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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – SUMARIO DECRETOS Pag. 05 - 11 DECRETO Nº 331/2017 Ordenanza Nº 18131/17, compensación de presupuesto DECRETO Nº 332/2017 Decláranse de Interés Municipal las actividades que se desarrollarán en el marco del “Programa Provincial de Normalización de Asociaciones Civiles”. Créase una Caja Chica Especial de la Dirección de Organizaciones y Participación Comunitaria DECRETO Nº 333/2017 Declárase de Interés Municipal el evento “2º Foro Nacional de Gobierno Abierto y Tecnología – Argentina Abierta, Edición Córdoba” DECRETO Nº 334/2017 Declárase de Interés Municipal el “Día del Periodista”, a conmemorarse el día 7 de Junio del año 2017. Créase la Caja Chica Especial de la Secretaría de Comunicación Institucional DECRETO Nº 335/2017 Apruébese la Licitación Pública Nº 12/2016 por la cual tramita la “Adquisición de material descartable con destino al Hospital Municipal de Ostaciana Bravo de Lavignolle dependiente de la Secretaria de Salud. DECRETO Nº 336/2017 Apruébese la Licitación Pública Nº 15/2017 por la cual tramita la “Provisión y Distribución de Alimentos Crudos en el marco del Programa de Servicio Alimentario Escolar (SAE) Zona B. DECRETO Nº 337/2017 Declárese desierto el procedimiento de la Licitación Pública Nº 7/17 referente a la ejecución de “Coberturas Verdes, Arbolado y Parquización con riesgo para parque Reservorio, Ubicado en Av. Figueroa Alcorta y Domínguez, Barrio Seré, de la Localidad de Castelar Sur, dentro del partido de Morón”. DECRETO Nº 338/2017 Autorízase el llamado a Licitación Pública Nº 18/2017, para la “Ejecución de Pavimentación de Hormigón tipo H 30 y Sellado de Juntas la Cantidad de 6.914,07 m2; y obras hidráulicas complementarias para las calles en las localidades de Castelar Norte, Haedo y Villa Sarmiento, partido de Morón”, DECRETO Nº 339/2017 Declárase de Interés Municipal las actividades que se desarrollarán el día 15 de junio de 2017 en el marco de la Conmemoración del “Día Internacional de la Toma de Conciencia Sobre el Abuso y Maltrato en la Vejez”. Créase una Caja Chica Especial de la Dirección de Organizaciones y Participación Comunitaria DECRETO Nº 340/2017 Otorga subsidios a favor de la Sra. Becerra Silvia Noemí, la Sra. Landriel María Isabel, el Sr. Caruso Claudio Darío y la Sra. Tabacchi Haydée Liliana DECRETO Nº 341/2017 Ordenanza N° 18228/17, Declárase de Legítimo Abono la deuda reconocida a favor de a Constructora Málaga S.A. DECRETO Nº 342/2017 Ordenanza Nº 18227/17, Declárase de Legítimo Abono la deuda reconocida a favor de la Constructora Málaga S.A. RESOLUCIONES ORDENANZAS Pag. 11 - 25 RESOLUCION Nº 474/2012 Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 17907/16, Condónase a la Confederación Evangélica Bautista, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales RESOLUCION Nº 475/2012 Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 18073/17, Condónase a la Sra. Irma Noemí Rodríguez, la deuda en concepto BOLETÍN MUNICIPAL Pag. 1

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN –

SUMARIO

DECRETOS Pag. 05 - 11

DECRETO Nº 331/2017 Ordenanza Nº 18131/17, compensación de presupuesto

DECRETO Nº 332/2017 Decláranse de Interés Municipal las actividades que se desarrollarán en el marco del “Programa Provincial de Normalización de Asociaciones Civiles”. Créase una Caja Chica Especial de la Dirección de Organizaciones y Participación Comunitaria

DECRETO Nº 333/2017 Declárase de Interés Municipal el evento “2º Foro Nacional de Gobierno Abierto y Tecnología – Argentina Abierta, Edición Córdoba”

DECRETO Nº 334/2017 Declárase de Interés Municipal el “Día del Periodista”, a conmemorarse el día 7 de Junio del año 2017.Créase la Caja Chica Especial de la Secretaría de Comunicación Institucional

DECRETO Nº 335/2017 Apruébese la Licitación Pública Nº 12/2016 por la cual tramita la “Adquisición de material descartable con destino al Hospital Municipal de Ostaciana Bravo de Lavignolle dependiente de la Secretaria de Salud.

DECRETO Nº 336/2017 Apruébese la Licitación Pública Nº 15/2017 por la cual tramita la “Provisión y Distribución de Alimentos Crudos en el marco del Programa de Servicio Alimentario Escolar (SAE) Zona B.

DECRETO Nº 337/2017 Declárese desierto el procedimiento de la Licitación Pública Nº 7/17 referente a la ejecución de “Coberturas Verdes, Arbolado y Parquización con riesgo para parque Reservorio, Ubicado en Av. Figueroa Alcorta y Domínguez, Barrio Seré, de la Localidad de Castelar Sur, dentro del partido de Morón”.

DECRETO Nº 338/2017 Autorízase el llamado a Licitación Pública Nº 18/2017, para la “Ejecución de Pavimentación de Hormigón tipo H 30 y Sellado de Juntas la Cantidad de 6.914,07 m2; y obras hidráulicas complementarias para las calles en las localidades de Castelar Norte, Haedo y Villa Sarmiento, partido de Morón”,

DECRETO Nº 339/2017 Declárase de Interés Municipal las actividades que se desarrollarán el día 15 de junio de 2017 en el marco de la Conmemoración del “Día Internacional de la Toma de Conciencia Sobre el Abuso y Maltrato en la Vejez”.Créase una Caja Chica Especial de la Dirección de Organizaciones y Participación Comunitaria

DECRETO Nº 340/2017 Otorga subsidios a favor de la Sra. Becerra Silvia Noemí, la Sra. Landriel María Isabel, el Sr. Caruso Claudio Darío y la Sra. Tabacchi Haydée Liliana

DECRETO Nº 341/2017 Ordenanza N° 18228/17, Declárase de Legítimo Abono la deuda reconocida a favor de a Constructora Málaga S.A.

DECRETO Nº 342/2017 Ordenanza Nº 18227/17, Declárase de Legítimo Abono la deuda reconocida a favor de la Constructora Málaga S.A.

RESOLUCIONES ORDENANZAS Pag. 11 - 25

RESOLUCION Nº 474/2012 Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 17907/16, Condónase a la Confederación Evangélica Bautista, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales

RESOLUCION Nº 475/2012 Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 18073/17, Condónase a la Sra. Irma Noemí Rodríguez, la deuda en concepto

BOLETÍN MUNICIPAL Pag. 1

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de Tasa por Derechos de Cementerio

RESOLUCION Nº 476/2012 Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 18072/17, Condónase a la Sra. Irma Noemí Rodríguez, del pago en concepto de Tasa por Derechos de Cementerio

RESOLUCION Nº 477/2012 Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 18068/17, Condónase al Sr. Rolando Osmar Pérez, la deuda en concepto de Tasa por Derechos de Cementerio

RESOLUCION Nº 478/2012 Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 18069/17, Condónase a la Sra. Luisa Carmen Carte, la deuda en concepto de Tasa por Derechos de Cementerio

RESOLUCION Nº 479/2012 Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 18100/17, Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar a la Sra. Patricia Liliana Del Vecchio, D.N.I. Nº 16.425.845, el Uso del Suelo para el Anexo de Rubro “Despacho de Pan y Productos de Confitería sin Fabricación”, a desarrollarse en la propiedad sita en la calle Mendoza Nº 196 de la Ciudad de Morón

RESOLUCION Nº 480/2012 Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 18075/17, Condónase a la Sra. Ana Delia De Olivera, la deuda en concepto de Tasa por Derechos de Cementerio

RESOLUCION Nº 481/2012 Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 18078/17, Condónase a la Sra. María Cristina Lizondo, la deuda en concepto de Tasa por Derechos de Cementerio

RESOLUCION Nº 482/2012 Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 18074/17, Condónase a la Sra. Alicia Mirta Anta, la deuda en concepto de Tasa por Derechos de Cementerio

RESOLUCION Nº 483/2012 Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 18077/17, Condónase a la Sra. Ana Lorenza Sosa, la deuda en concepto de Tasa por Derechos de Cementerio

RESOLUCION Nº 484/2012 Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 18076/17, Condónase a la Sra. Yolanda Quesqui, la deuda en concepto de Tasa por Derechos de Cementerio

RESOLUCION Nº 490/2012 Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 18102/17, Declárase de Interés Municipal la “Fiesta del Señor de los Milagros del Mailín”

RESOLUCION Nº 496/2012 Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 18098/17, Declárase de Interés Municipal las “Ligas Municipales de Futsal para Adolescentes, Fútbol Infantil, Fútbol Femenino, Handball y de Voleibol.”

RESOLUCION Nº 497/2012 Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 17900/16, Condónase a la Sra. Marcela Alejandra Fozziano, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales

RESOLUCION Nº 498/2012 Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 17954/16, Condónase a la Eparquía Santa María del Patrocinio Bonaerense de los Ucranianos, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales

RESOLUCION Nº 499/2012 Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 17955/16, Condónase a la Eparquía Santa María del Patrocinio Bonaerense de los Ucranianos, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales

RESOLUCION Nº 500/2012 Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 17886/16, Condónase al Sr. José Solá, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales

RESOLUCION Nº 501/2012 Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 17945/16, Condónase al Sindicato de la Fraternidad el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales

RESOLUCION Nº 502/2012 Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 18079/17, Condónase a la Sra. Olga Esther del Valle Torres, el 50% (cincuenta por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales

RESOLUCION Nº 503/2012 Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 18089/17, Condónase a la Sra. Virginia Mabel Julián, el 100% (cien por

BOLETÍN MUNICIPAL Pag. 2

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN –

ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales

RESOLUCION Nº 504/2012 Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 18083/17, Condónase al Sr. Filadelfio Amadeo Capizzano, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales

RESOLUCION Nº 512/2012 Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 18091/17, Condónase al Sr. Jorge Luis Rodríguez, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales

RESOLUCION Nº 513/2012 Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 18080/17, Condónase a la Sra. Joaquina Coronel, el 75% (setenta y cinco por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales

RESOLUCION Nº 514/2012 Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 18092/17, Condónase a la Asociación de las Hijas de María Inmaculada, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales

RESOLUCION Nº 515/2012 Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 18116/17, Condónase al Sr. René Antonio Ferreyra, la deuda en concepto de Tasa por Derechos de Cementerio

RESOLUCION Nº 516/2012 Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 18105/17, Condónase a la Sra. Ana Concepción Miranda, el 100% de la deuda en concepto de Tasa por Derechos de Cementerio

RESOLUCION Nº 517/2012 Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 18110/17, Condónase al Sr. Ricardo Hoyos, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Derechos de Cementerio

RESOLUCION Nº 518/2012 Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 18112/17, Condónase a la Sra. Margarita Beatríz González, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Derechos de Cementerio

RESOLUCION Nº 519/2012 Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 18109/17, Condónase a la Sra. Angela Verdura, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales

RESOLUCION Nº 537/2017 Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 18129/17, Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar a la Sra. María Inés Vicini D.N.I. Nº 14.026.056, la Registración del plano de Obra con destino “Vivienda Multifamiliar y Local Comercial” de la propiedad sita en la calle Int. Agüero Nº 1662/64 de la Ciudad de Morón.-

RESOLUCION Nº 544/2017 Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 18107/17, Condónase a la Sra. María Elena Emma Tagliazucchi, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales

RESOLUCION Nº 545/2017 Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 18104/17, Condónase a la Sra. Juana Rosa Galloli, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Derechos de Cementerio

RESOLUCION Nº 546/2017 Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 18111/17, Condónase a la Sra. Juana Rosa Galloli, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Derechos de Cementerio

RESOLUCION Nº 547/2017 Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 18103/17, Condónase a la Sra. María Noemí Villanueva, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Derechos de Cementerio

RESOLUCION Nº 548/2017 Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 18125/17, Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al Sr. Domingo Parisone D.N.I. Nº 9.361.781 la Registración del Plano de Obra con destino “Depósito Industrial” de la propiedad sita en la Av. Cap. Claudio Rosales Nº 842 de la ciudad de El Palomar

RESOLUCION Nº 549/2017 Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 18120/17, Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al Sr. Aldo Luis Certo D.N.I. Nº 1.519.950 y a la Sra. María Rosa Ziparo D.N.I. Nº 12.366.004 a la Registración del Plano de Obra con destino “Vivienda Multifamiliar” de la propiedad sita en la calle Cacique Calfucurá Nº 720/22 esquina Dr. Guillermo Rawson de la Ciudad de Morón

RESOLUCION Nº 550/2017 Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 18128/17,

BOLETÍN MUNICIPAL Pag. 3

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN –

Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar a la Iglesia Universal del Reino de Dios, la Registración del Plano de Obra con destino “Iglesia y Vivianda Multifamiliar” de la propiedad sita en la Av. Rivadavia Nº 17551 de la Ciudad de Morón

RESOLUCION Nº 551/2017 Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 18124/17, Autorizase al Departamento Ejecutivo a otorgar al Sr. José Ignacio Martín Piedrabuena D.N.I. Nº 13.927.139 y a la Sra. Patricia Carmen Iriart D.N.I. Nº 17.933.970 la Registración del plano de Obra con destino “Vivienda Multifamiliar” de la propiedad sita en la calle Monseñor Haefreingue Nº 1118-1120-1122 de la Ciudad de Morón

RESOLUCION Nº 552/2017 Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 18123/17, Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al Sr. Nésor Vicente Mastrocola D.N.I. Nº 16.951.915 la Registración del plano de Obra y el Uso del Suelo para el rubro “Despensa, (modalidad de venta autoservicio), Fiambrería, Carnicería, Granja, Verdulería, Frutería, Artículos de Limpieza y uso doméstico, Artículos de Bazar, Artículos de Perfumería, Carbón y leña, y Helados” a desarrollarse en la propiedad sita en la calle Bergamini Nº 675/77/79 de la Ciudad de El Palomar

RESOLUCION Nº 553/2017 Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 18127/17, Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al Círculo Bioquímico Distrito III la Registración del plano de Obra con destino “Local Comercial” de la propiedad sita en la calle Santa Fé Nº 367 de la Ciudad de Morón

RESOLUCION Nº 554/2017 Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 18126/17, Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar a la Sra. Ana Laura Muñiz D.N.I. Nº 28.168.809 la Registración del plano de Obra con destino “Vivienda Multifamiliar” de la propiedad sita en la calle José María Moreno Nº 864 de la Ciudad de Haedo

RESOLUCIONES Pag. 25 – 40

RESOLUCIONES H.C.D. Pag. 40 - 49

DECRETOS H.C.D Pag. 49 – 52

DECRETOS PRESIDENCIA H.C.D Pag. 52 - 54

RESOLUCIONES SINTETIZADAS Pag. 54 – 5 8

El presente trabajo es elaborado por:

Secretaria de Gobierno

Subsecretaria de Legal y Técnica

Dirección de Decretos y Registro

Dependiente del

Sr. Intendente Ramiro Tagliaferro

BOLETÍN MUNICIPAL Pag. 4

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN –

DECRETOS DECRETO Nº 331/2017

Morón, 02 de Junio de 2017VISTO:La Ordenanza Nº 18131/2017 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 12 de Mayo del año 2017, el expediente Nº 4079-12204/17-0 D.E. – 78583/17 H.C.D. y, CONSIDERANDO: Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo.Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTÍCULO 1.- Promúlgase la Ordenanza Nº 18131/17, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 12 de Mayo del año 2017, cuyo Texto en copia certificada se adjunta al presente Decreto:“...Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los doce días del mes de mayo del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Don Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalín Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”ARTÍCULO 2.- Refrendan el presente Decreto los Secretarios Economía y Finanzas y de Jefatura de Gabinete.ARTÍCULO 3.- Dése al Registro de Decretos. Publíquese en el Boletín Municipal. Oportunamente, archívese.

Ramiro TagliaferroJorge A Álvarez Holmberg – Carlos A. Rebagliati

* * *DECRETO Nº 331/2017

Ordenanza Nº 18131/17EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

SANCIONA CON FUERZA DEO R D E N A N Z A

Artículo 1°: Compénsase en un todo de acuerdo con el artículo 67° de la Ley Orgánica de las Municipal idades y el artículo 58° del Decreto N° 2980/00, Disposiciones de Administración de los Recursos Financieros y Reales en el Arnbito Municipal de la Provincia de Buenos Aires, los excesos de gastos detallados en el Anexo I por pesos nueve millones doscientos cuatro mil trescientos siete con 98/100 (S 9.204.307,98) con la economías de ejecución descriptas en el Anexo II por pesos nueve millones doscientos cuatro mil trescientos siete con 98/100 ($ 9.204.307.98').Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.“...Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los doce días del mes de mayo del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Don Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalín Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”

* * *Por razones de espacio los Anexos deberán ser solicitados en la Dirección de Decretos y Registro

* * *DECRETO Nº 332/2017

Morón, 05 de Junio de 2017VISTO;El expediente Nº 4079-14287/17-0 D.E., yCONSIDERANDO: Que por el expediente citado en el Visto, el Director de Organizaciones y Participación Comunitaria manifiesta la necesidad de declarar de Interés Municipal el Programa Provincial de Normalización de Asociaciones Civiles, el cual se llevará a cabo entre los días 10 y 26 de junio de 2017.

Que el Programa Provincial de Normalización de Asociaciones Civiles busca promover la formalización y el desarrollo de los conocimientos de quienes integran dichas entidades, brindando herramientas y metodologías que permitan cumplir adecuadamente con los objetivos propuestos.Que éste Municipio cuenta con una activa participación en eventos como los indicados en el Visto.Que asimismo informa acerca de la necesidad de contar con una Caja Chica Especial para poder hacer frente a gastos de pequeña cuantía que demande la celebración precedentemente mencionada.Que han tomado debida intervención la Dirección de Contaduría, adjuntando proyecto de acto administrativo al efecto, y la Subsecretaria Legal y TécnicaQue por lo expuesto, corresponde el dictado del pertinente acto administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105º de la Ordenanza de Procedimiento Administrativo.Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTÍCULO 1º.- Decláranse de Interés Municipal las actividades que se desarrollarán en el marco del “Programa Provincial de Normalización de Asociaciones Civiles”, que se llevarán a cabo entre los días 10 al 26 de Junio del año 2017.ARTÍCULO 2º.- Créase una Caja Chica Especial de la dependencia que se detalla, con cargo de rendición de cuentas mensual, debidamente documentada y la rotación que a continuación se menciona, únicamente para cubrir los gastos de pequeña cuantía que se originaran en el evento enunciado en el Artículo 1:

Dependencia Monto Rotación MensualDirección de Organizaciones y Participación Comunitaria

$ 16.000.- Única

ARTÍCULO 3.- La Tesorería implementará la fianza del funcionario que tendrá a cargo los fondos de la Caja Chica Especial, conforme lo establecido en el artículo 218º de la Ley Orgánica de las Municipalidades. ARTÍCULO 4.- Refrendan el presente Decreto los Secretarios de Economía y Finanzas y de Jefatura de Gabinete.ARTÍCULO 5.- Dése al Registro de Decretos y comuníquese a la Dirección de Contaduría. Publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese.

