Índice 1. OBJETO DEL CONTRATO OBLIGACIONES DE LAS … · en consignaciÓn 1 el comitente el...

34
CONTRATO DE COMISIÓN PARA LA VENTA DE MERCANCÍAS EN CONSIGNACIÓN 1 EL COMITENTE EL COMISIONISTA Índice 1. OBJETO DEL CONTRATO 2. OBLIGACIONES DE LAS PARTES: 3. LUGAR Y CONDICIONES DE ENTREGA 4. DEL DEPOSITO Y LA DISTRIBUCION DE LAS MERCANCIAS 5. DE LOS INVENTARIOS 6. DEL PRECIO 7. DE LA COMISION 8. DE LA FORMA DE PAGO 9. CRÉDITOS A LAS VENTAS 10. DEL SEGURO DE LAS MERCANCIAS 11. DE LAS MARCAS, ENVASES Y EMBALAJES 12. CALIDAD, GARANTIA ASISTENCIA TECNICA Y SUPERVISIÓN 13. CONDICIONES DE TRANSPORTE. 14. NOTIFICACIONES DE EMBARQUE 15. FUERZA MAYOR 16. RECLAMACIONES 17. PENALIDADES 18. ARBITRAJE 19. VIGENCIA 20. OTRA CONDICIONES 21. CESIÓN. 22. CONFIDENCIALIDAD 23. USO DE LA INFORMACIÓN. ANEXO No.1 LÍNEAS DE APROVISIONAMIENTO Y VALORES PROPUESTOS PARA 2009 ANEXO No. 2 LISTADO DE PRECIOS POR LINEAS ANEXO No. 3 OBLIGACIONES DE LAS PARTES ANEXO No. 4 NORMAS DE EMBALAJE Y MARCAS. ANEXO No. 5 CLÁUSULA DE EMBARQUES EN CONTENEDORES ANEXO No. 6 CONDICIONES DE GARANTIA

Transcript of Índice 1. OBJETO DEL CONTRATO OBLIGACIONES DE LAS … · en consignaciÓn 1 el comitente el...

Page 1: Índice 1. OBJETO DEL CONTRATO OBLIGACIONES DE LAS … · en consignaciÓn 1 el comitente el comisionista Índice 1. objeto del contrato 2. obligaciones de las partes: 3. lugar y

CONTRATO DE COMISIÓN PARA LA VENTA DE MERCANCÍAS EN CONSIGNACIÓN

1 EL COMITENTE EL COMISIONISTA

Índice

1. OBJETO DEL CONTRATO 2. OBLIGACIONES DE LAS PARTES: 3. LUGAR Y CONDICIONES DE ENTREGA 4. DEL DEPOSITO Y LA DISTRIBUCION DE LAS MERCANCIAS 5. DE LOS INVENTARIOS 6. DEL PRECIO 7. DE LA COMISION 8. DE LA FORMA DE PAGO 9. CRÉDITOS A LAS VENTAS 10. DEL SEGURO DE LAS MERCANCIAS 11. DE LAS MARCAS, ENVASES Y EMBALAJES 12. CALIDAD, GARANTIA ASISTENCIA TECNICA Y SUPERVISIÓN 13. CONDICIONES DE TRANSPORTE. 14. NOTIFICACIONES DE EMBARQUE 15. FUERZA MAYOR 16. RECLAMACIONES 17. PENALIDADES 18. ARBITRAJE 19. VIGENCIA 20. OTRA CONDICIONES 21. CESIÓN. 22. CONFIDENCIALIDAD 23. USO DE LA INFORMACIÓN.

ANEXO No.1 LÍNEAS DE APROVISIONAMIENTO Y VALORES PROPUESTOS PARA 2009 ANEXO No. 2 LISTADO DE PRECIOS POR LINEAS ANEXO No. 3 OBLIGACIONES DE LAS PARTES ANEXO No. 4 NORMAS DE EMBALAJE Y MARCAS. ANEXO No. 5 CLÁUSULA DE EMBARQUES EN CONTENEDORES ANEXO No. 6 CONDICIONES DE GARANTIA

Page 2: Índice 1. OBJETO DEL CONTRATO OBLIGACIONES DE LAS … · en consignaciÓn 1 el comitente el comisionista Índice 1. objeto del contrato 2. obligaciones de las partes: 3. lugar y

CONTRATO DE COMISIÓN PARA LA VENTA DE MERCANCÍAS EN CONSIGNACIÓN

2 EL COMITENTE EL COMISIONISTA

DE UNA PARTE: ___________________, de nacionalidad _________________ con domicilio legal en ______________________________, con licencia en la Cámara de Comercio No. __________ con fecha _______________, constitución de la compañía mediante Escritura No. ___________ con fecha ___________ y Acta de Protocolización No.________ de fecha____________ante _______________, representado este acto por ____________________, en su carácter de ____________________, que en lo sucesivo se denominará EL COMITENTE. DE OTRA PARTE: La Empresa Central de Abastecimiento y Venta de Equipos de Transporte Pesados y sus Piezas, conocida también a todos los efectos legales por las siglas de TRANSIMPORT, perteneciente al MINCEX, domiciliada en Calle 102, No. 6102 entre 61 y 65, Reparto Los Quemados, Municipio Marianao, Provincia La Habana, registrada con el Código 174-0-5445, constituida por la Resolución No. 9 de fecha 15 de febrero de 1977, emitida por el Comité Estatal de Abastecimiento Técnico Material; representado en este acto por ________________ en su carácter de Director General, y ______________________________, en su carácter de Director ____________________________, que en lo sucesivo se denominará EL COMISIONISTA. AMBAS PARTES: Reconociéndose la personalidad y representación con que concurren a este acto, a todos los efectos legales, convienen suscribir el presente Contrato de Consignación, bajo los términos y condiciones que se consignan en las cláusulas siguientes:

1. OBJETO DEL CONTRATO

1.1 EL COMITENTE se obliga a suministrar y consignar al COMISIONISTA, las partes y piezas, motores, agregados y accesorios de las líneas que se especifican en el Anexo 1 al presente Contrato y EL COMISIONISTA se obliga a recibir, depositar y, en su propio nombre, gestionar la venta, distribución y cobro de dichas mercancías y una vez vendidas, pagar el precio pactado para las mismas bajo los términos y condiciones previstos en el presente Contrato.

1.2 Las referidas mercancías a incluir en el Anexo 2 (Lista de Precios)

responden al análisis y evaluación del mercado, a partir del trabajo precedente, pudiendo modificarse su surtido en volumen y rotación, en la medida que se vaya precisando la demanda.

1.3 EL COMITENTE garantizará que las mercancías referidas en el Anexo 2

(Lista de Precios) gozarán de condiciones ventajosas en cuanto a precio, calidades y tiempo de entrega respecto al resto del mercado en Cuba,

Page 3: Índice 1. OBJETO DEL CONTRATO OBLIGACIONES DE LAS … · en consignaciÓn 1 el comitente el comisionista Índice 1. objeto del contrato 2. obligaciones de las partes: 3. lugar y

CONTRATO DE COMISIÓN PARA LA VENTA DE MERCANCÍAS EN CONSIGNACIÓN

3 EL COMITENTE EL COMISIONISTA

que permitan, faciliten y potencien la comercialización de las mismas a través del presente Contrato.

2. OBLIGACIONES DE LAS PARTES

Con la finalidad de garantizar un adecuado funcionamiento del contrato las OBLIGACIONES DE LAS PARTES se definen en el ANEXO 3.

3. LUGAR Y CONDICIONES DE ENTREGA

3.1 Las mercancías serán entregadas por EL COMITENTE al COMISIONISTA

en condiciones DDU, según INCOTERMS 2000 - puerta del almacén de depósito: Las partes podrán acordar para cada pedido, el tiempo de entrega, lo que deberá quedar debidamente registrado en el expediente del contrato.

3.2 El COMISIONISTA recibirá las mercancías en condiciones de depósito,

por lo que EL COMITENTE mantendrá la propiedad de las mismas hasta que hayan sido vendidas por el primero asumiendo los riesgos según lo estipulado salvo en los casos de responsabilidad personal del COMISIONISTA en su carácter de Depositario Mercantil.

4. DEL DEPOSITO Y LA DISTRIBUCION DE LAS MERCANCIAS 4.1 EL COMISIONISTA viene obligado a depositar las mercancías recibidas

en consignación, bajo condiciones de almacenamiento que aseguren su adecuada conservación, atendiendo a la naturaleza de las mercancías y observando las normas que a tal efecto sean indicadas por EL COMITENTE. En caso de no cumplimentar lo anterior el COMISIONISTA responderá por las afectaciones que por dicha causa se puedan originar.

4.2 EL depósito de las mercancías será realizado en el o en los almacenes que a tales efectos designe el COMISIONISTA, el que será responsable de la custodia y conservación de las mercancías en la cantidad y estado en que las hubiere recibido en depósito hasta que las mismas sean suministradas al Cliente. A los efectos del párrafo anterior se entiende:

a) Que las mercancías han sido recibidas por EL COMISIONISTA en el momento en que las mismas son entregadas por el transportista en el almacén Principal de la consignación o de ser aprobado por las Partes en otro almacén.

Page 4: Índice 1. OBJETO DEL CONTRATO OBLIGACIONES DE LAS … · en consignaciÓn 1 el comitente el comisionista Índice 1. objeto del contrato 2. obligaciones de las partes: 3. lugar y

CONTRATO DE COMISIÓN PARA LA VENTA DE MERCANCÍAS EN CONSIGNACIÓN

4 EL COMITENTE EL COMISIONISTA

b) Para dejar constancia, EL COMISIONISTA, firmará un Acta de Recepción de las mercancías, avalada por el Jefe de Almacén al momento de la recepción de las mismas. Copia de dicha acta deberá ser enviada a LAS PARTES.

c) A los efectos de preservar los derechos del COMITENTE a la indemnización por las faltas y/o averías que pudieran presentar las mercancías, EL COMISIONISTA, en el momento de la recepción de estas, en el almacén de destino, una vez detectada alguna de las anomalías mencionadas, formulará la correspondiente Acta de Protesta, y en el término de los diez días siguientes, notificará tales faltas y/o averías a la Empresa Aseguradora, solicitándole la inspección correspondiente a nombre y cuenta del COMITENTE.

d) El Acta de Protesta y el Certificado de Inspección serán enviados por EL COMISIONISTA al COMITENTE, dentro de las 72 horas posteriores a su recepción.

e) La distribución de las mercancías hasta el almacén principal u otro almacén, será asumida por EL COMISIONISTA a cuenta del COMITENTE, el que garantizará que la misma se efectúe en la forma y medio adecuado, garantizando que no afecte su calidad intrínseca, envase, embalaje, así como su calidad y presencia comercializable.

