Normas Legales 15-11-2014 [TodoDocumentos.info]

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Sábado 15 de noviembre de 2014 537655 Año XXXI - Nº 13056 AÑO DE LA PROMOCIÓN DE LA INDUSTRIA RESPONSABLE Y DEL COMPROMISO CLIMÁTICO PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA Fe de Erratas Ley N° 30262 537657 PODER EJECUTIVO AGRICULTURA Y RIEGO R.J. N° 322-2014-ANA.- Encargan funciones de Administrador de la Administración Local de Agua Mantaro 537657 CULTURA R.VM. N° 122-2014-VMPCIC-MC.- Modican R.D. N° 894/ INC y aprueban expediente técnico del Sitio Arqueológico “Cerro Azul” 537657 DEFENSA R.M. N° 930-2014 DE/SG.- Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de EE.UU. 537658 ENERGIA Y MINAS R.M. N° 490-2014-MEM/DM.- Designan Secretario Técnico encargado de brindar apoyo a las autoridades que lleven a cabo los procedimiento administrativos disciplinarios del Ministerio 537659 R.M. N° 491-2014-MEM/DM.- Dejan sin efecto las RR.MM. N°s. 067-2014-MEM/DM y 149-2014-MEM/DM 537659 PRODUCE R.M. N° 394-2014-PRODUCE.- Dan por nalizada la veda reproductiva del recurso merluza establecida por las RR.MM. Nºs. 290-2014-PRODUCE y N° 322-2014- PRODUCE 537660 SALUD R.M. N° 871-2014/MINSA.- Aprueban el “Instructivo para el proceso de nombramiento del personal de la salud 2014” 537661 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES R.VM. N° 674-2014-MTC/03.- Modican Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en FM de diversas localidades del departamento de Tacna 537662 R.D. N° 485-2014-MTC/12.- Otorgan a Ecocopter Perú S.A. la modicación de su Permiso de Operación de Aviación Comercial: Trabajo Aéreo - Fotografía, Publicidad, Inspección y Vigilancia, Prospección y Carga Externa 537663 R.D. N° 4279-2014-MTC/15.- Autorizan ampliación de la infraestructura del Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular - GNV de Autotrónica Joel Cars E.I.R.L., ubicado en el distrito de Santa Anita, provincia y departamento de Lima 537663 Fe de Erratas R.D. N° 571-2014-MTC/16 537664 ORGANISMOS EJECUTORES OFICINA NACIONAL DE GOBIERNO INTERIOR R.J. N° 0579-2014-ONAGI-J.- Designan Gobernador Provincial de San Martín, departamento de San Martín 537665 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS COMISION DE PROMOCION DEL PERU PARA LA EXPORTACION Y EL TURISMO Res. N° 260-2014-PROMPERÚ/SG.- Autorizan viaje de representantes de PROMPERÚ a EE.UU., en comisión de servicios 537666 INSTITUTO GEOLOGICO MINERO Y METALURGICO R.D. N° 007-2014-INGEMMET/SG-OAJ.- Disponen la publicación de concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de octubre del año 2014 537666 ORGANISMO TECNICO DE LA ADMINISTRACION DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO R.D. N° 006-2014-OTASS/DE.- Aprueban el Manual de Clasicador de Cargos del OTASS 537667 Sumario

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Normas Legales de El Peruano del 15/11/2014 (PDF desbloqueado)

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  • Sbado 15 de noviembre de 2014

    537655Ao XXXI - N 13056

    AO DE LA PROMOCIN DE LA INDUSTRIA RESPONSABLE Y DEL COMPROMISO CLIMTICO

    PODER LEGISLATIVO

    CONGRESO DE LA REPUBLICA

    Fe de Erratas Ley N 30262 537657

    PODER EJECUTIVO

    AGRICULTURA Y RIEGO

    R.J. N 322-2014-ANA.- Encargan funciones de Administrador de la Administracin Local de Agua Mantaro 537657

    CULTURA

    R.VM. N 122-2014-VMPCIC-MC.- Modifi can R.D. N 894/INC y aprueban expediente tcnico del Sitio Arqueolgico Cerro Azul 537657

    DEFENSA

    R.M. N 930-2014 DE/SG.- Autorizan ingreso al territorio de la Repblica de personal militar de EE.UU. 537658

    ENERGIA Y MINAS

    R.M. N 490-2014-MEM/DM.- Designan Secretario Tcnico encargado de brindar apoyo a las autoridades que lleven a cabo los procedimiento administrativos disciplinarios del Ministerio 537659R.M. N 491-2014-MEM/DM.- Dejan sin efecto las RR.MM. Ns. 067-2014-MEM/DM y 149-2014-MEM/DM 537659

    PRODUCE

    R.M. N 394-2014-PRODUCE.- Dan por fi nalizada la veda reproductiva del recurso merluza establecida por las RR.MM. Ns. 290-2014-PRODUCE y N 322-2014-PRODUCE 537660

    SALUD

    R.M. N 871-2014/MINSA.- Aprueban el Instructivo para el proceso de nombramiento del personal de la salud 2014 537661

    TRANSPORTES Y COMUNICACIONES

    R.VM. N 674-2014-MTC/03.- Modifi can Planes de Canalizacin y Asignacin de Frecuencias del Servicio de Radiodifusin Sonora en FM de diversas localidades del departamento de Tacna 537662R.D. N 485-2014-MTC/12.- Otorgan a Ecocopter Per S.A. la modifi cacin de su Permiso de Operacin de Aviacin Comercial: Trabajo Areo - Fotografa, Publicidad, Inspeccin y Vigilancia, Prospeccin y Carga Externa 537663R.D. N 4279-2014-MTC/15.- Autorizan ampliacin de la infraestructura del Taller de Conversin a Gas Natural Vehicular - GNV de Autotrnica Joel Cars E.I.R.L., ubicado en el distrito de Santa Anita, provincia y departamento de Lima 537663Fe de Erratas R.D. N 571-2014-MTC/16 537664

    ORGANISMOS EJECUTORES

    OFICINA NACIONAL DE

    GOBIERNO INTERIOR

    R.J. N 0579-2014-ONAGI-J.- Designan Gobernador Provincial de San Martn, departamento de San Martn 537665

    ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

    COMISION DE PROMOCION DEL PERU

    PARA LA EXPORTACION Y EL TURISMO

    Res. N 260-2014-PROMPER/SG.- Autorizan viaje de representantes de PROMPER a EE.UU., en comisin de servicios 537666

    INSTITUTO GEOLOGICO MINERO

    Y METALURGICO

    R.D. N 007-2014-INGEMMET/SG-OAJ.- Disponen la publicacin de concesiones mineras cuyos ttulos fueron aprobados en el mes de octubre del ao 2014 537666

    ORGANISMO TECNICO DE LA ADMINISTRACION

    DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO

    R.D. N 006-2014-OTASS/DE.- Aprueban el Manual de Clasifi cador de Cargos del OTASS 537667

    Sumario

  • El PeruanoSbado 15 de noviembre de 2014537656

    SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS

    Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA

    Res. N 154 3I0000/2014-000340.- Rectifi can resolucin mediante la cual se designa auxiliar coactivo de la Intendencia de Aduana de Arequipa 537667

    PODER JUDICIAL

    CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL

    Res. Adm. N 096-2014-P-CE-PJ.- Autorizan viaje de magistrados de la Corte Suprema de Justicia de la Repblica para que participen en evento acadmico a realizarse en el Reino de Espaa 537668

    CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA

    Res. Adm. N 336-2014-P-CSJLI/PJ.- Designan magistrados de la Corte Superior de Justicia de Lima 537669Res. Adm. N 1233-2014-P-CSJLIMASUR/PJ.- Disponen reincorporacin de magistrado y la reconformacin de la Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur 537670Res. Adm. N 516-2014-P-CSJJU/PJ.- Disponen la incorporacin y revalidacin de profesionales en el cargo de Perito Judicial de la Corte Superior de Justicia de Junn, para el Ao Judicial 2014 537671

    ORGANOS AUTONOMOS

    BANCO CENTRAL DE RESERVA

    Res. N 089-2014-BCRP-N.- Autorizan viaje de funcionario a Chile, en comisin de servicios 537673

    CONTRALORIA GENERAL

    Res. N 548-2014-CG.- Autorizan viaje de Vicecontralor General de la Repblica a Bolivia, en comisin de servicios 537673

    INSTITUCIONES EDUCATIVAS

    Res. N 0424-2014-R-UNALM.- Designan funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la Universidad Nacional Agraria La Molina al Ministerio de Trabajo y Promocin del Empleo 537674Res. N 2257-2014/UNT.- Autorizan viaje de docente de la Universidad Nacional de Trujillo para realizar pasanta en Brasil 537675Res. N 05448-R-2014.- Autorizan viaje de docente de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos a Ecuador, en comisin de servicios 537675

    JURADO NACIONAL DE ELECCIONES

    Res. N 3525-2014-JNE.- Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de alcalde y regidora de la Municipalidad Distrital de Tintay, provincia de Aymaraes, departamento de Apurmac 537676

    MINISTERIO PUBLICO

    Res. N 4767-2014-MP-FN.- Autorizan viaje de fi scal a Francia, en comisin de servicios 537677Res. N 4769-2014-MP-FN.- Nombran fi scal en el Distrito Judicial de Huaura 537677

    SUPERINTENDENCIA DE BANCA,

    SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS

    DE FONDOS DE PENSIONES

    Res. N 7473-2014.- Autorizan la organizacin de una EDPYME bajo la denominacin social de Entidad de Desarrollo a la Pequea y Micro Empresa Santander Consumo Per S.A., o bajo su denominacin abreviada EDPYME Santander Consumo Per 537678RR. Ns. 7553, 7554 y 7555-2014.- Autorizan viajes de funcionarios a Costa Rica, Colombia y Panam, en comisin de servicios 537678

    GOBIERNOS REGIONALES

    GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTIN

    Ordenanza N 015-2014-GRSM/CR.- Aprueban la Actualizacin del Plan Estratgico Institucional - PEI 2011 - 2014 en el marco del Plan de Desarrollo Regional Concertado San Martn al 2021 537681

    GOBIERNOS LOCALES

    MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA

    D.A. N 012.- Suspenden en diversos sectores la ejecucin de obras en propiedad privada y en va pblica, durante el periodo comprendido entre el 15 de noviembre de 2014 y el 31 de diciembre de 2014 537683

    MUNICIPALIDAD DE ATE

    D.A. N 031.- Prorrogan vigencia de la Ordenanza N 358-MDA, que establece el Benefi cio de Condonacin de Deudas Tributarias y No Tributarias 537687

    MUNICIPALIDAD DE BARRANCO

    D.A. N 009-2014-MDB.- Prorrogan vigencia de la Ordenanza N 415-MDB, la misma que establece el Rgimen Temporal de Benefi cio de Regularizacin de Deudas Tributarias y No Tributarias en el distrito 537687

    MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA

    Ordenanza N 283.- Modifi can la Ordenanza N 276 que aprob el Benefi cio Extraordinario de Regularizacin y Actualizacin Tributaria en el Distrito de La Molina 537688

    MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES

    D.A. N 018-2014/MDSMP.- Prorrogan plazo de vencimiento dispuesto en el artculo tercero de la Ordenanza N 370-MDSMP 537689RR.AA. Ns. 271 y 283-2014/MDSMP.- Declaran de ofi cio la aprobacin de habilitaciones urbanas de inmuebles ubicados en el distrito 537689

    MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO

    Ordenanza N 325-MDS.- Establecen rgimen de benefi cios tributarios y no tributarios a favor de contribuyentes del distrito 537692

    MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAETE

    Ordenanza N 036-2014-MPC.- Aprueban modifi cacin del Plan Urbano del distrito de Asia 537694

  • El PeruanoSbado 15 de noviembre de 2014 537657

    PODER LEGISLATIVO

    CONGRESO DE LA REPUBLICAFE DE ERRATAS

    LEY N 30262Mediante Ofi cio N 914-2014-SCM-PR la Secretara del

    Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas de la Ley N 30262 publicada en la edicin del 6 de noviembre de 2014.

