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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPAL BOLETÍN MUNICIPAL BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 1 SUMARIO DECRETOS Pág. 10 - 72 DECRETO Nº 2612/2011 Créase una Bonificación compensatoria no remunerativa y no bonificable DECRETO Nº 2613/2011 Declárase de Interés Municipal “la reunión anual de la Comisión Asesora de la Agencia de Planificación” DECRETO Nº 2614/2011 Adjudícase la Licitación Pública Nº 13/2011, relacionada con la obra “Saneamiento Hidráulico de las calles López y Domínguez”, a la firma: RICAVIAL S.A. DECRETO Nº 2615/2011 Cese en sus funciones, por abandono de servicio la agente Schettino Daniela Paula DECRETO Nº 2616/2011 Otórgase un subsidio a favor del Centro de Industriales Panaderos del Oeste DECRETO Nº 2617/2011 Declárase de Interés Municipal la participación del Municipio de Morón, en la “ 7º Feria Canaria de Economía Solidaria y Encuentro del Espacio Mercosur Solidario” DECRETO Nº 2618/2011 Otórgase un subsidio a favor de la Sra. Daiana Grisel Bafico DECRETO Nº 2619/2011 Otórgase un subsidio a favor del Grupo Scouts Nº 1140 “Nuestra Señora del Rosario de Pompeya” DECRETO Nº 2620/2011 Otórgase un subsidio a favor de la Sra. Kunzli Nancy Vera DECRETO Nº 2621/2011 Otórgase un subsidio a favor de la Sra. Fraschetto Claudia Carina Ver DECRETO Nº 2622/2011 Decreto Sintetizado DECRETO Nº 2623/2011 Decreto Sintetizado DECRETO Nº 2624/2011 Decreto Sintetizado DECRETO Nº 2625/2011 Decreto Sintetizado DECRETO Nº 2626/2011 Decreto Sintetizado DECRETO Nº 2627/2011 Decreto Sintetizado DECRETO Nº 2628/2011 Decreto Sintetizado DECRETO Nº 2629/2011 Decreto Sintetizado DECRETO Nº 2630/2011 Decreto Sintetizado DECRETO Nº 2631/2011 Ordenanza 14095/11. Autorízase al Departamento Ejecutivo a subconcesionar a favor de MORON 2020 S.A.P.E.M. la fracción de terreno, libre de mejoras, que forma parte del inmueble conocido como Ex-VII Brigada Aérea DECRETO Nº 2632/2011 Decreto Sintetizado DECRETO Nº 2633/2011 Decreto Sintetizado DECRETO Nº 2634/2011 Decreto Sintetizado DECRETO Nº 2635/2011 Ordenanza 14096/11, Autorízase al Departamento Ejecutivo a subconcesionar a favor de MORON 2020 S.A.P.E.M. la fracción de terreno, libre de mejoras, que forma parte del inmueble conocido como Ex-VII Brigada Aérea DECRETO Nº 2636/2011 Otórgase a la “Jefatura de Distrito Morón”, la suma de Pesos Diecisiete mil

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BOLETÍN MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 1

SUMARIO

DECRETOS Pág. 10 - 72

DECRETO Nº 2612/2011 Créase una Bonificación compensatoria no remunerativa y no bonificable

DECRETO Nº 2613/2011 Declárase de Interés Municipal “la reunión anual de la Comisión Asesora

de la Agencia de Planificación”

DECRETO Nº 2614/2011 Adjudícase la Licitación Pública Nº 13/2011, relacionada con la obra

“Saneamiento Hidráulico de las calles López y Domínguez”, a la firma:

RICAVIAL S.A.

DECRETO Nº 2615/2011 Cese en sus funciones, por abandono de servicio la agente Schettino

Daniela Paula

DECRETO Nº 2616/2011 Otórgase un subsidio a favor del Centro de Industriales Panaderos del

Oeste

DECRETO Nº 2617/2011 Declárase de Interés Municipal la participación del Municipio de Morón, en

la “ 7º Feria Canaria de Economía Solidaria y Encuentro del Espacio

Mercosur Solidario”

DECRETO Nº 2618/2011 Otórgase un subsidio a favor de la Sra. Daiana Grisel Bafico

DECRETO Nº 2619/2011 Otórgase un subsidio a favor del Grupo Scouts Nº 1140 “Nuestra Señora

del Rosario de Pompeya”

DECRETO Nº 2620/2011 Otórgase un subsidio a favor de la Sra. Kunzli Nancy Vera

DECRETO Nº 2621/2011 Otórgase un subsidio a favor de la Sra. Fraschetto Claudia Carina Ver

DECRETO Nº 2622/2011 Decreto Sintetizado

DECRETO Nº 2623/2011 Decreto Sintetizado

DECRETO Nº 2624/2011 Decreto Sintetizado

DECRETO Nº 2625/2011 Decreto Sintetizado

DECRETO Nº 2626/2011 Decreto Sintetizado

DECRETO Nº 2627/2011 Decreto Sintetizado

DECRETO Nº 2628/2011 Decreto Sintetizado

DECRETO Nº 2629/2011 Decreto Sintetizado

DECRETO Nº 2630/2011 Decreto Sintetizado

DECRETO Nº 2631/2011 Ordenanza Nº 14095/11. Autorízase al Departamento Ejecutivo a

subconcesionar a favor de MORON 2020 S.A.P.E.M. la fracción de terreno,

libre de mejoras, que forma parte del inmueble conocido como Ex-VII

Brigada Aérea

DECRETO Nº 2632/2011 Decreto Sintetizado

DECRETO Nº 2633/2011 Decreto Sintetizado

DECRETO Nº 2634/2011 Decreto Sintetizado

DECRETO Nº 2635/2011 Ordenanza Nº 14096/11, Autorízase al Departamento Ejecutivo a

subconcesionar a favor de MORON 2020 S.A.P.E.M. la fracción de terreno,

libre de mejoras, que forma parte del inmueble conocido como Ex-VII

Brigada Aérea

DECRETO Nº 2636/2011 Otórgase a la “Jefatura de Distrito Morón”, la suma de Pesos Diecisiete mil

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($ 17.000.-), a efectos de solventar los gastos para múltiples reparaciones

de móviles colisionados,

DECRETO Nº 2637/2011 Decreto Sintetizado

DECRETO Nº 2638/2011 Decreto Sintetizado

DECRETO Nº 2639/2011 Decreto Sintetizado

DECRETO Nº 2640/2011 Apruébase la ampliación del monto de financiamiento acordada entre la

Subsecretaría de Obras Públicas, dependiente de la Secretaría de Obras

Públicas del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y

Servicios de la Nación y el Municipio de Morón

DECRETO Nº 2641/2011 Decreto Sintetizado

DECRETO Nº 2642/2011 Ordenanza Nº 14045/11, Condónese a la Sra. Francisca Longo, el 100%

(cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales

DECRETO Nº 2643/2011 Ordenanza Nº 14044/11, Condónese a la Sra. Blanca Casia Montiel, el

50% (cincuenta por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios

Generales

DECRETO Nº 2644/2011 Ordenanza Nº 14042/11, Condónese a la Sra. Leoncia Rodríguez, el 100%

(cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales

DECRETO Nº 2645/2011 Ordenanza Nº 14041/11, Condónese a la Sra. Virginia Irene Colombo, el

100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios

Generales

DECRETO Nº 2646/2011 Ordenanza Nº 14039/11, Condónese al Sr. Rolando Alcadio López, el

100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios

Generales

DECRETO Nº 2647/2011 Ordenanza Nº 14038/11, Condónese a la Partida Nº 13.291, el 100% (cien

por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales

DECRETO Nº 2648/2011 Ordenanza Nº 14014/11, Condónese al Sr. Carlos Alberto Oruezabala, el

100% (cien por ciento) la deuda en concepto de Tasa por Servicios

Generales

DECRETO Nº 2649/2011 Ordenanza Nº 14012/11, Condónese a la Sra. Nora Mónica Terragni, el

75% (setenta y cinco por ciento) la deuda en concepto de Tasa por

Servicios Generales

DECRETO Nº 2650/2011 Ordenanza Nº 13998/11, Condónese a la Sra. Irma Jesús Navarro, el

100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios

Generales

DECRETO Nº 2651/2011 Ordenanza Nº 14061/11, Condónese a la Sra. Felisa Mercedes Anido, el

100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios

Generales

DECRETO Nº 2652/2011 Ordenanza Nº 14066/11, Condónese al Sr. Francisco José Barracchia, el

50% (cincuenta por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios

Generales de

DECRETO Nº 2653/2011 Ordenanza Nº 14047/11, Condónese a la Sra. Mercedes Alicia González,

el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios

Generales

DECRETO Nº 2654/2011 Ordenanza Nº 14049/11, Condónese a la Sra. Luisa Fernández, el 83,32%

(ochenta y tres con treinta y dos por ciento) de la deuda en concepto de

Tasa por Servicios Generales

DECRETO Nº 2655/2011 Ordenanza Nº 14050/11, Condónese al Sr. Juan Carlos Velázquez, el

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BOLETÍN MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 3

100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios

Generales

DECRETO Nº 2656/2011 Ordenanza Nº 14051/11, Condónese a la Sra. Dominga del Carmen

Medina, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por

Servicios Generales

DECRETO Nº 2657/2011 Ordenanza Nº 14053/11, Condónese al Sr. Eder Cayetano Finelli, el 100%

(cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales

DECRETO Nº 2658/2011 Ordenanza Nº 14054/2011, Condónese al Sr. Oscar Modesto Belcore, el

100% (cien por ciento) la deuda en concepto de Tasa por Servicios

Generales

DECRETO Nº 2659/2011 Ordenanza Nº 14056/11,Condónese al Sr. Roque Rodríguez, el 50%

(cincuenta por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios

Generales

DECRETO Nº 2660/2011 Ordenanza Nº 14057/11, Condónese al Sr. Dimas Bernardo San Miguel, el

50% (cincuenta por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios

Generales

DECRETO Nº 2661/2011 Ordenanza Nº 14060/11, Condónese a la Partida Nº 125.873, el 50%

(cincuenta por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios

Generales

DECRETO Nº 2662/2011 Ordenanza Nº 14062/11, Condónese al Sr. Horacio Juan Cala, el 62,47%

(sesenta y dos con cuarenta y siete por ciento) de la deuda en concepto de

Tasa por Servicios Generales

DECRETO Nº 2663/2011 Ordenanza Nº 14068/11, Condónese a la Sra. Savina Marlene Pérez, el

100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios

Generales

DECRETO Nº 2664/2011 Ordenanza Nº 14069/11, Condónese a la Sra. Remigia Dominguez, el 75%

(setenta y cinco por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios

Generales

DECRETO Nº 2665/2011 Asígnasele a la Dra. Beatriz López Directora de Tributos Municipales, la

firma de la Dirección de Fiscalización

DECRETO Nº 2666/2011 Acéptase la renuncia presentada por el Lic. Sebastián Di Leo

DECRETO Nº 2667/2011 Adecuación de Presupuesto

DECRETO Nº 2668/2011 Decreto Sintetizado – Presupuesto de gastos del Municipio de Morón

DECRETO Nº 2669/2011 Asígnase una Caja Chica Especial en el marco del Decreto Nº 2525/11,

para cubrir los gastos originados en la celebración de los festejos de fin de

año del personal de la Secretaría de Economía y Finanzas

DECRETO Nº 2670/2011 Cancélese el reconocimiento efectuado como Entidad de Bien Público a la

Asociación Civil sin fines de lucro “Círculo Mujeres de Haedo para la

Comunidad”

DECRETO Nº 2671/2011 Cancélese el reconocimiento efectuado como Entidad de Bien Público al

”Centro de Jubilados y Pensionados Siglo XXI”

DECRETO Nº 2672/2011 Decreto Sintetizado

DECRETO Nº 2673/2011 Decreto Sintetizado - Modifíquese a partir del día 31 de Diciembre del año

2011, la Estructura Organizativa de la Secretaria de Planificación

Estratégica y Administración General.-

DECRETO Nº 2674/2011 Desígnase, al Sr. Sergio Daniel Gramajo en el cargo de Director de

Planificación Presupuestaria

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BOLETÍN MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 4

DECRETO Nº 2675/2011 Decreto Sintetizado - Dispóngase que la Dirección de Defensa del Usuario

y del Consumidor, tendrá a cargo la ejecución de la etapa correspondiente

a la instancia del procedimiento administrativo

DECRETO Nº 2676/2011 Ordenanza Nº 13999/11, Condónese al Sr. Eduardo Ricardo Luccardi, el

100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios

Generales

DECRETO Nº 2677/2011 Ordenanza Nº 14000/11 Condónese a la Sra. Elisa Juliana Morilla, el 50%

(cincuenta por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios

Generales

DECRETO Nº 2678/2011 Ordenanza Nº 14001/11, Condónese al Sr. Julio Enrique Ariñez Cordova,

el 75% (setenta y cinco por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por

Servicios Generales

DECRETO Nº 2679/2011 Ordenanza Nº 14002/11, Condónese al Sr. Angel Máximino Mendieta, el

50% (cincuenta por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios

Generales

DECRETO Nº 2680/2011 Ordenanza Nº 14003/11, Condónese al Sr. José Raimundo Aredes, el 65%

(sesenta y cinco por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios

Generales

DECRETO Nº 2681/2011 Ordenanza Nº 14004/11, Condónese a la Sra. María Trinidad Sawka, el

100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios

Generales

DECRETO Nº 2682/2011 Ordenanza Nº 14005/11, Condónese a la Sra. Raquel Haydeé Navarro, el

100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios

Generales

DECRETO Nº 2683/2011 Ordenanza Nº 14006/11, Condónese al Sr. Enrique Oscar Barbero, el

100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios

Generales

DECRETO Nº 2684/2011 Ordenanza Nº 14007/11, el 50% (cincuenta por ciento) de la deuda en

concepto de Tasa por Servicios Generales

DECRETO Nº 2685/2011 Ordenanza Nº 14008/11, Condónese a la Sra. Delia Pita, el 100% (cien por

ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales

DECRETO Nº 2686/2011 Ordenanza Nº 14009/11, Condónese a la Sra. Luisa Jorgelina Blanco, el

100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios

Generales

DECRETO Nº 2687/2011 Ordenanza Nº 14010/11, Condónese a la Sra. Haydeé Leticia Querel, el

100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios

Generales

DECRETO Nº 2688/2011 Ordenanza Nº 14011/11, Exímase a la Sra. Nélida Albarracín, el 100%

(cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales

DECRETO Nº 2689/2011 Ordenanza Nº 14013/11, Condónese al Sr. Leonardo Víctor Marinelli, el

75% (setenta y cinco por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por

Servicios Generales

DECRETO Nº 2690/2011 Ordenanza Nº 14040/11, Condónese a la Sra. Teresa Giménez, el 100%

(cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales

DECRETO Nº 2691/2011 Ordenanza Nº 14043/11, Condónese a la Sra. Claudia Razza, el 100%

(cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales

DECRETO Nº 2692/2011 Ordenanza Nº 14046/11, Condónese a la Partida Nº 59.470, el 50%

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BOLETÍN MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 5

(cincuenta por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios

Generales

DECRETO Nº 2693/2011 Ordenanza Nº 14052/11, Condónese a la Sra. Denise María Nuñez, el

100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios

Generales

DECRETO Nº 2694/2011 Ordenanza Nº 14055/11, Condónese a la Sra. Rosa Norma Rivas, el 50%

(cincuenta por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios

Generales

DECRETO Nº 2695/2011 Ordenanza Nº 14058/11, Condónese al Sr. Luis Angel Gasco, el 100%

(cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales

DECRETO Nº 2696/2011 Ordenanza Nº 14059/11, Condónese al Sr. José Papeo, el 100% (cien por

ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales

DECRETO Nº 2697/2011 Ordenanza Nº 14063/11, Condónese a la Sra. Viviana Miriam Ponce, el

100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios

Generales

DECRETO Nº 2698/2011 Ordenanza Nº 14064/11, Condónese a la Partida Nº 50.699 el 100% (cien

por ciento) la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales,

DECRETO Nº 2699/2011 Ordenanza Nº 14065/11, Condónese al Sr. Carlos Alberto Coronel, el 50%

(cincuenta por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios

Generales

DECRETO Nº 2700/2011 Ordenanza Nº 14067/11, Condónese a la Partida Nº 165.001, el 100%

(cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales

DECRETO Nº 2701/2011 Ordenanza Nº 14070/11, Condónese a la Sra. Marta Carmen Valfre, el

100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios

Generales

DECRETO Nº 2702/2011 Ordenanza Nº 14071/11, Condónese a la Sra. Ester Margarita Leston, el

50% (cincuenta por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios

Generales

DECRETO Nº 2703/2011 Decreto Sintetizado

DECRETO Nº 2704/2011 Dispónese la incorporación al pasivo consolidado municipal de la deuda

que le corresponde al Sr. Roberto Horacio Calieris

DECRETO Nº 2705/2011 Decreto Sintetizado

DECRETO Nº 2706/2011 Decreto Sintetizado

DECRETO Nº 2707/2011 Decreto Sintetizado

DECRETO Nº 2708/2011 Decreto Sintetizado

DECRETO Nº 2709/2011 Decreto Sintetizado

DECRETO Nº 2710/2011 Decreto Sintetizado

DECRETO Nº 2711/2011 Ordenanza Nº 14081/11 Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al

Sr. Abraham Chait L.E. Nº 4.841.416 y a la Sra. Reneé Avrutin L.C. Nº

3.876.369, la registración del Plano de Obra con destino “Vivienda

Multifamiliar” de la propiedad sita en calle Domingo French Nº 1247/49/51

de la Ciudad de Morón

DECRETO Nº 2712/2011 Ordenanza Nº 14080/11 Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al

Sr. José Méndez Muiños y a la Sra. Norma Irene Chamorro y otros, la

registración del Plano de Obra con destino “Local Comercial Playa de

Estacionamiento y Vivienda Multifamiliar” de la propiedad sita en calle Salta

Nº 332/36/40/42 de la Ciudad de Morón

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BOLETÍN MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 6

DECRETO Nº 2713/2011 Ordenanza Nº 14079/11 Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al

Sr. Fernando Héctor Marinelli y a la Sra. Alicia Beatríz Rotundo, el cambio

de sello del Plano de Obra Registrado, bajo el Nº 41-166704-97, de fecha 7

de agosto de 1997, a Plano de Obra Aprobado, de la propiedad sita en la

calle Crisólogo Larralde Nº 1773 de la Ciudad de Castelar

DECRETO Nº 2714/2011 Ordenanza Nº 14082/11, Exímase al Sindicato de Empleados y Obreros de

Comercio y Afines Zona Oeste “S.E.O.C.A.”, del pago de los Derechos de

Construcción, correspondientes a la propiedad sita en la calle García Silva

Nº 957 de la Ciudad de Morón,

DECRETO Nº 2715/2011 Ordenanza Nº 14083/11, Exímase a la Diócesis de Morón de la Iglesia

Católica Apostólica Romana, del pago de los Derechos de Construcción,

correspondientes a la propiedad sita en la Av. Don Bosco Nº 2381 y

Ozanán Nº 382 de la Ciudad de Morón,

DECRETO Nº 2716/2011 Desígnase al Sr. Latorraca Domingo Martín en el cargo de Director del

Hospital Municipal de Morón

DECRETO Nº 2717/2011 Desígnase al Sr. Maceiro Marcelo Gabriel en el cargo de Director

Operativo de Sistema de Atención Médica de Emergencias

Extrahospitalarias (S.A.M.E.)

DECRETO Nº 2718/2011 Acéptase la renuncia presentada por la Sra. Laura Beatriz Larrañaga al

cargo de Directora de Políticas de Género

DECRETO Nº 2719/2011 Desígnase a la Sra. Cinthia Victoria Frias en el cargo de Directora de

Políticas de Género

DECRETO Nº 2720/2011 Adecuacion de Presupuesto

DECRETO Nº 2721/2011 Ordenanza Nº 14122/11, Adecuación de Presupuesto.

DECRETO Nº 2722/2011 Rectifícase el artículo 1º del Decreto Nº 2597/11

DECRETO Nº 2723/2011 Delégase en el Secretario de Gobierno y Seguridad Ciudadana, Sr. Spina

Diego la firma del despacho de la Secretaría de Planificación Estratégica y

Administración General

DECRETO Nº 2724/2011 Delégase en el Secretario de la Unidad de Gestión Comunitaria Nº 1, Sr.

Martinez Juan Carlos la firma del despacho de la Unidad de Gestión

Comunitaria Nº 4

DECRETO Nº 2725/2011 Delégase en el Secretario de Transparencia Institucional y Control de

Gestión, Dr. Hernán Sabbatella la firma del despacho de la Secretaría de

Gobierno y Seguridad Ciudadana

DECRETO Nº 2726/2011 Delégase en el Secretario de Transparencia Institucional y Control de

Gestión, Dr. Hernán Sabbatella la firma del despacho de la Jefatura de

Gabinete

DECRETO Nº 2727/2011 Delégase en el Secretario de la Unidad de Gestión Comunitaria Nº 7, Dr.

Der Rubén Jorge la firma del despacho de la Unidad de Gestión

Comunitaria Nº 3

DECRETO Nº 2728/2011 Desígnase interinamente en el cargo de Secretario de Salud y Desarrollo

Social al Dr. Grillo Carbo Carlos

DECRETO Nº 2729/2011 Delégase en el Secretario de la Unidad de Gestión Comunitaria Nº 1, Sr.

Juan Carlos Martinez (D.N.I. 12.022.217) la firma del despacho de la

Secretaría de Relaciones con la Comunidad y Abordajes Integrales

DECRETO Nº 2730/2011 Delégase en el Secretario de Transparencia Institucional y Control de

Gestión, Dr. Hernán Sabbatella la firma del despacho de la Secretaría de

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BOLETÍN MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 7

Obras y Servicios Públicos

DECRETO Nº 2731/2011 Delégase en el Secretario de Gobierno y Seguridad Ciudadana, Sr. Spina

Diego la firma del despacho de la Secretaría de Transparencia Institucional

y Control de Gestión

DECRETO Nº 2732/2011 Delégase en la Secretaria de la Unidad de Gestión Comunitaria Nº 4, Sra.

Vargas Virginia Irina la firma del despacho de la Unidad de Gestión

Comunitaria Nº 1

DECRETO Nº 2733/2011 Delégase en el Secretario de la Unidad de Gestión Comunitaria Nº 7, Dr.

Der Rubén Jorge la firma del despacho de la Unidad de Gestión

Comunitaria Nº 2

DECRETO Nº 2734/2011 Delégase en la Secretaria de la Unidad de Gestión Comunitaria Nº 6, Sra.

Dominguez Ana María la firma del despacho de la Unidad de Gestión

Comunitaria Nº 5

DECRETO Nº 2735/2011 Delégase en la Secretaria de la Unidad de Gestión Comunitaria Nº 5, Sra.

Veyga María Virginia (Legajo Nº 167.312) la firma del despacho de la

Unidad de Gestión Comunitaria Nº 6

DECRETO Nº 2736/2011 Desígnase interinamente a la Asesora del Titular del Departamento

Ejecutivo, Cdra. Stella Maris Santos, en el cargo Secretaría de Economía y

Finanzas, y asignasele la firma para extender órdenes de compras, de

pagos y cheques

DECRETO Nº 2737/2011 Decreto Sintetizado

DECRETO Nº 2738/2011 Decreto Sintetizado

DECRETO Nº 2739/2011 Reconócese con carácter de Organización Social de la Comunidad a la

Asociación sin fines de lucro denominada Centro de Jubilados y

Pensionado “A.S.I.M.R.A.”, con domicilio legal en la calle Belgrano Nº 422

de la Localidad y Partido de Morón

DECRETO Nº 2740/2011 Asígnasele al Sr. Gonzalo Martín Cancela Director de Organizaciones y

Participación Comunitaria la firma de la Dirección de Políticas para

Personas con Necesidades Especiales

DECRETO Nº 2741/2011 Decreto Sintetizado

DECRETO Nº 2742/2011 Adecuación de Presupuesto

DECRETO Nº 2743/2011 Decreto Sintetizado

DECRETO Nº 2744/2011 Ordenanza Nº 14121/2011, Rectifícase el Anexo I del artículo 2º de la

Ordenanza Nº 13214/2011

DECRETO Nº 2745/2011 Ordenanza Nº 14123/2011, Convalídase el Acta de Adhesión al Programa

“Envión Educativo”, registrada bajo el Nº 725/11

DECRETO Nº 2746/2011 Ordenanza Nº 14124/2011, Convalídase el Protocolo Complementario al

Acuerdo Marco, “Unidades Sanitarias Ambientales”, registrado bajo el Nº

726/11*

DECRETO Nº 2747/2011 Ordenanza Nº 14125/2011, Convalídase el Convenio Específico “Plan

Sanitario de Emergencia Implemetación de los Nodos de Vigilancia

Epidemiológicos” registrado bajo el Nº 630/11

DECRETO Nº 2748/2011 Ordenanza Nº 14126/2011, Convalídase el Convenio Marco de

Colaboración Recíproca registrado bajo el Nº 678/11

DECRETO Nº 2749/2011 Ordenanza Nº 14128/2011, Convalídase el Convenio Marco de

Colaboración registrado bajo el Nº 763/11

DECRETO Nº 2750/2011 Ordenanza Nº 14127/2011, Convalídase la ADDENDA al Convenio Popular

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BOLETÍN MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 8

correspondiente a la Obra: “Nueva Urbanización Barrio Carlos Gardel –

Etapa III”, del Programa Federal de Urbanización de Villas y Asentamientos

Precarios, registrada bajo el Nº 760/11

DECRETO Nº 2751/2011 Ordenanza Nº 14135/11, Convalídase el Contrato de Fideicomiso

denominado “Fideicomiso Estadio y Sede Club Deportivo Morón”,

registrado bajo el Nº 781/11.

DECRETO Nº 2752/2011 Adecuacion de presupuesto

DECRETO Nº 2753/2011 Desígnase al Dr. Jorge Luis Salinas, en el cargo de Asesor de la Secretaría

de Salud y Desarrollo Social

DECRETO Nº 2754/2011 Decreto Sintetizado

DECRETO Nº 2755/2011 Ordenanza Nº 14134/2011, Autorízase al Departamento Ejecutivo a

reconocer la variación de precios, a Mayo del año 2010, en forma

provisoria, favor de IECSA S.A.

DECRETO Nº 2756/2011 Prorrógase la vigencia del Cálculo de Recursos y del Presupuesto General

de Gastos del ejercicio 2011

DECRETO Nº 2757/2011 Ordenanza Nº 14136/2011, Prorrógase la vigencia de la Ordenanza Nº

12171/09 para el ejercicio 2012.”

DECRETO Nº 2758/2011 Prorróguese la asignación de la Jueza Municipal de Faltas, a cargo del

Juzgado Municipal de Faltas Nº 3, Dra. Cholvis Nora, la firma del despacho

correspondiente al Juzgado Municipal de Faltas Nº 2

DECRETO Nº 2759/2011 Desígnase, a la Dra. Deleandra Cocciaglia con carácter interina, en el

cargo de Directora de Asuntos Legales

DECRETO Nº 2760/2011 Decreto Sintetizado

DECRETO Nº 2761/2011 Decreto Sintetizado

DECRETO Nº 2762/2011 Decreto Sintetizado

DECRETO Nº 2763/2011 Decreto Sintetizado

DECRETO Nº 2764/2011 Decreto Sintetizado

DECRETO Nº 2765/2011 Decreto Sintetizado

DECRETO Nº 2766/2011 Autorízase el reintegro de gastos a nombre de la Directora de Derechos

Humanos, Lic. Antonela Di Vruno, devengadas con motivo de su

participación en las actividades que se desarrollaron en la Marcha por la

Conmemoración del 35º Aniversario del Apagón de Ledesma

DECRETO Nº 2767/2011 Autorízase el reintegro de gastos a nombre de la C.P. Stella Maris Santos,

Asesora del Departamento Ejecutivo, devengados en oportunidad del

desarrollo de las tareas encomendadas en distintas actividades, durante el

período comprendido entre el mes de Enero hasta el mes de Julio del año

2011

DECRETO Nº 2768/2011 Ordenanza Nº 14114/11, Autorízase al Departamento Ejecutivo a

reconocer la variación de precios, a favor de Construmex S.A.

DECRETO Nº 2769/2011 Ordenanza Nº 14115/11, Declárase de legítimo abono la suma total de $

7.258,08 (pesos siete mil doscientos cincuenta y ocho con ocho centavos)

en concepto de liquidación retroactiva de adicional Título Especialista

DECRETO Nº 2770/2011 Ordenanza Nº 14130/2011, Convalídase el Acta Complementaria Nº 2

registrada bajo el Nº 778/11

DECRETO Nº 2771/2011 Ordenanza Nº 14132/2011, Convalídase la Carta Intención registrada bajo

el Nº 774/11,

DECRETO Nº 2772/2011 Decreto Sintetizado

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BOLETÍN MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 9

DECRETO Nº 2773/2011 Ordenanza Nº 14129/11, Modifícase el artículo 9 inc. b de la Ordenanza Nº

9875/07 del Sistema Unico Municipal de Salud

DECRETO Nº 2774/2011 Ordenanza Nº 14131/11, Convalídase el Acta Complementaria Nº 2

registrada bajo el Nº 777/11

DECRETO Nº 2775/2011 Decreto Sintetizado

DECRETO Nº 2776/2011 Decreto Sintetizado

DECRETO Nº 2777/2011 Decreto Sintetizado

DECRETO Nº 2778/2011 Decreto Sintetizado

DECRETO Nº 2779/2011 Decreto Sintetizado

DECRETO Nº 2780/2011 Decreto Sintetizado

RESOLUCIONES Pág. 72 - 96

DECRETOS SINTETIZADOS Pág. 96 - 100

El presente trabajo es elaborado por:

Jefatura de Gabinete

Subsecretaria de Asistencia Técnica

Departamento Boletín y Digesto Municipal

Dependiente del

Sr. Intendente Lic. Lucas Hernán Ghi

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BOLETÍN MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 10

DECRETOS

DECRETO Nº 2612/2011Moron, 16 de Diciembre de 2011

VISTO:La Ley Nº 11.757 (Estatuto para el

Personal de las Municipalidades de la Provincia deBuenos Aires), el Expediente Nº 4079-20992/11-0D.E. y,CONSIDERANDO:

Que, este Departamento Ejecutivo haasumido el compromiso de mejorar las condicioneslaborales del personal y, en consecuencia, vieneadoptando medidas tendientes a recuperar el poderadquisitivo de los salarios de las y los trabajadoresmunicipales.

Que en un esfuerzo por mejorar lascondiciones de la planta de los y las trabajadoresdel Municipio de Morón, se ha decidido otorgarle, atodo el personal que cumpla el requisito de tener porlo menos seis (6) meses de antigüedad, una sumafija de Pesos Seiscientos ($ 600.-), y además segarantiza en Sueldo Anual Complementario noinferior a Pesos Cuatrocientos ($ 400.-).

Que en caso de las y los trabajadores queno lleguen a cumplir con este requisito deantigüedad, el Municipio garantizará una suma fija yun SAC proporcional correspondiente a los mesestrabajados.

Que la Ordenanza Nº 5513/04, estableceen su artículo 25º que el Departamento Ejecutivopodrá modificar, crear o suspender lasbonificaciones allí enunciadas si razones de ordenfuncional así lo requieran, de acuerdo a lo normadoen la Ley Nº 11.757, artículo 14º inciso p).Que asimismo la Dirección de Recursos Humanosadjunta proyecto de acto administrativo al efecto.

Que en virtud de lo expuesto resultanecesario el dictado del pertinente actoadministrativo que materialice lo expuesto, deconformidad con lo establecido en el artículo 105° dela Ordenanza N° 11.654 de ProcedimientosAdministrativos.Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DEMORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Créase una garantía de SACDiciembre 2011, no remunerativa y no bonificablepara aquellos agentes de cualquier agrupamientoque no alcancen a percibir como neto PesosCuatrocientos ($ 400.-), y que cumplan con elrequisito de tener por lo menos seis (6) mesesconsecutivos de antigüedad al día 31 de Diciembrede 2011. En el caso de las y los trabajadores que nolleguen a cumplir con este requisito de antigüedad,jse calculará una suma fija y un SAC proporcionalcorrespondiente a los meses trabajados. En el casode los docentes se calculará de forma proporcionalsobre la base de veinte (20) horas cátedra.ARTICULO 2º: Créase una Bonificacióncompensatoria no remunerativa y no bonificable,aplicable por única vez a la liquidación de losagentes en actividad designados a sueldo en elDepartamento Ejecutivo. Quedan excluídos delalcance de esta bonificación las y los trabajadoresremunerados, los Profesionales de la CarreraSanitaria a cargo de guardia, quienes sedesempeñan por convenio de pasantía y el personaldestajista.ARTICULO 3º: La bonificación instituída en elArtículo 2º será de una suma fija de PesosSiescientos ($ 600.-), para todo el personal quecumpla con el requisito de tener por lo menos seis(6) meses consecutivos de antigüedad al día 31 deDiciembre de 2011. En el caso de las y los

trabajadores que no lleguen a cumplir con esterequisito de antigüedad, se calculará una sumaproporcional correspondiente a los mesestrabajados. En el caso de los docentes por cadaprestación de cargo hasta un máximo de un cargo, elque se calculará de forma proporcional para aquellosagentes que presten servicios bajo la modalidad dehoras cátedra.ARTICULO 4º: Refrendarán el presente decreto losSecretarios de Gobierno y Seguridad Ciudadana, dePlanificación Estratégica y Administración General yde Economía y Finanzas.ARTICULO 5º: Dése al Registro de Decretos einfórmese a la Dirección de Recursos Humanos.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHIC.P. Eduardo D. Aseff - Sr. Diego Spina

Sr. Daniel G. Larrache* * *

DECRETO Nº 2613/2011Moron, 16 de Diciembre de 2011

VISTO:El expediente Nº 4079-21000/11-0 D.E., y

CONSIDERANDO:Que en las actuaciones citadas en el Visto,

la Secretaría de Planificación Estratégica yAdministración General, solicita que se declaré deInterés Municipal la reunión anual de la ComisiónAsesora de la Agencia de Planificación, que serealizará en el Salón Mariano Moreno del PalacioMunicipal, el día 16 de Diciembre del corriente año.

Que asimismo, se informa que la ComisiónAsesora culmina su período de sesiones anuales enel territorio, siendo el Subsecretario de PlanificaciónUrbana Arq. Daniel Arroyo, el Secretario de lamencionada Comisión en representación delMunicipio de Morón.

Que en virtud de expuesto, se solicita secree una caja chica especial a cargo de laSubsecretaría de Planificación Urbana, por la sumade Pesos Seis mil ($ 6.000.-) para solventar losgastos afines a la mencionada reunión.

Que toma debida intervención la Direcciónde Contaduría y adjunta proyecto de actoadministrativo al efecto.

Que por lo expuesto, corresponde eldictado del pertinente acto administrativo, deconformidad con lo dispuesto en el artículo 105º dela Ordenanza de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE

MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Declárase de Interés Municipal “lareunión anual de la Comisión Asesora de laAgencia de Planificación” que se realizará en elSalón Mariano Moreno del Palacio Municipal, el día16 de Diciembre del año 2011.ARTICULO 2º: Asígnase una Caja Chica especial enel marco de la reunión anual de la Comisión Asesorade la Agencia de Planificación, a la dependencia quese detalla a continuación, por el monto asignado:

Dependencia Monto RotaciónMensual

Subsecretaríade Planificación

Urbana

$ 6.000.- Única

ARTICULO 3º: La Tesorería implementará la fianzadel funcionario que tendrá a cargo los fondos de lacaja chica, conforme a lo establecido en el artículo218º de la Ley Orgánica de las Municipalidades.ARTICULO 4º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Economía y Finanzas, de Gobierno ySeguridad Ciudadana y de Planificación Estratégicay Administración General.ARTICULO 5º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese

LIC. LUCAS HERNÁN GHIC.P. Eduardo D. Aseff - Sr. Diego Spina

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BOLETÍN MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 11

Sr. Daniel G. Larrache* * *

DECRETO Nº 2614/2011Moron, 16 de Diciembre de 2011

VISTO:La Ley Orgánica de las Municipalidades,

Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, laLicitación Pública Nº 13/2011, tramitada porexpediente Nº 3485/11 (VII Cuerpos), relacionadocon la Obra “Saneamiento Hidráulico de las callesLópez y Domínguez” de la Localidad de Castelar,Partido de Morón, solicitado por la Dirección deSaneamiento, dependiente de la Secretaría dePlanificación Estratégica y Administración General,el Decreto Provincial Nº 2980/00 y el Decreto delDepartamento Ejecutivo Nº 498/06 y,CONSIDERANDO:

Que tal como resulta del Acta de fecha 29de noviembre de 2011, en dicha ocasión se procedióa la apertura -en acto público- de las ofertaspresentadas.

Que en dicha oportunidad el Contratanteprocedió a dar a conocer el nombre de las licitantesconcurrentes al presente proceso, verificándose lacompletitud de la documentación esencial requeridadentro del sobre Nº 1, “Documentación y Plan deTrabajo”, de las siguientes empresas: SAN MARINOCONSTRUCCIONES S.A., VICENTE BORGO S.A.,ALTOTE S.A., RICAVIAL S.A., APCO S.A., EINGENIERO JOSÉ MARÍA CASAS S.A., dándosepor cumplidos, “prima facie”, los recaudos exigidospor el Artículo 23º del Pliego de Bases y CondicionesGenerales. Asimismo, en esa ocasión se efectuarondistintos requerimientos no sustanciales, que fuerandebidamente cumplimentados a fs. 1.500 y ss. deestos obrados. A continuación de la apertura de lossobres Nº 1, se procedió a abrir los sobres Nº 2,continentes de las ofertas económicas propiamentedichas. Los oferentes cotizaron de la siguienteforma: 1) SAN MARINO CONSTRUCCIONES S.A.,cotizó en la suma total de Pesos Un millón cientonoventa y cinco mil novecientos noventa y ocho contreinta y cuatro centavos ($ 1.195.998,34.-); 2)VICENTE BORGO S.A., cotizó en la suma de PesosUn millón ochenta y ocho mil doscientos veintiséiscon dieciséis centavos ($1.088.226,16.-); 3) ALTOTE S.A. EMPRESACONSTRUCTORA, cotizó en la suma total de PesosUn millón ciento diecisiete mil cincuenta y cinco concuarenta y un centavos ($ 1.117.055,41.-); 4)RICAVIAL S.A., cotizó en la suma de PesosOchocientos sesenta y un mil doscientos veintitréscon cincuenta y cuatro centavos ($861.223,54.-); 5) APCO S.A., cotizó en la suma dePesos Un millón trescientos sesenta y siete milochocientos cincuenta y ocho con doce centavos($ 1.367.858,12.-); y 6) INGENIERO JOSÉ MARÍACASAS S.A., cotizó en la suma de PesosNovecientos ochenta y nueve mil ciento veinticuatrocon cuarenta centavos ($ 989.124,40.-).

Que en cumplimiento de la carga queimpone el artículo 25º in fine del Pliego de Bases yCondiciones Generales, se procedió a labrar el actaconteniendo la totalidad de la información que se dioa conocer a los asistentes al acto público supraaludido. Dicho instrumento fue suscripto, en pruebade conformidad -previa lectura y ratificación- por losoferentes presentes y representantes del Municipiode Morón.

Que a continuación de la apertura de lasofertas pasaron los autos a despacho de estaComisión, a los fines de efectuar el análisiscorrespondiente.Que una vez analizada con profundidad ladocumentación anejada por las oferentes, sinperjuicio de la ya mencionada completitud derequisitos esenciales y de considerar cumplidos“prima facie” los recaudos exigidos por el artículo 23ºdel Pliego de Bases y Condiciones Generales, estaComisión de Preadjudicaciones procedió a verificarsi cada una de las ofertas emitidas: a) cumplía con la

presentación de la documentación requerida en elcitado artículo -y sus ccs.- del Pliego de Bases yCondiciones Generales; y b) se ajustabasubstancialmente a las condiciones del Pliego antesmencionado.

Que a fs. 1511 se halla anejado un informede la Subsecretaría de Planeamiento Urbano, pormedio del cual se establece expresamente que: “Delas presentaciones de cada una de las empresas sehan analizado las propuestas y las documentacionesrespectivas, cumplimentando los oferentes lorequerido en el artículo 23 del PBCG, resultando laoferta presentada por la empresa Ricavial S.A. porun monto de $ 861.223,54 la másconveniente para los intereses municipales deacuerdo a nuestra evaluación”.

Que es por ello a la luz de lasconsideraciones expuestas, atendiendo a lanormativa vigente, las presentaciones efectuadas, yespecialmente el informe producido por el áreatécnica, esta Comisión, de acuerdo al análisisrealizado en el seno de la misma, evaluando laspresentaciones desde su parte técnica, jurídica yeconómica, considera que la oferta formulada por laempresa RICAVIAL S.A. resulta ser la másconveniente a los intereses municipales. Que por ello, a la luz de la normativa vigente,surge que la oferta realizada por Ricavial SA resultaser la más conveniente a los intereses municipales.

Que la Dirección de Control deProcedimientos ha tomado debida intervención sinformular observaciones al presente trámite.

Que en virtud de lo expuesto, correspondedictar el acto administrativo pertinente, deconformidad con lo dispuesto por el artículo 105º dela Ordenanza de Procedimiento Administrativo Nº11654.Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DEMORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Adjudícase la Licitación Pública Nº13/2011, tramitada por Expediente Nº 3485/2011 (VIICuepos), relacionada con la obra “SaneamientoHidráulico de las calles López y Domínguez” de laLocalidad de Castelar, Partido de Morón, solicitadopor la Dirección de Saneamiento, dependiente de laSecretaría de Planificación Estratégica yAdministración General, a la firma: RICAVIAL S.A. ,en la suma total de Pesos Ochocientos sesenta yuno mil doscientos veintitrés con cincuenta y cuatrocentavos ($ 861.223,54.-).ARTICULO 2º: La Contaduría General estáautorizada a emitir la orden de pago según lasformas establecidas en el Pliego de Bases yCondiciones, imputando el gasto en la UnidadEjecutora: 41, Fuente de Financiamiento 110, dentrode las clasificación obrante en la solicitud de gastosNº 5909.ARTICULO 3º: Notifíquese el presente al oferenteinterviniente a través de la Dirección de Compras yContrataciones.ARTICULO 4º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Gobierno y Seguridad Ciudadana, dePlanificación Estratégica y Administración General yde Economía y Finanzas.ARTICULO 5º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHIC.P. Eduardo D. Aseff - Sr. Diego Spina

Sr. Daniel G. Larrache* * *

DECRETO Nº 2615/2011Moron, 16 de Diciembre de 2011

VISTO:La Ley Nº 11.757 (Estatuto para el

Personal de las Municipalidades de la Provincia deBuenos Aires), el expediente Nº 4079-20158/11-0D.E. y,CONSIDERANDO:

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BOLETÍN MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 12

Que la agente Schettino Daniela Paula,pertenece a la Planta de Personal Permanente,revistando en la categoría Profesional Senior concuarenta (40) horas semanales de labor,cumpliendo servicios en el Departamento GestiónJudicial, dependiente de la Dirección deFiscalización y Apremios.

Que la Dirección de Recursos Humanosha intimado mediante Carta Documento diligenciadapor la Dirección de Atención al Vecino a la agentepara que se presente en 48 horas hábiles, en laCoordinación de Medicina Laboral, para justificarinasistencia a la Junta Médica Municipal del día9/11/2011.

Que según obran constancias en lasplanillas de partes diarios, la agente SchettinoDaniela presenta inasistencias injustificadas desde el10 de Noviembre de 2011 hasta el día de la fechasegún reportes de ausencias obrantes en lasactuaciones del rubro.

Que se intima a la agente de referenciamediante Carta Documento, diligenciada por laDirección de Atención al Vecino, a fin de que en elplazo de cuarenta y ocho horas hábiles se reintegrea prestar tareas y justifique valedera ysuficientemente la causa de las reiteradasinasistencias sin justificar, bajo apercibimiento dedecretar su cesantía por encontrarla incursa enabandono del cargo, de conformidad con lodispuesto en el artículo 65° de la Ley Nº 11.757, n ose ha presentado aún.

Que analizadas las actuaciones por laasesoría de la Dirección de Asuntos Legales,considera que la falta cometida por la agenteSchettino Daniela Paula al haber presentadoinasistencias injustificadas, es la regulada por elartículo 65º del Estatuto del Personal Municipal LeyNº 11.757. A consecuencia de ello, incursa en dichasituación, corresponde decretar sin más tramite lacesantía del agente, sin sumario.

Que la Suprema Corte dictaminó que:"(...) el agente incurso en abandono de cargo deja decumplir la obligación esencial de la relación deempleo público ya que en ella radica el objeto de lafunción.” SCBA B 49591 S 9-2-88” “(…) Lacomprobación de reiteradas inasistencias del agentepermite válidamente, por si, concluir en un abandonoinjustificado de servicio (…)” SCBA B 53685 S 21-06-94; “(…) La dispensa de la substanciación delSumario Administrativo en la aplicación de la sanciónde cesantía prevista en el Estatuto Municipal, sóloprocede cuando, notificado el agente del reprocheque se formula (hallarse incurso en abandono decargo), no justifica dentro del plazo previsto la faltade aviso previo de sus inasistencias, mas no -comoen el caso- sin aguardar la autoridad municipal noya dicha justificación sino el propio diligenciamientode la notificación respectiva.” SCBA B 53141 S 12-51998; “El estricto cumplimiento del deber dededicación de los agentes públicos comprende eldesempeño del cargo en el tiempo, forma y lugarestablecidos. Este deber fundamental constituye elobjeto de la función y el abandono del cargo significael no cumplimiento de la obligación básica de larelación de empleo." SCBA B 51345 S 2-6-1992.-

Que el artículo 65° de la Ley Nº 11.757,establece “ El agente que incurra en cinco (5)inasistencias consecutivas, sin previo aviso, seráconsiderado incurso en abandono de cargo. Se lointimará para que se reintegre a sus tareas dentrodel término de un día hábil subsiguiente al de lanotificación y si no se presentare vencido dichoplazo, se decretará su cesantía, salvo cuando puedajustificar valedera y suficientemente la causa quehubiere imposibilitado la respectiva comunicación."

Que asimismo, la Asesoría General deGobierno de la Provincia de Buenos Aires, en elDictamen N° 75471-4, referente a una consultaacerca de si la cesantía dispuesta por el artículo 65°de la citada normativa – para el caso del agente quehace abandono de cargo – opera en forma directa, o

si resulta necesario la realización de sumarioadministrativo previo, dispone que, es reiteradajurisprudencia de la Suprema Corte Provincial “todainterpretación de la Ley debe comenzar por la Leymisma, cuando su texto es claro y expreso, nocorrespondiendo prescindir de sus términos,debiéndosela aplicar estrictamente y en el sentidoque resulta de su propio contenido” ( L-48.431 del25-02-82).

Que en consecuencia, no cabe duda queal agente que haga abandono del cargo, en lascondiciones establecidas por el artículo 65° de la LeyNº 11.757 podrá decretársele la cesantía sinnecesidad de instruir sumario administrativo.

Que por lo expuesto, siendo que laagente Schettino Daniela Paula se encuentraampliamente excedida del límite legal que habilita adecretar el cese por encontrarse incursa enabandono del cargo, correspondería decretar la bajade la misma, de conformidad con lo dispuesto en elartículo 65° de la Ley Nº11.757.

Que la Dirección de Recursos Humanosha tomado debido conocimiento de lo manifestadosin formular objeción alguna al respecto y adjuntaproyecto de acto administrativo al efecto.

Que en virtud de lo expuesto correspondedictar el pertinente acto administrativo, deconformidad con lo previsto en la norma legal citaday lo establecido en el artículo 105º de la OrdenanzaNº 11.654 de Procedimiento Administrativo.Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DEMORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Cese en sus funciones, porabandono de servicio de conformidad con lodispuesto en el artículo 65º de la Ley Nº 11.757, apartir del día 10 de Noviembre del año 2011, laagente Schettino Daniela Paula (Legajo N°15350100), quien revistaba dentro de la Planta dePersonal Permanente, en la categoría ProfesionalSenior con cuarenta (40) horas semanales de labor,cumpliendo servicios en el Departamento de GestiónJudicial, dependiente de la Dirección deFiscalización y Apremio.ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Planificación Estratégica yAdministración General y de Gobierno y SeguridadCiudadana.ARTICULO 3º: Dése al Registro de Decretos einfórmese a la Dirección de Recursos Humanos.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHISr. Daniel G. Larrache - Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2616/2011

Moron, 16 de Diciembre de 2011VISTO:

El expediente Nº 4079-20390/11-0 D.E.y,CONSIDERANDO:

Que a fs. 2 del expediente citado en elVisto, obra Nota emitida por el Presidente y elSecretario del Centro de Industriales Panaderos delOeste, solicitando un subsidio para solventar losgastos que demandarán los festejos de su 90ºAniversario de dicha Institución.

Que asimismo interviene la Dirección dePromoción de la Actividad Económica y laSubsecretaría de Planificación Estratégica yDesarrollo Local, prestando conformidad al subsidiosolicitado por la mencionada Institución.

Que a fs. 3/3 vta luce copia delDocumento Nacional de Identidad del Presidente dela Institución y a fs. 4/26 obra documentaciónreferente al mencionado Centro.

Que a fs. 27 la Dirección de Contaduríaagrega Solicitud de Gastos en el cual consta lacorrespondiente Imputación Presupuestaria.

Que en razón de ello, corresponde dictar elpertinente acto administrativo, de conformidad con lo

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BOLETÍN MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 13

establecido en el artículo 105º de la Ordenanza Nº11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE

MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Otórgase un subsidio a favor delCentro de Industriales Panaderos del Oeste por lasuma de Pesos Cinco mil ($ 5.000.-) para solventarlos gastos que demandarán los festejos de su 90ºAniversario.ARTICULO 2º: Por la Dirección de Contaduría,líbrese orden de pago por la suma precedentementeindicada a nombre del Centro de IndustrialesPanaderos del Oeste, con cargo de oportuna ydocumentada rendición de cuentas.ARTICULO 3º: Impútese el gasto autorizado a laJurisdicción: 1110111000 – SubjurisdicciónPlanificación Estratégica, Unidad Ejecutora: 41 –Secretaría de de Planeamiento Estratégico, Fuentede Financiamiento: 110 – Tesoro Municipal.ARTICULO 4º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Economía y Finanzas y de Gobiernoy Seguridad Ciudadana.ARTICULO 5º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHIC.P. Eduardo D. Aseff - Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2617/2011

Moron, 16 de Diciembre de 2011VISTO:

El expediente Nº 4079-19832/11-0 D.E. y,CONSIDERANDO:

Que en el expediente citado en el Visto, laSecretaría de Planificación Estratégica yAdministración General, solicita se declare de InterésMunicipal la “7º Feria Canaria de Economía Solidariay Encuentro del Espacio Mercosur Solidario”, que sellevará a cabo en la Ciudad de Atlántica -Departamento de Canelones, República Oriental delUruguay, entre los días 5, 6, 7 y 8 de Enero del2012.

Que la participación de los actores de laEconomía Social y Solidaria en dicha Feria tendrácomo objetivo la formación, el intercambio deexperiencias, la comercialización y presentación desus productos hacia la comunidad del Mercosur y serealizarán actividades de formación, información yconferencias.

Que dada la importancia de la EconomíaSocial y Solidaria, para ambos países, la misma seencuentra en constante desarrollo con sus diversasmanifestaciones y con la función social que la mismacon lleva como herramienta de inclusión social,como instrumento de fomento de las capacidades delas/os trabajadoras/es, estrechar lazos dehermandad y en actividades que permiten unapuesta en común para quienes trabajan en dichosector.

Que asimismo esa Secretaría informa queparticipará en la mencionada Feria, la Subsecretariade Promoción del Empleo y Economía, Lic. EugeniaM. Navarro, junto a integrantes del equipo de laSubsecretaria e integrantes de la Red Morón deEmprendimientos, Cooperativas y Mutuales delDistrito, por tal motivo solicita la suma de PesosOcho mil quinientos ($ 8.500.-) para solventar losgastos que demandarán dichas participaciones.

Que a fs. 8 se agrega Solicitud de Gastosen el cual consta la correspondiente ImputaciónPresupuestaria.

Que en razón de lo expuesto,corresponde dictar el pertinente acto administrativo,de conformidad con lo dispuesto por el artículo 105ºde la Ordenanza Nº 11.654 de ProcedimientoAdministrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:

ARTÍCULO 1º: Declárase de Interés Municipal laparticipación del Municipio de Morón a través de laSubsecretaría de Promoción del Empleo y laEconomía Social, junto a integrantes de la RedMorón de Emprendimientos, Cooperativas yMutuales del Distrito, integrantes del ConsejoMunicipal de Economía Social, en la “ 7º FeriaCanaria de Economía Solidaria y Encuentro delEspacio Mercosur Solidario” , que se llevará acabo en la Ciudad de Atlántica, Departamento deCanelones, República Oriental del Uruguay, entre losdías 5, 6, 7 y 8 de Enero del 2012.ARTÍCULO 2º: Autorízanse las participaciones de laSubsecretaria de Promoción del Empleo y EconomíaSocial, Lic. Eugenia M. Navarro (DNI Nº 23.771.878)y de las agentes Silvana Santos (Legajo Nº 205689),Beatríz Stein (Legajo Nº 204501) y Graciela Gobbi(Legajo Nº 228212) en la Feria mencionada en elArtículo 1º.ARTÍCULO 3º: Por la Dirección de Contaduría,líbrese orden de pago a nombre de la Subsecretariade Promoción del Empleo y la Economía Social, Lic.Eugenia M. Navarro (DNI Nº 23.771.878), por lasuma de Pesos Ocho mil quinientos ($ 8.500.-) concargo de oportuna y documentada rendición decuentas.ARTÍCULO 4º: Impútese el gasto autorizado a laJurisdicción: 1110111000 – SubjurisdicciónPlanificación Estratégica, Unidad Ejecutora: 41 –Secretaría de Planeamiento Estratégico, Fuente deFinanciamiento: 110 – Tesoro Municipal.ARTÍCULO 5º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Gobierno y Seguridad Ciudadana yde Economía y Finanzas.ARTÍCULO 6º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHIC.P. Eduardo D. Aseff - Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2618/2011

Moron, 19 de Diciembre de 2011VISTO:

El expediente Nº 4079-19374/11-1 D.E.,por el cual tramita la solicitud de subsidio para laadquisición de insumos para la operación quenecesita la Sra. Daiana Grisel Bafico y,CONSIDERANDO:

Que a fs. 8/9 del expediente citado en elVisto, obra fotocopia del Informe Socio-Económico,elaborado por la Dirección de Acción Social,dependiente de la Secretaría de Salud y DesarrolloSocial, mediante la cual se verifica la situación de laSra. Daiana Grisel Bafico y, aconsejándose elotorgamiento del subsidio en cuestión.

Que a fs. 11 obra copia del DocumentoNacional de Identidad de la Sra. Bafico y a fs. 13/14y 15 acompaña copia de los estudios médicosrealizados por la peticionante.

Que a fs. 16 obra prescripción médica ydiagnóstico expedidos por el médico del Hospital deGastroenteritis “Dr. Carlos B. Udaondo”.

Que a fs. 17/18 se adjuntan diferentespresupuestos.

Que a fs. 20 la Secretaría de Salud yDesarrollo Social informa que considera pertinente elotorgamiento del subsidio en cuestión.

Que a fs. 22 se agrega la Solicitud deGastos en la cual consta la correspondienteImputación Presupuestaria.

