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NORMA QUE ESTABLECE LAS DISPOSICIONES PARA LA CORRECTA APLICACIÓN Y REPRODUCCIÓN DEL LOGOSÍMBOLO DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL

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ÍNDICE

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1. Fundamento jurídico 4

2. Objetivo 4

3. Ámbito de aplicación 4

4. Sujetos de la Norma 4

5. Responsables de la aplicación de la Norma 4

6. Definiciones 5

7. Documentos de referencia 6

8. Disposiciones 6

8.1. Generales 6

8.2. Apoyo gráfico 6

8.3. Supervisión 7

8.4. Componentes del logosímbolo institucional 8

8.5. Tipografía institucional 8

8.6. Variantes del logosímbolo institucional 8

8.7. Área de restricción 8

8.8. Sistemas de reproducción del logosímbolo institucional 9

8.9.

8.10.

8.11.

8.12.

8.13.

8.14.

8.15.

Reproducciones restringidas

Proporciones

Colores

Vinculación

Aplicaciones del logosímbolo institucional

Usos incorrectos

Interpretación

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Transitorios

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Apéndices

Apéndice A. Guía de Aplicación del Logosímbolo Institucional

Apéndice B. Evolución del Logosímbolo Institucional

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1. Fundamento jurídico Con fundamento en lo dispuesto en el Artículo 67 del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de septiembre de 2006 y sus reformas y el Manual de Organización de la Coordinación de Comunicación Social clave 0600-002-001, folio 063, validado y registrado el 24 de septiembre de 2012, se expide la siguiente: NORMA QUE ESTABLECE LAS DISPOSICIONES PARA LA CORRECTA APLICACIÓN Y REPRODUCCIÓN DEL LOGOSÍMBOLO DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL 2. Objetivo Establecer las disposiciones que las unidades administrativas del Instituto deberán observar para la correcta aplicación y reproducción del logosímbolo del Instituto Mexicano del Seguro Social, con el propósito de lograr la unificación e identificación plena de la imagen gráfica institucional. 3. Ámbito de aplicación La presente Norma es de observancia obligatoria para todos los Órganos normativos, Órganos de operación administrativa desconcentrada y Órganos operativos que conforman el Instituto Mexicano del Seguro Social. 4. Sujetos de la Norma Personal de mando y operativo de los órganos y unidades administrativas del Instituto, que en el ejercicio de sus funciones requieran la elaboración de material de trabajo o de difusión, que contenga el logosímbolo institucional. 5. Responsables de la aplicación de la Norma La Coordinación de Comunicación Social verificará, a través de la División de Diseño y Producción Editorial, el cumplimiento de las disposiciones de esta Norma, y los titulares de los órganos y unidades administrativas serán responsables de su cumplimiento en el ámbito de su competencia.

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6. Definiciones 6.1. Área de restricción: Espacio que rodea al logosímbolo institucional y en el cual no interfieren otros elementos gráficos. 6.2. Contraportada: Parte posterior de la cubierta de un libro o revista, también se le conoce como cuarta de forros. 6.3. Designación institucional: Representación del nombre INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, con tipografía institucional. 6.4. IMSS: Instituto Mexicano del Seguro Social. 6.5. Instituto: También llamado institución y se refiere al Instituto Mexicano del Seguro Social. 6.6. Lema: Frase que expresa la motivación o intención de la conducta de la institución –SEGURIDAD Y SOLIDARIDAD SOCIAL–, en tipografía institucional. 6.7. Logosímbolo: Representación gráfica de la imagen institucional. 6.8. Logotipo: Representación de las siglas IMSS, formadas con tipografía institucional. 6.9. Medios electrónicos: Materiales de difusión para emitir información institucional a través de las vías de comunicación interna o hacia el público en general a través de radio, televisión, Internet, Intranet, etcétera. 6.10. PMS: Sistema cromático universal empleado como catálogo para la obtención de diversos colores. Siglas que corresponden al nombre en inglés de Pantone Matching System. 6.11. Papelería institucional: Hojas membretadas, carpetas, folders, cajas de archivo, plumas, libretas de notas, sobres, tarjetas de presentación, etcétera. 6.12. Publicaciones e impresos: Productos de difusión que se elaboran con el propósito de brindar información específica a un público determinado. Ejemplos: carteles, revistas internas, desplegados de prensa, libros, mantas, pendones, letreros, etcétera. 6.13. Ropa institucional: Prendas textiles susceptibles de cualquier tipo de impresión o bordado; por ejemplo, uniformes, toallas, sábanas, cobijas, etcétera, que se utilizan en el Instituto Mexicano del Seguro Social. 6.14. Símbolo: Elemento gráfico –un águila con sus alas cubre a una mujer con un niño en brazos–, que representa la filosofía institucional: protección a la población.