    DICE:(...)Artculo 1. Modifi cacin de los artculos 46 y 47

    del Cdigo de Ejecucin PenalModifcanse los artculos 46 y 47 del Cdigo de

    Ejecucin Penal, con el siguiente texto: Artculo 46. Casos especiales de redencinEn los casos de internos primarios que hayan cometido

    los delitos previstos en los artculos 107, 108-B, 121, 121-A, 121-B, 152, 186, 189, 195, 200, 279, 279-A, 279-B, 317, 317-A, 325, 326, 327, 328, 329, 330, 331, 332 y 346 del Cdigo Penal, la redencin de pena por el trabajo o la educacin se realiza a razn de un da de pena por cinco das de labor o estudios efectivos, en su caso.

    Los reincidentes y habituales en el delito redimen la pena mediante el trabajo y la educacin a razn de un da de pena por seis das de trabajo o estudio efectivo, segn sea el caso.

    De conformidad con lo establecido en el segundo prrafo del artculo 46-B y el primer prrafo del artculo 46-C del Cdigo Penal, en los casos previstos en los delitos sealados en los artculos 107, 121, 121-A, 121-B, 152, 186, 189, 195, 200, 279, 279-A, 279-B, 317, 317-A, 325, 326, 327, 328, 329, 330, 331, 332 y 346 del Cdigo Penal, la redencin de la pena mediante el trabajo o la educacin se realiza a razn de un da de pena por siete das de labor o estudios efectivo, en su caso.

    []DEBE DECIR:(...)Artculo 1. Modifi cacin de los artculos 46 y 47

    del Cdigo de Ejecucin PenalModifcanse los artculos 46 y 47 del Cdigo de

    Ejecucin Penal, con el siguiente texto: Artculo 46. Casos especiales de redencinEn los casos de internos primarios que hayan cometido

    los delitos previstos en los artculos 107, 108-B, 121, 121-A, 121-B, 152, 186, 189, 195, 200, 279, 279-A, 279-B, 317, 317-A, 325, 326, 327, 328, 329, 330, 331, 332 y 346 del Cdigo Penal, la redencin de pena por el trabajo o la educacin se realiza a razn de un da de pena por cinco das de labor o estudios efectivos, en su caso.

    Los reincidentes y habituales en el delito redimen la pena mediante el trabajo y la educacin a razn de un da de pena por seis das de trabajo o estudio efectivo, segn sea el caso.

    De conformidad con lo establecido en el segundo prrafo del artculo 46-B y el primer prrafo del artculo 46-C del Cdigo Penal, en los casos previstos en los delitos sealados en los artculos 107, 108-B, 121, 121-A, 121-B, 152, 186, 189, 195, 200, 279, 279-A, 279-B, 317, 317-A, 325, 326, 327, 328, 329, 330, 331, 332 y 346 del Cdigo Penal, la redencin de la pena mediante el trabajo o la educacin se realiza a razn de un da de pena por siete das de labor o estudios efectivo, en su caso.

    []1165137-1

    PODER EJECUTIVO

    AGRICULTURA Y RIEGOEncargan funciones de Administrador de la Administracin Local de Agua Mantaro

    RESOLUCIN JEFATURALN 322-2014-ANA

    Lima, 13 de noviembre de 2014

    VISTO:

    El Informe N 804-2014-ANA-OA-URH de fecha 10 de noviembre de 2014, de la Sub Directora de la Unidad de Recursos Humanos de la Ofi cina de Administracin; y,

    CONSIDERANDO:

    Que, conforme al Reglamento de Organizacin y Funciones (ROF) de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo N 006-2010-AG, las Administraciones Locales de Agua son unidades orgnicas que administran las aguas de uso agrario y no agrario en sus respectivos mbitos territoriales;

    Que, mediante Resolucin Jefatural N443-2013-ANA de fecha 03 de octubre de 2013, se encarg las funciones de la Administracin Local de Agua Mantaro, al seor Isaac Humpiri Ramos;

    Que, de acuerdo al Informe del visto, el citado funcionario har uso de su descanso fsico del 17 de noviembre al 01 de diciembre de 2014, siendo necesario cubrir su ausencia a fi n de garantizar el normal desarrollo de la unidad orgnica antes mencionada;.

    Que, conforme a lo establecido en la Primera Disposicin Complementaria Transitoria del Reglamento de Organizacin y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N006-2010-AG, la Jefatura de la entidad est facultada transitoriamente para encargar mediante Resolucin Jefatural las funciones de las Administraciones Locales de Agua;

    Con los vistos de la Ofi cina de Asesora Jurdica, la Ofi cina de Administracin, la Secretara General, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N 27594, Ley que Regula la Participacin del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designacin de Funcionarios Pblicos y con las facultades conferidas por el artculo 11 del Reglamento de Organizacin y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo N 006-2010-AG;

    SE RESUELVE:

    Artculo 1.- Encargar, a partir del 17 de noviembre hasta el 01 de diciembre de 2014, al seor Milton Csar Torres Vilca, las funciones de Administrador de la Administracin Local de Agua Mantaro, en adicin a las funciones de su Contrato Administrativo de Servicios, suscrito con esta Autoridad.

    Artculo 2.- Precisar que al trmino del encargo de funciones a que se refi ere el artculo precedente, el seor Isaac Humpiri Ramos, continuar ejerciendo las funciones de Administrador la Administracin Local de Agua Mantaro.

    Regstrese, comunquese y publquese,

    JUAN CARLOS SEVILLA GILDEMEISTERJefeAutoridad Nacional del Agua

    1164737-1

    CULTURA

    Modifican R.D. N 894/INC y aprueban expediente tcnico del Sitio Arqueolgico Cerro Azul

    RESOLUCIN VICEMINISTERIALN 122-2014-VMPCIC-MC

    Lima, 11 de noviembre de 2014

    Vistos, el Informe Tcnico N 01236-2014-DSFL-DGPA-MC y el Informe Tcnico Legal N 2361-2014-DSFL-DGPA/MC, y;

    CONSIDERANDO:

    Que, los artculos IV y VII del Ttulo Preliminar de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacin, Ley N 28296, indican que es de inters social y de necesidad pblica la identifi cacin, registro, inventario, declaracin,

  • El PeruanoSbado 15 de noviembre de 2014537658

    proteccin, restauracin, investigacin, conservacin, puesta en valor y difusin del Patrimonio Cultural de la Nacin y su restitucin en los casos pertinentes; siendo el Ministerio de Cultura la autoridad encargada de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nacin de conformidad con la Ley de Creacin del Ministerio de Cultura, Ley N 29565;

    Que, el literal a) del artculo 14 de la Ley de Creacin del Ministerio de Cultura, concordado con el numeral 9.1 del artculo 9 del Reglamento de Organizacin y Funciones del Ministerio de Cultura aprobado mediante Decreto Supremo N 005-2013-MC, corresponde al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, la declaracin, administracin, promocin, difusin y proteccin del Patrimonio Cultural de la Nacin, de conformidad con la respectiva poltica nacional;

    Que, el monumento arqueolgico prehispnico Cerro Azul, fue declarado Patrimonio Cultural de la Nacin mediante Resolucin Directoral Nacional N 894/INC de fecha 15 de setiembre de 2004;

    Que, mediante Memorando N 1171-2012-DGFC-VMPCIC/MC de fecha 03 de octubre de 2012 la Direccin General de Fiscalizacin y Control, solicita a la Direccin General de Patrimonio Cultural se disponga la elaboracin del plano de delimitacin y la sealizacin del monumento arqueolgico prehispnico Cerro Azul, ubicado en el distrito de Cerro Azul, provincia de Caete, departamento de Lima;

    Que, mediante Informe Tcnico N 01236-2014-DSFL-DGPA-MC de fecha 19 de mayo de 2014, el Licenciado Hugo Alfredo Benavides Seminario de la Direccin de Catastro y Saneamiento Fsico Legal, informa de las comunicaciones recibidas de la Direccin de Defensa del Patrimonio Cultural, referentes a la solicitud de delimitacin, georeferenciacin y la clasifi cacin del monumento arqueolgico prehispnico Cerro Azul, ubicado en el distrito de Cerro Azul, provincia de Caete, departamento de Lima;

    Que, asimismo, en el citado Informe se seala la necesidad de modifi car el artculo 1 de la Resolucin Directoral Nacional N 894/INC de fecha 15 de setiembre de 2004, en el extremo que se refi ere a la clasifi cacin Zona Arqueolgica Monumental Cerro Azul , el cual debe ser consignado como: Sitio Arqueolgico Cerro Azul e incluir las coordenadas UTM de ubicacin de acuerdo al siguiente cuadro:

    Departamento Lima

    Provincia Caete

    Datum WGS84 Zona 18Sitio Arqueolgico Distrito UTM Este UTM Norte

    Cerro Azul Cerro Azul 339 593.0654 8 559 423.2328

    Que, adicionalmente se recomend aprobar el Expediente Tcnico (plano de delimitacin, memoria descriptiva y fi cha tcnica) del Sitio Arqueolgico Cerro Azul, de acuerdo a los planos, reas y permetros siguientes:

    Nombre del Sitio

    ArqueolgicoN de Plano en Datum WGS84

    rea(m2)

    rea(ha)

    Permetro (m)

    Cerro Azul PP-032-MC_DGPA/DSFL-2014 WGS84 5 296.00 0.5296 303.13

    Que, mediante Informe Tcnico Legal N 2361-2014-DSFL-DGPA/MC de fecha 10 de setiembre de 2014, la Direccin de Catastro y Saneamiento Fsico Legal acompaa el Certifi cado de Bsqueda Catastral Orden N 187156 de fecha 18 de junio de 2014, en el que se establece que la poligonal del citado monumento arqueolgico prehispnico se ubica grfi camente dentro del rea de mayor extensin inscrita en la Ficha N 1988 que continua en la Partida Electrnica N 90016407 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Ofi cina Registral de Caete, cuyo dominio corre inscrito a favor de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul;

    Que, estando a los Informes Tcnicos elaborados por la Direccin de Catastro y Saneamiento Fsico Legal se advierte la necesidad de declarar Patrimonio Cultural de la Nacin al Sitio Arqueolgico Cerro Azul, as como establecer su rea intangible para efectos de brindarle la

    proteccin legal necesaria para su conservacin, por lo que corresponde realizar la modifi catoria necesaria de la Resolucin Directoral Nacional N 894/INC y aprobar el Expediente Tcnico correspondiente;

    Con el visado de la Directora (e) de la Direccin de Catastro y Saneamiento Fsico Legal, del Director General de la Direccin de Patrimonio Arqueolgico Inmueble, y de la Directora General de la Ofi cina General de Asesora Jurdica; y,

    De conformidad con lo dispuesto en la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N 27444; Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacin, Ley N 28296; Ley de Creacin del Ministerio de Cultura, Ley N 29565; el Reglamento de Organizacin y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N 005-2013-MC; y la Resolucin Suprema N 004-2000-ED que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueolgicas, modifi cado por Resolucin Suprema N 012-2006-ED;

    SE RESUELVE:

    Artculo 1.- Modifi car el artculo 1 de la Resolucin Directoral Nacional N 894/INC de fecha 15 de setiembre de 2004, en el extremo que se refi ere a la clasifi cacin Zona Arqueolgica Monumental Cerro Azul , el cual debe ser consignado como: Sitio Arqueolgico Cerro Azul y al mismo tiempo incluir sus coordenadas UTM de ubicacin de acuerdo al siguiente cuadro:

    Departamento Lima

    Provincia Caete

    Datum WGS84 Zona 18Sitio Arqueolgico Distrito UTM Este UTM Norte

    Cerro Azul Cerro Azul 339 593.0654 8 559 423.2328

    Artculo 2.- Aprobar el Expediente Tcnico (plano de delimitacin, memoria descriptiva y fi cha tcnica) del Sitio Arqueolgico Cerro Azul, de acuerdo a los planos, reas y permetros siguientes:

    Nombre del Sitio

    ArqueolgicoN de Plano en Datum WGS84

    rea(m2)

    rea(ha)

    Permetro (m)

    Cerro Azul PP-032-MC_DGPA/DSFL-2014 WGS84 5 296.00 0.5296 303.13

    Artculo 3.- Encargar a la Direccin de Catastro y Saneamiento Fsico Legal del Ministerio de Cultura la inscripcin en Registros Pblicos y en el Sistema de Informacin Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) de los planos sealados en el artculo precedente de la presente resolucin.

