NORMAS GENERALES PARA LA ATENCIÒN EN CENTROS …

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ANEXO II NORMAS PRESTACIONALES OPERATIVAS Y DE FACTURACION. NORMAS GENERALES PARA LA ATENCIÒN EN CENTROS OFTALMOLOGICOS NORMAS PARA LA CONSULTA EXTERNA a) Consultas Programadas 1) Los paciente se atenderán en las especialidades del Anexo 2) Se reconocen hasta 2 consultas por mes de la misma especialidad. Si fueran necesarias más consultas, debe adjuntarse FOTOCOPIA de H.C. ambulatoria. 5) Para las consultas de las prácticas, estas deberán presentar una consulta avalatoria Confección de órdenes y recetas : Se recomienda la confección completa y correcta de las Ordenes de Consulta y Prestaciones a fin de no ser rechazadas por la Auditoría Médica de “LA OBRA SOCIAL”. No omitir especialidad médica, número de matrícula, diagnóstico legible y conformidad del afiliado. La prescripción de los medicamentos se hará en el recetario de LA OBRA SOCIAL o bien recetario que el Centro Medico provea. En el talón, el médico colocará los datos del afiliado, diagnóstico y los medicamentos recetados. Los medicamentos de venta bajo receta archivada deberán confeccionarse en original en el recetario de esta Obra Social, y el correspondiente duplicado en el recetario de EL PRESTADOR y la aclaración de la palabra “DUPLICADO”. También deberá aclarar “EMBARAZADA” o “PRIMER AÑO DE EDAD” a los beneficiarios del Plan Materno Infantil. 1

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ANEXO II

NORMAS PRESTACIONALES OPERATIVAS Y DE FACTURACION.

NORMAS GENERALES PARA LA ATENCIÒN EN CENTROS OFTALMOLOGICOS

NORMAS PARA LA CONSULTA EXTERNA

a) Consultas Programadas

1) Los paciente se atenderán en las especialidades del Anexo

2) Se reconocen hasta 2 consultas por mes de la misma especialidad. Si

fueran necesarias más consultas, debe adjuntarse FOTOCOPIA de H.C.

ambulatoria.

5) Para las consultas de las prácticas, estas deberán presentar una consulta

avalatoria

Confección de órdenes y recetas:

Se recomienda la confección completa y correcta de las Ordenes de Consulta y

Prestaciones a fin de no ser rechazadas por la Auditoría Médica de “LA OBRA

SOCIAL”. No omitir especialidad médica, número de matrícula, diagnóstico legible

y conformidad del afiliado.

La prescripción de los medicamentos se hará en el recetario de LA OBRA SOCIAL o bien recetario

que el Centro Medico provea. En el talón, el médico colocará los datos del afiliado, diagnóstico y

los medicamentos recetados.

Los medicamentos de venta bajo receta archivada deberán confeccionarse en original en el

recetario de esta Obra Social, y el correspondiente duplicado en el recetario de EL PRESTADOR y

la aclaración de la palabra “DUPLICADO”. También deberá aclarar “EMBARAZADA” o “PRIMER

AÑO DE EDAD” a los beneficiarios del Plan Materno Infantil.

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LA OBRA SOCIAL utiliza vademecum por bandas terapéuticas y monodrogas, de acuerdo a la

legislación sobre “Promoción de utilización de medicamentos por su nombre genérico”. (Ley Nº

29987/02 - MS) y del Programa Médico Obligatorio en vigencia.

Los medicamentos de uso dermatológico, serán prescriptos debiendo aclarar en el recetario

oficial la frase “USO MEDICINAL” y aclaración de la especialidad con el sello respectivo.

En el caso de anticonceptivos perorales y parenterales aclarar en el recetario oficial la frase

“USO TERAPEUTICO”.

En el caso de vitaminas perorales y parenterales, aclarar en el recetario oficial la frase “USO

IMPRESCINDIBLE”.