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6.15. Unidad administrativa: Aquella que forma parte de los órganos del Instituto, cuenta con estructura orgánica y funciones propias conferidas mediante un instrumento normativo institucional. 6.16. Usos incorrectos: Se entiende por uso incorrecto modificar, alterar o usar indebidamente el logosímbolo y sus variantes, propiciando con ello distorsión de la imagen, confusión, desorden, falta de identidad, de unidad y de coordinación en la Institución. 6.17. Variantes del logosímbolo institucional: Integración de los componentes de la imagen en conjuntos visuales indivisibles. 6.18. Vehículos institucionales: Todo tipo de transporte que sirva de apoyo para los servicios que presta la institución: ambulancias, automóviles, camionetas, autobuses, motocicletas, etcétera. 7. Documentos de referencia Guía de Aplicación del Logosímbolo Institucional. 8. Disposiciones 8.1. Generales 8.1.1. Aplicación Esta Norma deberá ser aplicada en cualquier situación en la que se haga uso del logosímbolo, con el propósito de lograr la unificación e identificación plena de la imagen gráfica institucional. 8.2. Apoyo gráfico Como apoyo gráfico para la correcta aplicación de esta Norma, se deberá consultar la Guía de Aplicación del Logosímbolo Institucional (Apéndice A). 8.2.1. El área designada para contacto y apoyo técnico en la aclaración de cualquier duda acerca de la aplicación de esta Norma y sus apéndices, es la Coordinación de Comunicación Social, a través de la División de Diseño y Producción Editorial de la Coordinación Técnica de Difusión. Las solicitudes pueden realizarse mediante oficio o correo electrónico a su titular. La División de Diseño y Producción Editorial se encuentra ubicada en calle Tokio, número 92, segundo piso, Colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc, de la Ciudad de México, Distrito Federal.