    Artculo 4.- Disponer que cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros colindantes que pudiese afectar o alterar el paisaje de los monumentos arqueolgicos prehispnicos declarado Patrimonio Cultural de la Nacin, deber contar con la aprobacin previa del rgano competente del Ministerio de Cultura.

    Artculo 5.- Remitir copia certifi cada de la presente resolucin a la Municipalidad Distrital de Cerro Azul.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    LUIS JAIME CASTILLO BUTTERSViceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales

    1164298-1

    DEFENSA

    Autorizan ingreso al territorio de la Repblica de personal militar de EE.UU.

    RESOLUCIN MINISTERIALN 930-2014 DE/SG

    Lima, 12 de noviembre de 2014

  • El PeruanoSbado 15 de noviembre de 2014 537659

    CONSIDERANDO:Que, con Facsmil (DSD) N 794 del 20 de octubre de

    2014, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacin para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de Amrica, sin armas de guerra;

    Que, con Ofi cio G.500-4621 del 29 de octubre de 2014, el Secretario del Comandante General de la Marina por encargo del Comandante General de la Marina, emite opinin favorable para el ingreso al pas del personal militar de los Estados Unidos de Amrica;

    Que, el referido personal militar ingresar a territorio de la Repblica, del 16 al 20 de noviembre de 2014, a fi n de participar en el curso de Conceptos Bsicos sobre Investigacin y Bienestar de Animales de Laboratorio, organizado por el Centro de Investigacin de Enfermedades Tropicales (NAMRU-6);

    Que, el artculo 5 de la Ley N 27856, Ley de Requisitos para la Autorizacin y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Repblica, modifi cado por el artculo nico de la Ley N 28899 y por el artculo nico de la Ley N 30209, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cvica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, acadmicas, de instruccin o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacin o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucin Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Repblica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicin de la resolucin, bajo responsabilidad. La Resolucin Ministerial de autorizacin debe especifi car los motivos, la cantidad de personal militar, la relacin de equipos transentes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitar opinin previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y,

    Estando a lo opinado por la Marina de Guerra del Per; y de conformidad con la Ley N 27856, modifi cada por la Ley N 28899 y la Ley N 30209;

    SE RESUELVE:Artculo 1.- Autorizar el ingreso al territorio de la

    Repblica, sin armas de guerra, a UN (01) militar de los Estados Unidos de Amrica, del 16 al 20 de noviembre de 2014, a fi n que participe en el curso de Conceptos Bsicos sobre Investigacin y Bienestar de Animales de Laboratorio, organizado por el Centro de Investigacin de Enfermedades Tropicales (NAMRU-6).

    Artculo 2.- Poner en conocimiento de la Presidenta del Consejo de Ministros la presente resolucin, a fi n que d cuenta al Congreso de la Repblica en el plazo a que se contrae el artculo 5 de la Ley N 27856, modifi cada por Ley N 28899 y Ley N 30209.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    PEDRO CATERIANO BELLIDOMinistro de Defensa

    1164712-1

    ENERGIA Y MINAS

    Designan Secretario Tcnico encargado de brindar apoyo a las autoridades que lleven a cabo los procedimientos administrativos disciplinarios del Ministerio

    RESOLUCIN MINISTERIALN 490-2014-MEM/DM

    Lima, 13 de noviembre de 2014

    CONSIDERANDO:

    Que, mediante Ley N 30057, Ley del Servicio Civil, se estableci un rgimen nico y exclusivo para las personas

    que prestan servicios en las entidades pblicas del Estado, as como para aquellas personas que estn encargadas de su gestin, del ejercicio de sus potestades y de la prestacin de servicios a cargo de stas;

    Que, el artculo 94 del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, reglamento aprobado por Decreto Supremo N 040-2014-PCM dispone que las autoridades del procedimiento administrativo disciplinario cuentan con el apoyo de una Secretara Tcnica que puede estar compuesta por uno o ms servidores de la Entidad;

    Que, asimismo, el artculo 92 de la Ley N 30057, establece que la Secretara Tcnica es la encargada de precalificar las presuntas faltas, documentar la actividad probatoria, proponer la fundamentacin y administrar los archivos emanados del ejercicio de la potestad sancionadora disciplinaria de la entidad pblica correspondiente.

    Que, en consecuencia, resulta necesario designar a quien ejerza las funciones de Secretario Tcnico de los rganos instructores de los procedimientos administrativos disciplinarios del Ministerio de Energa y Minas;

    De conformidad con lo dispuesto en la Ley N 30057, Ley del Servicio Civil, y el Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, reglamento aprobado por Decreto Supremo N 040-2014-PCM y el Reglamento de Organizacin y Funciones del Ministerio de Energa y Minas, aprobado por Decreto Supremo N 031-2007-EM;

    SE RESUELVE:

    Artculo 1.- Designar al Sr. Jos Cuya Contreras, servidor de la Ofi cina de Personal del Ministerio de Energa y Minas, como Secretario Tcnico encargado de brindar apoyo a las autoridades que lleven a cabo los procedimiento administrativos disciplinarios del Ministerio de Energa y Minas.

    Artculo 2.- La Secretara Tcnica de los rganos instructores del procedimiento administrativo disciplinario del Ministerio de Energa y Minas iniciar sus funciones a partir del da siguiente de publicada la presente Resolucin en el Diario Ofi cial El Peruano.

    Artculo 3.- Notifi car la presente Resolucin a la Ofi cina General de Administracin del Ministerio de Energa y Minas, a la Ofi cina de Personal del mismo Ministerio y al Secretario Tcnico designado, para los fi nes pertinentes.

    Artculo 4.- Encargar a la Ofi cina de Informtica del Ministerio de Energa y Minas la publicacin de la presente Resolucin en el portal institucional (www.minem.gob.pe).

    Regstrese, comunquese y publquese.

    ELEODORO MAYORGA ALBAMinistro de Energa y Minas

    1164880-1

    Dejan sin efecto las RR.MM. Ns. 067-2014-MEM/DM y 149-2014-MEM/DM

    RESOLUCIN MINISTERIALN 491-2014-MEM/DM

    Lima, 13 de noviembre de 2014

    CONSIDERANDO:

    Que, mediante Resolucin Ministerial N 067-2014-MEM/DM de fecha 13 de febrero de 2014, se encarg a la Agencia de Promocin de la Inversin Privada (PROINVERSIN) la conduccin del proceso de licitacin necesario, hasta la adjudicacin de buena pro del proyecto Subestacin Nueva Lurn 220/60 kV y Lneas de Enlace en 220 kV y 60 kV;

    Que, mediante Resolucin Ministerial N 149-2014-MEM/DM de fecha 18 de marzo de 2014, se encarg a PROINVERSIN la conduccin del proceso de licitacin necesario, hasta la adjudicacin de la buena pro, del proyecto Nueva Subestacin 220 kV Corpac y Lnea de Transmisin 220 kV Industriales-Corpac;

    Que, mediante Resolucin del Consejo Directivo Osinergmin N 206-2014-OS/CD ha sido modifi cado el Plan de Inversiones para el periodo 2013-2017, afectando

  • El PeruanoSbado 15 de noviembre de 2014537660

    los proyectos en proceso de adjudicacin encargados a PROINVERSIN, habindose eliminado la necesidad de ejecucin de los siguientes proyectos:

    Subestacin Nueva Lurn 220/60 kV y Lneas de Enlace en 220 kV y 60 kV.

    Nueva Subestacin 220 kV Corpac y Lnea de Transmisin 220 kV Industriales-Corpac.

    Que, a efectos del cabal cumplimiento del Plan de Inversiones vigente para el periodo 2013-2017, resulta necesario dejar sin efecto los encargos conferidos a PROINVERSIN;

    En ejercicio de las funciones contenidas en los incisos a), b) y c) del artculo 6 del Decreto Ley N 25962, Ley Orgnica del Sector Energa y Minas; y en el inciso h) del artculo 9 del Reglamento de Organizacin y Funciones del Ministerio de Energa y Minas, aprobado por el Decreto Supremo N 031-2007-EM;

    Con la opinin favorable del Director General de Electricidad y el visto bueno del Viceministro de Energa;

    SE RESUELVE:

    Artculo 1.- Dejar sin efecto el encargo dispuesto por Resolucin Ministerial N 067-2014-MEM/DM, de fecha 13 de febrero de 2014.

    Artculo 2.- Dejar sin efecto el encargo dispuesto por Resolucin Ministerial N 149-2014-MEM/DM, de fecha 18 de marzo de 2014.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    ELEODORO MAYORGA ALBAMinistro de Energa y Minas

    1164966-1

    PRODUCE

    Dan por finalizada la veda reproductiva del recurso merluza establecida por las RR.MM. Ns. 290-2014-PRODUCE y N 322-2014-PRODUCE

    RESOLUCIN MINITERIALN 394-2014-PRODUCE

    Lima, 14 de noviembre de 2014

    VISTOS: El Ofi cio N PCD-100-590-2014-PRODUCE/IMP del Instituto del Mar del Per - IMARPE, el Informe N 290-2014-PRODUCE/DGP-Diropa de la Direccin General de Polticas y Desarrollo Pesquero y el Informe N 092-2014-PRODUCE/OGAJ-cfva de la Ofi cina General de Asesora Jurdica; y,

    CONSIDERANDO:

    Que, el artculo 2 de la Ley General de Pesca - Decreto Ley N 25977 establece que los recursos hidrobiolgicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Per son patrimonio de la Nacin y que corresponde al Estado regular el manejo integral y la explotacin racional de dichos recursos, considerando que la actividad pesquera es de inters nacional;

    Que, el artculo 9 de la citada Ley establece que el Ministerio de la Produccin, sobre la base de evidencias cientfi cas disponibles y de factores socioeconmicos, determinar, segn el tipo de pesqueras, los sistemas de ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisible, las temporadas y zonas de pesca, la regulacin del esfuerzo pesquero, los mtodos de pesca, las tallas mnimas de captura y dems normas que requieran la preservacin y explotacin racional de los recursos hidrobiolgicos; adems, que los derechos administrativos otorgados se sujetan a las medidas de ordenamiento que mediante dispositivo legal de carcter general dicta el Ministerio;

    Que, mediante Decreto Supremo N 016-2003-PRODUCE se aprob el Reglamento de Ordenamiento

    Pesquero del Recurso Merluza el cual tiene como propsito lograr la recuperacin en el mediano plazo de dicho recurso para su aprovechamiento sostenido y de su fauna acompaante, teniendo en cuenta sus caractersticas biolgicas y poblacionales, considerando adems los principios de pesca responsable, la conservacin del medio ambiente y la biodiversidad;

    Que, a travs de la Resolucin Ministerial N 214-2014-PRODUCE se establece el Rgimen Provisional de Pesca del recurso Merluza (Merluccius gayi peruanus) julio 2014 junio 2015, en el marco del cual se autoriza la actividad extractiva del recurso desde el 1 de julio de 2014 hasta el 30 de junio de 2015, en el rea martima comprendida desde el extremo norte del dominio martimo del Per y los 06 00 Latitud Sur;

