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    NORMA VENEZOLANACOVENIN 2030 - 87

    CLASIFICACION DEEMPRESAS DE

    ALOJAMIENTO TURSTICO

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    3 DEFINICIONES

    A los efectos de esta Norma, se define como:

    1.6 EMPRESA DE ALOJAMIENTO TURSTICO

    Es todo aquel establecimiento que presta al pblico, un servicio parahospedarse en forma temporal, que funcione en una edificacin construidao acondicionada para tal fin, ocupando la totalidad del inmueble o parte delmismo, conformando sus dependencias un todo unitario, sin mezcla de

    otros usos no cnsonos con su naturaleza.

    2.6 TIPO DE ESTABLECIMIENTO

    De acuerdo a los diferentes tipos de establecimientos de alojamientoturstico, se definen de la siguiente manera:

    3.2.1 Hotel (H)

    Aquel establecimiento que presta en forma permanente el servicio dealojamiento en habitaciones con servicio sanitario privado, ofreciendo alhusped servicios bsicos y complementarios, segn su categora ymodalidad; siendo su tarifa de alojamiento diaria por tipo de habitacin ynmero de ocupantes.

    3.2.2 Hotel Residencia (HR)

    Aquel establecimiento que presta en forma permanente el servicio dealojamiento en apartamentos o cabaas, ofreciendo al husped un mnimode servicios bsicos y complementarios segn su categora y modalidad;siendo sus tarifas de alojamiento diarias y especiales para estancias

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    prolongadas, no inferiores a un mes, por tipo de apartamento o cabaa ynmero de ocupantes.

    3.2.3 Motel (M)

    Aquel establecimiento que presta en forma permanente el servicio dealojamiento en habitaciones con servicio sanitario privado, ofreciendo alhusped servicios bsicos y complementarios segn su categora ymodalidad. Ubicados generalmente en las proximidades de las vasautomotoras, fuera de las zonas urbanas, con estacionamiento contiguo oprximo a las unidades habitacionales y cuya disposicin de planta fsicapermita a los huspedes el acceso individual, principal y directo a sus

    habitaciones, desde el rea de estacionamiento; Siendo sus tarifas dealojamiento diario por tipo de habitacin y nmero de ocupantes.

    3.2.4 Pensin (Pe)

    Aquel establecimiento que presta en forma permanente el servicio dealojamiento en habitaciones, con servicio sanitario privado ido comn ocolectivo. Por requerimiento del husped se ofrece servicio de alimentacinbajo el rgimen completo o medio; siendo su tarifa de alojamiento peridica- diaria, semanal, quincenal o mensual e incluir en cada caso, el valor por el rgimen de comidas convenido con el husped.

    3.2.5 Hospedaje (Hp)

    Aquel establecimiento que presta en forma permanente el servicio de

    alojamiento en habitaciones privadas y/o comunes o colectivas con serviciosanitario privado y/o comn o colectivo. No ofrece servicio de alimentacin,pero si un mnimo de servicios bsicos, siendo su tarifa de alojamientoperidica - diaria, semanal, quincenal o mensual por tipo de habitacin o por cama.

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    3.2.6 Establecimiento Especial (EE)

    Aquel establecimiento integrante del Sistema Turstico Nacional que presteen forma peridica o permanente el servicio de alojamiento cuyascaractersticas y condiciones de las instalaciones son diferentes a lasanteriormente mencionadas.

    3.6 MODALIDAD DEL ESTABLECIMIENTO

    Al conjunto de caractersticas arquitectnicas, de instalaciones equipo y deservicio, que debe reunir un establecimiento de alojamiento turstico, a fin

    de determinar la imagen de venta al pblico.

    4.6 HABITACION SENCILLA

    Es aquella dotada de una sola cama individual y que pueda permitir laincorporacin de una cama adicional individual.

    3.5 HABITACION DOBLE

    Es aquella dotada de dos camas individuales o una cama matrimonial y quepueda permitir la incorporacin de una cama adicional individual.

    5.6 HABITACION COLECTIVA O COMUN

    Es aquella dotada de un mnimo de tres camas y un mximo de seis camas

    individuales.

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    3.7 HABITACION SUITE

    Es aquella que consta, por lo menos, de dos reas claramentediferenciadas: una habitacional doble y una zona social (estar) equipadapara alojar dos personas adicionales en dos camas individuales o unamatrimonial, con una sola puerta de acceso desde el pasillo principal.

    3.8 CABAA

    Unidad habitacional con caractersticas propias generalmente aislada de losservicios principales del establecimiento pero formando parte integral de l;conformada por un solo ambiente, una o dos habitaciones con susrespectivos servicios sanitarios, estar-comedor, cocinilla, refrigerado yarmario empotrado (closet).

    3.9 APARTAMENTO

    Unidad habitacional conformada por un solo ambiente, una o doshabitaciones, con sus respectivos servicios sanitarios, estar-comedor,cocinilla, refrigerador y armario empotrado (closet).

    3.10 OCUPACION SENCILLA

    Es la utilizacin individual por un husped de la unidad habitacional.

    3.11 OCUPACION DOBLE

    Es la utilizacin de un mnimo de dos huspedes de la unidad habitacional.

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    3.12 DIA HOTELERO

    Lapso comprendido entre las tres de la tarde (03 pm.) de un da y las tresde la tarde (03 pm.) del da siguiente.

    3.13 PLAN HOTELERO EUROPEO

    Es aquel que incluye el servicio de alojamiento nicamente.

    3.14 PLAN HOTELERO CONTINENTAL

    Es aquel que incluye el servicio de alojamiento y desayuno.

    3.15 PLAN HOTELERO AMERICANO

    Es aquel que incluye el servicio de alojamiento y las tres (3) comidas.

    3.15.1 Americano Modificado

    Es aquel que incluye el servicio de alojamiento y una (1) de las comidas.

    3.16 RANGO DE PRECIO

    Son los valores comprendidos entre el mnimo y el mximo inclusive a queestarn sujetos los establecimientos de alojamiento turstico en el pas.

    3.17 AREA BRUTA DE CONSTRUCCION POR HABITACION (AB)

    Es la que comprende la sumatoria de las reas habitacionales, de servicio,administrativas, sociales y otras, que se exigen en los ndicesarquitectnicos por categora.

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    3.18 VALOR METRO CUADRADO DE CONSTRUCCION PORCATEGORIA (Vm2C)

    Es aquel representado por el valor en bolvares de cada metro cuadrado deconstruccin por categora.

    3.19 INDICE DE UBICACIN (IU)

    Es aquel representado por el valor diferencial de la inversin total por habitacin en las distintas regiones del pas, tomando en consideracin lainversin realizada, la ubicacin geogrfica, el tipo y la categora.

    3.20 PRECIO MAXIMO (P. MAX.)

    Es el precio mximo a cobrar por los servicios de alojamiento prestados por la empresa.

    3.21 PRECIO MINIMO (P. MIN.)

    Es el precio mnimo a cobrar por los servicios de alojamiento prestados por la empresa.

    3.22 TAMAO DEL RANGO (TR)

    Es la diferencia entre el precio mnimo y el mximo establecido y que serdel 40 por 100.

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    3.23 INDICE DE RENDIMIENTO (IR)

    Es el rendimiento de la inversin total por habitacin, tomando enconsideracin el gasto operativo, de tal manera que los valores fijadoscomo rango permitan una adecuada y razonable rentabilidad para larecuperacin de la inversin.

    4 CLASIFICACIONTodo establecimiento de alojamiento turstico se clasificar de la siguiente manera:

    4.11 DE ACUERDO A SU TIPO4.1.1 Hotel4.1.2 Hotel Residencia4.1.3 Motel4.1.4 Pensin4.1.5 Hospedaje4.1.6 Establecimientos Especiales

    4.2 DE ACUERDO A SU CATEGORIA4.2.1 Hoteles de una (1) a cinco (5) estrellas (*)4.2.2 Hoteles Residencia de una (1) a tres (3) estrellas (*)4.2.3 Moteles de una (1) a tres (3) estrellas (*)4.2.4 Pensiones de una (1) a dos (2) estrellas (*)4.2.5 Hospedajes de una (1) a dos (2) estrellas (*)

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    4.3 DE ACUERDO A SU MODALIDAD

    4.3.1 Playa4.3.2 Selva4.3.3 Montaa4.3.4 Termal4.3.5 Urbano4.3.6 Llano

    5 CONSIDERACIONES GENERALES

    5.1 PERMISOS

    5.1.1 Los promotores que aspiren a desarrollar proyectos de establecimientos dealojamiento turstico, debern someter su solicitud permiso ante elorganismo competente.

    5.1.2 Todo establecimiento de alojamiento turstico, deber solicitar al organismocompetente los permisos de construccin, habitabilidad turstica yoperacin, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en la presenteNorma.

    5.1.3 Los Anteproyectos y Proyectos, debern estar firmados por profesionalescolegiados en las respectivas especialidades.

    5.1.4 Las funciones de control e inspeccin de los establecimientos dealojamiento turstico las ejercer el organismo competente y comprender:

    a) Inspecciones de carcter tcnico y habilitadura turstica.b) Inspecciones de carcter y de servicio.

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    5.2 MODALIDADES

    5.2.1 Todo establecimiento de alojamiento turstico, deber determinar sumodalidad.

    5.2.2 La modalidad de los establecimientos de alojamiento turstico, serdeterminada por los promotores, en base a tres elementos:- Situacin- Estudios de mercado- Imagen de venta al pblico

    5.2.3 A un establecimiento de alojamiento turstico le podr corresponder una oms modalidades sealadas en esta Norma. Los establecimientos

    prestarn los servicios complementarios propios a su modalidad, segn loestablecido a continuacin:

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    5.3 CARACTERISTICAS FISICAS

    5.3.1 Estacionamientos

    El nmero de puestos para estacionar vehculos en los establecimientos dealojamiento turstico guardar proporcin con el nmero de sus unidadeshabitacionales, reas sociales, comerciales y pblicas; segn su tipo,categora y modalidad.

    5.3.2 Accesos

    En los establecimientos de alojamiento turstico la entrada principal deberser de fcil acceso. Otros tipos de entrada sern exigidos de acuerdo a sutipo, categora y modalidad.

    5.3.3 Zona de Recepcin

    La zona de recepcin, integrada por el vestbulo, estar y recepcinpropiamente dicha, estar ubicada en la entrada principal y ser el ncleode enlace o de distribucin de las diferentes reas del establecimiento.Su superficie y distribucin estar en relacin directa con la capacidadreceptiva del establecimiento, su tipo y categora.

    5.3.4 Ascensores, Escaleras y Pasillos

    En los establecimientos en los cuales el ascensor sea de uso obligatorio

    (Planta Baja ms dos pisos), su ubicacin deber ser inmediata a la zonade recepcin y entrada del establecimiento y cumplir con lo establecido enlas Normas Venezolanas COVENIN N 810-74 y COVENIN N 621-72.

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    5.3.5 Zona de Servicios Pblicos

    5.3.5.1 La superficie de la zona de servicios pblicos deber calcularseproporcionalmente al nmero de unidades habitacionales de quedisponga el establecimiento, segn su tipo, categora y modalidad.

    5.3.5.2 En los establecimientos que presten servicio de restaurante, cafetera,fuente de soda y en general todas las dependencias que ofrezcanalimentacin, debern ser de fcil acceso al pblico y estar comunicadas directamente con la cocina principal o cocinas auxiliares.

    5.3.5.3 Los establecimientos de alojamiento turstico que presten los servicios

    de bares y discotecas, cualquiera que fuera su categora, debern estar aislados acsticamente.

