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  • Viernes 15 de agosto de 2014

    529967Ao XXXI - N 12956

    AO DE LA PROMOCIN DE LA INDUSTRIA RESPONSABLE Y DEL COMPROMISO CLIMTICO

    PODER EJECUTIVO

    PRESIDENCIA DEL

    CONSEJO DE MINISTROS

    R.S. N 289-2014-PCM.- Autorizan viaje de funcionarios del Servicio Nacional de Acreditacin del INDECOPI a Guatemala, en comisin de servicios 529970R.S. N 290-2014-PCM.- Autorizan viaje de funcionario de OSIPTEL a Panam, en comisin de servicios 529971

    AGRICULTURA Y RIEGO

    R.M. N 0450-2014-MINAGRI.- Designan representantes titular y alterno del Ministerio de Agricultura y Riego ante el Consejo Nacional para la Calidad 529972

    DEFENSA

    R.S. N 396-2014-DE/MGP.- Autorizan viaje de ofi cial de la Marina de Guerra del Per a Nueva Zelanda, en comisin de servicios 529972R.S. N 397-2014-DE/MGP.- Autorizan viaje de ofi ciales de la Marina de Guerra del Per a Colombia, en comisin de servicios 529973

    DESARROLLO E

    INCLUSION SOCIAL

    R.D. N 073-2014-MIDIS/P65-DE.- Aprueban Directiva sobre Neutralidad y Transparencia del Programa Nacional de Asistencia Solidaria Pensin 65 durante los procesos electorales 529974Res. N 097-2014-MIDIS/PNADP-DE.- Aprueban Directiva sobre Neutralidad y Transparencia del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Ms Pobres - JUNTOS durante los procesos electorales 529974Res. N 682-2014-MIDIS/PNCM.- Aprueban Directiva Neutralidad y Transparencia en el Programa Nacional Cuna Ms durante los procesos electorales 529975Res. N 2789-2014-MIDIS/PNAEQW.- Aprueban Directiva sobre Neutralidad y Transparencia del Programa Nacional de Alimentacin Escolar Qali Warma durante los procesos electorales 529976Res. N 111-2014-FONCODES/DE.- Aprueban Directiva Neutralidad y Transparencia de la Unidad Ejecutora 004: Fondo de Cooperacin para el Desarrollo Social durante los Procesos Electorales 529976

    ECONOMIA Y FINANZAS

    D.S. N 235-2014-EF.- Autorizan Crdito Suplementario a favor del pliego Ministerio de Desarrollo e Inclusin Social y nueve gobiernos regionales con cargo a los recursos del Fondo de Estmulo al Desempeo y Logro de Resultados Sociales - FED en el Presupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal 2014 529977D.S. N 236-2014-EF.- Aprueban cambio de destino de los recursos autorizados por el artculo 7 de la Ley N 30191, a favor de la Municipalidad Distrital de Mariano Melgar de la provincia y departamento de Arequipa 529979D.S. N 237-2014-EF.- Aprueban la Formalizacin de los Crditos Suplementarios del Segundo Trimestre del Ao Fiscal 2014, en el Presupuesto Consolidado de los Organismos Pblicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales 529980

    EDUCACION

    R.S. N 029-2014-MINEDU.- Crean Comit de Inversin a fi n que realice funciones que corresponden a su competencia para la promocin de la inversin privada en el marco del Decreto Legislativo N 1012 que aprueba la Ley Marco de Asociaciones Pblico - Privadas 529981R.M. N 372-2014-MINEDU.- Designan Director de la Direccin de Alfabetizacin de la Direccin General de Educacin Bsica Alternativa, dependiente del Viceministerio de Gestin Pedaggica del Ministerio de Educacin 529982

    ENERGIA Y MINAS

    R.S. N 062-2014-EM.- Aprueban Tercera Modifi cacin al Contrato de Concesin N 366-2011 celebrado con Energa Elica S.A. 529983

    INTERIOR

    R.S. N 138-2014-IN.- Autorizan viaje de servidor de la Superintendencia Nacional de Migraciones a Brasil, en comisin de servicios 529983RR.SS. Ns. 139 y 140-2014-IN.- Autorizan viajes de personal de la Polica Nacional del Per a Espaa, en comisin de servicios 529984

    JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

    RR.SS. Ns. 151 y 153-2014-JUS.- Acceden a solicitudes de extradicin activa de ciudadanos mexicano y peruano, y disponen su presentacin al Reino de Espaa y a la Repblica Italiana 529986

    Sumario

  • El PeruanoViernes 15 de agosto de 2014529968

    R.S. N 152-2014-JUS.- Acceden a solicitud de ampliacin de extradicin activa de ciudadano peruano, y disponen su presentacin a los Estados Unidos de Amrica 529987

    PRODUCE

    R.M. N 281-2014-PRODUCE.- Designan Director General de la Direccin General de Polticas y Regulacin del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria del Ministerio de la Produccin 529988

    RELACIONES EXTERIORES

    R.S. N 142-2014-RE.- Cancelan Exequtur que reconoce a Cnsul Honorario de la Repblica Federal de Alemania en la ciudad de Arequipa 529988R.M. N 0538/RE-2014.- Actualizan la nmina de Comisionados Titulares por el Per ante la Comisin Interamericana del Atn Tropical (CIAT), y designan funcionarios 529989

    SALUD

    R.M. N 615-2014/MINSA.- Designan Sub Jefe del Instituto Nacional de Salud del Ministerio de Salud 529989

    TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO

    R.M. N 164-2014-TR.- Aprueban modifi cacin del Plan Operativo Institucional - POI 2014 529990R.M. N 165-2014-TR.- Ofi cializan el VI Congreso Nacional de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, a realizarse en la ciudad de Arequipa 529992R.M. N 166-2014-TR.- Aprueban Directriz para las Comunicaciones Pblicas de la Ofi cina Administrativa Nacional del Per (OAN Per) en virtud del Acuerdo de Cooperacin Laboral entre Canad y la Repblica del Per 529992Res. N 19-GCAS-ESSALUD-2014.- Aprueban formatos y formularios de la Gerencia Central de Aseguramiento de ESSALUD, a ser utilizados en Ofi cinas de Aseguramiento, Agencias de Seguros y Mdulos de Seguros 529993

    TRANSPORTES Y COMUNICACIONES

    R.D. N 349-2014-MTC/12.- Otorgan a Aero Transporte S.A. el permiso de operacin de aviacin comercial: trabajo areo - calibracin de equipos de aeronavegacin 529994R.D. N 3145-2014-MTC/15.- Autorizan a Factora Angie S.A.C. como taller de conversin a gas natural vehicular y operar en local ubicado en el departamento de Lima 529995

    VIVIENDA

    D.S. N 012-2014-VIVIENDA.- Decreto Supremo que establece disposiciones relacionadas a los representantes del Ministerio de Vivienda, Construccin y Saneamiento en los directorios de las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento Municipales constituidas como sociedades annimas 529996R.M. N 277-2014-VIVIENDA.- Designan responsable de la coordinacin y atencin de los requerimientos de informacin que realice el Equipo Especializado de Seguimiento de la Inversin del Ministerio de Economa y Finanzas 529997R.M. N 282-2014-VIVIENDA.- Designan representantes del Ministerio de Vivienda, Construccin y Saneamiento ante los Directorios de diversas Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento - EPS municipales, constituidas como sociedades annimas 529998

    ORGANISMOS EJECUTORES

    SEGURO INTEGRAL

    DE SALUD

    R.J. N 178-2014/SIS.- Aprueban pago directo de prestaciones econmicas de sepelio a nivel nacional, correspondiente al mes de agosto de 2014 529999

    ORGANISMOS REGULADORES

    ORGANISMO SUPERVISOR

    DE LA INVERSION EN

    ENERGIA Y MINERIA

    RR. Ns. 163 y 164-2014-OS/CD.- Aprueban propuestas de adenda a Contratos de Suministro de Electricidad suscritos por empresas adjudicatarias de diversos Procesos de Licitacin 530000Res. N 166-2014-OS/CD.- Fijan Tarifa Elctrica Rural y Cargos de Corte y Reconexin para Sistemas Fotovoltaicos, as como frmulas de actualizacin 530002Res. N 168-2014-OS/CD.- Incorporan como Anexo N 20 de la Escala de Multas y Sanciones de la Gerencia de Fiscalizacin Elctrica, la Escala de Multas y Sanciones correspondiente a la tipifi cacin de infracciones por incumplimiento del Procedimiento para la Supervisin del Cumplimiento del Plan de Inversiones de los Sistemas Secundarios y Complementarios de Transmisin 530004Res. N 169-2014-OS/CD.- Aprueban modifi cacin del numeral 5.2 Disposiciones Transitorias del Procedimiento para la Supervisin de la Contrastacin de Medidores de Energa Elctrica 530006

    ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

    COMISION DE PROMOCION

    DEL PERU PARA LA

    EXPORTACION Y EL TURISMO

    RR. Ns. 04 y 05-2014-PROMPERU/PCD.- Aceptan renuncia y designan Directora de Promocin del Turismo de PROMPER 530007Res. N 158-2014-PROMPERU/SG.- Aprueban precios de venta y forma de pago para actividades de exportaciones en eventos a realizarse en Per y Colombia 530007

    INSTITUTO GEOLOGICO MINERO

    Y METALURGICO

    Res. N 094-2014-INGEMMET/PCD.- Disponen publicar relacin de concesiones mineras cuyos ttulos fueron aprobados en el mes de julio de 2014 530008

    ORGANISMO DE EVALUACION Y

    FISCALIZACION AMBIENTAL

    Res. N 027-2014-OEFA/CD.- Designan Vocales Titulares y Suplente de la Primera Sala Especializada del Tribunal de Fiscalizacin Ambiental del OEFA 530008Res. N 028-2014-OEFA/CD.- Establecen conformacin de sala especializada permanente y de sala especializada transitoria del Tribunal de Fiscalizacin Ambiental del OEFA 530009

  • El PeruanoViernes 15 de agosto de 2014 529969

    SUPERINTENDENCIA NACIONAL

    DE ADUANAS Y DE

    ADMINISTRACION TRIBUTARIA

    Res. N 161-024-0000944-2014-SUNAT/6P0300.- Designan Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Cajamarca 530010

    SUPERINTENDENCIA NACIONAL

    DE MIGRACIONES

    Res. N 00000424-2014-MIGRACIONES.- Designan Asesor I de Despacho de la Superintendencia Nacional de Migraciones. 530011

    SUPERINTENDENCIA

    NACIONAL DE SALUD

    Res. N 032-2014-SUSALUD/S.- Designan Responsables de Libros de Reclamaciones en la Sede Central y en la Sede Institucional ubicada en el Cercado de Lima de SUSALUD 530011

    PODER JUDICIAL

    CONSEJO EJECUTIVO

    DEL PODER JUDICIAL

    Res. Adm. N 277-2014-CE-PJ.- Aceptan renuncia de magistrado y recomponen rganos jurisdiccionales de la Sala Penal Nacional 530012

    ORGANOS AUTONOMOS

    CONSEJO NACIONAL

    DE LA MAGISTRATURA

    RR. Ns. 203 y 204-2014-CNM.- Cancelan y expiden ttulos de fi scales de los Distritos Judiciales de Junn, ncash y Arequipa 530013

