Normas generales para la utilización de los sitios de trabajo

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AK.45 No.205-59 ( autopista Norte) / Línea nacional gratuita 018000112668 PBX:+57(1) 668 3600 / Call center:+57(1) 668 3622 Bogotá, D.C., Colombia www.escuelaing.edu.co a. Es el lugar establecido por la institución para realizar exclusivamente las labores propias del cargo que desempeña el trabajador. b. Debe permanecer en condiciones de orden, higiene y limpieza. c. Los alimentos y bebidas se deben almacenar únicamente en los espacios autorizados para tal fin, bajo condiciones adecuadas de higiene. d. No está permitido el uso de elementos de cocción o calentamiento de alimentos tales como estufas, hornos microondas, cafeteras o similares. e. El consumo de alimentos y bebidas sólo está permitido en comedores y cafeterías, espacios definidos y adecuados para tal propósito. La Escuela Colombiana de Ingeniería Julio Garavito presenta las siguientes normas con el objetivo de promover el buen uso de los espacios de la institución, y garantizar condiciones sanitarias y ambientales que contribuyan a la salud y el bienestar de quienes laboran en ella. Normas generales para la utilización de los sitios de trabajo 1 2 3 Sitio de trabajo Vestidores, cuartos de aseo y casilleros Otras disposiciones a. Los vestidores son áreas acondicionadas para que los empleados que desarrollan actividades con vestuario especializado se cambien al comienzo y al final de la jornada laboral. b. Los cuartos de aseo son áreas destinadas al almacenamiento y lavado de los elementos utilizados para la limpieza. c. Los casilleros son muebles de uso individual asignados para guardar objetos personales. d. Tanto los vestidores como los cuartos de aseo y los casilleros son de acceso exclusivo del personal autorizado y su uso debe limitarse a los fines expuestos. e. En estos espacios, aplica en su totalidad las normas referidas en el numeral anterior, sitios de trabajo. f. Los utensilios de cocina sólo pueden almacenarse en los sitios dispuestos para tal fin. g. Estas áreas deben permanecer libres de materias que puedan descomponerse o causar infecciones y, en general, de elementos nocivos para la salud de la comunidad. h. Debe evitarse esparcir talco o sustancias aceitosas sobre las bancas, pisos y demás mobiliario de estos lugares. i. Las bancas y el mobiliario deben utilizarse apropiadamente, lo cual excluye realizar ejercicios o acostarse. a. Se recomienda no guardar dinero o artículos de valor en los casilleros, por cuanto su seguridad es responsabilidad del usuario exclusivamente. b. Se reitera lo establecido en el Reglamento interno de trabajo en cuanto a no vender o comercializar artículos dentro de la institución, ni almacenarlos en los sitios de trabajo. c. Es deber del trabajador reportar de inmediato a la instancia correspondiente cualquier anomalía o daño que se presente en el espacio o los mobiliarios asignados. d. Los trabajadores deben comportarse de acuerdo con las buenas costumbres y las normas morales, de convivencia y educación acogidas por la institución. Las anteriores disposiciones son de estricto cumplimiento y se entienden aceptadas y conocidas por todos los miembros de la comunidad institucional. Vicerrectoría Administrativa Oficina de Seguridad y Salud en el Trabajo Comité paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo - COPASST BIENESTAR UNIVERSITARIO Este documento se ha elaborado con base en la Resolución 2400 de 1979 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

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AK.45 No.205-59 (autopista Norte) / Línea nacional gratuita 018000112668PBX:+57(1) 668 3600 / Call center:+57(1) 668 3622Bogotá, D.C., Colombia

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a. Es el lugar establecido por la institución para realizar exclusivamente las labores propias del cargo que desempeña el trabajador.

b. Debe permanecer en condiciones de orden, higiene y limpieza.

c. Los alimentos y bebidas se deben almacenar únicamente en los espacios autorizados para tal fin, bajo condiciones adecuadas de higiene.

d. No está permitido el uso de elementos de cocción o calentamiento de alimentos tales como estufas, hornos microondas, cafeteras o similares.

e. El consumo de alimentos y bebidas sólo está permitido en comedores y cafeterías, espacios definidos y adecuados para tal propósito.