    5.3.6 Servicios Generales

    Los servicios generales comprenden las zonas de descarga,montacargas (de acuerdo a lo especificado en la Norma VenezolanaCOVENIN N 624-72), personal, depsitos, cocina, mquinas,mantenimiento y otros servicios; su tamao depender tanto de las reasde servicio como de la capacidad del establecimiento, tipo y categora.

    5.3.7 Administracin

    La zona de administracin estar constituida por la dependenciasnecesarias para la Gerencia y Administracin del establecimiento,

    funcionalmente relacionadas con las zonas de recepcin y servicios.El nmero y tipo de las dependencias de esta zona depender del tipo ycategora del establecimiento.

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    5.3.8 Zona Habitacional

    La zona habitacional comprender las unidades habitacionales con susservicios sanitarios (privados, comunes o colectivos), servicios de piso(cuarto de camareras) y reas de circulacin; estarn conformadas segnlas exigencias del tipo y categora.

    5.3.9 Capacidad de Alojamiento

    La capacidad de alojamiento estar dada segn la dimensin de la

    habitacin de acuerdo a su tipo y categora.

    5.3.10 Unidades habitacionales 5.3.10.1 El tamao de la habitacin depender del tipo y categora del

    establecimiento y deber estar diseada de tal manera que permitasituar cmodamente el mobiliario y equipo exigidos en esta Norma.

    5.3.10.2 De acuerdo a su tipo deber contar con un nmero de habitacionesintercomunicadas, las cuales se calcularn segn la categora delestablecimiento. Las puertas de intercomunicacin debern ser dobles ytendrn cerradura de doble accin.

    5.3.10.3 Todos los ambientes utilizados como habitacin debern tener ventanaque abra hacia el exterior o hacia un patio de ventilacin, nunca haciaun pasillo cerrado.

    5.3.10.4 En los establecimientos de alojamiento turstico el nmero dehabitaciones sencillas, dobles, colectivas, suites, cabaas y

    apartamentos, deber ser calculados en base al mercado del sitio oregin y en todo caso deber ofrecer una oferta habitacionaldiversificada.

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    5.3.10.5 Las unidades habitacionales de los huspedes se identificarn mediantenmeros; la primera cifra identificar al piso, sector o zona, y lasrestantes, el nmero de la unidad habitacional, el cual deber ser reseado de igual manera en los planos de arquitectura, con el objetode calcular fcilmente el nmero total de habitaciones delestablecimiento.

    5.3.10.6 El ancho de los pasillos de acceso a las habitaciones ser en funcin deltipo y categora del establecimiento y del nmero de habitaciones queden a ellos, no permitindose que sobresalgan a ellos obstrucciones deninguna naturaleza.

    5.3.10.7 La superficie de los sanitarios ubicados dentro o fuera de las

    habitaciones, ser calculada segn el tipo y categora delestablecimiento.

    5.3.11 Servicios Complementarios 5.3.11.1 Los establecimientos de alojamiento turstico podrn ofrecer servicios

    complementarios, que se consideren a fines y compatibles con losdems servicios que preste el establecimiento, de acuerdo a su tipo,categora y modalidad.

    5.3.11.2 Las reas de los servicios complementarios se calcularn de acuerdo ala capacidad del establecimiento y segn su tipo, categora y modalidad.

    5.3.12 Zonas Verdes y Jardines

    Sern exigidas segn su tipo, categora y modalidad, reas para zonasverdes o jardines.

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    5.3.13 Para Moteles

    Todo establecimiento de alojamiento turstico, clasificado dentro del tipoMoteles, cualquiera sea su categora, deber cumplir con las siguientescondiciones:

    5.3.13.1 En el exterior del motel, en su fachada y acceso principal, deberindicarse la existencia o no de plazas libres.Esta indicacin se har mediante carteles o avisos con caracteresluminosos o reflectantes, que permita su lectura sin dificultad desde la

    va de acceso, incluso durante las horas nocturnas.5.3.13.2 Las unidades habitacionales podrn estar constituidas por una

    edificacin independiente, o se integrarn en uno o ms edificios, obloques, pero cada habitacin tendr una entrada independiente desdeel exterior. No podrn excederse los edificios de ms de dos plantas.

    5.3.13.3 Las unidades habitacionales podrn disearse en forma tal que estnconstituidas por cabaas aisladas o en conjunto, facilitando as el recibir grupos familiares.

    5.3.13.4 En el caso de que el vehculo se estacione frente al acceso de lahabitacin dormitorio, se deber mantener un espacio de circulacin.Estos pasillos estarn profusamente iluminados durante la noche.

    5.4 INSTALACIONES Y EQUIPOSTodo establecimiento de alojamiento turstico deber cumplir con lassiguientes condiciones:

    5.4.1.1 Red de agua potable que garantice su potabilidad y su serviciopermanente. De ser necesario deber contar con capacidad dealmacenamiento suficiente para dicho consumo.

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    5.4.1.2 Red de cloacas para eliminacin de aguas servidas. Cuando sta noexista o resultare insuficiente, ser obligatorio prever el sistema quecorresponda segn el caso; el vertido de las aguas residuales, tanto almar, ros y quebradas, as como a tierras de cualquier uso no podrefectuarse sin previo tratamiento.

    5.4.1.3 La recoleccin de basura y su retiro por parte de instituciones pblicas oprivadas; se deber efectuar en forma no visible para el pblico y sedeben evitar los malos olores.En el caso de no existir servicio oficial de recoleccin de basura; sta sedeber efectuar con medios adecuados de retiro, transporte yeliminacin.

    5.4.1.4 Las vas de acceso vehicular y estacionamiento debern estar debidamente sealadas para garantizar la seguridad del trficoautomotor y peatonal.

    5.4.1.5 Red de energa elctrica; segn el tipo, categora y modalidad se exigirun generador de electricidad, o planta de emergencia, de acuerdo a losespecificado en la Norma Venezolana COVENIN N 200-81.

    5.4.1.6 Sistemas de prevencin y proteccin de incendios de acuerdo a loespecificado en la Norma Venezolana COVENIN N 823-74.

    5.4.1.7 Todas las dependencias debern disponer de ventilacin adecuadadirecta o forzada para una eficiente renovacin del aire.

    5.4.2 Dotacin y Materiales 5.4.2.1 Las condiciones estticas del mobiliario, equipo, vajilla, cubiertera,

    lencera y de los ambientes, para todo establecimiento de alojamientoturstico, debern ser dadas por medio de materiales y acabados

    cnsonos con el tipo y categora del mismo.

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    5.4.2.2 Los pisos, paredes y techos estarn revestidos de materiales de fcilmantenimiento y limpieza, los cuales debern ser incombustibles yresistentes, garantizando en caso de incendio, la no produccin degases txicos, de acuerdo a lo especificado en la Norma VenezolanaCOVENIN N 1038-81.

    5.4.2.3 Evitar mediante aislamiento acstico, que los ruidos y vibracionesproducidos por ascensores, hidroneumticos y mquinas en general,puedan molestar a los huspedes.

    5.4.2.4 Ser obligatorio el aislamiento acstico en todas las habitaciones. Paralos dems ambientes se exigir segn el tipo y categora.

    5.4.2.5 Las dependencias de las reas pblicas sociales y de servicio, deberndotarse con mobiliario y equipo que garantice la comodidad y confort delos huspedes y visitantes.

    5.4.2.6 Para pensiones y hospedaje los sanitarios comunes o colectivosdebern ser diferenciados e identificados para uno u otro sexo ydebern ser diferenciados e identificados para uno u otro sexo ydebern estar dotados con:

    - Lavamanos- Urinarios- Repisas- Colgadores- Iluminacin general- Punto de luz, tomacorrientes y espejos sobre el lavamanos- Puertas en duchas y excusados- Protector antirresbalante en duchas- Jabn y papel higinico- Sistema seguro de cierre en las puertas- En este caso, las toallas de mano y de bao, sern

    proporcionadas en las habitaciones de cada uno de loshuspedes.

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    - Cuando se utilicen vidrios en puertas de duchas o excusadosstos deben ser templados o de seguridad.

    5.4.2.7 Las puertas de las habitaciones debern estar dotadas de cerraduracilndrica y cadena de seguridad de una mirilla (ojo mgico) y cerradurahotelera, segn el tipo y categora del establecimiento de alojamientoturstico.

    5.4.2.8 En las habitaciones en cuya dotacin bsica se incluyen armariosempotrados (closets) stos debern contar con:

    - Puertas- Entrepaos

    - Gavetas- Perchas y ganchos para ropa

    5.4.2.9 En aquellos lugares donde haya abundancia de insectos (zancudos,moscas, cucarachas y otros), deber protegerse a las ventanas ypuertas que dan hacia el exterior de forma tal de impedir su acceso.

    5.4.2.10 Todas las dependencias de los establecimientos de alojamiento tursticodebern estar debidamente sealadas e identificadas.

    5.4.3 Instalaciones

    Todo establecimiento de alojamiento turstico deber cumplir con lossiguientes requisitos para las instalaciones:

    5.4.3.1 El aire acondicionado ser obligatorio en los ambientes que seespecifiquen segn el tipo y categora, de acuerdo con los sistemas ytcnicas que ofrezcan garanta suficiente de buen funcionamiento de

    acuerdo a lo especificado en la Norma Venezolana COVENIN N 1299-78.

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    En el caso de instalarse aire acondicionado central, se debern colocar controles independientes para su graduacin en todas las dependenciasde utilizacin general y, en el caso de unidades individuales, stosdebern ser mantenidos de manera que garanticen su funcionamiento yque no originen ruidos molestos.

    5.4.3.2 En aquellos lugares donde se produzcan olores fuertes ydesagradables, stos deben ser eliminados a travs de un sistemaaprobado por autoridades competentes.

    5.4.3.3 Se deber prever el rea para tableros electrnicos, cuya magnituddepender de su tamao y capacidad, de acuerdo a loespecificado en las Normas Venezolanas COVENIN N 1568-80 y

    COVENIN N 1631-80.5.4.3.4 Las cocinas tendrn siempre ventilacin directa o forzada y dispondrn

    de instalaciones para la renovacin del aire y extraccin de humo.5.4.3.5 No se permite la circulacin de aire de sanitarios a cocinas u otros sitios

    donde se preparen alimentos.5.4.3.6 En caso de no existir red de comunicacin telefnica el establecimiento

    deber prever, por algn otro sistema, la comunicacin al resto del pas.5.4.3.7 Se deber prever la instalacin de ante T.V. colectiva, de acuerdo a lo

    especificado en la Norma Venezolana COVENIN N 200-81.

    5.5 DE LA PRESTACIN DE LOS SERVICIOS

    Todo establecimiento turstico debe prestar los siguientes servicios:5.5.1 Servicio de Alojamiento

    5.5.1.1 Servicio de alojamiento a todo el que lo requiera sin discriminacin decualquier tipo, a menos que no haya habitaciones disponibles o por razones de higiene y seguridad.

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    5.5.1.2 Podrn optar los establecimientos de alojamiento turstico por planeshoteleros: europeos, continental, americano o americano modificado.Para la aplicacin obligatoria de cualquiera de estos planes, a excepcindel europeo ser necesario la autorizacin del organismo competente.

    5.5.1.3 Para MotelesEl servicio de alojamiento turstico ser cancelado por el husped almomento de su registro en la recepcin, excepto previo acuerdo con la

    administracin cuando pernocte ms de una noche.

    5.5.2 Libre Trnsito Libre trnsito de huspedes para el acceso o salida del establecimiento acualquier hora.

    5.5.3 Recursos Humanos 5.5.3.1 Recursos Humanos necesarios, debidamente adiestrados para prestar

    servicios que le correspondan, segn la capacidad, categora ymodalidad.

    5.5.3.2 Recepcin con personal de servicio las veinticuatro (24) horas del da yofrecern a los huspedes los servicios de asistencia e informacin,llamadas y mensajes, reservaciones, correspondencia y telfono.

