Norma Covenin 1755-82

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REPÚBLICA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL DESARROLLO URBANO DIRECCIÓN GENERAL SECTORIAL DE EDIFICACIONES COVENIN MINDUR (PROVISIONAL) 1755 - 82 NORMA VENEZOLANA CÓDIGO DE PRÁCTICAS NORMALIZADAS PARA LA FABRICACIÓN Y CONSTRUCCIÓN DE ESTRUCTURAS DE ACERO MINISTERIO DE FOMENTO COMISIÓN VENEZOLANA DE NORMAS INDUSTRIALES AV. ANDRÉS BELLO-TORRE FONDOCOMUN PISO 11 - TELEFONO: 575.41.11 CARACAS - VENEZUELA CDU 624.04.2(02)

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Norma COVENIN

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  • REPBLICA DE VENEZUELA

    MINISTERIO DEL DESARROLLO URBANO DIRECCIN GENERAL SECTORIAL DE EDIFICACIONES

    COVENIN MINDUR (PROVISIONAL)

    1755 - 82

    NORMA VENEZOLANA

    CDIGO DE PRCTICAS NORMALIZADAS PARA LA FABRICACIN Y

    CONSTRUCCIN DE ESTRUCTURAS DE ACERO

    MINISTERIO DE FOMENTO COMISIN VENEZOLANA DE NORMAS INDUSTRIALES

    AV. ANDRS BELLO-TORRE FONDOCOMUN PISO 11 - TELEFONO: 575.41.11 CARACAS - VENEZUELA

    CDU 624.04.2(02)

  • CUALQUIER TRADUCCIN, REPRODUCCIN PARCIAL

    O TOTAL DE LA PRESENTE NORMA, DEBER SER AUTORIZADA POR EL MINISTERIO DE FOMENTO

    UNA PUBLICACIN DE FONDONORMA

  • NORMA VENEZOLANA

    CDIGO DE PRCTICAS NORMALIZADAS PARA LA FABRICACIN Y

    CONSTRUCCIN DE ESTRUCTURAS DE ACERO

    (BASADO EN EL CDIGO AISC 1976)

  • COVENINMINDUR 1755-82 (Provisional)

    PRLOGO

    De acuerdo a lo establecido en la Ley de Normas Tcnicas y Control de Calidad, en su Artculo 15 y dado el CONVENIO firmado entre el Ministerio de Fomento, el Ministerio del Desarrollo Urbano, la Comisin Venezolana de Normas Industriales (COVENIN) y el Fondo para Normalizacin y Certificacin de Calidad (FONDONORMA) el 4 de marzo de 1980, en el cual se establece que la elaboracin de normas se har en base a un procedimiento nico y bajo la coordinacin del Ministerio de Fomento.

    La Comisin Venezolana de Normas Industriales, COVENIN en su reunin N 2-82 (51-a), del 13-04-82 de marzo de 1982, decidi adoptar la presente norma, con carcter provisional, la cual ha sido elaborada por la Comisin de Normas para Estructuras de Edificaciones del Ministerio del Desarrollo Urbano.

    La presente norma es de carcter provisional por perodo de un ao, contando a partir de la

    fecha de su publicacin, a fin de poder obtener las observaciones que el uso de ella ocasione. Dichas observaciones deben ser remitidas a la siguiente direccin: COVENIN Av. Andrs Bello-Torre Fondo Comn, Piso 11, Caracas.

  • COVENINMINDUR 1755-82 (Provisional) P-1

    INTRODUCCIN

    La Comisin de Normas para Estructuras de Edificaciones del Ministerio del Desarrollo Urbano presenta e1 "Cdigo de Prcticas Normalizadas para la Fabricacin y Construccin de Estructuras de Acero", como una versin en espaol fiel, autorizada y adaptada a nuestro medio del cdigo de prcticas "Code of Standard Practice for Steel Buildings and Bridges", del Instituto Americano de la Construccin de Acero AISC adoptado el 1 de septiembre de 1976.

    Este Cdigo de Prcticas suministra las prcticas tcnicas que se han desarrollado en la industria de la construccin metlica para adquirir acero estructural, as como para proyectar, fabricar y erigir edificaciones con este material.

    El propsito del Ministerio del Desarrollo Urbano es ofrecer a los propietarios, ingenieros, arquitectos, fabricantes, constructores, contratistas y a otros especialistas que intervienen en la construccin de acero estructural, unas pautas tiles y aceptables para la interpretacin comn de los contratos de construccin, y es un complemento esencial a la norma venezolana COVENIN-MINDUR 1618. "Estructuras de Acero para Edificaciones. Proyecto. Fabricacin y Construccin", publicada en 1980. Sin embargo, el Ministerio no puede asumir ninguna responsabilidad por los errores o descuidos en su interpretacin, o por e1 uso o incorporacin de esta informacin en la preparacin de los planos detallados. Por otra parte, ningn cdigo puede sustituir el criterio de un ingeniero experimentado responsable del proyecto de una estructura. Caracas, 1 de marzo de 1982.

  • P-2 Cdigo de Prcticas Estructuras de Acero

    Por la Comisin de Normas: Nico1s Colmenares, Presidente. Henrique Arnal Arnim De Fries Jos A. Delgado Ch. Salomn Epelboim Jos Grases Csar Hernndez Carmen Lobo de Silva Joaqun Marn

    Texto y adaptacin: Profs. Ings. Joaqun Marn y Jos M. Velsquez,

    de la Universidad Central de Venezuela.

    Asesoramiento y Revisin: Prof. Ing. Antonio Gell, de la Universidad

    Central de Venezuela, e Ing. Arnim De Fries, de la Asociacin Venezolana de Ingeniera Estructural.

  • ARTICULADO

  • COVENIN-MINDUR 1755-82 (Provisional) I

    NDICE Pg. CAPITULO 1 GENERALIDADES 1.1 VALIDEZ Y ALCANCE 1 1.1.1, 1.1.2, 1.1.3, 1.1.4 1 1.2 NOMENCLATURA Y DEFINICIONES 1 1.3 CRITERIOS PARA EL PROYECTO DE EDIFICACIONES 4 1.4 NOTACIN Y UNIDADES 4 1.5 RESPONSABILIDADES POR EL PROYECTO 4 1.5.1, 1.5.2 4 1.6 APARATOS PATENTADOS 5 CAPITULO 2 CLASIFICACIN DE LOS MATERIALES 2.1 ACEROS ESTRUCTURALES 6 2.2 OTROS COMPONENTES DE ACERO O DE OTROS METALES 6 CAPITULO 3 PLANOS Y ESPECIFICACIONES DE PROYECTO 3.1 PLANOS Y ESPECIFICACIONES DE LOS ACEROS ESTRUCTURALES 7 3.1.1, 3.1.2, 3.1.3 7 3.1.4, 3.1.5 8 3.2 PLANOS ARQUITECTNICOS Y DE INSTALACIONES

    ELCTRICAS Y MECNICAS 3.3 DISCREPANCIAS 8 3.4 LEGIBILIDAD DE LOS PLANOS 8 CAPITULO 4 PLANOS DE TALLER Y DE CONSTRUCCIN 4.1 RESPONSABILIDADES DEL PROPIETARIO 9 4.2 CONTENIDO DE LOS PLANOS DE TALLER 9 4.3 APROBACIN 9 4.3.1, 4.3.2 10 4.4 PLANOS DE TALLER SUMINISTRADOS POR EL PROPIETARIO 10

  • II Cdigo de Prcticas Estructuras de Acero

    NDICE (continuacin) Pg. CAPITULO 5 MATERIALES 5.1 MATERIALES PROVENIENTES DE LOS PRODUCTORES 11 5.1.1, 5.1.2, 5.1.3 11 5.1.4 12 5.2 MATERIALES PROVENIENTES DE DEPSITOS 12 5.2.1, 5.2.2, 5.2.3 12 CAPITULO 6 FABRICACIN Y ENTREGA 6.1 IDENTIFICACIN DEL MATERIAL 13 6.1.1, 6.1.2, 6.1.3, 6.1.4 13 6.2 PREPARACIN DE LOS MATERIALES 14 6.2.1, 6.2.2 14 6.3 AJUSTE Y CONEXIN 14 6.3.1, 6.3.2 14 6.4 TOLERANCIAS DIMENSIONALES 14 6.4.1 14 6.4.2, 6.4.3, 6.4.4, 6.4.5 15 6.5 PINTURA EN EL TALLER 15 6.5.1 15 6.5.2, 6.5.3, 6.5.4, 6.5.5 16 6.5.6 17 6.6 ROTULACIN Y DESPACHO DE LOS MATERIALES 17 6.6.1, 6.6.2 17 6.7 ENTREGA DE LOS MATERIALES 17 6.7.1, 6.7.2 17 6.7.3, 6.7.4, 6.7.5 18 CAPITULO 7 CONSTRUCCIN 7.1 MTODO Y SECUENCIA DE CONSTRUCCIN 19 7.2 CONDICIONES DEL EMPLAZAMIENTO DE LA OBRA Y SEGURIDAD 19

  • COVENIN-MINDUR 1755-82 (Provisional) III

    NDICE (continuacin) Pg. 7.3 FUNDACIONES, PILAS Y ESTRIBOS 20 7.4 REPLANTEO 20 7.5 INSTALACIN DE PERNOS PARA ANCLAJES Y ELEMENTOS

    EMBUTIDOS 20 7.5.1 20 7.5.2, 7.5.3, 7.5.4 21 7.6 DISPOSITIVOS DE APOYO 21 7.7 MATERIALES PARA LAS CONEXIONES EN LA OBRA 22 7.7.1, 7.7.2, 7.7.3 22 7.7.4 23 7.8 MATERIALES AISLADOS 23 7.9 SOPORTES TEMPORALES 23 7.9.1 Generalidades 23 7.9.2 Estructuras autoportantes 23 7.9.3 Estructuras no autoportantes 24 7.9.4 Condiciones especiales de construccin 24 7.9.5 Remocin de los soportes temporales 24 7.9.6 Soportes temporales para otros trabajos 25 7.10 PISOS Y BARANDAS PROVISIONALES 25 7.11 TOLERANCIAS 25 7.11.1 Dimensiones totales 25 7.11.2 Puntos y ejes de referencia para la construccin 26 7.11.3 Posicin y alineamiento 26 7.11.3.1 Columnas 26 7.11.3.2 Miembros que se conectan a las columnas 27 7.11.3.3 Otros miembros 28 7.11.3.4 Elementos ajustables 28 7.11.4 Responsabilidades por los intersticios 28 7.11.5 Aceptacin en posicin y alineamiento 29 7.12 CORRECCIN DE ERRORES 29 7.13 CORTES, ALTERACIONES Y AGUJEROS PARA OTRAS

