Normas de régimen académico sobre el acceso de alumnos con...
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UNIVERSIDAD COMPLUTENSE
MADRID
Normas de régimen
académico sobre el
acceso de alumnos con
estudios extranjeros
2009 2010
UNIVERSIDAD COMPLUTENSE MADRID
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Normas de régimen
académico sobre el
acceso de alumnos con
estudios extranjeros
2009 2010
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ÍNDICE
1. INGRESO EN PRIMER CURSO.................................................................... 5
1.1 Alumnos de sistemas educativos de la UE y de estados con acuerdos
internacionales .......................................................................................... 5
1.2 Prueba de acceso para los estudiantes de sistemas educativos extranjeros 6
1.3 Reserva de plaza....................................................................................... 7
1.4 Relación de prioridades para la elección de estudios en la Universidad
Complutense de Madrid, según la vía de acceso .................................... 11
2. ALUMNOS CON ESTUDIOS UNIVERSITARIOS
EN EL EXTRANJERO ..................................................................................... 13
2.1 Convalidación parcial de estudios universitarios extranjeros .................. 13
2.2 Acceso a estudios oficiales de posgrado (Máster) regulados por el RD
56/2005 o por el RD 1393/2007 para alumnos con estudios universitarios
extranjeros sin homologar ........................................................................ 17
2.3 Acceso a estudios oficiales de posgrado (Doctorado) regulados por el RD
56/2005 o por el RD 1393/2007 para alumnos con estudios universitarios
extranjeros sin homologar ........................................................................ 19
3. ALUMNOS VISITANTES ................................................................................ 21
4. AYUDAS Y BECAS ........................................................................................... 22
5. TÍTULOS QUE SE OBTIENEN...................................................................... 23
5.1 Diplomado o Ingeniero Técnico............................................................... 23
5.2 Licenciado o Ingeniero............................................................................. 23
5.3 Grado ........................................................................................................ 24
5.4 Máster ....................................................................................................... 24
5.5 Doctor ....................................................................................................... 24
5.6 Otros Títulos ............................................................................................. 24
5.7 Títulos universitarios y certificaciones que han de surtir efectos en el
extranjero ................................................................................................. 25
6. HOMOLOGACIÓN DE TÍTULOS EXTRANJEROS DE EDUCACIÓN
SUPERIOR......................................................................................................... 26
6.1 Homologación a grado académico correspondiente a los estudios
académicos de grado ................................................................................ 26
6.2 Homologación a títulos y grados académicos de posgrado ..................... 26
6.2.1 Doctor ....................................................................................................... 27
6.2.2 Máster....................................................................................................... 27
3
7. CALENDARIO ESCOLAR.............................................................................. 28
8. CONVENIOS INTERNACIONALES CON UNIVERSIDADES E
INSTITUCIONES EXTRANJERAS ............................................................... 28
9. CURSOS DE ESPAÑOL................................................................................... 28
10. SEGURO ESCOLAR ........................................................................................ 29
11. DIRECCIONES DE LOS CENTROS DE LA UNIVERSIDAD
COMPLUTENSE DE MADRID...................................................................... 30
12. RELACIÓN DE ESTUDIOS DE LA UCM Y CENTROS EN LOS QUE
SE IMPARTEN .................................................................................................. 33
13. COLEGIOS MAYORES (RESIDENCIAS PARA ESTUDIANTES)........... 40
14. BREVES NOTAS SOBRE EL ALOJAMIENTO EN MADRID PARA
LOS ESTUDIANTES EXTRANJEROS ......................................................... 47
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1 1 INGRESO EN PRIMER CURSO
1.1 Alumnos de sistemas educativos de la UE y de Estados con
acuerdos Internacionales
Los alumnos procedentes de sistemas educativos de Estados miembros de
la Unión Europea o los de otros Estados con los que se hayan suscrito
Acuerdos internacionales aplicables a este respecto, en régimen de reciproci-
dad, que cumplan los requisitos académicos exigidos en sus sistemas educa-
tivos para acceder a sus universidades, podrán acceder a la universidad
española, en las mismas condiciones que los estudiantes que hayan superado
la prueba de acceso a la universidad, sin perjuicio de las pruebas específicas
que puedan exigirse para el acceso a determinadas enseñanzas o centros uni-
versitarios, que por sus especiales características requieran la superación de
las mismas.
En el curso 2009-2010 se incluyen, además de los sistemas educativos de
países miembros de la Unión Europea, los poseedores del título de
Bachillerato Europeo, los del título de Bachillerato Internacional y los proce-
dentes de los sistemas educativos de Islandia, Noruega, Liechtenstein, la
Confederación Suiza y la República Popular China.
La verificación del cumplimiento de los requisitos de acceso a la
Universidad se llevará a cabo por la Universidad Nacional de Educación a
Distancia (UNED). Los estudiantes que deseen acogerse a esta vía de acceso
deberán presentar su solicitud a través de Internet, de acuerdo con las instruc-
ciones y requisitos que a tales efectos publicará dicha Universidad en la pági-
na Web www.uned.es/accesoUE.
Una vez recibidas las solicitudes y llevada a cabo la oportuna verificación,
la UNED expedirá, en su caso, una credencial en la que se hará constar:
a) El cumplimiento por el solicitante de los requisitos de acceso a la uni-
versidad en el país correspondiente.
b) Los datos relativos a las vías de acceso en relación con las materias
cursadas.
c) La calificación de acceso a la Universidad española.
Dicha credencial comportará a su titular el derecho de acceso, con carác-
ter general, a la Universidad española y tendrá validez en todas las universi-
dades españolas a los efectos de admisión y formalización de matrícula.
Los estudiantes procedentes del sistema educativo británico y del sistema
educativo irlandés podrán presentar documentos basados en predicciones y
estimaciones de resultados expedidos por las instituciones acreditadas a tales
efectos por el sistema educativo de origen. La UNED expedirá, en su caso, una
credencial que tendrá carácter provisional y validez en todas las universidades
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españolas sólo a efectos de admisión, debiendo ser sustituida por la credencial
definitiva con carácter previo a la formalización de la matrícula.
Cuando el número de solicitudes para un centro universitario concreto sea
superior al de plazas disponibles, los alumnos que accedan por este procedi-
miento, deberán someterse a los criterios establecidos con carácter general
para el acceso a la Universidad española.
Este procedimiento es compatible con la utilización de otros sistemas de
acceso a la universidad. No obstante lo anterior, los estudiantes sólo podrán
concurrir a los procesos de admisión en un mismo curso académico por un
único sistema de acceso. No podrán solicitar su admisión por este sistema los
alumnos que ya hubieran accedido a la Universidad española por una vía dis-
tinta.
Los estudiantes que, habiendo accedido ya a la Universidad española por
esta vía en cursos anteriores, vayan a participar de nuevo en los procedimien-
tos de admisión al curso 2009-2010 deberán solicitar de nuevo la expedición
de la credencial.
1.2 Prueba de acceso para los estudiantes de sistemas educativos
extranjeros
Podrán presentarse a la prueba de acceso a la universidad quienes se
encuentren en alguna de las siguientes situaciones:
a) Los estudiantes que deseen acceder en España a las enseñanzas univer-
sitarias oficiales y que procedan de sistemas educativos extranjeros no inclui-
dos en el punto anterior.
b) Los estudiantes que siendo procedentes de los sistemas educativos a los
que se refiere el punto anterior no cumplan los requisitos académicos exigidos
en el sistema educativo respectivo para acceder a sus universidades, pero que
acrediten estudios homologables al título de Bachiller español.
c) Los estudiantes que siendo procedentes de los sistemas educativos a los
que se refiere el punto anterior y cumplan los requisitos académicos exigidos
en el sistema educativo respectivo para acceder a sus universidades, deseen
presentarse a la fase general de la prueba de acceso.
En cualquiera de estos casos, los estudiantes deberán solicitar la homolo-
gación de sus títulos al título de Bachiller español. Información a través del
Ministerio de Educación, c/ Alcalá, 36. 28071 Madrid. Teléfono: 902 218 500.
La prueba de acceso a la universidad que deberán realizar estos estudiantes
será organizada por la Universidad Nacional de Educación a Distancia
(UNED). Paseo Senda del Rey, 11. 28040 Madrid. Teléfono: 91 398 66 13 / 14/16.
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1.3 Reserva de plaza
Mediante un único impreso se podrá solicitar plaza en las seis universi-
dades del Distrito de Madrid: Complutense, Autónoma, Politécnica, Alcalá,
Carlos III y Rey Juan Carlos. Normalmente este impreso no está disponible
hasta el mes de junio en nuestra página web: www.ucm.es.
Si el centro solicitado en primer lugar pertenece a la Universidad
Complutense, la solicitud de reserva de plaza deberá realizarse a través del
Servicio de Estudiantes de esta Universidad, que se encuentra en el Edificio de
Alumnos (Avenida Complutense, s/n. Ciudad Universitaria. 28040 Madrid).
DOCUMENTACIÓN Y FORMA DE ENTREGA:
Junto a la solicitud de reserva de plaza deberá acompañarse la siguiente
documentación:
-Fotocopia del pasaporte.
