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norma español TÍTULO Puert Norm Parte contro Industrial resistance Portes et caractéris CORRESPONDENCIA Esta n EN 132 OBSERVACIONES Esta nor ANTECEDENTES Esta no huecos e Editada e impresa por AENOR Depósito legal: M 24788:2011 LAS OBSE © AENOR 2011 Reproducción prohibida Génova, 6 28004 MADRID-Españ la UNE-EN 1324 as industriales, comerciales, de garaje y ma de producto 1: Productos sin características de resi ol de humos l, commercial and garage doors and gates. Product standard. P e or smoke control characteristics. portails industriels, commerciaux et de garage. Norme de prod stiques coupe-feu, ni pare-fumée. norma es la versión oficial, en español, de 41-1:2003+A1:2011. rma anula y sustituye a la Norma UNE-EN 13241-1:200 rma ha sido elaborada por el comité técnico AEN/CT en edificación y sus accesorios cuya Secretaría desempe ERVACIONES A ESTE DOCUMENTO HAN DE DIRIGIRSE A: [email protected] ña www.aenor.es Tel.: 902 Fax: 913 1-1:2004+A1 Junio 2011 portones stencia al fuego o Part 1: Products without fire duit. Partie 1: Produits sans la Norma Europea 04. TN 85 Cerramientos de eña ASEFAVE. 30 Páginas 102 201 104 032 Grupo 19 AENOR AUTORIZA EL USO DE ESTE DOCUMENTO A GREMIO DE CERRAJEROS

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norma español

TÍTULO Puert

Norm Parte contro Industrialresistance Portes et caractéris

CORRESPONDENCIA Esta n

EN 132

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ANTECEDENTES Esta no

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Editada e impresa por AENOR Depósito legal: M 24788:2011

LAS OBSE

© AENOR 2011 Reproducción prohibida

Génova, 628004 MADRID-Españ

la UNE-EN 1324

as industriales, comerciales, de garaje y

ma de producto

1: Productos sin características de resiol de humos

l, commercial and garage doors and gates. Product standard. Pe or smoke control characteristics.

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ña www.aenor.esTel.: 902 Fax: 913

1-1:2004+A1

Junio 2011

portones

stencia al fuego o

Part 1: Products without fire

duit. Partie 1: Produits sans

la Norma Europea

04.

TN 85 Cerramientos de eña ASEFAVE.

30 Páginas

102 201 104 032

Grupo 19

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NORMA EUROPEA EUROPEAN STANDARD NORME EUROPÉENNE EUROPÄISCHE NORM

EN 13241-1:2003+A1Abril 2011

ICS 91.090 Sustituye a EN 13241-1:2003

Versión en español

Puertas industriales, comerciales, de garaje y portones Norma de producto

Parte 1: Productos sin características de resistencia al fuego o control de humos

Industrial, commercial and garage doors and gates. Product standard. Part 1: Products without fire resistance or smoke control characteristics.

Portes et portails industriels, commerciaux et de garage. Norme de produit. Partie 1: Produits sans caractéristiques coupe-feu, ni pare-fumée.

Tore. Produktnom. Teil 1: Produkte ohne Feuer- und Rauchschutzeigenschaften.

Esta norma europea ha sido aprobada por CEN el 2003-06-12 e incluye la Modificación 1 aprobada por CEN el 2011-02-22. Los miembros de CEN están sometidos al Reglamento Interior de CEN/CENELEC que define las condiciones dentro de las cuales debe adoptarse, sin modificación, la norma europea como norma nacional. Las correspondientes listas actualizadas y las referencias bibliográficas relativas a estas normas nacionales pueden obtenerse en el Centro de Gestión de CEN, o a través de sus miembros. Esta norma europea existe en tres versiones oficiales (alemán, francés e inglés). Una versión en otra lengua realizada bajo la responsabilidad de un miembro de CEN en su idioma nacional, y notificada al Centro de Gestión, tiene el mismo rango que aquéllas. Los miembros de CEN son los organismos nacionales de normalización de los países siguientes: Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Rumanía, Suecia y Suiza.

CEN COMITÉ EUROPEO DE NORMALIZACIÓN

European Committee for Standardization Comité Européen de Normalisation Europäisches Komitee für Normung

CENTRO DE GESTIÓN: Avenue Marnix, 17-1000 Bruxelles

© 2011 CEN. Derechos de reproducción reservados a los Miembros de CEN.

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EN 13241-1:2003+A1:2011 - 4 -

ÍNDICE

Página

PRÓLOGO .............................................................................................................................................. 6

INTRODUCCIÓN ................................................................................................................................... 7

1 OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN ............................................................................. 7 1.1 Generalidades ......................................................................................................................... 7 1.2 Exclusiones .............................................................................................................................. 8 1.3 Aplicaciones específicas ......................................................................................................... 8

2 NORMAS PARA CONSULTA ............................................................................................. 9

3 TÉRMINOS Y DEFINICIONES ........................................................................................ 10 4 REQUISITOS ....................................................................................................................... 10 4.1 Generalidades ....................................................................................................................... 10 4.2 Aspectos mecánicos .............................................................................................................. 10 4.2.1 Generalidades ....................................................................................................................... 10 4.2.2 Fuerza para la maniobra manual ....................................................................................... 11 4.2.3 Resistencia mecánica ............................................................................................................ 11 4.2.4 Durabilidad mecánica .......................................................................................................... 11 4.2.5 Geometría del acristalamiento/componentes del vidrio .................................................... 11 4.2.6 Protección contra el corte .................................................................................................... 11 4.2.7 Protección contra el tropiezo ............................................................................................... 11 4.2.8 Aperturas seguras ................................................................................................................ 12 4.2.9 Emisión de sustancias peligrosas ......................................................................................... 12 4.3 Maniobra motorizada .......................................................................................................... 12 4.3.1 Generalidades ....................................................................................................................... 12 4.3.2 Protección contra el aplastamiento, cizallamiento y arrastre ........................................... 12 4.3.3 Fuerzas de maniobra ............................................................................................................ 12 4.3.4 Seguridad eléctrica ............................................................................................................... 13 4.3.5 Compatibilidad electromagnética (CEM) .......................................................................... 13 4.3.6 Requisitos alternativos ......................................................................................................... 14 4.3.7 Mejora de las puertas de maniobra manual ...................................................................... 14 4.4 Requisitos adicionales para características específicas de prestación ............................. 14 4.4.1 Generalidades ....................................................................................................................... 14 4.4.2 Estanquidad al agua ............................................................................................................. 14 4.4.3 Resistencia a la carga de viento ........................................................................................... 15 4.4.4 Ruido ..................................................................................................................................... 15 4.4.5 Resistencia térmica ............................................................................................................... 15 4.4.6 Permeabilidad al aire ........................................................................................................... 16 4.4.7 Durabilidad de las características de prestación ............................................................... 16 4.5 Instrucciones para instalación, maniobra y mantenimiento ............................................. 16

5 MARCADO Y ETIQUETADO ........................................................................................... 16 6 EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD ....................................................................... 17 6.1 Generalidades ....................................................................................................................... 17 6.2 Ensayo inicial de tipo ........................................................................................................... 17 6.3 Ensayo in situ ........................................................................................................................ 17 6.4 Control de producción ......................................................................................................... 17

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- 5 - EN 13241-1:2003+A1:2011

ANEXO A (Informativo) FORMULARIO PARA LA DESIGNACIÓN Y CLASIFICACIÓN DE PRESTACIONES .............................................................................. 19

ANEXO B (Normativo) PROCEDIMIENTO PARA LA DETERMINACIÓN DE LOS VALORES DE LA RESISTENCIA TÉRMICA ................................... 20 B.1 Introducción .......................................................................................................................... 20 B.2 Procedimiento ....................................................................................................................... 20

ANEXO C (Informativo) FACTORES DE SEGURIDAD A TENER EN CUENTA EN EL DISEÑO DE LAS PUERTAS EN RELACIÓN A SU RESISTENCIA A LA CARGA DE VIENTO ........................................ 22

ANEXO ZA (Informativo) RELACIÓN DE ESTA NORMA EUROPEA CON LA DIRECTIVA DE PRODUCTOS DE CONSTRUCCIÓN ................. 23 ZA.1 Capítulos de esta norma europea relativos a los requisitos esenciales de la Directiva de Productos de Construcción ............................................................................ 23 ZA.2 Procedimientos de verificación de la conformidad de las puertas industriales, comerciales, de garaje y portones ....................................................................................... 24 ZA.2.1 Generalidades ....................................................................................................................... 24 ZA.2.2 Procedimiento de acuerdo con el Sistema 3 ....................................................................... 24 ZA.3 Marcado CE y etiquetado .................................................................................................... 26