    INSTALACIONES 29 7.14 MANEJO Y ALMACENAMIENTO 30 7.15 PINTURA EN LA OBRA 30 7.16 LIMPIEZA FINAL 30

  • IV Cdigo de Prcticas Estructuras de Acero

    NDICE (continuacin) Pg. CAPITULO 8 GARANTA DE CALIDAD 8.1 GENERALIDADES 31 8.2 INSPECCIN DE LOS MATERIALES LAMINADOS 31 8.3 ENSAYOS NO DESTRUCTIVOS 31 8.4 PREPARACIN DE LAS SUPERFICIES E INSPECCIN DE LA PINTURA

    EN EL TALLER 32 8.5 INSPECCIONES INDEPENDIENTES 32 8.5.1, 8.5.2, 8.5.3 32 8.5.4 33 CAPITULO 9 CONTRATOS 9.1 GENERALIDADES 34 9.2 TIPOS DE CONTRATOS 34 9.2.1, 9.2.2, 9.2.3 34 9.3 CALCULO DE LOS PESOS 35 9.3.1, 9.3.2 35 9.3.3, 9.3.4, 9.3.5 36 9.4 MODIFICACIN DE LOS DOCUMENTOS DEL CONTRATO 36 9.4.1, 9.4.2, 9.4.3 36 9.5 REAJUSTE DE LOS PRECIOS DEL CONTRATO 37 9.5.1, 9.5.2, 9.5.3 37 9.6 PROGRAMACIN DE LA OBRA 37 9.6.1 37 9.6.2, 9.6.3 38 CAPITULO 10 ACERO ESTRUCTURAL EXPUESTO

    ARQUITECTNICAMENTE 10.1 ALCANCE 39 10.2 INFORMACIN ADICIONAL REQUERIDA EN EL CONTRATO 39

  • COVENIN-MINDUR 1755-82 (Provisional) V

    NDICE (continuacin) Pg. 10.3 FABRICACIN 39 10.3.1 Perfiles laminados 39 10.3.2 Miembros compuestos 40 10.3.3 Marcas de las soldaduras 40 10.3.4 Juntas 40 10.3.5 Soldaduras 41 10.3.6 Aceros resistentes a la corrosin 41 10.4 ENTREGA DE LOS MATERIALES 41 10.5 CONSTRUCCIN 41 10.5.1 Generalidades 41 10.5.2 Tolerancias de construccin 42 10.5.3 Componentes en contacto con concreto 42 NDICE ANALTICO 43 45

  • COVENIN-MINDUR 1755-82 (Provisional) 1

    CAPTULO 1 GENERALIDADES

    1.1 VALIDEZ Y ALCANCE

    1.1.1 Este Cdigo de Prcticas describe las prcticas normalizadas comnmente aceptadas para la

    fabricacin y construccin en acero estructural.

    1.1.2 En la ausencia de otras instrucciones en los documentos del contrato, las prcticas tcnicas aqu

    descritas regirn la fabricacin y construccin de las edificaciones de acero estructural en el territorio

    nacional.

    1.1.3 Cuando sea aplicable, este Cdigo de Prcticas tambin podr uti1izarse para estructuras y sus

    componentes que no sean edificaciones, excepto cuando estn regidas por normas particulares.

    1.1.4 Este Cdigo est constituido por el Articulado y su Comentario, divididos en Captulos,

    Artculos, Secciones y Subsecciones, identificados respectivamente con uno a cuatro dgitos. En los

    comentarios, denotados por "las iniciales C-, se encuentran razones, explicaciones adicionales y figu-

    ras que complementan el Articulado y ayudan a la interpretacin y uso de este Cdigo, incluyndose

    una bibliografa general recomendada al final del Captulo C-l y referencias especializadas al final de

    otros Captulos.

    1.2 NOMENCLATURA Y DEFINICIONES

    Para los efectos de este Cdigo de Prcticas, los siguientes trminos se interpretarn con el

    significado que se define a continuacin:

    Acero estructural = Aplicase a todo miembro o elemento que se designa as en los documentos del

    contrato y/o es necesario para la resistencia y la estabilidad de la estructura ("structural steel").

    AISC = "American Institute of Steel Construction" (Instituto Americano de la Construccin de Acero).

  • 2 Cdigo de Prcticas Estructuras de Acero

    ANSI = "American National Standards Institute" (Instituto de Normas Nacionales de los Estados

    Unidos de Norteamrica).

    ASTM = "American Society for Testing and Materials" (Sociedad Americana de Ensayos y

    Materiales).

    Autorizacin para la construccin = Autorizacin por parte del propietario o su representante, que

    permite al .fabricante comenzar el trabajo dentro del contrato, incluyendo el pedido de materiales y la

    preparacin de los planos de taller ("release for construction").

    AWS = "American Welding Society" (Sociedad Americana de la Soldadura).

    Certificacin de conformidad con normas = Son las acciones orientadas a emitir un documento en el

    cual se estipula que un producto o servicio se halla de acuerdo a lo establecido en una norma especfica

    (definicin ISO).

    Cdigo de prcticas = Documento que describe prcticas recomendadas para el diseo, fabricacin,

    instalacin, mantenimiento o uso de equipos, instalaciones, estructuras o productos (definicin ISO).

    Construccin = Aplicase al montaje y fijacin en la obra de los componentes fabricados para formar

    una estructura completa ("erection").

    Constructor = La parte responsable de la construccin del acero estructural ("erector").

    COVENIN = Comisin Venezolana de Normas Industriales.

    Documentos del contrato = Documentos que definen las responsabilidades de las partes involucradas

    en la contratacin, adquisicin, suministro, fabricacin, y construccin del acero estructural;

    usualmente consistentes de un contrato, especificaciones y planos ("contract documents").

    Especificacin tcnica = Documento que establece las caractersticas de un producto o un servicio,

    tales como niveles de calidad, rendimiento, seguridad, dimensiones. Puede incluir tambin

    terminologa, smbolos, mtodos de ensayo, embalaje, requisitos de marcado o rotulado. La

    especificacin tcnica puede adoptar la forma de un cdigo de practica (definicin ISO).

  • COVENIN-MINDUR 1755-82 (Provisional) 3

    Fabricacin = Proceso de manufactura para convertir materiales metlicos brutos en componentes

    estructurales destinados a la construccin, principalmente mediante operaciones de formado en fro,

    cortado, punzonado, soldadura, limpieza y pintura ("fabrication").

    Fabricante = La parte responsable de suministrar el acero estructural fabricado ("fabricator").

    ISO = "International Organization for Standardization" (Organizacin Internacional para la

    Normalizacin, con sede en Ginebra).

    Marca de conformidad con normas = Sello o distintivo que sirve para identificar la conformidad de

    ciertos productos y servicios con una norma determinada (definicin ISO).

    MINDUR = Ministerio del Desarrollo Urbano, Caracas.

    Norma = Es una especificacin tcnica u otro documento a disposicin del pblico, elaborado con la

    colaboracin y consenso o aprobacin general de todos los intereses afectados por ella, basada en

    resultados consolidados de la ciencia, tecnologa y experiencia, dirigida a promover beneficios ptimos

    para la comunidad y aprobada por un organismo reconocido a nivel nacional, regional o internacional

    (definicin ISO).

    Normas de Acero = Abreviatura de "Norma Venezolana COVENFN-MINDUR 1618. Estructuras de

    Acero para Edificaciones. Proyecto. Fabricacin y Construccin", en su edicin vigente.

    Planos de construccin = Planos usados por el constructor para realizar sus trabajos ("erection

    drawings").

    Planos de proyecto = Planos suministrados por la parte responsable del proyecto de la estructura

    ("plans"),

    Planos de taller = Planos usados por el fabricante para realizar sus trabajos ("shop drawings").

    Productor = La parte responsable de producir metalrgicamente y laminar el acero para su uso en las

    industrias de la construccin ("steel mill producer").

    Propietario = La parte contratante o su agente autorizado ("owner"),

  • 4 Cdigo de Prcticas Estructuras de Acero

    1.3 CRITERIOS PARA EL PROYECTO DE EDIFICACIONES

    En la ausencia de otras instrucciones ms restrictivas, las Normas de Acero COVENIN-

    MINDUR 1618 "Estructuras de Acero para Edificaciones. Proyecto, Fabricacin y Construccin"

    vigentes regirn los proyectos en acero estructural.

    1.4 NOTACIN Y UNIDADES

    Cuando se requiera en los documentos del contrato y en los planos de taller y construccin, la

    notacin ser 1a establecida en las Normas de Acero vigentes o, en su defecto, deber estar definida

    precisamente en los mismos.

    En los documentos del contrato as como en todos los planos, se utilizarn unidades

    correspondientes al sistema Metro - Kilogramo fuerza -Segundo, prefirindose e1 kilogramo fuerza

    (kgf), el centmetro (cm) y sus combinaciones. Cuando se necesiten las unidades inglesas, (libras, pies

    y pulgadas), debern encerrarse entre parntesis y estar acompaadas por sus equivalentes mtricas.

    1.5 RESPONSABILIDADES POR EL PROYECTO

    1.5.1 Cuando el propietario suministra el proyecto, los planos y las especificaciones, ni el fabricante

    ni el constructor sern responsables por la idoneidad, suficiencia o legalidad del proyecto. El fabricante

    no ser responsable por la factibilidad o la seguridad del montaje si la estructura es construida por

    otros.

    1.5.2 Cuando el propietario desea que el fabricante o el constructor prepare el proyecto, los planos y

    las especificaciones, o que stos asuman alguna responsabilidad por la idoneidad, suficiencia o

    legalidad del proyecto, deber manifestar claramente sus requisitos en los documentos del contrato.

  • COVENIN-MINDUR 1755-82 (Provisional) 5

    1.6 APARATOS PATENTADOS

    Salvo cuando los documentos del contrato exigen que el proyecto sea suministrado por el

    fabricante o por el constructor, el fabricante y el constructor supondrn que todos los derechos de uso

    de patentes han sido obtenidos por e1 propietario, y que ambos estn autorizados para utilizar los

    diseos, aparatos o partes patentados que 1os documentos del contrato requieren.

  • 6 Cdigo de Prcticas Estructuras de Acero

    CAPTULO 2 CLASIFICACIN DE LOS MATERIALES

    2.1 ACEROS ESTRUCTURALES

    El trmino "acero estructural", como se utiliza en este Cdigo de Prcticas para definir el

    alcance de los trabajos en los documentos del contrato, se define como todo miembro o elemento

    descrito en los documentos contractuales como tal y/o que es necesario para la resistencia y la

    estabi1idad de la estructura. En el Comentario C-2.1 se ilustran los componentes ms usuales.

    2.2 OTROS COMPONENTES DE ACERO O DE OTROS METALES

    La clasificacin "aceros estructurales" no incluye componentes de acero, hierro u otros metales

    como los que se listan a continuacin, aunque no estn limitados a stos:

    1- Chimeneas, tanques y calderas de presin.

