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1 Normalización y Metodología del Coste Efectivo de los servicios Daniel Carrasco Díaz Catedrático de Contabilidad Pública (UMA) Daniel Sánchez Toledano Prof. Titular de Contabilidad de Gestión (UMA) Dionisio Buendía Carrillo Prof. Titular de Contabilidad de Gestión (UGR) Málaga, 08 de octubre de 2015 Spin-off de la Universidad de Málaga

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Normalización y Metodologíadel Coste Efectivo de los servicios

Daniel Carrasco Díaz

Catedrático de Contabilidad Pública (UMA)

Daniel Sánchez Toledano

Prof. Titular de Contabilidad de Gestión (UMA)

Dionisio Buendía Carrillo

Prof. Titular de Contabilidad de Gestión (UGR) Málaga, 08 de octubre de 2015

Spin-off de la Universidad de Málaga

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Índice

1. INTRODUCCIÓN: ¿POR QUÉ CALCULAR EL COSTE DE LOS SERVICIOS?

2. EL COSTE EFECTIVO EN LA LEY 27/2013 DE RACIONALIZACIÓN YSOSTENIBILIDAD… : OBJETIVOS Y OTRAS CUESTIONES DE INTERÉS.

3. ASPECTOS GENERALES DE LA ORDEN HAP/2075/2014 DE 6 DENOVIEMBRE SOBRE COSTE EFECTIVO.

4. METODOLOGÍA PARA LA DETERMINACIÓN DEL COSTE DEL COSTEEFECTIVO:

• DETERMINACIÓN EN ENTES PRINCIPALES Y OO.AA.

• DETERMINACIÓN EN EMPRESAS PÚBLICAS LOCALES.

• DETRMINACIÓN EN ENTES GESTIONADOS DE FORMA INDIRECTA.

• INFORMES.

5. COMENTARIOS PARA LA REFLEXIÓN

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Introducción

¿Por qué calcular el coste de los servicios públicos locales?

• Por imperativo legal

• Para mejorar la gestión de los recursos locales

¿Existe más de un coste de los servicios públicos locales?

• Coste real de prestación de los servicios locales

• Coste efectivo de los servicios locales

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Introducción

COSTE EFECTIVO DE UN SERVICIO LOCAL

COSTE REAL DE PRESTACIÓN DE UN SERVICIO LOCAL

ROTUNDAMENTE NO

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Introducción

¿Por qué no es igual determinar el coste real y el coste efectivo de los servicios públicos locales?

• Por su diferente marco jurídico

• Por sus distintos objetivos y

• Por su diversa metodología de cálculo

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Marco Jurídico del coste real: síntesis

Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Orden HAP/1781/2013, de 20 de septiembre, por la que se aprueba la Instrucción del modelo normal de contabilidad local

Resolución de 28 de julio de 2011, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se regulan los criterios para la

elaboración de la información sobre los costes de actividades e indicadores de gestión a incluir en la memoria de las cuentas anuales

del Plan General de Contabilidad Pública

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Marco Jurídico del coste efectivo: síntesis

LEY, de 27 de diciembre 2013 “DE RACIONALIZACIÓN Y SOSTENIBILIDADDE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL”.

Art. 116 ter.: Coste Efectivo de Servicios

ORDEN HAP 419/2014, de 14 de marzoNUEVA ESTRUCTURA PRESUPUESTARIA LOCAL

ORDEN HAP/2075 de 6 /11/2014Por la que se establecen los criterios de cálculo del Coste Efectivo de los servicios

prestados por la Entidades Locales

RESOLUCIÓN 23 de junio 2015Por la que se establecen las Unidades de Referencias a incluir en los Anexos I y II

de la Orden HAP/2075

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Ley 27/2013 de Racionalización y Sostenibilidad….

OBJETIVOS GENERALES Y OTRAS CUESTIONES DE INTERÉS

PARA EL COSTE EFECTIVO (1/2)

Artículo 13.2.El Estado y la Comunidad Autónoma, en su caso, podrán sujetar sus subvenciones a determinados criterios y condiciones en su utilización y teniendo en cuenta el análisis de los costes efectivos de los servicios de los municipios.

Artículo 13.1.

Competencias de la Diputación: El seguimiento de los costes efectivos de los serviciosprestados por los municipios de su provincia. Cuando se detecten costes superiores al de los servicios coordinados o prestados por ella, se ofrecerá una gestión coordinada más eficienteque permita reducir los costes efectivos.

Preámbulo

Se establece la obligación de determinar el coste efectivo de los servicios que prestan lasEntidades Locales como medida de transparencia, como paso fundamental en la mejora de la información disponible y para garantizar el cumplimiento del principio de eficiencia de conformidad con el artículo 7 de la Ley Orgánica 2/2012 de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.

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Ley 27/2013 de Racionalización y Sostenibilidad….

OBJETIVOS GENERALES Y OTRAS CUESTIONES DE INTERÉS

PARA EL COSTE EFECTIVO (2/2)

Artículo 21.2.Los servicios públicos de competencia local habrán de gestionarse de la forma más sostenible y eficiente de entre las enumeradas a continuación:

1.- Gestión directa: a) Por la propia Entidad Local, b) Por organismo autónomo,c) Por entidad pública empresarial y d) Por sociedad mercantil, cuyo capital social sea de titularidad pública.

La c) y la d) cuando se demuestre su mayor rentabilidad.

2.- Gestión Indirecta: Por concesiones, empresas mixtas, etc.

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Ley 27/2013 de Racionalización y Sostenibilidad….

COSTE EFECTIVO: ÁMBITO, PLAZOS, ORIGEN DE LOS DATOS,

CÁLCULO Y COMUNICACIÓN

Artículo 31 (116. ter.) Coste Efectivo de los servicios

1. Todas las Entidades Locales calcularán antes del día 1 de noviembre de cada año elcoste efectivo de los servicios que prestan, partiendo de los datos contenidos en laliquidación del presupuesto general y, en su caso, de las cuentas anuales aprobadasde las entidades vinculadas o dependientes, correspondiente al ejercicio inmediatoanterior.

2. El cálculo del coste efectivo de los servicios tendrá en cuenta los costes reales directose indirectos de los servicios conforme a los datos de ejecución de gastos mencionadosen el apartado anterior. Por Orden del Ministro de Hacienda y AdministracionesPúblicas se desarrollarán estos criterios de cálculo. (Orden HAP/2075 de 06/11/14)

3. Todas las Entidades Locales comunicarán los costes efectivos de cada uno de losservicios al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas para su publicación.

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NUEVA ESTRUCTURA PRESUPUESTARIAOrden HAP/419/2014 de 14 de marzo

Orden 2075/2014, Coste Efectivo: aspectos generales

Se aprueba la nueva Estructura Presupuestaria:• Se aplicará el nivel de desagregación incluida en la clasificación por programas,

contenida en la Orden HAP/419/2014 de 14 de marzo.

• La nueva estructura presupuestaria (por programa/funcional) de los Entes Locales asigna:

• Primer dígito al Área de gasto (Ej. Área de gasto 3: Producción de bienes y serviciospreferentes),

• Segundo dígito a la Política de Gasto ( Ej. Política de gasto 33: Cultura),

• Tercer dígito al Grupo de programas (Ej. Grupo de programas 332: Archivos yBibliotecas)

• Cuarto dígito al Programa (Ej. Programa 3321: Archivos y Programa 3322:Bibliotecas).

