificatorias, el Textonico Ordenado de la Ley N 28411, aprobado medianteDecreto Supremo N 304-2012-EF, el Decreto SupremoN 117-2014-EF, el Decreto Supremo N 157-2004-EF ysus normas modificatorias y complementarias;

    SE RESUELVE:

    Ar tculo 1.- Aprobar los ndices de Distribucin dela Regala Minera correspondientes al mes de octubrede 2015, a aplicar a los Gobiernos Locales, GobiernosRegionales y Universidades Nacionales beneficiados conla Regala Minera, conforme al Anexo que forma parte dela presente Resolucin Ministerial.

    Art cul o 2.- Los ndices de Distribucin de laRegala Minera correspondientes al mes de octubrede 2015 consideran la informacin remitida por elInstituto Nacional de Estadstica e Informtica -INEI, la Superintendencia Nacional de Aduanas y deAdministracin Tributaria - SUNAT y el Ministerio deEducacin - MINEDU, segn los porcentajes y criteriosde distribucin establecidos en el artculo 8 de la LeyN 28258 - Ley de Regala Minera, y el artculo 13del Reglamento de la Ley N 28258 - Ley de RegalaMinera, aprobado por Decreto Supremo N 157-2004-EF y normas modificatorias.

    Ar tculo 3.- La presente Resolucin Ministerial y surespectivo Anexo sern publicados en el Diario OficialEl Peruano y en el portal institucional del Ministerio deEconoma y Finanzas (www.mef.gob.pe).

    Regstrese, comunquese y publquese.

