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lL AGEILCIA JE REGULACION Y CONTROL DE ELECTBICIDAD nesolucr6r Nro. ARCONEL-01a/ 18 nesolucr6r Nro' ARCONEL-O18/ 18 necuucr6n Nro. ARCONEL Oou18 EL DrREcroRro DE LA AGENCTA or nscuucr6u Y CONTROL DE ELECTRICIDAD -ARCONEL- Que, Considerando: Ia Constituci6n de la Rep0blica del Ecuador, publicada en el Registro oficial Nro. 449 el 20 de octubre de 2008, en su articulo 314, establece que "El Estado garantharii gue los servicios pibticos y su proviskin respondan a los principios -de obligatoriedad, generalidad, uniformidad, eficiencia, responsabilidaQ universalida4 accesibitidad, regularidad, continuidad y calidad' "; el articulo 83 numeral 7 de la constituci6n de la Repriblica del Ecuador establece como deberes y responsabilidad de los ecuatorianos "Promover el bien comrin y anteponer el interds generat al inter4s partrcular, conforme al buen vivir"; la Ley OrgSnica del Servicio P[bllco de Energia El6ctrica -LOSPEE-, publicada en el Tercer suplemento del Registro Oficial Nro' 418 el 16 de enero de 2015, en su afticulo 5, numeral 4 establece como obligaci6n del consumidor o usuario frnal, "cuidar las instalaciones etdctricas que le permiten contar con suministro de electricidad y denunciar a quienes hacen uso incorrecto de las mismasi el artlculo 5 numeral 5 de la LosPEE establece como obligaci6n del consumidor o usuario final "Evitar cuatquier riesgo que pueda afectar su salud y su vida, asi como la de los demiis"; el articulo 15 numeral 3 de la LOSPEE establece como una atribuci6n y deber de la Agencia de Regulaci6n y Control de Electricidad -ARCONEL- controlar a las empresas el6ctricas, en lo referente al cumplimiento de la normativa y de las obligaciones constantes en los titulos habilitantes pertinentes, y otros aspectos que el Ministerio de Electricidad y Energia Renovable -MEER- defina; Que, Que, Que, Que, Que, el articulo 83 de la LOSPEE, en su parte peftinente, dispone que'1 . El Ministerio de Etectricidad y Energia Renovable o las empresas piblicas de prestacidn del servicio pibtico de energia elActrica, podriin establecer servidumbres infraestructura de lineas de transmisi6n y distribuci6n elddrica y insta laciones propias del servicio elddrico'i Regulaci6n Nro. ARCONEL 001/18 Sesi6n de Directorio 13 de abrilde 2018 ru ARCONEL RIA $N ,ra rA Pigina 1de 14

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lLAGEILCIA JE

REGULACION Y CONTROL

DE ELECTBICIDAD

nesolucr6r Nro. ARCONEL-01a/ 18

nesolucr6r Nro' ARCONEL-O18/ 18

necuucr6n Nro. ARCONEL Oou18

EL DrREcroRro DE LA AGENCTA or nscuucr6u

Y CONTROL DE ELECTRICIDAD -ARCONEL-

Que,

Considerando:

Ia Constituci6n de la Rep0blica del Ecuador, publicada en el Registro oficial Nro.

449 el 20 de octubre de 2008, en su articulo 314, establece que "El Estado

garantharii gue los servicios pibticos y su proviskin respondan a los principios-de

obligatoriedad, generalidad, uniformidad, eficiencia, responsabilidaQ

universalida4 accesibitidad, regularidad, continuidad y calidad' ";

el articulo 83 numeral 7 de la constituci6n de la Repriblica del Ecuador

establece como deberes y responsabilidad de los ecuatorianos "Promover el

bien comrin y anteponer el interds generat al inter4s partrcular, conforme al

buen vivir";

la Ley OrgSnica del Servicio P[bllco de Energia El6ctrica -LOSPEE-, publicada

en el Tercer suplemento del Registro Oficial Nro' 418 el 16 de enero de 2015,

en su afticulo 5, numeral 4 establece como obligaci6n del consumidor o usuario

frnal, "cuidar las instalaciones etdctricas que le permiten contar con suministro

de electricidad y denunciar a quienes hacen uso incorrecto de las mismasi

el artlculo 5 numeral 5 de la LosPEE establece como obligaci6n del consumidor

o usuario final "Evitar cuatquier riesgo que pueda afectar su salud y su vida, asi

como la de los demiis";

el articulo 15 numeral 3 de la LOSPEE establece como una atribuci6n y deber

de la Agencia de Regulaci6n y Control de Electricidad -ARCONEL- controlar a

las empresas el6ctricas, en lo referente al cumplimiento de la normativa y de

las obligaciones constantes en los titulos habilitantes pertinentes, y otros

aspectos que el Ministerio de Electricidad y Energia Renovable -MEER- defina;