• El detalle mínimo del coste efectivo del servicio prestado será el de Grupo de Programas.Entendemos que solo se podrá utilizar para el coste efectivo el Grupo de Programascuando el Ente Local no tenga desagregado su clasificación por programas en programasu otras inferiores.

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Orden 2075/2014, Coste Efectivo : aspectos generales

OBJETIVOS, ÁMBITO DE APLICACIÓN Y COMUNICACIÓN AL MHAP

COMUNICACIÓN O PLAZOS DE ENTREGA (REMITE A LA LEY 27/2013): Para cualquier ejerciciodeberán calcular antes del día 1 de noviembre de cada año. Excepción para el ejercicio 2013.

ÁMBITO DE APLICACIÓN (REMITE A LA LEY 27/2013): la totalidad de entidades locales, y en relación con todos y cada uno de los servicios que presten directamente o a través de entidades y organismos vinculados o dependientes (Art. 2), es decir:

a) A los servicios de prestación obligatoria mencionados en los artículos 26.1 y 36 de la Ley 7/1985, de 2 de abril.

b) A los servicios derivados del ejercicio de las competencias propias citadas en los artículos 7, 25.2 y 27 de la Ley 7/1985, de 2 de abril.

ESPECÍFICO: desarrollar los criterios de cálculo para la determinación del coste efectivo de los servicios que prestan las entidades locales (Art. 1)

GENERAL: responder al mandato previsto en la Ley 7/1985, de 2 de abril y Ley 27/2013 de Racionalización y Sostenibilidad……. (Art. 116.ter)

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Orden 2075/2014, Coste Efectivo : aspectos generales

• Alumbrado público.

• Cementerio.

• Recogida de residuos.

• Limpieza viaria.

• Abastecimiento domiciliario de agua potable.

• Alcantarillado.

• Acceso a los núcleos de población.

• Pavimentación de las vías públicas.

• Parque público.

• Biblioteca pública.

• Tratamiento de residuos.

• Protección civil.

ÁMBITO DE APLICACIÓN: servicios de prestación obligatoria mencionados en los artículos 26.1 y 36 de la Ley 7/1985, de 2 de abril (1/2).

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Orden 2075/2014, Coste Efectivo : aspectos generales

• Evaluación e información de situaciones de necesidad social y la atención

inmediata a personas en situación o riesgo de exclusión social.

• Prevención y extinción de incendios.

• Instalaciones deportivas de uso público.

• Transporte colectivo urbano de viajeros.

• Medio ambiente urbano.

• Medio ambiente urbano: Parques y jardines públicos.

• Medio ambiente urbano: Gestión de los residuos sólidos urbanos.

• Medio ambiente urbano: Protección contra la contaminación acústica, lumínica y

atmosférica en las zonas urbanas.

ÁMBITO DE APLICACIÓN: servicios de prestación obligatoria mencionados en los artículos 26.1 y 36 de la Ley 7/1985, de 2 de abril (2/2).

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Orden 2075/2014, Coste Efectivo : aspectos generales

• Urbanismo: planeamiento, gestión, ejecución y disciplina urbanística.

• Protección y gestión del Patrimonio histórico.

• Promoción y gestión de la vivienda de protección pública con criterios de sostenibilidad financiera.

• Conservación y rehabilitación de la edificación.

• Evacuación y tratamiento de aguas residuales.

• Infraestructura viaria y otros equipamientos de titularidad de la entidad local.

• Policía local.

• Tráfico, estacionamiento de vehículos y movilidad.

• Información y promoción de la actividad turística de interés y ámbito local.

• Ferias.

• Abastos, mercados, lonjas.

• Comercio ambulante.

• Protección de la salubridad pública.

• Actividades funerarias.

ÁMBITO DE APLICACIÓN: servicios derivados del ejercicio de las competencias propias citadas en los artículos 7, 25.2 y 27 de la Ley 7/1985, de 2 de abril. (1/2)

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Orden 2075/2014, Coste Efectivo : aspectos generales

• Promoción del deporte.

• Instalaciones deportivas.

• Instalaciones de ocupación del tiempo libre.

• Promoción de la cultura.

• Equipamientos culturales.

• Participar en la vigilancia del cumplimiento de la escolaridad obligatoria.

• Cooperar con las Administraciones educativas correspondientes en la obtención de los solares necesarios para la construcción de nuevos centros docentes.

• Conservación, mantenimiento y vigilancia de los edificios de titularidad local destinados a centros públicos de educación infantil, de educación primaria o de educación especial.

• Promoción en su término municipal de la participación de los ciudadanos en el uso eficiente y sostenible de las tecnologías de la información y las comunicaciones.

ÁMBITO DE APLICACIÓN: servicios derivados del ejercicio de las competencias propias citadas en los artículos 7, 25.2 y 27 de la Ley 7/1985, de 2 de abril. (2/2)

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Orden 2075/2014, Coste Efectivo : aspectos generales

• Para los informes técnico-económicos que se deben emitir con carácter previo a losacuerdos de establecimiento de tasas o de precios públicos a los que se refiere elartículo 25 del texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales,aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

• Para el contenido de la memoria justificativa del coste y rendimiento de los serviciospúblicos mencionada en el artículo 211 del texto refundido de la Ley reguladora delas Haciendas Locales.

• Para la información sobre el coste de las actividades e indicadores de gestión aincluir en la Memoria de las Cuentas Anuales (Notas 26 y 27), según la Instrucciónde Contabilidad para la Administración Local (ICAL 2013). Ayuntamientos mayoresde 50.000 habitantes y Entidades Locales de ámbito superior.

DELIMITACIÓN DE USO. No es finalidad de la presente Orden determinar ni fundamentar los costes para los siguientes usos:

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Metodología para la determinación del Coste Efectivo

DIFERENCIAS DE METODOLOGÍA DE CÁLCULO.Según la forma de gestión del servicio la metodología de cálculo será diferenciada:

GESTIÓN DIRECTADEL ENTE PRINCIPAL

Delegaciones y Áreas

ORGANISMOSAUTÓNOMOS

SOCIEDADESMERCANTILES

CONSORCIOS FUNDACIONES

Órganos especiales

Juntas de distrito

100% Capital Municipal

PRESUPUESTOS LIMITATIVOS/DERECHO PÚBLICO

FORMAS DE GESTIÓN MIUNICIPAL

GESTIÓN INDIRECTA

PRESUPUESTO INDICATIVO/DRECHO PRIVADO

a) No reciben ingreso de

los usuarios

b) Reciben ingreso de

los usuarios

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1919

Metodología para la determinación del Coste Efectivo

ENTE PRINCIPAL Y ORGANISMOS AUTÓNOMOS. Para aquellos entes que tengan presupuestos limitativos.

Ente Principal y OOAA Municipal.

COSTE EFECTIVO

GASTO/COSTEDIRECTO

GASTO/COSTEINDIRECTO

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Metodología para la determinación del Coste Efectivo

COSTE EFECTIVO

GASTO/COSTEDIRECTO

GASTO/COSTEINDIRECTO

Exclusivamente asociado a cada Grupo Programa/

Programa/Servicio

El Grupo de Programas de Administración General de cualquier

Política de Gasto se reparten entre los Grupos de Programas y/o Programas a

los que presten apoyo, y según los criterios de imputación establecidos

en la Orden.