    2- Claraboyas.

    3- Componentes metlicos miscelneos.

    4- Componentes necesarios para el montaje o instalacin de materiales suministrados por

    contratistas que no son fabricantes o constructores del acero estructural.

    5- Escaleras y salidas de emergencia.

    6- Metales ornamentales.

    7- Lminas y rejillas para pisos.

    8- Viguetas para sistemas de piso.

  • COVENIN-MINDUR 1755-82 (Provisional) 7

    CAPTULO 3 PLANOS Y ESPECIFICACIONES DE PROYECTO

    3.1 PLANOS Y ESPECIFICACIONES DE LOS ACEROS ESTRUCTURALES

    3.1.1 A fin de asegurar que los cmputos y presupuestos sean adecuados y cabales, los documentos

    del contrato incluirn planos completos del proyecto en acero estructural que muestren apropiadamente

    el trabajo a realizarse, indicando:

    (a) Los ejes, las distancias entre ellos y las cotas;

    (b) La ubicacin, dimensiones y secciones de todos los miembros, as como la calidad de sus

    materiales;

    (c) Las conexiones tpicas y los conectores tipo esprrago, todos los rigidizadores en los miembros

    y los refuerzos en las almas, los arriostramientos, las aberturas destinadas a otras instalaciones

    y otros detalles especiales donde se requieran;

    (d) Los detalles de las bases, apoyos y anclajes;

    (e) Las solicitaciones para el diseo de las conexiones no detalladas y todos los datos requeridos

    para elaborar los planos de taller completos;

    (f) Los requisitos especiales para el montaje y las contraflechas;

    y contendrn las acotaciones suficientes para describir precisamente la naturaleza y la cantidad

    del acero estructural que ha de suministrarse, as como mostrarn todos los detalles donde se

    necesiten con una claridad suficiente para que puedan ser interpretados fcilmente.

    3.1.2 Las especificaciones para el acero estructural incluirn cualquier requisito especial que controle

    su fabricacin y su construccin.

    3.1.3 Los planos de proyecto incluirn los datos relativos a las cargas supuestas, fuerzas axiales,

    momentos y fuerzas cortantes que han de resistir los miembros y sus conexiones, y que pueden

    necesitarse tanto para disear y detallar las conexiones en los planos de taller como para construir la

    estructura.

  • 8 Cdigo de Prcticas Estructuras de Acero

    3.1.4 Donde no se muestran las conexiones, se supondr que deben satisfacer los requisitos de las

    Normas de Acero vigentes.

    3.1.5 Cuando como parte del acero estructural se necesite suministrar dinteles aislados y planchas de

    nivelacin, los planos y especificaciones mostrarn las dimensiones, las secciones y la situacin de

    todas las piezas.

    3.2 PLANOS ARQUITECTNICOS Y DE INSTALACIONES ELCTRICAS Y MECNICAS

    Los planos arquitectnicos, as como los de las instalaciones elctricas y mecnicas, se podrn

    utilizar para complementar los planos del acero estructural a fin de definir aspectos del detallado y

    como informacin para la construccin, siempre que todos los requisitos para el acero estructural estn

    anotados en sus planos correspondientes.

    3.3 DISCREPANCIAS

    En caso de haber discrepancias entre los planos de proyecto y las especificaciones, o entre los

    planos del acero estructural con los de otras instalaciones, se deber consultar al propietario antes de

    proceder a ejecutar los trabajos. Cuando en un plano haya discrepancias entre las medidas a escala y las

    acotaciones de sus dibujos, stas rigen.

    3.4 LEGIBILIDAD DE LOS PLANOS

    Los planos sern claramente legibles y se dibujarn a una escala cuya relacin no sea menor de

    1/100. La informacin ms compleja se proporcionar a una escala adecuada para que pueda

    interpretarse cabalmente.

  • COVENIN-MINDUR 1755-82 (Provisional) 9

    CAPTULO 4 PLANOS DE TALLER Y DE CONSTRUCCIN

    4.1 RESPONSABILIDADES DEL PROPIETARIO

    A fin de permitir que el fabricante y el constructor procedan adecuada y prontamente a ejecutar

    sus trabajos, el propietario suministrar, oportunamente y de acuerdo con las clusulas del contrato, los

    planos de proyecto del acero estructural terminados y las especificaciones completas, con indicacin

    expresa de que estn autorizados para 1a construccin, ya que el fabricante 1os necesita tanto para

    ordenar los materiales al productor como para preparar y terminar los planos de taller y de

    construccin.

    4.2 CONTENIDO DE LOS PLANOS DE TALLER

    Los planos de taller contendrn toda la informacin y el sistema de identificacin necesarios para

    la fabricacin de los miembros y dems componentes de la estructura, incluyendo, pero no limitados a,

    las dimensiones detalladas de las piezas, las conexiones, soldaduras, soportes temporales, acabados de

    bordes, aberturas, empalmes, etc..

    Cuando en los planos de taller se introducen detalles que estn en conflicto con lo indicado en los

    planos de proyecto o son modificaciones de stos, tales detalles y/o modificaciones estarn claramente

    identificados en los planos de taller.

    4.3 APROBACIN

    Cuando los planos de taller son elaborados por el fabricante, ste le entregar copias al

    propietario a fin de que las examine y apruebe, concedindole un plazo prudencial dentro de su

    programacin para que los devuelva. Los planos de taller sern devueltos con la aprobacin del

    propietario, o con su aprobacin condicionada a las correcciones que se hayan indicado. El fabricante

    har 1as correcciones, entregar copias corregidas al propietario y ser autorizado por ste para inicar

    la fabricacin.

  • 10 Cdigo de Prcticas Estructuras de Acero

    4.3.1 La aprobacin por el propietario de los planos de taller elaborados por el fabricante significar

    que ste ha interpretado correctamente los requisitos del contrato, y constituye la aceptacin del

    propietario de todas las responsabilidades por la idoneidad estructural de cualesquiera conexiones

    diseadas por el fabricante como parte de la preparacin de sus planos de taller. Sin embargo, esta

    aprobacin no exime al fabricante de su responsabilidad por la precisin de las dimensiones en los

    detalles de los planos de taller, ni por el ajuste de las partes que van a ser montadas en la obra.

    La aprobacin de los planos de taller se referir exclusivamente a los detalles contenidos en

    dichos planos.

    4.3.2 Salvo cuando se exprese especficamente lo contrario, cualesquiera adiciones, supresiones o

    cambios que se indiquen en la aprobacin de los planos de taller y de construccin, se considerar que

    tienen la autorizacin del propietario para que se ejecuten.

    4.4 PLANOS DE TALLER SUMINISTRADOS POR EL PROPIETARIO

    Cuando el propietario es quien suministra los planos de taller tendr que entregarlos al

    fabricante a tiempo, para permitir que la obtencin de los materiales y el proceso de fabricacin

    procedan en forma ordenada y segn el programa de actividades prescrito. Hasta donde sea posible, el

    propietario elaborar estos planos de taller de acuerdo con los procedimientos que el fabricante emplea

    habitualmente en su taller y sala de dibujo, y ser responsable de que sean completos y precisos.

  • COVENIN-MINDUR 1755-82 (Provisional) 11

    CAPTULO 5 MATERIALES

    5.1 MATERIALES PROVENIENTES DE LOS PRODUCTORES

    5.1.1 En las plantas de laminacin se efectuarn ensayos para demostrar que los materiales

    provenientes de los productores cumplen las especificaciones COVENIN, u otras aplicables, de

    acuerdo con las clusulas del contrato. A menos que se incluyan requisitos especiales en los

    documentos del contrato, los ensayos de los materiales provenientes de la planta de laminacin se

    limitarn a los requeridos por las especificaciones para materiales COVENIN, ASTM o semejantes

    aplicables. Los informes de estos ensayos sern suministrados por el fabricante slo si el propietario lo

    solicita, bien en los documentos del contrato o mediante instrucciones separadas escritas antes que el

    fabricante ordene los materiales al productor.

    5.1.2 Cuando el material recibido del productor no satisface las tolerancias permitidas para las

    combaduras en el plano principal de flexin o en el secundario, para las propiedades de los perfiles, o

    para la planeidad, contenidas en las normas ASTM A6, "General Requirements for Rolled Steel Plates,

    Shapes, Sheet Piling, and Bars for Structural Use" (Requisitos generales para planchas de acero

    laminado, perfiles, tablestacas y barras para uso estructural), se le permitir al fabricante realizar

    trabajos correctivos mediante calentamientos controlados y enderezamientos mecnicos, sometidos a

    las limitaciones del Captulo 21 de las Normas de Acero vigentes. Las combaduras y/o dobleces agudos

    que segn el criterio del Ingeniero Inspector no puedan ser corregidas adecuadamente sern motivo de

    rechazo del material.

    5.1.3 Los procedimientos correctivos descritos en las normas ASTM A6 para reacondicionar las

    superficies de las planchas y perfiles de acero estructural antes de ser despachados desde la planta de

    laminacin, pueden tambin ser realizados por el fabricante si as lo desea, cuando las irregu1aridades

    descritas en esas normas se descubren o suceden despus de recibirlos.

  • 12 Cdigo de Prcticas Estructuras de Acero

    5.1.4 Cuando requisitos especiales demandan tolerancias ms restrictivas que las permitidas por las

    normas ASTM A6, esos requisitos se definirn en los documentos del contrato y el fabricante tendr

    la opcin de aplicar medidas correctivas como las descritas anteriormente.

    5.2 MATERIALES PROVENIENTES DE DEPSITOS

    5.2.1 Muchos fabricantes mantienen almacenados productos de acero a fin de utilizarlos en sus

    operaciones de fabricacin. Los materiales provenientes del depsito que el fabricante destina a usos

    estructurales, tienen que ser de una calidad al menos igual a la requerida por las normas COVENIN o

    ASTM aplicables a la clasificacin correspondiente al uso propuesto.

    5.2.2 Los informes de los ensayos efectuados en la planta de laminacin se aceptarn como un

    testimonio suficiente de la calidad de los materiales que el fabricante tiene en existencia. El fabricante

    deber revisar y conservar los informes de ensayos efectuados en la planta pertinentes a los materiales

    que adquiere para almacenarlos, pero no necesita guardar las pruebas que relacionan las piezas

    individuales almacenadas con sus correspondientes informes de los ensayos realizados. Estas pruebas

    no se requerirn si el fabricante compra para almacenar bajo especificaciones establecidas de grado y

    calidad.

    5.2.3 Los materiales almacenados comprados sin cumplir ninguna especificacin particular o "los que

    satisfacen especificaciones menos exigentes que las antes mencionadas, o los que no tienen ningn

    informe de ensayos realizados en la planta de laminacin o en otro laboratorio reconocido, no sern

    utilizados sin la aprobacin expresa del propietario, excepto donde la calidad del material no pueda

    afectar la integridad de la estructura.