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8.3. Supervisión 8.3.1. El área encargada de revisar y emitir la autorización para la reproducción del material es la Coordinación Técnica de Difusión, a través de la División de Diseño y Producción Editorial, quien además verificará periódicamente el cumplimiento de esta Norma. 8.3.2. Los sujetos de la Norma que por la naturaleza de sus funciones, o en virtud de la realización de proyectos especiales requieran la elaboración de material de trabajo o para difusión que contenga el logosímbolo institucional, deberán remitir por escrito o en medio electrónico, a la División de Diseño y Producción Editorial, el proyecto del material de trabajo o de difusión, al menos quince días hábiles previos a la elaboración del producto final del proyecto. La División de Diseño y Producción Editorial deberá emitir su visto bueno o comentarios, por escrito o por medio electrónico, dentro del plazo antes señalado. 8.3.3. En caso de que con posterioridad a la emisión de los comentarios de la División de Diseño y Producción Editorial, los titulares de los órganos y/o unidades administrativas requieran una nueva revisión del material objeto de elaboración, lo deberá formular por escrito o por medio electrónico a la citada División, con al menos quince días de anticipación a la fecha de elaboración final del material que contenga el logosímbolo institucional. La División de Diseño y Producción Editorial, a través de correo electrónico o por oficio, emitirá su visto bueno u observaciones dentro del plazo antes señalado. 8.3.4. En caso de que la División de Diseño y Producción Editorial detecte material que se haya elaborado utilizando incorrectamente el logosímbolo institucional, levantará acta circunstanciada especificando las violaciones a la Norma, haciéndolo del conocimiento de la Coordinación Técnica de Difusión y de la Coordinación de Comunicación Social, quienes indistintamente podrán dirigirse mediante oficio a la unidad administrativa que incumplió para requerirle la realización de las acciones necesarias para apegarse a lo dispuesto por la Norma. La Coordinación de Comunicación Social, a través de la Coordinación Técnica de Difusión, tomará en cuenta el tipo de incumplimiento a la Norma, así como los efectos en perjuicio del Instituto que se produzcan con la incorrecta aplicación, para dar vista al Órgano Interno de Control del Instituto Mexicano del Seguro Social respecto de los actos u omisiones en la correcta aplicación del logosímbolo del Instituto que puedan constituir responsabilidad administrativa en los términos de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos y demás disposiciones aplicables.

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8.4. Componentes del logosímbolo institucional El logosímbolo institucional estará conformado por cuatro componentes: símbolo, logotipo, lema y designación institucional, tal como se detalla en el punto A.4 de la “Guía de Aplicación del Logosímbolo Institucional” Apéndice A. 8.5. Tipografía institucional La familia tipográfica que deberá utilizarse para el logosímbolo institucional será la denominada en los catálogos internacionales Optima Bold, llamada también Ottawa Bold, en términos de lo descrito en el punto A.5 de la “Guía de Aplicación del Logosímbolo Institucional” Apéndice A. 8.6. Variantes del logosímbolo institucional Serán las integraciones de los componentes del logosímbolo en conjuntos visuales e indivisibles y en la cual se respetarán siempre las proporciones del símbolo, la tipografía institucional, la métrica tipográfica y los espacios establecidos en términos de la imagen y descripción contenida en el punto A.6, de la “Guía de Aplicación del Logosímbolo Institucional” Apéndice A. 8.6.1. Logosímbolo básico Será la agrupación del símbolo, logotipo y lema. Imagen y descripción contenida en el punto A.6.1 de la “Guía de Aplicación del Logosímbolo Institucional” Apéndice A. 8.6.2. Logosímbolo vertical Será la agrupación de arriba hacia abajo y de manera centrada del símbolo, la designación y el lema institucionales. Imagen y descripción contenida en el punto A.6.2 de la “Guía de Aplicación del Logosímbolo Institucional” Apéndice A. 8.6.3. Logosímbolo horizontal La designación institucional y el lema se agruparán al lado derecho del símbolo. Imagen y descripción contenida en el punto A.6.3 de la “Guía de Aplicación del Logosímbolo Institucional” Apéndice A. 8.7. Área de restricción Para la adecuada visibilidad del logosímbolo, éste siempre deberá estar rodeado por un espacio donde no interfieran otros elementos gráficos.

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Para conocer el área de restricción del logosímbolo en cada una de sus variantes remitirse a las imágenes y descripción de los puntos A.7.1, A.7.2 y A.7.3 de la “Guía de Aplicación del Logosímbolo Institucional” Apéndice A. 8.8. Sistemas de reproducción del logosímbolo institucional El logosímbolo puede ser reproducido en los medios y formatos establecidos, cuidando en cada caso las especificaciones técnicas que señala el apartado A.8 de la “Guía de Aplicación del Logosímbolo Institucional” Apéndice A. 8.9. Reproducciones restringidas