Según clasificación por programas, contenida

en la Orden HAP/419/2014

Se calculará para cada programa/servicio el gasto directo mediante la agregación de los

importes de las obligaciones netas que les sean directamente imputables

ENTE PRINCIPAL Y ORGANISMOS AUTÓNOMOS. Para aquellos entes que tengan presupuestos limitativos.

Ente Principal y OOAA Municipal.

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2121

Metodología para la determinación del Coste Efectivo

ENTE PRINCIPAL Y ORGANISMOS AUTÓNOMOS. Gasto/Coste Directo.

Gastos de personal (1/2).

1.- Correspondiente al Presupuesto: Estarán integrados por los gastos incluidos en los artículos 10, en lo que se refiera a personal directivo, 11, 12, 13, 14, 15 y 16 de la clasificación económica del gasto, aprobada por la Orden EHA/3565/2008.

…….

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2222

Metodología para la determinación del Coste Efectivo

ENTE PRINCIPAL Y ORGANISMOS AUTÓNOMOS. Gasto/Coste Directo.

Gastos de personal (2/2).

2.- En el Art. 3, párrafo 2, se señala que “los costes directos e indirectos se identificarán con las obligaciones reconocidas, incluyendo también las obligaciones pendientes de aplicar al presupuesto”. Asimismo en el apartado f) de su Art. 4 se señala que, además,” se incluirá a cualquier otro gasto no financiero no señalado anteriormente que tenga relación con la prestación del servicio”. Es decir los conceptos correspondientes a los saldos de la 413 “Acreedores por operaciones pendientes de aplicar a presupuesto”. Igualmente deberá imputarse los gastos incluidos en la 411 “Acreedores por Gastos Devengados”, aunque presumiblemente sean de menos importancia. En ambos casos a los gastos de la liquidación del ejercicio se le sumarán los saldos de la 413 y 411 y se le restarán el saldo del ejercicio anterior

Como ejemplo de gasto imputable a la 413: Gastos de horas extras, kilometrajes, gratificaciones, no contemplados en el presupuesto. Igualmente, pueden darse gastos imputables a la 411 como un seguro de accidentes de un trabajador, con vencimiento semestral final del periodo, si se devengan en distintos ejercicios.

Para imputarse cualquier gasto de 413/411 forma directa al Grupo de Programas y/o Programas donde se aplique debe identificarse económicamente al registrase la obligación.

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Coste Efectivo: metodología de cálculo

GASTO/COSTE DIRECTO: Personal.

CLASIFICACIÓN POR PROGRAMAS CLASIFICACION ECONÓMICA

AG PG GP Denominación Cap Art. Conc. Denominación

1SERVICIOS PÚBLICOS BÁSICOS

13Seguridad y Movilidad Ciudadana

130Administración general de la seguridad y protección civil.

1 GASTOS DE PERSONAL.

10 Órganos de gobierno y personal directivo.

101Retribuciones básicas y otras remuneraciones del personal directivo.

107Contribuciones a planes y fondos de pensiones.

11 Personal eventual.

110Retribuciones básicas y otras remuneraciones de personal eventual.

117Contribuciones a planes y fondos de pensiones.

……. …… ………… ………… ……

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Metodología para la determinación del Coste Efectivo

Gastos corrientes en bienes y servicios.

1.- Correspondiente al Presupuesto: Estarán integrados por los gastos incluidos en los artículos 20, 21, 22, 23, 24, 25 y 26 de la clasificación económica del gasto, aprobada por la Orden EHA/3565/2008. No incluye el artículo 27 “Gastos imprevistos y funciones no clasificada”, sin explicación alguna.

2.- Idénticos comentarios a los hechos con el gasto de personal con relación los saldos de la cuenta 413 “Acreedores por operaciones pendientes de aplicar a presupuesto” y de la cuenta 411 “Acreedores por Gastos Devengados”.

Como ejemplo de gasto imputable a la 413 la factura de Material de Servicios Operativos (urgente) o cualquier servicio realizado sin consignación presupuestaria. Igualmente, pueden darse gastos imputables a la 411 que también debería incluirse, como es el caso de un seguro de vehículo devengado en dos ejercicios pero con pago vencido.

ENTE PRINCIPAL Y ORGANISMOS AUTÓNOMOS. Gasto/Coste Directo.

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Coste Efectivo: metodología de cálculo

GASTO/COSTE DIRECTO: Gastos corrientes en bienes y servicios.

CLASIFICACIÓN POR PROGRAMAS CLASIFICACION ECONÓMICA

AG PG GP Denominación Cap Art. Conc. Denominación

3PRODUCCIÓN DE BIENES PÚBLICOS DE CARÁCTER PREFERENTE

…….

……..

32 Educación

…… ………..

323

Funcionamiento de centros docentes de enseñanza infantil y primaria y educación especial.

2GASTOS CORRIENTES EN BIENES Y SERVICIOS

20 Arrendamientos y cánones.

….. …….

202Arrendamientos de edificios y otras construcciones

…… ……..

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Metodología para la determinación del Coste Efectivo

ENTE PRINCIPAL Y ORGANISMOS AUTÓNOMOS. Gasto/Coste Directo.

Gastos derivados de la amortización de la inversión realizada en el ejercicio y en los anteriores.

• Estarán integrados por los gastos incluidos en los artículos 60 y 62 de la clasificación económica, aprobada por la Orden EHA/3565/2008, por lo que se refiere a las inversiones nuevas, y los incluidos en los artículos 61 y 63 de la misma clasificación por lo que se refiere a la inversión de reposición.

• Se periodificarán por el número de anualidades al que se extienda la vida útil de los inmovilizados correspondientes.

• A las infraestructuras y los bienes del patrimonio de la entidad local que tengan una vida útil ilimitada no se les aplicará el criterio de periodificación antes citado.

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Metodología para la determinación del Coste Efectivo

ENTE PRINCIPAL Y ORGANISMOS AUTÓNOMOS. Gasto/Coste Directo.

Gastos derivados de la amortización de la inversión realizada en el ejercicio y en los anteriores.

DIFICULTADES QUE PLANTEA SU CÁLCULO

• Dado que las amortizaciones deben de incorporarse, como coste, a los Servicios/Programas donde se hayan utilizado los bienes de inmovilizado, es imprescindible que relacionemos dichas amortizaciones con tales Servicios/Programas a los que deben incorporarse y para hacerlo se puede llevar a cabo, directamente si el software de gestión patrimonial lo permitiera o bien, cuando no sea posible, externamente, a través del correspondiente interfaz que relacione las amortizaciones /clasificación orgánica-centro de coste/servicio-programa.

• Según la tipología de inmovilizado será más o menos compleja la imputación de las amortizaciones a los referidos Servicios/Programas y, según los casos, se requiere el siguiente trabajo:

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Metodología para la determinación del Coste Efectivo

ENTE PRINCIPAL Y ORGANISMOS AUTÓNOMOS. Gasto/Coste Directo.

PRIMERA ETAPA: Elaborar un interfaz que nos identifique cada uno de los bienes de inmovilizado con la unidad orgánica definida en la estructura presupuestaria del Ente. Cuando existe una correspondencia o relación unívoca (cada bien de inmovilizado se relaciona sólo con una unidad orgánica o centro -Ejemplo un ordenador en el centro de dependencia- y, por tanto, no requiere trabajo previo. Cuando NO existe una relación unívoca (un bien puede relacionarse con varias unidades orgánicas o centros –Ejemplo un bien inmueble está ocupado por varios centros orgánicos-se requerirá un trabajo de distribución.