-Fotocopia de la tarjeta de Pruebas de Acceso.
Esta última fotocopia deberá estar COMPULSADA por un Consulado
o Embajada española.
Dicha documentación podrá entregarse personalmente en nuestro
Servicio de Estudiantes o remitirse por correo certificado.
Los alumnos interesados en estudiar Derecho Hispano-Francés y/o
Traducción e Interpretación deberán, previo pago de las tarifas estableci-
das, realizar una prueba de evaluación específica de las aptitudes persona-
les, pruebas que tendrán lugar en esta Universidad el 29 de junio
(Derecho Hispano-Francés) y el 30 de junio (Traducción e
Interpretación).
FECHAS DE ENTREGA:
Del 16 al 25 de junio:
- Estudiantes que deseen solicitar estudios con pruebas específicas(Derecho Hispano-Francés y Traducción e Interpretación).
Del 16 de junio al 6 de julio:
- Alumnos con prueba de acceso aprobada.
- Otros solicitantes con documentación completa; excepto alumnos de COUsin Pruebas de Acceso, que sólo tienen acceso a Diplomaturas e IngenieríasTécnicas.
Del 21al 30 de septiembre:
- Alumnos con pruebas de acceso aprobadas en septiembre.
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- Convalidantes de COU sin las Pruebas de Acceso, (exclusivamente paraacceso a Diplomaturas e Ingenierías Técnicas).
- Resto de solicitantes.
LISTADO DE ADMITIDOS:
- Listado de admitidos de la primera fase (solicitudes de junio-julio):
17 de julio.
- Listado de admitidos de la segunda fase (solicitudes de septiembre-
octubre): 13 de octubre.
CRITERIOS DE VALORACIÓN PARA LA ADJUDICACIÓN DE PLAZA:
Para la adjudicación de las plazas de primero existentes en cada uno de los
estudios de las seis Universidades públicas de Madrid se tendrán en cuenta, en
cada caso, alguno de los siguientes criterios de valoración:
1. Calificación definitiva obtenida en las pruebas de acceso a la
Universidad.
2. Nota media del expediente académico correspondiente a los estudios
convalidables por el BUP y Curso de Orientación Universitaria, en
aquellos casos en los que exista equivalencia de notas. (Sólo para acce-
so a Diplomaturas e Ingenierías Técnicas).
3. La nota media del expediente académico de Formación Profesional o
equivalente y convalidable, siempre que exista equivalencia de notas.
4. Para el acceso a Derecho Hispano-Francés y/o Traducción e
Interpretación será preciso realizar una prueba de evaluación específi-
ca de las aptitudes personales en la que sólo se otorgará la calificación
de Apto o de No apto. El sistema de selección se aplicará con los mis-
mos criterios que al resto de los alumnos.
REPETICIÓN PRUEBAS DE ACCESO A LA UNIVERSIDAD:
Los alumnos que hayan superado las pruebas de acceso a la Universidad
podrán volver a realizarlas tantas veces como deseen en cualesquiera otras
convocatorias, con el fin de mejorar su calificación y acceder al primer ciclo
de unos estudios determinados.
La calificación global obtenida en las convocatorias para mejorar la nota
se tendrá en cuenta únicamente si es superior a la otorgada anteriormente.
Cuando se haga uso de esta posibilidad, las pruebas se realizarán por una
sola de las distintas vías de acceso previstas.
Las nuevas pruebas deberán realizarse en la misma universidad, salvo que
se justifique debidamente un cambio de residencia o haya obtenido plaza en
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otra universidad, en cuyo caso será esta última donde deberá realizar las
nuevas pruebas.
La posibilidad de repetición de las pruebas no será obstáculo para que el
estudiante pueda formalizar su matrícula en la Universidad en la que haya
obtenido plaza en el año académico en curso en el que por primera vez realice
dichas pruebas.
ADJUDICACIÓN DE PLAZAS
Los alumnos relacionarán en su solicitud, por orden de preferencia, todos
los estudios en que deseen ser admitidos. Dichas solicitudes se ordenarán por
los criterios de valoración de acuerdo con las siguientes prioridades:
a. En primer lugar, para el ingreso en cualquier Centro Universitario, las
de aquellos estudiantes que hayan superado las pruebas de acceso a la
Universidad en la convocatoria ordinaria del año en curso o en
convocatorias de cursos anteriores.
b. En segundo lugar, las de aquellos alumnos que hayan superado las
pruebas de acceso en la convocatoria extraordinaria del año en curso.
Se reserva el 1 por 100 de las plazas de primero, para estudiantes
nacionales de países no comunitarios ni del Espacio Económico
Europeo que hayan superado las pruebas de acceso a las universi-
dades españolas en el año en curso o en el inmediatamente anterior
y siempre que sus respectivos Estados apliquen el principio de reci-
procidad en esta materia. En los casos de estudiantes con titulación
universitaria o equivalente y homologada y estudiantes nacionales
de países no comunitarios ni del Espacio Económico Europeo
habrá un único plazo de solicitud correspondiente a la convocato-
ria ordinaria.
c. En tercer lugar, sólo para el acceso a Diplomaturas e Ingenierías
Técnicas, las de los alumnos que hayan convalidado el Curso de
Orientación Universitaria.
Los estudiantes que hayan superado o convalidado el segundo curso del
bachillerato regulado en la Ley Orgánica 1/1990 (LOGSE) no podrán
ser admitidos a los estudios mencionados en el párrafo anterior sin la
previa superación de la correspondiente prueba de acceso.
d. Para la adjudicación de las plazas reservadas a estudiantes procedentes
de: ciclos formativos de grado superior de la formación profesional, de
módulos profesionales experimentales de nivel 3, de formación profe-
sional de segundo grado o estudios equivalentes, se considerarán, en
primer lugar, las solicitudes de los que hayan superado dichos estudios
en la convocatoria ordinaria del año en curso o en convocatorias de cur-
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sos anteriores y, en segundo lugar, las de aquellos que los superaran en
convocatorias extraordinarias del año en curso.
e. A los alumnos que hayan solicitado simultanear estudios y que satisfa-
gan las condiciones establecidas para ello, se les adjudicará plaza, sola-
mente si existieran vacantes tras la asignación a los alumnos que sólo
van a estudiar una carrera.
MUY IMPORTANTE: Aquellos alumnos que por pertenecer a la convocatoria
ordinaria del año en curso o convocatorias anteriores, tengan preferencia sobre
los que pertenezcan a la convocatoria extraordinaria del año en curso, deberán
entregar su petición entre el 16 de junio y el 6 de julio. Si no lo hicieran,
perderán dicha prioridad y serán tratados, sin excepción, como los de la convo-
catoria extraordinaria del año en curso, cuyo plazo de entrega será del 21 al 30
de septiembre.
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1.4 Relación de prioridades para la elección de estudios en la
Universidad Complutense de Madrid, según la vía de acceso
Vía Científico-Tecnológica
Grados:
Administración y Dirección de Empresas
Biología
Comercio
Economía
Estadística Aplicada
Física
Geología
Ingeniería Matemática
Ingeniería Química
Matemáticas y Estadística
Óptica y Optometría
Química
Ingenierías:
Geológica
Informática
Ingenierías Técnicas:
Informática de Gestión
Informática de Sistemas
Vía Ciencias de la Salud
Grados:
Administración y Dirección de Empresas
Biología
Comercio
Economía
Enfermería
Física
Geología
Ingeniería Química
Medicina
Odontología
Óptica y Optometría
Química
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Licenciaturas:
Farmacia
Veterinaria
Ingenierías:
Geológica
Informática
Diplomaturas:
Fisioterapia
Nutrición Humana y Dietética
Podología
Ingenierías Técnicas:
Informática de Gestión
Informática de Sistemas
Vía Humanidades
Grados:
Español: Lengua y Literatura
Estudios Ingleses
Estudios Semíticos e Islámicos
Filología Clásica
Historia
Historia del Arte
Lenguas Modernas y sus Literaturas
Vía Ciencias sociales
Grados:
Administración y Dirección de Empresas
Comercio
Economía
Estadística Aplicada
Historia
Historia del Arte
Vía Artes
Grados:
Historia
Historia del Arte
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A las licenciaturas en Comunicación Audiovisual, Derecho, Derecho (Plan
conjunto Hispano-Francés), Filosofía, Periodismo, Publicidad y Relaciones
Públicas y Traducción e Interpretación, a las diplomaturas en Gestión y
Administración Pública, Terapia Ocupacional y a los grados en Antropología
Social y Cultural, Bellas Artes, Ciencias Políticas, Educación Social,
Geografía y Ordenación del Territorio, Información y Documentación,
Logopedia, Maestro en Educación Infantil, Maestro en Educación Primaria,
Pedagogía, Psicología, Relaciones Internacionales, Relaciones Laborales y
Recursos Humanos, Sociología, Trabajo Social y Turismo se podrá acceder
desde cualquiera de las vías de bachillerato.
