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    LIBRO: CTR. CONSTRUCCIN TEMA: CAR. Carreteras PARTE: 1. CONCEPTOS DE OBRA TTULO: 01. Terraceras

    CAPTULO: 005. Excavacin para Canales

    A. CONTENIDO

    Esta Norma contiene los aspectos a considerar en la excavacin de canales en terraceras, para carreteras de nueva construccin.

    B. DEFINICIN

    Los canales son excavaciones ejecutadas a cielo abierto, con objeto de formar la seccin de cauces artificiales o para la rectificacin de cauces naturales, que capten los escurrimientos y desalojen el agua hacia las alcantarillas, a una caada inmediata o a una parte baja del terreno, en un sitio donde no haga dao a la carretera o a terceros.

    C. REFERENCIAS

    Esta Norma se complementa con las siguientes:

    NORMAS DESIGNACIN

    Ejecucin de Obras .. NLEG3 Desmonte NCTRCAR101001 Despalme NCTRCAR101002 Afinamiento ........... NCTRCAR101006 Acarreos .. NCTRCAR101013

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    D. MATERIALES

    Si para ejecutar la excavacin para canales se requiere el uso de explosivos y artificios, el Contratista de Obra debe obtener los permisos para su adquisicin, traslado, manejo, almacenamiento y utilizacin, conforme a los requerimientos de la Secretara de la Defensa Nacional, siendo estas actividades responsabilidad exclusiva del Contratista de Obra, conforme a lo indicado en el Inciso D.4.23. de la Norma NLEG3, Ejecucin de Obras, considerando que:

    D.1. Los polvorines para el almacenamiento de los explosivos y sus accesorios, cumplirn con los lineamientos establecidos por la Secretara de la Defensa Nacional.

    D.2. Slo se transportarn del polvorn al sitio de su utilizacin, los explosivos y artificios que se vayan a detonar cada vez. Los explosivos se transportarn en vehculos diferentes a los que se utilicen para los artificios y se depositarn separadamente en el sitio de su utilizacin.

    D.3. El manejo de los explosivos se har con todos los cuidados necesarios que garanticen la seguridad del personal y la integridad de la obra.

    E. EQUIPO

    El equipo que se utilice en la excavacin de canales, ser el adecuado para obtener la calidad especificada en el proyecto, en cantidad suficiente para producir el volumen establecido en el programa de ejecucin detallado por concepto y ubicacin, conforme al programa de utilizacin de maquinaria, siendo responsabilidad del Contratista de Obra su seleccin. Dicho equipo ser mantenido en ptimas condiciones de operacin durante el tiempo que dure la obra y ser operado por personal capacitado. Si en la ejecucin del trabajo y a juicio de la Secretara, el equipo presenta deficiencias o no produce los resultados esperados, se suspender inmediatamente el trabajo en tanto que el Contratista de Obra corrija las deficiencias, lo reemplace o sustituya al operador. Los atrasos en el programa de ejecucin, que por este motivo se ocasionen, sern imputables al Contratista de Obra.

    F. TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO

    Los residuos producto de la excavacin se cargarn y transportarn al sitio o banco de desperdicios que indique el proyecto o que apruebe la

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    Secretara. Cuando se trate de materiales que no vayan a ser aprovechados posteriormente y que hayan sido depositados en un almacn temporal, sern trasladados al banco de desperdicios lo ms pronto posible. El transporte y disposicin de los residuos se sujetarn, en lo que corresponda, a las leyes y reglamentos de proteccin ecolgica vigentes, considerando lo establecido en la Norma NCTRCAR101013, Acarreos.

    G. EJECUCIN

    G.1. CONSIDERACIONES GENERALES

    Para la excavacin de canales se considerar lo sealado en la Clusula D. de la Norma NLEG3, Ejecucin de Obras.

    G.2. CLASIFICACIN DEL MATERIAL

    Cuando la obra se contrate a precios unitarios por unidad de obra terminada, no se clasificar el material por excavar, siendo esto responsabilidad exclusiva del Contratista de Obra.