Ramiro TagliaferroJorge A Álvarez Holmberg – Carlos A. Rebagliati

* * *DECRETO Nº 333/2017

Morón, 06 de Junio de 2017VISTO; El expediente Nº 4079-14304/17-0 D.E. y, CONSIDERANDO:Que a fs. 2 del expediente citado en el Visto, la Subsecretaría de Transparencia, Gestión y Gobierno Abierto informa sobre la realización del “2º Foro Nacional de Gobierno Abierto y Tecnología – Argentina Abierta, Edición Córdoba”, organizado por el Ministerio de Modernización de la Nación, el Gobierno de la Provincia de Córdoba y la colaboración de la Subsecretaría de Innovación Pública del Gobierno de la Provincia de Santa Fe, que se llevará a cabo entre los días 8 y 9 de Junio del corriente año, en la Ciudad de las Artes de la Universidad Provincial de Córdoba, sito en la Av. Pablo Ricchieri Nº 1999 de la Ciudad de Córdoba.Que el Municipio de Morón, a través de la Subsecretaría de Transparencia, Gestión y Gobierno Abierto, forma parte del Programa Ecosistema de Ciudades Innovadoras, dependiente del Ministerio de Modernización de la Nación, y del Foro Federal de Aceso a la Información Pública.Que ambas instancias tendrán presencia institucional en el evento precedentemente mencionado.Que asimismo se informa de la participación del Subsecretario de Transparencia, Gestión y Gobierno Abierto, Sr. Ricardo González Dorfman, por tal motivo solicita la suma de Pesos Cuatro mil ($ 4.000,00.-) para

BOLETÍN MUNICIPAL Pag. 5

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN –

solventar los gastos de viaje, representación y hospedaje que demandará dicha concurrencia al evento en cuestión.Que ha tomado debida intervención la Subsecretaría Legal y Técnica en su incumbencia.Que en virtud de lo expuesto, resulta necesario el dictado del acto administrativo pertinente, de conformidad con lo establecido en el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTÍCULO 1º.- Declárase de Interés Municipal el evento “2º Foro Nacional de Gobierno Abierto y Tecnología – Argentina Abierta, Edición Córdoba”, organizado por el Ministerio de Modernización de la Nación, el Gobierno de la Provincia de Córdoba y la colaboración de la Subsecretaría de Innovación Pública del Gobierno de la Provincia de Santa Fe, que se llevará a cabo entre los días 8 y 9 de Junio del corriente año, en la Ciudad de las Artes de la Universidad Provincial de Córdoba, sito en la Av. Pablo Ricchieri Nº 1999 de la Ciudad de Córdoba.ARTÍCULO 2º.- Autorízase al Subsecretario de Transparencia, Gestión y Gobierno Abierto, Sr. Ricardo González Dorfman (D.N.I. Nº 18.064.718), la concurrencia al evento mencionado en el Artículo 1º. ARTÍCULO 3º.- Por la Dirección de Contaduría, líbrese Orden de Pago a nombre del Sr. Ricardo González Dorfman (D.N.I. Nº 18.064.718), por la suma de Pesos Cuatro mil ($ 4.000,00.-), con oportuna y documentada rendición de cuentas.ARTÍCULO 4º.- Refrendan el presente Decreto los Secretarios de Economía y Finanzas y de Jefatura de Gabinete.ARTÍCULO 5º.- Dése al Registro de Decretos y comuníquese a la Dirección de Contaduría. Publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese.

Ramiro TagliaferroJorge A Álvarez Holmberg – Carlos A. Rebagliati

* * *DECRETO Nº 334/2017

Morón, 06 de Junio de 2017VISTO;El expediente Nº 4079-13556/17-0 D.E. y,CONSIDERANDO: Que por el expediente citado en el Visto, la Secretaría de Comunicación Institucional, solicita se declare de Interés Municipal el Día del Periodista, a conmemorarse el día 7 de Junio del año 2017.Que este Municipio cuenta con una activa participación en eventos como los indicados precedentemente.Que asimismo, la Secretaría de Comunicación Institucional solicita la suma de Pesos Dieciséis mil ($ 16.000.-) para solventar los gastos que demande la realización del evento. Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección de Contaduría, y adjunta proyecto de acto administrativo al efecto, y la Subsecretaría Legal y Técnica.Que por lo expuesto, corresponde el dictado del pertinente acto administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105º de la Ordenanza de Procedimiento Administrativo.Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTÍCULO 1º.- Declárase de Interés Municipal el “Día del Periodista”, a conmemorarse el día 7 de Junio del año 2017.ARTÍCULO 2º.- Créase la Caja Chica Especial de la dependencia que se detalla a continuación con cargo de rendición de cuentas mensual, debidamente documentada y la rotación que a continuación se menciona, únicamente para cubrir los gastos de pequeña cuantía que se originaran en el evento enunciado en el Artículo 1º:

Dependencia Monto Rotación Mensual

Secretaría de Comunicación Institucional

$ 16.000.- Única

ARTICULO 3º.- La Tesorería implementará la fianza del funcionario que tendrá a cargo los fondos de la Caja Chica Especial, conforme lo establecido en el artículo 218º de la Ley Orgánica de las Municipalidades. ARTICULO 4º.- Refrendan el presente Decreto los Secretarios Economía y Finanzas y de Jefatura de Gabinete.ARTICULO 5º.- Dése al Registro de Decretos y comuníquese a la Dirección de Contaduría. Publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese.

Ramiro TagliaferroJorge A Álvarez Holmberg – Carlos A. Rebagliati

* * *DECRETO Nº 335/2017

Morón, 09 de Junio de 2017VISTO;La Ley Orgánica de las Municipalidades -Decreto-Ley Nº 6769/58- y sus modificatorios, el Decreto Provincial N° 2980/00, el Expediente Nº 5000-3928/16-0 D.E., yCONSIDERANDO:Que la Ley Orgánica de las Municipalidades, en su artículo 151° establece las contrataciones que deben ser tramitadas bajo la modalidad Licitación Pública;Que considerando el presupuesto oficial estimado en Pesos Veintiún Millones cuatrocientos treinta y seis mil doscientos noventa y ocho con 80/100 ($ 21.436.298,80), se autorizó el llamado a la Licitación Pública N°12/16 referente a la Adquisición de Material Descartable, con destino al Hospital Municipal de Ostaciana Bravo de Lavignolle dependiente de la Secretaria de Salud, y se aprobaron los Pliegos de Bases y Condiciones Generales y Particulares por Decreto Nº 12/16;Que se dio cumplimiento a lo indicado en el plexo normativo de aplicación en relación a las publicaciones, invitaciones y comunicaciones a fin de honrar el principio de igualdad y concurrencia;Que con fecha 2 de Enero de 2017 se procedió a realizar la apertura de sobres, habiéndose recibido Diecinueve (19) propuestas, a saber: 1) ALBRO SRL, 2) D.N.M. FARMA SA, 3) CIUDAD HOSPITALARIA SRL., 4) HOLTER SA., 5) DROGUERIA MARTORANI SA, 6) PROPATO HNOS.SRL, 7) BYMED SRL, 8) FERAVAL S.A, 9) MIL FARMA SA, 10) CARDIOPACK ARGENTINA SA, 11) CIRUGIA ARGENTINA SA, 12) MEDISISTEM SRL, 13) PHARMA EXPRESS SA, 14) HM BIOMEDIC SRL, 15) SEDESA SA, 16) EURO SWISS SA, 17) SILMAG SA, 18) MEDIBEL SA, Y 19) MEDIGLOVE SRL.-Que incorporadas las ofertas a los presentes actuados, la Dirección de Compras y Contrataciones ha dado inmediata intervención a la Comisión de Preadjudicaciones.Que se adjunta Cuadro Comparativo de Ofertas, del cual se desprende todas las propuestas recibidas para cada renglón; Que a su vez, y en forma previa a la emisión del Dictamen de Preadjudicación, conforme artículo N° 21 del Pliego de Bases y Condiciones Generales, la Comisión referida precedentemente, solicitó el auxilio del cuerpo profesional del Hospital de Morón en la necesidad de contar con una opinión profesional sobre la calidad e idoneidad de los productos ofertados, en el que se justifica aquellos renglones que fueron adjudicados ¨por calidad¨, o bien aquellos que fueron justificados ¨por precio¨ y no se encuentran en primera instancia de la planilla de comparación de ofertas.Que por otro lado, la Comisión de Preadjudicaciones ha dejado establecido en su Dictamen que sólo se analizaron aquellas propuestas que presentaron muestras de los renglones ofertados, de conformidad con lo exigido en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares;Que a la luz de lo expuesto, se procedió al análisis de las propuestas admisibles para todos los renglones licitados, expidiéndose a través del Dictamen de fs.

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN –

3976, al cual me remito en homenaje a la brevedad procesal;Que dicho Dictamen ha sido notificado a todas las oferentes, sin haber recibido observaciones de ninguna índole hasta el presente;Que se ha verificado que los responsables de la firma cuya preadjudicación se propició no registra anotaciones en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos; Que atento el temperamento esgrimido por la Comisión de Preadjudicaciones y el cumplimiento de los lineamientos exigidos en los Pliegos de marras, corresponde la adjudicación de los renglones según el Dictamen mencionado.Que ha tomado intervención la Subsecretaria Legal y Técnica de la Municipalidad de Morón; Por ello en virtud de las facultades otorgadas por la Ley Orgánica de las Municipalidades,Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º.- Apruébese la Licitación Pública Nº 12/2016 por la cual tramita la “Adquisición de material descartable con destino al Hospital Municipal de Ostaciana Bravo de Lavignolle dependiente de la Secretaria de Salud.ARTICULO 2°.- Desestímense las ofertas de las firmas DROGUERIA MARTORANI SA, CARDIOPACK ARGENTINA SA, HM BIOMEDIC SRL, y MEDIGLOVE SRL, de conformidad a lo previsto en los Pliegos de Bases y Condiciones y a lo dictaminado por la Comisión de Preadjudicaciones ARTICULO 3°.- Declárense fracasados los renglones Nros. 1, 13, 16, 17,36, 80, 96, 103, 104, 105, 106, 110, 111, 112, 113, 115, 149, 186, 211, 212, 213, y 214, quedando sin adjudicar, conforme el Dictamen de la Comisión de Preadjudicaciones.ARTICULO 4º.- Adjudíquense a la firma PHARMA EXPRESS SA CUIT N° 30-70709307-9, los Renglones Nros. 10, 11, 51, 95, 99, 166, 167, 168, 169, 178, 181 y 182, en la suma de Pesos Cuatrocientos dieciocho mil novecientos cuarenta y siuete ($ 418.947); a la firma PROPATO HNOS SAIC CUIT N°30-55425869-3, los Renglones Nros. 43, 53, 144, 162, 173, 176,179, 189, 190 y 191 y 192, en la suma de Pesos Quinientos noventa y cuatro mil cuatrocientos noventa y seis ($ 594.496); a la firma ALBRO SRL CUIT N° 30-65845404-4, los Renglones Nros. 52, 87, 138, 143, 145, 205, 207, 208, 209,210, 215, 216, 217, en la suma de Pesos Un Millón noventa y ocho mil novecientos cincuenta y cinco ($ 1.098.955); a la firma HOLTER S.A CUIT N° 30-70862943-6, los Renglones Nros. 3, 7, 8, 9, 21, 31, 35, 91,92, 102, 146, 165, 177,185, 187, 188, 202, 204, 206 en la suma total de Pesos Seiscientos cuarenta y dos mil seiscientos cincuenta y uno con 50/100 ($ 642.651,50); a la firma SILMAG SA CUIT N°30-70821265-9, los renglones Nros. 22 y 23, en la suma de Pesos Doscientos veinte mil quinientos setenta ($ 220.570); a la firma DNM FARMA SA CUIT N°30-71013847-4, los Renglones Nros. 6, 93, 94, 97,98, 100,101, en la suma de Pesos Un Millón quinientos cuarenta y dos mil doscientos sesenta y seis ($ 1.542.266); a la firma EURO SWISS SA CUIT N° 30-70895389-6, los Renglones Nros. 5,18,19, 20, 24,26, 27, 32,38, 39,40,41, 42, 48, 49,54, 57, 58, 59, 60, 61, 62, 63, 64, 66, 67, 68, 69, 70, 71, 72, 73, 74, 75, 82, 83, 84, 85, 86, 114, 116, 117, 118, 119, 120, 121, 122, 123, 152, 155, 156, 157, 158, 163, 170, 171, 172, 174, 175, 180, 183, 197, 198, 199, 200, 201, 203, 218, 219 en la suma de Pesos Dos Millones cincuenta y siete mil ochocientos noventa y ocho con 58/100 ($ 2.057.898,58); a la firma CIUDAD HOSPITALARIA SRL CUIT N°30-71165744-0, los Renglones Nros. 2, 4, 12,14,15, 25, 28, 29, 30, 33, 34, 37, 44, 50, 55, 56, 65, 76, 77, 78, 79, 88, 89, 90, 107, 108, 109, 133, 139, 140, 141, 142, 147, 148, 150, 151,153, 159, 184, 193, 194, 195, 196 en la suma de Pesos Dos Millones seiscientos diecisiete mil trescientos veintitrés con 20/100 ($2.617.323,20), a la firma SEDESA SA CUIT N° 30-71069826-7, los renglones Nro. 81,124, 125, en la suma de Pesos

Doscientos setenta y seis mil ciento veinte ($ 276.120) y a la firma MEDIBEL SA CUIT N°33-69039665-9, los Renglones Nros. 45, 46, 47, 126, 127, 128, 129, 130, 131, 132, 134, 135, 136, 137, 154, 160, 161,164, en la suma de Pesos Cuatrocientos veinticinco mil novecientos ochenta y tres con 56/100 ($ 425.983,56), por resultar las ofertas más convenientes; ascendiendo el total de la presente a la suma de Pesos Nueve Millones Ochocientos noventa y cinco mil doscientos diez con 84/100 ($9.895.210,84).-ARTICULO 5º.- Autorizase a la Dirección de Compras y Contrataciones a emitir las correspondientes Órdenes de Compra y a proceder a la devolución de las garantías de oferta de las firmas que no resultaron adjudicadas de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 176 del Reglamento de Contabilidad de los Municipios de la Provincia de Buenos Aires. ARTICULO 6º.- La Contaduría General está autorizada a emitir la orden de pago según la forma establecida en el Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares, imputando el gasto en la Unidad Ejecutora: 47, Fuente de Financiamiento 110, según solicitud de Gastos Nº 6805/16, 66/17 y 4428/17, respectivamente.-ARTICULO 7º.- El presente Decreto es refrendado por el Sr. Secretario de Salud, y el Sr. Secretario de Jefatura de Gabinete.ARTICULO 8º.- Regístrese. Notifíquese a los interesados. Pase, para demás efectos, a la Secretaria de Economía y Finanzas. Cumplido, publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese.

Ramiro TagliaferroHernan Oscar Galimberti – Carlos A. Rebagliati

* * *DECRETO Nº 336/2017

Morón, 09 de Junio de 2017VISTO;La Ley Orgánica de Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorios, el Reglamento de Contabilidad de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, el Expediente Nº 1736/17 (V Cuerpos) y,CONSIDERANDO:Que, conforme se encuentra contemplado en el artículo 151 del Decreto Ley Nº 6769/58, las compras y contrataciones deben ser tramitadas bajo la modalidad de Licitación Pública.Que considerando el presupuesto oficial estimado en Pesos Treinta Millones ($ 30.000.000,00), se autorizó el llamado a la Licitación Pública Nº 15/2017, referente a la “Provisión y Distribución de Alimentos Crudos en el marco del Programa de Servicio Alimentario Escolar (SAE), Zona B”, cuyos Pliegos de Bases y condiciones Generales y Particulares, fueron aprobados por el Decreto Nº 178/2017.Que se da cumplimiento a lo indicado en el plexo normativo de aplicación en relación a las publicaciones, invitaciones y comunicaciones a fin de honrar el principio de igualdad y concurrencia.Que con fecha 15 de Mayo del año en curso, se procedió a realizar la apertura de sobres a las 14:00 Hs., luciendo del acta pertinente que se han presentado a cotizar tres (3) oferentes a saber: 1) RPG S.A. 2) BAGALA S.A. 3) DISALAR S.R.L.Que se ha emitido circulares de la índole aclaratoria con consulta, sin consulta y circular modificatoria, las cuales han sido notificadas a cada uno de los que han adquirido los pliegos.Que incorporado las ofertas a los presentes actuados, la Dirección de Compras y Contrataciones ha dado intervención a la Comisión de Preadjudicaciones.Que a su vez, y en forma previa a la emisión del Dictamen de Preadjudicación, la Comisión referida precedentemente, solicitó un Informe Nutricional a los fines de recibir una opinión profesional a los efectos de evaluar una modificación del menú presentado por uno de los oferentes. Que se encuentra agregado en el expediente indicado en el Visto el “Informe Nutricionista” el cual ha sido tomado en cuenta por la Comisión de Preadjudicaciones al momento de emitir su dictamen en el cual recomienda adjudicar la Licitación Pública N° 15/17 a la firma Bagala S.A.

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN –

Que a la luz de lo expuesto, teniendo en cuenta lo requerido para la prestación nutricional, tomó intervención la Comisión de Preadjudicaciones a fin de evaluar la totalidad de la documentación y emitir el correspondiente Dictamen.Que dicho Dictamen ha sido notificado a todos los oferentes sin ser objeto de impugnación alguna.Que se ha verificado que los responsables de la firma cuya preadjudicación se propicia no registran anotaciones en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos;Que la Comisión de Preadjudicaciones ha emitido dictamen entendiendo que en base a los antecedentes técnicos y legales, y el cumplimiento de los lineamientos exigidos en los Pliegos de marras, corresponde la adjudicación de la firma BAGALA S.A. según Dictamen mencionado.Que ha tomado la debida intervención la Subsecretaría Legal y Técnica. Que en razón de lo expuesto, resulta procedente dictar el acto administrativo pertinente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo. Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTÍCULO 1º.- Apruébese la Licitación Pública Nº 15/2017 por la cual tramita la “Provisión y Distribución de Alimentos Crudos en el marco del Programa de Servicio Alimentario Escolar (SAE) Zona B..ARTÍCULO 2º.- Desestímese la Oferta propuesta por las firma RPG S.A., por las razones vertidas en el dictamen de la Comisión de Preadjudicaciones.ARTÍCULO 3º: Adjudíquese la licitación aprobada por el artículo 1º precedente a la firma BAGALA S.A., CUIT 30-55011974-5 con domicilio legal en la calle Timoteo Gordillo Nº 2140, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por la suma total de Pesos Treinta Millones ($ 30.000.000,00), por las razones expuestas en el expediente consignado en el Visto y los considerandos del presente.ARTÍCULO 4º.- Autorízase a la Dirección de Compras y Contrataciones a emitir correspondientes Órdenes de Compra y a proceder a la devolución de las garantías de oferta de las firmas que no resultaron adjudicadas de conformidad con lo dispuesto por el artículo 176 del Reglamento de Contabilidad de los Municipios de la Provincia de Buenos Aires.ARTÍCULO 5º.- La Contaduría General está autorizada a emitir la orden de pago según la forma establecida en el Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares, imputando el gasto de la Unidad Ejecutora 45, fuente de Financiamiento 132, según solicitud de Gastos 1736/2017.ARTÍCULO 6º.- El gasto que irrogue la presente licitación se imputará a las partidas presupuestarias vigentes de conformidad con lo convenido con el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.ARTÍCULO 7º.- Refrendan el presente Decreto los Secretarios de Políticas Sociales y Abordajes Integrales y de Jefatura de Gabinete.ARTÍCULO 8º.- Regístrese. Comuníquese. Pase, para demás afectos, a la Secretaría de Economía y Finanzas. Cumplido, publíquese en el Boletín Municipal, y oportunamente archívese.

Ramiro TagliaferroFernando A. Cid – Carlos A. Rebagliati

* * *DECRETO Nº 337/2017

Morón, 09 de Junio de 2017VISTO;La Ley Orgánica de Municipalidades, -Decreto Ley Nº 6769/58- y sus modificatorios, el Reglamento de Contabilidad de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, el Expte. N° 4079-10.121/17-0, yCONSIDERANDO:Que conforme se encuentra contemplado en el artículo 151° del Decreto Ley Nº 6769/58, las compras y contrataciones deben ser tramitadas bajo la modalidad de Licitación Pública.