    5.5.3.3 El personal de servicio de las diferentes dependencias deber vestir uniforme adecuado al acometido que preste, segn categora y

    modalidad. El personal deber distinguirse para su correctapresentacin y deber esmerarse en atender a la clientela conamabilidad, cortesa y hospitalidad.

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    5.5.3.4 Para MotelesPersonal de seguridad suficiente durante las veinticuatro (24) horas delda, caseta de control para el acceso de los vehculos y cerca deproteccin en el permetro de la instalacin.

    5.5.4 Servicio a Minusvlidos Servicios y equipamiento para la atencin a los minusvlidos.

    5.5.5 Servicio de Seguros Plizas de seguro de accidentes personales para amparo de loshuspedes.

    5.5.6 Primeros Auxilios Servicio permanente de primeros auxilios, que cubrir tanto al personal delestablecimiento como a los huspedes.

    5.5.7 Servicio de Comedor y Desayuno Servicio de comedor y desayuno, si lo hubiere, ser expedidodiligentemente, tanto en el comedor u otro lugar adecuado, como en lashabitaciones durante el horario fijado por el establecimiento, el cual deberser como mnimo de tres (3) horas consecutivas.

    5.5.8 Dotacin para las Camas

    Dotarse las camas de sus respectivos elementos, tales como: colchn,almohadas, fundas, sbanas, cobijas y cubre-camas, los cuales debernmantener en buenas condiciones de uso. Cualquiera de stos elementos aexcepciones de colchones y cubre-camas, se debern proporcionar apeticin del husped, en forma extra.

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    5.5.9 Servicio de la Habitacin Cada habitacin deber prestar los siguientes servicios:

    5.5.9.1 Suficiente informacin sobre los servicios ofrecidos por elestablecimiento, sus tarifas y el reglamento interno.

    5.5.9.2 Cambio de lencera y toallas de bao, cada vez que haya cambio dehusped y como mnimo cada segundo da de estancia.

    5.5.9.3 Aseo de las habitaciones y baos se deber hacer diariamente.5.5.9.4 Servicio de cunas.

    5.5.10 Servicio de Lavandera Servicio de lavandera al husped, segn tipo y categora.

    5.5.11 Servicio de Mquina de Hielo Existencia de mquinas fabricadoras de hielo en cubitos, cuyo nmero yubicacin debern estar de acuerdo al tipo y la categora delestablecimiento.

    5.5.12 Servicio de Mantenimiento Todo establecimiento de alojamiento turstico, segn su categora deberestablecer un plan de mantenimiento preventivo y peridico, con el objetode conservar un buen estado de uso y funcionamiento a los espacios, a ladotacin, el equipo y al mobiliario.

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    6 REQUISITOS

    Con objeto de optar a una determinada clase en funcin de su tipo y categora, laempresa de alojamiento turstico deber cumplir a nivel de proyecto con losndices arquitectnicos establecidos en los cuadros correspondientes de acuerdoa su clasificacin.

    6.1 HOTELES CINCO (5) ESTRELLAS (*****)6.1.1 Arquitectnicos 1.2.1.3 Estacionamiento. Comprendern:1.2.1.3.1 Estacionamiento pblico, cuya capacidad estar en funcin, del nmero

    de habitaciones del establecimiento, de las reas sociales y comercialesque lo conforman.

    2.2.1.3.1 Zona especial para el estacionamiento de taxis y autobuses de turismo.3.2.1.3.1 Estacionamiento para empleados gerenciales.

    2.2.1.3 Area cubierta en la entrada principal del establecimiento (cubre carrosde entrada) suficiente para parqueo y circulacin de vehculos.

    1.2.1.3.1 Una entrada principal2.2.1.3.1 Una entrada de equipaje independiente y claramente diferenciada de la

    anterior, con relacin y comunicacin, directa con el monta-carga oascensor de servicio.

    3.2.1.3.1 Escalera y ascensores pblicos, segn la capacidad de alojamiento,ubicados adyacentes a la recepcin, vestbulo y entrada principal.

    4.2.1.3.1 El Vestbulo y Estar Principal (Lobby) conformado por:- Saln con televisores a color.- Salones de estar - Telfonos pblicos con cabinas insonorizadas- Sanitarios pblicos para damas y caballeros

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    5.2.1.3.1 La Recepcin-Registro Caja conformada por:- Mostrador de recepcin e informacin- Caja, separada de la recepcin- Mostrador especial para recepcin de grupos- Cajas de seguridad individuales- Mostrador para Capitn de Botones- Cuarto de equipaje con rea de maleteros y carritos portamaletas.- Oficina para el Gerente de turno, accesible al pblico.

    3.2.1.3 Dependencias de los Servicios Pblicos. Comprendern:

    1.2.1.3.1 Comedor principal2.2.1.3.1 Comedor diario3.2.1.3.1 Cafetera-Fuente de Soda con depsito4.2.1.3.1 Bar separado con depsito5.2.1.3.1 Discoteca o Club Nocturno (Nigth Club) con pista de baile, msica en

    vivo y depsito.6.2.1.3.1 Sanitarios para dama y caballeros en cada una de las dependencias

    pblicas.

    6.1.1.4 Oficinas de Administracin. Comprendern:6.1.1.4.1 Oficinas de la Gerencia6.1.1.4.2 Oficinas para la Gerencias Departamentales6.1.1.4.3 Oficina de reservaciones y teles (anexa a la recepcin).6.1.1.4.4 Sala para primeros auxilios. Deber contar con el equipamiento

    necesario que permita la asistencia mdica de urgencia.

    6.1.1.4.5 Central telefnica automtica (anexa a la recepcin) concomunicacin interna a todas las dependencias y habitaciones. Suoperacin quedar fuera de la vista del pblico.

    6.1.1.4.6 Sanitarios para damas y caballeros.

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    6.1.1.5 Dependencias de Servicios Generales. Comprendern:6.1.1.5.1 Entrada de servicio peatonal y vehicular, independiente a la de

    huspedes.6.1.1.5.2 Patio de maniobras con plataforma de carga y descarga de

    mercancas, control y bscula.6.1.1.5.3 Area de control de empleados, vigilancia y seguridad.6.1.1.5.4 Vestuarios y sanitarios del personal para damas y caballeros.6.1.1.5.5 Habitaciones para empleados segn el caso, para damas y

    caballeros.6.1.1.5.6 Estar de empleados.6.1.1.5.7 Oficinas para los diferentes departamentos operacionales y

    administrativos.6.1.1.5.8 Zona de depsitos y almacenes varios6.1.1.5.9 Depsito de basura refrigerada6.1.1.5.10 Depsito de basura hermtico6.1.1.5.11 Depsito de limpieza6.1.1.5.12 Ascensores de servicio-montacargas: deber existir un sistema de

    circulacin vertical de servicio, a travs de montacargas y escalerasde servicio, los cuales debern tener una relacin directa con lasdependencias de servicio y cocina.

    6.1.1.5.13 La circulacin de servicio tanto horizontal como vertical, deberplantearse de forma tal que no interfiera con la de los huspedes.

    6.1.1.5.14 Las dependencias de la cocina sern:- La zona de cocina principal comprender las cocinas calientes y

    fras, con sus reas de preparacin (carnes, pescado, mariscos,aves, legumbres, salsas y otros), de lavado de vajillas, ollas, de

    almacenamiento de los mismos, de coccin y de entrega; derepostera y panadera.

    - La capacidad de la cocina principal estar en funcin del nmerode habitaciones y del rea a servir.

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    - Debern existir cocinas auxiliares de apoyo, que sirvan a lasdependencias de reuniones y banquetes, cuando stas as lorequieran con un eficiente sistema de circulacin vertical yhorizontal.

    - Un comedor para empleados ubicado prximo a la zona decocina; su tamao se calcular de acuerdo al nmero deempleados y turnos existentes.

    - Los comedores (principal y diario) y las cocinas debern estar separados por un pequeo cuarto con doble puerta, para elservicio de mesoneros, que impedir el registro visual, hacia lascocinas.

    - Oficina para el Jefe de cocina (Chef) en un espacio aparte, de lacocina.

    - El servicio de habitacin se deber comunicar con los serviciosde piso (cuarto de camareras), por medio de montacargas,montaplatos, escaleras o ascensores de servicio.

    - Deber existir un espacio adicional al rea de servicio dehabitaciones, que estar ocupado por los equipos utilizados paratransportar los pedidos, (equipos rodantes).

    - La despensa diaria comprender un depsito de alimentos,prximo a la cocina principal, el cual se abastecer de ladespensa general.

    - Cuarto de aseo (limpieza).6.1.1.5.15 Las dependencias de Mantenimiento estarn conformadas por:

    - Oficina del Jefe de Mantenimiento- Depsito- Talleres varios

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    6.1.1.6 Zona Habitacional. Comprender:6.1.1.6.1 Estar amoblado, adyacente a los ascensores y escaleras pblicas, en

    cada planta tipo.6.1.1.6.2 Las unidades habitacionales debern estar conformadas por:

    - Habitaciones sencillas- Habitaciones dobles- Habitaciones suites

    6.1.1.6.3 Las habitaciones debern contar con bao privado y vestier incluyendo armario empotrado (closet).

    6.1.1.6.4 Las habitaciones debern tener un piso con acabado de pared a

    pared; las ventanas dotadas de proteccin que permitan cortar elpaso de la luz externa.

    6.1.1.6.5 Cada habitacin debe contar con un mnimo de:- Camas (individuales o matrimonial) - Lmpara de mesa- Cuatro (4) almohadas - Cuadros- Dos (2) mesas de noche - Ceniceros- Dos (2) porta-maletas - Papelera- Dos (2) butacas- Escritorio- Peinadora con silla- Mini bar - Mesa

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    6.1.1.6.6 El bao deber tener la totalidad de sus paredes y pisos recubiertoscon baldosas cermica y debern contar como mnimo con lasiguiente dotacin:- Excusado - Equipo de:- Baera con ducha Costura- Lavamanos limpieza para zapatos- Bidet tocador - Ducha manual higiene bucal- Gabinetes higiene ntima- Auxiliar del telfono higiene corporal

    - Dispensador de toallas faciales primeros auxilios- Punto de electricidad indicando tensin- Juego de toallas (3 tamaos/husped) - Gorro de bao/husped- Bata de bao/husped - Un para pantuflas/husped- Papelera

    6.1.1.6.7 Los interruptores de luces, ambiente musical, radio y aireacondicionado, debern estar ubicados cerca de la cabecera de lacama, o en otro lugar visible adecuado en la habitacin.

    6.1.1.6.8 El servicio de piso (cuarto de camareras deber contar con reasapropiadas para lenceras, tiles de limpieza, lavamopas, ductos debasura y ropa sucia.- Telfonos internos- Area para mquina fabricadora de hielo- Excusado (W.C.) y lavamanos- Depsito de camas adicionalesEsta rea deber tener una relacin directa con la circulacin deservicio.

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    6.1.1.7 Servicios Complementarios. Comprendern:6.1.1.7.1 Zona Comercial

    - Local para venta de peridicos, revistas y otros servicios- Local de artesana- Local para alquiler de automviles sin chofer.- Local para agencia de viajes y excursiones (informacin turstica)- Local varios

    6.1.1.7.2 Dependencias para reuniones y banquetes.- Sala de usos mltiples subdivisibles- Depsito para la sala de usos mltiples

    - Vestbulo para la sala de usos mltiples- Sala de fiestas, reuniones y banquetes.- Sanitarios para damas y caballeros en cada una de las

    dependencias.- Depsito para la sala de fiestas, reuniones y banquetes.- Vestbulo para la sala de fiestas, reuniones y banquetes.