    JURADO NACIONAL

    DE ELECCIONES

    Res. N 698-2014-JNE.- Declaran nula resolucin del Segundo Jurado Electoral Especial de Lima Este, que declar improcedente solicitud de inscripcin de lista de candidatos al Concejo Distrital de El Agustino, provincia y departamento de Lima. 530014Res. N 703-2014-JNE.- Confi rman resolucin del Jurado Electoral Especial de Mariscal Nieto que declar improcedente solicitud de inscripcin de lista de candidatos al Concejo Provincial de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua 530016Res. N 802-2014-JNE.- Declaran nula resolucin del Jurado Electoral Especial de Pasco que declar improcedente solicitud de inscripcin de lista de candidatos al Concejo Distrital de Yanacancha, provincia y departamento de Pasco 530017Res. N 809-2014-JNE.- Declaran nula resolucin del Jurado Electoral Especial de Parinacochas, que declar improcedente solicitud de inscripcin de lista de candidatos al Concejo Provincial de Parinacochas, departamento de Ayacucho 530018

    Res. N 857-2014-JNE.- Declaran nula resolucin del Tercer Jurado Electoral Especial Lima Norte, que declar improcedente solicitud de inscripcin de lista de candidatos al Concejo Distrital de Carabayllo, provincia y departamento de Lima 530019Res. N 1022-2014-JNE.- Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de alcalde y regidora de la Municipalidad Distrital de Zepita, provincia de Chucuito, departamento de Puno 530021Res. N 1157-2014-JNE.- Confi rman resolucin del Jurado Electoral Especial de Tambopata en extremo que declar improcedente solicitud de inscripcin de candidato al Concejo Provincial de Tambopata, departamento de Madre de Dios 530021Res. N 1158-2014-JNE.- Confi rman resolucin del Jurado Electoral Especial de Tambopata en extremo que declar improcedente solicitud de inscripcin de candidato a la alcalda de la Municipalidad Distrital de Huepetuhe, provincia de Manu, departamento de Madre de Dios 530023Res. N 1167-2014-JNE.- Revocan resolucin del Segundo Jurado Electoral Especial de Lima Sur que declar improcedente solicitud de inscripcin de lista de candidatos al Concejo Distrital de Villa El Salvador, provincia y departamento de Lima 530025Res. N 1168-2014-JNE.- Confi rman resolucin del Jurado Electoral Especial de Coronel Portillo que resolvi declarar fundadas tachas interpuestas contra inscripcin de candidato que lo excluye de participar en las Elecciones Regionales y Municipales 2014 para la Municipalidad Provincial de Coronel Portillo, departamento de Ucayali 530026Res. N 1173-2014-JNE.- Revocan resolucin del Jurado Electoral Especial de Caman que declar improcedente solicitud de inscripcin de lista de candidatos al Concejo Provincial de Caman, departamento de Arequipa 530029Res. N 1573-2014-JNE.- Convocan a juez para que asuma el cargo de presidente del Jurado Electoral Especial de Lima Sur 1 530030

    MINISTERIO PUBLICO

    Res. N 3280-2014-MP-FN.- Destacan a fi scal del Distrito Judicial de Lima para que preste apoyo al Despacho de la Fiscala Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupcin de Funcionarios. 530031

    SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y

    ADMINISTRADORAS PRIVADAS

    DE FONDOS DE PENSIONES

    Res. N 4952-2014.- Autorizan inscripcin de persona natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros 530031Res. N 5006-2014.- Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y Crdito de Arequipa S.A. la apertura de ofi cina especial temporal en el departamento de Arequipa 530032Res. N 5009-2014.- Autorizan a la Hipotecaria Sura EAH el cierre de ofi cina, ubicada en el departamento de Arequipa 530032Res. N 5010-2014.- Autorizan a Compartamos Financiera S.A. la apertura de agencias en los departamentos de Junn y Ancash 530032Res. N 5254-2014.- Modifi can el Reglamento para la Gestin del Riesgo de Liquidez y el Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero 530032

    GOBIERNOS REGIONALES

    GOBIERNO REGIONAL DE JUNIN

    Ordenanza N 180-2014-GRJ/CR.- Aprueban la adhesin del Gobierno Regional Junn a la Mancomunidad Regional de Los Andes 530034

  • El PeruanoViernes 15 de agosto de 2014529970

    PODER EJECUTIVO

    PRESIDENCIA DEL

    CONSEJO DE MINISTROS

    Autorizan viaje de funcionarios del Servicio Nacional de Acreditacin del INDECOPI a Guatemala, en comisin de servicios

    RESOLUCIN SUPREMAN 289-2014-PCM

    Lima, 14 de agosto de 2014

    VISTA: la Carta N 503-2014/PRE-INDECOPI, del Presidente del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccin de la Propiedad Intelectual INDECOPI;

    CONSIDERANDO:

    Que, mediante comunicacin de fecha 01 de julio de 2014, el Secretario de la Cooperacin InterAmericana de Acreditacin (IAAC), invit al Jefe del Servicio Nacional de Acreditacin (SNA) del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccin de la Propiedad Intelectual INDECOPI, para que participe en la 19 Asamblea General de IAAC que se realizar en la ciudad de Guatemala, Repblica de Guatemala, del 24 al 29 de agosto del 2014;

    Que, la Cooperacin Interamericana de Acreditacin (IAAC) es una asociacin regional de organismos de acreditacin y de otras organizaciones interesadas en la evaluacin de la conformidad en Amrica;

    Que, la Asamblea General de IAAC es la mxima autoridad de la organizacin y est compuesta por cada uno de los miembros asociados y benefi ciados; y, en el marco de la referida asamblea se desarrollar el Comit Ejecutivo, as como otras reuniones, entre ellas, la reunin del Grupo de Acuerdo de Reconocimiento Multilateral (MLA);

    Que, el Servicio Nacional de Acreditacin (SNA) del INDECOPI, como miembro pleno de IAAC, obtuvo en el ao 2006 el reconocimiento regional en el campo de la acreditacin de Organismos de Certifi cacin de Sistemas de Gestin de la Calidad - ISO 9001, por lo que es miembro signatario del Acuerdo de Reconocimiento Multilateral del IAAC, siendo el objetivo de la participacin del INDECOPI representar al Per en las referidas reuniones a travs del SNA, en su calidad de Organismo Nacional de Acreditacin;

    Que, la Agenda de la prxima Asamblea General involucra las reuniones del Grupo MLA y Comit MLA, instancias en las cuales se discuten las nuevas disposiciones para los pases fi rmantes de los MLA, as como la aceptacin o no de nuevos postulantes y el mantenimiento y renovacin de los reconocimientos internacionales; por lo que, IAAC tomar la decisin fi nal de otorgar la renovacin del reconocimiento del SNA del INDECOPI, luego de debatir entre sus miembros los resultados de la auditora que recibi el SNA del INDECOPI en el mes de Octubre de 2013; que como parte de este debate, se suelen hacer consultas fi nales al organismo que est siendo evaluado, por ello, resulta necesario la presencia de los funcionarios del SNA;

    Que, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccin de la Propiedad Intelectual INDECOPI, ha considerado la participacin del seor Augusto Emiliano Mello Romero, Jefe del Servicio Nacional de Acreditacin (SNA), en el citado evento, pues cuenta con la experiencia profesional y tcnica para atender durante la Asamblea las consultas que pueda realizar el equipo evaluador del IAAC, lo que permitir al pas obtener el reconocimiento de infraestructura de la calidad a nivel internacional y regional; y, adicionalmente, el SNA es miembro signatario del Acuerdo de Reconocimiento Multilateral (MLA) del IAAC;

    Que, tambin se ha considerado la participacin en el referido evento de la seora Lidia Patricia Aguilar Rodrguez, Ejecutivo 1 del Servicio Nacional de Acreditacin (SNA) del INDECOPI, quien cuenta con la experiencia profesional y tcnica para atender durante el evento las consultas que pueda realizar el equipo evaluador del IAAC, lo que permitir al pas obtener el reconocimiento de infraestructura de la calidad a nivel internacional y regional; as como, es la responsable del Sistema de Calidad en el SNA, lo cual le permite participar en las reuniones de los comits de gestin del IAAC y en los comits que tratarn los temas de acreditacin de los distintos sistemas que aborda el SNA (laboratorios, inspeccin, certifi cacin y gestin de calidad), ya que se encuentra familiarizada con los procesos de las reas de acreditacin, al haber ejecutado la implementacin y liderado el mantenimiento del sistema en los ltimos aos;

    Que, es importante la participacin de los referidos funcionaros del INDECOPI pues en el marco de los acuerdos comerciales y Tratados de Libre Comercio (TLC) que ha suscrito la Repblica del Per, se torna de necesidad nacional contar con una infraestructura de la calidad reconocida regional e internacionalmente. En los referidos Tratados se hace referencia a que se debe promover la Acreditacin de los Organismos de Evaluacin de la Conformidad sobre la base de las Normas y Guas relevantes de la Organizacin Internacional de Normalizacin (ISO) y de la Comisin Electrotcnica Internacional (IEC);

    Que, asimismo, se debe promover la aceptacin mutua de los resultados de evaluacin de la conformidad de los Organismos de Evaluacin de la Conformidad, que hayan

    GOBIERNOS LOCALES

    MUNICIPALIDAD DE JESUS MARIA

    Ordenanza N 439-MDJM.- Fortalecen la Ofi cina Municipal de Atencin a la Persona con Discapacidad - OMAPED 530037Ordenanza N 441-MDJM.- Establecen disposiciones bsicas para la ejecucin de proyectos en predios califi cados como fi nca tugurizada y/o ruinosa para fi nes de renovacin urbana, destugurizacin y plan de vivienda municipal 530038D.A. N 014-2014-MDJM.- Incorporan al Tarifario de Servicios No Exclusivos de la Municipalidad el tem correspondiente a la Gerencia de Desarrollo Humano 530039D.A. N 016-2014-MDJM.- Prorrogan la vigencia de la Ordenanza N 387-MDJM que regul el otorgamiento de licencias de edifi cacin por regularizacin en el distrito 530040D.A. N 020-2014-MDJM.- Prorrogan vigencia de la Ordenanza N 423-MDJM, a excepcin de lo dispuesto en sus artculos 3 y 4 530040

    MUNICIPALIDAD DE

    SAN JUAN DE MIRAFLORES

    D.A. N 10-2014-A-MDSJM.- Disponen el embanderamiento general del distrito 530041

    MUNICIPALIDAD DE

    SAN MARTIN DE PORRES

    Res. N 244-2014-SGCHU-GDU-MDSMP.- Disponen levantar carga establecida en el artculo 3 de la Resolucin de Subegerencia N 306-2013-SGCHU-GDU- MDSMP inscrita en el Registro Predial Urbano de Lima 530041

    MUNICIPALIDAD

    DE SURQUILLO

    D.A. N 012-2014-MDS.- Prorrogan vigencia de la Ordenanza N 317-MDS, que aprob Rgimen de benefi cios tributarios y no tributarios, a favor de los contribuyentes del distrito 530042

  • El PeruanoViernes 15 de agosto de 2014 529971sido reconocidos en virtud de acuerdos multilaterales apropiados entre sus respectivos sistemas u Organismos de Acreditacin;

    Que, de acuerdo a lo expuesto en los considerandos precedentes, el viaje de representacin de los citados funcionarios resulta de inters nacional por encontrarse enmarcado dentro de las acciones de promocin de importancia para el Per, motivo por el cual se estima necesario autorizar dicha participacin, disponindose, para tal efecto, que los gastos por concepto de pasajes y viticos en los que incurran, sern asumidos ntegramente por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccin de la Propiedad Intelectual INDECOPI;

    De conformidad con la Ley N 30114, Ley de Presupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal 2014; el Reglamento de la Ley N 27619, Ley que regula la autorizacin de viajes al exterior de servidores y funcionarios pblicos, aprobado mediante Decreto Supremo N 047-2002-PCM y modifi catorias;

    SE RESUELVE:Artculo 1.- Autorizar el viaje del seor Augusto Emiliano

    Mello Romero, Jefe del Servicio Nacional de Acreditacin (SNA), y de la seora Lidia Patricia Aguilar Rodrguez, Ejecutiva 1 del Servicio Nacional de Acreditacin (SNA) del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccin de la Propiedad Intelectual INDECOPI, del 23 al 30 de agosto de 2014, a la ciudad de Guatemala, Repblica de Guatemala, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucin.