Para acceder a los estudios de Traducción e Interpretación y Derecho (Plan
conjunto Hispano-Francés) es necesario superar, además de la Prueba de
Acceso a los Estudios Universitarios, una prueba de acceso específica.
2 ALUMNOS CON ESTUDIOS UNIVERSITARIOS EN
EL EXTRANJERO
2.1 Convalidación parcial de estudios extranjeros.
La convalidación parcial de estudios extranjeros está regulada por: el Real
Decreto 1497/1987 de 27 de noviembre (BOE de 14 de diciembre), modifica-
do por el RD 1267/1994 de 10 de junio (BOE del 11); el RD 69/2000 de 21 de
enero (BOE del 22); la Ley Orgánica 6/ 2001, de 21 de diciembre, de
Universidades (BOE del 24), modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12
de abril (BOE del 13); el RD 1137/2002 de 31 de octubre (BOE de 8 de
noviembre); el RD 285/2004 de 20 de febrero (BOE de 4 de marzo) y el
Acuerdo de 25 de octubre de 2004, del Consejo de Coordinación Universitaria
(BOE de 15 de marzo de 2005).
Los estudiantes con estudios extranjeros de educación superior podrán
solicitar la convalidación parcial de estudios cursados en la misma enseñanza,
tanto si los han finalizado como si no.
En caso de que los hayan finalizado y obtenido el título correspondiente,
podrán optar entre solicitar la homologación o la convalidación de estudios
parciales. Ambas no se pueden solicitar simultáneamente.
Si se ha optado por la homologación del título y ésta ha sido denegada, el
interesado podrá solicitar la convalidación parcial de sus estudios, siempre que
la denegación no se haya fundado en:
- Que se haya solicitado la homologación de títulos y diplomas propios
que las universidades imparten conforme al artículo 34.5 de la Ley
Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades
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- Que los planes de estudios, de los títulos de los que se solicita la
homologación, se hayan extinguido o que aún no estén implantados en
su totalidad, en al menos una universidad española.
- Que los títulos o estudios extranjeros carezcan de validez académica
oficial en el país de origen.
- Que los títulos o estudios extranjeros se hayan realizado, en todo o en
parte, en España, cuando los centros carezcan de la preceptiva autori-
zación para impartir tales enseñanzas, o bien cuando las enseñanzas
sancionadas por el título extranjero cuya homologación se pretende no
estuvieran efectivamente implantadas en la universidad o institución
de educación superior extranjera en el momento en que ésta expidió el
título, de acuerdo con lo señalado en el artículo 86 de la Ley Orgánica
6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.
- Que los títulos hayan sido ya homologados en España o que los estudios
superados para su obtención hayan sido ya objeto de convalidación.
Para los estudiantes que no sean nacionales de Estados que tengan como
lengua oficial el español, las Universidades podrán establecer las pruebas de
idiomas que consideren oportunas.
Están exentos de esta prueba los estudiantes que hayan obtenido el
Diploma Español como Lengua Extranjera (DELE), de nivel superior (RD
1137/2002 de 31 de octubre, BOE de 8 de noviembre).
Serán susceptibles de convalidación las materias aprobadas en un plan de
estudios conducentes a la obtención de un título extranjero de educación supe-
rior, cuando el contenido y carga lectiva de las mismas sean equivalentes a los
de las correspondientes asignaturas incluidas en un plan de estudios condu-
cente a la obtención de un título oficial.
Los trámites de la CONVALIDACIÓN PARCIAL se inician y presentan en
la Secretaría de la Facultad o Escuela donde se desee proseguir los estudios,
del 1 de abril al 30 de septiembre.
- Será requisito indispensable tener aprobado el primer curso completo
o un mínimo equivalente a 60 créditos en el Centro de procedencia.
De acuerdo con el RD 69/2000 de 21 de enero (BOE del 22), por el que se regu-
lan los procedimientos de selección para el ingreso en los Centros universitarios
de los estudiantes que reúnan los requisitos legales necesarios para el acceso a la
Universidad, sólo se admitirán alumnos con estudios universitarios extranjeros si
se les convalida el primer curso completo o un mínimo de 60 créditos. Sólo en los
casos en los que la demanda de plazas resulte inferior a la oferta bastará con que
se les convalide un mínimo de 15 créditos o, en su caso, una asignatura.
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Los estudiantes que no obtengan convalidación parcial deberán superar las
pruebas de acceso a las universidades españolas, en su caso.
1. Documentación:
1. Instancia de solicitud de convalidación parcial, conforme al modelo
oficial, dirigido al Rector de la Universidad.
2. Certificado oficial donde consten las asignaturas cursadas y aprobadas.
3. Programa de cada una de las asignaturas a convalidar en el que figure
el contenido y amplitud con que fueron cursadas.
Deberá acreditar la carga horaria de su titulación en el certificado
de notas o en los programas.
4. Fotocopia del pasaporte o DNI.
5. A partir del 5 de septiembre de 2004, en el caso de estar en posesión
de un Título de Educación Superior extranjero, se deberá aportar,
DECLARACIÓN jurada de que no se ha iniciado simultáneamente un
procedimiento de homologación del título en España, o
DENEGACIÓN de la homologación por causa distinta de las
mencionadas en el artículo 5 del RD 285/2004 de 20 de febrero
(BOE de 4 de marzo).
Todos los documentos deberán ser OFICIALES, expedidos por las
autoridades competentes.
ES IMPRESCINDIBLE QUE LA DOCUMENTACIÓN ESTÉ
LEGALIZADA
2. Legalización de la Documentación:
1. CONVENIO DE LA HAYA (de 5 de octubre de 1961): Los documentos
sellados con la “APOSTILLE” no necesitarán ninguna otra
legalización.
2. LEGALIZADOS POR VIA DIPLOMATICA, EN EMBAJADAS O
CONSULADOS DE ESPAÑA EN EL PAÍS DE PROCEDENCIA DE
LOS DOCUMENTOS. Y VISTO BUENO DEL MINISTERIO DE
ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN DE ESPAÑA,
CALLE SERRANO GALVACHE, 26 - MADRID (Metro Duque de
Pastrana). (Chile, Ecuador, Bolivia, Cuba, Perú, Venezuela, Colombia
y Paraguay están exentos del VºBº del Mº de Asuntos Exteriores y de
Cooperación)
NO SE ADMITIRÁN FOTOCOPIAS SIN EL SELLO ORIGINAL DE LA
LEGALIZACIÓN.
NO SE EXIGE NINGÚN TIPO DE LEGALIZACIÓN para los documentos
15
expedidos en Estados miembros de la UNIÓN EUROPEA o signatarios del
Acuerdo sobre el ESPACIO ECONÓMICO EUROPEO: Alemania, Austria,
Bélgica, Bulgaria, Chipre, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia,
Finlandia, Francia, Grecia, Holanda, Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Letonia,
Lituania, Liechtenstein, Luxemburgo, Malta, Noruega, Polonia, Portugal,
Reino Unido, República Checa, Rumania y Suecia. También Suiza, por
acuerdo bilateral con la UE.
Los documentos originales (CERTIFICADOS DE NOTAS) podrán
presentarse con fotocopias de los mismos, y serán devueltos a los interesados
una vez extendida la diligencia de cotejo.
Si envía sólo fotocopias de los documentos (Certificado de Notas), éstas
deben estar compulsadas por el Consulado o Embajada de España en el país
origen de los documentos y CON SELLO ORIGINAL.
3. Traducción de Documentos:
Los documentos deberán entregarse con su correspondiente
TRADUCCIÓN EN ESPAÑOL, que podrá hacerse:
a) Por cualquier representación diplomática o consular del Estado
Español en el extranjero.
b) Por la representación diplomática o consular en España del país del que
es ciudadano el solicitante o, en su caso, del de procedencia del documento.
c) Por Traductor Jurado, debidamente autorizado en España.
4. Matriculación:
NO PRECISAN RESERVA DE PLAZAlos alumnos con estudios extranjeros
que obtengan convalidación de al menos el primer curso completo o un mínimo
de 60 créditos, teniendo en cuenta y con carácter excepcional que, en aquellos
casos en que la demanda de plazas resulte inferior a la oferta, bastará con que se
les convalide un mínimo de 15 créditos o, en su caso, una asignatura.
- Los Centros (Facultades y Escuelas Universitarias) podrán aceptar la
matrícula condicional de estos alumnos, dentro del plazo establecido
para ello, y siempre que la solicitud de convalidación se haya
presentado antes del 30 de septiembre, sin que en ningún caso
prejuzgue la resolución definitiva del expediente de convalidación, y
estando sujeta dicha matrícula a los mismos derechos y tarifas de la
matrícula ordinaria.
5. Examen de Lengua Española:
Las convocatorias por las que podrán optar serán dos, OCTUBRE y
DICIEMBRE, realizando en cada una de ellas la correspondiente inscripción;
del 15 al 31 de OCTUBRE y del 1 al 15 de DICIEMBRE en la Secretaría de
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la Facultad de Filología. Recaída la resolución definitiva, la matrícula
condicional y los resultados de los exámenes realizados al amparo de la misma
adquirirían carácter definitivo, sin necesidad de nuevo trámite.