ANEXO ZB (Informativo) {A1►} CAPÍTULOS DE ESTA NORMA EUROPEA RELACIONADOS CON LOS REQUISITOS ESENCIALES U OTRAS DISPOSICIONES DE LA DIRECTIVA 2006/42/CE {◄A1}......................................................... 28

ANEXO ZC (Informativo) {A1►} CAPÍTULOS DE ESTA NORMA EUROPEA RELACIONADOS CON LOS REQUISITOS ESENCIALES U OTRAS DISPOSICIONES DE LA DIRECTIVA 2004/108/CE {◄A1} ....................................................... 29

BIBLIOGRAFÍA ................................................................................................................................... 30

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EN 13241-1:2003+A1:2011 - 6 -

PRÓLOGO

Esta Norma EN 13241-1:2003+A1:2011 ha sido elaborada por el Comité Técnico CEN/TC 33 Puertas, ventanas, persianas, herrajes para la edificación y fachadas ligeras, cuya Secretaría desempeña AFNOR. Esta norma europea debe recibir el rango de norma nacional mediante la publicación de un texto idéntico a ella o mediante ratificación antes de finales de octubre de 2011, y todas las normas nacionales técnicamente divergentes deben anularse antes de finales de octubre de 2011. Se llama la atención sobre la posibilidad de que algunos de los elementos de este documento estén sujetos a derechos de patente. CEN y/o CENELEC no es(son) responsable(s) de la identificación de dichos derechos de patente. Esta norma incluye la Modificación 1 aprobada por CEN el 2011-02-22. Esta norma anula y sustituye a la Norma EN 13241-1:2003. El comienzo y el final del texto introducido o modificado se indican por los símbolos {A1►} {◄A1} Esta norma europea ha sido elaborada bajo un Mandato dirigido a CEN por la Comisión Europea y por la Asociación Europea de Libre Comercio, y sirve de apoyo a los requisitos esenciales de las Directivas europeas. La relación con las Directivas UE se recoge en los anexos informativos ZA, ZB y ZC, que forman parte integrante de esta norma. {A1►} Se ha revisado el anexo ZB teniendo en cuenta la "nueva" Directiva de Máquinas {◄A1} Los anexos A y C son informativos. El anexo B es normativo. Este documento incluye una bibliografía. Esta norma forma parte de una serie de normas de productos para puertas industriales, comerciales, de garaje y portones con o sin características de resistencia al fuego o control de humos (véase la Bibliografía). De acuerdo con el Reglamento Interior de CEN/CENELEC, están obligados a adoptar esta norma europea los organismos de normalización de los siguientes países: Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Rumanía, Suecia y Suiza.

NOTA NACIONAL Además de las modificaciones introducidas por los símbolos {A1►} {◄A1}, se han introducido correcciones editoriales al texto de la norma UNE.

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- 7 - EN 13241-1:2003+A1:2011

INTRODUCCIÓN

Con la finalidad de clarificar los propósitos de esta norma europea y evitar dudas cuando se lea, se ha supuesto en su elaboración, que: a) los componentes sin requisitos específicos son:

− diseñados de acuerdo con la práctica usual de la ingeniería y los códigos de cálculo, incluyendo todas las modali-dades de fallo;

− de construcción eléctrica y mecánica sólida; − fabricados a partir de materiales con adecuada resistencia y calidad de idoneidad; − los riesgos eléctricos se tratan de acuerdo con las normas de seguridad eléctrica, tales como la Norma EN 60204-1;

b) los componentes están cuidados con buenas reparaciones y orden de trabajo, de tal manera que las características

requeridas se mantengan a lo largo de una duración económica razonable a pesar del desgaste; c) con la excepción de los temas relacionados a continuación, un mecanismo mecánico se construye de acuerdo con la

buena práctica y los requisitos de esta norma europea:

− pueden darse negociaciones entre el fabricante y el suministrador en relación a condiciones particulares sobre el uso y lugares de uso para la puerta respecto a la salud y la seguridad;

− el lugar de uso/instalación debe ser correctamente clarificado; − el lugar de uso/instalación debe permitir un uso seguro de la puerta.

Estas presunciones no disminuyen la necesidad en esta norma europea de una adecuada información acerca del uso. 1 OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN 1.1 Generalidades

Esta norma europea especifica los requisitos de seguridad y prestaciones para puertas, portones y barreras, destinadas a instalarse en áreas accesibles a las personas y cuyo principal objetivo es dar seguridad de acceso a mercancías y vehículos acompañados o conducidos por personas en locales industriales, comerciales o en garajes de viviendas. Esta norma europea también incluye las puertas comerciales tales como persianas enrollables y rejas enrollables cuando se usan como puertas de locales de venta al por menor, que están preparadas principalmente para el acceso de personas más que para vehículos y mercancías. Estas puertas pueden incluir puertas de paso incorporadas en la hoja de puerta que están también incluidas en esta norma europea. Estos dispositivos pueden ser accionados manualmente o motorizados. Esta norma europea no contempla la maniobra en entornos en los que las perturbaciones electromagnéticas están fuera de la banda especificada en la Norma EN 61000-6-3.

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EN 13241-1:2003+A1:2011 - 8 -

1.2 Exclusiones

Esta norma europea no se aplica a los siguientes equipamientos que están destinados a un uso diferente:

− puertas de esclusas y de diques;

− puertas de ascensores;

− puertas de vehículos;

− puertas blindadas;

− puertas principalmente para la retención de animales;

− telones de teatro;

− puertas peatonales de movimiento horizontal accionadas manualmente con una dimensión de hoja menor de 6,25 m2;

− puertas motorizadas de movimiento horizontal de una anchura menor de 2,5 m y una superficie menor de 6,25 m2, diseñadas principalmente para uso de peatones, de acuerdo con el proyecto de Norma prEN 12650-1;

− puertas giratorias de cualquier dimensión;

− barreras de ferrocarril;

− barreras de uso exclusivo para tráfico de vehículos. Esta norma europea no contempla los elementos radioeléctricos de las puertas. En caso de utilización de un dispositivo de maniobra radioeléctrica, además deberían aplicarse las correspondientes normas ETSI. Esta norma europea no contempla requisitos específicos para puertas con características de resistencia al fuego o control de humos que están incluidas en el proyecto de Norma prEN 13241-2. {A1►} texto eliminado {◄A1} Esta norma europea no contiene requisitos específicos para puertas que se mueven mediante energía almacenada por medios procedentes del esfuerzo humano tal como muelles tensionados manualmente. Esta norma europea no contiene requisitos específicos para puertas de salidas de emergencia. Esta capacidad para abrir la hoja de la puerta con facilidad y seguridad no puede ser normalmente alcanzada por las puertas industriales, comer-ciales y de garaje, debido a sus dimensiones, peso y/o modo de maniobra. {A1►} La emisión de ruidos de las puertas y portones motorizados no se considera un riesgo significativo. Por lo tanto, esta norma europea no contiene requisitos específicos sobre ruido en relación con la Directiva de Máquinas. {◄A1}

1.3 Aplicaciones específicas

Esta norma también se debería aplicar a las puertas motorizadas que han sido fabricadas por la adición de una maniobra motorizada a una puerta manual ya instalada, respecto a los requisitos relevantes. El anexo ZA no se aplica a esta clase de puertas. Identifica también los requisitos y las clases de prestaciones para las características complementarias consideradas importantes para su comercialización. Cuando una puerta forma parte de la estructura portante del edificio, pueden aplicarse con carácter voluntario los requisitos de esta norma, además de los requisitos de la estructura portante del edificio, que no tienen relación con esta norma. El anexo ZA no se aplica a esta clase de puertas.