    Que, los artculos 6 y 15 de la citada Resolucin Ministerial disponen que el Ministerio de la Produccin, en funcin a la recomendacin del Instituto del Mar del Per - IMARPE, establecer las medidas de ordenamiento pesquero que protejan los procesos de desove del recurso Merluza; adems, que el IMARPE deber informar oportunamente sobre los resultados de las evaluaciones y seguimiento de esta pesquera;

    Que, mediante Resolucin Ministerial N 290-2014-PRODUCE se establece la veda reproductiva del recurso Merluza (Merluccius gayi peruanus) en el rea martima comprendida desde los 0430LS hasta los 0600 LS, a partir del 29 de agosto de 2014;

    Que, por Resolucin Ministerial N 322-2014-PRODUCE se establece la veda reproductiva del recurso Merluza (Merluccius gayi peruanus) en el rea martima comprendida entre el extremo norte del dominio martimo del Per hasta los 0430LS y se prohbe extraer y descargar el citado recurso a partir del 04 de octubre de 2014, as como procesar y comercializar el mismo a partir de los das 5 y 6 de octubre de 2014, respectivamente;

    Que, a travs de la Resolucin Ministerial N 380-2014-PRODUCE se autoriza al IMARPE la ejecucin de la Operacin Merluza XIX del 06 al 08 de noviembre de 2014, en el rea martima comprendida entre Puerto Pizarro (0324 LS) y Pimentel (0700 LS), con la participacin de siete (07) embarcaciones pesqueras y dos (2) suplentes que cuenten con permiso de pesca vigente y operen bajo el Rgimen Provisional de Pesca del recurso Merluza establecido por Resolucin Ministerial N 214-2014-PRODUCE;

    Que, el Instituto del Mar del Per - IMARPE, mediante el Oficio de Vistos, remite el Informe final de la Operacin Merluza XIX, en el cual seala que: (i) en el marco de la citada Operacin se capturaron 271,8 toneladas, de las cuales el recurso Merluza represent el 94,9% del total extrado; (ii) los resultados de la estimacin de la Actividad Reproductiva (AR) por subrea muestran que este indicador se encuentra por debajo del umbral de 50%, lo cual seala la declinacin del proceso de desove; (iii) el ndice Gonadosomtico muestra la misma tendencia de declinacin del proceso reproductivo; (iv) si bien los porcentajes de ejemplares menores de 28 cm de longitud total son altos, se observa cierta segregacin espacial por profundidad y se encuentran los porcentajes ms bajos, especialmente por debajo de las 100 brazas; por lo que recomienda el reinicio de las actividades de extraccin del recurso Merluza y el uso de un manejo adaptativo de cierre dinmico de reas de pesca para atenuar el potencial impacto sobre la fraccin de tallas del citado recurso que todava no alcanza los 28 cm;

    Que, la Direccin General de Polticas y Desarrollo Pesquero a travs del Informe de Vistos, de acuerdo a lo recomendado por IMARPE y conforme a las disposiciones legales vigentes, propone dar por concluida la veda reproductiva del recurso Merluza (Merluccius gayi peruanus) y autorizar el reinicio de las actividades extractivas en el rea martima comprendida entre el extremo norte del dominio martimo del Per y los 0600 Latitud Sur, as como su procesamiento, transporte y comercializacin y el dictado de otras medidas complementarias;

    Con el visado del Despacho Viceministerial de Pesquera, de las Direcciones Generales de Polticas y Desarrollo Pesquero, de Extraccin y Produccin Pesquera para Consumo Humano Directo y de la Ofi cina General de Asesora Jurdica; y,

  • El PeruanoSbado 15 de noviembre de 2014 537661

    De conformidad con el Decreto Ley N 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N 012-2001-PE; el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Recurso Merluza aprobado por Decreto Supremo N 016-2003-PRODUCE, as como en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo N 1047 - Ley de Organizacin y Funciones del Ministerio de la Produccin;

    SE RESUELVE:

    Artculo 1.- Dar por fi nalizada la veda reproductiva del recurso merluza (Merluccius gayi peruanus) establecida por las Resoluciones Ministeriales N 290-2014-PRODUCE y N 322-2014-PRODUCE; en consecuencia, autorizar el reinicio de las actividades extractivas del citado recurso en el rea martima comprendida entre el extremo norte del dominio martimo del Per y los 0600 Latitud Sur, as como su procesamiento, transporte y comercializacin a partir de las 00:00 horas del da siguiente de la publicacin de la presente Resolucin Ministerial en el diario ofi cial El Peruano.

    Las citadas actividades deben cumplir las disposiciones del Rgimen Provisional de Pesca del Recurso Merluza establecido por la Resolucin Ministerial N 214-2014-PRODUCE para el periodo comprendido entre julio 2014 y junio 2015.

    Artculo 2.- El procesamiento del recurso Merluza (Merluccius gayi peruanus) se efectuar nicamente en las plantas de procesamiento con licencia de operacin vigente, cuyos titulares hayan suscrito el Convenio de Fiel y Cabal Cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Resolucin Ministerial N 214-2014-PRODUCE.

    Artculo 3.- El Instituto del Mar del Per - IMARPE efectuar el monitoreo y seguimiento de los principales indicadores biolgicos, poblacionales y pesqueros del recurso Merluza (Merluccius gayi peruanus) debiendo informar y recomendar oportunamente al Ministerio de la Produccin las medidas de ordenamiento pesquero. Asimismo, el IMARPE priorizar las acciones de monitoreo sobre la incidencia de ejemplares en tallas menores de 28 cm, debiendo informar los resultados en forma oportuna al Ministerio de la Produccin para la adopcin de las medidas de proteccin del citado recurso.

    Artculo 4.- El seguimiento, control y vigilancia de las embarcaciones se efectuar sobre la base de los reportes del Sistema de Seguimiento Satelital para embarcaciones pesqueras - SISESAT, sin perjuicio de las labores que realicen los inspectores de la Direccin General de Supervisin y Fiscalizacin y las Direcciones Regionales de la Produccin competentes.

    Artculo 5.- El incumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucin Ministerial ser sancionado conforme a lo establecido en la Ley General de Pesca - Decreto Ley N 25977, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N 012-2001-PE y el Texto nico Ordenado del Reglamento de Inspecciones y Sanciones Pesqueras y Acucolas (RISPAC) aprobado por Decreto Supremo N 019-2011-PRODUCE, sus modifi catorias y dems disposiciones legales vigentes.

    Artculo 6.- Las Direcciones Generales de Polticas y Desarrollo Pesquero, de Extraccin y Produccin Pesquera para Consumo Humano Directo, de Supervisin y Fiscalizacin del Ministerio de la Produccin, as como las dependencias con competencia pesquera de los Gobiernos Regionales y la Direccin General de Capitanas y Guardacostas del Ministerio de Defensa, dentro del mbito de sus respectivas competencias, realizarn las acciones de difusin que correspondan y velarn por el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucin Ministerial.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    PIERO EDUARDO GHEZZI SOLSMinistro de la Produccin

    1165136-1

    SALUD

    Aprueban el Instructivo para el proceso de nombramiento del personal de la salud 2014

    RESOLUCIN MINITERIALN 871-2014 MINSA

    Lima, 14 de noviembre del 2014

    CONSIDERANDO:

    Que, el literal g) del numeral 8.1 del artculo 8 de la Ley 30114, Ley del Presupuesto del Sector Pblico para el ao fiscal 2014, autoriz el nombramiento de hasta el 20% de la PEA definida a la fecha de entrada en vigencia del Decreto Legislativo 1153, de los profesionales de la salud y de los tcnicos y auxiliares asistenciales de la salud del Ministerio de Salud, sus organismos pblicos y las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales;

    Que, en el marco de dicha autorizacin, mediante Decreto Supremo 034-2014-SA, se aprobaron los Lineamientos para el proceso de nombramiento de los profesionales de la salud y de los tcnicos y auxiliares asistenciales de la salud del Ministerio de Salud, que prestan servicios en el Ministerio de Salud, sus organismos pblicos y las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales;

    Que, el literal f) de las Disposiciones Complementarias Finales de los lineamientos en mencin, dispuso que mediante acto resolutivo del titular del Ministerio de Salud se podrn emitir normas complementarias para el proceso de nombramiento del ao 2014;

    Que, en ese sentido, a efectos de garantizar la efi ciencia, transparencia y celeridad del proceso de nombramiento del presente ejercicio, resulta necesario dictar disposiciones que regulen aspectos como la elaboracin de los nuevos documentos de gestin vinculados a los puestos en los que el personal de la salud ser nombrado y precisar su distribucin a nivel nacional;

    Que, asimismo, se hace necesario establecer mecanismos que aseguren el monitoreo del presente proceso, la coordinacin con las comisiones de nombramiento a nivel nacional, la absolucin de consultas con carcter vinculante y la emisin de pronunciamientos que defi nan aspectos operativos de los lineamientos aprobados mediante Decreto Supremo 034-2014-SA, as como precisar los alcances de la participacin de los veedores durante el proceso de nombramiento a nivel nacional;

    Con el visado del Director General de la Direccin General de Gestin del Desarrollo de Recursos Humanos, del Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Ofi cina General de Gestin de Recursos Humanos, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesora Jurdica, del Secretario General, de la Viceministra de Prestaciones y Aseguramiento en Salud y de la Viceministra (e) de Salud Pblica;

    De conformidad a lo establecido en la Ley 30114, Ley del Presupuesto del Sector Pblico para el ao fi scal 2014; en el Decreto Supremo 034-2014-SA que aprueba los Lineamientos para el proceso de nombramiento de los profesionales de la salud y de los tcnicos y auxiliares asistenciales de la salud del Ministerio de Salud, que prestan servicios en el Ministerio de Salud, sus organismos pblicos y las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales; en el Decreto Legislativo 1161, Ley de Organizacin y Funciones del Ministerio de Salud; y en el Reglamento de Organizacin y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo 023-2005-SA y modifi catorias;

    SE RESUELVE:

    Artculo 1.- Aprobar el Instructivo para el proceso de nombramiento del personal de la salud 2014 que en Anexo 1 forma parte de la presente Resolucin Ministerial, el que ser publicado en el Portal Institucional del Ministerio de Salud (www.minsa.gob.pe).

    Artculo 2.- Asignar a la Comisin de Apelacin de la Unidad Ejecutora 001: Administracin Central del Ministerio de Salud,

  • El PeruanoSbado 15 de noviembre de 2014537662

    establecida en el numeral 8.1 del artculo 8 de los Lineamientos para el proceso de nombramiento de los profesionales de la salud y de los tcnicos y auxiliares asistenciales de la salud del Ministerio de Salud, que prestan servicios en el Ministerio de Salud, sus organismos pblicos y las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales, aprobados mediante Decreto Supremo 034-2014-SA, las siguientes funciones a nivel nacional:

    a) Monitorear el proceso de nombramiento. b) Coordinar con las Comisiones de Nombramiento.c) Absolver las consultas que se les requiera y

    publicarlas en el Portal Institucional del Ministerio de Salud, las mismas que tendrn carcter vinculante a nivel nacional.

    d) Emitir pronunciamientos para el correcto desarrollo del proceso de nombramiento.

    e) Proponer las directivas complementarias relativas al proceso de nombramiento.

    f) Otras que sean inherentes al cumplimiento de su fi nalidad.

    Artculo 3.- De conformidad con el numeral 8.3 del artculo 8 de los referidos lineamientos, el proceso de nombramiento contar con la presencia de un representante de los Colegios Profesionales de la Salud y un representante de los Gremios de los Profesionales de la Salud y en los casos de los Tcnicos y Auxiliares Asistenciales de la Salud un representante de su gremio, quienes actuarn en calidad de veedores y debern participar cuando se evale el expediente de nombramiento del personal de la salud al que representan y que sern debidamente notifi cados por la Comisin de Nombramiento y la Comisin de Apelacin cuando corresponda.