El médico indicará claramente con letras y números la cantidad de productos diferentes, cantidad

de envases por producto y tamaño o contenido de los envases, debiendo ajustarse a las

siguientes alternativas:

a) Cantidad de productos diferenciales: Hasta tres (3) productos por cada receta.

b) Cantidad de envases y tamaño o contenido: Las alternativas son las siguientes:

• Un producto de tamaño mayor y dos (2) restantes de tamaño chico.

• Los tres (3) productos de tamaño chico.

c) Medicación inyectable: En caso de medicación inyectable antibiótica, se podrán prescribir

hasta cinco (5) ampollas por producto. El médico indicará de puño y letra la frase

TRATAMIENTO PROLONGADO en el recetario oficial, en el supuesto de que el paciente

necesite medicación por mayor lapso de tiempo.

C) NORMAS PARA LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS AMBULATORIAS :

SERVICIOS COMPLEMENTARIOS:

Los estudios y/o tratamientos complementarios serán prescriptos en los recetarios, los cuales

deberán estar correctamente completos en todos sus detalles, especificando las causas o

diagnóstico presuntivo por el cual se solicita, a fin de evitar el rechazo por la Auditoría Médica de

LA OBRA SOCIAL. Cada orden de practica debe contar con su correspondiente consulta avalatoria

PRACTICAS QUE REQUIEREN AUTORIZACIÒN:

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A) PRACTICAS NOMENCLADAS:

B) PRACTICAS NO NOMENCLADAS Y/O DE ALTA COMPLEJIDAD:

Demostrando haber agotado todas las instancias anteriores para llegar al diagnóstico.

Es imprescindible la especificación de las causas o diagnóstico presuntivo que motivó el pedido.

Asimismo se recomienda que las órdenes de Atención, Pedidos de Estudios Complementarios

como también las historias clínicas serán confeccionadas con letra clara y legible, caso contrario

la Auditoría Médica de LA OBRA SOCIAL rechazará las mismas.

Estas autorizaciones se realizará vía Fax. 4308-2678 Conmutador Opción Nº 4 ó Int 117 / 433.

NORMAS GENERALES DE FACTURACIÒN

LA OBRA SOCIAL abonará a EL PRESTADOR, por cada prestación que realizare,

las sumas que resultan del detalle de prestaciones y precios que se adjuntan al

convenio firmado.

PRESENTACIÒN DE LA FACTURA: Los servicios se facturarán a mes vencido y

los brindados en un mes calendario deberán ser presentados al cobro junto con

toda la documentación avalatoria en la oficina de Auditoría Técnica de la Obra

Social del Personal Gráfico, de lunes a viernes de 9 a 16 hs. donde se le dar

ingreso con sello de entrada en el que consta la fecha en que dicha presentación

se efectuó. La factura deberá cumplir con los requisitos establecidos por la AFIP.

COBRO DE LA FACTURA: Toda facturación presentada en tiempo y forma,

tiene una fecha de vencimiento a treinta días corridos a partir de su entrada en

la oficina de Auditoría Tecnica. En caso de existir alguna diferencia LA OBRA

SOCIAL emitirá una ORDEN DE DÈBITO DE AUDITORIA, donde constará el

motivo del débito y los datos correspondientes a la prestación debitada y al

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beneficiario.

El pago se hará efectivo en el domicilio de LA OBRA SOCIAL mediante cheque a

la orden del PRESTADOR y en ocasión de percibir el pago se deberá emitir recibo

en legal forma donde se detallarán los conceptos abonados y eventuales débitos

que se hubieran producido. Las refacturaciones por débitos serán abonadas,

cuando ello corresponda, dentro de los treinta (30) días de recibidas.