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2 NORMAS PARA CONSULTA

Esta norma europea incorpora disposiciones de otras publicaciones por su referencia, con o sin fecha. Estas referencias normativas se citan en los lugares apropiados del texto de la norma y se relacionan a continuación. Para las referencias con fecha, no son aplicables las revisiones o modificaciones posteriores de ninguna de las publicaciones. Para las referencias sin fecha, se aplica la edición en vigor del documento normativo al que se haga referencia (incluyendo sus modificaciones). EN 418 Seguridad de las máquinas. Equipo de parada de emergencia, aspectos funcionales. Principios para el diseño. EN 1037 Seguridad de las máquinas. Prevención de una puesta en marcha intempestiva. ENV 1991-2-4 Eurocódigo 1: Bases de proyecto y acciones en estructuras. Parte 2-4: Acciones en estructuras. Acciones del viento. EN 12424:2000 Puertas industriales, comerciales, de garaje y portones. Resistencia a la carga de viento. Clasificación. EN 12425 Puertas industriales, comerciales, de garaje y portones. Resistencia a la penetración de agua. Clasificación. EN 12426 Puertas industriales, comerciales, de garaje y portones. Permeabilidad al aire. Clasificación. EN 12427 Puertas industriales, comerciales, de garaje y portones. Permeabilidad al aire. Métodos de ensayo. EN 12428 Puertas industriales, comerciales, de garaje y portones. Aislamiento térmico. Requisitos para el cálculo. EN 12433-1 Puertas industriales, comerciales, de garaje y portones. Terminología. Parte 1: Tipos de puertas. EN 12433-2 Puertas industriales, comerciales, de garaje y portones. Terminología. Parte 2: Componentes de puertas. EN 12444 Puertas industriales, comerciales, de garaje y portones. Resistencia a la carga de viento. Ensayos y cálculo. EN 12445:2000 Puertas industriales, comerciales, de garaje y portones. Seguridad de utilización de puertas motori-zadas. Métodos de ensayo. EN 12453:2000 Puertas industriales, comerciales, de garaje y portones. Seguridad de utilización de puertas motori-zadas. Requisitos. EN 12489 Puertas industriales, comerciales, de garaje y portones. Resistencia a la penetración de agua. Método de ensayo. EN 12604:2000 Puertas industriales, comerciales, de garaje y portones. Aspectos mecánicos. Requisitos. EN 12605:2000 Puertas industriales, comerciales, de garaje y portones. Aspectos mecánicos. Método de ensayo. EN 12635:2002 Puertas industriales, comerciales, de garaje y portones. Instalación y uso. EN 12978:2003 Puertas industriales, comerciales, de garaje y portones. Dispositivos de seguridad para puertas y portones motorizados. Requisitos y métodos de ensayo. EN 60204-1:1997 Seguridad de las máquinas. Equipo eléctrico de máquinas. Parte 1: Requisitos generales (IEC 60204-1:1997). EN 61000-6-2 {A1►} Compatibilidad electromagnética (CEM). Parte 6-2: Normas genéricas. Inmunidad en entornos industriales. (IEC 61000-6-2:2005). {◄A1}

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EN 61000-6-3 {A1►} Compatibilidad Electromagnética (CEM). Parte 6-3: Normas genéricas. Norma de emisión en entornos residenciales, comerciales y de industria ligera. (IEC 61000-6-3:2006). {◄A1} EN-ISO 140-3 Acústica. Medición del aislamiento acústico en los edificios y de los elementos de construcción. Parte 3: Medición en laboratorio del aislamiento acústico al ruido aéreo de los elementos de construcción (ISO 140-3:1995). EN ISO 717-1 Acústica. Evaluación del aislamiento acústico en los edificios y de los elementos de construcción. Parte 1: Aislamiento a ruido aéreo (ISO 717-1:1996). EN ISO 12567-1 Comportamiento térmico de ventanas y puertas. Determinación de la transmitancia térmica por el método de la caja caliente. Parte 1: Ventanas y puertas (ISO 12567-1:2000). 3 TÉRMINOS Y DEFINICIONES

Para los fines de este documento, se aplican los términos y definiciones incluidos en las Normas EN 12433-1 y EN 12433-2 además de los siguientes:

3.1 fuerza de maniobra de la puerta: Fuerza ejercida por la hoja de puerta motorizada cuando entra en contacto con una persona y/o un obstáculo.

3.2 puerta de movimiento vertical: Cualquier puerta cuyo borde de cierre principal permanece paralelo al suelo o pavimento durante su movimiento.

3.3 puerta de movimiento horizontal: Cualquier puerta cuyo borde de cierre principal permanece perpendicular al suelo o pavimento durante su movimiento. 4 REQUISITOS

4.1 Generalidades

La elección del tipo de puerta y sus especificaciones necesita hacerse tras tomar en consideración dónde va a ser instalada la puerta y los requisitos de maniobra esperados. Están relacionados con la elección del tipo de puerta la seguridad de uso, la facilidad de uso y la cantidad y frecuencia del mantenimiento, su modo de maniobra, la frecuencia de maniobra, el grado de automatización, la provisión de portillos y la posición de la puerta en el edificio, etc. Tales especificaciones pueden incluir requisitos para las características de prestaciones, que deben demostrarse por las normas identificadas en los capítulos siguientes. El fabricante debe declarar los niveles de prestaciones pertinentes para su producto, a no ser que esté suministrando para satisfacer clases particulares o valores de características de prestaciones de resistencia a la penetración de agua, resistencia a la carga de viento, resistencia térmica, permeabilidad al aire, resistencia al fuego o estanquidad al humo que el cliente haya solicitado. Las puertas deben ser planeadas, diseñadas y fabricadas de acuerdo con los siguientes requisitos para asegurar una ma-niobra satisfactoria y segura en su situación prevista y bajo las condiciones esperadas de uso y mantenimiento seguro, reparación y desmontaje.

4.2 Aspectos mecánicos 4.2.1 Generalidades

Todas las puertas, manuales y motorizadas, deben ser planeadas, diseñadas y fabricadas de acuerdo con la Norma EN 12604. En particular, todas las puertas deben cumplir los siguientes requisitos.

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4.2.2 Fuerza para la maniobra manual

Los valores máximos para la fuerza de maniobra manual se especifican en el apartado 4.4.1 de la Norma EN 12604:2000. Los valores máximos de la fuerza para maniobra manual de emergencia debidos a un fallo de suministro o motor se especifican en el apartado 5.3.5 de la Norma EN 12453:2000. La verificación de la fuerza para la maniobra manual debe realizarse de acuerdo con el método de ensayo dado en el apartado 5.1.5 de la Norma EN 12605:2000. 4.2.3 Resistencia mecánica

Las puertas deben diseñarse y fabricarse de acuerdo con los apartados 4.2.2 y 4.2.3 de la Norma EN 12604:2000, de forma que en una maniobra normal, las fuerzas impuestas, impactos y tensiones no deterioren la puerta ni afecten a sus prestaciones mecánicas. La resistencia mecánica debe comprobarse de acuerdo con los métodos de ensayo descritos en los apartados 5.1.1 y 5.4.1 de la Norma EN 12605:2000. 4.2.4 Durabilidad mecánica

Las prestaciones mecánicas de una puerta deben asegurarse, sujetas al mantenimiento prescrito, durante un número de ciclos de maniobra, declarados por el fabricante, de acuerdo con el capítulo 5 de la Norma EN 12604:2000. La durabilidad mecánica debe comprobarse de acuerdo con los métodos de ensayo descritos en el apartado 5.2 de la Norma EN 12605:2000. NOTA No se toman en consideración las influencias de degradación, por ataque químico y/o biológico sobre los componentes, que puedan estar

incorporados en la probeta para el ensayo de durabilidad mecánica, cuando son necesarias para conseguir características tales como permeabilidad al aire, resistencia a la penetración de agua, seguridad de uso, etc,. Los componentes son por ejemplo, sellantes, masillas, guarniciones.

4.2.5 Geometría del acristalamiento/componentes del vidrio

Cuando se utilizan materiales transparentes en las puertas, éstos no deben llegar a ser peligrosos, si ocurre alguna rotura. Las hojas de la puerta que están hechas principalmente de material transparente deben ser fácilmente visibles. Los requisitos específicos aparecen en el apartado 4.2.5 de la Norma EN 12604:2000, deben verificarse mediante los métodos de ensayo especificados en el apartado 5.3.1 de la Norma EN 12605:2000. 4.2.6 Protección contra el corte

Las partes accesibles de las puertas no deben generar ningún peligro de corte. Los bordes agudos debe eliminarse de acuerdo con el apartado 4.5.1 de la Norma EN 12604:2000 y el apartado 5.1.1.3 de la Norma EN 12453:2000. 4.2.7 Protección contra el tropiezo

Ninguna parte de la puerta debe causar peligro de tropiezo. No se consideran peligrosas las diferencias de altura que no sobrepasen los 5 mm en la zona de circulación. Cuando las diferencias de altura son mayores de 5 mm, necesarias por razones técnicas, por ejemplo, umbrales de puertas de paso, las partes prominentes deben ser claramente visibles por sí mismas o lo deben ser por un marcado de una señalización, por ejemplo, bandas amarillas y negras. Las alfombras y suelos sensibles a la presión que pueden ocasionar peligro de tropiezo deben cumplir lo previsto en el apartado 4.2.4.2 de la Norma EN 12978:2003.