    6.1.1.7.3 Lavandera. Comprender:- Area de lavado, secado, planchado, seleccin y suministro (zona

    de trabajo).- Oficina de Ama de Llaves- Cuarto de costura- DepsitosLos equipos de lavandera debern mantener las mximascondiciones de seguridad y eficiencia.

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    6.1.1.7.4 Piscina y Servicios Anexos. Comprendern:- Piscina para adultos y otra para nios, o una sola debidamente

    diferenciada.- Entrada de baistas hacia el hotel, la cual conducir directamente

    al ncleo de circulacin vertical o hacia las habitaciones.- Sanitarios-vestuarios prximos a la piscina, para damas y

    caballeros.

    6.1.2 De la Prestacin de los Servicios Prestar los siguiente servicios:

    6.1.2.1 Recepcin permanente atendida con personal experto y trilinge(castellano, ingls y otro idioma), las veinticuatro (24) horas del da.

    6.1.2.2 Informacin permanente en el mostrador con relacin aespectculos, giras, lugares de recreacin, sitios de inters turstico,horario de transporte, reservaciones de hoteles y transporte; todo ellosin recargo adicional.

    6.1.2.3 Servicio de custodia de valores.6.1.2.4 Portero exterior diecisis (16) horas diarias por lo menos.6.1.2.5 Servicio de taxi las veinticuatro (24) horas del da6.1.2.6 Encargado de equipaje por turno y un nmero suficiente de botones,

    acordes con el movimiento del establecimiento, debern estar enservicio las veinticuatro (24) horas del da.

    6.1.2.7 Servicio de teles las veinticuatro (24) horas del da y serviciossecretariales y correspondencia durante doce (12) horas del da.

    6.1.2.8 Ambiente musical en todos los salones de uso comn.

    6.1.2.9 Ambiente musical en todos los salones de uso comn.6.1.2.10 Servicio mdico las veinticuatro (24) horas del da6.1.2.11 Servicio de nieras las veinticuatro (24) horas del da, previamente

    contratado por el husped.

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    6.1.2.12 Servicio de la Cafetera-Fuente de Soda, diecisis (16) horas diarias(desayuno, almuerzo y cena).

    6.1.2.13 Comedores los cuales debern prestar servicio por lo menos tres (3)horas para el almuerzo y para la cena.

    6.1.2.14 Cartas y men del servicio de comestibles y bebidas, ofrecidosimpresos en castellano, ingls y otro idioma.

    6.1.2.15 Servicios de bar, sin perjuicio de ser proporcionado en este recinto,

    deber ofrecerse en otros, tales como sala de estar, comedor, salade usos mltiples, reas exteriores y salas de juego, si las hubiesen.

    6.1.2.16 Barman, metre del hotel y capitanes de bares y comedores bilinges(castellano y otro idioma).

    6.1.2.17 Servicio de alimentos y bebidas a las habitaciones (room service) lasveinticuatro (24) horas del da.

    6.1.2.18 Servicio de Prensa diaria en las habitaciones.6.1.2.19 Mquina fabricadora de hielo en cada piso.6.1.2.20 Cambio de lencera y toallas en las habitaciones diariamente y

    cuando se produzca un cambio de husped.6.1.2.21 Preparacin de cama cada noche en las habitaciones ocupadas.6.1.2.22 Proveerse de hielo y agua fra potable permanentemente a las

    habitaciones.6.1.2.23 T.V. a color, tres canales de video (uno en ingls) ambiente musical y

    radio en todas las habitaciones.

    6.1.2.24 Telfono con servicio automtico para llamadas internas, externas einternacionales, con auxiliares en el bao.

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    6.1.2.25 Servicio de agua fra y caliente en los baos de las habitaciones,durante las veinticuatro (24) horas del da.

    6.1.2.26 Servicio de lavandera, planchado y costura para la ropa de loshuspedes, durante seis (6) das a la semana y diecisis (16) horasdiarias por lo menos.

    6.1.2.27 Servicio rpido de lavado y planchado con entrega a las cuatro (4)horas como mximo.

    6.1.2.28 El horario de funcionamiento de la piscina, deber disponer de

    salvavidas, durante las horas en que est en funcionamiento lamisma.

    6.1.2.29 Servicio de piscina, deber disponer de salvavidas, durante las horasen que est en funcionamiento la misma.

    6.1.2.30 Servicio de alimentacin y bebida cercano a la piscina.6.1.2.31 Servicio para proyecciones audiovisuales, espectculos diversos y

    traduccin simultnea, en la sala de usos mltiples.6.1.2.32 Proveerse de equipo de escritorio (papelera, bolgrafo y texto de

    literatura bolivariano) en habitacin.

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    6.2 HOTELES CUATRO (4) ESTRELLAS (****)6.2.1 Arquitectnicos 6.2.1.1 Estacionamiento. Comprender:6.2.1.1.1 Estacionamiento pblico: cuya capacidad estar en funcin del nmero

    de habitaciones del establecimiento, as como de las reas sociales ycomerciales.

    6.2.1.1.2 Zona especial para el estacionamiento de taxis y autobuses de turismo.6.2.1.1.3 Estacionamiento para empleados gerenciales.6.2.1.1.4 Area cubierta en la entrada principal del establecimiento (cubre carros

    de entrada) suficiente para parqueo y circulacin de vehculos.

    6.2.1.2 Zona de Recepcin. Comprender:6.2.1.2.1 Una entrada principal6.2.1.2.2 Una entrada de equipaje independiente y claramente diferenciada de la

    anterior, con relacin y comunicacin, directa con el monta-carga oascensor de servicio.

    6.2.1.2.3 Escalera y ascensores pblicos, segn la capacidad de alojamiento,ubicados adyacentes a la recepcin, vestbulo y entrada principal.

    6.2.1.2.4 El vestbulo y Estar Principal (Lobby) conformado por:- Saln con televisores a color.- Salones de estar - Telfonos pblicos con cabinas insonorizadas- Sanitarios pblicos para damas y caballeros

    6.2.1.2.5 La Recepcin-Registro Caja conformada por:- Mostrador de recepcin e informacin- Caja, separada de la recepcin- Mostrador especial para recepcin de grupos- Cajas de seguridad individuales- Mostrador para Capitn de Botones- Cuarto de equipaje con rea de maleteros y carritos portamaletas.- Escritorio para Gerente de turno, accesible al pblico.

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    4.2.1.3 Dependencias de los Servicios Pblicos. Comprendern:1.2.1.3.1 Comedor principal6.2.1.3.2 Comedor diario6.2.1.3.3 Cafetera-Fuente de Soda con depsito6.2.1.3.4 Bar separado con depsito6.2.1.3.5 Sanitarios para dama y caballeros en cada una de las dependencias

    pblicas.

    6.1.1.4 Oficinas de Administracin. Comprendern:6.1.2.4.1 Oficinas de la Gerencia6.1.2.4.2 Oficinas para la Gerencias Departamentales

    6.1.2.4.3 Oficina de reservaciones y teles (anexa a la recepcin).6.1.2.4.4 Sala para primeros auxilios. Deber contar con el equipamiento

    necesario que permita la asistencia mdica de urgencia.6.1.2.4.5 Central telefnica automtica (anexa a la recepcin) con

    comunicacin interna a todas las dependencias y habitaciones. Suoperacin quedar fuera de la vista del pblico.

    6.1.2.4.6 Sanitarios para damas y caballeros.

    6.1.2.5 Dependencias de Servicios Generales. Comprendern:6.1.2.5.1 Entrada de servicio peatonal y vehicular, independiente a la de

    huspedes.6.1.2.5.2 Patio de maniobras con plataforma de carga y descarga de

    mercancas, control y bscula.6.1.2.5.3 Area de control de empleados, vigilancia y seguridad.6.1.2.5.4 Vestuarios y sanitarios del personal para damas y caballeros.

    6.1.2.5.5 Habitaciones para empleados segn el caso, para damas ycaballeros.

    6.1.2.5.6 Estar de empleados.6.1.2.5.7 Oficinas para los diferentes departamentos operacionales y

    administrativos.

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    6.1.2.5.8 Zona de depsitos y almacenes varios6.1.2.5.9 Depsito de basura refrigerada6.1.2.5.10 Depsito de basura hermtico6.1.2.5.11 Depsito de limpieza6.1.2.5.12 Ascensores de servicio-montacargas: deber existir un sistema de

    circulacin vertical de servicio, a travs de montacargas y escalerasde servicio, los cuales debern tener una relacin directa con lasdependencias de servicio y cocina.

    6.1.2.5.13 La circulacin de servicio tanto horizontal como vertical, deberplantearse de forma tal que no interfiera con la de los huspedes.

    6.1.2.5.14 Las dependencias de la cocina sern:

    - La zona de cocina principal comprender las cocinas calientes yfras, con sus reas de preparacin (carnes, pescado, mariscos,aves, legumbres, salsas y otros), de lavado de vajillas, ollas, dealmacenamiento de los mismos, de coccin y de entrega; derepostera y panadera.

    - La capacidad de la cocina principal estar en funcin del nmerode habitaciones y del rea a servir.

    - Debern existir cocinas auxiliares de apoyo, que sirvan a lasdependencias de reuniones y banquetes, cuando stas as lorequieran con un eficiente sistema de circulacin vertical yhorizontal.

    - Un comedor para empleados ubicado prximo a la zona decocina; su tamao se calcular de acuerdo al nmero deempleados y turnos existentes.

    - Los comedores (principal y diario) y las cocinas debern estar

    separados por un pequeo cuarto con doble puerta, para elservicio de mesoneros, que impedir el registro visual, hacia lascocinas.

    - Oficina para el Jefe de cocina (Chef) en un espacio aparte, de lacocina.

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    - El servicio de habitacin se deber comunicar con los serviciosde piso (cuarto de camareras), por medio de montacargas,montaplatos, escaleras o ascensores de servicio.

    - Deber existir un espacio adicional al rea de servicio dehabitaciones, que estar ocupado por los equipos utilizados paratransportar los pedidos.

    - La despensa diaria comprender un depsito de alimentos,prximo a la cocina principal, el cual se abastecer de ladespensa general.

    - Cuarto de aseo (limpieza).6.1.2.5.15 Las dependencias de Mantenimiento estarn conformadas por:

    - Oficina del Jefe de Mantenimiento- Depsito- Talleres varios

    6.1.2.6 Zona Habitacional. Comprender:6.1.2.6.1 Estar amoblado, adyacente a los ascensores y escaleras pblicas, en

    cada planta tipo.6.1.2.6.2 Las unidades habitacionales debern estar conformadas por:

    - Habitaciones sencillas- Habitaciones dobles- Habitaciones suites

    6.1.2.6.3 Las habitaciones debern contar con bao privado y armarioempotrado (closet).

    6.1.2.6.4 Las habitaciones debern tener un piso con acabado de pared apared; las ventanas dotadas de proteccin que permitan cortar el

    paso de la luz externa.6.1.2.6.5 Cada habitacin debe contar con un mnimo de:

    - Camas (individuales o matrimonial) - Lmpara de mesa- Cuatro (4) almohadas - Cuadros- Dos (2) mesas de noche - Ceniceros

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    - Dos (2) porta-maletas - Papelera- Butaca- Escritorio-Peinadora con silla- Mesa con lmpara

    6.1.2.6.6 El bao deber tener la totalidad de sus paredes y pisos recubiertoscon baldosas cermica y debern contar como mnimo con lasiguiente dotacin:- Excusado- Baera con ducha- Lavamanos

    - Bidet- Ducha manual- Gabinetes- Dispensador de toallas faciales

    - Punto de electricidad indicando su tensin

    6.1.2.6.7 Los interruptores de luces, ambiente musical, radio y aireacondicionado, debern estar ubicados cerca de la cabecera de lacama, o en otro lugar del dormitorio.

