n° 002-2007-mincetur

40
NORMAS LEGALES Sumario www.elperuano.com.pe AÑO DEL DEBER CIUDADANO FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR Lima, martes 6 de febrero de 2007 339183 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS D.S. N° 010-2007-PCM.- Precisan que los Ministerios son responsables de ejecutar las transferencias de atribuciones y recursos dispuesta por D.S. N° 068-2006- PCM, a través de un Viceministro encargado de presidir la Comisión Sectorial de Transferencia respectiva 339185 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO D.S. N° 002-2007-MINCETUR.- Incluyen en el TUPA del MINCETUR procedimiento para el reordenamiento y formalización de los establecimientos que explotan máquinas tragamonedas 339185 DEFENSA Fe de Erratas R.M. Nº 065-2007 DE/SG 339187 ECONOMIA Y FINANZAS D.S. N° 007-2007-EF.- Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007 339188 D.S. N° 008-2007-EF.- Aprueban Lineamientos para la Distribución y Ejecución de los Fondos Públicos de los Gobiernos Locales provenientes de la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios 339189 R.M. Nº 058-2007-EF/43.- Designan Director de Inversión Pública de la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público 339191 R.M. Nº 059-2007-EF/43.- Modifican la R.M. N° 404- 2006-EF/43, sobre concurso de méritos para cubrir plazas vacantes de personal del Tribunal Fiscal 339192 R.VM. Nº 002-2007-EF/77.- Aprueban Cronograma de pago de Pensiones y Remuneraciones en la Administración Pública correspondiente al mes de febrero de 2007 339192 JUSTICIA R.M. Nº 033-2007-JUS.- Designan representantes del Ministerio ante la Comisión Nacional para la Lucha contra el Trabajo Forzoso 339193 MUJER Y DESARROLLO SOCIAL R.M. Nº 056-2007-MIMDES.- Reconocen miembros de la Comisión Especial que tendrá por función validar la metodología de actualización de los índices de distribución del Programa del Vaso de Leche 339193 RELACIONES EXTERIORES D.S. N° 008-2007-RE.- Ratifican adhesión del Perú a la “Convención Internacional contra el Reclutamiento, la Utilización, la Financiación y el Entrenamiento de Mercenarios” 339194 D.S. N° 009-2007-RE.- Ratifican la “Convención de Viena sobre Relaciones Consulares Protocolo de Firma Facultativa sobre Jurisdicción Obligatoria para la Solución de Controversias” 339194 D.S. N° 010-2007-RE.- Ratifican el “Convenio Internacional sobre los Privilegios Marítimos y la Hipoteca Naval, 1993” 339194 R.S. N° 057-2007-RE.- Autorizan a la Autoridad Portuaria Nacional efectuar pago de cuota a la Comisión Interamericana de Puertos de la OEA 339195 R.S. 058-2007-RE.- Nombran a Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en Inglaterra para que se desempeñe simultáneamente como Embajador Concurrente ante Irlanda 339195 SALUD R.M. Nº 105-2007/MINSA.- Designan Asesora del Despacho Vice Ministerial de Salud 339195 R.M. Nº 110-2007/MINSA.- Designan Director General de la Oficina General de Administración 339196 R.M. Nº 111-2007/MINSA.- Designan Director Ejecutivo de la Oficina Ejecutiva de Economía de la Oficina General de Administración 339196 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES R.M. Nº 057-2007-MTC/03.- Encargan funciones de Director de la Oficina de Proyectos de Comunicaciones 339196 PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Res. Adm. Nº 004-2007-J-ODICMA-CSJLN/PJ.- Aprueban Cronograma de Visitas Judiciales Ordinarias a realizarse durante el año judicial 2007 en diversas salas y juzgados de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte 339197 Res. Adm. Nº 26-2007-P-CSJCL/PJ.- Comunican conformación de la Junta Directiva del Comité de Damas del Poder Judicial Callao - CODAPOJ CALLAO para el período 2007-2008 339197 Res. Adm. Nº 27-2007-P-CSJCL/PJ.- Establecen disposiciones para la atención de los Órganos Jurisdiccionales de Emergencia de la Corte Superior de Justicia del Callao durante las vacaciones del año judicial 2007 339198 Sumario Año XXIV - Nº 9734

Transcript of n° 002-2007-mincetur

Page 1: n° 002-2007-mincetur

NORMAS LEGALES

Sumario

www.elperuano.com.pe

AÑO DELDEBER CIUDADANO

FUNDADOEN 1825 POR

EL LIBERTADORSIMÓN BOLÍVAR

Lima, martes 6 de febrero de 2007

339183

PODER EJECUTIVO

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS

D.S. N° 010-2007-PCM.- Precisan que los Ministerios son responsables de ejecutar las transferencias de atribuciones y recursos dispuesta por D.S. N° 068-2006-PCM, a través de un Viceministro encargado de presidir la Comisión Sectorial de Transferencia respectiva 339185

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO

D.S. N° 002-2007-MINCETUR.- Incluyen en el TUPA del MINCETUR procedimiento para el reordenamiento y formalización de los establecimientos que explotan máquinas tragamonedas 339185

DEFENSA

Fe de Erratas R.M. Nº 065-2007 DE/SG 339187

ECONOMIA Y FINANZAS

D.S. N° 007-2007-EF.- Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007 339188D.S. N° 008-2007-EF.- Aprueban Lineamientos para la Distribución y Ejecución de los Fondos Públicos de los Gobiernos Locales provenientes de la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios 339189R.M. Nº 058-2007-EF/43.- Designan Director de Inversión Pública de la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público 339191R.M. Nº 059-2007-EF/43.- Modifi can la R.M. N° 404-2006-EF/43, sobre concurso de méritos para cubrir plazas vacantes de personal del Tribunal Fiscal 339192R.VM. Nº 002-2007-EF/77.- Aprueban Cronograma de pago de Pensiones y Remuneraciones en la Administración Pública correspondiente al mes de febrero de 2007 339192

JUSTICIA

R.M. Nº 033-2007-JUS.- Designan representantes del Ministerio ante la Comisión Nacional para la Lucha contra el Trabajo Forzoso 339193

MUJER Y DESARROLLO SOCIAL

R.M. Nº 056-2007-MIMDES.- Reconocen miembros de la Comisión Especial que tendrá por función validar la metodología de actualización de los índices de distribución del Programa del Vaso de Leche 339193

RELACIONES EXTERIORES

D.S. N° 008-2007-RE.- Ratifi can adhesión del Perú a la “Convención Internacional contra el Reclutamiento, la Utilización, la Financiación y el Entrenamiento de Mercenarios” 339194D.S. N° 009-2007-RE.- Ratifi can la “Convención de Viena sobre Relaciones Consulares Protocolo de Firma Facultativa sobre Jurisdicción Obligatoria para la Solución de Controversias” 339194D.S. N° 010-2007-RE.- Ratifi can el “Convenio Internacional sobre los Privilegios Marítimos y la Hipoteca Naval, 1993”

339194R.S. N° 057-2007-RE.- Autorizan a la Autoridad Portuaria Nacional efectuar pago de cuota a la Comisión Interamericana de Puertos de la OEA 339195R.S. N° 058-2007-RE.- Nombran a Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en Inglaterra para que se desempeñe simultáneamente como Embajador Concurrente ante Irlanda 339195

SALUD

R.M. Nº 105-2007/MINSA.- Designan Asesora del Despacho Vice Ministerial de Salud 339195R.M. Nº 110-2007/MINSA.- Designan Director General de la Ofi cina General de Administración 339196R.M. Nº 111-2007/MINSA.- Designan Director Ejecutivo de la Ofi cina Ejecutiva de Economía de la Ofi cina General de Administración 339196

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES

R.M. Nº 057-2007-MTC/03.- Encargan funciones de Director de la Ofi cina de Proyectos de Comunicaciones 339196

PODER JUDICIAL

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA

Res. Adm. Nº 004-2007-J-ODICMA-CSJLN/PJ.- Aprueban Cronograma de Visitas Judiciales Ordinarias a realizarse durante el año judicial 2007 en diversas salas y juzgados de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte 339197Res. Adm. Nº 26-2007-P-CSJCL/PJ.- Comunican conformación de la Junta Directiva del Comité de Damas del Poder Judicial Callao - CODAPOJ CALLAO para el período 2007-2008 339197Res. Adm. Nº 27-2007-P-CSJCL/PJ.- Establecen disposiciones para la atención de los Órganos Jurisdiccionales de Emergencia de la Corte Superior de Justicia del Callao durante las vacaciones del año judicial 2007 339198

Sumario

Año XXIV - Nº 9734

Page 2: n° 002-2007-mincetur

NORMAS LEGALES El PeruanoLima, martes 6 de febrero de 2007339184

Res. Adm. Nº 068-2007-P-CSJLI/PJ.- Designan Vocal provisional integrante de la Tercera Sala Penal Anticorrupción y Juez Suplente del Vigésimo Primer Juzgado Especializado en lo Penal y de los juzgados a su cargo por el período vacacional 339199Fe de Erratas Res.Adm. Nº 032-2007-P-CSJLI/PJ

339199

ORGANISMOS AUTONOMOS

REGISTRO NACIONAL DE

IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL

R.J. Nº 051-2007-JEF/RENIEC.- Aprueban Cuadro para Asignación de Personal del RENIEC 339199

MINISTERIO PUBLICO

Res. Nº 003-2007-MP-FN-JFS.- Prorrogan vigencia de la Fiscalía Suprema Penal Transitoria 339205Res. Nº 004-2007-MP-FN-JFS.- Designan Jefes de Ofi cinas Desconcentradas de Control Interno de Ucayali, Ancash y La Libertad 339205Res. Nº 006-2007-MP-FN-JFS.- Designan representantes del Ministerio Público ante el Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura para el período institucional 2007-2008 339205Res. Nº 178-2007-MP-FN.- Dan por concluido nombramiento de Fiscal Provincial Provisional en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Huamalies 339206

SUPERINTENDENCIA DE BANCA,

SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS

DE FONDOS DE PENSIONES

Res. SBS Nº 83-2007.- Cancelan autorización otorgada a persona natural para que actúe como Representante en el Perú del Discount Bank (Latin America) S.A.

339206

UNIVERSIDADES

Res. Nº 0173-2007-R-UNA.- Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Universidad Nacional del Altiplano - Puno para el año 2007 339206

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS

CENTRO DE PROMOCION DE LA

PEQUEÑA Y MICRO EMPRESA

R.D. Nº 008-2007-PROMPYME/DE.- Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Año Fiscal 2007 de PROMPYME 339207

INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE

LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION

DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

Res. Nº 014-2007-INDECOPI/DIR.- Aceptan renuncia de Secretario Técnico de la Sala de Defensa de la Competencia del Tribunal del INDECOPI y encargan sus funciones 339208

INSTITUTO NACIONAL DE

ESTADISTICA E INFORMATICA

R.J. Nº 039-2007-INEI.- Aprueban Índices Unifi cados de Precios de la Construcción para las seis Áreas Geográfi cas, correspondientes al mes de enero de 2007

339208

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE

ADMINISTRACION TRIBUTARIA

Circular Nº 001-2007/SUNAT/A.- Establecen disposi-ciones sobre transmisión de información y control de carga a embarcarse con destino al exterior 339208

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS

Ordenanza N° 164-GOBIERNO REGIONAL-AMAZONAS/CR.- Aprueban Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Sede del Gobierno Regional Amazonas 339209

GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO

Res. Nº 77.- Crean la Red de Bibliotecas Municipales y Anexas y conforman Comisión encargada de proponer a la Alta Dirección una relación de títulos de material bibliográfi co a ser adquiridos para la Biblioteca Municipal “Teodoro Cassana Robles” 339215

GOBIERNO REGIONAL DE JUNIN

Acuerdo Nº 001-2007-GRJ/CR.- Fijan montos de remuneración del Presidente y Vicepresidente del Gobierno Regional y de dietas de los Consejeros Regionales 339215

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA

Rectifi cación Res. N° 017-2007-MML-GDU-SPHU 339216

MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA

R.A. Nº 00078-2007-ALC/MDSA.- Declaran nulidad de ofi cio de proceso de licitación pública convocado para contratar suministro de insumos para el Programa del Vaso de Leche 339216

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO

Ordenanza Nº 000006.- Aprueban Reglamento de Elecciones de Autoridades de la Municipalidad del Centro Poblado Nuestra Señora de las Mercedes - Mi Perú

339218

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJATAMBO

Acuerdo Nº 07-A-2007-MPC.- Aprueban montos de remu-neración mensual del Alcalde y de dietas de Regidores

339222

Page 3: n° 002-2007-mincetur

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, martes 6 de febrero de 2007 339185

PODER EJECUTIVO

PRESIDENCIA DEL

CONSEJO DE MINISTROS

Precisan que los Ministerios son responsables de ejecutar las transferencias de atribuciones y recursos dispuesta por D.S. Nº 068-2006-PCM, a través de un Viceministro encargado de presidir la Comisión Sectorial de Transferencia respectiva

DECRETO SUPREMONº 010-2007-PCM

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:Que, el artículo 188º de la Constitución Política del

Perú, establece que la descentralización es una forma de organización democrática y constituye una política permanente de Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país y, que el proceso de descentralización se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada conforme a criterios que permitan una adecuada asignación de competencias y transferencia de recursos del gobierno nacional hacia los gobiernos regionales y locales;

Que, para asegurar que el proceso de transferencia se realice en forma progresiva y ordenada, el artículo 83º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, dispone que el Poder Ejecutivo constituya Comisiones Sectoriales de Transferencia, presididas por un Viceministro del Sector correspondiente;

Que, de conformidad con la Quinta Disposición Transitoria de la Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27783, las transferencias de funciones, programas y organismos del Gobierno Nacional hacia los Gobiernos Regionales y Locales, comprenden el personal, acervo documentario y los recursos presupuestales correspondientes, que se encuentren directamente vinculados al ejercicio o desarrollo de las funciones o servicios transferidos, incluyendo la titularidad y dominio de los bienes correspondientes;

Que, el Decreto Supremo Nº 068-2006-PCM dispone la culminación al 31 de diciembre de 2007 de las transferencias programadas en el Plan de Mediano Plazo 2006-2010, de Funciones Sectoriales a los Gobiernos Regionales y de los Fondos, Proyectos Sociales, Programas Sociales de Lucha contra la Pobreza y Proyectos de Inversión en Infraestructura Productiva de alcance regional, a los Gobiernos Regionales y Locales, según corresponda, en el marco del Sistema de Acreditación regulado por la Ley Nº 28273 y su reglamento;

Que, asimismo, dicho Decreto Supremo, establece que el Consejo Nacional de Descentralización tiene a su cargo la coordinación para la ejecución de las transferencias antes mencionadas, para lo cual dictará las disposiciones pertinentes que garanticen un ordenado proceso de transferencias;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 007-2007-PCM, se aprobó la fusión por absorción del Consejo Nacional de Descentralización con la Presidencia del Consejo de Ministros, a efecto de desactivar una entidad estatal intermediaria incompatible con la celeridad que el Gobierno Nacional viene impulsando en su estrategia descentralista del Estado, disponiéndose que toda referencia normativa al Consejo Nacional de Descentralización o a las competencias, funciones y atribuciones que venía ejerciendo, se entenderá como hecha a la Presidencia del Consejo de Ministros;

De conformidad con las Leyes Nºs. 27867, 27783, el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; y,

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

DECRETA:Artículo 1º.- Los Ministerios son responsables de

ejecutar las transferencias de atribuciones y recursos dispuestas por el Decreto Supremo Nº 068-2006-PCM, a través de un Viceministro encargado de presidir la Comisión Sectorial de Transferencia respectiva.

Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cinco días del mes de febrero del año dos mil siete.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la RepúblicaJORGE DEL CASTILLO GÁLVEZPresidente del Consejo de Ministros

24085-1

COMERCIO EXTERIOR

Y TURISMO

Incluyen en el TUPA del MINCETUR procedimiento para el reordenamiento y formalización de los establecimientos que explotan máquinas tragamonedas

DECRETO SUPREMONº 002-2007-MINCETUR

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo Nº 006-2005-

MINCETUR, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, el cual fue modifi cado por Decreto Supremo Nº 016-2006-MINCETUR;

Que, es necesario modifi car el referido TUPA a fi n de incluir el procedimiento a seguir para el reordenamiento y formalización de la actividad de explotación de juegos de máquinas tragamonedas, establecido por el artículo 2º de la Ley Nº 28945; teniendo en cuenta al efecto que el artículo 4º de dicha Ley ha creado la Dirección General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas dependiente del Viceministerio de Turismo, como órgano administrativo competente en materia de juegos de casinos y máquinas tragamonedas;

Que, dicha modifi cación debe comprender el costo del procedimiento, de acuerdo con el resultado del análisis de costos realizado por el órgano de administración del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo;

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, los artículos 36º, 38º y 45º de la Ley Nº 27444, del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 28945, de Reordenamiento y Formalización de la actividad de explotación de juegos de casino y máquinas tragamonedas y Ley Nº 27790, de Organización y Funciones del MINCETUR;

DECRETA:Artículo 1º.- Inclusión de procedimiento en el TUPA

del MINCETURIncluir en el TUPA del Ministerio de Comercio Exterior

y Turismo, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2005-MINCETUR y modificado mediante Decreto Supremo Nº 016-2006-MINCETUR, el procedimiento Nº 18, denominado “Reordenamiento y Formalización de la actividad de explotación de juegos de máquinas tragamonedas”, a cargo de la Unidad Orgánica: Dirección General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas, de acuerdo al detalle que se consigna en el Anexo, que en cinco (5) folios, forma parte del presente Decreto Supremo.

Artículo 2º.- RefrendoEl presente Decreto Supremo será refrendado por la

Ministra de Comercio Exterior y Turismo.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cinco días del mes de febrero del año dos mil siete.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

MERCEDES ARAOZ FERNÁNDEZMinistra de Comercio Exterior y Turismo

Page 4: n° 002-2007-mincetur

NORMAS LEGALES El PeruanoLima, martes 6 de febrero de 2007339186

MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMOANEXO D.S. Nº 002-2007-MINCETUR

T E X T O U N I C O D E P R O C E D I M I E N T O S A D M I N I S T R A T I V O S - TUPAUNIDAD ORGÁNICA : DIRECCIÓN GENERAL DE JUEGOS DE CASINO Y MAQUINAS TRAGAMONEDAS

NºDENOMINACIÓN DEL

PROCEDIMIENTO R E Q U I S I T O SDERECHO

DEPAGO

AprobaciónAutomática

EVALUACIÓN PREVIA DependenciaDonde se inicia el Trámite

Autoridadque

Apruebael Trámite

Autoridad que Resuelve el

Recurso Administrativo

Con Aplic. Silen.Adm. Positivo

Con Aplic. Silen.Adm. Negativo

18 Reordenamiento y Formaliza- - Solicitud dirigida a la Dirección General de Juegos de Casino y 100,00% 90 Días Ofi cina de Director Reconsideraciónción de la actividad de explo- Máquinas Tragamonedas, indicando la información requerida UIT Trámite General Director Generaltación de juegos de máquinas en el Art. 113º de la Ley Nº 27444: Documentario de Juegos de Juegos detragamonedas 1.- Fotocopia simple del Testimonio de la Escritura Pública de y Archivo de Casinos Casinos y

Constitución Social o del Estatuto del solicitante, así como las y Máquinas Máquinas Base Legal: modifi caciones efectuadas a ésta o a su Estatuto; aun cuando tragamonedas TragamonedasLey Nº 27153 y sus modifi ca- no se hayan inscrito en Registros Públicos.torias, arts. 5º, 14º, 15º, 19º. 2.- Fotocopia simple del documento en el que se acrediten las Apelación

facultades del representante legal del solicitante, y la vigencia del mismo. Viceministro de

Ley Nº 28945, Art. 2º 3.- Fotocopia simple de la fi cha registral de los Registros Públicos Turismo donde se encuentre inscrita la Sociedad.

D.S. Nº 009-2002-MINCETUR, 4.- Listado de los socios y directores, así como de todas lasarts. 7º y 45º. personas naturales o jurídicas que participen indirectamente(Ver notas al pie de página) mediante una persona jurídica en el Capital Social del solicitante.

Cuando el solicitante o cualquiera de las personas jurídicas indicadas en el párrafo anterior, tenga la naturaleza de una sociedad anónima abierta, sólo se exigirá la relación de aquellos accionistas, cuya participación en el capital de dicha sociedad sea igual o mayor al 2% (dos por ciento). 5.- Declaración Jurada de cada uno de los socios, directores, gerentes, apoderados, personas con funciones ejecutivas o con facultades de decisión del solicitante de la autorización, de no encontrarse incurso en los impedimentos establecidos en el artículo 30º de la Ley Nº 27153, modifi cada por Ley Nº 27796.6.- Relación suscrita por el solicitante de la autorización, señalando el cargo y funciones inherentes a cada uno de los directores, gerentes, apoderados, personas con funciones ejecutivas o con facultades de decisión y personal vinculado directamente a la explotación. 7.- Declaración Jurada señalando que la ubicación del establecimiento se encuentra conforme a lo dispuesto en el artículo 5º de la Ley Nº 27153 y normas modifi catorias.8.- Fotocopia simple de los documentos que acrediten el derecho de propiedad y de ser el caso, de posesión del inmueble en donde se vienen explotando máquinas tragamonedas; la relación existente entre el solicitante y el titular del derecho sobre el inmueble; y el consentimiento expreso del propietario para su explotación en el mismo. Si el propietario del inmueble es una persona jurídica, deberá presentarse la relación de sus socios, y fotocopia simple del poder de su representante legal, de ser el caso.9.- Plano de ubicación del establecimiento en donde se vienen explotando máquinas tragamonedas, a escala 1/50, suscrito por Arquitecto o Ingeniero Civil colegiado. 10.- Plano en el que conste la propuesta de distribución de las máquinas tragamonedas a instalarse; así como de los demás ambientes e instalaciones que formen parte de la sala de juego, a escala 1/50, suscrito por Arquitecto o Ingeniero Civil colegiado.11.- Fotocopia simple del Certifi cado de Inspección Técnica de Seguridad en Defensa Civil expedido por el Instituto Nacional de Defensa Civil o sus órganos desconcentrados, según corresponda, indicando en dicho informe técnico que las instalaciones físicas donde se pretende explotar la sala de juegos, cumplen con las condiciones de seguridad requeridas en defensa civil; así como, el número máximo de personas que pueden permanecer en éstas al mismo tiempo. 12.- Dos copias simples del reglamento interno de operación de la sala de juego.13.- Fotocopia simple del certifi cado de inscripción en el Registro Único de Contribuyentes. 14.- Declaración jurada señalando que la garantía indicada en el literal r) del numeral 14.1 del artículo 14º de la Ley, de acuerdo a lo indicado en el artículo 45º del Reglamento, será presentada en el momento que sea requerida por la DGJCMT.15.- Fotocopia simple de los documentos de identifi cación ofi cial de cada uno de los socios y directores del solicitante. De ser alguno de los socios una persona jurídica, deberá presentarse fotocopia de la Escritura Pública de Constitución Social y Estatuto, incluyendo las modifi caciones vigentes, si las hubiere.16.-Información general de cada socio, director, gerente, apoderado, persona con funciones ejecutivas o con facultades de decisión del solicitante de acuerdo con los formularios “E” y “F” del D.S.Nº 009-2002-MINCETUR; suscritos por cada una de las personas antes indicadas o sus representantes según corresponda.17.- Relación detallada y cuantifi cada de los activos del solicitante y cada uno de sus socios.18.- Relación de las obligaciones pendientes de pago del solicitante y el monto de las mismas.19.- Relación de personas jurídicas en cuyo capital social participa el solicitante y sus socios.20.- Relación de personas naturales o jurídicas con las que el solicitante y sus socios, han suscrito contratos de colaboración empresarial respecto de las actividades por las que formula la solicitud.21.- Estados financieros elaborados con una anterioridad no mayor de 30 días previos a la presentación de la solicitud.

Page 5: n° 002-2007-mincetur

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, martes 6 de febrero de 2007 339187

DEFENSAFE DE ERRATAS

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 065-2007-DE/SG

Mediante Ofi cio Nº 075-2007-SGMD-DDLL, el Ministerio de Defensa solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial Nº 065-2007-DE/SG, publicada en la edición del día 31 de enero de 2007.

DICE:

CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 27693, modifi cada por la Ley

Nº 28306, se creó la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), con … adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas;

Que, el artículo 17º de la norma antes mencionada establece que la Unidad de Inteligencia Financiera …

Que, la función de los Ofi ciales de Enlace comprende la consulta y coordinación de las actividades de la Unidad de Inteligencia Financiera …

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Designar como Ofi ciales de Enlace titular y alterno del Ministerio de Defensa ante la Unidad de Inteligencia Financiera, …

DEBE DECIR:

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 27693, modifi cada por la Ley Nº 28306, se creó la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú, UIF-Perú, con … adscrito al Ministerio de Justicia;

Que, el artículo 17º de la norma antes mencionada establece que la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú, UIF-Perú …

Que, la función de los Ofi ciales de Enlace comprende la consulta y coordinación de las actividades de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú, UIF-Perú …

NºDENOMINACIÓN DEL

PROCEDIMIENTO R E Q U I S I T O SDERECHO

DEPAGO

AprobaciónAutomática

EVALUACIÓN PREVIA DependenciaDonde se inicia el Trámite

Autoridadque

Apruebael Trámite

Autoridad que Resuelve el

Recurso Administrativo

Con Aplic. Silen.Adm. Positivo

Con Aplic. Silen.Adm. Negativo

Adicionalmente deberá presentar los estados fi nancieros de los tres últimos ejercicios fi scales o los que hubiera elaborado de haber sido constituido en fecha posterior. Los estados

fi nancieros deberán estar suscritos por Contador Público Colegiado.22.- Fotocopia simple de los comprobantes de pago con los que acredite el costo y fecha de adquisición de cada una de las máquinas tragamonedas o memorias de solo lectura que conforman un programa de juego, cuya autorización de de explotación se solicita y de ser el caso, fotocopia simple del documento en el que acredite el derecho de explotación correspondientes. En el caso de máquinas tragamonedas, los mencionados documentos deberá individualizarlas por nombre del fabricante, modelo y número de serie.23.- Descripción del sistema de video, con indicación del número, distribución, marca y modelo de los equipos utilizados, adjuntando fotocopia de su reglamento de operación. 24.- Relación de personal de la sala de juegos, indicando nombre completo, fecha de ingreso, cargo, tipo y número de documento de identidad, en un diskette de 3.5 de densidad en formato de EXCEL, fotocopia simple de sus documentos de identifi cación personal y declaración jurada de no tener antecedentes judiciales; debidamente suscrita por cada uno de ellos.25.- Diskette de 3.5 de densidad, conteniendo la información indicada en el Anexo “G” del Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, respecto a las máquinas tragamonedas cuya autorización de explotación se solicita.26.- Copia simple del recibo de pago por derecho de trámite.

(1) De acuerdo con el artículo 2º de la Ley Nº 28945, las empresas en cuyos establecimientos se vienen explotando las màquinas tragamonedas a la fecha de entrada en vigencia de la presente Ley, sin contar con autorización expresa otorgada por la Dirección Nacional de Turismo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo pueden acogerse al procedimiento de reordenamiento y formalización, dentro de un plazo de noventa (90) días calendario contados a partir de la entrada en vigencia de la mencionada Ley (25.12.2005)

(2) Las empresas que presenten solicitud de reordenamiento y formalizació no deben acreditar lo establecido en el art. 6º de la Ley.(3) Las empresas que presenten solicitud de reordenamiento y formalización no deben acreditar lo establecido en el art. 6º de la Ley.(4) El informe técnico de defensa civil a detalle expedido por el INDECI podrá presentarse dentro del plazo adicional de sesenta (60) días contados a partir de la fecha de ingreso de la solicitud de reodenamiento y formalización.

