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Artículo 123 Constitucional Fracción XIV. Los empresarios serán responsables de los accidentes de trabajo y de las enfermedades profesionales de los trabajadores sufridas con motivo o ejercicio profesional.

Leyes:Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, Ley Federal del

Trabajo, Ley Federal sobre Metrología y Normalización. Reglamentos:Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de

Trabajo, Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

Norma:Norma Oficial Mexicana de la Secretaría del Trabajo y Previsión

Social. (NOM-004-STPS-1999) Sistemas de Protección y Dispositivos de Seguridad en la Maquinaria y Equipo que se utilice en los Centros de Trabajo.

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Objetivo:Establecer las condiciones de seguridad y los sistemas de protección y dispositivos para prevenir y proteger a los trabajadores contra los riesgos de trabajo que genere la operación y mantenimiento de la maquinaria y equipo.

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Campo de aplicación: La presente norma rige en todo el territorio nacional y aplica en todos los centros de trabajo que por naturaleza de sus procesos empleen maquinaria y equipo .

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Estudio de riesgo potencial generado por la maquinaria y equipo. a) Partes en movimiento.b) Superficies cortantes.c) Manejo y condiciones de la herramienta.

Programa específico de seguridad para la operación y mantenimiento de la maquinaria y equipo.

Contar con personal capacitado y un manual de primeros auxilios.

.

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Señalar las áreas de tránsito y de operación de acuerdo a lo establecido en las NOM-001-STPS-2008 y NOM-026-STPS-2008.

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Dotar a los trabajadores del equipo de protección personal de acuerdo a lo establecido en la NOM-017-STPS-2008.

Capacitar a los trabajadores para la operación segura de la maquinaria y equipo, así como de las herramientas que utilicen para desarrollar su actividad.

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Participar en la capacitación que proporcione el patrón.

Cumplir con las medidas que señale el Programa Específico de Seguridad e Higiene para la Operación y Mantenimiento de la Maquinaria y Equipo.

Reportar al patrón cuando los sistemas de protección y dispositivos de seguridad de la maquinaria y equipo se encuentren deteriorados, fuera de funcionamiento o bloqueados.

Utilizar el equipo de protección personal de acuerdo a las instrucciones de uso y mantenimiento proporcionadas por el patrón.

Usar el cabello corto o recogido, no portar cadenas, anillos, pulseras, mangas sueltas u otros objetos que pudieran ser factor de riesgo durante la operación.

Reportar al patrón cualquier anomalía de la maquinaria y equipo que pueda implicar riesgo.

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El riesgo potencial, es la probabilidad de que la maquinaria y equipo causen lesiones a los trabajadores, esta definición obliga a tener presente que los tipos de lesiones están condicionados a varios fenómenos múltiples, siendo por causas básicas o inmediatas.

Las causas básicas pueden dividirse en factores personales y factores del trabajo. Las más comunes son:

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Factores personales:

Falta de conocimiento o de capacidad para desarrollar el trabajo que se tiene encomendado.

Falta de motivación o motivación inadecuada. Tratar de ahorrar tiempo o esfuerzo y/o evitar

incomodidades. Lograr la atención de los demás, expresar

hostilidades. Existencia de problemas o defectos físicos o

mentales.

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Factores de trabajo:

Falta de normas de trabajo o normas de trabajo inadecuadas.

Diseño o mantenimiento inadecuado de las máquinas y equipos.

Hábitos de trabajo incorrectos. Uso y desgaste normal de equipos y

herramientas. Uso anormal e incorrecto de equipos,

herramientas e instalaciones.

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Las causas inmediatas pueden dividirse en actos inseguros y condiciones inseguras. Veamos algunos ejemplos de los más comunes:

Actos inseguros Realizar trabajos para los que no se está debidamente

autorizado. Trabajar en condiciones inseguras o a velocidades

excesivas. No dar aviso de las condiciones de peligro que se

observen, o no señalizadas. No utilizar, o anular, los dispositivos de seguridad con

que va equipadas las máquinas o instalaciones. Utilizar herramientas o equipos defectuosos o en mal

estado. No usar las prendas de protección individual establecidas

o usar prendas inadecuadas. Gastar bromas durante el trabajo. Reparar máquinas o instalaciones de forma provisional.