SEGUNDA ETAPA: Elaborar un interfaz donde se identifiquen cuales son los Servicios/Programas que se ejecutan en las diversas unidades orgánicas/centros definidos con anterioridad.Al igual que en el paso anterior, cuando existe una correspondencia o relación unívoca porque el la unidad orgánica/centro orgánico sólo tiene como actividad un Servicio/Programa -Ejemplo una unidad orgánica/centro (Cementerio) sólo trabaja para un solo Servicio/Programa (cementerio y servicios funerarios)-. En tal caso no se requiere trabajo previo porque se produce una incorporación directa. Cuando NO existe una relación unívoca (un centro puede relacionarse con varios Servicios/Programas –Ejemplo una unidad orgánica/centro “Delegación de Urbanismo, vivienda y medioambiente” puede utilizarse para prestar más de un Servicio/Programa como son Urbanismo y Vivienda y Vías públicas, se requerirá un criterio de reparto.

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Coste Efectivo: metodología de cálculo

GASTO/COSTE DIRECTO: Personal.

CLASIFICACIÓN POR PROGRAMAS CLASIFICACION AMORTIZACIÓN

AG PG GP Denominación Cta. Subcta. Denominación

1SERVICIOS PÚBLICOS

BÁSICOS

13Seguridad y Movilidad

Ciudadana

130Administración general de la

seguridad y protección civil.680 AMORTIZACIÓN INMOVILIZADO INTANGIBLE

……… …….. ………

6806 Amortización de aplicaciones informáticas

681 AMORTIZACIÓN DEL INMOVILIZADO MATERIAL

…….. ……… …….. …… ……..

68011 Amortización de construcciones

…….

……..

135. Protección civil. 680 AMORTIZACIÓN INMOVILIZADO INTANGIBLE

……… …….. ………

……… ………..

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3030

Coste Efectivo: metodología de cálculo

GASTO/COSTE DIRECTO: Gastos derivados de la amortización de la inversión realizada en el ejercicio y en los anteriores.

CLASIFICACIÓN DE AMORTIZACIÓN

POR NATURALEZA

RELACIÓN CON UNIDADES ORGÁNICAS

(CENTROS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS)

RELACIÓN CON PROGRAMAS/

PRESTACIÓN DE SERVICIOS

Subg. Cta Subcta. Denominación Deleg. Sección Negociado Denominación AG PG GP Denominación

68DOTACIÓN DE

AMORTIZACIONES

680

Amortización del

inmovilizado

intangible

……… ………..

6806

Amortización de

aplicaciones

informáticas

……… ………..

681

Amortización del

Inmovilizado

Material

……… ………..

6811Amortización de

construcciones40 BIENESTAR SOCIAL

40.3 Igualdad

40.3.0 Mujeres en especial Dificultad 2ACTUACIONES DE PROTECCIÓN Y

PROMOCIÓN SOCIAL

23 Servicios Sociales y promoción social.

231 Asistencia social primaria.

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3131

Coste Efectivo: metodología de cálculo

GASTO/COSTE DIRECTO: Gastos derivados de la amortización de la inversión realizada en el ejercicio y en los anteriores.

Hipótesis para explicar el cuadro de relaciones

1.- Un vehículo está adscrito a la Delegación de urbanismo, vivienda y medioambientey el mismo es compartido por dos Grupos de Programas ejecutados por la mismaunidad orgánica.

Amortizaciones por

naturalezaUnidades Orgánicas o Centros

Criterio de

reparto

Elementos a

Centros

Programas/Servicios

Criterios de

reparto Centros

a Programas

Amortización vehículo Delegación de Urbanismo,

vivienda y Medioambiente.Directo

151. UrbanismoDías de funcionamiento

152. ViviendaDías de funcionamiento

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3232

Coste Efectivo: metodología de cálculo

GASTO/COSTE DIRECTO: Gastos derivados de la amortización de la inversión realizada en el ejercicio y en los anteriores.

Hipótesis para explicar el cuadro de relaciones

2.- Un mobiliario específico está adscrito a la unidad orgánica de urbanismo y ésteejecuta sólo un Grupo de Programa del mismo nombre.

Amortizaciones por

naturalezaUnidades Orgánicas o Centros

Criterio de

reparto

Elementos a

Centros

Programas/Servicios

Criterios de

reparto Centros

a Programas

Amortización mobiliarioDelegación de Urbanismo,

vivienda y MedioambienteDirecto 151. Urbanismo Directo

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3333

Coste Efectivo: metodología de cálculo

GASTO/COSTE DIRECTO: Gastos derivados de la amortización de la inversión realizada en el ejercicio y en los anteriores.

Hipótesis para explicar el cuadro de relaciones

3.- La central informática está adscrita a la Delegación de organización, personal y comercio que comparte tres Grupos de programas: Administración General de Comercio, turismo y empresas, Comercio e Información y promoción turística.

Amortizaciones por

naturalezaUnidades Orgánicas o Centros

Criterio de

reparto

Elementos a

Centros

Programas/Servicios

Criterios de

reparto Centros

a Programas

Amortización central de informática

Delegación de Organización,

Personal, Comercio y TurismoDirecto

430. Administración General de Comercio, turismo y empresas

Personas equivalentes

431. Comercio.Personas

equivalentes

432. Información y promoción

turística

Personas

equivalentes

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3434

Coste Efectivo: metodología de cálculo

GASTO/COSTE DIRECTO: Gastos derivados de la amortización de la inversión realizada en el ejercicio y en los anteriores.

Hipótesis para explicar el cuadro de relaciones

4.- La maquinaria y utillaje de infraestructura se adscribe en la Unidad Orgánica deReparación y Conservación y es compartida con dos programas: Acceso a los núcleosde población y Pavimentación de vías públicas.

Amortizaciones por

naturalezaUnidades Orgánicas o Centros

Criterio de

reparto

Elementos a

Centros

Programas/Servicios

Criterios de

reparto Centros

a Programas

Amortización maquinaria y utillaje de infraestructura

Unidad Orgánica de Reparación y

Conservación Directo

1531. Acceso a los núcleos de

población

Días de

funcionamiento

1532. Pavimentación de vías

públicas.

Días de funcionamiento

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3535

Coste Efectivo: metodología de cálculo

GASTO/COSTE DIRECTO: Gastos derivados de la amortización de la inversión realizada en el ejercicio y en los anteriores.

Hipótesis para explicar el cuadro de relaciones

5.- El edificio centro cultural se reparte entre las que acoge, es decir, las unidades orgánicas como la Biblioteca y el Archivo. Además sabemos que en dichas unidades se ejecutan los programas de Bibliotecas públicas y Archivos.

Amortizaciones por

naturalezaUnidades Orgánicas o Centros

Criterio de

reparto

Elementos a

Centros

Programas/Servicios

Criterios de

reparto Centros

a Programas

Amortización de Edificio Centro Cultural

Unidad orgánica de Biblioteca Superficie 3321. Bibliotecas públicas Directo

Unidad orgánica de Archivos Superficie 3322. Archivos. Directo

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3636

Coste Efectivo: metodología de cálculo

GASTO/COSTE DIRECTO: Gastos derivados de la amortización de la inversión realizada en el ejercicio y en los anteriores.

