Índice - ARBA · 2016-03-07 · Revista CeATS Digital – Marzo 2016 Todos los Derechos Reservados...
Transcript of Índice - ARBA · 2016-03-07 · Revista CeATS Digital – Marzo 2016 Todos los Derechos Reservados...
Revista CeATS Digital – Marzo 2016
Todos los Derechos Reservados
Índice
Editorial CeATS por Daniel Chillo ________________________________________________________ 2
Actualidad Tributaria por Marcela Cerezo_____________________________________________ 3
Cambios Permanentes
Tributación Local por Juan Dogliani _____________________________________________________ 9
Digresiones sobre Asociativismo intermunicipal – 2da. Parte
Legales por Germán Krivocapich _______________________________________________________ 13
¿Tan difícil es que lo entiendan? Rige el principio de reserva de Ley en materia tributaria
Legales por Jorge Saverio Matinata ____________________________________________________ 16
Análisis de artículos del Código Civil y Comercial que inciden en el derecho público
Administrativo, Tributario y Societario
Papers y Presentaciones ___________________________________________________________________ 21
Síntesis Bibliográfica del Segundo puesto del 4° Concurso de Monografías
Novedades UNTREF por Gabriel Cabrera ___________________________________________ 25
Interés General por Juan Dogliani ______________________________________________________28
El impresentable tío Orestes – 2da Parte
Editorial
2
ace casi una década nuestra Administración fue invitada a integrarnos al CeATS;
contagiados por la buena onda de quienes sabíamos concurrían asiduamente a sus
reuniones y aunque no voy a negar que primero con algunas incertidumbres, decidimos
ser parte activa de este proyecto. De a poco fuimos participando e integrando compañeros de
nuestro equipo de trabajo a las jornadas, charlas y cursos porque recibíamos valiosas experiencias,
muchas de las cuales nos sirvieron para tomar decisiones estratégicas para nuestra
administración, privilegiando la experiencia y sabiendo que siempre se aprende mucho más de lo
que se enseña.
Conocimos gente interesante; profesionales capaces, exitosos, gestores, humanos y
humildes renombrados, que compartían conocimientos y la consigna de aprender. Con todos ellos
teníamos algo en común sobre necesidades, gestiones, normativas, sin importar en demasía su
origen o administración.
Pasaron varias elecciones y hubo cambio de funcionarios, de actores, pero la consigna se
mantuvo y la profesionalidad creció. Pudimos capacitar a personal dependiente, en un páramo de
educación específica, brindando títulos de especialización, que les servirá para gran parte de su
carrera laboral.
Claramente el tiempo nos enseñó que aquí, la humildad, las ganas de aprender y
compartir, te otorga dos regalos, uno al conocimiento y otro al corazón; y la experiencia que sólo
el uso racional de la inteligencia puede capitalizarlos.
Los tiempos políticos siguen cambiando y seguiremos teniendo sorpresas y cambios (como
sucede en toda administración moderna). No nos asusta. Al contrario, nos alientan, ya que la vida
es esa suma de desafíos cotidianos.
Seguramente, este año se sumarán Administraciones y colegas, bienvenidos a todos ellos.
Juntos será el desafío de consolidar este valorado Centro, manteniendo las consignas que nos
sustentan para seguir recorriendo el camino del conocimiento.
A los colegas que se alejan circunstancialmente, gracias por dejarnos sus acciones, sus
conocimientos y su amistad, sabiendo que siempre serán parte de lo que es
el CeATS.
H
Ir Arriba
Cdor. Daniel Chillo Municipio de Tigre
Actualidad Tributaria
3
CAMBIOS PERMANENTES
POR Cdora. Marcela Cerezo – Especialista Tributaria
l 2016 comienza con la reciente
puesta en marcha de nuevas
gestiones, aunque provengan del
mismo espacio político que sus
antecesoras. Ello trae consigo, la
renovación de las autoridades
encargadas de delinear la Política
Tributaria, lo cual conlleva cambios en el
futuro inmediato de las Administraciones
Tributarias. Al promediar el mes de
febrero, se empiezan a vislumbrar aires
de transformación.
Términos que definen herramientas
implementadas desde hace décadas en el
ámbito privado empiezan a sonar con
fuerza, y así se escuchan Tablero de
comando, Sistemas de gestión de calidad,
Planificación estratégica, Procesos
interrelacionados, Eficacia operativa,
Indicadores de Gestión y otros propios
del espectro público y en especial
asociado a la recaudación y
administración de los recursos fiscales,
como Análisis del riesgo fiscal,
Cartografía del fraude fiscal. Circulan por
reuniones y pasillos de las AT1 y asustan a
los oyentes porque desde su
terminología, sin adentrarnos en su
alcance o definición, presuponen un
cambio.
La AT es un sistema abierto fuertemente
incidido por cuestiones políticas,
económicas, sociales y tecnológicas del
medio en que está inserta y que marcan
la necesidad de su adaptación para
garantizar su supervivencia y
cumplimiento de su objetivo primario,
E
Ir Arriba
Actualidad Tributaria
4
que no es otro que maximizar el
cumplimiento voluntario de los
contribuyentes a los que debiera
administrar. Así fuimos testigos en los
últimos tiempos como el acelerado
dinamismo de las variables externas dejó
fuera de juego a algunas AT, con escasa
capacidad de reacción y la consecuente
profundización de las brechas de
incumplimiento y fraude fiscal.
La búsqueda de eficacia y eficiencia2 en
el cumplimiento de su objetivo, hace que
además deba revisar sus propios
procesos y procedimientos internos,
generando cambios que aunque no
siempre deseables por los agentes y
funcionarios que la integran, resultan
ineludibles.
Y acá entramos al centro de la cuestión:
Para que una Administración Tributaria
evolucione y se adapte, lo único
permanente es el cambio, el que debe
darse no sólo en los procesos que lleva a
cabo sino también en los Recursos
Humanos que deberán aplicarlos.
Los que trabajamos por muchos años en
el sector público nos hemos
acostumbrado a que la idea del cambio
para muchos funcionarios, sean
conocidos o ignotos, está asociada a
cambios estructurales en esa pirámide
que define misiones y funciones muy
pocas veces articuladas entre sí, y en el
peor de los casos con el único objetivo de
reemplazar o desplazar personas. Así los
comentarios que se escuchan (el famoso
radio pasillo) se limitan a: “¿ya se sabe
quién viene? ¿qué se dice de “los
cambios”? seguido de un “¿a quién
ponen?” o sino “¿a quién sacan?”. Pero
creo que es tiempo de implementar
cambios organizacionales serios y
perdurables en el tiempo que se
sustenten en la innovación y la
participación de los integrantes, como
único camino para el fortalecimiento y
modernización de las AT.
Según Alejandro Reeves: “Cambio
Organizacional se define como: la
capacidad de adaptación de las
organizaciones a las diferentes
transformaciones que sufra el medio
ambiente interno o externo, mediante
el aprendizaje.” Sin duda esto se traduce
en un proceso proactivo, que se refiere a
Ir Arriba
Ir Arriba
Actualidad Tributaria
5
nuevos comportamientos de la
organización y de los sujetos que la
conforman.
Así podemos esbozar algunas
particularidades, respecto del cambio
organizacional:
1. La organización es un sistema
interrelacionado entre sí, por lo cual si
bien el cambio puede implementarse en
algún área determinada, producirá
efecto en las demás, aún cuando ello no
sea percibido por sus integrantes.