6. Traslados:
- Para poder solicitar traslado de expediente, tendrán que haber estado
matriculados dos cursos completos en los estudios para los que se les
concedió la convalidación. (Decreto 1676/1969, de 24 de Julio (BOE
de 15 de agosto). En ese caso deberá tenerse en cuenta:
1) Si desean continuar los mismos estudios ya iniciados en otra
Universidad española, siempre que tuvieran el primer curso
completo aprobado o convalidado, deberán solicitar -en el mes de
julio- traslado de expediente a los Decanos de las Facultades o
Directores de Escuelas Universitarias, donde deseen estudiar.
2) Si se trata de continuar los mismos estudios y no tuvieran el primer
curso completo o un mínimo de 60 créditos aprobados o convalidados,
deberán solicitar preinscripción (reserva de plaza) en los plazos
establecidos.
2.2 Acceso a estudios oficiales de Posgrado (Máster) regulados por
el RD 56/2005 o por el RD 1393/2007 para alumnos con estudios
universitarios extranjeros sin homologar.
Los estudiantes que estén en posesión de un título expedido por una insti-
tución de educación superior del Espacio Europeo de Educación Superior que
en el país expedidor faculte para el acceso a las enseñanzas oficiales de
Máster, y deseen realizar un Máster de los regulados por el Real Decreto
1393/2007, de 29 de octubre, accederán en igualdad de condiciones que los
estudiantes que estén en posesión de un título oficial español que faculte para
el acceso al Máster.
Estudiantes que han de solicitar previamente el acceso a Máster:
Los estudiantes que estén en posesión de un título expedido por una insti-
tución de educación superior del Espacio Europeo de Educación Superior y los
estudiantes con estudios ajenos a dicho Espacio que deseen realizar los estu-
dios de Máster regulado por el RD 56/2005, de 21 de enero.
Los estudiantes con estudios ajenos al Espacio Europeo de Educación
Superior que deseen realizar los estudios de Máster regulado por el RD
1393/2007.
Plazo de solicitud
A lo largo de todo el año
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Lugar de presentación
Negociado de Convalidaciones
Edificio de Alumnos
Avenida Complutense s/n
Ciudad Universitaria
28040 Madrid
Teléfono: 91 394 12 88
Email: [email protected]
http://www.ucm.es
Documentación
1. Copia compulsada del Título obtenido o de la certificación acreditativa de
su expedición.
2. Copia compulsada de la certificación académica de los estudios realiza-
dos para la obtención del título, en la que consten entre otros extremos,
la duración oficial en años académicos, el plan de estudios seguido, las
asignaturas cursadas con su calificación y la carga horaria de cada una
de ellas.
3. Certificación, expedida por el órgano competente, acreditativa de que
los estudios realizados facultan en el país expedidor para el Acceso a
estudios oficiales de Posgrado.
4. Fotocopia del Pasaporte o del DNI.
5. Documentación complementaria: la Subcomisión correspondiente
podrá solicitar los programas de cada una de las asignaturas, en las que
figure detalladamente el contenido y amplitud con que fueron cursadas,
si no hubieran sido presentados u otros documentos que considere nece-
sarios para la acreditación de nivel de formación equivalente a los cor-
respondientes títulos españoles de Grado.
Requisitos de la documentación
Todos los documentos deberán ser oficiales, expedidos por las autoridades
competentes para ello. Deberán presentarse debidamente legalizados por vía
diplomática o, en su caso, mediante la Apostilla del Convenio de la Haya
(excepto para los documentos expedidos en los estados miembros de la Unión
Europea o signatarios del Acuerdo sobre Espacio Económico Europeo).
Asimismo, habrán de ir acompañados, en su caso, de su correspondiente
traducción oficial al castellano.
Se entregará fotocopia de cada documento original requerido. Dichas foto-
copias serán cotejadas con sus respectivos documentos originales, comprobán-
dose la identidad de sus contenidos. Una vez diligenciadas las fotocopias con
un sello o acreditación de compulsa, se devolverán los documentos originales.
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Sólo se admitirán copias compulsadas por la Embajada o Consulado
de España en el país de donde proceda la documentación.
PLAZO DE ADMISIÓN A MÁSTERES OFICIALES EN EL CURSO
ACADÉMICO 2009-2010
Existen un primer plazo de carácter general y un segundo para aquellos
másteres con plazas vacantes.
Por sus especiales características, el procedimiento de admisión al Máster de
Formación del Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y
Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas se convocará
separadamente y en una fecha posterior. Los estudiantes podrán solicitar la
admisión en ambas convocatorias.
Primer plazo: del 18 de mayo al 8 de junio, ambos inclusive.
Segundo Plazo: del 15 de julio al 18 de septiembre, ambos inclusive.
Los alumnos con títulos universitarios extranjeros sólo podrán preinscribirse
como estudiantes titulados. Deberán aportar la homologación de su título o la
autorización del acceso emitida por la Comisión de Convalidaciones o, si estu-
viera en trámite, resguardo de haberla solicitado. En el caso de que la autori-
zación del acceso no se hubiese resuelto a la fecha de finalización de la
matrícula se podrá hacer una matrícula condicional, pendiente únicamente de
dicha autorización. La fecha límite de la misma será el 15 de enero de 2010,
siempre que la causa de la demora no sea imputable al interesado.
Información:
Vicerrectorado de Espacio Europeo de Educación Superior
Edificio de Alumnos
Avenida Complutense, s/n
Ciudad Universitaria
28040 Madrid
Teléfono: 91 394 14 48
Email: [email protected]
2.3 Acceso a estudios oficiales de Posgrado (Doctorado) regulados
por el RD 56/2005 o por el RD 1393/2007 para alumnos con
estudios universitarios extranjeros sin homologar.
Los estudiantes que estén en posesión de un título de Máster expedido por
una institución de educación superior del Espacio Europeo de Enseñanza
Superior y deseen realizar un Programa de Doctorado en su periodo de inves-
tigación de los regulados por el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre,
accederán en igualdad de condiciones que los estudiantes que estén en pose-
sión de un título oficial español de Máster Universitario, es decir, no necesi-
tan solicitar previamente el acceso.
Estudiantes que han de solicitar previamente el acceso a Doctorado:
1. Los estudiantes con estudios extranjeros obtenidos en una institución de
19
educación superior del Espacio Europeo de Educación Superior y estu-
diantes con estudios ajenos a dicho espacio que deseen cursar los estu-
dios de Doctorado regulados por el Real Decreto 56/2005, de 21 de
enero.
2. Los estudiantes estudios ajenos a dicho espacio que deseen cursar los
estudios de Doctorado regulados por el Real Decreto 1393/2007.
Plazo de solicitud
A lo largo de todo el año
Lugar de presentación
Edificio de Alumnos
Negociado de Convalidaciones
Avenida Complutense s/n
28040 Madrid
Teléfono.: 91 394 12 88
Email: [email protected]
http://www.ucm.es
Documentación
- Copia compulsada del Título obtenido (Máster o equivalente) o de la
certificación acreditativa de su expedición.
- Copia compulsada de la certificación académica de los estudios realizados
para la obtención del título (Máster o equivalente), en la que consten, entre
otros extremos, la duración oficial en años académicos, el plan de estudios
seguido, las asignaturas cursadas con su calificación y la carga horaria de
cada una de ellas.
- Copia compulsada de la certificación académica de los estudios realizados
equivalentes a Grado que le dieron acceso a los estudios equivalentes a
Máster en la que constan entre otros extremos, la duración oficial en años
académicos, plan de estudios seguido, las asignaturas cursadas y la carga
horaria de cada una de ellas.
- Fotocopia del Pasaporte o del DNI.
- Documentación complementaria: la Subcomisión correspondiente
podrá solicitar los programas de cada una de las asignaturas, en las que
figure detalladamente el contenido y amplitud con que fueron cursadas,
si no hubieran sido presentados, así como otros documentos que con-
sidere necesarios para la acreditación de nivel de formación equivalente
a los correspondientes títulos españoles de Máster.
Requisitos de la documentación
Todos los documentos deberán ser oficiales, expedidos por las autoridades
competentes para ello. Deberán presentarse debidamente legalizados por vía
diplomática o, en su caso, mediante la Apostilla del Convenio de la Haya
20
(excepto para los documentos expedidos en los estados miembros de la Unión
Europea o signatarios del Acuerdo sobre Espacio Económico Europeo).
Asimismo, habrán de ir acompañados, en su caso, de su correspondiente
traducción oficial al castellano.
Se entregará fotocopia de cada documento original requerido. Dichas foto-
copias serán cotejadas con sus respectivos documentos originales, comprobán-
dose la identidad de sus contenidos. Una vez diligenciadas las fotocopias con
un sello o acreditación de compulsa, se devolverán los documentos originales.
Sólo se admitirán copias compulsadas por la Embajada o Consulado de
España en el país de donde proceda la documentación.