Que en virtud de lo expuesto, correspondedictar el acto administrativo pertinente, deconformidad con lo dispuesto por el artículo 105º dela Ordenanza de Procedimiento Administrativo Nº11654.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE

MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Otórgase un subsidio a favor de laSra. Daiana Grisel Bafico (DNI Nº 30.576.899), porla suma de Pesos Cuatro mil doscientos uno con

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doce centavos ($ 4.201,12.-), a losefectos de adquirir insumos para su operación.ARTICULO 2º: Por la Dirección de Contaduría,líbrese orden de pago por la suma precedentementeindicada, a nombre de Cirugía “Universal SA”, concargo de oportuna y documentada rendición decuentas.ARTICULO 3º: Impútese el gasto autorizado a laJurisdicción: 1110104000 – Subjurisdicción deSalud, Unidad Ejecutora: 12 – Secretaría de Salud,Fuente de Financiamiento: 110 – Tesoro Municipal.ARTICULO 4º: Refrendarán el presente Decreto laSecretaria de Salud y Desarrollo Social y losSecretarios de Economía y Finanzas y de Gobiernoy Seguridad Ciudadana.ARTICULO 5º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHIC.P. Eduardo D. Aseff - Sr. Diego Spina

Lic. Delia A. Zanlungo Ponce* * *

DECRETO Nº 2619/2011Moron, 19 de Diciembre de 2011

VISTO:El expediente Nº 4079-20888/11-0 D.E.

y,CONSIDERANDO:

Que a fs. 2 del expediente citado en elVisto, obra Nota emitida por el Cura Parroco JuanSebastián Velasco y la Jefa de Grupo Scouts Nº1140 “Nuestra Señora del Rosario de Pompeya” deArgentina, quien solicita un subsidio para ayudar aafrontar los gastos que demandará la concurrenciadel Grupo al Jamboree del Centenario en la Ciudadde Mar del Plata, que se llevará a cabo entre los días14 al 22 de Enero del año 2012.

Que a fs. 3/6 obra folletería, listado delGrupo Scouts que concurrirá y documentaciónreferente a la Institución.

Que asimismo toma debida intervenciónla Secretaría de la Unidad de Gestión ComunitarioNº 4 “Castelar Centro-Norte” prestando conformidada lo peticionado por la Institución y aconsejaotorgarle una ayuda económica de Pesos Cuatro mil($ 4.000.-).

Que a fs. 12 la Dirección de Contaduríaagrega la Solicitud de Gastos en la cual consta lacorrespondiente Imputación Presupuestaria.

Que en razón de ello, corresponde dictar elpertinente acto administrativo, de conformidad con loestablecido en el artículo 105º de la Ordenanza Nº11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE

MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Otórgase un subsidio a favor delGrupo Scouts Nº 1140 “Nuestra Señora delRosario de Pompeya” de Argentina, por la suma dePesos Cuatro mil ($ 4.000.-), en carácter deayuda económica para la concurrencia del Grupo dela Institución al “Jamboree del Centenario” en laCiudad de Mar del Plata, que se llevará a cabo entrelos días 14 al 22 de Enero del año 2012.ARTICULO 2º: Por la Dirección de Contaduría,líbrese orden de pago por la suma precedentementeindicada a nombre de la Jefa de Grupo Scouts Sr.Liliana Andrea Lanati (DNI Nº 20.514.259), concargo de oportuna y documentada rendición decuentas.ARTICULO 3º: Impútese el gasto autorizado a laJurisdicción: 1110116000 – Jefatura de Gabinete,Unidad Ejecutora: 49 – Jefatura de Gabinete, Fuentede Financiamiento: 110 – Tesoro Municipal.ARTICULO 4º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Economía y Finanzas y de Gobiernoy Seguridad Ciudadana.ARTICULO 5º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHIC.P. Eduardo D. Aseff - Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2620/2011

Moron, 19 de Diciembre de 2011VISTO:

El expediente Nº 4079-20790/11-0 D.E.,por el cual tramita la solicitud de subsidio para laadquisición de medicamentos efectuada por la Sra.Kunzli Nancy Vera y,CONSIDERANDO:

Que a fs. 2 del expediente citado en elVisto, obra Encuesta Social Única, elaborado por elMinisterio de Salud del Gobierno de la Provincia deBuenos Aires, mediante el cual se verifica lasituación de la Sra. Kunzli Nancy Veraaconsejándose el otorgamiento del subsidio encuestión.

Que a fs. 3/3 vta. luce fotocopia delDocumento Nacional de Ia peticionante, a fs. 5/6diagnóstico médico y prescripciones médicas delHospital Nacional “Prof. Alejandro Posadas”respectivamente.

Que a fs. 7/8 se adjuntan presupuestosde diferentes farmacias.

Que a fs. 10 la Secretaría de Salud yDesarrollo Social informa que considera pertinente elotorgamiento del subsidio en cuestión.

Que a fs. 12 se agrega la Solicitud deGastos en la cual consta la correspondienteImputación Presupuestaria.Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar elacto administrativo pertinente, de conformidad con lodispuesto por el artículo 105º de la Ordenanza deProcedimiento Administrativo Nº 11654.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE

MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Otórgase un subsidio a favor de laSra. Kunzli Nancy Vera (DNI Nº 12.081.950), por lasuma de Pesos Tres mil seiscientos seis condiecinueve centavos ($ 3.606,19), a los efectos deadquirir medicamentos.ARTICULO 2º: Por la Dirección de Contaduría,líbrese la orden de pago por la sumaprecedentemente indicada, a nombre de LaComunitaria de Morón SCS con cargo de oportuna ydocumentada rendición de cuentas.ARTICULO 3º: Impútese el gasto autorizado a laJurisdicción: 1110104000 – Subjurisdicción Salud,Unidad Ejecutora: 12 – Secretaría de Salud, Fuentede Financiamiento: 110 – Tesoro Municipal.ARTICULO 4º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Economía y Finanzas y de Gobiernoy Seguridad Ciudadana.ARTICULO 5º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHIC.P. Eduardo D. Aseff - Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2621/2011

Moron, 19 de Diciembre de 2011VISTO:

El expediente Nº 4079-20913/11-0 D.E.,por el cual tramita la solicitud de subsidio para laadquisición de medicamentos efectuada por la Sra.Fraschetto Claudia Carina, para su hija MorenaVerónica Manolla y,CONSIDERANDO:

Que a fs. 2/2 vta. del expediente citadoen el Visto, obra Informe Social, elaborado por laDirección de Acción Social, dependiente de laSecretaría de Desarrollo Social, mediante el cual severifica la situación de la Sra. Fraschetto ClaudiaCarina aconsejándose el otorgamiento del subsidioen cuestión.

Que a fs. 3 y 4 luce fotocopia de losDocumentos Nacionales de Identidad de la menorMorena Verónica Manolla y de la peticionante, a fs. 5y 7 obran los Certificados de Nacimiento y deDiscapacidad de la menor, a fs. 6/7 y 10/11diagnóstico médico e Historia Clínica del Hospital de

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“Niños Sor María Ludovica” de La Platarespectivamente.

Que a fs. 12/13 se adjuntanpresupuestos de diferentes farmacias.

Que a fs. 15 la Secretaría de Salud yDesarrollo Social informa que considera pertinente elotorgamiento del subsidio en cuestión.

Que a fs. 17 se agrega la Solicitud deGastos en la cual consta la correspondienteImputación Presupuestaria.

Que en virtud de lo expuesto, correspondedictar el acto administrativo pertinente, deconformidad con lo dispuesto por el artículo 105º dela Ordenanza de Procedimiento Administrativo Nº11654.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE

MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Otórgase un subsidio a favor de laSra. Fraschetto Claudia Carina (DNI Nº26.679.004), por la suma de Pesos Dos milsetecientos cincuenta y dos con diez centavos ($2.752,10), a los efectos de adquirir medicamentospara su hija Morena Verónica Manolla (DNI Nº50.273.571).ARTICULO 2º: Por la Dirección de Contaduría,líbrese la orden de pago por la sumaprecedentemente indicada, a nombre de AntiguaFarmacia Mareque SCS con cargo de oportuna ydocumentada rendición de cuentas.ARTICULO 3º: Impútese el gasto autorizado a laJurisdicción: 1110104000 – Subjurisdicción Salud,Unidad Ejecutora: 12 – Secretaría de Salud, Fuentede Financiamiento: 132 – De origen provincial.ARTICULO 4º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Economía y Finanzas y de Gobiernoy Seguridad Ciudadana.ARTICULO 5º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHIC.P. Eduardo D. Aseff - Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2631/2011

Moron, 19 de Diciembre de 2011VISTO:

La Ordenanza Nº 14095/11 sancionadapor el Honorable Concejo Deliberante con fecha 5 deDiciembre del año 2011, el expediente Nº 4079-18168/10-1 D.E. – 71012/11 H.C.D. y,CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la LeyOrgánica de las Municipalidades, establece comoatribución del Departamento Ejecutivo, el promulgary publicar las disposiciones del Honorable ConcejoDeliberante.

Que en virtud de lo expuesto correspondedictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DEMORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº14095/11, sancionada por el Honorable ConcejoDeliberante en Sesión Extraordinaria celebrada eldía 5 de Diciembre del año 2011, cuyo Texto yAnexo en copia certificada se adjunta al presenteDecreto:

…“Dada en la Sala de Sesiones delHonorable Concejo Deliberante a los cinco díasdel mes de diciembre del año dos mil once.”

“FIRMADO: Lic. José María Ghi,Secretario del Honorable Concejo Deliberante – DonJuan Manuel Le Bas, Presidente del HonorableConcejo Deliberante.”ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Planificación Estratégica yAdministración General y de Gobierno y SeguridadCiudadana.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHISr. Daniel G. Larrache - Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2631/2011

O R D E N A N Z A N º 14095/11Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo asubconcesionar a favor de MORON 2020 S.A.P.E.M.la fracción de terreno, libre de mejoras, que formaparte del inmueble conocido como Ex-VII BrigadaAérea, de aproximadamente SETENTAHECTAREAS (70 HA) de superficie, circundantes alBarrio del Servicio Santa Marta, Partido de Morón,Provincia de Buenos Aires, abarcando la fracción encuestión los sectores cuyas nomenclaturascatastrales son: Circunscripción II, Sección J,Parcelas Rurales 31, 32 y parte de la 35a yfracciones de las Quintas 33, 34 y 35, de acuerdocon el Croquis que se agrega al presente comoANEXO I y que la FUERZA AEREA ARGENTINAconcesionara a favor del Municipio de Morón.Artículo 2º: La subconcesión autorizada tendrá porúnico objeto de la puesta en funcionamiento ydesarrollo de una zona de parques, usos recreativosy deportivos, con ajuste a lo estipulado en el ActaConvenio MD Nº 82/08 celebrado entre la FUERZAAEREA ARGENTINA y el MUNICIPIO DE MORON,quedando excluidos del destino de uso deportivo lossectores cuyas nomenclaturas catastrales son:Circunscripción II, Sección J, parte Parcela Rural 31;Quinta 35 – Parcela 1; Quinta 35 y Parcela 2.Artículo 3º: La subconcesión podrá tener unaextensión de hasta DIEZ (10) años, pudiendoprorrogarse mediante acuerdo de partes por CINCO(5) años más, contados a partir de la fecha deentrega del terreno a “MORON 2020 S.A.P.E.M.” Lafinalización del plazo de subconcesión ocurrirá enforma simultánea para la totalidad de las parcelasque integran el sector, independientemente de lafecha en que “MORON 2020 S.A.P.E.M.” autorice suocupación por terceros, no aceptando “ELMUNICIPIO” ningún tipo de reclamos sobre elparticular.Concluido el plazo de concesión, las mejorasexistentes en las fracciones subconcesionadas seincorporarán al patrimonio del Estado NacionalArgentino, sin que ello otorgue derecho aresarcimiento, compensación o reembolso alguno enbeneficio de “MORON 2020 S.A.P.E.M.” o deterceros.Artículo 4º: El MUNICIPIO DE MORON soportará elpago del canon mensual convenido con FUERZAAEREA ARGENTINA mediante ConvenioComplementario Nº 3 “Concesión de Zona deParques y Usos Recreativos y Deportivos” de fecha15 de septiembre de 2010, por espacio de hastaVEINTICUATRO (24) meses corridos contados apartir de la fecha de toma de posesión por parte deMORON 2020 S.A.P.E.M. de la superficiesubconcesionada.Facúltase al Departamento Ejecutivo a llevaradelante todas las modificaciones presupuestariasque correspondan como resultado de la aplicaciónde la presente Ordenanza.Asimismo, y para iguales fines, autorízase acomprometer fondos de ejercicios futuros en lostérminos del artículo 273º de la “Ley Orgánica de lasMunicipalidades”.Artículo 5º: El Departamento Ejecutivo fijará lascondiciones relativas a los derechos y obligacionesde las partes, los incumplimientos, instrumentaciónde mecanismos de admisión y permanencia y demáscuestiones que estime pertinentes en orden apropender al cumplimiento del objeto del presente,del Convenio Complementario Nº 3 “Concesión deZona de Parques y Usos Recreativos y Deportivos”de fecha 15 de septiembre de 2010 celebrado con laFUERZA AEREA ARGENTINA y al resguardo eindemnidad del patrimonio del MUNICIPIO DEMORON y del ESTADO NACIONAL ARGENTINO.Artículo 6º: El contrato de subconcesión que, en elmarco de la presente Ordenanza, suscriba el

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Departamento Ejecutivo deberá ser sometido “adreferéndum” de este Honorable ConcejoDeliberante,Artículo7º: Comuníquese al DepartamentoEjecutivo.Dada en la Sala de Sesiones del Honorable ConcejoDeliberante a los cinco días del mes de diciembredel año dos mil once.“FIRMADO: Lic. José María Ghi, Secretario delHonorable Concejo Deliberante – Don Juan ManuelLe Bas, Presidente del Honorable ConcejoDeliberante.”Por razones de espacio el Anexo deberá sersolicitado en el Departamento de AsuntosTécnicos

* * *DECRETO Nº 2635/2011

Moron, 19 de Diciembre de 2011VISTO:

La Ordenanza Nº 14096/11 sancionadapor el Honorable Concejo Deliberante con fecha 5 deDiciembre del año 2011, el expediente Nº 4079-20630/10-0 D.E. – 69649/10 H.C.D. y,CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la LeyOrgánica de las Municipalidades, establece comoatribución del Departamento Ejecutivo, el promulgary publicar las disposiciones del Honorable ConcejoDeliberante.

Que en virtud de lo expuesto correspondedictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DEMORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº14096/11, sancionada por el Honorable ConcejoDeliberante en Sesión Extraordinaria celebrada eldía 5 de Diciembre del año 2011, cuyo Texto yAnexo en copia certificada se adjunta al presenteDecreto:

…“Dada en la Sala de Sesiones delHonorable Concejo Deliberante a los cinco díasdel mes de diciembre del año dos mil once.”

“FIRMADO: Lic. José María Ghi,Secretario del Honorable Concejo Deliberante – DonJuan Manuel Le Bas, Presidente del HonorableConcejo Deliberante.”ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Planificación Estratégica yAdministración General y de Gobierno y SeguridadCiudadana.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHISr. Daniel G. Larrache - Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2636/2011

O R D E N A N Z A N º 14096/11Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo asubconcesionar a favor de MORON 2020 S.A.P.E.M.la fracción de terreno, libre de mejoras, que formaparte del inmueble conocido como Ex-VII BrigadaAérea, de aproximadamente 20 Has. de superficie,que afecta los sectores cuyas nomenclaturascatastrales son: Circunscripción II, Sección J,Parcelas Rurales 11a, 12a y 13a, de acuerdo con elCroquis que se agrega al presente como ANEXO I yque la FUERZA AEREA ARGENTINA concesionaraa favor del Municipio de Morón.Artículo 2º: La subconcesión autorizada tendrá porúnico objeto de la puesta en funcionamiento ydesarrollo en la totalidad de la superficie objeto delpresente del P.I.T.A.M.- PARQUE INDUSTRIALTECNOLOGICO AERONAUTICO MORON- en tantoparque industrial y de servicios propiciando laradicación de empresas vinculadas con la tecnologíay la actividad aeronáutica.Artículo 3º: La subconcesión podrá tener unaextensión de hasta TREINTA (30) años, pudiendoprorrogarse mediante acuerdo de partes por CINCO

(5) años más, a partir de la fecha de entrega delterreno a “MORON 2020 S.A.P.E.M.” La finalizacióndel plazo de subconcesión ocurrirá en formasimultánea para la totalidad de las parcelas queintegran el sector, independientemente de la fechaen que “MORON 2020 S.A.P.E.M.” autorice suocupación por terceros, no aceptando “ELMUNICIPIO” ningún tipo de reclamos sobre elparticular.Concluido el plazo de concesión, las mejorasexistentes en las fracciones subconcesionadas seincorporarán al patrimonio del Estado NacionalArgentino, sin que ello otorgue derecho aresarcimiento, compensación o reembolso alguno enbeneficio de “MORON 2020 S.A.P.E.M.” o deterceros.Artículo 4º: El MUNICIPIO DE MORON soportará elpago del canon mensual convenido con FUERZAAEREA ARGENTINA mediante ConvenioComplementario Nº 4 de fecha 15 de septiembre de2010, por espacio de hasta VEINTICUATRO (24)meses corridos contados a partir de la fecha de tomade posesión por parte de MORON 2020 S.A.P.E.M.de la superficie subconcesionada.Facúltase al Departamento Ejecutivo a llevaradelante todas las modificaciones presupuestariasque correspondan como resultado de la aplicaciónde la presente Ordenanza.Asimismo, y para iguales fines, autorízase acomprometer fondos de ejercicios futuros en lostérminos del artículo 273º de la “Ley Orgánica de lasMunicipalidades”.Artículo 5º: El Departamento Ejecutivo fijará lascondiciones relativas a los derechos y obligacionesde las partes, los incumplimientos, instrumentaciónde mecanismos de admisión y permanencia y demáscuestiones que estime pertinentes en orden apropender al cumplimiento del objeto del presente,del Convenio Complementario Nº 4 celebrado con laFUERZA AEREA ARGENTINA y al resguardo delpatrimonio del MUNICIPIO DE MORON y delESTADO NACIONAL ARGENTINO.Artículo 6º: El contrato de subconcesión que, en elmarco de la presente Ordenanza, suscriba elDepartamento Ejecutivo deberá ser sometido “adreferéndum” de este Honorable ConcejoDeliberante,Artículo7º: Comuníquese al DepartamentoEjecutivo.Dada en la Sala de Sesiones del Honorable ConcejoDeliberante a los cinco días del mes de diciembredel año dos mil once.“FIRMADO: Lic. José María Ghi, Secretario delHonorable Concejo Deliberante – Don Juan ManuelLe Bas, Presidente del Honorable ConcejoDeliberante.”Por razones de espacio el Anexo deberá sersolicitado en el Departamento de AsuntosTécnicos

* * *DECRETO Nº 2636/2011

Moron, 19 de Diciembre de 2011VISTO:

El expediente Nº 4079-20625/11-0 D.E. y,CONSIDERANDO:

Que a fs. 1 de las actuaciones citadas enel Visto, luce Nota presentada por el Jefe Distrital deMorón, solicitando la suma de Pesos Diecisiete mil($ 17.000.-), con cargo de oportuna y documentadarendición de cuentas, en el marco del Convenio deCooperación Institucional existente entre laMunicipalidad de Morón y la Jefatura Distrital Morón,correspondiente al mes de Noviembre del 2011 a losefectos de proceder a múltiples reparaciones(móviles colisionados, con desperfectos mecánicos,etc.), mantenimiento de la flota automotriz (desgastenormal de los elementos que componen partes de lamecánica liviana de los vehículos), como así tambiénlas reparaciones de chapa y pinturas necesariaspara los móviles policiales. Asimismo se informa queparte de dicha suma será destinada a la mantención

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BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 17

y reparación de las instalaciones y la adquisición demateriales de construcción y mantenimiento edilicio.

Que a fs. 6 toma debida intervención laDirección de Contaduría en el cual consta larespectiva Solicitud de Gastos.Que en razón de ello, corresponde dictar elpertinente acto administrativo, de conformidad con lodispuesto en el artículo 105º de la Ordenanza Nº11.654 de Procedimiento Administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DEMORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Otórgase a la “Jefatura de DistritoMorón”, la suma de Pesos Diecisiete mil ($ 17.000.-), a efectos de solventar los gastos para múltiplesreparaciones de móviles colisionados, chapa, pinturay mantenimiento de la flota automotriz de los móvilespoliciales, como así también para la mantención yreparación de las instalaciones y la adquisición demateriales de construcción y mantenimiento edilicio.ARTICULO 2º: Por la Dirección de Contaduríalíbrese orden de pago por la suma de PesosDiecisiete mil ($ 17.000.-) a nombre de la ComisariaMorón 3ra. Castelar Sur sita en la Avenida LibertadorNº 654, para depositar en la cuenta corriente Nº7004/5 de la Sucursal 5022 del Banco Provincia deCastelar Sur sita en la Avenida Buenos Aires Nº 558,con cargo de oportuna y documentada rendición decuentas.ARTICULO 3º: Impútese el gasto autorizado a laJurisdicción: 1110102000 - SubjurisdicciónGobierno, Unidad Ejecutora: 44 – SecretaríaGeneral de Gobierno, Fuente de Financiamiento:131 – De origen municipal.ARTICULO 4º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Economía y Finanzas y de Gobiernoy Seguridad Ciudadana.ARTICULO 5º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHIC.P. Eduardo D. Aseff - Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2640/2011

Moron, 19 de Diciembre de 2011VISTO:

El expediente Nº 4079-16957/10-0 D.E. (VICuerpos), donde el Proveedor IECSA S.A. solicita elreconocimiento de Variación de Precios al mes deMayo del 2010, de la Licitación Pública Nº 6/2008,de la obra “Refuncionalización Edilicia y Operativadel Hospital Municipal de Morón “Ostaciana B. deLavignolle” y,CONSIDERANDO:

Que luego de la suscripción del Convenioregistrado bajo el Nº 637/2009, entre la Secretaríade Obras Públicas del Ministerio de PlanificaciónFederal, Inversión Pública y Servicios de la Nación yel Municipio de Morón y que a través de la LicitaciónPública Nº 6 del año 2008, resultó adjudicado elproveedor y se formalizó la misma a través delContrato registrado bajo el Nº 879/09 y Addendaregistrada bajo el Nº 231/10.

Que en la redeterminación de preciossolicitada por la empresa se aplicó el mecanismoestablecido en el Decreto Ley PEN Nº 1295/02 deacuerdo al informe de fs. 1099 del expediente citadoen el Visto.

Que se ha suscripto el ActaComplementaria, registrada bajo el Nº 514/2011,entre la Subsecretaría de Obras Públicas,dependiente de la Secretaría de Obras Públicas delMinisterio de Planificación Federal, Inversión Públicay Servicios de la Nación y el Municipio de Morón,donde la primera se compromete a la ampliación dela asistencia financiera, por un monto de PesosVeintiocho millones seiscientos treinta y ocho miltrescientos cincuenta y siete con ochenta centavos($ 28.638.357,80.-), al Municipio de Morón, adreferéndum de la Secretaría de Obras Públicas ydisponibilidades presupuestarias existentes.

Que la Dirección de Proyectos, organismotécnica municipal ha tomado debida intervención enlas actuaciones, y ha detectado un error numérico enla presentación de la Empresa al OrganismoNacional y notificado según consta a fs. 1115.

Que la diferencia ha sido constatada ynotificada al Municipio de Morón con fecha7/11/2011 por el Organismo Nacional, y serásubsanada en la próxima redeterminación de preciossegún consta a fs. 1119.

Que el análisis de las variacionesproducidas desde la firma del pacto demuestra unavariación porcentual del 14,79%.

Que en atención a lo expuesto resultanecesario proceder al dictado del acto administrativopertinente para su correcto tratamiento.

Que por otra parte corresponde notificarfehacientemente al proveedor IECSA S.A.

Que han tomaron debida intervención laSecretaría de Economía y Finanzas y la Dirección deContaduría, adjuntando esta última proyecto de actoadministrativo al efecto.

Que en virtud de lo expuesto, correspondeproceder al dictado del acto administrativo pertinentepara su correcto tratamiento, de conformidad con lodispuesto en el artículo 105º de la Ordenanza Nº11.654 de Procedimiento Administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DEMORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Apruébase la ampliación del montode financiamiento acordada entre la Subsecretaríade Obras Públicas, dependiente de la Secretaría deObras Públicas delMinisterio de Planificación Federal, Inversión Públicay Servicios de la Nación y el Municipio de Morón enreconocimiento de la Variación de Precios al mes deMayo del 2010, en forma provisoria, de la Obra:Refuncionalización Edilicia y Operativa del HospitalMunicipal de Morón “Ostaciana B. de Lavignolle”, porun valor de Pesos Veintiocho millones seiscientostreinta y ocho mil trescientos cincuenta y siete conochenta centavos ($ 28.638.357,80.-), suscripta en elActa Complementaria registrada bajo el Nº 514/11ad referéndum de la Secretaría de Obras Públicas ydisponibilidades presupuestarias existentes.ARTICULO 2º: Notifíquese fehacientemente aIECSA S.A.ARTICULO 3º: Otórguese a la presenteredeterminación, el trámite previsto por el artículo54º del Decreto Provincial Nº 2980/00.ARTICULO 4º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Planificación Estratégica yAdministración General, de Gobierno y SeguridadCiudadana y de Economía y Finanzas.ARTICULO 5º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHIC.P. Eduardo D. Aseff - Sr. Diego Spina

Sr. Daniel G. Larrache* * *

DECRETO Nº 2642/2011Moron, 20 de Diciembre de 2011

VISTO:La Ordenanza Nº 14045/11 sancionada

por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 24de Noviembre del año 2011, el expediente Nº 4079-13267/10 D.E. – 68520/10-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO:

Que habiendo transcurrido el términodispuesto por el artículo 108º, inc. 2º de la LeyOrgánica de las Municipalidades, ha operado lapromulgación ipso iure de la Ordenanza Nº14045/11.

Que atento lo expuesto precedentementeresulta necesario efectuar la inscripción en el registrorespectivo, dictando al efecto el acto administrativopertinente.

Por ello:

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIG ESTO MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 18

EL INTENDENTE MUNICIPALDEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Téngase por Ordenanza Nº14045/11, la norma sancionada por el HonorableConcejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebradael día 24 de Noviembre del año 2011, cuyo texto setranscribe:

“Artículo 1º: Condónese a la Sra.Francisca Longo, el 100% (cien por ciento)de la deuda en concepto de Tasa porServicios Generales de la Partida Nº192.193, incluídos multas, recargos eintereses, por el saldo pendiente delcompromiso de pago CO3-217245 (cuotas 4,5, 6, 7, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18,19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30,31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42,43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 52, 53, 54,55, 56, 57, 58, 59, 60, 61, 62, 63, 64, 65, 66,67, 68, 69, 70, 71, 72, 73, 74, 75, 76, 77, 78,79, 80, 81, 82, 83, 84, 85, 86, 87, 88, 89, 90,91, 92, 93, 94, 95, 96, 97, 98, 99, 100, 101,102, 103, 104, 105, 106, 107, 108, 109, 110,111, 112, 113, 114, 115, 116, 117, 118, 119y 120), y por los años 2008, 2009 y 2010.”

“Artículo 2º: Exímase a la Sra.Francisca Longo, el 100% (cien por ciento)del pago en concepto de Tasa por ServiciosGenerales de la Partida Nº 192.193,incluídos multas, recargos e intereses, por elsaldo pendiente del año 2011.”

“Artículo 3º: En caso de existirjuicio de apremio iniciado por este Municipio,la contribuyente y/o responsable de pago,deberá hacerse cargo de los costos y costasdel mismo”.

“Artículo 4º: Comuníquese alDepartamento Ejecutivo.”

“Dada en la Sala de Sesiones delHonorable Concejo Deliberante a losveinticuatro días del mes de Noviembre delaño dos mil once.”“FIRMADO: Lic. José María Ghi, Secretariodel Honorable Concejo Deliberante – DonJuan Manuel Le Bas, Presidente delHonorable Concejo Deliberante.”

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Gobierno y Seguridad Ciudadana yde Economía y Finanzas.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHIC.P. Eduardo D. Aseff - Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2643/2011

Moron, 20 de Diciembre de 2011VISTO:

La Ordenanza Nº 14044/11 sancionadapor el Honorable Concejo Deliberante con fecha 24de Noviembre del año 2011, los expedientes Nº4079-20220/10 D.E. – 69246/10-0 H.C.D. y AdjuntoNº 4079-46962/03 D.E. – 55412/03 H.C.D. y ,CONSIDERANDO:

Que habiendo transcurrido el términodispuesto por el artículo 108º, inc. 2º de la LeyOrgánica de las Municipalidades, ha operado lapromulgación ipso iure de la Ordenanza Nº14044/11.

Que atento lo expuesto precedentementeresulta necesario efectuar la inscripción en el registrorespectivo, dictando al efecto el acto administrativopertinente.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE

MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Téngase por Ordenanza Nº14044/11, la norma sancionada por el HonorableConcejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada

el día 24 de Noviembre del año 2011, cuyo texto setranscribe:

“Artículo 1º: Condónese a la Sra.Blanca Casia Montiel, el 50% (cincuenta porciento) de la deuda en concepto de Tasa porServicios Generales de la Partida Nº 42.644,incluídos multas, recargos e intereses, porlos saldos pendientes de los años 1992,1993, 1994, 1996, 1997, 1998, 1999, 2000,2001, 2002, 2003, 2005, 2006 y 2010, y porlos años 1995, 2004, 2007, 2008 y 2009.”

“Artículo 2º: Exímase a la Sra.Blanca Casia Montiel, el 50% (cincuenta porciento) del pago en concepto de Tasa porServicios Generales de la Partida Nº 42.644,incluídos multas, recargos e intereses, por elaño 2011.”

“Artículo 3º: En caso de existirjuicio de apremio iniciado por este Municipio,la contribuyente y/o responsable de pago,deberá hacerse cargo de los costos y costasdel mismo.”

“Artículo 4º: Comuníquese alDepartamento Ejecutivo.”

“Dada en la Sala de Sesiones delHonorable Concejo Deliberante a losveinticuatro días del mes de noviembre delaño dos mil once.”

“FIRMADO: Lic. José María Ghi,Secretario del Honorable ConcejoDeliberante – Don Juan Manuel Le Bas,Presidente del Honorable ConcejoDeliberante.”

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Gobierno y Seguridad Ciudadana yde Economía y Finanzas.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHIC.P. Eduardo D. Aseff - Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2644/2011

Moron, 20 de Diciembre de 2011VISTO:

La Ordenanza Nº 14042/11 sancionadapor el Honorable Concejo Deliberante con fecha 24de Noviembre del año 2011, el expediente Nº 4079-12969/11 D.E. – 69848/10-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO:

Que habiendo transcurrido el términodispuesto por el artículo 108º, inc. 2º de la LeyOrgánica de las Municipalidades, ha operado lapromulgación ipso iure de la Ordenanza Nº14042/11.

Que atento lo expuesto precedentementeresulta necesario efectuar la inscripción en el registrorespectivo, dictando al efecto el acto administrativopertinente.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE

MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Téngase por Ordenanza Nº14042/11, la norma sancionada por el HonorableConcejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebradael día 24 de Noviembre del año 2011, cuyo texto setranscribe:

“Artículo 1º: Condónese a la Sra. LeonciaRodríguez, el 100% (cien por ciento) de ladeuda en concepto de Tasa por ServiciosGenerales de la Partida Nº 175.833,incluídos multas, recargos e intereses, porlos saldos pendientes de los años 1993,1994, 1999, 2005 y 2006, y por los años1995, 1996, 1997 y 1998”.“Artículo 2º: En caso de existir juicio deapremio iniciado por este Municipio, lacontribuyente y/o responsable de pago,deberá hacerse cargo de los costos ycostas del mismo”.

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BOLETÍN MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 19

“Artículo 3º: Comuníquese alDepartamento Ejecutivo”.“Dada en la Sala de Sesiones delHonorable Concejo Deliberante a losveinticuatro días del mes de Noviembre delaño dos mil once”.“FIRMADO: Lic. José María Ghi,Secretario del Honorable ConcejoDeliberante – Don Juan Manuel Le Bas,Presidente del Honorable ConcejoDeliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Gobierno y Seguridad Ciudadana yde Economía y Finanzas.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHIC.P. Eduardo D. Aseff - Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2645/2011

Moron, 20 de Diciembre de 2011VISTO:

La Ordenanza Nº 14041/11 sancionadapor el Honorable Concejo Deliberante con fecha 24de Noviembre del año 2011, el expediente Nº 4079-13608/11 D.E. – 69813/10-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO:

Que habiendo transcurrido el términodispuesto por el artículo 108º, inc. 2º de la LeyOrgánica de las Municipalidades, ha operado lapromulgación ipso iure de la Ordenanza Nº14041/11.

Que atento lo expuesto precedentementeresulta necesario efectuar la inscripción en el registrorespectivo, dictando al efecto el acto administrativopertinente.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE

MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Téngase por Ordenanza Nº14041/11, la norma sancionada por el HonorableConcejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebradael día 24 de Noviembre del año 2011, cuyo texto setranscribe:

“Artículo 1º: Condónese a la Sra. VirginiaIrene Colombo, el 100% (cien por ciento)de la deuda en concepto de Tasa porServicios Generales de la Partida Nº233.261, incluídos multas, recargos eintereses, por los saldos pendientes de losaños 2001, 2002, 2003, 2004, 2005 y2010, y por los años 2006, 2007, 2008 y2009.”“Artículo 2º: En caso de existir juicio deapremio iniciado por este Municipio, lacontribuyente y/o responsable de pago,deberá hacerse cargo de los costos ycostas del mismo.”“Artículo 3º: Comuníquese alDepartamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones delHonorable Concejo Deliberante a losveinticuatro días del mes de noviembre delaño dos mil once.”“FIRMADO: Lic. José María Ghi,Secretario del Honorable ConcejoDeliberante – Don Juan Manuel Le Bas,Presidente del Honorable ConcejoDeliberante.”

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Gobierno y Seguridad Ciudadana yde Economía y Finanzas.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHIC.P. Eduardo D. Aseff - Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2646/2011

Moron, 20 de Diciembre de 2011VISTO:

La Ordenanza Nº 14039/11 sancionadapor el Honorable Concejo Deliberante con fecha 24de Noviembre del año 2011, los expedientes Nº4079-14791/11 D.E. – 69895/11-0 H.C.D. y AdjuntoNº 4079-14309/10 D.E. – 67906/09-0 H.C.D., y Nº4079-16800/07 D.E.- 64481/07-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO:

Que habiendo transcurrido el términodispuesto por el artículo 108º, inc. 2º de la LeyOrgánica de las Municipalidades, ha operado lapromulgación ipso iure de la Ordenanza Nº14039/11.

Que atento lo expuesto precedentementeresulta necesario efectuar la inscripción en el registrorespectivo, dictando al efecto el acto administrativopertinente.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE

MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Téngase por Ordenanza Nº14039/11, la norma sancionada por el HonorableConcejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebradael día 24 de Noviembre del año 2011, cuyo texto setranscribe:

“Artículo 1º: Condónese al Sr.Rolando Alcadio López, el 100% (cien porciento) de la deuda en concepto de Tasa porServicios Generales de la Partida Nº113.309, incluídos multas, recargos eintereses, por los saldos pendientes de losaños 1992, 1994 y 2000, y por los años1995, 1996, 1997, 1998 y 1999”.

“Artículo 2º: En caso de existirjuicio de apremio iniciado por este Municipio,el contribuyente y/o responsable de pago,deberá hacerse cargo de los costos y costasdel mismo”.

“Artículo 3º: Comuníquese alDepartamento Ejecutivo”.

“Dada en la Sala de Sesiones delHonorable Concejo Deliberante a losveinticuatro días del mes de Noviembre delaño dos mil once”.

“FIRMADO: Lic. José María Ghi,Secretario del Honorable ConcejoDeliberante – Don Juan Manuel Le Bas,Presidente del Honorable ConcejoDeliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Gobierno y Seguridad Ciudadana yde Economía y Finanzas.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHIC.P. Eduardo D. Aseff - Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2647/2011

Moron, 20 de Diciembre de 2011VISTO:

La Ordenanza Nº 14038/11 sancionadapor el Honorable Concejo Deliberante con fecha 24de noviembre del año 2011, el expediente Nº 4079-13235/10 D.E. – 68321/09-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO:

Que habiendo transcurrido el términodispuesto por el artículo 108º, inc. 2º de la LeyOrgánica de las Municipalidades, ha operado lapromulgación ipso iure de la Ordenanza Nº14038/11.

Que atento lo expuesto precedentementeresulta necesario efectuar la inscripción en el registrorespectivo, dictando al efecto el acto administrativopertinente.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE

MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Téngase por Ordenanza Nº14038/11, la norma sancionada por el HonorableConcejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada

Page 20: MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y …moron.gob.ar/wp-content/Boletines/2011 Boletines/12... · de la Agencia de Planificación” ... para cubrir los gastos originados

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIG ESTO MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 20

el día 24 de noviembre del año 2011, cuyo texto setranscribe:

“Artículo 1º: Condónese a laPartida Nº 13.291, el 100% (cien por ciento)de la deuda en concepto de Tasa porServicios Generales, incluídos multas,recargos e intereses, por los saldospendientes de los años 2008 y 2009, y porlos años 2006, 2007 y 2010.”

“Artículo 2º: Exímase a la PartidaNº 13.291, el 100% (cien por ciento) delpago en concepto de Tasa por ServiciosGenerales, incluídos multas, recargos eintereses, por el año 2011.”

“Artículo 3º: En caso de existirjuicio de apremio iniciado por este Municipio,el contribuyente y/o responsable de pago,deberá hacerse cargo de los costos y costasdel mismo.”

“Artículo 4º: Comuníquese alDepartamento Ejecutivo.”

“Dada en la Sala de Sesiones delHonorable Concejo Deliberante a losveinticuatro días del mes de noviembre delaño dos mil once.”

“FIRMADO: Lic. José María Ghi,Secretario del Honorable ConcejoDeliberante – Don Juan Manuel Le Bas,Presidente del Honorable ConcejoDeliberante.”

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Gobierno y Seguridad Ciudadana yde Economía y Finanzas.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHIC.P. Eduardo D. Aseff - Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2648/2011

Moron, 20 de Diciembre de 2011VISTO:

La Ordenanza Nº 14014/2011 sancionadapor el Honorable Concejo Deliberante con fecha 24de Noviembre del año 2011, el expediente Nº 4079-12974/11 D.E. – 70062/11-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO:

Que habiendo transcurrido el términodispuesto por el artículo 108º, inc. 2º de la LeyOrgánica de las Municipalidades, ha operado lapromulgación ipso iure de la Ordenanza Nº14014/11.

Que atento lo expuesto precedentementeresulta necesario efectuar la inscripción en el registrorespectivo, dictando al efecto el acto administrativopertinente.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE

MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Téngase por Ordenanza Nº14014/11, la norma sancionada por el HonorableConcejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebradael día 24 de Noviembre del año 2011, cuyo texto setranscribe:

“Artículo 1º: Condónese al Sr. CarlosAlberto Oruezabala, el 100% (cien porciento) la deuda en concepto de Tasa porServicios Generales de la Partida Nº224.969, incluídos multas, recargos eintereses, por los saldos de los años 20042005, 2007, 2009 y 2010 y por el año2006.”“Artículo 2º: Exímase al Sr. Carlos AlbertoOruezabala, el 100% (cien por ciento)del pago en concepto de Tasa porServicios Generales de la Partida Nº224.969, incluídos multas, recargos eintereses, por el saldo pendiente del año2011.”“Artículo 3º: En caso de existir juicio deapremio iniciado por este Municipio, la

contribuyente y/o responsable de pago,deberá hacerse cargo de los costos ycostas del mismo.”“Artículo 4º: Comuníquese alDepartamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones delHonorable Concejo Deliberante a losveinticuatro días del mes de Noviembre delaño dos mil once.”“FIRMADO: Lic. José María Ghi,Secretario del Honorable ConcejoDeliberante – Don Juan Manuel Le Bas,Presidente del Honorable ConcejoDeliberante.”

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Economía y Finanzas y de Gobiernoy Seguridad Ciudadana.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHIC.P. Eduardo D. Aseff - Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2649/2011

Moron, 20 de Diciembre de 2011VISTO:

La Ordenanza Nº 14012/2011 sancionadapor el Honorable Concejo Deliberante con fecha 24de Noviembre del año 2011, el expediente Nº 4079-12972/11 D.E. – 70064/11-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO:

Que habiendo transcurrido el términodispuesto por el artículo 108º, inc. 2º de la LeyOrgánica de las Municipalidades, ha operado lapromulgación ipso iure de la Ordenanza Nº14012/11.

Que atento lo expuesto precedentementeresulta necesario efectuar la inscripción en el registrorespectivo, dictando al efecto el acto administrativopertinente.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE

MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Téngase por Ordenanza Nº14012/11, la norma sancionada por el HonorableConcejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebradael día 24 de Noviembre del año 2011, cuyo texto setranscribe:

“Artículo 1º: Condónese a la Sra. NoraMónica Terragni, el 75% (setenta y cincopor ciento) la deuda en concepto de Tasapor Servicios Generales de la Partida Nº116.195, incluídos multas, recargos eintereses, por el saldo pendiente del año2004 y por los años 2005, 2006, 2007,2008, 2009 y 2010. ”“Artículo 2º: Exímase a la Sra. NoraMónica Terragni, el 75% (setenta y cincopor ciento) del pago en concepto de Tasapor Servicios Generales de la Partida Nº116.195, incluídos multas, recargos eintereses, por el saldo pendiente del año2011.”“Artículo 3º: En caso de existir juicio deapremio iniciado por este Municipio, lacontribuyente y/o responsable de pago,deberá hacerse cargo de los costos ycostas del mismo.”“Artículo 4º: Comuníquese alDepartamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones delHonorable Concejo Deliberante a losveinticuatro días del mes de Noviembre delaño dos mil once.”“FIRMADO: Lic. José María Ghi,Secretario del Honorable ConcejoDeliberante – Don Juan Manuel Le Bas,Presidente del Honorable ConcejoDeliberante.”

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIG ESTO MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 21

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Economía y Finanzas y de Gobiernoy Seguridad Ciudadana.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHIC.P. Eduardo D. Aseff - Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2650/2011

Moron, 20 de Diciembre de 2011VISTO:

La Ordenanza Nº 13998/11 sancionadapor el Honorable Concejo Deliberante con fecha 24de Noviembre del año 2011, los expedientes Nº4079-14304/10 D.E. – 68018/09-0 H.C.D. y AdjuntoNº 4079-30697/01 D.E. – 50683/01 H.C.D., y,CONSIDERANDO:

Que habiendo transcurrido el términodispuesto por el artículo 108º, inc. 2º de la LeyOrgánica de las Municipalidades, ha operado lapromulgación ipso iure de la Ordenanza Nº13998/11.

Que atento lo expuesto precedentementeresulta necesario efectuar la inscripción en el registrorespectivo, dictando al efecto el acto administrativopertinente.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE

MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Téngase por Ordenanza Nº13998/11, la norma sancionada por el HonorableConcejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebradael día 24 de Noviembre del año 2011, cuyo texto setranscribe:

“Artículo 1º: Condónese a la Sra.Irma Jesús Navarro, el 100% (cien porciento) de la deuda en concepto de Tasa porServicios Generales de la Partida Nº159.234, incluídos multas, recargos eintereses, por los años 2001, 2002, 2003,2004, 2005, 2006, 2007, 2008 y 2009”.

“Artículo 2º: En caso de existirjuicio de apremio iniciado por este Municipio,la contribuyente y/o responsable de pago,deberá hacerse cargo de los costos y costasdel mismo”.

“Artículo 3º: Comuníquese alDepartamento Ejecutivo”.

“Dada en la Sala de Sesiones delHonorable Concejo Deliberante a losveinticuatro días del mes de Noviembre delaño dos mil once”.

“FIRMADO: Lic. José María Ghi,Secretario del Honorable ConcejoDeliberante – Don Juan Manuel Le Bas,Presidente del Honorable ConcejoDeliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Gobierno y Seguridad Ciudadana yde Economía y Finanzas.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHIC.P. Eduardo D. Aseff - Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2651/2011

Moron, 20 de Diciembre de 2011VISTO:

La Ordenanza Nº 14061/11 sancionadapor el Honorable Concejo Deliberante con fecha 24de Noviembre del año 2011, el expediente Nº 4079-13971/11 D.E. – 70210/11-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO:

Que habiendo transcurrido el términodispuesto por el artículo 108º, inc. 2º de la LeyOrgánica de las Municipalidades, ha operado lapromulgación ipso iure de la Ordenanza Nº14061/11.

Que atento lo expuesto precedentementeresulta necesario efectuar la inscripción en el registro

respectivo, dictando al efecto el acto administrativopertinente.Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DEMORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Téngase por Ordenanza Nº14061/11, la norma sancionada por el HonorableConcejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebradael día 24 de Noviembre del año 2011, cuyo texto setranscribe:

“Artículo 1º: Condónese a la Sra.Felisa Mercedes Anido, el 100% (cien porciento) de la deuda en concepto de Tasapor Servicios Generales de la Partida Nº203.700, incluídos multas, recargos eintereses, por los saldos pendientes de losaños 1993, 1995, 1999, 2000, 2001, 2003,2004, 2006 y 2007, y por los años 2002 y2005”.

“Artículo 2º: En caso de existirjuicio de apremio iniciado por esteMunicipio, la contribuyente y/o responsablede pago, deberá hacerse cargo de loscostos y costas del mismo”.

“Artículo 3º: Comuníquese alDepartamento Ejecutivo”.

“Dada en la Sala de Sesionesdel Honorable Concejo Deliberante a losveinticuatro días del mes de Noviembre delaño dos mil once”.

“FIRMADO: Lic. José MaríaGhi, Secretario del Honorable ConcejoDeliberante – Don Juan Manuel Le Bas,Presidente del Honorable ConcejoDeliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Gobierno y Seguridad Ciudadana yde Economía y Finanzas.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHIC.P. Eduardo D. Aseff - Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2652/2011

Moron, 20 de Diciembre de 2011VISTO:

La Ordenanza Nº 14066/11 sancionadapor el Honorable Concejo Deliberante con fecha 24de Noviembre del año 2011, el expediente Nº 4079-13732/10 D.E. – 68695/10-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO:

Que habiendo transcurrido el términodispuesto por el artículo 108º, inc. 2º de la LeyOrgánica de las Municipalidades, ha operado lapromulgación ipso iure de la Ordenanza Nº14066/11.

Que atento lo expuesto precedentementeresulta necesario efectuar la inscripción en el registrorespectivo, dictando al efecto el acto administrativopertinente.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE

MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Téngase por Ordenanza Nº14066/11, la norma sancionada por el HonorableConcejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebradael día 24 de noviembre del año 2011, cuyo texto setranscribe:

“Artículo 1º: Condónese al Sr.Francisco José Barracchia, el 50%(cincuenta por ciento) de la deuda enconcepto de Tasa por Servicios Generalesde la Partida Nº 19.366, incluídos multas,recargos e intereses, por los saldospendientes de los años 1993, 1994, 2001,2002, 2004 y 2010, y por los años 1995,1996, 1997, 1998, 1999, 2000, 2003, 2005,2006, 2007, 2008 y 2009.”

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIG ESTO MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 22

“Artículo 2º: Exímase al Sr.Francisco José Barracchia, el 50%(cincuenta por ciento) del pago en conceptode Tasa por Servicios Generales de laPartida Nº 19.366, incluídos multas, recargose intereses, por el año 2011.”

“Artículo 3º: En caso de existirjuicio de apremio iniciado por este Municipio,el contribuyente y/o responsable de pago,deberá hacerse cargo de los costos y costasdel mismo.”

“Artículo 4º: Comuníquese alDepartamento Ejecutivo.”

“Dada en la Sala de Sesiones delHonorable Concejo Deliberante a losveinticuatro días del mes de noviembre delaño dos mil once.”

“FIRMADO: Lic. José María Ghi,Secretario del Honorable ConcejoDeliberante – Don Juan Manuel Le Bas,Presidente del Honorable ConcejoDeliberante.”

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Gobierno y Seguridad Ciudadana yde Economía y Finanzas.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHIC.P. Eduardo D. Aseff - Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2653/2011

Moron, 20 de Diciembre de 2011VISTO:

La Ordenanza Nº 14047/11 sancionadapor el Honorable Concejo Deliberante con fecha 24de noviembre del año 2011, el expediente Nº 4079-15789/10 D.E. – 68908/10-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO:

Que habiendo transcurrido el términodispuesto por el artículo 108º, inc. 2º de la LeyOrgánica de las Municipalidades, ha operado lapromulgación ipso iure de la Ordenanza Nº14047/11.

Que atento lo expuesto precedentementeresulta necesario efectuar la inscripción en el registrorespectivo, dictando al efecto el acto administrativopertinente.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE

MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Téngase por Ordenanza Nº14047/11, la norma sancionada por el HonorableConcejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebradael día 24 de noviembre del año 2011, cuyo texto setranscribe:

“Artículo 1º: Condónese a la Sra. MercedesAlicia González, el 100% (cien por ciento) dela deuda en concepto de Tasa por ServiciosGenerales de la Partida Nº 16.953, incluídosmultas, recargos e intereses, por los saldospendientes de los años 2001, 2004 y 2009, ypor los años 2002 y 2003.”“Artículo 2º: En caso de existir juicio deapremio iniciado por este Municipio, lacontribuyente y/o responsable de pago,deberá hacerse cargo de los costos y costasdel mismo.”“Artículo 3º: Comuníquese al DepartamentoEjecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del HonorableConcejo Deliberante a los veinticuatro díasdel mes de noviembre del año dos mil once.”“FIRMADO: Lic. José María Ghi, Secretariodel Honorable Concejo Deliberante – DonJuan Manuel Le Bas, Presidente delHonorable Concejo Deliberante.”

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Gobierno y Seguridad Ciudadana yde Economía y Finanzas.

ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHIC.P. Eduardo D. Aseff - Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2654/2011

Moron, 20 de Diciembre de 2011VISTO:

La Ordenanza Nº 14049/11 sancionadapor el Honorable Concejo Deliberante con fecha 24de noviembre del año 2011, el expediente Nº 4079-15810/10 D.E. – 68962/10-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO:

Que habiendo transcurrido el términodispuesto por el artículo 108º, inc. 2º de la LeyOrgánica de las Municipalidades, ha operado lapromulgación ipso iure de la Ordenanza Nº14049/11.

Que atento lo expuesto precedentementeresulta necesario efectuar la inscripción en el registrorespectivo, dictando al efecto el acto administrativopertinente.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE

MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Téngase por Ordenanza Nº14049/11, la norma sancionada por el HonorableConcejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebradael día 24 de noviembre del año 2011, cuyo texto setranscribe:

“Artículo 1º: Condónese a la Sra. LuisaFernández, el 83,32% (ochenta y tres contreinta y dos por ciento) de la deuda enconcepto de Tasa por Servicios Generalesde la Partida Nº 505.383, incluídos multas,recargos e intereses, por el saldo pendientedel año 2010, y por los años 2006, 2007,2008 y 2009.”“Artículo 2º: En caso de existir juicio deapremio iniciado por este Municipio, lacontribuyente y/o responsable de pago,deberá hacerse cargo de los costos y costasdel mismo.”“Artículo 3º: Comuníquese al DepartamentoEjecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del HonorableConcejo Deliberante a los veinticuatro díasdel mes de noviembre del año dos mil once.”“FIRMADO: Lic. José María Ghi, Secretariodel Honorable Concejo Deliberante – DonJuan Manuel Le Bas, Presidente delHonorable Concejo Deliberante.”

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Gobierno y Seguridad Ciudadana yde Economía y Finanzas.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHIC.P. Eduardo D. Aseff - Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2655/2011

Moron, 20 de Diciembre de 2011VISTO:

La Ordenanza Nº 14050/11 sancionadapor el Honorable Concejo Deliberante con fecha 24de Noviembre del año 2011, el expediente Nº 4079-14542/10 D.E. – 68850/10-0 H.C.D. yCONSIDERANDO:

Que habiendo transcurrido el términodispuesto por el artículo 108º, inc. 2º de la LeyOrgánica de las Municipalidades, ha operado lapromulgación ipso iure de la Ordenanza Nº14050/11.

Que atento lo expuesto precedentementeresulta necesario efectuar la inscripción en el registrorespectivo, dictando al efecto el acto administrativopertinente.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL

PARTIDO DE MORÓN

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIG ESTO MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 23

DECRETA:ARTICULO 1º: Téngase por Ordenanza Nº14050/11, la norma sancionada por el HonorableConcejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebradael día 24 de Noviembre del año 2011, cuyo texto setranscribe:

“Artículo 1º: Condónese al Sr. JuanCarlos Velázquez, el 100% (cien por ciento)de la deuda en concepto de Tasa porServicios Generales de la Partida Nº151.537, incluídos multas, recargos eintereses, por los saldos pendientes de losaños 2002 y 2003, y por los años 2005,2006, 2007, 2008 y 2009”.

“Artículo 2º: En caso de existirjuicio de apremio iniciado por este Municipio,el contribuyente y/o responsable de pago,deberá hacerse cargo de los costos y costasdel mismo”.

“Artículo 3º: Comuníquese alDepartamento Ejecutivo”.

“Dada en la Sala de Sesiones delHonorable Concejo Deliberante a losveinticuatro días del mes de Noviembre delaño dos mil once”.

“FIRMADO: Lic. José María Ghi,Secretario del Honorable ConcejoDeliberante – Don Juan Manuel Le Bas,Presidente del Honorable ConcejoDeliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Gobierno y Seguridad Ciudadana yde Economía y Finanzas.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHIC.P. Eduardo D. Aseff - Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2656/2011

Moron, 20 de Diciembre de 2011VISTO:

La Ordenanza Nº 14051/11 sancionadapor el Honorable Concejo Deliberante con fecha 24de noviembre del año 2011, el expediente Nº 4079-18225/10 D.E. – 69235/10-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO:

Que habiendo transcurrido el términodispuesto por el artículo 108º, inc. 2º de la LeyOrgánica de las Municipalidades, ha operado lapromulgación ipso iure de la Ordenanza Nº14051/11.

Que atento lo expuesto precedentementeresulta necesario efectuar la inscripción en el registrorespectivo, dictando al efecto el acto administrativopertinente.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Téngase por Ordenanza Nº14051/11, la norma sancionada por el HonorableConcejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebradael día 24 de noviembre del año 2011, cuyo texto setranscribe:

“Artículo 1º: Condónese a la Sra. Domingadel Carmen Medina, el 100% (cien porciento) de la deuda en concepto de Tasa porServicios Generales de la Partida Nº 39.859,incluídos multas, recargos e intereses, por elsaldo pendiente del compromiso de pagoCO3- 204129 (cuotas 11, 12, 13, 14, 15, 16,17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28,29 y 30), por el saldo pendiente del año2010, y por los años 2002, 2003, 2004,2005, 2006, 2007, 2008 y 2009.”“Artículo 2º: En caso de existir juicio deapremio iniciado por este Municipio, lacontribuyente y/o responsable de pago,deberá hacerse cargo de los costos y costasdel mismo.”

“Artículo 3º: Comuníquese al DepartamentoEjecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del HonorableConcejo Deliberante a los veinticuatro díasdel mes de noviembre del año dos mil once.”“FIRMADO: Lic. José María Ghi, Secretariodel Honorable Concejo Deliberante – DonJuan Manuel Le Bas, Presidente delHonorable Concejo Deliberante.”