24085-4

Page 6: n° 002-2007-mincetur

NORMAS LEGALES El PeruanoLima, martes 6 de febrero de 2007339188

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Designar como Ofi ciales de Enlace titular y alterno del Ministerio de Defensa ante la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú, UIF-Perú, …

23984-1

ECONOMIA Y FINANZAS

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007

DECRETO SUPREMONº 007-2007-EF

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, por la Ley Nº 28372 se creó La Universidad Nacional José María Arguedas con sede en la ciudad de Andahuaylas, provincia del mismo nombre, departamento de Apurímac, siendo sus fines establecidos en la Ley Nº 23733 - Ley Universitaria y la Ley Nº 28044 - Ley General de Educación, entre otros, la de atender la investigación, creación y difusión de conocimientos; la proyección a la comunidad; el logro de competencias profesionales de alto nivel, en armonía con la demanda y la necesidad del desarrollo sostenible del país;

Que, mediante Resolución Nº 280-2006-CONAFU de fecha 25 de agosto de 2006 el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades -CONAFU- autoriza el funcionamiento provisional de la Universidad Nacional José María Arguedas;

Que, con la Resolución Nº 285-2006-CONAFU de fecha 25 de agosto de 2006 se designan a los miembros de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional José María Arguedas;

Que, la Universidad Nacional José María Arguedas inició sus actividades a partir de octubre del año 2006, fecha en que el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007 se encontraba en revisión por parte del Congreso de la República, razón por la cual en el citado año fue imposible asignarle un presupuesto como Pliego Presupuestal;

Que, en la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas se consignó la suma de TRES MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 000 000,00) para el funcionamiento e implementación de la citada Casa de Estudios, por lo que resulta pertinente autorizar una transferencia de partidas por la fuente de fi nanciamiento recursos ordinarios por la suma antes señalada a favor de la Universidad Nacional José María Arguedas;

De conformidad con lo establecido por el Artículo 45º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto;

DECRETA:

Artículo 1º.- Autoriza Transferencia de PartidasAutorízase una Transferencia de Partidas en el

Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, hasta por la suma de TRES MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES ( S/. 3 000 000,00), conforme al siguiente detalle:

DE LA:

SECCIÓN PRIMERA : Gobierno CentralPLIEGO 009 : Ministerio de Economía y

FinanzasUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración GeneralFUNCIÓN 03 : Administración y Planeamiento

PROGRAMA 006 : Planeamiento GubernamentalSUBPROGRAMA 0019 : Planeamiento Presupuestario,

Financiero y ContableACTIVIDAD 000010 : Administración del Proceso

Presupuestario del Sector Público

FUENTE DEFINANCIAMIENTO 00 : Recursos Ordinarios

(En Nuevos Soles)

CATEGORÍA DEL GASTO5. GASTOS CORRIENTES 3 000 000,00 0. Reserva de Contingencia 3 000 000,00

------------------ TOTAL EGRESOS 3 000 000,00

==========

A LA:

SECCIÓN PRIMERA : Gobierno CentralPLIEGO 544 : Universidad Nacional José

María ArguedasUNIDAD EJECUTORA 001 : Universidad Nacional José María

ArguedasFUNCIÓN 09 : Educación y CulturaPROGRAMA 003 : AdministraciónSUBPROGRAMA 0006 : Administración GeneralACTIVIDAD 000110 : Conducción y Orientación

SuperiorFUENTE DE FINANCIAMIENTO 00 : Recursos Ordinarios

CATEGORÍA DEL GASTO5. GASTOS CORRIENTES 500 000,00 3. Bienes y Servicios 509 000,006. GASTOS DE CAPITAL 50 000,00 7. Otros Gastos de Capital 50 000,00

----------------SUBTOTAL 559 000,00

=========

ACTIVIDAD 000267 : Gestión Administrativa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 00 : Recursos Ordinarios

CATEGORÍA DEL GASTO5. GASTOS CORRIENTES 1 145 000,00 3. Bienes y Servicios 1 145 000,00

6. GASTOS DE CAPITAL 81 000,00 7. Otros Gastos de Capital 81 000,00

------------------SUBTOTAL 1 226 000,00

==========

PROGRAMA 029 : Educación SuperiorSUBPROGRAMA 0076 : Superior UniversitariaACTIVIDAD 000199 : Desarrollo de la Educación

UniversitariaFUENTE DE FINANCIAMIENTO 00 : Recursos Ordinarios

(En Nuevos Soles)

CATEGORÍA DEL GASTO5. GASTOS CORRIENTES 619 000,00 1. Personal y Obligaciones Sociales 268 000,00 3. Bienes y Servicios 351 000,00

6. GASTOS DE CAPITAL 96 000,00 7. Otros Gastos de Capital 96 000,00

----------------SUBTOTAL 715 000,00

=========

SUBPROGRAMA 0080 : Infraestructura UniversitariaProyecto 001448 : Construcción de Unidades de

EnseñanzaFUENTE DE FINANCIAMIENTO 00 : Recursos Ordinarios

CATEGORÍA DEL GASTO6. GASTOS DE CAPITAL 400 000,00 5. Inversiones 400 000,00

----------------SUBTOTAL 400 000,00

=========

Proyecto 001621 : Estudios de Pre-inversiónFUENTE DE FINANCIAMIENTO 00 : Recursos Ordinarios

Page 7: n° 002-2007-mincetur

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, martes 6 de febrero de 2007 339189

CATEGORÍA DEL GASTO6. GASTOS DE CAPITAL 100 000,00 5. Inversiones 100 000,00 -----------------

SUBTOTAL 100 000,00 ========== TOTAL EGRESOS 3 000 000,00 ==========

Artículo 2º.- Aprobación de la Resolución El Titular de Pliego aprueba mediante Resolución

la desagregación de los recursos habilitados, dentro de los cinco (5) días de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (5) días de aprobada a los Organismos señalados en el Artículo 23º numeral 23.2 de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.

Artículo 3º.- Asignación de Códigos La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces

del Pliego comprendido en la presente Transferencia de Partidas, solicitará a la Dirección Nacional del Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevos Componentes, Finalidad de Metas y Unidades de Medida.

Artículo 4º.- Notas de modifi cación presupuestariaLa Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces

de los Pliegos instruyen a la Unidad Ejecutora para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi caciones Presupuestarias” que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

Artículo 5º.-RefrendoEl presente Decreto Supremo será refrendado por el

Ministro de Economía y Finanzas.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cinco días del mes de febrero del año dos mil siete.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

LUIS CARRANZA UGARTEMinistro de Economía y Finanzas

24085-2

Aprueban Lineamientos para la Distribución y Ejecución de los Fondos Públicos de los Gobiernos Locales provenientes de la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios

DECRETO SUPREMONº 008-2007-EF

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, la Undécima Disposición Transitoria de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Ley Nº 28411, establece que los fondos públicos correspondientes a la Fuente de Financiamiento “Recursos Ordinarios”, son distribuidos por el Ministerio de Economía y Finanzas a los Gobiernos Locales a través de la Dirección Nacional del Tesoro Público;

Que, asimismo, conforme a la citada Disposición Transitoria, el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social -MIMDES propone los lineamientos necesarios para la ejecución del gasto con cargo a los fondos públicos correspondientes a la Fuente de Financiamiento “Recursos Ordinarios”;

Que, mediante Ofi cio Nº 132-2007-MIMDES/SG de fecha 17 de enero de 2007, el Secretario General del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, conforme a lo establecido en la Undécima Disposición Transitoria de la Ley Nº 28411, remitió a la Dirección Nacional del Presupuesto Público el proyecto de “Lineamientos para la Distribución y Ejecución de Fondos Públicos de la Fuente

de Financiamiento Recursos Ordinarios” proponiendo a su vez que se mantenga el procedimiento que se ha venido aplicando hasta el año fi scal 2006 para todo tipo de transferencias de la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios; señalando además que la aplicación del Decreto Supremo Nº 051-88-PCM ha estado a cargo de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Economía y Finanzas;

Que, la aplicación del procedimiento a que hace referencia el considerando precedente implica que la distribución de los recursos correspondientes al Programa del Vaso de Leche y a los Impuestos Derogados a que se refi ere el Decreto Legislativo Nº 622 y los Decretos Leyes Nºs. 25702 y 25988 está a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas a través de la Dirección Nacional de Presupuesto Público; de los recursos destinados a los Programas y Proyectos Sociales de Lucha Contra la Pobreza está a cargo del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; y de los recursos relacionados a los Programas y Proyectos de Infraestructura Vial está a cargo del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;

Que resulta necesario aprobar lineamientos que permitan realizar una adecuada distribución y ejecución de los fondos públicos de los Gobiernos Locales provenientes de la Fuente de Financiamiento “Recursos Ordinarios”, a fi n de garantizar la continuidad de la ejecución de los Programas Sociales y Proyectos de Lucha contra la Pobreza que se vienen desarrollando a nivel nacional, así como el pago de las pensiones del Decreto Supremo Nº 051-88-PCM, entre otros:

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 118º numeral 8) de la Constitución Política del Perú, y la Undécima Disposición Transitoria de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto;

DECRETA:

Artículo 1º.- ObjetoAprobar los “Lineamientos para la Distribución y

Ejecución de los Fondos Públicos de los Gobiernos Locales provenientes de la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios”, cuyo texto adjunto forma parte integrante del presente Decreto Supremo.

Artículo 2º.- RefrendoEl presente Decreto Supremo será refrendado por la

Ministra de la Mujer y Desarrollo Social, por la Ministra de Transportes y Comunicaciones y por el Ministro de Economía y Finanzas.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cinco días del mes de febrero del año dos mil siete.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

VIRGINIA BORRA TOLEDOMinistra de la Mujer y Desarrollo Social

VERÓNICA ZAVALA LOMBARDIMinistra de Transportes y Comunicaciones

LUIS CARRANZA UGARTEMinistro de Economía y Finanzas

LINEAMIENTOS PARA LA DISTRIBUCIÓN Y EJECUCIÓN DE LOS FONDOS PÚBLICOS DE LOS

GOBIERNOS LOCALES PROVENIENTES DE LA FUENTE DE FINANCIAMIENTO

RECURSOS ORDINARIOS

Artículo 1º.- ObjetivoEstablecer los lineamientos para la distribución y

ejecución de los fondos públicos correspondientes a los Gobiernos Locales, por la Fuente de Financiamiento “Recursos Ordinarios”, destinados a los siguientes conceptos:

a) El Programa del Vaso de Leche.b) El Decreto Supremo Nº 051-88-PCM de fecha 12

de abril de 1988.c) El Decreto Legislativo Nº 622 y los Decretos Leyes

Nºs. 25702 y 25988.d) Los Programas y Proyectos Sociales de Lucha

Contra la Pobreza en el ámbito de los Gobiernos Locales,

Page 8: n° 002-2007-mincetur

NORMAS LEGALES El PeruanoLima, martes 6 de febrero de 2007339190

a cargo del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social -MIMDES.

e) Los Programas y Proyectos de Infraestructura Vial, a cargo del Ministerio y Transportes y Comunicaciones -PROVIAS DESCENTRALIZADO.

Artículo 2º.- AlcanceLos lineamientos son de aplicación para los Gobiernos

Locales, el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social -MIMDES, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones -PROVIAS DESCENTRALIZADO y el Ministerio de Economía y Finanzas, según corresponda.

Artículo 3º.- Pautas Generales de Procedimiento

3.1 La Dirección Nacional del Presupuesto Público comunica a la Dirección Nacional del Tesoro Público, la distribución mensual de los fondos públicos del Programa del Vaso de Leche y lo correspondiente a Impuestos Derogados a que se refi ere el Decreto Legislativo Nº 622 y los Decretos Leyes Nºs. 25702 y 25988.

3.2 La Ofi cina General de Administración del Ministerio de Economía y Finanzas comunica a la Dirección Nacional del Tesoro Público, los montos anuales mensualizados correspondientes al pago de pensiones a los benefi ciarios del Decreto Supremo Nº 051-88-PCM, a fi n que se atienda a través de subcuentas bancarias de gasto abiertas por la DNTP en el Banco de la Nación a las municipalidades que efectúan el pago de dichas pensiones. La citada comunicación se hace sobre la base de los montos considerados para efectos del Presupuesto de los Gobiernos Locales para el año fi scal 2005 y que incluye a aquellos cuyos benefi cios fueron reconocidos y pagados al 31 de diciembre de 2003.

3.3 El Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social comunica a la Dirección Nacional del Tesoro Público los montos correspondientes a los Programas y Proyectos Sociales de Lucha Contra la Pobreza y el Ministerio de Transportes y Comunicaciones comunica a la citada Dirección Nacional los montos relacionados a los Programas y Proyectos de Infraestructura Vial.

Artículo 4º.- Programa del Vaso de LecheLos fondos del Programa del Vaso de Leche se

distribuyen y ejecutan de acuerdo a los procedimientos establecidos en la Directiva para la Ejecución Presupuestaria -Anexo Nº 3 “Ejecución del Presupuesto de los Gobiernos Locales”; así como a lo dispuesto en la Ley que establece Normas Complementarias para la Ejecución del Programa del Vaso de Leche, Ley Nº 27470.

Artículo 5º.- Decreto Supremo Nº 051-88-PCM

5.1 Los Gobiernos Locales son responsables exclusivos de la administración y pago de los benefi cios a su cargo por aplicación del Decreto Supremo Nº 051-88-PCM, debiendo informar a la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Economía y Finanzas sobre cualquier situación de bajas en las pensiones, así como la suspensión del pago del benefi cio, que varíen los montos comunicados por la citada dependencia a la Dirección Nacional del Tesoro Público.

Dicha información debe ser presentada por la Ofi cina de Administración o la que haga sus veces en la respectiva municipalidad, dentro de los 10 días útiles de acontecida la situación de baja, bajo responsabilidad del jefe de la mencionada ofi cina.

5.2 Las pensiones de los benefi ciarios aprobadas mediante Resolución del Consejo Nacional de Califi cación o del Consejo Regional de Califi cación correspondiente, atendidas hasta el 31 de diciembre de 2003, se efectúan con cargo a la Fuente de Financiamiento “Recursos Ordinarios”.

5.3 De presentarse otros casos de reconocimiento de pensiones, indemnizaciones excepcionales y devengados, éstos serán atendidos con cargo al presupuesto institucional de cada municipalidad.

El pago de las pensiones de los nuevos benefi ciarios del Decreto Supremo Nº 051-88-PCM, por parte de las municipalidades, se efectúa una vez aprobada la Resolución del Consejo Nacional de Califi cación o del Consejo Regional de Califi cación, según corresponda, así como de la Resolución de Alcaldía de Ascenso Póstumo, la misma que indicará el nivel remunerativo

que le corresponda al causante, de conformidad con la normatividad vigente.

5.4 El pago de las pensiones a los benefi ciarios comprendidos en la Planilla Única Mensual de Pagos, se realiza mensualmente depositándolas en forma íntegra, salvo deducciones de Ley, en el Banco de la Nación en las cuentas de ahorros abiertas a cada uno de los pensionistas; las mismas que una vez abonadas en sus cuentas, puedan ser cobradas en cualquier Agencia del Banco de la Nación a nivel nacional, con su respectiva Tarjeta Multired.

5.5 La fecha del pago mensual de pensiones a los benefi ciarios del Decreto Supremo Nº 051-88-PCM se efectúa de acuerdo al Cronograma de Pago de Pensiones, en la fecha que corresponda a los pensionistas del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, bajo responsabilidad del Jefe de la Ofi cina de Administración o del que haga sus veces en la Municipalidad.

5.6 De conformidad con lo dispuesto por el artículo 19º del Decreto Supremo Nº 051-88-PCM, los pensionistas están en la obligación de presentar anualmente una Declaración Jurada con la documentación sustentatoria correspondiente, a efectos de continuar percibiendo su pensión.

Para el caso de aquellos pensionistas cuyas pensiones fueron suspendidas al mes de diciembre del año 2003, por falta de presentación de la citada Declaración Jurada debidamente sustentada, la Ofi cina de Administración o la que haga sus veces en la municipalidad, regularizará y verifi cará su situación procediendo a reactivarles la pensión, para luego reconocerles el reintegro por los meses no atendidos, abonando en sus cuentas de ahorros los montos correspondientes; caso contrario deberá notifi car al interesado hasta que complete correctamente su documentación.

Los nuevos casos no considerados en la Planilla Única Mensual de Pagos de diciembre del año 2003, una vez regularizada y verificada su situación por parte de la Ofi cina de Administración o la que haga sus veces en la municipalidad, ésta procederá a abonarles en sus cuentas de ahorros respectivas sus pensiones, indemnizaciones y bonifi caciones.

Las municipalidades deben establecer los mecanismos necesarios para efecto de suspender el pago de los benefi cios, en los supuestos de fallecimiento del benefi ciario o por incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 19º del Decreto Supremo Nº 051-88-PCM.

5.7 La Ofi cina de Informática y Estadística del Ministerio de Economía y Finanzas, continuará prestando apoyo, mantenimiento y soporte técnico al aplicativo informático remitido a las citadas entidades.

5.8 Los pensionistas que hayan cambiado de residencia y que por tanto requieran que los fondos públicos se transfi eran a una municipalidad distinta a la autorizada en la respectiva Resolución del Consejo Nacional de Califi cación o del Consejo Regional de Califi cación, efectúan dicho requerimiento al municipio que está efectuando el pago. La municipalidad, de ser el caso, informa a la Ofi cina General de Administración del MEF a fi n que esta última lo considere en la comunicación a realizarse para efectos de la distribución de los recursos correspondientes al año siguiente.

Artículo 6º.- Decreto Legislativo Nº 622 y Decretos Leyes Nºs. 25702 y 25988

Los fondos públicos que corresponden ser distribuidos, en el marco de lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 622 y Decretos Leyes Nºs. 25702 y 25988, se ejecutan de acuerdo a los procedimientos establecidos en la Directiva para la Ejecución Presupuestaria -Anexo Nº 3 “Ejecución del Presupuesto de los Gobiernos Locales”

Artículo 7º.- Transferencias Programáticas

7.1 Se entiende por transferencias programáticas, a aquellos fondos públicos cuya ejecución en el ámbito de los Gobiernos Locales verifi cados, están condicionados al cumplimiento de las políticas nacionales para la superación de la pobreza y la Estrategia Nacional de Seguridad Alimentaria 2004-2015; así como al monitoreo y evaluación de los resultados establecidos en los Convenios de Gestión a suscribirse, para lo cual las municipalidades presentarán al sector correspondiente los informes respectivos.

7.2 Los fondos públicos a ser transferidos por la Dirección Nacional del Tesoro Público a las Municipalidades verifi cadas,

Page 9: n° 002-2007-mincetur

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, martes 6 de febrero de 2007 339191a propuesta del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES y del Ministerio de Transportes y Comunicaciones - PROVIAS DESCENTRALIZADO, según corresponda, constituyen transferencias programáticas destinadas exclusivamente al fi nanciamiento de los Programas y Proyectos Sociales, en el marco de las Políticas Nacionales para la Superación de la Pobreza, Estrategia Nacional de Desarrollo Rural y la Estrategia Nacional de Seguridad Alimentaria. Estas transferencias están conformadas por:

a) Programas y Proyectos Sociales a cargo del MIMDES:

a1. Transferencias para Proyectos de Infraestructura Social y Productiva.

a2. Transferencias para Programas de Complementación Alimentaria (Comedores, Alimentos por Trabajo, Hogares y Albergues, Actas de Compromiso, Convenios, Fundación por los Niños del Perú y PEBAL; así como el Programa de Alimentación y Nutrición para el Paciente Ambulatorio con Tuberculosis y Familia -PANTBC).

a3. Transferencias para Programa Integral de Nutrición.

a4. Transferencias para Programa Nacional contra la Violencia Familiar y Sexual

a5. Transferencias para Programa Nacional Wawa Wasi

a6. Transferencias para Programa de Promoción Familiar

b) Transferencias para Infraestructura Vial -Programa de Mantenimiento Rutinario de Caminos Vecinales de PROVIAS DESCENTRALIZADO a cargo del Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

7.3 Para la transferencia de los fondos públicos correspondientes a los Programas y Proyectos Sociales, el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social y el Ministerio de Transportes y Comunicaciones suscribirán con los Gobiernos Locales verifi cados, Convenios de Gestión en los cuales se establecerán los compromisos de ambas partes, respecto a la transferencia de los recursos, el destino de los mismos y las metas de los programas y proyectos a alcanzar en cada ámbito.

7.4 Los Gobiernos Locales verifi cados podrán disponer hasta el 10% de los fondos públicos transferidos a que se refi ere el numeral 7.2 de los presentes lineamientos, para ser destinados a fi nanciar los gastos de gestión, entendiéndose como tales a los gastos necesarios para su efi ciente y efi caz ejecución de los programas transferidos.

Los gastos de gestión antes indicados, en el caso de los Programas de Complementación Alimentaria correspondientes a la Municipalidad Metropolitana de Lima, se defi nirán en coordinación entre el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social y el Ministerio de Economía y Finanzas. El porcentaje de los fondos públicos que se destinen a los citados gastos de gestión se aprobará mediante Decreto Supremo, refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social.

7.5 Las Municipalidades Provinciales verifi cadas deberán asegurar que a nivel Distrital se cumplan las metas de los Programas de Complementación Alimentaria, Programa de Alimentación y Nutrición para el Paciente Ambulatorio con Tuberculosis y Familia -PANTBC y Programa Integral de Nutrición, señalados en los Convenios de Gestión suscritos.

7.6 Los fondos públicos a que se refi ere el inciso a1. del numeral 7.2 de los lineamientos, podrán servir de contrapartida nacional de los recursos provenientes de las Fuentes de Financiamiento: Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito y Donaciones y Transferencias cuya ejecución se realizará bajo los términos y condiciones establecidos en los respectivos contratos de préstamos o convenios de cooperación internacional.

7.7 El Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social o el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, según corresponda, hacen de conocimiento el incumplimiento de lo establecido en los Convenios de Gestión a la Contraloría General de la República.

Artículo 8º.- Implementación de los Institutos Viales Provinciales Municipales (IVP)

Se considera un Instituto Vial Provincial Municipal (IVP) implementado, cuando cumpla los siguientes requisitos:

a) Las municipalidades provinciales que originan un IVP cumplan con los mecanismos de verifi cación establecidos por el Consejo Nacional de Descentralización.

b) Los IVP cuenten con instrumentos de gestión aprobados por el Comité Directivo, tales como: Reglamento de Organización y Funciones (ROF), Cuadro de Asignación de Personal (CAP) y Manual de Organización y Funciones (MOF).

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a través de PROVIAS DESCENTRALIZADO, verifi ca el cumplimiento de los requisitos establecidos para la implementación del IVP y el resultado del mismo será comunicado a la Municipalidad Provincial y Comité Directivo del IVP correspondiente, con copia a la Dirección Nacional del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas y al Consejo Nacional de Descentralización (CND).

Artículo 9º.- Recursos de contrapartida local y normas de utilización

Los recursos que se contabilicen como contrapartida local de los convenios de préstamos suscritos por el Gobierno Peruano, se utilizan siguiendo las normas y procedimientos establecidos en dichos convenios.

Artículo 10º.- Tratamiento de recursos por endeudamiento externo

La transferencia de proyectos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones - PROVIAS DESCENTRALIZADO, que maneja recursos de endeudamiento externo, se efectúa a través de la modalidad de transferencia fi nanciera, las mismas que serán gestionadas siguiendo la normatividad vigente, las directivas complementarias que expidan los pliegos respectivos vinculados al manejo de estos fondos, y siguiendo las normas y los procedimientos establecidos en los Convenios de Préstamos suscritos por el Gobierno Peruano.

Artículo 11º.- Informes del Gobierno Local e IVPLos Institutos Viales Provinciales Municipales (IVP)

implementados que recibieron recursos de las municipalidades, informarán sobre el avance físico y fi nanciero de las transferencias efectuadas por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones - PROVIAS DESCENTRALIZADO a esta última Entidad, adjuntando los documentos sustentatorios. En el caso que los IVP se encuentren en proceso de implementación, los informes deberán ser realizados por la municipalidad provincial al Ministerio de Transportes y Comunicaciones - PROVIAS DESCENTRALIZADO.

DISPOSICIÓN FINAL

Única.- Otros aspectos relativos a la Ejecución Presupuestaria con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, que contribuyan a elevar la efi ciencia de los Programas Sociales y el fortalecimiento institucional de los Gobiernos Locales, serán materia de Directivas o Lineamientos que para tal efecto emitirá el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social y el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas.

24085-3

Designan Director de Inversión Pública de la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 058-2007-EF/43

Lima, 2 de febrero de 2007

Visto el Memorando Nº 115-2007-EF/68.01 de la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público del Ministerio de Economía y Finanzas, sobre designación de funcionario.

CONSIDERANDO:

Que, se encuentra vacante la plaza correspondiente al cargo de Director de Programa Sectorial II - Director

Page 10: n° 002-2007-mincetur

NORMAS LEGALES El PeruanoLima, martes 6 de febrero de 2007339192

de Inversión Pública, Categoría F-3 de la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público del Ministerio de Economía y Finanzas;

Que, es necesario designar a la persona que ejercerá el mencionado cargo;

De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27594; artículo 77º del Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y la Trigésima Tercera Disposición Final de la Ley Nº 28927;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Designar al señor Mario Alfredo Arróspide Medina, en el cargo de responsabilidad directiva de Director de Programa Sectorial II - Director de Inversión Pública, Categoría F-3, de la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público del Ministerio de Economía y Finanzas.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LUIS CARRANZA UGARTEMinistro de Economía y Finanzas

23994-1

Modifican la R.M. Nº 404-2006-EF/43, sobre concurso de méritos para cubrir plazas vacantes de personal del Tribunal Fiscal

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 059-2007-EF/43

Lima, 2 de febrero de 2007

CONSIDERANDO:

Que, al amparo de las Leyes Nºs. 28652 y 28750 mediante la Resolución Ministerial Nº 404-2006-EF/43 se autorizó el concurso de méritos abierto al público de las cinco (5) plazas vacantes presupuestadas de Vocal I - Categoría F-7 y una (1) plaza vacante presupuestada de Director de Programa Sectorial II - Secretario Relator - Categoría F-3, de Sala del Tribunal Fiscal, y se aprobaron las Bases correspondientes que constaban de seis (6) Disposiciones Generales, veinticuatro (24) artículos, cinco (5) Disposiciones Finales y ocho (8) Anexos que formaban parte integrante de las citadas Bases;

Que, el referido concurso de méritos quedó suspendido por efecto de la Tercera Disposición Complementaria y Final del Decreto de Urgencia Nº 020-2006;

Que, el numeral 2 del artículo 4º de la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007 dispone que queda prohibido el ingreso de personal por servicios personales y el nombramiento, salvo, entre otros, el reemplazo por cese del personal o para suplencia temporal de los servidores del Sector Público, siempre y cuando se cuente con la plaza presupuestada, así como el nombramiento de 5 vocales y un 1 Secretario Relator en el Tribunal Fiscal del Ministerio de Economía y Finanzas;

Que, en tal sentido resulta necesario modifi car el texto del Artículo Primero y las Bases del Concurso que fueran aprobados mediante la Resolución Ministerial Nº 404-2006-EF/43;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28927, el artículo 37º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo y el Decreto Legislativo Nº 276 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Modifi car el Artículo Primero de la Resolución Ministerial Nº 404-2006-EF/43, en el sentido que la autorización del concurso de méritos abierto al público es para ocupar siete (7) plazas vacantes presupuestadas de Vocal I - Categoría F-7 y una (1) plaza vacante presupuestada de Director de Programa Sectorial II - Secretario Relator - Categoría F-3, de Sala del Tribunal Fiscal; asimismo, modifi car las Bases en la I y III Disposiciones Generales, los artículos 7º, 11º, 12º y el Anexo II e incluir el artículo 25º, de acuerdo al texto de las Nuevas Bases que forman parte integrante de la presente

Resolución, que serán publicadas en el portal informático del Ministerio de Economía y Finanzas (http://tribunal.mef.gob.pe).