    Artculo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucin sern cubiertos por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccin de la Propiedad Intelectual INDECOPI, de acuerdo al siguiente detalle:

    Augusto Emiliano Mello Romero Pasaje Areo (Incluye TUUA) US$ 1,203.21Viticos (6 + 1 US$ 315.00 por da) US$ 2,205.00 ------------ US$ 3,408.21 Lidia Patricia Aguilar Rodrguez Pasaje Areo (Incluye TUUA) US$ 1,203.21Viticos (6 + 1 US$ 315.00 por da) US$ 2,205.00 ------------ US$ 3,408.21Artculo 3.- Dentro de los quince (15) das calendario

    siguientes de efectuado el viaje, los referidos funcionarios debern presentar al Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendicin de cuentas por los viticos entregados.

    Artculo 4.- El cumplimiento de la presente Resolucin no dar derecho a exoneracin o liberacin de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacin.

    Artculo 5.- La presente Resolucin Suprema ser refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros.

    Regstrese, comunquese y publquese.OLLANTA HUMALA TASSOPresidente Constitucional de la RepblicaANA JARA VELSQUEZPresidenta del Consejo de Ministros

    1123918-5

    Autorizan viaje de funcionario de OSIPTEL a Panam, en comisin de servicios

    RESOLUCIN SUPREMAN 290-2014-PCM

    Lima, 14 de agosto de 2014

    VISTO: el documento C.240-PD.GPP/2014 del Presidente (e) del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de Inversin Privada en Telecomunicaciones OSIPTEL; y,

    CONSIDERANDO:

    Que, mediante documento del Visto, el Presidente (e) del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de Inversin Privada en Telecomunicaciones OSIPTEL, comunica que los seores Antonio Juan Sosa, Vicepresidente Corporativo de Infraestructura de la CAF-Banco de Desarrollo de Amrica Latina; Pablo Bello, Secretario General de la Asociacin Iberoamericana de Centros de Investigacin y Empresas de Telecomunicaciones (AHCIET); y Sebastin Cabello, Director de GSMA Latn Amrica, con documento de fecha 27 de junio de 2014, han cursado invitacin para participar en la Segunda Edicin del Congreso Regional de Telecomunicaciones (CRT2014), a realizarse en la ciudad de Panam, Repblica de Panam, del 18 al 21 de agosto de 2014;

    Que, el citado evento, es un espacio de dilogo y encuentro entre gobiernos, reguladores, empresas y la academia, con el propsito de abordar los desafos ms apremiantes del desarrollo de telecomunicaciones en Amrica Latina, a fi n de contribuir y acelerar el desarrollo tecnolgico de la regin; adems debatirn sobre temas tales como la transformacin digital de Amrica Latina y el rol estratgico de las Tecnologas de la Informacin y la Comunicacin (TIC); la generacin de las condiciones que permitan incrementar las inversiones en redes y servicios en la regin; la ubicacin y viabilidad de IXP regionales y su impacto en las tarifas y la calidad del servicio de Internet; el avance y los desafos en materia de tecnologas inalmbricas; la importancia de la gobernanza de Internet, entre otros;

    Que, en el marco del referido Congreso se ha previsto la realizacin del Foro Regional UIT para las Amricas sobre Sistemas IMT: Tecnologa, Evolucin e Implementacin, a realizarse los das 18 y 19 de agosto; el Seminario CAF Tendencias y novedades en el desarrollo de infraestructura en Amrica Latina, a realizarse el 19 de agosto; la Sesin Plenaria CRT2014, a realizarse el 20 de agosto; y el Seminario de GSMA Latin Amrica: Sostenibilidad de la Industria Mvil, a realizarse el 21 de agosto del ao en curso;

    Que, los temas que se abordarn en los citados eventos se consideran de relevancia para la gestin del OSIPTEL y sus funciones reguladora y normativa, en un entorno de competitividad en el mercado de telecomunicaciones;

    Que, en ese contexto se ha considerado fundamental la participacin del seor Luis Alejandro Pacheco Zevallos, Subgerente de Anlisis Regulatorio de la Gerencia de Polticas Regulatorias del OSIPTEL, a fi n de compartir e intercambiar experiencias y buenas prcticas orientadas al desarrollo del sector, as como conocer las tendencias regulatorias existentes en la regin; por lo que, los gastos de pasaje (incluye TUUA), instalacin y viticos sern cubiertos por el OSIPTEL, con cargo a su presupuesto institucional; y,

    De conformidad con lo establecido por la Ley N 30114, Ley de Presupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal 2014; la Ley N 27619, Ley que regula la autorizacin de viajes al exterior de servidores y funcionarios pblicos, y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo N 047-2002-PCM y sus modifi catorias;

    SE RESUELVE:

    Artculo 1.- Autorizar el viaje del seor Luis Alejandro Pacheco Zevallos, Subgerente de Anlisis Regulatorio de la Gerencia de Polticas Regulatorias del OSIPTEL, a la ciudad de Panam, Repblica de Panam del 17 al 22 de agosto de 2014, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolucin.

    Artculo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolucin se efectuarn con cargo al presupuesto institucional del OSIPTEL, de acuerdo al siguiente detalle:

    Pasaje (incluye TUUA) US$ 1,215.84Viticos (1 + 4 das x US$ 315.00) US$ 1,575.00 ------------------ TOTAL US$ 2,790.84

    Artculo 3.- Dentro de los quince (15) das calendario siguientes de efectuado el viaje, el referido funcionario debern presentar a su institucin un informe detallado

  • El PeruanoViernes 15 de agosto de 2014529972

    describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendicin de cuentas por los viticos entregados.

    Artculo 4.- La presente Resolucin no otorga derecho a exoneracin o liberacin de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacin.

    Artculo 5.- La presente Resolucin Suprema ser refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    OLLANTA HUMALA TASSOPresidente Constitucional de la Repblica

    ANA JARA VELSQUEZPresidenta del Consejo de Ministros

    1123918-6

    AGRICULTURA Y RIEGO

    Designan representantes titular y alterno del Ministerio de Agricultura y Riego ante el Consejo Nacional para la Calidad

    RESOLUCIN MINISTERIALN 0450-2014-MINAGRI

    Lima, 11 de agosto de 2014

    VISTO:

    La Nota de Envo de la Secretara General N 94-2014-MINAGRI-SG de fecha 24 de julio de 2014, del Secretario General del Ministerio de Agricultura y Riego; y,

    CONSIDERANDO

    Que, mediante Ley N 30224, Ley que Crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad, se crea el Sistema Nacional para la Calidad, como un sistema de carcter funcional que integra y articula principios, normas, procedimientos, tcnicas, instrumentos e instituciones del Sistema Nacional para la Calidad;

    Que, se ha establecido como fi nalidad del Sistema Nacional para la Calidad, el promover y asegurar el cumplimiento de la Poltica Nacional para la Calidad, con miras al desarrollo y la competitividad de las actividades econmicas y la proteccin del consumidor;

    Que, mediante el artculo 7 de la precitada Ley N 30224, se crea el Consejo Nacional para la Calidad CONACAL, como rgano de coordinacin de asuntos para la calidad, dependiente del Ministerio de la Produccin;

    Que, asimismo, dispone su conformacin, el cual est integrado, entre otros, por un representante del Ministerio de Agricultura y Riego, el que debe contar con rango de Viceministro y, adems, ser designado mediante Resolucin del Titular de la Entidad.

    Que, resulta necesario designar a los representantes titular y alterno del Ministerio de Agricultura y Riego ante el Consejo Nacional para la Calidad CONACAL;

    De conformidad con la Ley N 29158, Ley Orgnica del Poder Ejecutivo; la Ley N 27594, Ley que regula la participacin del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacin de Funcionarios Pblicos; el Decreto Legislativo N 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organizacin y Funciones del Ministerio de Agricultura, modifi cado por Ley N 30048, y su Reglamento de Organizacin y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N 008-2014-MINAGRI;

    SE RESUELVE

    Artculo 1.- Designar al Viceministro de Polticas Agrarias y al Viceministro de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego, como representantes titular y alterno, respectivamente, del Ministerio de Agricultura y Riego, ante el Consejo Nacional para la Calidad.

    Artculo 2.- Notifi car la presente Resolucin al Consejo Nacional para la Calidad, dependiente del Ministerio de la Produccin, as como a los representantes mencionados, para los fi nes pertinentes.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    JUAN MANUEL BENITES RAMOSMinistro de Agricultura y Riego

    1123151-1

    DEFENSA

    Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra del Per a Nueva Zelanda, en comisin de servicios

    RESOLUCIN SUPREMAN 396-2014-DE/MGP

    Lima, 14 de agosto de 2014

    Visto, el Ofi cio P.200-1557 del Director General del Personal de la Marina, de fecha 8 de julio de 2014;

    CONSIDERANDO:

    Que, el Bureau Hydrographique International, ha cursado invitacin para que personal de la Marina de Guerra del Per, participe en la 6ta Reunin del Sub Comit sobre el Servicio Mundial de Avisos a la Navegacin (WWNWS 6), a realizarse en la ciudad de Wellington, Nueva Zelanda, del 18 al 22 de agosto de 2014;

    Que, la Marina de Guerra del Per, ha considerado dentro de sus prioridades para el ao 2014, la designacin y autorizacin de viaje de UN (1) Ofi cial Subalterno, para que participe en la mencionada reunin;

    Que, la designacin de Personal Naval para que participe en la citada actividad, responde a la necesidad de contar con los alcances actualizados sobre los estudios, investigaciones cientfi cas y procedimientos tcnicos sobre los avisos a la navegacin, aspectos meteorolgicos y otros asuntos relativos a la seguridad martima;

    Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Comisin de Servicio del Teniente Segundo Hugo Andrs TORRES Santa Mara, para que participe en la 6ta Reunin del Sub Comit sobre el Servicio Mundial de Avisos a la Navegacin (WWNWS 6), a realizarse en la ciudad de Wellington, Reino de Nueva Zelanda, a partir del 18 al 22 de agosto de 2014; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarn en benefi cio de la Seguridad Nacional dentro del mbito de competencia de la Marina de Guerra del Per;

    Que, los gastos que ocasione la presente autorizacin de viaje, se efectuarn con cargo al Presupuesto Institucional del Ao Fiscal 2014 de la Unidad Ejecutora N 004: Marina de Guerra del Per, de conformidad con el artculo 13 del Decreto Supremo N 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002;

    Que, teniendo en consideracin los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fi n de prever la participacin del personal designado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar la salida del pas con DOS (2) das de anticipacin, sin que estos das adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Pblico;

    De conformidad con el Decreto Legislativo N 1134, que aprueba la Ley de Organizacin y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N 30114, Ley de Presupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal 2014; la Ley N 27619, Ley que regula la Autorizacin de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Pblicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo N 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modifi catoria aprobada con el Decreto Supremo N 056-2013-PCM, de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo N 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; y el Decreto Supremo N 024-2009-

  • El PeruanoViernes 15 de agosto de 2014 529973DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarqua y uso de las normas de carcter administrativo que se aplicarn en los distintos rganos del Ministerio;

    Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa;

    SE RESUELVE:

    Artculo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisin de Servicio del Teniente Segundo Hugo Andrs TORRES Santa Mara, CIP. 01005248, DNI. 43313764, para que participe en la 6ta Reunin del Sub Comit sobre el Servicio Mundial de Avisos a la Navegacin (WWNWS 6), a realizarse en la ciudad de Wellington, Reino de Nueva Zelanda, del 18 al 22 de agosto de 2014; as como, autorizar su salida del pas el 16 de agosto de 2014.