Que,

Que,

Que,

Que,

Que, el articulo 83 de la LOSPEE, en su parte peftinente, dispone que'1 . El Ministerio

de Etectricidad y Energia Renovable o las empresas piblicas de prestacidn del

servicio pibtico de energia elActrica, podriin establecer servidumbres

infraestructura de lineas de transmisi6n y distribuci6n elddrica y

insta laciones propias del servicio elddrico'i

Regulaci6n Nro. ARCONEL 001/18

Sesi6n de Directorio 13 de abrilde 2018

ruARCONEL

RIA

$N,ra rA

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:.,Ei,:-i; liREGULACION Y CONTROLDE ELECTBICIDAD

Que, el articulo 84 de la LOSpEE, en su parte pertinente, establece que,,... laseruidumbre comprenderd igualmente el derecho de paso o accesq laocupacidn tempora/ de terrenos y otros bienes necesarios para la construccitin,conservackSn, reparacidn y vigilancia de las insta/aciones el1ctricas; asi como ilingreso de inspectores, empleados y obreros debidamente identifrcados,materiales y miis erementos necesarios para la operackin y mantenimiento dedich as i nsta la cion es',,

Que, el aftlculo 85 de la LospEE estabrece que "Er duefio del predio siruiente nopodrii hacer plantaciones, construcciones, ni obras de otra naturareza, queperturben el libre ejercicio de las seruidumbres el6ctricas. La infracci'n a estadisposici6ry o si sus p/antaciones o arboledas que crecieren de modo queperturben dicho ejercicio, dar6 derecho ar titular de ta servidumbre pararemediar esta perturbacidn a costa det duefio del predio,,;

neSOlUCrOt Nro. ARCONEL-Ola/ta

Que,

Que,

Que,

Que,

mediante Acuerdo Ministerial Nro. 01-245 de 13 de julio de 2001, publicado enel Registro Oficial No. 382 de Z de agosto de 2001, se expidi6 el C6digo dePracticas Ecuatoriano cpE INEN 19 (c6di9o El6ctrico Nacional). Este c;digodispone que se utilice el National Electric Safety Code, ANSI C2, para lasdistancias de seguridad en instalaciones de mds de 600 V nominales;

en el Registro Oficial N[mero 4f de A de marzo de 2OOl, se publicaron lasnormas t6cnicas ambientales para la prevenci6n y control de la contaminaci6nambiental relacionadas con la infraestructura el6ctrica, telecomunicaciones ytransporte (puertos y aeropuertos), contenidas en el anexo 10 denominado"Norma de Radbciones No lonizantes de Campos Electromagn1ticos,i mismoque en su Tabla No 2 establece el ancho de las franjas de servidumbre paralineas con niveles de voltaje de 69 kV, 138 kV y 230 kV;

el CONELEC aprob6 la Regulaci6n Nro. CONELEC O02llO ,'Distancias de

seguridad" el 06 de mayo de 2010, cuyo objetivo fue la determinaci6n dedistancias de seguridad entre la red el6ctrica y edificaciones, a fin de evitar elcontacto y acercamiento de las personas, con el prop6sito de salvaguardar suintegridad fisica. Esta regulaci6n se sustent6 en la norma CpE INEN 19 (C6digoEl6ctrico Nacional) y en el National Electric Safety Code, ANSI C2;

es necesario incorporar en la normativa del sector el6ctrico, el ancho de lasfranjas de servidumbre para la construcci6n de redes el6ctricas del serviciop[blico, basiindose en la normativa que se encuentra vigente;

Que, es necesario sustituir la Regulaci6n Nro. CONELEC OO2/!O "Distanciasseguridad" considerando las actualizaciones del National Electric Safety Co

En ejercicio de las facultades otorgadas en los numerales 1 y 2 del articulo 15OrgSnica del Servicio Prjblico de Energia El6ctrica a la ARCONEL,

Regulaci6n Nro. ARCONEL - OO1/18

Sesi6n de Directorio 13 de abrilde 2018

de rffiAHCONEL

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RESOLUCION Nro. ARCONEL-O1a/ la lLResuelve:

Emitir la regulaci6n denominada <<Franjas de servidumbre en lineas del serviciode energia el6ctrica y distancias de seguridad entre las redes el6ctricas yedificaciones>>.