Artículo 2º.- Quedan vigentes las demás disposiciones contenidas en la Resolución Ministerial Nº 404-2006-EF/43.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LUIS CARRANZA UGARTEMinistro de Economía y Finanzas

23994-2

Aprueban Cronograma de pago de Pensiones y Remuneraciones en la Administración Pública correspondiente al mes de febrero de 2007

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIALNº 002-2007-EF/77

Lima, 5 de febrero de 2007

CONSIDERANDO:Que es necesario garantizar la distribución de los

recursos del Tesoro Público, por concepto de Gasto de Personal y Obligaciones Sociales (Remuneraciones) y Gasto por Obligaciones Previsionales (Pensiones), mediante un riguroso Cronograma de Pagos, formulado sobre la base de los ingresos efectivos a la Caja Fiscal;

Que en cumplimiento a lo establecido en el inciso b) del Artículo 8º de la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2007;

De acuerdo a lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 325-92-EF/11;

SE RESUELVE:Artículo 1º.- El pago de Obligaciones Previsionales

(Pensiones) y de Personal y Obligaciones Sociales (Remuneraciones) en la Administración Pública en lo correspondiente al mes de FEBRERO 2007 se sujetará al siguiente Cronograma:

OBLIGACIONES PREVISIONALES (PENSIONES):

12 DE FEBREROPresidencia del Consejo de MinistrosCongreso de la RepúblicaMinisterio de Relaciones ExterioresMinisterio de Economía y Finanzas Poder JudicialMinisterio de JusticiaMinisterio PúblicoConsejo Nacional de la MagistraturaGobiernos Regionales: Unidades Ejecutoras de

AgriculturaTribunal Constitucional Contraloría General de la RepúblicaJurado Nacional de EleccionesOfi cina Nacional de Procesos ElectoralesRegistro Nacional de Identifi cación y Estado CivilUniversidades Públicas

13 DE FEBREROMinisterio de SaludMinisterio de Energía y MinasMinisterio de la ProducciónMinisterio de Comercio Exterior y TurismoMinisterio de la Mujer y Desarrollo SocialMinisterio de Trabajo y Promoción del EmpleoMinisterio de Vivienda, Construcción y SaneamientoGobiernos Regionales: Todas las Unidades Ejecutoras,

excepto las de Educación y de AgriculturaMinisterio de AgriculturaMinisterio de Transportes y Comunicaciones

14 DE FEBREROMinisterio de Educación, excepto USES 01,03 y 07Gobiernos Regionales: Unidades Ejecutoras de

Educación

Page 11: n° 002-2007-mincetur

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, martes 6 de febrero de 2007 339193

15 DE FEBREROMinisterio de Educación: USES 01,03 y 07Ministerio de Defensa

16 DE FEBREROMinisterio del Interior

PERSONAL Y OBLIGACIONES SOCIALES (REMUNERACIONES):

19 DE FEBRERO Presidencia del Consejo de MinistrosCongreso de la RepúblicaMinisterio de Relaciones ExterioresMinisterio de Economía y FinanzasContraloría General de la RepúblicaPoder JudicialMinisterio de JusticiaMinisterio PúblicoConsejo Nacional de la MagistraturaTribunal ConstitucionalJurado Nacional de EleccionesOfi cina Nacional de Procesos ElectoralesDefensoría del PuebloRegistro Nacional de Identifi cación y Estado CivilGobiernos Regionales: Unidades Ejecutoras de

AgriculturaUniversidades PúblicasMinisterio de AgriculturaMinisterio de Transportes y Comunicaciones

20 DE FEBREROMinisterio de Energía y MinasMinisterio de Vivienda, Construcción y SaneamientoMinisterio de Trabajo y Promoción del EmpleoMinisterio de SaludMinisterio de Comercio Exterior y TurismoMinisterio de la ProducciónMinisterio de la Mujer y Desarrollo SocialGobiernos Regionales: Todas las Unidades Ejecutoras,

excepto las de Educación y de Agricultura

21 DE FEBREROMinisterio de EducaciónGobiernos Regionales: Unidades Ejecutoras de

Educación

22 DE FEBREROMinisterio del Interior

23 DE FEBREROMinisterio de Defensa

Artículo 2º.- La Dirección Nacional del Tesoro Público emitirá las Autorizaciones de Pago con anticipación de un día hábil a la fecha indicada en el Artículo 1º.

En los casos de Unidades Ejecutoras que estén realizando el pago de las remuneraciones y pensiones a los servidores públicos, a través de cuentas bancarias individuales, abiertas en el sistema bancario, dichas Autorizaciones serán aprobadas con anticipación de dos días hábiles al programado en el Cronograma; para el efecto las Unidades Ejecutoras requerirán sus habilitaciones con la antelación necesaria.

Artículo 3º.- La presentación y/o transmisión de Cartas Órdenes o Giros Electrónicos por los mencionados conceptos se efectuará hasta por los montos límites de las correspondientes Autorizaciones de Pago, bajo responsabilidad del Director General de Administración o quien haga sus veces.

La información con el detalle de los montos y cuentas de ahorro de los pensionistas o personal activo a ser abonados, deberá ser exactamente igual al monto considerado en la Carta Orden o Giro Electrónico, debiendo ser transmitida a través del SIAF-SP, o de ser el caso presentada en medio magnético, al Banco con dos días de anticipación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ BERLEY ARISTA ARBILDOViceministro de Hacienda

23731-1

JUSTICIA

Designan representantes del Ministerio ante la Comisión Nacional para la Lucha contra el Trabajo Forzoso

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 033-2007-JUS

Lima, 2 de febrero de 2007

VISTO, el Ofi cio Nº 47-2007-MTPE/9.1, de fecha 22 de enero de 2007, del Director General de la Ofi cina de Asesoría Jurídica del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo;

CONSIDERANDO:

Que, por Decreto Supremo Nº 001-2007-TR de fecha 12 de enero de 2007, se creó la Comisión Nacional para la Lucha contra el Trabajo Forzoso, con el objetivo de ser la instancia de coordinación permanente de las políticas y acciones en materia de trabajo forzoso, en los diferentes ámbitos sectoriales, tanto a nivel nacional como regional;

Que, la referida Comisión se encuentra integrada, entre otros, por un representante del Ministerio de Justicia, por lo que es necesario proceder a su designación;

De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y por el Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Desígnese a la abogada JEANNETTE ELAINE OYARCE DELGADO, y al abogado ERICK ERNESTO LANDAURO CERF, como representantes titular y alterno, respectivamente, del Ministerio de Justicia, ante la Comisión Nacional para la Lucha contra el Trabajo Forzoso, creada por el Decreto Supremo Nº 001-2007-TR.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARÍA A. ZAVALA VALLADARESMinistra de Justicia

23987-1

MUJER Y DESARROLLO SOCIAL

Reconocen miembros de la Comisión Especial que tendrá por función validar la metodología de actualización de los índices de distribución del Programa del Vaso de Leche

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 056-2007-MIMDES

Lima, 5 de febrero de 2007

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 026-2006, entre otras acciones, se crea la Comisión Especial que tiene por función validar la metodología de actualización de los índices de distribución del Programa del Vaso de Leche;

Que, asimismo, el referido Decreto de Urgencia señala en su artículo 2º que dicha Comisión Especial estará integrada, entre otros miembros, por un representante de la Sociedad Civil propuesto por la Mesa de Concertación de Lucha contra la Pobreza, así como uno o más representantes de las organizaciones de benefi ciarios del Programa del Vaso de Leche, debidamente constituidas y acreditadas como tales;

Page 12: n° 002-2007-mincetur

NORMAS LEGALES El PeruanoLima, martes 6 de febrero de 2007339194

Que, el artículo 3º del Decreto de Urgencia antes citado, dispone que mediante Resolución Ministerial del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social se reconocerán a los representantes de la Sociedad Civil y de las organizaciones señaladas en el considerando anterior ante la Comisión Especial;

Que, la Mesa de Concertación de Lucha contra la Pobreza ha propuesto, a través de la Presidencia de la Comisión Especial, a los representantes titular y alterno de la Sociedad Civil ante dicho órgano colegiado;

Que, asimismo, la Coordinadora Metropolitana de los Comités del Vaso de Leche y la Organización de los Comités del Vaso de Leche de Lima y Callao son organizaciones debidamente constituidas, teniendo además la condición de benefi ciarios del Programa del Vaso de Leche;

Que, en consecuencia, es necesario reconocer a los representantes antes señalados como miembros de la Comisión Especial;

De conformidad con el Decreto de Urgencia Nº 026-2006, la Ley Nº 27793 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Reconocer como miembros de la Comisión Especial que tendrá por función validar la metodología de actualización de los índices de distribución del Programa del Vaso de Leche, constituido por el artículo 2º del Decreto de Urgencia Nº 026-2006, a las siguientes personas:

- Pedro FRANCKE BALLVE, como representante titular de la Sociedad Civil.

- Carlos MORALES APAZA, como representante alterno de la Sociedad Civil.

- Un(a) representante de la Coordinadora Metropolitana de los Comités del Vaso de Leche.

- Un(a) representante de la Organización de los Comités del Vaso de Leche de Lima y Callao.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

VIRGINIA BORRA TOLEDOMinistra de la Mujer y Desarrollo Social

23947-1

RELACIONES EXTERIORES

Ratifican adhesión del Perú a la “Convención Internacional contra el Reclutamiento, la Utilización, la Financiación y el Entrenamiento de Mercenarios”

DECRETO SUPREMONº 008-2007-RE

EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, la “Convención Internacional contra el Reclutamiento, la Utilización, la Financiación y el Entrenamiento de Mercenarios”, fue adoptada el 4 de diciembre de 1989, por la Conferencia General de las Naciones Unidas, en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, y aprobada por el Congreso de la República, mediante Resolución Legislativa Nº 28931, de 12 de diciembre de 2006;

Que es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento internacional;

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 56º y 118º inciso 11) de la Constitución Política del Perú y el artículo 2º de la Ley Nº 26647;

DECRETA:Artículo 1º.- Ratifíquese la adhesión del Perú a la

“Convención Internacional contra el Reclutamiento, la Utilización, la Financiación y el Entrenamiento de Mercenarios”, adoptada el 4 de diciembre de 1989, por la Conferencia General de las Naciones Unidas, en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, y aprobada por el Congreso de la República, mediante Resolución Legislativa Nº 28931, de 12 de diciembre de 2006.

Dado en la casa de Gobierno en Lima, a los cinco días del mes de febrero del año dos mil siete.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDEMinistro de Relaciones Exteriores

24085-5

Ratifican la “Convención de Viena sobre Relaciones Consulares Protocolo de Firma Facultativa sobre Jurisdicción Obligatoria para la Solución de Controversias”

DECRETO SUPREMONº 009-2007-RE

EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DELA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:Que la “Convención de Viena sobre Relaciones

Consulares Protocolo de Firma Facultativa sobre Jurisdicción Obligatoria para la Solución de Controversias”,fue adoptada el 24 de abril de 1963, en la ciudad de Viena, Austria, y aprobada por el Congreso de la República mediante Resolución Legislativa Nº 28954 de 12 de enero de 2007;

Que es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento internacional;

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 56º y 118º inciso 11) de la Constitución Política del Perú y el artículo 2º de la Ley Nº 26647;

DECRETA:Artículo 1º.- Ratifícase la “Convención de Viena

sobre Relaciones Consulares Protocolo de Firma Facultativa sobre Jurisdicción Obligatoria para la Solución de Controversias”, adoptada el 24 de abril de 1963, en la ciudad de Viena, Austria, y aprobada por el Congreso de la República, mediante Resolución Legislativa Nº 28954 de 12 de enero de 2007.

Dado en la Casa de Gobierno en Lima, a los cinco días del mes de febrero del año dos mil siete.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la RepúblicaJOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDEMinistro de Relaciones Exteriores

24085-6

Ratifican el “Convenio Internacional sobre los Privilegios Marítimos y la Hipoteca Naval, 1993”

DECRETO SUPREMONº 010-2007-RE

EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LAREPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que el “Convenio Internacional sobre los Privilegios Marítimos y la Hipoteca Naval, 1993”, fue

Page 13: n° 002-2007-mincetur

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, martes 6 de febrero de 2007 339195adoptado el 6 de mayo de 1993, en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, y aprobado por el Congreso de la República, mediante Resolución Legislativa Nº 28956 de 12 de enero de 2007;

Que es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento internacional;

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 56º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2º de la Ley Nº 26647;

DECRETA:

Artículo 1º.- Ratifícase el “Convenio Internacional sobre los Privilegios Marítimos y la Hipoteca Naval, 1993” adoptado el 6 de mayo de 1993, en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, y aprobado por el Congreso de la República, mediante Resolución Legislativa Nº 28956 de 12 de enero de 2007.

Dado en la Casa de Gobierno en Lima, a los cinco días del mes de febrero del año dos mil siete.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDEMinistro de Relaciones Exteriores

24085-7

Autorizan a la Autoridad Portuaria Nacional efectuar pago de cuota a la Comisión Interamericana de Puertos de la OEA

RESOLUCIÓN SUPREMANº 057-2007-RE

Lima, 5 de febrero de 2007

VISTO:

El Ofi cio Nº 020-2007-APN/GG/DIPLA de fecha 16 de enero de 2007, de la Autoridad Portuaria Nacional (APN) por el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago de la cuota correspondiente al año 2007, a la Comisión Interamericana de Puertos de la Organización de Estados Americanos (CIP-OEA);

CONSIDERANDO:

Que el artículo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Perú es miembro;

Que es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional;

Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de la cuota del año 2007 al mencionado organismo internacional, con cargo al presupuesto de la Autoridad Portuaria Nacional (APN);

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar a la Autoridad Portuaria Nacional, a efectuar el pago de US$ 6,025.00 (SEIS MIL VEINTICINCO Y 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA) a la Comisión Interamericana de Puertos de la Organización de Estados Americanos (CIP-OEA), correspondiente al pago de la cuota del año 2007.

Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán fi nanciados con cargo al presupuesto de la Autoridad Portuaria Nacional (APN).

Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDEMinistro de Relaciones Exteriores

24085-8

Nombran a Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en Inglaterra para que se desempeñe simultáneamente como Embajador Concurrente ante Irlanda

RESOLUCIÓN SUPREMANº 058-2007-RE

Lima, 5 de febrero de 2007

Vista la Resolución Suprema Nº 401-2006-RE, de 28 de octubre de 2006, que nombra Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, al Embajador en el Servicio Diplomático de la República, Víctor Ricardo Luna Mendoza;

CONSIDERANDO:Que, el inciso 12) del artículo 118º de la Constitución

Política del Perú, establece la facultad del señor Presidente de la República de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobación del Consejo de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso de la República;

Teniendo en cuenta el Memorándum (PRO) Nº PRO0051/2007, de la Dirección Nacional de Protocolo y Ceremonial del Estado, de 26 de enero de 2007;

De conformidad con los artículos 26º y 27º de la Ley Nº 28091, del Servicio Diplomático de la República; y los artículos 62º, 63º b) y 64º literal a) del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; y,

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

SE RESUELVE:Artículo Primero.- Nombrar al Embajador

Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, Embajador en el Servicio Diplomático de la República, Víctor Ricardo Luna Mendoza, para que se desempeñe simultáneamente como Embajador Concurrente ante Irlanda, con residencia en la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte.

Artículo Segundo.- Extender las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDEMinistro de Relaciones Exteriores

24085-9

SALUD

Designan Asesora del Despacho Viceministerial de Salud

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 105-2007/MINSA

Lima, 31 de enero del 2007

Vista la renuncia presentada por el abogado Félix Roberto Jiménez Murillo;

Page 14: n° 002-2007-mincetur

NORMAS LEGALES El PeruanoLima, martes 6 de febrero de 2007339196

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución Ministerial Nº 812-2006/MINSA, del 28 de agosto de 2006, se designó al abogado Félix Roberto Jiménez Murillo, en el cargo de Asesor II del Despacho Vice Ministerial de Salud;

Que resulta conveniente aceptar la renuncia presentada por el funcionario antes citado y designar a la profesional propuesta; y,

De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276, el artículo 77º del Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, el inciso ii) del numeral 2 del artículo 4º de la Ley Nº 28927 y los artículos 3º y 7º de la Ley Nº 27594;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por el abogado Félix Roberto JIMENEZ MURILLO, al cargo de Asesor II, Nivel F-5, del Despacho Vice Ministerial de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados.

Artículo 2º.- Designar a la abogada Dalia Miroslava SUAREZ SALAZAR, en el cargo de Asesor II, del Despacho Vice Ministerial de Salud, Nivel F-5.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS VALLEJOS SOLOGURENMinistro de Salud

23985-2

Designan Director General de la Oficina General de Administración

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 110-2007/MINSA

Lima, 5 de febrero del 2007

Vista la renuncia presentada por el economista Sergio Montero Vásquez;

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución Ministerial Nº 748-2006/MINSA, del 4 de agosto de 2006, se designó al economista Sergio Montero Vásquez, en el cargo de Director General de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Salud;

Que resulta conveniente aceptar la renuncia presentada por el funcionario antes citado y designar al profesional propuesto; y,

De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276, el artículo 77º del Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, el inciso ii) del numeral 2 del artículo 4º de la Ley Nº 28927 y los artículos 3º y 7º de la Ley Nº 27594;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por el economista Sergio MONTERO VÁSQUEZ, al cargo de Director General de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Salud, Nivel F-5, dándosele las gracias por los servicios prestados.

Artículo 2º.- Designar al abogado Pablo NEIRA AGUIRRE, en el cargo de Director General de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Salud, Nivel F-5.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS VALLEJOS SOLOGURENMinistro de Salud

23985-4

Designan Director Ejecutivo de la Oficina Ejecutiva de Economía de la Oficina General de Administración

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 111-2007/MINSA

Lima, 5 de febrero del 2007

Vista la renuncia presentada por el CPC Raúl Fernando MEJIA LOPEZ;

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución Ministerial Nº 185-2006/MINSA, del 22 de febrero de 2006, se designó al CPC Raúl Fernando MEJIA LOPEZ, en el cargo de Director Ejecutivo, Nivel F-4, de la Ofi cina Ejecutiva de Economía de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Salud;

Que resulta conveniente aceptar la renuncia presentada por el funcionario antes citado y designar al profesional propuesto; y,

De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276, el artículo 77º del Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, el inciso ii) del numeral 2 del artículo 4º de la Ley Nº 28927 y los artículos 3º y 7º de la Ley Nº 27594;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por el CPC Raúl Fernando MEJIA LOPEZ, al cargo de Director Ejecutivo, Nivel F-4, de la Ofi cina Ejecutiva de Economía de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados.

Artículo 2º.- Designar al CPC Marco Antonio ALVA TADOY, en el cargo de Director Ejecutivo de la Ofi cina Ejecutiva de Economía de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Salud, Nivel F-4.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS VALLEJOS SOLOGURENMinistro de Salud

23985-5

TRANSPORTES Y

COMUNICACIONES

Encargan funciones de Director de la Oficina de Proyectos de Comunicaciones

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 057-2007-MTC/03

Lima, 5 de febrero de 2007

CONSIDERANDO:

Que, se encuentra vacante el cargo de Director de la Ofi cina de Proyectos de Comunicaciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;

Que, en consecuencia, resulta necesario encargar el cargo de Director de la Ofi cina de Proyectos de Comunicaciones, en tanto se designe a su Titular;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, las Leyes Nºs. 27594 y 27791 y en el Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Encargar al ingeniero Guillermo Ernesto Villanueva Pinto, Director General de la Dirección General de Control y Supervisión de Telecomunicaciones, el puesto de Director de la Ofi cina de Proyectos de

Page 15: n° 002-2007-mincetur

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, martes 6 de febrero de 2007 339197Comunicaciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en tanto se designe a su Titular.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

VERÓNICA ZAVALA LOMBARDIMinistra de Transportes y Comunicaciones

24083-1

PODER JUDICIAL

CORTES SUPERIORES

DE JUSTICIA

Aprueban Cronograma de Visitas Judiciales Ordinarias a realizarse durante el año judicial 2007 en diversas salas y juzgados de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA NORTEOFICINA DISTRITAL DE CONTROL

DE LA MAGISTRATURAJEFATURA

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVANº 004-2007-J-ODICMA-CSJLN/PJ

Independencia, treinta y uno de enero del dos mil siete.-

VISTOS y CONSIDERANDO:Que, parte de la labor de control es supervisar la

idoneidad, conducta y desempeño funcional de los Magistrados y Auxiliares Jurisdiccionales, buscando alcanzar la prestación de un efi ciente servicio de justicia, conforme lo establece el artículo primero del Reglamento de Organización y Funciones del Poder Judicial.

Que, la referida supervisión se realiza, entre otros, mediante visitas ordinarias y/o extraordinarias en las diferentes dependencias jurisdiccionales, facultad que está reservada a la Jefatura de ODICMA conforme lo señala el artículo doce inciso b) del Reglamento de Organización y Funciones de la Ofi cina de Control de la Magistratura; visitas que deben ser programadas en las dependencias de este Distrito Judicial.

Por tales consideraciones al amparo del artículo doce inciso b) concordante con el artículo cincuenta del Reglamento de Organización y Funciones de la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial;

SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar el cronograma de Visitas

Judiciales Ordinarias a realizarse durante el presente año judicial, que como anexo forma parte de la presente resolución, las que se realizarán en las diversas Salas y Juzgados de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, conforme a la programación que se detalla.

Artículo 2º.- Disponer su ejecución a través de la Comisión Distrital de Control de la Magistratura de Lima Norte, bajo los lineamientos establecidos en los artículos cincuenta y uno y cincuenta y dos del Reglamento de Organización y Funciones del Poder Judicial, debiendo dicha Presidencia conjuntamente con los Magistrados integrantes y Asistentes Judiciales, tomar las acciones pertinentes para que el cronograma elaborado se cumpla dentro del plazo establecido, dando cuenta de su labor en su debida oportunidad.

Artículo 3º.- Disponer que las visitas judiciales extraordinarias por su propia naturaleza, sean reservadas e inopinadas, en atención al índice de quejas verbales y/o escritas que se reciban en este Despacho Contralor, o por cualquier otro motivo que merezca disponer la realización inmediata de una visita judicial.

Artículo 4º.- Comunicar la presente Resolución a la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia y Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la

Magistratura, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte y Consejo Ejecutivo Distrital, y Jefatura de Administración Distrital para la publicación en el diario ofi cial el Peruano; para los fi nes pertinentes.

Publíquese, regístrese, cúmplase y archívese.

CARLOS ALBERTO CALDERÓN PUERTASJefe de la Ofi cina Distrital deControl de la MagistraturaCorte Superior de Justicia Lima Norte

ANEXOMes de Marzo• Juzgados de Paz Letrado (AFP)• Juzgados de Paz Letrado de Independencia

Mes de Abril• Juzgado de Paz Letrado de Comas• Juzgados Penales: Primera Fase: 1º, 2º, 3º y 4º

Mes de Mayo• Módulo Básico de Justicia de Condevilla• Juzgados de Familia: Primera Fase: (1º, 2º, 3º , 4º)• Juzgados Penales: Segunda Fase (5º, 6º, 7º y 8º)

Mes de Junio• Primera Sala Penal Reos Libres• Primera Sala Penal Transitoria• Juzgados Penales: Tercera Fase: (9º,10º11º12º)

Mes de Julio• Segunda Sala Penal Reos Libres• Segunda Sala Penal Transitoria• Juzgados Penales: Cuarta Fase : (13º y 14º)

Mes de Agosto• Primera Sala Civil• Sala Mixta Transitoria• Juzgados de Familia (Segunda Fase: 5º 6º y 7º):

Mes de Setiembre• Módulo Corporativo de los Juzgados Civiles• Segunda Sala Civil• Módulo Básico de Justicia de Carabayllo

Mes de Octubre• Primera Sala Penal Reos Cárcel• Segunda Sala Penal Reos Cárcel• Juzgados de Paz Letrado de San Martín de Porres

y Los Olivos

Mes de Noviembre• Juzgado Mixto y Paz Letrado de Puente Piedra Santa

Rosa y Ancón• Juzgados de Paz Letrado y Mixto de Canta

Mes de Diciembre• Modulo Básico de Justicia de Los Olivos• Juzgado Laboral

23918-1

Comunican conformación de la Junta Directiva del Comité de Damas del Poder Judicial Callao - CODAPOJ CALLAO para el período 2007 - 2008

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVANº 26-2007-P-CSJCL/PJ

Callao, 30 de enero del 2007LA PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO

VISTO y CONSIDERANDO:Que es atribución del Presidente de la Corte Superior

dirigir la política del Poder Judicial en el Distrito Judicial a su cargo, y dentro de ese contexto, cautelar la buena marcha de las diversas áreas integrantes de su Jurisdicción.

Que el Comité de Damas del Poder Judicial Callao es una institución sin fi nes de lucro, que vela por la unión y promoción de la familia judicial en sus diversos aspectos.

Page 16: n° 002-2007-mincetur

NORMAS LEGALES El PeruanoLima, martes 6 de febrero de 2007339198

Que el artículo 48º del Título Quinto del Reglamento de la Asociación de Damas del Poder Judicial - ADAPOJ señala que “Cada Comité estará presidido por la esposa del Presidente de la Corte Superior respectiva”.

Que en observancia a lo establecido en el artículo antes mencionado, corresponde a la señora Esther Silvera de Cueto, asumir el cargo de Presidenta del Comité de Damas del Poder Judicial Callao- CODAPOJ, para el período 2007 - 2008.

Que en virtud a ello, con fecha 29 de enero del presente año, prestó Juramento como Presidenta del Comité de Damas del Poder Judicial del Callao - CODAPOJ para el período 2007-2008 la señora Esther Silvera de Cueto, así como las integrantes de la Junta Directiva ante la Presidenta de la Asociación de Damas del Poder Judicial, señora Jesús Espinoza de Távara.

Que siendo ello así, es necesario hacer de conocimiento los nombres de las integrantes del Comité de Damas del Poder Judicial Callao - CODAPOJ Callao, para el período 2007 - 2008.