COBROS INDEBIDOS: Cualquier pago adicional por los servicios incluidos en la

presente Carta Intención, será debitado por LA OBRA SOCIAL a EL PRESTADOR,

en el próximo pago, sin perjuicio de la posibilidad de aplicar una multa

equivalente al doble del importe percibido indebidamente, que se debitará de las

sumas a liquidar a EL PRESTADOR. La reiteración de estos incumplimientos es

causal suficiente para la disolución de la relación contractual por parte de LA

OBRA SOCIAL, sin notificación previa alguna. EL PRESTADOR por su parte

también podrá denunciar a LA OBRA SOCIAL eventuales irregularidades en que

hubiese incurrido algún beneficiario.

AUDITORÌA: LA OBRA SOCIAL queda facultada a ejercer el control de los

servicios contratados, debiendo realizarlo a través de su personal profesional. EL

PRESTADOR acepta los controles que LA OBRA SOCIAL y la Superintendencia de

Servicios de Salud puedan realizar para verificar la calidad de la prestación. Las

partes se comprometen a observar las normas dictadas en el marco del

PROGRAMA NACIONAL DE GARANTIA DE LA ATENCIÓN MÉDICA creado por

Resolución Nº 432/92 SSS y de acuerdo a lo establecido por la Resolución Nº

855/93 del Ministerio de Salud y Acción Social de la Nación, las Resoluciones

194/2001, 195/2001, 365/2002, las normas del Plan Médico Obligatorio y Plan

Médico Obligatorio de Emergencia, normas concordantes y reglamentarias.

NORMAS PARTICULARES

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AUDITORÌA COMPARTIDA

En todos aquellos casos en que surjan diferencias en la interpretación de los

débitos y/o refacturación de los mismos, se someterá la controversia a una

Auditoría compartida entre miembros de ambas instituciones; la cual puede ser

solicitada por cualquiera de las partes y resolver la cuestión en el plazo de quince

(15) días desde que la auditoría fuera solicitada y adoptarán las decisiones por

simple mayoría.

CREDENCIALES AUTORIZADAS

El prestador contratado solo podra prestar los servicios de salud a los pacientes que

cuenten con los siguientes planes, sin excepciones.

PLAN S1 (color Dorada): solo atención por guardia.

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PLAN S2 (Color Gris) : al Plan S1 se suma la consulta programada de todas las especialidades, exámenes radiológicos simples, exámenes de laboratorio y ecografías incluidas en el nomenclador de Superintendencia de Servicios de Salud. Para las excepciones se deberá solicitar la autorización correspondiente.

PLAN MENOR DE UN AÑO:

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PLAN MATERNIDAD:

Recordamos que deben realizar la validacion de los afiliados registrar prestaciones

y autorizar las mismas a traves de TRANSALUD.

Mesa de Ayuda Transalud: 4315-3616 Lu a Vi de 8 a 21 hs.

[email protected]

Las claves fueron remitidas cada prestador por mail.

TRANSALUD: a traves de la utilizacion de este sistema de Internet y la implementación

del sistema de validación de Transalud vía Web de las consultas

(www.transalud.com.ar), no será necesario requerir a nuestros afiliados chequera de

consulta, practicas, guardia, etc. en definitiva ningun tipo de chequera o bono.

Confirmamos que se puede validar la afiliación de los pacientes, los planes a los que pertenecen y también registrar las prácticas y consultas Para su atención nuestros afiliados deberán presentar su credencial y documento, además solicitamos que toda transacción sea registrada a través del sistema de TRANSALUD, evitando así cualquier tipo de débito por no afiliación.

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Planilla Nº 1

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Planilla Nº 1

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Planilla Nº 2

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Planilla Nº 2

PLANILLA Nº 2

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Planilla Nº 3

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PROTOCOLO DE ATENCION DEL PLAN DE REINTEGRO PARA

LA ATENCION DEL NACIMIENTO

Nombre y apellido beneficiaria:

Nº CUIL Titular:

Nombre de la Clínica:

Fecha de parto/cesárea:

Se deja constancia que a la paciente mencionada se le han realizado las siguientes

prestaciones correspondientes al control del embarazo:

• Examen ginecológico, papanicolau y colposcopia.