  • COVENIN-MINDUR 1755-82 (Provisional) 13

    CAPTULO 6 FABRICACIN Y ENTREGA

    6.1 IDENTIFICACIN DEL MATERIAL

    6.1.1 El acero de alta resistencia y el ordenado segn requisitos especiales sern marcados por el

    proveedor antes de su entrega en el taller del fabricante o en otro lugar de uso, de acuerdo con las

    normas ASTM A6, "General Requirements for RoTled Stee1 Piafes, Shapes, Sheet Piling, and Bars for

    Structural Use" (Requisitos generales para planchas de acero laminadas, perfiles, tablestacas y barras

    para uso estructural).

    6.1.2 El acero de alta resistencia y el ordenado segn requisitos especia les que no hayan sido

    marcados por el proveedor de acuerdo con la Seccin 6.1.1, no se utilizarn hasta que se establezca su

    identificacin mediante los ensayos autorizados en la Seccin 6.1.1 de las Normas de Acero, y hasta

    que se hayan marcado con la identificacin del fabricante como se describe en la Seccin 6.1.3

    siguiente.

    6.1.3 Durante la fabricacin, hasta el momento de montar los miembros, cada pieza de acero de alta

    resistencia o de acero ordenado segn requisitos especiales llevar una marca de identificacin, sea del

    fabricante o del proveedor original. La marca de identificacin del fabricante estar de acuerdo con su

    sistema de identificacin establecido, el cual deber estar registrado y asequible para informacin del

    propietario o de su representante, del funcionario autorizado o del ingeniero inspector, antes del inicio

    de la fabricacin.

    6.1.4 Los miembros de acero de alta resistencia y de acero ordenado segn requisitos especiales no

    tendrn las mismas marcas de montaje o construccin que los miembros fabricados con otros aceros,

    an cuando tengan dimensiones y detalles idnticos.

  • 14 Cdigo de Prcticas Estructuras de Acero

    6.2 PREPARACIN DE LOS MATERIALES

    6.2.1 El corte del acero estructural mediante soplete se puede hacer manualmente o con medios

    guiados mecnicamente.

    6.2.2 Las superficies sealadas en los dibujos como "acabadas" se definen como aqullas que tienen

    un valor mximo de la altura de rugosidad de 10 micras, de acuerdo a la norma ANSI B46.1-1978

    "Surface Texture" (Texturas de las Superficies). Se podr utilizar cualquier tcnica de fabricacin,

    como el aserrado por friccin, el aserrado en fro, el fresado, etc. que produzca esta condicin de

    acabado.

    6.3 AJUSTE Y CONEXIN

    6.3.1 Los elementos salientes de los aditamentos de las uniones no necesitan enderezarse en el plano

    de la conexin si se puede demostrar que la instalacin de los conectores o los medios de ajuste

    suministrarn un contacto adecuado entre las superficies a juntarse.

    6.3.2 Habitualmente se requieren planchas de continuacin para realizar soldaduras sanas. A menos

    que se especifique en los documentos del contrato, el fabricante o el constructor no necesitar retirarlas.

    Cuando requieren quitarse, pueden cortarse manualmente mediante soplete cerca del borde del

    miembro terminado sin necesitar un acabado adicional, a menos que ste se solicite expresamente en el

    contrato.

    6.4 TOLERANCIAS DIMENSIONALES

    6.4.1 Se permite una variacin de hasta 1.0 milmetros en la longitud total de los miembros con

    ambos extremos acabados para resistir aplastamiento por contacto como se define en la Seccin 6.2.2.

  • COVENIN-MINDUR 1755-82 (Provisional) 15

    6.4.2 Los miembros que no tengan sus extremos acabados para resistir aplastamiento por contacto y

    que vayan a ser unidos a otras partes de acero de la estructura, pueden tener una variacin respecto a la

    longitud detallada no mayor de 2.0 milmetros si su longitud es igual o menor a 10 metros, y no mayor

    de 4.0 milmetros cuando son ms largos.

    6.4.3 A menos que se especifique otra cosa, los miembros estructurales, sean de un solo perfil

    laminado o compuestos, pueden desviarse de la rectitud dentro de las tolerancias permitidas a los

    perfiles de ala ancha contenidas en las normas ASTM A6, excepto que la tolerancia sobre la

    desviacin de la rectitud en los miembros comprimidos ser 0.001 veces la distancia longitudinal entre

    las secciones que van a estar soportadas lateralmente.

    Los miembros terminados estarn libres de torceduras, dobleces y juntas abiertas. Ser causal

    de rechazo del material la presencia de dobleces agudos.

    6.4.4 Las vigas y celosas que se detallan sin especificarles contraflechas se fabricarn de manera

    que, despus de montadas, cualquier contra flecha debida a la laminacin o a la fabricacin en el taller

    est hacia arriba.

    6.4.5 La desviacin permisible en las alturas de las vigas puede ocasionar cambios abruptos de altura

    en los empalmes. En las conexiones empernadas, estas diferencias de altura, dentro de las tolerancias

    prescritas, sern compensadas con planchas de relleno. En las conexiones soldadas, la seccin de la

    soldadura se puede ajustar para conformarse a la variacin de altura, siempre que se suministre su

    seccin transversal mnima y que la pendiente de su superficie cumpla con las normas COVENIN o

    AWS vigentes para soldar aceros estructurales.

    6.5 PINTURA EN EL TALLER

    6.5.1 Los documentos del contrato especificarn todos los requisitos de la capa de pintura dada en

    el taller, incluyendo los miembros que van a ser pintados, la preparacin de las superficies, las

    especificaciones de la pintura, su identificacin comercial y el espesor requerido de la capa seca, en

    micras.

  • 16 Cdigo de Prcticas Estructuras de Acero

    6.5.2 La capa dada en el taller es la capa que sirve de base para el sistema de proteccin, es decir,

    protege al acero slo durante un corto perodo de exposicin en condiciones atmosfricas ordinarias, y

    se considera como una capa temporal y provisional. El fabricante no tiene que asumir ninguna

    responsabilidad por el deterioro de la capa base que pueda ocurrir por una exposicin prolongada a los

    agentes atmosfricos ordinarios, ni por una exposicin a condiciones corrosivas ms desfavorables que

    las del ambiente normal.

    6.5.3 En ausencia de otros requisitos estipulados en el contrato, antes de pintar el fabricante limpiar

    manualmente el acero de herrumbre y escamas de laminacin sueltas, polvo y otras sustancias extraas,

    mediante cepillos de alambre u otros mtodos que l seleccione, a fin de satisfacer los requisitos del

    "Steel Structures Painting Council" (Consejo para la Pintura de Estructuras de Acero), SSPC - SP2. La

    calidad del trabajo del fabricante en la preparacin de las superficies se considerar aceptada por el

    propietario a menos que la desapruebe especficamente antes de la aplicacin de la pintura.

    6.5.4 La pintura se suele aplicar con brocha, pistola o rodillo, o por flujo o inmersin, a eleccin del

    fabricante, salvo cuando algunos de estos mtodos se excluya expresamente. Cuando no se especifique

    el espesor de la capa, se requerir un espesor seco mnimo de 25 micras para la capa de pintura dada en

    el taller.

    6.5.5 El acero que no necesita pintarse en el taller se limpiar de aceites o grasas con disolventes, y se

    le quitar el polvo u otros materiales extraos mediante un barrido cuidadoso con cepillos de fibra u

    otros medios adecuados.

  • COVENIN-MINDUR 1755-82 (Provisional) 17

    6.5.6 Luego de pintar, es de esperar que se presenten rozaduras debidas a las manipulaciones

    posteriores. Ser responsabilidad del contratista encargado de la pintura en la obra retocar esas reas

    defectuosas.

    6.6 ROTULACIN Y DESPACHO DE LOS MATERIALES

    6.6.1 Las marcas que permiten identificar en el montaje a los miembros estructurales se aplicarn con

    pintura u otros medios adecuados, salvo que se especifique otra cosa en los documentos del contrato.

    6.6.2 Los remaches y los pernos se despacharn en cajas distintas segn sus longitudes y dimetros, y

    las tuercas y arandelas sueltas en cajas diferentes segn sus tamaos. Los pasadores y otras partes

    pequeas, as como los paquetes de remaches, pernos, tuercas y arandelas se despacharn en cajas,

    guacales, pipotes o barriles, y en el exterior de cada uno deber haber una lista y descripcin del

    material contenido.

    6.7 ENTREGA DE LOS MATERIALES

    6.7.1 El acero estructural proveniente del taller de fabricacin se entregar en la secuencia que

    permita la mayor eficiencia y economa tanto para el fabricante como para el constructor. Si el

    propietario desea prescribir o controlar la secuencia de entrega, deber reservar ese derecho y definir

    los requisitos en las clusulas del contrato. Si el propietario contrata separadamente el despacho y el

    montaje, tendr que coordinar la planificacin de actividades entre los dos contratistas.

    6.7.2 Los pernos de anclaje, las arandelas y otros materiales destinados a anclajes y parrillas que van

    a ser introducidos en mampostera debern ser despachados de manera que estn en la obra cuando se

    necesiten. El propietario tendr que dar al fabricante el tiempo necesario para fabricar y despachar estos

    materiales antes de que vayan a ser utilizados.

  • 18 Cdigo de Prcticas Estructuras de Acero

    6.7.3 Las cantidades de materiales que se muestran en las declaraciones de entrega sern usualmente

    aceptadas como correctas por el propietario, el fabricante y/o el constructor. Cuando se reclame

    cualquier dficit, el propietario o el constructor deber notificarlo inmediatamente al transportista y al

    fabricante para que se investigue la reclamacin.

    6.7.4 El tamao y el peso de los ensamblajes de acero estructural montados en el taller pueden estar

    limitados por la capacidad de ste, por los pesos permitidos y por las dimensiones libres de los

    transportes disponibles, as como por las condiciones del emplazamiento de la obra. Cuando los

    empalmes a realizarse en la obra no estn indicados en los planos de proyecto, e1 fabricante limitar su

    nmero a los que sean consistentes con un costo mnimo.

    6.7.5 Si los materiales llegan daados a su destino, es responsabilidad de los receptores notificarlo

    con la mayor brevedad a1 fabricante y al transportista inmediatamente que esto se detecte, si es posible

    antes de descargarlos.

  • COVENIN-MINDUR 1755-82 (Provisional) 19

    CAPTULO 7 CONSTRUCCIN

    7.1 MTODO Y SECUENCIA DE CONSTRUCCIN

    Si el propietario desea controlar el mtodo y la secuencia de construccin, o cuando ciertos

    miembros no pueden construirse en su secuencia normal, deber especificarlo as en los documentos

    del contrato. En ausencia de tales restricciones, el constructor proceder a utilizar el mtodo y las

    secuencias de construccin ms eficientes y econmicas que le sean disponibles y consistentes con los

    documentos del contrato. Cuando e1 propietario contrata por separado la fabricacin y la construccin,

    ser responsable de coordinar la planificacin entre los contratistas.