4.3 Ambas partes acuerdan definir como depósitos de la consignación los

siguientes

ALMACEN LUGAR DIRECCION MERCANCIA

5 DE LOS INVENTARIOS 5.1 EL COMITENTE garantizará mantener en posesión del COMISIONISTA las

cantidades de mercancías comprendidas entre los límites mínimo y

Page 5: Índice 1. OBJETO DEL CONTRATO OBLIGACIONES DE LAS … · en consignaciÓn 1 el comitente el comisionista Índice 1. objeto del contrato 2. obligaciones de las partes: 3. lugar y

CONTRATO DE COMISIÓN PARA LA VENTA DE MERCANCÍAS EN CONSIGNACIÓN

5 EL COMITENTE EL COMISIONISTA

máximo que para cada surtido se prevén en el Anexo 1, sin perjuicio de las desviaciones que eventualmente ambas partes pudieren convenir, atendiendo a las condiciones del mercado externo e interno y garantizando en todos los casos que el ciclo de reaprovisionamiento, no cree ruptura de los inventarios establecidos. Ambas partes consideran que el índice de rotación para este inventario sería de ________ veces al año como mínimo. Este índice se validará anualmente, de mutuo acuerdo por lo que el monto a mantener en los almacenes del consignador será de entre __________________ USD y _______________ USD.

5.2 El COMITENTE suministrará las mercancías necesarias, que serán confirmadas por el COMISIONISTA, para mantener las existencias en depósito según lo estipulado en la cláusula 5.1.

5.3 Dentro de los cinco (5) primeros días hábiles de cada mes EL COMISIONISTA entregará al COMITENTE un Reporte Mensual de Ventas que refleje las ventas realizadas en el mes precedente, así como un estado de las existencias físicas y en libro y los ajustes que en relación con estas procedan.

5.4 EL COMITENTE entregará las mercancías necesarias en el menor plazo posible para mantener el límite de las existencias en depósito según lo acordado en el punto 5.1 precedente.

5.5 No obstante, las mercancías que sean requeridas como urgentes por EL COMISIONISTA, serán objeto de atención preferente por EL COMITENTE y despachadas en el plazo más breve posible con el objeto de cumplir oportunamente los pedidos recibidos por aquél.

5.6 Trimestralmente, en la fecha convenida por las Partes, se realizará un inventario físico de las existencias en el almacén de consignación. Esta periodicidad pudiera variar previo acuerdo entre las Partes.

5.7 Dentro de los treinta (30) días siguientes a la terminación del inventario, se realizará una conciliación de las mercancías y valores vendidos y en existencia, así como de los gastos y pagos efectuados y pendientes por ambas Partes.

5.8 Sin perjuicio de lo previsto en la cláusula 5.6 precedente, EL COMITENTE por su cuenta, tiene derecho a realizar inventarios físicos de las mercancías en cualquier momento, por sí, o por medio de un tercero designado por él, previa notificación al COMISIONISTA, que quedará obligado a prestar la asistencia necesaria a tal fin.

5.9 Previa notificación al COMISIONISTA, EL COMITENTE tendrá acceso al inventario de las mercancías objeto del presente Contrato mediante los medios de que se valga del COMISIONISTA para el control y registro de los mismos.

5.10 Las mercancías se mantendrán en depósito por un período máximo de doce (12) meses, siempre que la fecha de consumo, condiciones aparentes, así como su uso y aplicación para los que han sido producidas lo permitan.

Page 6: Índice 1. OBJETO DEL CONTRATO OBLIGACIONES DE LAS … · en consignaciÓn 1 el comitente el comisionista Índice 1. objeto del contrato 2. obligaciones de las partes: 3. lugar y

CONTRATO DE COMISIÓN PARA LA VENTA DE MERCANCÍAS EN CONSIGNACIÓN

6 EL COMITENTE EL COMISIONISTA

5.11 Si este plazo se excediere respecto a alguna mercancía, EL COMISIONISTA lo notificará al EL COMITENTE y, en tal caso, las Partes podrán convenir:

a) La adquisición de las mercancías por EL COMISIONISTA, a un precio especial de liquidación.

b) La devolución de las mercancías al EL COMITENTE, en condición de compra FOB Puerto de La Habana, u otro puerto que acuerden las Partes, procediendo el COMITENTE a abonar al EL COMISIONISTA, la totalidad de los gastos en que este incurra por dicha gestión.

c) Otra solución satisfactoria para ambas Partes. 5.12 A la puesta en vigor del presente se anexará a este contrato un Listado

de Inventario detallado que permita conocer por cantidades y precios las mercancías que continuarán comercializándose a los precios en el contrato que concluye formulándose la propuesta que corresponda en cumplimiento de la cláusula precedente.

6. DEL PRECIO 6.1 El precio de las mercancías objeto del presente Contrato se determinará

entre Las Partes y conformará el Anexo 2 (Lista de Precios en formato digital) a este contrato. Estos precios se entienden DDU (puerto / aeropuerto La Habana-Puerta almacén Consignación los que para su análisis deberán venir debidamente desglosados desde FOB hasta CIF, desglosándose los gastos hasta DDU que se proponen.

6.2 Los precios acordados en el Anexo No. 2 (Lista de Precios) se mantendrán fijos e invariables por el término de un año a partir del cual podrán ser modificados de mutuo acuerdo.

6.3 Por causa de variaciones significativas ocurridas en el mercado internacional, cualquiera de las partes podrá proponer la rectificación de los precios antes del tiempo estipulado en la cláusula anterior la que deberá ser acordada en suplemento firmado por las partes.

6.4 Anualmente EL COMITENTE deberá presentar al COMISIONISTA la propuesta de precios por Líneas para su estudio la que será revisada y devuelta en un plazo de 60 días, exponiendo su aceptación o desacuerdo. Sin este consentimiento el COMITENTE no podrá dar por acordado cualquier cambio en materia de precios

6.5 A los efectos de las liquidaciones entre Las Partes, las mercancías vendidas serán valoradas sobre los precios previstos en el Anexo 2 (Lista de Precios)

7. DE LA COMISION 7.1 El COMITENTE pagará al COMISIONISTA una comisión ascendente al 5%

sobre el valor de las mercancías vendidas y cobradas al cliente sobre la

Page 7: Índice 1. OBJETO DEL CONTRATO OBLIGACIONES DE LAS … · en consignaciÓn 1 el comitente el comisionista Índice 1. objeto del contrato 2. obligaciones de las partes: 3. lugar y

CONTRATO DE COMISIÓN PARA LA VENTA DE MERCANCÍAS EN CONSIGNACIÓN

7 EL COMITENTE EL COMISIONISTA

base de los precios acordados en el Anexo No. 2 (Lista de Precios) adjunto al presente Contrato.

8. DE LA FORMA DE PAGO 8.1 El COMISIONISTA facturará las mercancías señalando que el pago de las

mismas se realice por el cliente a la cuenta que aquel le indique, que será la Cuenta Bancaria (CUC) No. 0300000002832224 que opera nuestra Empresa en la Sucursal sita en 5ta. Avenida y Calle 92, Municipio Playa, del Banco Financiero Internacional o la Cuenta de Fiducia que a los efectos se cree.

8.2 El COMISIONISTA transferirá al COMITENTE el valor de las mercancías vendidas y cobradas según precios acordados en el Anexo No. 2 (Lista de Precios) descontando del mismo el por ciento de comisión acordado según cláusula 7.1.

8.3 Sin perjuicio de lo establecido en la cláusula 5.7, con relación a la consignación de los valores vendidos y en existencia, los pagos se realizarán dentro de los noventa (90) días siguientes a la conciliación que se realizará entre el COMITENTE y el COMISIONISTA y que se llevará a cabo en el cierre de cada mes ejecutándose los mismos mediante el instrumento de pago que se acuerde.

8.4 Los gastos bancarios en los que incurra EL COMISIONISTA para la trasferencia de los fondos del COMITENTE, serán asumidos por este último y pagados al COMISIONISTA, lo cual se hará constar en la conciliación que se realice entre ambos.

8.5 Todos los gastos incurridos por EL COMISIONISTA en el territorio nacional, asociados a la ejecución del contrato, serán descontados al COMITENTE a través de la conciliación mensual. Estos gastos, que deberán ser estimados en los casos que proceda, a partir de la experiencia y tarifas existentes para los servicios que se reciben, serán los incurridos por el COMISIONISTA hasta el almacén donde serán depositadas las mercancías y se incluirán en la ficha de costo elaborada por el COMISIONISTA, quien podrá determinar y calcular el por ciento que dichos gastos representan del valor total del contrato.

9 CRÉDITOS A LAS VENTAS 9.1 Los créditos a otorgar, se regirán por lo estipulado en los documentos

rectores de Comercio Exterior y del Banco Central de Cuba y podrán quedar determinados en atención a las características, volúmenes de venta y fiabilidad financiera de determinados clientes, lo que será sometido a concilio entre las partes y cuyos acuerdos formaran parte integrante de este contrato.

9.2 Los créditos otorgados en relación al Contrato de Consignación No. ___________y que estuviesen vigentes a la puesta en marcha del

Page 8: Índice 1. OBJETO DEL CONTRATO OBLIGACIONES DE LAS … · en consignaciÓn 1 el comitente el comisionista Índice 1. objeto del contrato 2. obligaciones de las partes: 3. lugar y

CONTRATO DE COMISIÓN PARA LA VENTA DE MERCANCÍAS EN CONSIGNACIÓN

8 EL COMITENTE EL COMISIONISTA

presente serán objeto de revisión entre las partes decidiéndose de mutuo acuerdo la vigencia de los mismos lo que pasaran a formar parte de un suplemento conforme a la Política de Créditos del año 2010.

10 DEL SEGURO DE LAS MERCANCIAS 10.1 El COMISIONISTA procurará por cuenta del COMITENTE e indicando a

este como beneficiario, una póliza de seguro contra los riesgos de pérdidas de las mercancías durante todo el tiempo del depósito en este, a través de ESICUBA.

10.2 El seguro se contratará en los términos “Contra todo riesgo” (según el clausulado del Instituto de Aseguradores de Londres) y deberá cubrir el precio de las mercancías más el 10 %.

10.3 Los gastos en que pudiera incurrir EL COMISIONISTA por concepto de primas, supervisiones u otros dimanantes del seguro de las mercancías serán asumidos por el COMITENTE.