• Examen de laboratorio de rutina con serología para la detección de sífilis y chagas.

• Test diagnóstico del Virus de Inmunodeficiencia Humana.

• Grupo sanguíneo y factor Rh.

• Análisis de orina completa.

• Vacunación contra tétanos (SABIN según expresa indicación medica).

• Ecografías obstétricas.

Firma Médico Obstetra Firma Médico Auditor

O.S.P.G

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PROTOCOLO DE ATENCION AL RECIEN NACIDO

Se deja constancia que al niño/a___________________________________ hijo/a de

_______________________ y_________________________, ambos beneficiarios de

la Obra Social del Personal Gráfico, se le han realizado los siguientes estudios y

vacunaciones que se mencionan a continuación:

• Detección de Fenilcetonuria.

• Detección de Hipotiroidismo Congénito.

• Detección de Enfermedad Fibroquistica del Páncreas.

• Hiperplasia Suprarrenal Congénita.

• Galactosemia.

• Déficit Biotinidasa.

• Vacunas BCG y 1º dosis de hepatitis B.

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Firma Médico Pediatra Firma Médico Auditor

O.S.P.G

CONTACTOS

• SECTOR DE SOLICITUD DE VISITAS, EMERGENCIAS, URGENCIAS

DOMICILIARIAS Y TRASLADOS PROGRAMADOS: 4308-2678 INT 215

• DIRECTOR MEDICO: Dr. Eduardo Caraballo (4308-2678 Int. 212/213)

• ENCARGADA ADMISIÓN : Sra. Marìa Elena Torres, encargada del sector de

Admisiòn (4308-2678 / 2699 Int. 117 / 433).

• ENCARGADA ADMISIÓN ALBERTI: Srta. Estevez Laura (Alberti 447 CCV-

Internación y Guardia las 24 hs. los 365 días del año) 4308-2678 Int. 301

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• JEFA SERVICIO DE PEDIATRÍA: Dra. Marta Pisano al 4308-2678 Int 132.

• COORDINADOR SERVICIO DE TOCOGINECOLOGÍA: Dr. Omar Aizpeolea 4308-

2678 Int 308. Lunes a Jueves de 12 a 15 hs.

• AUDITORÍA TECNICA: 4308-2678 Int. 104/105 de lunes a viernes de 08 a 15 hs.,

Jefatura Contadora Maria Ines Vigolo.

• TESORERIA: 4308-2678 Int. 121

• CONTABLE: 4308-2678 Int 123

• CONMUTADOR: 4308-2678/79/81/82 LAS 24 HS. LOS 365 DÍAS DEL AÑO.

Estamos siempre disponibles para evitar inconvenientes en la atención a

nuestros beneficiarios y en la relación con los prestadores que seleccionamos

para este fin y contamos con vuestra buena disposición para lograrlo.

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Obra social del Personal Gráfico

COSEGUROS

NORMAS SOBRE COBRO DE COSEGURO

Rige el cobro de coseguro solamente para pràcticas

programadas ambulatorias y las de

guardia que excedan a las

mencionadas en el punto

ATENCIÒN EN GUARDIA de la

presente Carta Intenciòn.

El cobro de coseguro es obligatorio para EL

PRESTADOR, quien deberà

cobrar al beneficiario el importe

establecido detallado a continuciòn:

• Consultas ambulatorias: $20

(pesos veinte) para afiliados

activos.

• Pràcticas : el 65% del valor total

para los afiliados activos.

• Eximidos del pago de coseguro:

los afectados al PLAN MATERNO

INFANTIL (menor de 1 año de

edad unicamente).

Està absolutamente vedado solicitar a nuestros afiliados

suma alguna en cualquier otro

concepto o màs elevado de las

establecidas.

Todo coseguro cobrado a los afiliados debe ser

descontado de los valores

acordados con LA OBRA SOCIAL

al confeccionar la facturaciòn.

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