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Realizar reparaciones para las que no se está autorizado. Adoptar posturas incorrectas durante el trabajo, sobre

todo cuando se manejan cargas a brazo. Usar ropa de trabajo inadecuada (con cinturones o

partes colgantes o desgarrones, demasiado holgada, con manchas de grasa, etc.).

Usar anillos, pulseras, collares, medallas, etc. cuando se trabaja con máquinas con elementos móviles (riesgo de atrapamiento).

Utilizar cables, cadenas, cuerdas, eslingas y aparejos de elevación, en mal estado de conservación.

Sobrepasar la capacidad de carga de los aparatos elevadores o de los vehículos industriales.

Colocarse debajo de cargas suspendidas. Introducirse en fosos, cubas o espacios cerrados, sin

tomar las debidas precauciones. Transportar personas en los carros o carretillas

industriales.

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Falta de protecciones y resguardos en las máquinas e instalaciones.

Protecciones y resguardos inadecuados. Falta de sistema de aviso, de alarma, o de

llamada de atención. Falta de orden y limpieza en los lugares de

trabajo. Escasez de espacio para trabajar y almacenar

materiales. Almacenamiento incorrecto de materiales,

apilamientos desordenados, bultos depositados en los pasillos, amontonamientos que obstruyen las salidas de emergencia, etc.

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Niveles de ruido excesivos. Iluminación inadecuada (falta de luz,

lámparas que deslumbran) Falta de señalización de es combustibles o

inflamables, cerca de focos de calor. Huecos, pozos, zanjas, sin proteger ni

señalizar, que presentan riesgo de caída. Pisos en mal estado; irregulares,

resbaladizos, desconchados. Falta de barandillas y rodapiés en las

plataformas y andamios.

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MECÁNICO

TÉRMICOS

POR RUIDO Y VIBRACIONES

ELECTRICO

RADIACIONES

MATERIALES Y SUSTANCIAS

PELIGRO

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Daño clase A: incapacidad permanente, pérdida de la vida o de alguna parte del cuerpo humano, así como la pérdida considerable de estructuras, equipos y materiales del centro de trabajo .

Daño clase B: una lesión o enfermedad grave, dando como resultado, incapacidad temporal, así como daño a la propiedad de tipo destructivo, pero no muy extenso.

Daño clase C: lesiones menores no incapacitantes, enfermedades leves, o daño menor a la propiedad.

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Procedimientos para que:

Se mantenga limpia y ordenada el área de trabajo. Protectores y dispositivos de seguridad se instalen en el

lugar requerido y sean útiles. La maquinaria y equipo se sometan a mantenimiento

preventivo . Las conexiones y sus contactos eléctricos estén

protegidos. El sistema de alimentación y retiro de la materia prima,

subproducto y producto terminado no sean un factor de riesgo.

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Cumpliendo con lo siguiente:

Persona responsable. Deberá avisarse a los trabajadores expuestos en el

área,

Al iniciar el mantenimiento a equipos eléctricos colocar candados de advertencia así como tarjetas del personal que lo realiza en tableros eléctricos de distribución, y en maquinas colocar letreros de Maquina parada por Mantenimiento

EQUIPOS DE PROTECCIÓN

PERSONAL

Y HERRAMIENTAS DE SEGURIDAD

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Identificar los interruptores, válvulas y puntos que requieran inmovilización;

Bloquear la energía en tableros, controles o equipos. Colocar tarjetas de aviso y los candados de seguridad. Asegurarse de que se realizó el bloqueo.

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Protección total al trabajador. Permitir el movimiento libre del trabajador. Impedir el acceso a los trabajadores no

autorizados. No ser un factor de riesgo por sí mismos. Permitir la visibilidad necesaria para efectuar la

operación. Señalarse cuando su funcionamiento no sea

evidente. De ser posible estar integrados a la maquinaria y

equipo. Estar fijos y ser resistentes .

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Protector fijo

Protector semifijo y fijo

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Protector semifijo

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Alfombras sensibles, alfombras antideslizantes y antifatiga

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Dispositivos de seguridad contra la puesta en marcha accidental de tornos

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