Edward Norton Lorez, matemático y
meteorólogo estadounidense, acuñó el
término efecto mariposa, para referirse
que un pequeño cambio puede generar
grandes resultados o hipotéticamente:
"el aleteo de una mariposa en Hong Kong
puede desatar una tempestad en Nueva
York". Enseñanza: un cambio parcial,
analizado y preciso puede afectar
profundamente al resto de la
organización.
2. Debe darse en el marco de un
proceso: diagnóstico- definición de
objetivos- planificación (etapas, recursos
necesarios)- ejecución- evaluación de
resultados- retroalimentación
3. Involucra aspectos técnicos y
humanos
4. Puede producir en los integrantes
de la organización efectos adversos
(ansiedad, temor, desconfianza,
incertidumbre, entre otros), que se
manifestarán en algún tipo de
resistencia, tanto individual como
grupalmente. Y este aspecto no guarda
una relación directa con el grado de
capacitación o desarrollo intelectual de
los participantes. Muchas veces en los
“sabios y entendidos” encontramos las
mayores dificultades para la aceptación e
implementación de las reformas
propuestas.
Entonces… ¿cómo lograr que los
recursos humanos perciban el
Cambio como una oportunidad, se
adapten y no lo resistan?
Indudablemente no existen recetas
mágicas, pero sí algunos elementos que
facilitarán este proceso:
a) Motivación y comunicación
Ir Arriba
Actualidad Tributaria
6
El Diccionario de la Real Academia
Española define como Motivación:
“Conjunto de factores internos o externo
s que determinan en parte las acciones
de una persona”.
No se puede apostar a que el cambio
propuesto genere en un primer
momento la automotivación o
motivación interna de los participantes
en el mismo. Ello surge de la convicción,
la visión y una autoestima sana, entre
otras cosas. Por eso tenemos que recurrir
a la motivación externa; y esto incluye no
sólo los aspectos racionales que se
vinculan a los motivos que se tienen para
hacer algo, sino también a influenciar en
el ánimo y la predisposición para cambiar
la forma de accionar. John Maxwell dijo:
“Liderazgo es influencia”, de allí que los
encargados de propiciar los procesos de
cambio deben ser líderes positivos que
contribuyan al desarrollo del potencial de
los participantes y a despertar su interés,
además de comunicadores efectivos.
No alcanza con “informar” del cambio, es
necesario comunicar en que afectará a la
organización, cuáles son los beneficios y
mejoras que se espera en los
procedimientos y tareas, y un aspecto de
gran trascendencia, como impactará
sobre las personas. La comunicación
es vital en el momento de
consolidar un cambio, ya que de lo
contrario podría ser considerado como
injustificado o incluso perjudicial,
simplemente por no contar con la
información adecuada
b) Participación
Si el promotor del cambio hace
que los participantes intervengan
activamente en el proceso, en un
marco de colaboración y confianza,
logrará mayores niveles de apertura y
compromiso. Tampoco puede
desatenderse que hay aspectos que son
perfectamente negociables y delegables,
sin que sean afectados los resultados
finales a los que se aspira; por el
contrario, pueden potenciarse y serán de
utilidad en la etapa de retroalimentación
y evaluación.
c) Capacitación
Toda iniciativa o programa de
capacitación es en un principio
celebrado, pero para que resulte acorde
con cambios efectivos y permanentes,
debería incluir no solo los contenidos
Ir Arriba
Actualidad Tributaria
7
técnicos vinculados a la materia de que
se trate (informáticos, contables, de
auditoría, jurídicos, de atención al
público, entre otros), sino también
facilitar la adquisición de nuevas
aptitudes que permitan a los alumnos
incrementar su adaptación a los cambios
y la integración y desarrollo de
conocimientos y saberes existentes.
Así no debería soslayarse el contribuir a
la reformulación de paradigmas: “si
busca resultados diferentes no siga
haciendo lo mismo”3, como también a la
articulación de lo nuevo con los
esquemas laborales vigentes. Esto
evitaría cuestionamientos del tipo: ¿Para
que un “taller de trabajo en equipo” para
el área de fiscalización cuando se trabaja
con una estructura piramidal y se
desalienta el trabajo por procesos?.
Estoy convencida que los lineamientos
propuestos contribuirán a minimizar la
resistencia al cambio, quedando solo un
pequeño “núcleo” de personas que lo
entiendan como cuestionamiento a sus
capacidades o desempeño laboral (“ yo
hago las cosas bien y no tengo porque
cambiar”), que sientan amenazada la
identidad construida a partir del puesto
que ocupan (“yo soy secretaria y no
quiero ser asistente”), que perciban la
pérdida de ciertos beneficios adquiridos
(“tengo que trabajar más, a lo que antes
hacía le agregamos lo nuevo”)4 o con
paradigmas arraigados (“siempre se hizo
así”).
POR ÚLTIMO y a manera de
CONCLUSIÓN:
- Los recursos humanos son uno de
los valores principales sobre los que se
apoya la eficacia y eficiencia de las AT.
Los empleados y funcionarios son la
palanca que potencia todo cambio
permanente y sustentable y resulta
ineludible fomentar su participación y
adhesión a las herramientas de
innovación que busquen implementarse
Así como no existen “recetas mágicas”
que puedan extrapolarse de una AT a
otra sin caer en la ignorancia de no
reconocer las diferencias del medio en
que están insertas, tampoco hay cambios
Ir Arriba
Actualidad Tributaria
8
que deban ser calcados a todas las áreas,
sin considerar las particularidades de las
funciones que en cada una se llevan a
cabo.
“El secreto del cambio está en enfocar
toda tu energía no en luchar con lo viejo,
sino en construir algo nuevo” Sócrates
Fuentes consultadas:
1. Realidades latinoamericanas en la lucha contra el fraude fiscal.-CP/ LA. BALLARINO Gabriel
Esteban - XVI Encuentro Técnico de Administradores Fiscales en Argentina.
2. La Gerencia de la Administración Tributaria. La evaluación del desempeño y las nuevas
tecnologías- CASTAGNOLA, Horacio- Boletín AFIP Nro 80
3. Quiero un cambio- STAMATEAS, Bernardo- Ediciones B Argentina SA- 2010
4. 7 pasos para un trabajo público eficiente- TANO, Humberto Gerardo - Editorial Aplicación
Tributaria SA- 1era Edición
Ir Arriba
Tributación Local
9
Para contactar al Autor
DIGRESIONES SOBRE ASOCIATIVISMO
INTERMUNICIPAL (Segunda Parte) POR Dr. Juan Francisco Dogliani – Municipalidad de Rosario
El “cómo” propuesto – Espacio de
Articulación Institucional – Rango
Normativo de Acuerdos
Interjurisdiccionales
Sustentables – “Contenidos de
Mínima”
Cuando pensaba en cómo incentivar a
departamentos ejecutivos municipales a
acercarse a este tipo de acuerdos, se me
ocurrió que lo primero es sugerir la
instauración (informal si se prefiere) de
espacios de articulación institucional. No
parece necesario en un primer momento
al menos “fundar” una agencia o entidad
común avocada a coordinar aspectos de
una o varias líneas o acciones posibles de
gobierno, sino simplemente, fomentar un
foro o reunión periódica de funcionarios
o secretarios de determinada cartera
(planeamiento, servicios públicos,
hacienda…). Ellos deberían ser quienes
acudan a identificar problemáticas
comunes y a coordinar la mejor manera
de abordarlas de manera estratégica,
aunando esfuerzos.