    7.2 CONDICIONES DEL EMPLAZAMIENTO DE LA OBRA Y SEGURIDAD

    El propietario proveer y mantendr adecuadas vas de acceso al emplazamiento de la obra para

    que las gras fijas y mviles, otros equipos necesarios y el material de construccin puedan entregarse

    en forma segura. En el sitio, el propietario facilitar al constructor un espacio firme, nivelado

    apropiadamente, drenado, conveniente y adecuado para 1a operacin de su equipo, y retirar todos los

    obstculos areos, como lneas de transmisin y telefnicas, etc., a fin de brindarle un rea de trabajo

    segura para la construccin de la estructura. El constructor suministrar e instalar los medios de

    seguridad requeridos por su propio trabajo. El propietario tendr la responsabilidad de suministrar

    todos los medios de seguridad necesarios para otros trabajos que no son esenciales a la construccin

    de la estructura de acero. Cuando la estructura no ocupa por completo el espacio disponible, el

    propietario proveer un rea adecuada de almacenamiento para permitir que el fabricante y el

    constructor operen con la mayor celeridad posible. En el Comentario C-7.2 se aaden otras

    recomendaciones acerca de la seguridad.

  • 20 Cdigo de Prcticas Estructuras de Acero

    7.3 FUNDACIONES, PILAS Y ESTRIBOS

    Salvo que los documentos del contrato especifiquen otra cosa, la ubicacin precisa y el acceso a

    todas las fundaciones, pilas y estribos, as como su resistencia e idoneidad, sern responsabilidades del

    propietario.

    7.4 REPLANTEO

    El propietario ser responsable por el replanteo preciso de los ejes de los edificios y de los

    puntos de referencia en el emplazamiento de la estructura, y deber entregar al constructor un plano

    que contenga toda la informacin pertinente.

    7.5 INSTALACIN DE PERNOS PARA ANCLAJES Y ELEMENTOS EMBUTIDOS

    7.5.1 Salvo que los documentos del contrato especifiquen otra cosa, los pernos para anclajes y

    fundaciones sern colocados por cuenta del propietario de acuerdo con los planos aprobados, y no

    podrn desviarse de las dimensiones establecidas en los planos de construccin en magnitudes mayores

    que los siguientes valores:

    (a) 3 milmetros medidos centro a centro entre cualquier par de pernos dentro de un

    grupo de pernos de anclaje, definindose as al conjunto de pernos que sirve para

    anclar una pieza nica de acero fabrica do.

    (b) 6 milmetros medidos centro a centro entre grupos de pernos de anclaje adyacentes.

    (c) Una acumulacin mxima de 6 milmetros por cada 30 metros medida a lo largo del

    eje establecido de columnas con grupos mltiples de pernos de anclaje, pero sin

    exceder un total de 25 mm. Se entiende por eje establecido de columnas la lnea real

    en la obra ms representativa de los centros de los grupos de pernos de anclaje tal

    como se ha construido a lo largo de un eje de columnas.

  • COVENIN-MINDUR 1755-82 (Provisional) 21

    (d) 6 milmetros medidos entre el centro de cualquier grupo de pernos de anclaje y el eje

    establecido de columnas a travs de ese grupo.

    (e) En el caso de columnas aisladas que estn fuera de los ejes establecidos de columnas,

    las tolerancias prescritas en los prrafos (b), (c) y (d) se aplicarn a las dimensiones

    desplazadas medidas paralela y/o perpendicularmente al eje establecido de columnas

    ms cercano.

    7.5.2 Excepto cuando se indique otra cosa, los pernos de anclaje se colocarn perpendicularmente a la

    superficie terica de contacto.

    7.5.3 Los otros elementos embutidos o los materiales que unen la obra de acero estructural a otras

    instalaciones sern situados y colocados por cuenta del propietario de acuerdo con la ubicacin

    aprobada o los planos de construccin. La precisin de estos elementos tiene que satisfacer los requisi-

    tos para las tolerancias de construccin dadas en la Seccin 7.11.3.

    7.5.4 Todos los trabajos ejecutados por cuenta del propietario debern ser completados de manera

    que no retarden o interfieran la construccin en acero estructural.

    7.6 DISPOSITIVOS DE APOYO

    Los documentos del contrato debern especificar quin ser responsable de alinear y nivelar las

    planchas de nivelacin y las planchas de apoyo sueltas que puedan manipularse sin gras. Todos los

    otros dispositivos de apoyo que soportan la estructura de acero sern instalados y acuados, calzados

    con planchas o ajustados mediante tornillos de nivelacin por el constructor hasta los ejes y cotas

    establecidos por el propietario. El fabricante suministrar las cuas, los calces o los tornillos de

    nivelacin que se requieran, y marcar claramente en los dispositivos de apoyo los ejes de trabajo para

    facilitar una alineacin correcta. Enseguida que se haya instalado un dispositivo de apoyo, por cuenta

    del propietario se verificarn los ejes y cotas, y se inyectar cemento cuando se requiera. Los

    documentos del contrato debern especificar el responsable de la ubicacin definitiva de los

    dispositivos de apoyo y las inyecciones de cemento apropiadas.

  • 22 Cdigo de Prcticas Estructuras de Acero

    7.7 MATERIALES PARA LAS CONEXIONES EN LA OBRA

    7.7.1 Cuando las conexiones no estn detalladas en los planos de proyecto, el fabricante suministrar

    los detalles necesarios para efectuar las conexiones en la obra consistentes con los requisitos de los

    documentos del contrato, que, en su opinin, conduzcan al costo ms econmico.

    7.7.2 Cuando el fabricante es quien construye la estructura de acero, deber proveer todos los

    materiales requeridos para las conexiones temporales y permanentes de todas sus partes componentes.

    7.7.3 Cuando el fabricante no es quien construye 1a estructura de acero, deber suministrar los

    siguientes materiales destinados a efectuar las conexiones en la obra:

    (a) Los pernos del tamao requerido y en la cantidad suficiente para todas las conexiones en la obra

    destinadas a unir las piezas de acero que van a estar permanentemente conectadas por pernos.

    Salvo cuando se especifiquen pernos de alta resistencia u otros tipos especiales de pernos o

    arandelas, se proveern pernos ordinarios. Deber suministrarse un 2% extra de cada tamao de

    perno, es decir, por cada dimetro y longitud.

    (b) Los remaches del tamao requerido y en la cantidad suficiente para todas las conexiones en la

    obra destinadas a unir las piezas de acero que van a estar remachadas. Deber suministrarse

    un 10 % extra por cada tamao de remache.

    (c) Las planchas para los calces que se muestran como necesarios para ejecutar "las conexiones

    permanentes entre "las piezas de acero.

  • COVENIN-MINDUR 1755-82 (Provisional) 23

    7.7.4 Cuando el fabricante no es quien construye la estructura de acero, el constructor suministrar

    todos los electrodos para soldar, los conectores de corte a ser instalados en la obra, los pernos de

    montaje y los pasadores de alineamiento empleados para el ajuste y construccin de la estructura.

    7.8 MATERIALES AISLADOS

    Las piezas aisladas de acero estructural que no se conectan a la estructura sern instaladas por cuenta

    del propietario sin ayuda del constructor, salvo que se especifique otra cosa en el contrato.

    7.9 SOPORTES TEMPORALES

    7.9.1 GENERALIDADES

    Los soportes temporales de la estructura de acero, como tirantes, riostras, puntales, cimbras o

    encofrados celulares, y otros elementos requeridos en las operaciones de construccin sern diseados,

    suministrados e instalados por el constructor. Estos soportes temporales sujetarn firmemente la

    estructura de acero, o cualquier parte de ella parcialmente montada, contra las acciones de cargas

    comparables en intensidad a las de diseo, provenientes de vientos, fuerzas ssmicas y operaciones

    propias u originadas por la construccin, pero no contra las cargas causadas por los trabajos o actos de

    otros sin estar especificadas en los documentos del contrato, ni las debidas a eventos impredecibles

    como huracanes, explosiones o co1isiones.

    7.9.2 ESTRUCTURAS AUTOPORTANTES

    Una estructura de acero autoportante es la que provee la estabilidad y resistencia requeridas

    para resistir cargas gravitacionales y fuerzas previstas de vientos y sismos sin necesitar la interaccin

    de otros miembros de la estructura. El constructor suministrar e instalar nicamente los soportes

    temporales que son necesarios para sujetar cualquier miembro o grupo de miembros de la estructura,

    hasta que stos sean estables sin la ayuda de soportes externos.

  • 24 Cdigo de Prcticas Estructuras de Acero

    7.9.3 ESTRUCTURAS NO AUTOPORTANTES

    Una estructura no autoportante es la que necesita actuar conjuntamente con otros miembros no

    clasificados como "acero estructural" segn el Artculo 2.1, para proveer la estabilidad o resistencia

    requeridas contra las fuerzas de vientos o sismos. Las estructuras no autoportantes se identificarn

    claramente en los documentos del contrato, en donde se deber especificar tambin la secuencia y el

    orden de colocacin de los miembros que actan conjuntamente con ellas. De acuerdo con esta

    informacin, el constructor disear, proveer e instalar los soportes necesarios. El propietario se

    responsabilizar por la instalacin y conclusin a tiempo de todos los elementos no clasificados como

    de acero estructural que se requieren para la estabilidad de la estructura.

    7.9.4 CONDICIONES ESPECIALES DE CONSTRUCCIN

    Cuando las hiptesis del proyecto de una estructura requieren que se utilicen puntales, gatos o

    cargas graduales, que tienen que ajustarse a medida que la construccin progresa para corregir o

    mantener contraflechas o fuerzas de pretensado, tales requisitos debern manifestarse especficamente

    en los documentos del contrato.

    7.9.5 REMOCIN DE LOS SOPORTES TEMPORALES

    Los tirantes, riostras, cimbras, encofrados celulares y otros elementos temporales requeridos en

    las operaciones de construccin, y que son suministrados e instalados por el constructor, no pasarn a

    ser bienes del propietario.

    En las estructuras autoportantes, los soportes temporales no se necesitan despus que sus

    miembros de acero estructural se han colocado y conectado definitivamente dentro de las tolerancias

    requeridas. Despus de esta conexin definitiva, el constructor ya no ser responsable por los soportes

    temporales de los miembros autoportantes y podr retirarlos.

  • COVENIN-MINDUR 1755-82 (Provisional) 25

    En las estructuras que no son autoportantes, el constructor podr retirar los soportes temporales

    cuando estn terminados los miembros necesarios que no son de acero estructural, siempre y cuando lo

    autorice el Ingeniero Inspector.