    6.1.2.6.8 El servicio de piso (cuarto de camareras) deber contar con reasapropiadas para lencera, tiles de limpieza, lavamopas, ductos debasura y ropa sucia.- Telfonos internos- Mquina fabricadora de hielo- Depsito de camas adicionales

    Esta rea deber tener una relacin directa con la circulacin deservicio.

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    6.1.2.7 Servicios Complementarios. Comprendern:6.1.2.7.1 Zona Comercial

    - Local para venta de peridicos, revistas y otros servicios- Local para peluquera y barbera- Local de artesana- Local para agencia de viajes y excursiones (informacin turstica)- Local varios

    6.1.2.7.2 Dependencias para reuniones y banquetes.- Sala de usos mltiples subdivisibles- Depsito para la sala de usos mltiples

    - Vestbulo para la sala de usos mltiples- Sala de fiestas, reuniones y banquetes.- Sanitarios para damas y caballeros en cada una de las

    dependencias.- Depsito para la sala de fiestas, reuniones y banquetes.- Vestbulo para la sala de fiestas, reuniones y banquetes.

    6.2.1.7.3 Lavandera

    - rea de lavado, secado, planchado, seleccin y suministro (zona detrabajo).

    - Oficina de Ama de Llaves.- Cuarto de costura.- Depsitos.

    Los equipos de lavandera debern mantener las mximas condiciones deseguridad y eficiencia.

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    6.2.1.7.4 Piscina y servicios anexos.

    La cual se exigir en aquellos establecimientos de alojamiento que lo requieransegn la modalidad.

    En estos casos:

    - Deber preverse una piscina para adultos y otra para nios, o una sola,debidamente diferenciada.

    - Deber existir una entrada de baistas, hacia el establecimiento, que

    conduzca directamente al ncleo de la circulacin vertical o hacia lashabitaciones.

    - Deber tener un ncleo de sanitarios vestuarios para damas y caballeros.

    6.2.2 De la Prestacin de los Servicios

    Se debern prestar los siguientes servicios:

    6.2.2.1 Informacin de giras y eventos que se realicen en la localidad, as comosuministrar su reservacin y venta sin cargo adicional.

    6.2.2.2 Recepcin permanente atendida con personal experto y bilinge(castellano y otro idioma), las veinticuatro (24) horas del da.

    6.2.2.3 Portero exterior durante las diecisis (16) horas diarias por lo menos.6.2.2.4 Servicio de taxi las veinticuatro (24) horas del da.6.2.2.5 Encargado de equipajes por turno, y nmero suficiente de botones,

    acordes con el movimiento de establecimiento deber estar en serviciolas veinticuatro (24) horas del da.

    6.2.2.6 Servicio de teles, secretarial y correspondencia durante ocho (08) horasdel da.

    6.2.2.7 Estacionamiento gratuito para los huspedes del establecimiento.

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    6.2.2.8 Ambiente musical en todos los salones de uso comn.6.2.2.9 Servicio de primeros auxilios las veinticuatro (24) horas del da.6.2.2.10 Servicio de cafetera fuente de soda, diecisis (16) horas diarias

    (desayuno, almuerzo y cena).6.2.2.11 Comedor el cual deber prestar servicio por lo menos tres (03) horas

    para almuerzo y para la cena.6.2.2.12 Cartas y men del servicio de comestibles y bebidas ofrecidos impresos

    en castellano y otro idioma.6.2.2.13 Servicio de Bar, sin perjuicio de ser proporcionado por este recinto,

    deber ofrecerse en otros, tales como: sala de estar, comedor, sala deusos mltiples, reas exteriores, salas de juego, si las hubiese.

    6.2.2.14 Barman, metre de hotel y capitanes de bares y comedores bilinges(castellano y otro idioma).

    6.2.2.15 Servicio de alimentos y bebidas a las habitaciones (Room Service) lasveinticuatro (24) horas del da, entre las doce (12) de la noche y la seis(06) de la maana podr haber un men limitado.

    6.2.2.16 Mquinas fabricadoras de hielo cada piso.6.2.2.17 Cambio de lencera y toallas en las habitaciones diariamente y cuando

    se produzca cambio de husped.6.2.2.18 Proveerse de hielo y agua fra potable permanentemente a las

    habitaciones.6.2.2.19 Servicio de TV a color, ambiente musical y radio, en las habitaciones.6.2.2.20 Telfono con servicio automtico para llamadas internas, externas e

    internacionales.6.2.2.21 Servicio de agua fra y caliente en los baos de las habitaciones durante

    las veinticuatro (24) horas del da.

    6.2.2.22 Servicio de lavandera y planchado para la ropa de los huspedes,durante seis das a la semana y diecisis (16) horas diarias por lomenos.

    6.2.2.23 Servicio de costura y planchado durante los das y horas defuncionamiento de la lavandera.

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    6.2.2.24 Si hubiese piscina el horario de funcionamiento deber estar debidamente sealado, en un lugar visible y prximo a la misma.

    6.2.2.25 Servicio de piscina, el cual dispondr de salvavidas, durante las horasen que est funcionando la misma.

    6.2.2.26 Servicio de alimentacin y bebida cercano a la piscina, si la hubiese.

    6.3.1.3. Dependencias de los servicios pblicos. Comprendern:

    6.3.1.3.1 Comedor principal.6.3.1.3.2 Cafetera fuente de soda con depsito.6.3.1.3.3 Bar separado con depsito.

    6.3.1.3.4 Sanitarios para damas y caballeros en cada una de lasdependencias.

    6.3.1.4 Oficinas de Administracin. Comprendern:

    6.3.1.4.1 Oficinas de la Gerencia.6.3.1.4.2 Oficina para las Gerencias Departamentales.6.3.1.4.3 Oficinas de reservaciones y teles.6.3.1.4.4 Primeros Auxilios.6.3.1.4.5 Central telefnica automtica (anexa a la recepcin) con

    comunicacin interna a todas las dependencias y habitaciones.6.3.1.4.6 Sanitarios para damas y caballeros

    6.3.1.5 Dependencias de Servicios Generales. Comprendern:

    6.3.1.5.1 Entrada de servicio peatonal y vehicular, independiente a loshuspedes.

    6.3.1.5.2 Patio de maniobra con plataforma de carga y descarga paramercanca, control y bscula.

    6.3.1.5.3 rea de control de empleados, vigilancia y seguridad.

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    6.3.1.5.4 Vestuarios y sanitarios del personal para damas y caballeros.6.3.1.5.5 Oficinas para diferentes departamentos operacionales y

    administrativos.6.3.1.5.6 Zona de depsitos y almacenes varios.6.3.1.5.7 Depsito de basura hermtico.6.3.1.5.8 Depsito de limpieza.6.3.1.5.9 Ascensor de servicio montacargas: deber existir un sistema de

    circulacin vertical de servicio, a travs de montacargas y escalerasde servicio, los cuales debern tener una relacin directa con lasdependencias de servicio y cocina.

    6.3.1.5.10 La circulacin de servicio, tanto horizontal como vertical deberplantearse de forma tal que no interfiera con la de los huspedes.

    6.3.1.5.11 Dependencias de la cocina. Comprendern:

    - La zona de cocina principal comprendern las cocinas fras y calientes,con sus reas de preparacin (carnes, pescados, mariscos, aves,legumbres, salsas y otros) de lavado de vajillas, ollas, dealmacenamiento de los mismos, coccin y repostera.

    - La capacidad de la cocina principal estar en funcin del nmero dehabitaciones y del rea a servir.

    - Debern existir cocinas auxiliares de apoyo, que servirn, a lasdependencias de reuniones, cuando stas as lo requieran con eficientesistema de circulacin vertical u horizontal.

    - Un comedor para empleados ubicado prximo a la zona de la cocina; su

    tamao se calcular de acuerdo al nmero de empleados y turnosexistentes.

    - Oficina servicio de habitaciones (Room-Service) anexa al rea de cocina.

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    - El servicio de habitacin se deber comunicar con los servicios de piso(cuarto de camareras) por medio de montacargas, montaplatos,escaleras o ascensores de servicio.

    - La despensa diaria comprende un depsito de alimentos, prximo a lacocina principal el cual se abastecer de las despensa general.

    - Cuarto de aseo (limpieza).

    6.3.1.5.12 Dependencias de mantenimiento:

    - Oficina Jefe de Mantenimiento.- Depsito.

    - Talleres varios

    6.3.1.6 Zona habitacional. Comprender:

    6.3.1.6.1 Estar amoblado, adyacente a los ascensores y escaleras pblicas encada planta tipo.

    6.3.1.6.2 Las unidades habitacionales debern estar conformados por:

    - Habitaciones sencillas.- Habitaciones dobles.- Habitaciones suites.

    6.3.1.6.3 Las habitaciones debern contar con bao privado y armarioempotrado (closet).

    6.3.1.6.4 Las habitaciones debern tener un piso con acabado de pared; las

    ventanas dotadas de proteccin que permitan cortar el paso de la luzexterna.

    6.3.1.6.5 Cada habitacin deber contar como mnimo de:

    - Camas (individuales o matrimonial).

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    - Porta maletas.- Almohadas- Peinadora con silla.- Mesa de noche con lmpara.- Papelera.- Cenicero.

    6.3.1.6.6 El bao deber tener las siguientes piezas sanitarias bsicas:

    - Excusado (W.C)- Ducha

    - Lavamanos- Ducha manual- Gabinetes

    La totalidad de sus paredes y pisos recubiertos con baldosas cermica,instalacinelctrica para rasuradora, indicando su tensin.

    6.3.1.6.7 Los interruptores de luces debern estar ubicados cerca de lacabecera de la cama, adems de otro lugar adecuado de lahabitacin.

    6.3.1.6.8 El servicio de piso (cuarto de camareras) deber contar con reasapropiadas para lencera, tiles de limpieza, lavamopas, ductos debasura y ropa sucia.

    - Mquina fabricadora de hielo.- Depsitos de camas adicionales.- Telfonos internos.

    Esta rea deber tener una relacin directa con la circulacin de servicio.

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    6.3.1.7 Servicios complementarios. Comprendern:

    6.3.1.7.1 Zona Comercial

    - Local para la venta de peridicos, revistas y otros servicios.- Local varios.

    6.3.17.2 Dependencias para reuniones y banquetes.

    - Sala de fiestas, reuniones y banquetes.

    - Depsito para sala de fiestas, reuniones y banquetes.- Vestbulos para sala de fiestas, reuniones y banquetes.- Sanitarios para damas y caballeros.

    6.3.1.7.2 Lavandera.

    Este servicio podr ser contratado a una empresa. Si es propio del establecimientodeber cumplir con lo siguientes requisitos:

    - rea de lavado, secado, planchado, seleccin y suministro (zona detrabajo).

    - Oficina de Ama de Llaves.- Cuarto de costura.- Depsitos.- Los equipos de lavandera debern mantener las mximas condiciones de

    seguridad y eficiencias.- Si el servicio de lavandera es contratado, el establecimiento deber poseer

    como mnimo, un depsito de ropa sucia y otro de ropa limpia. Ubicadosdentro de la zona de depsitos de las dependencias de serviciosGenerales.

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    6.3.2 De la Prestacin de los Servicios

    Se debern prestar los siguientes servicios:

    6.3.2.1 Recepcin permanentemente atendida, con personal experto ybilinge (castellano y otro idioma), las veinticuatro (24) horas del da.

    6.3.2.2 Informacin de las giras y eventos, que se realicen en la localidad,sin recargo adicional.

    6.3.2.3 Encargado de equipajes por turno y nmero suficiente de botones,

    acordes con el movimiento del establecimiento, deber estar enservicio las veinticuatro (24) horas del da.