    Artculo 2.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Per, efectuar los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes:

    Pasaje Areo: Lima - Wellington (Nueva Zelanda) - Lima

    US$ 7,050.00 US$. 7,050.00

    Viticos:US$ 385.00 x 5 das US$. 1,925.00 ------------------- TOTAL A PAGAR: US$. 8,975.00

    Artculo 3.- El Ministro de Defensa, queda facultado para variar la fecha de inicio y trmino de la autorizacin a que se refi ere el artculo 1, sin exceder el total de das autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante.

    Artculo 4.- El Ofi cial Subalterno comisionado, deber cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) das calendario contados a partir de la fecha de retorno al pas. Asimismo, dentro del mismo plazo deber efectuar la sustentacin de viticos, conforme a lo indicado en el artculo 6 del Decreto Supremo N 047-2002-PCM, de fecha de 5 de junio de 2002 y su modifi catoria.

    Artculo 5.- La presente Resolucin Suprema, no dar derecho a exoneracin ni liberacin de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacin.

    Artculo 6.- La presente Resolucin Suprema, ser refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    OLLANTA HUMALA TASSOPresidente Constitucional de la Repblica

    ANA JARA VELSQUEZPresidenta del Consejo de Ministros

    PEDRO CATERIANO BELLIDOMinistro de Defensa

    1123917-1

    Autorizan viaje de oficiales de la Marina de Guerra del Per a Colombia, en comisin de servicios

    RESOLUCIN SUPREMAN 397-2014-DE/MGP

    Lima, 14 de agosto de 2014

    Visto, el Ofi cio P.200-1503 del Director General del Personal de la Marina, de fecha 1 de julio de 2014;

    CONSIDERANDO:

    Que, el Comandante de la Armada Nacional de Colombia, ha cursado invitacin, para que una delegacin de la Marina de Guerra del Per, participe en la XVIII Reunin del Comit de Trabajo del Acuerdo de Asistencia

    Mutua, a realizarse en la ciudad de Bogot, Repblica de Colombia, del 26 al 30 de agosto de 2014;

    Que, la Marina de Guerra del Per, ha considerado dentro de sus prioridades para el ao 2014, la designacin y autorizacin de viaje de UN (1) Ofi cial Almirante y DOS (2) Ofi ciales Superiores, para que participen en la citada reunin;

    Que, la designacin de Personal Naval, para que participe en el mencionado evento, responde a la necesidad de continuar el fortalecimiento de los lazos de amistad, cooperacin y reciprocidad entre la Marina de Guerra del Per y la Armada Nacional de Colombia; as como, la intencin de fomentar el incremento de confi anza mutua, mediante el intercambio de informacin tecnolgica y cientfi ca, la cooperacin en educacin y la capacitacin para los miembros de ambas Armadas;

    Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Comisin de Servicio del Contralmirante Fernando Ral CERDAN Ruz, del Capitn de Navo Rodolfo SABLICH Luna Victoria y del Capitn de Fragata Carlos Orlando HOLGUIN Valdivia, para que participen en la XVIII Reunin del Comit de Trabajo del Acuerdo de Asistencia Mutua, a realizarse en la ciudad de Bogot, Repblica de Colombia, del 26 al 30 de agosto de 2014; por cuanto las experiencias a adquirirse redundarn en benefi cio de la Marina de Guerra del Per;

    Que, teniendo en consideracin los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fi n de prever la participacin del personal comisionado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del pas con UN (1) da de anticipacin; sin que este da adicional irrogue gasto alguno al Tesoro Pblico;

    Que, los gastos que ocasione la presente autorizacin de viaje, se efectuarn con cargo al Presupuesto Institucional del Ao Fiscal 2014 de la Unidad Ejecutora N 004: Marina de Guerra del Per, de conformidad con el artculo 13 del Decreto Supremo N 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002;

    De conformidad con el Decreto Legislativo N 1134, que aprueba la Ley de Organizacin y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N 30114, Ley de Presupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal 2014; la Ley N 27619, Ley que regula la Autorizacin de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Pblicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo N 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y su modifi catoria aprobada con el Decreto Supremo N 056-2013-PCM de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo N 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; y el Decreto Supremo N 024-2009-DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarqua y uso de las normas de carcter administrativo que se aplicarn en los distintos rganos del Ministerio;

    Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa;

    SE RESUELVE:

    Artculo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisin de Servicio del Contralmirante Fernando Ral CERDAN Ruz, CIP. 01714971, DNI. 43317410, del Capitn de Navo Rodolfo SABLICH Luna Victoria, CIP. 01860343, DNI. 43439292 y del Capitn de Fragata Carlos Orlando HOLGUIN Valdivia, CIP. 00909385, DNI. 44381317, para que participen en la XVIII Reunin del Comit de Trabajo del Acuerdo de Asistencia Mutua, a realizarse en la ciudad de Bogot, Repblica de Colombia, del 26 al 30 de agosto de 2014; as como, autorizar su salida del pas el 25 de agosto de 2014.

    Artculo 2.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Per, efectuar los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes:

    Pasajes Areos: Lima - Bogot (Repblica de Colombia) - LimaUS$. 900.00 x 3 personas US$. 2,700.00

    Viticos:US$. 370.00 x 5 das x 3 personas US$. 5,550.00 -------------------- TOTAL A PAGAR: US$. 8,250.00

  • El PeruanoViernes 15 de agosto de 2014529974

    Artculo 3.- El Ministro de Defensa, queda facultado para variar la fecha de inicio y trmino de la autorizacin a que se refi ere el artculo 1, sin exceder el total de das autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes.

    Artculo 4.- El Ofi cial Almirante designado, deber cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) das calendario contados a partir de la fecha de retorno al pas. Asimismo, dentro del mismo plazo el Personal Naval comisionado, deber efectuar la sustentacin de viticos, conforme a lo indicado en el artculo 6 del Decreto Supremo N 047-2002-PCM, de fecha de 5 de junio de 2002 y su modifi catoria.

    Artculo 5.- La presente Resolucin Suprema, no dar derecho a exoneracin ni liberacin de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacin.

    Artculo 6.- La presente Resolucin Suprema, ser refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    OLLANTA HUMALA TASSOPresidente Constitucional de la Repblica

    ANA JARA VELSQUEZPresidenta del Consejo de Ministros

    PEDRO CATERIANO BELLIDOMinistro de Defensa

    1123918-7

    DESARROLLO E

    INCLUSION SOCIAL

    Aprueban Directiva sobre Neutralidad y Transparencia del Programa Nacional de Asistencia Solidaria Pensin 65 durante los procesos electorales

    RESOLUCIN DIRECTORALN 073-2014-MIDIS/P65-DE

    Lima, 14 de agosto de 2014

    VISTOS:

    El Informe N 093-2014-MIDIS/P65-UPP de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe N 154-2014-MIDIS/P65-UAJ de la Unidad de Asesora Jurdica; y,

    CONSIDERANDO:

    Que, mediante Decreto Supremo N 081-2011-PCM se cre el Programa Nacional de Asistencia Solidaria Pensin 65 con la fi nalidad de otorgar subvenciones econmicas a las personas adultas en condicin de extrema pobreza a partir de los sesenta y cinco (65) aos de edad que cumplan con los requisitos establecidos por la indicada norma;

    Que, mediante Ley N 29792, se cre el Ministerio de Desarrollo e Inclusin Social, determinndose su mbito, competencias, funciones y estructura bsica;

    Que, la Tercera Disposicin Complementaria Final de la Ley N 29792, dispuso la adscripcin del Programa Nacional de Asistencia Solidaria Pensin 65 al Ministerio de Desarrollo e Inclusin Social, la cual oper a partir del 1 de enero de 2012;

    Que, la neutralidad y transparencia son deberes que guan la actuacin de la Administracin Pblica, por lo que su aseguramiento es necesario para garantizar que las votaciones en los procesos electorales traduzcan la expresin libre y espontnea voluntad de los ciudadanos;

    Que, mediante Resolucin Ministerial N 186-2014-MIDIS, se aprob la Directiva N 003-2014-MIDIS

    Neutralidad y Transparencia de la Unidad Ejecutora 001: Sede Central del Ministerio de Desarrollo e Inclusin Social durante los Procesos Electorales; y se aprobaron los Lineamientos para la elaboracin y aprobacin de Directivas sobre Neutralidad y Transparencia de los Programas Sociales adscritos al Ministerio de Desarrollo e Inclusin Social durante los Procesos Electorales, otorgndoseles un plazo de 3 das hbiles para la aprobacin de tales directivas;

    Que, mediante los documentos de Vistos, la Unidad de Planeamiento y Presupuesto y la Unidad de Asesora Jurdica proponen la aprobacin de la Directiva sobre Neutralidad y Transparencia del Programa Nacional de Asistencia Solidaria Pensin 65 durante los procesos electorales;

    Que, de acuerdo con el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Asistencia Solidaria Pensin 65, son funciones de la Direccin Ejecutiva, aprobar, ejecutar, modifi car y derogar las directivas, reglamentos y otras normas tcnico-operativas o administrativas internas que requiera el programa para su funcionamiento, de acuerdo con las polticas sectoriales y lineamientos que establezca el Ministerio de Desarrollo e Inclusin Social;

    Que, en consecuencia, a efectos de coadyuvar a garantizar, durante los procesos electorales, la transparencia y neutralidad del Programa Nacional de Asistencia Solidaria Pensin 65, resulta pertinente la aprobacin de la directiva a que se hace referencia en los considerandos precedentes;

    De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo N 081-2011-PCM que crea el Programa Nacional de Asistencia Solidaria Pensin 65, y la Resolucin Ministerial N 177-2012-MIDIS que aprueba su Manual de Operaciones;

    SE RESUELVE:

    Artculo 1.- Aprobar la Directiva N 001-2014-MIDIS/65-DE Directiva sobre Neutralidad y Transparencia del Programa Nacional de Asistencia Solidaria Pensin 65 durante los procesos electorales, que en Anexo forma parte integrante de la presente resolucin.