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4.2.8 Aperturas seguras

Las puertas de movimiento vertical deben estar protegidas en caso de fallo de un solo componente del sistema de suspensión (incluyendo dispositivos de engranajes) o del sistema de equilibrado contra la caída o cualquier movimiento de desequilibrio incontrolado. Los requisitos se detallan en el apartado 4.3.4 de la Norma EN 12604:2000. Estos requisitos deben verificarse de acuerdo con los apartados 5.3.2 y 5.4.3 de la Norma EN 12605:2000. Las puertas de movimiento horizontal deben estar protegidas contra el descarrilamiento. Los requisitos se especifican en el apartado 4.3.1 de la Norma EN 12604:2000. Estos requisitos deben verificarse de acuerdo con los apartados 5.1.2 y 5.4.2 de la Norma EN 12605:2000. 4.2.9 Emisión de sustancias peligrosas

Los productos no deben emitir sustancias peligrosas por encima de los niveles máximos permitidos especificados en la norma europea correspondiente u otras especificaciones. NOTA Para productos vendidos en el EEE, véase el anexo ZA.

4.3 Maniobra motorizada 4.3.1 Generalidades

Todas las puertas motorizadas deben cumplir (además de los requisitos del apartado 4.2) los requisitos de la Norma EN 12453. En particular, las puertas motorizadas deben cumplir los siguientes requisitos: 4.3.2 Protección contra el aplastamiento, cizallamiento y arrastre

Los puntos de aplastamiento, cizallamiento y arrastre creados por el uso normal de la hoja de la puerta deben evitarse o protegerse. Los requisitos referentes a medidas de seguridad se detallan en el apartado 5.1.1 de la Norma EN 12453:2000. La eficacia de estas medidas debe evaluarse de acuerdo con el apartado 4.1.1 de la Norma EN 12445:2000. Los dispositivos de seguridad, por ejemplo los dispositivos de protección sensibles a la presión o electro - sensibles, que están involucrados en el cumplimiento de los requisitos anteriores, deben diseñarse y ensayarse de acuerdo con el apartado 5.1.1.6 de la Norma EN 12453:2000 y con la Norma EN 12978. 4.3.3 Fuerzas de maniobra

Las fuerzas ejercidas por las hojas de las puertas motorizadas, incluyendo puertas de paso motorizadas, donde los riesgos de aplastamiento, cizallamiento y arrastre estén protegidos mediante la limitación de fuerzas, deben ser mantenidas a un nivel seguro para los usuarios, como se especifica en los apartados 5.1.1.5 y 5.1.3 de la Norma EN 12453:2000. El cumplimiento se debe verificar mediante los ensayos especificados en el capítulo 5 y apartado 7.3 de la Norma EN 12445:2000. En las puertas motorizadas accionadas con el modo de operación de presión sostenida, la distancia de parada tras liberar el actuador debe mantenerse bajo control. Los requisitos específicos se detallan en el apartado 5.1.1.4 de la Norma EN 12453:2000. La conformidad debe verificarse mediante ensayos descritos en el apartado 4.1.1.4 de la Norma EN 12445:2000. Los dispositivos de protección, por ejemplo los dispositivos de protección sensibles a la presión o electro-sensibles, que están involucrados en el cumplimiento de los requisitos anteriores, deben fabricarse y ensayarse de acuerdo con el apartado 5.1.1.6 de la Normas EN 12453:2000 y con la Norma EN 12978.

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4.3.4 Seguridad eléctrica

Los sistemas de motorización eléctrica, las unidades de control y sus componentes deben diseñarse y fabricarse de forma que cuando se instalen, los riesgos eléctricos en un uso normal o previsible mal uso se eviten o se protejan. Los apartados 5.2.1 y 5.2.2 de la Norma EN 12453:2000, así como los apartados 4.1.2, 4.1.3 y 4.1.4 de la Norma EN 12978:2003, definen requisitos específicos e identifican métodos de ensayo relevantes para su comprobación. 4.3.5 Compatibilidad electromagnética (CEM) 4.3.5.1 Compatibilidad electromagnética en relación con la Directiva de CEM

Las alteraciones electromagnéticas generadas por una puerta motorizada no deben exceder de los límites especificados en la Norma EN 61000-6-3. Una puerta motorizada debe tener suficiente inmunidad a las alteraciones electromagnéticas que la permitan funcionar como se pretende cuando está expuesta a niveles y tipos de alteraciones especificados en la Norma EN 61000-6-2. El fabricante de puertas motorizadas debe diseñar, instalar y cablear el equipo y subgrupos tomando en consideración las recomendaciones del suministrador, para asegurar que los efectos de las alteraciones electromagnéticas no provocan una maniobra no prevista y/o fallo que pueda conllevar peligro. En particular, no deben ocurrir las siguientes pérdidas de prestación o degradación de prestación:

− velocidad en exceso del 20% de la prestación diseñada;

− inhibición de maniobra de los dispositivos de bloqueo;

− reducción en la capacidad de detección de fallo.

NOTA En el apartado 4.4.2 de la Norma EN 60204–1:1997, se da información sobre medidas para reducir alteraciones generadas y medidas para disminuir los efectos de esas alteraciones en las puertas motorizadas.

Para los ensayos especificados en la Norma EN 61000-6-2, cualquier degradación de prestaciones o pérdida de función permitida con referencia a los criterios de prestaciones "A" y "B" debe ser declarado por el fabricante. Cualquier pérdida temporal de función permitida con referencia a los criterios de prestaciones "C" debe ser declarado por el fabricante. 4.3.5.2 Compatibilidad electromagnética en relación con la Directiva de máquinas

Las puertas motorizadas deben tener suficiente inmunidad a las alteraciones electromagnéticas para permitirlas operar con seguridad como se pretende y no debe fallar de forma peligrosa cuando están expuestas a los niveles y tipos de alteraciones especificados en la Norma EN 61000-6-2. El fabricante de la puerta motorizada debe diseñar, instalar y cablear el equipo y subgrupos tomando en consideración las recomendaciones del(de los) suministrador(es) de los subgrupos, para asegurar que los efectos de las alteraciones electromagnéticas no conducirán a una maniobra no pretendida y/o fallo que pueda conllevar peligro. Los siguientes criterios de prestaciones se deben utilizar para determinar el resultado (pasa/no pasa) del ensayo de inmunidad CEM: a) para los ensayos especificados en la Norma EN 61000-6-2, deben aplicarse los criterios de prestaciones como se

especifica en la Norma EN 61000-6-2; b) respecto a todos los criterios de prestación especificados en la Norma EN 61000-6-2 (A, B, etc.) no debe darse

pérdida de prestación o degradación de prestación que pueda conllevar peligro. En particular no deben darse las siguientes pérdidas de prestación o degradación de prestación:

− puesta en marcha inesperada (véase Norma EN 1037);

− blocaje de una orden de parada de emergencia o reinicio de la función de parada de emergencia (véanse las

Normas EN 418 y EN 60204-1);

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− inhibición de la maniobra de cualquier dispositivo de seguridad/interconexión; − cualquier reducción de la capacidad de detección de fallo.

NOTA En el apartado 4.4.2 de la Norma EN 60204-1:1997, se da información sobre las medidas para reducir los efectos de alteraciones

electromagnéticas en las puertas motorizadas. 4.3.5.3 Verificación 4.3.5.3.1 Verificación del CEM relacionado con la Directiva de CEM

El cumplimiento de los requisitos de CEM especificados en el apartado 4.3.5.1 debe comprobarse de acuerdo con las Normas EN 61000-6-3 y EN 61000-6-2. Si el ensayo de una puerta motorizada completa no es razonablemente práctico debido al tamaño de la maquinaria, el fabricante debe verificar que todos los subgrupos apropiados del equipamiento son conformes con el apartado 4.3.5.1 y están instalados y cableados idóneamente para minimizar las alteraciones y/o sus efectos de acuerdo con cualquier recomendación del(de los) suministrador(es) de los subgrupos. 4.3.5.3.2 Verificación de la CEM relacionada con la Directiva de Máquinas

El cumplimiento con los requisitos de CEM especificados en el apartado 4.3.5.2 debe comprobarse llevando a cabo un ensayo preliminar y un ensayo de función. Si el ensayo de una puerta motorizada completa no es razonablemente práctico debido al tamaño de la maquinaria, el fabricante debe verificar que todos los subgrupos apropiados del equipamiento son conformes con el apartado 4.3.5.2. El fabricante debe también verificar que los subgrupos están instalados y cableados idóneamente para minimizar los efectos de las alteraciones sobre el equipo y que están de acuerdo con cualquier recomendación del(de los) suministrador(es) de los subgrupos. 4.3.6 Requisitos alternativos

Para las puertas motorizadas de garaje de una vivienda con funcionamiento solamente vertical, no automático, que no abren a zonas de acceso público, los apartados 4.3.1 a 4.3.5 pueden ser sustituidos por los requisitos del apartado 5.5.2 de la Norma EN 12453:2000. 4.3.7 Mejora de las puertas de maniobra manual

Las puertas motorizadas que son resultado de una adición posterior de una unidad de motorización pueden desviarse del apartado 4.2, con excepción de los apartados 4.2.3 y 4.2.8.