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Gobierno y Seguridad Ciudadana yde Economía y Finanzas.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHIC.P. Eduardo D. Aseff - Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2657/2011

Moron, 20 de Diciembre de 2011VISTO:

La Ordenanza Nº 14053/11 sancionadapor el Honorable Concejo Deliberante con fecha 24de Noviembre del año 2011, el expediente Nº 4079-13162/10 D.E. – 68251/09-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO:

Que habiendo transcurrido el términodispuesto por el artículo 108º, inc. 2º de la LeyOrgánica de las Municipalidades, ha operado lapromulgación ipso iure de la Ordenanza Nº14053/11.

Que atento lo expuesto precedentementeresulta necesario efectuar la inscripción en el registrorespectivo, dictando al efecto el acto administrativopertinente.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Téngase por Ordenanza Nº14053/11, la norma sancionada por el HonorableConcejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebradael día 24 de Noviembre del año 2011, cuyo texto setranscribe:

“Artículo 1º: Condónese al Sr. EderCayetano Finelli, el 100% (cien por ciento)de la deuda en concepto de Tasa porServicios Generales de la Partida Nº 11.634,incluídos multas, recargos e intereses, porlos años 1995, 1996, 1997, 1998, 1999,2000, 2001 y 2002”.

“Artículo 2º: En caso de existirjuicio de apremio iniciado por este Municipio,el contribuyente y/o responsable de pago,deberá hacerse cargo de los costos y costasdel mismo”.

“Artículo 3º: Comuníquese alDepartamento Ejecutivo”.

“Dada en la Sala de Sesiones delHonorable Concejo Deliberante a losveinticuatro días del mes de Noviembre delaño dos mil once”.

“FIRMADO: Lic. José María Ghi,Secretario del Honorable ConcejoDeliberante – Don Juan Manuel Le Bas,Presidente del Honorable ConcejoDeliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Gobierno y Seguridad Ciudadana yde Economía y Finanzas.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHIC.P. Eduardo D. Aseff - Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2658/2011

Moron, 20 de Diciembre de 2011VISTO:

La Ordenanza Nº 14054/2011 sancionadapor el Honorable Concejo Deliberante con fecha 24de Noviembre del año 2011, el expediente Nº 4079-12978/11 D.E. – 70054/11-0 H.C.D. y,

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIG ESTO MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 24

CONSIDERANDO:Que habiendo transcurrido el término

dispuesto por el artículo 108º, inc. 2º de la LeyOrgánica de las Municipalidades, ha operado lapromulgación ipso iure de la Ordenanza Nº14054/11.

Que atento lo expuesto precedentementeresulta necesario efectuar la inscripción en el registrorespectivo, dictando al efecto el acto administrativopertinente.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE

MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Téngase por Ordenanza Nº14054/11, la norma sancionada por el HonorableConcejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebradael día 24 de Noviembre del año 2011, cuyo texto setranscribe:

“Artículo 1º: Condónese al Sr. OscarModesto Belcore, el 100% (cien por ciento)la deuda en concepto de Tasa porServicios Generales de la Partida Nº15.455, incluídos multas, recargos eintereses, por el saldo del año 2006 y porlos años 2001, 2002, 2003 y 2004.”“Artículo 2º: En caso de existir juicio deapremio iniciado por este Municipio, lacontribuyente y/o responsable de pago,deberá hacerse cargo de los costos ycostas del mismo.”“Artículo 3º: Comuníquese alDepartamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones delHonorable Concejo Deliberante a losveinticuatro días del mes de Noviembre delaño dos mil once.”“FIRMADO: Lic. José María Ghi,Secretario del Honorable ConcejoDeliberante – Don Juan Manuel Le Bas,Presidente del Honorable ConcejoDeliberante.”

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Economía y Finanzas y de Gobiernoy Seguridad Ciudadana.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHIC.P. Eduardo D. Aseff - Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2659/2011

Moron, 20 de Diciembre de 2011VISTO:

La Ordenanza Nº 14056/11 sancionadapor el Honorable Concejo Deliberante con fecha 24de Noviembre del año 2011, el expediente Nº 4079-13287/11 D.E. – 69925/11-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO:

Que habiendo transcurrido el términodispuesto por el artículo 108º, inc. 2º de la LeyOrgánica de las Municipalidades, ha operado lapromulgación ipso iure de la Ordenanza Nº14056/11.

Que atento lo expuesto precedentementeresulta necesario efectuar la inscripción en el registrorespectivo, dictando al efecto el acto administrativopertinente.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Téngase por Ordenanza Nº14056/11, la norma sancionada por el HonorableConcejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebradael día 24 de Noviembre del año 2011, cuyo texto setranscribe:

“Artículo 1º: Condónese al Sr. RoqueRodríguez, el 50% (cincuenta por ciento)de la deuda en concepto de Tasa porServicios Generales de la Partida Nº112.768, incluídos multas, recargos e

intereses, por el saldo pendiente del año2007, y por los años 2008, 2009 y 2010.”“Artículo 2º: En caso de existir juicio deapremio iniciado por este Municipio, elcontribuyente y/o responsable de pago,deberá hacerse cargo de los costos ycostas del mismo.”“Artículo 3º: Comuníquese alDepartamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones delHonorable Concejo Deliberante a losveinticuatro días del mes de noviembre delaño dos mil once.”“FIRMADO: Lic. José María Ghi,Secretario del Honorable ConcejoDeliberante – Don Juan Manuel Le Bas,Presidente del Honorable ConcejoDeliberante.”

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Gobierno y Seguridad Ciudadana yde Economía y Finanzas.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHIC.P. Eduardo D. Aseff - Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2660/2011

Moron, 20 de Diciembre de 2011VISTO:

La Ordenanza Nº 14057/11 sancionadapor el Honorable Concejo Deliberante con fecha 24de noviembre del año 2011, el expediente Nº 4079-13603/11 D.E. – 69933/11-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO:

Que habiendo transcurrido el términodispuesto por el artículo 108º, inc. 2º de la LeyOrgánica de las Municipalidades, ha operado lapromulgación ipso iure de la Ordenanza Nº14057/11.

Que atento lo expuesto precedentementeresulta necesario efectuar la inscripción en el registrorespectivo, dictando al efecto el acto administrativopertinente.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Téngase por Ordenanza Nº14057/11, la norma sancionada por el HonorableConcejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebradael día 24 de noviembre del año 2011, cuyo texto setranscribe:

“Artículo 1º: Condónese al Sr.Dimas Bernardo San Miguel, el 50%(cincuenta por ciento) de la deuda enconcepto de Tasa por Servicios Generalesde la Partida Nº 177.516, incluídos multas,recargos e intereses, por los saldospendientes de los años 1986, 1987, 1989,1990, 1991, 1992, 1993 y 1994, y por losaños 1995, 1996, 1997, 1998, 1999, 2000,2005, 2006, 2007, 2008, 2009 y 2010.”

“Artículo 2º: Exímase al Sr. DimasBernardo San Miguel, el 50% (cincuenta porciento) del pago en concepto de Tasa porServicios Generales de la Partida Nº177.516, incluídos multas, recargos eintereses, por el año 2011.”

“Artículo 3º: En caso de existirjuicio de apremio iniciado por este Municipio,el contribuyente y/o responsable de pago,deberá hacerse cargo de los costos y costasdel mismo.”

“Artículo 4º: Comuníquese alDepartamento Ejecutivo.”

“Dada en la Sala de Sesiones delHonorable Concejo Deliberante a losveinticuatro días del mes de noviembre delaño dos mil once.”

“FIRMADO: Lic. José María Ghi,Secretario del Honorable Concejo

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIG ESTO MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 25

Deliberante – Don Juan Manuel Le Bas,Presidente del Honorable ConcejoDeliberante.”

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Gobierno y Seguridad Ciudadana yde Economía y Finanzas.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHIC.P. Eduardo D. Aseff - Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2661/2011

Moron, 20 de Diciembre de 2011VISTO:

La Ordenanza Nº 14060/11 sancionadapor el Honorable Concejo Deliberante con fecha 24de noviembre del año 2011, el expediente Nº 4079-13597/11 D.E. – 70121/11-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO:

Que habiendo transcurrido el términodispuesto por el artículo 108º, inc. 2º de la LeyOrgánica de las Municipalidades, ha operado lapromulgación ipso iure de la Ordenanza Nº14060/11.

Que atento lo expuesto precedentementeresulta necesario efectuar la inscripción en el registrorespectivo, dictando al efecto el acto administrativopertinente.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE

MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Téngase por Ordenanza Nº14060/11, la norma sancionada por el HonorableConcejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebradael día 24 de noviembre del año 2011, cuyo texto setranscribe:

“Artículo 1º: Condónese a laPartida Nº 125.873, el 50% (cincuenta porciento) de la deuda en concepto de Tasa porServicios Generales, incluídos multas,recargos e intereses, por los saldospendientes de los años 2000, 2003, 2004 y2005, y por los años 2001, 2002, 2006,2007, 2008, 2009 y 2010.”

“Artículo 2º: Exímase a la PartidaNº 125.873, el 50% (cincuenta por ciento)del pago en concepto de Tasa por ServiciosGenerales, incluídos multas, recargos eintereses, por el año 2011.”

“Artículo 3º: En caso de existirjuicio de apremio iniciado por este Municipio,la contribuyente y/o responsable de pago,deberá hacerse cargo de los costos y costasdel mismo.”

“Artículo 4º: Comuníquese alDepartamento Ejecutivo.”

“Dada en la Sala de Sesiones delHonorable Concejo Deliberante a losveinticuatro días del mes de noviembre delaño dos mil once.”

“FIRMADO: Lic. José María Ghi,Secretario del Honorable ConcejoDeliberante – Don Juan Manuel Le Bas,Presidente del Honorable ConcejoDeliberante.”

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Gobierno y Seguridad Ciudadana yde Economía y Finanzas.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHIC.P. Eduardo D. Aseff - Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2662/2011

Moron, 20 de Diciembre de 2011VISTO:

La Ordenanza Nº 14062/11 sancionadapor el Honorable Concejo Deliberante con fecha 24de Noviembre del año 2011, el expediente Nº 4079-15674/11 D.E. – 70454/11-0 H.C.D. y,

CONSIDERANDO:Que habiendo transcurrido el término

dispuesto por el artículo 108º, inc. 2º de la LeyOrgánica de las Municipalidades, ha operado lapromulgación ipso iure de la Ordenanza Nº14062/11.

Que atento lo expuesto precedentementeresulta necesario efectuar la inscripción en el registrorespectivo, dictando al efecto el acto administrativopertinente.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE

MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Téngase por Ordenanza Nº14062/11, la norma sancionada por el HonorableConcejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebradael día 24 de Noviembre del año 2011, cuyo texto setranscribe:

“Artículo 1º: Condónese al Sr.Horacio Juan Cala, el 62,47% (sesenta y doscon cuarenta y siete por ciento) de la deudaen concepto de Tasa por ServiciosGenerales de la Partida Nº 2.646, incluídosmultas, recargos e intereses, por el saldopendiente del año 1996, y por los años 1997,1998, 1999, 2000, 2001, 2002, 2003, 2004,2005, 2006, 2007 y 2008.”

“Artículo 2º: En caso de existirjuicio de apremio iniciado por este Municipio,el contribuyente y/o responsable de pago,deberá hacerse cargo de los costos y costasdel mismo.”

“Artículo 3º: Comuníquese alDepartamento Ejecutivo.”

“Dada en la Sala de Sesiones delHonorable Concejo Deliberante a losveinticuatro días del mes de noviembre delaño dos mil once.”

“FIRMADO: Lic. José María Ghi,Secretario del Honorable ConcejoDeliberante – Don Juan Manuel Le Bas,Presidente del Honorable ConcejoDeliberante.”

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Gobierno y Seguridad Ciudadana yde Economía y Finanzas.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHIC.P. Eduardo D. Aseff - Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2663/2011

Moron, 20 de Diciembre de 2011VISTO:

La Ordenanza Nº 14068/11 sancionadapor el Honorable Concejo Deliberante con fecha 24de Noviembre del año 2011, el expediente Nº 4079-13136/10 D.E. – 68569/10-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO:

Que habiendo transcurrido el términodispuesto por el artículo 108º, inc. 2º de la LeyOrgánica de las Municipalidades, ha operado lapromulgación ipso iure de la Ordenanza Nº14068/11.

Que atento lo expuesto precedentementeresulta necesario efectuar la inscripción en el registrorespectivo, dictando al efecto el acto administrativopertinente.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Téngase por Ordenanza Nº14068/11, la norma sancionada por el HonorableConcejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebradael día 24 de Noviembre del año 2011, cuyo texto setranscribe:

“Artículo 1º: Condónese a la Sra.Savina Marlene Pérez, el 100% (cien porciento) de la deuda en concepto de Tasa por

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BOLETÍN MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 26

Servicios Generales de la Partida Nº151.530, incluídos multas, recargos eintereses, por el saldo pendiente delcompromiso de pago CO3-240820 (cuotas13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24,25, 26, 27, 28, 29 y 30), y por los años 2005,2006, 2007 y 2008”.

“Artículo 2º: En caso de existirjuicio de apremio iniciado por este Municipio,la contribuyente y/o responsable de pago,deberá hacerse cargo de los costos y costasdel mismo”.

“Artículo 3º: Comuníquese alDepartamento Ejecutivo”.

“Dada en la Sala de Sesiones delHonorable Concejo Deliberante a losveinticuatro días del mes de Noviembre delaño dos mil once”.“FIRMADO: Lic. José María Ghi, Secretariodel Honorable Concejo Deliberante – DonJuan Manuel Le Bas, Presidente delHonorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Gobierno y Seguridad Ciudadana yde Economía y Finanzas.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHIC.P. Eduardo D. Aseff - Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2664/2011

Moron, 20 de Diciembre de 2011VISTO:

La Ordenanza Nº 14069/11 sancionadapor el Honorable Concejo Deliberante con fecha 24de Noviembre del año 2011, el expediente Nº 4079-13165/10 D.E. – 68487/10-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO:

Que habiendo transcurrido el términodispuesto por el artículo 108º, inc. 2º de la LeyOrgánica de las Municipalidades, ha operado lapromulgación ipso iure de la Ordenanza Nº14069/11.

Que atento lo expuesto precedentementeresulta necesario efectuar la inscripción en el registrorespectivo, dictando al efecto el acto administrativopertinente.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE

MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Téngase por Ordenanza Nº14069/11, la norma sancionada por el HonorableConcejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebradael día 24 de Noviembre del año 2011, cuyo texto setranscribe:

“Artículo 1º: Condónese a la Sra.Remigia Dominguez, el 75% (setenta y cincopor ciento) de la deuda en concepto de Tasapor Servicios Generales de la Partida Nº160.989, incluídos multas, recargos eintereses, por el año 2008”.

“Artículo 2º: En caso de existirjuicio de apremio iniciado por este Municipio,la contribuyente y/o responsable de pago,deberá hacerse cargo de los costos y costasdel mismo”.

“Artículo 3º: Comuníquese alDepartamento Ejecutivo”.

“Dada en la Sala de Sesiones delHonorable Concejo Deliberante a losveinticuatro días del mes de Noviembre delaño dos mil once”.“FIRMADO: Lic. José María Ghi, Secretariodel Honorable Concejo Deliberante – DonJuan Manuel Le Bas, Presidente delHonorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Gobierno y Seguridad Ciudadana yde Economía y Finanzas.

ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHIC.P. Eduardo D. Aseff - Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2665/2011

Moron, 20 de Diciembre de 2011VISTO:

Los Decretos Nº 550/11 y Nº 551/11, laNota Nº 82576/11 y,CONSIDERANDO:

Que por los Decretos citados en el Visto,fueron designados como Directora de TributosMunicipales, la Dra. Beatriz López y como Directorde Fiscalización, el Cdor. Vicente Gabriel Donato,respectivamente.Que el el Cdor. Donato hará uso de licencia ordinariaa partir del día 16 hasta el día 29 de Enero del año2012 inclusive.

Que en razón de lo expuesto correspondeasignar a otro funcionario del DepartamentoEjecutivo la firma del despacho de la Dirección deFiscalización, a efectos de evitar resentir el normaldesenvolvimiento de las tareas del área, resultandola Directora de Tributos Municipales, Dra. López lafuncionaria idónea para el desempeño de las tareasdelegadas. Que en virtud de ello, corresponde dictarel pertinente acto administrativo, de conformidad conlo establecido en el artículo 105º de la Ordenanza Nº11.654 de Procedimiento Administrativo.Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DEMORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Asígnasele a la Dra. Beatriz López(Legajo Nº 177.712) Directora de TributosMunicipales, a partir del día 16 hasta el día 29 deEnero del año 2012 inclusive, la firma de la Direcciónde Fiscalización, en sustitución del Cdor. DonatoVicente Gabriel (Legajo Nº 177.678), cesando dichasustitución a la fecha de reincorporación delfuncionario mencionado.ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Economía y Finanzas y de Gobiernoy Seguridad Ciudadana.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHIC.P. Eduardo D. Aseff - Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2666/2011

Moron, 20 de Diciembre de 2011VISTO:

El Decreto Ley Nº 6769/58, el Decreto Nº619/10, la Nota Nº 94380/11 y,CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 619/10, se designóal Lic. Sebastián Di Leo, en el cargo de laSubsecretaría de Administración General yPresupuesto, dependiente de la Secretaría dePlanificación Estratégica y Administración General.

Que el referido funcionario ha comunicadoexpresamente su voluntad de renunciar al cargo quedesempeña en el Departamento Ejecutivo delMunicipio de Morón, la cual se ajusta a lasreglamentaciones vigentes.

Que en virtud de lo expuesto, correspondeproceder a dictar el acto administrativo, deconformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 11.757 yel artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 deProcedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE

MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Acéptase la renuncia presentada porel Lic. Sebastián Di Leo (DNI Nº 24.113.589), apartir del día 31 de Diciembre del año 2011, quienrevista en el cargo de Subsecretario deAdministración General y Presupuesto, dependiente

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BOLETÍN MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 27

de la Secretaría de Planificación Estratégica yAdministración General.ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Gobierno y Seguridad Ciudadana yde Planificación Estratégica y AdministraciónGeneral.ARTICULO 3º: Dése al Registro de Decretos einfórmese a la Dirección de Recursos Humanos.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHILic. Delia A. Zanlungo Ponce- Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2667/2011

Moron, 20 de Diciembre de 2011

VISTO:La Ley Orgánica de las Municipalidades

Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, elDecreto Provincial Nº 2980/00, el expediente 4079-20998/11-0 D.E. y,CONSIDERANDO: Que los recursos percibidos a la fechasuperan el estimado de ingresos vigentes.

Que a fs. 2 del expediente citado en elVisto, se adjunta listado de ejecución de recursos ala fecha.

Que los fondos mencionados revisten elcarácter de aportes con afectación.

Que el artículo 119º de la Ley Orgánica delas Municipalidades establece el procedimiento aseguir para las ampliaciones o creaciones departidas de carácter afectado.

Que han tomado debida intervenciónDirección de Contaduría y la Oficina Municipal dePresupuesto y adjunta esta última proyecto de actoadministrativo al efecto.

Que en virtud de lo expuesto, correspondeproceder al dictado del acto administrativopertinente, de conformidad con lo dispuesto en elartículo Nº 105º de la Ordenanza 11.654 deProcedimiento Administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DEMORÓN

DECRETA:ARTÍCULO 1º: Créase en el Cálculo de Recursospor Pesos Ocho millones veintiún mil ochenta y cincocon cinco centavos ($ 8.021.085,05.-) en los Rubrosque se detallan en el Anexo I, que forma parteintegrante del presente Proyecto de Decreto.ARTÍCULO 2º: Increméntese en el Cálculo deRecursos por Pesos Un millón novecientos setenta ycuatro mil cien con noventa y nueve centavos ($1.974.100,99.-) en los Rubros que se detallan en elAnexo II, que forma parte integrante del presenteProyecto de Decreto.ARTÍCULO 3º: Disminúyase en el PresupuestoGeneral de Gastos por Pesos Dos millonescuatrocientos sesenta y cinco mil cuatrocientossesenta y nueve con once centavos ($2.465.469,11.-) según el detalle del Anexo III, queforma parte integrante del presente Proyecto deDecreto.ARTÍCULO 4º: Créase en el Presupuesto Generalde Gastos por Pesos Dos millones ciento veintidósmil diecinueve con setenta y ocho centavos ($2.122.019,78.-) según el detalle del Anexo IV, queforma parte integrante del presente Proyecto deDecreto.ARTÍCULO 5º: Increméntese en el PresupuestoGeneral de Gastos por Pesos Nueve millonessetecientos noventa y ocho mil quinientos cuarenta ysiete ($ 9.798.547.-) según el detalle del Anexo V,que forma parte integrante del presente Proyecto deDecreto.ARTÍCULO 6º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Gobierno y Seguridad Ciudadana yde Economía y Finanzas y de PlanificaciónEstratégica y Administración General.ARTÍCULO 7º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHI

C.P. Eduardo D. Aseff - Sr. Diego SpinaSr. Daniel G. Larrache

* * *DECRETO Nº 2667/2011

Anexo I

Tipo Clase Concepto Sub-concepto Descripción Importe

17 5 1 17 CampañaPandemia

Influenza A/H1N1-Ministerio de

Salud Provincia deBuenos Aires.

347,212.42

17 6 2 3 Aporte RedMercociudades

20,764.00

22 2 1 15 Proyectoantropológico yArqueológico

Mansión Seré-Min.De Planif.

494,565.70

22 2 1 18 Pavimentación100 Cuadras-

Prog Asist.Financiera Pavim.

ÁreasPeriurbanas,

Grandes ciudades.

5,981,484.45

12 1 1 3 Tasa ServiciosGenerales 90/94

Afectado

435,663.41

12 1 5 3 Ingresos T.I.S.H90/94 Afectado

25,019.06

12 6 4 0 Otras Multas yRecargos 90/94

698,436.01

22 2 1 7 ConvenioPavimento Urbano

17,940.00

Total $ 8,021,085.05

Anexo II

Clase Concepto Sub-concepto

Descripción Importe

11 4 5 0 Fondo Fort.Prog. Soc.Ley 13163

146,151.11

12 1 5 5 FondoFomento

ProductivoOrd.

4035/01

292,469.17

12 2 12 2 Fondo Ord4698/02 Est

Medido

4,391.30

12 2 12 3 Fdo. Ord.5503/03

p/Personascon

necesidades

especiales

7,433.84

12 2 13 0 Expediciónde licencias

deConductor

125,062.00

12 6 6 0 Multas LeyDef. Cons.ley 13.133

261.62

17 2 1 18 Programade SaludFamiliar-Ministeriode Salud

1,090,278.16

17 5 1 2 Programade

Responsabilidad SocialCompartida

Envión –Min. Des.

Social

21,500.00

17 5 1 4 Ley 13178-Registro

Prov. p/ lacomercializa

ción deBebidas

Alcohólicas

3,750.00

17 5 1 19 CampañaVacunaciónAntirrábica

Canina-Min. de

Salud Pcia.Bs.As.

22,500.00

17 5 4 4 TorneosBonaerenses Provinciade Bs.As.

206,850.00

22 4 1 1 AySA- PlanAgua másTrabajoafectado

45,653.79

17 2 1 17 ProgramaNacional deAlfabetizaci

ón yeducación

Básica paraJóvenes y

Adultos

7,800.00

Total $ 1,974,100.99

Anexo III

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIG ESTO MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 28

Subjurisdicción Cat. Program Objeto del Gasto Importe

Fuente deFinanciamiento 133

11101070000 32.10.00 5.1.3.0 12,640.00

11101070000 34.01.00 3.4.9.0 6,000.00

11101070000 34.01.00 5.1.4.0 2,040.00

11101110000 60.52.00 4.2.1.0 2,444,789.11

Total 133 $ 2,465,469.11

Total $ 2,465,469.11

Anexo IV

Subjurisdicción Cat. Program Objeto del Gasto Importe

Fuente deFinanciamiento 131

1110102000 20.02.00 2.5.1.0 36,774.29

1110102000 20.02.00 4.3.9.0 85.00

1110107000 32.03.00 1.2.6.0 80.00

1110107000 32.03.00 1.3.1.0 235.53

1110107000 32.03.00 3.2.1.0 11,664.00

1110107000 32.11.00 1.3.1.0 1,985.90

1110107000 32.11.00 2.1.5.0 1,714.00

1110107000 32.11.00 2.2.9.0 1,814.40

1110108000 01.15.00 1.2.1.0 23.70

1110108000 01.15.00 1.2.2.0 36.11

1110108000 01.15.00 1.2.5.0 9.55

1110108000 01.15.00 1.2.6.0 4.40

1110109000 01.00.00 7.6.1.0 470,000.00

1110111000 36.02.00 2.2.1.0 11,313.46

1110111000 36.02.00 2.3.1.0 955.00

1110111000 36.02.00 2.7.1.0 14.13

1110111000 36.02.00 2.7.5.0 247.31

1110111000 36.02.00 2.7.9.0 376.04

1110111000 36.02.00 2.9.1.0 265.10

1110111000 36.02.00 2.9.3.0 661.85

1110111000 36.02.00 2.9.5.0 423.60

1110111000 36.02.00 2.9.9.0 30.00

1110111000 37.04.00 3.5.4.0 27.00

1110111000 37.04.00 5.1.9.0 1,348.00

Total 131 $ 540,088.37

Fuente deFinanciamiento 133

1110104000 24.04.00 1.2.4.0 2,422.00

1110104000 24.04.00 1.2.6.0 835,124.72

1110104000 24.04.00 1.3.1.0 2,059.46

1110104000 24.04.00 3.4.9.0 193,785.10

1110111000 63.70.00 4.2.2.0 494,565.70

1110111000 64.74.00 4.2.2.0 5,000.00

Total 133 $ 1,532,956.98

Fuente deFinanciamiento 132

1110104000 41.00.00 1.6.0.0 22,500.00

1110107000 32.06.00 1.1.3.0 11,306.72

1110107000 32.06.00 1.1.6.0 3,217.84

1110107000 32.06.00 1.2.1.0 168,407.21

1110107000 32.06.00 1.2.2.0 69,786.76

1110107000 32.06.00 1.2.3.0 2,826.40

1110107000 32.06.00 1.2.5.0 7,131.00

1110107000 32.06.00 1.3.1.0 1,027.75

1110107000 32.06.00 1.5.0.0 5,280.00

1110107000 32.06.00 1.6.0.0 62,802.72

1110107000 32.06.00 2.1.5.0 305.00

Subjurisdicción Cat. Program Objeto del Gasto Importe

Fuente deFinanciamiento 131

1110102000 20.02.00 2.5.1.0 36,774.29

1110102000 20.02.00 4.3.9.0 85.00

1110107000 32.03.00 1.2.6.0 80.00

1110107000 32.03.00 1.3.1.0 235.53

1110107000 32.03.00 3.2.1.0 11,664.00

1110107000 32.11.00 1.3.1.0 1,985.90

1110107000 32.06.00 2.2.3.0 441.60

1110107000 32.06.00 2.2.9.0 225.00

1110107000 32.06.00 2.3.4.0 317.90

1110107000 32.06.00 2.3.5.0 2,990.00

1110107000 32.06.00 2.4.3.0 380.00

1110107000 32.06.00 3.1.9.0 2.90

1110107000 32.06.00 4.3.5.0 1,900.00

1110107000 32.06.00 4.3.6.0 600.00

1110107000 33.02.00 3.4.7.0 186,250.00

Anexo IV

Subjurisdicción Cat. Program Objeto del Gasto Importe

Fuente deFinanciamiento 132

1110107000 33.02.00 3.9.9.0 20,600.00

Total 132 $ 568,298.80

Fuente deFinanciamiento 210

1110108000 01.14.00 3.4.9.0 20,764.00

Total 210 $ 20,764.00

Total $ 2,122,019.78

Anexo V

Subjurisdicción Cat. Program Objeto del Gasto Importe

Fuente deFinanciamiento 131

1110102000 19.02.00 4.3.6.0 68,784.10

1110102000 20.02.00 2.2.2.0 2,854.35

1110102000 20.02.00 2.5.5.0 10,719.47

1110102000 20.02.00 2.5.8.0 726.30

1110102000 20.02.00 2.6.5.0 41.00

1110102000 20.02.00 2.7.2.0 444.00

1110102000 20.02.00 2.7.4.0 420.00

1110102000 20.02.00 2.7.5.0 619.74

1110102000 20.02.00 2.7.9.0 421.40

1110102000 20.02.00 2.8.4.0 66.50

1110102000 20.02.00 2.9.2.0 45.20

1110102000 20.02.00 3.2.9.0 5,915.00

1110107000 32.03.00 1.2.1.0 1,301.62

1110107000 32.03.00 1.2.2.0 196.25

1110107000 32.03.00 1.2.5.0 456.08

1110107000 32.03.00 1.4.0.0 2,382.50

1110107000 32.03.00 1.6.0.0 2,963.36

1110107000 32.03.00 3.5.4.0 5.75

1110107000 32.03.00 5.1.4.0 53,790.47

1110107000 32.11.00 1.2.6.0 308.00

1110107000 32.11.00 2.2.2.0 10,215.60

1110107000 32.11.00 2.2.3.0 9,536.20

1110107000 32.11.00 2.3.3.0 8,960.39

1110107000 32.11.00 2.4.3.0 2,003.29

1110108000 01.15.00 2.2.2.0 125.00

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIG ESTO MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 29

Subjurisdicción Cat. Program Objeto del Gasto Importe

Fuente deFinanciamiento 131

1110102000 19.02.00 4.3.6.0 68,784.10

1110102000 20.02.00 2.2.2.0 2,854.35

1110102000 20.02.00 2.5.5.0 10,719.47

1110102000 20.02.00 2.5.8.0 726.30

1110102000 20.02.00 2.6.5.0 41.00

1110102000 20.02.00 2.7.2.0 444.00

1110102000 20.02.00 2.7.4.0 420.00

1110108000 01.15.00 3.2.1.0 392.24

1110108000 01.15.00 3.5.1.0 6,842.84

1110108000 01.18.00 2.5.8.0 1,536.95

1110109000 93.00.00 7.1.7.0 689,118.48

1110111000 36.02.00 2.3.3.0 10,180.00

1110111000 36.02.00 2.3.4.0 88.10

1110111000 36.02.00 2.9.2.0 735.95

1110111000 36.02.00 3.2.9.0 11,247.23

1110111000 37.04.00 4.1.2.0 291,094.17

1110115000 01.01.00 4.3.6.0 261.62

Total 131 $ 1,194,799.15

Fuente deFinanciamiento 133

1110104000 24.04.00 1.2.5.0 14,103.59

1110104000 24.04.00 1.4.0.0 11,410.00

1110104000 24.04.00 1.5.0.0 14,040.00

1110104000 24.04.00 1.6.0.0 13,666.18

1110104000 24.04.00 3.5.4.0 3,667.11

1110109000 92.00.00 7.6.1.0 2,491,209.11

1110111000 64.74.00 3.4.9.0 40,653.79

1110111000 65.83.00 4.2.2.0 5,981,484.45

Total 133 $ 8,570,234.23

Fuente deFinanciamiento 132

1110102000 01.32.00 4.3.7.0 3,750.00

1110107000 01.31.00 4.2.1.0 21,500.00

1110107000 32.06.00 2.2.1.0 154.00

1110107000 32.06.00 2.5.9.0 64.82

1110107000 32.06.00 2.9.1.0 184.32

1110107000 32.06.00 3.5.4.0 1,695.48

1110107000 32.06.00 4.3.7.0 6,165.00

Total 132 $ 33,513.62

Total $ 9,798,547.00

* * *DECRETO Nº 2669/2011

Moron, 21 de Diciembre de 2011VISTO:

El Decreto Nº 2525/11, el expediente Nº4079-21082/11-0 D.E. y,CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 2525/11 se declaróde Interés Municipal la celebración de lasfestividades de Natividad y Año Nuevo con lasfuerzas vivas del Partido de Morón y el personal delas distintas Dependencias durante el mes deDiciembre del año 2011.

Que por las actuaciones en el Visto, laSecretaría de Economía y Finanzas informa sobre lacelebración de los festejos de fin de año del personalde esa dependencia.Que toma debida intervención la Dirección deContaduría sin formular objeción alguna al respectoy adjunta proyecto de acto administrativo al efecto.

Que por lo expuesto, corresponde eldictado del pertinente acto administrativo, de

conformidad con lo dispuesto en el artículo 105º dela Ordenanza de Procedimiento Administrativo.Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DEMORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Asígnase una Caja Chica Especialen el marco del Decreto Nº 2525/11, para cubrir losgastos originados en la celebración de los festejosde fin de año del personal de la Secretaría deEconomía y Finanzas, a la dependencia que sedetalla a continuación con especificación del montoasignado:

Dependencia Monto RotaciónSecretaría deEconomía y

Finanzas

$ 6.000.- Única

ARTICULO 2º: La Tesorería implementará la fianzadel funcionario que tendrá a cargo los fondos de laCaja Chica, conforme lo establecido en el artículo218º de la Ley Orgánica de las Municipalidades.ARTICULO 3º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Gobierno y Seguridad Ciudadana yde Economía y Finanzas.ARTICULO 4º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese

LIC. LUCAS HERNÁN GHIC.P. Eduardo D. Aseff - Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2670/2011

Moron, 21 de Diciembre de 2011VISTO:

La Ordenanza Nº 9034/06, el Decreto Nº138/2002, el Expediente Nº 4079-32640/01-0 D.E. y,CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 138/2002 sereconoce con carácter de Entidad de Bien Público ala Asociación Civil sin fines de lucro “Círculo Mujeresde Haedo para la Comunidad”, y se ordena suinscripción en el Registro Municipal de Entidades deBien Público y el otorgamiento del respectivocertificado de Inscripción.

Que a fs. 28/31 del expediente citado en elVisto, lucen las Cédulas de Notificación libradas a laEntidad antes nombrada, con fecha 29 de Abril y 12de Octubre del año 2011 respectivamente, en lascuales la Sra. Guillermina Feroglio se negó a recibirla notificación y manifestó que ya hizo el trámite debaja de la mencionada Entidad.

Que a fs. 29 y 32 la Dirección deOrganizaciones y Participación Comunitaria informaque la Entidad, hasta la fecha no ha cumplimentadoninguna de las obligaciones legales impuestas por lanormativa vigente y que habiendo transcurrido unplazo aproximado de nueve (9) años desde que setramitó su reconocimiento municipal y no habiendopresentado ninguno de los requerimientosobligatorios según la Ordenanza Nº 9034/06, por talmotivo requiere que se cancele el reconocimientomunicipal a la organización de referencia en lostérminos del artículo 26º inciso f) de la mencionadanormativa.

Que a fs. 30/30 vta. y fs. 33 interviene laDirección de Asuntos Legales dictaminando que deacuerdo a lo que establece la Ordenanza MunicipalNº 9034/06 en su artículo 26º “En caso de falta decumplimiento de las disposiciones establecidas en lapresente Ordenanza, las Organizaciones Sociales dela Comunidad se harán pasible de las siguientessanciones, previo procedimiento administrativo queasegure el derecho a defensa y debido proceso: a)Llamado de atención, b) Apercibimiento, c)Suspensión en el otorgamiento de subsidios y/o enla eximición de tasas, d) Suspensión delotorgamiento de comodato sobre terreno y/oviviendas, e) Normalización, f) Suspensión ocancelamiento del reconocimiento comoOrganización Social de la Comunidad. A su vezestos antecedentes serán elevados a la Dirección

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIG ESTO MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 30

Provincial de Personería Jurídica o órganocompetente”.

Que, atento al incumplimiento manifiestapor la Direccion de Organizaciones y ParticipaciónComunitaria de las obligaciones instituidas por laordenanza; la Organización es pasible de unasanción que puede ser cualquiera de lasestablecidas en dicho artículo en mérito a lagravedad de los incumplimientos “previoprocedimiento administrativo que asegure el derechoa defensa y debido proceso”.

Que, por tal motivo esa Asesoría noencuentra objeciones legales a que se cancele elreconocimiento efectuado como Entidad de BienPúblico a la Asociación Civil sin fines de lucro“Círculo Mujeres de Haedo para la Comunidad”, consede social en la calle Velez Sarfield Nº 796 de laLocalidad Haedo, Partido de Morón.

Que en virtud de ello, corresponde dictar elpertinente acto administrativo, de conformidad con loestablecido en el artículo 105º de la Ordenanza Nº11.654 de Procedimiento Administrativo.Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DEMORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Cancélese el reconocimientoefectuado como Entidad de Bien Público a laAsociación Civil sin fines de lucro “Círculo Mujeresde Haedo para la Comunidad”, con sede social en lacalle Velez Sarfield Nº 796 de la Localidad Haedo,Partido de Morón, en los términos y con los alcancesde la Ordenanza Nº 9034/06.ARTICULO 2º: Dese de baja a la Organizacióncitada en el artículo 1º del Registro Municipal deOrganizaciones Sociales de la Comunidad.ARTICULO 3º: Notifíquese a la Asociación a travésde la Dirección de Organizaciones y ParticipaciónComunitaria.ARTICULO 4º: Refrendarán el presente Decreto laSecretaría de Relaciones con la Comunidad yAbordajes Integrales y el Secretario de Gobierno ySeguridad Ciudadana.ARTICULO 5º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHILic. Mónica Fernanda Macha - Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2671/2011

Moron, 21 de Diciembre de 2011VISTO:

La Ordenanza Nº 9034/06, el Decreto Nº223/2000, el Expediente Nº 4079-52749/99 D.E. y,CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 223/2000 sereconoce con carácter de Entidad de Bien Público al“Centro de Jubilados y Pensionados Siglo XXI“, y seordena su inscripción en el Registro Municipal deEntidades de Bien Público y el otorgamiento delrespectivo certificado de Inscripción.

Que a fs. 61/63 y 66 del expediente citadoen el Visto, lucen Cédulas de Notificación libradas ala Entidad antes nombrada, con fecha 27 deDiciembre de 2010, 28 de Abril de 2011 y 11 deOctubre de 2011, respectivamente, a los siguientesdomicilios: calle Consejal Julián Horacio Nº 1320 –Morón, donde fue dejada en buzón, calle Los OlivosNº 938 - Morón, donde la persona que atendiórefiere que nunca existió la mencionada institución ycalle Sagasta Nº 1550 – Morón, donde es recibidapor la sobrina de la titular de la propiedad,informando que ya no funciona más la instituciónreferida.

Que a fs. 64 y 67 la Dirección deOrganizaciones y Participación Comunitaria informaque la mencionada Entidad, no funciona más en losdomicilios referidos, y debido a que a transcurrido unplazo de once (11) años desde que se tramitó sureconocimiento municipal y no habiendo presentadoninguno de los requerimientos obligatorios según laOrdenanza Nº 9034/06, por tal motivo requiere que

se cancele el reconocimiento municipal a laorganización de referencia en los términos delartículo 26º inciso f) de la mencionada normativa.

Que a fs. 68 interviene la Dirección deAsuntos Legales dictaminando que de acuerdo a loque establece la Ordenanza Municipal Nº 9034/06en su artículo 26º “En caso de falta de cumplimientode las disposiciones establecidas en la presenteOrdenanza, las Organizaciones Sociales de laComunidad se harán pasible de las siguientessanciones, previo procedimiento administrativo queasegure el derecho a defensa y debido proceso: a)Llamado de atención, b) Apercibimiento, c)Suspención en el otorgamiento de subsidios y/o enla eximición de tasas, d) Suspensión delotorgamiento de comodato sobre terreno y/oviviendas, e)Normalización, f) Suspensión ocancelamiento del reconocimiento comoOrganización Social de la Comunidad. A su vezestos antecedentes serán elevados a la DirecciónProvincial de Personería Jurídica o órganocompetente”.

Que, por tal motivo esa Asesoría noencuentra objeciones legales a que se cancele elreconocimiento efectuado como Entidad de BienPúblico al “Centro de Jubilados y Pensionados SigloXXI” , sito en la calle Sagasta Nº 1550 de laLocalidad y Partido de Morón.

Que en virtud de ello, corresponde dictar elpertinente acto administrativo, de conformidad con loestablecido en el artículo 105º de la Ordenanza Nº11.654 de Procedimiento Administrativo.Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DEMORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Cancélese el reconocimientoefectuado como Entidad de Bien Público al ”Centrode Jubilados y Pensionados Siglo XXI”, sito en lacalle Sagasta Nº 1550 de la Localidad y Partido deMorón, en los términos y con los alcances de laOrdenanza Nº 9034/06.ARTICULO 2º: Dése de baja a la Organizacióncitada en el artículo 1º del Registro Municipal deOrganizaciones Sociales de la Comunidad.ARTICULO 3º: Notifíquese a la Asociación a travésde la Dirección de Organizaciones y ParticipaciónComunitaria.ARTICULO 4º: Refrendarán el presente Decreto laSecretaría de Relaciones con la Comunidad yAbordajes Integrales y el Secretario de Gobierno ySeguridad Ciudadana.ARTICULO 5º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHIC.P. Eduardo D. Aseff - Sr. Diego Spina

Lic. Mónica Fernanda Macha* * *

DECRETO Nº 2674/2011Moron, 21 de Diciembre de 2011

VISTO:El Decreto Ley Nº 6769/58, sus

modificatorios, los Decretos Nº 312/08, Nº 481/08 y,CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 481/08, fuedesignado el Sr. Sergio Daniel Gramajo en el cargode Coordinador de Planificación Presupuestaria.

Que por el Decreto Nº 312/08 y susmodificatorios, se crea la Dirección de PlanificaciónPresupuestaria la cual se encuentra vacante yconstituye una de las dependencias orgánicofuncionales que conforma la estructura organizativadel Departamento Ejecutivo.

Que el funcionario idóneo paradesempeñar las misiones y funciones de dichadependencia, es el Sr. Sergio Daniel Gramajo razónpor la cual corresponde sea designado en elrespectivo cargo.

Que en razón de lo expuesto, resultaprocedente dictar el acto administrativo pertinente,de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo IV

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BOLETÍN MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 31

del Decreto Ley 6769/58 y el artículo 105º de laOrdenanza Nº 11.654 de ProcedimientoAdministrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE

MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Cese en el cargo de Coordinador dePlanificación Presupuestaria, el Sr. Sergio DanielGramajo (DNI Nº 28.281.710) - (Legajo Nº 204.345),a partir del día 1º de Enero del año 2012.ARTICULO 2º: Desígnase a partir del día 1º deEnero del año 2012, al Sr. Sergio Daniel Gramajo(DNI Nº 28.281.710) - (Legajo Nº 204.345), en elcargo de Director de Planificación Presupuestaria,dependiente de la Secretaría de PlanificaciónEstratégica y Administración General, con unrégimen horario de cuarenta y ocho (48) horassemanales de labor y con una bonificación transitoriamensual por función crítica, equivalente a uno conochenta y cinco (1,85) módulos.ARTICULO 3º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Gobierno y Seguridad Ciudadana yde Planificación Estratégica y AdministraciónGeneral.ARTICULO 4º: Regístrese. Comuníquese a laDirección de Recursos Humanos. Publíquese en elBoletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHISr. Daniel G. Larrache - Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2676/2011

Moron, 21 de Diciembre de 2011VISTO:

La Ordenanza Nº 13999/11 sancionadapor el Honorable Concejo Deliberante con fecha 24de Noviembre del año 2011, el expediente Nº 4079-13239/10 D.E. – 68446/10-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO:

Que habiendo transcurrido el términodispuesto por el artículo 108º, inc. 2º de la LeyOrgánica de las Municipalidades, ha operado lapromulgación ipso iure de la Ordenanza Nº13999/11.

Que atento lo expuesto precedentementeresulta necesario efectuar la inscripción en el registrorespectivo, dictando al efecto el acto administrativopertinente.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Téngase por Ordenanza Nº13999/11, la norma sancionada por el HonorableConcejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebradael día 24 de noviembre del año 2011, cuyo texto setranscribe:

“Artículo 1º: Condónese al Sr.Eduardo Ricardo Luccardi, el 100% (cien porciento) de la deuda en concepto de Tasa porServicios Generales de la Partida Nº195.446, incluídos multas, recargos eintereses, por el saldo pendiente del año2010, y por los años 2006, 2007, 2008 y2009.”

“Artículo 2º: En caso de existirjuicio de apremio iniciado por este Municipio,el contribuyente y/o responsable de pago,deberá hacerse cargo de los costos y costasdel mismo.”

“Artículo 3º: Comuníquese alDepartamento Ejecutivo.”

“Dada en la Sala de Sesiones delHonorable Concejo Deliberante a losveinticuatro días del mes de noviembre delaño dos mil once.”“FIRMADO: Lic. José María Ghi, Secretariodel Honorable Concejo Deliberante – DonJuan Manuel Le Bas, Presidente delHonorable Concejo Deliberante.”

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Gobierno y Seguridad Ciudadana yde Economía y Finanzas.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHIC.P. Eduardo D. Aseff - Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2677/2011

Moron, 21 de Diciembre de 2011VISTO:

La Ordenanza Nº 14000/11 sancionadapor el Honorable Concejo Deliberante con fecha 24de Noviembre del año 2011, el expediente Nº 4079-13163/10 D.E. – 68492/10-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO:

Que habiendo transcurrido el términodispuesto por el artículo 108º, inc. 2º de la LeyOrgánica de las Municipalidades, ha operado lapromulgación ipso iure de la Ordenanza Nº14000/11.

Que atento lo expuesto precedentementeresulta necesario efectuar la inscripción en el registrorespectivo, dictando al efecto el acto administrativopertinente.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Téngase por Ordenanza Nº14000/11, la norma sancionada por el HonorableConcejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebradael día 24 de noviembre del año 2011, cuyo texto setranscribe:

“Artículo 1º: Condónese a la Sra.Elisa Juliana Morilla, el 50% (cincuenta porciento) de la deuda en concepto de Tasa porServicios Generales de la Partida Nº128.203, incluídos multas, recargos eintereses, por el saldo pendiente delcompromiso de pago CO3-240869 (cuotas 9,10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19 y 20).”

“Artículo 2º: En caso de existirjuicio de apremio iniciado por este Municipio,la contribuyente y/o responsable de pago,deberá hacerse cargo de los costos y costasdel mismo.”

“Artículo 3º: Comuníquese alDepartamento Ejecutivo.”

“Dada en la Sala de Sesiones delHonorable Concejo Deliberante a losveinticuatro días del mes de noviembre delaño dos mil once.”“FIRMADO: Lic. José María Ghi, Secretariodel Honorable Concejo Deliberante – DonJuan Manuel Le Bas, Presidente delHonorable Concejo Deliberante.”

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Gobierno y Seguridad Ciudadana yde Economía y Finanzas.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHIC.P. Eduardo D. Aseff - Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2678/2011

Moron, 21 de Diciembre de 2011VISTO:

La Ordenanza Nº 14001/2011 sancionadapor el Honorable Concejo Deliberante con fecha 24de Noviembre del año 2011, el expediente Nº 4079-13277/10 D.E. – 68507/10-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO:

Que habiendo transcurrido el términodispuesto por el artículo 108º, inc. 2º de la LeyOrgánica de las Municipalidades, ha operado lapromulgación ipso iure de la Ordenanza Nº14001/11.

Que atento lo expuesto precedentementeresulta necesario efectuar la inscripción en el registro

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIG ESTO MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 32

respectivo, dictando al efecto el acto administrativopertinente.Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DEMORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Téngase por Ordenanza Nº14001/11, la norma sancionada por el HonorableConcejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebradael día 24 de Noviembre del año 2011, cuyo texto setranscribe:

“Artículo 1º: Condónese al Sr.Julio Enrique Ariñez Cordova, el 75%(setenta y cinco por ciento) de la deuda enconcepto de Tasa por Servicios Generalesde la Partida Nº 152.021, incluídos multas,recargos e intereses, por los saldospendientes de los años 1999, 2000 y 2003,y por los años 2001, 2002, 2004, 2005,2006, 2007, 2008, 2009 y 2010.”

“Artículo 2º: Exímase al Sr. JulioEnrique Ariñez Cordova, el 75% (setenta ycinco por ciento) del pago en concepto deTasa por Servicios Generales de la PartidaNº 152.021, incluídos multas, recargos eintereses, por el año 2011.”

“Artículo 3º: En caso de existirjuicio de apremio iniciado por esteMunicipio, el contribuyente y/o responsablede pago, deberá hacerse cargo de loscostos y costas del mismo.”

“Artículo 4º: Comuníquese alDepartamento Ejecutivo.”

“Dada en la Sala de Sesionesdel Honorable Concejo Deliberante a losveinticuatro días del mes de noviembre delaño dos mil once.”“FIRMADO: Lic. José María Ghi,Secretario del Honorable ConcejoDeliberante – Don Juan Manuel Le Bas,Presidente del Honorable ConcejoDeliberante.”

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Economía y Finanzas y de Gobiernoy Seguridad Ciudadana.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHIC.P. Eduardo D. Aseff - Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2679/2011

Moron, 21 de Diciembre de 2011VISTO:

La Ordenanza Nº 14002/2011 sancionadapor el Honorable Concejo Deliberante con fecha 24de Noviembre del año 2011, el expediente Nº 4079-16381/11 D.E. – 70530/11-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO:

Que habiendo transcurrido el términodispuesto por el artículo 108º, inc. 2º de la LeyOrgánica de las Municipalidades, ha operado lapromulgación ipso iure de la Ordenanza Nº14002/11.

Que atento lo expuesto precedentementeresulta necesario efectuar la inscripción en el registrorespectivo, dictando al efecto el acto administrativopertinente.Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DEMORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Téngase por Ordenanza Nº14002/11, la norma sancionada por el HonorableConcejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebradael día 24 de Noviembre del año 2011, cuyo texto setranscribe:

“Artículo 1º: Condónese al Sr.Angel Máximino Mendieta, el 50%(cincuenta por ciento) de la deuda enconcepto de Tasa por Servicios Generalesde la Partida Nº 172.580, incluídos multas,

recargos e intereses, por los años 2005,2006, 2007, 2008, 2009 y 2010.”

“Artículo 2º: Exímase al Sr.Angel Máximino Mendieta, el 50%(cincuenta por ciento) del pago enconcepto de Tasa por Servicios Generalesde la Partida Nº 172.580, incluídos multas,recargos e intereses, por el año 2011.”

“Artículo 3º: En caso de existirjuicio de apremio iniciado por esteMunicipio, el contribuyente y/o responsablede pago, deberá hacerse cargo de loscostos y costas del mismo.”

“Artículo 4º: Comuníquese alDepartamento Ejecutivo.”

“Dada en la Sala de Sesionesdel Honorable Concejo Deliberante a losveinticuatro días del mes de noviembre delaño dos mil once.”“FIRMADO: Lic. José María Ghi,Secretario del Honorable ConcejoDeliberante – Don Juan Manuel Le Bas,Presidente del Honorable ConcejoDeliberante.”

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Economía y Finanzas y de Gobiernoy Seguridad Ciudadana.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHIC.P. Eduardo D. Aseff - Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2680/2011

Moron, 21 de Diciembre de 2011VISTO:

La Ordenanza Nº 14003/2011 sancionadapor el Honorable Concejo Deliberante con fecha 24de Noviembre del año 2011, el expediente Nº 4079-13406/11 D.E. – 70075/11-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO:

Que habiendo transcurrido el términodispuesto por el artículo 108º, inc. 2º de la LeyOrgánica de las Municipalidades, ha operado lapromulgación ipso iure de la Ordenanza Nº14003/11.

Que atento lo expuesto precedentementeresulta necesario efectuar la inscripción en el registrorespectivo, dictando al efecto el acto administrativopertinente.Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DEMORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Téngase por Ordenanza Nº14003/11, la norma sancionada por el HonorableConcejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebradael día 24 de Noviembre del año 2011, cuyo texto setranscribe:

“Artículo 1º: Condónese al Sr.José Raimundo Aredes, el 65% (sesenta ycinco por ciento) de la deuda en conceptode Tasa por Servicios Generales de laPartida Nº 22.688, incluídos multas,recargos e intereses, por el saldopendiente del compromiso de pago CO3-233655 (cuotas 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29 y30), por los saldos pendientes de los años1997, 2005 y 2010, y por los años 1998,1999, 2000, 2001, 2002, 2003, 2004, 2006,2007, 2008 y 2009.”

“Artículo 2º: En caso de existirjuicio de apremio iniciado por esteMunicipio, el contribuyente y/o responsablede pago, deberá hacerse cargo de loscostos y costas del mismo.”

“Artículo 3º: Comuníquese alDepartamento Ejecutivo.”

“Dada en la Sala de Sesionesdel Honorable Concejo Deliberante a losveinticuatro días del mes de noviembre delaño dos mil once.”

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIG ESTO MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 33

“FIRMADO: Lic. José María Ghi,Secretario del Honorable ConcejoDeliberante – Don Juan Manuel Le Bas,Presidente del Honorable ConcejoDeliberante.”

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Economía y Finanzas y de Gobiernoy Seguridad Ciudadana.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHIC.P. Eduardo D. Aseff - Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2681/2011

Moron, 21 de Diciembre de 2011VISTO:

La Ordenanza Nº 14004/2011 sancionadapor el Honorable Concejo Deliberante con fecha 24de Noviembre del año 2011, el expediente Nº 4079-13392/11 D.E. – 69949/11-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO:

Que habiendo transcurrido el términodispuesto por el artículo 108º, inc. 2º de la LeyOrgánica de las Municipalidades, ha operado lapromulgación ipso iure de la Ordenanza Nº14004/11.

Que atento lo expuesto precedentementeresulta necesario efectuar la inscripción en el registrorespectivo, dictando al efecto el acto administrativopertinente.Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DEMORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Téngase por Ordenanza Nº14004/11, la norma sancionada por el HonorableConcejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebradael día 24 de Noviembre del año 2011, cuyo texto setranscribe:

“Artículo 1º: Condónese a la Sra.María Trinidad Sawka, el 100% (cien porciento) de la deuda en concepto de Tasapor Servicios Generales de la Partida Nº36.702, incluídos multas, recargos eintereses, por los años 2002 y 2003.”

“Artículo 2º: En caso de existirjuicio de apremio iniciado por esteMunicipio, la contribuyente y/o responsablede pago, deberá hacerse cargo de loscostos y costas del mismo.”

“Artículo 3º: Comuníquese alDepartamento Ejecutivo.”

“Dada en la Sala de Sesionesdel Honorable Concejo Deliberante a losveinticuatro días del mes de noviembre delaño dos mil once.”“FIRMADO: Lic. José María Ghi,Secretario del Honorable ConcejoDeliberante – Don Juan Manuel Le Bas,Presidente del Honorable ConcejoDeliberante.”

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Economía y Finanzas y de Gobiernoy Seguridad Ciudadana.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHIC.P. Eduardo D. Aseff - Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2682/2011

Moron, 21 de Diciembre de 2011VISTO:

La Ordenanza Nº 14005/11 sancionadapor el Honorable Concejo Deliberante con fecha 24de Noviembre del año 2011, el expediente Nº 4079-18222/10 D.E. – 69234/10-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO:

Que habiendo transcurrido el términodispuesto por el artículo 108º, inc. 2º de la LeyOrgánica de las Municipalidades, ha operado la

promulgación ipso iure de la Ordenanza Nº14005/11.

Que atento lo expuesto precedentementeresulta necesario efectuar la inscripción en el registrorespectivo, dictando al efecto el acto administrativopertinente.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Téngase por Ordenanza Nº14005/11, la norma sancionada por el HonorableConcejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebradael día 24 de noviembre del año 2011, cuyo texto setranscribe:

“Artículo 1º: Condónese a la Sra.Raquel Haydeé Navarro, el 100% (cien porciento) de la deuda en concepto de Tasa porServicios Generales de la Partida Nº519.589, incluídos multas, recargos eintereses, por el saldo pendiente delcompromiso de pago CO3-240971 (cuotas 2,14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23 y 24),por el saldo pendiente del año 2010, y porlos años 2007, 2008 y 2009.”