    Artculo 2.- Designar al Coordinador Tcnico del Programa Nacional de Asistencia Solidaria Pensin 65 como responsable del seguimiento al cumplimiento de las disposiciones de la directiva aprobada por la presente resolucin.

    Artculo 3.- Disponer la publicacin del Anexo de la presente resolucin en el Portal Institucional del Programa Nacional de Asistencia Solidaria Pensin 65 (www.pension65.gob.pe) en la misma fecha de publicacin de la presente resolucin en el diario ofi cial El Peruano.

    Artculo 4.- Notifi car la presente resolucin y su Anexo a las unidades de apoyo, de asesoramiento y tcnicas del Programa Nacional de Asistencia Solidaria Pensin 65, as como a sus unidades territoriales a nivel nacional.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    JOS VILLALOBOS CASTILLODirector EjecutivoPrograma Nacional de Asistencia SolidariaPensin 65

    1123912-1

    Aprueban Directiva sobre Neutralidad y Transparencia del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Ms Pobres - JUNTOS durante los procesos electorales

    RESOLUCIN DE DIRECCIN EJECUTIVAN 097-2014-MIDIS/PNADP-DE

    Lima, 14 de agosto de 2014.

    CONSIDERANDO:

    Que, mediante Ley N 29792, se cre el Ministerio de Desarrollo e Inclusin Social, determinndose su mbito, competencias, funciones y estructura bsica;

  • El PeruanoViernes 15 de agosto de 2014 529975

    Que, con Decreto Supremo N 032-2005-PCM, modifi cado por Decreto Supremo N 062-2005-PCM y Decreto Supremo N 012-2012-MIDIS, se cre el Programa Nacional de Apoyo Directo a los Ms Pobres JUNTOS, adscrito al Ministerio de Desarrollo e Inclusin Social- MIDIS, el cual tiene por fi nalidad ejecutar transferencias directas en benefi cio de los hogares en condicin de pobreza, priorizando progresivamente su intervencin en los hogares rurales a nivel nacional; el Programa facilita a los hogares, con su participacin y compromiso voluntario, el acceso a los servicios de salud- nutricin y educacin, orientados a mejorar la salud y nutricin preventiva materno - infantil y la escolaridad sin desercin;

    Que, la neutralidad y transparencia son deberes que guan la actuacin de la Administracin Pblica, por lo que su aseguramiento es necesario para garantizar que las votaciones en los procesos electorales traduzcan la expresin libre y espontnea voluntad de los ciudadanos;

    Que, mediante Resolucin Ministerial N 186-2014-MIDIS, se aprob la Directiva N 003-2014-MIDIS Neutralidad y Transparencia de la Unidad Ejecutora 001: Sede Central del Ministerio de Desarrollo e Inclusin Social durante los Procesos Electorales; y se aprobaron los Lineamientos para la elaboracin y aprobacin de Directivas sobre Neutralidad y Transparencia de los Programas Sociales adscritos al Ministerio de Desarrollo e Inclusin Social durante los Procesos Electorales, otorgndoseles un plazo de 3 das hbiles para la aprobacin de tales directivas;

    Que, la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, en el marco de sus competencias y funciones, ha propuesto la aprobacin de la Directiva sobre Neutralidad y Transparencia del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Ms Pobres JUNTOS durante los procesos electorales;

    Que, la Direccin Ejecutiva es la mxima autoridad ejecutiva y administrativa del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Ms Pobres JUNTOS, y entre sus funciones se encuentra la de proponer, supervisar, evaluar y ejecutar los planes de accin, las lneas de intervencin y los proyectos, en concordancia con las disposiciones contenidas en los lineamientos y con la poltica sectorial del Ministerio de Desarrollo e Inclusin Social;

    Que, en consecuencia, a efectos de coadyuvar a garantizar, durante los procesos electorales, la transparencia y neutralidad del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Ms Pobres JUNTOS, resulta pertinente la aprobacin de la directiva a que se hace referencia en los considerandos precedentes;

    Con el visto de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto y de la Unidad de Asesora Jurdica;

    En uso de las facultades previstas en el artculo 5 del Decreto Supremo N 032-2005-PCM, modifi cado por el Decreto Supremo N 062-2005-PCM y el Decreto Supremo N 012-2012-MIDIS; y estando a lo dispuesto por el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Ms Pobres JUNTOS, aprobado por Resolucin Ministerial N 181-2013-MIDIS;

    SE RESUELVE:

    Artculo 1.- Aprobar la Directiva N 004-2014-MIDIS/PNADP Directiva sobre Neutralidad y Transparencia del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Ms Pobres JUNTOS durante los procesos electorales, la misma que en Anexo forma parte integrante de la presente resolucin.

    Artculo 2.- La Unidad de Administracin es el rgano responsable del seguimiento al cumplimiento de las disposiciones de la directiva aprobada por la presente resolucin, para lo cual coordinar con los titulares de todas las unidades del programa.

    Artculo 3.- Disponer la publicacin del Anexo de la presente resolucin en el Portal Institucional del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Ms Pobres JUNTOS (www.juntos.gob.pe) en la misma fecha de publicacin de la presente resolucin en el diario ofi cial El Peruano.

    Artculo 4.- Notifi car la presente resolucin y su Anexo a las unidades de apoyo, de asesoramiento y tcnicas del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Ms Pobres

    JUNTOS, as como a sus unidades territoriales a nivel nacional.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    ANA ALVARADO CUETODirectora EjecutivaPrograma Nacional de ApoyoDirecto a los Ms Pobres JUNTOS

    1123914-1

    Aprueban Directiva Neutralidad y Transparencia en el Programa Nacional Cuna Ms durante los procesos electorales

    RESOLUCIN DE DIRECCIN EJECUTIVAN 682-2014-MIDIS/PNCM

    Lima, 13 de agosto de 2014

    VISTO:

    El Informe N 805-2014-MIDIS/PNCM-UAJ de la Unidad de Asesora Jurdica del Programa Nacional Cuna Ms, y el Informe N 086-2014-MIDIS/PNCM-UPR/JSM del Analista de Procesos del rea de Organizacin y Mtodos de la Unidad de Planeamiento y Resultados del Programa Nacional Cuna Ms; y,

    CONSIDERANDO:

    Que, mediante la Ley N 29792, se cre el Ministerio de Desarrollo e Inclusin Social, determinndose su mbito, competencias, funciones y estructura orgnica bsica;

    Que, a travs del Decreto Supremo N 011-2012-MIDIS, se aprob el Reglamento de Organizacin y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusin Social;

    Que, con el Decreto Supremo N 003-2012-MIDIS, se cre el Programa Nacional Cuna Ms, como programa social focalizado, adscrito al Ministerio de Desarrollo e Inclusin Social, con el propsito de brindar atencin integral a nias y nios menores de 36 meses de edad en zonas en situacin de pobreza y pobreza extrema;

    Que, con Resolucin Ministerial N 175-2012-MIDIS, de fecha 03 de octubre de 2012, se aprob el Manual de Operaciones del Programa Nacional Cuna Ms, el cual determina su nueva estructura, funciones generales del programa social, funciones especfi cas de las unidades que lo integran, necesidades mnimas de personal, as como los principales procesos tcnicos y/o administrativos del programa orientados al logro de su misin, visin y objetivos estratgicos, de conformidad con los lineamientos establecidos por el Ministerio de Desarrollo e Inclusin Social, el mismo que entr en vigencia el primer da hbil del ao 2013;

    Que, con Resolucin Ministerial N 186-2014-MIDIS, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el da 12 de agosto de 2014, se aprobaron los Lineamientos para la elaboracin y aprobacin de Directivas sobre Neutralidad y Transparencia de los Programas Sociales adscritos al Ministerio de Desarrollo e Inclusin Social durante los procesos electorales, otorgndose a los Programas Sociales un plazo de tres (03) das hbiles desde la fecha de su publicacin para proceder conforme a lo dispuesto;

    Que, asimismo con Resolucin de Direccin Ejecutiva N 610-2013-MIDIS/PNCM de fecha 22 de mayo de 2013 se aprob la Directiva N 011-2013-MIDIS-PNCM Lineamientos para la elaboracin, trmite, aprobacin y actualizacin de Directivas en el Programa Nacional Cuna Ms, a travs de la cual se establece el procedimiento para la elaboracin, trmite, aprobacin y actualizacin de directivas tcnicas y administrativas que se expidan en el Programa Nacional Cuna Ms.

    Que, de acuerdo a lo establecido en la Directiva antes mencionada, la Unidad de Asesora Jurdica elabor el proyecto de Directiva denominada: NEUTRALIDAD Y TRANSPARENCIA EN EL PROGRAMA NACIONAL CUNA MS DURANTE LOS PROCESOS ELECTORALES, presentndola a la Unidad de Planeamiento y Resultados,

  • El PeruanoViernes 15 de agosto de 2014529976

    la cual mediante el Informe N 086-2014-MIDIS/PNCM-UPR/JSM del Analista de Procesos del rea de Organizacin y Mtodos-UPR, otorga la conformidad para continuar con el trmite de aprobacin de la citada directiva.

    Estando a lo dispuesto por la Ley N 29792, el Decreto Supremo N 011-2012-MIDIS, el Decreto Supremo 003-2012-MIDIS, el Decreto Supremo N 001-2013-MIDIS, la Resolucin Ministerial 244-2013-MIDIS y la Resolucin Ministerial N 175-2012-MIDIS.

    SE RESUELVE:

    Artculo 1.- Aprobar la Directiva N 015-2014-MIDIS/PNCM - NEUTRALIDAD Y TRANSPARENCIA EN EL PROGRAMA NACIONAL CUNA MS DURANTE LOS PROCESOS ELECTORALES, cuyo texto, como Anexo N 01 forma parte integrante de la presente Resolucin.

    Artculo 2.- Designar al JEFE DE LA UNIDAD DE ADMINISTRACIN como el responsable de realizar el seguimiento y verifi car el cumplimiento de lo sealado en la Directiva antes indicada.

    Artculo 3.- Disponer la publicacin de la presente Resolucin en el Diario Ofi cial El Peruano; y la publicacin del Anexo N01 de la presente Resolucin en el Portal Institucional del Programa Nacional Cuna Ms (www.pncm.gob.pe).

    Artculo 4.- Notifi car, la presente Resolucin a las unidades de apoyo, de asesoramiento y tcnicas del Programa Nacional Cuna Ms, as como a sus unidades territoriales a nivel nacional.

    Regstrese y comunquese.