4.4 Requisitos adicionales para características específicas de prestación 4.4.1 Generalidades

Además de cumplir los requisitos de los apartados 4.2 y 4.3, las prestaciones de las siguientes características medioambientales, cuando son requeridas, se deben determinar y especificar de acuerdo con los siguientes requisitos. NOTA La tabla A.1 puede utilizarse para esta especificación. 4.4.2 Estanquidad al agua

La resistencia a la penetración de agua debe basarse en mediciones a partir de ensayos llevados a cabo con puertas completamente ensambladas o con partes individuales representativas de acuerdo con la Norma EN 12489. Los resultados clasificados del ensayo pueden obtenerse a partir de una muestra con las dimensiones máximas del producto o a partir de una muestra representativa del conjunto de la hoja, con las dimensiones mínimas definidas en la Norma EN 12489, la que sea más desfavorable. Los resultados del ensayo deben mostrar que no hay entrada de agua a través de la puerta para la presión de ensayo aplicada durante el tiempo especificado en la clase correspondiente de la Norma EN 12425.

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4.4.3 Resistencia a la carga de viento

La resistencia a la carga de viento de una puerta se entenderá como su capacidad para resistir una presión de viento diferencial específica. Las puertas deben diseñarse para resistir una presión de viento diferencial especificada y se deben clasificar de acuerdo con las clases de carga de viento especificadas en la Norma EN 12424. Los requisitos de este capítulo son de aplicación a la capacidad de las puertas cerradas y no a su capacidad para ser abiertas o cerradas bajo carga de viento. No es un requisito que las puertas sean capaces de funcionar bajo carga de viento. NOTA 1 Con respecto a la presión, la fabricación de una puerta depende de un amplio número de factores incluyendo por ejemplo, la velocidad

máxima de viento anticipada en cada área, la ubicación, altura, dimensión y forma del edificio y la posición de la puerta en el edificio. Los métodos para determinar la presión de viento que un elemento del edificio, tal como una puerta, tiene que resistir, a partir de la velocidad del viento y otros datos, están fuera del campo de aplicación de esta norma. Estos métodos se dan, por ejemplo, en la Norma ENV 1991-2-4 o en otros documentos correspondientes de aplicación nacional. NOTA 2 En la mayor parte de estos documentos, la velocidad básica del viento está frecuentemente establecida como una velocidad media a lo

largo de un periodo de tiempo y esta velocidad media no debería ser confundida con los picos de viento que se consideran para diseñar las puertas.

Cuando el prescriptor no define las clases de carga de viento o presiones, las puertas deben diseñarse para resistir presiones diferenciales positivas y negativas de acuerdo con el apartado 4.2.4 de la Norma EN 12604:2000. Si se cambia al respecto de este requisito, las puertas a instalar en una fachada deben cumplir al menos la clase 2 de la Norma EN 12424. Cuando una puerta tiene que resistir diferentes cargas de viento a alturas diferentes, tal puerta puede ser diseñada para conseguir diferentes clases de carga de viento en niveles diferentes. La resistencia de una puerta a presión diferencial se debe determinar de acuerdo con los métodos especificados en la Norma EN 12444, a partir de un ensayo a escala completa, o a partir de un ensayo modelo o a partir del ensayo de un componente y su extrapolación o por cálculo. Diferentes factores de seguridad deben ser utilizados dependiendo de si el ensayo o cálculo es la base del diseño. Estos factores, especificados en las Normas EN 12604, EN 12444 y EN 12424, están relacionadas en el anexo C. NOTA 3 Se recomienda que las instrucciones para el usuario contengan un aviso declarando que la maniobra de una puerta bajo condiciones de

viento puede ser peligrosa. 4.4.4 Ruido

Las prestaciones de atenuación al ruido aéreo, cuando se requieran, se deben determinar de acuerdo con la Norma EN ISO 140-3. Los resultados de los ensayos se deben evaluar de acuerdo con la Norma EN ISO 717-1. 4.4.5 Resistencia térmica

La resistencia térmica debe ser ensayada o calculada sobre puertas completas, de acuerdo con la Norma EN 12428 y por el anexo B. La resistencia térmica se expresa por el valor U (W/m2·K) como resultado del ensayo o del cálculo. NOTA Las reglas de cálculo no toman en consideración los efectos de la radiación solar o de la transmisión de calor causada por la permeabilidad al

aire.

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4.4.6 Permeabilidad al aire

La permeabilidad al aire se debe ensayar o calcular sobre puertas completamente ensambladas relacionada con la superficie total y considerando las juntas de apertura, de acuerdo con la Norma EN 12427. Los resultados de los ensayos o cálculos se deben expresar en términos de clases técnicas, como aparecen en la Norma EN 12426. 4.4.7 Durabilidad de las características de prestación

Cuando deban declararse características específicas del producto para el aislamiento térmico, la permeabilidad al aire y la resistencia a la penetración de agua, las características de diseño (incluyendo los sellantes, los herrajes y el material de aislamiento cuando sea aplicable) se deben incorporar a los ensayos de durabilidad de acuerdo con el apartado 5.2 de la Norma EN 12605:2000. Cuando sea necesario, los elementos particulares deben ser reemplazados a lo largo del ensayo con la frecuencia definida en las instrucciones de mantenimiento del fabricante. El desgaste y el deterioro de estas características de diseño deben comprobarse visualmente a lo largo del ensayo, en intervalos no menores que aquellos que se especifican en el apartado 5.2.4.1 de la Norma EN 12605:2000. NOTA La durabilidad contra los ataques químicos y biológicos no se especifican a menos que se identifiquen en las normas particulares del material.

4.5 Instrucciones para instalación, maniobra y mantenimiento

El fabricante debe suministrar las instrucciones adecuadas para asegurar que las puertas puedan ser correctamente ensambladas, instaladas, maniobradas, mantenidas y desmontadas de forma segura, de acuerdo con el apartado 4.1.1.1 de la Norma EN 12635:2002. El fabricante debe especificar en las instrucciones de mantenimiento las principales partes del producto sometidas a desgaste, sus criterios de descarte, las acciones requeridas y los intervalos de mantenimiento. Los componentes tales como los sellantes, herrajes y material aislante, que pueden ser perjudicados por el desgaste o el envejecimiento se deben diseñar para ser reemplazados. 5 MARCADO Y ETIQUETADO

Cada puerta debe ir provista de una etiqueta fijada de forma permanente y fácilmente legible, que ofrezca al menos la siguiente información: a) fabricante o importador en la UE (nombre/detalles de contacto, por ejemplo, código o dirección); b) tipo de puerta; c) número de serie/número único de referencia de la puerta; d) año de fabricación; e) cualquier marcado legal. NOTA 1 El marcado legal es el Marcado CE en los países miembros de la UE. Todos estos detalles deben igualmente indicarse junto con los detalles de las características y de prestaciones adicionales al menos en la documentación que acompaña al suministro, de acuerdo con la Norma EN 12635. NOTA 2 En el anexo A aparece un formulario para la designación y clasificación de prestaciones que contiene los datos específicos.

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6 EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD

6.1 Generalidades

La evaluación de la conformidad debe basarse en un ensayo inicial de tipo de acuerdo con el apartado 6.2 o en un ensayo in situ de acuerdo con el apartado 6.3 y, en el control de producción en fábrica para asegurar que la variabilidad de producción se mantiene dentro de límites controlados. Si una puerta es el resultado de un montaje in situ de productos procedentes de varios fabricantes o suministradores, se asimila al instalador como el fabricante de acuerdo con esta norma europea. Los componentes de sustitución que son idénticos a los originales utilizados en el ensayo de tipo pueden reemplazarse sin afectar a la evaluación de la conformidad. Cuando se introducen componentes alternativos y/o adicionales que tienen influencia sobre las características declaradas, debe revisarse la evaluación de la conformidad para su aplicabilidad.