    ALONSO SEGURA VASIMinistro de Economa y Finanzas

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    ANEXO

    NDICES DE DISTRIBUCINREGALA MINERAOCTUBRE DE 2015

    GOBIERNO LOCAL (DEPARTAMENTO / PROVINCIA/ MUNICIPALIDAD), GOBIERNO REGIONAL Y

    UNIVERSIDADES NACIONALESNDICE

    TOTAL 1.0000000000

    GOBIERNOS LOCALES

    AREQUIPA

    AREQUIPA

    AREQUIPA 0.0002264009

    ALTO SELVA ALEGRE 0.0006722059CAYMA 0.0008105660

    CERRO COLORADO 0.0028550902

    CHARACATO 0.0002348723

    CHIGUATA 0.0000957361

    JACOBO HUNTER 0.0003562914

    LA JOYA 0.0009194346

    MARIANO MELGAR 0.0005240961

    MIRAFLORES 0.0003679852

    MOLLEBAYA 0.0000663978

    PAUCARPATA 0.0010531347

    POCSI 0.0000181437

    POLOBAYA 0.0000488433

    QUEQUEA 0.0000388633

    SABANDIA 0.0001191254

    SACHACA 0.0004095129

    SAN JUAN DE SIGUAS 0.0000590309

    SAN JUAN DETARUCANI

    0.0000798760

    SANTA ISABEL DESIGUAS

    0.0000500787

    SANTA RITA DE SIGUAS 0.0002060674

    SOCABAYA 0.0008513303

    TIABAYA 0.0003332492

    UCHUMAYO 0.0002266915

    VITOR 0.0000927000YANAHUARA 0.0001085421

    YARABAMBA 0.0000436168

    YURA 0.0009977025

    JOSE LUISBUSTAMANTE YRIVERO

    0.0003655430

    CAMANA

    CAMANA 0.0001943850

    JOSE MARIA QUIMPER 0.0001377394

    MARIANO NICOLASVALCARCEL

    0.0002715232

    MARISCAL CACERES 0.0002186093NICOLAS DE PIEROLA 0.0001398450

    OCOA 0.0001456698

    QUILCA 0.0000261222

    SAMUEL PASTOR 0.0003678797

    CARAVELI

    CARAVELI 0.0000492508

    ACARI 0.0001174329

    ATICO 0.0001233069

    ATIQUIPA 0.0000357194

    BELLA UNION 0.0002570416

    CAHUACHO 0.0000309610CHALA 0.0002518844

    CHAPARRA 0.0001695744

    GOBIERNO LOCAL (DEPARTAMENTO / PROVINCIA/ MUNICIPALIDAD), GOBIERNO REGIONAL Y

    UNIVERSIDADES NA CIONALESNDICE

    HUANUHUANU 0.0001213566

    JAQUI 0.0000376559LOMAS 0.0000520724

    QUICACHA 0.0000508170

    YAUCA 0.0000343985

    CASTILLA

    APLAO 0.0001979833

    ANDAGUA 0.0000418026

    AYO 0.0000156456

    CHACHAS 0.0000646306

    CHILCAYMARCA 0.0000425791

    CHOCO 0.0000399758

    HUANCARQUI 0.0000336181MACHAGUAY 0.0000157022

    ORCOPAMPA 0.0001253338

    PAMPACOLCA 0.0000584094

    TIPAN 0.0000074789

    UON 0.0000171289

    URACA 0.0001575432

    VIRACO 0.0000330852

    CAYLLOMA

    CHIVAY 0.0002762910

    ACHOMA 0.0000440300

    CABANACONDE 0.0001185402CALLALLI 0.0001509771

    CAYLLOMA 0.0028961714

    COPORAQUE 0.0000857566

    HUAMBO 0.0000320334

    HUANCA 0.0000979330

    ICHUPAMPA 0.0000331307

    LARI 0.0000640734

    LLUTA 0.0000873964

    MACA 0.0000426416

    MADRIGAL 0.0000299403

    SAN ANTONIO DECHUCA

    0.0001154970

    SIBAYO 0.0000355261

    TAPAY 0.0000398198

    TISCO 0.0001041460

    TUTI 0.0000344683

    YANQUE 0.0001123447

    MAJES 0.0039540134

    CONDESUYOS

    CHUQUIBAMBA 0.0010573452

    ANDARAY 0.0003054131

    CAYARANI 0.0095864376

    CHICHAS 0.0003882479

    IRAY 0.0001899160RIO GRANDE 0.0010552429

    SALAMANCA 0.0005136594

    YANAQUIHUA 0.0030753879

    ISLAY

    MOLLENDO 0.0002886089

    COCACHACRA 0.0002461099

    DEAN VALDIVIA 0.0001810009

    ISLAY 0.0001619509

    MEJIA 0.0000316974

    PUNTA DE BOMBON 0.0001568194

    LA UNION

    COTAHUASI 0.0000701225

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    El Peruano

    /

    GOBIERNO LOCAL (DEPARTAMENTO / PROVINCIA/ MUNICIPALIDAD), GOBIERNO REGIONAL Y