    JESSICA SOTO HUAYTADirectora EjecutivaPrograma Nacional Cuna Ms

    1123874-1

    Aprueban Directiva sobre Neutralidad y Transparencia del Programa Nacional de Alimentacin Escolar Qali Warma durante los procesos electorales

    RESOLUCIN DE DIRECCIN EJECUTIVAN 2789-2014-MIDIS/PNAEQW

    Lima, 14 de agosto de 2014

    VISTO:

    El Informe N 3015-2014-MIDIS/PNAEQW-UAJ de la Unidad de Asesora Jurdica del Programa Nacional de Alimentacin Escolar Qali Warma; y,

    CONSIDERANDO:

    Que, mediante Ley N 29792, se cre el Ministerio de Desarrollo e Inclusin Social, determinndose su mbito, competencias, funciones y estructura bsica;

    Que, con Decreto Supremo N 008-2012-MIDIS se cre el Programa Nacional de Alimentacin Escolar Qali Warma, como Programa Social del Ministerio de Desarrollo e Inclusin Social, con la fi nalidad de brindar un servicio alimentario de calidad, adecuado a los hbitos de consumo locales, cogestionado con la comunidad, sostenible y saludable, para nias y nios del nivel de educacin inicial a partir de los tres aos de edad y del nivel de educacin primaria de la educacin bsica en instituciones educativas pblicas;

    Que, la neutralidad y transparencia son deberes que guan la actuacin de la Administracin Pblica, por lo que su aseguramiento es necesario para garantizar que las votaciones en los procesos electorales traduzcan la expresin libre y espontnea voluntad de los ciudadanos;

    Que, mediante Resolucin Ministerial N 186-2014-MIDIS, se aprob la Directiva N 003-2014-MIDIS Neutralidad y Transparencia de la Unidad Ejecutora 001: Sede Central del Ministerio de Desarrollo e Inclusin Social durante los Procesos Electorales; y se aprobaron

    los Lineamientos para la elaboracin y aprobacin de Directivas sobre Neutralidad y Transparencia de los Programas Sociales adscritos al Ministerio de Desarrollo e Inclusin Social durante los Procesos Electorales, otorgndoseles un plazo de 3 das hbiles para la aprobacin de tales directivas;

    Que, en razn de lo expuesto, mediante el documento de Visto, la Unidad de Asesora Jurdica ha propuesto la aprobacin de la Directiva sobre Neutralidad y Transparencia del Programa Nacional de Alimentacin Escolar Qali Warma durante los procesos electorales;

    Que, conforme a lo anterior, a efectos de coadyuvar a garantizar, durante los procesos electorales, la transparencia y neutralidad del Programa Nacional de Alimentacin Escolar Qali Warma, resulta pertinente la aprobacin de la directiva a que se hace referencia en el considerando precedente;

    Con la visacin de la Unidad de Asesora Jurdica;De conformidad con lo dispuesto en el Decreto

    Supremo N 008-2012-MIDIS, la Resolucin Ministerial N 174-2012-MIDIS y la Resolucin Ministerial N 111-2014-MIDIS;

    SE RESUELVE:

    Artculo 1.- Aprobar la DIRECTIVA SOBRE NEUTRALIDAD Y TRANSPARENCIA DEL PROGRAMA NACIONAL DE ALIMENTACIN ESCOLAR QALI WARA DURANTE LOS PROCESOS ELECTORALES, la misma que en Anexo forma parte integrante de la presente resolucin.

    Artculo 2.- Designar al Jefe de la Unidad de Administracin del Programa Nacional de Alimentacin Escolar Qali Warma como responsable del seguimiento al cumplimiento de las disposiciones de la directiva aprobada por la presente resolucin.

    Artculo 3.- Disponer la publicacin del Anexo de la presente resolucin en el Portal Institucional del Programa Nacional de Alimentacin Escolar Qali Warma (www.qw.gob.pe) en la misma fecha de publicacin de la presente resolucin en el Diario Ofi cial El Peruano.

    Artculo 4.- Notifi car la presente Resolucin y su Anexo a las unidades de apoyo, de asesoramiento y tcnicas del Programa Nacional de Alimentacin Escolar Qali Warma, as como a las unidades territoriales a nivel nacional.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    MARA ISABEL JHONG GUERRERODirectora Ejecutiva (e)Programa Nacional de Alimentacin Escolar Qali Warma

    1123803-1

    Aprueban Directiva Neutralidad y Transparencia de la Unidad Ejecutora 004: Fondo de Cooperacin para el Desarrollo Social durante los Procesos Electorales

    RESOLUCIN DIRECTORAL EJECUTIVAN 111-2014-FONCODES/DE

    Lima, 14 de agosto de 2014

    VISTOS:

    El Informe N 131-2014-MIDIS-FONCODES/UAJ y el Informe N 28-2014-MIDIS/FONCODES/UPP-CR;

    CONSIDERANDO:Que, mediante Ley N 29792, se cre el Ministerio de

    Desarrollo e Inclusin Social, determinndose su mbito, competencias, funciones y estructura bsica;

    Que, el Fondo de Cooperacin para el Desarrollo Social FONCODES, entre otros programas sociales, se encuentra adscrito al Ministerio de Desarrollo e Inclusin Social, de conformidad con lo dispuesto en la Tercera

  • El PeruanoViernes 15 de agosto de 2014 529977Disposicin Complementaria Final de la precitada Ley y el artculo 63 del Reglamento de Organizacin y Funciones del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo N 011-2012-MIDIS;

    Que, la neutralidad y transparencia son deberes que guan la actuacin de la Administracin Pblica, por lo que su aseguramiento es necesario para garantizar que las votaciones en los procesos electorales traduzcan la expresin libre y espontnea voluntad de los ciudadanos;

    Que, mediante Resolucin Ministerial N 186-2014-MIDIS, se aprob la Directiva N 003-2014-MIDIS Neutralidad y Transparencia de la Unidad Ejecutora 001: Sede Central del Ministerio de Desarrollo e Inclusin Social durante los Procesos Electorales; y se aprobaron los Lineamientos para la elaboracin y aprobacin de Directivas sobre Neutralidad y Transparencia de los Programas Sociales adscritos al Ministerio de Desarrollo e Inclusin Social durante los Procesos Electorales, otorgndoseles un plazo de 3 das hbiles para la aprobacin de tales directivas;

    Que, en razn de lo expuesto, mediante Informe N 131-2014-MIDIS-FONCODES/UAJ de fecha 14 de agosto de 2014, la Unidad de Asesora Jurdica recomienda la aprobacin de la Directiva N 09-2014-FONCODES/UAJ: Neutralidad y Transparencia de la Unidad Ejecutora 004: Fondo de Cooperacin para el Desarrollo Social durante los Procesos Electorales, la cual ha sido elaborada conforme a lo establecido en la citada Resolucin Ministerial N 186-2014-MIDIS, y la Directiva N 06-2013-FONCODES/UPP-CR Gestin y Control de Documentos Normativos, aprobada por Resolucin de Direccin Ejecutiva N 161-2013-FONCODES/DE;

    Que, mediante Informe N 28-2014-MIDIS/FONCODES/UPP-CR, recibido con fecha 14 de agosto de 2014, el Coordinador de Racionalizacin manifi esta su conformidad a la directiva propuesta por la Unidad de Asesora Jurdica;

    Que, el Manual de Operaciones de FONCODES, aprobado mediante Resolucin Ministerial N 178-2012-MIDIS, establece en los numerales f) y n) de la Descripcin de Funciones Especfi cas del Director Ejecutivo, la facultad de aprobar, ejecutar, modifi car y derogar las directivas, reglamentos y otras normas tcnico-operativas o administrativas internas que requiera el programa para su funcionamiento, de acuerdo con las polticas sectoriales y lineamientos que establezca el Ministerio de Desarrollo e Inclusin Social, as como emitir Resoluciones de Direccin Ejecutiva en asuntos de su competencia;

    Que, estando a lo sealado en los considerandos precedentes, resulta pertinente aprobar la Directiva N 09-2014-FONCODES/UAJ: Neutralidad y Transparencia de la Unidad Ejecutora 004: Fondo de Cooperacin para el Desarrollo Social durante los Procesos Electorales, propuesta y sustentada por la Unidad de Asesora Jurdica;

    Con las visaciones de la Jefa de la Unidad de Administracin, el Jefe (e) de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, el Coordinador de Racionalizacin y la Jefa (e) de la Unidad de Asesora Jurdica;

    De conformidad con la Ley N 29792, Ley de Creacin, Organizacin y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusin Social; el Decreto Supremo N 011-2012-MIDIS, que aprueba el Reglamento de Organizacin y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusin Social; la Resolucin Ministerial N 186-2014-MIDIS; y el Manual de Operaciones del Fondo de Cooperacin para el Desarrollo Social FONCODES, aprobado por Resolucin Ministerial N 178-2012-MIDIS.

    SE RESUELVE:

    Artculo 1.- Aprobar la Directiva N 09-2014-FONCODES/UAJ: Neutralidad y Transparencia de la Unidad Ejecutora 004: Fondo de Cooperacin para el Desarrollo Social durante los Procesos Electorales, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolucin.

    Artculo 2.- Designar al Coordinador Tcnico del Fondo de Cooperacin para el Desarrollo Social FONCODES, como responsable del seguimiento al cumplimiento de las disposiciones de la Directiva que se aprueba en el artculo precedente.

    Artculo 3.- Encargar a la Unidad de Administracin disponga las acciones necesarias para la publicacin de la Directiva que se aprueba en el artculo 1 en el Portal Institucional del programa (www.foncodes.gob.pe), en la misma fecha de publicacin de la presente Resolucin en el Diario Ofi cial El Peruano.

    Artculo 4.- Notifi car la presente Resolucin y su Anexo a las unidades de apoyo, de asesoramiento y tcnicas del Fondo de Cooperacin para el Desarrollo Social FONCODES, as como a sus unidades territoriales a nivel nacional.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    JOSELYN VALER ROJASDirector EjecutivoFondo de Cooperacin para el Desarrollo Social

    1123913-1

    ECONOMIA Y FINANZAS

    Autorizan Crdito Suplementario a favor del pliego Ministerio de Desarrollo e Inclusin Social y nueve gobiernos regionales con cargo a los recursos del Fondo de Estmulo al Desempeo y Logro de Resultados Sociales FED en el Presupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal 2014

    DECRETO SUPREMON 235-2014-EF

    EL PRESIDENTE DE LA REPBLICA

    CONSIDERANDO:

    Que, la Ley N 29792 crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusin Social como la entidad competente para las siguientes materias a) desarrollo social, superacin de la pobreza y promocin de la inclusin y equidad social y b) proteccin social de poblaciones en situacin de riesgo, vulnerabilidad y abandono; asimismo, de acuerdo a lo establecido en el artculo 5 de la citada Ley, el referido Ministerio tiene por fi nalidad mejorar la calidad de vida de la poblacin, promoviendo el ejercicio de derechos, el acceso a oportunidades y el desarrollo de capacidades, en coordinacin y articulacin con las diversas entidades del sector pblico, el sector privado y la sociedad civil;

    Que, mediante Decreto Supremo N 008-2013-MIDIS, se aprueba la Estrategia Nacional de Desarrollo e Inclusin Social Incluir para Crecer, como instrumento de gestin orientado al logro de resultados prioritarios en materia de inclusin social, que busca que todos los sectores y niveles de gobierno orienten sus acciones articuladamente para reducir las brechas existentes en el pas y mejorar las condiciones de vida de la poblacin en situacin de pobreza y pobreza extrema, especialmente, la poblacin en proceso de desarrollo e inclusin social, particularmente, en cinco ejes estratgicos: nutricin infantil (0 a 3 aos), desarrollo infantil temprano (0 a 5 aos), desarrollo integral de la niez y la adolescencia (6 a 17 aos), inclusin econmica (18 a 64 aos) y proteccin del adulto mayor (65 aos a ms);