    G.3. TRABAJOS PREVIOS

    G.3.1. Desmonte

    Previo al inicio de los trabajos, la zona por excavar estar debidamente desmontada, considerando lo sealado en la Norma NCTRCAR101001, Desmonte.

    G.3.2. Delimitacin de la zona de excavacin

    Una vez terminado el desmonte se delimitar la zona de excavacin mediante estacas, de acuerdo con lo indicado en el proyecto o aprobado por la Secretara.

    G.3.3. Despalme

    Cuando el proyecto o la Secretara indiquen que el producto de la excavacin se utilice en obras de terracera, el Contratista de Obra realizar el despalme de la zona delimitada de acuerdo al Inciso anterior, considerando lo sealado en la Norma NCTRCAR101002, Despalme.

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    G.3.4. Desvo de corrientes

    Cuando as lo indique el proyecto o apruebe la Secretara, el Contratista de Obra llevar a cabo las desviaciones necesarias para evitar que el agua afecte los trabajos de excavacin.

    G.4. EXCAVACIN

    G.4.1. La excavacin para formar el canal se efectuar de acuerdo a las secciones y niveles establecidos en el proyecto o aprobados por la Secretara.

    G.4.2. La excavacin se ejecutar de aguas abajo hacia aguas arriba de tal manera que se permita el drenaje natural de la misma, efectuando las obras auxiliares necesarias para realizar, dentro de lmites econmicos, la excavacin en seco. En el caso en que no pueda drenarse la excavacin por gravedad, el drenaje se ejecutar por bombeo.

    G.4.3. Cuando se autorice el uso de explosivos, se evitar aflojar el material ms all de los lmites establecidos en el proyecto o aprobados por la Secretara.

    G.4.4. El material suelto o inestable, as como toda la materia vegetal, se remover para asegurar la estabilidad de la excavacin y preservar las secciones que indique el proyecto o apruebe la Secretara.

    G.5. DISPOSICIN DEL PRODUCTO DE LA EXCAVACIN

    G.5.1. A menos que el proyecto indique otra cosa o as lo apruebe la Secretara, cuando el material se deposite lateralmente se dejar una berma entre la excavacin y el depsito, con un ancho mnimo igual a la mitad de la altura del depsito y en ningn caso menor de un (1) metro.

    G.5.2. A menos que el proyecto indique otra cosa o as lo apruebe la Secretara, en el caso de contracunetas y canales en ladera, el desperdicio se depositar formando un bordo de seccin sensiblemente uniforme, paralelo a la excavacin, siempre del lado de aguas abajo.

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    G.5.3. El material producto de la excavacin, que no vaya a ser utilizado, se depositar en el sitio o banco de desperdicios que indique el proyecto o que apruebe la Secretara o se distribuir uniformemente en reas donde no impida el drenaje natural del terreno o que no invada cuerpos de agua, para favorecer el desarrollo de vegetacin, segn lo indique el proyecto o apruebe la Secretara.

    G.6. ACABADO

    Si as lo indica el proyecto o lo aprueba la Secretara, una vez terminada la excavacin, los taludes y el fondo de los canales sern afinados de acuerdo con la seccin y la pendiente establecidas en el proyecto o aprobadas por la Secretara, considerando lo sealado en la Norma NCTRCAR101006, Afinamiento.

    G.7. CONSERVACIN DE LOS TRABAJOS

    Es responsabilidad del Contratista de Obra la conservacin de la excavacin de canales hasta que haya sido recibida por la Secretara, junto con todo el tramo de carretera o hasta que haya sido revestido.

    H. CRITERIOS DE ACEPTACIN O RECHAZO

    Adems de lo establecido anteriormente en esta Norma, para que la excavacin para canales se considere terminada y sea aceptada por la Secretara, se comprobar:

    H.1. Que la ubicacin, alineamiento, seccin y niveles de la excavacin para canales sean los establecidos en el proyecto o aprobados por la Secretara.