11 DE LAS MARCAS, ENVASES Y EMBALAJES 11.1 Los aspectos relacionados con las Marcas y Embalajes son definidos en el

Anexo 5 al Contrato.

12 GARANTIA ASISTENCIA TECNICA Y SUPERVISIÓN 12.1 Las condiciones de Calidad y Garantía se definen en el Anexo 7 al presente Contrato. 13 CONDICIONES DE TRANSPORTE. 13.1 En caso de embarque y/o transbordos y/o escalas, se entenderá que

nunca tendrá lugar en territorio y/o aguas jurisdiccionales de los Estados Unidos de América.

14 NOTIFICACIONES DE EMBARQUE 14.1 El COMITENTE notificará al COMISIONISTA, por fax, correo electrónico o

teletipo que se ha efectuado el embarque de la mercancía, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes al momento de zarpar el buque o dentro de las veinticuatro (24) horas en caso de embarque aéreo.

14.2 Esta notificación deberá contener lo siguiente: • Nombre del Buque • Fecha de salida • Puerto o Aeropuerto de embarque • Denominación especifica de la mercancía • Numero del Contrato del COMISIONISTA

Page 9: Índice 1. OBJETO DEL CONTRATO OBLIGACIONES DE LAS … · en consignaciÓn 1 el comitente el comisionista Índice 1. objeto del contrato 2. obligaciones de las partes: 3. lugar y

CONTRATO DE COMISIÓN PARA LA VENTA DE MERCANCÍAS EN CONSIGNACIÓN

9 EL COMITENTE EL COMISIONISTA

• Numero del Conocimiento de embarque o la Guía Aérea. • Cantidad de bultos por cada contenedor • Cantidad total de bultos • Números de identidad de los Contenedores • Peso Neto y Bruto en kilogramos • Dimensiones en metros cúbicos • La cantidad de mercancías expresadas en la unidad especifica de medida

utilizada en el Contrato (Ejemplo: unidades, pares, cientos, metros, toneladas, kilogramos.

• Valor de la mercancía embarcada. 14.3 El COMITENTE enviará al COMISIONISTA por correo certificado dentro

de las 72 horas siguientes a la salida del buque los siguientes documentos.

• Notificación confeccionada de acuerdo al Punto 14.2 precedente. • Conocimiento de embarque o guía aérea: Juego completo de originales,

limpio a bordo, evidenciando el embarque de las mercancías al puerto o aeropuerto de La Habana, más dos copias no negociables.

• Facturas: dos ejemplares. • Lista de empaque: Dos ejemplares • Certificado de origen: Dos ejemplares o especificación en la Factura

Comercial • Certificado de calidad: dos ejemplares

14.4 En los casos de embarques aéreos, los documentos arriba indicados,

serán enviados por una vía expedita que permita al COMISIONISTA efectuar el despacho aduanero de la mercancía.

14.5 Cuando la Factura, el Conocimiento de Embarque o Guía Aérea y la notificación señalada en la cláusula 14.2 se refieran a mercancías de dos o más sub-partidas arancelarias, del Sistema Armonizado (SA), El COMITENTE detallará la mercancía por sub-partidas separadamente y la factura evidenciará, por separado, el importe del flete y el de la prima.

14.6 Queda entendido que el COMISIONISTA no podrá realizar el despacho aduanero si dichos documentos no son entregados en los plazos antes mencionados por lo que el COMITENTE deberá asumir los gastos que se deriven de dicha demora.

15 CAUSAS EXIMENTES DE RESPONSABILIDAD 15.1. Se considerarán causas de Fuerza Mayor o Caso Fortuito, aquellas

que surjan después de firmado el Contrato e impidan su cumplimiento, siempre que sean extraordinarias, inevitables e imprevisibles para LAS PARTES. La alegación de la causa de Fuerza Mayor o Caso Fortuito

Page 10: Índice 1. OBJETO DEL CONTRATO OBLIGACIONES DE LAS … · en consignaciÓn 1 el comitente el comisionista Índice 1. objeto del contrato 2. obligaciones de las partes: 3. lugar y

CONTRATO DE COMISIÓN PARA LA VENTA DE MERCANCÍAS EN CONSIGNACIÓN

10 EL COMITENTE EL COMISIONISTA

obliga a LA PARTE que lo alega a acreditar su concurrencia, y a probar la relación causa – efecto entre el incumplimiento y el hecho invocado como:

- Terremotos, ciclones, inundaciones, fuertes lluvias, tornado, marejadas o cualquier otro desastre natural.

- Guerras declaradas o no, invasión, guerra civil. Actos de enemigos extranjeros, poder militar, usurpación de poder, sabotajes, u otras acciones de similar naturaleza.

- Incendios, casos de destrucción o averías producidas de forma natural, así como los daños y perjuicios causados como consecuencia directa de la detención del siniestro.

14.2. La parte imposibilitada de cumplir por las razones antes expuestas,

notificará por escrito inmediatamente después del suceso a la otra, la existencia y duración de estas causas, las cuales deberá acreditar mediante Certificación expedida por institución competente, en el término de una semana de haber transcurrido el suceso, sin perjuicio de su obligación en efectuar cuantos actos y desembolsos fueran necesarios para minimizar o eliminar las consecuencias negativas para la otra parte y para la relación objeto del Contrato.

14.3. El período de tiempo señalado para el cumplimiento de las obligaciones

contractuales, se entenderá en dichos casos prorrogados por un período igual al de la vigencia de dichas contingencias. Si estas contingencias duraran más de 3 meses, cada una de las partes contratantes, podrá dar por terminado el Contrato, notificando por escrito a la otra parte, no teniendo ningún derecho a ser indemnizada de cualquier pérdida. La alegación de una causal de Fuerza Mayor o de Caso Fortuito no exime del cumplimiento de las obligaciones no afectadas por esta.

16 RECLAMACIONES 16.1. Las partes podrán reclamarse mutuamente por el incumplimiento de las

obligaciones contraídas. Las reclamaciones serán fundadas, exigiéndose por los siguientes conceptos:

a. El cumplimiento de la obligación incumplida. b. La reparación del daño. c. La indemnización de los perjuicios ocasionados.

Page 11: Índice 1. OBJETO DEL CONTRATO OBLIGACIONES DE LAS … · en consignaciÓn 1 el comitente el comisionista Índice 1. objeto del contrato 2. obligaciones de las partes: 3. lugar y

CONTRATO DE COMISIÓN PARA LA VENTA DE MERCANCÍAS EN CONSIGNACIÓN

11 EL COMITENTE EL COMISIONISTA

d. Penalidades. 16.2. Las reclamaciones serán presentadas vía fax o en el domicilio legal del

reclamado o por carta certificada adjuntando los documentos probatorios del incumplimiento que motivó dicha reclamación. La fecha de admisión de la carta por la Oficina Postal del país del Reclamante; del acuse de recibo o del comprobante de envío del fax, dependiendo de la forma que se utilice, será considerada como la fecha de presentación de la reclamación.

16.3. Las partes examinarán las reclamaciones, contestándolas dentro de los

____ días siguientes, contados a partir de la fecha del recibo de las mismas. De no recibirse respuesta dentro del término exigido, la parte reclamante quedará liberada para dirimir el conflicto ante la instancia competente.

16.4. El COMPRADOR presentará al VENDEDOR las reclamaciones por

calidad de las mercancías, durante el período de garantía, en un término no mayor de____ días contados a partir de la fecha en que sea detectado el defecto, rotura o inconformidad, adjuntado el informe técnico correspondiente.

16.5. El COMPRADOR presentará al VENDEDOR las reclamaciones por

cantidad de las mercancías, en un término no mayor de____ días contados a partir de la fecha en que sea detectado el faltante, adjuntando copia del acta de inspección emitido por la entidad supervisora ____________________. El COMPRADOR podrá reclamar la entrega de la parte de la mercancía no recibida o la restitución de su valor.

16.6. El COMPRADOR presentará al VENDEDOR las reclamaciones por

producto diferente del contratado, en un término no mayor de____ días contados a partir de la fecha en que sea detectada la inconformidad y dentro de los ______meses contados desde la llegada de las mercancías al lugar de destino, adjuntando copia del acta de inspección emitido por la entidad supervisara ____________________.

16.7. El COMPRADOR presentará al VENDEDOR las reclamaciones por

incumplimiento de los plazos de entrega de las mercancías, en un término no mayor de____ días contados a partir de la fecha en que debió efectuarse la entrega de los mismos.

16.8. El COMPRADOR presentará al VENDEDOR las reclamaciones por vicios

ocultos de las mercancías, hasta _____ meses posteriores al vencimiento del periodo de garantía, en un término no mayor de____ días contados a partir de la fecha de su detección.

Page 12: Índice 1. OBJETO DEL CONTRATO OBLIGACIONES DE LAS … · en consignaciÓn 1 el comitente el comisionista Índice 1. objeto del contrato 2. obligaciones de las partes: 3. lugar y

CONTRATO DE COMISIÓN PARA LA VENTA DE MERCANCÍAS EN CONSIGNACIÓN

12 EL COMITENTE EL COMISIONISTA

16.9. Los daños y perjuicios producidos por incumplimiento de

cualesquiera de las cláusulas del presente Contrato, serán siempre reclamables independientemente de las penalidades que procedan.

17 PENALIDADES 17.1 El COMITENTE garantiza al COMISIONISTA la entrega de la

documentación legal de las mercancías dentro del término legal pactado para su debida tramitación ante la Aduana General de la Republica de Cuba. En caso de incumplir con esta obligación el COMITENTE abonará al COMISIONISTA una penalidad por concepto de demora en la entrega de la documentación de las mercancías, equivalente al 1% del valor del contrato dentro de los primeros 7 días de demora, del 2% dentro de los siguientes 8 a 12 días y del 3% del valor del contrato pasados los 12 días.

El COMISIONISTA indemnizará en moneda libremente convertible al COMITENTE el costo por concepto de estadía y almacenaje, equivalente a los días de demora de entrega de la documentación contados a partir (de la fecha ETA) del arribo de la mercancía a Cuba, sin quedar exento del pago de cualquier otro cargo en que se incurriere por tales motivos, que han impedido la inmediata nacionalización de las mercancías.

17.2 El COMITENTE pagará al COMISIONISTA por incumplimiento en las

entregas una penalidad por demora en la entrega de la mercancía equivalente al 0.01% de la parte de la mercancía demorada, por cada día de demora. El importe total de la penalidad no excederá del 8% del valor de la mercancía demorada. Las cuantías a penalizar serán deducidas en las conciliaciones que se realizan mensualmente a favor del COMISIONISTA.