    Los veedores del proceso de nombramiento tendrn las siguientes funciones:

    - Visar las Actas suscritas por la Comisin de Nombramiento y la Comisin de Apelacin de aquellas sesiones en las que corresponda su participacin.

    - Impulsar a travs de sus representantes, a nivel nacional, el cumplimiento oportuno de los plazos establecidos en el cronograma del proceso de nombramiento.

    - Informar al Titular de la Unidad Ejecutora correspondiente sobre aquellas situaciones que difi culten el normal desarrollo del proceso de nombramiento a efectos que disponga las medidas correctivas necesarias.

    - Realizar el seguimiento a las medidas correctivas dispuestas durante el proceso de nombramiento por el Titular de la Unidad Ejecutora.

    - Coadyuvar a la Comisin de Apelacin de la Unidad Ejecutora 001: Administracin Central del Ministerio de Salud al monitoreo del proceso de nombramiento.

    Artculo 4.- Publquese el Instructivo para el proceso de nombramiento del personal de la salud 2014 en el Portal Institucional del Ministerio de Salud en la misma fecha de su publicacin en el Diario Ofi cial El Peruano.

    Regstrese, comunquese y publquese

    ANIBAL VELASQUEZ VALDIVIAMinistro de Salud

    1165138-1

    TRANSPORTES Y

    COMUNICACIONES

    Modifican Planes de Canalizacin y Asignacin de Frecuencias del Servicio de Radiodifusin Sonora en FM de diversas localidades del departamento de Tacna

    RESOLUCIN VICEMINISTERIALN 674-2014-MTC/03

    Lima, 28 de Octubre del 2014

    CONSIDERANDO:

    Que, el artculo 11 de la Ley de Radio y Televisin, Ley N 28278, concordado con el artculo 6 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N 005-2005-MTC, establecen que es competencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la administracin, atribucin, asignacin, control y, en general, todos aquellos aspectos relacionados con la gestin del espectro radioelctrico atribuido al servicio de radiodifusin;

    Que, el artculo 7 del citado Reglamento, dispone que toda asignacin de frecuencias para el servicio de radiodifusin se realiza en base al Plan Nacional de Asignacin de Frecuencias, el cual comprende los Planes de Canalizacin y de Asignacin de Frecuencias correspondientes a cada localidad y banda de frecuencias atribuidas al servicio de radiodifusin y determina las frecuencias tcnicamente disponibles; asimismo, establece que los Planes de Asignacin de Frecuencias son aprobados por Resolucin Viceministerial;

    Que, mediante Resolucin Viceministerial N 084-2004-MTC/03 y modifi catorias, se aprobaron los Planes de Canalizacin y Asignacin de Frecuencias del Servicio de Radiodifusin Sonora en Frecuencia Modulada (FM), para diversas localidades del departamento de Tacna;

    Que, la Direccin General de Autorizaciones en Telecomunicaciones mediante Informe N 1989-2014-MTC/28, propone la incorporacin de los Planes de las localidades de FUERTE ARICA y SITAJARA-SUSAPAYA a los Planes de Canalizacin y Asignacin de Frecuencias del Servicio de Radiodifusin Sonora en Frecuencia Modulada (FM) del departamento de Tacna;

    Que, asimismo, la citada Direccin General seala que, en la elaboracin de su propuesta, ha observado lo dispuesto en las Normas Tcnicas del Servicio de Radiodifusin aprobadas por Resolucin Ministerial N 358-2003-MTC/03, y sus modifi catorias, as como lo establecido por el Reglamento de la Ley de Radio y Televisin;

    De conformidad con la Ley de Radio y Televisin, Ley N 28278; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N 005-2005-MTC; las Normas Tcnicas del Servicio de Radiodifusin, aprobadas por Resolucin Ministerial N 358-2003-MTC/03 y sus modifi catorias; el Reglamento de Organizacin y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N 021-2007-MTC, y;

    Con la opinin favorable de la Direccin General de Autorizaciones en Telecomunicaciones;

    SE RESUELVE:

    Artculo 1.- Modifi car el artculo 1 de la Resolucin Viceministerial N 084-2004-MTC/03, que aprueba los Planes de Canalizacin y Asignacin de Frecuencias del Servicio de Radiodifusin Sonora en Frecuencia Modulada (FM) de diversas localidades del departamento de Tacna, a fi n de incorporar a las localidades de FUERTE ARICA y SITAJARA-SUSAPAYA; conforme se indica a continuacin:

    Localidad: FUERTE ARICA

    Plan de Asignacin de Frecuencias Plan de Canalizacin Plan de Asignacin

    Canales Frecuencia (MHz)204 88.7216 91.1228 93.5268 101.5288 105.5296 107.1

    - Total de canales: 6- La mxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad

    ser de 0.1 KW.- Las estaciones a instalarse en esta localidad son

    secundarias de acuerdo a lo previsto en el artculo 16 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisin, aprobado por Decreto Supremo N 005-2005-MTC y estn sujetas a los parmetros tcnicos establecidos en las Normas Tcnicas del Servicio de Radiodifusin aprobadas con Resolucin Ministerial N 358-2003-MTC/03 y sus modifi catorias

  • El PeruanoSbado 15 de noviembre de 2014 537663

    Localidad: SITAJARA-SUSAPAYA

    Plan de Asignacin de Frecuencias Plan de Canalizacin Plan de Asignacin

    Canales Frecuencia (MHz)204 88.7208 89.5226 93.1242 96.3258 99.5278 103.5290 105.9

    - Total de canales: 7- La mxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad

    ser de 0.1 KW.

    Artculo 2.- La Direccin General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, es la dependencia responsable de la observancia de las condiciones tcnicas previstas en los Planes de Asignacin de Frecuencias aprobados. En tal sentido, en la evaluacin de las solicitudes de autorizacin y de modifi cacin de caractersticas tcnicas observar su estricto cumplimiento.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    RAL PREZ-REYES ESPEJOViceministro de Comunicaciones

    1164133-1

    Otorgan a Ecocopter Per S.A. la modificacin de su Permiso de Operacin de Aviacin Comercial: Trabajo Areo - Fotografa, Publicidad, Inspeccin y Vigilancia, Prospeccin y Carga Externa

    RESOLUCIN DIRECTORALN 485-2014-MTC/12

    Lima, 17 de octubre del 2014

    Vista la solicitud de la compaa ECOCOPTER PERU S.A., sobre la Modifi cacin de Permiso de Operacin de Aviacin Comercial: Trabajo Areo Fotografa, Publicidad, Inspeccin y Vigilancia, Prospeccin y Carga Externa;

    CONSIDERANDO:

    Que, mediante Resolucin Directoral N 198-2014-MTC/12 del 14 de abril del 2014 se otorg a la compaa ECOCOPTER PERU S.A. la Renovacin del Permiso de Operacin de Aviacin Comercial: Trabajo Areo Fotografa, Publicidad, Inspeccin y Vigilancia, Prospeccin y Carga Externa, por el plazo de cuatro (04) aos contados a partir del 27 de abril del 2014, modifi cada a travs de la Resolucin Directoral N 343-2014-MTC/12 del 25 de julio del 2014 en el sentido de incrementar material aeronutico y zonas de operacin;

    Que, mediante Expediente N 2014-050606 del 11 de agosto del 2014 la Compaa ECOCOPTER PERU S.A., solicit la Modificacin de su Permiso de Operacin en el sentido de incrementar material aeronutico;

    Que, segn los trminos del Memorando N 1321-2014-MTC/12.LEG emitido por la Abogada de la Direccin General de Aeronutica Civil, Memorando N 362-2014-MTC/12.07.CER emitido por el Coordinador Tcnico de Certifi caciones, Memorando N 204-2014-MTC/12.07.PEL emitido por el Coordinador Tcnico de Licencias e Informe N 335-2014-MTC/12.07 emitido por el Director de Certifi caciones y Autorizaciones, que forman parte de la presente resolucin segn el numeral 6.2 del Artculo 6 de la Ley 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, se considera procedente atender lo solicitado en lo pertinente, al haber cumplido la recurrente con

    los requisitos establecidos en la Ley N 27261 - Ley de Aeronutica Civil del Per; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N 050-2001-MTC; el Texto nico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo N 008-2002-MTC modifi cado por la Resolucin Ministerial N 644-2007-MTC/01 y sus modifi catorias, as como las dems disposiciones legales vigentes;

    Que, la administracin, en aplicacin del principio de presuncin de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentacin de documentos por parte del interesado, conforme lo dispone la Ley N 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General;

    Que, en aplicacin del artculo 9, Literal g) de la Ley N 27261, la Direccin General de Aeronutica Civil es competente para otorgar, modifi car, suspender y revocar los Permisos de Operacin y Permisos de Vuelo, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedicin de la Resolucin Directoral respectiva;

    Estando a lo dispuesto por la Ley N 27261 - Ley de Aeronutica Civil del Per; el Reglamento aprobado por Decreto Supremo N 050-2001-MTC; dems disposiciones legales vigentes; y con la opinin favorable de las reas competentes;

    SE RESUELVE:

    Artculo 1.- Otorgar a la compaa ECOCOPTER PERU S.A. la Modifi cacin de su Permiso de Operacin de Aviacin Comercial: Trabajo Areo Fotografa, Publicidad, Inspeccin y Vigilancia, Prospeccin y Carga Externa en el sentido de incrementar el material aeronutico a los ya autorizados de acuerdo al siguiente detalle:

    MATERIAL AERONAUTICO: (Adems de los ya autorizados)

    - BELL 212

    Artculo 2.- Los dems trminos de la Resolucin Directoral N 198-2014-MTC/12 del 14 de abril del 2014 y sus modifi catorias continan vigentes.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    JUAN CARLOS PAVIC MORENODirector General de Aeronutica Civil

    1157410-1

    Autorizan ampliacin de la infraestructura del Taller de Conversin a Gas Natural Vehicular - GNV de Autotrnica Joel Cars E.I.R.L. ubicado en el distrito de Santa Anita, provincia y departamento de Lima

    RESOLUCIN DIRECTORALN 4279-2014-MTC/15

    Lima, 20 de octubre de 2014

    VISTOS:

    Los Partes Diarios Ns. 149140 y 178610, presentados por la empresa denominada AUTOTRNICA JOEL CARS E.I.R.L., y;

    CONSIDERANDO:

    Que, el Reglamento Nacional de Vehculos aprobado por Decreto Supremo N 058-2003-MTC y modifi cado por los Decretos Supremos Ns. 005-2004-MTC, 014-2004-MTC, 035-2004-MTC, 002-2005-MTC, 017-2005-MTC, 012-2006-MTC, 023-2006-MTC, 037-2006-MTC y 006-2008-MTC, establece en el artculo 29 el marco normativo que regula las conversiones de los vehculos originalmente diseados para la combustin de combustibles lquidos con la fi nalidad de instalar en ellos el equipamiento que

  • El PeruanoSbado 15 de noviembre de 2014537664

    permita su combustin a Gas Natural Vehicular (GNV), a fi n de que sta se realice con las mximas garantas de seguridad, por talleres debidamente califi cados y utilizando materiales de la mejor calidad, previniendo de este modo la ocurrencia de accidentes a causa del riesgo que implica su utilizacin sin control;

    Que, la Directiva N 001-2005-MTC/15, aprobada mediante Resolucin Directoral N 3990-2005-MTC/15 modificada por las Resoluciones Directorales Ns. 7150-2006-MTC/15, 4284-2008-MTC/15 y elevada al rango de Decreto Supremo mediante artculo 2 del Decreto Supremo N 016-2008-MTC que regula el Rgimen de autorizacin y funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones y de los Talleres de Conversin a GNV en adelante La Directiva, estableciendo en el numeral 6.2 el procedimiento y requisitos que deben reunir las personas jurdicas para ser autorizadas como Talleres de Conversin a Gas Natural Vehicular GNV, ante la Direccin General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;