Es el tamaño mínimo para reproducir el logosímbolo, con o sin lema, en sus variantes, logosímbolo básico, vertical y horizontal. Para conocer las reproducciones restringidas del logosímbolo en cada una de sus variantes remitirse a las dimensiones permitidas e imágenes contenidas en los puntos A.8.1.1, A.8.1.2 y A.8.1.3 de la “Guía de Aplicación del Logosímbolo Institucional” Apéndice A. 8.10. Proporciones Con objeto de mantener la integridad visual del logosímbolo, no deben alterarse las proporciones establecidas en esta Norma para los logosímbolos básico, vertical y horizontal. Para conocer las proporciones del logosímbolo en cada una de sus variantes consultar la explicación e imagen contenida en los puntos A.9.1, A.9.2. y A.9.3 de la “Guía de Aplicación del Logosímbolo Institucional” Apéndice A. 8.11. Colores No podrán utilizarse colores distintos a los establecidos en la presente Norma. 8.11.1. Color institucional. Positivo (Verde) Cuando el color del logosímbolo institucional se aplique en positivo (verde) se utilizará exclusivamente el verde PMS 561 a cien por ciento, con los valores y especificaciones contenidas en el punto A.10.1 de la “Guía de Aplicación del Logosímbolo Institucional” Apéndice A. 8.11.2. Tinta directa (Negro) Cuando el color del logosímbolo institucional se aplique en tinta directa (negro) únicamente podrá utilizarse el color negro Pantone Process Black a cien por ciento, con los valores y

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especificaciones contenidas en el punto A.10.2 de la “Guía de Aplicación del Logosímbolo Institucional” Apéndice A. 8.11.3. Negativo (Blanco) Cuando el color del logosímbolo institucional se aplique en negativo (negro) se utilizará conforme a los valores y especificaciones contenidas en el punto A.10.3 de la “Guía de Aplicación del Logosímbolo Institucional” Apéndice A. 8.11.4. Medio tono (Gris) Cuando el color del logosímbolo institucional se aplique en medio tono (gris) únicamente podrá utilizarse el color gris Pantone 423 C a cien por ciento, con los valores y especificaciones contenidas en el punto A.10.4 (Medio tono gris) de la “Guía de Aplicación del Logosímbolo Institucional” Apéndice A. 8.12. Vinculación El uso del logosímbolo en la relación entre las unidades administrativas internas, así como con las instituciones externas, queda establecido tipográficamente conforme a lo siguiente: 8.12.1. Con áreas institucionales El uso del logosímbolo se hará respetando sus respectivas proporciones, alineación y áreas de restricción, conforme a las especificaciones e imagen contenidas en el punto A.11.1 de la “Guía de Aplicación del Logosímbolo Institucional” Apéndice A. 8.12.2. Con instituciones externas Cuando el logosímbolo institucional aparezca vinculado a otros logotipos, escudos o logosímbolos de dependencias del Sector Salud, de gobiernos de los estados, de organismos públicos descentralizados, paraestatales y de empresas privadas, en publicaciones o impresos, anuncios o programas de televisión, etcétera, deberá utilizarse el logosímbolo básico que incluye el símbolo, logotipo y lema, con las especificaciones indicadas en el punto A.11.2 de la “Guía de Aplicación del Logosímbolo Institucional” Apéndice A, y éste se colocará preferentemente al final de los demás logosímbolos o escudos que integran la composición. 8.13. Aplicaciones del logosímbolo institucional El logosímbolo institucional será aplicado de acuerdo con los siguientes criterios:

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8.13.1. Papelería institucional En toda la papelería oficial de la institución deberá utilizarse el logosímbolo institucional conforme a las especificaciones de esta Norma tomando como ejemplo las imágenes contenidas en el punto A.12 de la “Guía de Aplicación del Logosímbolo Institucional” Apéndice A. 8.13.2. Publicaciones e impresos En todas las publicaciones e impresos que edite o en las que colabore el Instituto Mexicano del Seguro Social deberá utilizarse el logosímbolo institucional atendiendo a las especificaciones de esta Norma y a la “Guía de Aplicación del Logosímbolo Institucional” Apéndice A. 8.13.3. Vehículos institucionales En todos los vehículos institucionales deberá utilizarse el logosímbolo básico, conforme a las especificaciones de esta Norma y a la “Guía de Aplicación del Logosímbolo Institucional”. 8.13.4. Televisión En los cierres de anuncios o programas de televisión producidos por la institución deberá utilizarse el logosímbolo básico, sin alterar las proporciones que guardan entre sí los elementos que la integran. 8.13.5. Ropa institucional En la ropa y uniformes del Instituto Mexicano del Seguro Social se deberá utilizar el logosímbolo básico en color verde PMS 561; en caso de que la prenda sea de color verde u otro color que no permita su visibilidad, se empleará el logosímbolo en blanco. 8.14. Usos incorrectos La descripción de los diversos usos incorrectos del logosímbolo, así como su ejemplificación se establecen en el punto A.13 de la “Guía de Aplicación del Logosímbolo Institucional” Apéndice A. 8.15. Interpretación Corresponde exclusivamente a la Coordinación de Comunicación Social, a través de la Coordinación Técnica de Difusión, interpretar para efectos administrativos la presente Norma y resolver los casos no previstos en la misma.

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Transitorios Primero La presente Norma entrará en vigor al día siguiente de su registro en el

catálogo institucional. Segundo La presente Norma actualiza y deja sin efectos a la “Norma que establece las

disposiciones para la correcta aplicación y reproducción del logosímbolo del Instituto Mexicano del Seguro Social”, clave 0600-001-001, registrada en el Catálogo Normativo Institucional el 02 de abril de 2008, con el folio 003.

Tercero La papelería institucional, publicaciones, impresos, ropa institucional y en

general cualquier medio o soporte en los que se haya insertado el logosímbolo institucional antes de la entrada en vigor de esta Norma, conservarán sus características, otorgándose un plazo de 18 meses a partir de la entrada en vigor de esta Norma, para que los órganos y unidades administrativas que conforman el Instituto adecuen los diversos materiales a lo establecido en la presente Norma o, en su caso, comuniquen expresamente a la Coordinación de Comunicación Social el motivo por el cual no se encuentran en posibilidades de hacerlo, a fin de que se determine el criterio aplicable al caso en concreto y no se proceda en términos del apartado 8.3.4 del capítulo de supervisión de esta Norma.

Cuarto Se ponen a disposición de las unidades administrativas institucionales, en la

División de Diseño y Producción Editorial y en las vías institucionales de comunicación interna, los archivos en editable del logosímbolo institucional, en todas sus variantes, la versión digital del Apéndice A de esta Norma, así como diversas plantillas de apoyo para la correcta aplicación del logosímbolo.