    Que, la Octogsima Cuarta Disposicin Complementaria Final de la Ley N 30114, Ley de Presupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal 2014, cre el Fondo de Estmulo al Desempeo y Logro de Resultados Sociales (FED), a cargo del Ministerio de Desarrollo e Inclusin Social, con la fi nalidad de impulsar el logro de los resultados establecidos en la Estrategia Nacional de Desarrollo e Inclusin Social en materia de Desarrollo Infantil Temprano, con este objeto, la Direccin General de Endeudamiento y Tesoro Pblico qued autorizada para depositar hasta CIEN MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 100 000 000,00), en una cuenta del Tesoro Pblico;

  • El PeruanoViernes 15 de agosto de 2014529978

    Que, asimismo, de conformidad con el cuarto prrafo de la referida disposicin complementaria fi nal, los recursos del FED son incorporados a los pliegos del Gobierno Nacional y gobiernos regionales que ejecutan intervenciones de los programas presupuestales vinculados al Desarrollo Infantil Temprano, mediante decreto supremo refrendado por el ministro de Economa y Finanzas, y el ministro de Desarrollo e Inclusin Social, a propuesta de este ltimo, en la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados, previa suscripcin del respectivo convenio; dichos recursos sern destinados a fi nanciar bienes y servicios, as como bienes de capital, asociados a los resultados previstos en el convenio;

    Que, adicionalmente, el sexto prrafo de la disposicin complementaria fi nal indicada en los considerandos precedentes, seala que los recursos del FED tambin fi nanciarn los gastos de su administracin por el Ministerio de Desarrollo e Inclusin Social y el Ministerio de Economa y Finanzas, hasta un mximo equivalente al cinco por ciento (5%) de su monto;

    Que, de acuerdo a lo sealado en el artculo 6 del Reglamento del Fondo de Estmulo al Desempeo y Logro de Resultados Sociales (FED), aprobado mediante Decreto Supremo N001-2014-MIDIS, es funcin del Comit del FED aprobar el modelo y promover la suscripcin del Convenio de Asignacin por Desempeo (CAD), as como aprobar los informes de verifi cacin de cumplimento de los compromisos de gestin y metas de cobertura previstos en el citado Convenio;

    Que, en dicho contexto, se han fi rmado los Convenios de Asignacin por Desempeo con nueve (9) gobiernos regionales de los departamentos de: Amazonas, Apurmac, Ayacucho, Cajamarca, Huancavelica, Hunuco, Loreto, Puno y Ucayali, adicionalmente, mediante Actas Ns 03 y 04-2014-COMIT FED, el Comit del FED, en el marco de sus competencias, aprob los informes de verifi cacin de cumplimiento del Compromiso de Gestin de Nivel 0 Porcentaje de Establecimientos de salud ubicados en los distritos de quintiles de pobreza 1 y 2 del departamento con disponibilidad adecuada de multimicronutrientes para satisfacer al menos dos meses de consumo segn el promedio histrico observado en los ltimos seis meses, de los citados gobiernos regionales y la propuesta de distribucin de los recursos que corresponde a cada uno de ellos, hasta por la suma de CATORCE MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 14 250 000,00), as como una incorporacin de recursos hasta por el monto de OCHOCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 800 000,00), a favor del Ministerio de Desarrollo e Inclusin Social, para el fi nanciamiento de los gastos administrativos para el funcionamiento del Fondo, durante el periodo agosto diciembre 2014;

    Que, con Informe N 330-2014-MIDIS/SG/OGPP, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Desarrollo e Inclusin emite opinin favorable sobre el Crdito Suplementario, en el Presupuesto del Sector Pblico para el ao fi scal 2014, a favor de los nueve (9) gobiernos regionales y el Ministerio de Desarrollo e Inclusin Social, para fi nanciar ciento cuarenta y cuatro (144) intervenciones en salud y educacin asociados a los resultados previstos en los respectivos convenios y los programas presupuestales vinculados al Desarrollo Infantil Temprano, y los gastos administrativos para el funcionamiento del Fondo, durante el periodo agosto diciembre 2014, respectivamente, en el marco de lo dispuesto en la Octogsima Cuarta Disposicin Complementaria Final de la Ley N 30114, Ley de Presupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal 2014;

    Que, atendiendo a lo expuesto, el Ministerio de Desarrollo e Inclusin mediante Ofi cio N715-2014-MIDIS-SG ha solicitado la incorporacin de recursos del FED, va Crdito Suplementario, para ser destinados a los nueve (9) gobiernos regionales priorizados por el Comit Tcnico del Fondo y que cumplieron con el Compromiso de Gestin de Nivel 0 sealado en los Convenios de Asignacin por Desempeo, los mismos que sern destinados a fi nanciar ciento cuarenta y cuatro (144) intervenciones en salud y educacin asociados a los resultados previstos en los mencionados convenios, as como para el fi nanciamiento de los gastos administrativos para el funcionamiento del FED, durante el periodo agosto

    diciembre 2014, por un monto total ascendente a QUINCE MILLONES CINCUENTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 15 050 000,00), de los cuales CATORCE MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 14 250 000,00) a favor de determinados pliegos gobiernos regionales, y OCHOCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 800 000,00) a favor del Ministerio de Desarrollo e Inclusin Social; para el fi nanciamiento de los fi nes antes sealados;

    De conformidad con lo dispuesto en la Octogsima Cuarta Disposicin Complementaria Final de la Ley N 30114, Ley de Presupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal 2014, el Reglamento del Fondo de Estmulo al Desempeo y Logro de Resultados Sociales (FED), aprobado mediante Decreto Supremo N 001-2014-MIDIS, y el Manual de Operaciones del Fondo de Estmulo al Desempeo y Logro de Resultados Sociales (FED), aprobado por Resolucin Ministerial N 105-2014-MIDIS;

    DECRETA:

    Artculo 1.- Objeto

    1.1 Autorzase la incorporacin de recursos va Crdito Suplementario en el Presupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal 2014, hasta por la suma de QUINCE MILLONES CINCUENTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 15 050 000,00), a favor de determinados pliegos gobiernos regionales y del pliego Ministerio de Desarrollo e Inclusin Social, para el fi nanciamiento de los fi nes sealados en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo con el siguiente detalle:

    INGRESOS: En Nuevos SolesFUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 : Recursos Determinados(Octogsima Cuarta Disposicin Complementaria Final de la Ley N 30114, Fondo de Estimulo al Desempeo y Logro de Resultados Sociales FED) 15 050 000,00 --------------------- TOTAL INGRESOS 15 050 000,00 =============

    EGRESOS: En Nuevos SolesSECCION PRIMERA : Gobierno CentralPLIEGO 040 : Ministerio de Desarrollo e Inclusin

    SocialUNIDAD EJECUTORA 001 : Sede Central MIDISFUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 : Recursos DeterminadosASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOSPRODUCTO 3999999 : Sin ProductoACTIVIDAD 5002357 : Gestin del Desarrollo SocialGASTOS DE CORRIENTE2.3 Bienes y Servicios 800 000,00 SUB TOTAL MIDIS 800 000,00 ----------------SECCION SEGUNDA : Instancias DescentralizadasPLIEGO : Gobiernos RegionalesFUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 : Recursos DeterminadosGASTOS DE CORRIENTE2.3 Bienes y Servicios 14 250 000,00 SUB TOTAL INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS 14 250 000,00 -------------------- TOTAL GASTOS 15 050 000,00 ===========

    1.2 Los Pliegos habilitados en la Seccin Primera y Segunda del numeral 1.1 del presente artculo, los montos del crdito suplementario por pliego, productos y actividades, as como las respectivas codifi caciones, se detallan en el Anexo Crdito suplementario a favor de determinados gobiernos regionales por el cumplimiento de compromisos de gestin en el marco del Fondo de Estmulo al Desempeo y Logro de Resultados Sociales - FED, que forma parte integrante del presente decreto supremo y que es publicado en los portales institucionales del Ministerio de Economa y Finanzas (www.mef.gob.pe) y del Ministerio de Desarrollo e Inclusin Social (www.midis.gob.pe), en la misma fecha de publicacin de la presente norma en el Diario Ofi cial El Peruano.

  • El PeruanoViernes 15 de agosto de 2014 529979

    Artculo 2.- Procedimiento para la Aprobacin Institucional

    2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitados en el presente Crdito Suplementario aprueban mediante Resolucin la desagregacin de los recursos autorizados en el artculo 1 de la presente norma, a nivel programtico, dentro de los cinco (5) das calendario de la vigencia del presente Decreto Supremo. Copia de la Resolucin ser remitida dentro de los cinco (5) das de aprobada a los organismos sealados en el numeral 23.2 del artculo 23 del Texto nico Ordenado de la Ley N 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N304-2012-EF y modifi catorias.

    2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados solicitar a la Direccin General de Presupuesto Pblico las codifi caciones que se requieran, como consecuencia de la incorporacin de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

    2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruir a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes Notas para Modifi cacin Presupuestaria que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

    Artculo 3.- Limitacin al uso de los recursosLos recursos del Crdito Suplementario a los que

    se hace referencia en el artculo 1 del presente Decreto Supremo no podrn ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos.

    Artculo 4.- Del refrendoEl presente decreto supremo es refrendado por la

    ministra de Desarrollo e Inclusin Social y el ministro de Economa y Finanzas.

    Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los catorce das del mes de agosto del ao dos mil catorce.

    OLLANTA HUMALA TASSOPresidente Constitucional de la Repblica

    PAOLA BUSTAMANTE SUREZMinistra de Desarrollo e Inclusin Social

    LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIOMinistro de Economa y Finanzas

    1123918-1

    Aprueban cambio de destino de los recursos autorizados por el artculo 7 de la Ley N 30191, a favor de la Municipalidad Distrital de Mariano Melgar de la provincia y departamento de Arequipa

    DECRETO SUPREMON 236-2014-EF

    EL PRESIDENTE DE LA REPBLICACONSIDERANDO:

    Que, la Ley N 30114, Ley de Presupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal 2014, aprob, entre otros, el presupuesto institucional del pliego 040109: Municipalidad Distrital de Mariano Melgar, de la Provincia y Departamento de Arequipa;

    Que, mediante Ley N 30191, Ley que establece medidas para la prevencin, mitigacin y adecuada preparacin para la respuesta ante situaciones de desastre, se dictan medidas para que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales desarrollen acciones, durante el ao fi scal 2014, con el fi n de prevenir y mitigar los factores de riesgo de desastre, as como para la adecuada preparacin para la respuesta ante situaciones de desastre a nivel nacional;

    Que, el artculo 7 de la Ley citada en el prrafo precedente establece que los recursos del crdito

    suplementario autorizado en su artculo 11, comprende recursos a favor de los gobiernos locales para fi nanciar la ejecucin de proyectos de inversin de prevencin, mitigacin y adecuada preparacin para la respuesta ante desastres, as como proyectos de inversin en ejecucin para el mejoramiento de vas, sistemas de saneamiento, centros de salud y en educacin, hasta por la suma de DOSCIENTOS UN MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y SIETE MIL CIENTO SETENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 201 537 170,00) conforme al Anexo N 3-B; siempre que el fi nanciamiento de los respectivos proyectos de inversin pblica no hayan sido considerados en el presupuesto institucional del Ao Fiscal 2014 por parte del respectivo gobierno local, para los mismos proyectos de inversin pblica;