    Que, mediante Parte Diario N 149140, de fecha 22 de agosto de 2014 la empresa AUTOTRNICA JOEL CARS E.I.R.L., en adelante La Empresa, solicita autorizacin para ampliacin de la infraestructura de su Taller de Conversin a Gas Natural Vehicular GNV, de un lote adyacente al autorizado en la Av. Huancaray S/N, Mz. C1, Lt. 21, Cooperativa Santa Aurelia, Distrito de Santa Anita, Provincia y Departamento de Lima; adicional al local autorizado en la Av. Huancaray S/N, Mz. C1, Lt. 01, Cooperativa Santa Aurelia, Distrito de Santa Anita, Provincia y Departamento de Lima;

    Que, el Parte Diario N 149140, se relaciona con la solicitud de ampliacin de la infraestructura del Taller autorizado, procedimiento que si bien no est previsto en La Directiva, tampoco la prohbe, ms an cuando el numeral 1 del Artculo VIII del Ttulo Preliminar de La Ley N 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, establece que las autoridades administrativas no pueden dejar de resolver las cuestiones que se les propongan (); as mismo el literal a), numeral 24, artculo 2 de la Constitucin Poltica del Per seala que Nadie est obligado a hacer lo que la Ley no manda, ni impedido de hacer lo que ella no prohbe;

    Que, La Empresa en el expediente administrativo que gener la Resolucin Directoral N 2452-2012-MTC/15 de fecha 25 de junio de 2012, publicada el 26 de julio del mismo ao, acredit los requisitos exigidos para la autorizacin como Taller de Conversin a Gas Natural Vehicular GNV; en tal sentido no corresponde solicitarle nuevamente la documentacin sobre dichos requisitos, encontrndose la Administracin prohibida de solicitar la documentacin que posee o deben poseer en virtud del trmite realizado anteriormente por el Administrado conforme lo establece el numeral 40.1.1 de la Ley N 27444, Ley de Procedimiento Administrativo;

    Que, mediante Ofi cio N 6783-2014-MTC/15.03 de fecha 05 de setiembre de 2014 y notifi cado el 19 de setiembre del mismo ao, esta Administracin formul las observaciones pertinentes a la solicitud presentada por La Empresa, requirindole la subsanacin correspondiente, para la cual se le otorg un plazo de diez (10) das hbiles, y mediante Parte Diario N 178610 de fecha 03 de octubre de 2014, present diversa documentacin con la fi nalidad de subsanar las observaciones sealadas en el ofi cio indicado;

    Que, asimismo el numeral 16.2 del artculo 16 de La Ley N 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General seala: El acto administrativo que otorga benefi cio al administrado se entiende efi caz desde la fecha de su emisin,;

    Que, considerando que la Direccin de Circulacin y Seguridad Vial en el Informe N 102-2014-MTC/15.03., concluye que al aplicar la citada norma constitucional al caso de autos, La Empresa cumple con los dos supuestos sealados en la Constitucin Poltica del Per, ya que no existe Ley que impida que un taller de conversin a Gas Natural Vehicular - GNV autorizado pueda modifi car los trminos de su Resolucin Directoral de autorizacin, en tal sentido, resulta viable atender el requerimiento formulado por la citada empresa;

    Que, los preceptos contenidos en los numerales 1.2 Principio del debido procedimiento, 1.7 Presuncin de

    veracidad, 1.9 Celeridad y 1.13 Simplicidad, del artculo IV de La Ley, seala que constituyen los fundamentos procedimentales sobre los cuales se resuelve la solicitud del administrado;

    Que, en consecuencia, es necesario dictar las medidas administrativas correspondientes; y,

    De conformidad con lo dispuesto en la Constitucin Poltica del Per, la Ley del Procedimiento Administrativo General Ley N 27444, Ley de Organizacin y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones - Ley N 29370 y la Directiva N 001-2005-MTC/15, aprobada mediante Resolucin Directoral N 3990-2005-MTC/15 y modifi cada por Resolucin Directoral N 7150-2006-MTC/15, la cual regula el Rgimen de Autorizacin y Funcionamiento de las Entidades Certifi cadoras de Conversiones a GNV y de los Talleres de Conversin a GNV;

    SE RESUELVE:

    Artculo Primero.- Autorizar la ampliacin de la infraestructura del Taller de Conversin a Gas Natural Vehicular - GNV de la empresa AUTOTRNICA JOEL CARS E.I.R.L., con el lote ubicado en la Av. Huancaray S/N, Mz. C1, Lt. 21, Cooperativa Santa Aurelia, Distrito de Santa Anita, Provincia y Departamento de Lima, adyacente al autorizado mediante Resolucin Directoral N 2452-2012-MTC/15, el mismo que est ubicado en la Av. Huancaray S/N, Mz. C1, Lt. 01, Cooperativa Santa Aurelia, Distrito de Santa Anita, Provincia y Departamento de Lima. La validez de la autorizacin est condicionada a la vigencia de la Resolucin Directoral N 2452-2012-MTC/15.

    Artculo Segundo.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancas (SUTRAN), copia de la presente Resolucin Directoral para las acciones de control conforme a su competencia.

    Artculo Tercero.- Remtase copia de la presente Resolucin Directoral al Administrador del Sistema de Control de Carga de GNV.

    Artculo Cuarto.- La presente Resolucin Directoral entrar en vigencia al da siguiente de su publicacin en el Diario Ofi cial El Peruano. El costo de la publicacin de la presente Resolucin Directoral ser asumido por la empresa solicitante.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    ABEL ALVARADO HUERTASDirector General (s)Direccin General de Transporte Terrestre

    1160723-1

    FE DE ERRATAS

    RESOLUCIN DIRECTORALN 571-2014-MTC/16

    Mediante Ofi cio N 1529-2014-MTC/04, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucin Directoral N 571-2014-MTC/16, publicada en la edicin del lunes 3 de noviembre de 2014.

    - En el Dcimo prrafo del considerando:

    DICE:

    (...)Que, se ha emitido el Informe Legal N 034-2014-

    MTC/16.LCKV, (...)

    DEBE DECIR:

    (...)Que, se ha emitido el Informe Legal N 039-2014-

    MTC/16.LCKV, (...)

    1164122-1

  • El PeruanoSbado 15 de noviembre de 2014 537665

    ORGANISMOS EJECUTORES

    OFICINA NACIONAL DE

    GOBIERNO INTERIOR

    Designan Gobernador Provincial de San Martn, departamento de San Martn

    RESOLUCIN JEFATURALN 0579-2014-ONAGI-J

    Lima, 14 de noviembre de 2014

    VISTO: El informe N 210-2014-ONAGI-DGAP emitido por la

    Direccin General de Autoridades Polticas de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior; y,

    CONSIDERANDO:Que, el numeral 4 del artculo 10 del Decreto

    Legislativo N 1140, de fecha 10 de diciembre de 2012, que crea la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior, en concordancia con el literal i) del artculo 8 del Reglamento de Organizacin y Funciones de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior, aprobado por Decreto Supremo N 003-2013-IN, establecen que entre las funciones del Jefe de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior se encuentra la de designar, remover y supervisar a los Gobernadores Provinciales;

    Que, segn lo indicado en el literal b) del artculo 50 del precitado Reglamento de Organizacin y Funciones, la Direccin General de Autoridades Polticas tiene como funcin proponer la designacin y remocin de los Gobernadores Provinciales; en ese sentido, la propuesta sobre conclusin y designacin del Gobernador Provincial de San Martn, Departamento de San Martn de dicha dependencia orgnica, se encuentra contenida en el informe de visto;

    Con el visado del Jefe de la Oficina General de Asesora Jurdica de la Oficina Nacional de Gobierno Interior y del Director General de la Direccin General

    de Autoridades Polticas de la Oficina Nacional de Gobierno Interior; y,

    De conformidad con lo dispuesto en la Ley N 29158, Ley Orgnica del Poder Ejecutivo; la Ley N 27594, Ley que Regula la Participacin del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designacin de Funcionarios Pblicos; Decreto Legislativo N 1140 que crea la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior y el Reglamento de Organizacin y Funciones de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior, aprobado mediante Decreto Supremo N 003-2013-IN;

    SE RESUELVE:

    Artculo 1.- DAR POR CONCLUIDA, la designacin de la siguiente persona en el cargo de Gobernador Provincial:

    N NOMBRE PROVINCIA DEPARTAMENTO

    1 JOSE FRANCISCO SANDOVAL PIZARRO SAN MARTIN SAN MARTIN

    Artculo 2.- DESIGNAR en el cargo de Gobernador Provincial a la siguiente persona y fi jar el mbito de su competencia:

    N NOMBRE PROVINCIA DEPARTAMENTO

    1 NAIKE SALLY ESPINOZA HUANSI SAN MARTIN SAN MARTIN

    Artculo 3.- El Gobernador designado mediante la presente Resolucin Jefatural ejerce sus funciones en el marco de las disposiciones vigentes.

    Artculo 4.- NOTIFICAR la presente Resolucin a la Direccin General de Autoridades Polticas, a la Ofi cina General de Administracin y Finanzas de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior, a la Direccin General de la Polica Nacional del Per, al Gobernador Regional de San Martn y a los interesados para los fi nes pertinentes.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    JUAN ENRIQUE PESTANA URIBEJefe de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior (e)

    1165139-1

  • El PeruanoSbado 15 de noviembre de 2014537666

    ORGANISMOS TECNICOS

    ESPECIALIZADOS

    COMISION DE PROMOCION

    DEL PERU PARA LA

    EXPORTACION Y EL TURISMO

    Autorizan viaje de representantes de PROMPERU a EE.UU., en comisin de servicios

    RESOLUCIN DE SECRETARA GENERALN 260-2014-PROMPER/SG

    Lima, 13 de noviembre de 2014

    Visto los Sustentos Tcnicos de viaje de las Direcciones de Promocin de las Exportaciones, de Promocin del Turismo y de Comunicaciones e Imagen Pas de la Comisin de Promocin del Per para la Exportacin y el Turismo - PROMPER.

    CONSIDERANDO:Que, la Comisin de Promocin del Per para la

    Exportacin y el Turismo PROMPER, es un organismo pblico tcnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promocin de bienes y servicios exportables, as como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Per en materia turstica y de exportaciones;

    Que, PROMPER, en cumplimiento de sus funciones, ha programado realizar conjuntamente con empresas exportadoras nacionales, de los sectores agroindustria, alimentos y bebidas procesadas, productos pesqueros y textiles confecciones, el evento EXPOPER ESTADOS UNIDOS, a realizarse en la ciudad de New York, Estados Unidos de Amrica, del 17 al 19 de noviembre de 2014, con el objetivo de promocionar nuestra oferta exportable en el mercado americano; facilitando a las empresas peruanas el posicionamiento de sus productos en dicho mercado, promoviendo la apertura comercial e inversiones, la Marca Pas, as como el destino Per, tomando en cuenta las ventajas que ofrece el Tratado de Libre Comercio suscrito con Estados Unidos de Amrica;

    Que, EXPOPER ESTADOS UNIDOS tiene por fi nalidad generar negocios, establecer alianzas estratgicas y fortalecer relaciones comerciales con el mercado norteamericano, ampliando y consolidando las exportaciones de empresas que actualmente ya tienen presencia en este mercado; para tal efecto, el evento contar con un formato comercial mixto de visita a compradores y exhibicin, reuniones empresariales para el sector de confecciones, alimentos, gastronmico y en el caso de turismo, reuniones con dos importantes organizaciones, Ustoa y American Express, con la fi nalidad de fortalecer y mejorar las acciones que se vienen realizando para la promocin de nuestros destinos tursticos;

    Que, en tal razn, las Direcciones de Promocin de las Exportaciones, de Promocin del Turismo y de Comunicaciones e Imagen Pas, han solicitado que se autorice la comisin de servicios de las seoras Milagritos Patricia Ormeo Aspauzo, Mnica Chvez Camacho y Natalia Corts Orrillo y de los seores Luis Alberto Torres Paz, Rubn Sergio Rondinelli Zaga, Ygor Ivn Rojas Chu y Walter Manuel Vizarreta Vilcarromero, quienes prestan servicios en dichas Direcciones, a la ciudad de New York, Estados Unidos de Amrica, para que en representacin de la entidad, participen en la EXPOPER ESTADOS UNIDOS, realizando acciones de promocin de importancia para el pas;

    Que, la Ley N 30114, Ley de Presupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal 2014, prohbe los viajes al exterior con cargo a recursos pblicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley seala, entre ellos, los viajes que se efecten en el marco de las acciones de promocin de importancia para el Per, los que deben

    realizarse en categora econmica y ser autorizados por Resolucin del Titular de la Entidad;

    De conformidad con la Ley N 27619, que regula la autorizacin de viajes al exterior de los servidores y funcionarios pblicos, sus modifi catorias, el Decreto Supremo N 047-2002-PCM y la Ley N 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisin de Promocin del Per para la Exportacin y el Turismo PROMPER;

    SE RESUELVE:

    Artculo 1.- Autorizar el viaje a la ciudad de New York, Estados Unidos de Amrica, de la seora Milagritos Patricia Ormeo Aspauzo y de los seores Luis Alberto Torres Paz, Walter Manuel Vizarreta Vilcarromero e Ygor Ivn Rojas Chu, del 17 al 20 de noviembre de 2014, Mnica Chvez Camacho, Natalia Corts Orrillo y Rubn Sergio Rondinelli Zaga, del 16 al 20 de noviembre de 2014, para que en representacin de PROMPER participen en el evento sealado en la parte considerativa de la presente Resolucin, realizando acciones de promocin de importancia para el pas.