Hipótesis para explicar el cuadro de relaciones

6.- Un edificio múltiple es compartido entre las unidades orgánicas que acoge: • Delegación de Urbanismo, vivienda y medioambiente• Delegación de Organización, Personal, Comercio y Turismo• Delegación de Seguridad Pública y Tráfico

A su vez la Delegación de Urbanismo, vivienda y medioambiente ejecutan tres Grupos de programas : Urbanismo, Vivienda y Vías pública

De las otras dos delegaciones en dicho edificio sólo se ejecuta, respectivamente, los Grupo de programas Desarrollo empresarial y Protección civil.

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3737

Coste Efectivo: metodología de cálculo

GASTO/COSTE DIRECTO: Gastos derivados de la amortización de la inversión realizada en el ejercicio y en los anteriores.

Hipótesis para explicar el cuadro de relaciones

Amortizaciones por

naturalezaUnidades Orgánicas o Centros

Criterio de

reparto

Elementos a

Centros

Programas/Servicios

Criterios de

reparto Centros

a Programas

Amortización Edificio

Múltiple

Delegación de Urbanismo,

vivienda y Medioambiente

Superficie 151. UrbanismoPersonas

equivalentes

Superficie 152. ViviendaPersonas

equivalentes

Superficie 153. Vías públicasPersonas

equivalentes

Delegación de Organización,

Personal y ComercioSuperficie 433. Desarrollo empresarial. Directo

Delegación de Seguridad Pública

y TráficoSuperficie 135. Protección civil. Directo

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3838

Coste Efectivo: metodología de cálculo

GASTO/COSTE DIRECTO: Gastos derivados de la amortización de la inversión realizada en el ejercicio y en los anteriores.

Hipótesis para explicar el cuadro de relaciones

7.- En el edificio del parking autobuses transporte colectivo está situado sólo la unidad orgánica “Cocheras” y en el mismo sólo ejecuta el Grupo de programa y Transporte de viajeros.

Amortizaciones por

naturalezaUnidades Orgánicas o Centros

Criterio de

reparto

Elementos a

Centros

Programas/Servicios

Criterios de

reparto Centros

a Programas

Amortización parking

autobuses transporte

colectivo

Cocheras Directo 441. Transporte de viajeros. Directo

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3939

Coste Efectivo: metodología de cálculo

GASTO/COSTE DIRECTO: Gastos derivados de la amortización de la inversión realizada en el ejercicio y en los anteriores.

Hipótesis para explicar el cuadro de relaciones

8.- En el cementerio está situado sólo la unidad orgánica “Cementerio” y en dicha unidad orgánica sólo se ejecuta el Grupo de programa Cementerios y servicios funerarios.

Amortizaciones por

naturalezaUnidades Orgánicas o Centros

Criterio de

reparto

Elementos a

Centros

Programas/Servicios

Criterios de

reparto Centros

a Programas

Amortización cementerio Cementerio Directo164. Cementerios y servicios

funerarios.Directo

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4040

Metodología para la determinación del Coste Efectivo

ENTE PRINCIPAL Y ORGANISMOS AUTÓNOMOS. Gasto/Coste Directo.

Intereses por arrendamiento financiero.

1.- Correspondiente al Presupuesto: En los casos de existencia de operaciones de arrendamiento financiero, se considerará el gasto reflejado en el concepto 648, en cuanto a las cuotas netas de intereses, de la clasificación económica del gasto, aprobada por la Orden EHA/3565/2008.

2.- Idénticos comentarios a los hechos con el gasto de personal con relación los saldos de la cuenta 413 “Acreedores por operaciones pendientes de aplicar a presupuesto” y de la cuenta 411 “Acreedores por Gastos Devengados”.

La utilización de la cuenta 413, aunque no sea frecuente, puede que se produzca alguna operación no considerada en presupuesto, como un contrato de leasing no previsto. Entendemos que también pudieran existir cargo en la 411 cuando el pago de intereses se pactara por semestres vencidos.

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4141

Coste Efectivo: metodología de cálculo

GASTO/COSTE DIRECTO: Intereses por arrendamiento financiero.

CLASIFICACIÓN POR PROGRAMAS CLASIFICACION ECONÓMICA

AG PG GP Denominación Cap Art. Conc. Denominación

4ACTUACIONES DE

CARÁCTER ECONÓMICO

…….

……..

42 Industria y Energía

…… ………..

422 Industria 6 AMORTIZACIÓN EN INVERSIONES REALES

64Gastos en inversiones de carácter

inmaterial

648Cuotas netas de intereses por operaciones

de arrendamiento financiero («leasing»).

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4242

Metodología para la determinación del Coste Efectivo

Gastos en transferencias corrientes y de capital.

1.- Correspondiente al Presupuesto: Estarán formados por los contenidos en los artículos 48 “Transferencias corriente a familias e instituciones sin fines de lucro” y 78 ”Transferencias de capital a familias e instituciones sin fines de lucro” la clasificación económica de los presupuestos de las entidades locales, siempre que estén directamente relacionados con la prestación de los servicios cuyo coste es objeto de cálculo, y no estén recogidos en otros conceptos de gasto de los considerados para dicho cálculo.

2.-Idénticos comentarios a los hechos con el gasto de personal con relación los saldos de la cuenta 413 “Acreedores por operaciones pendientes de aplicar a presupuesto” y de la cuenta 411 “Acreedores por Gastos Devengados”.

Dado que se trata sólo de transferencias relacionadas con el servicio, igualmente la cuenta 413 puede ser utilizada cuando se produzca alguna operación no considerada en el presupuesto por falta de consignación. EJEMPLO: ayudas a familias o instituciones no previstas inicialmente (Prestaciones finalistas).

ENTE PRINCIPAL Y ORGANISMOS AUTÓNOMOS. Gasto/Coste Directo.

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4343

Coste Efectivo: metodología de cálculo

GASTO/COSTE DIRECTO: Gastos en transferencias corrientes y de capital.

CLASIFICACIÓN POR PROGRAMAS CLASIFICACION ECONÓMICA

AG PG GP Denominación Cap Art. Conc. Denominación

4ACTUACIONES DE CARÁCTER

ECONÓMICO

…….

……..

46Investigación, desarrollo e

innovación

…… ………..

463Investigación científica, técnica

y aplicada4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES

48 A familias e instituciones sin fines de lucro.

7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL

78 A familias e instituciones sin fines de lucro.

XCUALQUIER OTRO GASTO NO FINANCIERO NO

INCLUIDO CON ANTERIORIDAD

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4444

Metodología para la determinación del Coste Efectivo

ENTE PRINCIPAL Y ORGANISMOS AUTÓNOMOS: Gastos/Costes Indirectos

Los gastos recogidos en los grupos de programas relativos a la AdministraciónGeneral de las Políticas de Gasto se imputarán proporcionalmente a cadagrupo de programas o programa atendiendo a su volumen de gasto.Si en la liquidación del presupuesto se recoge información agregadacorrespondiente a varios servicios, el gasto total se imputará a cada uno deellos proporcionalmente de conformidad con lo recogido en el párrafo anterior

Aunque los gastos de Administración General de Políticas de Gastos pueden tener suorigen no sólo en los programas que se ejecutan de forma directa (Ente Principal yOOAA) sino también en empresas públicas que gestionen los servicios de sucompetencia, o incluso en otros de gestión indirecta, de acuerdo con el artículo 5,tales gastos indirectos se imputarán solo a aquellos que se presten por el EntePrincipal y sus OOAA.