La Escuela Colombiana de Ingeniería Julio Garavito presenta las siguientes normas con el objetivo de promover el buen uso de los espacios de la institución, y garantizar condiciones sanitarias y ambientales que contribuyan a la

salud y el bienestar de quienes laboran en ella.

Normas generales para la utilización de los sitios de trabajo

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Sitio de trabajo

Vestidores, cuartos de aseo y casillerosOtras disposiciones

a. Los vestidores son áreas acondicionadas para que los empleados que desarrollan actividades con vestuario especializado se cambien al comienzo y al final de la jornada laboral.

b. Los cuartos de aseo son áreas destinadas al almacenamiento y lavado de los elementos utilizados para la limpieza.

c. Los casilleros son muebles de uso individual asignados para guardar objetos personales.

d. Tanto los vestidores como los cuartos de aseo y los casilleros son de acceso exclusivo del personal autorizado y su uso debe limitarse a los fines expuestos.

e. En estos espacios, aplica en su totalidad las normas referidas en el numeral anterior, sitios de trabajo.

f. Los utensilios de cocina sólo pueden almacenarse en los sitios dispuestos para tal fin.

g. Estas áreas deben permanecer libres de materias que puedan descomponerse o causar infecciones y, en general, de elementos nocivos para la salud de la comunidad.

h. Debe evitarse esparcir talco o sustancias aceitosas sobre las bancas, pisos y demás mobiliario de estos lugares.

i. Las bancas y el mobiliario deben utilizarse apropiadamente, lo cual excluye realizar ejercicios o acostarse.

a. Se recomienda no guardar dinero o artículos de valor en los casilleros, por cuanto su seguridad es responsabilidad del usuario exclusivamente.

b. Se reitera lo establecido en el Reglamento interno de trabajo en cuanto a no vender o comercializar artículos dentro de la institución, ni almacenarlos en los sitios de trabajo.

c. Es deber del trabajador reportar de inmediato a la instancia correspondiente cualquier anomalía o daño que se presente en el espacio o los mobiliarios asignados.

d. Los trabajadores deben comportarse de acuerdo con las buenas costumbres y las normas morales, de convivencia y educación acogidas por la institución.

Las anteriores disposiciones son de estricto cumplimiento y se entienden aceptadas y conocidas por todos los miembros de la comunidad institucional.

Vicerrectoría Administrativa Oficina de Seguridad y Salud en el Trabajo

Comité paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo - COPASST

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Este documento se ha elaborado con base en la Resolución 2400 de 1979 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

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a. Es el lugar establecido por la institución para realizar exclusivamente las labores propias del cargo que desempeña el trabajador.

b. Debe permanecer en condiciones de orden, higiene y limpieza.

c. Los alimentos y bebidas se deben almacenar únicamente en los espacios autorizados para tal fin, bajo condiciones adecuadas de higiene.

d. No está permitido el uso de elementos de cocción o calentamiento de alimentos tales como estufas, hornos microondas, cafeteras o similares.

e. El consumo de alimentos y bebidas sólo está permitido en comedores y cafeterías, espacios definidos y adecuados para tal propósito.

Otras disposicionesa. Se recomienda no guardar dinero o

artículos de valor en los casilleros, por cuanto su seguridad es responsabilidad del usuario exclusivamente.

b. Se reitera lo establecido en el Reglamento interno de trabajo en cuanto a no vender o comercializar artículos dentro de la institución, ni almacenarlos en los sitios de trabajo.

c. Es deber del trabajador reportar de inmediato a la instancia correspondiente cualquier anomalía o daño que se presente en el espacio o los mobiliarios asignados.

d. Los trabajadores deben comportarse de acuerdo con las buenas costumbres y las normas morales, de convivencia y educación acogidas por la institución.