    Artculo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucin se efectuarn con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisin de Promocin del Per para la Exportacin y el Turismo PROMPER, de acuerdo al siguiente detalle:

    Milagritos Patricia Ormeo Aspauzo, Luis Alberto Torres Paz, Walter Manuel Vizarreta Vilcarromero, Ygor Ivn Rojas Chu (del 17 al 20 de noviembre de 2014):

    - Pasajes Areos (US$ 956,00 x 4 personas) : US $ 3 824,00- Viticos (US$ 440,00 x 3 das x 4 personas) : US $ 5 280,00

    Mnica Chvez Camacho, Natalia Corts Orrillo y Rubn Sergio Rondinelli Zaga (del 16 al 20 de noviembre de 2014):

    - Pasajes Areos (US $ 956,00 x 3 personas) : US $ 2 868,00- Viticos (US$ 440,00 x 4 das x 3 personas) : US $ 5 280,00

    Artculo 3.- Dentro de los quince das calendario siguientes a su retorno al pas, las personas cuyo viaje se autoriza mediante el Artculo 1 de la presente Resolucin, presentarn a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPER un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento al que asistirn; asimismo, debern presentar la rendicin de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley.

    Artculo 4.- La presente Resolucin no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominacin.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    ARACELLY LACA RAMOSSecretaria General (e)

    1164972-1

    INSTITUTO GEOLOGICO

    MINERO Y METALURGICO

    Disponen la publicacin de concesiones mineras cuyos ttulos fueron aprobados en el mes de octubre del ao 2014

    RESOLUCIN DIRECTORAL N 007-2014-INGEMMET/SG-OAJ

    Lima, 11 de noviembre de 2014

    VISTO, el Memorando N 683-2014-INGEMMET/DCM, de fecha 11 de Noviembre de 2014 formulado por la Direccin de Concesiones Mineras del INGEMMET, sobre concesiones mineras cuyos ttulos fueron aprobados en el mes de Octubre del ao 2014.

    CONSIDERANDO:

    Que, de conformidad con lo dispuesto en el artculo 124 del Texto nico Ordenado de la Ley General de Minera, aprobado por Decreto Supremo N 014-92-EM, el Registro

  • El PeruanoSbado 15 de noviembre de 2014 537667Pblico de Minera, posteriormente Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero INACC, actualmente INGEMMET, publicar mensualmente en el diario ofi cial El Peruano, por una sola vez, la relacin de concesiones mineras cuyos ttulos hubieran sido aprobados en el mes anterior;

    Que, mediante Resolucin de Presidencia N 108-2012-INGEMMET/PCD de fecha 05 de julio de 2012, la Presidenta del Consejo Directivo del Instituto Geolgico, Minero y Metalrgico INGEMMET, resuelve delegar en el Director de la Ofi cina de Asesora Jurdica, la facultad de autorizar la publicacin en el diario ofi cial El Peruano, la relacin de concesiones mineras cuyos ttulos se encuentren aprobados, segn lo dispuesto en los artculos 124 del Decreto Supremo N 014-92-EM y 24 del Decreto Supremo N 018-92-EM;

    Que, por Decreto Supremo N 008-2007-EM se aprueba la fusin del Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero INACC con el Instituto Geolgico, Minero y Metalrgico INGEMMET, correspondindole al Instituto Geolgico, Minero y Metalrgico INGEMMET la calidad de entidad incorporante;

    Que, mediante Decreto Supremo N 035-2007-EM del 05 de julio del 2007, se aprob el Reglamento de Organizacin y Funciones del Instituto Geolgico, Minero y Metalrgico INGEMMET;

    De conformidad con lo dispuesto por el artculo 124 del Texto nico Ordenado de la Ley General de Minera, aprobado por Decreto Supremo N 014-92-EM; y, el artculo 24 del Decreto Supremo N 018-92-EM; y

    Con la visacin de la Direccin de Concesiones Mineras;

    SE RESUELVE:

    Artculo nico.- Publquese en el diario ofi cial El Peruano las concesiones mineras cuyos ttulos fueron aprobados en el mes de Octubre del ao 2014, de acuerdo a la relacin adjunta que es parte integrante de la presente resolucin y para los efectos a que se contraen los artculos 124 del Decreto Supremo N 014-92-EM y 24 del Decreto Supremo N 018-92-EM. Asimismo, la presente Resolucin se publicar en el Portal Institucional del Instituto Geolgico, Minero y Metalrgico (www.ingemmet.gob.pe).

    Regstrese y publquese.

    BEATRIZ CHACALTANA ROMERODirectoraOfi cina de Asesora Jurdica

    1164434-1

    ORGANISMO TECNICO DE

    LA ADMINISTRACION DE

    LOS SERVICIOS DE SANEA

    Aprueban el Manual de Clasificador de Cargos del OTASS

    RESOLUCIN DIRECTORALN 006-2014-OTASS/DE

    Lima, 14 de noviembre de 2014

    CONSIDERANDO:

    Que, mediante Ley N 30045, Ley de Modernizacin de los Servicios de Saneamiento, se crea el Organismo Tcnico de la Administracin de los Servicios de Saneamiento - OTASS, como Organismo Pblico Tcnico especializado adscrito al Ministerio de Vivienda, Construccin y Saneamiento - MVCS, con personera jurdica de derecho pblico interno, con autonoma funcional, econmica, fi nanciera y administrativa con competencia a nivel nacional; el cual desarrolla su objeto en concordancia con la poltica general, objetivos, planes y programas del sector saneamiento y en coordinacin con el ente rector;

    Que, mediante Decreto Supremo N 015-2013-VIVIENDA se aprob el Reglamento de la Ley N 30045,

    que establece, entre otros, la naturaleza, el mbito de competencia, la organizacin y las funciones generales y especfi cas del Organismo Tcnico de la Administracin de los Servicios de Saneamiento OTASS;

    Que, mediante Decreto Supremo N 017-2014-VIVIENDA, se aprueba el Reglamento de Organizacin y Funciones del Organismo Tcnico de la Administracin de los Servicios de Saneamiento, el cual en su artculo 6 establece la estructura orgnica del Organismo Tcnico de la Administracin de los Servicios de Saneamiento;

    Que, el Manual de Clasifi cacin de Cargos es un documento de gestin que detalla el ordenamiento de los cargos que requiere una entidad acorde con sus funciones, su descripcin, califi cacin y requisitos mnimos para su desempeo y sirve de base para formular el Cuadro para Asignacin de Personal CAP Provisional;

    Que, conforme lo establecido en la Resolucin de Presidencia Ejecutiva N 152-2014-SERVIR/PE que aprueba la Directiva N 001-2014-SERVIR/GPGSC Reglas de aplicacin progresiva para la aprobacin del Cuadro de Puestos de las Entidades, se hace necesario aprobar el Manual de Clasifi cador de Cargos del Organismo Tcnico de la Administracin de los Servicios de Saneamiento, en el marco del proceso de elaboracin y aprobacin de su Cuadro de Asignacin de Personal provisional;

    De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Modernizacin de los Servicios de Saneamiento, Ley N 30045; el Reglamento de la Ley de Modernizacin de los Servicios de Saneamiento, aprobado mediante Decreto Supremo N 015-2013-VIVIENDA; la Resolucin de Presidencia Ejecutiva N 152-2014-SERVIR/PE, que aprueba la Directiva N 001-2014-SERVIR/GPGSC y de acuerdo a las facultades conferidas en el Reglamento de Organizacin y Funciones del Organismo Tcnico de la Administracin de los Servicios de Saneamiento - OTASS, aprobado mediante Decreto Supremo N 017-2014-VIVIENDA;

    SE RESUELVE:

    Artculo 1.- Aprobar el Manual de Clasifi cador de Cargos del Organismo Tcnico de la Administracin de los Servicios de Saneamiento - OTASS, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolucin.

    Artculo 2.- El Manual de Clasifi cador de Cargos del Organismo Tcnico de la Administracin de los Servicios de Saneamiento OTASS debe publicarse en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construccin y Saneamiento hasta la creacin del Portal Institucional del OTASS, el mismo da de la publicacin de la presente Resolucin en el Diario Ofi cial El Peruano.

    Artculo 3.- El Manual de Clasifi cador de Cargos aprobado por la presente Resolucin entrar en vigencia al da siguiente de su publicacin.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    MILAGROS CADILLO LA TORREDirectora Ejecutiva

    1164890-1

    SUPERINTENDENCIA

    NACIONAL DE ADUANAS Y DE

    ADMINISTRACION TRIBUTARIA

    Rectifican resolucin mediante la cual se designa auxiliar coactivo de la Intendencia de Aduana de Arequipa

    RESOLUCIN DE INTENDENCIAN 154 3I0000/2014-000340

    Arequipa; 4 de noviembre del 2014.