CAPiTULO IASPECTOS GENERALES

1. OBJETIVODeterminar las franjas de servidumbre para lineas de medio y alto voltaje, con el

objeto de prevenir y reducir afectaciones a la confiabilidad de dichas instalaciones; y,

definir las distancias de seguridad entre las redes el6ctricas y las edificaciones, a fin de

reducir y prevenir los riesgos de contacto y acercamiento de las personas, con el

prop6sito de salvaguardar su integridad fisica.

2. AMBITOEsta norma debe ser cumplida por las empresas p(blicas y prlvadas dedicadas a la

prestaci6n del servicio priblico de energia el6ctrica (generaci6n, transmisi6n ydistribuci6n) en la construcci6n y mantenimiento de las redes el6ctricas; por las

empresas constructoras de inmuebles o viviendas, los Gobiernos Aut6nomos

Descentralizados en el proceso del otorgamiento de autorizaci6n para construcci6n y

lineas de fdbrica y, los propietarios al ejecutar ampliaciones o modificaciones a sus

viviendas.

Adicionalmente esta norma deberd ser cumplida por los grandes consumidores y

usuarios finales que tengan que construir una linea de trasmisi6n o de distribuci6n.

3. ACR6NIMOS

ARCONEL Agencia de Regulaci6n y Control de ElectricidadCNCSE Coordinaci6n Nacional de Control del Sector El6ctrico

CONELEC Consejo Nacional de Electricidad

GAD Gobiernos Aut6nomos Descentralizados

LOSPEE Ley Orgdnica del Servicio Prlblico de Energia El6ctrica

MAE m) Ministerio del Ambiente

MEER Ministerio de Electricidad y Energia Renovable

4. DEFINICIONESPara los efectos de esta regulaci6n se deben considerar las sigulentes definiciones:

Acometada: Derivaci6n fisica para la conexi6n entre la red el6ctrica propiedad de la

empresa el6ctrica distribuidora y las instalaciones del consumidor.

Area de servicio: Es el Srea geogr6fica autorizada, donde la empresa

presta su servicio de transporte de energia y las empresas el6ctricas distri

Regulaci6n Nro. ARCONEL - 001/18

Sesi6n de Directorio 13 de abrilde 2018

AGEITC A DE

REGULACION Y CONTROL

DE ELECTRICIDAD

trARCONEL

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RESOLUCI6N Nro. ARCONEL-O1a/ 1aiL

prestariin el servicio de distribuci6n y comercializaci6n de energia el6ctrica y el servicio

de alumbrado p0blico general.

Cable: Conductor s6lido o conjunto de hilos que pueden tener o no aislamiento.

Conductor: Material que posibilita la transmisi6n de electricidad, por lo general en

forma de cable o barra s6lida, adecuado para transportar una corriente el6ctrica. La

capacidad de transmisi6n estS dada por la escasa resistencia que ejerce el material.

ante el movimiento de la carga el6ctrica.

Distancia minima de seguridad: Es la distancia minima establecida entre

superficies de un objeto energizado y las personas o edificaciones, la cual permite

reducir el riesgo de descargas el6ctricas.

Edificio o Edificaci6n: Construcci6n cuyo uso primordial es ia habitaci6n u ocupaci6n

por seres humanos.

Empresa el6ctrica: Persona juridica de derecho p0blico o privado, cuyo titulo

habilitante le faculta realizar actividades de generaci6n, autogeneraci6n, transmisi6n,

distribuci6n y comercializaci6n, importaci6n o expoftaci6n de energia eldctrica y el

servicio de alumbrado ptlblico general.

Franja de servidumbre: Es la superficie horizontal sim6trica respecto al eje de lalinea de alto voltaje, determinada con el objeto de evitar contactos accidentales con

partes energizadas, garantizar la seguridad de las personas asl como la confiabilidad

de la linea.

Flecha final: Es la distancia vertical m5xima entre el conductor y la linea recta

imaginaria que une los extremos del conductor con las estructuras de soporte y que

estd sujeto a condiciones especificas de carga y temperatura aplicadas.

Linea de distribuci6n: Estructura utilizada para el transporte de energia el6ctrica,perteneciente a las empresas el6ctricas distribuidoras.