    7.9.6 SOPORTES TEMPORALES PARA OTROS TRABAJOS

    En el caso que se necesiten otros soportes temporales diferentes a los definidos como

    responsabilidad del constructor en las Secciones 7.9.1, 7.9.2 y 7.9.3, durante o despus de la

    construccin de la estructura de acero, ser el propietario quien tendr la responsabilidad de proveerlos

    e instalarlos, a menos que los documentos del contrato indiquen otra cosa.

    7.10 PISOS Y BARANDAS PROVISIONALES

    El constructor suministrar las cubiertas para pisos, barandas y pasarelas exigidas por las normas

    de seguridad aplicables para la proteccin de su personal. A medida que la obra progresa, el constructor

    retirar estas instalaciones de los sectores donde las operaciones de construccin han terminado, salvo

    cuando en el contrato se hayan incluido otras disposiciones. El propietario ser responsable de todas las

    medidas de seguridad necesarias para el personal que realiza otras instalaciones.

    7.11 TOLERANCIAS

    7.11.1 DIMENSIONES TOTALES

    En las estructuras terminadas de acero estructural cabe esperar que hayan algunas variaciones

    en las dimensiones totales, pero se considera que estas variaciones estn dentro de los lmites de una

    buena prctica cuando no superan los efectos acumulativos de las tolerancias de laminacin,

    fabricacin y construccin.

  • 26 Cdigo de Prcticas Estructuras de Acero

    7.11.2 PUNTOS Y EJES DE REFERENCIA PARA LA CONSTRUCCIN

    Las tolerancias de construccin para los miembros se establecern relacionndolas con los

    puntos y ejes de referencia que se definen a continuacin:

    (a) Para los miembros que no son horizontales, sus puntos de referencia son los centros

    geomtricos en cada extremo de la pieza.

    (b) Para los miembros horizontales, los puntos de referencia estn en el centro del ala superior

    o de la superficie superior en cada extremo.

    (c) Cuando sea ms cmodo, se pueden adoptar otros puntos de referencia, siempre y cuando se

    definan en los documentos del contrato.

    (d) El eje de referencia de un miembro es una lnea recta que pasa por sus puntos de referencia.

    7.11.3 POSICIN Y ALINEAMIENTO

    Las tolerancias para la posicin y alineamiento de los puntos y ejes de referencia son las siguientes:

    7.11.3.1 Columnas

    Las piezas individuales que son componentes de columnas se consideran aplomadas si la

    desviacin de su eje de referencia respecto a la lnea de la plomada no excede de 1/500, estando esta

    tolerancia sometida a las limitaciones siguientes:

    (a) Los puntos de referencia de piezas de columnas adyacentes a pozos de ascensores podrn

    estar desplazados del eje establecido de columnas, tal como ste se define en la Seccin

    7.5.1, en no ms de 25 milmetros en los primeros 20 pisos. A partir del piso 20, el

    desplazamiento podr aumentarse en 1.0 mm por cada piso adicional hasta un mximo de 50

    mm.

  • COVENIN-MINDUR 1755-82 (Provisional) 27

    (b) Los puntos de referencia de piezas de columnas exteriores podrn estar desplazados del eje

    establecido de columnas no ms de 25 mm hacia afuera ni de 50 mm hacia adentro del

    edificio en los primeros 20 pisos. Por encima del piso 20 el desplazamiento no podr

    aumentar en 2.0 mm por cada piso adicional, pero no podr exceder un desplazamiento total

    de 50 mm hacia afuera ni de 75 mm hacia adentro del edificio.

    (c) Los puntos de referencia de piezas de columnas exteriores en cualquier nivel de empalme en

    los edificios de varios pisos, y en las partes superiores de las columnas para los edificios de

    un solo piso, no podrn quedar fuera de una envolvente horizontal, trazada paralelamente al

    borde del edificio, con un ancho de 40 mm para edificios de hasta 90 m de largo. El ancho

    de la envolvente se podr aumentar en 10 mm por cada 25 m adicionales de longitud pero

    no podr superar los 75 mm.

    (d) Los puntos de referencia de piezas de columnas exteriores podrn estar desplazados del eje

    establecido de columnas, en una direccin paralela al borde del edificio, no ms de 50 mm

    en los primeros 20 pisos. A partir del piso 20, el desplazamiento se podr aumentar en 2.0

    mm por cada piso adicional, pero no se podr exceder un total de 75 mm medidos

    paralelamente al borde del edificacin.

    7.11.3.2 Miembros que se conectan a las columnas

    (a) Se considerar aceptable el alineamiento en planta de los miembros que se conectan a las

    columnas, si cualquier error de alineamiento es causado nicamente por la variacin en el

    alineamiento de la columna dentro de los lmites permisibles.

    (b) Se considerar aceptable la cota de los miembros que se conectan a las columnas, si la

    distancia desde cada punto de referencia a la lnea del empalme de la columna situado por

    encima del miembro fijado no se desva en ms de +5 de - 8 milmetros respecto a la

    distancia especificada en los planos.

  • 28 Cdigo de Prcticas Estructuras de Acero

    7.11.3.3 Otros miembros

    Los miembros no comprendidos en las Subsecciones anteriores se considerarn aplomados,

    nivelados y alineados si el desplazamiento del miembro individual no supera 0.002 veces la distancia

    entre sus puntos de apoyo.

    7.11.3.4 Elementos ajustables

    No podr garantizarse la alineacin de los dinteles, soportes de paredes, ngulos de brocales,

    montantes y otros elementos de apoyo similares destinados al uso de otras instalaciones, que requieran

    lmites ms exigentes que los dados en las tolerancias anteriores, a menos que los planos suministrados

    por el propietario exijan conexiones ajustables de esos elementos con 1a estructura de acero en que se

    apoyan. Cuando se especifican conexiones ajustables, en los planos suministrados por el propietario se

    tendr que prever el ajuste total requerido para cumplir con las tolerancias en la estructura de acero, a

    fin de poder alinear apropiadamente estos soportes para otras instalaciones. Las tolerancias en la

    posicin y alineacin de estos elementos ajustables son como sigue:

    (a) Se considerar que los elementos ajustables estn adecuadamente ubicados en planta,

    cuando se siten dentro de 10 milmetros del lugar apropiado, medidos horizontal mente

    desde la lnea de acabado establecida en el piso considerado.

    (b) Se considerar que los elementos ajustables estn adecuadamente ubicados en sus cotas,

    cuando se siten dentro de 10 milmetros del lugar establecido, medidos verticalmente desde

    el empalme superior de la columna ms prxima hasta el lugar de apoyo como se especifica

    en los planos.

    7.11.4 RESPONSABILIDADES POR LOS INTERSTICIOS

    El constructor de la estructura de acero no ser responsable por las faltas de ajuste de otras

    instalaciones ocasionadas por desviaciones que estn dentro de las tolerancias establecidas en este

    Artculo.

  • COVENIN-MINDUR 1755-82 (Provisional) 29

    7.11.5 ACEPTACIN EN POSICIN Y ALINEAMIENTO

    Antes de colocar o aplicar cualesquiera otros materiales, el propietario ser responsable de

    verificar que la ubicacin del acero estructural es aceptable dentro de las tolerancias establecidas para

    el aplomado, la nivelacin y el alineamiento. El propietario avisar con tiempo al constructor de su

    aceptacin o le entregar una lista de los detalles especficos que tienen que corregirse para poder

    obtenerla. Este aviso se dar inmediatamente despus de finalizar cualquier parte de la obra y antes que

    comiencen a colocarse otras instalaciones que puedan apoyarse, fijarse o aplicarse a la estructura de

    acero.

    7.12 CORRECCIN DE ERRORES

    Las operaciones normales de construccin incluyen la correccin de pequeos desajustes,

    mediante la aplicacin moderada de escariadores, cinceles y cortadores, as como forzando los

    elementos a sus posiciones correctas con pasadores de alineamiento. Cuando los errores no pueden

    enmendarse con los medios anteriores o requieren cambios importantes en la configuracin de los

    miembros, el constructor informar inmediatamente al propietario y al fabricante, para que quien sea

    responsable corrija el error empleando el mtodo de correccin ms econmico y adecuado autorizado

    por el propietario.

    7.13 CORTES, ALTERACIONES Y AGUJEROS PARA OTRAS INSTALACIONES

    Ni el fabricante ni el constructor podrn cortar, taladrar o alterar de otra forma su trabajo, o el de

    otros instaladores, para acomodar algunas instalaciones, salvo cuando dichos trabajos estn claramente

    especificados en los documentos del contrato. Cuando lo estn, el propietario es el responsable de

    suministrar una informacin completa sobre los materiales, sus dimensiones, ubicacin y el nmero de

    alteraciones que es necesario realizar.

  • 30 Cdigo de Prcticas Estructuras de Acero

    7.14 MANEJO Y ALMACENAMIENTO

    El constructor tendr un cuidado razonable en el manejo y almacenamiento adecuados del acero

    durante las operaciones de construccin, para evitar acumulaciones innecesarias de suciedad y materias

    extraas, pero no ser responsable de quitar e1 polvo al acero, el sucio u otras materias extraas que se

    acumulen durante la construccin debido a la exposicin al medio ambiente.

    7.15 PINTURA EN LA OBRA

    El constructor no pintar las cabezas de los pernos o remaches instalados en la obra, ni las

    tuercas ni las soldaduras colocadas o ejecutadas en la obra, ni retocar las rozaduras que se presenten

    en la capa de pintura dada en el taller, ni tampoco dar en la obra ninguna otra capa de pintura.

    7.16 LIMPIEZA FINAL

    Al terminar la construccin y antes de la aceptacin definitiva, el constructor retirar por

    completo sus apuntalamientos, escombros y edificaciones temporales.

  • COVENIN-MINDUR 1755-82 (Provisional) 31

    CAPTULO 8 GARANTA DE CALIDAD

    8.1 GENERALIDADES

    Tanto el fabricante como el constructor mantendrn un programa de control de calidad en la

    extensin que consideren necesaria, para asegurar que todos sus trabajos se realizan de acuerdo con

    este Cdigo de Prcticas y las Normas de Acero vigentes. Si el propietario requiere un control de

    calidad ms extenso o la inspeccin independiente por profesionales calificados, esto se expresar

    claramente en los documentos del contrato, incluyendo una definicin del alcance de dicha inspeccin.