Que considerando el presupuesto oficial estimado en Pesos Dos millones quinientos cincuenta y dos mil ciento dos ($ 2.552.102), se autorizó el llamado a la Licitación Pública Nº 7/17, referente a la ejecución de “Coberturas Verdes, Arbolado y Parquización con riesgo para parque Reservorio, Ubicado en Av. Figueroa Alcorta y Domínguez, Barrio Seré, de la Localidad de Castelar Sur, dentro del partido de Morón”, cuyos Pliegos de Bases y Condiciones Generales y Particulares, fueron aprobados por los Decretos Nº 227/16 y 53/2017, respectivamente.Que se ha dado cumplimiento a lo indicado en el plexo normativo de aplicación en relación a las publicaciones, invitaciones y comunicaciones a fin de honrar el principio de igualdad y concurrencia;Que con fecha 09 de marzo del año 2017 se procedió a realizar la apertura referente a la ejecución de la obra referida, empero al no haberse presentado ninguna oferta, se considera desierta la apertura.Que el llamado se ha llevado a cabo cumpliendo con las normas legales, reglamentarias vigentes, sin embargo, al no resultar lo esperado en la apertura, es perfectamente viable la declaración de desierta la licitación.Que se han emitido circulares de índole aclaratoria con consulta y sin consulta, las cuales han sido notificadas a cada uno de los que han adquirido los pliegos.Que a continuación y de conformidad, tomó intervención la comisión de preadjudicaciones a fin de realizar la evaluación correspondiente y emitir el dictamen. Que ha tomado la debida intervención la Subsecretaría Legal y Técnica.Que, en virtud de lo expuesto, corresponde proceder al dictado del acto administrativo pertinente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo N° 105 de la Ordenanza N° 11654 de Procedimiento Administrativo.Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º.- Declárese desierto el procedimiento de la Licitación Pública Nº 7/17 referente a la ejecución de “Coberturas Verdes, Arbolado y Parquización con riesgo para parque Reservorio, Ubicado en Av. Figueroa Alcorta y Domínguez, Barrio Seré, de la Localidad de Castelar Sur, dentro del partido de Morón”, por no haberse recibido ofertas.ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto es refrendado por el Sr. Secretario de Jefatura de Gabinete y el Sr. Secretario de Planificación Estratégica.ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Pase, para demás efectos, a la Secretaría de Planificación Estratégica. Cumplido, publíquese en el boletín Municipal, oportunamente archívese.

Ramiro TagliaferroLeandro Ugartemendia – Carlos A. Rebagliati

* * *DECRETO Nº 338/2017

Morón, 12 de Junio de 2017VISTO;La Ley Orgánica de las Municipalidades -Decreto-Ley Nº 6769/58- y sus modificatorios, el Decreto Provincial N° 2980/00, el Decreto N° 227/16, la Ordenanza N° 11654, el Expediente Nº 4079-12864/17-0, la Solicitud de Pedido N° 2553/17, yCONSIDERANDO:Que, mediante el Expediente N° 4079-12864/17 tramita la Licitación Pública Nº 18/2017 correspondiente a la Obra de “Ejecución de Pavimentación de Hormigón tipo H 30 y Sellado de Juntas la Cantidad de 6.914,07 m2; y obras hidráulicas complementarias para las calles en las localidades de Castelar Norte, Haedo y Villa Sarmiento, partido de Morón”Que el artículo 132° del Decreto Ley N° 6769/58 establece que la ejecución de las obras públicas corresponde al Departamento Ejecutivo.Que el artículo 133° del Decreto Ley N° 6769/58 y la Resolución N° 95/16 del Ministerio de Gobierno reglamentan las modalidades de contratación de acuerdo a la justipreciación de las obras.

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN –

Que la presente contrata se encuadra en lo dispuesto por el artículo 151º y siguiente de la Ley Orgánica de las Municipalidades.Que, mediante Decreto N° 227/16, se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Generales que rige el presente proceso.Que la Secretaría de Planificación Estratégica, en su calidad de área técnica ha adjuntado la respectiva documentación licitatoria.Que, asimismo, motiva a la realización de la obra, la necesidad de la ejecución de los trabajos de bacheo de pavimentos de hormigón y adecuar los mismos a las obras hidráulicas, tal como se expone en el Informe Técnico confeccionado para el cual se ha fijado como presupuesto oficial la suma de Pesos Diecinueve Millones( $ 19.000.000,00)Que, en consonancia con lo normado por el artículo 142° del Decreto Ley N° 6769/58 la presente licitación se dará a conocer mediante publicaciones en el “Boletín Oficial” y en un diario o periódico de distribución local, y en la Cartelera de la Dirección de Compras y Contrataciones. Que ha tomado intervención conforme su competencia, la Dirección de Compras y Contrataciones, quien ha elaborado los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares cuya aprobación se propicia.Que el presente procedimiento cuenta con el respaldo presupuestario correspondiente; Que ha tomado la debida intervención la Subsecretaría Legal y Técnica.Que, en virtud de lo expuesto, corresponde proceder al dictado del acto administrativo pertinente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo N° 105 de la Ordenanza N° 11654 de Procedimiento Administrativo.Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA: ARTICULO 1º.- Autorízase el llamado a Licitación Pública Nº 18/2017, para la “Ejecución de Pavimentación de Hormigón tipo H 30 y Sellado de Juntas la Cantidad de 6.914,07 m2; y obras hidráulicas complementarias para las calles en las localidades de Castelar Norte, Haedo y Villa Sarmiento, partido de Morón”, fijando como presupuesto oficial la suma de Pesos Diecinueve Millones ($ 19.000.000,00).ARTICULO 2º.- Apruébense los Pliegos de Bases y Condiciones, sus anexos, Especificaciones Técnicas y demás documentación que regirá la presente Licitación Pública autorizada por el artículo precedente. ARTICULO 3º.- Facúltase a la Directora de Compras y Contrataciones a emitir Circulares Aclaratorias y/o ampliatorias sobre la documentación aprobada en el artículo 1º del presente Decreto, siempre que no implique la modificación del Pliego de Bases y Condiciones de aplicación. ARTICULO 4º.- Dése a conocer la presente licitación mediante la Dirección de Compras y Contrataciones a través de publicaciones en el “Boletín Oficial” y en un diario o periódico de distribución local en los términos de lo normado por el artículo 142 del Decreto Ley N° 6769/58, y en la Cartelera de dicha Dirección.ARTICULO 5º.- Establécese que el gasto emergente de la presente licitación debe ser imputado a las partidas específicas del presupuesto para el Ejercicio Financiero vigente. ARTICULO 6º.- Refrendan el presente Decreto el Sr. Secretario de Economía y Finanzas y el Sr. Secretario de Planificación Estratégica. ARTICULO 7º.- Dése al Registro de Decretos. Comuníquese a la Secretaría de Planificación Estratégica. Publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese.

Ramiro TagliaferroJorge A Álvarez Holmberg – Leandro Ugartemendia * *

*DECRETO Nº 339/2017

Morón, 12 de Junio de 2017

VISTO;El expediente Nº 4079-13847/17-0 D.E., yCONSIDERANDO: Que por el expediente citado en el Visto, el Director de Organizaciones y Participación Comunitaria informa sobre la Conmemoración del “Día Internacional de la Toma de Conciencia sobre el Abuso y Maltrato en la Vejez”, la que tendrá lugar el día 15 de junio de 2017.Que éste Municipio cuenta con una activa participación en eventos como los indicados en el Visto.Que asimismo informa acerca de la necesidad de contar con una Caja Chica Especial para poder hacer frente a gastos de pequeña cuantía que demande la celebración precedentemente mencionada.Que la Secretaría de Economía y Finanzas, la Subsecretaría Legal y Técnica y la Dirección de Contaduría han tomado la intervención de su competencia.Que por lo expuesto, corresponde el dictado del pertinente acto administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105º de la Ordenanza de Procedimiento Administrativo.Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTÍCULO 1°.- Declárase de Interés Municipal las actividades que se desarrollarán el día 15 de junio de 2017 en el marco de la Conmemoración del “Día Internacional de la Toma de Conciencia Sobre el Abuso y Maltrato en la Vejez”.ARTÍCULO 2°.- Créase una Caja Chica Especial de la dependencia que se detalla, con cargo de rendición de cuentas mensual, debidamente documentada y la rotación que a continuación se menciona, únicamente para cubrir los gastos de pequeña cuantía que se originaran en el evento enunciado en el Artículo 1.

Dependencia Monto Rotación

Dirección de Organizaciones y Participación Comunitaria

$ 16.000.- Única

ARTÍCULO 3°.- La Tesorería implementará la fianza del funcionario que tendrá a cargo los fondos de la Caja Chica Especial, conforme lo establecido en el artículo 218º de la Ley Orgánica de las Municipalidades. ARTÍCULO 4°.- Refrendan el presente Decreto los Secretarios de Economía y Finanzas y de Jefatura de Gabinete.ARTÍCULO 5°.- Dése al Registro de Decretos y comuníquese a la Dirección de Contaduría. Publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese.

Ramiro TagliaferroJorge A Álvarez Holmberg – Carlos A. Rebagliati

* * *DECRETO Nº 340/2017

Morón, 12 de Junio de 2017VISTO;Los expedientes Nº 4079-12333/17-0 D.E., Nº 4079-12357/17-0 D.E., Nº 4079-12421/17-0 D.E., Nº 4079-12544/17-0 D.E. y, CONSIDERANDO:Que por el expediente Nº 4079-12333/17-0 D.E., tramita la solicitud efectuada por la Sra. Becerra Silvia Noemí para la adquisición de anteojos para su hijo Wassouf Tomás Amir.Que fs. 2/2 vta, obra la Encuesta Social Única, elaborado por la Secretaría de Políticas Sociales y Abordajes Integrales, mediante la cual se verifica la situación de la peticionante.Que a fs. 3 obra copia fiel del Documento Nacional de Identidad de la peticionante, a fs 5/6 obran copias del Certificado de Nacimiento y del Documento Nacional de Identidad de Wassouf Tomás Amir, hijo de la peticionante. Que a fs. 4 y 7 lucen Certificaciones Negativa expedidas por la ANSES de la peticionante y de su hijo, a fs. 8 luce receta de anteojos y a fs. 9/10 se adjuntan presupuestos de diferentes ópticas.

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN –

Que a fs. 11 la Dirección de Atención Primaria de la Salud, informa que considera pertinente el otorgamiento del subsidio en cuestión.Que a fs. 14 la Dirección de Contaduría agrega la Solicitud de Gastos en la cual consta la correspondiente Imputación Presupuestaria.Que por el expediente Nº 4079-12357/17-0 D.E., tramita la solicitud efectuada por la Sra. Landriel María Isabel para la adquisición de anteojos.Que fs. 2/2 vta, obra la Encuesta Social Única, elaborado por la Secretaría de Políticas Sociales y Abordajes Integrales, mediante la cual se verifica la situación de la peticionante.Que a fs. 3 obra copia fiel del Documento Nacional de Identidad de la peticionante. Que a fs. 4 luce Certificación Negativa expedida por la ANSES, a fs. 5 luce receta de anteojos y a fs. 6/7 se adjuntan presupuestos de diferentes ópticas. Que a fs. 8 la Dirección de Atención Primaria de la Salud, informa que considera pertinente el otorgamiento del subsidio en cuestión.Que a fs. 11 la Dirección de Contaduría agrega la Solicitud de Gastos en la cual consta la correspondiente Imputación Presupuestaria.Que por el expediente Nº 4079-12421/17-0 D.E., tramita la solicitud efectuada por el Sr. Caruso Claudio Darío para la adquisición de anteojos.Que fs. 2/2 vta, obra la Encuesta Social Única, elaborado por la Secretaría de Políticas Sociales y Abordajes Integrales, mediante la cual se verifica la situación del peticionante.Que a fs. 3 obra copia fiel del Documento Nacional de Identidad del peticionante. Que a fs. 5 luce Certificación Negativa expedida por la ANSES, a fs. 6 luce receta de anteojos y a fs. 7/8 se adjuntan presupuestos de diferentes ópticas. Que a fs. 9 la Dirección de Atención Primaria de la Salud, informa que considera pertinente el otorgamiento del subsidio en cuestión.Que a fs. 12 la Dirección de Contaduría agrega la Solicitud de Gastos en la cual consta la correspondiente Imputación Presupuestaria.Que por el expediente Nº 4079-12544/17-0 D.E., tramita la solicitud efectuada por la Sra. Tabacchi Haydée Liliana para la adquisición de anteojos.Que fs. 2/2 vta, obra la Encuesta Social Única, elaborado por la Secretaría de Políticas Sociales y Abordajes Integrales, mediante la cual se verifica la situación de la peticionante.Que a fs. 3 obra copia fiel del Documento Nacional de Identidad de la peticionante. Que a fs. 4 luce Certificación Negativa expedida por la ANSES, a fs. 6 luce receta de anteojos y a fs. 7/8 se adjuntan presupuestos de diferentes ópticas. Que a fs. 9 la Dirección de Atención Primaria de la Salud, informa que considera pertinente el otorgamiento del subsidio en cuestión.Que a fs. 11 la Dirección de Contaduría agrega la Solicitud de Gastos en la cual consta la correspondiente Imputación Presupuestaria.Que han tomado la intervención de su competencia la Secretaría de Políticas Sociales y Abordajes Integrales, la Secretaría de Economía y Finanzas, y la Subsecretaría Legal y Técnica.Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 105º de la Ordenanza de Procedimiento Administrativo Nº 11654. Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTÍCULO 1º.- Otórgase un subsidio a favor de la Sra. Becerra Silvia Noemí (D.N.I. Nº 17.964.539), por la suma de Pesos Cuatro mil quinientos ($ 4.500.-), a los efectos de adquirir anteojos para su hijo Wassouf Tomás Amir (D.N.I. Nº 43.016.665).ARTÍCULO 2º.- Por la Dirección de Contaduría, líbrese orden de pago por la suma precedentemente indicada, a nombre de Claudia Patricia Ovando (Óptica Taboada), con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas.

ARTÍCULO 3º.- Otórgase un subsidio a favor de la Sra. Landriel María Isabel (D.N.I. Nº 17.455.666), por la suma de Pesos Cuatro mil sesenta y dos ($ 4.062.-), a los efectos de adquirir anteojos.ARTÍCULO 4º.- Por la Dirección de Contaduría, líbrese orden de pago por la suma precedentemente indicada, a nombre de Óptica del Oeste, con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas. ARTÍCULO 5º.- Otórgase un subsidio a favor del Sr. Caruso Claudio Darío (D.N.I. Nº 13.761.709), por la suma de Pesos Cuatro mil cien ($ 4.100.-), a los efectos de adquirir anteojos.ARTÍCULO 6º.- Por la Dirección de Contaduría, líbrese orden de pago por la suma precedentemente indicada, a nombre de Mejor Visión de Taboada S.R.L., con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas. ARTÍCULO 7º.- Otórgase un subsidio a favor de la Sra. Tabacchi Haydée Liliana (D.N.I. Nº 17.224.511), por la suma de Pesos Cuatro mil novecientos cincuenta ($ 4.950.-), a los efectos de adquirir anteojos.ARTÍCULO 8º.- Por la Dirección de Contaduría, líbrese orden de pago por la suma precedentemente indicada, a nombre de Bruno Reinaldo Alberto, con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas. ARTÍCULO 9º.- Impútense los gastos autorizados a la Jurisdicción: 1110118000 – Políticas Sociales y Abordajes Integrales; Unidad Ejecutora: 51 – Secretaría de Políticas Sociales y Abordajes Integrales, Fuente de Financiamiento: 110 – Tesoro Municipal.ARTÍCULO 10.- Refrendan el presente Decreto los Secretarios de Economía y Finanzas y de Jefatura de Gabinete.ARTÍCULO 11º.- Dése al Registro de Decretos y comuníquese a la Dirección de Contaduría. Publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese.

Ramiro TagliaferroJorge A Álvarez Holmberg – Carlos A. Rebagliati

* * *DECRETO Nº 341/2017

Morón, 15 de Junio de 2017VISTO;La Ordenanza N° 18228/2017 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 8 de Junio del año 2017, el expediente N° 4079-12859/17-0 D.E. (VII Cuerpos) y Adjuntos Nº 5000-2910/14-0 DE., 4079-19024/16-1 - DE., 4079-12083/17-0 D.E. - 78642/17 H.C.D. y,CONSIDERANDO:Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo.Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTÍCULO 1º.- Promúlgase la Ordenanza N° 18228/17, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 8 de Junio del año 2017, cuyo texto se transcribe:"Artículo 1º: Declárase de Legítimo Abono la deuda reconocida a favor de a Constructora Málaga S.A. originada en el pago de los certificados Nros. 17 y 18 de la Obra Saneamiento Hidráulico de la Cuenca Boquerón -2da etapa por un valor de $2.404.093,82 (pesos dos millones cuatrocientos cuatro mil noventa y tres con 82/100).Artículo 2º: La deuda reconocida en el artículo 1° comprometerá los saldos existentes en la Categoría Programática 64.78.00 Boquerón II, partida 4.2.20, Construcciones en Bienes de Dominio Público de la Subjurisdiccíón 1110111000 Secretaría de Planificación Estratégica del ejercicio 2016.Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.""Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los ocho días del mes de junio del año dos mil diecisiete.""FIRMADO: Don Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante - Lic. Natalín

BOLETÍN MUNICIPAL Pag. 10

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN –

Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante."ARTÍCULO 2º.-. Refrendan el presente Decreto los Secretarios de Economía y Finanzas y de Planificación Estratégica.ARTÍCULO 3º.- Dése al Registro de Decretos. Publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese.

Ramiro TagliaferroJorge A Álvarez Holmberg – Leandro Ugartemendia * *

*DECRETO Nº 342/2017

Morón, 15 de Junio de 2017VISTO;La Ordenanza Nº 18227/2017 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 8 de Junio del año 2017, el expediente 4079-12899/16-0 D.E. (III Cuerpos) y Adjuntos N° 4079-13566/16-0 D.E., 4079-12899/16-1 - D.E.- Nº 78611/17 H.C.D. y,CONSIDERANDO: Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo.Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTÍCULO 1º.- Promúlgase la Ordenanza Nº 18227/17, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 8 de Junio del año 2017, cuyo texto se transcribe:“Artículo 1º: Declárase de Legítimo Abono la deuda reconocida a favor de la Constructora Málaga S.A. originada en el expediente N° 78611/17 H.C.D. – 4079-12899/16-0 D.E. III Cuerpos y Adj. 4079-13566/16-0 D.E. 4079-12899/16-1 D.E. por la Obra Saneamiento Hidráulico de la Cuenca Boquerón -2da. Etapa por un valor de $ 5.200.707,93 (pesos cinco millones doscientos mil setecientos siete con 93/100).Artículo 2º: La deuda reconocida en el artículo 1° comprometerá los saldos existentes en la Jurisdicción 1110111000 Planificación Estratégica, Apertura Programática 64.78.00 Saneamiento Hidráulico de la Cuenca Boquerón 2da. Etapa, Partida 4.2.2.0, Construcciones en Bienes de Dominio Público del ejercicio 2016.Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los ocho días del mes de junio del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Don Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalín Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.” ARTÍCULO 2º.- Refrendan el presente Decreto los Secretarios de Economía y Finanzas y de Planificación Estratégica.ARTÍCULO 3º.- Dése al Registro de Decretos. Publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese.

Ramiro TagliaferroJorge A Álvarez Holmberg – Leandro Ugartemendia

* * *RESOLUCIONESORDENANZAS

RESOLUCION Nº 474/2017Morón, 02 de Junio de 2017

VISTO;El Decreto Nº 779/16 D.E., la Ordenanza Nº 17907/2016 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 24 de Noviembre del año 2016, el expediente Nº 4079-14483/15-0 D.E. - 77370/16 H.C.D. y,CONSIDERANDO: Que habiendo transcurrido el término dispuesto por el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, ha operado la promulgación ipso iure de la Ordenanza Nº 17907/16.

Que por Decreto Nº 779/16, se le delegó a la Subsecretaría Legal y Técnica, la firma de mero trámite correspondiente a los asuntos tramitados ante el despacho del Intendente Municipal.Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.Por ello;

EL SUBSECRETARIO DE LEGAL Y TECNICA DEL MUNICIPIO DE MORÓN

RESUELVE:ARTÍCULO 1º: Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 17907/16, a partir del día 26 de Diciembre del año 2016, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 24 de Noviembre del año 2016, cuyo texto se transcribe:“Artículo 1º: Condónase a la Confederación Evangélica Bautista, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 6.610, incluídos multas, recargos e intereses por los saldos pendientes o montos totales de los años 1996, 2009 al 2014. (Conforme constancias obrantes en las presentes actuaciones).”“Artículo 2º: Exímase a la Confederación Evangélica Bautista, el 100% (cien por ciento) del pago en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 6.610, incluídos multas, recargos e intereses por el saldo pendiente o monto total del año 2016. (Conforme constancias obrantes en las presentes actuaciones).”“Artículo 3º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, la Entidad y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.” “Artículo 4º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a celebrar el correspondiente convenio de contraprestación a tenor de los beneficios otorgados en los artículos 1º y 2º.”“Artículo 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veinticuatro días del mes de noviembre del año dos mil dieciséis.”“FIRMADO: Don Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don Domingo Bruno, Vicepresidente 1º a cargo de la Presidencia del Honorable Concejo Deliberante.”ARTÍCULO 2º: Dése al Registro de Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese.