17.3 Si el COMITENTE incumple con el envío de las listas de empaques se verá obligado a pagar al COMISIONISTA una penalidad mínima correspondiente al 0.2% del valor de la mercancía embarcada.

17.4 En caso de que por necesidad del COMITENTE, este agrupe la mercancía

objeto del contrato con la de otros importadores, está obligado a solicitar el desagrupe de las mercancías, setenta (72) horas antes de que llegue el buque. De incumplir esta condición el COMITENTE se verá obligado a pagar al COMISIONISTA una penalidad mínima correspondiente al 0.20%

Page 13: Índice 1. OBJETO DEL CONTRATO OBLIGACIONES DE LAS … · en consignaciÓn 1 el comitente el comisionista Índice 1. objeto del contrato 2. obligaciones de las partes: 3. lugar y

CONTRATO DE COMISIÓN PARA LA VENTA DE MERCANCÍAS EN CONSIGNACIÓN

13 EL COMITENTE EL COMISIONISTA

del valor de la mercancía embarcada, por cada día de demora y le será descontado el valor del desagrupe del contenedor completo.

17.5- La aplicación de las penalidades podrá hacerse efectiva en cualquier momento a de la ejecución de este Contrato.

17.6 Las cuantías a penalizar serán deducidas en las conciliaciones que se

realizan mensualmente a favor del COMISIONISTA 18 SOLUCION DE CONFLICTOS 18.1. Las partes cumplirán el presente Contrato de buena fe. Cualquier

discrepancia que surja en su interpretación o ejecución, o los acuerdos que se deriven del mismo, serán resueltas mediante negociaciones amigables.

18.2. De fracasar las negociaciones amigables, y no arribarse a acuerdo en el

término de 30 días, las partes utilizarán los servicios de mediación comercial como forma alternativa de resolución de conflictos en la Corte Cubana de Arbitraje Comercial Internacional, de acuerdo a su Reglamento de Mediación.

18.3. De no llegar a acuerdos en la mediación, en un término de 60 días, las

diferencias, controversias o litigio entre las partes, se someterán a la Corte Cubana de Arbitraje Comercial Internacional, adjunta a la Cámara de Comercio de la República de Cuba, la que resolverá conforme a sus reglas, quedando excluida la jurisdicción ordinaria, será aplicable la ley cubana y el idioma será el español.

18.4. El fallo de la Corte Cubana de Arbitraje Comercial Internacional, será

definitivo, inapelable y de obligatorio cumplimiento para las partes. 18.5. La presentación de la discrepancia ante la Corte Cubana de Arbitraje

Internacional no será motivo para el no cumplimiento del Contrato. 19 VIGENCIA 19.4 El presente Contrato entrará en vigor una vez se apruebe por las

autoridades cubanas competentes, según establece la Ley Cubana y estará vigente por un término de tres años (3) años, contados a partir de la fecha de su firma.

20 RESOLUCION 20.1 El presente Contrato podrá ser resuelto por cualquiera de Las Partes, por

incumplimiento probado de algunas de las Cláusulas y sus Anexos que lo

Page 14: Índice 1. OBJETO DEL CONTRATO OBLIGACIONES DE LAS … · en consignaciÓn 1 el comitente el comisionista Índice 1. objeto del contrato 2. obligaciones de las partes: 3. lugar y

CONTRATO DE COMISIÓN PARA LA VENTA DE MERCANCÍAS EN CONSIGNACIÓN

14 EL COMITENTE EL COMISIONISTA

regulan, previa notificación escrita a la otra parte con no menos de treinta (30) días de antelación y con la correspondiente reclamación de indemnización de daños y perjuicios, si procediese.

20.2 Igualmente Las Partes podrán, de común acuerdo resolver el presente

Contrato previa notificación a la otra parte con no menos de treinta (30) días de antelación.

20.3 En caso de resolverse este Contrato por mutuo acuerdo las partes

determinarán la forma en que se cumplimentarán las obligaciones pendientes.

21 OTRAS CONDICIONES 21.1 Cualquier clase de enmienda hecha a cualquiera de estas cláusulas

sólo será valida en el caso de que dicha enmienda sea firmada por las partes.

21.2 Todos los gastos, incluidos gastos bancarios, impuestos, Gastos

aduanales por conceptos de desagrupe y transportación de contenedores tanto en el territorio del país del COMITENTE como país del COMISIONISTA relativo al presente contrato serán pagados por el primero.

21.3 EL COMITENTE asegura que todas las mercancías que venda al

COMISIONISTA o que se utilicen en la ejecución de este Contrato se encuentran liberadas y no sujeta a reclamación por violación de derecho de la propiedad intelectual o industrial, o de patente, marcas y otros conceptos similares, cuyo efecto pueda eventualmente perjudicar al COMISIONISTA, asumiendo EL COMITENTE las responsabilidades que pudieran derivarse de cualquier reclamación que sea promovida por terceras personas, por el uso de mercancía que no sean de dominio público.

21.4 EL COMISIONISTA se reserva el derecho de inspeccionar las mercancías

en el puerto de destino. A tal efecto el COMISIONISTA debe de notificar al COMITENTE su intención de ejercer este derecho, así como el lugar o lugares donde efectuará la inspección por si mismo o a través de la entidad supervisora o el agente que ésta designe.

21.5 A los efectos del cumplimiento de esta cláusula, anterior el

COMISIONISTA designa como su representante a CUBACONTROL.

Page 15: Índice 1. OBJETO DEL CONTRATO OBLIGACIONES DE LAS … · en consignaciÓn 1 el comitente el comisionista Índice 1. objeto del contrato 2. obligaciones de las partes: 3. lugar y

CONTRATO DE COMISIÓN PARA LA VENTA DE MERCANCÍAS EN CONSIGNACIÓN

15 EL COMITENTE EL COMISIONISTA

21.6 El COMISIONISTA deberá ejecutar el contrato con sus propios medios, y en el caso en que éstos sean propiedad del COMITENTE, deberá establecerse lo siguiente:

a) Los Activos Fijos Tangibles y los Útiles y Herramientas propiedad del COMITENTE quedarán perfectamente controlados a través de la Cuenta Memorando “Activos Fijos Tangibles no propiedad de las Entidad” y la “Útiles y Herramientas no propiedad de la entidad”, habilitadas al efecto en el Manual de Contabilidad.

b) Se registrarán por el valor real adquiridos de conocerse, o de lo contrario por el valor real de activos similares pertenecientes al COMISIONISTA. Es obligatorio para su registro contar con el acta debidamente firmada por el COMITENTE cediendo el uso del activo a la entidad.

c) Los activos anteriormente referidos tendrán un número de control e identificación. Este número no debe guardar relación con los números de inventario de los activos pertenecientes al COMISIONISTA.

d) Se elaborarán Actas de Responsabilidad Material a las personas que tengan bajo su custodia el activo en cuestión.

22 CESIÓN. 22.1 EL COMISIONISTA tiene derecho a delegar total o parcialmente el

cumplimiento de las obligaciones que se deriven de este Contrato en una tercera persona jurídica, siempre que se autorice expresamente y por escrito por EL COMITENTE, pero permanecerá responsable ante EL COMITENTE por dicho cumplimiento, como si se tratara de sus propios actos. La entidad a la que se le deleguen estos derechos y obligaciones será el SUBCOMISIONISTA, manteniendo únicamente EL COMISIONISTA la relación con EL COMITENTE. EL COMISIONISTA compartirá, en la cuantía que acuerde con el SUBCOMISIONISTA, parte del importe que por concepto de comisión hubiera convenido con EL COMITENTE. El SUBCOMISIONISTA adoptará las medidas que garanticen la custodia y conservación de las mercancías objeto del contrato, así como el control contable de las mismas, asumiendo ante EL COMISIONISTA la responsabilidad por los daños o afectaciones que sufrieran éstas.

20 CONFIDENCIALIDAD. 20.1 Reconociendo que las partes poseen cierta información confidencial y que

compartirán en el desarrollo del contrato, se comprometen a mantener en secreto y en consecuencia, no revelar a terceros bajo ningún concepto, sin el consentimiento previo por escrito de la otra parte.

Page 16: Índice 1. OBJETO DEL CONTRATO OBLIGACIONES DE LAS … · en consignaciÓn 1 el comitente el comisionista Índice 1. objeto del contrato 2. obligaciones de las partes: 3. lugar y

CONTRATO DE COMISIÓN PARA LA VENTA DE MERCANCÍAS EN CONSIGNACIÓN

16 EL COMITENTE EL COMISIONISTA

20.2 Las partes deberán asegurar que cada uno de sus directores, empleados o consultantes se comprometan a mantener la confidencialidad de la información y a regirse por los términos de esta cláusula y como si fueran partes del presente contrato. Las partes serán responsables de cualquier violación de los términos de esta cláusula por cualquiera de sus representantes.

21 USO DE LA INFORMACIÓN. 21.1 Ninguna de las partes, sin previo consentimiento escrito de la otra,

utilizará, ni directa ni indirectamente, la información en su totalidad o en parte para ningún propósito diferente que el de llevar a cabo el cumplimiento del contrato, no utilizará ni procurará utilizar la información de manera que sea o pueda ser perjudicial para el cumplimiento del contrato o de las partes. La información confidencial podrá entregarse, sin previo consentimiento, en los siguientes casos:

a. Una subsidiaria totalmente perteneciente a tal parte si es reconocida por la otra parte;

b. Toda autoridad gubernamental que tenga jurisdicción legal sobre una de las partes;

c. Instituciones bancarias y de préstamo u otras terceras partes financieras con el propósito de lograr financiamientos;

d. Especialistas y Consultantes contratados por la Parte para el cumplimiento del objeto del Contrato

21.2 Las divulgaciones permitidas en la cláusula anterior estarán sujetas a los

siguientes requerimientos:

a. La parte que divulga la información se asegurará, antes de la entrega de la información, que el receptor esté de acuerdo, mediante documento de obligatorio cumplimiento, en proteger la Información Confidencial al menos hasta el mismo alcance en que se especifica en la presente cláusula.

b. La parte que divulga la información notificará previamente a la otra Parte sobre la propuesta de divulgación de Información Confidencial.

c. Limitar la Información Confidencial a revelar a otras personas, hasta el punto razonablemente requerido para cumplir con el propósito deseado.

21.3 No obstante a lo expresado en la presente cláusula, no se considera

información Confidencial la que:

a. Sea de dominio público; b. Se requiera su divulgación debido a una orden judicial o

gubernamental válida y de obligatorio cumplimiento.