En consecuencia, estando a las facultades conferidas a los Presidentes de Corte, por el Artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

SE RESUELVE:Artículo Primero.- COMUNICAR que la Junta

Directiva del Comité de Damas del Poder Judicial Callao - CODAPOJ CALLAO para el período 2007 - 2008, se encuentra conformada de la siguiente manera:

- Presidenta: Esther Silvera de Cueto- Vicepresidenta: Mirtha Borjas de Alarcon- Secretaria: Roxana Colter Apaza - Tesorera: Noemi Córdova Gonzales- Directora de Asistencia Social: Edda Chiri de Leon- Directora de Actividades Sociales: Elizabeth Matute de Ramal- Directora de Relaciones Públicas: Jenny Llara de Acevedo- Directora de Actividades Culturales: Gloria Gutierrez de Hinostroza- Coordinadora a Nivel de los Comités de las Cortes Superiores: María Paredes de Otarola

- Coordinadora a Nivel de los Juzgados: Dra Gladys Ilizarbe Albites

Artículo Segundo.- PÓNGASE la presente Resolución, en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, de la Gerencia General del Poder Judicial, de la Ofi cina de Control de la Magistratura, de la Asociación de Damas del Poder Judicial, de la Comisión Distrital de Control de la Magistratura, de los señores Magistrados del Distrito Judicial, de la Ofi cina de Administración Distrital, y de la Ofi cina Distrital de Imagen Institucional, para los fi nes pertinentes.

Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese.PEDRO GUSTAVO CUETO CHUMANPresidenteCorte Superior de Justicia del Callao

23979-1

Establecen disposiciones para la atención de los Órganos Jurisdiccionales de Emergencia de la Corte Superior de Justicia del Callao durante las vacaciones del año judicial 2007

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVANº 27-2007-P-CSJCL/PJ.

Callao, 1 de febrero del 2007

VISTA:La Resolución Administrativa Nº 22-2007-CSJCL/

PJ, expedida por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Callao, de fecha 29 de enero del 2007; y,

CONSIDERANDO:

Que por Resolución Administrativa de Vista, la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia, designó

los órganos jurisdiccionales de emergencia del Distrito Jurisdiccional del Callao que funcionarán del 1 de febrero al 2 de marzo del año en curso.

Que, el artículo tercero de la Resolución Administrativa Nº 135-2006-CE-PJ establece entre otros, que los órganos jurisdiccionales de emergencia “….atenderán preferentemente las siguientes materias de los órganos jurisdiccionales que saldrán de vacaciones; Penal:Hábeas Corpus, califi cación de denuncias con detenidos, trámites de libertades, apelación de mandato de detención, homonimias y rehabilitaciones; Civil: Acciones de garantías y medidas cautelares fuera de proceso; Familia:Consignaciones de alimentos, autorización de viaje de menores, violencia familiar, tutela de menores en abandono, y menores infractores; Laboral: Consignaciones laborales, y Contencioso Administrativo.- Esta disposición no impide a los órganos jurisdiccionales de emergencia tramitar otras materias, cuando el caso lo requiera.”

Que para una mejor orientación del usuario del servicio de Justicia que acude a esta sede judicial, es necesario precisar los órganos jurisdiccionales que salieron de vacaciones, cuyas materias según la norma antes mencionada, serán de conocimiento de los Órganos Jurisdiccionales de Emergencia del Callao.

En consecuencia, en uso de las facultades conferidas a los Presidentes de Corte, por los incisos 3) y 9) del Artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

SE RESUELVE:Artículo Primero.- DISPONER que durante las vacaciones

del presente año judicial 2007 que se harán efectivas del 1 de febrero al 2 de marzo del año en curso, los Órganos Jurisdiccionales de Emergencia de la Corte Superior de Justicia del Callao, designados mediante Resolución Administrativa Nº 22-2007-P-CSJCL/PJ atenderán de los órganos jurisdiccionales que salieron de vacaciones, las materias según lo establecido artículo tercero de la Resolución Administrativa Nº 135-2006-CE-PJ, de acuerdo al siguiente detalle:

ÓRGANO JURISDICCIONAL DE EMERGENCIA

ÓRGANO JURISDICCIONAL DE VACACIONES

Sala Penal Primera, Segunda, Tercera, Cuarta Salas Penales y Primera Sala Mixta Transitoria

Sala Mixta (Civil-Laboral-Familia)

Primera, Segunda Salas Civiles y Segunda Sala Mixta Transitoria

Cuarto Juzgado Penal Sétimo y Octavo Juzgados PenalesQuinto Juzgado Penal Segundo y Tercer Juzgados PenalesSexto Juzgado Penal Primer, Noveno y Décimo Segundo

Juzgados PenalesJuzgado Penal Transitorio Décimo y Décimo Primer Juzgados

PenalesPrimer Juzgado Civil Tercer Juzgado CivilSegundo Juzgado Civil Quinto Juzgado CivilCuarto Juzgado Civil Sexto Juzgado CivilQuinto Juzgado Laboral Primer, Segundo, Tercer y Cuarto

Juzgados Laborales.Quinto Juzgado de Familia Primer, Segundo, Tercer y Cuarto

Juzgados de Familia.Primer Juzgado de Paz Letrado

Segundo y Tercer Juzgado de Paz Letrado.

Sexto Juzgado de Paz Letrado

Cuarto, Quinto y Sétimo Juzgado de Paz Letrado.

Primer Juzgado Mixto de Ventanilla

Segundo y Tercer Juzgados Mixtos de Ventanilla

Primer Juzgado de Paz Letrado de Ventanilla

Segundo Juzgado de Paz Letrado de Ventanilla

Artículo Segundo.- PÓNGASE la presente Resolución, en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, de la Gerencia General del Poder Judicial, de la Señora Fiscal Superior Decana del Callao, de la Comisión Distrital de Control de la Magistratura, de los Señores Magistrados del Distrito Judicial, del Jefe de la Ofi cina de Administración Distrital, y de la Ofi cina Distrital de Imagen Institucional, para los fi nes pertinentes.

Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese.PEDRO GUSTAVO CUETO CHUMANPresidenteCorte Superior de Justicia del Callao

23979-2

Page 17: n° 002-2007-mincetur

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, martes 6 de febrero de 2007 339199

Designan Vocal provisional integrante de la Tercera Sala Penal Anticorrupción y Juez Suplente del Vigésimo Primer Juzgado Especializado en lo Penal y de los juzgados a su cargo por el período vacacional

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVANº 068-2007-P-CSJL/PJ

Lima, 5 de febrero del 2007

VISTO:

Que mediante Ofi cio número 417-2007-CE-PJ, remitido por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante su Secretario General doctor Luís Alberto Mera Casas de fecha de recepción dos de febrero del año en curso.

CONSIDERANDO:

Que, conforme aparece del ofi cio de vistos, se aprecia la designación de la doctora SUSANA CASTAÑEDA OTSU, Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de Lima como integrante de la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial.

Que estando a la designación efectuada a fi n de no interrumpir las labores jurisdiccionales la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, procede a designar la nueva conformación de la Tercera Sala Anticorrupción y el Vigésimo Primer Juzgado Penal para su normal funcionamiento.

Que estando a lo expuesto y en mérito a las facultades previstas y otorgadas por los incisos 3) y 9) del artículo 90º del Texto Único de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- DISPONER la DESIGNACIÓN, del doctor CARLOS AUGUSTO MANRIQUE SUAREZ, Juez Titular del Vigésimo Primer Juzgado Especializado en lo Penal, como Vocal provisional integrante de la Tercera Sala Penal Anticorrupción, la cual estará conformada por los señores Vocales Superiores doctores:

JOSE ANTONIO NEYRA FLOREZ (T) PRESIDENTE

MANUEL ALEJANDRO CARRANZA PANIAGUA (P)

CARLOS MANRIQUE SUAREZ (P)

Artículo Primero.- DISPONER la DESIGNACIÓN, de la doctora KARINA LIZBETH DE MONTREUIL MEZA, como Juez Suplente del Vigésimo Primer Juzgado Especializado en lo Penal, y los juzgados a su cargo por el período vacacional del Poder Judicial del año 2006.

Articulo Segundo.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, de la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, del Consejo Nacional de la Magistratura, de la Ofi cina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General, de la Gerencia de Personal, de la Ofi cina de Administración Distrital, de la Fiscalía.

Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.

ANGEL H. ROMERO DÍAZPresidente de la Corte Superiorde Justicia de Lima

23981-1

FE DE ERRATAS

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVANº 032-2007-P-CSJLI/PJ

Mediante Ofi cio Nº 1281-2007-RA-P-CSJL(PLM), la Corte Superior de Justicia de Lima solicita se publique Fe

de Erratas de la Resolución Administrativa Nº 032-2007-P-CSJLI/PJ, publicada en la edición del día 24 de enero de 2007.

DICE:

Artículo Primero.- DISPONER el funcionamiento de los siguientes órganos jurisdiccionales de emergencia, en el período vacacional comprendido entre el 1º de febrero al 2 de marzo del año 2007 .

...

JUZGADOS DE PAZ LETRADOS

...

1º Juzgado de Paz Letrado de San Juan de Mirafl ores: a cargo sólo por el mes de vacaciones del doctor MARCO WILDER BERNABLE NAUPA, quien alternará el 2º, 3 y 4º Juzgado de Paz Letrado de San Juan de Mirafl ores.

...

DEBE DECIR:

Artículo Primero: DISPONER el funcionamiento de los siguientes órganos jurisdiccionales de emergencia, en el período vacacional comprendido entre el 1º de febrero al 2 de marzo del año 2007 .

...

JUZGADOS DE PAZ LETRADOS

...

1º Juzgado de Paz Letrado de San Juan de Mirafl ores: a cargo sólo por el mes de vacaciones del doctor MARCO WILDER BERNABLE NAUPA, quien alternará el 2º y 3º Juzgado de Paz Letrado de San Juan de Mirafl ores.

...

23931-1

ORGANISMOS AUTONOMOS

REGISTRO NACIONAL

DE IDENTIFICACION

Y ESTADO CIVIL

Aprueban Cuadro para Asignación de Personal del RENIEC

RESOLUCIÓN JEFATURALNº 051-2007-JEF/RENIEC

Lima, 30 de enero de 2007.

VISTOS:

El Ofi cio Nº 000179 -2007-GPP/RENIEC, de fecha 30 de enero de 2007, emitido por la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto, el Memorando Nº 000234-2006-JEF/RENIEC, de fecha 28 de diciembre de 2006, emitido por la Jefatura Nacional; y, el Informe Nº 000127-2007-GAJ/RENIEC, de fecha 30 de enero de 2007, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, es un organismo constitucionalmente autónomo

Page 18: n° 002-2007-mincetur

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, martes 6 de febrero de 2007339200

encargado de manera exclusiva y excluyente de las funciones de organizar y actualizar el Registro Único de Identifi cación de las Personas Naturales, así como, en otros, registrar los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil;

Que, mediante Resolución Jefatural Nº 050-2007-JEF/RENIEC, de fecha 30 de enero del 2007, se modifi có el Reglamento de Organización y Funciones y la Estructura Orgánica del RENIEC;

Que mediante Resolución Jefatural Nº 922-2006-JEF/RENIEC, de fecha 11 de octubre del 2006, se aprobó la actualización del Cuadro para Asignación de Personal del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil;

Que, a través del Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, publicado el 18 de junio del 2004, se aprobaron los lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de las Entidades de la Administración Pública, cuya fi nalidad es generar la aprobación de un CAP que contenga una correcta defi nición de los cargos, acorde con la estructura orgánica de la entidad y con los diseños y estructura de la Administración Pública que establece la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, con el objetivo de priorizar y optimizar el uso de los recursos públicos;

Que, a través del documento del visto, la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto informa a la Jefatura Nacional la adecuación del Cuadro para Asignación de Personal a los requisitos contemplados en la norma citada en el considerando precedente;

Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica, la Gerencia de Recursos Humanos y la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto, y, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26497 -

Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil e inciso h) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones de RENIEC aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 921-2006-JEF/RENIEC, del 11 de octubre del 2006;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dejar sin efecto la Resolución Jefatural Nº 922-2006-JEF/RENIEC, de fecha 11 de octubre del 2006, y demás disposiciones administrativas internas que se opongan a la presente resolución.

Artículo Segundo.- Aprobar el Cuadro para Asignación de Personal - CAP, del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil - RENIEC, que en anexo forma parte de la presente Resolución.

Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Recursos Humanos la modifi cación del Presupuesto Analítico de Personal (PAP) conforme al Cuadro para Asignación de Personal (CAP) que se aprueba con la presente resolución.

Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto la modifi cación del Manual de Organización y Funciones (MOF), adecuándolo a los cargos establecidos en el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) que se aprueba mediante la presente resolución.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

EDUARDO RUIZ BOTTOJefe Nacional

Page 19: n° 002-2007-mincetur

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, martes 6 de febrero de 2007 339201

CUADRO PARA ASIGNACION DE PERSONAL

ENTIDAD: REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVILSECTOR: PLIEGO 033

Nº ORDEN CARGO ESTRUCTURAL CODIGO CLASIFICACIÓN TOTAL SITUACIÓN DEL CARGO CARGO DE CONFIANZA

PRES PREV

JEFATURA NACIONAL001 Jefe Nacional FP-010 FP 1 1

SUB JEFATURA NACIONAL002 Sub Jefe Nacional FP-010 FP 1 1 1003 Profesional 2 ES-090 SP-ES 1 1

SECRETARÍA GENERAL004 Gerente A EC-020 EC 1 1 1

SUB GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN DOCUMENTARIA Y ARCHIVO005 Sub Gerente EC-040 EC 1 1 1006 Auxiliar 3 AP-160 SP-AP 1 1

ORGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL007 Gerente A EC-020 EC 1 1

PROCURADURÍA PÚBLICA008 Gerente B EC-030 EC 1 1009 Sub Gerente EC-040 EC 1 1

GERENCIA DE ASESORÍA JURÍDICA010 Gerente A EC-020 EC 1 1 1011 Profesional 1 ES-080 SP-ES 1 1

DEPARTAMENTO DE SISTEMATIZACIÓN JURIDICA012 Jefe de Departamento EC-070 EC 1 1 1013 Profesional 1 ES-080 SP-ES 1 1

GERENCIA DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO014 Gerente A EC-020 EC 1 1 1015 Técnico 3 AP-130 SP-AP 1 1

SUB GERENCIA DE PLANIFICACIÓN Y PROGRAMACIÓN E INVERSIONES016 Sub Gerente EC-040 EC 1 1 1017 Profesional 2 ES-090 SP-ES 1 1

SUB GERENCIA DE RACIONALIZACIÓN018 Sub Gerente EC-040 EC 1 1 1019 Profesional 3 ES-100 SP-ES 1 1020 Técnico 1 AP-110 SP-AP 1 1

SUB GERENCIA DE PRESUPUESTO021 Sub Gerente EC-040 EC 1 1 1022 Técnico 3 AP-130 SP-AP 1 1

SUB GERENCIA DE ESTADÍSTICA023 Sub Gerente EC-040 EC 1 1 1024 Profesional 2 ES-090 SP-ES 1 1025 Profesional 3 ES-100 SP-ES 1 1

GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN026 Gerente A EC-020 EC 1 1 1027 Profesional 2 ES-090 SP-ES 1 1028 Auxiliar 1 AP-140 SP-AP 1 1

SUB GERENCIA DE CONTABILIDAD029 Sub Gerente EC-040 EC 1 1 1

SUB GERENCIA DE TESORERIA030 Sub Gerente EC-040 EC 1 1 1031 Profesional 3 ES-100 SP-ES 1 1

SUB GERENCIA DE LOGISTICA032 Sub Gerente EC-040 EC 1 1 1033 Profesional 2 ES-090 SP-ES 1 1

034-035 Auxiliar 2 AP-150 SP-AP 2 1 1SUB GERENCIA DE SERVICIOS GENERALES

036 Sub Gerente EC-040 EC 1 1 1037 Profesional 2 ES-090 SP-ES 1 1038 Técnico 1 AP-110 SP-AP 1 1039 Técnico 2 AP-120 SP-AP 1 1

ESCUELA NACIONAL DE REGISTRO DEL ESTADO CIVIL E IDENTIFICACIÓN - ENRECI040 Gerente B EC-030 EC 1 1 1041 Profesional 3 ES-100 SP-ES 1 1

DEPARTAMENTO DE INVESTIGACION ACADEMICA042 Jefe de Departamento EC-070 EC 1 1 1

DEPARTAMENTO DE CAPACITACION043 Jefe de Departamento EC-070 EC 1 1 1

GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS044 Gerente B EC-030 EC 1 1 1045 Profesional 2 ES-090 SP-ES 1 1046 Técnico 2 AP-120 SP-AP 1 1

Page 20: n° 002-2007-mincetur

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, martes 6 de febrero de 2007339202

CUADRO PARA ASIGNACION DE PERSONAL

ENTIDAD: REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVILSECTOR: PLIEGO 033

Nº ORDEN CARGO ESTRUCTURAL CODIGO CLASIFICACIÓN TOTAL SITUACIÓN DEL CARGO CARGO DE CONFIANZA

PRES PREV047-048 Técnico 3 AP-130 SP-AP 2 2

GERENCIA DE IMAGEN INSTITUCIONAL049 Gerente B EC-030 EC 1 1 1050 Profesional 3 ES-100 SP-ES 1 1051 Auxiliar 1 AP-140 SP-AP 1 1052 Auxiliar 2 AP-150 SP-AP 1 1

GERENCIA DE INFORMÁTICA 053 Gerente A EC-020 EC 1 1 1054 Técnico 3 AP-130 SP-AP 1 1

055-056 Auxiliar 2 AP-150 SP-AP 2 2SUB GERENCIA DE PLANIFICACIÓN E INNOVACION TECNOLOGICA

057 Sub Gerente EC-040 EC 1 1 1058-060 Profesional 1 ES-080 SP-ES 3 2 1

SUB GERENCIA DE OPERACIONES TELEMÁTICAS061 Sub Gerente EC-040 EC 1 1 1062 Profesional 1 ES-080 SP-ES 1 1063 Profesional 2 ES-090 SP-ES 1 1

064-065 Profesional 3 ES-100 SP-ES 2 2SUB GERENCIA DE INGENIERIA DE SOFTWARE

066 Sub Gerente EC-040 EC 1 1 1067-069 Profesional 1 ES-080 SP-ES 3 2 1070-073 Profesional 2 ES-090 SP-ES 4 4074-075 Profesional 3 ES-100 SP-ES 2 2

SUB GERENCIA DE SOPORTE TECNICO OPERATIVO076 Sub Gerente EC-040 EC 1 1 1077 Profesional 1 ES-080 SP-ES 1 1

078-079 Profesional 2 ES-090 SP-ES 2 2080-081 Profesional 3 ES-100 SP-ES 2 2

082 Técnico 1 AP-110 SP-AP 1 1083-086 Técnico 2 AP-120 SP-AP 4 4087-088 Auxiliar 3 AP-160 SP-AP 2 1 1

SUB GERENCIA DE GESTIÓN DE BASE DE DATOS089 Sub Gerente EC-040 EC 1 1 1090 Profesional 2 ES-090 SP-ES 1 1091 Profesional 3 ES-100 SP-ES 1 1

GERENCIA DE OPERACIONES REGISTRALES092 Gerente A EC-020 EC 1 1 1093 Técnico 1 AP-110 SP-AP 1 1094 Técnico 2 AP-120 SP-AP 1 1095 Auxiliar 1 AP-140 SP-AP 1 1

PROGRAMA DE RESTITUCION DE LA IDENTIDAD Y APOYO SOCIAL096 Gerente B EC-030 EC 1 1 1097 Profesional 2 ES-090 SP-ES 1 1

098-099 Profesional 3 ES-100 SP-ES 2 2100 Técnico 1 AP-110 SP-AP 1 1101 Técnico 2 AP-120 SP-AP 1 1102 Auxiliar 1 AP-140 SP-AP 1 1

DEPARTAMENTO DE APOYO LOGÍSTICO103 Jefe de Departamento EC-070 EC 1 1 1104 Profesional 3 ES-100 SP-ES 1 1105 Técnico 1 AP-110 SP-AP 1 1106 Técnico 2 AP-120 SP-AP 1 1107 Técnico 3 AP-130 SP-AP 1 1108 Auxiliar 1 AP-140 SP-AP 1 1

109-110 Auxiliar 2 AP-150 SP-AP 2 2111-115 Auxiliar 3 AP-160 SP-AP 5 5

SUB GERENCIA DE REGISTROS DEL ESTADO CIVIL116 Sub Gerente EC-040 EC 1 1 1

117-119 Profesional 3 ES-100 SP-ES 3 3120 Técnico 1 AP-110 SP-AP 1 1121 Técnico 2 AP-120 SP-AP 1 1122 Técnico 3 AP-130 SP-AP 1 1

123-129 Auxiliar 2 AP-150 SP-AP 7 7130-131 Auxiliar 3 AP-160 SP-AP 2 2

SUB GERENCIA DE CONTROL Y FISCALIZACION132 Sub Gerente EC-040 EC 1 1 1133 Profesional 3 ES-100 SP-ES 1 1134 Auxiliar 2 AP-150 SP-AP 1 1

Page 21: n° 002-2007-mincetur

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, martes 6 de febrero de 2007 339203

CUADRO PARA ASIGNACION DE PERSONAL

ENTIDAD: REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVILSECTOR: PLIEGO 033

Nº ORDEN CARGO ESTRUCTURAL CODIGO CLASIFICACIÓN TOTAL SITUACIÓN DEL CARGO CARGO DE CONFIANZA

PRES PREVSUB GERENCIA DE ACTIVIDADES ELECTORALES

135 Sub Gerente EC-040 EC 1 1 1136 Técnico 1 AP-110 SP-AP 1 1

137-138 Técnico 2 AP-120 SP-AP 2 2JEFATURA REGIONAL 1 - NORTE PIURA

139 Jefe Regional B EC-060 EC 1 1 1140 Profesional 3 ES-100 SP-ES 1 1141 Auxiliar 1 AP-140 SP-AP 1 1

142-161 Auxiliar 2 AP-150 SP-AP 20 20162-164 Auxiliar 3 AP-160 SP-AP 3 3

JEFATURA REGIONAL 2 - NOR MEDIO (TRUJILLO)165 Jefe Regional B EC-060 EC 1 1 1166 Técnico 2 AP-120 SP-AP 1 1

167-168 Técnico 3 AP-130 SP-AP 2 2169-170 Auxiliar 1 AP-140 SP-AP 2 2171-176 Auxiliar 2 AP-150 SP-AP 6 6

177 Auxiliar 3 AP-160 SP-AP 1 1JEFATURA REGIONAL 3 - SAN MARTIN (TARAPOTO)

178 Jefe Regional B EC-060 EC 1 1 1179 Técnico 1 AP-110 SP-AP 1 1

180-181 Técnico 2 AP-120 SP-AP 2 2182-184 Técnico 3 AP-130 SP-AP 3 3185-189 Auxiliar 1 AP-140 SP-AP 5 5190-193 Auxiliar 2 AP-150 SP-AP 4 4194-195 Auxiliar 3 AP-160 SP-AP 2 2

JEFATURA REGIONAL 4 - ORIENTAL (IQUITOS)196 Jefe Regional B EC-060 EC 1 1 1197 Auxiliar 1 AP-140 SP-AP 1 1

198-201 Auxiliar 2 AP-150 SP-AP 4 4202 Auxiliar 3 AP-160 SP-AP 1 1

JEFATURA REGIONAL 5 - NOR CENTRO (CHIMBOTE)203 Jefe Regional B EC-060 EC 1 1 1204 Técnico 2 AP-120 SP-AP 1 1205 Técnico 3 AP-130 SP-AP 1 1

206-210 Auxiliar 1 AP-140 SP-AP 5 5211-221 Auxiliar 2 AP-150 SP-AP 11 11222-225 Auxiliar 3 AP-160 SP-AP 4 4

JEFATURA REGIONAL 6 - CENTRO (HUANCAYO)226 Jefe Regional B EC-060 EC 1 1 1227 Profesional 3 ES-100 SP-ES 1 1228 Técnico 3 AP-130 SP-AP 1 1

229-231 Auxiliar 1 AP-140 SP-AP 3 3232-240 Auxiliar 2 AP-150 SP-AP 9 9241-246 Auxiliar 3 AP-160 SP-AP 6 6

JEFATURA REGIONAL 7 - AYACUCHO247 Jefe Regional B EC-060 EC 1 1 1248 Técnico 3 AP-130 SP-AP 1 1

249-251 Auxiliar 1 AP-140 SP-AP 3 3252-255 Auxiliar 2 AP-150 SP-AP 4 4256-258 Auxiliar 3 AP-160 SP-AP 3 3

JEFATURA REGIONAL 8 - SUR (AREQUIPA)259 Jefe Regional B EC-060 EC 1 1 1260 Técnico 1 AP-110 SP-AP 1 1

261-262 Técnico 2 AP-120 SP-AP 2 2263-267 Técnico 3 AP-130 SP-AP 5 5268-274 Auxiliar 1 AP-140 SP-AP 7 7275-288 Auxiliar 2 AP-150 SP-AP 14 14289-290 Auxiliar 3 AP-160 SP-AP 2 2

JEFATURA REGIONAL 9 - INCA (CUSCO)291 Jefe Regional B EC-060 EC 1 1 1

292-293 Auxiliar 1 AP-140 SP-AP 2 2294-304 Auxiliar 2 AP-150 SP-AP 11 11

305 Auxiliar 3 AP-160 SP-AP 1 1JEFATURA REGIONAL 10 - LIMA

306 Jefe Regional A EC-050 EC 1 1 1307-308 Profesional 2 ES-090 SP-ES 2 2309-313 Profesional 3 ES-100 SP-ES 5 5314-317 Técnico 1 AP-110 SP-AP 4 4318-320 Técnico 2 AP-120 SP-AP 3 3

Page 22: n° 002-2007-mincetur

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, martes 6 de febrero de 2007339204

CUADRO PARA ASIGNACION DE PERSONAL

ENTIDAD: REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVILSECTOR: PLIEGO 033

Nº ORDEN CARGO ESTRUCTURAL CODIGO CLASIFICACIÓN TOTAL SITUACIÓN DEL CARGO CARGO DE CONFIANZA

PRES PREV321-324 Técnico 3 AP-130 SP-AP 4 4325-334 Auxiliar 1 AP-140 SP-AP 10 10335-358 Auxiliar 2 AP-150 SP-AP 24 24359-413 Auxiliar 3 AP-160 SP-AP 55 47 8

JEFATURA REGIONAL 11 - PUNO414 Jefe Regional B EC-060 EC 1 1 1

415-416 Auxiliar 1 AP-140 SP-AP 2 2417-421 Auxiliar 2 AP-150 SP-AP 5 5422-423 Auxiliar 3 AP-160 SP-AP 2 2

JEFATURA REGIONAL 12 - ICA424 Jefe Regional B EC-060 EC 1 1 1

425-426 Técnico 3 AP-130 SP-AP 2 2427 Auxiliar 2 AP-150 SP-AP 1 1428 Auxiliar 3 AP-160 SP-AP 1 1

GERENCIA DE PROCESOS Y DEPURACIÓN REGISTRAL429 Gerente A EC-020 EC 1 1 1430 Profesional 3 ES-100 SP-ES 1 1431 Técnico 3 AP-130 SP-AP 1 1

DEPARTAMENTO DE DACTILOSCOPIA Y GRAFOTECNIA432 Jefe de Departamento EC-070 EC 1 1 1433 Técnico 1 AP-110 SP-AP 1 1434 Técnico 2 AP-120 SP-AP 1 1435 Técnico 3 AP-130 SP-AP 1 1

436-440 Auxiliar 1 AP-140 SP-AP 5 5441 Auxiliar 2 AP-150 SP-AP 1 1

SUB GERENCIA DE PROCESAMIENTO DE IDENTIFICACIÓN442 Sub Gerente EC-040 EC 1 1 1

443-444 Técnico 1 AP-110 SP-AP 2 2445 Técnico 2 AP-120 SP-AP 1 1

446-447 Técnico 3 AP-130 SP-AP 2 2448-455 Auxiliar 1 AP-140 SP-AP 8 8456-467 Auxiliar 2 AP-150 SP-AP 12 11 1468-474 Auxiliar 3 AP-160 SP-AP 7 7

SUB GERENCIA DE PROCESAMIENTO Y DEPURACIÓN DE LOS REGISTROS CIVILES475 Sub Gerente EC-040 EC 1 1 1

476-477 Profesional 3 ES-100 SP-ES 2 2478-480 Técnico 3 AP-130 SP-AP 3 3481-482 Auxiliar 1 AP-140 SP-AP 2 2483-489 Auxiliar 2 AP-150 SP-AP 7 6 1490-494 Auxiliar 3 AP-160 SP-AP 5 5

SUB GERENCIA DE DEPURACIÓN DE IDENTIFICACIÓN495 Sub Gerente EC-040 EC 1 1 1496 Profesional 3 ES-100 SP-ES 1 1

497-499 Técnico 3 AP-130 SP-AP 3 3500-502 Auxiliar 1 AP-140 SP-AP 3 3503-504 Auxiliar 2 AP-150 SP-AP 2 2505-507 Auxiliar 3 AP-160 SP-AP 3 3

SUB GERENCIA DE ARCHIVO REGISTRAL FÍSICO508 Sub Gerente EC-040 EC 1 1 1509 Técnico 2 AP-120 SP-AP 1 1510 Técnico 3 AP-130 SP-AP 1 1

511-513 Auxiliar 1 AP-140 SP-AP 3 3514-520 Auxiliar 2 AP-150 SP-AP 7 6 1521-523 Auxiliar 3 AP-160 SP-AP 3 3

GERENCIA DE CERTIFICACIÓN Y REGISTRO DIGITAL524 Gerente A EC-020 EC 1 1 1

SUB GERENCIA DE CERTIFICACIÓN DIGITAL525 Sub Gerente EC-040 EC 1 1 1

SUB GERENCIA DE REGISTRO DIGITAL526 Sub Gerente EC-040 EC 1 1 1

T O T A L 526 475 51 53

23988-1

Page 23: n° 002-2007-mincetur

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, martes 6 de febrero de 2007 339205

MINISTERIO PUBLICO

Prorrogan vigencia de la Fiscalía Suprema Penal TransitoriaRESOLUCIÓN DE JUNTA DE FISCALES SUPREMOS

Nº 003-2007-MP-FN-JFS.