    UNIVERSIDADES NACIONALESNDICE

    ALCA 0.0000798791

    CHARCANA 0.0000166829HUAYNACOTAS 0.0000703651

    PAMPAMARCA 0.0000470584

    PUYCA 0.0001092689

    QUECHUALLA 0.0000078703

    SAYLA 0.0000215561

    TAURIA 0.0000127970

    TOMEPAMPA 0.0000124005

    TORO 0.0000265336

    CUSCO

    CUSCO CUSCO 0.0113498768

    CCORCA 0.0008876979

    POROY 0.0027712309

    SAN JERONIMO 0.0064926459

    SAN SEBASTIAN 0.0126450523

    SANTIAGO 0.0106836918

    SAYLLA 0.0010595239

    WANCHAQ 0.0025230147

    ACOMAYO

    ACOMAYO 0.0017085926

    ACOPIA 0.0004909745

    ACOS 0.0007368562MOSOC LLACTA 0.0008390082

    POMACANCHI 0.0027694530

    RONDOCAN 0.0007524961

    SANGARARA 0.0010646774

    ANTA

    ANTA 0.0047197317

    ANCAHUASI 0.0023534974

    CACHIMAYO 0.0005807045

    CHINCHAYPUJIO 0.0014510321

    HUAROCONDO 0.0018788914

    LIMATAMBO 0.0039415283MOLLEPATA 0.0007914921

    PUCYURA 0.0011182536

    ZURITE 0.0009578423

    CALCA

    CALCA 0.0051786520

    COYA 0.0012361279

    LAMAY 0.0015486972

    LARES 0.0027156315

    PISAC 0.0028517215

    SAN SALVADOR 0.0019527262

    TARAY 0.0018393507YANATILE 0.0043520718

    CANAS

    YANAOCA 0.0032126365

    CHECCA 0.0025099075

    KUNTURKANKI 0.0021935105

    LANGUI 0.0007648880

    LAYO 0.0020487377

    PAMPAMARCA 0.0007048458

    QUEHUE 0.0013653541

    TUPAC AMARU 0.0011633852

    CANCHIS

    SICUANI 0.0103838953

    GOBIERNO LOCAL (DEPARTAMENTO / PROVINCIA/ MUNICIPALIDAD), GOBIERNO REGIONAL Y

    UNIVERSIDADES NACIONALESNDICE

    CHECACUPE 0.0014420714

    COMBAPATA 0.0012520486MARANGANI 0.0030610782

    PITUMARCA 0.0023901134

    SAN PABLO 0.0014001210

    SAN PEDRO 0.0007659022

    TINTA 0.0012286098

    CHUMBIVILCAS

    SANTO TOMAS 0.0085369569

    CAPACMARCA 0.0018718072

    CHAMACA 0.0032458950

    COLQUEMARCA 0.0024783564

    LIVITACA 0.0052452772LLUSCO 0.0028381467

    QUIOTA 0.0015642942

    VELILLE 0.0032016256

    ESPINAR

    ESPINAR 0.2154673598

    CONDOROMA 0.0047575859

    COPORAQUE 0.0584052573

    OCORURO 0.0054310015

    PALLPATA 0.0173973507

    PICHIGUA 0.0122751016

    SUYCKUTAMBO 0.0078449061

    ALTO PICHIGUA 0.0106599249

    LA CONVENCION

    SANTA ANA 0.0056813756

    ECHARATE 0.0172507720

    HUAYOPATA 0.0012497073

    MARANURA 0.0024716821

    OCOBAMBA 0.0026617882

    QUELLOUNO 0.0068289596

    KIMBIRI 0.0059379190

    SANTA TERESA 0.0026117034

    VILCABAMBA 0.0057012193

    PICHARI 0.0071206319INKAWASI 0.0011436880

    VILLA VIRGEN 0.0003898961

    VILLA KINTIARINA 0.0008683238

    PARURO

    PARURO 0.0008258365

    ACCHA 0.0013873820

    CCAPI 0.0012459180

    COLCHA 0.0004224493

    HUANOQUITE 0.0018209688

    OMACHA 0.0027817463

    PACCARITAMBO 0.0006102498PILLPINTO 0.0003519333

    YAURISQUE 0.0007394853

    PAUCARTAMBO

    PAUCARTAMBO 0.0042765720

    CAICAY 0.0008969058

    CHALLABAMBA 0.0041148286

    COLQUEPATA 0.0034769067

    HUANCARANI 0.0019694076

    KOSIPATA 0.0017993229

    QUISPICANCHIURCOS 0.0019502741

    ANDAHUAYLILLAS 0.0013178435

  • 7/24/2019 Normas Legales, jueves 26 de noviembre del 2015

    14/80

    567220 NORMAS LEGALES Jueves 26 de noviembre de 2015 / El Peruano

    GOBIERNO LOCAL (DEPARTAMENTO / PROVINCIA/ MUNICIPALIDAD), GOBIERNO REGIONAL Y

    UNIVERSIDADES NACIONALESNDICE

    CAMANTI 0.0008266812

    CCARHUAYO 0.0012551613CCATCA 0.0051988919

    CUSIPATA 0.0016835543

    HUARO 0.0011236756

    LUCRE 0.0012967869