Page 17: Índice 1. OBJETO DEL CONTRATO OBLIGACIONES DE LAS … · en consignaciÓn 1 el comitente el comisionista Índice 1. objeto del contrato 2. obligaciones de las partes: 3. lugar y

CONTRATO DE COMISIÓN PARA LA VENTA DE MERCANCÍAS EN CONSIGNACIÓN

17 EL COMITENTE EL COMISIONISTA

c. Está o puede convertirse en disponible al público como resultado de la disolución de alguna de las partes.

d. Es de conocimiento del receptor, según evidencia por escrito u otras vías del receptor, sobre base no-confidencial antes de la revelación por los patrocinadores o una de las partes al Receptor.

e. El receptor recibe de una tercera parte vía libre para revelar la Información sin restricción legal, o

f. El receptor legalmente es requerido a revelar la información por una Corte, disposición gubernamental, u otro requerimiento legal, con tal que previamente a tal revelación, el receptor consulte a los patrocinadores, para la aplicación del permiso legal, según la naturaleza y propósitos de tal revelación, y que tal revelación sea limitada al mínimo necesario a fin de cumplir con tal obligación de revelación.

g. La información generada antes de la concertación del Contrato, será propiedad de la parte que la generó y las generadas por las partes en el desarrollo del mismo serán propiedad de ambas.

22 La Empresa TRANSIMPORT es una entidad constituida al amparo de la

Legislación de la República de Cuba en virtud de la cual posee personalidad jurídica y patrimonio propios, teniendo total independencia legal, económica y financiera con relación al Estado Cubano y/o cualesquiera terceras entidades de esa nacionalidad, por lo que sólo y exclusivamente responde con su patrimonio por las obligaciones que en virtud de este Contrato contrae.

Y para que así conste, se suscribe el presente Contrato en dos (2) ejemplares a un solo tenor y a un mismo efecto jurídico en La Habana, a los ____ días del mes de ______________ de 2012, siendo un ejemplar para cada parte.

Page 18: Índice 1. OBJETO DEL CONTRATO OBLIGACIONES DE LAS … · en consignaciÓn 1 el comitente el comisionista Índice 1. objeto del contrato 2. obligaciones de las partes: 3. lugar y

CONTRATO DE COMISIÓN PARA LA VENTA DE MERCANCÍAS EN CONSIGNACIÓN

18 EL COMITENTE EL COMISIONISTA

ANEXO 1 LÍNEAS DE APROVISIONAMIENTO VALORES PROPUESTOS PARA 2012 1. El valor máximo a Importar para el año 2011 es de

____________________USD “()” 2. Los valores de aprovisionamiento Máximos por Línea que se proponen para

el 2009 serán los siguientes

Línea VALOR MAXIMO MUSD

TOTAL

Page 19: Índice 1. OBJETO DEL CONTRATO OBLIGACIONES DE LAS … · en consignaciÓn 1 el comitente el comisionista Índice 1. objeto del contrato 2. obligaciones de las partes: 3. lugar y

CONTRATO DE COMISIÓN PARA LA VENTA DE MERCANCÍAS EN CONSIGNACIÓN

19 EL COMITENTE EL COMISIONISTA

ANEXO 2 LISTADO DE PRECIOS POR LINEAS Por su extensión el Listado de precios por para el 2012 se adjunta en formato digital.

Page 20: Índice 1. OBJETO DEL CONTRATO OBLIGACIONES DE LAS … · en consignaciÓn 1 el comitente el comisionista Índice 1. objeto del contrato 2. obligaciones de las partes: 3. lugar y

CONTRATO DE COMISIÓN PARA LA VENTA DE MERCANCÍAS EN CONSIGNACIÓN

20 EL COMITENTE EL COMISIONISTA

ANEXO 3 OBLIGACIONES DE LAS PARTES OBLIGACIONES DEL COMITENTE

1) EL COMITENTE se obliga a suministrarlas mercancías a los mejores precios del mercado conforme a las normas internacionales de los productores y las especificaciones técnicas, características de calidad, modelo y materiales empleados para las mismas, así como su correcto funcionamiento.

2) EL COMITENTE se obliga a presentar una vez por año la propuesta de precios por Líneas para su estudio la que será revisada y devuelta por EL COMISIONISTA en un plazo de 60 días mostrando su aceptación o desacuerdo. Sin este consentimiento el COMITENTE no podrá dar por acordado cualquier cambio en materia de precios.

3) EL COMITENTE se obliga a suministrarlas mercancías en los plazos pactados en el presente contrato.

4) EL COMITENTE se obliga a importar solo las mercancías que han sido incluidas en los Anexos del presente contrato. Excepcionalmente, en los casos en que corresponda a necesidades para dar garantía al servicio, EL COMISIONISTA autorizara Importar partes y piezas sin que estas hallan sido previamente incluidas en los anexos mencionados.

5) EL COMITENTE se obliga a mantener los inventarios dentro de los limites Mínimos y Máximos que las partes acordaron como resultado del presente contrato.

6) EL COMITENTE se obliga a resarcir al COMISIONISTA de los gastos que sean provocados por concepto de demora en almacenaje portuario o aéreo producidos por la no entrega en tiempo y forma de los documentos solicitados

7) EL COMITENTE se obliga a resarcir al COMISIONISTA de los gastos que sean provocados por concepto de demora por la no entrega en tiempo y forma de las MERCANCIAS a los clientes con algunos de los cuales existen acuerdos de penalizaciones para mantener de alta la flota en correspondencia con la demanda solicitada.

8) EL COMITENTE se obliga a no realizar ventas de los productos que conforman los anexos del presente contrato como resultado de la relación directa del comitente con los clientes

9) De acuerdo a lo estipulado en la República de Cuba el COMITENTE se abstendrá de tramitar directamente con los clientes todo lo relacionado con los pedidos y sus necesidades

10) EL COMITENTE se obliga a la confección de los documentos de embarque según se estipula por las Autoridades Aduanales de la República de Cuba los que deberán ser entregados en el tiempo previsto en este contrato.

11) EL COMITENTE se obliga a cumplir las CONDICIONES DE GARANTIA pactadas en el presente contrato así como a comunicar al

Page 21: Índice 1. OBJETO DEL CONTRATO OBLIGACIONES DE LAS … · en consignaciÓn 1 el comitente el comisionista Índice 1. objeto del contrato 2. obligaciones de las partes: 3. lugar y

CONTRATO DE COMISIÓN PARA LA VENTA DE MERCANCÍAS EN CONSIGNACIÓN

21 EL COMITENTE EL COMISIONISTA

COMISIONISTA para cada caso de embarque de equipos las CONDICIONES DE POSTVENTA que serán 21aplicadas.

12) EL COMITENTE se obliga a corregir todo vicio de funcionamiento provenientes de algún defecto en el diseño, los materiales o la fabricación a cuenta y riesgo del COMITENTE,

13) Ambas partes acuerdan que semestralmente el COMITENTE entregara al COMISIONISTA un sugerido de PPA y/o agregados de calidad certificada que sean homologables y consecuentemente intercambiables para el suministro del mercado cubano. Estos suministros podrán ser de fabricantes del país del propio productor o de otro fabricante especializado

OBLIGACIONES DEL COMISIONISTA

1) EL COMISIONISTA se obliga a depositar las mercancías recibidas en consignación, bajo condiciones de almacenamiento que aseguren su adecuada conservación, atendiendo a la naturaleza de las mercancías y observando las normas que a tal efecto sean indicadas por EL COMITENTE. En caso de no cumplimentar lo anterior el COMISIONISTA responderá por las afectaciones que por dicha causa se puedan originar

2) EL COMISIONISTA obliga Para la comercialización de las mercancías A utilizar el esquema de ventas vigente en la Unidad de Negocios CUBAPARTES adquirido por la experiencia de trabajo a través del Contrato de Administración que concluyó en Enero del 2009.

3) EL COMISIONISTA SE OBLIGA garantizar la administración de la comercialización a través del personal calificado al efecto, por tanto trabajará en cuanto al suministro, acorde a las exigencias de la demanda del mercado en interés de mantener e incrementar la Demanda actual. Para ello gestionara en todo el territorio de la República de Cuba la demanda y distribución de las partes y piezas, motores, agregados y accesorios aprobados en este contrato para los clientes de la economía nacional.

4) EL COMISIONISTA SE OBLIGA a evaluar anualmente a partir de los pedidos de los clientes los niveles de aprovisionamiento necesario para el próximo pedido (inventario MINIMO Y MAXIMO) lo que una vez puesto en conocimiento de los clientes constituirá la base para los pedidos de reaprovisionamiento a tramitar con el comitente con el tiempo de antelación que éste necesite para ponerlo en producción y tenerlo en el almacén de la Consignación disponible para la venta.

5) EL COMISIONISTA SE OBLIGA a considerar la demanda evaluada como base para los pedidos de reaprovisionamiento (las órdenes), las que sumadas, no podrán exceder la cifra aprobada para este contrato.

6) EL COMISIONISTA SE OBLIGA a recepcionar y transferir con agilidad las mercancías y a custodiar las mismas según las normas de control Interno establecidas al efecto.

Page 22: Índice 1. OBJETO DEL CONTRATO OBLIGACIONES DE LAS … · en consignaciÓn 1 el comitente el comisionista Índice 1. objeto del contrato 2. obligaciones de las partes: 3. lugar y

CONTRATO DE COMISIÓN PARA LA VENTA DE MERCANCÍAS EN CONSIGNACIÓN

22 EL COMITENTE EL COMISIONISTA

7) EL COMISIONISTA SE OBLIGA tramitar solo con el acuerdo entre las partes cualquier propuesta de distribución fuera de la unidad de Negocios de CUBAPARTES

8) EL COMISIONISTA SE OBLIGA a tramitar en el tiempo pactado en el Contrato los pagos a través de la cuenta de Fiducia que se establece al efecto.

Page 23: Índice 1. OBJETO DEL CONTRATO OBLIGACIONES DE LAS … · en consignaciÓn 1 el comitente el comisionista Índice 1. objeto del contrato 2. obligaciones de las partes: 3. lugar y

CONTRATO DE COMISIÓN PARA LA VENTA DE MERCANCÍAS EN CONSIGNACIÓN

23 EL COMITENTE EL COMISIONISTA

ANEXO No. 4 NORMAS DE EMBALAJE Y MARCAS.

1. De utilizarse envases y embalajes de madera EL COMITENTE tendrá la obligación de entregar al COMISIONISTA de conjunto con los juegos de documentos de embarque, un Original y tres copias del certificado de Fumigación y Desinfección emitido por una entidad reconocida para ello con la descripción detallada del tipo de tratamiento a que fue sometida la madera que se ha empleado en cada envase o embalaje que se utilice en la paletización de las mercancías importadas en virtud de la presente contratación según lo aprobado por la NIMF-15/FAO. En su defecto se deberá certificar en uno de los documentos de embarque que el envase y embalaje ha sido previamente objeto de desinfección.