Lima, 2 de febrero del 2007.

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que se hace necesario prorrogar el funcionamiento de la Fiscalía Suprema Penal Transitoria, toda vez que subsisten los fundamentos de la Resolución Nº 046-2006-MP-FN-JFS que motivaron su vigencia hasta el 31.12.2006;

Que por Acuerdo Nº 824 adoptado en sesión ordinaria del 1 de febrero del 2007, los miembros de la Junta de Fiscales Supremos acordaron por unanimidad, prorrogar la vigencia de la Fiscalía Suprema Penal Transitoria hasta el 28.02.2007;

En uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, y en cumplimiento del precitado acuerdo;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Prorrogar la vigencia de la Fiscalía Suprema Penal Transitoria hasta el 28 de febrero del 2007, con retroactividad al 1 de enero del presente año.

Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia General del Ministerio Público, adopte las acciones pertinentes para el cumplimiento de la presente resolución.

Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución al Presidente del Poder Judicial, a la Gerencia Central de Recursos Humanos, a la Gerencia de Planifi cación, Racionalización y Estadística; y a la Gerencia de Registro de Fiscales.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FLORA ADELAIDA BOLÍVAR ARTEAGAFiscal de la NaciónPresidenta de la Junta de Fiscales Supremos

23939-1

Designan Jefes de Oficinas Desconcen-tradas de Control Interno de Ucayali, Ancash y La Libertad

RESOLUCIÓN DE JUNTA DE FISCALES SUPREMOSNº 004 -2007-MP-FN-JFS.

Lima, 2 de febrero de 2007.

VISTO Y CONSIDERANDO:

Los Ofi cios Nºs. 04, 05 y 109-2007-MP-F.SUPR.CI, remitidos por el doctor José Antonio Peláez Bardales, Fiscal Supremo (P) de la Fiscalía Suprema de Control Interno, proponiendo como Jefes de las Ofi cinas Desconcentradas de Control Interno de los distritos judiciales de Ucayali, Ancash y La Libertad, a los doctores: Delbo Eufrasio Rodríguez Ticona, Fiscal Superior (P) de la Fiscalía Superior Mixta del Distrito Judicial de Ucayali, Zadí Daniel Edmundo Anaya Castro, Fiscal Superior (P) de la Fiscalía Superior Civil del Distrito Judicial de Ancash, Hernán Ernesto Peet Urdanivia, Fiscal Superior (P) de la Tercera Fiscalía Superior Civil del Distrito Judicial de La Libertad;

Que mediante Acuerdo Nº 827 la Junta de Fiscales Supremos en Sesión Ordinaria de fecha 1.2.2007, acordó por unanimidad designar como Jefes de las Ofi cinas Desconcentradas de Control Interno de los distritos judiciales en mención, a los magistrados propuestos;

En uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo Nº 052 - Ley Orgánica del Ministerio Público, y en cumplimiento del acuerdo precitado;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Designar como Jefes de las Ofi cinas Desconcentradas de Control Interno a los Fiscales Superiores que a continuación se indican:

· Delbo Eufrasio Rodríguez Ticona, Fiscal Superior (P) de la Fiscalía Superior Mixta del Distrito Judicial de Ucayali, como Jefe de la Ofi cina Desconcentrada de Control Interno de Ucayali.

· Zadí Daniel Edmundo Anaya Castro, Fiscal Superior (P) de la Fiscalía Superior Civil del Distrito Judicial de Ancash, como Jefe de la Ofi cina Desconcentrada de Control Interno de Ancash.

· Hernán Ernesto Peet Urdanivia, Fiscal Superior (P) de la Tercera Fiscalía Superior Civil de La Libertad, como Jefe de la Ofi cina Desconcentrada de Control Interno de La Libertad.

Artículo Segundo.- Poner en conocimiento la presente Resolución a la Fiscalía Suprema de Control Interno, a los Fiscales Superiores Decanos de los Distritos Judiciales de Ancash, La Libertad y Ucayali, a la Gerencia Central de Recursos Humanos, a la Gerencia de Registro de Fiscales y a los Fiscales Superiores designados.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FLORA ADELAIDA BOLÍVAR ARTEAGAFiscal de la NaciónPresidenta de la Junta de Fiscales Supremos

23939-2

Designan representantes del Ministerio Público ante el Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura para el período institucional 2007 - 2008

RESOLUCIÓN DE JUNTA DEFISCALES SUPREMOSNº 006-2007-MP-FN-JFS

Lima, 2 de febrero del 2007

VISTO Y CONSIDERANDO:

El Oficio Nº 005-2007-AMAG-CD/P remitido por el Presidente del Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura, mediante el cual pone en conocimiento que el 28.2.2007 se cumple el término para el cual fueron elegidos los señores representantes del Ministerio Público ante el Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura para el período 2005-2006;

Que por Acuerdo Nº 830 adoptado en sesión ordinaria de Junta de Fiscales Supremos de fecha 1.2.2007, se acordó por unanimidad reelegir a la doctora Gladys Margot Echaíz Ramos, Fiscal Suprema Titular de la Primera Fiscalía Suprema Penal, y al doctor Pablo Sánchez Velarde, Fiscal Supremo Titular de la Segunda Fiscalía Suprema Penal, como representantes del Ministerio Público ante el Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura para el período institucional 2007-2008;

En uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo Nº 052 - Ley Orgánica del Ministerio Público- y en cumplimiento del precitado Acuerdo;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Designar a la doctora Gladys Margot Echaíz Ramos, Fiscal Suprema Titular de la Primera Fiscalía Suprema Penal, y al doctor Pablo Sánchez Velarde, Fiscal Supremo Titular de la Segunda Fiscalía Suprema Penal, como representantes del Ministerio Público ante el Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura para el período institucional 2007-2008.

Artículo Tercero.-Hacer de conocimiento la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Presidente del

Page 24: n° 002-2007-mincetur

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, martes 6 de febrero de 2007339206

Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura, y a los Fiscales Supremos designados.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FLORA ADELAIDA BOLÍVAR ARTEAGAFiscal de la NaciónPresidenta de la Junta de Fiscales Supremos

23939-3

Dan por concluido nombramiento de Fiscal Provincial Provisional en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Huamalies

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓNNº 178-2007-MP-FN

Lima, 5 de febrero de 2007

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que, por necesidad de servicio y estando a lo dispuesto por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del doctor Elmer Richard Ninaquispe Chávez, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de Huánuco, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Huamalies; materia de la Resolución Nº 1902-2003-MP-FN, de fecha 28 de noviembre del 2003.

Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, al Fiscal Superior Decano del Distrito Judicial de Huánuco, Gerencia General, Gerencia Central de Recursos Humanos, Gerencia de Registro de Fiscales y al Fiscal mencionado.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FLORA ADELAIDA BOLÍVAR ARTEAGAFiscal de la Nación

23944-1

SUPERINTENDENCIA

DE BANCA, SEGUROS Y

ADMINISTRADORAS PRIVADAS

DE FONDOS DE PENSIONES

Cancelan autorización otorgada a persona natural para que actúe como Representante en el Perú del Discount Bank (Latin América) S.A.

RESOLUCIÓN SBS Nº 83-2007

Lima, 24 de enero de 2007

EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES

VISTA:

La solicitud cursada por los señores Alberto Waizman y Valentín Malachowski, Subgerente General y Director Gerente General, Grupo A, respectivamente, del Discount Bank (Latin América) S.A., para que se cancele la autorización otorgada mediante Resolución SBS Nº 801-2001 del 22 de octubre de 2001 a favor del señor Yosef

Nahum Levy, para que actúe como Representante en el Perú de la citada empresa bancaria extranjera.

CONSIDERANDO:

Que, mediante sesión de Directorio del Discount Bank (Latin América) del 30 de enero de 2006, se aprobó el cierre de la ofi cina de representación de dicha entidad en el Perú;

Que, mediante escritura pública del 29 de noviembre de 2006, los señores Valentín David Malachowski Feld y Alberto Luis Waizman Zylberstein, en representación del Discount Bank (Latin América) S.A., otorgan poder especial al señor Juan Luis Avendaño Cisneros para realizar los actos necesarios para la cancelación de la ofi cina de representación del Banco en el Perú;

Que, el Testimonio notarial del Acta de Directorio del Banco de fecha 30 de enero de 2006, mediante el cual se acredita la decisión de dicho órgano corporativo de cancelar el registro de la ofi cina de representación en el Perú; así como la revocatoria de Poderes otorgados a favor del señor Yosef Nahum Levy y el otorgamiento de poderes a favor del señor Juan Luis Avendaño Cisneros, están debidamente legalizados ante el Consulado del Perú en la República Oriental del Uruguay, por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú; y, ante el Registro de Poderes Especiales;

Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Bancaria “C” mediante el Informe Nº 05-2007-DEB “C” y por el Departamento Legal mediante Informe Nº 529-2006-LEG y Nº 1128-2006-LEG;

En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y sus modifi catorias;

RESUELVE:

Artículo Único.- Cancelar la autorización otorgada a favor del señor Yosef Nahum Levy mediante Resolución SBS Nº 801-2001 del 22 de octubre de 2001, para que actúe como Representante en el Perú del Discount Bank (Latin América) S.A.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓNSuperintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones

23628-1

UNIVERSIDADES

Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Universidad Nacional del Altiplano - Puno para el año 2007

UNIVERSIDAD NACIONAL DELALTIPLANO - PUNO

RESOLUCIÓN RECTORALNº 0173-2007-R-UNA

Puno, 30 de enero del 2007

VISTOS:

El OFICIO Nº 072-2007-OGF-UNA/P de fecha 30 de enero del presente año, cursado por el señor Jefe de la Ofi cina de Gestión Financiera de esta Casa Superior de Estudios, quien hace alcance al Despacho Rectoral el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la UNA-Puno para el año 2007, para su correspondiente aprobación;

CONSIDERANDO:

Que, Art. 7º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del

Page 25: n° 002-2007-mincetur

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, martes 6 de febrero de 2007 339207

Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, establece que cada Entidad elaborará un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, el mismo que debe prever los bienes, servicios y obras que se requerirán durante el ejercicio presupuestal y el monto del presupuesto requerido y, será aprobado por el Titular del Pliego;

Que, la Ofi cina de Gestión Financiera de esta Casa Superior de Estudios, en el marco de las disposiciones referidas en el considerando precedente, ha formulado el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el presente año. Disponiéndose por lo tanto la emisión de la correspondiente Resolución Rectoral a efectos de cumplir con las formalidades establecidas por la normatividad pertinente en vigencia;

Estando a la documentación sustentatoria que forma parte de la presente Resolución; y,

De conformidad con las atribuciones que la Ley Universitaria Nº 23733, el Estatuto y la Resolución de Asamblea Universitaria Nº 10-2005-AU-UNA, confi eren al Rectorado de esta Universidad;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- APROBAR, el PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL ALTIPLANO - PUNO PARA EL AÑO 2007, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución y, tiene por fi nalidad determinar en forma cuantitativa y cualitativa los requerimientos de las Unidades Operativas conformantes del Pliego, a efectos de que se cumplan las actividades y metas consideradas en el Plan de Acción del presente año.

Artículo Segundo.- El Vicerrectorado Administrativo, la Ofi cina General de Planifi cación y Desarrollo, Ofi cina de Gestión Financiera, la Unidad de Abastecimiento y demás dependencias correspondientes de la institución, quedan encargados del cumplimiento de la presente Resolución.

Regístrese, comuníquese y archívese.

MARTHA NANCY TAPIA INFANTESRectora

JULIO MAYTA QUISPESecretario General

23699-1

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS

CENTRO DE PROMOCION DE LA

PEQUEÑA Y MICRO EMPRESA

Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Año Fiscal 2007 de PROMPYME

RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVANº 008-2007-PROMPYME/DE

San Isidro, 24 de enero de 2007

VISTOS: el informe Nº 09-2007-PROMPYME/DIGA de fecha 23 de enero de 2007; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 062-2006-PROMPYME/DE de fecha 26 de diciembre de 2006, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de ingresos correspondiente al Año Fiscal 2007 del Centro de Promoción de la Pequeña y Micro Empresa – PROMPYME;

Que, el artículo 7º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM establece que cada Entidad elaborará un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, debiendo prever los bienes, servicios y obras que se requerirán durante el ejercicio presupuestal y el monto del presupuesto requerido, el que será aprobado por el Titular del Pliego o la máxima autoridad administrativa de la Entidad;

Que, el artículo 25º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, establece que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones será aprobado por el Titular de la Entidad o la máxima autoridad administrativa, según corresponda, dentro de los treinta (30) días naturales siguientes a la aprobación del presupuesto institucional;

Que, el artículo 26º del Reglamento acotado, señala que el Plan Anual y el documento que lo apruebe deberán ser publicados por cada Entidad en el SEACE en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles de aprobado;

Que, el último párrafo del citado artículo 26º, establece que, adicionalmente, el Plan Anual aprobado estará a disposición de los interesados en la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la Entidad y en la página web de ésta, si la tuviere, pudiendo ser adquirido por cualquier interesado al precio de costo de reproducción;

Que, conforme a las normas glosadas, corresponde al Director Ejecutivo de PROMPYME como Titular del Pliego, aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el Año Fiscal 2007;

Que, mediante el documento de Vistos, se remite el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ejercicio 2007 para su aprobación correspondiente, de acuerdo a lo establecido en el artículo 7º de la citada norma;

Que, resulta necesario emitir la Resolución correspondiente que apruebe el referido Plan;

De conformidad con la Ley Nº 27711, Ley Nº 28409, el Decreto Supremo Nº 059-97-PCM, modifi cado por los Decretos Supremos Nº 035-2000-PCM, Nº 023-2001-PCM y Decreto Supremo Nº 105-2001-PCM, el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM y la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/PRE, aprobada por Resolución Nº 380-2003-CONSUCODE/PRE;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Año Fiscal 2007 del Centro de Promoción de la Pequeña y Micro Empresa – PROMPYME, el mismo que en anexo adjunto, forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2º.- Encargar a la Dirección General de Administración la publicación del Plan Anual y el documento que lo apruebe en el SEACE en un plazo no mayor de 5 días de aprobado.

Artículo 3º.- Encargar a la Dirección General de Administración la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano dentro de los diez días hábiles de su expedición, conforme lo dispone la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/PRE.

Artículo 4º.- El Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de PROMPYME, puede ser revisado en la sede administrativa de PROMPYME, sito en Faustino Sánchez Carrión 250, San Isidro y asimismo, facilitado en la Página Web de esta Comisión, www.prompyme.gob.pe.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

HUGO JAVIER RODRÍGUEZ ESPINOZADirector EjecutivoPROMPYME

23982-1

Page 26: n° 002-2007-mincetur

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, martes 6 de febrero de 2007339208

INSTITUTO NACIONAL DE

DEFENSA DE LA COMPETENCIA

Y DE LA PROTECCION DE LA

PROPIEDAD INTELECTUAL

Aceptan renuncia de Secretario Técnico de la Sala de Defensa de la Competencia del Tribunal del INDECOPI y encargan sus funciones

RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPINº 014-2007-INDECOPI/DIR

Lima, 2 de febrero de 2007

CONSIDERANDO:

Que, el señor Carlos Noda Yamada ha presentado renuncia al cargo de Secretario Técnico de la Sala de Defensa de la Competencia del Tribunal del INDECOPI;

Que, la citada renuncia ha sido aceptada por el Directorio de la institución;

De conformidad con el inciso e) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 25868;

RESUELVE:

Artículo 1º.- Aceptar la renuncia presentada por el señor Carlos Noda Yamada al cargo de Secretario Técnico de la Sala de Defensa de la Competencia del Tribunal del INDECOPI, con efectividad al 6 de febrero de 2007, dándosele las gracias por los servicios prestados.

Artículo 2º.- Encargar, con efectividad al 6 de febrero de 2007, al señor Luis Alberto León Vásquez, las funciones de Secretario Técnico de la Sala de Defensa de la Competencia del Tribunal del INDECOPI.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JAIME THORNE LEÓNPresidente del Directorio

23523-1

INSTITUTO NACIONAL DE

ESTADISTICA E INFORMATICA

Aprueban Índices Unificados de Precios de la Construcción para la seis Áreas Geográficas, correspondientes al mes de enero de 2007

RESOLUCIÓN JEFATURALNº 039-2007-INEI

Lima, 2 de febrero del 2007

CONSIDERANDO:

Que, la Undécima Disposición Complementaria y Transitoria del Decreto Ley Nº 25862, transfi ere al Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) las funciones de elaboración de los Índices de los elementos que determinen el costo de las Obras;

Que, el Art.1º del Decreto Supremo Nº 011-89 VC de fecha 12 de setiembre de 1989, establece que los Índices que se apliquen, serán a la fecha en que debe ser pagada la valorización, de acuerdo al plazo legal o contractual estipulado;

Que, con el objeto de facilitar su cumplimiento, se considera necesaria la publicación de aquellos Índices que a la fecha cuentan con la información requerida;

Que, la Dirección Técnica de Indicadores Económicos ha elaborado el Informe Nº 01-01-2007-DTIE, referido a los Índices Unifi cados de Precios de la Construcción, para las seis (6) Áreas Geográfi cas, correspondientes al mes de enero del 2007, el mismo que cuenta con la aprobación de la Comisión Técnica del Instituto Nacional de Estadística e Informática;

En uso de las atribuciones conferidas por el Art.6º del Decreto Legislativo Nº 604; Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática.

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Aprobar los Índices Unifi cados de Precios de la Construcción para las seis (6) Áreas Geográfi cas, correspondientes al mes de enero del 2007, que a la fecha cuentan con la información requerida, en la forma que a continuación se detalla:

ÍNDICE ENERO 2007 CÓDIGO 30 375,38 34 444,46 39 312,74 47 361,29 49 266,55 53 670,24

Regístrese y comuníquese.

RENÁN QUISPE LLANOSJefeInstituto Nacional de Estadística e Informática

23709-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL

DE ADMINISTRACION

TRIBUTARIA

Establecen disposiciones sobre transmisión de información y control de carga a embarcarse con destino al exterior

CIRCULAR Nº 001-2007/SUNAT/A

2 de febrero de 2007

1. MATERIA: Transmisión de información y control de carga a embarcarse con destino al exterior

2. OBJETIVO: Establecer las pautas para la transmisión electrónica de la relación detallada de mercancías a embarcarse con destino al exterior por la Intendencia de Aduana Marítima del Callao.

3. BASE LEGAL: Texto Único Ordenado de la Ley General de Aduanas aprobado por Decreto Supremo Nº 129-2004-EF.

Reglamento de la Ley General de Aduanas aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2005-EF.

4. VIGENCIA : A partir del 1 de marzo de 2007; excepto lo dispuesto en el numeral 5.9 que entrará en vigencia en el día de su publicación.

5. INSTRUCCIONES:

De conformidad a lo establecido en la tercera disposición complementaria del Texto Único Ordenado de la Ley General de Aduanas; en uso de las facultades conferidas en la Resolución de Superintendencia Nº 122-2003/SUNAT, y estando a lo dispuesto en el inciso g) del

Page 27: n° 002-2007-mincetur

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, martes 6 de febrero de 2007 339209

artículo 23º del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM, se dispone lo siguiente:

5.1 Los terminales de almacenamiento autorizados de la circunscripción de la Intendencia de Aduana Marítima del Callao deben transmitir vía teledespacho, antes de la salida de la mercancía de sus recintos, la relación detallada de contenedores, pallet y/o bultos sueltos a embarcarse con destino al exterior, de acuerdo a la estructura de datos publicados en el portal de la SUNAT en Internet (www.sunat.gob.pe) en la opción: operatividad aduanera / despacho / información general / exportación defi nitiva – numeración (tipo de transacción 26) o rectifi cación (tipo de despacho 27) o anulación (tipo de despacho 28), utilizando su clave electrónica que le ha sido asignada, la misma que reemplaza a la fi rma manuscrita.

5.2 La relación detallada a transmitirse de contenedores, pallet y/o bultos sueltos corresponderá a las mercancía destinadas a los regímenes, operaciones, destinos aduaneros especiales o de excepción y otros siguientes:

Descripción CódigoContenedor vacío 01Exportación Defi nitiva 40Exportación Simplifi cada 48Exportación Temporal 50Reexportación 60Tránsito 80Transbordo 81Reembarque 89

En el caso del régimen de Transbordo, los terminales de almacenamiento únicamente transmitirán la relación detallada cuando la mercancía ingrese a sus recintos (modalidad de transbordo 3).

5.3 Los exportadores son responsables de trasmitir a través de los despachadores de aduana la relación detallada de mercancías a embarcarse con destino al exterior, que no hayan ingresado a un terminal de almacenamiento y las que provengan de una aduana de origen para ser embarcadas por la Intendencia de Aduana Marítima del Callao.

5.4 El SIGAD valida la información y por el mismo medio comunica de ser conforme el número de autorización generado automáticamente por contenedor, pallet o bulto, en caso contrario comunica los errores encontrados para su subsanación posterior previo a la salida de la mercancía del terminal de almacenamiento.

5.5 El personal del terminal portuario permite el ingreso de la mercancía para su embarque siempre y cuando cuente con la autorización que se refi ere el numeral precedente.

5.6 Realizado el registro del ingreso de la mercancía al terminal portuario, la Unidad de Ofi ciales de Aduanas de la IAMC previo al embarque y en forma aleatoria, podrá verifi car que los precintos de los contenedores correspondan a los consignados en la declaración aduanera o que no hayan sido violentados; de no ser conforme o tratándose de bultos sueltos, realiza el reconocimiento físico de la mercancía cuya diligencia será registrada en el módulo del régimen que corresponda. Asimismo, la Intendencia de Prevención del Contrabando y Control Fronterizo a través de la Gerencia de Operaciones Especiales, podrá seleccionar los contenedores, pallets o bultos sueltos que deban someterse al sistema de control, pudiendo utilizar diversos instrumentos tecnológicos, entre ellos equipos de inspección no intrusivo.

5.7 La relación detallada puede ser modifi cada por el terminal de almacenamiento, autorizado o por el despachador de aduana por encargo del exportador, hasta antes del registro de ingreso al terminal portuario.

5.8 En el caso de falso embarque la anulación de la autorización de la relación detallada se solicita vía teledespacho antes de la salida de la mercancía del terminal portuario, cuya salida es controlada por los ofi ciales de aduanas.

5.9 Los operadores que tengan implementada la transmisión de la relación detallada de mercancías a

embarcarse, podrán efectuar dicha transmisión antes del 1 de marzo del 2007.

Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ARMANDO ARTEAGA QUIÑESuperintendente Nacional Adjunto de Aduanas

23949-1

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL

DE AMAZONAS

Aprueban Texto Único de Procedi-mientos Administrativos de la Sede del Gobierno Regional Amazonas

ORDENANZA REGIONAL Nº 164-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR.

EL CONSEJO REGIONAL DE AMAZONAS

Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:

CONSIDERANDO:

Que, el Consejo Regional tiene la atribución de normar la organización del Gobierno Regional a través de Ordenanzas Regionales, en concordancia con lo previsto en el Art. 15º, Inc. “a” de la Ley Nº 27867 que señala: Aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; asimismo es atribución del Consejo Regional aprobar el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Sede del Gobierno Regional Amazonas, en concordancia con el Art. 38º de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general en la organización y la administración del Gobierno Regional;

Que, el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Sede del Gobierno Regional Amazonas, está elaborado en función a la Unidad Impositiva Tributaria vigente, y Arts. 37º y 38º, de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, Comunicado de la Presidencia del Consejo de Ministros, publicado con fecha 8 de diciembre del 2006 y demás normas que lo complementan; por lo tanto, tiene validez jurídica para su propósito, instrumento legal que regula la actuación de la función administrativa del Estado y asimismo, establece el régimen jurídico aplicable a la protección del interés general, garantizando los derechos de los administrados y con sujeción al ordenamiento constitucional y jurídico y conforme a la evaluación practicada al documento, éste cumple con los requisitos establecidos siendo procedente su aprobación;

Que, estando a lo acordado y aprobado en Sesión Ordinaria de Consejo Regional Nº 001, mediante Acuerdo Nº 009-2007 de fecha 3 de enero del 2007, con el voto unánime de los Consejeros Regionales y en uso de sus facultades conferidas por el Inc. a) del Art. 37º de la Ley Nº 27867 y su modifi catoria Nº 27902 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.

Se ha aprobado la Ordenanza siguiente:

Artículo Único.- APROBAR el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Sede del Gobierno Regional Amazonas, que en nueve (009) folios forma parte de la presente Ordenanza Regional.

POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.

Dada en la ciudad de San Juan de la Frontera de los Chachapoyas, a los 5 días del mes de enero de 2007.