Lineas de transmisi6n: Estructura utilizada para el transporte de energia el6ctrica,perteneciente al transmisor o generador.

Niveles de voltaje: Se definen los siguientes niveles de voltaje:

. Bajo voltaje:

. Medio voltaje:

. Alto voltaje:

Objeto energizado: Objeto conectado el6ctricamente a una fuente de

Regulaci6n Nro. ARCONEL - 001/18Sesion de Directorio 13 de abrilde 2018

AGEI,CTA 0E

BEGULACION Y CONTBOL

DE ELECTRICIOAD

menor o igual a 0,6 kV;

nayor a 0,6 y menor igL

mayor a 40 kV.

ffiARCONEI.

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. APE'?[.?5*'.0*'*0..

lL DE ELECTFICIDAo

nrsolucr6t Nro. ARcoNEL-o1a/ 1a

paftes energizadas: conductores, barras. terminales o componentes el6ctricos que

pueden producir descargas el6ctricas.

CAPiTULO IIFRANJAS DE SERVIDUMBRE

5. DECLARATORIA DE SERVIDUMBRE

El MEER o las empresas p(blicas que prestan el servicio priblico de energia el6ctrica

podr5n establecer servidumbres destinadas a la construcci6n de lineas de transmisi6n y

distribuci6n el6ctrica.

Las empresas privadas que requieran la declaratoria de servidumbre para lineas

eldctricas deberSn solicitarla al MEER, en su condici6n de autoridad concedente.

6. DETERMINACI6N DE LAS FRANJAS DE SERVIDUMBRE

Las distancias para franjas de servidumbre, en funci6n del voltaje de la linea el6ctrica,

se muestran en la Tabla 1y se esquematizan en la Figura 1'

Tabla 1. Distancias de la franja de servidumbre.

Voltaje Ancho de la

Figura 1. Ancho de las franjas de servidumbre.

Las distancias indicadas en la Tabla 1 se aplican bajo las siguientes condiciones:

. Cuando en una misma estructura se instalen circuitos de diferente nivel de

el ancho de servidumbre minimo debe ser el que le corresponde al ci

mayor voltaje;. Para lineas de distribuci6n y/o transmisi6n que crucen zonas urba

industriales, para las cuales las construcciones existentes imposibilitan

Regulaci6n Nro. ARCONEL - 001/18sesi6n de Directorio 13 de abril de 2018 wffiffiARCONEL

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iLAGEI.I' A 3:BEGULACION Y CONIROTDE ETECTBICIOAO

ancho de la franja de servidumbre establecida para el respectivo voltaje, se deberiicumplir como minimo con las distancias de seguridad de conformidad ;l capitulo IIIde la presente regulaci6n.

Las empresas el6ctricas distribuidoras podr6n declarar en casos especiales franjas deservidumbre para redes el6ctricas con los voltajes establecidos en la Tabla 2, cuandose justifique por razones de naturaleza t6cnica, social o ambiental, en zonas rurales.

ntsot-ucr6n Nro. ARCONEL-Ola/18

Tabla 2. Distancias de servidumbreVoltaje (kv) Ancho de la franja

34,5<V<46 16m

13,8<V<34,5 12m

13,8 6m

Dentro de la franja de servidumbre estd prohibido el levantamiento de construccioneso edificaciones de cualquier tipo.

6.1 Distancias minimas de la linea a la vegetaci6n

La siembra de especies dentro de las franjas de servidumbre (banano u otros cultivos)se puede realizar, siempre que se mantenga una distancia minima (d) desde el

conductor miis bajo hacia la parte superior de la vegetaci6n o cultivo en edad adulta,aplicando los siguientes valores:

. Voltajes iguales o inferiores a 69 kV, d-- 4 m;

. Voltaje superior a 69 kV hasta 230 kV, d= 6 m; y,

. Voltajes mayores a 230 kV, d= 9 m.

7. MANTENIMIENTO DE LA FRANJA DE SERVIDUMBRE

Las empresas el6ctricas de transmisi6n y de distribuci6n son responsables de operar ymantener todas sus instalaciones el6ctricas, con el fin de garantizar la calidad ycontinuidad del servicio el6ctrico, asi como prevenir riesgos por accidentes con las

lineas de distribuci6n y transmisi6n el6ctrica, durante la operaci6n de las instalaciones.