El otro aspecto del “cómo” está enfocado
al desafío de dotar de sustentatibilidad a
los acuerdos. Se me ocurre que la mejor
Ir Arriba
Tributación Local
10
manera de procurar garantizar cierto
grado de permanencia en el tiempo a los
contenidos pactados, pasaría por replicar
la naturaleza dual del Convenio
Multilateral: esto es, que los acuerdos
que se vayan gestando, sean refrendados
como tales por los departamentos
ejecutivos pero, además, sancionados
como ordenanzas, de modo que estos
mecanismos de consenso, productos
institucionales inéditos, vanguardistas y
sólidos que fomentamos, reposen sobre
el consentimiento pactado, pero
asimismo, que sus disposiciones rijan
respecto de terceros (contribuyentes) y,
además, supervivan a eventuales
pretensiones unilaterales de alteración
ulteriores.
En cuanto al contenido de lo pactado
institucionalmente, parece razonable
propiciar “acuerdos de mínima”. Esto es,
por ejemplo, si van a acordarse cuotas
mínimas, fijas o alícuotas para
determinado rubro o sector de la Tasa de
Seguridad e Higiene, que queden libres
las jurisdicciones municipales de poder
sancionar una mayor o más gravosa, pero
nunca legislar aisladamente por debajo
del “piso” pactado. Tales parámetros
serían susceptibles de ser revisados en
los espacios de articulación institucional
(por ejemplo, en reuniones periódicas de
secretarios de hacienda) y modificadas
con mismo mecanismo.
Armonización Tributaria –
Acuerdos Fiscales – Acciones
Conjuntas
Como se apreciará, la herramienta
ostenta un potencial extraordinario no
sólo en lo tributario sino prácticamente
en cualquiera de las incumbencias
gubernamentales locales.
En lo específicamente tributario, ha
habido tentativas de armonización
normativa que redunden en seguridad
jurídica de contribuyentes y
responsables. Entre otras, las atinentes a
codificaciones comunes, en especial en lo
referido a la parte general de códigos
tributarios municipales. Tal modalidad ha
constituido no sólo una prédica
doctrinaria5 y de prestigiosos foros a lo
largo de los años6, sino que también ha
Ir Arriba
Tributación Local
11
tenido un marcado apoyo y difusión por
parte del CEATS a través de su proyecto
de “código modelo”7.
Al respecto, cabe señalar que no sólo
resulta extremadamente dificultosa
lograr la sanción común de un cuerpo
normativo en varios municipios, sino que,
aún logrado tal propósito, la
armonización resultaría harto frágil en lo
que atañe a su sustentabilidad, dado que
poco después, podría cualquiera de los
gobiernos apartarse de la legislación
“común”. Por lo demás, esta modalidad
de plexos comunes, podrá resultar
idónea a efectos de aspirar a uniformar la
parte general de un código, dejando en
pie la diversidad caótica, inarmónica, no
estratégica de los tratamientos fiscales
de municipios de una región dada.
Resulta por tanto y justamente deseable
coordinar y armonizar los regímenes
tributarios en la región ocupada por
varios municipios. Por ejemplo, en
materia de valuaciones y tratamientos
fiscales a los fines de la emisión de la tasa
predial (ABL) y de bases, alícuotas,
deducciones, exenciones, etc, en lo
atinente a la Tasa de Seguridad e
Higiene. Es por ello que propiciamos la
modalidad asociativa con los caracteres
que referimos en el punto anterior como
complementaria, y en cierto modo
superadora, de la mera adopción común
de la parte general de un código modelo.
Inclusive, parece propicio no sólo
procurar concertar contenidos generales
y especiales comunes de códigos
tributarios, sino avanzar aún hacia otro
tipo de consensos. Por ejemplo, en
materia de gestión, bien podría pactarse
en el espacio de articulación acciones
conjuntas de fiscalización o control, o
incluso crear una agencia recaudatoria
común, o contratar recursos o
asesoramiento profesional comunes.
Hasta podría incluso incursionarse en el
plano de lo fiscal y, por ejemplo, pactar
cómo repartirse la recaudación
emergente de acciones coordinadas. Si,
por ejemplo, fueran pactados
coordinadamente los usos del territorio
común a varios municipios asociados,
siendo definidas áreas exclusivamente
residenciales en una o varias de las
municipalidades y, por el contrario, se
habilitara la instalación de determinados
rubros industriales contaminantes en
otro de los municipios, nada más
Ir Arriba
Tributación Local
12
razonable que pactar coparticipaciones
horizontales entre el municipio que
permite el uso industrial (por poseer un
parque al efecto, no tener usos
residenciales en la proximidad inmediata,
etc) y los otros que no, pero que también
padecen el efecto.
A modo de Cierre
Tal como se aprecia, las posibilidades son
amplias y fecundas en extremo,
posibilidades éstas que escapan, de
manera aislada, a la generalidad de los
más de dos mil municipios de Argentina.
En el contexto de este ensayo, saludamos
auspiciosamente la iniciativa de
miniconvenio pactado por las
municipalidades de la provincia de
Buenos Aires de La Matanza, Tres de
Febrero y de Morón, en el marco de las
previsiones del párrafo segundo del
artículo 35 del Convenio Multilateral. El
texto completo del acuerdo y de sus dos
anexos consta en la página del Ceats8 y
pone remedio a una serie de situaciones
que reclamaban los municipios. Entre
otras y por ejemplo, la del contribuyente
que ejerce su actividad en una provincia
única, pero en más de un municipio.
El análisis y comentarios del acuerdo
institucional referido fueron vertidos en
el capítulo a mi cargo del flamante
Tratado de Derecho Constitucional
Financiero y Tributario Local citado9, al
cual me remito en mérito a la brevedad.
Ir Arriba
Legales
13
¿TAN DIFÍCIL ES QUE LO ENTIENDAN? RIGE EL
PRINCIPIO DE RESERVA DE LEY EN MATERIA
TRIBUTARIA
Comentario al fallo CNACAF, sala IV Swiss Medical S.A. c/ EN – SSS s/ amparo ley
16.986, 04/08/2015
POR Dr. Germán Krivocapich – Municipalidad de Vicente López
l art. 25 de la ley 26.682 que
regula el sistema de medicina
prepaga dispone que las
entidades del mismo deban ingresar una
matrícula anual cuyo monto será fijado
por la reglamentación. A su vez, el Poder
Ejecutivo Nacional subdelegó tal
atribución en el Ministerio de Salud a
través de la Superintendencia de
Servicios de Salud (art. 25 del decreto
1993/11), la que fue finalmente ejercida
por esta última mediante la resolución
1769/14, por la que se determina para el
pago de la matrícula anual una alícuota
del dos por mil, que se calculará sobre la
base del total de los ingresos devengados
en cada año calendario en concepto de
cuotas y mayores servicios
comercializados mediante planes de
salud totales y/o parciales que brinden
prestaciones de prevención, protección,
tratamiento y rehabilitación de la salud
humana a los usuarios.
E
Ir Arriba
Legales
14
Swiss Medical S.A. promovió acción de
amparo y objetó, con fundamento en el
principio de legalidad tributaria, la
delegación de la cuantía de esa matricula
en el Poder Ejecutivo.