OSCAR R. ALTAMIRANO QUISPEPresidente Gobierno Regionalde Amazonas

Page 28: n° 002-2007-mincetur

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, martes 6 de febrero de 2007339210

GOBI

ERNO

REG

IONA

L

AMAZ

ONAS

TEXT

O UN

ICO

DE P

ROCE

DIMI

ENTO

S AD

MINI

STRA

TIVO

S (T

UPA)

REPA

RTIC

ION:

SED

E G

OBIE

RNO

REGI

ONAL

AMA

ZONA

S AÑ

O: 2,

006

Nº DEOR

DEN

DENO

MINA

CION

DEL

PROC

EDIM

IENT

O

R E

Q U

I S I T

O S

DERE

CHO

DEPA

GO(%

de U

.I.T.)

S/.

CALI

FICA

CION

DEL

PRO

CEDI

M.DE

PEND

ENCI

ADO

NDE

SEIN

ICIA

EL

TRAM

ITE

AUTO

RIDA

DQU

EAP

RUEB

A EL

TRAM

ITE

AUTO

RIDA

DQU

E RE

SUEL

VEEL

REC

URSO

IMPU

GNAT

IVO

AUTO

-MA

TICO

EVAL

UACI

ONPO

SITI

VONE

GATI

VO

01.-

Recu

rso

de R

econ

sider

ación

1.- S

olicit

ud, fi

rmad

a po

r Abo

gado

Let

ra-

30Tr

ámite

Pres

ident

eBA

SE L

EGAL

:

do e

n eje

rcici

o.dí

asDo

cum

enta

rioRe

giona

lLe

y Nº 2

7444

- Art.

208

2.- R

esolu

ción

impu

gnad

a.Pu

blica

do e

l 11-

04-2

001

3.- P

rueb

as d

e he

cho

y der

echo

4.- R

ecibo

de

Pago

por

cada

impu

gnan

teGr

atuit

o02

.-Re

curs

o de

Ape

lación

1.

- Soli

citud

, fi rm

ada

por A

boga

do L

etra

30Tr

ámite

Pres

ident

eBA

SE L

EGAL

:

do e

n eje

rcici

o.dí

asDo

cum

enta

rioRe

giona

lLe

y Nº 2

7444

- Art.

209

2.- R

esolu

ción

impu

gnad

a.Pu

blica

do e

l 11-

04-2

001

3.- P

rueb

as d

e he

cho

y der

echo

4.- R

ecibo

de

Pago

por

cada

impu

gnan

te.

Grat

uito

03.-

Solic

itud

de P

etici

ón A

dmini

strat

iva1.

- Soli

citud

sin

nece

sidad

de

fi rm

a de

Abo

gado

Grat

uito

30Tr

ámite

Pres

ident

eBA

SE L

EGAL

:2.

- Fun

dam

ento

s de

su so

licitu

d re

lacion

ados

con

días

Docu

men

tario

Regio

nal

Art.

2, in

c. 20

Con

stitu

ción

Políti

ca d

el Es

tado

la co

ntra

dicció

n de

acto

s adm

inistr

ativo

s cua

ndo

Art.

106

de la

Ley

Nº 2

7444

ya se

ha

agot

ado

la vía

adm

inistr

ativa

3.- R

ecibo

de

pago

por

cada

solic

itant

e04

.-Ex

pedic

ión d

e co

pia ce

rtifi c

ada

de d

ocum

ento

s1.

- Soli

citud

Trám

iteGe

renc

ia Ge

nera

lPr

eside

ncia

2.- R

ecibo

de

pago

.0.

176

6.00

XDo

cum

enta

rioRe

giona

l Re

giona

lBA

SE L

EGAL

:Po

r 10

págin

asLe

y Nº2

7444

, Pub

licad

o e

l 11-

04-2

001.

Ley N

º278

06, P

ublic

ado

el 0

3-08

-200

2.D.

S.N

º 018

-200

1-PC

M.P

ublic

. 27-

02-2

001

05.-

Expe

dición

de

copia

de

docu

men

tos p

rodu

cidos

1.- S

olicit

udTr

ámite

Gere

ncia

Gene

ral

Pres

idenc

ia en

el G

obier

no R

egion

al.2.

- Rec

ibo d

e pa

go.

0.14

75.

00X

Docu

men

tario

Regio

nal

Regio

nal

Por 1

0 pá

ginas

BASE

LEG

AL:

Ley N

º274

44, P

ublic

ado

el 1

1-04

-200

1.Le

y Nº2

7806

, Pub

licad

o e

l 03-

08-2

002.

D. S

.Nº 0

18-2

001-

PCM

.Pub

lic. 2

7-02

-200

106

.-Re

gistro

Reg

ional

de O

NGs

1. S

olicit

ud.

30Tr

ámite

Gere

ncia

Reg.

Pres

idenc

ia2.

Rec

ibo d

e Pa

go1.

470

50.0

0dí

asDo

cum

enta

rioPl

anea

. Ppt

o. Y

Regio

nal.

BASE

LEG

AL:

Acon

d. Te

rrit.

Ley N

º278

06,A

rt.17

; Pub

licad

o el

03-0

8-02

.Le

y Nº2

7444

, Pub

licad

o e

l 11-

04-2

001.

D. S

.Nº 0

18-2

001-

PCM

.Pub

lic. 2

7-02

-200

107

.-En

trega

de

la in

form

ación

solic

itada

en:

1.

- Soli

citud

.Ca

da /C

.DX

Trám

iteGe

rent

e Ge

nera

lPr

eside

ncia

C.D.

2.- R

ecibo

de

pago

0.

147

5.00

Docu

men

tario

Regio

nal

Regio

nal.

BASE

LEG

AL:

Ley N

º 278

06, A

rt 17

; Pub

licad

o 03

-08-

02Le

y Nº2

7444

, Pub

licad

o e

l 11-

04-2

001.

D. S

.Nº 0

18-2

001-

PCM

.Pub

lic. 2

7-02

-200

108

.-Gr

abac

ión d

e inf

orm

ación

solic

itada

en

:1.

- Soli

citud

.C/

Disk

ette

XTr

ámite

Gere

nte

Gene

ral

Pres

idenc

iaDi

sket

te.

2.- R

ecibo

de

pago

0.

117

4.00

Docu

men

tario

Regio

nal

Regio

nal.

BASE

LEG

AL:

Ley N

º 278

06, A

rt 17

; Pub

licad

o 03

-08-

02Le

y Nº2

7444

, Pub

licad

o e

l 11-

04-2

001.

D. S

.Nº 0

18-2

001-

PCM

.Pub

lic. 2

7-02

-200

109

.-El

GOB

IERN

O RE

GION

AL, a

trav

és d

e su

Lib

re

Page 29: n° 002-2007-mincetur

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, martes 6 de febrero de 2007 339211

Nº DEOR

DEN

DENO

MINA

CION

DEL

PROC

EDIM

IENT

O

R E

Q U

I S I T

O S

DERE

CHO

DEPA

GO(%

de U

.I.T.)

S/.

CALI

FICA

CION

DEL

PRO

CEDI

M.DE

PEND

ENCI

ADO

NDE

SEIN

ICIA

EL

TRAM

ITE

AUTO

RIDA

DQU

EAP

RUEB

A EL

TRAM

ITE

AUTO

RIDA

DQU

E RE

SUEL

VEEL

REC

URSO

IMPU

GNAT

IVO

AUTO

-MA

TICO

EVAL

UACI

ONPO

SITI

VONE

GATI

VO

Porta

l elec

trónic

o, p

one

a dis

posic

ión d

e la

ciud

adan

ía,la

info

rmac

ión im

porta

nte

en

form

a pe

rman

ente

de

acue

rdo

a co

mo

se

prod

uzca

.BA

SE L

EGAL

:Le

y Nº 2

7806

, Art

17; P

ublic

ado

03-0

8-02

Ley N

º274

44, P

ublic

ado

el 1

1-04

-200

1.D.

S.N

º 018

-200

1-PC

M.P

ublic

. 27-

02-2

001

10.-

Info

rmac

ión so

licita

da p

or cu

alquie

r ciud

adan

o1.

- Soli

citud

.Tr

ámite

Gere

nte

Gene

ral

Pres

idenc

iaen

form

a im

pres

a.

2.- R

ecibo

de

pago

0.

235

8.00

XDo

cum

enta

rioRe

giona

lRe

giona

l.BA

SE L

EGAL

:Po

r 100

Pág

inas

Ley N

º 278

06, A

rt 17

; Pub

licad

o 03

-08-

02Le

y Nº2

7444

, Pub

licad

o e

l 11-

04-2

001.

D. S

.Nº 0

18-2

001-

PCM

.Pub

lic. 2

7-02

-200

111

.-In

form

ación

solic

itada

a tr

avés

de

corre

o1.

- Soli

citud

suste

ntad

a vía

corre

oGr

atuit

oele

ctrón

ico.

XCe

ntro

de

Gere

nte

Gene

ral

Pres

idenc

iaBA

SE L

EGAL

:Co

mputo

Regio

nal

Regio

nal.

Ley N

º 278

06, A

rt 17

; Pub

licad

o 03

-08-

02D.

S.N

º 018

-200

1-PC

M.P

ublic

. 27-

02-2

001

12.-

Queja

s y/o

Den

uncia

s de

Parti

cular

es1-

Soli

citud

su

stent

ada

Grat

uito

XTr

ámite

Ofi ci

na R

egion

alPr

eside

ncia

BASE

LEG

AL:

Docu

men

tario

Cont

rol In

tituc.

Regio

nal

Ley N

º 277

85, A

rt 22

Inc.

“n”

Publi

cado

23-

07-2

002

13.-

Opini

ón fa

vora

ble p

ara

inscr

ipción

de

Orga

niza-

1.- C

opia

simple

de

escr

itura

de

cons

titució

nGr

atuit

o30

Trám

iteGe

renc

ia Re

g.Pr

eside

ncia

ción

No G

uber

nam

enta

l de

Desa

rrollo

(ONG

D)dí

asDo

cum

enta

rioPl

anea

. Ppt

o. Y

Regio

nal.

en e

l SEC

TI.

2.- C

opia

litera

l cer

tifi ca

da d

e su

insc

ripció

nAc

ondic

io Te

rriBA

SE L

EGAL

:3.

- Nóm

ina d

el Co

nsejo

Dire

ctivo

vige

nte

Decr

eto

Legis

lativo

Nº 7

19Pu

blica

do 11

-10-

914.

- Inf

orm

ación

com

pleta

sobr

e lo

s pro

gram

asDe

cret

o Su

prem

o N

º 015

-92-

PCM

p

roye

ctos y

/o a

ctivid

ades

a d

esar

rolla

r en

laPu

blica

do e

l 30-

01-9

2

zona

.5.

- Ind

icació

n de

recu

rsos

pre

visibl

es d

e C.

T.I

6.- D

omici

lio P

osta

l.7.

- Opin

ión fa

vora

ble d

el se

ctor c

orre

spon

dient

e.14

.-Co

pia ce

rtifi c

ada

de o

pinión

favo

rable

par

a la

1.- S

olicit

ud0.

147

5.00

XTr

ámite

Gere

ncia

Reg.

Gere

nte

Gene

ral

inscr

ipción

de

ONGD

en

SECT

I.do

cum

.Do

cum

enta

rioPl

anea

. Ppt

o. Y

Regio

nal

BASE

LEG

AL:

Acon

dicio.

Terri

.De

cret

o Le

gislat

ivo N

º 719

Publi

cado

11-1

0-91

Decr

eto

Supr

emo

Nº 0

15-9

2-PC

MPu

blica

do e

l 30-

01-9

215

.-Im

pres

ión d

e Pl

anos

en A

utoc

ad1.

- Soli

citud

(for

mat

o)Tr

ámite

Gere

ncia

Reg.

Gere

nte

Gene

ral

(Impr

esión

en

Pape

l par

a plo

tter 9

0 gm

s)2.

- Rec

ibo d

e Pa

goDo

cum

enta

rioPl

anea

. Ppt

o. Y

Regio

nal

BASE

LEG

AL:

Tam

año A

4 (2

1.00

cm x

29.7

0 cm

)0.

058

2.00

Acon

dicio.

Terri

.Le

y Nº2

7444

.Pub

licad

o el

11-0

4-20

01Le

y Nº 2

7806

, Art.

17;

Pub

licad

o 03

-08-

02Ta

mañ

o A3

(29.

70 cm

x 42

.00

cm)

0.08

83.

00

Tam

año A

2 (4

2.00

cm x

59.4

0 cm

)0.

147

5.00

Tam

año A

1 (5

9.40

cm x

84.1

0 cm

)0.

205

7.00

Page 30: n° 002-2007-mincetur

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, martes 6 de febrero de 2007339212Nº DE

ORDE

N

DENO

MINA

CION

DEL

PROC

EDIM

IENT

O

R E

Q U

I S I T

O S

DERE

CHO

DEPA

GO(%

de U

.I.T.)

S/.

CALI

FICA

CION

DEL

PRO

CEDI

M.DE

PEND

ENCI

ADO

NDE

SEIN

ICIA

EL

TRAM

ITE

AUTO

RIDA

DQU

EAP

RUEB

A EL

TRAM

ITE

AUTO

RIDA

DQU

E RE

SUEL

VEEL

REC

URSO

IMPU

GNAT

IVO

AUTO

-MA

TICO

EVAL

UACI

ONPO

SITI

VONE

GATI

VO

Tam

año A

0 (8

4.10

cm x

118.

90 cm

)0.

264

9.00

May

or a

AO

0.32

311

.00

16.-

Insp

eccio

nes T

écnic

as B

ásica

s (De

fens

a Ci

vil)

1.1

INM

UEBL

ES Y

TER

RENO

SX

Trám

iteGe

renc

ia Re

g.Ge

rent

e Ge

nera

lBA

SE L

EGAL

:Vi

viend

as p

artic

ulare

s, ed

ifi cios

mult

ifa-

Docu

men

tario

Recu

rsos

Nat

ura-

Regio

nal

Decr

eto

Supr

emo

Nº 0

13-2

000-

PCM

.m

iliare

s, In

stitu

cione

s Edu

cativ

as, E

sta-

les y

Med

io Am

b.ble

cimien

tos d

e sa

lud, lo

cales

com

ercia

lesy s

ocial

es, v

ivien

das,

hosp

edaje

s, ta

llere

sy t

erre

nos.

NOTA

: la ta

sa se

pag

a de

acu

erdo

al a

rea

en M

2 de

l Inm

ueble

a in

spec

ciona

r0.

029

1.00

1.2

ESPE

CTAC

ULOS

PUB

LICO

S1.

2.1

Loca

les d

e Ce

rrado

s

Ha

sta 1

000

Espe

ctado

res

2.91

199

.00

De 1

001

a 30

00 E

spec

tado

res

4.36

714

8.50

1.2.

2 En

Aire

Libr

e

Ha

sta 1

000

Espe

ctado

res

1.94

166

.00

De 1

001

a 30

00 E

spec

tado

res

2.91

199

.00

17.-

Insp

ecció

n Téc

nica

de D

etall

e (D

efen

sa C

ivil)

1.1

INM

UEBL

ESTr

ámite

Gere

ncia

Reg.

Gere

nte

Gene

ral

BASE

LEG

AL:

Edifi c

ios M

ultifa

milia

res,

Cent

ros E

duca

tivos

Docu

men

tario

Recu

rsos

Nat

ura-

Regio

nal

Decr

eto

Supr

emo

Nº 0

13-2

000-

PCM

.Ed

ifi cios

Adm

inistr

ativo

s, Ho

spita

les, C

línica

sles

y M

edio

Amb.

Esta

blecim

iento

s Pen

ales,

Cent

ros C

omer

cia-

les, M

erca

dos,

Cent

ros r

ecre

ativo

s, Ho

spe-

dajes

, Ind

ustri

as liv

ianas

y m

edian

as, t

aller

esviv

ienda

s pre

caria

s e in

mue

bles e

n sit

uació

nde

ries

go.

NOTA

:la ta

sa se

pag

a de

acu

erdo

al a

rea

enM

2 de

l inm

ueble

a in

spec

ciona

r0.

176

6.00

1.2

ESPE

CTAC

ULOS

PUB

LICO

S2.

1.1

LOCA

LES

CERR

ADOS

D

E 3,

001 A

6,0

00 E

SPEC

TADO

RES

5.82

198.

00

DE

6,00

1 A 1

0,00

0 ES

PECT

ADOR

ES6.

7923

1.00

D

E 10

,001

A 15

,000

ESP

ECTA

DORE

S7.

7626

4.00

DE 1

5,00

1 A 2

0,00

0 ES

PECT

ADOR

ES8.

7329

7.00

D

E 20

,001

A M

AS E

SPEC

TADO

RES

9.70

330.

00

2.1.

2 EN

EL A

REA

LIBR

E

DE

3,00

1 A 6

,000

ESP

ECTA

DORE

S4.

8516

5.00

D

E 6,

001 A

10,

000

ESPE

CTAD

ORES

5.33

181.

50

DE

10,0

01 A

15,0

00 E

SPEC

TADO

RES

5.82

198.

00

DE

15,0

01 A

20,0

00 E

SPEC

TADO

RES

6.30

214.

50

DE

20,0

01 A

MAS

ESP

ECTA

DORE

S6.

7923

1.00

18.-

Insp

ecció

n Téc

nica

Mult

idisc

iplina

ria (D

ef. C

ivil)

Loca

les o

recin

tos d

onde

se a

lmac

enan

, fab

rican

Trám

iteGe

renc

ia Re

g.Ge

rent

e Ge

nera

lBA

SE L

EGAL

:y c

omer

cializ

an p

rodu

ctos p

iroté

cnico

s, los

der

i-Do

cum

enta

rioRe

curs

os N

atur

a-Re

giona

lDe

cret

o Su

prem

o Nº

013

-200

0- P

CM.

vado

s de

hidro

carb

uros

, de

susta

ncias

y de

pro

-les

y M

edio

Amb.

ducto

s quí

mico

s, tó

xicos

, así

com

o lug

ares

don

dese

pro

duce

n ex

plosiv

os y

todo

s aqu

ellos

que

signifi

quen

peli

gro

para

la p

oblac

ión y

afec

tació

nal

ambie

nte,

así

mism

o los

cauc

es d

e río

s y q

ue-

Page 31: n° 002-2007-mincetur

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, martes 6 de febrero de 2007 339213

Nº DEOR

DEN

DENO

MINA

CION

DEL

PROC

EDIM

IENT

O

R E

Q U

I S I T

O S

DERE

CHO

DEPA

GO(%

de U

.I.T.)

S/.

CALI

FICA

CION

DEL

PRO

CEDI

M.DE

PEND

ENCI

ADO

NDE

SEIN

ICIA

EL

TRAM

ITE

AUTO

RIDA

DQU

EAP

RUEB

A EL

TRAM

ITE

AUTO

RIDA

DQU

E RE

SUEL

VEEL

REC

URSO

IMPU

GNAT

IVO

AUTO

-MA

TICO

EVAL

UACI

ONPO

SITI

VONE

GATI

VO

brad

as, la

gos,

mar

es, a

tmós

fera

ent

re o

tros,

por

insalu

brida

d o

cont

amina

ción

(relle

nos s

anita

rios,

emiso

res d

e de

sagü

es, r

elave

s mine

ros,

dese

chos

de e

stable

cimien

tos d

e sa

lud, e

ntre

otro

s) y

todo

slos

luga

res y

/o e

difi ca

cione

s don

de p

ueda

n ex

istir

pelig

ros p

oten

ciales

que

gen

eren

des

astre

.

NOTA

.- De

acu

erdo

al n

umer

o de

insp

ecto

res

inter

vinien

tes d

e 1

UIT

a m

ás.

- DOS

INSP

ECTO

RES

100.

03,

400.

00- P

OR C

ADA

INSP

ECTO

R AD

ICIO

NAL

50.0

1,70

0.00

Trám

iteGe

renc

ia Re

g.Ge

rent

e Ge

nera

l19

.-Ev

aluac

ión d

e Ri

esgo

s (De

fens

a Ci

vil)

A po

blacio

nes u

bicad

as e

n zo

nas r

urale

s hac

inada

sGR

ATUI

TODo

cum

enta

rioRe

curs

os N

atur

a-Re

giona

lBA

SE L

EGAL

:en

are

as vu

lnera

bles o

de

alto

riesg

o.les

y M

edio

Amb.

Decr

eto

Legis

lativo

Nº 9

0520

.-De

rech

o de

Acr

edita

ción

(Def

ensa

Civi

l)- I

nscr

ipción

en

Regis

tro d

e In

spec

tor T

écnic

o y

1.45

49.5

XTr

ámite

Gere

ncia

Reg.

Gere

nte

Gene

ral

BASE

LEG

AL:

oto

rgam

iento

de

la cr

eden

cial.

Docu

men

tario

Recu

rsos

Nat

ura-

Regio

nal

Decr

eto

Supr

emo

Nº 0

13-2

000-

PCM

.les

y M

edio

Amb.

- Ins

cripc

ión e

n Re

gistro

de

prof

esion

ales a

ptos

1.45

49.5

X

para

reali

zar i

nspe

ccion

es té

cnica

s21

.-Re

gistro

de

Estu

dios d

e Im

pacto

Am

bient

al - S

olicit

ud d

irigida

al P

resid

ente

del

Gob.

Reg

ional

1.0

34.0

0X

Trám

iteGe

renc

ia Re

g.Ge

rent

e Ge

nera

ly/o

PAM

Asac

ompa

ñand

o Re

cibo

de P

ago

Docu

men

tario

Recu

rsos

Nat

ura-

Regio

nal

BASE

LEG

AL:

les y

Med

io Am

b.Le

y Nº 2

7867

Ley N

º 279

0222

.-So

licitu

d de

crea

ción

de d

istrit

os o

pro

vincia

s1.

- Soli

citud

.Gr

atuit

oX

Trám

iteGe

renc

ia Re

g.Ge

rent

e Ge

nera

lDo

cum

enta

rioPl

anea

. Ppt

o. Y

Regio

nal

BASE

LEG

AL:

Acon

d. Te

rrito

r.Le

y Nº 2

7795

D. S

. Nº 0

19-2

003-

PCM

,Pu

blica

do e

l 24-

02-2

003

23.-

Solic

itud

de m

odifi c

ación

terri

toria

l 1.

- Soli

citud

.Gr

atuit

oX

Docu

men

tario

Gere

ncia

Reg.

Gere

nte

Gene

ral

Plan

ea. P

pto.

YRe

giona

lBA

SE L

EGAL

:Ac

ond.

Terri

tor.

Ley N

º 277

95D.

S. N

º 019

-200

3-PC

M,

Publi

cado

el 2

4-02

-200

324

.-At

enció

n co

n co

pia d

e m

apas

Geo

gráfi

cos.

1.- S

olicit

ud.

NEGR

O -

COLO

RNE

GRO

- CO

LOR

XTr

ámite

Gere

ncia

Reg.

Gere

nte

Gene

ral

Pape

l 90

gram

os.

2.- R

ecibo

de

pago

Docu

men

tario

Plan

ea. P

pto.

YRe

giona

lBA

SE L

EGAL

:3.

- A to

do co

lor se

Pag

ará

S/5.

00 m

ásAc

ondic

io Te

rriLe

y Nº 2

7806

, Art

17; P

ublic

ado

03-0

8-02

Tam

año A

4 (

21.0

0cm

x29.

70 cm

)0.

058

0.0

882.

00

3.0

0Le

y Nº2

7444

, Pub

licad

o e

l 11-

04-2

001.

Tam

año A

3 (2

9.70

cm x

42.0

0 cm

)0.

117

0.1

474.

00

5.0

0D.

S.N

º 018

-200

1-PC

M.P

ublic

. 27-

02-2

001

Tam

año A

2 (4

2.0

cm x

59.4

0 cm

)0.

176

0.2

946.

00

10.

00Ta

mañ

o A1

(59.

40 cm

x 84

.10

cm )

0.23

5

0

.588

8.00

2

0.00

Tam

año A

0 (8

4.10

cm x

118.

90 cm

)0.

294

0.8

8210

.00

3

0.00

May

or a

A0

(130

.0 cm

x 90

.0 cm

)0.

352

1.4

7012

.00

5

0.00

25.-

Alqu

iler d

e eq

uipo

GPS

Nave

gado

r por

01

día

1.- S

olicit

ud0.

882

30.0

0Tr

ámite

Gere

ncia

Reg.

Gere

nte

Gene

ral

BASE

LEG

AL:

2.- R

ecibo

de

Pago

Docu

men

tario

Plan

ea. P

pto.

YRe

giona

lLe

y Nº 2

7806

, Art

17; P

ublic

ado

03-0

8-02

Acon

dicio

Terri

Ley N

º274

44, P

ublic

ado

el 1

1-04

-200

1.D.

S.N

º 018

-200

1-PC

M.P

ublic

. 27-

02-2

001

Page 32: n° 002-2007-mincetur

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, martes 6 de febrero de 2007339214Nº DE

ORDE

N

DENO

MINA

CION

DEL

PROC

EDIM

IENT

O

R E

Q U

I S I T

O S

DERE

CHO

DEPA

GO(%

de U

.I.T.)

S/.

CALI

FICA

CION

DEL

PRO

CEDI

M.DE

PEND

ENCI

ADO

NDE

SEIN

ICIA

EL

TRAM

ITE

AUTO

RIDA

DQU

EAP

RUEB

A EL

TRAM

ITE

AUTO

RIDA

DQU

E RE

SUEL

VEEL

REC

URSO

IMPU

GNAT

IVO

AUTO

-MA

TICO

EVAL

UACI

ONPO

SITI

VONE

GATI

VO

26.-

Alqu

iler d

e eq

uipo

GPS

Dife

renc

ial p

or 0

1 dí

a1.

- Soli

citud

2.94

110

0.00

Trám

iteGe

renc

ia Re

g.Ge

rent

e Ge

nera

lBA

SE L

EGAL

:2.

- Rec

ibo d

e Pa

goDo

cum

enta

rioPl

anea

. Ppt

o. Y

Regio

nal

Ley N

º 278

06, A

rt 17

; Pub

licad

o 03

-08-

02Ac

ondic

io Te

rriLe

y Nº2

7444

, Pub

licad

o e

l 11-

04-2

001.

D. S

.Nº 0

18-2

001-

PCM

.Pub

lic. 2

7-02

-200

127

.-Ex

pedic

ión d

e co

pia ce

rtifi c

ada

de p

lanos

.1.

- Soli

citud

0.29

410

.00

5 dí

asTr

ámite

Gere

nte

Reg.

Gere

nte

Gene

ral

BASE

LEG

AL:

Por p

lano

Docu

men

tario

de In

fraes

truc.

Regio

nal

Ley N

º 278

06, A

rt 17

; Pub

licad

o 03

-08-

02Le

y Nº2

7444

, Pub

licad

o e

l 11-

04-2

001.

D. S

.Nº 0

18-2

001-

PCM

.Pub

lic. 2

7-02

-200

128

.-Lic

itació

n pú

blica

par

a la

adqu

icició

n de

bien

es1.

- Adq

uirir

las b

ases

.Lo

que

esta

blezc

a30

día

sTr

ámite

Com

ité d

eGe

rent

e Ge

nera

ly s

ervic

ios.

2.- P

rese

ntar

pro

pues

tas.

el Co

mité

Docu

men

tario

Adjud

icació

nRe

giona

l

BASE

LEG

AL:

Ley N

º 268

50D.

S. N

º 012

-200

1-PC

M.

D. S

.Nº 0

13-2

001-

PCM

29.-

Invit

ación

par

a ad

quici

ción

de b

ienes

y se

rvici

os1.