2. Los envases y embalajes de madera utilizados deberán estar provistos visiblemente de la marca reconocida internacionalmente que demuestre que estos han tenido tratamiento fitosanitario conforme lo establecido en la referida Norma NIMF-15/FAO, dicha marca estará al menos en dos lados opuestos de cada envase y/o embalaje de madera empleado.

3. El COMITENTE asumirá los riesgos y costos que pudiera sufrir la mercancía contratada si a la llegada de estas a los puertos y aeropuertos de Cuba no cumple con lo expresado en el párrafo anterior y por este incumplimiento se sea sometida a alguna medida fitosanitaria por las autoridades cubanas, tales como rechazo, destrucción u otra de las previstas por el Centro Nacional de Sanidad Vegetal de la República de Cuba; igualmente parara por concepto daños o perjuicios al EL COMISIONISTA si este fuera impuesto de una multa por la detección de plagas.

4. Las cajas deberán venir marcadas por el frente con los siguientes datos: • (- Piezas de repuestos y/o Rodamientos y/o Equipos de Garaje y/o Motores

y/o Herramientas Especiales) • Numero de Contrato 03-08-4231-215-5445 • -TRANSIMPORT- HABANA • El numero de bultos • Los pesos neto y bruto en kilogramos • Dimensiones de las cajas en centímetros • Marcas especiales (preventivas), según la naturaleza de las mercancías. • País de origen: • Puerto / Aeropuerto de destino.

5. Las piezas se suministrarán debidamente protegidas contra la corrosión y la humedad con vista a contrarrestar los efectos del clima del país del COMITENTE que es tropical y salitroso.

6. En general todas las piezas se suministrarán en cajas de madera lo suficientemente fuertes para la manipulación por vía marítima, deberán estar clavadas y flejadas para que resistan el peso de su contenido, el cual en ninguno de los casos excederá de 2 TM y de forma tal que puedan estibarse hasta 5 una encima de la otra; en el fondo de las cajas se colocarán viguetas

Page 24: Índice 1. OBJETO DEL CONTRATO OBLIGACIONES DE LAS … · en consignaciÓn 1 el comitente el comisionista Índice 1. objeto del contrato 2. obligaciones de las partes: 3. lugar y

CONTRATO DE COMISIÓN PARA LA VENTA DE MERCANCÍAS EN CONSIGNACIÓN

24 EL COMITENTE EL COMISIONISTA

de madera que permitan la entrada de las uñas del montacargas (Carretillas elevadoras)

7. En cuanto a la protección de las piezas se tomarán las siguientes medidas: • Las partes eléctricas se suministrarán en sobres de nylon cerrados

herméticamente, preferiblemente de forma individual salvo en aquellas piezas pequeñas que se suministran en cantidades nominales de 10, 20, 50, etc.... Deberán ser protegidas por productos químicos que disminuyan la humedad.

• Piezas que tendrán las superficies recubiertas con pinturas y esmaltes, parcial o totalmente, aplicándoles grasas o aceites de conservación en las partes no pintadas. Ejemplo: Cárter, bancada, cuerpo de caja de velocidad, cárter de distribución, muelles, chasis, etc.

• Piezas que tienen superficies maquinadas, que requieren mayor protección contra la corrosión y la deformación, sus superficies se recubrirán con grasas o aceites de conservación con aditivos anticorrosivos, completando la hermeticidad con cintas adhesivas. Ejemplo: Bielas, rueda dentada, balancines, cilindros de freno, cigüeñales, etc.

• Partes y piezas que se conservarán parcialmente con aceites de conservación y/o tendrán determinadas partes hermetizadas con cintas adhesivas Ejemplo: Disco de embrague, válvulas hidráulicas y neumáticas ensambladas, cilindros de freno ensamblados, cilindros de volteo, etc.

• Piezas que se conservan con aceites o grasas de conservación, recubiertas con papel parafinado o fundas de nylon, envases herméticos que puedan o no llevar sustancias que absorban la humedad, como silicagel. Ejemplo: Aros, cojinetes, distribuidores, bombas de gasolina, partes eléctricas como reguladores de voltaje, bobinas de encendido, platino, etc.

8. Cada caja de madera llevará una bolsa plástica o de nylon que contenga el conjunto de las piezas de forma tal que se evite la penetración del agua y en dicha bolsa se colocarán los productos químicos necesarios para disminuir la humedad.

9. Todas aquellas piezas o productos que sus extremos sean estriados o con roscas, deberán protegerse para evitar que se dañe la rosca o las partes débiles, contra los golpes.

10. Las piezas deberán venir identificadas con su número que será el mismo que aparezca en las especificaciones del contrato y en la Lista de Empaque.

11. Cada caja deberá traer dentro una Lista de Empaque y otra fijada al costado de la misma, protegida con una chapa de metal y un sobre de nylon que la resguarde contra la inclemencia del tiempo. Cuando sea atado, el COMITENTE buscará la forma que estas Listas de empaque no se desprendan en la travesía y/o manipulación de la mercancía

Page 25: Índice 1. OBJETO DEL CONTRATO OBLIGACIONES DE LAS … · en consignaciÓn 1 el comitente el comisionista Índice 1. objeto del contrato 2. obligaciones de las partes: 3. lugar y

CONTRATO DE COMISIÓN PARA LA VENTA DE MERCANCÍAS EN CONSIGNACIÓN

25 EL COMITENTE EL COMISIONISTA

12. Cuando sean atados de ballestas, muelles y hojas, es rigurosamente exigido que vengan de la siguiente forma: • Ballestas, muelles y hojas descansando en columna en posición horizontal

sobre gruesos listones de madera de aprox. 8 cm. • Otros listones de igual grueso deberán ser montados en la parte superior

del atado y unidos entre sí por barras roscadas con sus correspondientes tuercas. Las columnas de piezas, para ocupar altura deben ser separadas también por listones de madera para evitar todo movimiento. Este punto se exigirá cuando no se especifique otro tipo de embalaje en el contrato, o tradicionalmente vengan embalados en cajas de madera.

13. Las llantas deben venir debidamente paletizadas y en cantidades que no excedan de 12.

14. En el caso de material frágil (cristales), juntas de caucho, etc., las piezas deben ser protegidas en cajas pequeñas, dentro de otras de madera más grandes, si el material contratado es de mucho volumen, se tomarán las medidas indicadas para evitar la afectación de la mercancía.

15. Cuando se trate de embalajes para cristales, parabrisas, ventanas y puertas, las cajas que éstos, deben traer en sus tapas superiores e inferiores vigas ranuradas permitiendo que cada cristal le corresponda una ranura además interiormente entre cristal y cristal deben protegerse con paja, papel corrugado, poliespuma, etc. Estas cajas deben venir marcadas en su exterior acorde a las normas internacionales y la cantidad no exceder de diez (10).

16. Cuando se trate de Motores, Equipos de garaje, Rodamientos y otros que lo requiera, antes del empaque deberán ser lubricados y engrasados, cuidando siempre de acondicionarlos debidamente y protegerlos contra golpeaduras, menoscabos, daños por agua de mar y corrosión.

17. Las posiciones contratadas deben ser embaladas en cajas individuales, salvo que las cantidades contratadas no cubran el espacio de la medida de la variante más pequeña prevista en el anexo de embalaje. En ningún caso la cantidad de posiciones en una caja excederá de 15.

18. El incumplimiento de los puntos aquí indicados, conllevará una indemnización del 1% sobre el valor factura del embarque, en compensación a los gastos que incurra TRANSIMPORT por concepto de extracción del recinto portuario, por mal marcaje, clasificación en los almacenes, etc.

19. En caso de embarques en contenedores el embalaje de las mercancías no podrá ser modificado.

Page 26: Índice 1. OBJETO DEL CONTRATO OBLIGACIONES DE LAS … · en consignaciÓn 1 el comitente el comisionista Índice 1. objeto del contrato 2. obligaciones de las partes: 3. lugar y

CONTRATO DE COMISIÓN PARA LA VENTA DE MERCANCÍAS EN CONSIGNACIÓN

26 EL COMITENTE EL COMISIONISTA

ANEXO No. 5 CLÁUSULA DE EMBARQUES EN CONTENEDORES

Ambas partes acuerdan el embarque de las mercancías contratadas en contenedores, en la medida que ello será materialmente posible y de acuerdo a las características y dimensiones de las mismas, en base a las siguientes condiciones: 1- EL COMITENTE al notificar la disponibilidad de la carga al COMISIONISTA se ajustará a que la carga pueda ser transportada en contenedores de 20 y/o 40 pies, que son las medidas mínimas de los contenedores utilizado en el tráfico cubano. Así mismo, deberá indicar el lugar donde estarán depositadas las mercancías notificadas como disponibles. 2- En caso de las cargas F.C.L (Full Conteiner Load), serán responsabilidades del COMITENTE además de las señaladas en el epígrafe 1 las siguientes: 2.1- Llenar adecuadamente los contenedores en su almacén, sellarlos y

entregarlos, por su cuenta y riesgo. 2.2- Rembolsar el falso flete al COMISIONISTA en caso de que los

contenedores sean utilizados en peso o medidas por debajo del 90% de la capacidad, en términos de peso o volumen.

2.3- Indemnizar al COMISIONISTA, por cualquier faltante o avería resultante de una mala estiba de la carga dentro del contenedor, deficiencias en el embalaje, o cualquier otro daño o perjuicio atribuido al COMITENTE, o a sus agentes, siempre y cuando al recibirse el contenedor lleno en los almacenes del COMISIONISTA, el sello puesto en el almacén de origen, no haya sido violado en forma alguna.

2.4- Colocar en algún lugar visible, protegido y asequible las listas de empaque (PACKING LIST) relativas a las cajas, guacales y otros bultos cargados dentro del contenedor, así como su contenido correspondiente.

3- En el caso de las cargas L.C.L (Less Than Full Container Load), será responsabilidad del COMITENTE, además de las señaladas en el epígrafe 1, las siguientes: 3.1- Entregar por su cuenta y riesgo, las mercancías objeto del presente

Contrato, en el centro de agrupamiento de cargas contenerizables. 3.2- Adherir a cada uno de los bultos, cajas o guacales a cargar en el

contenedor, las listas de empaque (Packing List) correspondientes, protegiéndolos adecuadamente.