Cristian Herrera* * *

RESOLUCION Nº 475/2017Morón, 02 de Junio de 2017

VISTO;El Decreto Nº 779/16 D.E., la Ordenanza Nº 18073/2017 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 27 de Abril del año 2017, el expediente Nº 4079-12962/16 D.E. - 76862/16-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO: Que habiendo transcurrido el término dispuesto por el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, ha operado la promulgación ipso iure de la Ordenanza Nº 18073/17.Que por Decreto Nº 779/16, se le delegó a la Subsecretaría Legal y Técnica, la firma de mero trámite correspondiente a los asuntos tramitados ante el despacho del Intendente Municipal.Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.Por ello;

EL SUBSECRETARIO DE LEGAL Y TECNICA DEL MUNICIPIO DE MORÓN

RESUELVE:ARTÍCULO 1º: Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 18073/17, a partir del día 22 de Mayo del año 2017, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 27 de Abril del año 2017, cuyo texto se transcribe:“Artículo 1º: Condónase a la Sra. Irma Noemí Rodríguez, la deuda en concepto de Tasa por Derechos de Cementerio, incluídas multas, recargos e intereses, correspondiente al Nicho/urna Nº 449, Galería 9, Fila 3º,

BOLETÍN MUNICIPAL Pag. 11

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN –

por los años 2013 al 2016. (Conforme constancias obrantes en las presentes actuaciones).”“Artículo 2º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, la contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.”“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintisiete días del mes de abril del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Don Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalín Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.” ARTÍCULO 2º: Dése al Registro de Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese.

Cristian Herrera* * *

RESOLUCION Nº 476/2017Morón, 02 de Junio de 2017

VISTO;El Decreto Nº 779/16 D.E., la Ordenanza Nº 18072/2017 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 27 de Abril del año 2017, el expediente Nº 4079-12960/16 D.E. - 76861/16-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO: Que habiendo transcurrido el término dispuesto por el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, ha operado la promulgación ipso iure de la Ordenanza Nº 18072/17.Que por Decreto Nº 779/16, se le delegó a la Subsecretaría Legal y Técnica, la firma de mero trámite correspondiente a los asuntos tramitados ante el despacho del Intendente Municipal.Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.Por ello;

EL SUBSECRETARIO DE LEGAL Y TECNICA DEL MUNICIPIO DE MORÓN

RESUELVE:ARTÍCULO 1º: Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 18072/17, a partir del día 19 de Mayo del año 2017, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 27 de Abril del año 2017, cuyo texto se transcribe:“Artículo 1º: Condónase a la Sra. Irma Noemí Rodríguez, del pago en concepto de Tasa por Derechos de Cementerio, incluídas multas, recargos e intereses, correspondiente al Nicho/Ataúd Nº 1496, Galería 4, Fila 4º, Partida Nº 17185, por el año 2016. (Conforme constancias obrantes en las presentes actuaciones).”“Artículo 2º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, la contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.”“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintisiete días del mes de abril del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Don Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalín Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”ARTÍCULO 2º: Dése al Registro de Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese.

Cristian Herrera* * *

RESOLUCION Nº 477/2017Morón, 02 de Junio de 2017

VISTO;El Decreto Nº 779/16 D.E., la Ordenanza Nº 18068/2017 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 27 de Abril del año 2017, el expediente Nº 4079-17000/13 D.E. - 73352/13-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO: Que habiendo transcurrido el término dispuesto por el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las

Municipalidades, ha operado la promulgación ipso iure de la Ordenanza Nº 18068/17.Que por Decreto Nº 779/16, se le delegó a la Subsecretaría Legal y Técnica, la firma de mero trámite correspondiente a los asuntos tramitados ante el despacho del Intendente Municipal.Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.Por ello;

EL SUBSECRETARIO DE LEGAL Y TECNICA DEL MUNICIPIO DE MORÓN

RESUELVE:ARTÍCULO 1º: Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 18068/17, a partir del día 19 de Mayo del año 2017, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 27 de Abril del año 2017, cuyo texto se transcribe:“Artículo 1º: Condónase al Sr. Rolando Osmar Pérez, la deuda en concepto de Tasa por Derechos de Cementerio, incluídas multas, recargos e intereses, correspondiente al Nicho/Ataúd Nº 1686, Galería 9, Fila 2º, Partida Nº 20679-1978437, por los años 2008 al 2016. (Conforme constancias obrantes en las presentes actuaciones).”“Artículo 2º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, el contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.”“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintisiete días del mes de abril del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Don Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalín Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.” ARTÍCULO 2º: Dése al Registro de Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese.

Cristian Herrera* * *

RESOLUCION Nº 478/2017Morón, 02 de Junio de 2017

VISTO;El Decreto Nº 779/16 D.E., la Ordenanza Nº 18069/2017 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 27 de Abril del año 2017, el expediente Nº 4079-12715/15 D.E. - 75512/15-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO: Que habiendo transcurrido el término dispuesto por el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, ha operado la promulgación ipso iure de la Ordenanza Nº 18069/17.Que por Decreto Nº 779/16, se le delegó a la Subsecretaría Legal y Técnica, la firma de mero trámite correspondiente a los asuntos tramitados ante el despacho del Intendente Municipal.Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.Por ello;

EL SUBSECRETARIO DE LEGAL Y TECNICA DEL MUNICIPIO DE MORÓN

RESUELVE:ARTÍCULO 1º: Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 18069/17, a partir del día 19 de Mayo del año 2017, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 27 de Abril del año 2017, cuyo texto se transcribe:“Artículo 1º: Condónase a la Sra. Luisa Carmen Carte, la deuda en concepto de Tasa por Derechos de Cementerio, incluídas multas, recargos e intereses, correspondiente al Nicho/Ataúd Nº 1373, Galería 6, II Cuerpo, Fila 1º, Partida Nº 6591-(6078), saldos pendientes de los años 2009 al 2013. (Conforme constancias obrantes en las presentes actuaciones).”“Artículo 2º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, la contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.”“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”

BOLETÍN MUNICIPAL Pag. 12

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN –

“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintisiete días del mes de abril del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Don Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalín Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.” ARTÍCULO 2º: Dése al Registro de Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese.

Cristian Herrera* * *

RESOLUCION Nº 479/2017Morón, 02 de Junio de 2017

VISTO;El Decreto Nº 779/16 D.E., la Ordenanza Nº 18100/2017 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 27 de Abril del año 2017, el expediente Nº 4079-19029/15 D.E. - 76337/15-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO: Que habiendo transcurrido el término dispuesto por el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, ha operado la promulgación ipso iure de la Ordenanza Nº 18100/17.Que por Decreto Nº 779/16, se le delegó a la Subsecretaría Legal y Técnica, la firma de mero trámite correspondiente a los asuntos tramitados ante el despacho del Intendente Municipal.Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.Por ello;

EL SUBSECRETARIO DE LEGAL Y TECNICA DEL MUNICIPIO DE MORÓN

RESUELVE:ARTÍCULO 1º: Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 18100/17, a partir del día 19 de Mayo del año 2017, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 27 de Abril del año 2017, cuyo texto se transcribe:“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar a la Sra. Patricia Liliana Del Vecchio, D.N.I. Nº 16.425.845, el Uso del Suelo para el Anexo de Rubro “Despacho de Pan y Productos de Confitería sin Fabricación”, a desarrollarse en la propiedad sita en la calle Mendoza Nº 196 de la Ciudad de Morón, cuyos datos catastrales son: Circ. I, Secc. A, Manz. 72, Parc. 8, Sub-Parc. 5, con infracción a lo regulado por Ordenanza Nº 11632/91, art. 4º Anexo J (J-1), según constancias obrantes en el Expediente Nº 76337/15 H.C.D.- 4079-19029/15 D.E. y la Audiencia Pública celebrada el día 15 de Septiembre de 2016.”“Artículo 2º: Lo otorgado por el artículo 1º, queda condicionado al inicio de la Habilitación comercial y al pago de la tasa correspondiente dentro de los 60 (sesenta) días de la notificación de la presente Ordenanza y al cumplimiento de las demás normas Municipales que resulten de aplicación. En caso de incumplimiento caducarán automáticamente los derechos conferidos.”“Artículo 3º: El Departamento Ejecutivo procederá a notificar la presente Ordenanza, en los términos del Capítulo X de la Ordenanza Nº 11654.”“Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintisiete días del mes de abril del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Doña Romina Soledad Fusco, Secretaria Ad-Hoc del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalín Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”ARTÍCULO 2º: Dése al Registro de Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese.

Cristian Herrera* * *

RESOLUCION Nº 480/2017Morón, 02 de Junio de 2017

VISTO;El Decreto Nº 779/16 D.E., la Ordenanza Nº 18075/2017 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 27 de Abril del año 2017, el

expediente Nº 4079-13865/16 D.E. - 77108/16-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO: Que habiendo transcurrido el término dispuesto por el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, ha operado la promulgación ipso iure de la Ordenanza Nº 18075/17.Que por Decreto Nº 779/16, se le delegó a la Subsecretaría Legal y Técnica, la firma de mero trámite correspondiente a los asuntos tramitados ante el despacho del Intendente Municipal.Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.Por ello;

EL SUBSECRETARIO DE LEGAL Y TECNICA DEL MUNICIPIO DE MORÓN

RESUELVE:ARTÍCULO 1º: Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 18075/17, a partir del día 22 de Mayo del año 2017, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 27 de Abril del año 2017, cuyo texto se transcribe:“Artículo 1º: Condónase a la Sra. Ana Delia De Olivera, la deuda en concepto de Tasa por Derechos de Cementerio, incluídos multas, recargos e intereses, correspondiente a la Sepultura Nº 18, Tablón Nº S-80, Orden Nº 0/117.596 en concepto de Inhumación a tierra por 5 años.”“Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintisiete días del mes de abril del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Don Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalín Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”ARTÍCULO 2º: Dése al Registro de Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese.

Cristian Herrera* * *

RESOLUCION Nº 481/2017Morón, 02 de Junio de 2017

VISTO;El Decreto Nº 779/16 D.E., la Ordenanza Nº 18078/2017 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 27 de Abril del año 2017, el expediente Nº 4079-15517/16 D.E. - 77517/16-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO: Que habiendo transcurrido el término dispuesto por el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, ha operado la promulgación ipso iure de la Ordenanza Nº 18078/17.Que por Decreto Nº 779/16, se le delegó a la Subsecretaría Legal y Técnica, la firma de mero trámite correspondiente a los asuntos tramitados ante el despacho del Intendente Municipal.Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.Por ello;

EL SUBSECRETARIO DE LEGAL Y TECNICA DEL MUNICIPIO DE MORÓN

RESUELVE:ARTÍCULO 1º: Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 18078/17, a partir del día 22 de Mayo del año 2017, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 27 de Abril del año 2017, cuyo texto se transcribe:“Artículo 1º: Condónase a la Sra. María Cristina Lizondo, la deuda en concepto de Tasa por Derechos de Cementerio, incluídos multas, recargos e intereses, correspondiente a la Sepultura Nº 54, Tablón Nº S-127, Orden Nº 0/113.053 en concepto de 1º Renovación año 2016.”“Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintisiete días del mes de abril del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Don Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalín Carla

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN –

Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”ARTÍCULO 2º: Dése al Registro de Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese.

Cristian Herrera* * *

RESOLUCION Nº 482/2017Morón, 02 de Junio de 2017

VISTO;El Decreto Nº 779/16 D.E., la Ordenanza Nº 18074/2017 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 27 de Abril del año 2017, el expediente Nº 4079-12702/15 D.E. - 75509/15-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO: Que habiendo transcurrido el término dispuesto por el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, ha operado la promulgación ipso iure de la Ordenanza Nº 18074/17.Que por Decreto Nº 779/16, se le delegó a la Subsecretaría Legal y Técnica, la firma de mero trámite correspondiente a los asuntos tramitados ante el despacho del Intendente Municipal.Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.Por ello;

EL SUBSECRETARIO DE LEGAL Y TECNICA DEL MUNICIPIO DE MORÓN

RESUELVE:ARTÍCULO 1º: Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 18074/17, a partir del día 22 de Mayo del año 2017, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 27 de Abril del año 2017, cuyo texto se transcribe:“Artículo 1º: Condónase a la Sra. Alicia Mirta Anta, la deuda en concepto de Tasa por Derechos de Cementerio, incluídos multas, recargos e intereses, correspondiente a la Sepultura Nº 20, Tablón Nº S-102, Orden Nº 0/116.534 en concepto de Inhumación a tierra por 5 años.”“Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintisiete días del mes de abril del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Don Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalín Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”ARTÍCULO 2º: Dése al Registro de Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese.

Cristian Herrera* * *

RESOLUCION Nº 483/2017Morón, 02 de Junio de 2017

VISTO;El Decreto Nº 779/16 D.E., la Ordenanza Nº 18077/2017 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 27 de Abril del año 2017, el expediente Nº 4079-14461/16 D.E. - 77337/16-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO: Que habiendo transcurrido el término dispuesto por el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, ha operado la promulgación ipso iure de la Ordenanza Nº 18077/17.Que por Decreto Nº 779/16, se le delegó a la Subsecretaría Legal y Técnica, la firma de mero trámite correspondiente a los asuntos tramitados ante el despacho del Intendente Municipal.Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.Por ello;

EL SUBSECRETARIO DE LEGAL Y TECNICA DEL MUNICIPIO DE MORÓN

RESUELVE:ARTÍCULO 1º: Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 18077/17, a partir del día 22 de Mayo del año 2017, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 27 de Abril del año 2017, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Condónase a la Sra. Ana Lorenza Sosa, la deuda en concepto de Tasa por Derechos de Cementerio, incluídos multas, recargos e intereses, correspondiente a la Sepultura Nº 53, Tablón Nº S-135, Orden Nº 0/108.562 en concepto de 1º Renovación año 2012, 2º Renovación año 2013, 3º Renovación año 2014, 4º Renovación año 2015, Exhumación, Lavado, Traslado y Arrendamiento de Nicho por un año.”“Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintisiete días del mes de abril del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Don Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalín Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”ARTÍCULO 2º: Dése al Registro de Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese.

Cristian Herrera* * *

RESOLUCION Nº 484/2017Morón, 02 de Junio de 2017

VISTO;El Decreto Nº 779/16 D.E., la Ordenanza Nº 18076/2017 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 27 de Abril del año 2017, el expediente Nº 4079-14407/16 D.E. - 77282/16-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO: Que habiendo transcurrido el término dispuesto por el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, ha operado la promulgación ipso iure de la Ordenanza Nº 18076/17.Que por Decreto Nº 779/16, se le delegó a la Subsecretaría Legal y Técnica, la firma de mero trámite correspondiente a los asuntos tramitados ante el despacho del Intendente Municipal.Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.Por ello;

EL SUBSECRETARIO DE LEGAL Y TECNICA DEL MUNICIPIO DE MORÓN

RESUELVE:ARTÍCULO 1º: Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 18076/17, a partir del día 22 de Mayo del año 2017, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 27 de Abril del año 2017, cuyo texto se transcribe:“Artículo 1º: Condónase a la Sra. Yolanda Quesqui, la deuda en concepto de Tasa por Derechos de Cementerio, incluídos multas, recargos e intereses, correspondiente a la Sepultura Nº 21, Tablón Nº S-134 Bis, Orden Nº 0/108.842 en concepto de 2º Renovación año 2014,3º Renovación año 2015, Exhumación, Lavado, Traslado y Arrendamiento de Nicho por un año.”“Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintisiete días del mes de abril del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Don Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalín Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”ARTÍCULO 2º: Dése al Registro de Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese.

Cristian Herrera* * *

RESOLUCION Nº 490/2017Morón, 05 de Junio de 2017

VISTO;El Decreto Nº 779/16 D.E., la Ordenanza Nº 18102/2017 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 11 de Mayo del año 2017, el expediente Nº 4079-13814/17 D.E. - 78707/17-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO: Que habiendo transcurrido el término dispuesto por el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las

BOLETÍN MUNICIPAL Pag. 14

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN –

Municipalidades, ha operado la promulgación ipso iure de la Ordenanza Nº 18102/17.Que por Decreto Nº 779/16, se le delegó a la Subsecretaría Legal y Técnica, la firma de mero trámite correspondiente a los asuntos tramitados ante el despacho del Intendente Municipal.Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.Por ello;

EL SUBSECRETARIO DE LEGAL Y TECNICA DEL MUNICIPIO DE MORÓN

RESUELVE:ARTÍCULO 1º: Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 18102/17, a partir del día 1º de Junio del año 2017, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 11 de Mayo del año 2017, cuyo texto se transcribe:“Artículo 1º: Declárase de Interés Municipal la “Fiesta del Señor de los Milagros del Mailín” a llevarse a cabo el próximo 27 y 28 de mayo del corriente año en la Plaza del barrio Manzanar de Morón Sur, en el marco de su 20º Aniversario, como celebración y expresión popular de nuestro pueblo.”“Artículo 2º: Comuníquese a la Capilla Asunción de María y al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los once días del mes de mayo del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Don Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalín Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”ARTÍCULO 2º: Dése al Registro de Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese.

Cristian Herrera* * *

RESOLUCION Nº 496/2017Morón, 07 de Junio de 2017

VISTO;El Decreto Nº 779/16 D.E., la Ordenanza Nº 18098/2017 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 27 de Abril del año 2017, el expediente Nº 4079-13448/17 D.E. - 78514/17-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO: Que habiendo transcurrido el término dispuesto por el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, ha operado la promulgación ipso iure de la Ordenanza Nº 18098/17.Que por Decreto Nº 779/16, se le delegó a la Subsecretaría Legal y Técnica, la firma de mero trámite correspondiente a los asuntos tramitados ante el despacho del Intendente Municipal.Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.Por ello;

EL SUBSECRETARIO DE LEGAL Y TECNICA DEL MUNICIPIO DE MORÓN

RESUELVE:ARTÍCULO 1º: Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 18098/17, a partir del día 7 de Junio del año 2017, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 27 de Abril del año 2017, cuyo texto se transcribe:“Artículo 1º: Declárase de Interés Municipal las “Ligas Municipales de Futsal para Adolescentes, Fútbol Infantil, Fútbol Femenino, Handball y de Voleibol.”“Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintisiete días del mes de abril del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Doña Romina Soledad Fusco, Secretaria Ad-Hoc del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalín Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”ARTÍCULO 2º: Dése al Registro de Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese.

Cristian Herrera* * *

RESOLUCION Nº 497/2017

Morón, 07 de Junio de 2017VISTO;El Decreto Nº 779/16 D.E., la Ordenanza Nº 17900/2016 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 24 de Noviembre del año 2016, el expediente Nº 4079-10858/16 D.E. - 76446/16-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO: Que habiendo transcurrido el término dispuesto por el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, ha operado la promulgación ipso iure de la Ordenanza Nº 17900/16.Que por Decreto Nº 779/16, se le delegó a la Subsecretaría Legal y Técnica, la firma de mero trámite correspondiente a los asuntos tramitados ante el despacho del Intendente Municipal.Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.Por ello;

EL SUBSECRETARIO DE LEGAL Y TECNICA DEL MUNICIPIO DE MORÓN

RESUELVE:ARTÍCULO 1º: Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 17900/16, a partir del día 23 de Diciembre del año 2016, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 24 de Noviembre del año 2016, cuyo texto se transcribe:“Artículo 1º: Condónase a la Sra. Marcela Alejandra Fozziano, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 3.747, incluídos multas, recargos e intereses, correspondiente a los saldos pendientes o montos totales de los años 2005 al 2015. (Conforme constancias obrantes en las presentes actuaciones).”“Artículo 2º: Exímase a la Sra. Marcela Alejandra Fozziano, el 100% (cien por ciento) del pago en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 3.747, incluídos multas, recargos e intereses, correspondiente al saldo pendiente o monto total del año 2016. (Conforme constancias obrantes en las presentes actuaciones).”“Artículo 3º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, la contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.”“Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veinticuatro días del mes de noviembre del año dos mil dieciséis.”“FIRMADO: Don Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don Domingo Bruno, Vicepresidente 1º a cargo de la Presidencia del Honorable Concejo Deliberante.”ARTÍCULO 2º: Dése al Registro de Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese.