    8.2 INSPECCIN DE LOS MATERIALES LAMINADOS

    Atenindose a que los informes del productor significan que los materiales laminados estn

    conformes con los materiales pedidos, es costumbre que el fabricante haga una inspeccin ocular, pero

    no realice ningn ensayo sobre la idoneidad de los materiales. El propietario podr confiar en los

    ensayos efectuados en la planta de laminacin requeridos por el contrato y en los ensayos adicionales

    que a sus expensas haya ordenado al fabricante realizar. Cuando hay que controlar las operaciones de

    inspeccin en la planta de laminacin, o cuando se desean ensayos diferentes a los realizados all, el

    propietario deber especificarlo as en el contrato y deber ponerse de acuerdo con el fabricante para

    asegurar que estos ensayos se realizan coordinadamente.

    8.3 ENSAYOS NO DESTRUCTIVOS

    Cuando se requieren hacer ensayos no destructivos, el proceso, la extensin, la tcnica y sus reglas de

    aceptacin debern estar claramente definidas en los documentos del contrato.

  • 32 Cdigo de Prcticas Estructuras de Acero

    8.4 PREPARACIN DE LAS SUPERFICIES E INSPECCIN DE LA PINTURA EN EL

    TALLER

    La preparacin de 1as superficies y la inspeccin de la pintura realizada en el taller tienen que

    planificarse para aceptar cada operacin a medida que el fabricante la termina. La inspeccin del

    sistema de pintura, incluyendo el material y su espesor, se realizar lo ms pronto posible al terminar la

    aplicacin de la pintura. Cuando se inspecciona el espesor de una capa de pintura fresca, ste se medir

    inmediatamente despus de aplicarse.

    8.5 INSPECCIONES INDEPENDIENTES

    Cuando los documentos del contrato especifican que la inspeccin se realiza por otros

    profesionales que no estn al servicio del fabricante o del constructor, las partes interesadas incurrirn

    en las obligaciones relativas al cumplimiento del contrato que se detallan a continuacin:

    8.5.1 El fabricante y el constructor darn acceso al inspector a todos los lugares donde se ejecutan los

    trabajos. En ausencia de otras instrucciones precisas, el inicio de los trabajos se notificar con 3 das

    de anticipacin, como mnimo.

    8.5.2 La inspeccin de los trabajos en el taller por cuenta del propietario o su representante se

    efectuar en el taller del fabricante hasta donde sea posible. Estas inspecciones debern hacerse en

    secuencia a su debido tiempo, y realizadas de tal manera que minimicen las interrupciones de las

    operaciones, y permitan la correccin de todos los trabajos inconformes mientras el material est

    todava procesndose en el taller de fabricacin.

    8.5.3 La inspeccin en la obra se deber completar lo ms pronto posible para que se puedan efectuar

    las correcciones sin retardar su progreso.

  • COVENIN-MINDUR 1755-82 (Provisional) 33

    8.5.4 El rechazo del material o de la calidad del trabajo que no est conforme con los documentos del

    contrato, puede hacerse en cualquier instante durante el progreso de la obra. Sin embargo, esta

    disposicin no exime al propietario de su obligacin de realizar las inspecciones en secuencia y

    oportunamente.

  • 34 Cdigo de Prcticas Estructuras de Acero

    CAPTULO 9 CONTRATOS

    9.1 GENERALIDADES

    Las condiciones generales de contratacin para los contratos destinados al estudio, proyecto y

    construccin de estructuras de acero para edificaciones pblicas que se celebren con los Ministerios,

    los Institutos Autnomos, las Empresas del Espado y cualesquiera otros entes de la Administracin

    Publica Nacional, se regirn por los Decretos "Condiciones Generales de Contratacin para Estudios y

    Proyectos" y "Condiciones Generales de Contratacin para la Ejecucin de Obras" vigentes, publicados

    en la Gaceta Oficial de la Repblica de Venezuela.

    9.2 TIPOS DE CONTRATOS

    9.2.1 En los contratos donde se estipula una sola cifra global, los trabajos que han de realizar el

    fabricante y el constructor estarn definidos por completo en los documentos del contrato.

    9.2.2 En los contratos que estipulan precios unitarios por peso, el alcance de los trabajos, los tipos de

    materiales, las caractersticas de la fabricacin y las condiciones de construccin, se basarn en los

    documentos del contrato, los cuales tendrn que ser representativos de los trabajos a efectuarse.

    9.2.3 En los contratos que estipulan precios por partida, los trabajos que el fabricante y el constructor

    han de realizar se basarn en la cantidad y las caractersticas de las partidas descritas en los documentos

    del contrato.

  • COVENIN-MINDUR 1755-82 (Provisional) 35

    9.3 CLCULO DE LOS PESOS

    Excepto cuando se establezca otra cosa en el contrato, en los contratos que estipulan un precio

    por peso para el acero estructural fabricado entregado y/o construido, las cantidades de materiales que

    sern pagadas se determinarn mediante el clculo de los pesos netos de los materiales fabricados y/o

    construidos con la aprobacin del propietario y segn los documentos del contrato.

    9.3.1 Se supondr que el peso unitario del acero es de 7850 kgf/m3. El peso unitario de otros

    materiales estar de acuerdo con los datos especficos publicados por sus productores.

    9.3.2 Los pesos de los perfiles, planchas, barras, tuberas de acero y tubos estructurales, se calcularn

    en base a las cantidades reales ya las dimensiones de los materiales mostradas en los planos de taller,

    de acuerdo con las siguientes reglas:

    (a) Los pesos de todos los perfiles estructurales, tuberas de acero y tubos estructurales se

    calcularn utilizando el peso nominal por metro lineal y las longitudes totales detalladas en

    los planos.

    (b) Los pesos de las planchas y barras se calcularn empleando las dimensiones rectangulares

    globales detalladas en los planos.

    (c) Cuando ciertas partes se pueden obtener cortando materiales de mayo_ res dimensiones en

    tamaos mltiplos, los pesos se calcularn en base a las dimensiones rectangulares netas del

    material fabricado y construido.

    (d) Cuando ciertas partes se obtienen cortando perfiles estructurales, dejando secciones atpicas

    inutilizables para los fines del contrato, los pesos se calcularn considerando el peso unitario

    neto de la seccin utilizada.

    (e) No se har ninguna deduccin por los materiales extrados de planchas y perfiles mediante

    cortes de cualquier tipo, taladrado, punz-nado, ranurado, desbaste o preparacin de juntas

    para soldaduras.

  • 36 Cdigo de Prcticas Estructuras de Acero

    9.3.3 Los pesos calculados para los aceros colados se determinarn a partir de los dibujos de las

    piezas en los planos de taller, aadindose una bonificacin del 10 % para tomar en cuenta los filetes y

    excedentes. Se podrn utilizar los pesos de las coladas brutas medidos en bsculas.

    9.3.4 Los pesos de los pernos y remaches que se coloquen en el taller y en la obra, as como los de

    las tuercas y arandelas, se calcularn empleando las cantidades mostradas en las listas de remaches y

    pernos, y los pesos que aparecen en las tablas del "Manual para el Proyecto, Fabricacin y

    Construccin de Estructuras de Acero para Edificaciones" del Ministerio del Desarrollo Urbano

    vigente. Los pesos de los productos no incluidos en estas tablas se tomarn con su peso real.

    9.3.5 Los pesos de los metales de aporte en las soldaduras realizadas en el taller o en la obra, as

    como los revestimientos protectores, no sern incluidos en los pesos calculados para los efectos del

    pago.

    9.4 MODIFICACIN DE LOS DOCUMENTOS DEL CONTRATO

    9.4.1 Las modificaciones conforme al contrato se efectuarn mediante la redaccin de nuevos

    documentos o la correccin de los documentos existentes. En ambos casos, todas las modificaciones se

    indicarn claramente y los documentos sern debidamente fechados.

    9.4.2 Las modificaciones de los requisitos del contrato se efectuarn mediante instrucciones

    pertinentes sobre los cambios o los trabajos extras a realizar, o por anotaciones en los planos de taller y

    construccin, cuando stos se devuelven al ser aprobados.

    9.4.3 Salvo cuando se manifiesta especficamente lo contrario, la redaccin de una modificacin se

    interpreta como una autorizacin del propietario para que sta se construya.

  • COVENIN-MINDUR 1755-82 (Provisional) 37

    9.5 REAJUSTE DE LOS PRECIOS DEL CONTRATO

    9.5.1 Cuando las responsabilidades del fabricante y del constructor han cambiado respecto a las

    condiciones previamente establecidas en los documentos del contrato, se podr hacer una modificacin

    apropiada del monto del mismo. Al calcular el reajuste de los precios, el fabricante y el constructor

    considerarn las cantidades de obra agregadas o suprimidas, las modificaciones en la ndole del trabajo,

    as como la influencia de estos cambios en los tiempos de entrega de los materiales, y en las

    operaciones de detallado, fabricacin y construccin.

    9.5.2 Las solicitudes para los reajustes de precios del contrato sern presentadas por el fabricante y el

    constructor en forma oportuna, y debern incluir una descripcin de los cambios suficientemente

    detallada para permitir que e1 propietario haga una evaluacin y aprobacin a tiempo.

    9.5.3 Tanto los contratos que estipulan sus pesos unitarios por peso como los que lo hacen por

    partidas, generalmente deben prever aumentos y disminuciones en las cantidades de obra antes de la

    fecha en que un trabajo se autoriza para la construccin. Por otra parte, los cambios en las caractersti-

    cas del trabajo en cualquier momento, o los aumentos y/o disminuciones en las cantidades de obra que

    ocurren despus que el trabajo se autoriza para la construccin, podrn requerir un reajuste de los

    precios unitarios o de los precios por partida.

    9.6 PROGRAMACIN DE LA OBRA

    9.6.1 Los documentos del contrato especificarn la programacin para ejecutar los trabajos. Esta

    deber fijar cuando los planos autorizados para la construccin estarn disponibles, y cundo el

    emplazamiento de la obra, las fundaciones, pilas y estribos estarn terminados, libres de obstculos y

    accesibles al constructor, de manera que la construccin pueda comenzar en el tiempo previsto y

    continuar sin interferencias o demoras causadas por el propietario o por otras instalaciones.

  • 38 Cdigo de Prcticas Estructuras de Acero

    9.6.2 El fabricante y el constructor tienen la responsabilidad de avisar oportunamente al propietario

    de las consecuencias que cualquier modificacin tiene en la programacin del contrato.

    9.6.3 Si el programa de la fabricacin o el de la construccin se retarda considerablemente debido a

    modificaciones del proyecto, o por otras causas imputables a1 propietario, el fabricante y el constructor

    sern indemnizados por los costos adicionales que se originen.

  • COVENIN-MINDUR 1755-82 (Provisional) 39

    CAPTULO 10 ACERO ESTRUCTURAL EXPUESTO ARQUITECTNICAMENTE

    10.1 ALCANCE

    Este Captulo establece requisitos adicionales que se aplican nica mente a los miembros

    designados especficamente en los documentos del contrato como "acero estructural expuesto

    arquitectnicamente". Se aplicarn todas las disposiciones de los Captulos 1 a 9 a menos que se

    modifiquen especficamente en este Captulo. Los miembros o componentes de acero estructural

    expuesto arquitectnicamente se fabricarn y construirn con el cuidado y las tolerancias dimensionales

    que aqu se estipulan.