“Artículo 2º: En caso de existirjuicio de apremio iniciado por este Municipio,la contribuyente y/o responsable de pago,deberá hacerse cargo de los costos y costasdel mismo.”

“Artículo 3º: Comuníquese alDepartamento Ejecutivo.”

“Dada en la Sala de Sesiones delHonorable Concejo Deliberante a losveinticuatro días del mes de noviembre delaño dos mil once.”“FIRMADO: Lic. José María Ghi, Secretariodel Honorable Concejo Deliberante – DonJuan Manuel Le Bas, Presidente delHonorable Concejo Deliberante.”

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Gobierno y Seguridad Ciudadana yde Economía y Finanzas.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHIC.P. Eduardo D. Aseff - Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2683/2011

Moron, 21 de Diciembre de 2011VISTO:

La Ordenanza Nº 14006/2011 sancionadapor el Honorable Concejo Deliberante con fecha 24de Noviembre del año 2011, el expediente Nº 4079-18215/10 D.E. – 69260/10-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO:Que habiendo transcurrido el término dispuesto porel artículo 108º, inc. 2º de la Ley Orgánica de lasMunicipalidades, ha operado la promulgación ipsoiure de la Ordenanza Nº 14006/11.

Que atento lo expuesto precedentementeresulta necesario efectuar la inscripción en el registrorespectivo, dictando al efecto el acto administrativopertinente.Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DEMORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Téngase por Ordenanza Nº14006/11, la norma sancionada por el HonorableConcejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebradael día 24 de Noviembre del año 2011, cuyo texto setranscribe:

“Artículo 1º: Condónese al Sr.Enrique Oscar Barbero, el 100% (cien porciento) de la deuda en concepto de Tasapor Servicios Generales de la Partida Nº59.443, incluídos multas, recargos eintereses, por los saldos pendientes de losaños 2009 y 2010, y por el año 2008.”

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIG ESTO MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 34

“Artículo 2º: En caso de existirjuicio de apremio iniciado por esteMunicipio, el contribuyente y/o responsablede pago, deberá hacerse cargo de loscostos y costas del mismo.”

“Artículo 3º: Comuníquese alDepartamento Ejecutivo.”

“Dada en la Sala de Sesionesdel Honorable Concejo Deliberante a losveinticuatro días del mes de noviembre delaño dos mil once.”“FIRMADO: Lic. José María Ghi,Secretario del Honorable ConcejoDeliberante – Don Juan Manuel Le Bas,Presidente del Honorable ConcejoDeliberante.”

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Economía y Finanzas y de Gobiernoy Seguridad Ciudadana.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHIC.P. Eduardo D. Aseff - Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2684/2011

Moron, 21 de Diciembre de 2011VISTO:

La Ordenanza Nº 14007/11 sancionadapor el Honorable Concejo Deliberante con fecha 24de Noviembre del año 2011, el expediente Nº 4079-13438/10 D.E. – 68614/10-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO:

Que habiendo transcurrido el términodispuesto por el artículo 108º, inc. 2º de la LeyOrgánica de las Municipalidades, ha operado lapromulgación ipso iure de la Ordenanza Nº14007/11.

Que atento lo expuesto precedentementeresulta necesario efectuar la inscripción en el registrorespectivo, dictando al efecto el acto administrativopertinente.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Téngase por Ordenanza Nº14007/11, la norma sancionada por el HonorableConcejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebradael día 24 de noviembre del año 2011, cuyo texto setranscribe:

“Artículo 1º: Condónese a la Sra.Gladis Romero, el 50% (cincuenta porciento) de la deuda en concepto de Tasa porServicios Generales de la Partida Nº168.606, incluídos multas, recargos eintereses, por el saldo pendiente delcompromiso de pago CO3-221280 (cuotas14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25,26, 27, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35 y 36), y porel saldo pendiente del año 2009.”

“Artículo 2º: En caso de existirjuicio de apremio iniciado por este Municipio,la contribuyente y/o responsable de pago,deberá hacerse cargo de los costos y costasdel mismo.”

“Artículo 3º: Comuníquese alDepartamento Ejecutivo.”

“Dada en la Sala de Sesiones delHonorable Concejo Deliberante a losveinticuatro días del mes de noviembre delaño dos mil once.”“FIRMADO: Lic. José María Ghi, Secretariodel Honorable Concejo Deliberante – DonJuan Manuel Le Bas, Presidente delHonorable Concejo Deliberante.”

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Gobierno y Seguridad Ciudadana yde Economía y Finanzas.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHI

C.P. Eduardo D. Aseff - Sr. Diego Spina* * *

DECRETO Nº 2685/2011Moron, 21 de Diciembre de 2011

VISTO:La Ordenanza Nº 14008/11 sancionada

por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 24de Noviembre del año 2011, el expediente Nº 4079-21217/10 D.E. – 69648/10-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO:

Que habiendo transcurrido el términodispuesto por el artículo 108º, inc. 2º de la LeyOrgánica de las Municipalidades, ha operado lapromulgación ipso iure de la Ordenanza Nº14008/11.

Que atento lo expuesto precedentementeresulta necesario efectuar la inscripción en el registrorespectivo, dictando al efecto el acto administrativopertinente.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Téngase por Ordenanza Nº14008/11, la norma sancionada por el HonorableConcejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebradael día 24 de noviembre del año 2011, cuyo texto setranscribe:

“Artículo 1º: Condónese a la Sra.Delia Pita, el 100% (cien por ciento) de ladeuda en concepto de Tasa por ServiciosGenerales de la Partida Nº 83.481, incluídosmultas, recargos e intereses, por los años2003, 2004, 2005, 2006, 2007, 2008, 2009 y2010.”

“Artículo 2º: Exímase a la Sra.Delia Pita, el 100% (cien por ciento) del pagoen concepto de Tasa por ServiciosGenerales de la Partida Nº 83.481, incluídosmultas, recargos e intereses, por el año2011.”

“Artículo 3º: En caso de existirjuicio de apremio iniciado por este Municipio,la contribuyente y/o responsable de pago,deberá hacerse cargo de los costos y costasdel mismo.”

“Artículo 4º: Comuníquese alDepartamento Ejecutivo.”

“Dada en la Sala de Sesiones delHonorable Concejo Deliberante a losveinticuatro días del mes de noviembre delaño dos mil once.”“FIRMADO: Lic. José María Ghi, Secretariodel Honorable Concejo Deliberante – DonJuan Manuel Le Bas, Presidente delHonorable Concejo Deliberante.”

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Gobierno y Seguridad Ciudadana yde Economía y Finanzas.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHIC.P. Eduardo D. Aseff - Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2677/2011

Moron, 21 de Diciembre de 2011LIC. LUCAS HERNÁN GHI

C.P. Eduardo D. Aseff - Sr. Diego Spina* * *

DECRETO Nº 2686/2011Moron, 21 de Diciembre de 2011

VISTO:La Ordenanza Nº 14009/11 sancionada

por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 24de Noviembre del año 2011, los expedientes Nº4079-14793/11 D.E. – 69738/10-0 H.C.D. y AdjuntoNº 4079-19481/07 D.E.- 64879/07-0 H.C.D., yCONSIDERANDO:

Que habiendo transcurrido el términodispuesto por el artículo 108º, inc. 2º de la LeyOrgánica de las Municipalidades, ha operado la

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIG ESTO MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 35

promulgación ipso iure de la Ordenanza Nº14009/11.

Que atento lo expuesto precedentementeresulta necesario efectuar la inscripción en el registrorespectivo, dictando al efecto el acto administrativopertinente.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Téngase por Ordenanza Nº14009/11, la norma sancionada por el HonorableConcejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebradael día 24 de noviembre del año 2011, cuyo texto setranscribe:

“Artículo 1º: Condónese a la Sra.Luisa Jorgelina Blanco, el 100% (cien porciento) de la deuda en concepto de Tasa porServicios Generales de la Partida Nº 48.559,incluídos multas, recargos e intereses, porlos saldos pendientes de los años 1991,1992, 1993 y 1994, y por los años 1995,1996, 1997, 1998, 1999, 2000, 2001, 2002,2003, 2004, 2005 y 2006.”

“Artículo 2º: En caso de existirjuicio de apremio iniciado por este Municipio,la contribuyente y/o responsable de pago,deberá hacerse cargo de los costos y costasdel mismo.”

“Artículo 3º: Comuníquese alDepartamento Ejecutivo.”

“Dada en la Sala de Sesiones delHonorable Concejo Deliberante a losveinticuatro días del mes de noviembre delaño dos mil once.”“FIRMADO: Lic. José María Ghi, Secretariodel Honorable Concejo Deliberante – DonJuan Manuel Le Bas, Presidente delHonorable Concejo Deliberante.”

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Gobierno y Seguridad Ciudadana yde Economía y Finanzas.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHIC.P. Eduardo D. Aseff - Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2687/2011

Moron, 21 de Diciembre de 2011VISTO:

La Ordenanza Nº 14010/11 sancionadapor el Honorable Concejo Deliberante con fecha 24de Noviembre del año 2011, el expediente Nº 4079-13708/10 D.E. – 68661/10-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO:

Que habiendo transcurrido el términodispuesto por el artículo 108º, inc. 2º de la LeyOrgánica de las Municipalidades, ha operado lapromulgación ipso iure de la Ordenanza Nº14010/11.

Que atento lo expuesto precedentementeresulta necesario efectuar la inscripción en el registrorespectivo, dictando al efecto el acto administrativopertinente.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE

MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Téngase por Ordenanza Nº14010/11, la norma sancionada por el HonorableConcejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebradael día 24 de noviembre del año 2011, cuyo texto setranscribe:

“Artículo 1º: Condónese a la Sra.Haydeé Leticia Querel, el 100% (cien porciento) de la deuda en concepto de Tasa porServicios Generales de la Partida Nº156.920, incluídos multas, recargos eintereses, por el saldo pendiente del año2007 y por los años 2008, 2009 y 2010.”

“Artículo 2º: Exímase a la Sra.Haydeé Leticia Querel, el 100% (cien porciento) del pago en concepto de Tasa porServicios Generales de la Partida Nº156.920, incluídos multas, recargos eintereses, por el año 2011.”

“Artículo 3º: En caso de existirjuicio de apremio iniciado por este Municipio,la contribuyente y/o responsable de pago,deberá hacerse cargo de los costos y costasdel mismo.”

“Artículo 4º: Comuníquese alDepartamento Ejecutivo.”

“Dada en la Sala de Sesiones delHonorable Concejo Deliberante a losveinticuatro días del mes de noviembre delaño dos mil once.”“FIRMADO: Lic. José María Ghi, Secretariodel Honorable Concejo Deliberante – DonJuan Manuel Le Bas, Presidente delHonorable Concejo Deliberante.”

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Gobierno y Seguridad Ciudadana yde Economía y Finanzas.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHIC.P. Eduardo D. Aseff - Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2688/2011

Moron, 21 de Diciembre de 2011VISTO:

La Ordenanza Nº 14011/11 sancionadapor el Honorable Concejo Deliberante con fecha 24de Noviembre del año 2011, los expedientes Nº4079-12954/11 D.E. – 69872/11-0 H.C.D. y AdjuntoNº 4079-15661/11 D.E.- 70410/11-0 H.C.D., yCONSIDERANDO:

Que habiendo transcurrido el términodispuesto por el artículo 108º, inc. 2º de la LeyOrgánica de las Municipalidades, ha operado lapromulgación ipso iure de la Ordenanza Nº14011/11.

Que atento lo expuesto precedentementeresulta necesario efectuar la inscripción en el registrorespectivo, dictando al efecto el acto administrativopertinente.Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DEMORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Téngase por Ordenanza Nº14011/11, la norma sancionada por el HonorableConcejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebradael día 24 de noviembre del año 2011, cuyo texto setranscribe:

“Artículo 1º: Exímase a la Sra.Nélida Albarracín, el 100% (cien porciento) de la deuda en concepto de Tasapor Servicios Generales de la Partida Nº69.006, incluídos multas, recargos eintereses, por el saldo pendiente del año2011.”

“Artículo 2º: En caso de existirjuicio de apremio iniciado por esteMunicipio, la contribuyente y/o responsablede pago, deberá hacerse cargo de loscostos y costas del mismo.”

“Artículo 3º: Comuníquese alDepartamento Ejecutivo.”

“Dada en la Sala de Sesionesdel Honorable Concejo Deliberante a losveinticuatro días del mes de noviembre delaño dos mil once.”“FIRMADO: Lic. José María Ghi,Secretario del Honorable ConcejoDeliberante – Don Juan Manuel Le Bas,Presidente del Honorable ConcejoDeliberante.”

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIG ESTO MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 36

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Gobierno y Seguridad Ciudadana yde Economía y Finanzas.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHIC.P. Eduardo D. Aseff - Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2677/2011

Moron, 21 de Diciembre de 2011LIC. LUCAS HERNÁN GHI

C.P. Eduardo D. Aseff - Sr. Diego Spina* * *

DECRETO Nº 2689/2011Moron, 21 de Diciembre de 2011

VISTO:La Ordenanza Nº 14013/11 sancionada

por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 24de Noviembre del año 2011, el expediente Nº 4079-12986/11 D.E. – 70042/11-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO:

Que habiendo transcurrido el términodispuesto por el artículo 108º, inc. 2º de la LeyOrgánica de las Municipalidades, ha operado lapromulgación ipso iure de la Ordenanza Nº14013/11.

Que atento lo expuesto precedentementeresulta necesario efectuar la inscripción en el registrorespectivo, dictando al efecto el acto administrativopertinente.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Téngase por Ordenanza Nº14013/11, la norma sancionada por el HonorableConcejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebradael día 24 de noviembre del año 2011, cuyo texto setranscribe:

“Artículo 1º: Condónese al Sr.Leonardo Víctor Marinelli, el 75% (setenta ycinco por ciento) de la deuda en concepto deTasa por Servicios Generales de la PartidaNº 6.109, incluídos multas, recargos eintereses, por el año 2010.”

“Artículo 2º: Exímase al Sr.Leonardo Víctor Marinelli, el 75% (setenta ycinco por ciento) del pago en concepto deTasa por Servicios Generales de la PartidaNº 6.109, incluídos multas, recargos eintereses, por el saldo pendiente del año2011.”

“Artículo 3º: En caso de existirjuicio de apremio iniciado por este Municipio,el contribuyente y/o responsable de pago,deberá hacerse cargo de los costos y costasdel mismo.”

“Artículo 4º: Comuníquese alDepartamento Ejecutivo.”

“Dada en la Sala de Sesiones delHonorable Concejo Deliberante a losveinticuatro días del mes de noviembre delaño dos mil once.”“FIRMADO: Lic. José María Ghi, Secretariodel Honorable Concejo Deliberante – DonJuan Manuel Le Bas, Presidente delHonorable Concejo Deliberante.”

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Gobierno y Seguridad Ciudadana yde Economía y Finanzas.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHIC.P. Eduardo D. Aseff - Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2690/2011

Moron, 21 de Diciembre de 2011VISTO:

La Ordenanza Nº 14040/11 sancionadapor el Honorable Concejo Deliberante con fecha 24

de Noviembre del año 2011, el expediente Nº 4079-12971/11 D.E. – 69849/10-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO:

Que habiendo transcurrido el términodispuesto por el artículo 108º, inc. 2º de la LeyOrgánica de las Municipalidades, ha operado lapromulgación ipso iure de la Ordenanza Nº14040/11.

Que atento lo expuesto precedentementeresulta necesario efectuar la inscripción en el registrorespectivo, dictando al efecto el acto administrativopertinente.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Téngase por Ordenanza Nº14040/11, la norma sancionada por el HonorableConcejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebradael día 24 de noviembre del año 2011, cuyo texto setranscribe:

“Artículo 1º: Condónese a la Sra.Teresa Giménez, el 100% (cien por ciento)de la deuda en concepto de Tasa porServicios Generales de la Partida Nº 20.457,incluídos multas, recargos e intereses, porlos años 2006, 2007, 2008, 2009 y 2010.”

“Artículo 2º: Exímase a la Sra.Teresa Giménez, el 100% (cien por ciento)del pago en concepto de Tasa por ServiciosGenerales de la Partida Nº 20.457, incluídosmultas, recargos e intereses, por el año2011.”

“Artículo 3º: En caso de existirjuicio de apremio iniciado por este Municipio,la contribuyente y/o responsable de pago,deberá hacerse cargo de los costos y costasdel mismo.”

“Artículo 4º: Comuníquese alDepartamento Ejecutivo.”

“Dada en la Sala de Sesiones delHonorable Concejo Deliberante a losveinticuatro días del mes de noviembre delaño dos mil once.”“FIRMADO: Lic. José María Ghi, Secretariodel Honorable Concejo Deliberante – DonJuan Manuel Le Bas, Presidente delHonorable Concejo Deliberante.”

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Gobierno y Seguridad Ciudadana yde Economía y Finanzas.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHIC.P. Eduardo D. Aseff - Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2691/2011

Moron, 22 de Diciembre de 2011VISTO:

La Ordenanza Nº 14043/11 sancionadapor el Honorable Concejo Deliberante con fecha 24de Noviembre del año 2011, el expediente Nº 4079-18950/10 D.E. – 69298/10-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO:

Que habiendo transcurrido el términodispuesto por el artículo 108º, inc. 2º de la LeyOrgánica de las Municipalidades, ha operado lapromulgación ipso iure de la Ordenanza Nº14043/11.

Que atento lo expuesto precedentementeresulta necesario efectuar la inscripción en el registrorespectivo, dictando al efecto el acto administrativopertinente.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Téngase por Ordenanza Nº14043/11, la norma sancionada por el HonorableConcejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIG ESTO MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 37

el día 24 de noviembre del año 2011, cuyo texto setranscribe:

“Artículo 1º: Condónese a la Sra.Claudia Razza, el 100% (cien por ciento) dela deuda en concepto de Tasa por ServiciosGenerales de la Partida Nº 201.772,incluídos multas, recargos e intereses, por elsaldo pendiente del año 2007, y por los años1999, 2000, 2001, 2002, 2003, 2004, 2005,2006, 2008, 2009 y 2010.”

“Artículo 2º: Exímase a la Sra.Claudia Razza, el 100% (cien por ciento) delpago en concepto de Tasa por ServiciosGenerales de la Partida Nº 201.772,incluídos multas, recargos e intereses, por elaño 2011.”

“Artículo 3º: En caso de existirjuicio de apremio iniciado por este Municipio,la contribuyente y/o responsable de pago,deberá hacerse cargo de los costos y costasdel mismo.”

“Artículo 4º: Comuníquese alDepartamento Ejecutivo.”

“Dada en la Sala de Sesiones delHonorable Concejo Deliberante a losveinticuatro días del mes de noviembre delaño dos mil once.”“FIRMADO: Lic. José María Ghi, Secretariodel Honorable Concejo Deliberante – DonJuan Manuel Le Bas, Presidente delHonorable Concejo Deliberante.”

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Gobierno y Seguridad Ciudadana yde Economía y Finanzas.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHIC.P. Eduardo D. Aseff - Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2692/2011

Moron, 22 de Diciembre de 2011VISTO:

La Ordenanza Nº 14046/11 sancionadapor el Honorable Concejo Deliberante con fecha 24de Noviembre del año 2011, el expediente Nº 4079-15799/10 D.E. – 68930/10-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO:

Que habiendo transcurrido el términodispuesto por el artículo 108º, inc. 2º de la LeyOrgánica de las Municipalidades, ha operado lapromulgación ipso iure de la Ordenanza Nº14046/11.

Que atento lo expuesto precedentementeresulta necesario efectuar la inscripción en el registrorespectivo, dictando al efecto el acto administrativopertinente.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Téngase por Ordenanza Nº14046/11, la norma sancionada por el HonorableConcejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebradael día 24 de noviembre del año 2011, cuyo texto setranscribe:

“Artículo 1º: Condónese a laPartida Nº 59.470, el 50% (cincuenta porciento) de la deuda en concepto de Tasa porServicios Generales, incluídos multas,recargos e intereses, por los saldospendientes de los años 1991, 1992, 1993,1994 y 1996, y por los años 1995, 1997,1998, 1999, 2000, 2001, 2002, 2003, 2004,2005, 2006, 2007, 2008, 2009 y 2010.”

“Artículo 2º: Exímase a la PartidaNº 59.470, el 50% (cincuenta por ciento) delpago en concepto de Tasa por ServiciosGenerales, incluídos multas, recargos eintereses, por el año 2011.”

“Artículo 3º: En caso de existirjuicio de apremio iniciado por este Municipio,

el contribuyente y/o responsable de pago,deberá hacerse cargo de los costos y costasdel mismo.”

“Artículo 4º: Comuníquese alDepartamento Ejecutivo.”

“Dada en la Sala de Sesiones delHonorable Concejo Deliberante a losveinticuatro días del mes de noviembre delaño dos mil once.”“FIRMADO: Lic. José María Ghi, Secretariodel Honorable Concejo Deliberante – DonJuan Manuel Le Bas, Presidente delHonorable Concejo Deliberante.”

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Gobierno y Seguridad Ciudadana yde Economía y Finanzas.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHIC.P. Eduardo D. Aseff - Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2693/2011

Moron, 22 de Diciembre de 2011VISTO:La Ordenanza Nº 14052/2011 sancionada por elHonorable Concejo Deliberante con fecha 24 deNoviembre del año 2011, el expediente Nº 4079-18218/10 D.E. – 69251/10-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO:Que habiendo transcurrido el término dispuesto porel artículo 108º, inc. 2º de la Ley Orgánica de lasMunicipalidades, ha operado la promulgación ipsoiure de la Ordenanza Nº 14052/11.

Que atento lo expuesto precedentementeresulta necesario efectuar la inscripción en el registrorespectivo, dictando al efecto el acto administrativopertinente.Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DEMORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Téngase por Ordenanza Nº14052/11, la norma sancionada por el HonorableConcejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebradael día 24 de Noviembre del año 2011, cuyo texto setranscribe:

“Artículo 1º: Condónese a la Sra. DeniseMaría Nuñez, el 100% (cien por ciento) de la deudaen concepto de Tasa por Servicios Generales de laPartida Nº 213.772, incluídos multas, recargos eintereses, por los saldos pendientes de los años2004, 2005, 2006, 2007 y 2008, y por los años 2009y 2010.”

“Artículo 2º: Exímase a la Sra. DeniseMaría Nuñez, el 100% (cien por ciento) del pago enconcepto de Tasa por Servicios Generales de laPartida Nº 213.772, incluídos multas, recargos eintereses, por el año 2011.”

“Artículo 3º: En caso de existir juicio deapremio iniciado por este Municipio, la contribuyentey/o responsable de pago, deberá hacerse cargo delos costos y costas del mismo.”

“Artículo 4º: Comuníquese alDepartamento Ejecutivo.”

“Dada en la Sala de Sesiones delHonorable Concejo Deliberante a los veinticuatrodías del mes de noviembre del año dos mil once.”“FIRMADO: Lic. José María Ghi, Secretario delHonorable Concejo Deliberante – Don Juan ManuelLe Bas, Presidente del Honorable ConcejoDeliberante.”ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Economía y Finanzas y de Gobiernoy Seguridad Ciudadana.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHIC.P. Eduardo D. Aseff - Sr. Diego Spina

* * *

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIG ESTO MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 38

DECRETO Nº 2694/2011Moron, 22 de Diciembre de 2011

VISTO:La Ordenanza Nº 14055/11 sancionada

por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 24de Noviembre del año 2011, el expediente Nº 4079-12988/11 D.E. – 70038/11-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO:

Que habiendo transcurrido el términodispuesto por el artículo 108º, inc. 2º de la LeyOrgánica de las Municipalidades, ha operado lapromulgación ipso iure de la Ordenanza Nº14055/11.

Que atento lo expuesto precedentementeresulta necesario efectuar la inscripción en el registrorespectivo, dictando al efecto el acto administrativopertinente.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Téngase por Ordenanza Nº14055/11, la norma sancionada por el HonorableConcejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebradael día 24 de noviembre del año 2011, cuyo texto setranscribe:

“Artículo 1º: Condónese a la Sra.Rosa Norma Rivas, el 50% (cincuenta porciento) de la deuda en concepto de Tasa porServicios Generales de la Partida Nº144.363, incluídos multas, recargos eintereses, por los años 2002, 2003, 2004,2005, 2006, 2007, 2008, 2009 y 2010”.

“Artículo 2º: Exímase al a la Sra.Rosa Norma Rivas, el 50% (cincuenta porciento) del pago en concepto de Tasa porServicios Generales de la Partida Nº144.363, incluídos multas, recargos eintereses, por el año 2011.”

“Artículo 3º: En caso de existirjuicio de apremio iniciado por este Municipio,el contribuyente y/o responsable de pago,deberá hacerse cargo de los costos y costasdel mismo.”

“Artículo 4º: Comuníquese alDepartamento Ejecutivo.”

“Dada en la Sala de Sesiones delHonorable Concejo Deliberante a losveinticuatro días del mes de noviembre delaño dos mil once.”“FIRMADO: Lic. José María Ghi, Secretariodel Honorable Concejo Deliberante – DonJuan Manuel Le Bas, Presidente delHonorable Concejo Deliberante.”

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Gobierno y Seguridad Ciudadana yde Economía y Finanzas.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHIC.P. Eduardo D. Aseff - Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2695/2011

Moron, 22 de Diciembre de 2011VISTO:

La Ordenanza Nº 14058/11 sancionadapor el Honorable Concejo Deliberante con fecha 24de Noviembre del año 2011, el expediente Nº 4079-13984/11 D.E. – 70219/11-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO:

Que habiendo transcurrido el términodispuesto por el artículo 108º, inc. 2º de la LeyOrgánica de las Municipalidades, ha operado lapromulgación ipso iure de la Ordenanza Nº14058/11.

Que atento lo expuesto precedentementeresulta necesario efectuar la inscripción en el registrorespectivo, dictando al efecto el acto administrativopertinente.

Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPALDEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Téngase por Ordenanza Nº14058/11, la norma sancionada por el HonorableConcejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebradael día 24 de noviembre del año 2011, cuyo texto setranscribe:

“Artículo 1º: Condónese al Sr. LuisAngel Gasco, el 100% (cien por ciento) de ladeuda en concepto de Tasa por ServiciosGenerales de la Partida Nº 210.696,incluídos multas, recargos e intereses, por elsaldo pendiente del compromiso de pagoCO3-153933 (cuotas 2, 3, 6, 7, 8, 9, 10, 11,12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23,24, 25, 26, 27, 28, 29 y 30), por los saldospendientes de los años 1993, 1994, 1998,1999, 2001, 2002, 2003, 2005, 2008, 2009 y2010, y por los años 1995, 1996, 1997 y2004.”

“Artículo 2º: Exímase al Sr. LuisAngel Gasco, el 100% (cien por ciento) delpago en concepto de Tasa por ServiciosGenerales de la Partida Nº 210.696,incluídos multas, recargos e intereses, por elaño 2011.”

“Artículo 3º: En caso de existirjuicio de apremio iniciado por este Municipio,el contribuyente y/o responsable de pago,deberá hacerse cargo de los costos y costasdel mismo.”

“Artículo 4º: Comuníquese alDepartamento Ejecutivo.”

“Dada en la Sala de Sesiones delHonorable Concejo Deliberante a losveinticuatro días del mes de noviembre delaño dos mil once.”“FIRMADO: Lic. José María Ghi, Secretariodel Honorable Concejo Deliberante – DonJuan Manuel Le Bas, Presidente delHonorable Concejo Deliberante.”

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Gobierno y Seguridad Ciudadana yde Economía y Finanzas.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHIC.P. Eduardo D. Aseff - Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2696/2011

Moron, 22 de Diciembre de 2011VISTO:La Ordenanza Nº 14059/11 sancionada por elHonorable Concejo Deliberante con fecha 24 deNoviembre del año 2011, el expediente Nº 4079-14214/11 D.E. – 70293/11-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO:Que habiendo transcurrido el término dispuesto porel artículo 108º, inc. 2º de la Ley Orgánica de lasMunicipalidades, ha operado la promulgación ipsoiure de la Ordenanza Nº 14059/11.

Que atento lo expuesto precedentementeresulta necesario efectuar la inscripción en el registrorespectivo, dictando al efecto el acto administrativopertinente.Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DEMORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Téngase por Ordenanza Nº14059/11, la norma sancionada por el HonorableConcejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebradael día 24 de noviembre del año 2011, cuyo texto setranscribe:

“Artículo 1º: Condónese al Sr.José Papeo, el 100% (cien por ciento) dela deuda en concepto de Tasa porServicios Generales de la Partida Nº195.725, incluídos multas, recargos eintereses, por los saldos pendientes de los

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIG ESTO MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 39

años 1999, 2000, 2003 y 2009, y por losaños 2001, 2002, 2004, 2005, 2006, 2007,2008 y 2010.”

“Artículo 2º: Exímase al Sr. JoséPapeo, el 100% (cien por ciento) del pagoen concepto de Tasa por ServiciosGenerales de la Partida Nº 195.725,incluídos multas, recargos e intereses, porel año 2011.”

“Artículo 3º: En caso de existirjuicio de apremio iniciado por esteMunicipio, el contribuyente y/o responsablede pago, deberá hacerse cargo de loscostos y costas del mismo.”

“Artículo 4º: Comuníquese alDepartamento Ejecutivo.”

“Dada en la Sala de Sesionesdel Honorable Concejo Deliberante a losveinticuatro días del mes de noviembre delaño dos mil once.”“FIRMADO: Lic. José María Ghi,Secretario del Honorable ConcejoDeliberante – Don Juan Manuel Le Bas,Presidente del Honorable ConcejoDeliberante.”

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Gobierno y Seguridad Ciudadana yde Economía y Finanzas.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHIC.P. Eduardo D. Aseff - Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2697/2011

Moron, 22 de Diciembre de 2011VISTO:

La Ordenanza Nº 14063/11 sancionadapor el Honorable Concejo Deliberante con fecha 24de Noviembre del año 2011, el expediente Nº 4079-14205/11 D.E. – 70275/11-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO:

Que habiendo transcurrido el términodispuesto por el artículo 108º, inc. 2º de la LeyOrgánica de las Municipalidades, ha operado lapromulgación ipso iure de la Ordenanza Nº14063/11.

Que atento lo expuesto precedentementeresulta necesario efectuar la inscripción en el registrorespectivo, dictando al efecto el acto administrativopertinente.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Téngase por Ordenanza Nº14063/11, la norma sancionada por el HonorableConcejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebradael día 24 de noviembre del año 2011, cuyo texto setranscribe:

“Artículo 1º: Condónese a la Sra.Viviana Miriam Ponce, el 100% (cien porciento) de la deuda en concepto de Tasa porServicios Generales de la Partida Nº153.366, incluídos multas, recargos eintereses, por el año 2010.”

“Artículo 2º: Exímase a la Sra.Viviana Miriam Ponce, el 100% (cien porciento) del pago en concepto de Tasa porServicios Generales de la Partida Nº153.366, incluídos multas, recargos eintereses, por el año 2011.”

“Artículo 3º: En caso de existirjuicio de apremio iniciado por este Municipio,la contribuyente y/o responsable de pago,deberá hacerse cargo de los costos y costasdel mismo.”

“Artículo 4º: Comuníquese alDepartamento Ejecutivo.”

“Dada en la Sala de Sesiones delHonorable Concejo Deliberante a los

veinticuatro días del mes de noviembre delaño dos mil once.”“FIRMADO: Lic. José María Ghi, Secretariodel Honorable Concejo Deliberante – DonJuan Manuel Le Bas, Presidente delHonorable Concejo Deliberante.”

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Gobierno y Seguridad Ciudadana yde Economía y Finanzas.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHIC.P. Eduardo D. Aseff - Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2698/2011

Moron, 22 de Diciembre de 2011VISTO:

La Ordenanza Nº 14064/11 sancionadapor el Honorable Concejo Deliberante con fecha 24de noviembre del año 2011, el expediente Nº 4079-16878/11 D.E. – 70582/11-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO:

Que habiendo transcurrido el términodispuesto por el artículo 108º, inc. 2º de la LeyOrgánica de las Municipalidades, ha operado lapromulgación ipso iure de la Ordenanza Nº14064/11.

Que atento lo expuesto precedentementeresulta necesario efectuar la inscripción en el registrorespectivo, dictando al efecto el acto administrativopertinente.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Téngase por Ordenanza Nº14064/11, la norma sancionada por el HonorableConcejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebradael día 24 de noviembre del año 2011, cuyo texto setranscribe:

“Artículo 1º: Condónese a laPartida Nº 50.699 el 100% (cien por ciento)la deuda en concepto de Tasa por ServiciosGenerales, incluídos multas, recargos eintereses, por el saldo pendiente del año2009, y por el año 2010.”

“Artículo 2º: Exímase a la PartidaNº 50.699 el 100% (cien por ciento) del pagoen concepto de Tasa por ServiciosGenerales, incluídos multas, recargos eintereses, por el año 2011.”

“Artículo 3º: En caso de existirjuicio de apremio iniciado por este Municipio,el contribuyente y/o responsable de pago,deberá hacerse cargo de los costos y costasdel mismo.”

“Artículo 4º: Comuníquese alDepartamento Ejecutivo.”

“Dada en la Sala de Sesiones delHonorable Concejo Deliberante a losveinticuatro días del mes de noviembre delaño dos mil once.”“FIRMADO: Lic. José María Ghi, Secretariodel Honorable Concejo Deliberante – DonJuan Manuel Le Bas, Presidente delHonorable Concejo Deliberante.”

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Gobierno y Seguridad Ciudadana yde Economía y Finanzas.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHIC.P. Eduardo D. Aseff - Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2699/2011

Moron, 22 de Diciembre de 2011VISTO:La Ordenanza Nº 14065/2011 sancionada por elHonorable Concejo Deliberante con fecha 24 deNoviembre del año 2011, el expediente Nº 4079-14569/10 D.E. – 68782/10-0 H.C.D. y,

Page 40: MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y …moron.gob.ar/wp-content/Boletines/2011 Boletines/12... · de la Agencia de Planificación” ... para cubrir los gastos originados

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIG ESTO MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 40

CONSIDERANDO:Que habiendo transcurrido el término dispuesto porel artículo 108º, inc. 2º de la Ley Orgánica de lasMunicipalidades, ha operado la promulgación ipsoiure de la Ordenanza Nº 14065/11.

Que atento lo expuesto precedentementeresulta necesario efectuar la inscripción en el registrorespectivo, dictando al efecto el acto administrativopertinente.Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DEMORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Téngase por Ordenanza Nº14065/11, la norma sancionada por el HonorableConcejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebradael día 24 de Noviembre del año 2011, cuyo texto setranscribe:

“Artículo 1º: Condónese al Sr.Carlos Alberto Coronel, el 50% (cincuentapor ciento) de la deuda en concepto deTasa por Servicios Generales de la PartidaNº 152.051, incluídos multas, recargos eintereses, por los saldos pendientes de losaños 1993 y 1994, y por los años 1995,1996, 1997, 1998, 1999, 2001, 2005, 2006,2007, 2008, 2009 y 2010.”

“Artículo 2º: Exímase al Sr.Carlos Alberto Coronel, el 50% (cincuentapor ciento) del pago en concepto de Tasapor Servicios Generales de la Partida Nº152.051, incluídos multas, recargos eintereses, por el año 2011.”

“Artículo 3º: En caso de existirjuicio de apremio iniciado por esteMunicipio, el contribuyente y/o responsablede pago, deberá hacerse cargo de loscostos y costas del mismo.”

“Artículo 4º: Comuníquese alDepartamento Ejecutivo.”

“Dada en la Sala de Sesionesdel Honorable Concejo Deliberante a losveinticuatro días del mes de noviembre delaño dos mil once.”“FIRMADO: Lic. José María Ghi,Secretario del Honorable ConcejoDeliberante – Don Juan Manuel Le Bas,Presidente del Honorable ConcejoDeliberante.”

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Economía y Finanzas y de Gobiernoy Seguridad Ciudadana.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHIC.P. Eduardo D. Aseff - Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2700/2011

Moron, 22 de Diciembre de 2011VISTO:La Ordenanza Nº 14067/2011 sancionada por elHonorable Concejo Deliberante con fecha 24 deNoviembre del año 2011, el expediente Nº 4079-13102/10 D.E. – 68574/10-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO:Que habiendo transcurrido el término dispuesto porel artículo 108º, inc. 2º de la Ley Orgánica de lasMunicipalidades, ha operado la promulgación ipsoiure de la Ordenanza Nº 14067/11.

Que atento lo expuesto precedentementeresulta necesario efectuar la inscripción en el registrorespectivo, dictando al efecto el acto administrativopertinente.Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DEMORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Téngase por Ordenanza Nº14067/11, la norma sancionada por el HonorableConcejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada

el día 24 de Noviembre del año 2011, cuyo texto setranscribe:

“Artículo 1º: Condónese a laPartida Nº 165.001, el 100% (cien porciento) de la deuda en concepto de Tasapor Servicios Generales, incluídos multas,recargos e intereses, por los años 2009 y2010.”

“Artículo 2º: En caso de existirjuicio de apremio iniciado por esteMunicipio, el contribuyente y/o responsablede pago, deberá hacerse cargo de loscostos y costas del mismo.”

“Artículo 3º: Comuníquese alDepartamento Ejecutivo.”

“Dada en la Sala de Sesionesdel Honorable Concejo Deliberante a losveinticuatro días del mes de noviembre delaño dos mil once.”“FIRMADO: Lic. José María Ghi,Secretario del Honorable ConcejoDeliberante – Don Juan Manuel Le Bas,Presidente del Honorable ConcejoDeliberante.”

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Economía y Finanzas y de Gobiernoy Seguridad Ciudadana.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHIC.P. Eduardo D. Aseff - Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2701/2011

Moron, 22 de Diciembre de 2011VISTO:

La Ordenanza Nº 14070/11 sancionadapor el Honorable Concejo Deliberante con fecha 24de Noviembre del año 2011, el expediente Nº 4079-13133/10 D.E. – 68557/10-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO:

Que habiendo transcurrido el términodispuesto por el artículo 108º, inc. 2º de la LeyOrgánica de las Municipalidades, ha operado lapromulgación ipso iure de la Ordenanza Nº14070/11.

Que atento lo expuesto precedentementeresulta necesario efectuar la inscripción en el registrorespectivo, dictando al efecto el acto administrativopertinente.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Téngase por Ordenanza Nº14070/11, la norma sancionada por el HonorableConcejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebradael día 24 de noviembre del año 2011, cuyo texto setranscribe:

“Artículo 1º: Condónese a la Sra.Marta Carmen Valfre, el 100% (cien porciento) de la deuda en concepto de Tasa porServicios Generales de la Partida Nº206.695, incluídos multas, recargos eintereses, por el saldo pendiente del año2001, y por los años 2002, 2003, 2004,2005, 2006, 2007, 2008, 2009 y 2010.”

“Artículo 2º: Exímase a la Sra.Marta Carmen Valfre, el 100% (cien porciento) del pago en concepto de Tasa porServicios Generales de la Partida Nº206.695, incluídos multas, recargos eintereses, por el año 2011.”

“Artículo 3º: En caso de existirjuicio de apremio iniciado por este Municipio,la contribuyente y/o responsable de pago,deberá hacerse cargo de los costos y costasdel mismo.”

“Artículo 4º: Comuníquese alDepartamento Ejecutivo.”

“Dada en la Sala de Sesiones delHonorable Concejo Deliberante a los

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIG ESTO MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 41

veinticuatro días del mes de noviembre delaño dos mil once.”“FIRMADO: Lic. José María Ghi, Secretariodel Honorable Concejo Deliberante – DonJuan Manuel Le Bas, Presidente delHonorable Concejo Deliberante.”

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Gobierno y Seguridad Ciudadana yde Economía y Finanzas.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHIC.P. Eduardo D. Aseff - Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2702/2011

Moron, 22 de Diciembre de 2011VISTO:

La Ordenanza Nº 14071/11 sancionadapor el Honorable Concejo Deliberante con fecha 24de Noviembre del año 2011, el expediente Nº 4079-13234/10 D.E. – 68449/10-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO:

Que habiendo transcurrido el términodispuesto por el artículo 108º, inc. 2º de la LeyOrgánica de las Municipalidades, ha operado lapromulgación ipso iure de la Ordenanza Nº14071/11.

Que atento lo expuesto precedentementeresulta necesario efectuar la inscripción en el registrorespectivo, dictando al efecto el acto administrativopertinente.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Téngase por Ordenanza Nº14071/11, la norma sancionada por el HonorableConcejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebradael día 24 de noviembre del año 2011, cuyo texto setranscribe:

“Artículo 1º: Condónese a la Sra.Ester Margarita Leston, el 50% (cincuentapor ciento) de la deuda en concepto de Tasapor Servicios Generales de la Partida Nº115.102, incluídos multas, recargos eintereses, por los saldos pendientes de losaños 1989, 1990, 1991, 1992, 1993 y 1994,y por los años 1995, 1996, 1997, 1998,1999, 2000, 2001, 2002, 2003, 2004, 2005,2006, 2007, 2008 y 2009.”

“Artículo 2º: En caso de existirjuicio de apremio iniciado por este Municipio,la contribuyente y/o responsable de pago,deberá hacerse cargo de los costos y costasdel mismo.”

“Artículo 3º: Comuníquese alDepartamento Ejecutivo.”

“Dada en la Sala de Sesiones delHonorable Concejo Deliberante a losveinticuatro días del mes de noviembre delaño dos mil once.”“FIRMADO: Lic. José María Ghi, Secretariodel Honorable Concejo Deliberante – DonJuan Manuel Le Bas, Presidente delHonorable Concejo Deliberante.”

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Gobierno y Seguridad Ciudadana yde Economía y Finanzas.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHIC.P. Eduardo D. Aseff - Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2704/2011

Moron, 22 de Diciembre de 2011VISTO:La Ley Nº 12,774, el expediente Nº 4079-16985/11-0D.E., donde se solicita el cobro de la sentenciarecaída en los autos “Calieris Roberto Horacioc/Municipalidad de Morón s/Amparo” y,CONSIDERANDO:

Que el Tribunal de Trabajo Nº 3 delDepartamento Judicial de Morón dictó sentenciacondenatoria a la Municipalidad de Morón.Que, en virtud de la fecha del hecho y el montoregulado, su acreencia reviste el carácter dereconocida y consolidable en los términos de la LeyNº 12.774.Que, asimismo correspondería notificar al acreedorde la deuda reconocida a su favor.Que a fs. 22 del expediente citado en el Visto,interviene la Dirección de Contaduría y adjuntaproyecto de acto administrativo al efecto.

Que en virtud de lo expuesto, devieneprocedente dictar el pertinente acto administrativopara su correcto tratamiento. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DEMORÓN

DECRETA:ARTÍCULO 1º: Dispónese la incorporación al pasivoconsolidado municipal de la deuda al 31 de Octubredel año 2001, en los términos de la Ley Nº 12.774,debiendo asignarse a la cuenta “Deuda ConsolidadaLey Nº 12.774”, con débito a la cuenta “Resultado deEjercicios Anteriores”, de la acreencia que lecorresponde al Sr. Roberto Horacio Calieris, por unmonto de Pesos Dos mil cuatrocientos treinta y sietecon treinta centavos ($ 2.437,30.-).ARTÍCULO 2º: Notifíquese fehacientemente a lapersona enunciada en el Artículo 1º.ARTÍCULO 3º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Economía y Finanzas y de Gobiernoy Seguridad Ciudadana.ARTÍCULO 4º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHIC.P. Eduardo D. Aseff - Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2711/2011

Moron, 22 de Diciembre de 2011VISTO:

La Ordenanza Nº 14081/2011 sancionadapor el Honorable Concejo Deliberante con fecha 24de Noviembre del año 2011, el expediente Nº 4079-16196/10 D.E. – 69034/10-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO:

Que habiendo transcurrido el términodispuesto por el artículo 108º, inc. 2º de la LeyOrgánica de las Municipalidades, ha operado lapromulgación ipso iure de la Ordenanza Nº14081/11.

Que atento lo expuesto precedentementeresulta necesario efectuar la inscripción en el registrorespectivo, dictando al efecto el acto administrativopertinente.Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DEMORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Téngase por Ordenanza Nº 14081/11la norma sancionada por el Honorable ConcejoDeliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 24de Noviembre del año 2011, cuyo texto setranscribe:

“Artículo 1º: Autorízase alDepartamento Ejecutivo a otorgar al Sr.Abraham Chait L.E. Nº 4.841.416 y a laSra. Reneé Avrutin L.C. Nº 3.876.369, laregistración del Plano de Obra con destino“Vivienda Multifamiliar” de la propiedad sitaen calle Domingo French Nº 1247/49/51 dela Ciudad de Morón, cuyos datoscatastrales son: Circ.I, Secc. C, Manz. 186,Parc. 3a, con infracción a los artículos3.3.2.0, 3.5.2.1, 4.5, 4.6.3.2, 4.6.4.2,4.6.3.4 (Excepto la escalera que comunicaal Local Nº 28), 4.6.3.1, 4.6.4.1 y 4.6.2.2del Código de Ordenamiento Urbano yNormas Reglamentarias deConstrucciones del Partido de Morón,según constancias obrantes en el

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expediente Nº 69034/10 H.C.D. - 4079-16196/10 D.E. y la Audiencia Públicacelebrada el día 3 de mayo de 2011.”

“Artículo 2º: Lo otorgado por elartículo 1º queda condicionado al inicio deltrámite de Registración de Plano y al pagode los Derechos correspondientes dentrode los 90 (noventa) días de la notificaciónde la presente Ordenanza y alcumplimiento de las demás normasmunicipales que resulten de aplicación. Encaso de incumplimiento caducaránautomáticamente los derechos conferidos.”

“Artículo 3º: El DepartamentoEjecutivo procederá a notificar la presenteOrdenanza, en los términos del Capítulo Xde la Ordenanza Nº 11.654.”

“Artículo 4º: Comuníquese alDepartamento Ejecutivo.”

“Dada en la Sala de Sesionesdel Honorable Concejo Deliberante a losveinticuatro días del mes de noviembre delaño dos mil once.”“FIRMADO: Lic. José María Ghi,Secretario del Honorable ConcejoDeliberante – Don Juan Manuel Le Bas,Presidente del Honorable ConcejoDeliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Gobierno y Seguridad Ciudadana yde Planificación Estratégica y AdministraciónGeneral.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHISr. Daniel G. Larrache - Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2712/2011

Moron, 22 de Diciembre de 2011VISTO:

La Ordenanza Nº 14080/2011 sancionadapor el Honorable Concejo Deliberante con fecha 24de Noviembre del año 2011, el expediente Nº 4079-12483/10 D.E. – 68649/10-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO:

Que habiendo transcurrido el términodispuesto por el artículo 108º, inc. 2º de la LeyOrgánica de las Municipalidades, ha operado lapromulgación ipso iure de la Ordenanza Nº14080/11.

Que atento lo expuesto precedentementeresulta necesario efectuar la inscripción en el registrorespectivo, dictando al efecto el acto administrativopertinente.Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DEMORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Téngase por Ordenanza Nº 14080/11la norma sancionada por el Honorable ConcejoDeliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 24de Noviembre del año 2011, cuyo texto setranscribe:

“Artículo 1º: Autorízase alDepartamento Ejecutivo a otorgar al Sr.José Méndez Muiños D.N.I. Nº 93.322.184y a la Sra. Norma Irene Chamorro D.N.I.Nº 11.321.874 y otros, la registración delPlano de Obra con destino “LocalComercial Playa de Estacionamiento yVivienda Multifamiliar” de la propiedad sitaen calle Salta Nº 332/36/40/42 de laCiudad de Morón, cuyos datos catastralesson: Circ.I, Secc. A, Manz. 63, Parc. 14b,con infracción a los artículos 3.5.1.1 y4.6.3.1 del Código de OrdenamientoUrbano y Normas Reglamentarias deConstrucciones del Partido de Morón, y alartículo 46º del Decreto Ley Nº 8912/77,según constancias obrantes en elexpediente Nº 68649/10 H.C.D. - 4079-

12483/10 D.E. y la Audiencia Públicacelebrada el día 14 de octubre de 2011.”

“Artículo 2º: Lo otorgado por elartículo 1º queda condicionado al inicio deltrámite de Registración de Plano y al pagode los Derechos correspondientes dentrode los 90 (noventa) días de la notificaciónde la presente Ordenanza y alcumplimiento de las demás normasmunicipales que resulten de aplicación. Encaso de incumplimiento caducaránautomáticamente los derechos conferidos.”

“Artículo 3º: El DepartamentoEjecutivo procederá a notificar la presenteOrdenanza, en los términos del Capítulo Xde la Ordenanza Nº 11.654.”

“Artículo 4º: Comuníquese alDepartamento Ejecutivo.”

“Dada en la Sala de Sesionesdel Honorable Concejo Deliberante a losveinticuatro días del mes de noviembre delaño dos mil once.”“FIRMADO: Lic. José María Ghi,Secretario del Honorable ConcejoDeliberante – Don Juan Manuel Le Bas,Presidente del Honorable ConcejoDeliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Gobierno y Seguridad Ciudadana yde Planificación Estratégica y AdministraciónGeneral.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHISr. Daniel G. Larrache - Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2713/2011

Moron, 22 de Diciembre de 2011VISTO:

La Ordenanza Nº 14079/2011 sancionadapor el Honorable Concejo Deliberante con fecha 24de Noviembre del año 2011, el expediente Nº 4079-12067/10 D.E. – 68582/10-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO:

Que habiendo transcurrido el términodispuesto por el artículo 108º, inc. 2º de la LeyOrgánica de las Municipalidades, ha operado lapromulgación ipso iure de la Ordenanza Nº14079/11.

Que atento lo expuesto precedentementeresulta necesario efectuar la inscripción en el registrorespectivo, dictando al efecto el acto administrativopertinente.Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DEMORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Téngase por Ordenanza Nº 14079/11la norma sancionada por el Honorable ConcejoDeliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 24de Noviembre del año 2011, cuyo texto setranscribe:

“Artículo 1º: Autorízase alDepartamento Ejecutivo a otorgar al Sr.Fernando Héctor Marinelli D.N.I. Nº16.749.766 y a la Sra. Alicia BeatrízRotundo D.N.I. Nº 17.410.385, el cambiode sello del Plano de Obra Registrado,bajo el Nº 41-166704-97, de fecha 7 deagosto de 1997, a Plano de ObraAprobado, de la propiedad sita en la calleCrisólogo Larralde Nº 1773 de la Ciudadde Castelar, cuyos datos catastrales son:Circ. V, Secc. B, Quinta 4, Manzana 4d,Parcela 24, con infracción a los artículos3.3.2.0, 3.4, 4.5, 7.3.2.0 y 4.6.4.1 delCódigo de Ordenamiento Urbano yNormas Reglamentarias deConstrucciones del Partido de Morón,según constancias obrantes en elexpediente Nº 68582/10 H.C.D. - 4079-

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12067/10 D.E. y la Audiencia Públicacelebrada el día 14 de octubre de 2011.”

“Artículo 2º: Lo otorgado por elartículo 1º queda condicionado al inicio deltrámite de Aprobación del Plano y al pagode los Derechos correspondientes dentrode los 90 (noventa) días de la notificaciónde la presente Ordenanza y alcumplimiento de las demás normasmunicipales que resulten de aplicación. Encaso de incumplimiento caducaránautomáticamente los derechos conferidos.”

“Artículo 3º: El DepartamentoEjecutivo procederá a notificar la presenteOrdenanza, en los términos del Capítulo Xde la Ordenanza Nº 11.654.”

“Artículo 4º: Comuníquese alDepartamento Ejecutivo.”

“Dada en la Sala de Sesionesdel Honorable Concejo Deliberante a losveinticuatro días del mes de noviembre delaño dos mil once.”“FIRMADO: Lic. José María Ghi,Secretario del Honorable ConcejoDeliberante – Don Juan Manuel Le Bas,Presidente del Honorable ConcejoDeliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Gobierno y Seguridad Ciudadana yde Planificación Estratégica y AdministraciónGeneral.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHISr. Daniel G. Larrache - Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2714/2011

Moron, 22 de Diciembre de 2011VISTO:

La Ordenanza Nº 14082/2011 sancionadapor el Honorable Concejo Deliberante con fecha 24de Noviembre del año 2011, el expediente Nº 4079-20640/11 D.E. – 70799/11-0 H.C.D. y,CONSIDERANDO:

Que habiendo transcurrido el términodispuesto por el artículo 108º, inc. 2º de la LeyOrgánica de las Municipalidades, ha operado lapromulgación ipso iure de la Ordenanza Nº14082/11.

Que atento lo expuesto precedentementeresulta necesario efectuar la inscripción en el registrorespectivo, dictando al efecto el acto administrativopertinente.Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DEMORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Téngase por Ordenanza Nº14082/11, la norma sancionada por el HonorableConcejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebradael día 24 de Noviembre del año 2011, cuyo texto setranscribe:

“Artículo 1º: Exímase alSindicato de Empleados y Obreros deComercio y Afines Zona Oeste“S.E.O.C.A.”, del pago de los Derechos deConstrucción, correspondientes a lapropiedad sita en la calle García Silva Nº957 de la Ciudad de Morón, cuyos datoscatastrales son: Circ. I; Secc. E; Manz.328; Parcela 17, Partido Municipal Nº1.109, según constancias obrantes en elExpte. Nº 70799/11 H.C.D..”

“Artículo 2º: Autorízase alDepartamento Ejecutivo a celebrar elcorrespondiente convenio decontraprestación a tenor del beneficiootorgado en el artículo 1º.”

“Artículo 3º: Comuníquese alDepartamento Ejecutivo.”

“Dada en la Sala de Sesionesdel Honorable Concejo Deliberante a losveinticuatro días del mes de noviembre delaño dos mil once.”“FIRMADO: Lic. José María Ghi,Secretario del Honorable ConcejoDeliberante – Don Juan Manuel Le Bas,Presidente del Honorable ConcejoDeliberante.”

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Planificación Estratégica yAdministración General y de Gobierno y SeguridadCiudadana.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHISr. Daniel G. Larrache - Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2715/2011

Moron, 22 de Diciembre de 2011VISTO:

La Ordenanza Nº 14083/2011 sancionadapor el Honorable Concejo Deliberante con fecha 24de Noviembre del año 2011, el expediente Nº 4079-18984/08-0 D.E. – 67310/09 H.C.D. y,CONSIDERANDO:

Que habiendo transcurrido el términodispuesto por el artículo 108º, inc. 2º de la LeyOrgánica de las Municipalidades, ha operado lapromulgación ipso iure de la Ordenanza Nº14083/11.

Que atento lo expuesto precedentementeresulta necesario efectuar la inscripción en el registrorespectivo, dictando al efecto el acto administrativopertinente.Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DEMORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Téngase por Ordenanza Nº14083/11, la norma sancionada por el HonorableConcejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebradael día 24 de Noviembre del año 2011, cuyo texto setranscribe:

“Artículo 1º: Exímase a laDiócesis de Morón de la Iglesia CatólicaApostólica Romana, del pago de losDerechos de Construcción,correspondientes a la propiedad sita en laAv. Don Bosco Nº 2381 y Ozanán Nº 382de la Ciudad de Morón, cuyos datosCatastrales son: Circ. I; Secc. B; Manz.173; Parcela 5, Partida Municipal Nº144.896, según constancias obrantes en elExpte. Nº 67310/09 H.C.D. - 4079-18984/08-0 D.E..”

“Artículo 2º: Autorízase alDepartamento Ejecutivo a celebrar elcorrespondiente convenio decontraprestación a tenor del beneficiootorgado en el artículo 1º.”

“Artículo 3º: Comuníquese alDepartamento Ejecutivo.”

“Dada en la Sala de Sesionesdel Honorable Concejo Deliberante a losveinticuatro días del mes de noviembre delaño dos mil once.”“FIRMADO: Lic. José María Ghi,Secretario del Honorable ConcejoDeliberante – Don Juan Manuel Le Bas,Presidente del Honorable ConcejoDeliberante.”