- Pre

sent

ar P

ropu

esta

sGr

atuit

o7

Trám

iteCo

mité

de

Gere

nte

Gene

ral

por c

ompr

a dir

ecta

.dí

asDo

cum

enta

rioAd

judica

ción

Regio

nal

BASE

LEG

AL:

Ley N

º 268

50D.

S. N

º 012

-200

1-PC

M.

D. S

.Nº 0

13-2

001-

PCM

30.-

Conc

urso

Púb

lico

de M

érito

s par

a Co

bertu

rar

1.- S

olicit

ud.

Grat

uito

XTr

ámite

Dire

ctor

Gere

nte

Gene

ral

Plaz

as V

acan

tes.

2.- P

rese

ntar

Cur

riculu

m V

itae

Docu

men

tario

Regio

nal d

eRe

giona

lBA

SE L

EGAL

:3.

- Dec

larac

iones

Jurá

das

Adm

inistr

ación

Decr

eto

Legis

lativo

Nº 2

76Pu

blica

do e

l 24-

03-8

4De

cret

o Su

prem

o N

º 005

-90-

PCM

Publi

cado

el 1

7-01

-90

31.-

Expe

dición

de

certi

fi cad

o de

trab

ajo

1.- S

olicit

ud5

días

Trám

iteDi

recto

rGe

rent

e Ge

nera

lBA

SE L

EGAL

:2.

- Rec

ibo d

e Pa

goRe

giona

l de

Ley N

º 278

06, A

rt 17

; Pub

licad

o 03

-08-

02

- Em

pledo

0.08

83.

00Ad

mini

strac

iónLe

y Nº2

7444

, Pub

licad

o e

l 11-

04-2

001.

- O

brer

o0.

147

5.00

Decr

eto

Legis

lativo

Nº 2

76Pu

blica

do e

l 24-

03-8

4De

cret

o Su

prem

o N

º 005

-90-

PCM

del

17/0

1/90

32.-

Expe

dición

de

cons

tanc

ias d

e ha

bere

s y d

es-

1.- S

olicit

ud0.

176

6.00

30 d

ías

Trám

iteDi

recto

rGe

rent

e Ge

nera

lcu

ento

s.Po

r cad

a añ

oDo

cum

enta

rioRe

giona

l de

Regio

nal

BASE

LEG

AL:

Adm

inistr

ación

Ley N

º 278

06, A

rt 17

; Pub

licad

o 03

-08-

02Le

y Nº2

7444

, Pub

licad

o e

l 11-

04-2

001.

Decr

eto

Legis

lativo

Nº 2

76Pu

blica

do e

l 24-

03-8

4De

cret

o Su

prem

o N

º 005

-90-

PCM

Publi

cado

el 1

7-01

-90

33.-

Expe

dición

de

certi

cado

s de

prác

ticas

.1.

- Soli

citud

Grat

uito

3 dí

asTr

ámite

Sub

Gere

ncia

Secr

etar

íaBA

SE L

EGAL

:De

cret

o Le

gislat

ivo N

º 276

Publi

cado

el 2

4-03

-84

Decr

eto

Supr

emo

Nº 0

05-9

0-PC

M d

el 17

/01/

90

2287

7-1

Page 33: n° 002-2007-mincetur

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, martes 6 de febrero de 2007 339215

GOBIERNO REGIONAL

DEL CALLAO

Crean la Red de Bibliotecas Municipales y Anexas y conforman Comisión encargada de proponer a la Alta Dirección una relación de títulos de material bibliográfico a ser adquiridos para la Biblioteca Municipal “Teodoro Cassana Robles”

RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONALNº 77

Callao, 29 de enero de 2007

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 47º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales corresponde a dicha instancia subnacional formular, aprobar, ejecutar, evaluar y administrar las políticas regionales, entre otras, de educación y cultura así como promover y difundir las instituciones culturales de la región, en coordinación con los gobiernos locales;

Que, los resultados que arrojan los reportes de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencias y la Cultura (UNESCO) acerca de la capacidad de comprensión de lectura de los estudiantes peruanos, en general, demuestran una escasa capacidad de abstracción para interpretar textos básicos de parte de niños y jóvenes peruanos, encontrándonos en clara desventaja respecto de otros países de la región;

Que, dado este escenario resulta prioritario promover la ejecución de acciones para desarrollar la capacidad de leer en la Comunidad Chalaca, de manera que la comprensión de lectura no sea una limitación en el desarrollo intelectual de los ciudadanos del primer puerto si no más bien una fortaleza acorde con los niveles educativos que la gestión regional persigue;

Que, en tal sentido, urge incrementar y actualizar el material bibliográfi co con que cuentan las Bibliotecas Municipales del Callao, dentro de un plan lector diseñado por el ente rector de Educación, pero acorde con las políticas de apoyo a la cultura que impulsa el gobierno regional en conjunto con los gobiernos locales de su jurisdicción, en su cruzada por el fomento y afi anzamiento de la práctica de la lectura;

Que, la intervención del gobierno regional debe buscar además de la dotación de libros para las municipalidades, la sistematización y la difusión de experiencias exitosas en la práctica de la lectura, por lo que las bibliotecas municipales deben conformar una Red de Bibliotecas Municipales y Anexas que produzcan el impacto deseable, esto es, levantar los índices de lectoría en el Callao y coadyuvar activamente al proceso educativo de la Región;

Estando a las consideraciones expuestas, y en ejecución de las atribuciones que le confi ere al Señor Presidente el artículo 21º literal d) de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Crear la Red de Bibliotecas Municipales y Anexas conformada, por las Bibliotecas Municipales del Callao, encargada de garantizar el carné único de lector para toda la Red en el Callao, espacios ordenados para el funcionamiento de las Bibliotecas, concurso de bibliotecólogos para la dirección de las mismas y programación conjunta del Plan Lector.

Artículo 2º.- Conformar una Comisión que se encargue de proponer a la Alta Dirección una relación de títulos de material bibliográfi co a ser adquiridos para la Biblioteca Municipal “Teodoro Cassana Robles” y las

bibliotecas municipales de cada distrito chalaco, la cual estará integrada por:

- Dr. VICENTE GONZALEZ NAVARRO, Gerente Regio-nal de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial

- Sr. ALFREDO ORMEÑO FELICE, Ofi cina de Educa-ción, Cultura, Ciencias, Tecnología, Deportes, Recreación, Salud, Vivienda y Saneamiento

- Sr. FELIPE RIVAS MENDO, Gerente de Educación y Cultura - MPC

Artículo 3º.- Conformar un Consejo Consultivo que se encargue de asesorar a la Comisión conformada en el artículo precedente, el cual estará integrado por:

- Dr. Nello Marco Sánchez Dextre, Historiador- Dr. Manuel Pantigoso Pecero, miembro de número

de la Academia Peruana de la Lengua- Dra. Martha Fernández de López, ex Directora de la

Biblioteca Nacional del Perú- Dr. Eduardo de la Cruz Yataco, Presidente de la

Asociación Peruana de Literatura Infantil y Juvenil- Lic. Santiago Risso Bendezú, escritor- Sr. Antonio Sarmiento Anticona, escritor

Artículo 4º.- ASIGNAR para la adquisición aludida en el Artículo Segundo de la presente, la suma de S/. 1,650,000 (UN MILLON SEISCIENTOS CINCUENTA MIL NUEVOS SOLES) proveniente de los saldos de balance del ejercicio 2006.

Regístrese y comuníquese.

ALEXANDER M. KOURI BUMACHARPresidente

23920-1

GOBIERNO REGIONAL DE JUNIN

Fijan montos de remuneración del Presidente y Vicepresidente del Gobierno Regional y de dietas de los Consejeros Regionales

ACUERDO REGIONALNº 001-2007-GRJ/CR

POR CUANTO:

El Consejo Regional de Junín en Sesión Ordinaria celebrada a los 15 días del mes de enero del año 2007, en la provincia de Huancayo, de conformidad con lo previsto en los artículos 197º y 198º de la Constitución Política del Perú de 1993, modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización - Ley Nº 27680, la Ley de Bases de la Descentralización - Ley Nº 27783, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, su modifi cación en parte por la Ley Nº 27902 y demás Normas Complementarias.

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo Nº 046-2006-PCM, de fecha 31 de julio del 2006, establecen el Monto de la Unidad Remunerativa del Sector Público - URSP, correspondiente al año 2007, en S/. 2,600.00 nuevos soles;

Que, mediante el Decreto de Urgencia Nº 038-2006 de fecha 30 de diciembre del 2006, que modifica la Ley Nº 28212 y dicta otras medidas; señala que los Consejeros Regionales y los Regidores Municipales perciben únicamente dietas, las mismas que no deben de superar en total el treinta por ciento (30%) de la remuneración mensual del Presidente del Gobierno Regional o del Alcalde correspondiente;

Page 34: n° 002-2007-mincetur

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, martes 6 de febrero de 2007339216

Que, la Primera Disposición Final del Decreto de Urgencia Nº 038-2006, de fecha 30 de diciembre del 2006, que modifica la Ley Nº 28212 y dicta otras medidas; señala que “la “remuneración” que contienen la Ley Nº 28212 y demás normas reglamentarias y complementarias se entiende hecha a “ingreso” y la referencia en dichas normas a la “Unidad Remunerativa del Sector Público - URSP” se entiende hecha a la “Unidad de Ingreso del Sector Público”;

Que, de acuerdo a la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, modificada por la Ley Nº 27902, en su Art. 15º sobre Atribuciones del Consejo Regional; y el Art. 13º literal f) del Reglamento Interno del Consejo Regional de Junín señalan que; “Son atribuciones del Consejo Regional fi jar la remuneración mensual del Presidente y Vicepresidente y las dietas de los Consejeros Regionales”;

Que, Ley Nº 27867 - “Ley Orgánica de Gobiernos Regionales”, modifi cada en parte por la Ley Nº 27902, en su artículo 19º dispone que la dieta de los Consejeros no tiene carácter remunerativo, son renunciables y excluyentes de cualquier otra bonifi cación o asignación de similar concepto. Se abonan por cada período efectivo de sesiones en el transcurso del mes, a las que haya asistido el Consejero;

Que, de conformidad con las atribuciones conferidas por los Artículos 9º, 10º, 11º, 15º, y 39º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, y modifi cada en parte por la Ley Nº 27902; y su Reglamento Interno;

El Consejo Regional con el voto UNÁNIME de sus miembros;

ACUERDA:

Primero.- Fijar la remuneración del Presidente y Vicepresidente del Gobierno Regional de Junín en 5.5 (14,300.00 nuevos soles), y 4.8 (12,430.00 nuevos soles) Unidades de Ingreso del Sector Publico - (UISP) respectivamente, para los meses de enero a diciembre del presente año.

Segundo.- Fijar la dieta mensual de los Consejeros Regionales del Gobierno Regional de Junín, en el treinta por ciento (30%) de la remuneración mensual del Presidente del Gobierno Regional de Junín (4,290.00 nuevos soles).

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

VLADIMIRO HUAROC PORTOCARREROPresidente

23631-1

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD

METROPOLITANA DE LIMA

RECTIFICACIÓN

RESOLUCIÓN Nº 017-2007-MML-GDU-SPHU

En la sumilla correspondiente a la Resolución Nº 017-2007-MML-GDU-SPHU, publicada en nuestra edición del día 3 de febrero de 2007, debe modifi carse la redacción de la misma, por lo que debe quedar redactada como sigue:

Ratifi can resolución que declara recepción progresiva de obras de habilitación urbana de terreno ubicado en el distrito de San Juan de Lurigancho

23930-1

MUNICIPALIDAD DE

SANTA ANITA

Declaran nulidad de oficio de proceso de licitación pública convocado para contratar suministro de insumos para el Programa del Vaso de Leche

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍAN° 00078-2007-ALC/MDSA

Santa Anita, 30 de enero de 2007

VISTOS:

La solicitud de Consorcio Nutrial SAC – Laive S.A. sobre suscripción de contrato de suministro de Leche Evaporada Entera por haber obtenido la Buena Pro del ITEM 01 del Proceso de Licitación Pública N° 002-2006-CE/MDSA para el Suministro de Insumos Alimenticios para el Programa del Vaso de Leche;

CONSIDERANDO:

Que, con Resolución de Alcaldía N° 0210-2006-ALC/MDSA de fecha 4-5-2006, se aprobaron las Bases de la Licitación Pública N° 0002-2006-CE/MDSA –Primera Convocatoria – Suministro de Insumos Alimenticios para el Programa del Vaso de Leche” que tiene por objeto la adquisición de Item I: 1´346,072.00 Unidades de Leche en sachets de 410 gr. c/u con un valor referencial de S/. 2´221,018.80 e Item II: 131,040.00 kg. de Hojuela de Quinua Enriquecida con cereales y proteínas y minerales en bolsas de 500 grs. con un valor referencial de S/. 494,952.00, por un periodo de 364 días;

Que, con fecha 5-5-2006 el Comité Especial convocó al proceso de selección materia del asunto, bajo el sistema de precios unitarios y con un valor referencial total ascendente a S/. 2´718,970.80 (Dos millones setecientos dieciocho mil novecientos setenta y 80/100 nuevos soles), incluido el IGV;

Que, el 15-6-2006, se llevó a cabo el acto público de presentación y apertura de sobres técnicos, en el cual el Comité Especial a cargo del proceso de selección verifi có la entrega de ofertas, para el caso que nos ocupa, del item N° 1 por parte de los siguientes postores: (I) CONSORCIO NUTRIAL SAC – LAIVE S.A. y (II) NIISA CORPORATION S.A.;

Que, el 20-6-2006, se llevó a cabo el acto público de apertura de sobres económicos y otorgamiento de la Buena Pro, en dicho acto el Comité Especial dio a conocer la descalifi cación del postor NIISA CORPORATION S.A. por presentar el Certifi cado de Aceptabilidad de fecha 14 de junio de 2006, toda vez que dicha empresa solicitó y realizó la prueba de aceptabilidad con fecha 8 de junio de 2006, tal como consta en las respectivas actas y otorgó la Buena Pro al postor CONSORCIO NUTRIAL SAC - LAIVE S.A.;

El 27-6-2006, la empresa NIISA CORPORATION S.A. interpuso recurso de apelación contra la descalifi cación de su propuesta presentada para el item N° 01 de la Licitación N° 002-2006-CE/MDSA, alegando que ella había sido presentada de conformidad con las Bases del proceso, por tanto solicitó se revoque dicha decisión y se proceda a califi car su oferta;

Que, mediante Resolución de Alcaldía N° 337-2006-ALC/MDSA del 10 de junio de 2006, notifi cada en la fecha a través del SEACE, la entidad declaró infundado el recurso de apelación planteado por la empresa NIISA CORPORATION S.A.;

Que, el 17-7-2006 el postor NIISA CORPORATION S.A. interpuso recurso de revisión contra la Resolución de Alcaldía N° 337-2006-ALC/MDSA, solicitando se anule la recurrida en el extremo que declaró la descalifi cación de su propuesta técnica;

Que, con Resolución N° 871/2006.TC-SU de fecha 24-10-2006, el Tribunal de Contrataciones del Estado declaró fundado el recurso de revisión interpuesto por NIISA CORPORATION S.A. y, en consecuencia ordenó se revoque la Buena Pro otorgada a favor de CONSORCIO

Page 35: n° 002-2007-mincetur

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, martes 6 de febrero de 2007 339217

NUTRIAL SAC – LAIVE S.A. y se proceda a evaluar la propuesta técnica del postor NIISA CORPORATION S.A.;

Que, el 10-11-2006, tuvo lugar el acto público de apertura de sobre económico del postor NIISA CORPORATION S.A. y otorgamiento de la Buena Pro. En dicho acto y luego de dar a conocer el resultado de la evaluación técnica, el Comité Especial procedió a la evaluación económica de su propuesta, más la bonifi cación adicional del 20% que otorga la Ley de Promoción Temporal del Desarrollo Productivo Nacional, resultando ganador la empresa CONSORCIO NUTRIAL SAC – LAIVE S.A.;

Que, con escrito presentado el 13-11-2006 y subsanado el 15-11-2006, el postor NIISA CORPORATION S.A. interpuso recurso de apelación contra la Buena Pro de ítem N° 01 del proceso sub examine, otorgada al CONSORCIO NUTRIAL SAC – LAIVE S.A., en el que solicitó se deje sin efecto esa decisión, se califi que adecuadamente su propuesta técnica y se conceda a su favor dicha Buena Pro;

Que, con escrito presentado el 5-12-2006, el postor NIISA CORPORATION S.A. interpuso recurso de revisión contra la denegatoria fi cta recaída en su recurso de apelación, a efectos de lo cual reiteró y reprodujo los argumentos manifestados en su recurso de apelación;

Que, mediante la Resolución N° 057-2007-TC-SU de fecha 15-1-2007, el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado RESUELVE declarar improcedente el recurso de revisión interpuesto por la empresa NIISA CORPORATION S.A. contra la denegatoria fi cta recaída sobre el recurso de apelación planteado contra la Buena Pro otorgada al CONSORCIO NUTRIAL SAC – LAIVE S.A., respecto del ítem N° 1 de la Licitación Pública N° 0002-2006-CE/MDSA y devolver los antecedentes a la Entidad para los fi nes legales pertinentes;

Que, CONSORCIO NUTRIAL SAC – LAIVE S.A. solicita señale fecha y hora para la suscripción del contrato de suministro de leche evaporada entera, conforme a las Bases integradas y Resolución N° 057-2007-TC-SU emitida por el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y refi ere que a partir del 15-1-2007 fecha en que quedó consentida la Buena Pro, la Municipalidad de Santa Anita tenía 5 días hábiles para citarlos a suscribir el referido contrato de suministro, conforme a lo previsto en el Artículo 203° inciso 1) del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y que a la fecha de presentación de su carta, ésta ha concluido, por lo que en aplicación de lo dispuesto en el inciso 3) del Artículo 203° del Reglamento, requiere a esta entidad la suscripción del contrato de suministro en un plazo de 5 días hábiles de recibida al presente para lo cual señala el local del Notaria De Vettori para la fi rma del contrato de suministro, bajo apercibimiento de aplicar la penalidad señalada en la misma norma;

Que, pese a que la Resolución N° 057-2007-TC-SU de fecha 15-1-2007 emitida por el Tribunal del CONSUCODE en su punto tres de la parte resolutiva dispone la devolución de los antecedentes a la entidad para los fi nes legales pertinentes, hasta la fecha esto no se ha producido, por lo que no correrían los plazos invocados por CONSORCIO NUTRIAL SAC – LAIVE S.A.;

Que, sin perjuicio de lo descrito en el punto anterior, estando a tenor de lo solicitado por Consorcio Nutrial SAC. – Laive SA resulta necesario establecer la procedencia de su pretensión en la Licitación Pública N° 0002-2006-CE/MDSA para el “Suministro de Insumos Alimenticios para el Programa del Vaso de Leche” bajo el sistema de precios unitarios y con un valor referencial ascendente a S/. 2´221, 970.80 (Item 1);

Que, fl uye de los actuados administrativos que desde el 5-5-2005 fecha de convocatoria del referido proceso hasta el 15-1-2007 la fecha de emisión de la Resolución que declara improcedente el recurso de revisión sub materia, han transcurrido más de nueve meses, que comprenden el ejercicio del año 2006 y parte del 2007, tiempo en el cual se han emitido Acuerdos de Concejo declarando Situaciones de Desabastecimiento Inminentes del producto Leche Evaporada Entera, para no perjudicar a los Benefi ciarios del Programa del Vaso de Leche;

Que, la suscripción del contrato solicitado por CONSORCIO NUTRIAL SAC – LAIVE S.A. dentro de los cinco días de notifi cada su última carta, conllevaría a la afectación del gasto del ejercicio presupuestal del 2007, respecto a una obligación correspondiente al ejercicio

presupuestal 2006, es decir resulta aplicable al caso sub examine lo preceptuado en el Artículo 11° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, que a la letra dice: “Pueden efectuarse adquisiciones o contrataciones cuyo desarrollo se prolongue por más de un ejercicio presupuestario, en cuyo caso deberán adoptarse las previsiones necesarias para garantizar el pago de las obligaciones”;

Que, en atención a ello la Gerencia de Asesoría Jurídica a través del Memoramdum N° 009-2007-GAJ/MDSA solicitó a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización informe sobre ejecución del gasto correspondiente al ejercicio 2006 para la adquisición del producto del Programa Vaso de Leche sub materia, y si esto es así, verifi car si se ha tomado las previsiones del caso para ejecutar dicho gasto en el año 2007;

Que, con Memorándum N° 002-2006-GPPR-GG/MDSA de fecha 26-1-2007, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización da cuenta que el Programa de Vaso de Leche es financiada por Recursos Ordinarios, los mismos que son presupuestados para cada ejercicio presupuestal. En el caso del ejercicio presupuestal 2006, se ha ejecutado el total asignado a dicho programa, tratándose de la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, esta no tiene saldos de balance ni contempla gastos de ejercicios anteriores por lo que en el ejercicio presupuestal 2007 no se ha previsto la ejecución de gasto alguno respecto al Programa del Vaso de Leche del ejercicio presupuestal 2006;

Que, la dilación en el tiempo para el otorgamiento de la Buena Pro, debido a las impugnaciones ejercida por uno de los postores, han conllevado a que recién en el mes de enero del 2007 el Tribunal del CONSUCODE la resuelva en última instancia administrativa. Que, durante el tiempo que ha quedado suspendido el proceso licitario, la Municipalidad se ha visto en la necesidad de continuar adquiriendo el insumo Leche Evaporada Entera para el Programa del Vaso de Leche y abasteciendo, vía declaraciones de Desabastecimiento Inminente, lo que ha implicado la utilización del presupuesto asignado para el año 2006;

Que, del Informe del área de Planifi cación, Presupuesto y Racionalización antes mencionado, se advierte que tampoco se tomó las previsiones necesarias tendientes a permitir que se afecte el presupuesto del año 2007 para efectos que de la convocatoria del año 2006 continúe vigente, toda vez que este recurso proviene del gobierno central;

Que, siendo ello así la necesidad de adquirir el insumo Leche Evaporada Entera para el Programa del Vaso de Leche se ha desvanecido, por cuanto durante todo el año 2006 se ha abastecido en forma oportuna haciendo uso del presupuesto asignado para el referido año y no se ha previsto dicho gasto para el ejercicio presupuestal 2007, por lo que resulta un imposible jurídico la suscripción del contrato con retroactividad, al haberse producido la sustracción la materia;

Por otro lado, estando a que lo pretendido se basa en un proceso licitario iniciado durante el último año de la gestión anterior, corresponde verifi car si este se ha llevado a cabo contraviniendo o no lo contenido en el Decreto Legislativo N° 955 Ley de Descentralización Fiscal y su Reglamento, que establece que durante el último año de gestión se prohíbe efectuar cualquier tipo de gastos corrientes que impliquen compromisos de pagos posteriores a la fi nalización de la administración, por lo que: a) Está prohibido efectuar cualquier tipo de gasto corriente que se devengue o se encuentre devengado al último año de mandato y que no resulte pagado al 31 de diciembre del Año Fiscal, salvo que pueda ser cancelado durante el primer trimestre del siguiente año fi scal con cargo a la disponibilidad fi nanciera existente correspondiente a la fuente de fi nanciamiento a la que dicho gasto fue afectado; y, b) Está prohibido generar compromisos que devenguen en años posteriores;

Que, por otro lado, conforme se advierte de las Bases del proceso licitario sub materia, esta tiene por objeto seleccionar al proveedor que se encargará del suministro de productos alimenticios que conforman la ración alimenticia para la atención de 24,000 benefi ciarios por un periodo de 364 días calendario, es decir teniendo en cuenta el calendario del proceso el otorgamiento de

Page 36: n° 002-2007-mincetur

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, martes 6 de febrero de 2007339218

la Buena Pro se programó para el día 12-6-2006 y en el supuesto de que este acto no hubiese sido impugnado dentro de los cinco días se debería requerir a la empresa ganadora dentro de los cinco días hábiles para la fi rma del contrato otorgándole diez días para tal efecto, el mismo correría a partir del día siguiente del 11-7-2006 como fecha límite, por lo que contando los 364 días objeto del contrato, el mismo fi nalizaría el 11-7-2007;

Que, siendo esto así, a través del acto administrativo que aprobó las Bases del proceso sub examine, se ha convocado a un proceso de compra de suministro para el Programa del Vaso de Leche que incluye siete meses del ejerció presupuestal 2007, pese a que el 2006 era el último año de gestión, confi gurándose así el supuesto prohibitivo contenido el Decreto Legislativo N° 955 Ley de Descentralización Fiscal y su Reglamento, es decir dicho proceso se realizó contraviniendo el texto expreso de la Ley;

Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 57° del Texto Único de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, el Tribunal en los casos que conozca declarará nulos los actos administrativos expedidos por las Entidades, cuando hayan sido dictados por órgano incompetente, contravengan las normas legales, contengan un imposible jurídico o prescindan de las normas esenciales del procedimiento o de la forma prescrita por la normatividad aplicable, debiendo expresar en la Resolución que expida la etapa a la que se retrotraerá el proceso. El titular de la entidad podrá declarar de ofi cio la nulidad del proceso de selección, por las mismas causales previstas en el párrafo anterior, sólo hasta antes de la celebración del contrato, sin perjuicio de que pueda ser declarada en la resolución recaída en los recursos impugnativos. Después de celebrados los contratos sólo es posible declarar la nulidad por efectos del artículo 9° de la presente Ley. Esta facultad es indelegable;

Que, en tal sentido, no habiéndose hasta la fecha producido la suscripción del contrato del proceso licitario sub examine, procede declarar su nulidad y resulta necesario que de inmediato se proceda a efectuar la convocatoria para la adquisición del producto Leche Evaporada del Programa del Vaso de Leche para el año 2007;

Que, de conformidad con la Ley N° 27444 Ley del Procedimiento Administrativo en su numeral 11 sub numeral 11.3. establece que la resolución que declara la nulidad, además dispondrá lo conveniente para hacer efectiva la responsabilidad del emisor del acto inválido;

Que, con Informe N° 038-2007/GAJ/MDSA de fecha 26-1-2006, la Gerencia de Asesoría Jurídica de esta Entidad opina que se debe declarar la nulidad de ofi cio del proceso de selección materia del comento, por contravención a lo normado por el Decreto Legislativo N° 955 Ley de Descentralización Fiscal y su Reglamento y por devenir el objeto de la misma en un imposible jurídico;

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 57° del Texto Único de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2005/PCM y en uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del artículo 20° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- DECLARAR LA NULIDAD DE OFICIO del proceso de Licitación Pública N° 0002-2006-CE/MDSA –Primera Convocatoria – Suministro de Insumos Alimenticios para el Programa del Vaso de Leche” Item I de Leche en sachets de 410 gr. Leche Evaporada Entera.

Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia del Órgano de Control Institucional de esta Entidad, para que conforme a sus atribuciones realice una exhaustiva investigación a fi n de que se determine el grado de responsabilidad de los funcionarios y/o servidores que conllevaron a las causas que motivaron la declaración de la nulidad del proceso licitario.