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APÉNDICE A

Guía de Aplicación del Logosímbolo Institucional

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ÍNDICE

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A.1 Presentación 3

A.2 Significado del logosímbolo 3

A.3 Importancia de mantener el logosímbolo 3

A.4 Componentes del logosímbolo institucional 4

A.5 Tipografía 6

A.6 Variantes del logosímbolo institucional 9

A.7 Área de restricción 10

A.8 Sistemas de reproducción del logosímbolo institucional 11

A.9 Proporciones 13

A.10 Colores 14

A.11 Vinculación 18

A.12 Aplicaciones del logosímbolo institucional 20

A.13 Usos incorrectos 24

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A.1. Presentación Esta Guía tiene como propósito servir de apoyo para la aplicación de la Norma que establece las disposiciones para la correcta aplicación y reproducción del logosímbolo del Instituto Mexicano del Seguro Social. El objetivo es lograr la unificación e identificación plena de nuestra Imagen Institucional Gráfica, a través de la correcta aplicación y uso del logosímbolo con los criterios aquí establecidos. A.2. Significado del logosímbolo En el primer nivel aparece el águila, la cual representa la fortaleza y la vigilancia del pueblo mexicano para brindar protección a los trabajadores y a sus familias, como sugieren las alas que cubren la figura de la madre y su hijo, que a su vez simboliza a la comunidad histórica vigente. En un segundo nivel se percibe la ternura materna, el calor humano y la naturalidad; es interesante el efecto que expresa la mano sosteniendo a la criatura que es tan grande como un nido. Finalmente, en la base del símbolo aparecen con caracteres firmes las siglas IMSS (logotipo) y con tipografía más pequeña SEGURIDAD Y SOLIDARIDAD SOCIAL (lema). A.3. Importancia de mantener el logosímbolo Es importante conservar el logosímbolo institucional en todos los soportes de comunicación, tanto internos como externos, debido a que transmite, con su fuerza simbólica, los valores emblemáticos acuñados a través de los años por la institución.

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A.4. Componentes del logosímbolo institucional A.4.1. Símbolo Un símbolo es la representación perceptible de una idea, con rasgos asociados por una convención socialmente aceptada. En el caso del IMSS es el elemento gráfico que representa en conjunto la filosofía institucional. Tiene un diseño de fácil captación, memorización, contenido simple y sobriedad en todos los elementos que lo conforman: el águila protectora y la madre con el niño en brazos.

A.4.2. Logotipo Es un elemento gráfico que identifica a una persona, empresa, institución o producto. Está representado por las siglas “IMSS” (Instituto Mexicano del Seguro Social) formado con tipografía institucional.

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A.4.3. Lema Es una frase que expresa la motivación, intención, ideal o describe la forma de conducta de una persona, de un grupo, de una institución. El lema está constituido por la leyenda “SEGURIDAD Y SOLIDARIDAD SOCIAL”, en tipografía institucional.

A.4.4. Designación institucional Está representada por el nombre que nos constituye: “INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL”, en tipografía institucional.

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A.5. Tipografía A.5.1. Tipografía institucional La familia tipográfica debe ser Optima Bold como se denomina en los catálogos internacionales gráficos y electrónicos. Este tipo de letra debe utilizarse en mayúsculas tanto en el logotipo, como en la designación y el lema institucionales.

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A.5.2. Tipografía complementaria Es la misma familia que la anterior y la tipografía cambia a Optima Regular. Este tipo de letra debe utilizarse en mayúsculas (altas o versales) para las áreas institucionales (Dirección General, Secretaría General, Direcciones Generales, Subdirecciones Generales, Coordinaciones Generales, Jefaturas de Servicio y Subjefaturas). NOTA: En caso que se requiera identificar departamentos, utilizar altas y bajas.

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A.5.3. Tipografía secundaria Corresponde a la familia tipográfica “Helvética” o “Arial” por sus características de simplicidad, legibilidad, unidad y por ser universalmente reconocida, de fácil acceso para su reproducción en cualquier sistema gráfico. Debe utilizarse para mantener claridad y continuidad en la comunicación institucional. También para publicaciones e impresos, formatos administrativos, cuerpos de textos, publicidad institucional, identificación de fachadas médicas y administrativas, vehículos, etcétera. Aun cuando su uso no es absolutamente requerido en todas las aplicaciones, su utilización es una ventaja obvia.

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A.6. Variantes del logosímbolo institucional Son el resultado de la integración de los componentes de la imagen en conjuntos visuales indivisibles.

A.6.1. Logosímbolo básico Reúne al símbolo, logotipo y lema.

A.6.2. Logosímbolo vertical Agrupa de arriba hacia abajo y de manera centrada al símbolo, a la designación institucional y al lema.

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A.6.3. Logosímbolo horizontal Compuesto por el símbolo, así como por la designación institucional y el lema, que se ubican a su derecha. Siempre deben respetarse las proporciones del símbolo, la tipografía, el puntaje y los espacios establecidos.