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Planificación Estratégica yAdministración General y de Gobierno y SeguridadCiudadana.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHISr. Daniel G. Larrache - Sr. Diego Spina

* * *

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DECRETO Nº 2716/2011Moron, 22 de Diciembre de 2011

VISTO:El Decreto Ley Nº 6769/58, sus

modificatorios, el Decreto Nº 312/08 y susmodificatorios y Nº 2471/09 y,CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 2471/09 se modificaparcialmente la estructura organizativa delDepartamento Ejecutivo establecida por Decreto Nº312/08 y modificatorios.

Que como surge del referido Decreto, laDirección del Hospital Municipal de Morón“Ostaciana B. de Lavignolle”, constituye una de lasdependencias orgánico funcionales que conformanla estructura organizativa de la Secretaría de Salud yDesarrollo Social.

Que el funcionario idóneo paradesempeñar las misiones y funciones de esta área,es el Sr. Latorraca Domingo Martín, razón por la cualcorresponde sea designado en el respectivo cargo.

Que en razón de lo expuesto, resultaprocedente dictar el acto administrativo pertinente,de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo IVdel Decreto Ley 6769/58 y el artículo 105º de laOrdenanza Nº 11.654 de ProcedimientoAdministrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE

MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Desígnase a partir del día 28 deDiciembre del año 2011, al Sr. Latorraca DomingoMartín (DNI Nº 24.892.977), en el cargo de Directordel Hospital Municipal de Morón “Ostaciana B. deLavignolle”, dependiente de la Secretaría de Salud yDesarrollo Social, con un régimen horario decuarenta y ocho (48) horas semanales de labor y conuna bonificación transitoria mensual por funcióncrítica, equivalente a cuatro con dieciocho (4,18)módulos.ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Gobierno y Seguridad Ciudadana yde Planificación Estratégica y AdministraciónGeneral.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese a laDirección de Recursos Humanos. Publíquese en elBoletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHISr. Daniel G. Larrache - Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2717/2011

Moron, 22 de Diciembre de 2011VISTO:

El Decreto Ley Nº 6769/58, susmodificatorios, el Decreto Nº 312/08 y susmodificatorios y Nº 2571/11 y,CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 2571/11 se modificaparcialmente la estructura organizativa delDepartamento Ejecutivo establecida por Decreto Nº312/08 y modificatorios.

Que como surge del referido Decreto, laDirección Operativa de Sistema de Atención Médicade Emergencias Extrahospitalarias (S.A.M.E.),constituye una de las dependencias orgánicofuncionales que conforman la estructura organizativade la Secretaría de Salud y Desarrollo Social.Que el funcionario idóneo para desempeñar lasmisiones y funciones de esta área, es el Sr. MarceloGabriel Maceiro, razón por la cual corresponde seadesignado en el respectivo cargo.

Que en razón de lo expuesto, resultaprocedente dictar el acto administrativo pertinente,de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo IVdel Decreto Ley 6769/58 y el artículo 105º de laOrdenanza Nº 11.654 de ProcedimientoAdministrativo.

Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DEMORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Desígnase a partir del día 10 deDiciembre del año 2011, al Sr. Maceiro MarceloGabriel (DNI Nº 21.532.577), en el cargo de DirectorOperativo de Sistema de Atención Médica deEmergencias Extrahospitalarias (S.A.M.E.),dependiente de la Secretaría de Salud y DesarrolloSocial, con un régimen horario de cuarenta y ocho(48) horas semanales de labor y con unabonificación transitoria mensual por función crítica,equivalente a uno con setenta y dos (1,72) módulos,con reserva de su actual situación de revista.ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Gobierno y Seguridad Ciudadana yde Planificación Estratégica y AdministraciónGeneral.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese a laDirección de Recursos Humanos. Publíquese en elBoletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHISr. Daniel G. Larrache - Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2718/2011

Moron, 22 de Diciembre de 2011VISTO:

El Decreto Ley Nº 6769/58, el Decreto Nº1208/10, la actuación registrada bajo el Nº 94905/11yCONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 1208/10, se designóa la Sra. Laura Beatriz Larrañaga, en el cargo deDirectora de Políticas de Género, con un régimenhorario de cuarenta y ocho (48) horas semanales delabor.

Que por la Nota citada en el Visto, lareferida funcionaria ha comunicado expresamente suvoluntad de renunciar al cargo que desempeña envirtud de la reorganización funcional dedeterminadas áreas que conforman el DepartamentoEjecutivo, lo cual se ajusta a las reglamentacionesvigentes.

Que en virtud de lo expuesto, correspondeproceder a dictar el acto administrativo, deconformidad con lo dispuesto por la Ley 11.757 y elartículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 deProcedimiento Administrativo.Por ello:

EL INTENDENTE DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Acéptase a partir del día 21 deDiciembre del año 2011, la renuncia presentada porla Sra. Laura Beatriz Larrañaga (DNI Nº11.198.362) – (Legajo Nº 203.689), al cargo deDirectora de Políticas de Género, perteneciente a laSecretaría de Relaciones con la Comunidad yAbordajes Integrales.ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Planificación Estratégica yAdministración General y de Gobierno y SeguridadCiudadana.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHISr. Daniel G. Larrache - Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2719/2011

Moron, 22 de Diciembre de 2011VISTO:

El Decreto Ley Nº 6769/58, susmodificatorios, el Decreto Nº 312/08 y susmodificatorios y Nº 2471/09 y,CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 2471/09 se modificaparcialmente la estructura organizativa delDepartamento Ejecutivo establecida por Decreto Nº312/08 y modificatorios.

Que como surge del referido Decreto, laDirección de Políticas de Género, constituye una delas dependencias orgánico funcionales que

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conforman la estructura organizativa de la Secretaríade Relaciones con la Comunidad y AbordajesIntegrales.Que la funcionaria idónea para desempeñar lasmisiones y funciones de esta área, es la Sra. CinthiaVictoria Frias, razón por la cual corresponde seadesignada en el respectivo cargo.

Que en razón de lo expuesto, resultaprocedente dictar el acto administrativo pertinente,de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo IVdel Decreto Ley 6769/58 y el artículo 105º de laOrdenanza Nº 11.654 de ProcedimientoAdministrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE

MORÓNDECRETA:

ARTICULO 2º: Desígnase a partir del día 21 deDiciembre del año 2011, a la Sra. Cinthia VictoriaFrias (DNI Nº 22.986.388) – (Legajo Nº 168.001), enel cargo de Directora de Políticas de Género,dependiente de la Secretaría de Relaciones con laComunidad y Abordajes Integrales, con un régimenhorario de cuarenta y ocho (48) horas semanales delabor y con una bonificación transitoria mensual porfunción crítica, equivalente a dos con cincuenta(2,50) módulos.ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Gobierno y Seguridad Ciudadana yde Planificación Estratégica y AdministraciónGeneral.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese a laDirección de Recursos Humanos. Publíquese en elBoletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHISr. Daniel G. Larrache - Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2720/2011

Moron, 22 de Diciembre de 2011VISTO:

La Ley Orgánica de las MunicipalidadesDecreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, elDecreto Provincial Nº 2980/00, el expediente Nº4079-20584/11-0 D.E. y,CONSIDERANDO:

Que a través del Expediente citado en elVisto los Órganos Ejecutores de cada Secretaría handado conformidad a las necesidades planteadas porlos sectores respecto de proceder a la realización delas adecuaciones presupuestarias.

Que la Ordenanza General dePresupuesto para el ejercicio fiscal 2011, dispone ensus artículos 11º y 17º la modalidad deprocedimiento para la modificación de los créditospresupuestarios.

Que el artículo 119º de la Ley Orgánica delas Municipalidades establece el procedimiento aseguir para las ampliaciones o creaciones departidas presupuestarias.

Que han tomado debida intervenciónDirección de Contaduría y la Oficina Municipal dePresupuesto y adjunta esta última proyecto de actoadministrativo al efecto.

Que en virtud de lo expuesto, correspondeproceder al dictado del acto administrativopertinente, de conformidad con lo dispuesto en elartículo Nº 105º de la Ordenanza 11.654 deProcedimiento Administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DEMORÓN

DECRETA:ARTÍCULO 1º: Disminúyase en el PresupuestoGeneral de Gastos por un total de Pesos Un Millóndoscientos cuarenta y tres mil setecientos setenta yuno con ochenta y siete centavos ($ 1.243.771,87.-)según el detalle del Anexo I, que forma parteintegrante del presente Decreto.ARTICULO 2º: Créase en el Presupuesto Generalde Gastos por un total de Pesos Ciento setenta ycinco mil ciento setenta y uno con veinte centavos ($

175.171,20.-) según el detalle del Anexo II, queforma parte integrante del presente Decreto.ARTICULO 3º: Increméntese en el PresupuestoGeneral de Gastos por un total de Pesos Un millónsesenta y ocho mil seiscientos con sesenta y sietecentavos ($ 1.068.600,67.-) según el detalle delAnexo III, que forma parte integrante del presenteDecreto.ARTÍCULO 4º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Gobierno y Seguridad Ciudadana yde Economía y Finanzas.ARTÍCULO 5º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

Anexo I

Subjurisdicción Cat. Program Objeto delGasto

Importe

Fuente de Financiamiento 1311110104000 23.51.00 4.2.1.0 662,324.03

1110111000 63.62.00 4.2.1.0 279,562.23

1110111000 65.80.00 3.3.1.0 183,918.17

1110111000 66.89.00 4.3.5.0 117,967.44

Total 131 $ 1,243,771.87

Anexo II

Subjurisdicción Cat. Program Objeto delGasto

Importe

Fuente de Financiamiento 1311110111000 63.61.00 4.2.1.0 175,171.20

Total 131 $175,171.20

Anexo III

Subjurisdicción Cat. Program Objeto delGasto

Importe

Fuente de Financiamiento 13111100109000 92.00.00 7.6.1.0 1,068,600.67

Total 131 $ 1,068,600.67

LIC. LUCAS HERNÁN GHIC.P. Eduardo D. Aseff - Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2721/2011

Moron, 22 de Diciembre de 2011VISTO:

La Ordenanza Nº 14122/2011sancionada por el Honorable Concejo Deliberantecon fecha 20 de Diciembre del año 2011, elexpediente Nº 4079-20741/11-0 D.E. – 71053/11H.C.D. y,CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la LeyOrgánica de las Municipalidades, establece comoatribución del Departamento Ejecutivo, el promulgary publicar las disposiciones del Honorable ConcejoDeliberante.

Que en virtud de lo expuesto correspondedictar el pertinente acto administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE

MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº14122/11, sancionada por el Honorable ConcejoDeliberante en Sesión Extraordinaria celebrada eldía 20 de Diciembre del año 2011, cuyo texto yAnexos en copia certificada se adjuntan al presenteDecreto:

“... Dada en la Sala de Sesiones delHonorable Concejo Deliberante a losveinte días del mes de diciembre del añodos mil once.”

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BOLETÍN MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 46

“FIRMADO: Mariano Pablo Spina,Secretario del Honorable ConcejoDeliberante – Don Juan Manuel Le Bas,Presidente del Honorable ConcejoDeliberante.”

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Economía y Finanzas y de Gobiernoy Seguridad Ciudadana.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

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* * *Decreto Nº 2721/11

Ordenanza Nº 14122/2011Articulo 1º: Ampliase el Cálculo de Recursos por $45.622.490,84 (pesos cuarenta y cinco millonesseiscientos veintidós mil cuatrocientos noventa con84/100) en los Rubros que se detallan en el Anexo I,que forma parte integrante de la presenteOrdenanza.Articulo 2º: Disminúyase el Cálculo de Recursos en$ 2.860.263, 43 (pesos dos millones ochocientossesenta mil doscientos sesenta y tres con 43/100) enlos Rubros que se detallan en el Anexo II, que formaparte integrante de la presente Ordenanza.Articulo 3º: Crease en el Cálculo de Recursos por $93.918.,25 ( pesos noventa y tres mil novecientosdieciocho con 25/100) el siguiente Rubro: RubroProcedencia Monto 14.2.01.00 SAMO 11Orig. Munic.Libre Disp, $ 93.918.,25Articulo 4º: Ampliase el Presupuesto General deGastos en $ 42.297.066,66 (pesos cuarenta y dosmillones doscientos noventa y siete mil sesenta yseis con 66/100) según el detalle del Anexo III, queforma parte integrante de la presente Ordenanza.Articulo 5º: Crease en el Presupuesto General deGastos por $ 559.079,00 ( pesos quinientoscincuenta y nueve mil setenta y nueve) según eldetalle del Anexo IV, que forma parte integrante dela presente Ordenanza.Articulo 6º: Comuníquese al DepartamentoEjecutivo.“... Dada en la Sala de Sesiones del HonorableConcejo Deliberante a los veinte días del mes dediciembre del año dos mil once.”“FIRMADO: Mariano Pablo Spina, Secretario delHonorable Concejo Deliberante – Don Juan ManuelLe Bas, Presidente del Honorable ConcejoDeliberante.”Por razones de espacio el Anexo deberá sersolicitado en el Departamento de AsuntosTécnicos

* * *DECRETO Nº 2722/2011

Moron, 22 de Diciembre de 2011VISTO: El Decreto Nº 2597/11, el Expediente Nº4079-20810/11-0 D.E. yCONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto citado en elVisto, se procedió a reimputar gastos comprometidosno devengados durante el día 19 de Diciembre de2011.

Que el día 19 de Diciembre de 2011, losexpedientes que se encuentran incluídos en elArtículo 1º del Decreto antes señalado, en parte ototalmente devengados.

Que por las circunstancias señaladasresulta necesario proceder a la rectificación delArtículo 1º del Decreto Nº 2597/11.

Que han tomado debida intervenciónDirección de Contaduría y adjunta proyecto de actoadministrativo al efecto. Que en virtud de lo expuesto, correspondeproceder al dictado del acto administrativopertinente, de conformidad con lo dispuesto en el art.105 de la Ordenanza Nº 11.654 de ProcedimientoAdministrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DEMORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Rectifícase el artículo 1º del DecretoNº 2597/11, que quedará redactado de la siguienteforma:

“Artículo 1º: Aféctase al ejercicio 2012, elexpediente que a continuación se detalla, que fueracomprometido y no devengado en el ejercicio 2011,a los créditos pertinentes del Presupuesto de Gastospara el ejercicio venidero”

Reg.Compromiso

Expediente Saldo a Reimputar

3607 375/11 $ 829.185.39

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Gobierno y Seguridad Ciudadana yde Economía y Finanzas.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

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* * *DECRETO Nº 2723/2011

Moron, 22 de Diciembre de 2011VISTO:

El Decreto Nº 312/08 D.E., susmodificatorios, el Decreto Nº 2573/11 y,CONSIDERANDO:

Que el Secretario de PlanificaciónEstratégica y Administración General, Sr. DanielGuillermo Larrache, solicita hacer uso de licenciaordinaria, a partir del día 23 de Enero hasta el día 05de Febrero de 2012, inclusive. Que en virtud de ello, corresponde dictarel pertinente acto administrativo, de conformidad conlo establecido en el artículo 105º de la Ordenanza Nº11.654 de Procedimiento Administrativo.Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DEMORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Autorízase al Secretario dePlanificación Estratégica y Administración General,Sr. Larrache Guillermo Daniel (D.N.I. 18.077.570),a hacer uso de licencia ordinaria, a partir del día 23de Enero hasta el día 05 de Febrero de 2012,inclusive.ARTICULO 2º: Delégase en el Secretario deGobierno y Seguridad Ciudadana, Sr. Spina Diego(D.N.I. 22.425.837) la firma del despacho de laSecretaría de Planificación Estratégica yAdministración General, por el período previsto en elArtículo 1º .ARTÍCULO 3º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Gobierno y Seguridad Ciudadana yde Economía y Finanzas.ARTICULO 4º: Dése al Registro de Decretos einfórmese por quien corresponda a la Dirección deRecursos Humanos y al Honorable Tribunal deCuentas. Publíquese en el Boletín Municipal yarchívese.

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* * *DECRETO Nº 2724/2011

Moron, 22 de Diciembre de 2011VISTO:

El Decreto Nº 312/08 D.E., susmodificatorios, el Decreto Nº 2573/11 y,CONSIDERANDO:

Que la Secretaria de la Unidad de GestiónComunitaria Nº 4, Sra. Virginia Irina Vargas, solicitahacer uso de licencia ordinaria, a partir del día 1ºhasta el día 31 de Enero de 2012, inclusive. Que en virtud de ello, corresponde dictar elpertinente acto administrativo, de conformidad con loestablecido en el artículo 105º de la Ordenanza Nº11.654 de Procedimiento Administrativo.

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BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 47

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO

DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Autorízase a la Secretaria de laUnidad de Gestión Comunitaria Nº 4 Sra. VargasVirginia Irina ( Legajo Nº 166.945)), a hacer uso delicencia ordinaria, a partir del día 1º hasta el día 31de Enero de 2012, inclusive.ARTICULO 2º: Delégase en el Secretario de laUnidad de Gestión Comunitaria Nº 1, Sr. MartinezJuan Carlos (D.N.I. 12.022.217) la firma deldespacho de la Unidad de Gestión Comunitaria Nº 4,por el período previsto en el Artículo 1º .ARTÍCULO 3º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Gobierno y Seguridad Ciudadana, deEconomía y Finanzas y de Planificación Estratégicay Administración General.ARTICULO 4º: Dése al Registro de Decretos einfórmese por quien corresponda a la Dirección deRecursos Humanos y al Honorable Tribunal deCuentas. Publíquese en el Boletín Municipal yarchívese.

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Sr. Daniel G. Larrache* * *

DECRETO Nº 2725/2011Moron, 22 de Diciembre de 2011

VISTO:El Decreto Nº 312/08 D.E., sus

modificatorios, el Decreto Nº 2573/11 y,CONSIDERANDO:

Que el Secretario de Gobierno y SeguridadCiudadana, Diego Spina, solicita hacer uso delicencia ordinaria, a partir del día 26 de Diciembre de2011 hasta el día 23 de Enero de 2012, inclusive. Que en virtud de ello, corresponde dictarel pertinente acto administrativo, de conformidad conlo establecido en el artículo 105º de la Ordenanza Nº11.654 de Procedimiento Administrativo.Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DEMORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Autorízase al Secretario de Gobiernoy Seguridad Ciudadana, Sr. Diego Spina (D.N.I.22.425.837), a hacer uso de licencia ordinaria apartir del día 26 de Diciembre de 2011, hasta el día23 de Enero de 2012, inclusive.ARTICULO 2º: Delégase en el Secretario deTransparencia Institucional y Control de Gestión, Dr.Hernán Sabbatella (D.N.I. 26.418.798) la firma deldespacho de la Secretaría de Gobierno y SeguridadCiudadana, por el período previsto en el Artículo 1º .ARTÍCULO 3º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Gobierno y Seguridad Ciudadana, deEconomía y Finanzas y de Planificación Estratégicay Administración General.ARTICULO 4º: Dése al Registro de Decretos einfórmese por quien corresponda a la Dirección deRecursos Humanos y al Honorable Tribunal deCuentas. Publíquese en el Boletín Municipal yarchívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHIC.P. Eduardo D. Aseff - Sr. Diego Spina

Sr. Daniel G. Larrache* * *

DECRETO Nº 2726/262011Moron, 22 de Diciembre de 2011

VISTO:Los Decretos Nº 312/08 D.E., Nº 319/08

D.E., sus modificatorios, el Decreto Nº 2573/11 y,CONSIDERANDO:

Que el Secretario Jefe de GabineteDamián Eduardo Aguilar, solicita hacer uso delicencia ordinaria, a partir del día 1º hasta el día 31de Enero de 2012, inclusive.

Que en virtud de ello, corresponde dictarel pertinente acto administrativo, de conformidad con

lo establecido en el artículo 105º de la Ordenanza Nº11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE

MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Autorízase al Secretario Jefe deGabinete, Sr. Damián Eduardo Aguilar (DNI18.358.641), a hacer uso de licencia ordinaria apartir del día 1º hasta el día 31 de Enero de 2012,inclusive.ARTICULO 2º: Delégase en el Secretario deTransparencia Institucional y Control de Gestión, Dr.Hernán Sabbatella (D.N.I. 26.418.798) la firma deldespacho de la Jefatura de Gabinete, por el períodoprevisto en el Artículo 1º .ARTÍCULO 3º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Gobierno y Seguridad Ciudadana yde Economía y Finanzas.ARTICULO 4º: Dése al Registro de Decretos einfórmese por quien corresponda a la Dirección deRecursos Humanos y al Honorable Tribunal deCuentas. Publíquese en el Boletín Municipal yarchívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHIC.P. Eduardo D. Aseff - Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2727/2011

Moron, 22 de Diciembre de 2011VISTO:

El Decreto Nº 312/08 D.E., susmodificatorios, el Decreto Nº 2573/11 y,CONSIDERANDO:

Que la Secretaria de la Unidad de GestiónComunitaria Nº 3, Sra. Perla Mabel Fernandez,solicita hacer uso de licencia ordinaria, a partir deldía 1º hasta el día 22 de Enero de 2012, inclusive. Que en virtud de ello, corresponde dictar elpertinente acto administrativo, de conformidad con loestablecido en el artículo 105º de la Ordenanza Nº11.654 de Procedimiento Administrativo.Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DEMORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Autorízase a la Secretaria de laUnidad de Gestión Comunitaria Nº 3, Sra.Fernandez Perla Mabel ( D.N.I. 13.127.978)), ahacer uso de licencia ordinaria, a partir del día 1ºhasta el día 22 de Enero de 2012, inclusive.ARTICULO 2º: Delégase en el Secretario de laUnidad de Gestión Comunitaria Nº 7, Dr. Der RubénJorge (D.N.I. 04.706.435) la firma del despacho dela Unidad de Gestión Comunitaria Nº 3, por elperíodo previsto en el Artículo 1º .ARTÍCULO 3º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Gobierno y Seguridad Ciudadana, deEconomía y Finanzas y de Planificación Estratégicay Administración General.ARTICULO 4º: Dése al Registro de Decretos einfórmese por quien corresponda a la Dirección deRecursos Humanos y al Honorable Tribunal deCuentas. Publíquese en el Boletín Municipal yarchívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHIC.P. Eduardo D. Aseff - Sr. Diego Spina

Sr. Daniel G. Larrache* * *

DECRETO Nº 2728/2011Moron, 22 de Diciembre de 2011

VISTO:El Decreto Nº 312/08 D.E., sus

modificatorios, el Decreto Nº 2573/11 y,CONSIDERANDO:

Que la Secretaria de Salud y DesarrolloSocial, solicita hacer uso de licencia ordinaria, apartir del día 1º hasta el día 31 de Enero de 2012,inclusive. Que en virtud de ello, corresponde dictar elpertinente acto administrativo, de conformidad con lo

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BOLETÍN MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 48

establecido en el artículo 105º de la Ordenanza Nº11.654 de Procedimiento Administrativo.Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DEMORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Autorízase a la Secretaria de Salud yDesarrollo Social, Lic. Zanlungo Ponce DeliaAlejandra (D.N.I. 21.477.178), a hacer uso delicencia ordinaria a partir del día 1º hasta el día 31de Enero de 2012, inclusive.ARTICULO 2º: Desígnase interinamente en el cargode Secretario de Salud y Desarrollo Social al Dr.Grillo Carbo Carlos (D.N.I. 16.171.323), con unrégimen horario de cuarenta y ocho (48) horassemanales de labor y una bonificación por funcióncrítica de uno con noventa y ocho (1,98) módulos,con reserva de su actual cargo de revista, por elperíodo previsto en el Artículo 1º .ARTÍCULO 3º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Gobierno y Seguridad Ciudadana, deEconomía y Finanzas y de Planificación Estratégicay Administración General.ARTICULO 4º: Dése al Registro de Decretos einfórmese por quien corresponda a la Dirección deRecursos Humanos y al Honorable Tribunal deCuentas. Publíquese en el Boletín Municipal yarchívese.

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Sr. Daniel G. Larrache* * *

DECRETO Nº 2729/2011Moron, 22 de Diciembre de 2011

VISTO:El Decreto Nº 312/08 D.E., sus

modificatorios, el Decreto Nº 2573/11 y,CONSIDERANDO:

Que la Secretaria de Relaciones con laComunidad y Abordajes Integrales, Lic. MónicaFernanda Macha, solicita hacer uso de licenciaordinaria, a partir del día 1º hasta el día 31 de Enerode 2012, inclusive.

Que en virtud de ello, corresponde dictarel pertinente acto administrativo, de conformidad conlo establecido en el artículo 105º de la Ordenanza Nº11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE

MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Autorízase a la Secretaria deRelaciones con la Comunidad y AbordajesIntegrales, Lic. Mónica Fernanda Macha (D.N.I.22.651.184), a hacer uso de licencia ordinaria, apartir del día 1º hasta el día 31 de Enero de 2012,inclusive.ARTICULO 2º: Delégase en el Secretario de laUnidad de Gestión Comunitaria Nº 1, Sr. JuanCarlos Martinez (D.N.I. 12.022.217) la firma deldespacho de la Secretaría de Relaciones con laComunidad y Abordajes Integrales, por el períodoprevisto en el Artículo 1º .ARTÍCULO 3º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Gobierno y Seguridad Ciudadana, deEconomía y Finanzas y de Planificación Estratégicay Administración General.ARTICULO 4º: Dése al Registro de Decretos einfórmese por quien corresponda a la Dirección deRecursos Humanos y al Honorable Tribunal deCuentas. Publíquese en el Boletín Municipal yarchívese

LIC. LUCAS HERNÁN GHIC.P. Eduardo D. Aseff - Sr. Diego Spina

Sr. Daniel G. Larrache* * *

DECRETO Nº 2730/2011Moron, 22 de Diciembre de 2011

VISTO:El Decreto Nº 312/08 D.E., sus

modificatorios, el Decreto Nº 2573/11 y,

CONSIDERANDO:Que el Secretario de Obras y Servicios

Públicos, Sr. Cesar Mariano Albistur Villegas, solicitahacer uso de licencia ordinaria, a partir del día 16hasta el día 29 de Enero de 2012, inclusive.

Que en virtud de ello, corresponde dictarel pertinente acto administrativo, de conformidad conlo establecido en el artículo 105º de la Ordenanza Nº11.654 de Procedimiento Administrativo.Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DEMORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Autorízase al Secretario de Obras yServicios Públicos, Sr. Cesar Mariano AlbisturVillegas (D.N.I. 14.943.865), a hacer uso de licenciaordinaria, a partir del día 16 hasta el día 29 deEnero de 2012, inclusive.ARTICULO 2º: Delégase en el Secretario deTransparencia Institucional y Control de Gestión, Dr.Hernán Sabbatella (D.N.I. 26.418.798) la firma deldespacho de la Secretaría de Obras y ServiciosPúblicos, por el período previsto en el Artículo 1º .ARTÍCULO 3º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Gobierno y Seguridad Ciudadana, deEconomía y Finanzas y de Planificación Estratégicay Administración General.ARTICULO 4º: Dése al Registro de Decretos einfórmese por quien corresponda a la Dirección deRecursos Humanos y al Honorable Tribunal deCuentas. Publíquese en el Boletín Municipal yarchívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHIC.P. Eduardo D. Aseff - Sr. Diego Spina

Sr. Daniel G. Larrache* * *

DECRETO Nº 2731/2011Moron, 22 de Diciembre de 2011

VISTO:El Decreto Nº 312/08 D.E., sus

modificatorios, el Decreto Nº 2573/11 y,CONSIDERANDO:

Que el Secretario de TransparenciaInstitucional y Control de Gestión, Dr. HernánSabbatella, solicita hacer uso de licencia ordinaria, apartir del día 1º de Febrero hasta el día 1º de Marzode 2012, inclusive.

Que en virtud de ello, corresponde dictarel pertinente acto administrativo, de conformidad conlo establecido en el artículo 105º de la Ordenanza Nº11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE

MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Autorízase al Secretario deTransparencia Institucional y Control de Gestión, Dr.Sabbatella Hernán (D.N.I. 26.418.798), a hacer usode licencia ordinaria, a partir del día 1º de Febrerohasta el día 1º de Marzo de 2012, inclusive.ARTICULO 2º: Delégase en el Secretario deGobierno y Seguridad Ciudadana, Sr. Spina Diego(D.N.I. 22.425.837) la firma del despacho de laSecretaría de Transparencia Institucional y Controlde Gestión, por el período previsto en el Artículo 1º .ARTÍCULO 3º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Gobierno y Seguridad Ciudadana, deEconomía y Finanzas y de Planificación Estratégicay Administración General.ARTICULO 4º: Dése al Registro de Decretos einfórmese por quien corresponda a la Dirección deRecursos Humanos y al Honorable Tribunal deCuentas. Publíquese en el Boletín Municipal yarchívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHIC.P. Eduardo D. Aseff - Sr. Diego Spina

Sr. Daniel G. Larrache* * *

DECRETO Nº 2732/2011Moron, 22 de Diciembre de 2011

VISTO:

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIG ESTO MUNICIPAL

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BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 49

El Decreto Nº 312/08 D.E., susmodificatorios, el Decreto Nº 2573/11 y,CONSIDERANDO:

Que el Secretario de la Unidad deGestión Comunitaria Nº 1, Sr. Juan Carlos Martinez,solicita hacer uso de licencia ordinaria, a partir deldía 1º hasta el día 29 de Febrero de 2012, inclusive.

Que en virtud de ello, corresponde dictarel pertinente acto administrativo, de conformidad conlo establecido en el artículo 105º de la Ordenanza Nº11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE

MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Autorízase al Secretario de laUnidad de Gestión Comunitaria Nº 1, Sr. MartinezJuan Carlos (D.N.I. 12.022.217), a hacer uso delicencia ordinaria, a partir del día 1º hasta el día 29de Febrero de 2012, inclusive.ARTICULO 2º: Delégase en la Secretaria de laUnidad de Gestión Comunitaria Nº 4, Sra. VargasVirginia Irina (Legajo Nº 166.945) la firma deldespacho de la Unidad de Gestión Comunitaria Nº 1,por el período previsto en el Artículo 1º .ARTÍCULO 3º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Gobierno y Seguridad Ciudadana, deEconomía y Finanzas y de Planificación Estratégicay Administración General.ARTICULO 4º: Dése al Registro de Decretos einfórmese por quien corresponda a la Dirección deRecursos Humanos y al Honorable Tribunal deCuentas. Publíquese en el Boletín Municipal yarchívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHIC.P. Eduardo D. Aseff - Sr. Diego Spina

Sr. Daniel G. Larrache* * *

DECRETO Nº 2733/2011Moron, 22 de Diciembre de 2011

VISTO:El Decreto Nº 312/08 D.E., sus

modificatorios, el Decreto Nº 2573/11 y,CONSIDERANDO:

Que el Secretario de la Unidad deGestión Comunitaria Nº 2, Sr. Gustavo JoséMosquera, solicita hacer uso de licencia ordinaria, apartir del día 1º hasta el día 31 de Enero de 2012,inclusive.

Que en virtud de ello, corresponde dictarel pertinente acto administrativo, de conformidad conlo establecido en el artículo 105º de la Ordenanza Nº11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE

MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Autorízase al Secretario de laUnidad de Gestión Comunitaria Nº 2, Sr. MosqueraGustavo José ( Legajo Nº 175.423)), a hacer uso delicencia ordinaria, a partir del día 1º hasta el día 31de Enero de 2012, inclusive.ARTICULO 2º: Delégase en el Secretario de laUnidad de Gestión Comunitaria Nº 7, Dr. Der RubénJorge (D.N.I. 04.706.435) la firma del despacho dela Unidad de Gestión Comunitaria Nº 2, por elperíodo previsto en el Artículo 1º .ARTÍCULO 3º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Gobierno y Seguridad Ciudadana, deEconomía y Finanzas y de Planificación Estratégicay Administración General.ARTICULO 4º: Dése al Registro de Decretos einfórmese por quien corresponda a la Dirección deRecursos Humanos y al Honorable Tribunal deCuentas. Publíquese en el Boletín Municipal yarchívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHIC.P. Eduardo D. Aseff - Sr. Diego Spina

Sr. Daniel G. Larrache* * *

DECRETO Nº 2734/2011Moron, 22 de Diciembre de 2011

VISTO:El Decreto Nº 312/08 D.E., sus

modificatorios, el Decreto Nº 2573/11 y,CONSIDERANDO:

Que la Secretaria de la Unidad deGestión Comunitaria Nº 5, Sra. María Virginia Veyga,solicita hacer uso de licencia ordinaria, a partir deldía 1º hasta el día 31 de Enero de 2012, inclusive.

Que en virtud de ello, corresponde dictarel pertinente acto administrativo, de conformidad conlo establecido en el artículo 105º de la Ordenanza Nº11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE

MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Autorízase a la Secretaria de laUnidad de Gestión Comunitaria Nº 5 Sra. VeygaMaría Virginia ( Legajo Nº 167.312), a hacer uso delicencia ordinaria, a partir del día 1º hasta el día 31de Enero de 2012, inclusive.ARTICULO 2º: Delégase en la Secretaria de laUnidad de Gestión Comunitaria Nº 6, Sra.Dominguez Ana María (D.N.I. 16.395.170) la firmadel despacho de la Unidad de Gestión ComunitariaNº 5, por el período previsto en el Artículo 1º .ARTÍCULO 3º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Gobierno y Seguridad Ciudadana, deEconomía y Finanzas y de Planificación Estratégicay Administración General.ARTICULO 4º: Dése al Registro de Decretos einfórmese por quien corresponda a la Dirección deRecursos Humanos y al Honorable Tribunal deCuentas. Publíquese en el Boletín Municipal yarchívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHIC.P. Eduardo D. Aseff - Sr. Diego Spina

Sr. Daniel G. Larrache* * *

DECRETO Nº 2735/2011Moron, 22 de Diciembre de 2011

VISTO:El Decreto Nº 312/08 D.E., sus

modificatorios, el Decreto Nº 2573/11 y,CONSIDERANDO:

Que la Secretaria de la Unidad deGestión Comunitaria Nº 6, Sra. Ana MaríaDominguez, solicita hacer uso de licencia ordinaria,a partir del día 1º hasta el día 29 de Febrero de2012, inclusive.

Que en virtud de ello, corresponde dictarel pertinente acto administrativo, de conformidad conlo establecido en el artículo 105º de la Ordenanza Nº11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE

MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Autorízase a la Secretaria de laUnidad de Gestión Comunitaria Nº 6 Sra.Dominguez Ana María ( D.N.I. 16.395.170), ahacer uso de licencia ordinaria, a partir del día 1ºhasta el día 29 de Febrero de 2012, inclusive.ARTICULO 2º: Delégase en la Secretaria de laUnidad de Gestión Comunitaria Nº 5, Sra. VeygaMaría Virginia (Legajo Nº 167.312) la firma deldespacho de la Unidad de Gestión Comunitaria Nº 6,por el período previsto en el Artículo 1º .ARTÍCULO 3º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Gobierno y Seguridad Ciudadana, deEconomía y Finanzas y de Planificación Estratégicay Administración General.ARTICULO 4º: Dése al Registro de Decretos einfórmese por quien corresponda a la Dirección deRecursos Humanos y al Honorable Tribunal deCuentas. Publíquese en el Boletín Municipal yarchívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHIC.P. Eduardo D. Aseff - Sr. Diego Spina

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIG ESTO MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 50

Sr. Daniel G. Larrache* * *

DECRETO Nº 2736/2011Moron, 22 de Diciembre de 2011

VISTO:Los Decretos Nº 312/08, 494/06, Nº

498/06, Nº 1217/10 y Nº 2573//11 y,CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 2573/11 se ratificó enel cargo al Secretario de Economía y Finanzas, C.P.Aseff Eduardo Daniel.

Que por Decreto Nº 1217/10 fue designadaen el cargo de Asesora del Titular del DepartamentoEjecutivo, la Cdra. Stella Maris Santos.

Que por el Decreto Nº 494/06, se autorizóal Señor Secretario de Economía y Finanzas,Contador Aseff Eduardo Daniel, a extender órdenesde compras, de pagos y cheques que no excedandel monto establecido por el artículo 183º delDecreto-Ley Nº 6769/58, debiendo suscribirlas/losjuntamente con el Contador y/o el TesoreroMunicipal.

Que por Decreto Nº 498/06 se autoriza alSecretario de Economía y Finanzas a suscribircontratos, adjudicar, anular y ampliar lasadquisiciones, contrataciones y obras públicas delDepartamento Ejecutivo comprendidas en losartículos 133º, 151º y 156º del Decreto Ley Nº6769/58, que no excedan los montos de lasLicitaciones Privadas según la normativa vigente.

Que el Secretario de Economía yFinanzas, solicita hacer uso de licencia ordinaria, apartir del día 1º hasta el día 29 de Febrero de 2012,inclusive.

Que por tal motivo correspondería asignarlas funciones otorgadas por los Decretos Nº 494/06 yNº 498/06 a la Asesora del Titular del DepartamentoEjecutivo, la Cdra. Stella Maris Santos.

Que en virtud de ello, corresponde dictar elpertinente acto administrativo, de conformidad con loestablecido en el artículo 105º de la Ordenanza Nº11.654 de Procedimiento Administrativo.Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DEMORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Autorízase al Secretario deEconomía y Finanzas, Dr. Eduardo Daniel Aseff(DNI Nº 08.585.142), a hacer uso de licenciaordinaria, a partir del día 1º hasta el día 29 deFebrero de 2012, inclusive.ARTICULO 2º: Desígnase interinamente a laAsesora del Titular del Departamento Ejecutivo,Cdra. Stella Maris Santos (DNI Nº 13.076.795), en elcargo Secretaría de Economía y Finanzas, yasignasele la firma para extender órdenes decompras, de pagos y cheques que no excedan delmonto establecido por el artículo 183º del Decreto-Ley Nº 6769/58, debiendo suscribirlas/os juntamentecon el Contador y/o Tesorero Municipal y lasfacultades otorgadas por Decreto Nº 498/06 alSecretario de Economía y Finanzas, C.P. AseffEduardo Daniel (DNI Nº 08.585.142), a partir del día1º hasta el día 29 de Febrero del año 2012 inclusive.ARTICULO 3º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Gobierno y Seguridad Ciudadana yde Planificación Estratégica y AdministraciónGeneral.ARTICULO 4º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHISr. Daniel G. Larrache - Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2739/2011

Moron, 22 de Diciembre de 2011VISTO:

La Ordenanza Nº 9034/06 y el expedienteNº 4079-19757/11-0 D.E. y,CONSIDERANDO:

Que a fs. 2 del expediente citado en elVisto, obra Nota suscripta por el Presidente y

Secretaria de la Asociación sin fines de lucrodenominada Centro de Jubilados y Pensionados“A.S.I.M.R.A.”, donde solicitan la aprobación yposterior inscripción del Estatuto Social.

Que a fs. 3/4 obra fotocopia del ActaConstitutiva de la Asociación, con nómina de susautoridades y valor de la cuota social.

Que a fs. 5 luce Declaración Jurada dePatrimonio, dándose cumplimiento a lo dispuesto enel Artículo 9 inciso G).

Que a fs. 6/17 luce Estatuto Social de laAsociación.Que a fs.18/19 consta la nómina de socios conformelo establece el artículo 9º inciso F de la OrdenanzaNº 9034/06.

Que a fs. 20/25 luce copia de la EscrituraPública del inmueble ubicado en la calle Belgrano Nº422 de la Localidad y Partido de Morón,cumplimentando el artículo 9º inciso E)

Que a fs. 28/29 interviene la Dirección deOrganizaciones y Participación Comunitaria,acompañando proyecto de acto administrativo adictarse, en virtud que la organización en cuestión hacumplido con los requisitos que se le efectuarán alos fines de obtener nuevamente el reconocimientomunicipal.

Que asimismo interviene la Dirección deAsuntos Legales, manifestando que no existenobjeciones de índole legal para conceder elreconocimiento solicitado.Que por lo expuesto precedentemente, correspondereconocer su carácter de Organización Social de laComunidad y disponer la correspondiente inscripciónen el Registro respectivo, mediante el dictado delacto administrativo pertinente.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE

MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Reconócese con carácter deOrganización Social de la Comunidad a laAsociación sin fines de lucro denominada Centro deJubilados y Pensionado “A.S.I.M.R.A.”, con domiciliolegal en la calle Belgrano Nº 422 de la Localidad yPartido de Morón, en los términos y los alcances dela Ordenanza Nº 9034/06.ARTICULO 2º: Inscríbase a la organización citadaen el artículo 1º en el Registro Municipal deOrganizaciones Sociales de la Comunidad yotórguese el respectivo Certificado de Inscripción.ARTICULO 3º: Refrendarán el presente Decreto laSecretaria de Relaciones con la Comunidad yAbordajes Integrales y el Secretario de Gobierno ySeguridad Ciudadana.ARTICULO 4º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHILic. Mónica Fernanda Macha - Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2740/2011

Moron, 22 de Diciembre de 2011VISTO:

Los Decretos Nº 555/06 y Nº 2484/09, elexpediente Nº 4079-21010/11-0 D.E. y,CONSIDERANDO:

Que por los Decretos citados en el Visto,fueron designados como Directora de Políticas paraPersonas con Necesidades Especiales, la Lic.Graciela Martínez y como Director deOrganizaciones y Participación Comunitaria, el Sr.Gonzalo Martín Cancela, respectivamente.

Que la Lic. Martínez hará uso de licenciaordinaria a partir del día 28 de Diciembre del año2011 hasta el día 16 de Enero de 2012.

Que en razón de lo expuesto correspondeasignar a otro funcionario del DepartamentoEjecutivo la firma del despacho de la Dirección dePolíticas para Personas con NecesidadesEspeciales, a efectos de evitar resentir el normaldesenvolvimiento de las tareas del área, resultandoel Director de Organizaciones y Participación

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BOLETÍN MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 51

Comunitaria, Sr. Gonzalo Martín Cancela, elfuncionario idóneo para el desempeño de las tareasdelegadas. Que en virtud de ello, corresponde dictarel pertinente acto administrativo, de conformidad conlo establecido en el artículo 105º de la Ordenanza Nº11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE

MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Asígnasele al Sr. Gonzalo MartínCancela (DNI Nº 24.775.964), Director deOrganizaciones y Participación Comunitaria, a partirdel día 28 de Diciembre del año 2011 hasta el día 16de Enero de 2012 la firma de la Dirección dePolíticas para Personas con NecesidadesEspeciales, en sustitución de la Lic. GracielaMartínez (Legajo Nº 184.278), cesando dichasustitución a la fecha de reincorporación de lafuncionaria mencionada.ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto laSecretaria de Relaciones con la Comunidad yAbordajes Integrales y el Secretario de Gobierno ySeguridad Ciudadana.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHILic. Mónica Fernanda Macha - Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2742/2011

Moron, 27 de Diciembre de 2011VISTO:

La Ley Orgánica de las MunicipalidadesDecreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, elDecreto Provincial Nº 2980/00, el expediente Nº4079-21162/11-0 D.E. (II Cuerpos) y,CONSIDERANDO:

Que a través del Expediente citado en elVisto los Órganos Ejecutores de cada Secretaría handado conformidad a las necesidades planteadas porlos sectores respecto de proceder a la realizaciónde las adecuaciones presupuestarias.

Que la Ordenanza General dePresupuesto para el ejercicio fiscal 2011, dispone ensus artículos 11º y 17º la modalidad deprocedimiento para la modificación de los créditospresupuestarios.

Que el artículo 119º de la Ley Orgánica delas Municipalidades establece el procedimiento aseguir para las ampliaciones o creaciones departidas presupuestarias.

Que han tomado debida intervenciónDirección de Contaduría y la Oficina Municipal dePresupuesto y adjunta proyecto de actoadministrativo al efecto.

Que en virtud de lo expuesto, correspondeproceder al dictado del acto administrativopertinente, de conformidad con lo dispuesto en elartículo Nº 105º de la Ordenanza Nº 11.654 deProcedimiento Administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DEMORÓN

DECRETA:ARTÍCULO 1º: Disminúyase en el PresupuestoGeneral de Gastos por Pesos Doce millonestrescientos sesenta y cuatro mil trescientosveintinueve con cincuenta y ocho centavos ($12.364.329,58.-) según el detalle del Anexo I, queforma parte del presente Decreto.ARTÍCULO 2º: Créase en el Presupuesto Generalde Gastos por Pesos Siete millones ciento setentamil setecientos sesenta y ocho con ochenta y ochocentavos ($ 7.170.768,88) según eldetalle del Anexo II, que forma parte del presenteDecreto.ARTÍCULO 3º: Increméntese en el PresupuestoGeneral de Gastos por Pesos Cinco millones cientonoventa y tres mil quinientos sesenta con setentacentavos ($ 5.193.560,70.-) según el

detalle del Anexo III, que forma parte del presenteDecreto.ARTÍCULO 4º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Gobierno y Seguridad Ciudadana(interino) y de Economía y Finanzas.ARTÍCULO 5º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHIC.P. Eduardo D. Aseff - Dr. Hernán Sabbatella

* * *DECRETO Nº 2742/2011

ANEXO ISubjurisdicción Cat.

ProgramObjeto delGasto

Importe

Fuente de Financiamiento 110

1110102000 01.03.00 3.1.4.0 15,000.00

1110102000 01.03.00 3.1.5.0 100

1110102000 01.05.00 2.3.5.0 9,009.30

1110102000 01.05.00 2.4.9.0 350.00

1110102000 01.05.00 2.5.1.0 170

1110102000 01.05.00 2.5.4.0 810

1110102000 01.05.00 2.5.6.0 3,964.00

1110102000 01.05.00 2.7.9.0 360

1110102000 01.05.00 2.9.2.0 379.81

1110102000 01.05.00 2.9.4.0 133.8

1110102000 01.05.00 3.3.3.0 1,262.50

1110102000 01.05.00 3.6.9.0 10,000.00

1110102000 01.05.00 4.3.5.0 4,300.00

1110102000 01.05.00 4.3.7.0 1,240.00

1110102000 01.05.00 4.3.9.0 20,900.00

1110102000 19.01.00 2.5.6.0 10,502.81

1110102000 19.01.00 5.1.3.0 28,690.47

1110102000 47.00.00 2.4.4.0 1,920.00

1110102000 47.00.00 2.6.2.0 116.60

1110103000 01.13.00 2.7.4.0 11.00

1110103000 01.13.00 3.1.4.0 10,000.00

1110103000 01.13.00 3.1.5.0 350.00

1110103000 01.13.00 3.2.1.0 6,000.00

1110103000 01.13.00 4.3.6.0 286.00

1110103000 01.13.00 4.8.1.0 20.00

1110104000 22.00.00 3.1.2.0 4,000.00

1110104000 22.00.00 3.2.2.0 7,220.00

1110104000 23.01.00 2.5.1.0 754.7

1110104000 23.01.00 3.1.1.0 5,000.00

1110104000 41.00.00 3.1.1.0 2,500.00

1110104000 41.00.00 3.1.2.0 1,400.00

1110104000 41.00.00 4.3.3.0 1,500.00

1110104000 49.00.00 2.1.1.0 3,218.10

1110104000 49.00.00 3.3.3.0 3,270.00

1110104000 49.00.00 4.3.4.0 966.00

1110104000 49.00.00 4.3.6.0 14,000.00

1110105000 01.05.00 2.5.8.0 2,202.30

1110105000 01.05.00 2.6.1.0 130

1110105000 01.05.00 2.6.5.0 45.00

1110105000 01.05.00 2.7.1.0 1,665.95

1110105000 01.05.00 2.7.9.0 157.40

1110105000 01.05.00 3.1.2.0 12,000.00

1110105000 01.05.00 3.2.2.0 100,000.00

1110105000 01.06.00 2.5.8.0 47.70

1110105000 01.06.00 2.7.9.0 351.80

1110105000 01.06.00 2.9.3.0 2,384.30

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIG ESTO MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 52

1110105000 01.06.00 3.3.3.0 8,771.58

1110105000 01.06.00 4.3.2.0 1,149.81

1110105000 01.06.00 4.3.6.0 347

1110107000 01.09.00 2.1.5.0 3,950.00

1110107000 01.09.00 2.2.3.0 2,060.68

1110107000 01.09.00 2.3.2.0 991

1110107000 01.09.00 2.3.3.0 1,000.00

1110107000 01.09.00 2.3.4.0 1,101.16

1110107000 01.09.00 2.4.2.0 99

1110107000 01.09.00 2.4.3.0 200.00

1110107000 01.09.00 2.5.5.0 1,443.50

1110107000 01.09.00 2.5.8.0 1,619.85

1110107000 01.09.00 2.5.9.0 400.00

1110107000 01.09.00 2.6.2.0 717.00

1110107000 01.09.00 2.7.5.0 937.97

1110107000 01.09.00 2.7.9.0 2,737.19

1110107000 01.09.00 2.9.1.0 1,369.76

1110107000 01.09.00 2.9.2.0 1,278.05

1110107000 01.09.00 2.9.3.0 2,106.92

1110107000 01.09.00 2.9.4.0 2,194.80

1110107000 01.09.00 3.1.4.0 64,000.00

1110107000 01.09.00 3.3.1.0 1,845.30

1110107000 01.09.00 3.5.1.0 2,321.00

1110107000 01.09.00 3.5.4.0 25,000.00

1110107000 01.09.00 3.6.1.0 2,404.00

1110107000 01.09.00 3.7.1.0 8,288.08

1110107000 01.09.00 3.9.1.0 2,000.00

1110107000 01.09.00 4.3.7.0 4,165.00

1110107000 01.09.00 5.1.7.0 500.00

1110107000 01.10.00 2.1.1.0 2,379.53

1110107000 01.10.00 2.2.2.0 5,100.00

1110107000 01.10.00 2.3.1.0 3,162.98

1110107000 01.10.00 2.3.5.0 480

1110107000 01.10.00 3.2.9.0 3,600.00

1110107000 01.10.00 3.5.1.0 3,657.46

1110107000 01.10.00 3.5.4.0 25,000.00

1110107000 01.10.00 4.3.6.0 666.00

1110107000 32.01.00 2.2.2.0 2,817.90

1110107000 32.01.00 2.3.1.0 4,072.15

1110107000 32.01.00 2.4.4.0 104.00

1110107000 32.01.00 2.5.9.0 433.32

1110107000 32.01.00 2.9.1.0 1,811.62

1110107000 32.01.00 3.1.4.0 18,000.00

1110107000 32.01.00 3.3.3.0 155.92

1110107000 32.01.00 3.3.9.0 105.00

1110107000 32.01.00 3.5.3.0 1,339.84

1110107000 32.01.00 3.7.2.0 3,678.95

1110107000 32.01.00 4.3.6.0 7,500.00

1110107000 32.01.00 5.1.3.0 9,004.93

1110107000 32.11.00 2.1.1.0 11,073.23

1110107000 32.11.00 2.3.4.0 395.24

1110107000 32.11.00 2.3.5.0 260.00

1110107000 32.11.00 2.5.2.0 232.14

1110107000 32.11.00 2.5.4.0 442

1110107000 32.11.00 2.9.2.0 5,351.75

1110107000 32.11.00 2.9.3.0 458.00

1110107000 32.11.00 2.9.4.0 1,260.00

1110107000 32.11.00 2.9.5.0 46.8

1110107000 32.11.00 2.9.9.0 78

1110107000 32.11.00 3.1.5.0 500.00

1110107000 32.11.00 3.7.2.0 4,763.50

1110107000 32.11.00 4.3.4.0 255.00

1110107000 32.11.00 4.3.5.0 1,080.00

1110107000 32.11.00 4.3.6.0 10,920.00

1110107000 32.11.00 4.3.7.0 1,470.00

1110107000 33.01.00 2.3.3.0 772

1110107000 33.01.00 3.1.2.0 4,000.00

1110107000 33.01.00 3.1.4.0 1,000.00

1110107000 33.01.00 3.2.9.0 696.00

1110107000 33.01.00 3.3.1.0 200

1110107000 33.01.00 3.3.2.0 45.00

1110107000 33.01.00 3.3.5.0 34.00

1110107000 33.01.00 3.4.7.0 5,000.00

1110107000 33.01.00 4.3.4.0 90.00

1110107000 33.01.00 5.1.3.0 9,064.59

1110107000 33.01.00 4.3.6.0 88.50

1110107000 34.01.00 2.1.1.0 33,072.34

1110107000 34.01.00 2.1.4.0 194.00

1110107000 34.01.00 2.1.5.0 2,633.93

1110107000 34.01.00 2.2.2.0 713.12

1110107000 34.01.00 2.2.3.0 145.80

1110107000 34.01.00 2.3.1.0 6,787.26

1110107000 34.01.00 2.3.4.0 26,243.34

1110107000 34.01.00 2.5.1.0 960.30

1110107000 34.01.00 2.5.2.0 1,750.03

1110107000 34.01.00 2.5.4.0 9,692.50

1110107000 34.01.00 2.5.5.0 1,416.63

1110107000 34.01.00 2.5.9.0 16.32

1110107000 34.01.00 2.6.3.0 4,275.00

1110107000 34.01.00 2.7.1.0 678.13

1110107000 34.01.00 2.7.2.0 $ 142.00

1110107000 34.01.00 2.7.5.0 114.00

1110107000 34.01.00 2.7.9.0 290.00

1110107000 34.01.00 2.9.1.0 72,519.83

1110107000 34.01.00 2.9.2.0 12,421.78

1110107000 34.01.00 2.9.3.0 16,031.73

1110107000 34.01.00 2.9.6.0 21,396.03

1110107000 34.01.00 2.9.9.0 11,392.50

1110107000 34.01.00 3.1.1.0 60,000.00

1110107000 34.01.00 3.3.1.0 6,348.00

1110107000 34.01.00 3.3.3.0 799

1110107000 34.01.00 3.5.1.0 62,565.00

1110107000 34.01.00 3.5.3.0 3,791.10

1110107000 34.01.00 3.7.2.0 3,484.00

1110107000 34.01.00 4.3.1.0 7,615.00

1110107000 34.01.00 4.3.5.0 2,288.72

1110107000 34.01.00 4.3.7.0 7,912.08

1110107000 34.01.00 4.3.9.0 623.00

1110107000 34.01.00 5.1.4.0 752

1110107000 35.01.00 3.5.1.0 300.00

1110107000 35.01.00 3.7.2.0 2,606.62

1110108000 01.11.00 2.3.1.0 5,426.24

1110108000 01.11.00 2.5.6.0 81.45

1110108000 01.11.00 2.5.8.0 1,361.00

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIG ESTO MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 53