Page 27: Índice 1. OBJETO DEL CONTRATO OBLIGACIONES DE LAS … · en consignaciÓn 1 el comitente el comisionista Índice 1. objeto del contrato 2. obligaciones de las partes: 3. lugar y

CONTRATO DE COMISIÓN PARA LA VENTA DE MERCANCÍAS EN CONSIGNACIÓN

27 EL COMITENTE EL COMISIONISTA

ANEXO 6 CONDICIONES DE GARANTIA 1 EL COMITENTE garantiza que las mercancías serán nuevas, así como

garantiza la calidad y la fabricación de las mismas, de la de las materias primas y mano de obra empleadas en su producción y su correspondencia con las especificaciones del CONTRATO, así como que constituyen las soluciones técnicas adecuadas e índices de eficiencia comprobados, para el cumplimiento de sus obligaciones, incluidos el de los parámetros técnicos operacionales a garantizar a que hacen referencia los MOTORES objeto del CONTRATO.

1.1 EL COMITENTE garantiza que la documentación técnica, a entregar al COMISIONISTA, para el cumplimiento del objeto del presente CONTRATO, contendrá toda la información necesaria para el montaje, el ajuste, las instrucciones de almacenaje y de puesta en marcha, así como los catálogos, especificaciones, planos, diseños e instrucciones, para la correcta remotorización, el correcto funcionamiento, mantenimiento y reparaciones de las mercancías objeto del CONTRATO, que permitan al COMISIONISTA un uso final idóneo de acuerdo a su naturaleza, sin que el COMISIONISTA tenga necesidad de recurrir a otras fuentes de información que no sean las del COMITENTE.ooo0

2 Período de Garantía:

2.1 Las mercancías objeto del CONTRATO, a menos convenido de otra manera en el presente CONTRATO, son garantizados por COMITENTE contra cualquier defecto de materiales y/o de fabricación, como sigue:

2.1.1 Para los motores a que hace referencia el Anexo No. 1 del presente CONTRATO, durante 12 (doce) meses y/o 100,000 km lo que ocurra primero, contados a partir de la fecha de Puesta en Marcha de los motores, una vez instalados y montados en las aplicaciones de remotorización objeto del presente contrato; y no deberá excederse de los primeros 18 (diez y ocho) meses contados a partir de la fecha de conocimiento de embarque (B/L):

2.1.1.1 Esta garantía abarca los agregados de motor (motor de arranque, alternador, bomba de agua, bomba de inyección, compresores, turbocompresores y bomba de vacío); así como los recambios, equipamientos de reparación de motor y herramientas especiales a que hace referencia el presente CONTRATO; contados a partir de la

Page 28: Índice 1. OBJETO DEL CONTRATO OBLIGACIONES DE LAS … · en consignaciÓn 1 el comitente el comisionista Índice 1. objeto del contrato 2. obligaciones de las partes: 3. lugar y

CONTRATO DE COMISIÓN PARA LA VENTA DE MERCANCÍAS EN CONSIGNACIÓN

28 EL COMITENTE EL COMISIONISTA

puesta en marcha siempre y cuando se demuestre que la rotura reclamada por garantía, es debido a defecto de fabricación;

2.1.1.2 De igual forma, las piezas plásticas, de goma, material gastable como filtros, mangueras, correas, entre otros objeto del presente contrato, serán cubiertas por la garantía otorgada por el fabricante de hasta 12 (doce) meses, contados a partir de la puesta en marcha siempre y cuando se demuestre que la rotura reclamada por garantía, es debido a defecto de fabricación;

2.1.1.3 Los números de serie, número de VIN, año de fabricación, especificando potencia, torque y número de cilindros de los motores deberán estar consignados en los documentos de embarque;

2.1.1.4 La fecha de la puesta en marcha y de inicio del período de garantía de cada motor deberá ser consignada en los documentos de embarque (Manual del Propietario) de cada motor firmados por COMITENTE y EL COMISIONISTA en el momento de la entrega al cliente final en el país del COMISIONISTA.

2.1.1.5 El COMITENTE garantiza el cumplimiento de los parámetros técnicos de los motores, garantizados según los Anexo 3.1 AL 3.8 (MASTER PRICE) del presente CONTRATO.

2.1.1.6 Para los Recambios en Garantía en depósito en los almacenes del COMISIONISTA, EL COMITENTE otorga los mismos términos de garantía a que hace referencia el presente contrato.

2.2 Si las mercancías resultaren total o parcialmente defectuosas durante el período de garantía, el COMITENTE a opción del COMISIONISTA, y sin costo adicional para este, viene obligado a rembolsar el importe de lo pagado por ella o a sustituir o repararlas.

3 Condiciones comunes a las cláusulas 1 y 2 de arriba mencionadas

3.1 EL COMITENTE se obliga a remediar todos los defectos que ocurran durante el período de garantía.

3.1.1 El levantamiento de esta demanda o reclamación por garantía, o defecto particular será levantada previa notificación escrita del COMISIONISTA de que tal defecto se ha remediado. Dicha renuncia de reclamación permanecerá en vigor hasta 180 (ciento ochenta) días naturales después del recibo por escrito de esta declaración del COMISIONISTA, de que el defecto se ha remediado o que el defecto no existe.

Page 29: Índice 1. OBJETO DEL CONTRATO OBLIGACIONES DE LAS … · en consignaciÓn 1 el comitente el comisionista Índice 1. objeto del contrato 2. obligaciones de las partes: 3. lugar y

CONTRATO DE COMISIÓN PARA LA VENTA DE MERCANCÍAS EN CONSIGNACIÓN

29 EL COMITENTE EL COMISIONISTA

3.2 Las piezas de repuesto o las renovadas en garantía, quedan garantizadas en los mismos términos y condiciones que las mercancías originales y por un nuevo período de garantía, se prorroga solamente por el tiempo en que la mercancía haya estado inmovilizada como consecuencia del defecto descubierto.

3.3 EL COMISIONISTA puede exigir el remedio (reparación o reemplazo) para cualquier defecto; el remedio que constituya el menor cargo económico para EL COMITENTE deberá tener prioridad, demostrando al COMISIONISTA, que la opción escogida proporciona un remedio perfecto para el defecto y que el cronograma y requerimientos del COMISIONISTA no sean alterados.

3.4 Cuando sea requerido por EL COMISIONISTA que EL COMITENTE lleve a cabo la resolución del defecto, EL COMITENTE realizará el mismo sin retraso alguno, y en un plazo no mayor a siete (7) días naturales contados a partir de la fecha de recibo de la reclamación por garantía por parte del COMISIONISTA.

3.5 En el período de garantía, los gastos de desmontaje y montaje, serán a opción del COMISIONISTA, el realizarlos en sus propios talleres, con sus equipos y herramientas empleando mano de obra entrenada y capacitada debidamente reconocida por EL COMITENTE, según plan establecido de común acuerdo, si EL COMITENTE no actúa inmediatamente al presentarle la reclamación por garantía para remediar el defecto.

3.5.1 EL COMITENTE deberá, en caso de reclamación por garantía, ser responsable y asumir a su costo, todos los costos resultantes del examen, así como los asociados a desmontaje y ensamblaje, la mano de obra y materiales utilizados, el transporte y cualquier otro costo por el envío de las piezas defectuosas y su reemplazo desde y hasta el lugar del reemplazo, en cualquier lugar en donde se encuentren los vehículos y/o piezas en garantía.

3.5.1.1 Para el resarcimiento de los gastos en que incurra EL COMISIONISTA,

por concepto de mano de obra, EL COMITENTE pagará al COMISIONISTA por la mano de obra empleada en la eliminación del defecto a razón de USD 4, 00 (cuatro DÓLARES ESTADOUNIDENSES) por hombre/hora, de acuerdo con las pautas de tiempo (tempario de tiempo del fabricante) previstas por EL COMITENTE.

Page 30: Índice 1. OBJETO DEL CONTRATO OBLIGACIONES DE LAS … · en consignaciÓn 1 el comitente el comisionista Índice 1. objeto del contrato 2. obligaciones de las partes: 3. lugar y

CONTRATO DE COMISIÓN PARA LA VENTA DE MERCANCÍAS EN CONSIGNACIÓN

30 EL COMITENTE EL COMISIONISTA

3.6 En caso de que EL COMISIONISTA detectara durante el plazo de garantía, en los elementos no posibles de ser inspeccionados durante la entrega final, que los mismos no corresponden con las especificaciones técnicas estipuladas en el CONTRATO, EL COMISIONISTA tendrá el derecho de solicitar al COMITENTE la sustitución de dichos elementos por otros que tengan las características técnicas acordadas en el Contrato, sin costo para EL COMISIONISTA. Se tomará como plazo límite de esta opción, los primeros 180 (ciento ochenta) días naturales posteriores a la fecha de puesta en marcha de los motores objeto del Contrato.

3.7 Los trabajos de mantenimiento y/o servicios obligatorios de inspección, según las manuales de operación y mantenimiento del fabricante, especificados en la documentación técnica, serán por cuenta del COMITENTE.

3.8 EL COMISIONISTA por concepto de garantía podrá optar a su elección

por la satisfacción de la misma, de acuerdo con las siguientes normas:

3.8.1 EL COMITENTE llevará un estado de cuenta a favor del COMISIONISTA donde acredite el valor de las piezas y mano de obra por concepto de garantía;

3.8.1.1 EL COMITENTE satisfaga la reclamación con piezas y/o agregados que solicite EL COMISIONISTA.

3.8.2 Todos los trámites de garantía serán efectuados por EL COMISIONISTA directamente con EL COMITENTE, a través del Centro de Recepción de Reclamaciones de Calidad a que hace referencia el presente Contrato.

4 Paralizaciones y/o Defectos de Fabricación.

4.1.1 El tiempo de paralización de un motor, por concepto de garantía, por demora en el envío y/o reemplazo por parte del COMITENTE de la pieza o componente en garantía solicitada por EL COMISIONISTA, será añadido al período de garantía, siempre que este sea mayor a diez (10) días naturales, y esté debidamente aprobado por el técnico del COMITENTE.

4.1.1.1 EL COMITENTE velará por observar la rotación a tiempo, de los recambios en garantía que mantenga a su cargo, en los almacenes del COMISIONISTA, de manera que prevalezca el mínimo plazo para la disponibilidad del recambio por parte del COMISIONISTA, sin mayores afectaciones para la debida explotación de las mercancías objeto del contrato.