6.2 Ensayo inicial de tipo

Un ensayo inicial de tipo debe demostrar la conformidad de la muestra de ensayo con todos los requisitos especificados en el apartado 4.2 y para las puertas motorizadas con los establecidos en el apartado 4.3 y para las características adicionales con las partes correspondientes del apartado 4.4. Los ensayos iniciales de tipo realizados sobre una muestra o muestras representativas del producto o producto tipo, deben demostrar que se han obtenido los valores y las propiedades requeridas. Las probetas a ensayar deben ser seleccionadas de modo que los resultados del ensayo sean válidos para el producto tipo. Cuando los resultados de los ensayos se obtienen de ensayar productos de dimensiones diferentes a las de la(s) muestra(s), debe respetarse el método de ensayo pertinente, en caso contrario se debe aplicar lo siguiente:

a) Generalidades: para cada tipo de producto, se ensaya la dimensión más desfavorable con el montaje más desfavorable (por ejemplo, con ventanas y portillos integrados en una hoja móvil, etc). Los resultados del ensayo obtenidos pueden aplicarse entonces a todos los montajes más favorables y a todas las dimensiones inferiores respecto al diseño particular de producto.

b) Resistencia a la penetración de agua y permeabilidad al aire: Los resultados de ensayo obtenidos a partir del montaje menos favorable con al menos la dimensión mínima especificada en esta norma europea deben aplicarse a las puertas cuyo montaje es más favorable así como a todas las puertas más pequeñas y más grandes respecto a criterios de diseño y de tipo de producto particulares.

c) Resistencia térmica: se da información específica en el anexo B.

6.3 Ensayo in situ

El ensayo in situ es sólo aplicable a puertas motorizadas que han sido fabricadas por adición posterior de una unidad de motorización para demostrar la conformidad del producto instalado con los requisitos especificados en los apartados 4.2.3, 4.2.8 y 4.3.

6.4 Control de producción

El fabricante debe realizar un control interno permanente de la producción. Todos los elementos, requisitos, y disposiciones adoptados por el fabricante deben documentarse de forma sistemática en el formato de políticas escritas, procedimientos e instrucciones. Este sistema de control de producción adoptado debe asegurar una comprensión común del aseguramiento de la calidad. También debe permitir la consecución repetida de las características requeridas.

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Deben registrarse todos los resultados de los ensayos e inspecciones del Control de Producción en Fábrica (CPF), lleva-dos a cabo de acuerdo con el plan de ensayos. Estos registros deben mostrar con claridad si el producto ha cumplido los criterios definidos de aceptación. Si el producto no cumple las medidas de aceptación, se aplican las disposiciones para productos no conformes. Este sistema de control de producción adoptado debe asegurar además la operación efectiva del sistema de control de producción a verificar. La documentación del sistema de CPF debe incluir al menos lo siguiente: a) especificación de tareas y responsables; b) especificación de la estructura de la documentación del sistema; c) especificación y comprobación de materias primas y componentes; d) identificación y trazabilidad de productos; e) procedimientos e instrucciones documentados relacionados con el CPF; f) control de los registros relativos al CPF; g) control del diseño; h) identificación de las inspecciones y ensayos a llevar a cabo; i) identificación del equipo necesario para inspecciones y ensayos; j) tratamiento de los productos no conformes; k) ejecución de las acciones correctoras. Todos los registros mencionados en el sistema CPF deben ser guardados de forma segura y apropiada durante un período mínimo de 10 años. Si los fabricantes ejecutan su propia instalación, el sistema de control de la instalación debe formar parte del control de producción en fábrica. NOTA Si la instalación necesita instaladores entrenados y se lleva a cabo por un organismo independiente y si la instalación tiene influencia sobre

las prestaciones finales del producto, la instalación debería ser objeto de un sistema separado de control.

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ANEXO A (Informativo)

FORMULARIO PARA LA DESIGNACIÓN Y CLASIFICACIÓN DE PRESTACIONES

Tabla A.1 − Designación y clasificación de prestaciones Apartado

de esta norma

Características Unidades Valor de prestación/designación

4.4.1 Resistencia a la penetración de agua − Clasea 0 1 2 3

4.2.9 Emisión de sustancias peligrosas −

4.4.3 Resistencia a la carga de viento Pa Clasea 0

300 1

450 2

700 3

1 000 4

>1 0005

4.4.4 Atenuación de ruido aéreo directo dB(A) valor:

4.4.5 Resistencia térmica W/m2·K valor:

4.4.6 Permeabilidad al aire m3/m2·h Clasea 0

24 1

12 2

6 3

3 4

1,5 5

< 1,56

4.2.4 y 4.4.7

Durabilidad de las características mecánica y de prestaciones

− Número de ciclos:

a Las clases son clases técnicas.

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ANEXO B (Normativo)

PROCEDIMIENTO PARA LA DETERMINACIÓN DE LOS VALORES DE LA RESISTENCIA TÉRMICA

B.1 Introducción

El método de ensayo y/o cálculo de la resistencia térmica de puertas incluido en el capítulo 1 de esta norma europea se especifica en el apartado 4.4.5 con una referencia a la Norma EN 12428. Este particular método de ensayo y cálculo especificado en la Norma EN 12428 puede no conducir a una equivalencia del valor declarado de evaluación ya que los métodos referenciados son más aplicables a ventanas y conjuntos de puertas peatonales en las que un marco de hoja está fijado rígidamente dentro un marco o apertura de puerta. Por esta razón, el siguiente procedimiento de evaluación, basado en la Norma EN 12428, debe ser seguido para facilitar la consecución de valores declarados comparables. B.2 Procedimiento

Deben seguirse los siguientes pasos: − Paso 1: Se ensaya, de acuerdo con la Norma EN ISO 12567-1, una muestra completa de puerta y carriles asociados,

fijaciones y sellantes usando componentes de tamaño completo pero fabricados lo más ajustadamente posible a la medida para colocarse dentro o detrás de una apertura preparada con dimensiones de entre 2,0 m de ancho × 2,0 m de alto y 2,5 m de ancho × 2,5 m de alto. Esta muestra debe montarse dentro o detrás de la apertura preparada tal y como normalmente se instala.

− Paso 2: Se ensaya, de acuerdo con la Norma EN ISO 12567-1, la sección de hoja de puerta que se especifica en el

paso 1. En este ensayo, la hoja de puerta debe colocarse dentro de la apertura estructural y completamente sellada a la apertura para evitar cualquier fuga de borde. Esto puede considerarse como una pérdida de calor de A (W/m2 K) a través de la superficie ensayada.

− Paso 3: Se deduce la pérdida total del resultado del ensayo 2 del ensayo 1. Esto dará la pérdida efectiva de calor a

través del perímetro de la puerta realmente instalada en el ensayo 1. La pérdida resultante de calor puede entonces considerarse como la pérdida de calor B (W/m2 K) a través del perímetro.

− Paso 4: Algunos tipos de puerta requieren el aporte de ventanas como parte de la hoja de puerta. La diferente

pérdida de calor a través de la ventana y la estructura del marco soportante se debe evaluar ensayando, de acuerdo con la Norma EN ISO 12567-1, una pieza de la hoja de la puerta X (m2) que incorpora una ventana de dimensión normal, fijada y sellada de manera normal. La sección de la hoja de la puerta debe estar completamente sellada en una apertura de la misma manera que en el ensayo 2. La pérdida resultante de calor puede considerarse como C (W/m2 K) a través de X (m2).

− Paso 5: Algunos tipos de puerta requieren el aporte de un portillo construido en la hoja de puerta principal. La

diferente pérdida de calor a través del portillo y su estructura del marco debe ensayarse, de acuerdo con la Norma EN ISO 12567-1, una pieza de hoja de puerta de Y (m2) que incorpora un portillo de dimensión normal, fijado y sellado de manera normal. La sección de hoja de puerta debe estar completamente sellada en una apertura de la misma manera que en el ensayo 2. La pérdida resultante de calor puede considerarse como D (W/m2 K) a través de la pieza Y.

A partir de los resultados de los cinco pasos anteriores, puede evaluarse la resistencia térmica para cualquier dimensión de producto, con cualquier número de ventanas, de la dimensión ensayada, con o sin portillo, de la dimensión ensayada.