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4545

Coste Efectivo: metodología de cálculo

GRUPOS DE PROGRAMAS DE GASTOS INDIRECTOSCriterio

GRUPOS DE PROGRAMAS FINALISTAS

Política de Gasto Grupo de Programas Grupo de Programas /Programas

13. Seguridad y movilidad

ciudadana

130. Administración general de la

seguridad y protección civil.

GASTO

ACUMULADO

DIRECTO

132. Seguridad y Orden Público.

133. Ordenación del tráfico y del estacionamiento.134. Movilidad urbana.

135. Protección civil.

136. Servicio de prevención y extinción de incendios

15. Vivienda y urbanismo 150. Administración General de Vivienda y

Urbanismo

GASTO

ACUMULADO

DIRECTO

151. Urbanismo: planeamiento, gestión,

ejecución y disciplina urbanística.

1521. Promoción y gestión de vivienda de

protección pública.

1522. Conservación y rehabilitación de la

edificación.

1531. Acceso a los núcleos de población.

1532. Pavimentación de vías públicas

……………… …………………. ……………….. …………………………

33. Cultura. 330. Administración general de cultura.

GASTO

ACUMULADO

DIRECTO

3321. Bibliotecas públicas

3322. Archivos.

333. Equipamientos culturales y museos.

334. Promoción cultural.

…………………………….

…………………… ---------------------------- ……………….. …………………………

GASTO/COSTE INDIRECTO: imputación a Programas/Servicios finalistas

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4646

Metodología para la determinación del Coste Efectivo

Entidades locales sujetos a presupuestos limitativos.

ENTE PRINCIPAL Y ORGANISMOS AUTÓNOMOS: Esquema de cálculo

GASTOS INDIRECTOS

G. PROGR. ADMÓN GRAL DE POLITCAS DE GASTO:130. AG Segur. y Protecc. Civil. 150. AG Vivienda y urbanismo. 170. AG Medio Ambiente. 320. AG Educación. 330. AG Cultura. 340. AG Deportes. 430. AG Comercio, Turismo y... 440. AG Transporte

GRUPO DE PROGRAMAS

PROGRAMAS

SERVICIOS

GTOS LIQUIDACIÓN PTO:• Personal (Cap. I)• Gastos Ctes. en B y S (Cap. II)• Int. Arrend. Fina. (Cap. VI)

GTOS CALCULADOS:• Amortizaciones(sobre Inversiones Cap.VI)

GASTOS DIRECTOS

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4747

Metodología para la determinación del Coste Efectivo

ESTRUCTURA DEL COSTE EFECTIVO DEL SERVICIO: Cálculo escalonado

GASTO DE PROGRAMAS DE ADMINISTRACIÓN GENERAL DE POLÍTICAS DE GASTO

COSTE

EFECTIVO

TOTAL

GASTOS LIQUIDACIÓN PRESUP.:• Personal (Cap. I)• Gastos Ctes. en B y S (Cap. II)• Int. Arrend. Fina. (Cap. VI) COSTE

DIRECTOGASTOS CALCULADOS:• Amortizaciones (sobre

Inversiones Cap.VI y las anteriores)

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48

INFORMACIÓN OBTENIDA DE LAS CUENTAS ANUALES, INCLUIRÁ:4. Aprovisionamientos.6. Gastos de personal.7. Otros gastos de explotación.8. Amortización del inmovilizado.

SEGÚN LAS ACTIVIDADES DE LAS EMPRESASDichas entidades y empresas pueden desarrollar trabajos para:

a) Un solo programa o servicio. En este no se requerirá ningún cálculo de asignación e imputación de gastos a los servicios porque todo se imputará al mismo programa/servicio. (Ejemplo: Transporte colectivo urbano de viajeros)

b) Varios programas o servicios. En este caso se requiere un método de cálculo que asigne e impute tales gastos a los correspondientes programas/servicios utilizando criterios de distribución adecuados. (Contabilidad Segmentada) (Ejemplo: Recogida de residuos, Limpieza viaria y Tratamiento de residuos)

Metodología para la determinación del Coste Efectivo

EMPRESAS PÚBLICAS (Entidades empresariales o empresas 100% propiedad de

los Entes Locales que apliquen el Plan General de Contabilidad de la empresa)

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49

4. Aprovisionamientos.

a) Consumo de mercaderías: (600), 6060,6080,6090, 610*

b) Consumo de materias primas y otras materias consumibles: (601),(602),6061,6062,6081,6082,6091,6092,611*,612*

c) Trabajos realizados por otras empresas: (607)

d) Deterioro de mercaderías, materias primas y otros aprovisionamientos: (6931),(6932),(6933),7931,7932,7933

Cuando se ejecuten varios programas/servicios los aprovisionamientos seimputarán a los mismos, según su consumo, a través de medición directa, cuandosea posible, o a través de algún criterio de distribución que cuantifique dichoconsumo de la manera más objetiva posible, según el uso o aplicación que se hagade dichos aprovisionamientos. (El desarrollo de la Contabilidad Financiera seráclave para la objetividad en la determinación del Coste Efectivo): Cuenta deExplotación Analítica/Contabilidad Segmentada, etc.

Metodología para la determinación del Coste Efectivo

EMPRESAS PÚBLICAS (Entidades empresariales o empresas 100% propiedad de

los Entes Locales que apliquen el Plan General de Contabilidad de la empresa)

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50

6. Gastos de personal.

a) Sueldos, salarios y asimilados: (640),(641),(6450)

b) Cargas sociales:(642),(643),(649)

c) Provisiones: (644),(6457),7950,7957

Cuando se ejecuten varios programas/servicios el personal podrá agruparse entre:

a) Personal directo del programa/servicio, cuando se pueda identificar de manera fácil y fiable con el mismo. En tal caso se imputarán de manera directa.

b) Personal indirecto. Aquellos que no tiene ninguna relación directa con ningún programa/servicio concreto y, por tanto, se debe aplicar un criterio de distribución para su imputación o asignación a los programas.

(El desarrollo de la Contabilidad Financiera será clave para la objetividad en la determinación del Coste Efectivo): Cuenta de Explotación Analítica/Contabilidad Segmentada, etc.

Metodología para la determinación del Coste Efectivo

EMPRESAS PÚBLICAS (Entidades empresariales o empresas 100% propiedad de

los Entes Locales que apliquen el Plan General de Contabilidad de la empresa)

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51

7. Otros gastos de explotación.a) Servicios exteriores: (62)

620. Gastos en investigación y desarrollo del ejercicio621. Arrendamientos y cánones622. Reparaciones y conservación623. Servicios de profesionales independientes624. Transportes625. Primas de seguros626. Servicios bancarios y similares627. Publicidad, propaganda y relaciones públicas628. Suministros629. Otros servicios

Metodología para la determinación del Coste Efectivo

EMPRESAS PÚBLICAS (Entidades empresariales o empresas 100% propiedad de

los Entes Locales que apliquen el Plan General de Contabilidad de la empresa)

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52

7. Otros gastos de explotación.

b) Tributos: (631),(634),636,639

c) Pérdidas, deterioro y variación de provisiones por operaciones comerciales: (650),(694),(695),794,7954

d) Otros gastos de gestión corriente: (651),(659)

Cuando se ejecuten varios programas/servicios los otros gastos de explotación seimputarán a los mismos según su relación directa o indirecta con los mismos.Cuando sea fácilmente medible o posible imputarán de manera directa y, cuandono lo sea, través de algún criterio de distribución que cuantifique dicho consumode la manera más objetiva posible, según el uso o aplicación que se haga de losmismos.(El desarrollo de la Contabilidad Financiera será clave para la objetividad en ladeterminación del Coste Efectivo): Cuenta de Explotación Analítica/ContabilidadSegmentada, etc.