Page 31: Índice 1. OBJETO DEL CONTRATO OBLIGACIONES DE LAS … · en consignaciÓn 1 el comitente el comisionista Índice 1. objeto del contrato 2. obligaciones de las partes: 3. lugar y

CONTRATO DE COMISIÓN PARA LA VENTA DE MERCANCÍAS EN CONSIGNACIÓN

31 EL COMITENTE EL COMISIONISTA

4.1.1.2 No obstante, lo anterior, cuando en los almacenes en depósito por garantía a cuenta del COMITENTE no exista la pieza para resolver problemas de roturas inusuales – no previstas por EL COMITENTE durante el período de suministros, EL COMITENTE deberá enviarlas de inmediato por vía aérea a su cargo, contando con plazo no mayor a 20 (veinte) días naturales, contados a partir de la fecha remisión del Reporte de Reclamación por garantía emitido por EL COMISIONISTA. De extenderse este plazo de entrega, Las Partes acuerdan extender el plazo de garantía en igual período transcurrido hasta la resolución de la reclamación por garantía.

4.1.2 En caso de que al menos uno de los motores objeto del contrato, durante el período de garantía estuviera paralizado por más de diez (10) días naturales contados a partir del acuse de recibo por EL COMITENTE del reporte de Reclamación por Garantía, por no haber garantizado EL COMITENTE el suministro, en ese período, del componente y/o pieza en garantía necesario para su restablecimiento técnico, EL COMITENTE pagará al COMISIONISTA una cuota de penalidad ascendente a USD 10.00 por cada día natural que el motor no pueda ser explotado, contados a partir de los veinte (20) días naturales otorgados como gracia al COMITENTE para su restablecimiento lo que será deducido a través de las conciliaciones de la cuenta de fiducia.

4.2 Se considera defecto masivo, cuando el mismo defecto es repetitivo en al menos el diez por ciento (10 %) por modelo de motor suministrado y objeto del CONTRATO. En este caso EL COMITENTE, a su cuenta, estará obligado a sustituir la parte o agregados en su totalidad según modelo de motor afectado, en un plazo no mayor a veinte (20) días naturales, viéndose obligado a reponer la pieza y/o componentes por otra de calidad adecuada para la totalidad, entiéndase por ello en el 100% de los motores suministrados, otorgando debidamente el nuevo número de pieza o código, así mismo repondrá las que se encuentren en existencia en los almacenes del COMISIONISTA y/o en el almacenes de depósito de recambios en garantía a cuenta del COMITENTE.

4.2.1 EL COMITENTE pagará una penalidad por sobrepasar el valor técnico garantizado de consumo específico de combustible gr./Kwh. de los motores objeto del contrato, a que hacen referencia el Anexo No. 2 (Lista de Precios). Si esta variación superara el 5% (cinco por ciento) del consumo específico de combustible, se considerará reclamable por garantía el motor, procediéndose su reemplazo por parte EL COMITENTE, sin costo alguno al COMISIONISTA.

Page 32: Índice 1. OBJETO DEL CONTRATO OBLIGACIONES DE LAS … · en consignaciÓn 1 el comitente el comisionista Índice 1. objeto del contrato 2. obligaciones de las partes: 3. lugar y

CONTRATO DE COMISIÓN PARA LA VENTA DE MERCANCÍAS EN CONSIGNACIÓN

32 EL COMITENTE EL COMISIONISTA

4.2.2 Las pruebas de consumo específico de combustible, se realizarán a cuenta del COMISIONISTA, cuyos resultados serán reclamables según se estipula en el presente CONTRATO, y solamente si tuviesen lugar durante el período de garantía y en presencia del personal técnico del COMITENTE y/o su distribuidor oficial en Cuba.

4.3 EL COMISIONISTA puede reclamar al COMITENTE, por los vicios ocultos que aparezcan en el período de garantía, y después de transcurrido este período, hasta (90) noventa días naturales después de vencido el período de garantía establecido.

5 La garantía cesará en los siguientes casos: 5.1 Si las mercancías suministradas fueran alterados por cualquier persona o

empresa, cualquiera que sea su calificación técnica, sin previa autorización escrita del COMITENTE, o si la alteración por cualquier forma, sea diversa o exceda lo que haya sido autorizado.

5.2 Si hubiere montaje de componentes y piezas no genuinos por parte del COMISIONISTA y los daños reclamados tuvieran relación directa o indirecta con el montaje referido.

5.3 La aplicación por EL COMISIONISTA de cualquier modificación o instalación de algún agregado en motor sin previa autorización escrita del COMITENTE.

5.4 Si no fuesen observadas las instrucciones de fábrica en cuanto a la finalidad, uso, empleo, manejo, y guía de lubricación y/o combustibles especificados por EL COMITENTE para las mercancías objeto del Contrato. Por la no-ejecución en tiempo hábil de todas y/o cualesquiera de las revisiones o mantenimiento prescritas en los Manuales de Mantenimiento y Ciclos de mantenimiento y Reparación especificados por el fabricante.

5.5 Quedarán excluidos de la garantía los componentes y piezas que presenten desgaste y averías debido a almacenaje o transporte inadecuados o realizados negligentemente por EL COMISIONISTA.

5.6 Esta garantía no cubrirá a ningún motor que haya sido transformado, modificado o equipado con partes, piezas y accesorios no homologados por el fabricante; o sometido a maltrato, por negligencia o inmovilización del motor; por daños ocasionados por accidentes, fenómenos naturales, impactos, sustancias químicas, residuos animales o vegetales; así como sometido a velocidades superiores a las especificadas por el fabricante o para con los repuestos de rápido desgaste.

6 EL COMITENTE, garantiza que mientras se encuentren en explotación las mercancías objeto del contrato, a petición del COMISIONISTA y en las condiciones que en cada caso se acuerden:

Page 33: Índice 1. OBJETO DEL CONTRATO OBLIGACIONES DE LAS … · en consignaciÓn 1 el comitente el comisionista Índice 1. objeto del contrato 2. obligaciones de las partes: 3. lugar y

CONTRATO DE COMISIÓN PARA LA VENTA DE MERCANCÍAS EN CONSIGNACIÓN

33 EL COMITENTE EL COMISIONISTA

6.1 El suministro y venta de las piezas de repuestos para los motores adquiridos bajo el presente CONTRATO, otorgando un descuento del 3% a favor del COMISIONISTA por debajo de su precio de lista (entiéndase por ellos Máster Price según modelo de motor) ;

6.2 El envío de los técnicos del COMITENTE, al país del COMISIONISTA, para realizar los trabajos de reparación, mantenimiento y modificaciones que requieran las mercancías objeto del Contrato;

6.3 La entrega de la información y/o documentación técnica, que requiera EL COMISIONISTA, que le permita mantenerse actualizado y actuar prudentemente para el mejor uso, mantenimiento y explotación de las mercancías objeto del presente CONTRATO.

7 EL COMITENTE entregará al COMISIONISTA, 30 días anteriores a la firma del Contrato,(enmienda ó suplemento) la Lista Oficial de Precios, la que será revisada por el COMISIONISTA y con el acuerdo entre las partes formara parte integrante del contrato; esta lista tendrá una vigencia de un (1) año fiscal, contados a partir de la entrada en vigor del CONTRATO.

8 En caso de que EL COMITENTE decidiera descontinuar la fabricación de los motores objeto del presente CONTRATO, se obliga a garantizar por un término de 10 (diez) años a partir de la fecha de fabricación de los motores el suministro de las piezas y componentes de los mismos. EL COMITENTE, tendrá el derecho de sustituir a sus proveedores y el diseño de piezas siempre y cuando sean intercambiables.

8.1 Transcurrido los plazos precedentemente establecidos, EL COMITENTE podrá atender eventuales pedidos del COMISIONISTA hasta tanto existan disponibilidades en sus depósitos.

9 Si para lograr las garantías contractuales establecidas en el objeto del

presente CONTRATO, faltasen suministros, documentación técnica y los servicios especificados a cargo del COMITENTE, éste entregara a su cuenta y cargo los suministros, documentación técnica y los servicios que resulten necesarios para tal fin. Las condiciones de la entrega se acordarán entre Las Partes.

10 EL COMITENTE será responsable por cada título defectivo e infracción de los derechos de propietario de terceras partes e indemnizará al COMISIONISTA, ante cualquier daño y/o perjuicios que le haya ocasionado ante terceras partes, por el incumplimiento de sus obligaciones como COMITENTE y garante de las mercancías objeto del

Page 34: Índice 1. OBJETO DEL CONTRATO OBLIGACIONES DE LAS … · en consignaciÓn 1 el comitente el comisionista Índice 1. objeto del contrato 2. obligaciones de las partes: 3. lugar y

CONTRATO DE COMISIÓN PARA LA VENTA DE MERCANCÍAS EN CONSIGNACIÓN

34 EL COMITENTE EL COMISIONISTA

presente CONTATO, independientemente de cualquier conocimiento que EL COMISIONISTA pueda tener sobre eso.

10.1 EL COMITENTE no será responsable por la infracción de derechos de

propietario, si es causado por daños ocasionados por EL COMISIONISTA.

11 Las garantías del COMITENTE serán valederas, siempre y cuando EL COMISIONISTA cumpla con las instrucciones de operación y recomendaciones del Manual de Mantenimiento, que establece el sistema de garantía del fabricante y/o EL COMITENTE, para las mercancías objeto del presente CONTRATO.

12 Calidad

12.1 EL COMITENTE se responsabiliza con la calidad de las mercancías acorde a las especificaciones pactada para cada una de ellas en los Anexos al presente Contrato y con las cuales deben concordar los resultados que se obtengan de la supervisión.

12.2 Las consecuencias económicas que se deriven por incumplimiento de las especificaciones de calidad, serán asumidas por el COMITENTE.

12.3 Las mercancías objeto de este contrato deben ser entregadas por el COMITENTE conformes a las normas o especificaciones técnicas, características de calidad, modelo o muestras y particularidades que se estipulan en los Anexos a este contrato, respondiendo al efecto por la construcción, materiales y manufactura empleados en la fabricación de las mismas, así como de su correcto funcionamiento

12.4 El COMITENTE solicitará por escrito la presencia del COMISIONISTA o el Representante que el mismo designe para la supervisión de la mercancía en la apertura de los contenedores. De existir demora o incumplimiento por falta de la presentación del COMITENTE, dicho gasto será asumido y deducido de las liquidaciones y pagos mensuales que se le efectúen, previa conciliación de las Partes.

12.5 Ambas partes acuerdan que semestralmente el COMITENTE entregara al COMISIONISTA un sugerido de PPA y/o agregados de calidad certificada que sean homologables y consecuentemente intercambiables para el suministro del mercado cubano. Estos suministros podrán ser de fabricantes del país del propio productor o de otro fabricante especializado.