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EJEMPLO Una puerta de 5 m de ancho × 4 m de alto, con dos ventanas y un portillo: donde

− la transmisión térmica de la hoja de la puerta es 5 × 4 × A = 20A.

− la transmisión térmica del perímetro es (5+ 5 + 4 + 4) × B = 18B.

− la transmisión térmica de las dos secciones de ventanas es 2 × C × X = 2CX.

− la transmisión térmica de X m2 sustituidos de la hoja de la puerta es 2 × A × X = 2AX.

− la transmisión térmica de una sección de portillo es 1 × D × Y = DY.

− la transmisión térmica de Y m2 sustituidos de la hoja de la puerta es 1 × A × Y = AY Por tanto, para la puerta completa donde

la transmisión térmica es la transmisión térmica de la hoja de puerta

+ transmisión térmica a través del perímetro

- transmisión térmica de la superficie de hoja de puerta a ser sustituida por secciones de ventana

+ transmisión térmica de dos secciones de ventana

- transmisión térmica de la superficie de hoja de puerta a ser sustituida por secciones de portillo

+ transmisión térmica de una sección de portillo Por lo que se llega a la siguiente fórmula: 20A + 18B - 2AX + 2CX - AY + DY (1) La pérdida total de calor W debe considerarse en relación con la dimensión de la apertura estructural para declarar un valor en W/m2 K, por ejemplo:

220A + 18B 2AX + 2CX AY + DY W m K5 × 4

− − (2)

Si existen dimensiones alternativas de ventanas o portillos u otras inclusiones para ser ofrecidas, entonces cada una debe ensayarse de acuerdo con los principios de los pasos 4 y 5.

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EN 13241-1:2003+A1:2011 - 22 -

ANEXO C (Informativo)

FACTORES DE SEGURIDAD A TENER EN CUENTA EN EL DISEÑO DE LAS PUERTAS EN RELACIÓN A SU RESISTENCIA A LA CARGA DE VIENTO

La tabla C.1 muestra, para cada clase de diseño reseñada en la Norma EN 12424, las cargas relacionadas de ensayo, las cargas de rotura límite (aplicable solamente a los ensayos) y las cargas de cálculo.

Tabla C.1 − Factores de seguridad para la carga de viento

Clase Carga de diseño (Pa)

Carga de ensayo (Pa)

Carga de rotura límite(Pa)

Carga de cálculo (Pa)

1 ≤ 300 330 ≥ 415 450

2 ≤ 450 495 ≥ 620 675

3 ≤ 700 770 ≥ 965 1 050

4 ≤ 1 000 1 100 ≥ 1 375 1 500

5 > 1 000 carga de diseño × 1,1

≥ carga de ensayo × 1,25

carga de diseño × 1,5

Los términos se entienden como sigue: − carga de diseño: valores de clasificación de referencia para la carga de viento como se establece en la tabla 1 de la

Norma EN 12424:2000; − carga de ensayo: carga a aplicar cuando se ensaya sin deformación permanente y que es igual a una carga de

clasificación x el factor 1,1 (véase la Norma EN 12604); − carga de rotura límite: carga a aplicar cuando se ensaya con deformación permanente pero la puerta se mantiene en

su lugar y que es igual a una carga de clasificación x el factor 1,1 × 1,25 (véanse las Normas EN 12604 y EN 12424);

− carga de cálculo: carga a considerar para el cálculo basada en la tensión producida y que es igual a carga de

clasificación × el factor 1,5 (véase la Norma EN 12604).

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- 23 - EN 13241-1:2003+A1:2011

ANEXO ZA (Informativo)

RELACIÓN DE ESTA NORMA EUROPEA CON LA DIRECTIVA DE PRODUCTOS DE CONSTRUCCIÓN ZA.1 Capítulos de esta norma europea relativos a los requisitos esenciales de la Directiva de Productos de Construcción

Esta norma europea ha sido preparada bajos los Mandatos M 101 “Puertas, ventanas y productos relacionados (incluyendo puertas cortafuego y persianas)”, modificado por el M 126 “Modificación (Anexo III) de cuatro Mandatos (productos de aislamiento térmico, puertas, ventanas y productos relacionados, membranas, productos de hormigón prefabricado )” y M 130 “Modificación (Anexo IV) de siete Mandatos (productos de aislamiento térmico, puertas, ventanas y productos relacionados, membranas, productos de hormigón prefabricado, chimeneas, salidas de humos y productos de yeso, sistemas fijos de lucha contra fuego)” dados a CEN por la Comisión Europea y la Asociación Europea de Libre Comercio. Los capítulos pertinentes de esta norma europea, indicados en la tabla ZA.1, satisfacen las exigencias del Mandato dado en el marco de la Directiva de Productos Construcción de la UE (89/106/CEE). El cumplimiento de estos capítulos confiere presunción de conformidad de los productos de construcción incluidos en esta norma europea para el(los) uso(s) previsto(s). Debe hacerse referencia a la información que acompaña al marcado CE. ADVERTENCIA: Los productos incluidos en el campo de aplicación de esta norma pueden estar afectados por otros requisitos y otras Directivas de la UE que no afecten a su aptitud al uso para las aplicaciones previstas.

Tabla ZA.1 − Capítulos correspondientes para el marcado CE Productos: Puertas industriales, comerciales y de garaje y portones, de acuerdo con el objeto y campo de

aplicación Uso(s) previsto(s): En los usos específicos declarados y/o otros usos sujetos a requisitos específicos, en particular,

ruido, energía, estanquidad y seguridad de uso

Características esenciales Requisitos

(apartados en esta norma europea)

Niveles y/o clases

mandatados

Resultados de los ensayos expresados en

Estanquidad al agua 4.4.1 − clases técnicas

Emisión de sustancias peligrosas 4.2.9 − Véanse las notas 1 y 2

Resistencia a la carga de viento 4.4.3 − clases técnicas

Resistencia térmica (si corresponde) 4.4.5 − valor de U

Permeabilidad al aire 4.4.6 − clases técnicas

Apertura segura (para puertas de movimiento vertical) 4.2.8 − pasa/no pasa

Definición de la geometría de los componentes de vidrio 4.2.5 − pasa/no pasa

Resistencia mecánica y estabilidad 4.2.3 − pasa/no pasa

Fuerza de maniobra (para puertas motorizadas) 4.3.3 − pasa/no pasa

Durabilidad de la estanquidad al agua, la resistencia térmica y la permeabilidad al aire frente a la degradación

4.4.7 − valores

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EN 13241-1:2003+A1:2011 - 24 -

NOTA 1 Como complemento a posibles capítulos referidos a sustancias peligrosas contenidos en la presente norma, pueden existir otros requisitos aplicables al producto incluido en su campo de aplicación (por ejemplo, transposición de reglamentaciones europeas y legislación nacional, reglamentaciones y disposiciones administrativas). Para que sea conforme con las disposiciones de la Directiva de productos de construcción, es necesario que estas exigencias sean respetadas igualmente donde y cuando apliquen.

NOTA 2 Una base de datos informativa sobre las disposiciones europeas y nacionales relativas a las sustancias peligrosas se puede consultar en el

Dominio EUROPA de la construcción (CREATE disponible en la dirección http://europa.eu.int/comm/enterprise/construction/index.htm). El requisito para cierta característica, enumerada en la tabla ZA.1 no es de aplicación en aquellos Estados Miembros donde no hay regulación para tal característica. En este caso, los fabricantes que deseen comercializar sus productos en el mercado de estos Estados Miembros no están obligados a determinar ni declarar las prestaciones de sus productos respecto a esta característica y puede ser usada la opción "prestación no determinada" en la información que acompaña al marcado CE. ZA.2 Procedimientos de verificación de la conformidad de las puertas industriales, comerciales, de garaje y portones

ZA.2.1 Generalidades

El sistema de verificación de la conformidad de las puertas industriales, comerciales, de garaje y portones, conforme a la Decisión de la Comisión 1999/93/CE tal y como figura en el anexo III del mandato M101, modificado por los Mandatos M126 y M130, se indica en la tabla ZA.2 para el uso previsto y el nivel o clase correspondiente:

Tabla ZA.2 − Sistema(s) de verificación de la conformidad

Producto Uso(s) previsto(s) Nivel o clase

Sistema de verificación de la conformidad

Puertas (con o sin herrajes relacionados)

Compartimentación fuego/humo − 1a

Otros usos específicos declarados y/o usos sujetos a otros requisitos específicos, en particular, ruido, energía, estanquidad y seguridad de uso

− 3b

a Véase la Directiva 89/106/CEE (Directiva de Productos de Construcción), Anexo III. 2 (i), sin ensayos por sondeo de muestras tomadas en fábrica.

b Véase la Directiva 89/106/CEE (Directiva de Productos de Construcción), Anexo III. 2 (ii), segunda posibilidad. NOTA La compartimentación fuego/humo no está incluida en esta norma europea. Por consiguiente, el sistema 1 no es de aplicación a este anexo.