Para el mantenimiento de las franjas de servidumbre y garantizar la confiabilidad de las

lineas eldctricas del servicio piblico, las empresas el6ctricas de generaci6n, de

distribuci5n, el transmisor, y los grandes consumidores propietarios de unadebe16n realizar las siguientes actividades:

Regulaci6n Nro. ARCONEL 001/18

Sesi6n de Directorio 13 de abrilde 2018

ffiABCONEI.

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AGEIC A DE

I^ HEGULACION Y CONTROL

l\, oe elecrntctoro

nrsolucr6l Nro. ARCONEL-O18/ 18

7.1 Monitoreo de construcciones

Los propietarios de redes el6ctricas, deber5n identificar que no se desarrollen

conskuccionesdebienesinmueblesuotrasinstalaciones,dentrodelasfranjasdeservidumbredelasllneasel6ctricasdelserviciopfrblico.Encasodeidentificarlaconstrucci6n de algin inmueble, notlficar6n al GAD respectivo, al propietario o

constructor, el riesgo potencial al que se encuentra expuesto y proceder6 con las

acciones legales que correspondan en cada caso'

La empresa el6ctrica distribuidora deber5 negar las solicitudes para la instalaci6n de

nuevos suministros del servicio el6ctrico, a aquellas personas naturales o juridicas que

est6n ubicadas total o parcialmente en la franja de servidumbre'

7.2 Desbroce de vegetaci6n

corresponde a los operadores de las redes el6ctricas, como parte de sus actividades de

mantenimiento, realizar el desbroce de la vegetaci6n con el fin de garantizar que en la

franja de servidumbre se mantenga controlado el crecimiento de la vegetaci6n de tal

forma que no se comprometan las distancias de seguridad ni la confiabilidad de la

linea. si las plantaciones o cultivos existentes en un predio afectan las redes del

servicio el6ctrico, la empresa el6ctrica remedia16 esta peturbaci6n a costo del

propietario del predio.

En el caso que sea necesario, la empresa el6ctrica deber6 gestionar ante el Ministerio

del Ambiente -MAE- la autorizaci6n correspondiente para la tala de 6rboles que

representen riesgos para la continuidad del servicio el6ctrico'

Los 5rboles que est6n fuera de la franja de servidumbre. pero que se encuentren

dentro de la proyecci6n de 45" desde cada extremo de la franja, con el fin de evitar

una eventuaL caida que pudiera afectar las lineas de distribuci6n o transmisi6n

alcanzando los conductores ser6n cortados o podados, seg[rn t6cnicamente convenga,

de modo que se respete las distancias indicadas en la Figura 2.

l

':-:: ]

",,..;;J o*. r

veceta(i6nmavor

rd)-d-' I k)-a-' ]

ftARCONEL

Regulaci6n Nro. ARCONEL - 001/18

sesi6n de Directorio 13 de abril de 2018

Figura 2. Desbroce de vegetaci6n

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RESOLUCI6N Nro. ARCONEL-O18/ 18 tuAGEr'rcrA D:REGULACION Y CONTHOL

DE ELECTRICIDAD

CAPfTULO IIIDISTANCIAS DE SEGURIDAD

8. DISTANCIAS DE SEGURIDAD DE CONDUCTORES A EDIFICACIONES

8.1. Distancias vefticales de seguridad (Dv)En la Tabla 3 se muestran las distancias verticales en funci6n del voltaje, paraconductores y partes rigidas energizadas.

Tabla 3' Distancias minimas de seguridad verticar de conductores adyacentes perono adheridos a edificaciones y otras instalaciones.

Fuente: National Electric Safety Code.

Para voltajes mayores a 22 kY,las distancias de seguridad especificadas en la Tabla 3se deberdn incrementar 0,01 m por cada kV en exceso de 22 kV, y realizar unacorrecci6n de 3olo por cada 300 m de altura, a partir de los 1000 m sobre el nivel delmar. Para tal efecto se aplicarS la siguiente formula:

Donde:

Dv : Do+ (0,01 * (V, - ZZ)) x(1 + 0,01 x f,)

= Distancia vertical

= Distancia vertical de seguridad indicada en la Tabla 3

= Voltaje fase-fase nominal del conductor

= Factor de correcci6n a partir de los 1000 m sobre el nivel del mar

Donde /; :0 si es menor a 1000 msnm; f, :3 desde 1000 msnm hasta 1300

f, : 6 desde 1300 msnm hasta 1600 msnm y, asi sucesivamente, por cada 300 tr*:a\

Regulaci6n Nro. ARCONEL - OO1/18

Sesi6n de Directorio 13 de abril de 2018

DV

Do

vn

f,

Distancias (m)

ConductoresPartes rigidas

energizadas noprotegidas (Barras)

Vertical arriba o abajo de techoso proyecciones no accesibles a

personas.