La jueza de primera instancia hizo lugar a
la acción de amparo promovida por Swiss
Medical S.A. y declaró la
inconstitucionalidad del art. 25 de la ley
26.682 y de su decreto reglamentario,
dejando sin efecto la resolución 1769/14
de la Superintendencia de Servicios de
Salud, entendiendo que la denominada
“matrícula anual” establecida por tales
normas configuraba una tasa, cuyo
carácter tributario se encuentra
amparado por el principio de reserva
legal e impide la delegación del Congreso
para que el Poder Ejecutivo fije la
alícuota de aquella.
En apelación, la Cámara confirmó el fallo,
mencionando el evidente carácter
tributario de la llamada “matricula” que,
en realidad, constituye una tasa y que
“Contrariamente a lo sostenido por el
recurrente, más allá de su
denominación, tal “matrícula anual”
reviste indudable naturaleza tributaria,
máxime si se atiende a la preeminencia
que cabe asignar a la realidad económica
en la interpretación de las leyes de tal
naturaleza, toda vez que se trata de una
suma de dinero que obligatoriamente
han de sufragar algunos sujetos pasivos
—empresas de medicina prepaga— en
función de ciertas consideraciones de
capacidad para contribuir (art. 1º
resolución 1769/14) y que se halla
destinada a la cobertura de gastos
públicos (art. 25 de la ley 26682).”
Por otra parte, La Cámara ratificó que
también asiste la razón a la jueza en
cuanto a que se trata de una tasa, puesto
que es un tributo que retribuye una
prestación realizada por el Estado o por
un ente con él vinculados mediante una
actividad o servicio que se particulariza
en el sujeto pasivo, cuya voluntad sobre
la recepción de la prestación deviene
irrelevante
Admitida la naturaleza tributaria de la
“matrícula anual” establecida por el art.
25 de la ley 26.682, recuerda el valor
imperativo del respeto del principio de
reserva de la ley tributaria, que abarca
tanto a la creación de impuestos, tasas o
contribuciones como a las modificaciones
de los elementos esenciales que
Ir Arriba
Legales
15
componen el tributo, es decir el hecho
imponible, la alícuota, los sujetos
alcanzados y las exenciones.
Si bien la ley 26.682 creó el tributo y
determinó su hecho imponible y los
sujetos pasivos, no hizo lo propio con
relación a su cuantificación, la que quedó
completamente librada al arbitrio del
Poder Ejecutivo, con mella irreversible de
la garantía constitucional de reserva de
ley en materia tributaria.
Ir Arriba
Legales
16
ANÁLISIS DE ARTÍCULOS DEL CÓDIGO CIVIL Y
COMERCIAL QUE INCIDEN EN EL DERECHO PÚBLICO
ADMINISTRATIVO, TRIBUTARIO Y SOCIETARIO POR Dr. Jorge Saverio Matinata – CeATS
I.- Irretroactividad de la Ley
ARTÍCULO 7.- A partir de su entrada en
vigencia, las leyes se aplican a las
consecuencias de las relaciones y
situaciones jurídicas existentes. Las leyes
no tienen efecto retroactivo, sean o no
de orden público, excepto disposición en
contrario. La retroactividad establecida
por la ley no puede afectar derechos
amparados por garantías
constitucionales. Las nuevas leyes
supletorias no son aplicables a los
contratos en curso de ejecución, con
excepción de las normas más favorables
al consumidor en las relaciones de
consumo.
Este artículo consagra la irretroactividad
legal por aplicación de la garantía de
propiedad e ilustra que la retroactividad
admitida por ley no puede afectar
derechos amparados por garantías
constitucionales, limite en tributario
material o sustantivo, CSJN “Nación AFJP
S.A. c/Salta”, 07/02/2006.
II.- Principios Aplicables
ARTÍCULO 9.- Principio de buena fe. Los
derechos deben ser ejercidos de buena
fe.
Ir Arriba
Legales
17
ARTÍCULO 10.- Abuso del derecho. El
ejercicio regular de un derecho propio o
el cumplimiento de una obligación legal
no puede constituir como ilícito ningún
acto. La ley no ampara el ejercicio
abusivo de los derechos. Se considera tal
el que contraría los fines del
ordenamiento jurídico o el que excede
los límites impuestos por la buena fe, la
moral y las buenas costumbres. El juez
debe ordenar lo necesario para evitar los
efectos del ejercicio abusivo o de la
situación jurídica abusiva y, si
correspondiere, procurar la reposición al
estado de hecho anterior y fijar una
indemnización.
ARTÍCULO 11.- Abuso de posición
dominante. Lo dispuesto en los artículos
9º y 10 se aplica cuando se abuse de una
posición dominante en el mercado, sin
perjuicio de las disposiciones específicas
contempladas en leyes especiales.
ARTÍCULO 12.- Orden público. Fraude a la
ley. Las convenciones particulares no
pueden dejar sin efecto las leyes en cuya
observancia está interesado el orden
público. El acto respecto del cual se
invoque el amparo de un texto legal, que
persiga un resultado sustancialmente
análogo al prohibido por una norma
imperativa, se considera otorgado en
fraude a la ley. En ese caso, el acto debe
someterse a la norma imperativa que se
trata de eludir.
Principios generales de derecho buena
fe, proscripción del abuso de derecho,
proscripción del abuso de posición
dominante, primacía del orden público y
la proscripción del fraude de ley que
inciden en el procedimiento tributario,
por tratarse básicamente de una relación
de derecho y no de poder, cuyo objeto es
la búsqueda de la verdad material
objetiva y real y se integran con los
principios generales del derecho
administrativo (buena fe, verdad
material, debido proceso, impulso de
oficio, gratuidad, imparcialidad,
transparencia).
En materia de derecho público
administrativo contractual corresponde
distinguir los principios particulares que
rigen a los contratos administrativos
instrumentados por la administración
pública con el objeto de satisfacer
necesidades públicas, en cuyas formas se
pueden establecer cláusulas exorbitantes
Ir Arriba
Legales
18
acorde con el interés público
involucrado.
III.- Inoponibilidad de la Persona
Jurídica a Socios
ARTÍCULO 144.- La actuación que esté
destinada a la consecución de fines
ajenos a la persona jurídica, constituya
un recurso para violar la ley, el orden
público o la buena fe o para frustrar
derechos de cualquier persona, se
imputa a quienes a título de socios,
asociados, miembros o controlantes
directos o indirectos, la hicieron posible
quienes responderán solidaria e
ilimitadamente por los perjuicios
causados. Lo dispuesto se aplica sin
afectar los derechos de los terceros de
buena fe y sin perjuicio de las
responsabilidades personales de que
puedan ser pasibles los participantes en
los hechos por los perjuicios causados.
Esta norma establece la inoponibilidad
de la personalidad jurídica en tanto se
constituya para violar la ley, el orden
público, la buena fe o frustrar derechos
de terceros, imputando responsabilidad
directa a los socios; asimismo, recepta la
teoría de la penetración en la forma de la
persona colectiva, que constituye una de
las herramientas propias del derecho
tributario (principio de realidad
económica) por sobre la teoría de la
simulación, propia del derecho civil (conf.
art. 333 del CCC).