    Visto, la Resolucin de Intendencia N 154 3I0000/2014-000328 de fecha 22.10.2014, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; mediante el cual se designa como Auxiliar

  • El PeruanoSbado 15 de noviembre de 2014537668

    Coactivo de la Intendencia de Aduana de Arequipa al seor abogado SANDRO URDAY ZAGACETA; y,

    CONSIDERANDO:

    Que, en la Resolucin de Intendencia N 154 3I0000/2014-000328; se consign lo dispuesto en el artculo 4 de la Resolucin de Superintendencia N 216-2004/SUNAT, cmo la norma que faculta a los Intendentes de Aduanas desconcentradas, para designar a los Auxiliares Coactivos que ejercern sus funciones en la Dependencia a la cual han sido asignados;

    Que, sin embargo la precitada norma ha sido dejada sin efecto, encontrndose actualmente vigente la Resolucin de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N 00196-2014-SUNAT/300000 de fecha 06.06.2014, que desconcentra en los intendentes de aduana entre otros, la competencia para designar auxiliares coactivos;

    Que, el Artculo 3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General Ley N 27444; establece los requisitos de validez de los actos administrativos;

    Que, el numeral 2) del Artculo 10 de la Ley del Procedimiento Administrativo General Ley N 27444; establece que son vicios del acto administrativo, que causan nulidad de pleno derecho: El defecto o la omisin de alguno de sus requisitos de validez, salvo que se presente alguno de los supuestos de conservacin del acto a que se refi ere el Artculo 14;

    Que, el sub numeral 14.2.1) del Artculo 14 de la Ley del Procedimiento Administrativo General Ley N 27444; establece que son actos administrativo afectados por vicios no trascendentes: El acto cuyo contenido sea impreciso o incongruente con las cuestiones surgidas en la motivacin;

    Que, sobre este tema Morn Urbina; Juan Carlos(174)1; seala: La conservacin es la fi gura considerada en la ley para permitir perfeccionar las decisiones de las autoridades respaldadas en la presuncin de validez afectadas por vicios no trascendentes, sin tener que anularlos o dejarlos sin efecto. A diferencia de la institucin de la nulidad, i) La conservacin sirve para perfeccionar la validez de un acto nacido imperfecto, mientras que la nulidad priva de validez al acto administrativo imperfecto; ii) La nulidad se encuentra reservada para aquellos supuestos de vicios trascendentes; mientras que la procedencia de la conservacin, se funda contrariamente en la no trascendencia del vicio incurrido; y, iii) La nulidad valora la puridad de los elementos de la generacin del acto administrativo, mientras que la conservacin privilegia el factor efi cacia de la actuacin administrativa(.). De este modo, la conservacin, permite a la entidad mantener la vigencia de un acto viciado, solamente, mediante la emisin de un nuevo acto de enmienda, que con efi cacia retroactiva, satisfaga el requisito de validez inobservado, sin perder vigencia en ningn momento la decisin fi nal.

    Que, el numeral 14.1) del Artculo 14 de la Ley del Procedimiento Administrativo General Ley N 27444; establece: Cuando el vicio del acto administrativo por el incumplimiento a sus elementos de validez, no sea trascendente, prevalece la conservacin del acto, procedindose a su enmienda por la propia autoridad emisora; de igual forma, conforme a lo dispuesto por el numeral 14.3) del artculo 14 de la Ley del Procedimiento Administrativo General Ley N 27444, la presente enmienda se ha producido de ofi cio y no ha pedido de parte y antes de que surta efectos su ejecucin;

    De conformidad a la Ley del Procedimiento Administrativo General Ley N 27444, Reglamento de Organizacin y Funciones de la SUNAT Resolucin de Superintendencia N 122-2014/SUNAT y a la designacin efectuada mediante Resolucin de Superintendencia N 043-2013/SUNAT.

    SE RESUELVE:

    Artculo nico.- CONSERVAR lo dispuesto en la Resolucin de Intendencia N 154 3I0000/2014-000328, acto mediante el cual se designa como auxiliar coactivo de la Intendencia de Aduana de Arequipa al seor abogado SANDRO URDAY ZAGACETA; en consecuencia CORREGIR nicamente el primer considerando de la citada Resolucin de Intendencia en los siguientes trminos:

    DONDE DICE: Que, en el artculo 4 de la Resolucin de Superintendencia N 216-2004/SUNAT ha delegado al Intendente de Aduana Martima del Callao, Intendente

    de Aduana Area del Callao, Intendente de Fiscalizacin y Gestin de Recaudacin Aduanera, Intendente de Principales Contribuyentes Nacionales, Intendentes de Aduanas desconcentradas, y en los Intendentes Regionales, la facultad de designar a los Auxiliares Coactivos que ejercern sus funciones en la Dependencia a la cual han sido asignados 20.10.2010

    DEBE DECIR: Que, Mediante Resolucin de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N 00196-2014-SUNAT/300000 el Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas desconcentr en el Intendente de Control Aduanero, Intendente de Aduana Martima del Callao, Intendente de Aduana Area y Postal y en los Intendentes de Aduanas la competencia para designar auxiliares coactivos en el mbito de su competencia.

    Regstrese , publquese y archvese

    ADA ROCIO FRANCO MARCOSIntendenteIntendencia de Aduana de Arequipa

    1 Morn Urbina, J. C. (2011). Comentarios a la Ley del Procedimiento Admis-trativo General. Lima: El Bho E.I.R.L.

    1164165-1

    PODER JUDICIAL

    CONSEJO EJECUTIVO

    DEL PODER JUDICIAL

    Autorizan viaje de magistrados de la Corte Suprema de Justicia de la Repblica para que participen en evento acadmico a realizarse en el Reino de Espaa

    RESOLUCIN ADMINISTRATIVA N 096-2014-P-CE-PJ

    Lima, 22 de octubre de 2014

    VISTOS:

    El Ofi cio N 3464-2014-CIJ/PJ, cursado por el Director del Centro de Investigaciones Judiciales; los Ofi cios N 1911 y N 2036-2014-GG/PJ, e Informe N 156-2014-GAF-GG-PJ, del Gerente General del Poder Judicial y Gerente de Administracin y Finanzas, respectivamente.

    CONSIDERANDO:

    Primero. Que mediante Resolucin Administrativa N 030-2014-P-CE-PJ, se aprob el Convenio de Cooperacin Interinstitucional entre el Poder Judicial y la Universidad Carlos III de Madrid, Reino de Espaa, el mismo que tiene por objetivo estrechar lazos de cooperacin y colaboracin entre ambas partes, a travs del Instituto de Derecho Pblico Comparado Manuel Garca Pelayo a efectos de coadyuvar en la formacin especializada de jueces, funcionarios, personal jurisdiccional y administrativo de este Poder del Estado. Asimismo, desarrollar investigaciones, intercambio de publicaciones, organizacin de talleres, seminarios, congresos y otras actividades que sean de inters en el marco de la cooperacin comn.

    Segundo. Que en el marco del mencionado convenio se ha programado la realizacin del Curso de Especializacin en Derecho Constitucional y Gobierno y Gestin Judicial, desarrollado por el Instituto de Derecho Pblico Comparado Manuel Garca Pelayo de la Universidad Carlos III de Madrid, Reino de Espaa, el mismo que fue aprobado por resolucin de fecha 3 de setiembre del ao en curso.

  • El PeruanoSbado 15 de noviembre de 2014 537669

    Tercero. Que mediante resoluciones de fechas 3, 4, 17 y 25 de setiembre del ao en curso se autoriz la participacin de los Jueces Titulares de la Corte Suprema de Justicia de la Repblica, en el mencionado curso que tiene dos fases presenciales en la ciudad de Lima del 29 de setiembre al 16 de octubre, y en Madrid del 3 al 7 y del 17 al 21 de noviembre del ao en curso.

    Cuarto. Que, al respecto, es relevante considerar que la temtica a desarrollarse en el Curso de Especializacin en Derecho Constitucional y Gobierno y Gestin Judicial, se encuentra enmarcada en lo que es el desarrollo estratgico en gobierno judicial y poltica judicial, modernizacin y sistemas de calidad judicial, sistemas de control institucional, participacin y acceso a la justicia, argumentacin y decisin judicial, sistemas de gestin judicial, polticas pblicas judiciales, proteccin multinivel de derechos fundamentales, entre otros vinculados directamente a la labor jurisdiccional, de gobierno y gestin judicial. Por lo que siendo as, resulta importante que Jueces Titulares de la Corte Suprema de Justicia de la Repblica participen en el mencionado certamen, teniendo en cuenta las labores jurisdiccionales y de gobierno a su cargo; ms an cuando este espacio acadmico ser muy valioso para el intercambio de experiencias respecto a la realidad jurdica e institucional espaola, en tanto la plana docente est integrada por Jueces del Poder Judicial Espaol, que incluye un Juez Supremo Titular, ex miembros del Consejo General del Poder Judicial, rgano de Gobierno, y ex Magistrados del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y Tribunal Constitucional Espaol. En ese sentido, corresponde a este Poder del Estado asumir los gastos no cubiertos para la participacin de los Jueces Titulares de la Corte Suprema de Justicia, en razn al itinerario de viaje.

    En consecuencia; el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus facultades delegadas mediante Resolucin Administrativa N 003-2009-CE-PJ, de fecha 9 de enero de 2009.

    RESUELVE:

    Artculo Primero.- Autorizar el viaje de los seores doctores Vctor Lucas Ticona Postigo, Vctor Roberto Prado Saldarriaga y Duberl Apolinar Rodrguez Tineo, Jueces Titulares de la Corte Suprema de Justicia de la Repblica, del 14 al 23 de noviembre del ao en curso, concedindoseles licencia con goce de haber por tales fechas; para que participen en el Curso de Especializacin en Derecho Constitucional y Gobierno y Gestin Judicial, desarrollado por el Instituto de Derecho Pblico Comparado Manuel Garca Pelayo de la Universidad Carlos III de Madrid, Reino de Espaa, el mismo que fuera aprobado mediante resolucin de fecha 3 de setiembre del ao en curso.

    Artculo Segundo.- Los gastos de viticos, instalacin, pasajes y Assist Card, estarn a cargo de la Unidad Ejecutora de la Gerencia General del Poder Judicial, de acuerdo al siguiente detalle:

    Vctor Lucas Ticona Postigo Juez Titular de la Corte Suprema de Justicia de la Repblica

    Viticos US$ 4 860.00Gastos de Instalacin US$ 1 080.00Pasajes US$ 2 038.91Assist Card US$ 60.00

    Vctor Roberto Prado Saldarriaga Juez Titular de la Corte Suprema de Justicia de la Repblica

    Viticos US$ 4 860.00Gastos de Instalacin US$ 1 080.00Pasajes US$ 2 038.91Assist Card US$ 60.00

    Duberl Apolinar Rodrguez Tineo Juez Titular de la Corte Suprema de Justicia de la Repblica

    Viticos US$ 4 860.00Gastos de Instalacin US$ 1 080.00Pasajes US$ 2 038.91Assist Card US$ 60.00

    Artculo Tercero.- El cumplimiento de la presente resolucin no exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacin.

    Artculo Cuarto.- Transcribir la presente resolucin a la Presidencia del Poder Judicial; Jueces Supremos nombrados en la presente resolucin y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes.

    Regstrese, publquese, comunquese y cmplase.

    S.

    ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMREZPresidente

    1164693-1

    CORTES SUPERIORES

    DE JUSTICIA

    Designan magistrados de la Corte Superior de Justicia de Lima

    CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA

    RESOLUCIN ADMINISTRATIVAN 336-2014-P-CSJLI/PJ

    Lima, 14 de noviembre de 2014

    VISTOS:

    La Resolucin Administrativa N 310-2014-P-CSJLI/PJ, de fecha 30 de octubre del presente ao.

    Y CONSIDERANDOS:

    Que, mediante el ingreso N 452333-2014, la doctora Silvia Ysabel Nez Riva, Juez Titular del 11 Juzgado Constitucional con Sub Especialidad en Temas Tributarios, Aduaneros e Indecopi solicita se le conceda licencia por el periodo del da 17 al 28 de noviembre del presente ao para participar en el Curso de Formacin Judicial Especializado Derecho Mercantil el cual se desarrollar en la Escuela Judicial del Consejo General del Poder Judicial en Barcelona Espaa.

    Que, mediante el ingreso N 469099-2014, el doctor Juan Carlos Cieza Rojas, Juez Titular del 11 Juzgado Civil con Subespecialidad Comercial de Lima solicita se le conceda licencia por el periodo del da 17 al 28 de noviembre del presente ao para participar en el Curso de Formacin Judicial Especializado Derecho Mercantil el cual se desarrollar en la Escuela Judicial del Consejo General del Poder Judicial en Barcelona Espaa; y, mediante el ingreso nmero 578793-2014 solicita licencia hasta el da 2 de diciembre del presente ao.

    Que, mediante el ingreso N 469104-2014, el doctor Juan Gustavo Varillas Solano, Juez Titular del 7 Juzgado Civil con Subespecialidad Comercial de Lima solicita se le conceda licencia por el periodo del da 17 al 28 de noviembre del presente ao para participar en el Curso de Formacin Judicial Especializado Derecho Mercantil el cual se desarrollar en la Escuela Judici