Las anteriores disposiciones son de estricto cumplimiento y se entienden aceptadas y conocidas por todos los miembros de la comunidad institucional.

AK.45 No.205-59 (autopista Norte) / Línea nacional gratuita 018000112668PBX:+57(1) 668 3600 / Call center:+57(1) 668 3622Bogotá, D.C., Colombia

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La Escuela Colombiana de Ingeniería Julio Garavito presenta las siguientes normas con el objetivo de promover el buen uso de los espacios de la institución, y garantizar condiciones sanitarias y ambientales que contribuyan a la

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Sitio de trabajo

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Las anteriores disposiciones son de estricto cumplimiento y se entienden aceptadas y conocidas por todos los miembros de la comunidad institucional.

a. Los vestidores son áreas acondicionadas para que los empleados que desarrollan actividades con vestuario especializado se cambien al comienzo y al final de la jornada laboral.

b. Los cuartos de aseo son áreas destinadas al almacenamiento y lavado de los elementos utilizados para la limpieza.

c. Los casilleros son muebles de uso individual asignados para guardar objetos personales.

d. Tanto los vestidores como los cuartos de aseo y los casilleros son de acceso exclusivo del personal autorizado y su uso debe limitarse a los fines expuestos.

e. Debe permanecer en condiciones de orden, higiene y limpieza.

f. Los alimentos y bebidas se deben almacenar únicamente en los espacios autorizados para tal fin, bajo condiciones adecuadas de higiene.

g. No está permitido el uso de elementos de cocción o calentamiento de alimentos tales como estufas, hornos microondas, cafeteras o similares.

h. El consumo de alimentos y bebidas sólo está permitido en comedores y cafeterías, espacios definidos y adecuados para tal propósito.

i. Los utensilios de cocina sólo pueden almacenarse en los sitios dispuestos para tal fin.

j. Estas áreas deben permanecer libres de materias que puedan descomponerse o causar infecciones y, en general, de elementos nocivos para la salud de la comunidad.

j. Debe evitarse esparcir talco o sustancias aceitosas sobre las bancas, pisos y demás mobiliario de estos lugares.

k. Las bancas y el mobiliario deben utilizarse apropiadamente, lo cual excluye realizar ejercicios o acostarse.

a. Se recomienda no guardar dinero o artículos de valor en los casilleros, por cuanto su seguridad es responsabilidad del usuario exclusivamente.

b. Se reitera lo establecido en el Reglamento interno de trabajo en cuanto a no vender o comercializar artículos dentro de la institución, ni almacenarlos en los sitios de trabajo.

c. Es deber del trabajador reportar de inmediato a la instancia correspondiente cualquier anomalía o daño que se presente en el espacio o los mobiliarios asignados.

d. Los trabajadores deben comportarse de acuerdo con las buenas costumbres y las normas morales, de convivencia y educación acogidas por la institución.

AK.45 No.205-59 (autopista Norte) / Línea nacional gratuita 018000112668PBX:+57(1) 668 3600 / Call center:+57(1) 668 3622Bogotá, D.C., Colombia

www.escuelaing.edu.co

La Escuela Colombiana de Ingeniería Julio Garavito presenta las siguientes normas con el objetivo de promover el buen uso de los espacios de la institución, y garantizar condiciones sanitarias y ambientales que contribuyan a la

salud y el bienestar de quienes laboran en ella.

Normas generales para la utilización de los vestidores, cuartos de aseo y casilleros

Vicerrectoría Administrativa Oficina de Seguridad y Salud en el Trabajo

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Vestidores, cuartos de aseo y casilleros

Otras disposiciones

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Este documento se ha elaborado con base en la Resolución 2400 de 1979 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

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