Artículo Tercero.- Poner a conocimiento de la presente resolución al CONSUCODE, a la Sub Gerencia del Programa del Vaso de Leche, a la Gerencia de Administración, Gerencia de Planeamiento, Presupuesto

y Racionalización a fi n de que adopten las medidas necesarias a fi n de convocar al proceso que corresponda para la adquisición del Suministro Leche Evaporada Entera correspondiente al año 2007.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

OSIRIS FELICIANO MUÑOZAlcalde

23694-1

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD

PROVINCIAL DEL CALLAO

Aprueban Reglamento de Elecciones de Autoridades de la Municipalidad del Centro Poblado Nuestra Señora de las Mercedes - Mi Perú

ORDENANZA MUNICIPALNº 000006

Callao, 26 de enero de 2007

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO

POR CUANTO:

El Concejo Municipal Provincial del Callao, en sesión fecha 26 de enero de 2007; Aprobó la siguiente Ordenanza Municipal;

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú, en el artículo 194, establece que las municipalidades como órganos de gobierno local tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; en el artículo 9 numeral 8, señala que el Concejo Municipal tiene la atribución de aprobar, modifi car, o derogar las ordenanzas y dejar sin efectos los acuerdos y en el artículo 132 establece el procedimiento para la elección del alcalde y regidores de los centros poblados se regula por la ley de la materia;

Que, la Ley Nº 28440, Ley de Elecciones de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados, en su artículo 2º, establece que la convocatoria a elecciones se efectuará con 120 días naturales de anticipación al acto de sufragio, comunicando el acto al Jurado Nacional de Elecciones, bajo responsabilidad;

Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 155 del 17 de octubre del 2006, el Concejo Provincial del Callao acordó convocar a elecciones de autoridades de la municipalidad del Centro Poblado Nuestra Señora de las Mercedes-Mi Perú, para el 4 de febrero del 2007 y mediante Acuerdo de Concejo Nº 0159 del 22 de noviembre del 2006 se aprobó el Reglamento de Elecciones de Autoridades de la Municipalidad del Centro Poblado Nuestra Señora de las Mercedes - Mi Perú;

Que, mediante Ordenanza Nº 039 del 17 de octubre del 2006, y publicada en el Diario Oficial El Peruano el 21 de diciembre del 2006, se convocó a elecciones de autoridades de la Municipalidad del Centro Poblado Nuestra Señora de las Mercedes- Mi Perú para el 4 de febrero del 2007, fecha en la cual es materialmente imposible llevar a efecto el proceso electoral, conforme a las disposiciones establecidas en su Ley;

Page 37: n° 002-2007-mincetur

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, martes 6 de febrero de 2007 339219

Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 043 de fecha 22 de noviembre del 2006, se aprobó el Reglamento de Elecciones del Centro Poblado Nuestra Señora de las Mercedes - Mi Perú.

Que, con la fi nalidad de salvaguardar la legalidad del proceso democrático de elecciones en el Centro Poblado Nuestra Señora de las Mercedes Mi Perú, se ha elaborado un nuevo Reglamento de Elecciones de Autoridades de la Municipalidad del Centro Poblado, que consagra garantías al presente proceso, solicitándose además la suscripción de distintos convenios de apoyo Institucional con entidades tales como Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, Jurado Nacional de Elecciones, Ofi cina Nacional de Procesos Electorales y otros, los que colaborarían al mejor desarrollo y dotaría de transparencia al presente acto, de acuerdo a lo dispuesto en los artículo 5º y 6º de la Ley Nº 28440- Ley de Elecciones de Centros Poblados;

Que, mediante el Informe Legal Nº 029-GGAJC-SAA, de la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación, emite opinión sobre el proyecto de Reglamento de Elecciones de Autoridades Municipales del Centro Poblado Nuestra Señora de las Mercedes-Mi Perú, indicando que la misma se encuentra dentro del marco establecido en la Ley Orgánica de Municipalidades y la Ley Nº 28440, Ley de Elecciones de Centros Poblados, debiendo declararse procedente el mismo, elevándolo a sesión de Concejo Municipal para su aprobación en uso de sus facultades y atribuciones conferidas en el artículo 9 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, mediante Dictamen Nº 01-2007-MPC-CP de la Comisión de Población, de la sesión del 26 de enero de 2007, recomienda al Concejo Municipal aprobar la derogatoria de las ordenanzas y acuerdos que convocaron y aprobaron el reglamento de elecciones de autoridades municipales del Centro Poblado Nuestra Señora de las Mercedes Mi Perú y aprobar una serie de medidas orientadas a realizar las elecciones de autoridades municipales en el centro poblado antes mencionado, entre ellas aprobar el nuevo reglamento electoral;

Que, el Concejo Provincial del Callao, presidido por el señor Alcalde Félix Moreno Caballero, en la sesión descentralizada, realizada el 26 de enero del 2007, en el local del asentamiento humano Villa Escudero en Ventanilla acordó aprobar el Dictamen Nº 01-2007-MPC-CP;

Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades el Concejo Provincial del Callao ha dado la siguiente

ORDENANZA QUE APRUEBA EL NUEVO REGLAMENTO DE ELECCIONES DE AUTORIDADES MUNICIPALES DEL CENTRO POBLADO NUESTRA

SEÑORA DE LAS MERCEDES MI PERÚ

Artículo Primero.- Apruébase el Nuevo Reglamento de Elecciones de Autoridades de la Municipalidad del Centro Poblado Nuestra Señora de las Mercedes Mi Perú, cuyo texto se inserta al fi nal de la presente Ordenanza.

Artículo Segundo.- Deróganse las Ordenanzas Nºs. 00039 del 17 de octubre de 2006 y 00043 del 22 de noviembre de 2006 y déjase sin efecto los Acuerdos de Concejo Nº 155 del 17 de octubre de 2006 y Nº 159 de 22 de noviembre de 2006, que convocaron a Elecciones de Autoridades de la Municipalidad del Centro Poblado Nuestra Señora de las Mercedes Mi Perú y que aprobaron el reglamento de elecciones para dicho proceso, respectivamente.

Artículo Tercero.- Autorízase al Alcalde a suscribir los convenios de cooperación institucional con distintos organismos con la fi nalidad de que se dote de garantías al presente proceso electoral, tales como Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, Jurado Nacional de Elecciones, Ofi cina Nacional de Procesos Electorales y otros, necesarios para el cumplimiento de la presente Ordenanza.

Artículo Cuarto.- Encárgase a la Gerencia de Abastecimiento, dependiente de la Gerencia de Administración, efectuar el apoyo logístico que demande

las Elecciones de Autoridades de la Municipalidad del Centro Poblado Nuestra Señora de las Mercedes Mi Perú y a la Gerencia General de Asentamientos Humanos, el cumplimiento de la presente Ordenanza.

Artículo Quinto.- Autorizar al señor Alcalde a emitir, mediante Decreto de Alcaldía, las disposiciones complementarias para el cumplimiento de lo dispuesto la presente Ordenanza.

POR TANTO:

Mando se registre y cumpla.

FELIX MORENO CABALLEROAlcalde del Callao

REGLAMENTO DE ELECCIONES DE AUTORIDADES DE LA MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO

NUESTRA SEÑORA DE LAS MERCEDES - MI PERÚ

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1º.- El presente Reglamento es un documento normativo y organizativo que tiene por fi nalidad la planifi cación, organización y ejecución del proceso de la elección democrática del Alcalde y Regidores de la Municipalidad del Centro Poblado Nuestra Señora de las Mercedes - Mi Perú; el mismo que, está a cargo de la Municipalidad Provincial del Callao, a través de la Gerencia General de Asentamientos Humanos. Este reglamento está desarrollado sobre la base de lo indicado en los artículos 128º al 132º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y la Ley Nº 28440, Ley de Elecciones de Autoridades de la Municipalidades de Centros Poblados.

Artículo 2º.- En las elecciones de autoridades de la Municipalidad del Centro Poblado Nuestra Señora de las Mercedes Mi Perú, se elige un (1) Alcalde y cinco (5) Regidores, quienes postulan en lista completa y son elegidos por un período de cuatro años, contados a partir de su proclamación.

Concordancia: Art. 1º Ley Nº 28440

Artículo 3º.- El Alcalde Provincial convoca a elecciones con 120 días naturales de anticipación al acto sufragio, comunicando el acto al Jurado Nacional de Elecciones.

Concordancia: Art. 2º Ley Nº 28440

CAPÍTULO II

DEL PADRÓN ELECTORAL

Artículo 4º.- El Padrón Electoral estará determinado por la residencia de los ciudadanos en el Centro Poblado Nuestra Señora de las Mercedes - Mi Perú. Se entiende como ciudadano residente a la persona natural con plena capacidad de ejercicio de sus derechos civiles y que domicilie en el centro poblado.

Concordancia: Art. 4º Ley Nº 28440

Artículo 5º.- El Padrón electoral será elaborado por la Municipalidad Provincial del Callao a través de la Gerencia General de Asentamientos Humanos realizando para ello el empadronamiento de los ciudadanos que residen en el Centro Poblado Nuestra Señora de las Mercedes - Mi Perú.

Artículo 6º.- La Municipalidad Provincial de Callao publicará las listas del padrón electoral en el Municipio del Centro Poblado Nuestra Señora de las Mercedes Mi Perú, sin perjuicio de la mayor difusión que se pueda brindar la presente.

Concordancia: Art. 198º de la Ley Orgánica de Elecciones

Artículo 7º.- Los electores residentes del Centro Poblacional que por cualquier motivo, no fi guren en el

Page 38: n° 002-2007-mincetur

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, martes 6 de febrero de 2007339220

padrón de electores o estén registrados con error, tienen derecho de reclamar ante la Municipalidad Provincial del Callao, durante un plazo de tres días naturales contados desde la fecha de publicación, debiendo darse respuesta en el mismo plazo.

Concordancia: Art. 199º de la Ley Orgánica de Elecciones

Artículo 8º.- Cualquier elector u Organización política reconocida, tiene derecho a pedir que se eliminen o tachen los nombres de los ciudadanos fallecidos, de los inscritos más de una vez y los que se encuentren inhabilitados, presentándose las pruebas pertinentes. Rige para la referida solicitud los plazos señalados en el artículo precedente.

Concordancia: Art. 200º de la Ley Orgánica de Elecciones

Artículo 9º.- Una vez vencido el plazo para formular impugnaciones al padrón electoral, la Municipalidad del Callao aprobará el mismo y lo publicará.

CAPÍTULO III

DEL COMITÉ ELECTORAL

Artículo 10º.- El Comité Electoral está a cargo de la organización del proceso electoral, estará conformado por cinco miembros titulares y cinco suplentes, pobladores que domicilien dentro de la delimitación territorial del centro poblado. La designación de los pobladores se hará por sorteo, realizado en acto público y en presencia de los representantes de la Municipalidad Provincial y Distrital.

El sorteo será realizado por la Municipalidad Provincial dentro de 30 días naturales posteriores a la convocatoria a elecciones y se hará entre los ciudadanos que fi guren en el padrón de electores.

Concordancia: Art. 3º Ley Nº 28440

Artículo 11º.- El Comité Electoral elegirá entre sus cincos miembros a quien los presidirá y será instalado en su fecha de conformación.

Los suplentes participarán en caso de renuncia, abandono, enfermedad grave o imposibilidad declarada por el Comité Electoral en el orden en que fueron sorteados, previa juramentación.

Concordancia: Art. 3º Ley Nº 28440

Artículo 12º.- El Comité Electoral tiene por fi nalidad asegurar que las votaciones traduzcan la expresión auténtica, libre y espontánea de los electores y que los escrutinios se lleven a cabo con todo orden y transparencia.

Concordancia: Art. 6º Ley Nº 28440

Artículo 13º.- Son funciones del Comité Electoral del Centro Poblado Nuestra Señora de las Mercedes - Mi Perú:

- Organizar, dirigir, controlar y culminar el proceso electoral .

- Declarar la vacancia de uno de sus miembros e incorporar al suplente en el orden en que fue sorteado.

- Elaborar el cronograma del proceso electoral- Inscribir y publicar las listas de candidatos.- Difundir la información sobre el proceso electoral en

la circunscripción del centro poblado.- Solicitar en conjunto con la Municipalidad Provincial

del Callao, auxilio de las Fuerzas Policiales, para el mantenimiento del orden público y protección de la libertad personal durante el proceso electoral.

- Resolver en primera instancia las impugnaciones contra el resultado del sufragio.

- Ofi ciar a la Municipalidad Provincial del Callao, comunicando el resultado de la elección.

- Rendir cuentas al Concejo Provincial de los ingresos percibidos durante el proceso electoral inscripciones y tachas e impugnaciones, si lo hubieran.

Artículo 14º.- El Comité Electoral tiene a su cargo el diseño de la cédula de sufragio. La ubicación de las candidaturas o símbolos se efectúa mediante sorteo público, en presencia de un representante de la Municipalidad Provincial, uno de la Municipalidad Distrital, los personeros y de notario público.

(Concordancia: Ley Orgánica de Elecciones Art. 165º)

CAPÍTULO IV

INSCRIPCIONES DE LISTAS DE CANDIDATOS IMPEDIMENTOS Y TACHAS

Artículo 15º.- Para ser elegido Alcalde o Regidor, se requiere:

1. Ser ciudadano en ejercicio y estar inscrito en el Padrón Electoral del Centro Poblado Nuestra Señora de las Mercedes - Mi Perú.

2. Residir en el Centro Poblado por lo menos (2) dos años consecutivos. En caso de domicilio múltiple rige lo dispuesto en el artículo 35º código civil.

Concordancia: Ley de Elecciones Municipales Art. 6º

Artículo 16º.- No Pueden ser candidatos en las presentes elecciones de Autoridades en el Centro Poblado los siguientes ciudadanos:

1. Los gobernantes y Tenientes Gobernadores, Jueces de Paz, miembros de las Fuerzas Armadas y Fuerzas Policiales en actividad que no hayan renunciado en forma expresa y que ésta haya sido aceptada por la autoridad correspondiente.

2. Los funcionarios públicos en actividad.3. Los que se encuentren en sentencia condenatoria

vigente.4. Los que no reúnen los requisitos contemplados en

el artículo anterior.

Concordancia: Ley de Elecciones Municipales Art. 8º

Artículo 17º.- Las Organizaciones Políticas, deben presentar su solicitud de Inscripción de candidatos a alcaldes y regidores, hasta 30 días naturales luego de elegido el comité electoral.

Las Listas de candidatos se presentan en un solo documento y debe contener:

1. Nombre de la lista que postula o de la Organización Política.

2. Símbolo o número que identifi ca a la Lista.3. Nombre, apellidos, fi rma, fotocopia del Documento

Nacional de Identidad, de los candidatos.4. Acompañar una propuesta de Plan de Gobierno.5. El número correlativo que indique la posición de

los candidatos a regidores en la lista que debe de estar conformada por no menos de un treinta por ciento (30%) de hombres o mujeres, no menos de un veinte por ciento (20%) de ciudadano o ciudadanas jóvenes menores de veintinueve años de edad.

6. Nombre, apellidos, copia del Documento Nacional de Identidad del personero legal de la lista.

7. Recibo de Pago al Comité Electoral por concepto de la inscripción de las listas equivalente al 10% de la Unidad Impositiva Tributaria.

En caso de ser necesario subsanar documentos, existirá un plazo de 24 horas después de la notifi cación del comité electoral para que las listas lo realicen ante el mismo.

Concordancia: Ley de Elecciones Municipales Art. 10º

Artículo 18º.- Los candidatos que no sean patrocinados por un partido político debidamente inscrito deben presentar, para su inscripción, en forma individual, una

Page 39: n° 002-2007-mincetur

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, martes 6 de febrero de 2007 339221

relación de adherentes que no sea menor a trescientos (300) electores hábiles inscritos en el padrón electoral mencionado en el Art. 4 del presente Reglamento. Deben de efectuar la presentación de las listas de adherentes para las respectivas inscripciones como mínimo diez (10) días naturales anteriores a su inscripción como candidato.

Concordancia: Ley de Elecciones Municipales Art. 11º

Artículo 19º.- La solicitud de inscripción debe ser suscrita por el personero legal titular y alterno, del Partido Político o de la lista independiente, la que además será suscrita por todos los candidatos.

Concordancia: Ley de Elecciones Municipales Art. 12º

Artículo 20º.- No podrán inscribirse como candidatos en listas independientes los afi liados a Partidos Políticos, a menos que cuenten con autorización expresa de la agrupación política a la que pertenecen, la cual debe adjuntarse con la solicitud de inscripción. No se podrá postular por más de una lista de candidatos.

Concordancia: Ley de Elecciones Municipales Art. 14º

Artículo 21º.- Finalizada la inscripción de candidatos y listas, el Comité Electoral del Centro Poblado Nuestra Señora de las Mercedes - Mi Perú, publicará en un plazo de tres días naturales, en los lugares más concurridos y visibles, por los principales medios de comunicación las listas de candidatos inscritos.

Concordancia: Ley de Elecciones Municipales Art. 15º

Artículo 22º.- Dentro los tres días (3) naturales siguientes a la publicación referida en el artículo precedente, cualquier residente del centro poblado Nuestra Señora de las Mercedes - Mi Perú puede formular tacha contra cualquier candidato fundada solo en la infracción de lo dispuesto en el presente reglamento.

La solicitud de tacha será acompañada de un recibo de pago a la orden del comité electoral por un monto de 10% una Unidad Impositiva Tributaria, por cada candidato tachado. Si la tacha es declarada fundada el dinero se devuelve al solicitante.

Concordancia: Ley de Elecciones Municipales Art. 16º

Artículo 23º.- Las tachas serán resueltas por el Comité Electoral en un plazo de 3 días calendario. La resolución puede ser apelada ante la Municipalidad Provincial en el término de 3 días calendario, resolviendo en igual plazo.

Concordancia: Ley de Elecciones Municipales Art. 17º

Artículo 24º.- La tacha que se declaré fundada respecto de uno o de más candidatos de una lista, no invalida la inscripción de los demás candidatos, quienes participan en la elección como si integraran una lista completa; tampoco se puede invalidar las inscripciones por muerte o renuncia de algunos de sus integrantes.

Concordancia: Ley de Elecciones Municipales Art. 19º

Artículo 25º.- Resueltas las tachas y ejecutadas las resoluciones el Comité Electoral entrega a la Municipalidad Provincial del Callao, la correspondiente lista que haya quedado apta para intervenir en el proceso electoral.

Concordancia: Ley de Elecciones Municipales Art. 20º

Artículo 26º.- La propaganda electoral debe hacerse dentro de los límites que señalan las leyes, aplicando lo señalado en la Ley Orgánica de Elecciones.

Artículo 27º.- Quedan prohibidos como forma de propaganda política, el empleo de pintura en las calzadas y muros de predios públicos, salvo cuando medie autorización del propietario del predio privado.

Concordancia: Ley de Orgánica de Elecciones Art. 187º

Artículo 28º.- No podrá realizarse ningún tipo de propaganda electoral desde 24 horas antes del día convocado para la realización de las elecciones.

CAPÍTULO V

DE LA VOTACIÓN

Artículo 29º.- El Comité Electoral del Centro Poblado Nuestra Señora de las Mercedes - Mi Perú, defi nirá los locales de votación, previa coordinación con la Municipalidad Provincial del Callao, así como las mesas de sufragio de acuerdo al volumen poblacional de su jurisdicción; conformándose tantas mesas de sufragio como grupos promedios de 200, de ciudadanos hábiles existan.

Artículo 30º.- Cada mesa de sufragio estará compuesta por tres miembros titulares: presidente,secretario y vocal; así como de tres miembros suplentes. Los miembros de mesa serán sorteados en acto público entre los electores que fi guren en el padrón del Centro Poblado Nuestra Señora de las Mercedes - Mi Perú, el acto estará a cargo del Comité Electoral y la fi scalización estará a cargo de la Municipalidad Provincial del Callao y Municipalidad Distrital de Ventanilla.

El cargo de miembro de mesa es irrenunciable, salvo casos de enfermedad comprobado.

Concordancia: Ley Orgánica de Elecciones Art. 253º.

Artículo 31º.- No pueden ser miembros de mesa los candidatos o los personeros de las listas participantes.

Artículo 32º.- Las listas de electores por cada mesa se elaborarán por orden alfabético, sobre la base de los ciudadanos registrados en el Padrón Electoral.

Artículo 33º.- El Comité Electoral del Centro Poblado Nuestra Señora de las Mercedes - Mi Perú, publicará oportunamente la relación de miembros de mesa indicando el lugar de votación. Los miembros de mesa recabarán sus respectivas credenciales del Comité Electoral.

Artículo 34º.- La votación se efectuará en la fecha y horario establecido en el Decreto de Alcaldía con la que se convoque a elecciones.

Concordancia: Ley Nº 28440 Art. 2º.

Artículo 35º.- Cada lista podrá acreditar un personero ante la mesa de sufragio quien será el encargado de observar los actos de instalación, sufragio y escrutinio, formulando las impugnaciones y observaciones pertinentes.

Concordancia: Ley Orgánica de Elecciones Art. 151º

CAPÍTULO VI

DEL SUFRAGIO, ESCRUTINIO YCÓMPUTO DE RESULTADOS

Artículo 36º.- La instalación de las mesas se hará con presencia de los miembros titulares, si faltase cualquiera de los titulares, éstos serán reemplazados por los suplentes y a falta de éstos con los electores que se encuentren presentes en la fi la de votación.

Artículo 37º.- Las impugnaciones de los votos serán resueltas en instancia defi nitiva por el Comité Electoral del Centro Poblado Nuestra Señora de las Mercedes - Mi Perú.

Artículo 38º.- Resueltas las impugnaciones de los votos formuladas en cada una de las Mesas de Sufragio, y una vez recibida de los miembros de mesa las actas electorales respectivas, el Presidente del Comité Electoral del Centro Poblado, en presencia de los personeros legales presentes, y de los representantes de la Municipalidad Provincial y Distrital, procederá al cómputo de resultados.

Artículo 39º.- La lista ganadora será la que haya alcanzado la más alta votación, correspondiéndole la elección del Alcalde y cinco Regidores.

Concordancia : en el Art. 8º Ley Nº 28440

Page 40: n° 002-2007-mincetur

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, martes 6 de febrero de 2007339222

Hecho que quedará registrado en las actas elaboradas por el Comité Electoral. Se elaborarán cuatro actas electorales ofi ciales:

- Una para el Comité Electoral.- Una para la Municipalidad Provincial.- Una para la Municipalidad Distrital.- Una para el Jurado Nacional de Elecciones.

Podrá emitir actas para los personeros legales de las listas que lo soliciten y que se hubieran acreditado debidamente en la mesa de votación.

Artículo 40º.- Con los resultados obtenidos, el Comité Electoral del Centro Poblado Nuestra Señora de las Mercedes - Mi Perú, ofi ciará a la Municipalidad Provincial del Callao los resultados ofi ciales, los cuales deberán ser publicados en los lugares más concurridos y visibles del centro poblado y de ser posible por los principales medios de comunicación; por un plazo de 24 horas.

Artículo 41º.- Las impugnaciones contra el resultado del sufragio publicado por el Comité Electoral se interpondrán dentro de los tres (3) días naturales contados a partir de la publicación de los resultados y serán resueltas en primera instancia por el Comité Electoral, en igual plazo y en última instancia por el Concejo Municipal Provincial.

Concordancia: Ley Nº 28440 Art. 07º

Artículo 42º.- El Alcalde Provincial proclama al Alcalde y a su lista de Regidores que obtiene la más alta votación, comunicando el cuadro de comunidades electas al Instituto Nacional de Estadística e Informática INEI.

Concordancia: Ley Nº 28440 Art. 08º

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA

Primera.- Los casos no contemplados en el presente reglamento serán resueltos en primera instancia por el Comité Electoral del Centro Poblado Nuestra Señora de las Mercedes - Mi Perú y en segunda instancia por la Municipalidad Provincial del Callao.

Segunda.- En caso de no presentarse listas de candidatos, el Comité Electoral informará a la Municipalidad Provincial del Callao la decisión al respecto.

Tercera.- El Comité Electoral tiene un plazo de tres días hábiles después del día de la elección, para rendir cuenta de sus ingreso y egresos ante la Municipalidad Provincial y en caso encontrarse un saldo favorable, éste se depositará a favor de la Municipalidad del Centro Poblado Nuestra Señora de las Mercedes de Mi Perú, siendo indispensable la presentación del recibo bancario, bajo responsabilidad.

Cuarta.- Son aplicables a las Elecciones del Centro Poblado Nuestra Señora de las Mercedes de Mi Perú, en forma supletoria y complementaria las disposiciones de la Ley Orgánica de Elecciones, Ley de Elecciones Municipales y Ley de Elecciones de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados.

23736-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL

DE CAJATAMBO

Aprueban montos de remuneración mensual del Alcalde y de dietas de Regidores

ACUERDO DE CONCEJONº 07-A-2007-MPC.

Cajatambo, 22 de enero del 2007

EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIALDE CAJATAMBO

POR CUANTO:

El Concejo Municipal en Sesión Extraordinaria de fecha 22 de enero del 2007, con la asistencia del Alcalde Miguel Ángel Carlos Castillo y los señores Regidores Marco Antonio Luna Rosales, Srta. Gladys Ibeth Santos Fernández, Sra. Lucila Bertha Arce Cayetano, Sr. Ángel Ríos Mendoza, Sr. Leonardo Agapito Olave Cueva, se trató como agenda: “Determinación del sueldo del Alcalde y Dieta de los señores Regidores de la Municipalidad Provincial de Cajatambo”.

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 9º de la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades establece que es atribución del Concejo Municipal aprobar la remuneración del Alcalde y las dietas de los regidores.

Que, el artículo 21º de la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades establece que el Alcalde desempeña su cargo a tiempo completo, y es rentado mediante una remuneración mensual fi jada por acuerdo del Concejo Municipal dentro del primer trimestre del primer año de gestión. De igual forma, el artículo 12º de la mencionada Ley establece que los regidores desempeñan su cargo a tiempo parcial y tienen derecho a dietas fi jadas por acuerdo del Concejo Municipal dentro del primer trimestre del primer año de gestión.

Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 038-2006 se modifi ca el artículo 5º de la Ley Nº 28212, estableciéndose que los Regidores Municipales reciben únicamente dietas, según el monto que fi jen los respectivos Concejos Municipales, de conformidad con lo que dispone su respectiva Ley Orgánica. En ningún caso dichas dietas pueden superar en total el treinta por ciento (30%) del ingreso mensual del Alcalde.

Que, la percepción de la Dieta está condicionada a la asistencia efectiva de los señores Regidores a las Sesiones de Concejo quienes, adicionalmente, cumplen labores de apoyo en la Municipalidad y a la comunidad en general, directamente o través de las Comisiones que integran, lo que les demanda tiempo de trabajo.

Estando a lo expuesto y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Art. 9º, numeral 28º y Art. 41 de la Ley Orgánica de Municipalidad Nº 27972, Decreto de Urgencia Nº 038-2006 y con el voto unánime de los señores regidores el Concejo municipal en pleno;

ACUERDA:

Artículo Primero.- APROBAR, como remuneración mensual del señor Alcalde de la Municipalidad Provincial de Cajatambo, la suma de S/. 5,550.00 (CINCO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES) durante del período 2007-2010.

Artículo Segundo.- FIJAR, como Dieta que percibirán los señores regidores por la suma de S/. 416.25 (CUATROCIENTOS DIECISÉIS Y 25/100 NUEVOS SOLES), por su asistencia efectiva a cada sesión de Concejo, con un máximo de 4 sesiones mensuales, durante el período 2007 - 2010.

Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Ofi cina de Gerencia Municipal, Presupuesto, Planifi cación, Contabilidad y Tesorería el cumplimiento de lo dispuesto en el presente acuerdo.

Registre, comuníquese y cúmplase.

MIGUEL ANGEL CARLOS CASTILLOAlcalde

23708-1