    H.2. Que el fondo de la excavacin est libre de materiales sueltos, inestables o materia vegetal.

    H.3. Que cuando as lo indique el proyecto o apruebe la Secretara, el fondo de la excavacin est afinado.

    H.4. Que la disposicin de los residuos de la excavacin se haya realizado en la forma y sitio indicados en el proyecto o aprobados por la Secretara.

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    I. MEDICIN

    Cuando la excavacin para canales se contrate a precios unitarios por unidad de obra terminada y sea ejecutada conforme a lo sealado en esta Norma, a satisfaccin de la Secretara, se medir segn lo sealado en la Clusula E. de la Norma NLEG3, Ejecucin de Obras, para determinar el avance o la cantidad de trabajo realizado para efecto de pago, considerando que:

    I.1. La excavacin de canales se medir mediante seccionamiento y siguiendo el mtodo de promedio de reas extremas, tomando como unidad el metro cbico de excavacin para canales terminada, con aproximacin a la unidad. Al trmino de la obra se harn los ajustes necesarios para pagar los volmenes considerados en proyecto con las modificaciones aprobadas por la Secretara.

    I.2. El material producto de derrumbes ocasionados por causas ajenas al Contratista de Obra, una vez aprobado por la Secretara, se medir directamente en el sitio del derrumbe, mediante seccionamiento y siguiendo el mtodo de promedio de reas extremas, tomando como unidad el metro cbico.

    J. BASE DE PAGO

    J.1. Cuando la excavacin para canales se contrate a precios unitarios por unidad de obra terminada y sea medida de acuerdo con lo indicado en la Clusula I. de esta Norma, se pagar al precio fijado en el contrato para el metro cbico de excavacin para canales terminada. Estos precios unitarios, conforme a lo indicado en la Clusula F. de la Norma NLEG3, Ejecucin de Obras, incluyen lo que corresponda por:

    Ubicacin y delimitacin de la zona de excavacin.

    Desvo de corrientes.

    En su caso, valor de adquisicin de los explosivos y sus artificios; cargas, transportes y descargas hasta el sitio de su utilizacin y cargo por almacenamiento.

    Corte, extraccin, remocin y acarreo libre hasta veinte (20) metros, de los materiales producto de la excavacin.

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    Excavacin a cualquier profundidad, en seco o en agua; extraccin, remocin y acarreo libre hasta veinte (20) metros, de los materiales producto de la excavacin

    Afinamiento del fondo y los taludes, conforme a lo indicado en la Norma NCTRCAR101006, Afinamiento, y amacice de los taludes.

    Drenaje de la excavacin con bomba.

    Extraccin de azolves.

    Carga y descarga en el sitio y forma que indique el proyecto o apruebe la Secretara, de los materiales producto de la excavacin que no se utilicen en la construccin de terraplenes.

    Los tiempos de los vehculos empleados en los transportes de todos los materiales durante las cargas y las descargas de los materiales producto de la excavacin que no se utilicen en la construccin de terraplenes.

    La conservacin de la excavacin hasta que haya sido recibida por la Secretara.

    Y todo lo necesario para la correcta ejecucin de este concepto.

    J.2. Los volmenes de derrumbes no imputables al Contratista de Obra se pagarn al precio fijado en el contrato para el metro cbico de excavacin para canales terminada, segn su tipo, a que se refiere la Fraccin J.1. de esta Norma.

    K. ESTIMACIN Y PAGO

    La estimacin y pago de la excavacin para canales, se efectuar de acuerdo con lo sealado en la Clusula G. de la Norma NLEG3, Ejecucin de Obras.

    L. RECEPCIN DE LA OBRA

    Una vez concluida la excavacin para canales, la Secretara la aprobar y al trmino de la obra, cuando la carretera sea operable, la recibir conforme a lo sealado en la Clusula H. de la Norma NLEG3, Ejecucin de Obras, aplicando en su caso, las sanciones a que se refiere la Clusula I. de la misma Norma.