3 ALUMNOS VISITANTES
1. Podrán inscribirse como alumnos visitantes todos aquellos alumnos uni-
versitarios extranjeros o españoles residentes en el extranjero que
deseen cursar estudios en los distintos centros de la Universidad
Complutense, en cuantas asignaturas deseen de las que forman el plan
de estudios de cualquier centro con excepción de las Facultades de
Medicina y Odontología. No será posible inscribirse en el primer curso
de las distintas Facultades y Escuelas Universitarias.
2. En aquellos centros en los que la dificultad material de admisión se vea
agravada por los inconvenientes de la masificación podrá arbitrarse la
medida de establecer un cupo del 10 por 100 de plazas teniendo como
punto de referencia el cupo de plazas de alumnos en primer curso de ese
mismo año.
3. La matrícula en estos estudios no tendrá validez académica oficial en España.
4. Para la formalización de la matrícula en cualquier programa de doctora-
do el solicitante deberá estar en posesión del título de licenciado o
equivalente y deberá aportar la aceptación del departamento que
imparte dichos cursos de doctorado.
5. Los plazos de matrícula para alumnos visitantes serán desde el 1 de
octubre hasta el 15 de noviembre y desde el 15 de enero al 7 de
marzo, no estando disponibles, normalmente los impresos de solicitud
con anterioridad.
6. Al final del curso, se podrá obtener un certificado de aprovechamiento,
si se han realizado pruebas, o de asistencia, en caso contrario.
7. Seleccionadas las materias en los centros y organizados los horarios, los
solicitantes presentarán en el Vicerrectorado de Estudiantes los
siguientes documentos:
21
- Pasaporte, NIE o DNI y fotocopia.
- Dos fotografías tamaño carnet.
- Justificación actualizada de residencia, expedida por la Embajada o
Consulado correspondiente, en el caso de alumnos españoles
residentes en el extranjero.
- Curriculum Académico.
- Certificado de Beca, si es becario de algún organismo español.
8. Normas específicas de facultades:
- Los alumnos que deseen matricularse en asignaturas de la Facultad de
Bellas Artes deberán obtener previamente la autorización de los profe-
sores que imparten dichas asignaturas.
- Los alumnos que deseen matricularse en asignaturas de la Facultad de
Ciencias Biológicas deberán pedir asesoramiento la Vicedecano encar-
gado de los Programas de Intercambio acerca de las asignaturas que
deseen cursar, siendo dicho Vicedecano quien autorice la matrícula.
- Los alumnos que deseen matricularse en asignaturas de la Facultad de
Veterinaria (Licenciaturas de Veterinaria y de Ciencia y Tecnología de
los Alimentos) deberán obtener previamente la conformidad del centro,
a través del Vicedecano de Relaciones Internacionales.
Alumnos Visitantes
Vicerrectorado de Estudiantes
Avenida Complutense, s/n
Ciudad Universitaria
28040 MADRID
Teléfono: (34) - 91 394 14 92
Email: [email protected]
http://www.ucm.es
4 AYUDAS Y BECAS
Las "Becas MAEC-AECID" constituyen la oferta de la formación, gene-
ralmente de postgrado, del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
de España -MAEC- para jóvenes titulados universitarios superio-
res (y, en algunos programas, estudiantes universitarios de último curso)
extranjeros y españoles.
La Dirección General de Relaciones Culturales y Científicas de la
Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo-AECID-,
dependiente del Ministerio, gestiona estas becas, a través de su Subdirección
22
General de Becas, Lectorados e Intercambios (Avenida Reyes Católicos 4,
28040 Madrid).
Teléfonos:
- Becas para Estudios de Hispanismo de Lengua y Cultura Hispánicas en
España (Cursos de Verano y Postgrado): (+34) 91 583 81 41 / 82 41.
- Becas para Extranjeros para Estudios de Postgrado en España (excepto
Becas Hispanismo):
- Países Iberoamericanos (+34) 91 583 83 00 / 83 02.
- Países Árabes y Oriente Medio: (+34) 91 583 83 51.
- Países de África Subsahariana, Asia, Europa, Norteamérica y Oceanía:
(+34) 91 583 86 06.
- Becas para Españoles: (+34) 91 583 81 15 / 81 23 / 82 98.
Fax: +34 91 583 84 70
Email: [email protected]
http://www.becasmae.es
5. TÍTULOS QUE SE OBTIENEN
La normativa sobre obtención y expedición de títulos universitarios está
recogida en el Real Decreto 1496/1987, de 6 de noviembre (BOE del 14 de
diciembre) y en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre (BOE de 30).
5.1. Diplomado o Ingeniero Técnico
Es el título que se obtiene al final de los estudios correspondientes a un
Plan de Estudios de Diplomatura o Ingeniería Técnica -Primer Ciclo-. Una vez
aprobadas todas las asignaturas que comprende el plan de estudios, se puede
solicitar el referido Título, abonando los precios públicos establecidos y relle-
nando los oportunos impresos normalizados que proporciona el Centro. Este
Título da derecho a ejercer la profesión correspondiente y a acceder al segun-
do ciclo de las Facultades, en el caso de que esté establecido.
5.2. Licenciado o Ingeniero
Es el Título que se obtiene al final de los estudios de Licenciatura,
Ingeniería o segundo ciclo de estudios universitarios.
Se obtiene al haber aprobado todas las asignaturas del correspondiente plan de
estudios, abonando los precios públicos establecidos por la actual legislación
y solicitándolo en los impresos que proporciona el respectivo Centro.
23
5.3 Grado
Las enseñanzas de Grado tienen como finalidad la obtención por parte del
estudiante de una formación general, en una o varias disciplinas, orientada a
la preparación para el ejercicio de actividades de carácter profesional. La
superación de las enseñanzas previstas dará derecho a la obtención del título
de Graduado o Graduada con su denominación específica.
5.4. Máster
Las enseñanzas de Máster tiene como finalidad la adquisición por el estu-
diante de una formación avanzada, de carácter especializado o multidiscipli-
nar orientada a la especialización académica o profesional, o bien a promover
la iniciación en tareas investigadoras. La superación de las enseñanzas previs-
tas dará derecho a la obtención del título de Máster Universitario con su
denominación específica.
5.5. Doctor
Las enseñanzas de Doctorado tienen como finalidad la formación avanza-
da del estudiante en las técnicas de investigación y podrán incorporar cursos,
seminarios u otras actividades orientadas a la formación investigadora e
incluirá la elaboración y presentación de la correspondiente tesis doctoral,
consistente en un trabajo original de investigación. La superación de las
enseñanzas previstas dará derecho a la obtención del título de Doctor o
Doctora.
5.6. Otros Títulos
TÍTULOS PROPIOS
Son enseñanzas especializadas, organizadas e impartidas por la propia
Universidad.
La titulación que ofrecen no produce efectos académicos plenos, habilita-
dores para el ejercicio profesional. Su valor y reconocimiento dependen de su
adaptación a la demanda social, por lo que se dirigen a alcanzar objetivos tales
como:
- Proporcionar una formación especializada con proyección profesional
inmediata.
- Actualización de conocimientos para profesionales.
- Establecimiento, en suma, de una conexión entre la actividad académica
y la realidad social (objetivo refrendado por la organización frecuente
de títulos que se imparten mediante convenio con instituciones públicas
y empresas privadas).
Los títulos propios pueden ser:
24
1. Magíster (comprenden al menos 500 horas teórico-prácticas y con carácter
general duran dos años).
2. Especialista (en términos generales duran un año y requieren haber cursado
un mínimo de 300 horas teórico-prácticas).
3. Experto (con un mínimo de 250 horas teórico-prácticas y una duración de
un año académico).
FORMACIÓN CONTINUA
Estas enseñanzas están dirigidas a estudiantes y a todas aquellas personas
que, ocupadas o no, estén interesadas en completar su formación académica,
científica o técnica, mejorar su cualificación profesional, reorientar su carrera,
incorporarse y desarrollar estrategias y habilidades relacionadas con éste y con
su proyección personal.
Quienes demanden estas enseñanzas, con carácter general, deberán poseer
el acceso a la Universidad o titulación equivalente. Además deberán cumplir
los requisitos que en cada uno de los cursos establezca la Dirección del mismo
y apruebe la Comisión de Formación Continua.
Tipos de cursos:
a) Cursos Certificados de Formación Continua (cuando no superen 50 horas
de duración.
b) Diplomas de Formación Continua (cuando la duración sea superior a
50 horas).
Dentro de estas enseñanzas, la Universidad organiza anualmente “Cursos
de Español” y de “Estudios Hispánicos”, dirigidos a extranjeros, que permiten
obtener el “Diploma-Certificado de Lengua Española”, o el “Diploma-
Certificado de Lengua y Cultura Españolas”.
Información General:
Vicerrectorado de Estudiantes y Titulaciones Propias
Sección de Títulos Propios
Avenida Complutense, s/n
Ciudad Universitaria
28040 MADRID
Teléfono: (34) - 91 394 14 15/20 43
http://www.ucm.es
5.7. Títulos universitarios y certificaciones que han de surtir efectos en el
extranjero
La Orden Ministerial de 16 de abril de 1990 (BOE del 19), regula la legalización
de documentos académicos españoles que han de surtir efectos en el extranjero.