Metodología para la determinación del Coste Efectivo

EMPRESAS PÚBLICAS (Entidades empresariales o empresas 100% propiedad de

los Entes Locales que apliquen el Plan General de Contabilidad de la empresa)

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53

8. Amortización del inmovilizado: (68)680. Amortización del inmovilizado intangible681. Amortización del inmovilizado material682. Amortización de las inversiones inmobiliarias

Cuando se ejecuten varios programas/servicios las amortizaciones se imputarán a los mismos según el uso que de los bienes de inmovilizados haga cada uno de los programas/servicios. La medición del uso se puede cuantificar de las siguientes formas:

a) Cuando sea posible (Cuando se ejecute un solo grupo de programa, programa o servicio) las amortizaciones se asignarán a los programas de forma directa a los mismos.

b) Cuando no sea posible (Cuando se ejecute varios grupos de programas, programas o servicio) se asignaran a los centros o unidades orgánicas donde estén situados y, posteriormente, a los programas/servicios donde ellos hayan contribuido con su uso.

Metodología para la determinación del Coste Efectivo

EMPRESAS PÚBLICAS (Entidades empresariales o empresas 100% propiedad de

los Entes Locales que apliquen el Plan General de Contabilidad de la empresa)

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54

GTOS PÉRDIDAS Y GANANCIAS

Apartados:

4. Aprovisionamientos6. Gastos de Personal7. Otros Gastos de Explotación8. Amortización del Inmovilizado

GASTOS DIRECTOS

MÉTODOS DECÁLCULO

PARA LA IMPUTACIÓNA LOS

SERVICIOS

Entidades con concesión administrativas, dependientes o vinculadas a las entidades locales que apliquen el plan general de contabilidad de la

empresa.

Metodología para la determinación del Coste Efectivo

EMPRESAS PÚBLICAS: Esquema de cálculo

PRESTACIONES FINALISTAS

Programa/Servicio 1Programa/Servicio 2………...…….Programa/Servicio n

CATÁLOGO DE SERVICIOS

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55

ALTERNATIVAS DE GESTIÓN INDIRECTAa) Concesión, por la que el empresario gestionará el servicio a su propio riesgo y ventura.

b) Gestión interesada, en cuya virtud la Administración y el empresario participarán en los resultados de la explotación del servicio en la proporción que se establezca en el contrato.

c) Concierto con persona natural o jurídica que venga realizando prestaciones análogas a las que constituyen el servicio público de que se trate.

d) Sociedad de economía mixta en la que la Administración participe, por sí o por medio de una entidad pública, en concurrencia con personas naturales o jurídicas

DETERMINACIÓN DEL COSTE EFECTIVO 1. Cuando la retribución del contratista se percibe de la Entidad Local: El Coste Efectivo incluirá

la totalidad de las contraprestaciones económicas que abone la Entidad Local al contratista, incluidas las que se realice en concepto de precio del contrato, así como, en su caso, las subvenciones de explotación o de cobertura del precio del servicio.

2. Cuando la retribución del contratista se percibe parte del usuario y parte por la entidad: El coste efectivo vendrá determinado por los ingresos derivados de las tarifas y por las subvenciones de cobertura del precio del servicio que pudieran corresponder a la entidad local a la que corresponde la titularidad del servicio.

GESTIÓN INDIRECTA (distintas formas previstas para el contrato de gestión de

servicios públicos en el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público)

Metodología para la determinación del Coste Efectivo

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56

Entidades con concesión administrativas, gestión interesada, concierto o sociedad de economía mixta

PRECIO DEL CONTRATO

SUBVENCIONES DE EXPLOTACIÓN

SIN CONTRAPRESTACIÓNDEL USUARIO

INGRESOS POR PRESTACIONES

SUBVENCIONES DE COBERURADE PRECIO

CON CONTRAPRESTACIÓNDEL USUARIO

MÉTODOS DECÁLCULO PARA LA

IMPUTACIÓNA LOS

SERVICIOS

PRESTACIONES FINALISTAS

Programa/Servicio 1Programa/Servicio 2………...…….Programa/Servicio n

CATÁLOGO DE SERVICIOS

Metodología para la determinación del Coste Efectivo

GESTIÓN INDIRECTA: Esquema de cálculo

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57

Orden 2075/2014, Coste Efectivo : informesANEXO I

Servicios de prestación obligatoria para los municipios

DescripciónPrograma

presupuestarioImporte total (según el capítulo

II de la presente Orden)

Unidades de referencia

(1)

Forma de prestación del

servicio (2)

Alumbrado público. 165

Cementerio. (Uso privativo de dominio público) 164

Recogida de residuos. 1621

Limpieza viaria. 163

Abastecimiento domiciliario de agua potable. 161

Alcantarillado. (Solo alcantarillado) 160

Acceso a los núcleos de población. 1531/150P

Pavimentación de las vías públicas. 1532/150P

Parque público (Titularidad Pública) 171/170P

Biblioteca pública. 3321/330P

Tratamiento de residuos. 1623

Protección civil. 135/130P

Evaluación e información de situaciones de necesidad social y la atención inmediata a personas en situación o riesgo de exclusión social.

231

Prevención y extinción de incendios. 136/130P

Instalaciones deportivas de uso público. (Titul. Pública) 342/340P

Transporte colectivo urbano de viajeros. 4411/440P

Medio ambiente urbano. 1721/170P

Medio ambiente urbano: Parques y jardines públicos. (Parques de otra titularidad y jardines públicos)

171/170P

Medio ambiente urbano: Gestión de los residuos sólidos urbanos.

1622

Medio ambiente urbano: Protección contra la contaminación actuaciones acústica, lumínica y atmosférica en las zonas urbanas. (Diferenciar las actuaciones del resto)

1721/170P

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Orden 2075/2014, Coste Efectivo : informes

ANEXO IIServicios correspondientes a competencias propias de los municipios (1/2)

DescripciónGrupo de programa/

Programa

Importe total (según el capítulo II de la presente Orden)

Unidades físicas de

referencia (1)

Formade prestación del servicio/

Gestión (2)Urbanismo: planeamiento, gestión, ejecución y disciplina urbanística.

151/150P

Protección y gestión del Patrimonio histórico.

336/330P

Promoción y gestión de la vivienda de protección pública con criterios de sostenibilidad financiera.

1521/150P

Conservación y rehabilitación de la edificación.

1522/150P

Evacuación y tratamiento de aguas residuales. (Sólo tratamiento evacua)

160

Infraestructura viaria y otros equipamientos de titularidad de la entidad local.

45

Policía local. 132/130PTráfico, estacionamiento de vehículos y movilidad.

