Normas de protección del patrimonio arqueológico

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Normas de protección del patrimonio arqueológico. Autor: Juan Murillo, arqueólogo. Oficina de Arqueología de la Gerencia Municipal de Urbansmo de Córdoba

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Desde su creación en Diciembre de 2000, la Oficina de Arqueología de la Gerencia Municipal de Urbanismo tiene como cometido esencial la aplicación de las Normas de Protección del Patrimonio Arqueológico contenidas en el Plan General de Ordenación Urbana y en el Plan Especial de Protección del Conjunto Históri-co, y la gestión y actualización de la Carta Municipal de Riesgo Arqueológico. A ellas se sumaron, entre 2002 y 2011, las derivadas de la coordinación y puesta en práctica del Convenio de Colaboración entre la Gerencia Municipal de Urbanismo y la Universidad de Córdoba para el desarrollo de la investigación arqueológica en el ámbito del PGOU. De acuerdo con estas funciones, y aunque en el actual organigrama se encuentra adscrita al Servicio de Proyectos, la Oficina de Arqueología, desarrolla su traba-jo de un modo transversal, colaborando estrechamente con los Servicios de Licencias, Inspección, Planificación, Planeamiento y Patrimonio de la G.M.U., y con otros órganos e instancias municipales, como EMACSA, VIMCORSA y PROCORDOBA, o las Áreas de Infraestructuras, Seguridad ( P olicía Local ) , y Turismo y Patrimonio, siempre en relación con la gestión, y protección del Patrimonio Arqueológico y Monumental de nuestra ciudad y término municipal. Así, los más importantes de dichos cometidos son: • Elaboración de los Informes Preceptivos, a instancias del Servicio de Planeamiento de la Gerencia Municipal de Urbanismo, para la tramitación de Planes

Especiales, Planes de Sectorización, Planes Parciales, Planes Especiales de Reforma Interior, Estudios de Detalle y Proyectos de Urbanización. • Tramitación, de acuerdo con las Normas de Protección del Patrimonio Arqueológico del Plan General de Ordenación 2001, de los expedientes necesarios

para la obtención de las correspondientes licencias municipales de obra mayor y de ocupación del subsuelo en vía pública. • Como desarrollo de las cautelas y condiciones de protección del Patrimonio Arqueológico municipal contenidas en las licencias de obra, se vienen realizan-

do una media de 300 supervisiones arqueológicas anuales, contando para ello, hasta diciembre de 2011, con la colaboración del personal adscrito al Con-venio entre la Gerencia Municipal de Urbanismo y la Universidad de Córdoba.

• Redacción del Proyecto Técnico y dirección/coordinación de la ejecución de todas las intervenciones arqueológicas necesarias para el desarrollo de las ac-tuaciones urbanísticas y obras de carácter municipal, así como para equipamientos promovidos por otras Administraciones Públicas o entidades sin ánimo de lucro.

• Colaboración técnica en el Programa de Escuelas-Taller y Talleres de Empleo promovidos por la G.M.U., tanto a nivel de concepción y redacción de los proyectos, como de ejecución de los mismos.

• Colaboración en la redacción de proyectos técnicos y en el seguimiento de las obras de restauración y puesta en valor del Patrimonio Arqueológico y Monu-mental de Córdoba.

• Mantenimiento y actualización anual de la Carta Municipal de Riesgo Arqueológico.

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Desde el inicio de la aplicación de las Normas de Protección del Patrimonio Histórico en los ámbitos del PGOU y del PEPCH, en marzo de 2002, y hasta el 18 de Mayo de 2012, la Oficina de Arqueología ha tramitado 7.827 expedientes, con la siguiente evolución anual:

604

851 860 852826 834

758

685

557605

395

0

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200

300

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2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012

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Si pasamos a desglosar el tipo de cautelas impuestas en aplicación de la normativa sectorial y municipal vigentes, comprobamos que al 88% de los expedientes tramitados entre 2002 y 2012 se les ha aplicado una cautela arqueológica que permite la concesión directa de la Licencia municipal de obras por parte municipal, siendo necesaria la resolución favorable de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía sólo en el 12,12% de los casos, apreciándose una clara disminución en esta cifra desde 2006 como consecuencia de la mayor precisión que en la gestión de las cautelas ha permitido el incremento de la información contenida en la Carta Municipal de Riesgo Arqueológico, especialmente por lo que a los nuevos sectores de desarrollo del PGOU respecta:

0%

25%

50%

75%

100%

2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011

Sin cautelas Supervisión Control Arqu. Excav. Arqu. Pre.

0%

10%

20%

30%

40%

50%

60%

70%

80%

90%

100%

2007 2008 2009 2010 2011

Sin Cautelas Supervisión Prospección Control Arqu. Excavación Arqu.

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Centrándonos ahora en el comportamiento de la cautela de Excavación Arqueológica, que de acuerdo con la normativa vigente, debe hacerse con anterioridad a la concesión de la Licencia municipal de obras, la tabla y el gráfico siguientes permiten apreciar la correlación entre la frecuencia absoluta anual de esta cautela y el cumplimiento y plasmación de la misma de acuerdo con la siguiente casuística: 1. La Información Urbanística de carácter arqueológico ha prescrito una excavación arqueológica previa a la concesión de la Licencia, pero no se ha ejecutado por una de estas tres razones ( t rama roja en el gráfico) :

A. Se han modificado los parámetros urbanísticos o de edificación, reduciendo la afección arqueológica, lo que ha motivado una nueva cautela menos es-tricta. Es relativamente frecuente en el ámbito del PEPCH ( donde se sustituye el sistema de cimentación proyectado por otro de losa ) y en relación a la instalación de ascensores con foso profundo y a obras de instalación de infraestructuras. B. Aún no se ha puesto en marcha la actuación como consecuencia de problemas derivados de la aplicación de otras normativas sectoriales o de la situa-ción del mercado. C. Se ha desistido de la actuación urbanística o edificatoria que motivó la cautela.

2. Se ha tramitado el Proyecto de excavación arqueológica y se ha concedido la Licencia municipal de excavación, pero ésta no se ha traducido en la ejecución del acto edificatorio ( color azul en el gráfico ) como consecuencia de:

A. Los resultados de la excavación arqueológica y/o la correspondiente resolución de la Consejería de Cultura han hecho inviable la concesión de la Licen-cia para la actuación urbanística o edificatoria. Su incidencia es testimonial, no alcanzando ni el 1% del total de excavaciones realizadas. B. Aún no se ha puesto en marcha la actuación como consecuencia de problemas derivados de la aplicación de otras normativas sectoriales o de la situa-ción actual del mercado.

3. Se ha ejecutado la excavación arqueológica y se ha emitido el correspondiente Informe Arqueológico Municipal que, en coincidencia con la Resolución de la Consejería de Cultura, posibilita la concesión de la correspondiente Licencia municipal de obras ( color verde en el gráfico ) .

0

20

40

60

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2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011

Excav. Arqu. Lic. Excav. Inf. Arq. Municipal

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ZONIFICACIÓN ARQUEOLÓGICA

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NORMAS DE PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO ARQUEOLÓGICO: 1. PGOU 2001. Artículos 8.2.1. a 8.2.8 del Capítulo Segundo del Título Octavo de la Normativa de Régimen Urbanístico. Plano 7. 2. PEPCH 2003. Artículos 104 a 141 del Título V de las Normas Urbanísticas.