1110108000 01.11.00 2.7.5.0 10

1110108000 01.11.00 2.9.3.0 119.92

1110108000 01.11.00 3.1.4.0 46,000.00

1110108000 01.11.00 3.4.5.0 4,425.47

1110108000 01.11.00 3.5.3.0 7,901.60

1110108000 01.11.00 4.3.6.0 54.00

1110108000 01.11.00 5.2.4.0 7,250.00

1110108000 01.12.00 2.2.1.0 60.00

1110108000 01.12.00 2.2.2.0 48.00

1110108000 01.12.00 2.2.9.0 40

1110108000 01.12.00 2.4.1.0 200.00

1110108000 01.12.00 2.5.5.0 1,322.94

1110108000 01.12.00 2.5.9.0 829

1110108000 01.12.00 2.7.4.0 101,800.00

1110108000 01.12.00 2.9.4.0 342.15

1110108000 01.12.00 3.5.1.0 320.00

1110108000 01.12.00 4.2.2.0 153,469.02

1110108000 01.12.00 4.3.6.0 250.00

1110108000 01.13.00 2.1.1.0 15,489.14

1110108000 01.13.00 2.2.2.0 60.00

1110108000 01.13.00 2.3.1.0 656.25

1110108000 01.13.00 2.3.3.0 18.16

1110108000 01.13.00 2.3.4.0 242.50

1110108000 01.13.00 2.5.1.0 32.11

1110108000 01.13.00 2.5.2.0 507.40

1110108000 01.13.00 2.5.8.0 502.50

1110108000 01.13.00 2.7.5.0 95.9

1110108000 01.13.00 2.7.9.0 4,118.48

1110108000 01.13.00 2.9.1.0 2,028.43

1110108000 01.13.00 2.9.3.0 2,193.70

1110108000 01.13.00 2.9.6.0 15,127.78

1110108000 01.13.00 3.1.1.0 1,000.00

1110108000 01.13.00 3.3.1.0 100

1110108000 01.13.00 3.7.2.0 1,565.99

1110108000 01.13.00 4.2.2.0 185.00

1110108000 01.13.00 4.3.9.0 1,566.30

1110108000 01.13.00 4.5.0.0 293.00

1110108000 01.13.00 4.6.0.0 420.00

1110108000 01.13.00 4.8.1.0 847.00

1110108000 01.14.00 2.1.1.0 612.62

1110108000 01.14.00 2.1.5.0 $ 864.60

1110108000 01.14.00 2.1.9.0 $ 30.00

1110108000 01.14.00 2.2.1.0 68

1110108000 01.14.00 2.2.2.0 760

1110108000 01.14.00 2.2.3.0 1,494.00

1110108000 01.14.00 2.2.9.0 800

1110108000 01.14.00 2.3.3.0 3,200.00

1110108000 01.14.00 2.3.5.0 2,000.00

1110108000 01.14.00 2.4.3.0 350.00

1110108000 01.14.00 2.5.2.0 40.00

1110108000 01.14.00 2.5.4.0 89.06

1110108000 01.14.00 2.5.5.0 7,902.86

1110108000 01.14.00 2.5.9.0 225

1110108000 01.14.00 2.6.1.0 425

1110108000 01.14.00 2.6.2.0 200.00

1110108000 01.14.00 2.6.3.0 800.00

1110108000 01.14.00 2.7.5.0 280

1110108000 01.14.00 2.7.9.0 305

1110108000 01.14.00 2.9.1.0 780.18

1110108000 01.14.00 2.9.2.0 1,050.64

1110108000 01.14.00 2.9.3.0 450.20

1110108000 01.14.00 2.9.4.0 1,126.00

1110108000 01.14.00 2.9.9.0 104.63

1110108000 01.14.00 3.1.2.0 500

1110108000 01.14.00 3.3.1.0 500

1110108000 01.14.00 3.3.3.0 800

1110108000 01.14.00 3.4.5.0 7,000.00

1110108000 01.14.00 3.4.7.0 5,000.00

1110108000 01.14.00 3.5.1.0 6,000.00

1110108000 01.14.00 3.5.3.0 252.00

1110108000 01.14.00 3.5.4.0 5,000.00

1110108000 01.14.00 3.7.1.0 10,000.00

1110108000 01.14.00 3.9.1.0 706.00

1110108000 01.14.00 4.3.4.0 1,250.00

1110108000 01.14.00 4.3.6.0 41,038.00

1110108000 01.14.00 4.3.7.0 2,365.00

1110108000 01.14.00 4.3.9.0 2,000.00

1110108000 01.15.00 2.1.1.0 2,045.26

1110108000 01.15.00 2.1.4.0 1,500.00

1110108000 01.15.00 2.1.5.0 1,740.00

1110108000 01.15.00 2.1.9.0 100

1110108000 01.15.00 2.2.3.0 120

1110108000 01.15.00 2.3.1.0 2,700.00

1110108000 01.15.00 2.3.3.0 450

1110108000 01.15.00 2.3.4.0 752.65

1110108000 01.15.00 2.3.5.0 350

1110108000 01.15.00 2.5.9.0 50

1110108000 01.15.00 2.7.1.0 176.39

1110108000 01.15.00 2.7.9.0 182

1110108000 01.15.00 2.9.1.0 1,800.11

1110108000 01.15.00 3.1.3.0 800

1110108000 01.15.00 3.4.5.0 8,200.00

1110108000 01.15.00 3.5.1.0 1,550.00

1110108000 01.15.00 3.5.3.0 2,966.00

1110108000 01.15.00 3.7.2.0 9,296.10

1110108000 01.15.00 4.3.5.0 900

1110108000 01.15.00 4.3.6.0 857.00

1110108000 01.15.00 4.3.7.0 13,735.79

1110108000 01.15.00 4.3.9.0 483

1110108000 01.18.00 2.5.8.0 956.00

1110108000 01.18.00 2.6.2.0 614

1110108000 01.18.00 2.7.4.0 400

1110108000 01.18.00 3.3.1.0 2,000.00

1110108000 01.18.00 3.4.6.0 3,171.50

1110108000 01.18.00 4.3.4.0 2,500.00

1110108000 01.18.00 4.3.7.0 247.91

1110108000 01.19.00 2.1.4.0 1,040.00

1110108000 01.19.00 2.2.1.0 915.00

1110108000 01.19.00 2.3.5.0 550.00

1110108000 01.19.00 2.5.8.0 226.38

1110108000 01.19.00 2.6.1.0 1,660.00

1110108000 01.19.00 2.6.2.0 236.2

1110108000 01.19.00 2.6.4.0 119

1110108000 01.19.00 2.7.1.0 101.02

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIG ESTO MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 54

1110108000 01.19.00 2.7.4.0 416

1110108000 01.19.00 2.7.5.0 400.00

1110108000 01.19.00 2.9.1.0 2,274.20

1110108000 01.19.00 2.9.2.0 1,715.49

1110108000 01.19.00 2.9.3.0 348.53

1110108000 01.19.00 2.9.4.0 374

1110108000 01.19.00 3.1.1.0 8,000.00

1110108000 01.19.00 3.1.4.0 5,000.00

1110108000 01.19.00 3.2.9.0 7,500.00

1110108000 01.19.00 3.3.2.0 806.07

1110108000 01.19.00 3.5.3.0 10,200.00

1110108000 01.19.00 4.3.6.0 5,396.50

1110108000 01.20.00 3.1.1.0 1,000.00

1110108000 01.20.00 3.1.4.0 10,000.00

1110108000 01.20.00 3.5.3.0 60.00

1110108000 01.21.00 2.3.3.0 87.15

1110108000 01.21.00 2.7.9.0 98.75

1110108000 01.21.00 3.1.4.0 4,000.00

1110108000 01.21.00 3.4.9.0 4,904.79

1110108000 01.21.00 3.7.2.0 187.25

1110108000 01.21.00 4.2.2.0 536.34

1110108000 01.21.00 4.3.4.0 870

1110108000 01.21.00 4.3.5.0 1,860.00

1110108000 01.21.00 4.3.6.0 1,679.14

1110108000 01.21.00 4.3.8.0 170

1110108000 01.22.00 2.3.4.0 647.90

1110108000 01.22.00 2.4.4.0 596

1110108000 01.22.00 2.9.3.0 1,372.16

1110108000 01.22.00 3.1.1.0 10,000.00

1110108000 01.22.00 3.5.1.0 40.54

1110108000 01.22.00 3.5.3.0 2,874.38

1110108000 01.22.00 3.5.4.0 16,000.00

1110108000 01.22.00 4.3.6.0 4,796.50

1110108000 01.22.00 4.3.7.0 977.88

1110108000 01.22.00 4.8.1.0 3,000.00

1110108000 01.23.00 2.1.5.0 2,359.80

1110108000 01.23.00 2.2.1.0 101.49

1110108000 01.23.00 2.3.4.0 563.40

1110108000 01.23.00 2.3.5.0 550

1110108000 01.23.00 2.5.5.0 2,598.00

1110108000 01.23.00 2.5.6.0 2,050.41

1110108000 01.23.00 2.5.8.0 1,005.90

1110108000 01.23.00 2.6.2.0 418.20

1110108000 01.23.00 2.6.4.0 119

1110108000 01.23.00 2.7.1.0 240

1110108000 01.23.00 2.7.5.0 400

1110108000 01.23.00 2.9.1.0 306.21

1110108000 01.23.00 2.9.6.0 584.80

1110108000 01.23.00 3.1.1.0 20,000.00

1110108000 01.23.00 3.1.4.0 10,000.00

1110108000 01.23.00 3.3.2.0 2,029.00

1110108000 01.23.00 3.4.5.0 2,300.00

1110108000 01.23.00 3.4.9.0 1,200.00

1110108000 01.23.00 3.5.1.0 3,000.00

1110108000 01.23.00 3.5.3.0 5,744.50

1110108000 01.23.00 3.5.4.0 35,000.00

1110108000 01.23.00 4.3.6.0 1,360.08

1110108000 01.23.00 4.3.7.0 1,027.00

1110108000 01.24.00 2.1.5.0 1,586.09

1110108000 01.24.00 2.2.1.0 915.00

1110108000 01.24.00 2.3.1.0 340.77

1110108000 01.24.00 2.3.3.0 250.5

1110108000 01.24.00 2.3.4.0 1,292.88

1110108000 01.24.00 2.3.5.0 550

1110108000 01.24.00 2.5.5.0 2,240.10

1110108000 01.24.00 2.6.2.0 418.2

1110108000 01.24.00 2.6.4.0 119.00

1110108000 01.24.00 2.7.5.0 400

1110108000 01.24.00 2.9.2.0 1,800.58

1110108000 01.24.00 2.9.3.0 2,394.15

1110108000 01.24.00 2.9.4.0 356.18

1110108000 01.24.00 3.1.4.0 4,000.00

1110108000 01.24.00 3.2.9.0 6,650.00

1110108000 01.24.00 3.4.5.0 300

1110108000 01.24.00 3.4.9.0 1,320.00

1110108000 01.24.00 3.5.1.0 6,520.00

1110108000 01.24.00 3.5.4.0 20,000.00

1110111000 01.14.00 2.3.1.0 41.36

1110111000 01.14.00 2.9.3.0 138.26

1110111000 01.14.00 2.9.6.0 161.61

1110111000 01.14.00 3.5.4.0 13,599.05

1110111000 01.14.00 4.3.6.0 1,422.00

1110111000 01.14.00 4.8.1.0 2,565.57

1110111000 01.15.00 3.1.4.0 1,170.00

1110111000 01.15.00 3.5.4.0 4,033.66

1110111000 01.16.00 3.1.1.0 10,070.62

1110111000 01.16.00 3.3.5.0 87,160.00

1110111000 01.25.00 3.1.5.0 427.5

1110111000 01.25.00 3.3.9.0 335.00

1110111000 01.25.00 3.4.5.0 5,500.00

1110111000 01.25.00 3.6.1.0 1,940.00

1110111000 01.25.00 3.7.2.0 106,970.87

1110111000 01.25.00 4.3.6.0 10,508.00

1110111000 01.25.00 4.3.7.0 8,822.10

1110111000 01.26.00 2.3.3.0 2,024.58

1110111000 01.26.00 2.9.6.0 69,115.17

1110111000 01.26.00 2.9.9.0 103.09

1110111000 01.26.00 3.3.2.0 2,079.00

1110111000 01.26.00 3.5.4.0 35,403.23

1110111000 01.26.00 5.1.3.0 25,037.37

1110111000 01.27.00 2.1.1.0 573.40

1110111000 01.27.00 2.1.9.0 100

1110111000 01.27.00 2.3.3.0 1,926.43

1110111000 01.27.00 2.3.4.0 415.02

1110111000 01.27.00 3.3.2.0 21.04

1110111000 01.27.00 3.5.4.0 15,579.76

1110111000 01.27.00 3.7.2.0 3,608.23

1110111000 36.01.00 2.3.5.0 770.00

1110111000 36.01.00 3.1.1.0 17,948.34

1110111000 36.01.00 3.1.2.0 224.52

1110111000 36.01.00 3.1.3.0 305.99

1110111000 36.01.00 3.2.9.0 1,350.64

1110111000 36.01.00 3.3.9.0 1,963.79

1110111000 36.01.00 3.4.7.0 137

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIG ESTO MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 55

1110111000 36.01.00 4.3.7.0 6,980.47

1110111000 37.02.00 2.1.1.0 37,482.03

1110111000 37.02.00 2.3.1.0 150.4

1110111000 37.02.00 2.3.3.0 980.80

1110111000 37.02.00 2.5.6.0 259.84

1110111000 37.02.00 2.9.1.0 874.75

1110111000 37.02.00 3.2.9.0 201,888.72

1110111000 37.02.00 3.4.5.0 10,000.00

1110111000 37.02.00 3.4.6.0 4,000.00

1110111000 37.02.00 3.5.3.0 9,406.50

1110111000 37.02.00 3.5.9.0 6,000.00

1110111000 37.02.00 3.7.1.0 61,436.00

1110111000 37.02.00 3.8.1.0 1,000.00

1110111000 37.02.00 4.3.6.0 880

1110111000 37.02.00 5.1.6.0 31,882.42

1110111000 37.02.00 5.2.4.0 1,300.00

1110111000 37.03.00 2.2.2.0 653.7

1110111000 37.03.00 2.3.2.0 932

1110111000 37.03.00 2.3.3.0 10,966.37

1110111000 37.03.00 2.5.9.0 264

1110111000 37.03.00 2.9.2.0 1,738.09

1110111000 37.03.00 3.1.4.0 10,000.00

1110111000 37.03.00 3.3.9.0 290.65

1110111000 37.03.00 3.4.5.0 5,200.00

1110111000 37.03.00 3.5.4.0 4,000.00

1110111000 37.03.00 3.7.2.0 14,196.72

1110111000 37.03.00 3.9.1.0 2,100.00

1110111000 37.03.00 4.3.6.0 5,000.00

1110111000 37.05.00 3.2.1.0 887,339.36

1110111000 63.62.00 4.2.1.0 218,234.13

1110111000 64.01.00 3.4.1.0 158,882.00

1110111000 64.79.00 2.7.1.0 1,332.62

1110111000 64.79.00 3.4.9.0 14,350.00

1110111000 64.79.00 4.2.2.0 284,341.10

1110111000 65.80.00 4.2.1.0 12,000.00

1110111000 65.91.00 4.2.2.0 171,000.00

1110111000 65.93.00 4.2.2.0 57,406.66

1110115000 01.01.00 3.5.3.0 1,798.87

1110115000 01.01.00 3.5.4.0 25,000.00

1110115000 01.01.00 3.7.2.0 19,799.82

1110115000 01.01.00 4.3.4.0 1,300.00

1110115000 01.01.00 4.3.6.0 1,322.01

Total 110 $ 4,488,648.20

Fuente de Financiamiento 131

1110102000 19.02.00 2.1.5.0 900

1110102000 19.02.00 2.2.3.0 250

1110102000 19.02.00 2.3.3.0 20.00

1110102000 19.02.00 2.4.3.0 370

1110102000 19.02.00 2.4.4.0 3,168.00

1110102000 19.02.00 2.5.5.0 57.50

1110102000 19.02.00 2.5.6.0 163.75

1110102000 19.02.00 2.5.8.0 3,388.70

1110102000 19.02.00 2.7.5.0 340.5

1110102000 19.02.00 2.7.9.0 1,176.10

1110102000 19.02.00 2.9.3.0 210.5

1110102000 19.02.00 2.9.6.0 863.72

1110102000 19.02.00 2.9.9.0 44.00

1110102000 19.02.00 3.3.1.0 21,350.00

1110102000 19.02.00 4.3.2.0 7,329.93

1110102000 19.02.00 4.3.7.0 885.84

1110102000 19.02.00 5.1.7.0 33,793.12

1110102000 20.02.00 2.1.1.0 5,000.00

1110107000 32.11.00 2.1.1.0 $ 348,710.98

1110107000 32.72.00 2.1.5.0 852

1110107000 32.72.00 2.5.9.0 44.92

1110107000 32.72.00 2.7.1.0 2,938.00

1110107000 32.72.00 2.7.4.0 9,430.00

1110107000 32.72.00 2.9.3.0 4,957.25

1110107000 32.72.00 3.3.1.0 1,000.00

1110107000 32.72.00 3.3.3.0 1,850.00

1110107000 32.72.00 4.2.1.0 145,382.83

1110108000 01.18.00 2.6.5.0 832.54

1110108000 01.18.00 2.7.1.0 14,422.00

1110108000 01.18.00 2.7.9.0 14,448.00

1110108000 01.18.00 3.3.1.0 5,738.12

1110108000 01.18.00 3.4.9.0 5,485.60

1110108000 01.18.00 3.5.9.0 20,014.00

1110111000 36.02.00 2.5.8.0 194,133.86

1110111000 37.04.00 3.4.9.0 302,000.00

Total 131 $ 1,151,551.76

Fuente de Financiamiento 132

1110102000 01.32.00 3.3.1.0 3,154.60

1110102000 01.32.00 4.3.2.0 20,635.03

1110104000 24.02.00 2.1.4.0 20.70

1110104000 24.02.00 2.2.1.0 1,361.00

1110104000 24.02.00 2.2.3.0 62.80

1110104000 24.02.00 2.3.1.0 1,256.60

1110104000 24.02.00 2.4.3.0 88.4

1110104000 24.02.00 2.5.1.0 500.00

1110104000 24.02.00 2.5.4.0 500.00

1110104000 24.02.00 2.5.5.0 519.50

1110104000 24.02.00 2.6.1.0 784.90

1110104000 24.02.00 2.7.1.0 892.47

1110104000 24.02.00 2.7.5.0 8.20

1110104000 24.02.00 3.5.3.0 5,000.00

1110107000 33.02.00 3.4.9.0 $ 20,446.00

1110107000 34.73.00 2.5.5.0 78

1110107000 34.73.00 3.3.1.0 3,460.30

1110107000 34.73.00 3.3.9.0 531.00

1110107000 34.73.00 3.4.9.0 2,450.00

1110107000 34.73.00 4.2.1.0 12,368.60

1110107000 34.73.00 4.3.5.0 2,463.00

1110115000 01.02.00 3.4.9.0 23,009.00

Total 132 $ 99,590.10

Fuente de Financiamiento 133

1110102000 19.03.00 2.3.3.0 760

1110102000 19.03.00 2.4.4.0 15,000.00

1110102000 19.03.00 2.5.6.0 35,582.84

1110102000 19.03.00 2.5.8.0 33,350.00

1110102000 19.03.00 3.3.2.0 50,530.00

1110102000 19.03.00 3.3.3.0 25,551.00

1110102000 19.03.00 3.3.5.0 50,000.00

1110102000 19.03.00 3.5.3.0 5,342.00

1110102000 19.03.00 3.5.4.0 15,032.40

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIG ESTO MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 56

1110102000 19.03.00 4.8.1.0 3,708.00

1110102000 19.03.00 5.1.7.0 4,000.00

1110104000 24.04.00 1.2.1.0 5,293.88

1110111000 01.27.00 2.2.3.0 9,760.00

1110111000 01.27.00 2.2.9.0 225

1110111000 01.27.00 2.3.6.0 20,172.00

1110111000 01.27.00 2.4.2.0 450.00

1110111000 01.27.00 2.4.3.0 1,680.00

1110111000 01.27.00 2.4.4.0 4,185.00

1110111000 01.27.00 2.5.8.0 2,170.00

1110111000 01.27.00 2.9.1.0 1,836.84

1110111000 01.27.00 4.3.1.0 159,698.45

1110111000 01.27.00 4.3.8.0 30,563.00

1110111000 01.27.00 4.3.9.0 1,014.00

1110111000 01.28.00 2.7.4.0 610,000.00

1110111000 01.28.00 3.1.9.0 870,000.00

1110111000 01.28.00 4.3.1.0 2,702,695.20

1110111000 36.07.00 3.4.9.0 32,600.00

1110111000 67.62.00 4.2.2.0 1,683,902.94

1110111000 67.63.00 4.2.1.0 5,660.42

1110111000 67.64.00 5.1.4.0 73,100.00

Total 133 $ 6,453,862.97

Fuente de Financiamiento 210

1110108000 01.17.00 3.4.1.0 151,193.56

1110108000 01.25.00 3.7.1.0 10,669.99

1110111000 37.01.00 3.7.2.0 8,813.00

Total 210 $ 170,676.55

Total $ 12,364,329.58

ANEXO II

Subjurisdicción Cat.Program

Objeto delGasto

Importe

Fuente de Financiamiento 110

1110102000 01.05.00 3.1.5.0 98.74

1110104000 49.00.00 2.3.3.0 67.42

1110105000 01.05.00 2.3.9.0 108.45

1110105000 01.05.00 2.5.4.0 841.7

1110105000 01.06.00 2.5.4.0 418.18

1110107000 01.09.00 3.2.9.0 84,500.00

1110107000 01.09.00 3.8.3.0 340

1110107000 01.10.00 2.1.5.0 224

1110107000 01.10.00 2.9.2.0 3,289.90

1110107000 01.10.00 3.1.1.0 449.77

1110107000 32.01.00 2.3.3.0 67.42

1110107000 33.01.00 2.2.3.0 90

1110111000 35.01.00 4.2.2.0 252,204.55

1110108000 01.11.00 2.3.5.0 12

1110108000 01.11.00 2.3.9.0 177.8

1110108000 01.11.00 2.4.3.0 10

1110108000 01.11.00 2.5.5.0 25

1110108000 01.11.00 2.6.2.0 98

1110108000 01.11.00 2.7.4.0 60

1110108000 01.11.00 2.9.9.0 333.6

1110108000 01.11.00 3.9.1.0 1,359.00

1110108000 01.11.00 3.9.9.0 4,410.00

1110108000 01.11.00 5.1.7.0 12,000.00

1110108000 01.12.00 2.3.5.0 4,670.00

1110108000 01.12.00 3.2.9.0 11,300.00

1110108000 01.12.00 3.4.5.0 2,880.00

1110108000 01.12.00 3.5.4.0 2,880.00

1110108000 01.12.00 4.3.8.0 2,468.86

1110108000 01.13.00 2.6.2.0 95

1110108000 01.13.00 2.7.4.0 176.65

1110108000 01.13.00 2.9.5.0 74.7

1110108000 01.13.00 3.1.5.0 87

1110108000 01.14.00 3.7.2.0 18,281.73

1110108000 01.14.00 4.8.1.0 2,820.00

1110108000 01.15.00 2.5.5.0 106.6

1110108000 01.15.00 3.1.5.0 46.00

1110108000 01.15.00 3.3.1.0 55.00

1110108000 01.18.00 2.1.4.0 7,448.00

1110108000 01.18.00 2.2.2.0 75

1110108000 01.18.00 2.6.5.0 436.56

1110108000 01.18.00 2.8.9.0 340.00

1110108000 01.18.00 3.1.1.0 5,846.77

1110108000 01.18.00 3.1.2.0 308.70

1110108000 01.18.00 3.1.3.0 97.28

1110108000 01.18.00 3.3.5.0 264.00

1110108000 01.18.00 4.3.5.0 6,790.00

1110108000 01.19.00 2.3.7.0 183.80

1110108000 01.19.00 2.5.4.0 26.14

1110108000 01.19.00 3.1.3.0 160.32

1110108000 01.20.00 2.1.9.0 1,086.00

1110108000 01.20.00 2.3.9.0 3.7

1110108000 01.20.00 2.5.2.0 213.86

1110108000 01.20.00 2.5.9.0 86

1110108000 01.20.00 2.9.9.0 46

1110108000 01.20.00 3.2.9.0 560

1110108000 01.20.00 4.3.7.0 998

1110108000 01.21.00 2.2.2.0 173.35

1110108000 01.21.00 2.5.2.0 66.9

1110108000 01.21.00 2.8.4.0 113

1110108000 01.21.00 3.1.5.0 100

1110108000 01.21.00 5.1.4.0 10,950.00

1110108000 01.22.00 2.2.3.0 175

1110108000 01.22.00 2.5.4.0 52.27

1110108000 01.23.00 2.4.3.0 36

1110108000 01.23.00 2.5.4.0 39.2

1110108000 01.23.00 2.7.4.0 146

1110108000 01.24.00 2.5.4.0 13.07

1110108000 01.24.00 2.7.4.0 8,600.00

1110108000 01.24.00 3.1.5.0 52.50

1110108000 01.24.00 4.3.4.0 1,653.00

1110111000 01.14.00 2.5.4.0 13.07

1110111000 01.14.00 2.5.8.0 1,468.80

1110111000 01.14.00 2.7.1.0 2,988.00

1110111000 01.14.00 2.9.4.0 104

1110111000 01.14.00 3.3.2.0 600

1110111000 01.14.00 3.4.9.0 27,500.00

1110111000 01.14.00 3.6.1.0 2,449.60

1110111000 01.14.00 4.3.8.0 870

1110111000 01.14.00 4.3.9.0 33,985.00

1110111000 01.15.00 2.1.4.0 8.10

1110111000 01.15.00 2.1.5.0 1,021.39

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIG ESTO MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 57

1110111000 01.15.00 2.2.1.0 4.3

1110111000 01.15.00 2.5.5.0 16.75

1110111000 01.15.00 2.5.6.0 99.99

1110111000 01.15.00 2.6.1.0 4,029.88

1110111000 01.15.00 2.6.2.0 235

1110111000 01.15.00 2.6.3.0 1,256.40

1110111000 01.15.00 2.6.9.0 1,444.00

1110111000 01.15.00 2.7.1.0 215.93

1110111000 01.15.00 2.7.2.0 635.75

1110111000 01.15.00 2.7.4.0 730.00

1110111000 01.15.00 2.7.5.0 271.5

1110111000 01.15.00 2.8.9.0 550.00

1110111000 01.15.00 2.9.4.0 480

1110111000 01.15.00 2.9.9.0 2,199.31

1110111000 01.15.00 3.1.1.0 1,186.50

1110111000 01.15.00 3.1.5.0 62.86

1110111000 01.15.00 4.3.4.0 120

1110111000 01.16.00 2.5.5.0 2,031.43

1110111000 01.16.00 2.6.2.0 15.00

1110111000 01.16.00 2.6.5.0 50.36

1110111000 01.16.00 2.7.5.0 148.2

1110111000 01.16.00 2.9.2.0 332

1110111000 01.16.00 2.9.6.0 458.68

1110111000 01.16.00 3.1.9.0 5,837.36

1110111000 01.16.00 3.3.3.0 1,370.00

1110111000 01.16.00 4.3.1.0 8,131.20

1110111000 01.25.00 2.1.5.0 77.20

1110111000 01.25.00 2.6.2.0 2,440.00

1110111000 01.25.00 2.7.4.0 1,425.00

1110111000 01.25.00 3.1.2.0 29.12

1110111000 01.25.00 3.1.3.0 904.62

1110111000 01.25.00 3.1.9.0 300

1110111000 01.25.00 3.8.3.0 943.3

1110111000 01.26.00 2.1.5.0 148.82

1110111000 01.26.00 3.3.9.0 25,130.00

1110111000 01.26.00 3.9.1.0 780

1110111000 01.26.00 4.3.6.0 10,280.00

1110111000 01.26.00 4.8.1.0 2,967.00

1110111000 01.27.00 2.5.8.0 428.3

1110111000 01.27.00 2.6.2.0 40

1110111000 01.27.00 2.7.1.0 68.60

1110111000 01.27.00 2.7.4.0 10

1110111000 01.27.00 2.7.5.0 32.01

1110111000 01.27.00 2.9.4.0 110

1110111000 01.27.00 3.1.5.0 145.2

1110111000 01.27.00 3.2.9.0 1,150.00

1110111000 36.01.00 2.2.3.0 90

1110111000 36.01.00 2.2.9.0 62.50

1110111000 36.01.00 2.5.6.0 100.02

1110111000 36.01.00 2.7.4.0 587.6

1110111000 36.01.00 2.9.9.0 231.92

1110111000 36.01.00 3.1.5.0 57.5

1110111000 36.01.00 3.7.1.0 1,839.99

1110111000 36.01.00 4.3.6.0 159

1110111000 37.02.00 2.2.9.0 0.8

1110111000 37.02.00 2.3.4.0 128.09

1110111000 37.02.00 2.3.9.0 28

1110111000 37.02.00 2.5.4.0 13.07

1110111000 37.02.00 2.6.2.0 40.00

1110111000 37.02.00 2.9.3.0 45

1110111000 37.02.00 2.9.4.0 24.00

1110111000 37.02.00 2.9.6.0 5,384.32

1110111000 37.02.00 3.2.2.0 41,000.00

1110111000 37.02.00 3.5.1.0 15,000.00

1110111000 37.03.00 2.7.1.0 78

1110111000 37.03.00 2.9.3.0 704.00

1110111000 37.03.00 3.3.3.0 117

1110111000 37.05.00 2.1.1.0 182.00

1110111000 37.05.00 2.7.9.0 145,921.50

1110111000 37.05.00 2.9.9.0 439.83

1110111000 37.05.00 3.2.2.0 2,118.71

1110111000 37.05.00 3.6.1.0 24,024.16

1110111000 37.05.00 3.9.1.0 6,400.00

1110111000 37.05.00 4.2.1.0 162,413.07

1110111000 37.05.00 4.8.1.0 1,828.00

1110111000 65.80.00 3.4.9.0 12,000.00

1110111000 65.83.00 4.2.2.0 362,019.24

1110111000 67.82.00 4.2.2.0 7,740.96

1110115000 01.01.00 2.3.1.0 13,112.36

1110115000 01.01.00 5.1.3.0 12,814.13

Total 110 $ 1,421,301.79

Fuente de Financiamiento 131

1110102000 19.02.00 3.1.4.0 4,159.81

1110107000 32.11.00 2.1.9.0 88

1110107000 32.11.00 2.7.4.0 477.6

1110107000 32.11.00 2.9.5.0 322.00

1110107000 32.11.00 2.9.9.0 24,649.47

1110107000 32.11.00 3.3.3.0 98

1110107000 32.11.00 3.9.9.0 2,555.00

1110107000 32.11.00 4.3.5.0 29,779.53

1110107000 32.11.00 4.3.7.0 92,122.07

1110107000 34.72.00 4.2.2.0 166,455.00

1110108000 01.18.00 2.4.3.0 2,300.00

1110108000 01.18.00 2.6.4.0 6,041.10

1110108000 01.18.00 2.9.1.0 19,080.00

1110108000 01.18.00 2.9.9.0 938

1110108000 01.18.00 4.3.1.0 6,000.00

1110111000 36.02.00 4.3.2.0 400

1110111000 36.02.00 4.3.3.0 165.2

1110111000 36.02.00 5.1.4.0 56,000.00

Total 131 411,630.78

Fuente de Financiamiento 132

1110102000 01.32.00 2.5.2.0 1,880.00

1110102000 01.32.00 2.5.8.0 1,600.00

1110102000 01.32.00 2.7.9.0 50.7

1110102000 01.32.00 2.9.5.0 1,155.00

1110102000 01.32.00 3.1.4.0 8,143.93

1110102000 01.32.00 3.3.9.0 5,900.00

1110102000 01.32.00 4.3.9.0 260.00

1110104000 24.02.00 2.3.2.0 260.00

1110104000 24.02.00 2.4.9.0 1,644.00

1110107000 33.02.00 2.2.2.0 18,640.25

1110107000 33.02.00 2.6.9.0 1,307.10

1110107000 33.02.00 2.7.5.0 380

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIG ESTO MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 58

1110107000 34.73.00 2.1.4.0 9,600.00

1110107000 34.73.00 2.5.8.0 11,750.90

1110115000 01.02.00 4.3.4.0 270

1110115000 01.02.00 4.3.9.0 22,739.00

Total 132 85,580.88

Fuente de Financiamiento 133

1110102000 19.03.00 3.3.9.0 27,000.00

1110111000 01.28.00 2.9.6.0 18,960.00

1110111000 01.28.00 4.3.8.0 188,034.00

1110111000 01.28.00 4.3.9.0 2,797,000.00

1110111000 67.62.00 2.2.9.0 20

1110111000 67.62.00 2.5.6.0 849.25

1110111000 67.62.00 2.7.5.0 307.00

1110111000 67.62.00 2.9.2.0 9

1110111000 67.62.00 2.9.6.0 130.70

1110111000 67.62.00 3.7.2.0 440.00

1110111000 67.62.00 4.3.1.0 1,592.00

1110111000 67.62.00 4.3.8.0 1,465.00

1110111000 67.63.00 2.7.9.0 111.72

1110111000 67.63.00 2.9.3.0 1,348.70

1110111000 67.63.00 3.2.2.0 4,200.00

1110111000 67.64.00 5.2.1.0 73,100.00

Total 133 3,114,567.37

Fuente de Financiamiento210

1110108000 01.17.00 2.1.1.0 534.63

1110108000 01.17.00 2.9.2.0 1,734.35

1110108000 01.17.00 2.9.4.0 203.90

1110108000 01.17.00 2.9.9.0 52.12

1110108000 01.17.00 3.1.5.0 15,495.12

1110108000 01.17.00 3.4.7.0 13,764.00

1110108000 01.17.00 3.4.9.0 52,567.67

1110108000 01.17.00 3.5.3.0 9,236.00

1110108000 01.17.00 3.7.1.0 48,804.09

1110108000 01.25.00 2.2.3.0 875

1110108000 01.25.00 3.9.9.0 8,400.00

1110111000 37.01.00 2.9.6.0 859.00

1110111000 37.01.00 4.3.5.0 6,954.00

1110111000 37.01.00 4.8.1.0 1,000.00

Total 210 $ 160,479.88

Total $ 5,193,560.70

ANEXO III

Subjurisdicción Cat.Program

Objeto delGasto

Importe

Fuente de Financiamiento 110

1110102000 01.03.00 3.2.1.0 30,368.47

1110102000 01.05.00 2.4.9.0 247.5

1110102000 01.05.00 2.5.9.0 148

1110102000 01.05.00 2.9.3.0 144

1110102000 01.05.00 2.9.9.0 695

1110102000 01.05.00 3.1.1.0 4,522.61

1110102000 01.05.00 3.7.2.0 5,393.65

1110102000 01.05.00 4.3.6.0 40,680.40

1110102000 01.05.00 4.8.1.0 949.51

1110102000 19.01.00 2.1.1.0 3,665.94

1110102000 19.01.00 2.2.3.0 250

1110102000 19.01.00 2.3.1.0 4,027.36

1110102000 19.01.00 2.3.3.0 67.42

1110102000 19.01.00 2.3.4.0 770.76

1110102000 19.01.00 2.5.4.0 240.14

1110102000 19.01.00 2.9.1.0 1,641.22

1110102000 19.01.00 2.9.2.0 1,158.96

1110102000 19.01.00 2.9.3.0 642.14

1110102000 19.01.00 2.9.6.0 9,902.10

1110102000 19.01.00 2.9.9.0 101.75

1110102000 19.01.00 3.1.2.0 24.97

1110102000 19.01.00 3.3.1.0 720

1110102000 19.01.00 3.3.2.0 140

1110102000 19.01.00 3.5.3.0 84.75

1110102000 19.01.00 3.7.2.0 347.3

1110102000 19.01.00 4.3.6.0 140

1110102000 47.00.00 2.1.1.0 2,036.60

1110103000 01.13.00 2.3.3.0 337.12

1110103000 01.13.00 2.3.4.0 190.82

1110103000 01.13.00 2.3.5.0 355.8

1110103000 01.13.00 2.3.7.0 279

1110103000 01.13.00 2.5.2.0 147.8

1110103000 01.13.00 2.5.4.0 13.07

1110103000 01.13.00 2.5.6.0 1,948.10

1110103000 01.13.00 2.5.8.0 300

1110103000 01.13.00 2.9.1.0 4,578.96

1110103000 01.13.00 2.9.2.0 7,090.77

1110103000 01.13.00 2.9.3.0 161.54

1110103000 01.13.00 2.9.4.0 388.02

1110103000 01.13.00 3.3.3.0 876

1110104000 22.00.00 2.3.1.0 2,567.84

1110104000 22.00.00 2.3.2.0 6,163.00

1110104000 22.00.00 2.7.1.0 1,717.10

1110104000 22.00.00 2.9.2.0 9,445.61

1110104000 22.00.00 2.9.3.0 1,149.08

1110104000 22.00.00 3.7.2.0 1,653.15

1110104000 22.00.00 3.9.9.0 6,440.20

1110104000 23.01.00 2.2.3.0 1,600.00

1110104000 23.01.00 2.3.3.0 1,618.52

1110104000 23.01.00 2.5.4.0 261.36

1110104000 23.01.00 2.5.5.0 123.82

1110104000 23.01.00 2.6.5.0 24.09

1110104000 23.01.00 2.7.9.0 807.5

1110104000 23.01.00 2.9.3.0 35.2

1110104000 23.01.00 2.9.4.0 130

1110104000 23.01.00 3.1.2.0 236.87

1110104000 23.01.00 3.3.2.0 248.01

1110104000 23.01.00 3.7.2.0 669.33

1110104000 41.00.00 2.1.1.0 1,446.40

1110104000 41.00.00 2.2.3.0 250

1110104000 41.00.00 2.3.1.0 800.16

1110104000 41.00.00 2.3.4.0 386.39

1110104000 41.00.00 2.5.6.0 253

1110104000 41.00.00 2.6.1.0 149.65

1110104000 41.00.00 2.9.3.0 71.85

1110104000 41.00.00 2.9.4.0 171.7

1110104000 41.00.00 2.9.6.0 1,870.85

1110104000 49.00.00 2.2.3.0 250

1110104000 49.00.00 2.3.4.0 277.8

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIG ESTO MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 59

1110104000 49.00.00 2.5.4.0 52.27

1110104000 49.00.00 2.5.6.0 935.06

1110104000 49.00.00 2.7.9.0 365

1110104000 49.00.00 2.9.1.0 43.85

1110104000 49.00.00 2.9.2.0 835.71

1110104000 49.00.00 3.1.1.0 541.56

1110104000 49.00.00 3.3.1.0 130

1110104000 49.00.00 3.7.2.0 39.45

1110105000 01.05.00 2.1.5.0 1,400.50

1110105000 01.05.00 2.2.3.0 450

1110105000 01.05.00 2.3.1.0 332.05

1110105000 01.05.00 2.3.2.0 195

1110105000 01.05.00 2.3.3.0 2,301.45

1110105000 01.05.00 2.5.5.0 2,164.75

1110105000 01.05.00 2.5.9.0 49

1110105000 01.05.00 2.6.9.0 1,659.00

1110105000 01.05.00 2.7.4.0 48

1110105000 01.05.00 2.7.5.0 414.99

1110105000 01.05.00 2.9.1.0 1,619.63

1110105000 01.05.00 2.9.2.0 1,772.28

1110105000 01.05.00 2.9.4.0 182.25

1110105000 01.05.00 2.9.6.0 6,463.35

1110105000 01.05.00 2.9.9.0 344.35

1110105000 01.05.00 3.3.1.0 1,937.89

1110105000 01.05.00 3.3.9.0 74,184.19

1110105000 01.05.00 3.4.9.0 90

1110105000 01.05.00 3.5.1.0 130.92

1110105000 01.05.00 3.5.3.0 420

1110105000 01.05.00 3.5.4.0 16,419.50

1110105000 01.05.00 3.7.2.0 2,671.40

1110105000 01.06.00 2.1.1.0 230.83

1110105000 01.06.00 2.2.3.0 250

1110105000 01.06.00 2.3.1.0 1,471.00

1110105000 01.06.00 2.3.4.0 156.09

1110105000 01.06.00 2.5.6.0 170.05

1110105000 01.06.00 2.7.4.0 10

1110105000 01.06.00 2.9.1.0 9,546.87

1110105000 01.06.00 2.9.2.0 660.87

1110105000 01.06.00 3.7.2.0 138.3

1110107000 01.09.00 2.1.1.0 3,036.41

1110107000 01.09.00 2.3.1.0 2,030.48

1110107000 01.09.00 2.5.6.0 831.08

1110107000 01.09.00 2.7.2.0 626.49

1110107000 01.09.00 2.9.6.0 3,684.55

1110107000 01.09.00 2.9.9.0 78.5

1110107000 01.09.00 3.1.2.0 45.85

1110107000 01.10.00 2.2.1.0 36

1110107000 01.10.00 2.3.3.0 254.2

1110107000 01.10.00 2.3.4.0 1,385.07

1110107000 01.10.00 2.5.5.0 419.76

1110107000 01.10.00 2.5.6.0 1,856.18

1110107000 01.10.00 2.6.2.0 130

1110107000 01.10.00 2.6.5.0 123.71

1110107000 01.10.00 2.7.9.0 442

1110107000 01.10.00 2.9.3.0 179.4

1110107000 01.10.00 2.9.6.0 7,620.13

1110107000 01.10.00 2.9.9.0 47

1110107000 01.10.00 3.1.2.0 14.56

1110107000 01.10.00 3.7.2.0 431.83

1110107000 01.10.00 4.3.4.0 199

1110107000 32.01.00 2.1.1.0 1,350.85

1110107000 32.01.00 2.1.5.0 101

1110107000 32.01.00 2.3.4.0 88.7

1110107000 32.01.00 2.5.6.0 200.01

1110107000 32.01.00 2.5.8.0 22.5

1110107000 32.01.00 2.7.9.0 181.2

1110107000 32.01.00 2.9.2.0 1,082.11

1110107000 32.01.00 2.9.3.0 250

1110107000 32.01.00 2.9.6.0 9,436.83

1110107000 32.01.00 2.9.9.0 308.8

1110107000 32.01.00 3.1.5.0 62

1110107000 32.11.00 2.9.6.0 4,926.74

1110107000 32.11.00 3.1.2.0 25.86

1110107000 32.11.00 3.1.4.0 1,832.10

1110107000 32.11.00 3.4.7.0 600

1110107000 32.11.00 3.7.1.0 6,260.00

1110107000 32.11.00 2.1.1.0 5,917.54

1110107000 32.11.00 2.3.1.0 1,978.46

1110107000 32.11.00 2.3.4.0 209.8

1110107000 32.11.00 2.5.4.0 240.14

1110107000 32.11.00 2.5.6.0 768.04

1110107000 32.11.00 2.7.9.0 497.7

1110107000 32.11.00 2.9.1.0 228.96

1110107000 32.11.00 2.9.2.0 535.57

1110107000 32.11.00 2.9.6.0 3,221.69

1110107000 34.01.00 2.3.3.0 67.42

1110107000 34.01.00 2.3.5.0 57

1110107000 34.01.00 2.6.2.0 600

1110107000 34.01.00 2.9.4.0 467.6

1110107000 34.01.00 2.9.5.0 3,204.30

1110107000 35.01.00 2.1.1.0 1,619.00

1110107000 35.01.00 2.1.5.0 79.8

1110107000 35.01.00 2.2.9.0 175

1110107000 35.01.00 2.3.1.0 2,487.20

1110107000 35.01.00 2.3.4.0 620.22

1110107000 35.01.00 2.5.4.0 64.99

1110107000 35.01.00 2.5.5.0 660.24

1110107000 35.01.00 2.5.6.0 440.1

1110107000 35.01.00 2.5.9.0 110.55

1110107000 35.01.00 2.9.1.0 1,155.80

1110107000 35.01.00 2.9.2.0 1,968.00

1110107000 35.01.00 2.9.5.0 1,353.00

1110107000 35.01.00 2.9.6.0 37,138.08

1110107000 35.01.00 2.9.9.0 99.4

1110107000 35.01.00 3.1.2.0 413.56

1110107000 35.01.00 4.3.9.0 211,601.00

1110108000 01.11.00 2.1.1.0 5,082.86

1110108000 01.11.00 2.2.1.0 212.73

1110108000 01.11.00 2.3.4.0 3,198.59

1110108000 01.11.00 2.7.9.0 273

1110108000 01.11.00 2.9.1.0 184.26

1110108000 01.11.00 2.9.2.0 1,160.00

1110108000 01.11.00 2.9.4.0 63

1110108000 01.11.00 2.9.6.0 4,609.96

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIG ESTO MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 60

1110108000 01.11.00 3.4.9.0 9,300.00

1110108000 01.11.00 3.5.4.0 42,321.67

1110108000 01.11.00 3.7.2.0 4,561.92

1110108000 01.11.00 4.3.7.0 50

1110108000 01.11.00 4.8.1.0 82

1110108000 01.12.00 2.1.1.0 611.2

1110108000 01.12.00 2.1.4.0 15,364.00

1110108000 01.12.00 2.1.5.0 2,432.00

1110108000 01.12.00 2.3.1.0 193.06

1110108000 01.12.00 2.3.3.0 407.2

1110108000 01.12.00 2.4.3.0 19,818.25

1110108000 01.12.00 2.5.8.0 3,298.60

1110108000 01.12.00 2.6.1.0 24,040.00

1110108000 01.12.00 2.6.4.0 60,400.00

1110108000 01.12.00 2.6.5.0 88.5

1110108000 01.12.00 2.9.1.0 625

1110108000 01.12.00 2.9.2.0 55

1110108000 01.12.00 2.9.6.0 1,801.00

1110108000 01.12.00 3.3.1.0 6,250.00

1110108000 01.12.00 3.4.9.0 266.45

1110108000 01.12.00 4.3.2.0 3,240.00

1110108000 01.12.00 4.3.5.0 70,353.00

1110108000 01.12.00 4.3.7.0 25,238.99

1110108000 01.13.00 2.2.1.0 362.38

1110108000 01.13.00 2.5.6.0 1,790.15

1110108000 01.13.00 2.7.1.0 625.9

1110108000 01.13.00 2.9.2.0 400.6

1110108000 01.13.00 2.9.9.0 182.6

1110108000 01.13.00 3.1.4.0 16,884.02

1110108000 01.13.00 3.5.1.0 25,817.96

1110108000 01.13.00 3.5.3.0 2,110.00

1110108000 01.13.00 3.5.9.0 2,726.71

1110108000 01.14.00 2.3.1.0 3,425.55

1110108000 01.14.00 2.3.4.0 750.03

1110108000 01.14.00 2.9.6.0 1,450.46

1110108000 01.14.00 3.1.4.0 3,230.63

1110108000 01.14.00 3.1.5.0 170.66

1110108000 01.14.00 3.2.1.0 4,893.00

1110108000 01.14.00 3.4.9.0 2,010.00

1110108000 01.15.00 2.2.1.0 64.3

1110108000 01.15.00 2.5.6.0 626.82

1110108000 01.15.00 2.9.2.0 245.8

1110108000 01.15.00 2.9.3.0 97.9

1110108000 01.15.00 2.9.4.0 100.2

1110108000 01.15.00 2.9.6.0 7,675.24

1110108000 01.15.00 2.9.9.0 12.9

1110108000 01.15.00 3.1.2.0 116.6

1110108000 01.15.00 3.1.4.0 77.75

1110108000 01.15.00 3.4.9.0 2,480.00

1110108000 01.15.00 3.5.4.0 4,475.18

1110108000 01.18.00 2.1.1.0 4,856.68

1110108000 01.18.00 2.3.1.0 1,573.76

1110108000 01.18.00 2.3.3.0 1,798.55

1110108000 01.18.00 2.3.4.0 561.22

1110108000 01.18.00 2.3.5.0 90

1110108000 01.18.00 2.5.4.0 137

1110108000 01.18.00 2.5.5.0 1,070.06

1110108000 01.18.00 2.5.6.0 5,800.64

1110108000 01.18.00 2.6.4.0 723

1110108000 01.18.00 2.7.9.0 440

1110108000 01.18.00 2.9.1.0 2,685.91

1110108000 01.18.00 2.9.2.0 1,029.01

1110108000 01.18.00 2.9.3.0 8,365.80

1110108000 01.18.00 2.9.4.0 118.35

1110108000 01.18.00 2.9.6.0 503.05

1110108000 01.18.00 2.9.9.0 164.9

1110108000 01.18.00 3.1.4.0 4,973.68

1110108000 01.18.00 3.3.2.0 682

1110108000 01.18.00 3.5.4.0 20,195.95

1110108000 01.18.00 3.7.2.0 1,636.40

1110108000 01.18.00 4.3.6.0 249

1110108000 01.18.00 4.3.8.0 3,544.00

1110108000 01.18.00 4.3.9.0 759.27

1110108000 01.19.00 2.1.1.0 1,098.90

1110108000 01.19.00 2.1.5.0 978

1110108000 01.19.00 2.3.1.0 32.99

1110108000 01.19.00 2.3.3.0 696.42

1110108000 01.19.00 2.3.9.0 359

1110108000 01.19.00 2.5.5.0 166.57

1110108000 01.19.00 2.5.6.0 2,701.98

1110108000 01.19.00 2.6.5.0 1,506.00

1110108000 01.19.00 2.6.9.0 390.3

1110108000 01.19.00 2.7.9.0 27.5

1110108000 01.19.00 2.8.4.0 2,374.00

1110108000 01.19.00 2.9.6.0 103.44

1110108000 01.19.00 2.9.9.0 7,093.42

1110108000 01.19.00 3.3.1.0 1,861.50

1110108000 01.19.00 3.3.3.0 44.85

1110108000 01.19.00 3.3.9.0 800

1110108000 01.19.00 3.7.2.0 3,495.40

1110108000 01.19.00 4.3.7.0 199

1110108000 01.20.00 2.1.1.0 5,015.41

1110108000 01.20.00 2.3.1.0 1,573.76

1110108000 01.20.00 2.3.3.0 612.78

1110108000 01.20.00 2.3.4.0 128.09

1110108000 01.20.00 2.5.6.0 272

1110108000 01.20.00 2.5.8.0 54.8

1110108000 01.20.00 2.6.5.0 551.26

1110108000 01.20.00 2.7.9.0 68

1110108000 01.20.00 2.9.1.0 485.94

1110108000 01.20.00 2.9.2.0 618.03

1110108000 01.20.00 2.9.3.0 148.65

1110108000 01.20.00 2.9.6.0 44.8

1110108000 01.20.00 3.1.2.0 672.2

1110108000 01.20.00 3.3.1.0 2,967.90

1110108000 01.20.00 3.3.2.0 9,415.00

1110108000 01.20.00 3.7.1.0 63.45

1110108000 01.20.00 3.7.2.0 134.6

1110108000 01.20.00 3.9.9.0 22,030.00

1110108000 01.20.00 4.2.1.0 52,906.02

1110108000 01.20.00 4.3.9.0 899

1110108000 01.21.00 2.1.1.0 5,499.87

1110108000 01.21.00 2.1.4.0 90

1110108000 01.21.00 2.1.5.0 60

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIG ESTO MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 61

1110108000 01.21.00 2.2.1.0 3

1110108000 01.21.00 2.2.3.0 88

1110108000 01.21.00 2.3.1.0 1,173.26

1110108000 01.21.00 2.3.4.0 675.8

1110108000 01.21.00 2.4.3.0 705

1110108000 01.21.00 2.5.5.0 6,137.31

1110108000 01.21.00 2.5.6.0 2,829.54

1110108000 01.21.00 2.5.8.0 110.6

1110108000 01.21.00 2.6.4.0 7,200.00

1110108000 01.21.00 2.7.4.0 800

1110108000 01.21.00 2.7.5.0 346.35

1110108000 01.21.00 2.9.1.0 1,725.54

1110108000 01.21.00 2.9.2.0 385.43

1110108000 01.21.00 2.9.3.0 1,786.80

1110108000 01.21.00 2.9.4.0 507.55

1110108000 01.21.00 2.9.6.0 16,161.98

1110108000 01.21.00 2.9.9.0 88

1110108000 01.21.00 3.2.9.0 600

1110108000 01.21.00 3.3.1.0 384.1

1110108000 01.21.00 3.3.2.0 3,236.01

1110108000 01.21.00 3.3.3.0 2,031.00

1110108000 01.21.00 3.5.4.0 2,183.57

1110108000 01.21.00 4.3.7.0 800

1110108000 01.22.00 2.1.1.0 3,449.72

1110108000 01.22.00 2.3.1.0 1,091.36

1110108000 01.22.00 2.5.8.0 224.88

1110108000 01.22.00 2.9.1.0 285.72

1110108000 01.22.00 2.9.4.0 302.75

1110108000 01.22.00 2.9.6.0 854.66

1110108000 01.22.00 3.3.1.0 4,059.72

1110108000 01.22.00 3.3.2.0 1,329.50

1110108000 01.22.00 3.3.3.0 215.23

1110108000 01.22.00 4.3.5.0 119

1110108000 01.23.00 2.1.1.0 3,377.94

1110108000 01.23.00 2.3.1.0 959.41

1110108000 01.23.00 2.3.3.0 1,544.35

1110108000 01.23.00 2.5.9.0 400

1110108000 01.23.00 2.9.2.0 251.38

1110108000 01.23.00 2.9.3.0 1,611.71

1110108000 01.23.00 2.9.4.0 947.1

1110108000 01.23.00 3.3.1.0 3,605.61

1110108000 01.23.00 3.3.3.0 189

1110108000 01.23.00 3.7.2.0 1,550.06

1110108000 01.23.00 5.1.4.0 1,300.00

1110108000 01.24.00 2.1.1.0 5,084.34

1110108000 01.24.00 2.2.3.0 90

1110108000 01.24.00 2.5.6.0 3,351.21

1110108000 01.24.00 2.5.8.0 724.74

1110108000 01.24.00 2.7.1.0 540

1110108000 01.24.00 2.7.9.0 344.7

1110108000 01.24.00 2.9.1.0 355.2

1110108000 01.24.00 2.9.6.0 1,706.28

1110108000 01.24.00 2.9.9.0 216.45

1110108000 01.24.00 3.1.2.0 438.16

1110108000 01.24.00 3.1.3.0 440.79

1110108000 01.24.00 3.3.1.0 491.46

1110108000 01.24.00 3.3.3.0 352.07

1110108000 01.24.00 3.5.3.0 18,725.50

1110108000 01.24.00 3.7.2.0 2,105.50

1110108000 01.24.00 4.3.8.0 75

1110111000 01.14.00 2.1.1.0 1,171.51

1110111000 01.14.00 2.3.3.0 134.85

1110111000 01.14.00 2.5.6.0 1,407.02

1110111000 01.14.00 2.7.5.0 2,012.82

1110111000 01.14.00 2.7.9.0 182.27

1110111000 01.14.00 2.9.1.0 52.03

1110111000 01.14.00 2.9.2.0 397.98

1110111000 01.14.00 3.3.3.0 70,240.00

1110111000 01.14.00 3.4.6.0 20,000.00

1110111000 01.14.00 3.7.2.0 138.4

1110111000 01.15.00 2.1.1.0 3,686.73

1110111000 01.15.00 2.3.1.0 14,842.45

1110111000 01.15.00 2.3.3.0 5,906.42

1110111000 01.15.00 2.5.9.0 153.94

1110111000 01.15.00 2.7.9.0 13,170.12

1110111000 01.15.00 2.9.1.0 1,202.53

1110111000 01.15.00 2.9.2.0 301.61

1110111000 01.15.00 2.9.6.0 10,232.54

1110111000 01.15.00 3.7.2.0 1,195.80

1110111000 01.15.00 3.9.1.0 5,613.40

1110111000 01.15.00 4.3.7.0 2,296.50

1110111000 01.16.00 2.1.1.0 59,987.12

1110111000 01.16.00 2.5.4.0 399

1110111000 01.16.00 2.9.1.0 6,163.00

1110111000 01.16.00 2.9.3.0 440

1110111000 01.16.00 2.9.4.0 2,859.41

1110111000 01.16.00 2.9.9.0 1,023.50

1110111000 01.16.00 3.1.2.0 3,742.38

1110111000 01.16.00 3.1.4.0 87,737.16

1110111000 01.16.00 3.1.5.0 57.5

1110111000 01.16.00 3.3.1.0 79,000.00

1110111000 01.16.00 3.3.9.0 998.6

1110111000 01.16.00 3.5.3.0 15.7

1110111000 01.16.00 3.5.9.0 1,119.40

1110111000 01.16.00 3.7.2.0 391.9

1110111000 01.16.00 4.3.9.0 262.9

1110111000 01.25.00 2.1.1.0 6,291.01

1110111000 01.25.00 2.3.1.0 213.14

1110111000 01.25.00 2.3.3.0 808.4

1110111000 01.25.00 2.3.7.0 354.69

1110111000 01.25.00 2.5.5.0 150.81

1110111000 01.25.00 2.5.6.0 5,065.74

1110111000 01.25.00 2.6.5.0 27.72

1110111000 01.25.00 2.7.1.0 550.5

1110111000 01.25.00 2.7.9.0 100.31

1110111000 01.25.00 2.9.1.0 500.28

1110111000 01.25.00 2.9.2.0 1,747.00

1110111000 01.25.00 2.9.3.0 414.51

1110111000 01.25.00 2.9.6.0 23,218.90

1110111000 01.25.00 2.9.9.0 238.74

1110111000 01.25.00 3.1.1.0 79.78

1110111000 01.25.00 3.1.4.0 1,270.11

1110111000 01.25.00 3.2.1.0 38,684.81

1110111000 01.25.00 3.3.1.0 2,260.48

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIG ESTO MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 62