25
El reconocimiento de firmas de los documentos a que se refiere dicha
Orden se realizará en la Subdirección General de Títulos, Convalidaciones y
Homologaciones -SERVICIO DE TITULOS-, Ministerio de Educación. Paseo
del Prado, 28, 28014 Madrid (Información en C/ Alcalá, 36. Teléfono: 902 218
500).
6. HOMOLOGACIÓN DE TÍTULOS EXTRANJEROS DE
EDUCACIÓN SUPERIOR
6.1. Homologación a grado académico correspondiente a los estudios uni-
versitarios oficiales de grado
El procedimiento se iniciará mediante solicitud del interesado, dirigida al
titular del Ministerio de Educación. Calle Alcalá, 36. 28014 Madrid. Teléfono:
902 218 500.
La homologación otorga al título extranjero, desde la fecha en que sea con-
cedida y se expida la correspondiente credencial, los mismos efectos del títu-
lo o grado académico español con el que se homologa, en todo el territorio
nacional, de acuerdo con la normativa vigente.
La homologación quedará condicionada a la previa superación por el
interesado de unos requisitos formativos complementarios, cuando se detecten
carencias en la formación acreditada para la obtención del título extranjero, en
relación con la exigida para la obtención del título español con el que se pre-
tende homologar.
Una vez comunicada al interesado la correspondiente resolución por la que
se condiciona la homologación de su título extranjero a la previa superación
de complementos formativos, aquel podrá dirigirse a la universidad española
que libremente elija y que tenga totalmente implantados los estudios condu-
centes a la obtención del título español que se refiera homologar. En la
Universidad Complutense de Madrid, deberá dirigirse a la Secretaría de
Alumnos del Centro correspondiente.
6.2. Homologación a títulos y grados académicos de posgrado
Los rectores de las universidades españolas serán competentes para la
homologación a títulos y grados españoles de posgrado (el actual título y
grado de Doctor y los nuevos títulos oficiales de Máster y Doctor, excepto los
casos de los títulos de Máster que habiliten para el acceso a actividades profe-
sionales reguladas, y el grado académico de Máster).
26
6.2.1 Doctor
El impreso de solicitud normalizado está disponible a través de la página
Web de la Universidad (http:///www.ucm.es) y en el Edificio de Alumnos en
cuyo Registro se presenta.
Información:
Sección de Tercer Ciclo
Edificio de Alumnos
Avenida Complutense, s/n
Ciudad Universitaria
28040 MADRID
Teléfono: 91 394 13 90
Correo electrónico: [email protected]
La documentación requerida es la siguiente:
-Impreso de solicitud
-Copia compulsada del documento que acredite la identidad y nacionalidad
del solicitante, expedido por las autoridades competentes del país de origen o
de procedencia o por las autoridades españolas competentes en materia de
extranjería. En caso de los ciudadanos españoles, fotocopia compulsada del DNI.
-Copia compulsada del título cuya homologación se solicita.
-Copia compulsada de la certificación académica de los estudios realiza-
dos por el solicitante para la obtención del título de doctor, en la que cons-
ten, entre otros extremos, la duración oficial en años académicos del progra-
ma de estudios seguido, las asignaturas cursadas, la carga horaria de cada una
de ellas y sus calificaciones.
-Memoria explicativa de la tesis realizada, redactada en castellano con
indicación de los miembros del jurado (tribunal o comisión) y la calificación
obtenida, así como un ejemplar de la tesis doctoral.
-Ejemplar de tesis.
-Acreditación del pago de la tasa establecida.
-Currículum vitae completo del solicitante.
-Declaración jurada de no haber solicitado simultáneamente la homologación
en otra universidad, ni haberla obtenido previamente en otra universidad
española.
6.2.2 Máster
Este procedimiento sólo entrará en vigor en la fecha en la que se haya com-
pletado el proceso de renovación del Catálogo de títulos universitarios oficiales.
27
7. CALENDARIO ESCOLAR
El período de clases en esta Universidad comienza en la primera quincena
del mes de Octubre, a continuación de la apertura de curso, y finaliza en la
primera semana del mes de junio.
Con ocasión de las Navidades y Semana Santa, los períodos de vacaciones
en la Universidad Complutense suelen ser del 23 de diciembre al 7 de enero,
ambos inclusive, y del viernes anterior al Domingo de Ramos hasta el Lunes
de Pascua, ambos inclusive.
Son fiestas escolares las laborales nacionales y de la respectiva Comunidad
Autónoma y localidad, además de las tradicionales festividades universitarias
de Santo Tomás (28 de enero) y del patrono de cada Centro.
8. CONVENIOS INTERNACIONALES
Toda la información relacionada con este apartado deberá obtenerse a
través de:
Oficina de Relaciones Internacionales
Real Jardín Botánico Alfonso XIII
Avenida Ciudad Universitaria, s/n
28040 MADRID
Teléfonos: 91 394 70 71 / 16 49 / 13 40
Fax: 91 394 72 66
http://www.ucm.es (Programas Internacionales)
SÓCRATES/ERASMUS: Telef. 91 394 71 94
9. CURSOS DE ESPAÑOL
La Universidad Complutense de Madrid, universidad de referencia en el
Estado español por su tradición e historia, ha creado el Centro Complutense
para la Enseñanza del Español, que, de forma exclusiva, gestionará y tutelará
los estudios de español para extranjeros, cultura española y formación de pro-
fesores de español, con la flexibilidad y eficacia que exigen este tipo de
enseñanzas.
El Centro Complutense ofrece cursos de lengua española y cursos de cul-
tura española. La duración de los cursos puede ser anual, trimestral, bimensual
o mensual durante el curso académico. En verano, los cursos tienen una
duración quincenal, mensual o de dos semanas.
La creación de este centro está vinculado, asimismo, al proceso de inter-
nalización de la Universidad, en un doble sentido: por una parte, como instru-
mento para que estudiantes provenientes del espacio europeo de educación
superior puedan cursar parte de sus estudios entre nosotros. Pero, por otra
parte, el prestigio que tiene la UCM en el exterior ha hecho que sea conve-
28
niente abrirlo a otras partes del mundo. En este sentido se han dado algunos
pasos que conviene complementar con la configuración de una estructura
estable que pueda dar servicio a los estudiantes extranjeros que vengan a nuestro
país.
Así, el Centro Complutense para la Enseñanza del Español imparte tam-
bién los cursos de español a los estudiantes de la Universidad Complutense
que participan en programas europeos (ERASMUS SÓCRATES-TEMPUS) o
en convenios específicos.
Asimismo, diseña, organiza e imparte cursos para grupos con necesidades
y requisitos específicos.
Información específica:
Centro Complutense para la Enseñanza del Español
Facultad de Filología. Edificio A
Ciudad Universitaria
28040 MADRID
Teléfono: (34) 91 394 53 25
Fax: (34) 91 394 53 36
Correo electrónico: [email protected]
http://www.ucm.es/info/cextran/Index.htm
10. SEGURO ESCOLAR
Es un seguro que protege a los estudiantes, menores de 28 años, que cursen
estudios oficiales hasta el final del tercer ciclo universitario, mediante presta-
ciones sanitarias y económicas, en caso de enfermedad, accidente escolar e
infortunio familiar, según el caso.
La solicitud y documentación deben presentarse en cualquiera de los
Centros de Atención e Información (CAISS) de la Seguridad Social. El
reconocimiento del derecho corresponde al Instituto Nacional de la Seguridad
Social (INSS).
Si se precisa más información, se puede contactar con el llamando al telé-
fono gratuito: 900 16 65 65 o a través de su página Web www.seg-social.es
29
11. DIRECCIONES DE LOS CENTROS DE LAUNIVERDAD
COMPLUTENSE DE MADRID
FACULTADES
Educación
C/ Rector Royo Villanova, s/n.