    6.3.2.4 Estacionamiento gratuito para los huspedes del establecimiento.6.3.2.5 Ambiente musical en todos los salones de uso comn.6.3.2.6 Primeros Auxilios.6.3.2.7 Servicio de cafetera fuente de soda, por lo menos ocho (08) horas

    del da (desayuno, almuerzo y cena).6.3.2.8 Servicio de comedor por lo menos tres (03) horas, para el almuerzo y

    para la cena.6.3.2.9 Cartas y men del servicio de comestibles y bebidas ofrecidos

    impresos en castellano y otro idioma.6.3.2.10 Servicio de Bar, sin perjuicio de ser proporcionado por este recinto,

    podra ofrecerse en otros.6.3.2.11 Barman, metre de hotel y capitanes de bares, bilinges (castellano y

    otro idioma).

    6.3.2.12 Servicio de alimentacin y bebidas a las habitaciones (Room-Service) por lo menos diecisis (16) horas al da.

    6.3.2.13 Servicio de hielo en cada piso.6.3.2.14 Cambio de lencera y toallas en las habitaciones diariamente y

    cuando se produzca cambio de husped.

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    6.3.2.15 Proveerse de agua fra potable permanentemente a las habitaciones.6.3.2.16 TV y telfono para llamadas internas y externas en las habitaciones.6.3.2.17 Servicio de agua fra y caliente en los baos de las habitaciones.6.3.2.18 Servicio de lavandera, planchado y costura para las ropas de los

    huspedes, durante las horas y das laborables.6.3.2.19 Si hubiese piscina, el horario de funcionamiento deber estar

    debidamente sealado.6.3.2.20 Servicio de piscina, el cual dispondr de salvavidas, durante las

    horas que est en funcionamiento.6.3.2.21 Servicio de alimentacin y bebidas, cercano a la piscina, si la

    hubiese.

    6.4 HOTELES DOS (02) ESTRELLAS (**)

    6.4.1 Arquitectnicos

    6.4.1.1 Estacionamientos. Debern prestar servicio de estacionamiento paralos huspedes.

    6.4.1.2 Zona de recepcin. Comprender:

    6.4.1.2.1 Una entrada principal.6.4.1.2.2 Cuarto de equipaje.6.4.1.2.3 Vestbulo y estar principal (lobby), conformado por:

    - Sala de estar.- Telfonos pblicos.- Sanitarios para damas y caballeros.

    6.4.1.2.4 Recepcin, registro caja conformada por:

    - Mostrador donde se prestarn los servicios mnimos.

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    6.4.1.2.5 Escaleras y ascensores pblicos segn la capacidad de alojamiento,ubicados adyacentes a la recepcin, vestbulo y entrada principal.

    6.4.1.3 Dependencias de los servicios pblicos. Comprendern:

    - Comedor principal.- Sanitarios pblicos para damas y caballeros.

    6.4.1.4 Oficinas de Administracin. Comprendern:

    - Oficinas de la Gerencia.- Oficinas de la Administracin.- Primeros auxilios.- Central telefnica automtica (anexa a la recepcin) con comunicacin

    interna a todas las dependencias y habitaciones.- Sanitarios para damas y caballeros.

    6.4.1.5 Dependencias de los Servicios Generales. Comprendern:

    6.4.1.5.1 Entrada de servicio peatonal independiente a la de los huspedes.6.4.1.5.2 rea de control de empleados, vigilancia seguridad.6.4.1.5.3 Vestuarios y sanitarios del personal para damas y caballeros.6.4.1.5.4 Zona de depsitos y almacenes varios.6.4.1.5.5 Depsito de basura hermtico.6.4.1.5.6 Depsito de limpieza.

    6.4.1.5.7 Las dependencias de la cocina comprendern:

    - El rea de preparacin, lavado de vajillas, ollas y almacenamiento de losmismos.

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    Su capacidad estar en funcin del nmero de habitaciones y del rea a servir.

    6.4.1.5.8. Taller y depsito de mantenimiento.

    6.4.1.6 Zona habitacional. Comprender:

    6.4.1.6.1 Las unidades habitacionales debern estar conformadas por:

    - Habitaciones sencillas.- Habitaciones dobles.- Habitaciones suites.

    6.4.1.6.2 Las habitaciones debern contar con bao privado y armarioempotrado (closet).

    6.4.1.6.3 Las habitaciones debern tener un piso con acabado de pared; lasventanas dotadas de proteccin que permitan cortar el paso de la luzexterna.

    6.4.1.6.4 Cada habitacin deber contar con:

    - Camas (individuales o matrimonial).- Almohadas.- Peinadora con silla.- Mesa de noche con lmpara.

    6.4.1.6.5 El bao deber tener piezas sanitarias y la totalidad de sus paredes ypisos recubiertos de baldosas cermicas.

    - Excusado (W.C.).- Ducha.- Ducha manual.- Lavamanos.

    6.4.1.6.6 Los interruptores de luces debern estar debidamente ubicados.6.4.1.6.7 El servicio de piso (cuarto de camareras) deber contar con rea

    apropiada para lencera, tiles de limpieza, lavamopas, ducto debasura y ropa sucia.

    - Depsito de camas adicionales.

    6.4.1.7 Servicios complementarios. Comprendern:

    6.4.1.7.1 Zona comercial.

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    - Local varios.

    6.4.1.7.2 Dependencias para reuniones y banquetes.

    - Sala de fiestas, reuniones y banquetes.-

    Vestbulos para sala de fiestas, reuniones y banquetes.- Depsito.- Sanitarios para damas y caballeros.

    6.4.2 De la Prestacin de los Servicios

    Se debern prestar los siguientes servicios:

    6.4.2.1 Recepcin permanentemente atendida con personal adiestrado lasveinticuatro (24) horas del da.

    6.4.2.2 Informacin de las giras y eventos que se realicen en la localidad, sin

    recargo adicional.6.4.2.3 Disponer de un nmero suficiente de botones acordes con elmovimiento del establecimiento, por lo menos diecisis (16) horas delda.

    6.4.2.4 Estacionamiento gratuito para los huspedes del establecimiento.6.4.2.5 Primeros auxilios.6.4.2.6 Servicio de alimentos y bebidas por lo menos nueve (09) horas

    diarias (desayuno, almuerzo y cena).6.4.2.7 Servicio de desayuno en las habitaciones.6.4.2.8 Cambio de lencera y toallas, diario y cuando se produzca cambio de

    husped.6.4.2.9 Proveerse de agua fra potable permanentemente a las habitaciones.6.4.2.10 TV. opcional y telfono para llamadas internas y externas en las

    habitaciones.6.4.2.11 Servicio de agua fra y caliente en los baos de las habitaciones las

    veinticuatro (24) horas del da.6.4.2.12 Servicio de lavandera y planchado para las ropas de los huspedes,

    dentro de las horas y das laborables.

    6.5 HOTELES UNA (1) ESTRELLA (*)

    6.5.1 Arquitectnicos

    6.5.1.1 Estacionamientos. Debern prestar servicio de estacionamiento paralos huspedes.

    6.5.1.2 Zona de recepcin. Comprender:

    6.5.1.2.1 Una entrada principal.

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    6.5.1.2.2 Vestbulo y estar principal (lobby), conformado por:

    - Saln de estar.- Telfonos pblicos.- Sanitarios pblicos para damas y caballeros.

    6.5.1.2.3 Recepcin, registro caja, conformada por un mostrador donde seprestarn los servicios mnimos.

    6.5.1.2.4 Escaleras y ascensores pblicos segn la capacidad de alojamiento,ubicados adyacentes a la recepcin, vestbulo y entrada principal.

    6.5.1.3 Dependencias de los servicios pblicos. Comprendern:

    6.5.1.3.1 Comedor principal.6.5.1.3.2 Sanitarios para damas y caballeros.

    6.5.1.4 Oficinas de Administracin. Comprendern:

    6.5.1.4.1 Oficina de la Gerencia.6.5.1.4.2 Oficina de la Administracin.6.5.1.4.3 Central telefnica automtica (anexa a la recepcin) con

    comunicacin interna a todas las dependencias y habitaciones.6.5.1.4.4 Primeros auxilios.6.5.1.4.5 Sanitarios para damas y caballeros.

    6.5.1.5 Dependencias de Servicios Generales. Comprendern:

    6.5.1.5.1 Entrada de servicio peatonal, independiente a la de huspedes.6.5.1.5.2 rea de control de empleados, vigilancia y seguridad.6.5.1.5.3 Vestuarios y sanitarios del personal para damas y caballeros.6.5.1.5.4 Zona de depsitos y almacenes varios.6.5.1.5.5 Depsito de basura hermtico.6.5.1.5.6 Depsito de limpieza.6.5.1.5.7 Las dependencias de cocina comprender el rea de preparacin,

    lavado de vajillas, ollas y almacenamiento de los mismos. Sucapacidad estar en funcin del nmero de habitaciones y del rea aservir.

    6.5.1.5.8 Taller y depsito de mantenimiento.6.5.1.6 Zona habitacional. Comprender:

    6.5.1.6.1 Las unidades habitacionales debern estar conformadas por:

    - Habitaciones sencillas.- Habitaciones dobles.

    6.5.1.6.2 Las habitaciones debern contar con bao privado y armarioempotrado (closet).

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    6.5.1.6.3 Las habitaciones debern tener un piso con acabado de pared apared; las ventanas dotadas de proteccin que permitan cortar elpaso de la luz externa.

    6.5.1.6.4 Cada habitacin deber contar con:

    - Camas (individuales o matrimonial).- Almohadas.- Peinadora con silla.- Mesa de noche con lmpara.

    6.5.1.6.5 El bao deber tener piezas sanitarias y la totalidad de sus paredesrecubiertas en baldosas cermica.

    - Excusado (W.C).- Ducha.-

    Lavamanos.6.5.1.6.6 Los interruptores de luz debern estar debidamente ubicados.6.5.1.6.7 El servicio de piso (cuarto de camareras) deber contar con rea de

    lencera, cuarto de aseo, lavamopa, ducto de basura y ropa sucia.

    - Depsito de camas adicionales.

    6.5.2 De la prestacin de los servicios

    Se debern prestar los siguientes servicios:

    6.5.2.1 Recepcin atendida permanentemente con personal adiestrado lasveinticuatro (24) horas del da.

    6.5.2.2 Disponer de un nmero suficiente de botones, acorde con elmovimiento del establecimiento por lo menos diecisis (16) horas delda.

    6.5.2.3 Estacionamiento gratuito para los huspedes del establecimiento.6.5.2.4 Primeros auxilios.

    6.5.2.6 Cambio de lencera y toalla nter diario o cuando se produzca cambiode husped.6.5.2.7 Proveerse de agua fra potable permanentemente a las habitaciones.6.5.2.8 TV. Opcional en las habitaciones.6.5.2.9 Servicio de agua fra y caliente en los baos de las habitaciones, las

    veinticuatro (24) horas del da.6.5.2.10 Servicio de alimentos y bebidas por lo menos nueve (09) horas

    diarias (desayuno, almuerzo y cena).

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    6.6 HOTELES RESIDENCIAS TRES (3) ESTRELLAS (***)

    6.6.1 Arquitectnicos

    6.6.1.1 Estacionamientos. Comprendern:6.6.1.1.1 Estacionamiento pblico: cuya capacidad estar en funcin, tanto del

    nmero de apartamentos del establecimiento, como de las reassociales y comerciales que lo conforman.

    6.6.1.1.2 Zona especial para el estacionamiento de taxis.6.6.1.1.3 Estacionamiento para empleados gerenciales.6.6.1.1.4 rea cubierta en la entrada principal del establecimiento (cubre

    carros de entrada), suficiente para parqueo y circulacin devehculos.