IV.- Personas Jurídicas Públicas
Enumeración:
ARTÍCULO 146.- Son personas jurídicas
públicas:
a. el Estado nacional, las Provincias, la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los
municipios, las entidades autárquicas y
las demás organizaciones constituidas en
la República a las que el ordenamiento
jurídico atribuya ese carácter;
b. los Estados extranjeros, las
organizaciones a las que el derecho
internacional público reconozca
personalidad jurídica y toda otra persona
jurídica constituida en el extranjero cuyo
carácter público resulte de su derecho
aplicable;
c. la Iglesia Católica.
Este artículo enumera a las personas
jurídicas públicas, omitiendo incluir a las
Ir Arriba
Ir Arriba
Legales
19
entidades públicas no estatales como los
colegios profesionales, consejos
profesionales y cajas de previsión para
profesionales, desde que no forman
parte de la estructura jurídica del estado,
son entidades creadas por ley, actuando
por delegación del estado, siendo esta su
distinción con una asociación, por ello su
financiamiento es de carácter obligatorio
mediante contribuciones parafiscales
(matrícula).
V.- Personas Jurídicas Privadas
Enumeración:
ARTÍCULO 148.- Son personas jurídicas
privadas:
a. las sociedades;
b. las asociaciones civiles;
c. las simples asociaciones;
d. las fundaciones;
e. las iglesias, confesiones, comunidades
o entidades religiosas;
f. las mutuales;
g. las cooperativas;
h. el consorcio de propiedad horizontal;
i. toda otra contemplada en
disposiciones de este Código o en otras
leyes y cuyo carácter de tal se establece
o resulta de su finalidad y normas de
funcionamiento.
La norma fiscal puede válidamente
designar como sujetos obligados de
pago, a personas jurídicas privadas no
definidas en el art. 148, tal como lo son
las sucesiones indivisas, los patrimonios
destinados a un fin determinado, las
uniones transitorias de empresas, etc..
VI.- Participación del Estado en
Personas Jurídicas Privadas
ARTÍCULO 149.- La participación del
Estado en personas jurídicas privadas no
modifica el carácter de éstas. Sin
embargo, la ley o el estatuto pueden
prever derechos y obligaciones
diferenciados, considerando el interés
público comprometido en dicha
participación.
La participación del Estado en personas
jurídicas privadas no modifica el carácter
de éstas, sin embargo, la ley o el estatuto
pueden prever derechos y obligaciones
diferenciados, considerando el interés
Ir Arriba
Legales
20
público comprometido en dicha
participación.
VII.- Responsabilidad de
Directores y Administradores
ARTÍCULO 160.- Los administradores
responden en forma ilimitada y solidaria
frente a la persona jurídica, sus
miembros y terceros, por los daños
causados por su culpa en el ejercicio o
con ocasión de sus funciones, por acción
u omisión.
Este artículo –en línea con el 144 del
CCC- pauta la responsabilidad de los
administradores frente a terceros por
daños. En materia tributaria la extensión
de responsabilidad se rige por criterios
objetivos y subjetivos (CSJN “Monasterio
Da Silva”, 2/10/ 1970, SCJBA “Raso”, C-
110.369, 2/7/ 2014.
VIII.- Regulación de las
Asociaciones Civiles
ARTÍCULO 168.- La asociación civil debe
tener un objeto que no sea contrario al
interés general o al bien común. El
interés general se interpreta dentro del
respeto a las diversas identidades,
creencias y tradiciones, sean culturales,
religiosas, artísticas, literarias, sociales,
políticas o étnicas que no vulneren los
valores constitucionales. No puede
perseguir el lucro como fin principal, ni
puede tener por fin el lucro para sus
miembros o terceros.
Arts. 168 a 186 CCC establecen la
regulación de las Asociaciones Civiles. La
Resolución IGJ 7/2015, publicada
31/07/2015, con vigencia desde el
2/11/2015, reemplazando al
reordenamiento establecido en
Resolución IGJ 7/2005, incorporó
exigencias de la Unidad de Información
Financiera en materia de lavado de
dinero.
IX.- Codificación de las
Fundaciones
ARTÍCULO 193.- Las fundaciones son
personas jurídicas que se constituyen con
una finalidad de bien común, sin
propósito de lucro, mediante el aporte
patrimonial de una o más personas,
destinado a hacer posibles sus fines. Para
existir como tales requieren
necesariamente constituirse mediante
instrumento público y solicitar y obtener
Ir Arriba
Legales
21
autorización del Estado para funcionar. Si
el fundador es una persona humana,
puede disponer su constitución por acto
de última voluntad.
Arts. 193 a 224 CCC codifican
desenvolvimiento y control de
Fundaciones.
X.- Bienes Personales y Derechos
de Incidencia Colectiva
Arts. 225 a 234 CCC definen muebles,
inmuebles, muebles por accesión,
concepto de principal y accesorio, bienes
divisibles e indivisibles, consumibles,
fungibles, frutos y bienes fuera del
comercio.-
Arts. 235 a 239 CCC distinguen los bienes
de dominio público y privado del estado,
su uso y goce, los bienes particulares,
incorporando el derecho de los
particulares sobre la propiedad de las
aguas que surgen de sus terrenos, sujetas
a control y restricciones de orden
público.
vrts. 240 y 241 CCC determina que el uso
de bienes particulares se subordina a los
derechos de incidencia colectiva (medio
ambiente, agua, valores culturales,
paisaje, etc.).
X.- Función de Garantía del
Patrimonio
Arts. 242 y 243 CCC incorporan la función
de garantía del patrimonio, afectando
todos los bienes del deudor al
cumplimiento de sus obligaciones, salvo
bienes inembargables o inejecutables.
Ir Arriba
Papers y Presentaciones
22
Síntesis Bibliográfica del Segundo puesto del 4to. Concurso de Monografías
“LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA SUBNACIONAL
Y LA EVASIÓN FISCAL”
Abstract, conclusiones y sugerencias.
POR Cdora. Rosana Plachetko – AGIP
Este trabajo tiene por objeto clarificar qué se entiende por evasión fiscal a la luz
de la interpretación de distintos autores y definir sus causales. El análisis de los textos
que sirvieron de sustento a la presente monografía ha permitido vincular el tema de la
“evasión” con la realidad actual de las Administraciones Tributarias y, cómo impacta
este fenómeno en las misiones de estos organismos. Se han desarrollado las formas de
medir la evasión tributaria y descripta algunas de las distintas metodologías aplicables
sobre el particular. Asimismo, ejemplos de medidas adoptadas en relación a la evasión
en los últimos años por dos Administraciones Tributarias Subnacionales como AGIP y
ARBA, basadas en antecedentes de la Administración federal, intentan en este trabajo
explicar la importancia del accionar de toda Administración Tributaria Subnacional
desde su función de recaudar tributos pero con el compromiso y la responsabilidad de
erradicar el no pago de impuestos por parte del contribuyente.
La dinámica de la gestión y los avances tecnológicos deberían conllevar a una
mejora continua en el servicio, que ordene y transparente los procesos recaudatorios.
La simplicidad de los procedimientos y más aún su transparencia brindan al
contribuyente una seguridad más allá del peso de la propia presión tributaria
Ir Arriba
Papers y Presentaciones
23
determinada por la normativa. La importancia de profesionalizar las administraciones
tributarias conjuntamente con la capacitación de técnicos e idóneos en la materia surge
como necesidad de interpretar las "complejidades" que existen en materia tributaria, a
partir de la aparición en escena de los sistemas inteligentes lo que implica una visión
global, una formación integral, una marcada orientación al servicio y
fundamentalmente un compromiso ético. El intercambio de datos constituye una
herramienta fundamental para todas las Administraciones Tributarias Subnacionales. Se
debería tender a la generación de una base unificada y armonizada de datos, es
decir, padrones simples que desde la Administración Federal puedan ser utilizados
por todas las Administraciones subnacionales que lo requieran.