    MARCAPATA 0.0017648838

    OCONGATE 0.0052154309

    OROPESA 0.0014791353

    QUIQUIJANA 0.0033550320

    URUBAMBA

    URUBAMBA 0.0050078657

    CHINCHERO 0.0030573821HUAYLLABAMBA 0.0012351057

    MACHUPICCHU 0.0009281966

    MARAS 0.0019577527

    OLLANTAYTAMBO 0.0034604277

    YUCAY 0.0003431335

    LIMA

    BARRANCA

    BARRANCA 0.0022273956

    PARAMONGA 0.0007921966

    PATIVILCA 0.0009156092

    SUPE 0.0013560162SUPE PUERTO 0.0004601088

    CAJATAMBO

    CAJATAMBO 0.0001364197

    COPA 0.0000774209

    GORGOR 0.0002285740

    HUANCAPON 0.0000866629

    MANAS 0.0000699450

    CANTA

    CANTA 0.0001146128

    ARAHUAY 0.0000501815HUAMANTANGA 0.0000942414

    HUAROS 0.0000499726

    LACHAQUI 0.0000663023

    SAN BUENAVENTURA 0.0000339895

    SANTA ROSA DEQUIVES

    0.0005384059

    CAETE

    SAN VICENTE DECAETE

    0.0028131172

    ASIA 0.0005316144

    CALANGO 0.0001305909

    CERRO AZUL 0.0004235545CHILCA 0.0009041221

    COAYLLO 0.0000867816

    IMPERIAL 0.0015236648

    LUNAHUANA 0.0003800508

    MALA 0.0017288032

    NUEVO IMPERIAL 0.0019517746

    PACARAN 0.0000994866

    QUILMANA 0.0010856793

    SAN ANTONIO 0.0001818065

    SAN LUIS 0.0008031374

    SANTA CRUZ DEFLORES 0.0001227242ZUIGA 0.0001669955

    HUARAL

    GOBIERNO LOCAL (DEPARTAMENTO / PROVINCIA/ MUNICIPALIDAD), GOBIERNO REGIONAL Y

    UNIVERSIDADES NA CIONALESNDICE

    HUARAL 0.0149911435

    ATAVILLOS ALTO 0.0001989343ATAVILLOS BAJO 0.0002923004

    AUCALLAMA 0.0057726823

    CHANCAY 0.0114723879

    IHUARI 0.0007536025

    LAMPIAN 0.0000976913

    PACARAOS 0.0001524417

    SAN MIGUEL DE ACOS 0.0001454490

    SANTA CRUZ DEANDAMARCA

    0.0249341851

    SUMBILCA 0.0003125004

    VEINTISIETE DENOVIEMBRE

    0.0001079922

    HUAROCHIRI

    MATUCANA 0.0001771341

    ANTIOQUIA 0.0000858689

    CALLAHUANCA 0.0001558357

    CARAMPOMA 0.0001240450

    CHICLA 0.0004375023

    CUENCA 0.0000359727

    HUACHUPAMPA 0.0002081572

    HUANZA 0.0001314409

    HUAROCHIRI 0.0001185198

    LAHUAYTAMBO 0.0000636546

    LANGA 0.0000649970LARAOS 0.0002155832

    MARIATANA 0.0001230143

    RICARDO PALMA 0.0002410804

    SAN ANDRES DETUPICOCHA

    0.0001062047

    SAN ANTONIO 0.0005075878

    SAN BARTOLOME 0.0001442627

    SAN DAMIAN 0.0000909416

    SAN JUAN DE IRIS 0.0001617858

    SAN JUAN DETANTARANCHE

    0.0000422539

    SAN LORENZO DE

    QUINTI 0.0000869507SAN MATEO 0.0002021323

    SAN MATEO DE OTAO 0.0001109218

    SAN PEDRO DE CASTA 0.0001156715

    SAN PEDRO DEHUANCAYRE

    0.0000232330

    SANGALLAYA 0.0000533561

    SANTA CRUZ DECOCACHACRA

    0.0000913123

    SANTA EULALIA 0.0005568674

    SANTIAGO DEANCHUCAYA

    0.0000424402

    SANTIAGO DE TUNA 0.0000663679

    SANTO DOMINGO DELOS OLLEROS

    0.0003830378

    SURCO 0.0001073956

    HUAURA

    HUACHO 0.0013708012

    AMBAR 0.0002376192

    CALETA DE CARQUIN 0.0003427086

    CHECRAS 0.0001677521

    HUALMAY 0.0005689118

    HUAURA 0.0014620208

    LEONCIO PRADO 0.0001790318

    PACCHO 0.0001800764SANTA LEONOR 0.0001267022

    SANTA MARIA 0.0018792750

  • 7/24/2019 Normas Legales, jueves 26 de noviembre del 2015

    15/80

    567221NORMAS LEGALESJueves 26 de noviembre de 2015

    El Peruano

    /

    GOBIERNO LOCAL (DEPARTAMENTO / PROVINCIA/ MUNICIPALIDAD), GOBIERNO REGIONAL Y

    UNIVERSIDADES NACIONALESNDICE

    SAYAN 0.0015315077

    VEGUETA 0.0018185736

    OYON

    OYON 0.0008452062