ZA.2.2 Procedimiento de acuerdo con el sistema 3

Para productos que se incluyen en el sistema 3, las tareas para el organismo notificado y para el fabricante en relación al ensayo inicial de tipo y al control de producción en fábrica se describen en la tabla ZA.3.

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- 25 - EN 13241-1:2003+A1:2011

Tabla ZA.3 − Asignación de tareas para la evaluación de la conformidad para puertas sin dispositivos de resistencia al fuego/humo bajo el sistema 3

Tareas Contenido de la tarea Apartados aplicables

Tareas bajo la responsabilidad del fabricante

(1) Control de producción en fábrica (CPF)

Parámetros relativos a todas las características pertinentes para el uso previstas en la tabla ZA.1

6.4

(2) Ensayo inicial de tipo Las siguientes características:

• Geometría del vidrio

• Resistencia mecánica

6.2

Tareas bajo la responsabilidad del organismo notificado

(2) Ensayo inicial de tipo Las siguientes características:

• Estanquidad al agua

• Emisión de sustancias peligrosas

• Resistencia a la carga de viento

• Resistencia térmica

• Permeabilidad al aire

• Durabilidad de la estanquidad al agua, resistencia térmica y permeabilidad al aire

• Seguridad de apertura

• Fuerzas de maniobra

6.2

Cuando se alcance la conformidad con el sistema de evaluación de la conformidad, el fabricante debe elaborar y conservar una declaración de conformidad (declaración de conformidad CE) que le autoriza a fijar el marcado CE. Esta declaración debe incluir: a) el nombre y la dirección del fabricante o de su representante autorizado en el EEE, así como lugar de producción; b) una descripción del producto (tipo, identificación, uso…); c) copia de toda la información que acompañan al marcado CE; d) disposiciones con las que el producto es conforme (por ejemplo, el anexo ZA de esta norma europea); e) condiciones específicas aplicables al uso del producto; f) nombre y dirección del laboratorio acreditado; g) nombre y cargo de la persona facultada para firmar la declaración en nombre del fabricante o de su representante

autorizado. La declaración de conformidad debe estar redactada en el o los idiomas oficiales del Estado miembro en el que el producto se va a emplear.

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EN 13241-1:2003+A1:2011 - 26 -

ZA.3 Marcado CE y etiquetado

El símbolo del marcado CE debe fijarse sobre la puerta (cuando esto no sea posible, puede fijarse sobre la etiqueta o sobre los documentos que la acompañan): NOTA 1 El fabricante, o su representante autorizado establecido en el EEE, es responsable de la fijación del Marcado CE. El marcado CE de conformidad a fijar debe ser conforme a la Directiva Europea 93/68/CE, y debe ir acompañado por la siguiente información: a) el nombre o la marca comercial del fabricante; b) la dirección registrada del fabricante; c) los dos últimos dígitos del año en el que se fija el marcado; d) referencia a este anexo de esta norma europea; e) información de las características mandatadas: valores a declarar. En su lugar, donde sea posible, puede darse una

designación normalizada. Esta designación debería dar información sobre las características. Si no están cubiertas todas, deben darse de forma adicional los valores para las no cubiertas.

NOTA 2 La figura ZA.1 da un ejemplo de marcado CE y del etiquetado que puede ser utilizado para una puerta manual. La figura ZA.2 da un

ejemplo de marcado CE para una puerta motorizada. NOTA 3 Además de cualquier información específica referente a sustancias peligrosas, el producto debería ir también acompañado, cuando y donde

se requiera y de forma apropiada, por documentación que incluya cualquier otra legislación sobre sustancias peligrosas para las que se exige cumplimiento junto con cualquier información requerida por esta legislación.

NOTA 4 La legislación europea sin derogaciones nacionales no necesita mencionarse.

AnyCo Ltd PO Box 21, B-1050 Nombre o logotipo y dirección registrada del fabricante

03 Los 2 últimos dígitos del año en que se fijó el marcado

EN 13241-1 Número de esta Norma Europea

Puerta de maniobra manual Nº de serie o nº único

Descripción del producto y uso previsto Número de identificación

Estanquidad al agua [Clase técnica] Resistencia a la carga de viento [Clase técnica] Resistencia térmica [Valor] Permeabilidad al aire [Clase técnica]

Información sobre las características reglamentadas del producto

CE Marcado CE de conformidad, consistente en el símbolo CE dado en la Directiva 93/68/CEE

(89/106/CE) Referencia de la Directiva correspondiente

Figura ZA.1 − Ejemplo de etiquetas que acompaña el marcado CE para una puerta de

funcionamiento manual

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- 27 - EN 13241-1:2003+A1:2011

AnyCo Ltd PO Box 21, B-1050 Nombre o logotipo y dirección registrada del fabricante

03 Los 2 últimos dígitos del año en que se fijó el marcado

EN 13241-1 Número de esta Norma Europea

Puerta motorizada Nº de serie o nº único

Descripción del producto y uso previsto Número de identificación

Estanquidad al agua [Clase técnica] Resistencia a la carga de viento [Clase técnica] Resistencia térmica [Valor] Permeabilidad al aire [Clase técnica]

Información sobre las características reglamentadas del producto

CE Marcado CE de conformidad, consistente en el símbolo CE dado en la Directiva 93/68/CEE

(89/106/CE; 98/37/CE; 89/336/CE) Referencia de la Directiva correspondiente

Figura ZA.2 − Ejemplo de etiqueta que acompaña el marcado CE para una puerta motorizada

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EN 13241-1:2003+A1:2011 - 28 -

ANEXO ZB (Informativo)

{A1►} CAPÍTULOS DE ESTA NORMA EUROPEA RELACIONADOS CON LOS REQUISITOS ESENCIALES U OTRAS DISPOSICIONES DE LA DIRECTIVA 2006/42/CE

Esta norma europea ha sido elaborada bajo un Mandato dirigido a CEN por la Comisión Europea y por la Asociación Europea de Libre Comercio, para proporcionar un medio de dar cumplimiento a los requisitos esenciales de la Directiva de Máquinas 2006/42/CE. Una vez que esta norma se cite en el Diario Oficial de la Unión Europea bajo esta directiva, y se implemente como norma nacional en al menos un Estado Miembro, el cumplimiento de los capítulos de esta norma, con las excepciones de los capítulos 1.3, 4.1 (2º párrafo), 4.3.7, 4.4, 6 con la excepción de 6.1 (2º párrafo), anexo A, anexo B y anexo C, dentro de los límites del campo de aplicación de esta norma, es un medio para dar presunción de conformidad con los requisitos esenciales específicos de esta directiva y los reglamentos de la AELC asociados. ADVERTENCIA: Los productos incluidos en el campo de aplicación de esta norma pueden estar afectados por otros requisitos o directivas de la UE. {◄A1}

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- 29 - EN 13241-1:2003+A1:2011

ANEXO ZC (Informativo)

{A1►} CAPÍTULOS DE ESTA NORMA EUROPEA RELACIONADOS CON LOS REQUISITOS ESENCIALES U OTRAS DISPOSICIONES DE LA DIRECTIVA 2004/108/CE

Esta norma europea ha sido elaborada bajo un Mandato dirigido a CEN por la Comisión Europea y por la Asociación Europea de Libre Comercio, para proporcionar un medio de dar cumplimiento a los requisitos esenciales del Anexo I artículo 1 de la Directiva de Compatibilidad Electromagnética 2004/108/CE. El cumplimiento de los capítulos de esta norma, dentro de los límites del campo de aplicación de esta norma, es un medio para dar presunción de conformidad con los requisitos esenciales específicos de esta directiva. ADVERTENCIA: Los productos incluidos en el campo de aplicación de esta norma pueden estar afectados por otros requisitos o directivas de la UE. {◄A1}

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EN 13241-1:2003+A1:2011 - 30 -

BIBLIOGRAFÍA [1] prEN 12650-1, Building hardware. Powered pedestrian doors. Part 1: Product requirements and test methods. [2] prEN 13241-2, Industrial, commercial and garage doors and gates. Product Standard. Part 2: Products with

fire resistance or smoke control characteristics.

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