Cada Administración Tributaria deberá detectar aquellas actividades que
presentan un mayor grado de evasión fiscal. La elaboración de manuales sectoriales de
fiscalización en concordancia a los planes de fiscalización ayudará a una mejor gestión.
Por otra parte, el control permanente de los contribuyentes alcanzados por dichas
actividades mediante tableros de control permitirá su seguimiento y por consiguiente,
la detección, de todas aquellas medidas que deban ser tomadas para corregir los desvíos
detectados.
El esfuerzo vale si se persigue
como objetivo disminuir los niveles de
evasión fiscal. Un trabajo integrado y
asociado hará posible una mayor y
mejor recaudación que redundará en
beneficio de los gobiernos locales, y
por consiguiente de toda una nación.
Quisiera destacar lo señalado
por el S.S. Pío XII, en audiencia
brindada el 3 de octubre de 1956, a
los participantes al X Congreso de la International Fiscal Association, quien señaló en las
partes pertinentes de su discurso: "No cabe duda alguna acerca del deber de cada
Ir Arriba
Papers y Presentaciones
24
ciudadano de cargar con una parte de los gastos públicos. Mas el Estado, por su parte,
como encargado de proteger y promover el bien común de los ciudadanos, tiene la
obligación de repartir entre éstos únicamente las cargas necesarias y proporcionales a
sus recursos", agregando: "El impuesto no será considerado, entonces, como una carga
siempre excesiva y más o menos arbitraria, sino que representará, en un Estado mejor
organizado y más apto para conseguir el funcionamiento armónico de las distintas
actividades de la sociedad, un aspecto acaso humilde y muy material, pero
indispensable, de la solidaridad cívica y del aporte de cada cual al bien de todos".
El motivo de este mensaje, pero también la obligación de la Administración de
velar por dichos recursos generan la responsabilidad de trabajar en forma consciente y
ordenada en toda Administración Tributaria para erradicar la evasión fiscal. Debemos
destacar la importancia de la definición de estos objetivos por parte de quienes lideran
la Administración Tributaria. La comunicación de los objetivos propuestos en este
sentido y la difusión de los logros alcanzados a todos aquellos que son parte de una
misma estructura organizativa conformarían el sello de un proceso conjunto y de
compromiso con la sociedad.
Para acceder al trabajo completo Ingrese a:
www.ceats.org
Ir Arriba
Novedades UnTref
25
La Universidad Nacional de Tres de Febrero es una universidad pública de gestión
dinámica que produce, adquiere y otorga conocimiento de diversas maneras para toda la
comunidad.
En el marco de su Plan Estratégico ha desarrollado un significativo número de
actividades de docencia, investigación y extensión, con un alto impacto académico y
social.
En términos de docencia, la oferta académica de la UNTREF alcanzó las 35 carreras
de grado, 65 de posgrado y un programa de estudios Posdoctorales. En modalidad a
distancia, la UNTREF Virtual cuenta con más de 40 programas entre cursos, diplomaturas,
tecnicaturas, licenciaturas, especializaciones y maestrías.
Asimismo contamos con 22 institutos, núcleos y centros en donde desarrolla la
producción de conocimiento en términos de investigación de 411 líneas de investigación.
En materia de relaciones internacionales e institucionales, se constituye como una
impulsora de políticas y actividades, así como un espacio de articulación entre las distintas
áreas, centros e institutos que requieran vinculación formal y de alto nivel con
dependencias públicas y espacios privados.
En términos de Cooperación Internacional, con el impacto de intercambio de
conocimiento y movilidad académica que ello implica, se mantienen vigentes 92
convenios con universidades y organizaciones de América, Europa y Asia.
Ir Arriba
Novedades UnTref
26
El MUNTREF, el Museo de la Universidad, destinado a construir un espacio para las
artes, hacer de la universidad pública un sitio para la comunidad y contribuir en la
promoción de otros hábitos de consumo cultural, con una exposición de obras de
Castagnino, las antológicas de Berni, Hlito, Puente, Heredia, Iommi, Seoane, Gorriarena,
Santoro, Seguí, Alonso, Urruchúa, Lisa y varias colectivas por las que transitaron desde
Fader, Lacámera, Spilimbergo, Del Prete, Forner y Quinquela Martín hasta Magariños,
Sardón, Taquini, Golder, los integrantes del Grupo Espartaco, etc. Es un puente capaz de
hacer circular socialmente las investigaciones sobre arte y artistas argentinos y
latinoamericanos, así como aquellas dedicadas a artistas faro del movimiento moderno y
contemporáneo internacional: Picasso, (realizada en el marco de un convenio de
colaboración con la Fundación Picasso de Málaga).
En producción y difusión de conocimiento, EDUNTREF, la editorial universitaria
alcanzó los 127 títulos con más de 300.000 ejemplares. Y el CPA, el Centro de Producción
Audiovisual sumó hasta 54 títulos con más de 1000 programas. También cuenta UNTREF
Sonoro, el sello discográfico de la universidad, un ámbito de
talento y valores culturales.
La UNTREF es la primera universidad pública de la
Argentina que cuenta con programas de educación internacional,
en español y en inglés, diseñados especialmente para
estudiantes extranjeros. Asimismo, la política de
internacionalización de la Universidad, adoptada, ha
favorecido la movilidad académica de estudiantes y
profesores, múltiples encuentros internacionales y la
participación activa en redes mundiales, así como el desarrollo de
programas con doble titulación.
Desde el año 2008, CeATS y UNTREF vienen desarrollando
una oferta académica única en el país en las dos modalidades, presencial y virtual para
capacitar y profesionalizar a los agentes públicos con conocimiento teórico, capacidad
analítica y habilidad técnica para diseñar y administrar de manera justa y eficiente los
Ir Arriba
Novedades UnTref
27
procesos e instrumentos de índole fiscal-tributaria y presupuestaria del orden subnacional
y Contribuir a la modernización de los procesos y a la mejora en la calidad de los servicios
públicos en materia tributaria y de las finanzas públicas, colaborando en el desarrollo
social y económico de sus respectivas jurisdicciones.
Nuestro programa de Posgrado se realizó de manera presencial en Buenos Aires,
Mendoza, Salta y hemos incorporado en 2015 la cuarta sede para el dictado de los cursos
en la Ciudad de Paraná, Entre Ríos. También podemos destacar que por la propuesta
educativa virtual hemos capacitado alumnos pertenecientes a 16 Provincias y 72
Municipios.
Más de 1500 alumnos se han inscripto para realizar la Diplomatura y Tecnicatura
en Administración Tributaria, el Posgrado en Administración Tributaria Subnacional y la
Especialización en Tributación Local, transformándonos en uno de los mayores centros
de capacitación específicamente para las Administraciones Tributarias Subnacionales de
Sudamérica. La calidad de los programas impartidos por docentes de relevancia
internacional, nos ha llevado a que nuestros graduados hayan alcanzado las posiciones
ejecutivas más importantes en las distintas aéreas de gobierno.
Seguiremos trabajando junto al CeATS en la búsqueda continua de nuevos desafíos
que enriquezcan la carrera y nos posibiliten llegar a la excelencia académica.