Cristian Herrera* * *

RESOLUCION Nº 498/2017Morón, 07 de Junio de 2017

VISTO;El Decreto Nº 779/16 D.E., la Ordenanza Nº 17954/2017 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 24 de Noviembre del año 2016, el expediente Nº 4079-12721/15-0 D.E. - 77368/16 H.C.D. y,CONSIDERANDO: Que habiendo transcurrido el término dispuesto por el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, ha operado la promulgación ipso iure de la Ordenanza Nº 17954/16.Que por Decreto Nº 779/16, se le delegó a la Subsecretaría Legal y Técnica, la firma de mero trámite correspondiente a los asuntos tramitados ante el despacho del Intendente Municipal.Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.Por ello;

EL SUBSECRETARIO DE LEGAL Y TECNICA DEL MUNICIPIO DE MORÓN

RESUELVE:

BOLETÍN MUNICIPAL Pag. 15

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN –

ARTÍCULO 1º: Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 17954/16, a partir del día 23 de Diciembre del año 2016, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 24 de Noviembre del año 2016, cuyo texto se transcribe:“Artículo 1º: Condónase a la Eparquía Santa María del Patrocinio Bonaerense de los Ucranianos, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 38.733, inlcuídos multas, recargos e intereses, por los saldos pendientes o montos totales del año 2014. (Conforme constancias obrantes en las presentes actuaciones).”“Artículo 2º: Exímase a la Eparquía Santa María del Patrocinio Bonaerense de los Ucranianos, el 100% (cien por ciento) del pago en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 38.733, incluídos multas, recargos e intereses, por el saldo pendiente o monto total del año 2016. (Conforme constancias obrantes en las presentes actuaciones).”“Artículo 3º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, la Entidad y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.”“Artículo 4º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a celebrar el correspondiente convenio de contraprestación a tenor de los beneficios otorgados en los artículos 1º y 2º.” “Artículo 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veinticuatro días del mes de noviembre del año dos mil dieciséis.”“FIRMADO: Don Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don Domingo Bruno, Vicepresidente 1º a cargo de la Presidencia del Honorable Concejo Deliberante.”ARTÍCULO 2º: Dése al Registro de Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese.

Cristian Herrera* * *

RESOLUCION Nº 499/2017Morón, 07 de Junio de 2017

VISTO;El Decreto Nº 779/16 D.E., la Ordenanza Nº 17955/2017 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 24 de Noviembre del año 2016, el expediente Nº 4079-12721/15-0 D.E. - 77368/16 H.C.D. y,CONSIDERANDO: Que habiendo transcurrido el término dispuesto por el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, ha operado la promulgación ipso iure de la Ordenanza Nº 17955/16.Que por Decreto Nº 779/16, se le delegó a la Subsecretaría Legal y Técnica, la firma de mero trámite correspondiente a los asuntos tramitados ante el despacho del Intendente Municipal.Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.Por ello;

EL SUBSECRETARIO DE LEGAL Y TECNICA DEL MUNICIPIO DE MORÓN

RESUELVE:ARTÍCULO 1º: Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 17955/16, a partir del día 23 de Diciembre del año 2016, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 24 de Noviembre del año 2016, cuyo texto se transcribe:“Artículo 1º: Condónase a la Eparquía Santa María del Patrocinio Bonaerense de los Ucranianos, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 38.732, inlcuídos multas, recargos e intereses, por los saldos pendientes o montos totales del año 2014. (Conforme constancias obrantes en las presentes actuaciones).”“Artículo 2º: Exímase a la Eparquía Santa María del Patrocinio Bonaerense de los Ucranianos, el 100% (cien por ciento) del pago en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 38.732, incluídos multas, recargos e intereses, por el saldo pendiente o

monto total del año 2016. (Conforme constancias obrantes en las presentes actuaciones).”“Artículo 3º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, la Entidad y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.”“Artículo 4º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a celebrar el correspondiente convenio de contraprestación a tenor de los beneficios otorgados en los artículos 1º y 2º.” “Artículo 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veinticuatro días del mes de noviembre del año dos mil dieciséis.”“FIRMADO: Don Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don Domingo Bruno, Vicepresidente 1º a cargo de la Presidencia del Honorable Concejo Deliberante.”ARTÍCULO 2º: Dése al Registro de Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese.

Cristian Herrera* * *

RESOLUCION Nº 500/2017Morón, 07 de Junio de 2017

VISTO;El Decreto Nº 779/16 D.E., la Ordenanza Nº 17886/2016 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 24 de Noviembre del año 2016, el expediente Nº 4079-19156/15 D.E. - 76355/15-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO: Que habiendo transcurrido el término dispuesto por el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, ha operado la promulgación ipso iure de la Ordenanza Nº 17886/16.Que por Decreto Nº 779/16, se le delegó a la Subsecretaría Legal y Técnica, la firma de mero trámite correspondiente a los asuntos tramitados ante el despacho del Intendente Municipal.Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.Por ello;

EL SUBSECRETARIO DE LEGAL Y TECNICA DEL MUNICIPIO DE MORÓN

RESUELVE:ARTÍCULO 1º: Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 17886/16, a partir del día 23 de Diciembre del año 2016, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 24 de Noviembre del año 2016, cuyo texto se transcribe:“Artículo 1º: Condónase al Sr. José Solá, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 64.481, incluidos multas, recargos e intereses, por los saldos pendientes o montos totales de los años 1990 al 1999, 2001 al 2004, 2007 y 2010 al 2015. (Conforme constancias obrantes en las presentes actuaciones).”“Artículo 2º: Exímase al Sr. José Solá, el 100% (cien por ciento) del pago en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 64.481, incluidos multas, recargos e intereses, por el saldo pendiente o monto total del año 2016. (Conforme constancias obrantes en las presentes actuaciones).”“Artículo 3º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, el contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.”“Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veinticuatro días del mes de noviembre del año dos mil dieciséis.”“FIRMADO: Don Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don Domingo Bruno, Vicepresidente 1º a cargo de la Presidencia del Honorable Concejo Deliberante.”ARTÍCULO 2º: Dése al Registro de Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese.

Cristian Herrera* * *

BOLETÍN MUNICIPAL Pag. 16

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN –

RESOLUCION Nº 501/2017Morón, 07 de Junio de 2017

VISTO;El Decreto Nº 779/16 D.E., la Ordenanza Nº 17945/2017 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 24 de Noviembre del año 2016, el expediente Nº 4079-12037/16-0 D.E. - 77965/16 H.C.D. y,CONSIDERANDO: Que habiendo transcurrido el término dispuesto por el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, ha operado la promulgación ipso iure de la Ordenanza Nº 17945/16.Que por Decreto Nº 779/16, se le delegó a la Subsecretaría Legal y Técnica, la firma de mero trámite correspondiente a los asuntos tramitados ante el despacho del Intendente Municipal.Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.Por ello;

EL SUBSECRETARIO DE LEGAL Y TECNICA DEL MUNICIPIO DE MORÓN

RESUELVE:ARTÍCULO 1º: Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 17945/16, a partir del día 23 de Diciembre del año 2016, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 24 de Noviembre del año 2016, cuyo texto se transcribe:“Artículo 1º: Condónase al Sindicato de la Fraternidad el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 7.863, inlcuídos multas, recargos e intereses, por el saldo pendiente o monto total del Compromiso de Pago Nº CO3-234089 Cuotas Nº 59 y 60. (Conforme constancias obrantes en las presentes actuaciones).”“Artículo 2º: Exímase al Sindicato de la Fraternidad el 100% (cien por ciento) del pago en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 7.863, incluídos multas, recargos e intereses, por el saldo pendiente o monto total del año 2016. (Conforme constancias obrantes en las presentes actuaciones).”“Artículo 3º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, la Entidad y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.”“Artículo 4º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a celebrar el correspondiente convenio de contraprestación a tenor de los beneficios otorgados en los artículos 1º y 2º.”“Artículo 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.” “Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veinticuatro días del mes de noviembre del año dos mil dieciséis.”“FIRMADO: Don Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don Domingo Bruno, Vicepresidente 1º a cargo de la Presidencia del Honorable Concejo Deliberante.”ARTÍCULO 2º: Dése al Registro de Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese.

Cristian Herrera* * *

RESOLUCION Nº 502/2017Morón, 07 de Junio de 2017

VISTO;El Decreto Nº 779/16 D.E., la Ordenanza Nº 18079/2017 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 27 de Abril del año 2017, el expediente Nº 4079-17997/15 D.E. - 76183/15-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO: Que habiendo transcurrido el término dispuesto por el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, ha operado la promulgación ipso iure de la Ordenanza Nº 18079/17.Que por Decreto Nº 779/16, se le delegó a la Subsecretaría Legal y Técnica, la firma de mero trámite correspondiente a los asuntos tramitados ante el despacho del Intendente Municipal.Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.

Por ello; EL SUBSECRETARIO DE LEGAL Y TECNICA

DEL MUNICIPIO DE MORÓNRESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 18079/17, a partir del día 22 de Mayo del año 2017, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 27 de Abril del año 2017, cuyo texto se transcribe:“Artículo 1º: Condónase a la Sra. Olga Esther del Valle Torres, el 50% (cincuenta por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 70.571, incluídos multas, recargos e intereses, por los saldos pendientes o montos totales de los años 1992 al 2016. (Conforme constancias obrantes en las presentes actuaciones)..”“Artículo 2º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, la contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.” “Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintisiete días del mes de abril del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Don Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalín Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.” ARTÍCULO 2º: Dése al Registro de Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese.

Cristian Herrera* * *

RESOLUCION Nº 503/2017Morón, 07 de Junio de 2017

VISTO;El Decreto Nº 779/16 D.E., la Ordenanza Nº 18089/2017 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 27 de Abril del año 2017, el expediente Nº 4079-12366/16 D.E. - 76658/16-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO: Que habiendo transcurrido el término dispuesto por el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, ha operado la promulgación ipso iure de la Ordenanza Nº 18089/17.Que por Decreto Nº 779/16, se le delegó a la Subsecretaría Legal y Técnica, la firma de mero trámite correspondiente a los asuntos tramitados ante el despacho del Intendente Municipal.Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.Por ello;

EL SUBSECRETARIO DE LEGAL Y TECNICA DEL MUNICIPIO DE MORÓN

RESUELVE:ARTÍCULO 1º: Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 18089/17, a partir del día 22 de Mayo del año 2017, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 27 de Abril del año 2017, cuyo texto se transcribe:“Artículo 1º: Condónase a la Sra. Virginia Mabel Julián, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 200.416, incluídos multas, recargos e intereses, por los saldos pendientes o montos totales de los años 2011 al 2016. (Conforme constancias obrantes en las presentes actuaciones).”“Artículo 2º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, la contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.” “Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintisiete días del mes de abril del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Don Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalín Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”

BOLETÍN MUNICIPAL Pag. 17

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN –

ARTÍCULO 2º: Dése al Registro de Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese.

Cristian Herrera* * *

RESOLUCION Nº 504/2017Morón, 07 de Junio de 2017

VISTO;El Decreto Nº 779/16 D.E., la Ordenanza Nº 18083/2017 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 27 de Abril del año 2017, el expediente Nº 4079-18353/15 D.E. - 76252/15-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO: Que habiendo transcurrido el término dispuesto por el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, ha operado la promulgación ipso iure de la Ordenanza Nº 18083/17.Que por Decreto Nº 779/16, se le delegó a la Subsecretaría Legal y Técnica, la firma de mero trámite correspondiente a los asuntos tramitados ante el despacho del Intendente Municipal.Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.Por ello;

EL SUBSECRETARIO DE LEGAL Y TECNICA DEL MUNICIPIO DE MORÓN

RESUELVE:ARTÍCULO 1º: Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 18083/17, a partir del día 22 de Mayo del año 2017, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 27 de Abril del año 2017, cuyo texto se transcribe:“Artículo 1º: Condónase al Sr. Filadelfio Amadeo Capizzano, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 234.282, incluídos multas, recargos e intereses, por los saldos pendientes o montos totales de los años 1994 al 2011. (Conforme constancias obrantes en las presentes actuaciones)..”“Artículo 2º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, el contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.” “Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintisiete días del mes de abril del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Don Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalín Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”ARTÍCULO 2º: Dése al Registro de Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese.

Cristian Herrera* * *

RESOLUCION Nº 512/2017Morón, 07 de Junio de 2017

VISTO;El Decreto Nº 779/16 D.E., la Ordenanza Nº 18091/2017 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 27 de Abril del año 2017, el expediente Nº 4079-16687/16-0 D.E. - 78113/16 H.C.D. y,CONSIDERANDO: Que habiendo transcurrido el término dispuesto por el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, ha operado la promulgación ipso iure de la Ordenanza Nº 18091/17.Que por Decreto Nº 779/16, se le delegó a la Subsecretaría Legal y Técnica, la firma de mero trámite correspondiente a los asuntos tramitados ante el despacho del Intendente Municipal.Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.Por ello;

EL SUBSECRETARIO DE LEGAL Y TECNICA DEL MUNICIPIO DE MORÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 18091/17, a partir del día 22 de Mayo del año 2017, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 27 de Abril del año 2017, cuyo texto se transcribe:“Artículo 1º: Condónase al Sr. Jorge Luis Rodríguez, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 72.889, inlcuídas multas, recargos e intereses correspondiente al saldo pendiente o monto total del año 2015 (Conforme constancias obrantes en las presentes actuaciones).”“Artículo 2º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, el contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.”“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintisiete días del mes de abril del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Don Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalín Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.” ARTÍCULO 2º: Dése al Registro de Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese.

Cristian Herrera* * *

RESOLUCION Nº 513/2017

Morón, 07 de Junio de 2017VISTO;El Decreto Nº 779/16 D.E., la Ordenanza Nº 18080/2017 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 27 de Abril del año 2017, el expediente Nº 4079-18360/15 D.E. - 76233/15-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO: Que habiendo transcurrido el término dispuesto por el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, ha operado la promulgación ipso iure de la Ordenanza Nº 18080/17.Que por Decreto Nº 779/16, se le delegó a la Subsecretaría Legal y Técnica, la firma de mero trámite correspondiente a los asuntos tramitados ante el despacho del Intendente Municipal.Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.Por ello;

EL SUBSECRETARIO DE LEGAL Y TECNICA DEL MUNICIPIO DE MORÓN

RESUELVE:ARTÍCULO 1º: Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 18080/17, a partir del día 22 de Mayo del año 2017, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 27 de Abril del año 2017, cuyo texto se transcribe:“Artículo 1º: Condónase a la Sra. Joaquina Coronel, el 75% (setenta y cinco por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 113.375, incluídos multas, recargos e intereses, por los saldos pendientes o montos totales de los años 2006 al 2016. (Conforme constancias obrantes en las presentes actuaciones).”“Artículo 2º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, la contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.” “Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintisiete días del mes de abril del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Don Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalín Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”ARTÍCULO 2º: Dése al Registro de Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese.

Cristian Herrera* * *

BOLETÍN MUNICIPAL Pag. 18

Page 19: MUNICIPALIDAD DE MORÓN€¦ · MUNICIPALIDAD DE MORÓN – ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales RESOLUCION Nº 504/2012 Certifícase que se promulgó ipso

MUNICIPALIDAD DE MORÓN –

RESOLUCION Nº 514/2017Morón, 08 de Junio de 2017

VISTO;El Decreto Nº 779/16 D.E., la Ordenanza Nº 18092/2017 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 27 de Abril del año 2017, el expediente Nº 4079-10292/16-0 D.E. - 78112/16 H.C.D. y,CONSIDERANDO: Que habiendo transcurrido el término dispuesto por el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, ha operado la promulgación ipso iure de la Ordenanza Nº 18092/17.Que por Decreto Nº 779/16, se le delegó a la Subsecretaría Legal y Técnica, la firma de mero trámite correspondiente a los asuntos tramitados ante el despacho del Intendente Municipal.Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.Por ello;

EL SUBSECRETARIO DE LEGAL Y TECNICA DEL MUNICIPIO DE MORÓN

RESUELVE:ARTÍCULO 1º: Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 18092/17, a partir del día 22 de Mayo del año 2017, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 27 de Abril del año 2017, cuyo texto se transcribe:“Artículo 1º: Condónase a la Asociación de las Hijas de María Inmaculada, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 7.358, inlcuídas multas, recargos e intereses correspondiente al año 2014 (Conforme constancias obrantes en las presentes actuaciones).”“Artículo 2º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, la Entidad y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.”“Artículo 3º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a celebrar el correspondiente convenio de contraprestación a tenor del beneficio otorgado en el artículo 1º.”“Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintisiete días del mes de abril del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Doña Romina Soledad Fusco, Secretaria Ad-Hoc del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalín Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”ARTÍCULO 2º: Dése al Registro de Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese.

Cristian Herrera* * *

RESOLUCION Nº 515/2017Morón, 08 de Junio de 2017

VISTO;El Decreto Nº 779/16 D.E., la Ordenanza Nº 18116/2017 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 11 de Mayo del año 2017, el expediente Nº 4079-11542/16 D.E. - 76533/16-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO: Que habiendo transcurrido el término dispuesto por el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, ha operado la promulgación ipso iure de la Ordenanza Nº 18116/17.Que por Decreto Nº 779/16, se le delegó a la Subsecretaría Legal y Técnica, la firma de mero trámite correspondiente a los asuntos tramitados ante el despacho del Intendente Municipal.Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.Por ello;

EL SUBSECRETARIO DE LEGAL Y TECNICA DEL MUNICIPIO DE MORÓN

RESUELVE:ARTÍCULO 1º: Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 18116/17, a partir del día 1º de Junio del año 2017, sancionada por el Honorable Concejo

Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 11 de Mayo del año 2017, cuyo texto se transcribe:“Artículo 1º: Condónase al Sr. René Antonio Ferreyra, la deuda en concepto de Tasa por Derechos de Cementerio, incluídos multas, recargos e intereses, correspondiente a la Sepultura Nº 66, Tablón Nº S-71, Orden Nº 0/116.771 en concepto de Inhumación a tierra por 5 años y la Tasa foránea.”“Artículo 2º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, el contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.”“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los once días del mes de mayo del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Don Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalín Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.” ARTÍCULO 2º: Dése al Registro de Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese.

Cristian Herrera* * *

RESOLUCION Nº 516/2017Morón, 08 de Junio de 2017

VISTO;El Decreto Nº 779/16 D.E., la Ordenanza Nº 18105/2017 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 11 de Mayo del año 2017, el expediente Nº 4079-11836/15 D.E. - 75392/15-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO: Que habiendo transcurrido el término dispuesto por el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, ha operado la promulgación ipso iure de la Ordenanza Nº 18105/17.Que por Decreto Nº 779/16, se le delegó a la Subsecretaría Legal y Técnica, la firma de mero trámite correspondiente a los asuntos tramitados ante el despacho del Intendente Municipal.Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.Por ello;

EL SUBSECRETARIO DE LEGAL Y TECNICA DEL MUNICIPIO DE MORÓN

RESUELVE:ARTÍCULO 1º: Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 18105/17, a partir del día 1º de Junio del año 2017, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 11 de Mayo del año 2017, cuyo texto se transcribe:“Artículo 1º: Condónase a la Sra. Ana Concepción Miranda, el 100% de la deuda en concepto de Tasa por Derechos de Cementerio, incluídas multas, recargos e intereses, correspondiente a la Sepultura Nº 50, Tablón Nº S-64, Orden Nº 0/116.519 en concepto de Inhumación a tierra por 5 años.”“Artículo 2º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, la contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.”“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los once días del mes de mayo del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Don Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalín Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.” ARTÍCULO 2º: Dése al Registro de Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese.