    6.6.1.2 Zona de recepcin. Comprender:

    6.6.1.2.1 Una entrada principal.6.6.1.2.2 Entrada de equipaje independiente y claramente diferenciada de la

    anterior, con relacin y comunicacin directa con el montacargas oascensor de servicio.

    6.6.1.2.3 Vestbulo y estar principal (lobby), conformado por:

    - Saln de TV. a color.- Salones de sof, sillas y mesas- Telfonos pblicos con cabinas insonorizadas.- Sanitarios pblicos para damas y caballeros.

    6.6.1.2.4 La recepcin registro caja conformada por:

    - Mostrador de recepcin e informacin.- Caja, separada de la recepcin.- Cajas de seguridad individuales.- Mostrador para capitn de botones.- Cuarto de equipaje con rea de maleteros y carritos portamaletas.

    6.5.1.6.5 El bao deber tener piezas sanitarias y la totalidad de sus paredesrecubiertas en baldosas cermica.

    - Excusado (W.C).- Ducha.- Lavamanos.

    6.5.1.6.6 Los interruptores de luz debern estar debidamente ubicados.6.5.1.6.7 El servicio de piso (cuarto camareras) deber contar con rea de

    lencera, cuarto de aseo, lavamopa, ducto de basura y ropa sucia.

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    - Depsito de camas adicionales.

    6.5.2 De la prestacin de los servicios

    Se debern prestar los siguientes servicios:6.5.2.1 Recepcin atendida permanentemente con personal adiestrado las

    veinticuatro (24) horas del da.6.5.2.2| Disponer de un nmero suficiente de botones, acorde con elmovimiento del establecimiento por lo menos diecisis (16) horas del da.

    6.5.2.3 Estacionamiento gratuito para los huspedes del estacionamiento.6.5.2.5 Primeros auxilios.6.5.2.6 Cambio de lencera y toalla nter diario o cuando se produzca cambio

    de huspedes.6.5.2.7 Proveerse de agua fra potable permanentemente a las habitaciones.6.5.2.8 TV. opcional en las habitaciones.6.5.2.9 Servicio de agua fra y caliente en los baos de las habitaciones, las

    veinticuatro (24) horas del da.6.5.2.10 Servicio de alimentos y bebidas por lo menos nueve (09) horas

    diarias (desayuno, almuerzo y cena).

    6.6.1.2.5 Escaleras y ascensores pblicos, segn la capacidad de alojamiento,ubicados adyacentes a la recepcin, vestbulo y entrada principal.

    6.6.1.2.6 En las plantas tipo de apartamentos existir un hall amobladoadyacente a los ascensores pblicos.

    6.6.1.3 Dependencias de los servicios pblicos. Comprendern:

    6.6.1.3.1 Cafetera fuente de soda con depsito.6.6.1.3.2 Bar separado con depsito.6.6.1.3.3 Sanitarios para damas y caballeros en cada una de las dependencias

    pblicas.

    6.6.1.4 Oficinas de Administracin. Comprendern:

    6.6.1.4.1 Oficinas de la Gerencia.6.6.1.4.2 Oficinas para las Gerencias departamentales.6.6.1.4.3 Oficina de reservaciones y telex (anexa a la recepcin).6.6.1.4.4 Sala para primeros auxilios que conste del equipamiento necesario

    que permita la asistencia de urgencia.6.6.1.4.5 Central telefnica automtica (anexa a la recepcin) con

    comunicacin interna a todas las dependencias y habitaciones. Suoperacin quedar fuera de la vista del pblico.

    6.6.1.4.6 Sanitarios para damas y caballeros.

    6.6.1.5 Dependencias de servicios generales. Comprendern:

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    6.6.1.5.1 Entrada de servicio peatonal y vehicular, independiente a la dehuspedes.

    6.6.1.5.2 Patio de maniobra con plataforma de carga y descarga demercanca, control y bscula.

    6.6.1.5.3 rea de control de empleados, vigilancia y seguridad.

    6.6.1.5.4 Vestuarios y sanitarios del personal para damas y caballeros.6.6.1.5.5 Oficinas para los diferentes departamentos operacionales yadministracin.

    6.6.1.5.6 Zona de depsitos y almacenes varios.6.6.1.5.7 Depsito de basura refrigerada.6.6.1.5.8 Depsito de basura hermtico.6.6.1.5.9 Depsito de limpieza.6.6.1.5.10 Ascensor de servicios o montacargas, existir un sistema de

    circulacin vertical de servicio, a travs de montacargas y escalerasde servicio, los cuales debern tener una relacin directa con lasdependencias de servicio.

    6.6.1.5.11 La circulacin de servicio tanto horizontal como vertical, deberplantearse de forma tal que no interfiera con la de los huspedes.

    6.6.1.5.12 Las dependencias de mantenimiento estarn conformadas por lasreas de talleres y depsitos que permitan cubrir las necesidades delestablecimiento.

    6.6.1.6 Zona habitacional.

    La zona habitacional estar conformada por apartamentos o cabaas, servicios depiso, circulacin vertical y horizontal, de acuerdo a lo siguiente:

    6.6.1.6.1 Tipologa de apartamentos:

    - Tipo estudio.- De una (01) habitacin.- De dos (02) habitaciones.

    6.6.1.6.2 Tipologa de cabaas:

    - De un ambiente.- De una (01) habitacin.- De dos (02) habitaciones.

    6.6.1.6.3 Los apartamentos o cabaas estarn conformados por:

    - Habitaciones sencillas y- Habitaciones dobles o combinacin de las mismas.

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    6.6.1.6.4 Las habitaciones debern tener un piso con acabado de pared apared y las ventanas dotadas de proteccin que permitan cortar elpaso de la luz externa.

    6.6.1.6.5 Cada habitacin deber contar con:

    -

    Camas (individuales o matrimonial).- Mesa de noche con lmpara.- Dos (02) almohadas.- Un porta maletas.- Dos (02) butacas.- Escritorio peinadora con silla- Mesa.

    6.6.1.6.6 El nmero de baos depende del nmero de habitaciones, deberntener la totalidad de sus paredes y pisos recubiertos con baldosas,cermica y contarn con la siguiente dotacin:

    - Excusado (W.C.)- Baera con ducha.- Lavamanos.- Bidet.- Ducha manual.- Gabinetes.- Dispensador de toallas faciales.- Punto de electricidad para rasuradora, indicando la tensin.

    6.6.1.6.7 Deber disponer de armario empotrado (closet), segn el nmero dehabitaciones que posea el apartamento o cabaa.

    6.6.1.6.8 Los interruptores de luces, ambiente musical, radio y aireacondicionado, debern estar cerca de la cabecera de la cama, o enotro lugar del apartamento o cabaa, debidamente ubicado.

    6.6.1.6.9 Los apartamentos o cabaas, debern contar como mnimo con:

    - Sala comedor debidamente amoblada.- Servicio de cocina (kichinett) elctrica, con dos hornillas, campana

    extractora de humo, fregadero, refrigerador y gabinetes de cocina.- tiles, cristalera, cubiertera, vajilla y lencera.

    6.6.1.6.10 El servicio de piso (cuarto de camareras), deber contar con reasapropiadas para lencera, tiles de limpieza, lavamopas, ductos debasura y ropa sucia, si fuera el caso, y depsito para camasadicionales.

    Esta rea deber tener una relacin directa con la circulacin de servicio.

    6.6.1.7 Servicios complementarios. Comprendern:

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    6.6.1.7.1 Zona Comercial: local para la venta de peridicos, revistas y serviciosvarios.

    6.6.1.7.2 Dependencias para reuniones y banquetes:

    - Sala de usos mltiples subdividible.-

    Depsito para la sala de usos mltiples.- Vestbulos para la sala de usos mltiples.- Sanitarios para damas y caballeros.

    6.6.1.7.3 Lavandera: rea de lavado, secado, planchado, seleccin ysuministro (zona de trabajo).

    - Oficina de Ama de Llaves.- Cuarto de costura.- Depsitos.

    Los equipos de lavandera debern mantener las mximas condiciones deseguridad y eficiencia.

    6.6.1.7.4 Piscina y servicios anexos.

    La cual se exigir en aquellos establecimientos dealojamiento que loRequieran segn la modalidad.En estos casos:

    - Deber proveerse una piscina para adultos y otra para nios o una soladebidamente diferenciada.

    - Deber existir una entrada de baistas, hacia el hotel que conduzcadirectamente al ncleo de circulacin vertical o hacia las habitaciones.

    - Deber tener un ncleo de sanitarios vestuarios para damas y caballeros.

    6.6.2 De la prestacin de los servicios

    Se debern prestar los siguientes servicios:

    6.6.2.1 Recepcin permanentemente atendida con personal experto ybilinge (castellano y otro idioma), las veinticuatro (24) horas del da.

    6.6.2.2 Servicio de taxi, las veinticuatro (24) horas del da.6.6.2.3 Un encargado de equipaje por turno y un nmero suficientemente de

    botones, acorde con el movimiento del establecimiento.6.6.2.4 Servicio de telex.6.6.2.5 Estacionamiento gratuito, para los huspedes del establecimiento.6.6.2.6 Ambiente musical en todos los salones de uso comn.6.6.2.7 Servicio mdico las veinticuatro (24) horas del da.6.6.2.8 Cafetera fuente de soda que preste servicio durante tres (03)

    turnos diarios de tres (03) horas cada uno como mnimo.

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    6.6.2.9 Cartas y men del servicio de comestibles y bebidas ofrecidosimpresos en castellano y otro idioma.

    6.6.2.10 Servicio de Bar, sin perjuicio de ser proporcionado en ese recinto,podr ofrecerse en otros tales como: sala de estar, sala de usosmltiples, reas exteriores y salas de juego si la hubiesen.

    6.6.2.11 Barman, metre de hotel y capitanes de bares, bilinges (castellano yotro idioma).6.6.2.12 Cambio diario de lencera y toallas en las habitaciones de los

    apartamentos y cuando se produzca cambio de husped.6.6.2.13 Proveerse de agua potable permanente a los apartamentos.6.6.2.14 TV. color, radio y telfono con servicio automtico para llamadas

    internas, externas e internacionales.6.6.2.15 Servicio de agua fra y caliente en los baos de los apartamentos,

    durante las veinticuatro (24) horas del da.6.6.2.16 Servicio de lavandera, planchado y costura para las ropas de los

    huspedes, durante ocho (08) horas diarias en los das laborables.6.6.2.17 Si hubiese piscina el horario de funcionamiento deber estar

    debidamente sealado, en un lugar visible y prximo a la misma6.6.2.18 Servicio de piscina, el cual dispondr de salvavidas, durante las

    horas en que est en funcionamiento la misma.6.6.2.19 Servicio de alimentacin y bebidas cercano a ella, si la hubiese.6.6.2.20 Servicio de proyecciones audiovisuales, en la sala de usos mltiples.

    6.7.1.4 Oficinas de Administracin. Comprendern:

    6.7.1.4.1 Oficinas de la Gerencia.6.7.1.4.2 Oficina de la Administracin.6.7.1.4.3 Oficina de Reservaciones y Telex (anexa a la recepcin).6.7.1.4.4 Primeros auxilios.6.7.1.4.5 Central telefnica automtica con comunicacin interna a todas las

    dependencias y habitaciones. Su operacin quedar fuera de la vistaal pblico.

    6.7.1.4.6 Sanitarios para damas y caballeros.

    6.7.1.5 Dependencias de los Servicios Generales. Comprendern:

    6.7.1.5.1 Entrada de servicio peatonal y vehicular, independiente a loshuspedes.

    6.7.1.5.2 Patio maniobra y plataforma de carga y descarga de mercanca,control y bscula.

    6.7.1.5.3 rea control de empleados, vigilancia y seguridad.6.7.1.5.4 Vestuarios y sanitarios del personal para damas y caballeros.6.7.1.5.5 Zona de depsitos y almacenes varios.6.7.1.5.6 Depsito de basura, hermtico.6.7.1.5.7 Depsito de limpieza.