    10.2 INFORMACIN ADICIONAL REQUERIDA EN EL CONTRATO

    Cuando hayan miembros o componentes de acero estructural expuesto arquitectnicamente, los

    documentos del contrato contendrn la siguiente informacin adicional:

    (a) Una identificacin especfica de los miembros o componentes que sern de acero

    estructural expuesto arquitectnicamente.

    (b) Las tolerancias de fabricacin y construccin que sean ms restrictivas que las establecidas

    en este Captulo.

    (c) Los requisitos, si los hay, de los paneles de prueba o de los componentes a inspeccionar y

    los criterios de aceptacin antes del comienzo de la fabricacin.

    10.3 FABRICACIN

    10.3.1 PERFILES LAMINADOS

    Las tolerancias permisibles para los perfiles laminados que estn fuera de escuadra o de

    paralelismo, y las correspondientes a la altura, ancho y simetra, se especifican en las normas

  • 40 Cdigo de Prcticas Estructuras de Acero

    ASTM A6, "General Requirements for Rolled Steel Plates, Shapes, Sheet Piling, and Bars for

    Structural Use" (Requisitos generales para planchas de acero laminado, perfiles, tablestacas y barras

    para uso estructural). No se intentar igualar los contornos de las secciones transversales adyacentes a

    menos que se requiera especficamente en el contrato. Las tolerancias en la rectitud de los miembros tal

    como vienen fabricados sern la mitad de las estipuladas en las normas ASTM A6 para las

    combaduras.

    10.3.2 MIEMBROS COMPUESTOS

    Las tolerancias en "las dimensiones globales de la seccin de los miembros constituidos por

    una serie de planchas, barras y perfiles soldados, estn limitadas a la suma de las tolerancias

    permisibles de las partes componentes que se estipulan en las normas ASTM A6. Las tolerancias en la

    rectitud del miembro completo ta1 como viene fabricado sern la mitad de las especificadas en las

    normas ASTM A6 para las combaduras de los perfiles laminados.

    10.3.3 MARCAS DE LAS SOLDADURAS

    Se admite que la extensin de las marcas de las soldaduras, por lo cual se entiende cualquier

    indicacin visual de la presencia de una o varias soldaduras en la cara opuesta al observador, es una

    funcin del tamao de las soldaduras y de su espesor. Los miembros o componentes sern aceptables

    tal como se producen a menos que en los documentos del contrato se incluyan criterios especficos para

    aceptar marcas de las soldaduras.

    10.3.4 JUNTAS

    Todas las entalladuras, los ingletes y los cortes a tope que se efecten en superficies expuestas a

    la vista se harn con separaciones uniformes de 3 milmetros si se indica que son juntas abiertas, o con

    un contacto razonable si se indican sin separacin.

  • COVENIN-MINDUR 1755-82 (Provisional) 41

    10.3.5 SOLDADURAS

    En todas las soldaduras a la vista se aceptarn las superficies tal como han sido soldadas cuando

    stas sean razonablemente lisas y uniformes. Las soldaduras a tope y las de tapn no podrn sobresalir

    ms de 2 milmetros de la superficie expuesta. No se requerir acabado o esmerilado excepto donde se

    necesiten intersticios o ajuste de otros componentes, o cuando se requiera especficamente en el

    contrato.

    10.3.6 ACEROS RESISTENTES A LA CORROSIN

    Los miembros fabricados con aceros resistentes a la corrosin mediante ptina protectora y que

    han de estar expuestos arquitectnicamente, no tendrn marcas de construccin u otras seales pintadas

    en las superficies que van a estar a 1a vista al completar la estructura. Si se requiere una limpieza

    diferente a la especificada en los requisitos del "Steel Structures Painting Council" (Consejo para la

    Pintura de Estructuras de Acero) SSPC-SP6, las condiciones pertinentes se definirn en las c1usulas

    del contrato.

    10.4 ENTREGA DE LOS MATERIALES

    El fabricante tendr un cuidado especial para evitar combaduras, torceduras u otras distorsiones

    en los miembros individuales de acero estructural expuesto arquitectnicamente.

    10.5 CONSTRUCCIN

    10.5.1 GENERALIDADES

    El constructor tendr un cuidado especial al descargar, manipular y montar el acero para evitar

    que los miembros se rayen o se distorsionen, y tambin para minimizar los daos a cualquier pintura

    dada en el taller.

  • 42 Cdigo de Prcticas Estructuras de Acero

    Cuando se utilicen puntales temporales o abrazaderas para el montaje, se tomarn precauciones para

    evitar que resulten superficies antiestticas despus que stos se retiren. Las soldaduras de punteo se

    esmerilarn hasta alisarlas y los agujeros se rellenarn con metal de soldadura alisndolo mediante

    esmerilado o limado. El constructor planificar y ejecutar todas las operaciones para que no se

    perjudiquen los contactos ajustados ni la apariencia ntida de la estructura.

    10.5.2 TOLERANCIAS DE CONSTRUCCIN Excepto cuando se designe especficamente otra cosa en los documentos del contrato, los

    miembros y sus componentes se aplomarn, nivelarn y alinearn con unas tolerancias que no

    superarn la mitad de las permitidas para el acero estructural. A fin de proveer al constructor medios

    para el ajuste, estas tolerancias de construccin permitidas para el acero estructural expuesto

    arquitectnicamente requieren que los planos suministrados por el propietario especifiquen conexiones

    ajustables entre las partes de este tipo de acero y la estructura de acero estructural ordinario o los

    apoyos de mampostera o de concreto.

    10.5.3 COMPONENTES EN CONTACTO CON CONCRETO

    Cuando el acero estructural expuesto arquitectnicamente va a estar en contacto con concreto,

    es responsabilidad del contratista general suministrar suficientes puntales, tirantes y rigidizadores para

    prevenir flechas, abolladuras, etc., que pueden producirse en estos aceros por el peso y la presin del

    concreto fresco.

  • COVENIN-MINDUR 1755-82 (Provisional) 43

    NDICE ANALTICO

    La identificacin corresponde al sistema de Captulos, Artculos, Secciones y Subsecciones del

    Articulado y Comentario de estas Normas, establecido en la Seccin 1.1.4.

    Aberturas, 3.1.1, 4.2. Acabado, 6.2.2., 6.4, 10.3.5, C6.5, C7.11.3,

    C10. Acero de alta resistencia, 6.1. Acero estructural, 1.2, 2.-, 3.1, 3.2, 6.4.5, 6.7.1,

    7.5.3, 7.9.3, 7.11.1, 7.11.5, 10.5.2, C1.1.1, C1.1.2, C1.1.3, C2.-, C3.1, C4.1, C6.5, C7.2, C7.11, C9.3.

    - - expuesto arquitectnicamente, 10.-, C3.1, C10.-.

    Aceros resistentes a la corrosin, 10.3.6, C6.5. Acortamientos diferenciales, C7.11.3, C7.11.4. AISC, 1.2.

    Ajuste de 1a estructura, 4.3.1, 6.3, 7.7.4, 7.9.4, 7.11.3.4, 10.5.2, C7.11.3, C7.11.4.

    Anclajes, 3.1.1, 6.7.2, 7.5. C7.5. ANSI, 1.2, 6.2.2, C6.2.2.

    Aparatos patentados, 1.6. Aprobacin, 4.3, 5.2.3, 7.16, 9.3.2, 9.4.2, 9.5.2,

    C4.1. ASTM, 1.2, 5.1, 5.2.1, 6.1.1, 6.4.3, 10.2, C5.1. Autorizacin para 1a construccin, 1.2, 4.1, 4.3,

    9.4.3. 9.5.3. 9.6. AWS, 1.2, 6.4.5, C1.3, C6.4.

    Bases de columnas, 3.1.1, C7.5, C7.11.3. Bib1iografa, C1. Calces, 7.6, 7.7.3. Clculo de los pesos, 9.3, C9.3. Cargas, 3.1.3, 7.9.1, C7.11, C7.11 .3, C7.11.4. Certificacin de conformidad con normas, 1.2. Cdigo de prcticas, 1.2, C1.1.1. - - AISC, C1.1.1, C1.1.3, C1.3, C1.4. C2, C3, C4, C5, C6, C7, C8, C9, C10. combaduras, 5.1.2, 10.3.1, 10.3.2, C5.1.2,

    C7.11.3.

    componentes no de acero estructural, 2.2. concreto, 10.5.3. conectores de corte, 3.1.1, 7.7.4. conexiones, 3.1.1, 3.1.3, 3.1.4, 4.2, 4.3.1, 6.4.5.

    7.7, C3.1, C4.1, C7.7. C7.11.3, C7.11.4, C10.

    construccin, 1.2, 3.1, 3.2, 6.1, 7.-, 9.2.2, 9.3.2, 9.5. 9.6, 10.5, C7.-.

    constructor, 1.2, 1.5, 1.6, 4.1. 6.3.2, 6.7.1, 6.7.3, 7.-, 8.-, 9.2, 9.5, 9.6, 10.5, C7.-.

    contraflechas, 3.1.1, 6.4.4, 7.9.4. contratos, 9.-. - con 1a administracin pblica, 9.1, C9.1. correcciones, - de 1os perfiles, 5.1.2, 5.1.3, C5.1.2. - de los planos, 4.3. - en el montaje, 7.12. - en la fabricacin, 8.5.2. corrosin, C6.5.5. COVENIN, 1.2, 5.1.1, 5.2.1. 6.4.5, C1.1

    .2, C9.1 . Definiciones, 1.2, C1.2. demoliciones, C7.2. despacho de los materiales, 6.6, 6.7.2. detalles, 3.1.1, 4.2, 4.3.1, C4.1, C7.11.4. dinteles aislados, 3.1.5. discrepancias, 3.3. diseo de las conexiones, 3.1.1, 3.1.3, C4.1. dispositivos de apoyo, 7.6. distorsiones, C5.1.2. documentos del contrato, 1.1.2, 1.2, 1.4, 1 .5.2,

    1.6, 2.1, 3.1.1, 4.1, 5.1.1, 5.1.4, 6.3.2, 6.5.1, 6.6.1, 6.7.1, 7.1, 7.3, 7.5.1, 7.6, 7.7.1, 7.8, 7.9.1, 7.9.4, 7.9.5, 7.10, 7.11.2, 7.13, 8.1, 8.3, 8.5, 9.2, 9.4, 9.5, 9.6, 10.1, 10.2, 10.3.3, 10.5.2, C1.4, C3.1, C6.5, C7.5, C9.-, C10.-.

  • 44 Cdigo de Prcticas Estructuras de Acero