Cristian Herrera* * *

RESOLUCION Nº 517/2017Morón, 08 de Junio de 2017

VISTO;El Decreto Nº 779/16 D.E., la Ordenanza Nº 18110/2017 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 11 de Mayo del año 2017, el

BOLETÍN MUNICIPAL Pag. 19

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN –

expediente Nº 4079-17246/14 D.E. - 74828/14-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO: Que habiendo transcurrido el término dispuesto por el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, ha operado la promulgación ipso iure de la Ordenanza Nº 18110/17.Que por Decreto Nº 779/16, se le delegó a la Subsecretaría Legal y Técnica, la firma de mero trámite correspondiente a los asuntos tramitados ante el despacho del Intendente Municipal.Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.Por ello;

EL SUBSECRETARIO DE LEGAL Y TECNICA DEL MUNICIPIO DE MORÓN

RESUELVE:ARTÍCULO 1º: Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 18110/17, a partir del día 1º de Junio del año 2017, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 11 de Mayo del año 2017, cuyo texto se transcribe:“Artículo 1º: Condónase al Sr. Ricardo Hoyos, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Derechos de Cementerio, incluídos multas, recargos e intereses, correspondiente al Nicho/Ataúd Nº 69, Secc. L, Fila 4º, Partida Nº 1130 – 1107, por los años 2004, 2005, 2006, 2007, 2008, 2009, 2010, 2011, 2012, 2013, 2014, 2015 y 2016.”“Artículo 2º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, el contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.”“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los once días del mes de mayo del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Don Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalín Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”ARTÍCULO 2º: Dése al Registro de Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese.

Cristian Herrera* * *

RESOLUCION Nº 518/2017Morón, 08 de Junio de 2017

VISTO;El Decreto Nº 779/16 D.E., la Ordenanza Nº 18112/2017 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 11 de Mayo del año 2017, el expediente Nº 4079-14796/15-0 D.E. - 75755/15-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO: Que habiendo transcurrido el término dispuesto por el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, ha operado la promulgación ipso iure de la Ordenanza Nº 18112/17.Que por Decreto Nº 779/16, se le delegó a la Subsecretaría Legal y Técnica, la firma de mero trámite correspondiente a los asuntos tramitados ante el despacho del Intendente Municipal.Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.Por ello;

EL SUBSECRETARIO DE LEGAL Y TECNICA DEL MUNICIPIO DE MORÓN

RESUELVE:ARTÍCULO 1º: Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 18112/17, a partir del día 1º de Junio del año 2017, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 11 de Mayo del año 2017, cuyo texto se transcribe:“Artículo 1º: Condónase a la Sra. Margarita Beatríz González, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Derechos de Cementerio, incluídos multas, recargos e intereses, correspondiente a la Sepultura Nº 48, Tablón Nº S-69, Orden Nº 0/116.765 en concepto de Inhumación a tierra por 5 años. (Conforme constancias obrantes en las presentes actuaciones).”

“Artículo 2º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, la contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.”“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los once días del mes de mayo del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Don Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalín Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.” ARTÍCULO 2º: Dése al Registro de Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese.

Cristian Herrera* * *

RESOLUCION Nº 519/2017Morón, 08 de Junio de 2017

VISTO;El Decreto Nº 779/16 D.E., la Ordenanza Nº 18109/2017 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 11 de Mayo del año 2017, el expediente Nº 4079-13971/15 D.E. - 75658/15-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO: Que habiendo transcurrido el término dispuesto por el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, ha operado la promulgación ipso iure de la Ordenanza Nº 18109/17.Que por Decreto Nº 779/16, se le delegó a la Subsecretaría Legal y Técnica, la firma de mero trámite correspondiente a los asuntos tramitados ante el despacho del Intendente Municipal.Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.Por ello;

EL SUBSECRETARIO DE LEGAL Y TECNICA DEL MUNICIPIO DE MORÓN

RESUELVE:ARTÍCULO 1º: Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 18109/17, a partir del día 1º de Junio del año 2017, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 11 de Mayo del año 2017, cuyo texto se transcribe:“Artículo 1º: Condónase a la Sra. Angela Verdura, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 57.378, incluídos multas, recargos e intereses, por los saldos pendientes del Compromiso de Pago y el año 2016. (Conforme constancias obrantes en las presentes actuaciones, artículo 76º Inc. “f” de la Ordenanza Fiscal).”“Artículo 2º: Exímase a la Partida Nº 57.378, el 100% (cien por ciento) del pago en concepto de Tasa por Servicios Generales, incluídos multas, recargos e intereses, por las cuotas 1 a 3 del año 2017.”“Artículo 3º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, la contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.”“Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los once días del mes de mayo del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Don Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalín Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”ARTÍCULO 2º: Dése al Registro de Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese.

Cristian Herrera* * *

RESOLUCION Nº 537/2017Morón, 12 de Junio de 2017

VISTO;El Decreto Nº 779/16 D.E., la Ordenanza Nº 18129/2017 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 11 de Mayo del año 2017, el expediente Nº 4079-14794/15 D.E. - 75780/15-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO:

BOLETÍN MUNICIPAL Pag. 20

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN –

Que habiendo transcurrido el término dispuesto por el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, ha operado la promulgación ipso iure de la Ordenanza Nº 18129/17.Que por Decreto Nº 779/16, se le delegó a la Subsecretaría Legal y Técnica, la firma de mero trámite correspondiente a los asuntos tramitados ante el despacho del Intendente Municipal.Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.Por ello;

EL SUBSECRETARIO DE LEGAL Y TECNICA DEL MUNICIPIO DE MORÓN

RESUELVE:ARTÍCULO 1º: Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 18129/17, a partir del día 1º de Junio del año 2017, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 11 de Mayo del año 2017, cuyo texto se transcribe:“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar a la Sra. María Inés Vicini D.N.I. Nº 14.026.056, la Registración del plano de Obra con destino “Vivienda Multifamiliar y Local Comercial” de la propiedad sita en la calle Int. Agüero Nº 1662/64 de la Ciudad de Morón, cuyos datos catastrales son: Circ. I, Secc. F, Manz. 499, Parc. 13 con infracción a los artículos 3.2, 3.5.1.1, 3.5.2.1, 3.7, 4.5, 4.6.4.1, 4.6.4.2, 4.6.4.3, 4.12, 5.8, 4.6.5.3 y 4.6.3.10 del Código de Ordenamiento Urbano y Normas Reglamentarias de Construcciones del Partido de Morón y al artículo 46º del Decreto ley Nº 8912/77, según constancias obrantes en el Expte. Nº 75780/15 H.C.D. - 4079-14794/15 D.E. y la Audiencia Pública celebrada el día 14 de Septiembre de 2016.”“Artículo 2º: Lo otorgado por el artículo 1º queda condicionado al inicio del trámite de Registración del plano y al pago de los Derechos correspondientes dentro de los 90 (noventa) días de la notificación de la presente Ordenanza y al cumplimiento de las demás normas municipales que resulten de aplicación. En caso de incumplimiento caducarán automáticamente los derechos conferidos.”“Artículo 3º: El Departamento Ejecutivo procederá a notificar la presente Ordenanza en los términos del Capítulo X de la Ordenanza Nº 11654.”“Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los once días del mes de mayo del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Don Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalín Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”ARTÍCULO 2º: Dése al Registro de Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese.

Cristian Herrera* * *

RESOLUCION Nº 544/2017Morón, 13 de Junio de 2017

VISTO;El Decreto Nº 779/16 D.E., la Ordenanza Nº 18107/2017 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 11 de Mayo del año 2017, el expediente Nº 4079-13459/15 D.E. - 75604/15-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO: Que habiendo transcurrido el término dispuesto por el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, ha operado la promulgación ipso iure de la Ordenanza Nº 18107/17.Que por Decreto Nº 779/16, se le delegó a la Subsecretaría Legal y Técnica, la firma de mero trámite correspondiente a los asuntos tramitados ante el despacho del Intendente Municipal.Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.Por ello;

EL SUBSECRETARIO DE LEGAL Y TECNICA DEL MUNICIPIO DE MORÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 18107/17, a partir del día 1º de Junio del año 2017, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 11 de Mayo del año 2017, cuyo texto se transcribe:“Artículo 1º: Condónase a la Sra. María Elena Emma Tagliazucchi, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 78.285, incluídos multas, recargos e intereses, por los saldos pendientes de los años 2014 y 2015. (Conforme constancias obrantes en las presentes actuaciones, artículo 76º Inc. “f” de la Ordenanza Fiscal).”“Artículo 2º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, la contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.”“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los once días del mes de mayo del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Don Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalín Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.” ARTÍCULO 2º: Dése al Registro de Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese.

Cristian Herrera* * *

RESOLUCION Nº 545/2017Morón, 13 de Junio de 2017

VISTO;El Decreto Nº 779/16 D.E., la Ordenanza Nº 18104/2017 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 11 de Mayo del año 2017, el expediente Nº 4079-11967/15 D.E. - 75408/15-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO: Que habiendo transcurrido el término dispuesto por el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, ha operado la promulgación ipso iure de la Ordenanza Nº 18104/17.Que por Decreto Nº 779/16, se le delegó a la Subsecretaría Legal y Técnica, la firma de mero trámite correspondiente a los asuntos tramitados ante el despacho del Intendente Municipal.Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.Por ello;

EL SUBSECRETARIO DE LEGAL Y TECNICA DEL MUNICIPIO DE MORÓN

RESUELVE:ARTÍCULO 1º: Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 18104/17, a partir del día 1º de Junio del año 2017, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 11 de Mayo del año 2017, cuyo texto se transcribe:“Artículo 1º: Condónase a la Sra. Juana Rosa Galloli, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Derechos de Cementerio, incluídos multas, recargos e intereses, correspondiente al Nicho/Ataúd Nº 634, Galería 4, Fila 4º, Partida Nº 16323, por los años 2014, 2015 y 2016. (Conforme constancias obrantes en las presentes actuaciones).”“Artículo 2º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, la contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.”“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los once días del mes de mayo del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Don Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalín Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.” ARTÍCULO 2º: Dése al Registro de Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese.

Cristian Herrera* * *

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN –

RESOLUCION Nº 546/2017Morón, 13 de Junio de 2017

VISTO;El Decreto Nº 779/16 D.E., la Ordenanza Nº 18111/2017 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 11 de Mayo del año 2017, el expediente Nº 4079-11968/15 D.E. - 75409/15-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO: Que habiendo transcurrido el término dispuesto por el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, ha operado la promulgación ipso iure de la Ordenanza Nº 18111/17.Que por Decreto Nº 779/16, se le delegó a la Subsecretaría Legal y Técnica, la firma de mero trámite correspondiente a los asuntos tramitados ante el despacho del Intendente Municipal.Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.Por ello;

EL SUBSECRETARIO DE LEGAL Y TECNICADEL MUNICIPIO DE MORÓN

RESUELVE:ARTÍCULO 1º: Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 18111/17, a partir del día 1º de Junio del año 2017, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 11 de Mayo del año 2017, cuyo texto se transcribe:“Artículo 1º: Condónase a la Sra. Juana Rosa Galloli, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Derechos de Cementerio, incluídos multas, recargos e intereses, correspondiente al Nicho/Ataúd Nº 321, Galería 6, III Cuerpo, Fila 2º, Partida Nº 3434, por los años 2014 y 2015. (Conforme constancias obrantes en las presentes actuaciones).”“Artículo 2º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, la contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.”“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los once días del mes de mayo del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Don Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalín Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”ARTÍCULO 2º: Dése al Registro de Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese.

Cristian Herrera* * *

RESOLUCION Nº 547/2017Morón, 13 de Junio de 2017

VISTO;El Decreto Nº 779/16 D.E., la Ordenanza Nº 18103/2017 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 11 de Mayo del año 2017, el expediente Nº 4079-12496/15 D.E. - 75482/15-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO: Que habiendo transcurrido el término dispuesto por el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, ha operado la promulgación ipso iure de la Ordenanza Nº 18103/17.Que por Decreto Nº 779/16, se le delegó a la Subsecretaría Legal y Técnica, la firma de mero trámite correspondiente a los asuntos tramitados ante el despacho del Intendente Municipal.Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.Por ello;

EL SUBSECRETARIO DE LEGAL Y TECNICA DEL MUNICIPIO DE MORÓN

RESUELVE:ARTÍCULO 1º: Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 18103/17, a partir del día 1º de Junio del año 2017, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 11 de Mayo del año 2017, cuyo texto se transcribe:“Artículo 1º: Condónase a la Sra. María Noemí Villanueva, el 100% (cien por ciento) de la deuda en

concepto de Tasa por Derechos de Cementerio, incluídos multas, recargos e intereses, correspondiente al Nicho/Ataúd Nº 94, Sección M, Fila 3º, Partida Nº 1275, por el año 2014, Compromiso de pago CO3-15055 (cuotas 4 a 10), y la Reducción a Tierra.”“Artículo 2º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, la contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.”“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los once días del mes de mayo del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Don Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalín Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”ARTÍCULO 2º: Dése al Registro de Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese.

Cristian Herrera* * *

RESOLUCION Nº 548/2017Morón, 13 de Junio de 2017

VISTO;El Decreto Nº 779/16 D.E., la Ordenanza Nº 18125/2017 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 11 de Mayo del año 2017, el expediente Nº 4079-12288/13 D.E. - 72669/13-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO: Que habiendo transcurrido el término dispuesto por el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, ha operado la promulgación ipso iure de la Ordenanza Nº 18125/17.Que por Decreto Nº 779/16, se le delegó a la Subsecretaría Legal y Técnica, la firma de mero trámite correspondiente a los asuntos tramitados ante el despacho del Intendente Municipal.Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.Por ello;

EL SUBSECRETARIO DE LEGAL Y TECNICA DEL MUNICIPIO DE MORÓN

RESUELVE:ARTÍCULO 1º: Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 18125/17, a partir del día 1º de Junio del año 2017, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 11 de Mayo del año 2017, cuyo texto se transcribe:“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al Sr. Domingo Parisone D.N.I. Nº 9.361.781 la Registración del Plano de Obra con destino “Depósito Industrial” de la propiedad sita en la Av. Cap. Claudio Rosales Nº 842 de la ciudad de El Palomar, cuyos datos catastrales son: Circ. III, Secc. B, Manz. 20, Parc. 11, Sub-Parc. UF 2 con infracción a los artículos 3.3.2.0, 3.5.1.1,.3.5.2.1, 4.5, 4.6.3.4, 4.6.3.1, 4.8.1.4, 4.7 y 4.10.1.2 del Código de Ordenamiento Urbano y Normas Reglamentarias de Construcciones del Partido de Morón, y al artículo 46º del Decreto Ley Nº 8912/77, según constancias obrantes en el Expte. Nº 72669/13 H.C.D. - 4079-12288/13 D.E. y a la Audiencia Pública celebrada el día 14 de Septiembre de 2016.”“Artículo 2º: Lo otorgado por el artículo 1º queda condicionado al inicio del trámite de Registración del plano y al pago de los Derechos correspondientes dentro de los 90 (noventa) días de la notificación de la presente Ordenanza y al cumplimiento de las demás normas municipales que resulten de aplicación. En caso de incumplimiento caducarán automáticamente los derechos conferidos.”“Artículo 3º: El Departamento Ejecutivo procederá a notificar la presente Ordenanza en los términos del Capítulo X de la Ordenanza Nº 11654.”“Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los once días del mes de mayo del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Don Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalín Carla

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN –

Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”ARTÍCULO 2º: Dése al Registro de Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese.

Cristian Herrera* * *

RESOLUCION Nº 549/2017Morón, 13 de Junio de 2017

VISTO;El Decreto Nº 779/16 D.E., la Ordenanza Nº 18120/2017 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 11 de Mayo del año 2017, el expediente Nº 4079-15415/15 D.E. - 75830/15-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO: Que habiendo transcurrido el término dispuesto por el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, ha operado la promulgación ipso iure de la Ordenanza Nº 18120/17.Que por Decreto Nº 779/16, se le delegó a la Subsecretaría Legal y Técnica, la firma de mero trámite correspondiente a los asuntos tramitados ante el despacho del Intendente Municipal.Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.Por ello;

EL SUBSECRETARIO DE LEGAL Y TECNICA DEL MUNICIPIO DE MORÓN

RESUELVE:ARTÍCULO 1º: Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 18120/17, a partir del día 1º de Junio del año 2017, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 11 de Mayo del año 2017, cuyo texto se transcribe:“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al Sr. Aldo Luis Certo D.N.I. Nº 1.519.950 y a la Sra. María Rosa Ziparo D.N.I. Nº 12.366.004 a la Registración del Plano de Obra con destino “Vivienda Multifamiliar” de la propiedad sita en la calle Cacique Calfucurá Nº 720/22 esquina Dr. Guillermo Rawson de la Ciudad de Morón, cuyos datos catastrales son: Circ. I, Secc. A, Manz. 7, Sub-Parc. 3 y 4 con infracción a los artículos 3.2, 3.5.1.1, 3.5.2.1, 3.5.4.0, 3.9.1.2., 4.5, 4.6.4.1, 4.6.3.2, 4.6.3.1, 4.6.4.2, 4.6.3.4 y 4.7, del Código de Ordenamiento Urbano y Normas Reglamentarias de Construcciones del Partido de Morón, y al artículo 46º del Decreto Ley Nº 8912/77, según constancias obrantes en el Expte. Nº 75830/15 H.C.D. - 4079-15415/15 D.E. y a la Audiencia Pública celebrada el día 14 de Septiembre de 2016.”“Artículo 2º: Lo otorgado por el artículo 1º queda condicionado al inicio del trámite de Registración del plano y al pago de los Derechos correspondientes dentro de los 90 (noventa) días de la notificación de la presente Ordenanza y al cumplimiento de las demás normas municipales que resulten de aplicación. En caso de incumplimiento caducarán automáticamente los derechos conferidos.”“Artículo 3º: El Departamento Ejecutivo procederá a notificar la presente Ordenanza en los términos del Capítulo X de la Ordenanza Nº 11654.”“Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los once días del mes de mayo del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Don Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalín Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”ARTÍCULO 2º: Dése al Registro de Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese.

Cristian Herrera* * *

RESOLUCION Nº 550/2017Morón, 13 de Junio de 2017

VISTO;El Decreto Nº 779/16 D.E., la Ordenanza Nº 18128/2017 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 11 de Mayo del año 2017, el

expediente Nº 4079-13620/15 D.E. - 75630/15-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO: Que habiendo transcurrido el término dispuesto por el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, ha operado la promulgación ipso iure de la Ordenanza Nº 18128/17.Que por Decreto Nº 779/16, se le delegó a la Subsecretaría Legal y Técnica, la firma de mero trámite correspondiente a los asuntos tramitados ante el despacho del Intendente Municipal.Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.Por ello;

EL SUBSECRETARIO DE LEGAL Y TECNICA DEL MUNICIPIO DE MORÓN

RESUELVE:ARTÍCULO 1º: Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 18128/17, a partir del día 1º de Junio del año 2017, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 11 de Mayo del año 2017, cuyo texto se transcribe:“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar a la Iglesia Universal del Reino de Dios, la Registración del Plano de Obra con destino “Iglesia y Vivianda Multifamiliar” de la propiedad sita en la Av. Rivadavia Nº 17551 de la Ciudad de Morón, cuyos datos catastrales son: Circ. I, Secc. B, Manz. 131B, Parc. 12B con infracción a los artículos 3.3.2.0, 3.5.1.1,3.7, 4.5, 4.6.4.2, 4.6.4.3 del Código de Ordenamiento Urbano y Normas Reglamentarias de Construcciones del Partido de Morón, y al artículo 46º del Decreto Ley Nº 8912/77, según constancias obrantes en el Expte. Nº 75630/15 H.C.D. - 4079-13620/15 D.E. y a la Audiencia Pública celebrada el día 16 de Septiembre de 2016.”“Artículo 2º: Lo otorgado por el artículo 1º queda condicionado al inicio del trámite de Registración del plano y al pago de los Derechos correspondientes dentro de los 90 (noventa) días de la notificación de la presente Ordenanza y al cumplimiento de las demás normas municipales que resulten de aplicación. En caso de incumplimiento caducarán automáticamente los derechos conferidos.”“Artículo 3º: El Departamento Ejecutivo procederá a notificar la presente Ordenanza en los términos del Capítulo X de la Ordenanza Nº 11654.”“Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los once días del mes de mayo del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Don Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalín Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”ARTÍCULO 2º: Dése al Registro de Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese.