Ciudad Universitaria
28040 Madrid
Teléfono: 91 394 62 62 / 71 / 72
Filosofía
Edificios A y B de Filosofía
Ciudad Universitaria
28040 Madrid
Teléfono: 91 394 59 82 / 60 49
Psicología
Campus de Somosaguas
28223 Pozuelo de Alarcón (Madrid)
Teléfono: 91 394 31 97 / 32 09
Filología
Edificio A de Filosofía
Ciudad Universitaria
28040 Madrid
Teléfono: 91 394 53 45
Geografía e Historia
C/ Profesor Aranguren, s/n
Edificio B de Filosofía
Ciudad Universitaria
28040 Madrid
Teléfono: 91 394 59 99 / 94
Ciencias Químicas
Ciudad Universitaria
28040 Madrid
Teléfono: 91 394 42 98 / 96 / 93
30
Ciencias Físicas
Ciudad Universitaria
28040 Madrid
Teléfono: 91 394 46 48 / 27 / 41
Ciencias Matemáticas
Plaza de las Ciencias, 3
Ciudad Universitaria
28040 Madrid
Teléfono: 91 394 46 16 / 24
Ciencias Biológicas
c/ José Antonio Novais, 2
Ciudad Universitaria
28040 Madrid
Teléfono: 91 394 50 66 / 68
Ciencias Geológicas
Ciudad Universitaria
28040 Madrid
Teléfono: 91 394 48 26 / 36 / 49 73
Medicina
Ciudad Universitaria
28040 Madrid
Teléfono: 91 394 13 25
Farmacia
Ciudad Universitaria
28040 Madrid
Teléfono: 91 394 17 11 / 12 / 13 / 14
Veterinaria
Avenida Puerta Hierro, s/n
Ciudad Universitaria
28040 Madrid
Teléfono: 91 394 38 95 / 39 07
Odontología
Ciudad Universitaria
28040 Madrid
Teléfono: 91 394 19 12 / 11 / 13 / 14
31
Derecho
Ciudad Universitaria
28040 Madrid
Teléfono: 91 394 54 21 / 31 / 34 / 46
Ciencias Políticas y Sociología
Campus de Somosaguas
28223 Pozuelo de Alarcón (Madrid)
Teléfono: 91 394 29 54 / 55
Ciencias Económicas y Empresariales
Campus de Somosaguas
28223 Pozuelo de Alarcón (Madrid)
Teléfono: 91 394 23 24
Ciencias de la Información
Ciudad Universitaria
28040 Madrid
Teléfono: 91 394 21 66 / 12 / 19
Bellas Artes
C/ El Greco, 2
Ciudad Universitaria
28040 Madrid
Teléfono. 91 394 35 53 / 60
Informática
C/ Profesor José García Santesmases, s/n.
Ciudad Universitaria
28040 Madrid
Teléfono: 91 394 75 04 / 01 / 05
Ciencias de la Documentación
C/ Santísima Trinidad, 37
28010 Madrid
Teléfono: 91 394 66 62
Centro de Estudios Superiores Felipe II
C/ San Pascual, s/n.
Edificio Pavía
28300 Aranjuez (Madrid)
Teléfono: 91 809 92 00 (Ext. secretaría: 330, 257, 216, 217 y 462)
32
ESCUELAS UNIVERSITARIAS
Estudios Empresariales
Avenida Filipinas, 3
28003 Madrid
Teléfono: 91 394 67 66 / 67
Fax: 91 394 67 32
Óptica
Avenida Arcos de Jalón, 118
28037 Madrid
Teléfono: 91 394 68 76 / 75
Estadística
Avenida Puerta de Hierro, s/n
28040 Madrid
Teléfono: 91 394 40 44 / 46
Enfermería, Fisioterapia y Podología
Facultad de Medicina, 3ª planta
Ciudad Universitaria
28040 Madrid
Teléfono: 91 394 15 30 / 36
Trabajo Social
Campus de Somosaguas
28223 Pozuelo de Alarcón (Madrid)
Teléfono: 91 394 27 34 / 36
12. RELACIÓN DE ESTUDIOS DE LA UNIVERSIDAD
COMPLUTENSE DE MADRID Y CENTROS EN LOS
QUE SE IMPARTEN
Administración y Dirección de Empresas
Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales
Antropología Social y Cultural
Facultad de Ciencias Políticas y Sociología
Bellas Artes
Facultad de Bellas Artes
Centro de Estudios Superiores Felipe II (Aranjuez)
33
Biblioteconomía y Documentación
Facultad de Ciencias de la Documentación
Biología
Facultad de Ciencias Biológicas
Bioquímica
Facultad de Ciencias Químicas
Ciencia y Tecnología de los Alimentos
Facultad de Veterinaria
Ciencias Actuariales y Financieras
Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales
Ciencias Empresariales
Escuela Universitaria de Estudios Empresariales
Centro de Estudios Superiores Felipe II (Aranjuez)
Ciencias Políticas
Facultad de Ciencias Políticas y Sociología
Ciencias Políticas y de la Administración
Facultad de Ciencias Políticas y Sociología
Ciencias y Técnicas Estadísticas
Facultad de Ciencias Matemáticas
Ciencias del Trabajo
Facultad de Derecho
Comercio
Escuela Universitaria de Estudios Empresariales
Comunicación Audiovisual
Facultad de Ciencias de la Información
Centro de Estudios Superiores Felipe II (Aranjuez)
Derecho
Facultad de Derecho
34
Derecho - ADE
Facultad de Derecho
Derecho Hispano-Francés
Facultad de Derecho
Documentación
Facultad de Ciencias de la Documentación
Economía
Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales
Educación Social
Facultad de Educación
Enfermería
Escuela Universitaria de Enfermería, Fisioterapia y Podología
Estadística
Escuela Universitaria de Estadística
Estadística Aplicada
Escuela Universitaria de Estadística
Español: Lengua y Literatura
Facultad de Filología
Estudios Ingleses
Facultad de Filología
Estudios Semíticos e Islámicos
Facultad de Filología
Farmacia
Facultad de Farmacia
Filología Alemana
Facultad de Filología
Filología Árabe
Facultad de Filología
35
Filología Clásica
Facultad de Filología
Filología Eslava
Facultad de Filología
Filología Francesa
Facultad de Filología
Filología Hebrea
Facultad de Filología
Filología Hispánica
Facultad de Filología
Filología Inglesa
Facultad de Filología
Filología Italiana
Facultad de Filología
Filología Románica
Facultad de Filología
Filosofía
Facultad de Filosofía
Física
Facultad de Ciencias Físicas
Fisioterapia
Escuela Universitaria de Enfermería, Fisioterapia y Podología
Geografía
Facultad de Geografía e Historia
Geografía y Ordenación del Territorio
Facultad de Geografía e Historia
Geología
Facultad de Ciencias Geológicas
Geología – Ingenierìa Geológica
Facultad de Ciencias Geológicas
36
Gestión y Administración Públicas
Facultad de Ciencias Políticas y Sociología
Historia
Facultad de Geografía e Historia
Historia del Arte
Facultad de Geografía e Historia
Historia y Ciencias de la Música
Facultad de Geografía e Historia
Información y Documentación
Facultad de Ciencias de la Documentación
Ingeniería en Electrónica
Facultad de Ciencias Físicas
Ingeniería Geológica
Facultad de Ciencias Geológicas
Ingeniería en Informática
Facultad de Informática
Ingeniería Matemática
Facultad de Ciencias Matemáticas
Ingeniería de Materiales
Facultad de Ciencias Físicas
Ingeniería Química
Facultad de Ciencias Químicas
Ingeniería Técnica en Informática de Gestión
Facultad de Informática
Ingeniería Técnica en Informática de Sistemas
Facultad de Informática
Centro de Estudios Superiores Felipe II (Aranjuez)
Lingüística
Facultad de Filología
37
Logopedia
Facultad de Psicología
Maestro (Audición y Lenguaje)
Facultad de Educación
Maestro (Educación Especial)
Facultad de Educación
Maestro (Educación Física)
Facultad de Educación
Maestro en Educación Infantil
Facultad de Educación
Maestro (Educación Musical)
Facultad de Educación
Maestro en Educación Primaria
Facultad de Educación
Maestro (Lengua Extranjera: Francés)
Facultad de Educación
Maestro (Lengua Extranjera: Inglés)
Facultad de Educación
Matemáticas
Facultad de Ciencias Matemáticas
Matemáticas y Estadística
Facultad de Ciencias Matemáticas
Medicina
Facultad de Medicina
Nutrición Humana y Dietética
Facultad de Medicina
Odontología
Facultad de Odontología
Óptica y Optometría
Escuela Universitaria de de Óptica
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Pedagogía
Facultad de Educación
Periodismo
Facultad de Ciencias de la Información
Podología
Escuela Universitaria de Enfermería, Fisioterapia y Podología
Psicología
Facultad de Psicología
Psicopedagogía
Facultad de Educación
Publicidad y Relaciones Públicas
Facultad de Ciencias de la Información
Química
Facultad de Ciencias Químicas
Relaciones Internacionales
Facultad de Ciencias Políticas y Sociología
Relaciones Laborales
Facultad de Derecho
Relaciones Laborales y Recursos Humanos
Facultad de Derecho
Sociología
Facultad de Ciencias Políticas y Sociología
Teoría de la Literatura y Literatura Comparada
Facultad de Filología
Terapia Ocupacional
Facultad de Medicina
Trabajo Social
Escuela Universitaria de Trabajo Social
Traducción e Interpretación
Centro de Estudios Superiores Felipe II (Aranjuez)
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Turismo
Escuela Universitaria de Ciencias Empresariales
Centro de Estudios Superiores Felipe II (Aranjuez)
Veterinaria
Facultad de Veterinaria
Vicerrectorado de Estudiantes
Sección de Información
Edificio de Alumnos
Avenida Complutense, s/n
Ciudad Universitaria
28040 Madrid
Email: [email protected]
Teléfono: 91 452 04 00
http://www.ucm.es
13. COLEGIOS MAYORES (RESIDENCIAS PARAESTUDIANTES)
La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, (BOE del
24), modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril (BOE del 13), dis-
posición adicional 5ª, establece que los Colegios Mayores son Centros
Universitarios que, integrados en la Universidad, proporcionan residencia a los
estudiantes y promueven la formación cultural y científica de los que en ellos
residen, proyectando su actividad al servicio de la comunidad universitaria.