Para mayor Información acerca del Posgrado
Ingrese a:
www.ceats.org
Ir Arriba
Interés General
28
EL IMPRESENTABLE TÍO ORESTES
(segunda parte)
El primero de los pocos recuerdos en directo que tengo del tío, data de una vez en
que mi vieja me dejó acompañarlo a ver un partido de básquet al Libertad, el club de
barrio que solía frecuentar. Nos sentamos en tercera fila, en esas viejas sillas de
madera, cerca de la cancha enmarcada dentro de un gran espacio de mosaicos.
Estaba colmado de gente, pero curiosamente los lugares a nuestro alrededor estaban
vacíos. Obviamente: en el club lo conocían. Llega más gente y una pareja de
simpatizantes del club rival se sienta en las sillas de adelante. Matrimonio de obesos.
Muy obesos. Las sillitas crujieron bajo la sobrecarga cruel y se perdieron en los
adiposos, enormes culos del gordo y de la gorda. El tío me mira:— Che, Juanci… ¿No
viste las sillas que estaban acá adelante? No fue un susurro confidente, lo disparó a
quemarropa, fuerte y claro, en tono socarrón. Los gordos se revolvieron incómodos.
Las sillas rechinaron, pero se la bancaron. Apenas los gordos dejaron de
acomodarse, el tío se queja en voz alta:— ¡Uhhh! Me parece que no vamos a ver una
mierda, Juancito… La parejita de paquidermos, inmutable. A los cinco minutos,
cuando uno de los jugadores rivales un tanto retacón, con vientre abultado, llevaba la
pelota, el tío descerraja en medio de las cabezotas redondas de los obesos, a todo
pulmón:— ¡Marquen al GOORRRRRRRDOOOOOOOOO!!!! El gordo y la gorda, se la
bancaron como dos duques. El obeso apenas giro del cuello de jabalí y miró fijo, con
seño fruncido al tío, que se hizo el boludo y siguió mirando el partido. En ese
momento me debatía entre un cierto grado de deseo de que el tío me siguiera
Ir Arriba
Interés General
29
haciendo reír, combinado con el placer de deambular por el filo de la cornisa, el
encanto del riesgo, del peligro y el incipiente, infantil pero tangible, sentido de la
prudencia y temor de que cobráramos como en Camboya. Nuevamente la pelota en
manos del panzoncito. Paréntesis: en los setenta no era como ahora que aún los
jugadores de ligas de clubes de barrio se entrenan, no tienen panza, los que juegan,
en primera al menos, son todos altos… No: antes siempre había un par de retacones
virtuosos o gorditos que ponían garra. O al menos a mí me parecía que siempre
había gorditos enjundiosos o petisos virtuosos entremezclados en las formaciones.
Como para recordarnos a todos el valor de la actitud, supongo. El jugador rollizo se
perfila desde muy lejos, amaga, dispara y encesta un doble, dado que por entonces
no se había inventado aún el triple. El tío, a esta altura de manera previsible hasta
para mí, vuelve a acercar su cabeza hasta la de los gorditos hostigados y grita:— ¡No
lo dejen libre al GOORRRRDO PEDORRRROOOOOO!!! La gorda se da vuelta, de los
ojos redondos de vaca salían chispas:— Pero, señor… ¡Por favor! —bien la gorda: sólo
se quejó de que les gritara como un energúmeno en la nuca, no acusó recibo de la
burla ensañada, se hizo la boluda. —Perdón, lamento haber perturbado a la dama —le
mandó el tío, sonriente. Supongo que su tono no parecía definitivamente irónico, de
modo que, como no lo conocían, le concedieron el beneficio de la duda y no lo
mandaron a la concha de su hermana (que vendría a ser mi vieja). Pero ya había
tirado mucho, demasiado de la cuerda. La gorda cruzó una fugaz pero terminante
mirada de reproche a su esposo por no haber reaccionado. Ahí sí le pedí al tío que
nos fuéramos. —¿Qué? ¿Te agarró hambre ya? —pausa, silencio denso, el instante
previo a la hecatombe. Y siguió:— A mí me dieron ganas de comer… No sé… —tenía
la total certeza de lo que se seguía, sabía que era incapaz de detenerse…— Ya sé:
¡¡¡LECHOOÓN!!! —gritó nuevamente, desaforado, a quemarropa de las orejas
carnosas.
Ir Arriba
Interés General
30
El gordo y la gorda saltaron y las sillitas reaparecieron completas. Se eyectaron todo
lo rápido que sus anatomías desbordantes se lo permitieron. Una de las sillitas se
volcó hacia atrás. El gordo iba a empezar a gritar cuando el tío, también de pie y tras
recular un paso, focalizó los ojos desorbitados en su abdomen y lo señaló. El hijo de
puta le puso tanto histrionismo, tanto dramatismo gestual que el obeso señor debió
haber pensado que le estaba saliendo un alien por debajo de la chomba acortada,
inflada por la barriga y se frenó intrigado. Bajó la vista hacia la panzota y el tío,
poniendo cara de preocupación, le mandó:— Pero… ¡¡Pero cuánta mierda tenés ahí
adentro, por Diosss!! El gordo se le vino encima como un Scania con acoplado, en
bajada y sin frenos. El tío dio unos pasos hacia atrás y saltando gritó:— ¡Vamos
Libertad carajo! ¡Estás caliente gordo porque sos de Atlantic!
El grito alertó a la parcialidad local, siempre bien predispuesta, pronta a la violencia
grupal e indiscriminada y tras el primer sillazo que voló, disparado por el tío contra la
trompa del gordo, se armó un quilombo generalizado, multitudinario, de manera
inmediata. El tío me manoteó la mano y cagándose de risa como un nene me arrastró
fuera de la cancha. Como dos lauchas, calladitos y mirando el piso, cruzamos el bar
del club buscando la salida a la calle. Alcancé a ver de refilón que la masa de gente
trenzándose en la cancha/patio seguía creciendo y se escuchaban gritos, insultos,
ruidos de sillazos...
—Todo bien, nos vinimos un rato antes porque me pareció que se estaba por armar
lío —le reportó a mi vieja, con tono grave, muy serio.
Era chico, habré andado por los nueve años, pero en ese instante comprendí
cabalmente aquel sifonazo previo a mi existencia.
La siguiente vez que lo vi fue en ocasión del típico evento que reúne a la familia en
sentido amplio: el velorio. Había muerto el esposo de una tía de mi vieja. Y de
Ir Arriba
Interés General
31
Orestes, claro. Había algo en el ambiente de puesta escénica. Eran protagonistas
excluyentes la viuda y tres hijos, discretamente consternados. Completaban el
proscenio otros familiares y mucho público. Convocatoria más bien masiva, típica de
cuando fallece alguien muy querido, lo cual no era el caso; o de cuando se muere
alguien influyente, o con guita, que sí era el caso. El difunto tenía una bien ganada
fama de garca y putanero, pero con la familia la iba de abnegado trabajador y
esposo devoto. Nunca estuvo claro si la tía ésta era muy, muy pelotuda o si se hacía
la otaria para pasarlo bien, a todo culo, sin laburar. Los hijos, los tres, unos engreídos
de entre veinte y veinticuatro años, eran unos mantenidos bastante poco sesos que
no estudiaban y la iban de empresarios. El difunto había amasado su fortuna de
manera bastante poco clara, vendía repuestos de autos, parece que muchas veces
de dudoso origen, cobraba retornos de exportaciones que no eran reales, algo así.