Vedical arriba o abajo de

techos, cornisas y balcones,

fdcilmente accesibles a personas.

ARCONEl.

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iLIGEI]'II DE

REGULACION Y CONTROL

DE ELECTRICIDAD

msoruct6n Nro. ARCONEL-o18/ 18

;;.6id;"ilt horizontales de seguridad (D6)

Las distancias en reposo (HR) de la Tabla 4 son sin viento' cuando los condudores son

;;pl";;J"; de su posiciSn, por una presi6n de viento' se podr5 utilizar6n los valores

de la Tabla 5.

Tabla 4. Distancias minimas de seguridad horizontal de conductores energizados

en reposo a edificios, "nrnJ*-piuiiii-tariosl :al-9-l-el:-s'

chimeneas' antenas de

radio ,itrac inatalaciones

voltaje de la linea

Oa?5OV

-7sonankv

Mayores a22kV

-Distancia

de seguridad

horizontal HR (Figura 3), de

conductones en rePoso (m)

7,7

---- n@

Donde V se encuentra en kV

Safety Code.Fuente: National

Tabla5'Distanciasminimasdeseguridaddeconductoresenergizadosaedificios,fi;i"t, carteles, chimeneas, antEnas de radio y televisi6n y otras instalaciones'

bajo viento

Voltaje de la linea

Sistanc'ra de seguridad horizontal

Hw (Figura 3), en el caso de

desplazamiento Por viento (m)

Oa75OV 1,1

75OV a22kV t,4

Mayores a 22 kVHw=7,4+O,OL+(V - 22)

Donde v se encuentra en kv

Fuente: National Electric code.

para el caso de instalaciones de avisos publicitarios, letreros giratorios u otros

similares, el propietario deberS coordinar, con el titular de la linea involucrada, el

cumplimiento de las distancias minimas de seguridad.

8.3.Transici6n entre distancia horizontal (DH) y vertical (Dv)

La distancia horizontal (Dr) y la distancia vertical (Dy), representan la separaci6n entre

el conductor y la edificaci6n, como se ilustra en la Figura 3'

Regulaci6n Nro. ARCONEL - 001/18

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trARCONEL

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icii,ic A !Ea REGULACTON Y CONTROL

lL DE ELECTRTCTDADRESOLUCION Nro. ARCO EL-Ota/18

Fuente: National Electric Safety Code.

Figura 3. Distancias de seguridad a edifica€iones

Donde:

= Distancia de seguridad vetical

= Distancia de seguridad horizontar, ra cuar corresponderd a HR o Hw en funci6ndel viento

= Distancia minima de seguridad horizontal requerida cuando el conductor estiien reposo

= Distancia minima de seguridad horizontal requerida cuando el conductor esdesplazado hacia la edificaci6n por acci6n del viento

9. DISTANCIA DE CONDUCTORES A OTRAS ESTRUCTURAS DE SOPORTE

Los espacios libres de conductores el6ctricos que pasen pr6ximos a otras estructurasde sopote, tales como estructuras de soporte de seffales de triifico, estructuras deiluminaci6n vial, deben estar separados de cualquier parte de esas estructuras pordistancias no menores que las siguientes:

Tabla 6. Distancias de de conductores a otras estructuras deDistancia Con viento Sin viento

Horizontal (m)0< v s750 v 750< V <22

KV0<v<50kv

1,1 t,4 1,5

Veftical (m) 0< v <22 kv 0kv<v<50kv1,4 1,7

National Electric Code,

Regulaci6n Nro. ARCONEL - OO1118

Sesi6n de Directorio 13 de abril de 201a

Dv

DH

HR

Hw

Fuente:

ffiffi

mARCONEL

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AGENCIA DE

^ REGULACION Y CONTROL

l\, oe rr.ecrntctoro

nesoluct6n Nro. ARCONEL-ola/ 1a

io. oiSilncrAs DE SEGURTDAD PARA viAs DE rRANsrro

Estas distancias se refleren a la altura minima que deben guardar ,los

conductores y

iaUtes Oe lineas a6reas respecto a vlas de tr6nsito de personas y vehiculos, vlas rerreas

y iujemcies con agua. Las distancias de seguridad mlnimas para este caso son las

indicadas en la Tabla 7.