    ANDAJES 0.0000758216

    CAUJUL 0.0000595380

    COCHAMARCA 0.0001517699

    NAVAN 0.0000962653

    PACHANGARA 0.0001959654

    YAUYOS

    YAUYOS 0.0002586208

    ALIS 0.0001136150AYAUCA 0.0002080580

    AYAVIRI 0.0000472562

    AZANGARO 0.0000411998

    CACRA 0.0000321770

    CARANIA 0.0000346606

    CATAHUASI 0.0000814081

    CHOCOS 0.0001048903

    COCHAS 0.0000364845

    COLONIA 0.0001241926

    HONGOS 0.0000373994

    HUAMPARA 0.0000085309

    HUANCAYA 0.0001179423HUANGASCAR 0.0000538325

    HUANTAN 0.0000888709

    HUAEC 0.0000297216

    LARAOS 0.0000712783

    LINCHA 0.0000866043

    MADEAN 0.0000703686

    MIRAFLORES 0.0000308866

    OMAS 0.0000435516

    PUTINZA 0.0000454271

    QUINCHES 0.0000666499

    QUINOCAY 0.0000431993

    SAN JOAQUIN 0.0000210950SAN PEDRO DE PILAS 0.0000244795

    TANTA 0.0000334810

    TAURIPAMPA 0.0000398533

    TOMAS 0.0001051297

    TUPE 0.0000612935

    VIAC 0.0001493889

    VITIS 0.0000594991

    PASCO

    PASCO

    CHAUPIMARCA 0.0000089907

    HUACHON 0.0000031295HUARIACA 0.0000030003

    HUAYLLAY 0.0000074186

    NINACACA 0.0000022630

    PALLANCHACRA 0.0000032338

    PAUCARTAMBO 0.0000143598

    SAN FRANCISCO DEASIS DE YARUSYAC

    0.0000059754

    SIMON BOLIVAR 0.0000055260

    TICLACAYAN 0.0000080279

    TINYAHUARCO 0.0000020025

    VICCO 0.0000015124

    YANACANCHA 0.0000084282

    DANIEL ALCIDES CARRION

    GOBIERNO LOCAL (DEPARTAMENTO / PROVINCIA/ MUNICIPALIDAD), GOBIERNO REGIONAL Y

    UNIVERSIDADES NACIONALESNDICE

    YANAHUANCA 0.0000221216

    CHACAYAN 0.0000102083GOYLLARISQUIZGA 0.0000091693

    PAUCAR 0.0000042456

    SAN PEDRO DE PILLAO 0.0000043027

    SANTA ANA DE TUSI 0.0001301137

    TAPUC 0.0000095011

    VILCABAMBA 0.0000037866

    OXAPAMPA

    OXAPAMPA 0.0000093648

    CHONTABAMBA 0.0000019939

    HUANCABAMBA 0.0000032082

    PALCAZU 0.0000070527POZUZO 0.0000060571

    PUERTO BERMUDEZ 0.0000112907

    VILLA RICA 0.0000100984

    CONSTITUCION 0.0000076153

    PUNO

    PUNO

    PUNO 0.0008508544

    ACORA 0.0004514375

    AMANTANI 0.0000786187

    ATUNCOLLA 0.0000999396

    CAPACHICA 0.0001817747CHUCUITO 0.0001013320

    COATA 0.0001420334

    HUATA 0.0001830311

    MAAZO 0.0000684344

    PAUCARCOLLA 0.0000902396

    PICHACANI 0.0000857985

    PLATERIA 0.0001363750

    SAN ANTONIO 0.0000668752

    TIQUILLACA 0.0000305081

    VILQUE 0.0000542271

    AZANGAROAZANGARO 0.0003512559

    ACHAYA 0.0000791844

    ARAPA 0.0001202714

    ASILLO 0.0002793401

    CAMINACA 0.0000630081

    CHUPA 0.0002303044

    JOSE DOMINGOCHOQUEHUANCA

    0.0000934482

    MUANI 0.0001175710

    POTONI 0.0001040263

    SAMAN 0.0002463275

    SAN ANTON 0.0001429731

    SAN JOSE 0.0000973443

    SAN JUAN DE SALINAS 0.0000757606

    SANTIAGO DE PUPUJA 0.0000903456

    TIRAPATA 0.0000508171

    CARABAYA

    MACUSANI 0.0001526621

    AJOYANI 0.0000275326

    AYAPATA 0.0001837993

    COASA 0.0002806072

    CORANI 0.0000685588

    CRUCERO 0.0001516551

    ITUATA 0.0001116882OLLACHEA 0.0000981746

    SAN GABAN 0.0000695277

  • 7/24/2019 Normas Legales, jueves 26 de noviembre del 2015

    16/80

    567222 NORMAS LEGALES Jueves 26 de noviembre de 2015 / El Peruano

    GOBIERNO LOCAL (DEPARTAMENTO / PROVINCIA/ MUNICIPALIDAD), GOBIERNO REGIONAL Y

    UNIVERSIDADES NACIONALESNDICE

    USICAYOS 0.0003370400

    CHUCUITO

    JULI 0.0003215161

    DESAGUADERO 0.0003383036