A.7. Área de restricción

Para la adecuada legibilidad del logosímbolo, éste siempre debe estar rodeado por un espacio donde no interfieran otros elementos gráficos. A.7.1. Logosímbolo básico

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A.7.2. Logosímbolo vertical

A.7.3. Logosímbolo horizontal

Nota: En caso de requerir la utilización de alguno de los logosímbolos con características específicas, favor de comunicarse a la División de Diseño y Producción Editorial, de la Coordinación Técnica de Difusión, pertenecientes a la Coordinación de Comunicación Social, a los teléfonos 5211 4743 y 5238 2700, extensiones 12387 y 12390.

A.8. Sistemas de reproducción del logosímbolo institucional

El logosímbolo puede ser reproducido en cualquier medio (offset, serigrafía, gran formato, televisión, web, etcétera), siempre y cuando se respeten sus proporciones, tipografías y colores.

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A.8.1. Reproducciones restringidas A.8.1.1. Básico El tamaño mínimo para reducirlo es de 3 cm de altura. En caso de requerir un tamaño menor, el lema deberá suprimirse, porque ya no es legible.

A.8.1.2. Vertical

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A.8.1.3. Horizontal En los casos de estas variantes el tamaño mínimo permitido es aquél en donde el símbolo mida 9 mm de altura.

A.9. Proporciones Con objeto de mantener la integridad visual del logosímbolo, no deben alterarse las proporciones que a continuación se presentan. A.9.1. Logosímbolo básico Los componentes de esta variante (símbolo, logotipo y lema) no tienen la misma dimensión horizontal y siempre deberán ir centrados.

A.9.2. Logosímbolo vertical Los componentes de éste deben estar centrados.

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A.9.3. Logosímbolo horizontal Sus componentes deben justificarse a la izquierda.

A.10. Colores El color es una parte esencial en nuestro sistema de imagen institucional.

A.10.1. Color institucional

Positivo (Verde)

Verde *PMS 561 a 100% Pantone 561 U para papel mate. Pantone 561 C para papel brillante (el más utilizado). Valores *CMYK Cyan: 85% Magenta: 0% Yellow: 54% Black: 52% Valores *RGB Red: 19 Green: 78 Blue: 57 Código Hex: #134E39

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A.10.2. Tinta directa (Negro)

Negro *Pantone Process Black a 100% Pantone Process Black U para papel mate. Pantone Process Black C para papel brillante. Valores *CMYK Cyan: 0% Magenta: 0% Yellow: 0% Black: 100% Valores *RGB Red: 0 Green: 0 Blue: 0 Código Hex: #000000

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A.10.3. Negativo (Blanco) Valores *CMYK Cyan: 0% Magenta: 0% Yellow: 0% Black: 0% Valores *RGB Red: 255 Green: 255 Blue: 255 Código Hex: #FFFFFF

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A.10.4. Medio tono (Gris)

Gris *Pantone 423 C a 100% Pantone 423 U para papel mate. Pantone 423 C para papel brillante. Valores *CMYK Cyan: 0% Magenta: 0% Yellow: 0% Black: 44% Valores *RGB Red: 142 Green: 144 Blue: 143 Código Hex: #8E908F

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A.11. Vinculación

A.11.1. Con áreas institucionales La vinculación entre las áreas y las variantes del logosímbolo queda establecida tipográficamente con sus respectivas proporciones, alineación y áreas de restricción, como se muestra en los ejemplos.

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A.11.2. Con instituciones externas La institución, en el desempeño de sus funciones, celebra convenios y trabajos con diversas dependencias del Sector Salud, con Gobiernos de los Estados, con organismos públicos descentralizados, paraestatales y privados, teniendo que vincular los diferentes logosímbolos, escudos o logotipos. En caso de que el IMSS sea la Institución Patrocinadora, su logosímbolo aparecerá preferentemente al final de los de otros u otras dependencias.