Tabla 7, Distancias minimas de s€guridad vefticales de conductores a vias de

vias f6rreas

Vias y superficies bajo los conductores

Vias f6rreas

ffiI eceras o caminos accesibles s6lo a peatones

Egu,a dondeno esttpermitida la navegaci6n

Nivel de voltaie

0< v <750750< V <22 kV

7,5 8,1

5,0 5,6

3,8 4,4

4,6 5,2

Aguas

navegables con

una superficie

de:

a) Menores a 0,08 km25,6 6,2

b)Mayor a 0,08 hasta 0,8

km2

8,1 8,7

c) Mayor a 0,8 hasta 8 km29,9 10,5

d)Sobre I km2Lt,7 t2,3

puente: National Electric Safety Code.

Las distancias se aplican bajo las siguientes condiciones:

La condici6n que ocasione la mayor flecha final: temperatura en los conductores de

hasta 50oC, sin desplazamiento de viento, o la temperatura m6xima del conductor para

la cual fue disefrada la operaci6n de la linea sin desplazamlento de viento, cuando esta

temperatura es maYor de 50o C.

para voltajes mayores a 22 kV, las distancias de seguridad especificadas en la Tabla 7

se deberjn incrementar 0,01 m por cada kV en exceso de 22 kY, y realizar una

correcci6n de 30lo por cada 300 m de altura, a partir de los 1000 m sobre el nivel del

mar. Para tal efecto se aplicar6 la siguiente formula:

Dv : Do+ (0,01 * (vn - 22)) x(1 + 0,01 x f,)

Donde:

Dv =Distancia vetical

Do = Distancia de seguridad indicada en la Tabla 7

Regulaci6n Nro. ARCONEL - 001/18

Sesi6n de Directorio 13 de abrilde 2018

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tuAGEfi,lrA DE

REGULACI6N Y CONTFOLDE ELECTRICIDAD

pod16

Donde f, = 0 si es menor a 1000 msnm; ,f, = 3 desde 1000 msnm hasta 1300 msnm,f, : 6 desde 1300 msnm hasta 1600 msnm y, asi sucesivamente, por cada 300 m.

11. DISTANCIAS.DE SEGURIDAD PARA tiNEAS DE ALTO VOLTAJE EN ZONASURBANAS O AREAS INDUSTRIALES

Para lineas de transmisi6n con vortaje nominar superior a 40 kv que crucen zonasurbanas o Sreas industriales, y para las cuales las construcciones existentesimposibilitan dejar ra franja de servidumbre estabrecida en ra Figura 1, se deberdconstruir la linea a6rea bajo los siguientes requisitos:

a) Cumplir los limites permisibres para ros campos er6ctrico y magn6tico estabrecidospara priblico en general en la normativa ambiental vigente;b) cumplir los niveres de ruido acr-istico estabrecidos en ra normativa ambientarvigente;

c) cumplir las distancias de seguridad, teniendo en cuenta los mdximos movimientosde acercamiento a ra edificaci6n que pueda tener er conductor, estas distanciai iedeben medir entre ra proyecci6n verticar m6s sariente der conductor y;[;;t" ;;;cercano de la edificaci6n.

nesotucr6t Nro. ARCONEL-O18/ 18

Vn = Voltaje fase-fase nominal del conductor

f, = Factor de correcci6n a partir de los 1000 m sobre el nivel del mar

En caso de que no sea factible cumplir con los requisitos antes sefralados,optar por la instalaci6n de cables subterrdneos.

12.1 Monatoreo de construcciones

Las empresas el6ctricas deberdn vigilar el cumplimiento de las distancias de

Regulaci6n Nro. ARCONEL - OO1/18

Sesi6n de Directorio 13 de abril de 2018

Para la construcci6n de nuevas lineas de alto voltaje que obligatoriamente cruceninstalaciones e infraestructura de transpofte de hidrocarburos o agua, las empresas dedistribuci6n o trasmisi6n de energia el6ctrica deberdn respetar las distancias deseguridad que correspondan, las cuales se determinarSn t6cnicamente, encoordinaci6n y de acuerdo, con las instituciones y empresas involucradas.