    Que, asimismo, el numeral 13.2 del artculo 13 de la Ley N 30191 seala que, excepcionalmente, los recursos asignados para proyectos de inversin a que se refi ere, entre otros, el artculo 7 de la referida Ley N 30191, que no hayan sido comprometidos dentro de los sesenta das calendario contados a partir de la vigencia de la presente Ley, o que no hayan podido ser comprometidos por causal ajena a la gestin o decisin de la respectiva entidad, pueden ser destinados a la ejecucin de otros proyectos de inversin que tengan las mismas fi nalidades que se sealan en el mencionado artculo; asimismo, precisa que el cambio de destino de los recursos autorizados, se aprueba, para el caso de los gobiernos regionales y los gobiernos locales, mediante decreto supremo refrendado por el ministro de Economa y Finanzas y el Presidente del Consejo de Ministros, a solicitud de este ltimo;

    Que, mediante Resolucin de Alcalda N 111-2014-MDMM, la Municipalidad Distrital de Mariano Melgar, de la Provincia de Arequipa, Departamento de Arequipa aprob la desagregacin de los recursos autorizados por la Ley N 30191, hasta por la suma de SIETE MILLONES CUATROCIENTOS ONCE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 7 411 245,00), destinados a la ejecucin del proyecto de inversin pblica Instalacin de redes primarias y secundarias del sistema agua potable y alcantarillado de las partes altas del distrito de Mariano Melgar - provincia de Arequipa con cdigo SNIP 71974;

    Que, mediante Ofi cio N 178-2014-PCM/DM, la Presidencia del Consejo de Ministros traslada el Ofi cio N 210-2014-SA/MDMM que contiene la solicitud del alcalde de la Municipalidad Distrital de Mariano Melgar de Arequipa, quien solicita el cambio de destino de los recursos provenientes del crdito suplementario autorizado por el artculo 11 de la Ley N 30191 para la ejecucin de los proyectos de inversin pblica Mejoramiento de la transitabilidad peatonal y vehicular de la calle Misti (Cdra. 1, 2, 3 y 4), calle Junn (Cdra. 5), calle Sudamrica, (5, 6, 7 y 8), calle Calvario, Jr. Glgota (Mza. B, N y L), Jr. Misti (Mz. LL), Jr. San Jos (mz. LL), Jr. Sudamrica (Mz. H y K), Jr. Sr. de los Milagros (Mz. j), Jr. St. Santa Mara y Jr. Nio de Jess en el pp.jj. Jerusaln y pp.jj. Cerrito Beln del distrito de Mariano Melgar - Arequipa - Arequipa con cdigo SNIP 282529 y Mejoramiento de la transitabilidad peatonal y vehicular de las calles Alfonso Ugarte Cdras. 1, 2 y 3, Huancavelica, Ancash Cdra. 2, 3 y 4, Ayacucho Cdra. 1 y 2, Viena Cdra. 5, Junn, Elas Aguirre Cdra. 6 y 7, Tumbes y pasaje. Francisco Mostajo en el pt. Urb. Mariano Melgar, distrito de Mariano Melgar - Arequipa - Arequipa con cdigo SNIP 285171, hasta por la suma total de TRES MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS SESENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 472 964,00), los cuales sern fi nanciados con cargo a los recursos asignados al pliego 040109: Municipalidad Distrital de Mariano Melgar, en el marco de las disposiciones establecidas en la Ley N 30191;

    Que, la Municipalidad de Mariano Melgar a travs del Ofi cio N 210-2014-SA/MDMM, indica que los recursos asignados para la ejecucin del proyecto de inversin pblica Instalacin de redes primarias y secundarias del sistema agua potable y alcantarillado de las partes altas del distrito de Mariano Melgar - provincia de Arequipa con cdigo SNIP 71974, autorizado en el Anexo N 3-B de la Ley N 30191, no se encuentran comprometidos en su totalidad, considerando que dicho proyecto de inversin pblica cuenta en el ao 2014 con una transferencia en el marco de la Adenda N 03 del Convenio de Ejecucin

  • El PeruanoViernes 15 de agosto de 2014529980

    121-2013-VIVIENDA/VMCS/PNSU, por lo que de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 13.2 del artculo 13 de la Ley N 30191, que permite que los recursos asignados por la citada Ley, puedan ser destinados a la ejecucin de otros proyectos de inversin pblica que tengan las mismas fi nalidades que se sealan en el referido artculo 7, siempre que no hayan sido comprometidos dentro de los sesenta (60) das calendario contados a partir de la vigencia de dicha Ley;

    Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar el cambio de destino de los recursos autorizados por el artculo 7 de la Ley N 30191, a favor del pliego 040109: Municipalidad Distrital de Mariano Melgar, Provincia y Departamento de Arequipa, hasta por la suma de TRES MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS SESENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 472 964,00), a fi n de que sean destinados al proyecto de inversin pblica Mejoramiento de la transitabilidad peatonal y vehicular de la calle Misti (Cdra. 1, 2, 3 y 4), calle Junn (Cdra. 5), calle Sudamrica, (5, 6, 7 y 8), calle Calvario, Jr. Glgota (Mza. B, N y L), Jr. Misti (Mz. LL), Jr. San Jos (mz. LL), Jr. Sudamrica (Mz. H y K), Jr. Sr. de los Milagros (Mz. j), Jr. St. Santa Mara y Jr. Nio de Jess en el pp.jj. Jerusaln y pp.jj. Cerrito Beln del distrito de Mariano Melgar - Arequipa - Arequipa con cdigo SNIP 282529 y al proyecto de inversin pblica Mejoramiento de la transitabilidad peatonal y vehicular de las calles Alfonso Ugarte Cdras. 1, 2 y 3, Huancavelica, Ancash Cdra. 2, 3 y 4, Ayacucho Cdra. 1 y 2, Viena Cdra. 5, Junn, Elas Aguirre Cdra. 6 y 7, Tumbes y pasaje Francisco Mostajo en el pt. Urb. Mariano Melgar, distrito de Mariano Melgar - Arequipa - Arequipa con cdigo SNIP 285171, priorizados por el citado municipio y tienen las mismas fi nalidades que se sealan en el mencionado artculo 7 de la Ley N 30191;

    De conformidad con lo establecido en el artculo 13 de la Ley N 30191, Ley que establece medidas para la prevencin, mitigacin y adecuada preparacin para la respuesta ante situaciones de desastre;

    DECRETA:

    Artculo 1.- Objeto

    1.1 Aprubase el cambio de destino de los recursos autorizados por el artculo 7 de la Ley N 30191, a favor del pliego 040109: Municipalidad Distrital de Mariano Melgar, de la Provincia y Departamento de Arequipa, hasta por la suma de TRES MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS SESENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 472 964,00), de acuerdo al siguiente detalle:

    040109 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MARIANO MELGARF.F. RECURSOS ORDINARIOS (EN NUEVOS SOLES)

    COD. SNIP COD. DGPP NOMBRE DEL PROYECTO MONTODE:

    71974 2078291

    INSTALACIN DE REDES PRIMARIAS Y SECUNDARIAS DEL SISTEMA AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LAS PARTES ALTAS DEL DISTRITO DE MARIANO MELGAR -PROVINCIA DE AREQUIPA

    3.472.964

    A:

    282529 2193698

    MEJORAMIENTO DE LA TRANSITABILIDAD PEATONAL Y VEHICULAR DE LA CALLE MISTI(CDRA 1 2 3 Y 4)CALLE JUNN(CDRA 5)CALLE SUDAMRICA(5 6 7 Y 8)CALLE CALVARIO JR GOLGOTA(MZA B N Y L)JR MISTI(MZ LL)JR SAN JOS(MZ LL)JR SUDAMRICA(MZ H Y K)JR SR DE LOS MILAGROS (MZ J) JR ST SANTA MARA Y JR NIO DE JESS EN EL PP.JJ. JERUSALEN Y PP.JJ. CERRITO BELN DEL DISTRITO DE MARIANO MELGAR - AREQUIPA - AREQUIPA

    1.800.396

    285171 -

    MEJORAMIENTO DE LA TRANSITABILIDAD PEATONAL Y VEHICULAR DE LAS CALLES ALFONSO UGARTE CDRAS 1, 2 Y 3, HUANCAVELICA, ANCASH CDRA 2, 3 Y 4, AYACUCHO CDRA 1 Y 2, VIENA CDRA 5, JUNIN, ELIAS AGUIRRE CDRA 6 Y 7, TUMBES Y PSAJE FRANCISCO MOSTAJO EN EL PT URB MARIANO MELGAR, DISTRITO DE MARIANO MELGAR - AREQUIPA - AREQUIPA

    1.672.568

    1.2 El pliego 040109: Municipalidad Distrital de Mariano Melgar efectuar las modifi caciones presupuestarias en el nivel funcional programtico de acuerdo al artculo 40 del Texto nico Ordenado de la Ley N 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N 304-2012-EF, para la aplicacin del numeral 1.1 de la presente norma.

    1.3 Conforme a lo establecido en el numeral 13.2 del artculo 13 de la Ley N 30191, el pliego 040109 Municipalidad Distrital de Mariano Melgar es el responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas de los proyectos de inversin pblica, para los cuales se modifi ca el destino de los recursos a su cargo.

    1.4 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicita a la Direccin General de Presupuesto Pblico las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la aplicacin del presente Decreto Supremo.

    Artculo 2.- Limitacin al uso de los recursosLos recursos a que hace referencia el numeral 1.1 del

    artculo 1 del presente Decreto Supremo no podrn ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos.

    Artculo 3.- RefrendoEl presente Decreto Supremo es refrendado por el

    Ministro de Economa y Finanzas y por la Presidenta del Consejo de Ministros.

    Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los catorce das del mes de agosto del ao dos mil catorce.

    OLLANTA HUMALA TASSOPresidente Constitucional de la Repblica

    ANA JARA VELSQUEZPresidenta del Consejo de Ministros

    LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIOMinistro de Economa y Finanzas

    1123918-2

    Aprueban la Formalizacin de los Crditos Suplementarios del Segundo Trimestre del Ao Fiscal 2014, en el Presupuesto Consolidado de los Organismos Pblicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales

    DECRETO SUPREMON 237-2014-EF

    EL PRESIDENTE DE LA REPBLICA

    CONSIDERANDO:

    Que, el numeral 42.3 del artculo 42 del Texto nico Ordenado de la Ley N 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N 304-2012-EF, seala que la Direccin General de Presupuesto Pblico propone el proyecto de Decreto Supremo que aprueba las modifi caciones al Presupuesto Consolidado de los Organismos Pblicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, sobre la base de las resoluciones que aprueban la mayor disponibilidad fi nanciera de los fondos pblicos que fi nancian el presupuesto de las referidas entidades;

    Que, el artculo 5 del Decreto Supremo N 308-2013-EF establece, entre otros aspectos, que las modifi caciones al Presupuesto Consolidado de los Organismos Pblicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, se aprueban en periodos trimestrales mediante Decreto Supremo, conforme a los procedimientos establecidos en la Directiva para la Ejecucin Presupuestaria de las Entidades de Tratamiento Empresarial;

  • El PeruanoViernes 15 de agosto de 2014 529981

    Que, en consecuencia es necesario aprobar la formalizacin de los Crditos Suplementarios del Segundo Trimestre del Ao Fiscal 2014, en el Presupuesto Consolidado de los Org