    HUACULLANI 0.0003912162

    KELLUYO 0.0004207485

    PISACOMA 0.0002217446

    POMATA 0.0002531177

    ZEPITA 0.0003120799

    EL COLLAO

    ILAVE 0.0008336117

    CAPAZO 0.0000340486PILCUYO 0.0002261149

    SANTA ROSA 0.0001320377

    CONDURIRI 0.0000748185

    HUANCANE

    HUANCANE 0.0002215452

    COJATA 0.0000743454

    HUATASANI 0.0000820143

    INCHUPALLA 0.0000527085

    PUSI 0.0001102907

    ROSASPATA 0.0000869690

    TARACO 0.0002405120

    VILQUE CHICO 0.0001384102

    LAMPA

    LAMPA 0.0001809729

    CABANILLA 0.0000886987

    CALAPUJA 0.0000257972

    NICASIO 0.0000471323

    OCUVIRI 0.0000495883

    PALCA 0.0000490039

    PARATIA 0.0001381501

    PUCARA 0.0000730832

    SANTA LUCIA 0.0001037014

    VILAVILA 0.0000729261

    MELGAR

    AYAVIRI 0.0002130998

    ANTAUTA 0.0000642003

    CUPI 0.0000531498

    LLALLI 0.0000798327

    MACARI 0.0001317987

    NUOA 0.0001764203

    ORURILLO 0.0001652399

    SANTA ROSA 0.0001068461

    UMACHIRI 0.0000610403

    MOHO

    MOHO 0.0002071076

    CONIMA 0.0000315793

    HUAYRAPATA 0.0000745887

    TILALI 0.0000352600

    SAN ANTONIO DE PUTINA

    PUTINA 0.0004667633

    ANANEA 0.0005568420

    PEDRO VILCA APAZA 0.0000496911

    QUILCAPUNCU 0.0000898721

    SINA 0.0000278320

    SAN ROMAN

    GOBIERNO LOCAL (DEPARTAMENTO / PROVINCIA/ MUNICIPALIDAD), GOBIERNO REGIONAL Y

    UNIVERSIDADES NA CIONALESNDICE

    JULIACA 0.0022236970

    CABANA 0.0000744722CABANILLAS 0.0000645891

    CARACOTO 0.0000958327

    SANDIA

    SANDIA 0.0019139010

    CUYOCUYO 0.0006599783

    LIMBANI 0.0006174174

    PATAMBUCO 0.0006220038

    PHARA 0.0006817594

    QUIACA 0.0096356829

    SAN JUAN DEL ORO 0.0019890663

    YANAHUAYA 0.0002735965ALTO INAMBARI 0.0013278277

    SAN PEDRO DE PUTINAPUNCO

    0.0019756734

    YUNGUYO

    YUNGUYO 0.0003448089

    ANAPIA 0.0000505438

    COPANI 0.0000887501

    CUTURAPI 0.0000214624

    OLLARAYA 0.0000611636

    TINICACHI 0.0000278981

    UNICACHI 0.0000675286

    GOBIERNOS REGIONALES

    GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DEAREQUIPA

    0.0078716986

    GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE CUSCO 0.1167085295

    GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE LIMA 0.0184123858

    GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE PASCO 0.0000607497

    GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE PUNO 0.0069466364

    UNIVERSIDADES NACIONALES

    UNIVERSIDAD NACIONAL DANIEL ALCIDES CARRIN 0.0000202499

    UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAETE 0.0020458206

    UNIVERSIDAD NACIONAL DE J ULIACA 0.0011577727

    UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN AGUSTIN 0.0026238995

    UNIVERSIDAD NACIONAL DE SA N ANTONIO ABAD DELCUSCO

    0.0194514217

    UNIVERSIDAD NACIONAL DEL ALTIPLANO 0.0011577727

    UNIVERSIDAD NACIONAL JOSE FAUSTINO SANCHEZCARRION

    0.0020458206

    UNIVERSIDAD NACIONAL DE B ARRANCA 0.0020458206

    UNIVERSIDAD NACIONAL INTERCULTURAL DE

    QUILLABAMBA0.0194514217

    1316341-1

  • 7/24/2019 Normas Legales, jueves 26 de noviembre del 2015

    17/80

    567223NORMAS LEGALESJueves 26 de noviembre de 2015

    El Peruano

    /

    EDUCACION

    Designan Director de la Direccin de

    Educacin Bsica para Estudiantescon Desempeo Sobresaliente y AltoRendimiento

    RESOLUCIN MINISTERIALN 541-2015-MINEDU

    Lima, 25 de noviembre de 2015

    CONSIDERANDO:

    Que, mediante Resolucin Ministerial N254-2015-MINEDU se design a la seora CARMENROSA ALVAREZ ESTRADA en el cargo de Directora

    de la Direccin de Educacin Bsica para Estudiantescon Desempeo Sobresaliente y Alto Rendimiento de laDireccin General de Servicios Educativos Especializados,dependiente del Despacho Viceministerial de GestinPedaggica;

    Que, la citada funcionaria ha presentado renuncia alcargo que vena desempeando;

    Que, por lo expuesto, resulta necesario aceptar lareferida renuncia y designar al funcionario que ejercerel cargo de Director de la Direccin de Educacin Bsicapara Estudiantes con Desempeo Sobresaliente y AltoRendimiento;

    De conformidad con lo previsto en el Decreto LeyN 25762, Ley Orgnica del Ministerio de Educacin,modificado por la Ley N 26510; en la Ley N 27594,

    Ley que regula la participacin del Poder Ejecutivoen el nombramiento y designacin de funcionariospblicos; en el Reglamento de la Carrera Administrativaaprobado por Decreto Supremo N 005-90-PCM; y,en el Reglamento de Organizacin y Funciones delMinisterio de Educacin aprobado por Decreto SupremoN 001-2015-MINEDU;

    SE RESUELVE:

    Ar tculo 1.- Aceptar la renuncia formulada por laseora CARMEN ROSA ALVAREZ ESTRADA al cargode Directora de la Direccin de Educacin Bsicapara Estudiantes con Desempeo Sobresaliente yAlto Rendimiento de la Direccin General de Servicios

    Educativos Especializados, dependiente del DespachoViceministerial de Gestin Pedaggica; dndosele lasgracias por los servicios prestados.

    Ar tculo 2.- Designar al seor EDMER TRUJILLOMORI en el cargo de Director de la Direccin de EducacinBsica para Estudiantes con Desempeo Sobresalientey Alto Rendimiento de la Direccin General de ServiciosEducativos Especializados, dependiente del DespachoViceministerial de Gestin Pedaggica.

    Regstrese, comunique y publquese.

    JAIME SAAVEDRA CHANDUVMinistro de Educacin

    1316339-1

    Modiican las Bases del III ConcursoNacional Nuestras Loncheras y QuioscosSaludables, aprobadas por R. VM. N0442015MINEDU

    RESOLUCIN VICEMINISTERIALN 079-2015-MINEDU

    Lima, 25 de noviembre de 2015

    Vistos, el Expediente N 2015-0208305, el Informe

    N 611-2015-MINEDU-VMGP-DIGEBR de la DireccinGeneral de Educacin Bsica Regular, el Informe N896-2015-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General deAsesora Jurdica, y;

    CONSIDERANDO:

    Que, de conformidad con lo dispuesto por el artculo79 de la Ley N 28044, Ley General de Educacin,el Ministerio de Educacin es el rgano del GobiernoNacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articularla poltica de educacin, cultura, recreacin y deporte, enconcordancia con la poltica general del Estado;

    Que, a travs de la Norma Tcnica denominadaNormas y Orientaciones para el Desarrollo del AoEscolar 2015 en la Educacin Bsica, aprobada porResolucin Ministerial N 556-2014-MINEDU, el Ministeriode Educacin autoriza, entre otros, el III ConcursoNacional Nuestras Loncheras y Quioscos Saludables;

    Que, mediante Resolucin Viceministerial N044-2015-MINEDU se aprobaron las Bases del IIIConcurso Nacional Nuestras Loncheras y QuioscosSaludables, el cual tiene como objetivo principal elpromover el desarrollo de hbitos saludables en laalimentacin de los estudiantes de las instituciones

    educativas de todos los niveles, ciclos y modalidades de laEducacin Bsica, incorporando los alimentos saludablesen las loncheras escolares y en el expendio de alimentosen los quioscos escolares;

    Que, mediante el Oficio N 1875-2015-MINEDU/VMGP/DIGEBR, la Directora General de la