12. CUMPLIMIENTO DE LAS DISTANCIAS DE SEGURIDAD

Las empresas el6ctricas son responsables de operar y mantener todas sus instalacionesel6ctricas, con el fin de garantizar la calidad y continuidad del servicio elearico, aiicomo prevenir riesgos por accidentes, durante toda su vida rjtil.

se prohibe el levantamiento de construcciones o edificaciones de cualquier tipo bajolas lineas de.transmisi6n y distribuci6n. para mantener las distancias ae'seguriiaa, iJiempresas el6ctricas deberdn realizar las siguientes actividades:

y en caso de identificar la construcci6n de inmueble o ampliaciones que incunnorma, notificarSn tanto al GAD respectivo, como al propietario o constructor,

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nesolucr6l Nro. ARCONEL-01a/ 18

potencial al que se encuentran expuestos, y proceder6 con las acciones legales que

correspondan en cada caso.

La empresa podr6 suspender el servicio de energia el6ctrica' por razones motivadas'

en los casos que se evidencie r1gsgo el6ctrico que ponga en peligro la vida de las

;;;;;-;;r* que se haya-subsiriado dicha dehciencia. Estas acciones deber5n ser

debidamente coordinadas "

inio*iJir a los usuarios del 5rea de servicio afectada y al

GAD correspondiente.

12.2 Desbroce de Vegetaci6n

Corresponde a las empresas el6ctricas como parte de sus actividades de

mantenimiento realizar el desbroce de la vegetaci6n, con el fin de garantizar que no se

comprometan las distancias de seguridad;i la confiabilidad de la red el6ctrica del

servicio ptiblico.

En los casos que sea necesario, la empresa el6ctrica deber6 gestionar ante el

Ministerio del Ambiente -MAE- la autorizaci6n correspondiente para la tala de 6rboles

que representen riesgos para la continuidad del servicio el6ctrico'

CAPiTULO rySanciones

13. SANCIONES

En caso de incumplimiento de las disposiciones establecidas para franjas de

,"riOurUr" y/o disiancias de seguridad en la presente Regulaci6n, se aplicard las

sanciones esiablecidas en los artlculos 67 y 68 de la LoSPEE, de acuerdo con el

procedimiento que consta en la Regulaci6n Nro' ARCONEL O02ll7, seg0n sea el

in.-rrnpii.i"nto por parte de la emp?esa el6ctrica distribuidora, el transmisor o el

lo"irriJor, sin perjuicio de otras sanciones que correspondan por pafte de los GAD' u

otras autoridades comPetentes.

Disposici6n General

primera.- Para el cumplimiento de esta regulaci6n las empresas el6ctricas deberSn

realizar las coordinaciones que correspondan con los Gobiernos Aut6nomos

Descentralizados,conelfindequeserespetenlasdistanciasdeseguridadyfranjasdeservidumbre. ESta norma prevalecerd sobre cualquier otra que se Ie oponga en el

6mbito nacional.

Segunda.- Todas las resoluciones de imposici6n de servidumbre que hayan

"ritidu, en su oportunidad por el INECEL, CONELEC, ARCONEL y Empresas El6(

se mantienen vigentes, salvo modificaci6n o variante de la ruta o del trazado

que haya sufrido la respectiva linea de trasmisi6n o distribuci6n' para lo

interesado o Ia empresa el6ctrica respectiva, deber6 seguir el tramite pertinente.

Regulaci6n Nro. ARCONEL - 00U18

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rftARCONEL

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tu-;:r.-: -:FE6ULACION Y CONIBOTDE EIECTRICIDAO

Tercer,; Para ros aspectos tdcnicos no contemprados en er capituro III de estaregulacidn se deberii considerar ro estabrecido en er c6drgo de pr6ctica EcuatorianoCPE INEN 19 (C6digo Et6ctrico Nacional).

Disposici6n Derogatoria

Derogase la Reguraci6n Nro. CoNELEC oo2lr0 "Distancias de seguridad,, aprobada porel Directorio der CONELEC mediante Resoruci6n Nro. 020/10, en iesi6n a" bo au ,uvode 2010.

certifico-, que la presente Regulaci6n fue_aprobada por el Directorio de la Agencia deRegulaci6n y contror de Erectricidad - ARCONEL, ."ii.nt" Resoruci6n Nro. ARCoNEL_018/18 de 13 de abril de 2018.

Quito, 14 de junio de 2018.

nrsolucr6t Nro. ARCONEL-O18/ 18

Regulaci6n Nro. ARCONEL - 001/18Sesi6n de Directorio 13 de abrilde 2018

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