Cae el tío Orestes. Todos lo esquivaban, menos yo, que tras el episodio de los
gordos, lo seguía con expectativa. Ya tenía unos doce años y me parecía interesante.
El más interesante por afano de la familia. Se para al lado del cajón, la mira a la
viuda. Carga, apunta y dispara:— ¡Qué bien que la vivió éste, eh! —la tía altiva y forra
ni lo miraba— ¡Oh! Ahí están los gatos de iglesia —dijo el tío mirando a los hijos del
difunto— Los voy a saludar. No sabía (yo) que en las esferas adultas de la familia se
referían así a los hijos del difunto. Desde la impunidad y curiosidad natural de mi
edad, no se me ocurrió nada mejor que preguntar, ahí, delante de la flamante viuda,
por qué se refería así a los muchachotes:— Porque los mantiene el padre, ¡jajaja! —
que lo escuchara la viuda estuvo mal, pero la risa estentórea del tío fue peor. Se
acerca a los tres jóvenes, que lo abrazaron con desdén —¡Qué triste…! —los tres lo
miraron con similar expresión de algo de desprecio y mucho de displicencia.
Recuerdo que en ese momento vi parecidos por primera vez a los tres hermanos —
Ahora que se terminó la guita sucia van a tener que ponerse a laburar… Uno de los
Ir Arriba
Interés General
32
tres le pidió que no fuera irrespetuoso, otro que por favor se fuera. El tercero
permaneció indiferente. Se acerca con cara de dogo un hermano grandote del
difunto, que debió haber olfateado quilombo en puerta. El tío Orestes parecía
desconocer lo cerca que estaba de que lo caguen a trompadas. Abre los brazos para
atajar al hermano del difunto y abrazarlo. El tipo se desconcierta y se deja abrazar. El
tío le dice en el oído:— Che ¿seguro está “exangüe” éste?… ¿No se estará haciendo
el muerto para cagar a alguien?
Paréntesis: ¡“exangüe”! En ese momento, recuerdo, me pareció sublime el recurso
de servirse de esa palabra rebuscada, impropia al lenguaje coloquial, para integrarla
a un comentario tan desubicado. El hermano del occiso se endereza para romper el
abrazo y poner distancia. Desconcertado, se pone tieso, erguido, lo mira fijo, hostil
por unos segundos en que sopesaba cómo reaccionar:— Por ahí se está queriendo
cobrar algún seguro de vida, ¿viste? Porque este tránsfuga le ponía supositorios a las
avispas… Recuerdo el gestito, con los deditos pulgar e índice pegados, como si
sostuviera un palito que buscara enzocar, con movimientos cortos, espasmódicos, en
diminutos culitos imaginarios que volasen delante de sus ojos. El tipo lo putea y
empuja, los sobrinos lo toman de los brazos conteniéndolo, pero el tío Orestes ya iba
impulsado, hacia atrás, derechito, derechito a impactar de culo, previo tropiezo con
un pequeño escaloncito, contra el féretro y tumbarlo, desparramando los restos
mortales. Las mujeres gritaban horrorizadas, los hombres estaban desconcertados, el
tío inicia retirada reculando raudamente hacia la puerta de salida. Empieza a pedir
perdón pero se tienta al ver la expresión grotesca, la mueca burda que había
quedado estampada en la cara del cadáver desplomado en el piso. Se tapa la boca
para procurar contener la risa, se da vuelta y sale corriendo. Sé que el relato de esta
anécdota se internó ya demasiado, varios renglones atrás, en el terreno del mal
gusto. De hecho, la versión que pensaba contar terminaba cuando el tío Orestes
Ir Arriba
Ir Arriba
Interés General
33
tumbaba el féretro. Pero hay una escena de la cual todavía no puedo evitar reírme –
malsanamente, lo asumo– cada vez que la recuerdo. Me tuve que quedar en el
velatorio más de una hora más con mi vieja. No sé por qué, al tío Orestes se le dio
por pasar de nuevo por la vereda del local donde todavía transcurría el accidentado
evento. Debió haber dejado estacionado su auto frente a la sala velatoria, algo así,
no sé. El hecho es que cruzó a los pedos, haciéndose el pelotudo, con pasitos
rápidos y mirando para adelante. Creo que sólo yo lo vi. Fue una fracción de
segundo en que cruzamos la vista y me dedicó a través de la vidriera una mueca
grotesca, torciendo las facciones, poniendo una cara igualita a la que fuera la última
expresión que recordaremos todos del difunto garca. No hace falta decir que tras el
episodio macabro, el tío Orestes fue conminado a un renovado ostracismo familiar.
De esquivado pasó a ser un paria. Ni nuevas anécdotas llegaban a casa. Cada vez
que su nombre era mencionado, mi viejo se regodeaba socarronamente en confirmar
que su cuñado era un reverendo pelotudo.
Unos tres años después, ya con quince años, acompañé a mi primo, su hijo, casi dos
años mayor que yo, a una reunión de padres vinculada a la organización de su viaje
de egresados. Fuimos tío Orestes, su esposa, mi primo y yo. Era la primera de esa
suerte de ciclo de asambleas informales, por lo cual la convocatoria fue total: casi
todos los padres de los cinco cursos de cuarto año del colegio de más los propios
alumnos compañeros de mi primo. Como parte del curro del colegio privado era
vender la imagen de “una gran familia”, conforme lo refería su slogan, los curas
habían hecho venir a algunos de los profesores estables. Estaba también dando
vueltas el portero y un tipo onda sonidista, que iba y venía con herramientas en las
manos. Arranca la reunión de más o menos unas cuatrocientos setenta personas,
contando adolescentes pelotudos más adultos, también predominantemente
pelotudos. La mayoría sentada y el resto apretujado, de pie, en los costados de un
Ir Arriba
Interés General
34
gran auditorio. Sonido típico de acople del micrófono, palabras del director poniendo
en claro que el establecimiento sólo facilitaba las instalaciones, que la organización
del viaje, elección de la empresa y demás aspectos, eran incumbencia ajena a la
institución y que debían, por tanto, ocuparse los padres.
Paréntesis: fui testigo durante el trayecto de ida hasta el colegio que al tío lo
apretaron entre mi tía política y primo. Le advirtieron que no se mandara ninguna de
las suyas.
Vuelvo a la reunión. Termina de hablar el director. Se despide augurando un par de
boludeces y deja estrado y micrófono a disposición de padres. Silencio. Diez, quince
segundos. Lo veo al tío que relojea los costados, se para y encara al estrado, elevado
sobre un pequeño escenario. Caminaba como si fuera a recibir un Oscar.
Toma el micrófono. Sonríe. Imposta la voz. Saluda. Noto que lo está disfrutando...
Dr. Juan Francisco Dogliani
Ir Arriba
35
La Revista CeATS es una publicación de carácter académico, que tiene por fin
principal contribuir al desarrollo de las Administraciones Tributarias Subnacionales. Por
lo tanto no se responsabiliza de las opiniones y textos escritos por sus colaboradores
y lectores y no responderá de los daños o perjuicios, directos o indirectos, que los
usuarios o terceras personas provoquen por el uso de los contenidos aquí expuestos.
Revista CeATS permite la copia y distribución de todos los contenidos, siempre que
se haga referencia a la fuente de la información y al autor.
Ir Arriba