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A.12. Aplicaciones del logosímbolo institucional

A.12.1. Hoja tamaño carta

Papelería básica (Ejemplo) Características técnicas Dimensión: 21.5 x 28.0 cm. Variante del logosímbolo: Horizontal (altura del símbolo 1.7 cm). Tipo de papel: Para hoja original, papel Bond blanco de 75 g/m2. Para hoja copia, papel Bond blanco de 50 g/m2. Impresión: Para uso general, offset. Para funcionarios, serigrafía. NOTA: Cuando se indica para funcionarios debe marcarse hasta titulares de Jefatura o similar.

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A.12.2. Sobre tamaño carta

Papelería institucional

(Ejemplo)

Características técnicas Dimensión: 16.2 x 9.3 cm. Variante del logosímbolo: Horizontal (altura del símbolo 1.4 cm). Tipo de papel: Bond blanco de 75 g/m2. Impresión: Offset.

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A.12.3. Sobre tamaño oficio

Papelería institucional

(Ejemplo)

Características técnicas Dimensión: 24.0 x 10.5 cm. Variante del logosímbolo: Horizontal (altura del símbolo 1.4 cm). Tipo de papel: Bond blanco de 75 g/m2. Impresión: Offset.

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A.12.4. Tarjeta de presentación

Papelería institucional

(Ejemplo)

Características técnicas Dimensión: 9.0 x 5.0 cm. Variante del logosímbolo: Horizontal (altura del símbolo 9 mm). Tipo de papel: Cartulina Opalina de 225 g/m2. Impresión: Serigrafía. NOTA: Cuando se indica para funcionarios debe marcarse hasta titulares de Jefatura o similar.

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A.13. Usos Incorrectos Modificar, alterar o usar indebidamente el logosímbolo y sus variantes propicia la confusión, el desorden y la falta de coordinación de la institución. La presentación de las aplicaciones incorrectas tiene por objeto mostrar lo que NO se debe hacer al utilizar el logosímbolo y sus variantes.

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APÉNDICE B

Evolución del Logosímbolo Institucional

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B.1. Evolución del Logosímbolo Institucional El logosímbolo institucional surgió casi a la par de la creación del Instituto Mexicano del Seguro Social en 1943, con la idea de contar con una imagen que representara la misión, la filosofía y el sentido social que caracterizan al Instituto. Su evolución obedece a los cambios que la misma institución ha observado a lo largo de su historia y también responde a las nuevas herramientas tecnológicas que han permitido darle movimiento y dinamismo, sin afectar sus componentes formados por el símbolo, el logotipo, el lema y la designación institucional, que nos dan un sentido de pertenencia y compromiso con su misión y valores.

1943. Nace el Seguro Social en México por decreto presidencial. Su imagen es identificada como SEGURO SOCIAL.

1944. Surge el símbolo del Instituto, dándole presencia a las actividades de una institución pionera de la seguridad social en México. Fue diseñado por Salvador Zapata a propuesta del entonces Director General del Instituto, Lic. Ignacio García Téllez.

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1945. Aparecen ya como un conjunto visual el símbolo, el logotipo IMSS y el lema “SEGURIDAD PARA TODOS”.

1960. En la Unidad Independencia surge la escultura artística del símbolo institucional, conmemorando los 150 años del inicio de la lucha por la Independencia, realizada por Federico Cantú a petición del entonces director general del Instituto, Lic. Benito Coquet.

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1973. Se estiliza el símbolo y se cambia el lema por el de “SEGURIDAD Y SOLIDARIDAD SOCIAL”, que continúa vigente a la fecha.

1983. El diseñador Jorge Canales rediseña y moderniza el logosímbolo institucional, respetando la identidad que hasta ese momento se manejaba, y aparecen dos variantes más: el logosímbolo vertical y el horizontal.

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1992. Se adecuan sus proporciones y se modifica la tipografía del lema en las tres versiones.