Nombramientos Con Acuerdo Del Senado

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  • 8/18/2019 Nombramientos Con Acuerdo Del Senado

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    Proyecto de Constitución

    de J.B. Alberdi (1852)Constitución Nacional (1853) Constitución Nacional (1860) Constitución Nacional (1994)

    Artículo 85 - El presidente de la

    Confederación tiene las siguientes

    atribuciones.

    Artículo 83 - El Presidente de la

    Confederación tiene las siguientes

    atribuciones:

    Artículo 86. El presidente de la

    Nación tiene las siguientes

    atribuciones:

    Artículo 99.- El Presidente de la Nación tiene

    las siguientes atribuciones:

    5. Nombra los magistrados de lostribunales federales y militares de la

    Confederación con acuerdo del

    Senado de las provincias, o sin él,

    hasta su reunión, si está en receso;

    5. Nombra los magistrados de la CorteSuprema y de los demás tribunales

    federales inferiores, con acuerdo del

    Senado.

    4. Nombra los magistrados de la CorteSuprema con acuerdo del Senado por dos

    tercios de sus miembros presentes, en sesión

    pública, convocada al efecto.

    Nombra los demás jueces de los tribunalesfederales inferiores en base a una propuesta

    vinculante en terna del Consejo de la

    Magistratura, con acuerdo del Senado, en

    sesión pública, en la que se tendrá en cuenta la

    idoneidad de los candidatos.

    Un nuevo nombramiento, precedido de igualacuerdo, será necesario para mantener en el

    cargo a cualquiera de esos magistrados, unavez que cumplan la edad de setenta y cinco

    años. Todos los nombramientos de

    magistrados cuya edad sea la indicada o

    mayor se harán por cinco años, y podrán ser

    repetidos indefinidamente, por el mismotrámite.

    12. Nombra y remueve por sí los

    ministros del despacho, los oficiales

    de sus secretarías, los ministrosdiplomáticos, los agentes y cónsules

    destinados a países extranjeros;

    10. Nombra y remueve a los ministros

    plenipotenciarios y encargados de

    negocios, con acuerdo del Senado; ypor sí solo nombra y remueve los

    ministros del despacho, los oficiales de

    sus secretarías, los agentes consulares,

    y los demás empleados de laadministración cuyo nombramiento

    no está reglado de otra manera por

    esta Constitución.

    7. Nombra y remueve a los embajadores,

    ministros plenipotenciarios y encargados de

    negocios con acuerdo del Senado; por sí solonombra y remueve al jefe de gabinete de

    ministros y a los demás ministros del

    despacho, los oficiales de su secretaría, los

    agentes consulares y los empleados cuyonombramiento no está reglado de otra forma

    por esta Constitución.

    19. Provee los empleos militares de

    la Confederación: Con acuerdo del

    16. Provee los empleos militares de la

    Confederación: con acuerdo del

    13. Provee los empleos militares de la Nación:

    con acuerdo del Senado, en la concesión de los

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    Senado de las provincias en la

    concesión de los empleos o grados

    de oficiales superiores del ejército yarmada; y por sí solo en el campo de

    batalla;

    Senado, en la concesión de los

    empleos, o grados de oficiales

    superiores del ejército y armada; y porsí solo en el campo de batalla.

    empleos o grados de oficiales superiores de

    las Fuerzas Armadas; y por sí solo en el campo

    de batalla.

    23. En todos los casos en que según losartículos anteriores debe el Poder

    Ejecutivo proceder con acuerdo del

    Senado, podrá, durante el receso de

    éste, proceder por sí solo, dando

    cuenta de lo obrado a dicha Cámara en

    la próxima reunión para obtener suaprobación.

    22. El presidente tendrá facultadpara llenar las vacantes de los

    empleos, que requieran el

    acuerdo del Senado, y que

    ocurran durante su receso, por

    medio de nombramientos en

    comisión que espirarán al fin dela próxima Legislatura.

    19. Puede llenar las vacantes de los empleos,que requieran el acuerdo del Senado, y que

    ocurran durante su receso, por medio d e

    nombramientos en comisión que expirarán al

    fin de la próxima Legislatura.