134/130P

Información y promoción de la actividad turística de interés y ámbito local.

432/430P

Ferias. 4311/430PAbastos, mercados, lonjas. 4312/430PComercio ambulante. 4313/430PProtección de la salubridad pública. 311Actividades funerarias. (Tanatorio, cafetería, etc)

164

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Orden 2075/2014, Coste Efectivo : informes

ANEXO IIServicios correspondientes a competencias propias de los municipios (2/2)

DescripciónGrupo de programa/

Programa

Importe total (según el capítulo II de la presente Orden)

Unidades físicas de

referencia (1)

Formade prestación del servicio/

Gestión (2)Promoción del deporte. (De notitularidad Pública)

341/340P

Instalaciones deportivas.(Excluidas las de uso público)

342/340P

Instalaciones de ocupación del tiempo libre.

337/330P

Promoción de la cultura. 334/330PEquipamientos culturales. 333/330PParticipar en la vigilancia del cumplimiento de la escolaridad obligatoria.

325/320P

Cooperar con las Administraciones educativas correspondientes en la obtención de los solares necesarios para la construcción de nuevos centros docentes.

321/322/320P

Conservación, mantenimiento y vigilancia de los edificios de titularidad local destinados a centros públicos de educación infantil, de educación primaria o de ed. especial.

323/324/320P

Promoción en su término municipal de la participación de los ciudadanos en el uso eficiente y sostenible de las tecnologías de la información y las comunicaciones. (No se presta)

491/492

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6060

UNIDADES DE REFERENCIA Y FORMAS DE GESTIÓN

Orden 2075/2014, Coste Efectivo : informes

(2) Importes del coste efectivo de Grupo de Programas/Programas/Servicios

(3) Unidades de Referencias: Las fuentes de información podrán estar determinadas por los datos que, en su caso, hayan facilitado las entidades locales para la elaboración de la Encuesta de Infraestructura y Equipamientos Locales, salvo en relación con el servicio de transporte público urbano que será la facilitada con motivo de la solicitud de la subvención del transporte público urbano a la que se refiere la disposición adicional quinta del texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales. (Aytos. menores de 50.000 Hbtes.)

(4) Se indicará la forma de gestión que proceda de entre las siguientes:Gestión directa

• Por la entidad local.• Por organismo autónomo de la entidad local.• Por entidad pública empresarial.• Por sociedad mercantil local (100%).

Gestión Indirecta • Mediante concesión, gestionando el concesionario el servicio a su riesgo y ventura.• Interesada, compartiendo la entidad local y el empresario los resultados según contrato.• Por concierto.• Por sociedad de economía mixta.• Mancomunada.• Por convenio de colaboración interadministrativo.• Consorciada.

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Orden 2075/2014, Coste Efectivo : reflexiones

COMENTARIOS PARA LA REFLEXIÓN

1.- Dudamos de que este coste efectivo sea un instrumento adecuado para medir le eficiencia en el uso los recursos públicos (ÚTIL PARA AYUNTAMIENTOS PEQUEÑOS).

2.- Utiliza indistintamente, como sinónimos, los conceptos de gasto presupuestario y coste, es decir, que identifica ambos conceptos. (SE PUEDE LLEVAR A CONFUSIÓN).

3.- Señala como única fuente de información para los Entes de Derecho Público Local la liquidación del presupuesto cuando para la información relativa a la amortización, tanto del ejercicio como de años anteriores, será necesario usarse como fuente informativa el sistema de gestión patrimonial. (CAMBIOS ENTRE EL PROYECTO DE ORDEN Y LA PROPIA ORDEN)

4.- La utilización del concepto de volumen de gasto puede dar lugar a diversas interpretaciones y en nuestra opinión se refiere al gasto directo total, se encuentre, o no, en la liquidación presupuestaria (GASTO DIRECTO TOTAL/ACUMULADO).

5.- Con relación a las políticas de gasto 92. Servicios de carácter general y 93. Administración financiera y tributaria, según la Orden no se debe imputar a los programas de prestación finalista, aunque. (TODO LO QUE SEA ESPECÍFICO DE UN SERVICIO DEBE IMPUTARSE, AUNQUE ESTÉ INCLUIDO EN ESTAS POLÍTICAS DE GASTO)

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6.- En el Art. 3, párrafo 2, se señala que “los costes directos e indirectos se identificarán con las obligaciones reconocidas, incluyendo también las obligaciones pendientes de aplicar al presupuesto”. Asimismo en el apartado f) del Art. 4 de la Orden 2075 se señala que, además,” se incluirá a cualquier otro gasto no financiero no señalado anteriormente que tenga relación con la prestación del servicio”. Es decir se supone que, en sus conceptos correspondientes los saldos de la 413 del ejercicio en cuestión menos el saldo del ejercicio anterior. Igualmente deberá imputarse los gastos incluidos en la 411 “Acreedores por Gastos Devengados”, aunque presumiblemente sean de menos importancia.(DEJA ABIERTA LA POSIBILIDAD DE CUALQUIER PERIODIFICACIÓN)

7.- Dadas las dificultades de imputar las amortizaciones a los programas de prestación finalista, faltaría una orientación sobre como hacerlo. ¿Es imprescindible la utilización de unidades orgánicas/centros para su imputación?. (SE REQUIERE MAYOR DETALLE PARA ORIENTAR COMO IMPUTAR LAS AMORTIZACIONES)

8.- Los gastos recogidos en los grupos de programas relativos a la Administración General de las políticas de gasto se imputarán proporcionalmente a cada grupo de programas o programa atendiendo a su volumen de gasto. Por tanto las empresas públicas, consorcios, etc. no absorben nada de dichos gastos cuando, en parte, puede ser causante de los mismos. (EXISTEN GASTOS DEL ENTE PRINCIPAL ORIGINADOS POR EMPRESAS Y CONSORCIOS)

COMENTARIOS PARA LA REFLEXIÓN

Orden 2075/2014, Coste Efectivo : otras cuestiones

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6363

9.- Las empresas públicas pueden desarrollar trabajos para:a) Un solo programa o servicio. En este no se requerirá ningún cálculo de asignación

e imputación porque todo se imputará al mismo programa/servicio. (Ejemplo: Transporte colectivo urbano de viajeros)

b) Varios programas o servicios. En este caso se requiere un método de cálculo que asigne e impute tales gastos a los correspondientes programas/servicios utilizando criterios de distribución adecuados.

(Ejemplo: Recogida de residuos, Limpieza viaria y Tratamiento de residuos)(LA ORDEN NO SE REFIERE A LOS CRITERIOS PARA IMPUTAR GASTOS EN LAS EMPRESAS)

10.- Para la gestión indirecta:a) Define el coste efectivo como el sacrificio que hace el Ente Público al asignar los recursos correspondientes en precio del contrato, transferencias, subvenciones, etc.b) Define el coste efectivo por la suma de los ingresos que obtiene, ya sean del propio perceptor del servicio de los usuarios, como por los obtenidos del Ente Local a través de las subvenciones, etc., es decir, se presupone beneficio “0” de la concesionaria.(EL COSTE EFECTIVO DE LA ALTERNATIVA b) ¿TIENE SENTIDO?)

COMENTARIOS PARA LA REFLEXIÓN

Orden 2075/2014, Coste Efectivo : otras cuestiones

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