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    6.7.1.5.8 La circulacin de servicio deber plantearse de forma tal que nointerfiera con la de los huspedes.

    6.7.1.5.9 Las dependencias de mantenimiento. Estarn conformadas por lasreas de talleres y depsitos que permitan cubrir las necesidades delestablecimiento.

    6.7.1.6 Zona habitacional.La zona habitacional estar conformada por departamentos o cabaas, serviciosde piso, circulacin vertical y horizontal, de acuerdo a lo siguiente:

    6.7.1.6.1 Tipologa de Apartamentos:

    - Tipo estudio.- De una (01) habitacin.- De dos (02) habitaciones.

    6.7.1.6.2 Tipologa de Cabaas:

    - De un ambiente.- De una (01) habitacin.- De dos (02) habitaciones.

    6.7.1.6.3 Los apartamentos o cabaas estarn conformados por:

    - Habitaciones sencillas.- Habitaciones dobles o combinacin de las mismas.

    6.7.1.6.4 Las habitaciones debern tener un piso con acabado de pared apared y las ventanas dotadas de proteccin que permitan cortar elpaso de la luz externa.

    6.7.1.6.5 Cada habitacin deber contar con:

    - Camas (individuales o matrimonial).- Almohadas.- Porta maleta.- Mesa de noche con lmpara.- Peinadora con silla.

    6.7.1.6.6 El nmero de baos depende del nmero de habitaciones, deberntener la totalidad de sus paredes y pisos recubiertos con baldosascermica y contar con la siguiente dotacin:

    - Excusado (W.C).- Ducha.- Lavamanos.- Ducha manual.- Gabinete.

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    - Punto de electricidad para rasuradora indicando tensin.

    6.7.1.6.7 Deber disponer de armario empotrado (closet), segn el nmero dehabitaciones que posea al apartamento o cabaa.

    6.7.1.6.8 Los interruptores de luces, ambiente musical, radio y aire

    acondicionado, debern estar cerca de la cabecera de la cama, o enotro lugar del apartamento o cabaa, debidamente ubicado.6.7.1.6.9 Los apartamentos o cabaas debern contar como mnimo con:

    - Sala comedor debidamente amoblada.- Servicio de cocina (kitckenette) elctrica con dos hornillas, campana

    extractora de humo, fregadero, refrigerador y gabinetes.- tiles de cristalera, cubiertera, vajilla y lencera.

    6.7.1.6.10 El servicio de piso (cuarto de camareras) deber contar con reasapropiadas para lencera, tiles de limpieza, lavamopas, ductos debasura y ropa sucia, si fuera el caso, y depsito de camasadicionales.

    6.7.1.7 Servicio complementario. Comprende:Zona comercial conformada por un local para venta de peridicos, revistas,artesana y varios.

    6.7.2 De la prestacin de los servicios

    Se debern prestar los siguientes servicios:

    6.7.2.1 Recepcin permanentemente atendida, con personal adiestrado, lasveinticuatro (24) horas del da.

    6.7.2.2 Servicio de taxis, las veinticuatro (24) horas del da.6.7.2.3 Un encargado de equipaje por turno y nmero suficiente de botones,

    acordes con el movimiento del establecimiento.6.7.2.4 Estacionamiento gratuito para los huspedes del establecimiento.6.7.2.5 Ambiente musical en todos los salones de uso comn.6.7.2.6 Primeros auxilios las veinticuatro (24) horas del da.6.7.2.7 Cafetera fuente de soda la cual preste servicio durante tres turnos

    diarios de tres (03) horas cada uno como mnimo.6.7.2.8 Cartas y men del servicio de cafetera fuente de soda, ofrecidos

    impresos en castellano y otro idioma.6.7.2.9 Cambio diario de lencera y toallas de bao en las habitaciones de los

    apartamentos y cuando se produzca el cambio de husped.6.7.2.10 TV. y telfono con servicio automtico para llamadas internas, externas

    e internacionales.6.7.2.11 Servicio de agua fra y caliente en los baos de los apartamentos,

    durante las veinticuatro (24) horas del da.6.7.2.12 Servicio de lavandera y planchado para las ropas de los huspedes

    durante los das laborables.

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    6.7.2.13 Proveerse de agua potable permanentemente a los apartamentos.

    6.7.3 HOTELES RESIDENCIAS UNA (1) ESTRELLA (*)6.8.1 Arquitectnicos

    6.8.1.1 Estacionamientos, comprendern:

    6.8.1.1.1 El estacionamiento pblico, cuya capacidad estar en funcindel nmero de apartamentos del estacionamiento.

    6.8.1.2 Zona de recepcin, comprender:

    6.8.1.2.1 Una entrada principal.6.8.1.2.2 Vestbulo y estar principal (lobby).6.8.1.2.3 Sanitarios pblicos para damas y caballeros.6.8.1.2.4 La recepcin, registro caja conformado por:

    - Mostrador de recepcin, informacin y caja.

    6.8.1.2.5 Escaleras y ascensores pblicos segn la capacidad del alojamiento,ubicados adyacentes a la recepcin, vestbulo o entrada principal.

    6.8.1.2.6 Telfonos pblicos.

    6.8.1.3 Oficinas de Administracin, comprendern:

    6.8.1.3.1 Oficinas de la Gerencia.6.8.1.3.2 Oficina de la Administracin.6.8.1.3.3 Oficina de Reservaciones y Telex (anexa a la recepcin).6.8.1.3.4 Primeros auxilios.6.8.1.3.5 Central telefnica automtica (anexa a la recepcin con

    comunicacin interna a todas las dependencias y habitaciones. Suoperacin quedar fuera de la vista del pblico.

    6.8.1.3.6 Sanitarios para damas y caballeros.

    6.8.1.4 Dependencias de Servicios Generales, comprendern:

    6.8.1.4.2 rea control de empleados, vigilancia y seguridad.6.8.1.4.3 Vestuarios y sanitarios del personal para damas y caballeros.6.8.1.4.4 Zona de depsito y almacenes.6.8.1.4.5 Depsito de basura hermtico.6.8.1.4.6 Depsito de limpieza.6.8.1.4.7 Taller y depsito de mantenimiento.6.8.1.4.8 Ascensor de servicios o montacargas.

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    6.8.1.4.9 La circulacin de servicio tanto horizontal como vertical, deberplantearse de forma tal que no interfiera con la de los huspedes.

    6.8.1.5 Zona habitacional.

    La zona habitacional estar conformada por: apartamentos o cabaas, serviciosde piso, circulacin vertical y horizontal, de acuerdo a lo siguiente:

    6.8.1.5.1 Tipologa de apartamentos:

    - Tipo estudio.- De una (01) habitacin.- De dos (02) habitaciones.

    6.81.5.2 Topologa de cabaas:

    - De un ambiente.- De una (01) habitacin.- De dos (02) habitaciones.

    6.8.1.5.3 Los apartamentos o cabaas estarn conformadas por:

    - Habitaciones sencillas.

    6.8.1.5.4 Las habitaciones debern tener un piso con acabado de pared apared y las ventanas dotadas de proteccin que permitan cortar elpaso de la luz externa.

    6.8.1.5.5 Cada habitacin deber contar con:

    - Camas (individuales o matrimonial).- Almohadas.- Peinadora con silla.- Mesa de noche con lmpara.

    6.8.1.5.6. El nmero de baos depender del nmero de habitaciones, deberntener la totalidad de sus paredes y pisos recubiertos con baldosascermica y contar con la siguiente dotacin:

    - Excusado ( W.C. )- Ducha.- Lavamanos.- Ducha manual

    6.8.1.5.7. Debern disponer de armarios empotrados, (closet) segn elnmero de habitaciones que posea el apartamento.

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    6.8.1.5.8. Los apartamentos o cabaas de dos o ms habitaciones deberntener como mnimo:

    -Sala comedor debidamente amoblado.- Servicio de cocina (kitchinett) elctrica, con hornillas, campanaextractora de humo, fregadero, gabinete y refrigerador.

    - tiles, cristalera, cubiertera, vajilla y lencera.

    6.8.1.5.9. El servicio de piso (cuarto de camareras), deber contar con:

    - reas para lencera, tiles de limpieza, lavamopas, ductos de basura yropa sucia y depsito de camas adicionales.

    6.8.2. De la Prestacin de los Servicios

    Se debern prestar los siguientes servicios:

    6.8.2.1. Recepcin permanente atendida, con personal adiestrado las veinticuatro(24) horas del da.

    6.8.2.2. Estacionamiento gratuito para los huspedes.

    6.8.2.3. Primeros auxilios.

    6.8.2.4. Cambio de lencera y toallas en las habitaciones de los apartamentos

    interdiario y cuando se produzca cambio de husped.6.8.2.5. Telfono con servicios para llamadas internas y externas.

    6.8.2.6. Servicio de T.V., ser opcional.

    6.8.2.7. Servicio de agua fra y caliente en los baos de los apartamentos, durantelas veinticuatro (24) horas del da.

    6.8.2.8. Proveerse de agua potable permanentemente a los apartamentos.

    6.9. MOTELES TRES ( 3 ) ESTRELLAS ( *** )

    6.9.1. Arquitectnicos.

    6.9.1.1. Estacionamientos, comprendern:

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    6.9.1.1.1. Estacionamiento pblico: cuya capacidad estar en funcin del nmerode habitaciones, de las reas sociales, comerciales y pblicas del establecimiento.

    6.9.1.1.2. Estacionamiento de taxi y autobuses de turismo.

    6.9.1.1.3. Estacionamiento de empleados.6.9.1.1.4. rea cubierta en la entrada principal del establecimiento (cubre carrosde entrada), suficiente para parqueo y circulacin de vehculos.

    6.9.1.2. Zona de recepcin, comprender:

    6.9.1.2.1. Una entrada principal.

    6.9.1.2.2. Vestbulo y estar principal (Lobby), conformado por:

    - Saln de T.V. a color.- Saln con sof, sillas y mesas.- Sanitarios pblicos para damas y caballeros.

    6.9.1.2.3. Recepcin, Registro-caja, conformado por:

    - Mostrador de recepcin, informacin y caja.- Cajas de seguridad individuales.- Cuarto de equipaje con rea de maleteros y carritos portamaletas.

    6.9.1.2.4. Telfonos pblicos con cabinas insonorizadas.

    6.9.1.3. Dependencias de los Servicios Pblicos, comprendern:

    6.9.1.3.1. Comedor principal.

    6.9.1.3.2. Cafetera Fuente de Soda, con depsito.

    6.9.1.3.3. Bar separado, con depsito.

    6.9.1.3.4. Sanitarios para damas y caballeros en cada una de las dependenciaspblicas.

    6.9.1.4. Oficinas de Administracin, comprendern:

    6.9.1.4.1. Oficinas de gerencia.

    6.9.1.4.2. Oficinas para las Gerencias Departamentales.

    6.9.1.4.3. Oficina de reservaciones y tlex

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    6.9.1.4.4. Sala para primeros auxilios: Deber contar con el equipamientonecesario que permita la asistencia mdica de urgencia.

    6.9.1.4.5. Central telefnica automtica (anexa a la recepcin) con comunicacin

    interna a todas las dependencias y habitaciones.6.9.1.4.6. Sanitarios para damas y caballeros.

    6.9.1.5. Dependencias de Servicios Generales, comprendern:

    6.9.1.5.1. Entrada de servicio peatonal y vehicular, independiente a la dehuspedes.

    6.9.1.5.2. Patio de maniobras con plataforma de carga y descarga de mercanca,control y bscula.

    6.9.1.5.3. rea control de