Cristian Herrera* * *

RESOLUCION Nº 551/2017Morón, 13 de Junio de 2017

VISTO;El Decreto Nº 779/16 D.E., la Ordenanza Nº 18124/2017 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 11 de Mayo del año 2017, el expediente Nº 4079-14190/12 D.E. - 71584/12-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO: Que habiendo transcurrido el término dispuesto por el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, ha operado la promulgación ipso iure de la Ordenanza Nº 18124/17.Que por Decreto Nº 779/16, se le delegó a la Subsecretaría Legal y Técnica, la firma de mero trámite correspondiente a los asuntos tramitados ante el despacho del Intendente Municipal.Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.Por ello;

BOLETÍN MUNICIPAL Pag. 23

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN –

EL SUBSECRETARIO DE LEGAL Y TECNICA DEL MUNICIPIO DE MORÓN

RESUELVE:ARTÍCULO 1º: Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 18124/17, a partir del día 1º de Junio del año 2017, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 11 de Mayo del año 2017, cuyo texto se transcribe:“Artículo 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a otorgar al Sr. José Ignacio Martín Piedrabuena D.N.I. Nº 13.927.139 y a la Sra. Patricia Carmen Iriart D.N.I. Nº 17.933.970 la Registración del plano de Obra con destino “Vivienda Multifamiliar” de la propiedad sita en la calle Monseñor Haefreingue Nº 1118-1120-1122 de la Ciudad de Morón, cuyos datos catastrales son: Circ. I, Secc. F, Manz. 440, Parc. 21, Sub-Parc. 1 con infracción a los artículos 4.5 y 4.4.2.5, del Código de Ordenamiento Urbano y Normas Reglamentarias de Construcciones del Partido de Morón, según constancias obrantes en el Expte. Nº 71581/12 H.C.D. - 4079-14190/12 D.E. y la Audiencia Pública celebrada el día 14 de Septiembre de 2016.”“Artículo 2º: Lo otorgado por el artículo 1º queda condicionado al inicio del trámite de Registración del plano y al pago de los Derechos correspondientes dentro de los 90 (noventa) días de la notificación de la presente Ordenanza y al cumplimiento de las demás normas municipales que resulten de aplicación. En caso de incumplimiento caducarán automáticamente los derechos conferidos.”“Artículo 3º: El Departamento Ejecutivo procederá a notificar la presente Ordenanza en los términos del Capítulo X de la Ordenanza Nº 11654.”“Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los once días del mes de mayo del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Don Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalín Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”ARTÍCULO 2º: Dése al Registro de Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese.

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RESOLUCION Nº 552/2017Morón, 13 de Junio de 2017

VISTO;El Decreto Nº 779/16 D.E., la Ordenanza Nº 18123/2017 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 11 de Mayo del año 2017, el expediente Nº 4079-19300/15 D.E. - 76369/15-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO: Que habiendo transcurrido el término dispuesto por el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, ha operado la promulgación ipso iure de la Ordenanza Nº 18123/17.Que por Decreto Nº 779/16, se le delegó a la Subsecretaría Legal y Técnica, la firma de mero trámite correspondiente a los asuntos tramitados ante el despacho del Intendente Municipal.Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.Por ello;

EL SUBSECRETARIO DE LEGAL Y TECNICA DEL MUNICIPIO DE MORÓN

RESUELVE:ARTÍCULO 1º: Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 18123/17, a partir del día 1º de Junio del año 2017, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 11 de Mayo del año 2017, cuyo texto se transcribe:“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al Sr. Nésor Vicente Mastrocola D.N.I. Nº 16.951.915 la Registración del plano de Obra y el Uso del Suelo para el rubro “Despensa, (modalidad de venta autoservicio), Fiambrería, Carnicería, Granja, Verdulería, Frutería, Artículos de Limpieza y uso doméstico, Artículos de Bazar, Artículos de Perfumería, Carbón y leña, y Helados” a desarrollarse

en la propiedad sita en la calle Bergamini Nº 675/77/79 de la Ciudad de El Palomar, cuyos datos catastrales son: Circ.III, Secc. A, Manz. 52, Parc. 8 con infracción a los artículos 3.5.1.1, 3.5.2.1, 4.5, 4.6.3.1, 4.6.3.1, 4.6.4.3, 4.6.3.4 y 4.6.2.2 del Código de Ordenamiento Urbano, al artículo 3.2.2.0 de la Grilla General de Usos del Código de Ordenamiento Urbano, a la Ordenanza Nº 5630/04 y sus modificatorias y al artículo 38º de la Ordenanza Nº 12192/09 y Normas Reglamentarias de Construcciones del Partido de Morón y al artículo 46º del Decreto Ley Nº 8912/77, según constancias obrantes en el Expte. Nº 76369/15 H.C.D. - 4079-19300/15 D.E. y la Audiencia Pública celebrada el día 15 de Septiembre de 2016.”“Artículo 2º: Lo otorgado por el artículo 1º queda condicionado al inicio del trámite de Registración del plano y al pago de los Derechos correspondientes dentro de los 90 (noventa) días de la notificación de la presente Ordenanza y al cumplimiento de las demás normas municipales que resulten de aplicación. En caso de incumplimiento caducarán automáticamente los derechos conferidos.”“Artículo 3º: El Departamento Ejecutivo procederá a notificar la presente Ordenanza en los términos del Capítulo X de la Ordenanza Nº 11654.”“Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los once días del mes de mayo del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Don Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalín Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”ARTÍCULO 2º: Dése al Registro de Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese.

Cristian Herrera* * *

RESOLUCION Nº 553/2017Morón, 13 de Junio de 2017

VISTO;El Decreto Nº 779/16 D.E., la Ordenanza Nº 18127/2017 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 11 de Mayo del año 2017, el expediente Nº 4079-11042/15 D.E. - 75256/15-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO: Que habiendo transcurrido el término dispuesto por el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, ha operado la promulgación ipso iure de la Ordenanza Nº 18127/17.Que por Decreto Nº 779/16, se le delegó a la Subsecretaría Legal y Técnica, la firma de mero trámite correspondiente a los asuntos tramitados ante el despacho del Intendente Municipal.Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.Por ello;

EL SUBSECRETARIO DE LEGAL Y TECNICA DEL MUNICIPIO DE MORÓN

RESUELVE:ARTÍCULO 1º: Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 18127/17, a partir del día 1º de Junio del año 2017, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 11 de Mayo del año 2017, cuyo texto se transcribe:“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al Círculo Bioquímico Distrito III la Registración del plano de Obra con destino “Local Comercial” de la propiedad sita en la calle Santa Fé Nº 367 de la Ciudad de Morón, cuyos datos catastrales son: Circ. I, Secc. D, Manz. 277, Parc. 7a con infracción a los artículos 3.5.1.1, 3.7, 4.5, 4.6.3.1, 4.6.4.1, 4.6.3.4 y 5.8 del Código de Ordenamiento Urbano y Normas Reglamentarias de Construcciones del Partido de Morón, según constancias obrantes en el Expte. Nº 75256/15 H.C.D. - 4079-11042/15 D.E. y la Audiencia Pública celebrada el día 16 de Diciembre de 2016.”“Artículo 2º: Lo otorgado por el artículo 1º queda condicionado al inicio del trámite de Registración del plano y al pago de los Derechos correspondientes dentro de los 90 (noventa) días de la notificación de la

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN –

presente Ordenanza y al cumplimiento de las demás normas municipales que resulten de aplicación. En caso de incumplimiento caducarán automáticamente los derechos conferidos.”“Artículo 3º: El Departamento Ejecutivo procederá a notificar la presente Ordenanza en los términos del Capítulo X de la Ordenanza Nº 11654.”“Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los once días del mes de mayo del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Don Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalín Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”ARTÍCULO 2º: Dése al Registro de Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese.

Cristian Herrera* * *

RESOLUCION Nº 554/2017Morón, 13 de Junio de 2017

VISTO;El Decreto Nº 779/16 D.E., la Ordenanza Nº 18126/2017 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 11 de Mayo del año 2017, el expediente Nº 4079-18424/14 D.E. - 75067/14-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO: Que habiendo transcurrido el término dispuesto por el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, ha operado la promulgación ipso iure de la Ordenanza Nº 18126/17.Que por Decreto Nº 779/16, se le delegó a la Subsecretaría Legal y Técnica, la firma de mero trámite correspondiente a los asuntos tramitados ante el despacho del Intendente Municipal.Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.Por ello;

EL SUBSECRETARIO DE LEGAL Y TECNICA DEL MUNICIPIO DE MORÓN

RESUELVE:ARTÍCULO 1º: Certifícase que se promulgó ipso iure la Ordenanza Nº 18126/17, a partir del día 1º de Junio del año 2017, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 11 de Mayo del año 2017, cuyo texto se transcribe:“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar a la Sra. Ana Laura Muñiz D.N.I. Nº 28.168.809 la Registración del plano de Obra con destino “Vivienda Multifamiliar” de la propiedad sita en la calle José María Moreno Nº 864 de la Ciudad de Haedo, cuyos datos catastrales son: Circ. III, Secc. H, Manz. 512, Parc. 18 con infracción a los artículos 3.3.2.0, 3.5.1.1, 3.5.2.1, 3.7, 3.9, 4.5, 4.6.3.4, 4.7, 4.6.2.2 y 4.6.3.1 del Código de Ordenamiento Urbano y Normas Reglamentarias de Construcciones del Partido de Morón y al artículo 46º del Decreto ley Nº 8912/77, según constancias obrantes en el Expte. Nº 75067/14 H.C.D. - 4079-18424/14 D.E. y la Audiencia Pública celebrada el día 16 de Septiembre de 2016.”“Artículo 2º: Lo otorgado por el artículo 1º queda condicionado al inicio del trámite de Registración del plano y al pago de los Derechos correspondientes dentro de los 90 (noventa) días de la notificación de la presente Ordenanza y al cumplimiento de las demás normas municipales que resulten de aplicación. En caso de incumplimiento caducarán automáticamente los derechos conferidos.” “Artículo 3º: El Departamento Ejecutivo procederá a notificar la presente Ordenanza en los términos del Capítulo X de la Ordenanza Nº 11654.”“Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los once días del mes de mayo del año dos mil diecisiete.”“FIRMADO: Don Lucas Ezequiel Castro, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Lic. Natalín Carla Faravelli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante.”

ARTÍCULO 2º: Dése al Registro de Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese.

Cristian Herrera* * *

RESOLUCIONES

RESOLUCION Nº 463/2017Morón, 01 de Junio de 2017

VISTO:La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el Pliego de Bases y Condiciones Generales, el Decreto Provincial Nº 2980/00, el Decreto del Departamento Ejecutivo, Nº 779/2016 la Licitación Privada N°168/2017 tramitada por el Expediente Nº 1657/2017, referente a la adquisición de Nafta Super, solicitado por la Secretaria de Seguridad Ciudadana.CONSIDERANDO:Que por Decreto del Departamento Ejecutivo Nº 779/2016 el Señor Intendente Municipal autoriza al Secretario de Economía y Finanzas a suscribir contratos, adjudicar, anular y ampliar las adquisiciones, contrataciones y obras públicas del Departamento Ejecutivo comprendidas en los artículos 133, 151 y 156 del Decreto Ley Nº 6769/58, que no excedan los montos de las Licitaciones Privadas según la normativa vigente.Que para la presente licitación, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 151º y 153º de la Ley Orgánica Municipal concurrieron las siguientes empresas: ALVAREZ HNOS. S.H., GISERV S.A., resultando la primer oferta más convenientes a los intereses municipales.Que asimismo interviene la Dirección de Compras y Contrataciones adjuntando proyecto de acto administrativo al efecto.Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.Por ello:

LA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS DEL MUNICIPIO DE MORÓN

RESUELVE:ARTICULO 1º: Adjudicase la Licitación Privada Nº168/2017 tramitada por Expediente Nº 1657/2017, referente a la Adquisición de Nafta Super, a la empresa ALVAREZ HNOS. S.H., según el renglón Nº 1, en la suma total de $778.000.- (pesos setecientos setenta y ocho mil). El total de la presente adjudicación asciende a la suma total de $ 778.000.- (pesos setecientos setenta y ocho mil)ARTICULO 2º: Autorízase a la Dirección de Contaduría a emitir la orden de pago según la forma solicitada por el oferente y el resto según lo establece el Pliego de Bases y Condiciones Generales, imputando el gasto en la Unidad Ejecutora: 50, Fuente de Financiamiento: 131, dentro de las clasificación obrante Solicitud de Gastos N°3067 y Nº3994.- ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

Adriana Goltz - Jorge A. Álvarez Holmberg* * *

RESOLUCION Nº 469/2017Morón, 02 de Junio de 2017

VISTO:La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el Pliego de Bases y Condiciones Generales, el Decreto Provincial Nº 2980/00, el Decreto del Departamento Ejecutivo, Nº779/2016 la Licitación Privada Nº192/2017 tramitada por el Expediente Nº1504/2017, referente al Servicio de mantenimiento edilicio, solicitado por Mantenimiento del Hospital de Morón. CONSIDERANDO:Que por Decreto del Departamento Ejecutivo Nº 779/2016 el Señor Intendente Municipal autoriza al Secretario de Economía y Finanzas a suscribir contratos, adjudicar, anular y ampliar las adquisiciones, contrataciones y obras públicas del Departamento

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN –

Ejecutivo comprendidas en los artículos 133, 151 y 156 del Decreto Ley Nº 6769/58, que no excedan los montos de las Licitaciones Privadas según la normativa vigente.Que para la presente licitación, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 151º y 153º de la Ley Orgánica Municipal concurrieron las siguientes empresas: SERVICIOS EMISER S.A. y LOGISTICAL S.A. resultando la última de ellas conveniente a los intereses municipales.Que asimismo interviene la Dirección de Compras y Contrataciones adjuntando proyecto de acto administrativo al efecto.Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.Por ello:

LA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS DEL MUNICIPIO DE MORÓN

RESUELVE:ARTICULO 1º: Adjudícase la Licitación Privada Nº192/2017 tramitada por Expediente Nº 1504/2017, referente al Servicio de mantenimiento edilicio, solicitado por Mantenimiento del Hospital de Morón. a la empresa LOGISTICAL S.A. el ítem N°1 en la suma total de $935.000.- (pesos novecientos treinta y cinco mil.-). El total de la presente adjudicación asciende a la suma total $935.000 (pesos novecientos treinta y cinco mil.-)ARTICULO 2º: Autorízase a la Dirección de Contaduría a emitir la orden de pago según la forma solicitada por el oferente y el resto según lo establece el Pliego de Bases y Condiciones Generales, imputando el gasto en la Unidad Ejecutora: 47, Fuente de Financiamiento: 110, dentro de las clasificación obrante a Solicitud de Gastos N°3479 y 4440.-ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

Adriana Goltz - Jorge A. Álvarez Holmberg* * *

RESOLUCION Nº 470/2017Morón, 02 de Junio de 2017

VISTO:La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley N° 6769/58 y sus modificatorias, el Pliego de Bases y Condiciones Generales, el Decreto Provincial N° 2980/00, el Decreto del Departamento Ejecutivo N° 779/2016, la Licitación Privada N'112/2017 tramitada por el Expediente N° 1029/2017, referente a la Adquisición de ropa de trabajo solicitado por la Secretaria de Obras y Servicios Públicos,CONSIDERANDO:Que por Decreto del Departamento Ejecutivo N° 779/2016 el Señor Intendente Municipal autoriza al Secretario de Economía y Finanzas a suscribir contratos, adjudicar, anular y ampliar las adquisiciones, contrataciones y obras públicas del Departamento Ejecutivo comprendidas en los artículos 133, 151 y 156 del Decreto Ley N° 6769/58, que no excedan los montos de las Licitaciones Privadas según la normativa vigente.Que para la presente licitaciún. de acuerdo a lo dispuesto CFI los artículos 151° y 153° (le la Ley Orgánica Municipal se presentan las siguientes empresas SACCOTEX S.A , SAN MARTIN DIEGo LEONARDo , MARTIRE LEONARDO Y SACCOMANO PASCUAL JOSE y, en virtud de haber stirjdo ofertas no convenientes a tos intereses municipales. se procede a realizar una mejora de precios con los oferentes presentados en el llamado a la heitación de referencia. al cual concurrieron las siguientes empresas SACCOMANNO PASCUAL JOSE y SACCOTEX S.A. Posteriormente, interviene la Secretaria de Obras y Servicios Públicos, resultando la empresa SACCOTEX S.A. la oferta más conveniente en cuanto a la relación de precio, cantidad y calidadQue asimismo interviene la Dirección de Compras y Contrataciones adjuntando proyecto de acto administrativo al efecto.Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar a presente Resolución Administrativa.

Por ello:LA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS

DEL MUNICIPIO DE MORÓNRESUELVE:

ARTICULO 1º: Adjudicase la Licitación Privada N° 112/2017 tramitada por Expediente N° 1029/2017, para la Adquisición de ropa de trabajo solicitado por Secretaria de Obras y Servicios Públicos a la empresa SACCOTEX S.A según los renglones N° 1,2 y 3 en la suma total de $852.888 (pesos ochocientos cincuenta y dos mil ochocientos ochenta y ocho). El total de la presente adjudicación asciende a la suma total de $852.888 (pesos ochocientos cincuenta y dos mil ochocientos ochenta y ocho). ARTICULO 2º: Autorizase a la Dirección de Contaduría a emitir la orden de pago según la forma solicitada por el oferente y el resto según lo establece el Pliego de Bases y Condiciones Generales, imputando el gasto en la Unidad Ejecutora: 15, Fuente de Financiamiento: 110, Solicitud de Gastos N°1 791 y N°3229. ARTICULO 3º: Dese al Registro de Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

Adriana Goltz - Jorge A. Álvarez Holmberg* * *

RESOLUCION Nº 471/2017Morón, 02 de Junio de 2017

VISTO:La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el Pliego de Bases y Condiciones Generales, el Decreto Provincial Nº 2980/00, el Decreto del Departamento Ejecutivo, Nº 779/2016 la Licitación Privada N°166/2017 tramitada por el Expediente Nº 1729/2017, referente a la adquisición de Combustible (Gas Oíl-Nafta Super), solicitado por la Secretaria de Obras y Servicios Publicos.CONSIDERANDO:Que por Decreto del Departamento Ejecutivo Nº 779/2016 el Señor Intendente Municipal autoriza al Secretario de Economía y Finanzas a suscribir contratos, adjudicar, anular y ampliar las adquisiciones, contrataciones y obras públicas del Departamento Ejecutivo comprendidas en los artículos 133, 151 y 156 del Decreto Ley Nº 6769/58, que no excedan los montos de las Licitaciones Privadas según la normativa vigente.Que para la presente licitación, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 151º y 153º de la Ley Orgánica Municipal concurrieron las siguientes empresas: GABISERV S.A. y ALVAREZ HNOS. S.H., resultando la segunda oferta más convenientes a los intereses municipales.Que asimismo interviene la Dirección de Compras y Contrataciones adjuntando proyecto de acto administrativo al efecto.Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.Por ello:

LA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS DEL MUNICIPIO DE MORÓN

RESUELVE:ARTICULO 1º: Adjudicase la Licitación Privada Nº166/2017 tramitada por Expediente Nº 1729/2017, referente a la Adquisición de Combustible (Gas Oíl-Nafta Super), solicitado por la Secretaria de Obras y Servicios Públicos, a la empresa ALVAREZ HNOS. S.H., según los renglones Nº 1, 2 y 3 en la suma total de $943.990.- (pesos novecientos cuarenta y tres mil novecientos noventa). El total de la presente adjudicación asciende a la suma total de $943.990.- (pesos novecientos cuarenta y tres mil novecientos noventa)ARTICULO 2º: Autorízase a la Dirección de Contaduría a emitir la orden de pago según la forma solicitada por el oferente y el resto según lo establece el Pliego de Bases y Condiciones Generales, imputando el gasto en la Unidad Ejecutora: 15, Fuente de Financiamiento: 110, dentro de las clasificación obrante Solicitud de Gastos N°3015 y Nº3857.- ARTICULO 3º: Dese al Registro de Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

Adriana Goltz - Jorge A. Álvarez Holmberg

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN –

* * *RESOLUCION Nº 472/2017

Morón, 02 de Junio de 2017VISTO:La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el Pliego de Bases y Condiciones Generales, el Decreto Provincial Nº 2980/00, el Decreto del Departamento Ejecutivo, Nº 779/2016 la Licitación Privada N°221/17 tramitada por el Expediente Nº 2227/17, referente a la Adquisicion de Formularios, solicitado por la Dirección de Tributos Municipales.CONSIDERANDO:Que por Decreto del Departamento Ejecutivo Nº 779/2016 el Señor Intendente Municipal autoriza al Secretario de Economía y Finanzas a suscribir contratos, adjudicar, anular y ampliar las adquisiciones, contrataciones y obras públicas del Departamento Ejecutivo comprendidas en los artículos 133, 151 y 156 del Decreto Ley Nº 6769/58, que no excedan los montos de las Licitaciones Privadas según la normativa vigente.Que para la presente licitación, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 151º y 153º de la Ley Orgánica Municipal concurrieron las siguientes empresas: GONZALEZ GARCIA HERNANDO TOMAS Y BOTANA PARASCO HERNAN ROBERTO, resultando la primer oferta más conveniente a los intereses municipales.Que asimismo interviene la Dirección de Compras y Contrataciones adjuntando proyecto de acto administrativo al efecto.Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.Por ello:

LA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS DEL MUNICIPIO DE MORÓN

RESUELVE:ARTICULO 1º: Adjudícase la Licitación Privada Nº221/17 tramitada por Expediente Nº2227/17, referente a la Adquisición de formularios, solicitado por la Dirección de Tributos Municipales, a la empresa GONZALEZ GARCIA HERNANDO TOMAS , según los renglónes Nº1 , 2 y 3 , en la suma total de $590.880- (pesos quinientos noventa mil ochocientos ochenta). El total de la presente adjudicación asciende a la suma total de $590.880- (pesos quinientos noventa mil ochocientos ochenta).ARTICULO 2º: Autorízase a la Dirección de Contaduría a emitir la orden de pago según la forma solicitada por el oferente y el resto según lo establece el Pliego de Bases y Condiciones Generales, imputando el gasto en la Unidad Ejecutora: 45, Fuente de Financiamiento: 110, dentro de las clasificación obrante Solicitud de Gastos N°4132 y 4426. ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

Adriana Goltz - Jorge A. Álvarez Holmberg* * *

RESOLUCION Nº 473/2017Morón, 02 de Junio de 2017

VISTO:La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley N° 6769/58 y sus modificatorias, el Pliego de Bases y Condiciones Generales, el Decreto Provincial N° 2980/00, el Decreto del Departamento Ejecutivo, N° 779/2016 la Licitación Privada N° 220/2017 tramitada por el Expediente N° 2206/2017, referente a la adquisición de sistema informático, solicitado por la Dirección General Hospital de Morón.CONSIDERANDO:Que por Decreto del Departamento Ejecutivo N° 77912016 el Señor Intendente Municipal autoriza al Secretario de Economía y Finanzas a suscribir contratos, adjudicar, anular y ampliar las adquisiciones, contrataciones y obras públicas del Departamento Ejecutivo comprendidas en los artículos 133. 151 y 156 del Decreto Ley N° 6769/58, que no excedan los montos de las Licitaciones Privadas según la normativa vigente.Que para la presente licitación, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 151º y 153º de la Ley

Orgánica Municipal concurrieron las siguientes empresas: SIGMA SOLUTIONS S.RL y BSE SALUD Y DEPORTES S.R.L, resultando la primer oferta más convenientes a los intereses municipales.Que asimismo interviene la Dirección de Compras y Contrataciones adjuntando proyecto de acto administrativo al efecto.Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.Por ello:

LA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZASDEL MUNICIPIO DE MORÓN

RESUELVE:ARTICULO 1º: Adjudicase la Licitación Privada N° 220/2017 tramitada por Expediente N° 2206/2017, referente a la Adquisición de sistema informático solicitado por ¡a Dirección General Hospital de Morón, a la empresa SIGMA SOLUTIONS S.R.L., según los renglones N° 1, 2, 3 y 4 en la suma total de $1.225.000 (pesos un millón doscientos veinticinco mil). El total de la presente adjudicación asciende a la suma total de $1.225.000 (pesos un millón doscientos veinticinco mil)ARTICULO 2º: Autorizase a la Dirección de Contaduría a emitir la orden de pago según la forma solicitada por el oferente y el resto según lo establece el Pliego de Bases y Condiciones Generales, imputando el gasto en la Unidad Ejecutora: 12, Fuente de Financiamiento: 131, dentro de las clasificación obrante Solicitud de Gastos N°4100 y N°4254 ARTICULO 3°: Dése al Registro de Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

Adriana Goltz - Jorge A. Álvarez Holmberg* * *

RESOLUCION Nº 485/2017Morón, 02 de Junio de 2017

VISTO;El expediente Nº 4079-13341/17-0 D.E. y,CONSIDERANDO:Que a fs. 1 del expediente citado en el Visto, la Dirección de Deportes y Recreación solicita se declare de Interés Municipal el Programa “Morón Corre”, que se llevará a cabo durante el transcurso del año 2017.Que dicho programa tiene como objeto organizar el calendario de Carreras que se llevan en el territorio de Morón durante el año, por distintas intituciones de bien público, clubes, escuelas y ONG.Que a tal fin, la Dirección de Deportes y Recreación aporta sus recursos humanos especializados en el tema, coordinando con cada institución, la planificación, ejecución, prevención y cuidados necesarios en este tipo de eventos deportivos callejeros, y con gran concurrencia de público.Que la Subsecretaría Legal y Técnica ha tomado intervención de su competencia.Que en virtud de las facultades delegadas al Titular de la Secretaria de Gobierno por el Decreto Nº 779/16, y en función del Decreto N° 206/17 por el cual se encomendó su firma al Sr. Subsecretario de Legal y Técnica, Dr. Cristian Herrera.Por ello;

EL SECRETARIO DE GOBIERNODEL MUNICIPIO DE MORON

RESUELVE:ARTÍCULO 1º.- Declárase de Interés Municipal el Programa “Morón Corre”, el cual se llevará cabo durante el transcurso del año 2017, y cuyo cronograma de carreras obra en el Anexo I que forma parte de la presente.ARTÍCULO 2º.- Dése al Registro de Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese.

Cristian Herrera* * *

ANEXO IPROGRAMA MORÓN CORRE 2017

CRONOGRAMA DE CARRERAS24/03: Carrera “Por la Memoria, la Verdad y la Justicia”. Polideportivo Gorki Grana.14/05: Carrera “Flavia Pugliese”. Villa Sarmiento. 5K/2K.21/05: Carrera “10K Universidad de Morón”. Morón.04/06: Haedo.

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN –

11/06: “Campeonato Nacional de Ruta”. Club Mariano Moreno, Castelar Norte. 8K.09/07: “8K Club Brisas”. Haedo Sur.22/07: “Cross para los Chicos”. Polideportivo Gorki Grana.06/08: Circuito a confirmar. Castelar Sur. 15K/5K.20/08: 5K Club Mariano Moreno. Castelar Norte.10/09: 10K/4K Colegio EMAUS. El Palomar.17/09: Escuela Ntra. Señora del Rosario de Pompeya – Instituto San Vicente Pallotti. 24/09: “Vuelta de Palomar”. El Palomar. 8K/3K.01/10: “SUH Primera Carrera”. Polideportivo Gorki Grana. 5K/2K.22/10: 5K Escuela para Niños Sordos e Hipoacúsicos “Ramón Carrillo”. Haedo Norte.05/11: 10K Instituto Guillermo Brown. Haedo Sur.26/11: “Vuelta de Haedo. Haedo Sur. 10K.10/12: “Carrera de Nahuel”. Polideportivo Gorki Grana. Castelar Sur. 5K.

* * *RESOLUCION Nº 486/2017

Morón, 02 de Junio de 2017VISTO;El Memorándum Nº 113864/17 y,CONSIDERANDO:Que las denominadas Ferias de las Colectividades se han convertido en los últimos años en lugares de encuentro de las familias, generando puntos de entretenimiento para la comunidad, reunidos bajo la temática gastronómica.Que la realización de este tipo de eventos acerca culturas de otros países y regiones a los vecinos, ofreciendo una variedad de gustos, sabores y productos y artesanías.Que este Departamento Ejecutivo promueve la realización de ferias gastronómicas y actos culturales que sean espacios de encuentro y participación de la comunidad, fomentando la unión y el esparcimiento de las familias.Que en este contexto, se entiende oportuno declarar de interés municipal aquellos eventos en que se fomentan estos valores y principios de unión y participación de los vecinos.Que la presente “Feria de las Colectividades” se organizará entre los días 1º al 4 de Junio del año 2017 inclusive, en la Plaza del Libertador General San Martín, ubicada entre las calles Buen Viaje, San Martín y Belgrano de la Ciudad de Morón.Que la Subsecretaría Legal y Técnica ha tomado intervención de su competencia.Que en virtud de las facultades delegadas al Titular de la Secretaria de Gobierno por el Decreto Nº 779/16, y en función del Decreto N° 206/17 por el cual se encomendó su firma al Sr. Subsecretario de Legal y Técnica, Dr. Cristian Herrera.Por ello;

EL SECRETARIO DE GOBIERNODEL MUNICIPIO DE MORON

RESUELVE:ARTÍCULO 1º.- Declárese de Interés Muncipal la “Feria de las Colectividades”, que se llevará a cabo entre los días 1º al 4 de Junio del año 2017 inclusive, en la Plaza del Libertador General San Martín, ubicada entre las calles Buen Viaje, San Martín y Belgrano de la Ciudad de Morón. ARTÍCULO 2º.- Dése al Registro de Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese.

Cristian Herrera* * *

RESOLUCION Nº 487/2017Morón, 02 de Junio de 2017

VISTO;El Decreto Ley N° 6769/58, la Ordenanza de Procedimiento Administrativo N° 11.654, el Decreto N° 779/2016 y N° 206/2017, el Expediente Nº 4079-13959/17-0 D.E. y,CONSIDERANDO:Que a fs. 1 del expediente citado en el Visto, la Dirección Unidad Intendente solicita se declare de Interés Municipal los Actos que realizará la Asociación Belgraniana de Morón, que se celebrarán los días 03

de junio de 2017 a las 10.00hs con motivo de la conmemoración del 247° Aniversario del Natalicio del Gral. Don Manuel Belgrano en la Plaza que lleva su nombre, sita en la Avenida del Libertador y Anatole France, de la Localidad de Castelar, Partido de Morón y 20 de junio de 2017 a las 10.00hs con motivo de la conmemoración del 197° Aniversario del Fallecimiento del Prócer y Día de la Bandera Nacional, en la Plaza del Libertador General San Martín, frente al Palacio Municipal.Que la Dirección de Coordinación Legal y Normativa y la Subsecretaría Legal y Técnica han tomado la intervención de su competencia.Que en virtud de lo normado por el Decreto N° 779/2016 se delegó al titular de la Secretaría de Gobierno la facultad de autorizar y/o declarar determinados eventos de “Interés Municipal”.Que mediante el Decreto N° 206/2017 se encomendó la firma del despacho de la Secretaría de Gobierno al Sr. Subsecretario de Legal y Técnica, Dr. Cristian Herrera.Que en razón de lo expuesto, es menester proceder al dictado del Acto Administrativo correspondiente.Por ello;

EL SECRETARIO DE GOBIERNODEL MUNICIPIO DE MORON

RESUELVE:ARTÍCULO 1º.- Decláranse de Interés Municipal los Actos que realizará la Asociación Belgraniana de Morón, los cuales se celebrarán los días 03 de junio de 2017 a las 10.00 hs. con motivo de la conmemoración del 247° Aniversario del Natalicio del Gral. Don Manuel Belgrano en la Plaza que lleva su nombre, sita en la Avenida del Libertador y Anatole France, de la Localidad de Castelar, Partido de Morón y 20 de junio de 2017 a las 10.00hs con motivo de la conmemoración del 197° Aniversario del Fallecimiento del Prócer y Día de la Bandera Nacional, en la Plaza del Libertador General San Martín, frente al Palacio Municipal.ARTÍCULO 2º.- Dése al Registro de Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese.

Cristian Herrera* * *

RESOLUCION Nº 488/2017Morón, 03 de Junio de 2017

VISTO;El Decreto Ley N° 6769/58, la Ordenanza de Procedimiento Administrativo N° 11.654, el Decreto N° 779/2016 y N° 206/2017, el Expediente Nº 4079-13312/17-0 D.E. y,CONSIDERANDO:Que a fs. 1 del expediente citado en el Visto, el Director de Deportes y Recreación solicita se proceda al dictado del acto administrativo correspondiente para declarar de Interés Municipal el Programa “Vida en Contacto con la Naturaleza”, el cual se llevará a cabo durante el transcurso del corriente año.Que dicha actividad propone la salida de los alumnos del predio del Gorki Grana, donde se desarrollan técnicas de armado y desarmado de carpas, cocina rústica, grandes grupos, observación de naturaleza e interactúan con sus compañeros y a la vez con la naturaleza.Que los objetivos de la citada actividad consisten en: adquirir conocimientos sobre la vida en la naturaleza, aplicar los conocimientos adquiridos en situaciones reales, lograr el respeto a sí mismo, a sus pares y a la naturaleza, difundir el respeto y el cuidado por la naturaleza, lograr el sentimiento de pertenencia a la Institución, desarrollar autonomía incorporando destrezas que le permitan desenvolverse en el ambiente, a partir de la práctica de actividades propias de la vida en la naturaleza y desarrollar experiencias que faciliten aprendizajes en situaciones de vida cotidiana, sintetizando la capacidad de actuar e interactuar con el medio natural y social, desarrollando los comportamientos necesarios para desempeñarse con independencia, responsabilidad y sentido social. Que la Dirección de Coordinación Legal y Normativa y la Subsecretaría Legal y Técnica han tomado la intervención de su competencia.

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Page 29: MUNICIPALIDAD DE MORÓN€¦ · MUNICIPALIDAD DE MORÓN – ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales RESOLUCION Nº 504/2012 Certifícase que se promulgó ipso

MUNICIPALIDAD DE MORÓN –

Que en virtud de lo normado por el Decreto N° 779/2016 se delegó al titular de la Secretaría de Gobierno la facultad de autorizar y/o declarar determinados eventos de “Interés Municipal”.Que mediante el Decreto N° 206/2017 se encomendó la firma del despacho de la Secretaría de Gobierno al Sr. Subsecretario de Legal y Técnica, Dr. Cristian Herrera.Que en razón de lo expuesto, es menester proceder al dictado del Acto Administrativo correspondiente.Por ello;

EL SECRETARIO DE GOBIERNODEL MUNICIPIO DE MORON

RESUELVE:ARTÍCULO 1º.- Declárase de Interés Municipal el Programa “Vida en Contacto con la Naturaleza”, el cual se llevará a cabo durante el transcurso del corriente año, bajo la órbita de la Dirección de Deportes y Recreación.ARTÍCULO 2º.- Dése al Registro de Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese.

Cristian Herrera* * *

RESOLUCION Nº 489/2017Morón, 02 de Junio de 2017

VISTO;El Decreto Ley N° 6769/58, la Ordenanza de Procedimiento Administrativo N° 11.654, el Decreto N° 779/2016 y N° 206/2017, el Expediente Nº 4079-12931/17-0 D.E. y,CONSIDERANDO:Que a fs. 1 del expediente citado en el Visto, el Secretario de Producción y Desarrollo Económico solicita se declare de Interés Municipal al Programa “PIME” (Proyecto de Impulso a la Micro/Mediana Empresa) a desarrollarse en el ámbito de la Secretaria a su cargo, durante el transcurso del presente año.Que el programa PIME es un programa de capacitación y consultoría, orientado a brindar conocimientos y herramientas para la gestión integral del marketing dirigido a emprendedores, micro y medianas empresas, y tiene como objetivo brindar las herramientas de marketing que utilizan las grandes empresas aplicándolas al ámbito individual de cada emprendedor y/o pyme.Que el programa PIME contempla el aprendizaje para la creación del Plan de Marketing, desarrollo de contenidos, visitas a las oficinas de la empresa participantes, reuniones generales, grupales e individuales, compartiendo videos o materiales de trabajo.Que la Dirección de Coordinación Legal y Normativa y la Subsecretaría Legal y Técnica han tomado la intervención de su competencia.Que en virtud de lo normado por el Decreto N° 779/2016 se delegó al titular de la Secretaría de Gobierno la facultad de autorizar y/o declarar determinados eventos de “Interés Municipal”.Que mediante el Decreto N° 206/2017 se encomendó la firma del despacho de la Secretaría de Gobierno al Sr. Subsecretario de Legal y Técnica, Dr. Cristian Herrera.Que en razón de lo expuesto, es menester proceder al dictado del Acto Administrativo correspondiente.Por ello;

EL SECRETARIO DE GOBIERNODEL MUNICIPIO DE MORON

RESUELVE:ARTÍCULO 1º.- Decláranse de Interés Municipal el Programa “PIME” (Proyecto Impulso/Mediana Empresa), que será llevado a cabo por la Secretaría de Producción y Desarrollo Económico durante el transcurso del corriente año. ARTÍCULO 2º.- Dése al Registro de Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal, oportunamente archívese.

Cristian Herrera* * *

RESOLUCION Nº 491/2017Morón, 06 de Junio de 2017

VISTO:

La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley 6769/58 y sus modificatorias, el Decreto del Departamento Ejecutivo Nº 779/2016, y el expediente, Nº 1888/2017 referente a la adquisición de Oxígeno y alquiler de euipamiento, y,CONSIDERANDO:Que por Decreto del Departamento Ejecutivo Nº 779/2016, el Sr. Intendente Municipal autoriza a la Secretaría de Economía y Finanzas a suscribir contratos, adjudicar, anular, ampliar las adquisiciones, contrataciones y obras públicas del Departamento Ejecutivo comprendidas en los artículos 133º, 151º y 156º del Decreto 6769/58, que no excedan los montos de las Licitaciones Privadas según la norma vigente. Que para el presente, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 151º, 153º y 156º de la Ley Orgánica Municipal, resulta de aplicación los términos del artículo 156 inciso 1º (Venta Exclusiva), de la Ley Orgánica Municipal.Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.Por ello:

LA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS DEL MUNICIPIO DE MORÓN

RESUELVE:ARTICULO 1º: Adjudícase la adquisición de Oxígeno y alquiler de equipamiento, solicitado por la Dirección del Hospital de Morón, tramitado por expediente Nº1888/2017, al oferente OXY NET S.A. en la suma total de $1.031.440.- (pesos un millón treinta y un mil cuatrocientos cuarenta.-).ARTICULO 2º: Autorízase a la Dirección de Contaduría a emitir la orden de pago según las formas establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones, imputando el gasto en la Unidad Ejecutora 47, Fuente de Financiamiento 110, dentro de la clasificación obrante a fs. Nº 5, solicitud de gastos Nº 3404.- ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

Adriana Goltz - Jorge A. Álvarez Holmberg* * *

RESOLUCION Nº 492/2017Morón, 06 de Junio de 2017

VISTO;El expediente N° 4079-13159/17-0 D.E. por el cual tramita la solicitud de subsidio para la adquisición de anteojos efectuada por la Sra. Zalazar Norma, el Decreto N° 779/2016 D.E., yCONSIDERANDO:Que a través del expediente indicado en el Visto tramita la solicitud de subsidio efectuada por la Sra. Zalazar Norma para la adquisición de anteojos.Que a fs. 2/2 vta, del expediente citado en el Visto obra Encuesta Social Única, elaborado por la Secretaría de Políticas Sociales y Abordajes Integrales, mediante la cual se verifica la situación de la peticionante, aconsejándose el otorgamiento del subsidio en cuestión.Que asimismo, a fs. 3 luce copia del DNI de la solicitante, a fs. 5 luce receta de Anteojos y a fs. 6/7 lucen presupuestos.Que a fs. 8 luce la intervención de la Directora de Atención Primaria de laSalud.Que a fs. 9 y 14, luce la intervención del Secretario de Políticas Sociales y Abordajes Integrales.Que a fs. 11 interviene la Dirección de Contaduría agregando Solicitud de Gastos N° 3456 en la cual consta la correspondiente Imputación presupuestaria.Que conforme lo dispuesto por el Decreto N° 779/2016 D.E. se ha delegado en el Secretario de Economía y Finanzas y en el Secretario de Políticas Sociales y Abordajes Integrales, la facultad de dictar Resoluciones de otorgamiento de subsidios a los ciudadanos residentes en el Distrito de Morón que no superen la suma de pesos tres mil quinientos ($ 3.500).Que en virtud de lo expuesto, corresponde el dictado del pertinente acto administrativo.Por ello;

EL SECRETARIO DE ECONOMIA Y FINANZAS Y

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