1110111000 01.25.00 3.3.2.0 1,059.00

1110111000 01.25.00 3.4.9.0 190,585.40

1110111000 01.25.00 3.5.4.0 9,563.95

1110111000 01.25.00 4.8.1.0 82

1110111000 01.25.00 5.1.3.0 10,384.00

1110111000 01.26.00 2.1.1.0 4,110.81

1110111000 01.26.00 2.3.1.0 7,162.10

1110111000 01.26.00 2.3.4.0 47.99

1110111000 01.26.00 2.3.5.0 150

1110111000 01.26.00 2.5.5.0 19

1110111000 01.26.00 2.5.6.0 1,837.42

1110111000 01.26.00 2.5.8.0 17,236.50

1110111000 01.26.00 2.6.2.0 270

1110111000 01.26.00 2.7.5.0 44.6

1110111000 01.26.00 2.7.9.0 56.5

1110111000 01.26.00 2.9.1.0 134.24

1110111000 01.26.00 2.9.2.0 3,473.99

1110111000 01.26.00 2.9.4.0 62

1110111000 01.26.00 3.1.4.0 1,039.47

1110111000 01.26.00 3.3.1.0 35,567.40

1110111000 01.26.00 3.4.9.0 18,719.23

1110111000 01.26.00 3.5.3.0 12,856.00

1110111000 01.26.00 3.5.9.0 1,250.82

1110111000 01.26.00 3.7.2.0 2,925.91

1110111000 01.26.00 3.8.3.0 169

1110111000 01.26.00 4.3.7.0 24,411.00

1110111000 01.27.00 2.2.9.0 64

1110111000 01.27.00 2.3.1.0 89.68

1110111000 01.27.00 2.3.5.0 187.5

1110111000 01.27.00 2.5.5.0 100.8

1110111000 01.27.00 2.5.6.0 220.03

1110111000 01.27.00 2.7.9.0 82.13

1110111000 01.27.00 2.9.1.0 545.57

1110111000 01.27.00 2.9.2.0 2,242.68

1110111000 01.27.00 2.9.3.0 42,663.74

1110111000 01.27.00 2.9.6.0 6,995.30

1110111000 01.27.00 2.9.9.0 4,415.18

1110111000 01.27.00 3.1.1.0 14,377.35

1110111000 01.27.00 3.4.9.0 169,658.94

1110111000 01.27.00 3.5.3.0 21,626.62

1110111000 36.01.00 2.1.1.0 2,224.37

1110111000 36.01.00 2.2.1.0 631.48

1110111000 36.01.00 2.2.2.0 16,907.52

1110111000 36.01.00 2.3.1.0 5,059.01

1110111000 36.01.00 2.3.3.0 18,508.71

1110111000 36.01.00 2.3.4.0 95.97

1110111000 36.01.00 2.5.4.0 13.07

1110111000 36.01.00 2.7.5.0 82.25

1110111000 36.01.00 2.9.1.0 844.35

1110111000 36.01.00 2.9.2.0 508.15

1110111000 36.01.00 2.9.30 34.18

1110111000 36.01.00 2.9.4.0 77.5

1110111000 36.01.00 2.9.6.0 12,260.89

1110111000 36.01.00 3.1.4.0 3,026.84

1110111000 36.01.00 3.2.1.0 1,470.93

1110111000 36.01.00 3.3.1.0 180

1110111000 36.01.00 3.4.5.0 160

1110111000 36.01.00 3.5.1.0 14,828.50

1110111000 36.01.00 3.5.4.0 32,581.15

1110111000 36.01.00 3.7.2.0 12,317.54

1110111000 37.02.00 2.9.2.0 625.62

1110111000 37.02.00 2.9.9.0 885.99

1110111000 37.02.00 3.1.1.0 7,341.15

1110111000 37.02.00 3.1.4.0 3,311.91

1110111000 37.02.00 3.2.1.0 37,580.40

1110111000 37.02.00 3.4.7.0 46,402.00

1110111000 37.02.00 3.4.9.0 83,000.00

1110111000 37.02.00 3.5.4.0 4,278.28

1110111000 37.02.00 3.7.2.0 6,525.11

1110111000 37.02.00 3.9.1.0 4,085.00

1110111000 37.02.00 3.9.9.0 115,400.00

1110111000 37.03.00 2.1.1.0 7,206.79

1110111000 37.03.00 2.3.1.0 6,031.16

1110111000 37.03.00 2.3.4.0 8.15

1110111000 37.03.00 2.3.9.0 292.7

1110111000 37.03.00 2.5.6.0 489.11

1110111000 37.03.00 2.7.9.0 96.9

1110111000 37.03.00 2.9.1.0 335.86

1110111000 37.03.00 2.9.4.0 125.7

1110111000 37.03.00 2.9.6.0 5,420.69

1110111000 37.03.00 3.1.5.0 754.6

1110111000 37.03.00 3.4.9.0 9,600.00

1110111000 37.05.00 2.2.2.0 825.12

1110111000 37.05.00 2.5.2.0 52.96

1110111000 37.05.00 2.9.3.0 99,828.60

1110111000 37.05.00 4.3.5.0 560

1110111000 37.05.00 4.3.9.0 967.14

1110111000 66.89.00 4.2.2.0 43,473.49

1110111000 68.95.00 2.9.3.0 32,875.61

1110115000 01.01.00 2.3.3.0 404.2

1110115000 01.01.00 2.3.4.0 725.61

1110115000 01.01.00 2.5.2.0 90.39

1110115000 01.01.00 2.5.6.0 642.03

1110115000 01.01.00 2.7.1.0 14.12

1110115000 01.01.00 2.9.1.0 1,561.22

1110115000 01.01.00 2.9.2.0 5,639.20

1110115000 01.01.00 3.1.2.0 75.04

1110115000 01.01.00 3.1.3.0 42.79

1110115000 01.01.00 3.2.1.0 13,601.37

1110115000 01.01.00 3.4.5.0 498.24

Total 110 $ 3,067,346.41

Subjurisdicción Cat.Program

Objeto delGasto

Importe

Fuente de Financiamiento 131

1110102000 19.02.00 2.2.2.0 653.4

1110102000 19.02.00 2.3.4.0 162.65

1110102000 19.02.00 2.6.5.0 40

1110102000 19.02.00 2.7.4.0 400

1110102000 19.02.00 3.2.9.0 77.46

1110102000 19.02.00 3.3.2.0 8,493.94

1110102000 19.02.00 3.3.3.0 298.5

1110102000 19.02.00 3.4.6.0 39,722.65

1110102000 19.02.00 3.9.9.0 12,136.54

1110102000 19.02.00 4.3.4.0 7,567.77

1110102000 19.02.00 4.3.5.0 558.94

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIG ESTO MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 63

1110102000 19.02.00 4.8.1.0 40

1110102000 20.02.00 2.2.2.0 5,000.00

1110107000 34.11.00 1.2.3.0 455.6

1110107000 34.11.00 1.6.0.0 6,458.25

1110107000 34.11.00 2.4.3.0 450

1110107000 34.11.00 2.5.5.0 336.56

1110107000 34.11.00 2.5.8.0 4,408.93

1110107000 34.11.00 2.5.9.0 949.09

1110107000 34.11.00 2.9.3.0 1,016.00

1110107000 34.11.00 2.9.4.0 1,131.75

1110107000 34.11.00 2.9.6.0 21,584.86

1110107000 34.11.00 3.4.9.0 94,342.89

1110107000 34.11.00 3.5.1.0 4,160.00

1110107000 34.11.00 3.5.3.0 17,980.24

1110107000 34.11.00 4.3.1.0 593.64

1110107000 34.11.00 4.3.6.0 2,832.00

1110107000 34.11.00 4.3.9.0 6,874.50

1110107000 34.11.00 4.8.1.0 35,045.00

1110108000 01.18.00 2.5.8.0 19,500.00

1110108000 01.18.00 2.9.6.0 3,991.16

1110108000 01.18.00 3.3.9.0 3,000.00

1110108000 01.18.00 4.6.0.0 90

1110111000 36.02.00 3.2.9.0 11,000.00

1110111000 36.02.00 3.4.9.0 11,557.40

1110111000 36.02.00 3.5.3.0 2,310.00

1110111000 36.02.00 3.9.1.0 20,200.00

1110111000 36.02.00 4.8.1.0 1,252.00

1110111000 36.02.00 5.2.6.0 91,249.26

1110111000 37.04.00 4.1.2.0 302,000.00

Total 131 $ 739,920.98

Fuente de Financiamiento132

1110102000 01.32.00 4.3.7.0 4,800.00

1110104000 24.02.00 2.1.1.0 2,647.97

1110104000 24.02.00 2.1.5.0 1,304.44

1110104000 24.02.00 2.2.2.0 126.52

1110104000 24.02.00 2.2.9.0 4,576.80

1110104000 24.02.00 2.9.4.0 434.84

111010000 24.02.00 2.9.9.0 118.65

Total 132 $ 14,009.22

Fuente de Financiamiento133

1110102000 19.03.00 4.3.4.0 8,915.00

1110102000 19.03.00 4.3.7.0 2,075.25

1110102000 19.03.00 4.3.9.0 200,865.99

1110104000 24.04.00 1.2.3.0 3,193.88

1110104000 24.04.00 1.2.5.0 1,000.00

1110104000 24.04.00 1.6.0.0 1,100.00

1110111000 01.27.00 3.4.9.0 190,500.00

1110111000 01.27.00 4.3.2.0 41,254.29

1110111000 01.28.00 4.3.2.0 1,108,301.20

1110111000 01.28.00 4.3.3.0 70,400.00

1110111000 36.07.00 1.2.1.0 21,380.04

1110111000 36.07.00 1.2.2.0 11,219.96

1110111000 67.62.00 2.1.4.0 98.56

1110111000 67.62.00 2.1.5.0 28,138.60

1110111000 67.62.00 2.5.4.0 244

1110111000 67.62.00 2.5.5.0 1,236.02

1110111000 67.62.00 2.5.8.0 16,900.67

1110111000 67.62.00 2.5.9.0 5,376.00

1110111000 67.62.00 2.6.1.0 60,276.34

1110111000 67.62.00 2.6.4.0 22,946.68

1110111000 67.62.00 2.6.5.0 37,721.55

1110111000 67.62.00 2.6.9.0 422

1110111000 67.62.00 2.7.1.0 1,162,348.78

1110111000 67.62.00 2.7.2.0 884.87

1110111000 67.62.00 2.7.4.0 9,462.00

1110111000 67.62.00 2.7.9.0 3,289.79

1110111000 67.62.00 2.8.4.0 27,745.00

1110111000 67.62.00 2.9.3.0 8,746.18

1110111000 67.62.00 2.9.9.0 6,137.50

1110111000 67.62.00 3.5.9.0 5,200.00

1110111000 67.62.00 5.2.1.0 281,915.45

Total 133 $ 3,339,295.60

Fuente de Financiamiento210

1110108000 01.17.00 1.2.1.0 4,835.86

1110108000 01.17.00 1.2.3.0 1,428.09

1110108000 01.17.00 1.2.5.0 626.93

1110108000 01.17.00 1.6.0.0 1,910.80

1110108000 01.25.00 3.9.1.0 1,394.99

Total 210 $ 10,196.67

Total $ 7,170,768.88

* * *DECRETO Nº 2744/2011

Moron, 27 de Diciembre de 2011VISTO:

La Ordenanza Nº 14121/2011sancionada por el Honorable Concejo Deliberantecon fecha 20 de Diciembre del año 2011, elexpediente Nº 4079-20802/11-0 D.E. – 71043/11H.C.D. y,CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la LeyOrgánica de las Municipalidades, establece comoatribución del Departamento Ejecutivo, el promulgary publicar las disposiciones del Honorable ConcejoDeliberante.

Que en virtud de lo expuesto correspondedictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DEMORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº14121/11, sancionada por el Honorable ConcejoDeliberante en Sesión Extraordinaria celebrada eldía 20 de Diciembre del año 2011, cuyo texto setranscribe:

“Artículo 1º: Rectifícase el AnexoI del artículo 2º de la Ordenanza Nº

13214/2011 con efecto al día 1ºde abril de 2011, en donde dice: “Oficial

Especializado Electricista1943,89”, deberá leerse: “OficialEspecializado Electricista 30 hs.1457,92.”

“Artículo 2º: Rectifícase el AnexoIII del artículo 4º de la Ordenanza Nº

13214/2011 con efecto al día 1ºde junio de 2011, en donde dice: “Oficial

Especializado Electricista 30 hs.2138,28”, deberá decir: “OficialEspecializado Electricista 30 hs.1603,71.”

“Artículo 3º: Rectifícase el AnexoV del artículo 6º de la Ordenanza Nº

13214/2011 con efecto al día 1ºde octubre de 2011, en donde dice: “Oficial

Especializado Electricista 30 hs.

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIG ESTO MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 64

2245,20”, deberá decir: “OficialEspecializado Electricista 30 hs.1683,90.”

“Artículo 4º: Comuníquese alDepartamento Ejecutivo.”

“Dada en la Sala de Sesionesdel Honorable Concejo Deliberante a losveinte días del mes de diciembre del añodos mil once.”“FIRMADO: Mariano Pablo Spina,Secretario del Honorable ConcejoDeliberante – Don Juan Manuel Le Bas,Presidente del Honorable ConcejoDeliberante.”

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Planificación Estratégica yAdministración General y de Gobierno y SeguridadCiudadana.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHISr. Daniel G. Larrache - Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2745/2011

Moron, 27 de Diciembre de 2011VISTO:

La Ordenanza Nº 14123/2011sancionada por el Honorable Concejo Deliberantecon fecha 20 de Diciembre del año 2011, elexpediente Nº 4079-19230/09-1 D.E. – 71045/11H.C.D. y,CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la LeyOrgánica de las Municipalidades, establece comoatribución del Departamento Ejecutivo, el promulgary publicar las disposiciones del Honorable ConcejoDeliberante.

Que en virtud de lo expuesto correspondedictar el pertinente acto administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE

MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº14123/11, sancionada por el Honorable ConcejoDeliberante en Sesión Extraordinaria celebrada eldía 20 de Diciembre del año 2011, cuyo texto setranscribe:

“Artículo 1º: Convalídase el Actade Adhesión al Programa “EnviónEducativo”, registrada bajo el Nº725/11, suscripta con el Ministerio deDesarrollo Social de la Provinciade Buenos Aires.”

“Artículo 2º: Comuníquese alDepartamento Ejecutivo.”

“Dada en la Sala de Sesionesdel Honorable Concejo Deliberante a losveinte días del mes de diciembre del añodos mil once.”“FIRMADO: Mariano Pablo Spina,Secretario del Honorable ConcejoDeliberante – Don Juan Manuel Le Bas,Presidente del Honorable ConcejoDeliberante.”

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Planificación Estratégica yAdministración General y de Gobierno y SeguridadCiudadana.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHISr. Daniel G. Larrache - Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2746/2011

Moron, 27 de Diciembre de 2011VISTO:

La Ordenanza Nº 14124/2011sancionada por el Honorable Concejo Deliberantecon fecha 20 de Diciembre del año 2011, el

expediente Nº 4079-14784/11-0 D.E. – 71046/11H.C.D. y,CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la LeyOrgánica de las Municipalidades, establece comoatribución del Departamento Ejecutivo, el promulgary publicar las disposiciones del Honorable ConcejoDeliberante.

Que en virtud de lo expuesto correspondedictar el pertinente acto administrativo.Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DEMORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº14124/11, sancionada por el Honorable ConcejoDeliberante en Sesión Extraordinaria celebrada eldía 20 de Diciembre del año 2011, cuyo texto setranscribe:

“Artículo 1º: Convalídase elProtocolo Complementario al AcuerdoMarco de fecha 19 de junio de2011, “Unidades Sanitarias Ambientales”,registrado bajo el Nº 726/11, suscriptocon la Autoridad de Cuenca MatanzaRiachuelo.”

“Artículo 2º: Comuníquese alDepartamento Ejecutivo.”

“Dada en la Sala de Sesionesdel Honorable Concejo Deliberante a losveinte días del mes de diciembre del añodos mil once.”“FIRMADO: Mariano Pablo Spina,Secretario del Honorable ConcejoDeliberante – Don Juan Manuel Le Bas,Presidente del Honorable ConcejoDeliberante.”

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Planificación Estratégica yAdministración General y de Gobierno y SeguridadCiudadana.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHISr. Daniel G. Larrache - Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2747/2011

Moron, 27 de Diciembre de 2011VISTO:

La Ordenanza Nº 14125/2011sancionada por el Honorable Concejo Deliberantecon fecha 20 de Diciembre del año 2011, elexpediente Nº 4079-18329/11-0 D.E. – 70883/11H.C.D. y,CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la LeyOrgánica de las Municipalidades, establece comoatribución del Departamento Ejecutivo, el promulgary publicar las disposiciones del Honorable ConcejoDeliberante.

Que en virtud de lo expuesto correspondedictar el pertinente acto administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE

MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº14125/11, sancionada por el Honorable ConcejoDeliberante en Sesión Extraordinaria celebrada eldía 20 de Diciembre del año 2011, cuyo texto setranscribe:

“Artículo 1º: Convalídase elConvenio Específico “Plan Sanitario deEmergencia Implemetación de losNodos de Vigilancia Epidemiológicos”registrado bajo el Nº 630/11, suscriptocon la Autoridad de Cuenca MatanzaRiachuelo, el Ministerio de Salud dela Nación, el Ministerio de Salud de laProvincia de Buenos Aires y losMunicipios de: Almirante Brown,

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIG ESTO MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 65

Avellaneda, Cañuelas, EstebanEcheverría, Ezeiza, Gral. La Heras, LaMatanza, Lanús, Lomas de Zamora,Marcos Paz, Morón, Merlo, Pte. Perón ySan Vicente.”“Artículo 2º: Comuníquese alDepartamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones delHonorable Concejo Deliberante a losveinte días del mes de diciembre del añodos mil once.”“FIRMADO: Mariano Pablo Spina,Secretario del Honorable ConcejoDeliberante – Don Juan Manuel Le Bas,Presidente del Honorable ConcejoDeliberante.”

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Planificación Estratégica yAdministración General y de Gobierno y SeguridadCiudadana.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHISr. Daniel G. Larrache - Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2748/2011

Moron, 27 de Diciembre de 2011VISTO:

La Ordenanza Nº 14126/2011sancionada por el Honorable Concejo Deliberantecon fecha 20 de Diciembre del año 2011, elexpediente Nº 4079-18441/11-0 D.E. – 70900/11H.C.D. y,CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la LeyOrgánica de las Municipalidades, establece comoatribución del Departamento Ejecutivo, el promulgary publicar las disposiciones del Honorable ConcejoDeliberante.

Que en virtud de lo expuesto correspondedictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DEMORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº14126/11, sancionada por el Honorable ConcejoDeliberante en Sesión Extraordinaria celebrada eldía 20 de Diciembre del año 2011, cuyo texto setranscribe:

“Artículo 1º: Convalídase elConvenio Marco de ColaboraciónRecíproca registrado bajo el Nº678/11, suscripto con la UniversidadTecnológica Nacional – FacultadRegional Haedo”

“Artículo 2º: Comuníquese alDepartamento Ejecutivo.”

“Dada en la Sala de Sesionesdel Honorable Concejo Deliberante a losveinte días del mes de diciembre del añodos mil once.”“FIRMADO: Mariano Pablo Spina,Secretario del Honorable ConcejoDeliberante – Don Juan Manuel Le Bas,Presidente del Honorable ConcejoDeliberante.”

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Planificación Estratégica yAdministración General y de Gobierno y SeguridadCiudadana.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHISr. Daniel G. Larrache - Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2749/2011

Moron, 27 de Diciembre de 2011VISTO:

La Ordenanza Nº 14128/2011sancionada por el Honorable Concejo Deliberante

con fecha 20 de Diciembre del año 2011, elexpediente Nº 4079-18958/11-0 D.E. – 71059/11H.C.D. y,CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la LeyOrgánica de las Municipalidades, establece comoatribución del Departamento Ejecutivo, el promulgary publicar las disposiciones del Honorable ConcejoDeliberante.

Que en virtud de lo expuesto correspondedictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DEMORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº14128/11, sancionada por el Honorable ConcejoDeliberante en Sesión Extraordinaria celebrada eldía 20 de Diciembre del año 2011, cuyo texto setranscribe:

“Artículo 1º: Convalídase el ConvenioMarco de Colaboración registrado bajo elNº 763/11, suscripto con la Asociación CivilAgora Ludus.”“Artículo 2º: Comuníquese alDepartamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones delHonorable Concejo Deliberante a losveinte días del mes de diciembre del añodos mil once.”“FIRMADO: Mariano Pablo Spina,Secretario del Honorable ConcejoDeliberante – Don Juan Manuel Le Bas,Presidente del Honorable ConcejoDeliberante.”

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Planificación Estratégica yAdministración General y de Gobierno y SeguridadCiudadana.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHISr. Daniel G. Larrache - Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2750/2011

Moron, 27 de Diciembre de 2011VISTO:

La Ordenanza Nº 14127/2011sancionada por el Honorable Concejo Deliberantecon fecha 20 de Diciembre del año 2011, elexpediente Nº 4079-10059/11-0 D.E. – 71058/11H.C.D. y,CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la LeyOrgánica de las Municipalidades, establece comoatribución del Departamento Ejecutivo, el promulgary publicar las disposiciones del Honorable ConcejoDeliberante.

Que en virtud de lo expuesto correspondedictar el pertinente acto administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE

MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº14127/11, sancionada por el Honorable ConcejoDeliberante en Sesión Extraordinaria celebrada eldía 20 de Diciembre del año 2011, cuyo texto setranscribe:

“Artículo 1º: Convalídase la ADDENDA alConvenio Popular correspondiente a laObra: “Nueva Urbanización Barrio CarlosGardel – Etapa III”, del Programa Federalde Urbanización de Villas y AsentamientosPrecarios, registrada bajo el Nº 760/11,suscripta con la Subsecretaría deDesarrollo Urbano y Vivienda dependientede la Secretaría de Obras y ServiciosPúblicas del Ministerio de PlanificaciónFederal, Inversión Pública y Servicios y el

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIG ESTO MUNICIPAL

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BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 66

Instituto Provincial de Vivienda dela Provincia de Buenos Aires.”“Artículo 2º: Comuníquese alDepartamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones delHonorable Concejo Deliberante a losveinte días del mes de diciembre del añodos mil once.”“FIRMADO: Mariano Pablo Spina,Secretario del Honorable ConcejoDeliberante – Don Juan Manuel Le Bas,Presidente del Honorable ConcejoDeliberante.”

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Planificación Estratégica yAdministración General y de Gobierno y SeguridadCiudadana.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHISr. Daniel G. Larrache - Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2751/2011

Moron, 29 de Diciembre de 2011VISTO:

La Ordenanza Nº 14135/2011sancionada por el Honorable Concejo Deliberantecon fecha 28 de Diciembre del año 2011, elexpediente Nº 4079-21671/10-0 D.E. – 69831/10H.C.D. y,CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la LeyOrgánica de las Municipalidades, establece comoatribución del Departamento Ejecutivo, el promulgary publicar las disposiciones del Honorable ConcejoDeliberante.

Que en virtud de lo expuesto correspondedictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DEMORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº14135/11, sancionada por el Honorable ConcejoDeliberante en Sesión Extraordinaria celebrada eldía 28 de Diciembre del año 2011, cuyo texto setranscribe:

“Artículo 1º: Convalídase el Contrato deFideicomiso denominado “FideicomisoEstadio y Sede Club Deportivo Morón”,registrado bajo el Nº 781/11, suscripto enel Marco de la Ley 24.441, con el ClubDeportivo Morón, el Grupo DesarrolladorMorón Sociedad Anónima, Vila SebastiánArquitectos S.R.L. y BAPROMandatos y Negocios Sociedad Anónima.”“Artículo 2º: Comuníquese alDepartamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones delHonorable Concejo Deliberante a losveintiocho días del mes de diciembre delaño dos mil once.”“FIRMADO: Mariano Pablo Spina,Secretario del Honorable ConcejoDeliberante – Don Juan Manuel Le Bas,Presidente del Honorable ConcejoDeliberante.”

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Planificación Estratégica yAdministración General y de Gobierno y SeguridadCiudadana (interino).ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHISr. Daniel G. Larrache - Dr. Hernán Sabbatella

* * *DECRETO Nº 2752/2011

Moron, 29 de Diciembre de 2011VISTO:

La Ley Orgánica de las MunicipalidadesDecreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el

Decreto Provincial Nº 2980/00, el expediente Nº4079-21401/11-0 D.E. y,CONSIDERANDO:

Que a través del expediente citado en elVisto los Órganos Ejecutores de cada Secretaría handado conformidad a las necesidades planteadas porlos diversos sectores respecto de proceder a larealización de las adecuaciones presupuestariassolicitadas.

Que la Ordenanza General dePresupuesto para el ejercicio fiscal 2011, dispone ensus artículos 11º y 17º la modalidad deprocedimiento para la modificación de los créditospresupuestarios.

Que el artículo 119º de la Ley Orgánica delas Municipalidades establece el procedimiento aseguir para las ampliaciones o creaciones departidas presupuestarias.

Que han tomado debida intervenciónDirección de Contaduría y la Oficina Municipal dePresupuesto, y adjunta esta última proyecto de actoadministrativo al efecto.

Que en virtud de lo expuesto, correspondeproceder al dictado del acto administrativopertinente, de conformidad con lo dispuesto en elartículo Nº 105º de la Ordenanza 11.654 deProcedimiento Administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DEMORÓN

DECRETA:ARTÍCULO 1º: Disminúyanse en el PresupuestoGeneral de Gastos por un total de PesosCuatrocientos mil ($ 400.000.-) en las siguientespartidas:

Subjurisdicción Cat.Program

Objeto delGasto

Importe

Fuente de Financiamiento 1101110111000 65.80.00 4.2.1.0 400.000,00

Total 110 $ 400.000,00

Total $ 400.000,00

ARTÍCULO 2º: Increméntase en el PresupuestoGeneral de Gastos por un total de PesosCuatrocientos mil ($400.000.-) en las siguientespartidas:

Subjurisdicción Cat.Program

Objeto delGasto

Importe

Fuente de Financiamiento 1101110111000 37.01.00 3.4.9.0 400.000,00

Total 110 $ 400.000,00

Total $ 400.000,00

ARTÍCULO 3º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Planificación Estratégica yAdministración General y el Jefe de Gabinete.ARTÍCULO 4º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHISr. Daniel G. Larrache - Sr. Damián E. Aguilar

* * *DECRETO Nº 2753/2011

Moron, 29 de Diciembre de 2011VISTO:

El Decreto 2571/11 y Nº 1471/08 y,CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 1471/08, se designóal Dr. Salinas Jorge Luis en el cargo de Director delHospital Municipal de Morón “Ostaciana B. deLavignolle”.

Que por el Decreto Nº 2571/11, semodíficó la estructura organizativa de la Secretaríade Salud y Desarrollo Social y se establecen lasmisiones y funciones de la citada Secretaría,requiriendo la misma del asesoramiento permanente

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BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 67

a los fines de establecer los requisitos sustancialesque demanden las acciones y proyectos adesarrollarse en esa dependencia, analizando ymaterializando los instrumentos de gestiónnecesarios al efecto.

Que el Dr. Salinas Jorge Luis, resulta en elcaso la persona idónea para asumir laresponsabilidad de Asesor de la Secretaría de Saludy Desarrollo Social.

Que en razón de lo expuesto, resultaprocedente dictar el acto administrativo pertinente,de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo IVdel Decreto Ley Nº 6769/58 y el artículo 105º de laOrdenanza Nº 11.654 de ProcedimientoAdministrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE

MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Cese en el cargo de Director delHospital Municipal de Morón “Ostaciana B. deLavignolle”, el Dr. Jorge Luis Salinas (L.E. Nº04.894.300) - (Legajo Nº 12489100), a partir del día28 de Diciembre del año 2011.ARTICULO 2º: Desígnase al Dr. Jorge Luis Salinas(L.E. Nº 04.894.300) - (Legajo Nº 12489100), en elcargo de Asesor de la Secretaría de Salud yDesarrollo Social, con rango de Director, con unrégimen horario de cuarenta y ocho (48) horassemanales de labor, a partir de la fechaprecedentemente mencionada.ARTICULO 3º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Gobierno y Seguridad Ciudadana yde Planificación Estratégica y AdministraciónGeneral.ARTICULO 4º: Regístrese. Comuníquese a laDirección de Recursos Humanos. Publíquese en elBoletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHISr. Daniel G. Larrache - Sr. Diego Spina

* * *DECRETO Nº 2755/2011

Moron, 29 de Diciembre de 2011VISTO:

La Ordenanza Nº 14134/2011sancionada por el Honorable Concejo Deliberantecon fecha 28 de Diciembre del año 2011, elexpediente Nº 4079-16957/10-0 D.E. - 71093/11H.C.D. y adjunto Nº 4079-13464/11-0 D.E. (VICuerpos) y,CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la LeyOrgánica de las Municipalidades, establece comoatribución del Departamento Ejecutivo, el promulgary publicar las disposiciones del Honorable ConcejoDeliberante.

Que en virtud de lo expuesto correspondedictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DEMORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº14134/11, sancionada por el Honorable ConcejoDeliberante en Sesión Extraordinaria celebrada eldía 28 de Diciembre del año 2011, cuyo texto setranscribe:

“Artículo 1º: Autorízase al DepartamentoEjecutivo a reconocer la variación deprecios, a Mayo del año 2010, en formaprovisoria, favor de IECSA S.A. tramitadopor Expte. Nº 71093/11 H.C.D. - 4079-16957/10-0 D.E., por un valor de $28.638.357,80 (pesos veintiocho millonesseiscientos treinta y ocho mil trescientoscincuenta y siete con 80/100), en lostérminos del Acta Complementaria,suscripta (registrado bajo el Nº 514/11),entre la Subsecretaría de Obras Públicas,dependiente de la Secretaría de ObrasPúblicas del Ministerio de Planificación

Federal, Inversión Pública y Servicios de laNación, y el Municipio de Morón donde laprimera se compromete a la ampliación dela asistencia financiera, por un monto de $28.638.357,80 (pesos veintiocho millonesseiscientos treinta y ocho mil trescientoscincuenta y siete con 80/100) al Municipiode Morón, ad referendum de la Secretaríade Obras Públicas y disponibilidadespresupuestarias existentes.”“Artículo 2º: La deuda reconocida en elartículo 1º debió comprometer los saldosexistentes en la partida presupuestaria;Jurisdicción 11101111000, Fuente deFinanciamiento 133, Objeto del Gasto:4.2.1.0, Categoría Programática 60.52.00del ejercicio 2010.”“Artículo 3º: Comuníquese alDepartamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones delHonorable Concejo Deliberante a losveintiocho días del mes de diciembre delaño dos mil once.”“FIRMADO: Mariano Pablo Spina,Secretario del Honorable ConcejoDeliberante – Don Juan Manuel Le Bas,Presidente del Honorable ConcejoDeliberante.”

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Economía y Finanzas y de Gobiernoy Seguridad Ciudadana (interino).ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHIC.P. Eduardo D. Aseff - Dr. Hernán Sabbatella

* * *DECRETO Nº 2756/2011

Moron, 29 de Diciembre de 2011VISTO:

El expediente Nº 4079-21228/11-0 D.E.,con relación a lo previsto en el Artículo 173º de laLey Orgánica de las Municipalidades y el artículo 42ºdel Decreto Provincial Nº 2980/00 Disposiciones deAdministración de los Recursos Financieros y Realesen el Ambito Municipal de la Provincia de BuenosAires y,CONSIDERANDO:

Que resulta necesario encuadrar lasoperaciones de ingreso y egreso de fondos que sedevenguen en el ejercicio cerrado al 31 de Diciembrede 2011, respecto de las que se encuentranpendientes de perfeccionamiento por su operatorianatural.

Que asimismo interviene la ContaduríaGeneral adjuntando proyecto de acto administrativoal efecto.

Que en razón de lo expuesto, se procedeal dictado del acto administrativo pertinente, deconformidad con lo dispuesto en el artículo 105º dela Ordenanza Nº 11.654 de ProcedimientoAdministrativo.Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DEMORÓN

DECRETA:ARTÍCULO 1º: Prorrógase la vigencia del Cálculo deRecursos y del Presupuesto General de Gastos delejercicio 2011, hasta el día 11 de Enero del año2012 inclusive, en los términos de los artículos 173ºde la Ley Orgánica de las Municipalidades y 42º delDecreto Provincial Nº 2980/00 Disposiciones deAdministración de los Recursos Financieros y Realesen el Ambito Municipal de la Provincia de BuenosAires.ARTÍCULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Economía y Finanzas y de Gobiernoy Seguridad Ciudadana (interino).ARTÍCULO 3º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHIC.P. Eduardo D. Aseff - Dr. Hernán Sabbatella

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIG ESTO MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 68

* * *DECRETO Nº 2757/2011

Moron, 29 de Diciembre de 2011VISTO:

La Ordenanza Nº 14136/2011sancionada por el Honorable Concejo Deliberantecon fecha 28 de Diciembre del año 2011, elexpediente Nº 4079-21350/09-0 D.E. – 68246/09H.C.D. y,CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la LeyOrgánica de las Municipalidades, establece comoatribución del Departamento Ejecutivo, el promulgary publicar las disposiciones del Honorable ConcejoDeliberante.

Que en virtud de lo expuesto correspondedictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DEMORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº14136/11, sancionada por el Honorable ConcejoDeliberante en Sesión Extraordinaria celebrada eldía 28 de Diciembre del año 2011, cuyo texto setranscribe:

“Artículo 1º: Prorrógase la vigencia de laOrdenanza Nº 12171/09 para el ejercicio2012.”“Artículo 2º: Comuníquese alDepartamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones delHonorable Concejo Deliberante a losveintiocho días del mes de diciembre delaño dos mil once.”“FIRMADO: Mariano Pablo Spina,Secretario del Honorable ConcejoDeliberante – Don Juan Manuel Le Bas,Presidente del Honorable ConcejoDeliberante.”

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Planificación Estratégica yAdministración General y de Gobierno y SeguridadCiudadana (interino).ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHISr. Daniel G. Larrache - Dr. Hernán Sabbatella

* * *DECRETO Nº 2758/2011

Moron, 29 de Diciembre de 2011VISTO:

Los Decretos Nº 669/95, Nº 2500/08 Nº2443/11, la Nota registrada bajo el número 94622/11y,CONSIDERANDO:

Que por los Decretos citados en el Visto,fueron designados el Dr. Schettino Angel, como JuezMunicipal de Faltas, a cargo del Juzgado Nº 2 y laDra. Cholvis Nora, como Juez Municipal de Faltas, acargo del Juzgado Nº 3, respectivamente.

Que por el Decreto Nº 2443/11, se leasignó a la Jueza Municipal de Faltas, a cargo delJuzgado Municipal de Faltas Nº 4, Dra. GuimareyMaría del Carmen , a partir del día 21 de Noviembrehasta el día 6 de Diciembre del año 2011 inclusive,la firma del despacho correspondiente al JuzgadoMunicipal de Faltas Nº 2.

Que asimismo se le asignó a la JuezaMunicipal de Faltas, a cargo del Juzgado Municipalde Faltas Nº 3, Dra. Cholvis Nora , a partir del día 7hasta el día 22 de Diciembre del año 2011 inclusive,la firma del despacho correspondiente al JuzgadoMunicipal de Faltas Nº 2, cesando esta delegación ala fecha de reincorporación del Dr. Schettino Angel .

Que por las actuaciones citada en el Visto,la Dirección de Recursos Humanos informa que elDr. Schettino a partir del día 12 de Diciembre del año2011 cortó su licencia ordinaria por problemas desalud, continuando con licencia por enfermedad.

Que a su vez interviene la DirecciónAdministrativa de Infracciones solicitando que al Dr.Schettino se le prorrogue la licencia otorgadaoportunamente por el Decreto Nº 2443/11.

Que en razón de lo expuesto correspondedelegar en otro funcionario, la firma del despacho delJuzgado Nº 2, a efectos de evitar resentir en elnormal desenvolvimiento de las tareas del área.

Que en virtud de ello, corresponde dictar elpertinente acto administrativo, de conformidad con loestablecido en el artículo 105º de la Ordenanza Nº11.654 de Procedimiento Administrativo.Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DEMORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Prorróguese la asignación de laJueza Municipal de Faltas, a cargo del JuzgadoMunicipal de Faltas Nº 3, Dra. Cholvis Nora (DNI Nº06.264.785), desde el día 23 de Diciembre del año2011 inclusive, la firma del despachocorrespondiente al Juzgado Municipal de Faltas Nº2, cesando esta delegación en la fecha de suefectiva reincorporación del Dr. Schettino Angel (LENº 07.869.222) – (Legajo Nº 59.287).ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Gobierno y Seguridad Ciudadana(interino) y de Planificación Estratégica yAdministración General.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHISr. Daniel G. Larrache - Dr. Hernán Sabbatella

* * *DECRETO Nº 2759/2011

Moron, 29 de Diciembre de 2011VISTO:

Los Decretos Nº Nº 358/09, Nº 581/11 y Nº2588/11, la Nota Nº 95332/11 y,CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 358/09 fuedesignada en el cargo de Directora de AsuntosLegales, la Dra. Frizzera María Elena.

Que por el Decreto Nº 2588/11 fuedesignada en el cargo de Directora de ActuacionesJudiciales, la Dra. Patricia Marta Rodríguez.Que por el Decreto Nº 581/11, fue designada la Dra.Deleandra Cocciaglia, dentro de la Planta dePersonal Temporario, en la categoría CoordinadoraDirección.

Que la Dra. Frizzera hará uso de licenciaordinaria a partir del día 9 de Enero hasta el día 5 deFebrero de 2012 inclusive.

Que la Dra. Rodríguez hará uso delicencia ordinaria a partir del día 9 hasta el día 29 deEnero de 2012 inclusive.

Que en razón de lo expuesto correspondedesignar interinamente a otro funcionario delMunicipio, en las Direcciones de Asuntos Legales yActuaciones Judiciales, a efectos de evitar resentir elnormal desenvolvimiento de las tareas de las áreas.

Que siendo la Dra. Deleandra Cocciaglia,Coordinadora de Dictámenes la funcionaria idóneapara el desempeño de las tareas delegadas,corresponde efectuar la sustitución de lacompetencia hasta el reintegro de las Dras. Frizzeray Rodríguez.

Que en virtud de lo expuesto correspondeproceder al dictado del pertinente el actoadministrativo, de conformidad con lo establecido enel artículo 105º de la Ordenanza 11.654 deProcedimiento Administrativo.

Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE

MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Desígnase a partir del día 9 de Enerohasta el día 5 de Febrero del año 2012 inclusive, a laDra. Deleandra Cocciaglia (Legajo Nº 20182300)con carácter interina, en el cargo de Directora deAsuntos Legales, dependiente de la Secretaría de

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BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 69

Gobierno y Seguridad Ciudadana, mientras dure lalicencia la licencia de la Dra. Frizzera María Elena,con reserva de su actual cargo de revista.ARTICULO 2º: Asígnasele a partir del día 9 hasta eldía 29 de Enero del año 2012 inclusive, a la Dra.Deleandra Cocciaglia (Legajo Nº 20182300) lafirma de Dirección de Actuaciones Judiciales,dependiente de la Secretaría de Gobierno ySeguridad Ciudadana, mientras dure la licencia lalicencia de la Dra. Patricia Marta Rodríguez, conreserva de su actual cargo de revista.ARTICULO 3º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Gobierno y Seguridad Ciudadana(interino) y de Planificación Estratégica yAdministración General.ARTICULO 4º: Dése al Registro de Decretos einfórmese a la Dirección de Recursos Humanos.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHISr. Daniel G. Larrache - Dr. Hernán Sabbatella

* * *DECRETO Nº 2766/2011

Moron, 30 de Diciembre de 2011VISTO:

El Decreto Nº 1378/11, el expediente Nº4079-21355/11-0 D.E. y,CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 1378/11, se declaró deInterés Municipal la Marcha por la Conmemoracióndel 35º Aniversario del Apagón de Ledesma, que serealizó en la Localidad de General Libertador,Provincia de Jujuy, el día 21 de Julio del año 2011. Que a fs. 1/2 del expediente citado en elVisto, la Dirección de Derechos Humanos, con elaval de la Secretaría de Relaciones con laComunidad y Abordajes Integrales, solicita elreintegro de fondos a nombre de la Titular de esaDirección, Lic. Antonela Di Vruno, debido alincremento de gastos que demandó su participaciónen las actividades precedentemente mencionadas,por la suma de Pesos Tres mil seiscientos treinta ynueve con veintinueve centavos ($ 3.639,29.-).

Que a fs. 24 la Dirección de Contaduríaagrega Solicitud de Gastos en la cual consta lacorrespondiente Imputación Presupuestaria.

Que en razón de ello, corresponde dictarel pertinente acto administrativo, de conformidad conlo establecido en el artículo 105º de la Ordenanza Nº11.654 de Procedimiento Administrativo.Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTÍCULO 1º: Autorízase el reintegro de gastos anombre de la Directora de Derechos Humanos, Lic.Antonela Di Vruno, devengadas con motivo de suparticipación en las actividades que se desarrollaronen la Marcha por la Conmemoración del 35ºAniversario del Apagón de Ledesma, que se realizóen la Localidad de General Libertador, Provincia deJujuy, el día 21 de Julio del año 2011, por la sumade Pesos Tres mil seiscientos treinta y nueve conveintinueve centavos ($ 3.639,29.-).ARTÍCULO 2º: Por la Dirección de Contaduría,líbrese orden de pago a nombre de la Directora deDerechos Humanos, Lic. Antonela Di Vruno, por lasuma de Pesos Tres mil seiscientos treinta y nuevecon veintinueve centavos ($ 3.639,29.-), con cargode oportuna y documentada rendición de cuentas.ARTÍCULO 3º: Impútese el gasto autorizado a laJurisdicción: 1110108000 – SubjurisdicciónRelaciones con la Comunidad, Unidad Ejecutora: 31– Secretaría de Relaciones con la Comunidad,Fuente de Financiamiento: 110 – Tesoro Municipal.ARTÍCULO 4º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Gobierno y Seguridad Ciudadana(interino) y de Economía y Finanzas.ARTÍCULO 5º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHIC.P. Eduardo D. Aseff - Dr. Hernán Sabbatella

* * *

DECRETO Nº 2767/2011Moron, 30 de Diciembre de 2011

VISTO:El expediente Nº 4079-21220/11-0 D.E. y,

CONSIDERANDO:Que a fs. 1 del expediente citado en el

Visto, la C.P. Stella Maris Santos, Asesora delDepartamento Ejecutivo, solicita el reintegro defondos, debido a los gastos incurridos enoportunidad del desarrollo de las tareasencomendadas en distintas actividades, durante elperíodo comprendido entre el mes de Enero hasta elmes de Julio del corriente año, por la suma de PesosUn mil setecientos cuarenta y nueve con veintitréscentavos ($ 1.749,23.-). A fs. 4/49 lucedocumentación referente a las actividadesprecedentemente mencionada.

Que a fs. 67 toma debida intervención laDirección de Contaduría efectuando lacorrespondiente Solicitud de Gastos.

Que en razón de ello, corresponde dictarel pertinente acto administrativo, de conformidad conlo establecido en el artículo 105º de la Ordenanza Nº11.654 de Procedimiento Administrativo.Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTÍCULO 1º: Autorízase el reintegro de gastos anombre de la C.P. Stella Maris Santos, Asesora delDepartamento Ejecutivo, devengados en oportunidaddel desarrollo de las tareas encomendadas endistintas actividades, durante el períodocomprendido entre el mes de Enero hasta el mes deJulio del año 2011, por la suma de Pesos Un milsetecientos cuarenta y nueve con veintitrés centavos($ 1.749,23.)ARTÍCULO 2º: Por la Dirección de Contaduría,líbrese orden de pago a nombre de la Asesora delDepartamento Ejecutivo, C.P. Stella Maris Santos,por la suma de Pesos Un mil setecientos cuarenta ynueve con veintitrés centavos ($ 1.749,23.-), concargo de oportuna y documentada rendición decuentas.ARTÍCULO 3º: Impútese el gasto autorizado a laJurisdicción: 1110111000 – SubjurisdicciónPlanificación Estratégica, Unidad Ejecutora: 41 –Secretaría de Planeamiento Estratégico, Fuente deFinanciamiento: 110 – Tesoro Municipal.ARTÍCULO 4º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Gobierno y Seguridad Ciudadana(interino) y de Economía y Finanzas.ARTÍCULO 5º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHIC.P. Eduardo D. Aseff - Dr. Hernán Sabbatella

* * *DECRETO Nº 2768/2011

Moron, 30 de Diciembre de 2011VISTO:

La Ordenanza Nº 14114/2011sancionada por el Honorable Concejo Deliberantecon fecha 20 de Diciembre del año 2011, elexpediente Nº 4079-20541/09-0 D.E. – 68921/10H.C.D. y,CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la LeyOrgánica de las Municipalidades, establece comoatribución del Departamento Ejecutivo, el promulgary publicar las disposiciones del Honorable ConcejoDeliberante.

Que en virtud de lo expuesto correspondedictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DEMORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº14114/11, sancionada por el Honorable ConcejoDeliberante en Sesión Extraordinaria celebrada eldía 20 de Diciembre del año 2011, cuyo texto setranscribe:

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BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 70

“Artículo 1º: Autorízase al DepartamentoEjecutivo a reconocer la variación deprecios, a favor de Construmex S.A.Tramitado por Expte. 68921/10 H.C.D. -4079-20541/09-0 D.E. por un valor de $33.561 (pesos treinta y tres mil quinientossesenta y uno) de la obra “74 cuadras depavimento de concreto asfáltico concordón cuneta de hormigón y obras dedesagües pluviales complementarios”, enlos términos del artículo 54º del Anexo delDecreto Nº 2980/00 de la Provincia deBuenos Aires relacionado con la Reformade la Administración de los RecursosFinancieros y Reales en el ÁmbitoMunicipal de la Provincia de BuenosAires.”“Artículo 2º: La deuda reconocida en elartículo 1º debió comprometer los saldosexistentes en la partida presupuestaria;jurisdicción 11101111000, Fuente deFinanciamiento 133, Objeto del Gasto4.2.2.0, Categoría Programática 60.79.00

del ejercicio 2010.”“Artículo 3º: Comuníquese alDepartamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones delHonorable Concejo Deliberante a losveinte días del mes de diciembre del añodos mil once.”“FIRMADO: Mariano Pablo Spina,Secretario del Honorable ConcejoDeliberante – Don Juan Manuel Le Bas,Presidente del Honorable ConcejoDeliberante.”

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Economía y Finanzas y de Gobiernoy Seguridad Ciudadana.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHIC.P. Eduardo D. Aseff - Dr. Hernán Sabbatella

* * *DECRETO Nº 2769/2011

Moron, 30 de Diciembre de 2011VISTO:

La Ordenanza Nº 14115/2011sancionada por el Honorable Concejo Deliberantecon fecha 20 de Diciembre del año 2011, elexpediente Nº 4079-16773/11-0 D.E. – 70971/11H.C.D. y,CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la LeyOrgánica de las Municipalidades, establece comoatribución del Departamento Ejecutivo, el promulgary publicar las disposiciones del Honorable ConcejoDeliberante.

Que en virtud de lo expuesto correspondedictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DEMORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº14115/11, sancionada por el Honorable ConcejoDeliberante en Sesión Extraordinaria celebrada eldía 20 de Diciembre del año 2011, cuyo texto setranscribe:

“Artículo 1º: Declárase de legítimo abonola suma total de $ 7.258,08 (pesos sietemil doscientos cincuenta y ocho con ochocentavos) en concepto de liquidaciónretroactiva de adicional Título Especialista,correspondiente al mes de Diciembredel año 2010, a los agentes que acontinuación se detallan y por lasuma que en cada caso se indica, deacuerdo a lo normado por el artículo 54ºdel Decreto Provincial Nº 2980/00,conforme las constancias obrantes en el

Expte. Nº 70971/11 H.C.D. - 4079-16773/11-0 D.E..

Categoría Programática

Legajo Apellidoy

Nombre

Importe Jurisdicción Partida Subtotal

43596 Torres Rubén Oscar $ 610,95 4 22.00.00

179690 Calvano ZuñigaSalvador Antonio

$1.194,64 4 22.00.00

220934 Gioia SusanaBeatriz

$ 916,43 4 22.00.00

201289 Peñayo AlejandroManuel

$ 1.194,64 4 22.00.00 $ 3.916,66

165289 Rey Viviana $ 886,44 4 23.01.00

185078 Bujan Adriana Hilda $ 1.194,64 4 23.01.00

185889 Milano KarinaRaquel

$ 1.260,34 4 23.01.00 $ 3.341,42

$ 7.258,08 $ 7.258,08

“Artículo 2º: Comuníquese alDepartamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones delHonorable Concejo Deliberante a losveinte días del mes de diciembre del añodos mil once.”“FIRMADO: Mariano Pablo Spina,Secretario del Honorable ConcejoDeliberante – Don Juan Manuel Le Bas,Presidente del Honorable ConcejoDeliberante.”

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Economía y Finanzas y de Gobiernoy Seguridad Ciudadana.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHIC.P. Eduardo D. Aseff - Dr. Hernán Sabbatella

* * *DECRETO Nº 2770/2011

Moron, 30 de Diciembre de 2011VISTO:

La Ordenanza Nº 14130/2011sancionada por el Honorable Concejo Deliberantecon fecha 27 de Diciembre del año 2011, elexpediente Nº 4079-20029/10-1 D.E. – 71080/11H.C.D. y,CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la LeyOrgánica de las Municipalidades, establece comoatribución del Departamento Ejecutivo, el promulgary publicar las disposiciones del Honorable ConcejoDeliberante.

Que en virtud de lo expuesto correspondedictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DEMORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº14130/11, sancionada por el Honorable ConcejoDeliberante en Sesión Extraordinaria celebrada eldía 27 de Diciembre del año 2011, cuyo texto setranscribe:

“Artículo 1º: Convalídase el ActaComplementaria Nº 2 registrada bajo el Nº778/11, suscripta con el ConsejoProfesional Analistas AmbientalesRepública Argentina.”“Artículo 2º: Comuníquese alDepartamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones delHonorable Concejo Deliberante a losveintisiete días del mes de diciembre delaño dos mil once.”“FIRMADO: Mariano Pablo Spina,Secretario del Honorable ConcejoDeliberante – Don Juan Manuel Le Bas,Presidente del Honorable ConcejoDeliberante.”

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Planificación Estratégica y

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Administración General y de Gobierno y SeguridadCiudadana (interino).ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

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* * *DECRETO Nº 2771/2011

Moron, 30 de Diciembre de 2011VISTO:

La Ordenanza Nº 14132/2011sancionada por el Honorable Concejo Deliberantecon fecha 27 de Diciembre del año 2011, elexpediente Nº 4079-18255/11-0 D.E. – 71078/11H.C.D. y,CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la LeyOrgánica de las Municipalidades, establece comoatribución del Departamento Ejecutivo, el promulgary publicar las disposiciones del Honorable ConcejoDeliberante.

Que en virtud de lo expuesto correspondedictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DEMORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº14132/11, sancionada por el Honorable ConcejoDeliberante en Sesión Extraordinaria celebrada eldía 27 de Diciembre del año 2011, cuyo texto setranscribe:

“Artículo 1º: Convalídase la Carta Intenciónregistrada bajo el Nº 774/11, suscripta conla Subsecretaría de Promoción deDerechos Humanos de la Secretaría deDerechos Humanos de la Nación delMinisterio de Justicia de la Nación, en elmarco del Proyecto de FortalecimientoInstitucional de Areas de DerechosHumanos en el ámbito de los GobiernosMunicipales (EN – CLAVE DEDERECHOS).”“Artículo 2º: Comuníquese alDepartamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones delHonorable Concejo Deliberante a losveintisiete días del mes de diciembre delaño dos mil once.”“FIRMADO: Mariano Pablo Spina,Secretario del Honorable ConcejoDeliberante – Don Juan Manuel Le Bas,Presidente del Honorable ConcejoDeliberante.”

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Planificación Estratégica yAdministración General y de Gobierno y SeguridadCiudadana (interino).ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHISr. Daniel G. Larrache - Dr. Hernán Sabbatella

* * *DECRETO Nº 2773/2011

Moron, 30 de Diciembre de 2011VISTO:

La Ordenanza Nº 14129/2011sancionada por el Honorable Concejo Deliberantecon fecha 27 de Diciembre del año 2011, elexpediente Nº 4079-20175/11-0 D.E. – 71079/11H.C.D. y,CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la LeyOrgánica de las Municipalidades, establece comoatribución del Departamento Ejecutivo, el promulgary publicar las disposiciones del Honorable ConcejoDeliberante.

Que en virtud de lo expuesto correspondedictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DEMORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº14129/11, sancionada por el Honorable ConcejoDeliberante en Sesión Extraordinaria celebrada eldía 27 de Diciembre del año 2011, cuyo texto setranscribe:

“Artículo 1º: Modifícase el artículo 9 inc.b de la Ordenanza Nº 9875/07 delSistema Unico Municipal de Salud, elque quedará redactado de la siguientemanera:“Artículo 9º: Personal Escalafonario (PlantaPermanente). Inc.b) El personalincorporado al régimen escalafonariotendrá un escalafón horizontal decargos que constan de los siguientesgrados: Asistente, Agregado, SUMS E,SUMS D, SUMS C, SUMS B, SUMS A. Elgrado de asistente se adquiere al ingreso.Cada 5 (cinco) años y en formaautomática, mediante el dictado del actoadministrativo que así lo econozca, losprofesionales escalafonados seránencasillados en los grados superioresdescriptos en este artículo, hasta el SUMSA inclusive.”“Artículo 2º: La presente Ordenanzaentrará en vigencia a partir del 1º de marzode 2012.”“Artículo 3º: Comuníquese alDepartamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones delHonorable Concejo Deliberante a losveintisiete días del mes de diciembre delaño dos mil once.”“FIRMADO: Mariano Pablo Spina,Secretario del Honorable ConcejoDeliberante – Don Juan Manuel Le Bas,Presidente del Honorable ConcejoDeliberante.”

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Planificación Estratégica yAdministración General y de Gobierno y SeguridadCiudadana (interino).ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHISr. Daniel G. Larrache - Dr. Hernán Sabbatella

* * *DECRETO Nº 2774/2011

Moron, 30 de Diciembre de 2011VISTO:

La Ordenanza Nº 14131/2011sancionada por el Honorable Concejo Deliberantecon fecha 27 de Diciembre del año 2011, elexpediente Nº 4079-10882/11-2 D.E. – 71077/11H.C.D. y,CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la LeyOrgánica de las Municipalidades, establece comoatribución del Departamento Ejecutivo, el promulgary publicar las disposiciones del Honorable ConcejoDeliberante.