Se rigen por los Estatutos Universitarios de esta Universidad, aprobados
por Decreto 58/2003, de 8 de mayo (BOCM del 28), y se regularán por sus
propios Estatutos, que serán aprobados por el Rector, oído el Consejo Social.
Colegios Mayores de fundación universitaria
Femeninos
- Santa Teresa de Jesús: Avenida de Séneca, 12. 28040 Madrid.
Teléfono: 91 394 10 07.
- Miguel Antonio Caro: Avenida de Séneca, 6. 28040 Madrid.
Teléfono: 91 394 10 08.
Masculinos
- Ximénez de Cisneros. Avenida de Séneca, 8. 28040 Madrid.
Teléfono: 91 394 10 04 / 92 02.
- Diego de Covarrubias: Avenida de Séneca, 10. 28040 Madrid.
Teléfono: 91 550 46 00.
- Antonio de Nebrija: Avenida de Séneca, 8. 28040 Madrid.
Teléfono: 91 550 43 00.
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Mixtos
- Santa María de Europa: Calle Cea Bermúdez, 17. 28003
Madrid.Teléfono. 91 533 62 00.
La solicitud de reserva de plaza deberá dirigirse a la Administración de los
Colegios Mayores (Avenida de Séneca, 8) a partir del mes de junio. El precio
para alumnos matriculados en la Universidad Complutense de Madrid es de
792 euros mensuales para el curso académico 2009-2010.
La mayoría de estos Colegios de Fundación Universitaria permanecerán
abiertos durante los meses de verano. Con relación a estas plazas de verano,
podrá obtenerse información a través de los teléfonos 91 394 11 05 / 10 84 /
10 89 (FAX 91 394 10 93).
Colegios Mayores adscritos a la Universidad Complutense de Madrid de
fundación pública o privada
Femeninos
- Alcor: Calle General Ampudia, 7. 28003 Madrid.
Teléfono: 91 533 92 08.
- Berrospe: Avenida Moncloa, 9. 28003 Madrid.
Teléfono: 91 533 59 00.
- Juan Roncalli: Avenida Ramiro de Maeztu, 3. 28040 Madrid.
Teléfono: 91 533 15 02 / 94 08.
- Mara: Paseo Juan XXIII, 15. 28040 Madrid.
Teléfono 91 553 66 03 / 04.
- Mater Salvatoris: Ctra. de la Coruña, Km. 9 (Aravaca) 28023 Madrid.
Telf. 91 307 12 43.
- Padre Poveda: Calle Isaac Peral, 60. 28040 Madrid.
Teléfono. 91 553 06 00 / 91 456 25 89.
- Santa María del Estudiante: Paseo Juan XXIII, 13. 28040 Madrid.
Teléfono. 91 553 65 00.
- Santa María del Pino: Calle San Francisco de Sales, 13 28003 Madrid.
Teléfono: 91 543 24 09 y 91 549 51 50. Fax: 91 549 50 22.
- Santa Mónica: Paseo Juan XXIII, 19. 28040 Madrid.
Teléfono: 91 533 30 01.
- Vedruna: Glorieta Presidente García Moreno, 2. 28003 Madrid.
Teléfono: 91 534 86 19 / 45 00 / 23 06.
- Zurbarán: Calle Víctor de la Serna, 13. 28016 Madrid.
Teléfono: 91 519 74 25.
Masculinos
- Alcalá: Calle Don Ramón Menéndez Pidal, 2. 28040 Madrid.
Teléfono: 91 553 30 04 / 03 / 02 / 01.
41
- Elías Ahúja: Calle Rector Royo Villanova, 4. 28040 Madrid.
Teléfono: 91 533 77 00.
- Jaime del Amo: Avenida Gregorio del Amo, 5. 28040 Madrid.
Teléfono: 91 554 08 04 / 03 / 02.
- Mendel: Calle Rector Royo Villanova, 6. 28040 Madrid.
Teléfono: 91 534 07 00.
- Moncloa: Avda. Moncloa, 3 y 5. 28003 Madrid.
Teléfono: 91 533 85 00.
- Montalbán: Calle Diego de León, 14. 28006 Madrid.
Teléfono: 91 563 72 98.
- Pío XII: Paseo Juan XXIII, 3. 28040 Madrid.
Teléfono: 91 514 17 00.
- San Pablo: Calle Isaac Peral, 58. 28040 Madrid.
Teléfono. 91 598 96 00.
- Santiago Galas Arce: Paseo Juan XXIII, 42. 28040 Madrid.
Teléfono: 91 533 82 05 / 04. Fax: 91 553 58 20.
- Santo Tomás de Aquino: Calle Leonardo Prieto Castro, 6 28040 Madrid.
Teléfono: 91 543 88 00.
Mixtos
- Barberán: Avenida de Séneca, 16. 28040 Madrid.
Teléfono: 91 602 03 00.
- Casa Do Brasil: Avenida Arco de la Victoria, s/n. 28040 Madrid.
Teléfono. 91 455 15 60 (Postgraduado).
- Chaminade: Paseo Juan XXIII, 9. 28040 Madrid.
Teléfono. 91 554 54 00.
- Centro Universitario Escorial Mª Cristina: Paseo Alamillos, 2. 28200
San Lorenzo de El Escorial Madrid. Teléfono. 91 890 45 45.
- Fundación SEPI: Avenida Gregorio del Amo, 2. 28040 Madrid
Teléfono: 91 533 86 02.
- Isabel de España: Calle Don Ramón Menéndez Pidal, 5. 28040 Madrid.
Teléfono. 91 533 61 04.
- Jorge Juan: Avenida de Séneca, 14. 28040 Madrid.
Teléfono. 91 550 71 00.
- Loyola: Paseo Juan XXIII, 17. 28040 Madrid.
Teléfono: 91 534 04 04.
- Marqués de la Ensenada: Avenida de Séneca, 18. 28040 Madrid.
Teléfono. 91 549 71 00.
- Nuestra Señora de Africa: Calle Ramiro de Maeztu, 8. 28040 Madrid.
Teléfono: 91 554 01 04.
- Nuestra Señora de Guadalupe: Avenida de Séneca, 4. 28040 Madrid.
Teléfono: 91 543 52 00.
- Nuestra Señora de Luján: Martín Fierro, s/n. 28040 Madrid.
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Teléfono: 91 549 06 50 / 91 181 20 50 (Postgraduado).
- San Agustín: Avenida de Séneca, 7. 28040 Madrid.
Teléfono. 91 550 50 00.
- San Juan Evangelista: Avenida Gregorio del Amo, 4. 28040 Madrid.
Teléfono. 91 534 24 00
Toda la información referente a solicitudes de reserva de plaza, precios,
etcétera, de los citados Colegios de Fundación Pública o Privada, deberá
obtenerse directamente a través de los propios Colegios.
14. BREVES NOTAS SOBRE EL ALOJAMIENTO EN
MADRID PARA LOS ESTUDIANTES EXTRANJEROS
Además de los Colegios Mayores, existen Residencias Universitarias. Más
información, en el CRIDJ (Centro Regional de Información y Documentación
Juvenil), Paseo de Recoletos, 7. Teléfono: 901 510 610.
Alquilar un piso es posible si se piensa estar en Madrid varios meses. No
existe un organismo centralizador de las viviendas de alquiler y es el propio
interesado el que debe hacerse cargo de la búsqueda, bien por sus propios
medios -insertando anuncios en la prensa o en algunos locales, como quioscos
o tablones de anuncios en las Facultades- o bien a través de Agencias
Inmobiliarias especializadas.
Otra posibilidad es la de las pensiones, hostales, hoteles, etcétera, en los
cuales hay mucha variedad de precio, dependiendo de las distintas condiciones
de habitabilidad que tengan. Las Oficinas de Turismo ofrecen información
sobre este tipo de alojamientos clasificados según su categoría.
Una de las Oficinas de Turismo de la Comunidad de Madrid está en la calle
Duque de Medinaceli, 2. Teléfono: 91 369 70 70 y 902 100 007. Fax 91 429 37 05.
Como solución provisional para unos pocos días (máximo, tres noches
seguidas) se puede acudir a la red de albergues. En la ciudad de Madrid
hay tres:
- Albergue Juvenil Madrid San Fermín, con 80 plazas, situado en Avenida
de los Fueros, 36. Teléfono: 91 792 08 97. Fax: 91 500 51 34.
- Santa Cruz de Marcenado, con 72 plazas, situado en la calle Santa Cruz
de Marcenado, 28. Teléfono: 91 547 45 32. Fax: 91 548 11 96. Correo
electrónico: [email protected]
- Richard Schirrmann, con 124 plazas, situado en el recinto de la Casa de
Campo, junto al Parque de Atracciones. Teléfono. 91 463 56 99 / 97.
Fax: 91 464 46 85.
Para poder alojarse en estos albergues es necesario estar en posesión de la
Tarjeta Internacional de Alberguista y es preferible traerla desde el país de origen.
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