Que en virtud de lo expuesto correspondedictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DEMORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº14131/11, sancionada por el Honorable ConcejoDeliberante en Sesión Extraordinaria celebrada eldía 27 de Diciembre del año 2011, cuyo texto setranscribe:

“Artículo 1º: Convalídase el ActaComplementaria Nº 2 registrada bajo el Nº777/11, suscripta con la Asociación Civil“Fundación Educambiente”.”

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIG ESTO MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 72

“Artículo 2º: Comuníquese alDepartamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones delHonorable Concejo Deliberante a losveintisiete días del mes de diciembre delaño dos mil once.”“FIRMADO: Mariano Pablo Spina,Secretario del Honorable ConcejoDeliberante – Don Juan Manuel Le Bas,Presidente del Honorable ConcejoDeliberante.”

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto losSecretarios de Planificación Estratégica yAdministración General y de Gobierno y SeguridadCiudadana (interino).ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

LIC. LUCAS HERNÁN GHISr. Daniel G. Larrache - Dr. Hernán Sabbatella

* * *

RESOLUCIONES

RESOLUCIONES Nº 276/2011Moron, 16 de Diciembre de 2011

VISTO:La Ley Orgánica de las Municipalidades,

Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, elDecreto del Departamento Ejecutivo Nº 498/06, y elexpediente Nº 4397/11, por el Servicio de Impresión,solicitado por la Secretaría de PlanificaciónEstratégica y Administración General y,CONSIDERANDO:Que por Decreto del Departamento Ejecutivo Nº498/06 el Señor Intendente Municipal autoriza alSecretario de Economía y Finanzas a suscribircontratos, adjudicar, anular y ampliar lasadquisiciones, contrataciones y obras públicas delDepartamento Ejecutivo comprendidas en losartículos 133º, 151º y 156º del Decreto Ley Nº6769/58, que no excedan los montos de lasLicitaciones Privadas según la normativa vigente.

Que para el presente, deacuerdo a lo dispuesto en los artículos 151º, 153º y156º de la Ley Orgánica Municipal, resulta deaplicación los términos del artículo 156º inciso 9(Servicio de Impresión) de la mencionada Ley.

Que la Dirección de Control deProcedimientos ha tomado debida intervención sinformular observaciones al presente trámite.Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar lapresente Resolución Administrativa.

Por ello:LA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS

DEL MUNICIPIO DE MORÓNRESUELVE:

ARTICULO 1º: Adjudícase el Servicio de Impresión,tramitado por expediente Nº 4397/11, solicitado porla Secretaría de Planificación Estratégica yAdministración General a MATTOS RAÚL ENRIQUEen la suma total de Pesos Cincuenta y cuatro mil ($54.000.-).ARTICULO 2º: Autorízase a la Dirección deContaduría a emitir la orden de pago según lasformas establecidas en el Pliego de Bases yCondiciones, imputando el gasto en la UnidadEjecutora: 41, Fuente de Financiamiento 110, dentrode la clasificación obrante en la solicitud de gastosNº 7508.ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

Dra. Carla Karina Donato - Dr. Eduardo D. Aseff* * *

RESOLUCIONES Nº 277/2011Moron, 16 de Diciembre de 2011

VISTO:La Ley Orgánica de las Municipalidades,

Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, laLicitación Privada Nº 106/11, tramitada porexpediente Nº 4025/2011, referente a la Adquisiciónde Medicamentos, solicitado por el HospitalMunicipal de Morón “Ostaciana B. de Lavignolle”,dependiente de la Secretaría de Salud y DesarrolloSocial, el Pliego de Bases y Condiciones Generales,el Decreto Provincial Nº 2980/00 y el Decreto delDepartamento Ejecutivo Nº 498/06 y,CONSIDERANDO:

Que por Decreto del DepartamentoEjecutivo Nº 498/06 el Señor Intendente Municipalautoriza al Secretario de Economía y Finanzas asuscribir contratos, adjudicar, anular y ampliar lasadquisiciones, contrataciones y obras públicas delDepartamento Ejecutivo comprendidas en losartículos 133º, 151º y 156º del Decreto Ley Nº6769/58, que no excedan los montos de lasLicitaciones Privadas según la normativa vigente.

Que luego del llamado a licitaciónrealizada de acuerdo a lo dispuesto en los artículos151º y 153º de la Ley Orgánica Municipal,concurrieron las firmas: DROGUERIA PROGENS.A., D.N.M. FARMA S.A., DROGUERIA GENESISS.A., DROGUERIA ZETA S.R.L., DROGUERIALUMA S.A., XIMAX S.R.L., CIENTIFICAEXPRESS S.R.L., LABORATORIOS FABRA S.A.,KLONAL S.R.L., DROGUERIA EXPRESS S.R.L.,DROGUERIA FB. S.R.L., LABORATORIOSRICHMOND S.A.C.I.F., CITY MEDICALS S&DS.R.L., DROGUERIA COMARSA S.A.,LABORATORIOS RICHET S.A., FRESENIUS KABIS.A. y FARMAMED S.R.L. , resultando estasdieciséis (17) últimas las ofertas más convenientes alos intereses municipales.

Que la Dirección de Control deProcedimientos ha tomado debida intervención sinformular observaciones al presente trámite.

Que en razón de lo expuesto, correspondedictar la presente Resolución Administrativa.

Por ello:LA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS

DEL MUNICIPIO DE MORÓNRESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Adjudicase la Licitación Privada Nº106/11, tramitada por Expediente Nº 4025/2011,referente a la Adquisición de Medicamentos,solicitado por el Hospital Municipal de Morón“Ostaciana B. de Lavignolle”, dependiente de laSecretaría de Salud y Desarrollo Social, a las firmas:D.N.M. FARMA S.A., los renglones Nº 1, 4, 6, 13,30, 36, 46, 62, 68, 74, 75, 78, 79, 82, 99, 100, 105 y134, en la suma total de Pesos Treinta y tres milochocientos sesenta y seis con veinte centavos ($33.866,20.-); DROGUERIA GENESIS S.A., losrenglones Nº 2, 3, 10, 27, 35, 37, 38, 40, 45, 65, 92,102, 109, 128 y 133, en la suma total de Pesos Diezmil noventa y ocho con veinte centavos ($10.098,20.-); DROGUERIA ZETA S.R.L., losrenglones Nº 5, 25, 39, 53, 55, 58, 61, 67, 70, 73, 80,81, 85, 86, 88, 98, 104, 107, 108, 113, 116, 119, 126,129 y 135, en la suma total de Pesos Cientoveinticinco mil seiscientos cincuenta y nueve mil conochenta y seis centavos ($ 125.659,86.-);DROGUERIA LUMA S.A., los renglones Nº 8, 14,28, 41, 83, 89, 101, 122 y 127, en la suma total dePesos Veintinueve mil trescientos cincuenta y sietecon noventa centavos ($ 29.357,90.-); XIMAXS.R.L., los renglones Nº 8, 56, 91, 93, 105 y 130, enla suma total de Pesos Siete mil ochocientoscuarenta y uno ($ 7.841.-); CIENTIFICA EXPRESSS.R.L., los renglones Nº 8, 9, 23, 24, 42, 57, 63, 66,84, 97, 110, 120, 121 y 124, en la suma total dePesos Ochenta y nueve mil setecientos dieciochocon setenta centavos ($ 89.718,70.-);LABORATORIOS FABRA S.A., el renglón Nº 15, enla suma de Pesos Ocho mil ciento ochenta ($ 8.180.-

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); KLONAL S.R.L., los renglones Nº 11, 16, 18, 22,43, 44, 48, 54, 94, 106 y 112, en la suma total dePesos Veinticuatro mil doscientos cuarenta y cinco($ 24.245.-); DROGUERIA EXPRESS S.R.L., losrenglones Nº 12, 87, 96, 103, 115, 118 y 131, en lasuma total de Pesos Diecinueve mil ciento sesenta yuno ($ 19.161.-); DROGUERIA FB S.R.L., losrenglones Nº 17, 19, 32, 33, 47, 69, 77, 90, 113 y117, en la suma total de Pesos Dieciocho milquinientos cincuenta y cuatro ($ 18.554.-);LABORATORIOS RICHMOND S.A.C.I.F., losrenglones Nº 20 y 106, en la suma total de PesosSeis mil ciento ochenta ($ 6.180.-); CITY MEDICALSS&D S.R.L., los renglones Nº 21, 26, 29, 49, 50, 52,64, 95, 121 y 123, en la suma total de Pesos Oncemil trescientos cincuenta y cuatro con sesentacentavos ($ 11.354,60.-); DROGUERIA COMARSAS.A., los renglones Nº 31, 34, 51, 59, 60, 76 y 125,en la suma total de Pesos Once mil seiscientoscuatro ($ 11.604.-); LABORATORIOS RICHET S.A.,el renglón Nº 111, en la suma de Pesos Un milnovecientos cuarenta ($ 1.940.-); FRESENIUS KABIS.A., los renglones Nº 72 y 114, en la suma total dePesos Ocho mil trescientos cincuenta ($ 8.350.-); yFARMAMED S.R.L., el renglón Nº 71, en la suma dePesos Nueve mil doscientos cuarenta ($ 9.240.-). Eltotal de la presente asciende a la suma de PesosCuatrocientos quince mil trescientos cincuenta concuarenta y seis centavos ($ 415.350,46.-).ARTICULO 2º: Autorízase a la Dirección deContaduría a emitir la orden de pago según lasformas establecidas en el Pliego de Bases yCondiciones, imputando el gasto en la UnidadEjecutora: 47, Fuente de Financiamiento 110, dentrode las clasificaciones obrantes en las solicitudes degastos Nº 6953, Nº 7530, Nº 7531 y Nº 7535.ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

Dra. Carla Karina Donato - Dr. Eduardo D. Aseff* * *

RESOLUCIONES Nº 278/2011Moron, 20 de Diciembre de 2011

VISTO:La Ley Orgánica de las Municipalidades,

Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, elDecreto del Departamento Ejecutivo Nº 498/06, y elexpediente Nº 4315/11, por el Servicio deMantenimiento de enlaces de fibra óptica, solicitadopor la Dirección de Sistemas y GestiónAdministrativa y,CONSIDERANDO:

Que por Decreto del DepartamentoEjecutivo Nº 498/06 el Señor Intendente Municipalautoriza al Secretario de Economía y Finanzas asuscribir contratos, adjudicar, anular y ampliar lasadquisiciones, contrataciones y obras públicas delDepartamento Ejecutivo comprendidas en losartículos 133º, 151º y 156º del Decreto Ley Nº6769/58, que no excedan los montos de lasLicitaciones Privadas según la normativa vigente.

Que para el presente, de acuerdo a lodispuesto en los artículos 151º, 153º y 156º de laLey Orgánica Municipal, resulta de aplicación lostérminos del artículo 156º inciso 8 (servicio demantenimiento) de la mencionada Ley.

Que la Dirección de Control deProcedimientos ha tomado debida intervención sinformular observaciones al presente trámite.

Que en razón de lo expuesto, correspondedictar la presente Resolución Administrativa.

Por ello:LA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS

DEL MUNICIPIO DE MORÓNRESUELVE:

ARTICULO 1º: Adjudícase el Servicio deMantenimiento de enlaces de fibra óptica, tramitadopor expediente Nº 4315/11, solicitado por laDirección de Sistemas y Gestión Administrativa aSTIEB MARIANO MAURICIO , en la suma total dePesos Doscientos tres mil quinientos ochenta ($203.508.-).

ARTICULO 2º: Autorízase a la Dirección deContaduría a emitir la orden de pago según lasformas establecidas en el Pliego de Bases yCondiciones, imputando el gasto en la UnidadEjecutora: 41, Fuente de Financiamiento 110, dentrode la clasificación obrante en la solicitud de gastosNº 7355.ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

Dra. Carla Karina Donato - Dr. Eduardo D. Aseff* * *

RESOLUCIONES Nº 279/2011Moron, 20 de Diciembre de 2011

VISTO:La Ley Orgánica de las Municipalidades,

Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, elDecreto del Departamento Ejecutivo Nº 498/06, y elexpediente Nº 4140/11, por el Servicio de reparaciónde automotores, solicitado por la Secretaría deObras y Servicios Públicos y,CONSIDERANDO:

Que por Decreto del DepartamentoEjecutivo Nº 498/06 el Señor Intendente Municipalautoriza al Secretario de Economía y Finanzas asuscribir contratos, adjudicar, anular y ampliar lasadquisiciones, contrataciones y obras públicas delDepartamento Ejecutivo comprendidas en losartículos 133º, 151º y 156º del Decreto Ley Nº6769/58, que no excedan los montos de lasLicitaciones Privadas según la normativa vigente.

Que para el presente, de acuerdo a lodispuesto en los artículos 151º, 153º y 156º de laLey Orgánica Municipal, resulta de aplicación lostérminos del artículo 156º inciso 6 (Reparación demotores, máquinas, automotores y aparatos engeneral) de la mencionada Ley.

Que la Dirección de Control deProcedimientos ha tomado debida intervención sinformular observaciones al presente trámite.Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar lapresente Resolución Administrativa.Por ello:

LA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZASDEL MUNICIPIO DE MORÓN

RESUELVE:ARTICULO 1º: Adjudícase el Servicio de reparaciónde automotores, tramitado por expediente Nº4140/11, solicitado por la Secretaría de Obras yServicios Públicos a TECNICA VIAL REPUESTERAS.H. DE E.A. GRANJA Y C.P. GIGANTE , en lasuma total de Cincuenta y ocho mil novecientos ($58.900.-).ARTICULO 2º: Autorízase a la Dirección deContaduría a emitir la orden de pago según lasformas establecidas en el Pliego de Bases yCondiciones, imputando el gasto en la UnidadEjecutora: 15, Fuente de Financiamiento 110, dentrode la clasificación obrante en la solicitud de gastosNº 7051.ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

Dra. Carla Karina Donato - Dr. Eduardo D. Aseff* * *

RESOLUCIONES Nº 280/2011Moron, 20 de Diciembre de 2011

VISTO:La Ley Orgánica de las Municipalidades,

Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, elDecreto del Departamento Ejecutivo Nº 498/06, y elexpediente Nº 4311/11, por el Servicio deMantenimiento de instalación eléctrica, solicitado porla Dirección de Sistemas y Gestión Administrativa y,CONSIDERANDO:Que por Decreto del Departamento Ejecutivo Nº498/06 el Señor Intendente Municipal autoriza alSecretario de Economía y Finanzas a suscribircontratos, adjudicar, anular y ampliar lasadquisiciones, contrataciones y obras públicas delDepartamento Ejecutivo comprendidas en losartículos 133º, 151º y 156º del Decreto Ley Nº

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6769/58, que no excedan los montos de lasLicitaciones Privadas según la normativa vigente.

Que para el presente, de acuerdo a lodispuesto en los artículos 151º, 153º y 156º de laLey Orgánica Municipal, resulta de aplicación lostérminos del artículo 156º inciso 8 (servicio demantenimiento) de la mencionada Ley.

Que la Dirección de Control deProcedimientos ha tomado debida intervención sinformular observaciones al presente trámite.Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar lapresente Resolución Administrativa.Por ello:

LA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZASDEL MUNICIPIO DE MORÓN

RESUELVE:ARTICULO 1º: Adjudícase el Servicio deMantenimiento de instalación eléctrica, tramitado porexpediente Nº 4311/11, solicitado por la Dirección deSistemas y Gestión Administrativa a STIEBMARIANO MAURICIO , en la suma total de PesosCuarenta y seis mil trescientos veinte ($ 46.320.-).ARTICULO 2º: Autorízase a la Dirección deContaduría a emitir la orden de pago según lasformas establecidas en el Pliego de Bases yCondiciones, imputando el gasto en la UnidadEjecutora: 41, Fuente de Financiamiento 110, dentrode la clasificación obrante en la solicitud de gastosNº 7356.ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

Dra. Carla Karina Donato - Dr. Eduardo D. Aseff* * *

RESOLUCIONES Nº 281/2011Moron, 20 de Diciembre de 2011

VISTO:La Ley Orgánica de las Municipalidades,

Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, elDecreto del Departamento Ejecutivo Nº 498/06, y elexpediente Nº 4310/11, por el Servicio deMantenimiento de central telefónica, solicitado por laDirección de Sistemas y Gestión administrativa, elPliego de Bases y Condiciones y,CONSIDERANDO:Que por Decreto del Departamento Ejecutivo Nº498/06 el Señor Intendente Municipal autoriza alSecretario de Economía y Finanzas a suscribircontratos, adjudicar, anular y ampliar lasadquisiciones, contrataciones y obras públicas delDepartamento Ejecutivo comprendidas en losartículos 133º, 151º y 156º del Decreto Ley Nº6769/58, que no excedan los montos de lasLicitaciones Privadas según la normativa vigente.

Que para el presente, de acuerdo a lodispuesto en los artículos 151º, 153º y 156º de la LeyOrgánica Municipal, resulta de aplicación lostérminos del artículo 156º inciso 8 (servicio demantenimiento) de la Ley Orgánica Municipal.

Que la Dirección de Control deProcedimientos ha tomado debida intervención sinformular observaciones al presente trámite.

Que en razón de lo expuesto, correspondedictar la presente Resolución Administrativa.Por ello:

LA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZASDEL MUNICIPIO DE MORÓN

RESUELVE:ARTICULO 1º: Adjudícase el Servicio deMantenimiento de central telefónica, tramitado porexpediente Nº 4310/11, solicitado por la Dirección deSistemas y Gestión Administrativa a CALVET,CLAUDIO HORACIO , en la suma total de PesosCuatrocientos veintinueve mil setecientos ochenta ($429.780.-).ARTICULO 2º: Autorízase a la Dirección deContaduría a emitir la orden de pago según lasformas establecidas en el Pliego de Bases yCondiciones, imputando el gasto en la UnidadEjecutora: 41, Fuente de Financiamiento 110, dentrode la clasificación obrante en la solicitud de gastosNº 7352.

ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

Dra. Carla Karina Donato - Dr. Eduardo D. Aseff* * *

RESOLUCIONES Nº 282/2011Moron, 20 de Diciembre de 2011

VISTO:La Ley Orgánica de las Municipalidades,

Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, laLicitación Privada Nº 109/11, tramitada porexpediente Nº 4232/2011 referente a la Adquisiciónde un Vehículo destinado para Ambulancia,solicitado por la Dirección de Programas de Saluddel S.U.M.S., dependiente de la Secretaría deSalud y Desarrollo Social, el Pliego de Bases yCondiciones Generales, el Decreto Provincial Nº2980/00 y el Decreto del Departamento Ejecutivo Nº498/06 y,CONSIDERANDO:

Que por Decreto del DepartamentoEjecutivo Nº 498/06 el Sr. Intendente Municipalautoriza al Secretario de Economía y Finanzas asuscribir contratos, adjudicar, anular y ampliar lasadquisiciones, contrataciones y obras públicas delDepartamento Ejecutivo comprendidas en losartículos 133º, 151º y 156º del Decreto Ley Nº6769/58, que no excedan los montos de lasLicitaciones Privadas según la normativa vigente.

Que luego del llamado a licitaciónrealizada de acuerdo a lo dispuesto en los artículos151º y 153º, de la Ley Orgánica Municipal,concurrieron las firmas: TOPWEST S.A. YAUTOMOTORES HAEDO S.A., resultando estaúltima la oferta más conveniente a los interesesmunicipales.

Que la Dirección de Control deProcedimientos ha tomado debida intervención sinformular observaciones al presente trámite.

Que en virtud de lo expuesto, correspondedictar el acto administrativo pertinente.-

Por ello:LA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS

DEL MUNICIPIO DE MORÓNRESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Adjudicase la Licitación Privada Nº109/11, tramitada por Expediente Nº 4232/2011,referente a la adquisición de un Vehículo destinadopara Ambulancia, solicitado por la Dirección deProgramas de Salud del S.U.M.S., dependiente de laSecretaría de Salud y Desarrollo Social, a la firma:AUTOMOTORES HAEDO S.A., en la suma totalde Pesos Doscientos sesenta y seis mil quinientoscincuenta y cuatro ($ 266.554.-).ARTICULO 2º: Autorízase a la Dirección deContaduría a emitir la orden de pago según lasformas establecidas en el Pliego de Bases yCondiciones, imputando el gasto en la UnidadEjecutora: 12, Fuente de Financiamiento 132, dentrode las clasificaciones obrantes en las Solicitudes deGastos Nº 7137 y Nº 7640 .ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

Dra. Carla Karina Donato - Dr. Eduardo D. Aseff* * *

RESOLUCIONES Nº 283/2011Moron, 21 de Diciembre de 2011

VISTO:El Expediente 4079-18169/10 D.E., 9000-

69827/10 H.C.D., el Decreto Nro. 2492/2011, yCONSIDERANDO:

Que en las actuaciones citadas en el Vistose llevaron adelante las acciones tendientes a laconcesión de uso de una fracción de terreno,destinada a la consolidación y desarrollo de unParque Industrial y de Servicios, propiciando laradicación de empresas vinculadas con la tecnologíay actividad aeronáutica.

Que la radicación de emprendimientosindustriales con el consiguiente desarrolloeconómico del distrito e impulso de las políticas deempleo llevadas a cabo por el Estado Municipal, han

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sido los objetivos centrales que determinaron alMunicipio de Morón a celebrar el pertinenteConvenio de concesión, a constituir la SociedadAnónima de Participación Estatal Mayoritaria y ainvitar a los emprendedores que así lo deseen aintegrar una nómina de aspirantes a desarrollaractividades industriales productivas y de servicios.

Que a través del Acto Administrativo citadoen el visto, el Señor Intendente Municipal invita a lapresentación de Ideas-Proyecto de desarrollo deestablecimientos industriales productivos y deservicios vinculados a la tecnología y a la actividadaeronáutica, a radicarse en el Parque IndustrialTecnológico Aeronáutico Morón – P.I.T.A.M., en elperíodo comprendido entre el día 15 de Diciembrede 2011 y el día 30 de Abril de 2012.

Que tal como surge de fs. 64/65, el día 1ºde diciembre de 2011 se dio cumplimiento al ArtículoSegundo del Decreto citado en el Visto, en cuanto aefectuar las publicaciones de estilo en un medio decirculación local y un medio de circulación nacional.

Que los presentantes pasarán a integrar la“Nómina de Aspirantes de EstablecimientosIndustriales Productivos y de Servicios” creada en laórbita de la Secretaría de Planificación Estratégica yAdministración General.

Que a los efectos de garantizar laoptimización del procedimiento de presentación de laIdea-proyecto, es criterio de quien suscribedeterminar dentro del ámbito de su competencia queel área idónea para recepcionar la documentaciónreferida en el Artículo Cuarto del Decreto citado en elVisto, es la Subsecretaría de PlanificaciónEstratégica y Desarrollo Local dependiente de laSecretaría de Planificación Estratégica yAdministración General.

Que en virtud de lo expuesto, devienenecesario dictar el pertinente Acto Administrativo.

Que la presente Resolución Administrativaes dictada por esta Secretaría, en pleno ejercicio delo dispuesto por el Artículo 181 del Decreto Ley6769/58, actuando la misma por delegación defacultades del Departamento Ejecutivo, según loreglamentado por Decreto 312/2008, artículo 9º,Anexo VI.Por ello:

EL SEÑOR SECRETARIO DE PLANIFICACIONESTRATEGICA Y ADMINISTRACION GENERAL

RESUELVE:ARTICULO 1º: Desígnase a la Subsecretaría dePlanificación Estratégica y Desarrollo Local encalidad de dependencia receptora de ladocumentación aludida en el Artículo 4º del DecretoNro. 2492/2011, en el período comprendido entre el15 de diciembre de 2011 y el 30 de Abril de 2012.ARTICULO 2º: Dése al Registro de Decretos yResoluciones, publíquese en el Boletín Municipal yarchívese.

Sr. Daniel G. Larrache* * *

RESOLUCIONES Nº 284/2011Moron, 21 de Diciembre de 2011

VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades,Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, elConcurso de Precios Nº 292/11, tramitada porexpediente Nº 3474/11, referente a la adquisición deuna Línea de Reciclado de Plásticos rígidos,solicitado por la Dirección de Políticas Ambientales,dependiente de la Secretaría de PlanificaciónEstratégica y Administración General, el Pliego deBases y Condiciones Generales, el DecretoProvincial Nº 2980/00 y el Decreto del DepartamentoEjecutivo Nº 498/06 y,CONSIDERANDO:

Que por Decreto del DepartamentoEjecutivo Nº 498/06 el Señor Intendente Municipalautoriza al Secretario de Economía y Finanzas asuscribir contratos, adjudicar, anular y ampliar lasadquisiciones, contrataciones y obras públicas delDepartamento Ejecutivo comprendidas en los

artículos 133º, 151º y 156º del Decreto Ley Nº6769/58, que no excedan los montos de lasLicitaciones Privadas según la normativa vigente.

Que para el presente Concurso de Precio,realizado de acuerdo a lo dispuesto en los artículos151º y 153º de la Ley Orgánica Municipal,concurrieron las firmas: FABRO LEANDROCARLOS y ECO RECICLAR OESTE S.A.resultando esta última la oferta más conveniente alos intereses Municipales.

Que si bien los montos cotizados superanlos de llamado a Concurso de Precios, se cumplecon lo dispuesto en el Artículo 153º de la LeyOrgánica Municipal, invitando a cuatro proveedores.

Que la Dirección de Control deProcedimientos ha tomado debida intervención sinformular observaciones al presente trámite.Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar lapresente Resolución Administrativa.Por ello:

LA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZASDEL MUNICIPIO DE MORÓN

RESUELVE:ARTICULO 1º: Adjudícase el Concurso de PreciosNº 292/11, tramitada por Expediente Nº 3474/11,referente a la Adquisición de una Línea deReciclado de Plásticos rígidos, solicitado por laDirección de Políticas Ambientales, dependiente dela Secretaría de Planificación Estratégica yAdministración General la firma: ECO RECICLAROESTE S.A., en la suma de Pesos Doscientostreinta y ocho mil novecientos ($ 238.900.-).ARTICULO 2º: Autorízase a la Dirección deContaduría a emitir la orden de pago según lasformas establecidas en el Pliego de Bases yCondiciones, y la propuesta por el proveedor,imputando el gasto en la Unidad Ejecutora: 41,Fuente de Financiamiento 133, dentro de lasclasificaciones de las solicitudes de gastos Nº 6518 yNº 7655.ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

Dra. Carla Karina Donato - Dr. Eduardo D. Aseff* * *

RESOLUCIONES Nº 285/2011Moron, 22 de Diciembre de 2011

VISTO:La Ley Orgánica de las Municipalidades,

Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, laLicitación Privada Nº 116/11, referente a lacontratación de Servicios de Charter, tramitada porexpediente Nº 4173/2011, solicitado por la Direcciónde Deportes y Recreación, dependiente de laSecretaría de Salud y Desarrollo Social, el Pliegode Bases y Condiciones Generales, el DecretoProvincial Nº 2980/00 y el Decreto delDepartamento Ejecutivo Nº 498/06 y,CONSIDERANDO:

Que por Decreto del DepartamentoEjecutivo Nº 498/06 el Sr. Intendente Municipalautoriza al Secretario de Economía y Finanzas asuscribir contratos, adjudicar, anular y ampliar lasadquisiciones, contrataciones y obras públicas delDepartamento Ejecutivo comprendidas en losartículos 133º, 151º y 156º del Decreto Ley Nº6769/58, que no excedan los montos de lasLicitaciones Privadas según la normativa vigente.

Que para la presente licitación, de acuerdoa lo dispuesto en los artículos 151º y 153º de la LeyOrgánica Municipal, concurrieron las firmas:CERVANTES FELIPE DANIEL; STEFANI MARÍALAURA; CORONEL ROBERTO ROQUE; FREIREDA SILVA JOSÉ ANTONIO y VAZQUEZCHRISTIAN EDUARDO , resultando esta última laoferta más conveniente a los intereses municipales.

Que la Dirección de Control deProcedimientos ha tomado debida intervención sinformular observaciones al presente trámite.Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar elacto administrativo pertinente.-

Por ello:

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LA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZASDEL MUNICIPIO DE MORÓN

RESUELVE:ARTÍCULO 1º: Adjudícase la Licitación Privada Nº116/11, tramitada por Expediente Nº 4173/2011,referente a la contratación de Servicios de Charter,solicitado por la Dirección de Deportes yRecreación, dependiente de la Secretaría de Salud yDesarrollo Social, a la firma: VAZQUEZ CHRISTIANEDUARDO en la suma total de Pesos Trescientosonce mil ochocientos cincuenta ($ 311.850.-).ARTICULO 2º: Autorízase a la Dirección deContaduría a emitir la orden de pago según lasformas establecidas en el Pliego de Bases yCondiciones, imputando el gasto en la UnidadEjecutora: 47, Fuente de Financiamiento 110, dentrode las clasificaciones obrantes en las Solicitudes deGastos Nº 7487 y Nº 7663 .ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese

Dra. Carla Karina Donato - Dr. Eduardo D. Aseff* * *

RESOLUCIONES Nº 286/2011Moron, 22 de Diciembre de 2011

VISTO:La Ley Orgánica de las Municipalidades,

Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, elDecreto del Departamento Ejecutivo Nº 498/06, elexpediente Nº 4309/11, por el Servicio deMantenimiento de enlace de datos, solicitado por laDirección de Sistemas y Gestión Administrativa y,CONSIDERANDO:

Que por Decreto del DepartamentoEjecutivo Nº 498/06 el Señor Intendente Municipalautoriza al Secretario de Economía y Finanzas asuscribir contratos, adjudicar, anular y ampliar lasadquisiciones, contrataciones y obras públicas delDepartamento Ejecutivo comprendidas en losartículos 133º, 151º y 156º del Decreto Ley Nº6769/58, que no excedan los montos de lasLicitaciones Privadas según la normativa vigente.

Que para el presente, de acuerdo a lodispuesto en los artículos 151º, 153º y 156º de laLey Orgánica Municipal, resulta de aplicación lostérminos del artículo 156º inciso 8 (servicio demantenimiento) de la mencionada Ley.

Que la Dirección de Control deProcedimientos ha tomado debida intervención sinformular observaciones al presente trámite.Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar lapresente Resolución Administrativa.Por ello:

LA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZASDEL MUNICIPIO DE MORÓN

RESUELVE:ARTICULO 1º: Adjudícase el Servicio deMantenimiento de enlace de datos, tramitado porexpediente Nº 4309/11, solicitado por la Dirección deSistemas y Gestión Administrativa a TESTAGUSTAVO ALFIO , en la suma total de Pesos Cientocuarenta y seis mil dieciseis ($ 146.016.-).ARTICULO 2º: Autorízase a la Dirección deContaduría a emitir la orden de pago según lasformas establecidas en el Pliego de Bases yCondiciones, imputando el gasto en la UnidadEjecutora: 41, Fuente de Financiamiento 110, dentrode la clasificación obrante en la solicitud de gastosNº 7351.ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

Dra. Carla Karina Donato - Dr. Eduardo D. Aseff* * *

RESOLUCIONES Nº 287/2011Moron, 22 de Diciembre de 2011

VISTO:La Ley Orgánica de las Municipalidades,

Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, laLicitación Privada Nº 113/11, referente al Servicio deCall Center, tramitada por expediente Nº 4312/2011,solicitado por la Dirección de Sistemas y GestiónAdministrativa, dependiente de la Secretaría de

Planificación Estratégica y Administración General,el Pliego de Bases y Condiciones Generales, elDecreto Provincial Nº 2980/00 y el Decreto delDepartamento Ejecutivo Nº 498/06 y,CONSIDERANDO:

Que por Decreto del DepartamentoEjecutivo Nº 498/06 el Sr. Intendente Municipalautoriza al Secretario de Economía y Finanzas asuscribir contratos, adjudicar, anular y ampliar lasadquisiciones, contrataciones y obras públicas delDepartamento Ejecutivo comprendidas en losartículos 133º, 151º y 156º del Decreto Ley Nº6769/58, que no excedan los montos de lasLicitaciones Privadas según la normativa vigente.

Que luego del llamado a licitaciónrealizada de acuerdo a lo dispuesto en los artículos151º y 153º de la Ley Orgánica Municipal,concurrieron las firmas: STIEB MARIANOMAURICIO y CALVET CLAUDIO HORACIO ,resultando esta última la oferta más conveniente alos intereses municipales.

Que la Dirección de Control deProcedimientos ha tomado debida intervención sinformular observaciones al presente trámite.Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar elacto administrativo pertinente.-

Por ello:LA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS

DEL MUNICIPIO DE MORÓNRESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Adjudícase la Licitación Privada Nº113/11, tramitada por Expediente Nº 4312/2011,referente al Servicio de Call Center, solicitado por laDirección de Sistemas y Gestión Administrativa,dependiente de la Secretaría de PlanificaciónEstratégica y Administración General, a la firma:CALVET CLAUDIO HORACIO en la suma de PesosDoscientos cincuenta y dos mil setecientos veinte ($252.720.-).ARTICULO 2º: Autorízase a la Dirección deContaduría a emitir la orden de pago según lasformas establecidas en el Pliego de Bases yCondiciones, imputando el gasto en la UnidadEjecutora: 41, Fuente de Financiamiento 110, dentrode la clasificación obrante en la Solicitud de GastosNº 7353 .ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

Dra. Carla Karina Donato - Dr. Eduardo D. Aseff* * *

RESOLUCIONES Nº 288/2011Moron, 22 de Diciembre de 2011

VISTO:La Ley Orgánica de las Municipalidades,

Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, elDecreto del Departamento Ejecutivo Nº 498/06, elexpediente Nº 4319/11, por el Servicio deMantenimiento de Cámaras, solicitado por laDirección de Sistemas y Gestión Administrativa y,CONSIDERANDO:

Que por Decreto del DepartamentoEjecutivo Nº 498/06 el Señor Intendente Municipalautoriza al Secretario de Economía y Finanzas asuscribir contratos, adjudicar, anular y ampliar lasadquisiciones, contrataciones y obras públicas delDepartamento Ejecutivo comprendidas en losartículos 133º, 151º y 156º del Decreto Ley Nº6769/58, que no excedan los montos de lasLicitaciones Privadas según la normativa vigente.

Que para el presente, de acuerdo a lodispuesto en los artículos 151º, 153º y 156º de laLey Orgánica Municipal, resulta de aplicación lostérminos del artículo 156º inciso 8 (servicio demantenimiento) de la mencionada Ley.

Que la Dirección de Control deProcedimientos ha tomado debida intervención sinformular observaciones al presente trámite.Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar lapresente Resolución Administrativa.Por ello:

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIG ESTO MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 77

LA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZASDEL MUNICIPIO DE MORÓN

RESUELVE:ARTICULO 1º: Adjudícase el Servicio deMantenimiento de Cámaras, tramitado porexpediente Nº 4319/11, solicitado por la Dirección deSistemas y Gestión Administrativa a BATTEN S.A. ,en la suma total de Pesos Ciento treinta y siete milcuatrocientos sesenta ($ 137.460.-).ARTICULO 2º: Autorízase a la Dirección deContaduría a emitir la orden de pago según lasformas establecidas en el Pliego de Bases yCondiciones, imputando el gasto en la UnidadEjecutora: 41, Fuente de Financiamiento 110, dentrode la clasificación obrante en la solicitud de gastosNº 7350.ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

Dra. Carla Karina Donato - Dr. Eduardo D. Aseff* * *

RESOLUCIONES Nº 289/2011Moron, 22 de Diciembre de 2011

VISTO:La Ley Orgánica de las Municipalidades,

Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, laLicitación Privada Nº 114/11, referente al Servicio deCRM, tramitada por expediente Nº 4314/2011,solicitado por la Dirección de Sistemas y GestiónAdministrativa, dependiente de la Secretaría dePlanificación Estratégica y Administración General,el Pliego de Bases y Condiciones Generales, elDecreto Provincial Nº 2980/00 y el Decreto delDepartamento Ejecutivo Nº 498/06 y,CONSIDERANDO:

Que por Decreto del DepartamentoEjecutivo Nº 498/06 el Sr. Intendente Municipalautoriza al Secretario de Economía y Finanzas asuscribir contratos, adjudicar, anular y ampliar lasadquisiciones, contrataciones y obras públicas delDepartamento Ejecutivo comprendidas en losartículos 133º, 151º y 156º del Decreto Ley Nº6769/58, que no excedan los montos de lasLicitaciones Privadas según la normativa vigente.

Que luego del llamado a licitaciónrealizada de acuerdo a lo dispuesto en los artículos151º y 153º de la Ley Orgánica Municipal,concurrieron las firmas: STIEB MARIANOMAURICIO y CALVET CLAUDIO HORACIO ,resultando esta última la oferta más conveniente alos intereses municipales.

Que la Dirección de Control deProcedimientos ha tomado debida intervención sinformular observaciones al presente trámite.Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar elacto administrativo pertinente.-

Por ello:LA SECRETARIA DE ECONOMIA YFINANZAS

DEL MUNICIPIO DE MORÓNRESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Adjudícase la Licitación Privada Nº114/11, tramitada por Expediente Nº 4314/2011,referente al Servicio de CRM, solicitado por laDirección de Sistemas y Gestión Administrativa,dependiente de la Secretaría de PlanificaciónEstratégica y Administración General, a la firma:CALVET CLAUDIO HORACIO en la suma de PesosDoscientos noventa y cinco mil doscientos ($295.200.-).ARTICULO 2º: Autorízase a la Dirección deContaduría a emitir la orden de pago según lasformas establecidas en el Pliego de Bases yCondiciones, imputando el gasto en la UnidadEjecutora: 41, Fuente de Financiamiento 110, dentrode la clasificación obrante en la Solicitud de GastosNº 7354 .ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

Dra. Carla Karina Donato - Dr. Eduardo D. Aseff

* * *RESOLUCIONES Nº 290/2011

Moron, 22 de Diciembre de 2011VISTO:

La Ley Orgánica de las Municipalidades,Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, laLicitación Privada Nº 118/11, referente a lacontratación de Servicios de Charter, tramitada porexpediente Nº 4171/2011, solicitado por la Direcciónde Deportes y Recreación, dependiente de laSecretaría de Salud y Desarrollo Social, el Pliegode Bases y Condiciones Generales, el DecretoProvincial Nº 2980/00 y el Decreto delDepartamento Ejecutivo Nº 498/06 y,CONSIDERANDO:

Que por Decreto del DepartamentoEjecutivo Nº 498/06 el Sr. Intendente Municipalautoriza al Secretario de Economía y Finanzas asuscribir contratos, adjudicar, anular y ampliar lasadquisiciones, contrataciones y obras públicas delDepartamento Ejecutivo comprendidas en losartículos 133º, 151º y 156º del Decreto Ley Nº6769/58, que no excedan los montos de lasLicitaciones Privadas según la normativa vigente.

Que para la presente licitación, de acuerdoa lo dispuesto en los artículos 151º y 153º de la LeyOrgánica Municipal, concurrieron las firmas:VAZQUEZ CHRISTIAN EDUARDO, CERVANTESFELIPE DANIEL; STEFANI MARÍA LAURA;CORONEL ROBERTO ROQUE y FREIRE DASILVA JOSÉ ANTONIO , resultando esta última laoferta más conveniente a los intereses municipales.

Que la Dirección de Control deProcedimientos ha tomado debida intervención sinformular observaciones al presente trámite.Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar elacto administrativo pertinente.-

Por ello:LA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS

DEL MUNICIPIO DE MORÓNRESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Adjudícase la Licitación Privada Nº118/11, tramitada por Expediente Nº 4171/2011,referente a la contratación de Servicios de Charter,solicitado por la Dirección de Deportes yRecreación, dependiente de la Secretaría de Salud yDesarrollo Social, a la firma: FREIRE DA SILVAJOSÉ ANTONIO en la suma total de Pesos Cientosetenta y seis mil cuatrocientos ($ 176.400.-).ARTICULO 2º: Autorízase a la Dirección deContaduría a emitir la orden de pago según lasformas establecidas en el Pliego de Bases yCondiciones, imputando el gasto en la UnidadEjecutora: 47, Fuente de Financiamiento 110, dentrode las clasificaciones obrantes en las Solicitudes deGastos Nº 7489 y Nº 7664 .ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

Dra. Carla Karina Donato - Dr. Eduardo D. Aseff* * *

RESOLUCIONES Nº 291/2011Moron, 22 de Diciembre de 2011

VISTO:La Ley Orgánica de las Municipalidades,

Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, laLicitación Privada Nº 117/11, referente a lacontratación de Servicios de Charter, tramitada porexpediente Nº 4172/2011, solicitado por la Direcciónde Deportes y Recreación, dependiente de laSecretaría de Salud y Desarrollo Social, el Pliegode Bases y Condiciones Generales, el DecretoProvincial Nº 2980/00 y el Decreto delDepartamento Ejecutivo Nº 498/06 y,CONSIDERANDO:

Que por Decreto del DepartamentoEjecutivo Nº 498/06 el Sr. Intendente Municipalautoriza al Secretario de Economía y Finanzas asuscribir contratos, adjudicar, anular y ampliar lasadquisiciones, contrataciones y obras públicas delDepartamento Ejecutivo comprendidas en losartículos 133º, 151º y 156º del Decreto Ley Nº

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIG ESTO MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 78

6769/58, que no excedan los montos de lasLicitaciones Privadas según la normativa vigente.

Que para la presente licitación, realizadade acuerdo a lo dispuesto en los artículos 151º y153º de la Ley Orgánica Municipal, concurrieron lasfirmas: VAZQUEZ, CHRISTIAN EDUARDO;CERVANTES, FELIPE DANIEL; CORONEL,ROBERTO ROQUE; FREIRE DA SILVA JOSÉANTONIO; y STEFANI, MARÍA LAURA ; resultandoesta última la oferta más conveniente a los interesesmunicipales.

Que la Dirección de Control deProcedimientos ha tomado debida intervención sinformular observaciones al presente trámite.

Que en virtud de lo expuesto, correspondedictar el acto administrativo pertinente.-

Por ello:LA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS

DEL MUNICIPIO DE MORÓNRESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Adjudícase la Licitación Privada Nº117/11, tramitada por Expediente Nº 4172/2011,referente a la contratación de Servicios de Charter,solicitado por la Dirección de Deportes yRecreación, dependiente de la Secretaría de Saludy Desarrollo Social, a la firma: STEFANI MARÍALAURA en la suma total de Pesos Ciento setenta yocho mil doscientos ($ 178.200.-).ARTICULO 2º: Autorízase a la Dirección deContaduría a emitir la orden de pago según lasformas establecidas en el Pliego de Bases yCondiciones, imputando el gasto en la UnidadEjecutora: 47, Fuente de Financiamiento 110, dentrode las clasificaciones obrantes en las Solicitudes deGastos Nº 7488 y Nº 7656 .ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

Dra. Carla Karina Donato - Dr. Eduardo D. Aseff* * *

RESOLUCIONES Nº 292/2011Moron, 23 de Diciembre de 2011

VISTO:La Ley Orgánica de las Municipalidades,

Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, laLicitación Privada Nº 119/11, tramitada porexpediente Nº 4415/2011, referente al Servicio deCharter al CENS 454, solicitado por la Dirección deDeportes y Recreación, dependiente de laSecretaría de Salud y Desarrollo Social, el Pliego deBases y Condiciones Generales, el DecretoProvincial Nº 2980/00 y el Decreto delDepartamento Ejecutivo Nº 498/06 y,CONSIDERANDO:

Que por Decreto del DepartamentoEjecutivo Nº 498/06 el Sr. Intendente Municipalautoriza al Secretario de Economía y Finanzas asuscribir contratos, adjudicar, anular y ampliar lasadquisiciones, contrataciones y obras públicas delDepartamento Ejecutivo comprendidas en losartículos 133º, 151º y 156º del Decreto Ley Nº6769/58, que no excedan los montos de lasLicitaciones Privadas según la normativa vigente.

Que luego del llamado a licitaciónrealizada de acuerdo a lo dispuesto en los artículos151º y 153º de la Ley Orgánica Municipal,concurrieron las firmas: STEFANI MARÍA LAURA;CORONEL NORBERTO; FERNANDEZ EMILIORAMIRO; y CERVANTES FELIPE DANIEL ,resultando esta última la oferta más conveniente alos intereses municipales.

Que la Dirección de Control deProcedimientos ha tomado debida intervención sinformular observaciones al presente trámite.

Que en virtud de lo expuesto, correspondedictar el acto administrativo pertinente.-

Por ello:LA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS

DEL MUNICIPIO DE MORÓNRESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Adjudícase la Licitación Privada Nº119/11, tramitada por Expediente Nº 4415/2011,

referente al Servicio de Charter al CENS 454,solicitado por la Dirección de Deportes yRecreación, dependiente de la Secretaría de Salud yDesarrollo Social, a la firma: CERVANTES FELIPEDANIEL en la suma total de Pesos Ciento setenta ynueve mil doscientos ochenta ($ 179.280.-).ARTICULO 2º: Autorízase a la Dirección deContaduría a emitir la orden de pago según lasformas establecidas en el Pliego de Bases yCondiciones, y la propuesta por el Proveedor,imputando el gasto en la Unidad Ejecutora: 47,Fuente de Financiamiento 110, dentro de lasclasificaciones obrantes en las Solicitudes de GastosNº 7630 y Nº 7703.ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

Dra. Carla Karina Donato - Dr. Eduardo D. Aseff* * *

RESOLUCIONES Nº 293/2011Moron, 23 de Diciembre de 2011

VISTO:La Ley Orgánica de las Municipalidades,

Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, laLicitación Privada Nº 112/11, tramitada porexpediente Nº 4123/2011, referente al Servicio deImpresión del Boletín Municipal, solicitado por laSecretaría de Gobierno y Seguridad Ciudadana, elPliego de Bases y Condiciones Generales, elDecreto Provincial Nº 2980/00 y el Decreto delDepartamento Ejecutivo Nº 498/06 y,CONSIDERANDO:

Que por Decreto del DepartamentoEjecutivo Nº 498/06 el Sr. Intendente Municipalautoriza al Secretario de Economía y Finanzas asuscribir contratos, adjudicar, anular y ampliar lasadquisiciones, contrataciones y obras públicas delDepartamento Ejecutivo comprendidas en losartículos 133º, 151º y 156º del Decreto Ley Nº6769/58, que no excedan los montos de lasLicitaciones Privadas según la normativa vigente.

Que luego del llamado a licitaciónrealizada de acuerdo a lo dispuesto en los artículos151º y 153º de la Ley Orgánica Municipal,concurrieron las firmas: VALENDAM S.A.;FARADON S.R.L.; GIACOBBE DANIEL ALBERTO;y MATTOS RAUL ENRIQUE , resultando esta últimala oferta más conveniente a los interesesmunicipales.

Que la Dirección de Control deProcedimientos ha tomado debida intervención sinformular observaciones al presente trámite.Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar elacto administrativo pertinente.-

Por ello:LA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS

DEL MUNICIPIO DE MORÓNRESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Adjudícase la Licitación Privada Nº112/11, tramitada por Expediente Nº 4123/2011,referente al Servicio de Impresión del BoletínMunicipal, solicitado por la Secretaría de Gobiernoy Seguridad Ciudadana, a la firma: MATTOS RAULENRIQUE en la suma total de Pesos Cuatrocientossiete mil cuatrocientos cincuenta y cinco ($407.455.-), realizado el descuento del 5% por pagoAnticipado del 50%.ARTICULO 2º: Autorízase a la Dirección deContaduría a emitir la orden de pago según lasformas establecidas en el Pliego de Bases yCondiciones, y la propuesta por el Proveedor,imputando el gasto en la Unidad Ejecutora: 44,Fuente de Financiamiento 110, dentro de laclasificación obrante en la Solicitud de Gastos Nº7021 .ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

Dra. Carla Karina Donato - Dr. Eduardo D. Aseff* * *

RESOLUCIONES Nº 294/2011Moron, 23 de Diciembre de 2011

VISTO:

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIG ESTO MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 79

La Ley Orgánica de las Municipalidades,Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, elDecreto del Departamento Ejecutivo Nº 498/06, elexpediente Nº 4392/11, por el servicio de Trabajosde Impresión, solicitado por la Secretaría de Salud yDesarrollo Social y,CONSIDERANDO:

Que por Decreto del DepartamentoEjecutivo Nº 498/06 el Señor Intendente Municipalautoriza al Secretario de Economía y Finanzas asuscribir contratos, adjudicar, anular y ampliar lasadquisiciones, contrataciones y obras públicas delDepartamento Ejecutivo comprendidas en losartículos 133º, 151º y 156º del Decreto Ley Nº6769/58, que no excedan los montos de lasLicitaciones Privadas según la normativa vigente.

Que para el presente, de acuerdo a lodispuesto en los artículos 151º, 153º y 156º de laLey Orgánica Municipal, resulta de aplicación lostérminos del artículo 156º inciso 9 (Trabajos deImpresión) de la mencionada Ley.

Que la Dirección de Control deProcedimientos ha tomado debida intervención sinformular observaciones al presente trámite.Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar lapresente Resolución Administrativa.Por ello:

LA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZASDEL MUNICIPIO DE MORÓN

RESUELVE:ARTICULO 1º: Adjudícase el Servicio de Trabajosde Impresión, tramitado por expediente Nº 4392/11,solicitado por la Secretaría de Salud y DesarrolloSocial a MATTOS RAUL ENRIQUE , en la suma totalde Pesos Cuarenta y tres mil doscientos ($ 43.200.-).ARTICULO 2º: Autorízase a la Dirección deContaduría a emitir la orden de pago según lasformas establecidas en el Pliego de Bases yCondiciones, imputando el gasto en la UnidadEjecutora: 47, Fuente de Financiamiento 110, dentrode la clasificación obrante en la solicitud de gastosNº 7626.ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

Dra. Carla Karina Donato - Dr. Eduardo D. Aseff* * *

RESOLUCIONES Nº 295/2011Moron, 27 de Diciembre de 2011

VISTO:Lo normado por la Ley Orgánica de las

Municipalidades, las Ordenanzas Fiscal e Impositiva,los autos caratulados “REFSITUACIONCONTRIBUYENTE OPAVI SA LEG207868” , por expediente N° 4079-20942/10, quetramitan ante la Municipalidad de Morón sita en lacalle Alte. Brown N° 946 de la Ciudad y Partido deMorón, Provincia de Bs. As., las Actas de AjusteTributario F-13 Nros. 3959, 3960, 3961, 3962 y 3963,el Descargo obrante a fs. 128/137, y;CONSIDERANDO:

Que el expediente del visto contiene ladocumentación que respalda la fiscalizaciónefectuada al contribuyente OPAVI S.A. , condomicilio fiscal en la calle Int. Cayo Eliseo Goria N°983, de la localidad de Haedo, partido de Morón ,que tiene por objeto, según Estatuto Socialacompañado a fs. 58/62, “Pavimentadora yConstructura” , legajo de Tasa por Inspección deSeguridad e Higiene Nº 2-76868.

Que a través del citado expediente seprocedió a fiscalizar la Tasa por Inspección deSeguridad e Higiene por el período comprendidodesde el mes de mayo de 2006 a octubre de 2010.

Que habiéndose verificado la siguientedocumentación a saber: Constancia de Inscripciónen AFIP obrante a fs. 15, Constancia de inscripciónen el Impuesto sobre los Ingresos Brutos a fs. 16,Formulario de Reempadronamiento en ARBA R-444R a fs. 17/18, Poder General Amplio deAdministración y Disposición a favor de PolicellaDaniel Alejandro obrante a fs. 19/24, Papeles de

Trabajo y Declaraciones Juradas Mensuales delImpuesto sobre los Ingresos Brutos por los períodos01/2008 a 09/2010 a fs. 25/57, Estatuto Social eInscripción en Registro Público de Comercio de laProvincia de San Luis a fs. 58/72, CertificaciónContable de Ventas por el período 03/2006 a10/2010 firmado por Contador Público y legalizadopor el Consejo Profesional de Ciencias Económicasde la Provincia de San Luis obrante a fs. 83/84,Certificado de domicilio de ARBA a fs. 91, FormularioF-446 de AFIP obrante a fs. 94/95, se dio vista alLibro IVA Ventas con rúbrica 69153-01 por losperíodos 03/2006 a 10/2010, de donde surge que elingreso declarado en la cuota 02/2009 no escoincidente con el del Libro IVA Ventas que asciendea $ 78.964,34, según Acta de Verificación N° 18403a fs. 92 del expediente mencionado en el visto; seprocedió a determinar las obligaciones tributarias delcontribuyente sobre base cierta.

Que de la documentación, obrante en elexpediente de marra, se desprende que elcontribuyente de referencia se encuentra inscripto enel Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Provinciade Buenos Aires como contribuyente directo, bajo elNro. 30-54924879-5.

Que cabe agregar que de la verificacióndel Libro IVA Ventas con rubrica 69153-01 surge queel ingreso declarado en la cuota 02/2009 no escoincidente con el del Libro IVA Ventas que asciendea $ 78.964,34.

Que para conformar las bases imponiblesy calcular la Tasa por Inspección de Seguridad eHigiene se ha considerado el Total General deVentas declarado por el contribuyente en laCertificación Contable de Ventas por el período03/2006 a 10/2010 firmado por Contador Público ylegalizado por el Consejo Profesional de CienciasEconómicas de la Provincia de San Luis obrante afs. 83/84.

Que de acuerdo a los cálculos realizadosse determinó que los ingresos por ventas para lascuotas mensuales 05/2006 a 10/2010 superan elmínimo imponible determinado en el art. 20 inc. 2.1de la Ordenanza Impositiva, por lo tanto deberátributar por la alícuota establecida en el mencionadoartículo inc. 2.2, más el 45% de incremento deconformidad con lo estipulado por las OrdenanzasN° 10.984/90 (modificada por Ordenanza N°11.354/90), N° 12.867/92, N° 12.868/92 y lasOrdenanzas Nros. 14.053/95, 14.054/95 y 14.055/95,que dicho incremento comprende hasta la cuotamensual 12/06.

Que de la compulsa de las actuacionessurge como resultado que el contribuyente determinóen forma inexacta la base imponible del tributo paralas cuotas mensuales 05/2006 a 10/2010, conformea los arts. 24, 25, 138, 140 y cctes. de la OrdenanzaFiscal, por lo que corresponde se determine de oficiola misma, conforme art. 137 y cctes. de laOrdenanza Fiscal.

Que con fecha 27 de enero de 2011 seprocedió a dar vista de las Actas de Ajuste TributarioF-13 Nros. 3959, 3960, 3961, 3962 y 3963,otorgándole al contribuyente el plazo de 5 (cinco)días para que formule por escrito su defensa yofrezca la prueba documental que haga a suderecho.

Que en fecha 03/02/2011 el contribuyentede referencia interpone descargo, el cual obra a fs.128/137 del expediente de marras, contra las actasmencionadas precedentemente.

Que, en principio, enuncia que la Tasa porInspección de Seguridad e Higiene resultainconstitucional porque carece de los requisitosjurídicos esenciales para su cobro, a saber: -razonable y discreta proporción con el costo delservicio cuya prestación retribuye, por lo cual, elcosto básico sería el sueldo del inspector municipalque debe realizar la inspección, convirtiendo la cifrareclamada en confiscatoria; - prestación efectiva delservicio prestado, que debe ser divisible e

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BOLETÍN MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 80

individualizado; y – “en tanto las tasas no busquenrecuperar solamente los fondos invertidos en losservicios prestados sin buscar beneficio fiscal seconstituyen en una especie de género tributariosometido al principio constitucional de legalidad consu derivada en materia de irretroactividad”, que “porpropia definición de la Cédula de Vista de Ajuste lamisma carece de sustento legal, o sea que requierepara su aplicación de una Ley en sentido material yformal, no de una Ordenanza Fiscal.”

Que, por otra parte, argumenta que “labase imponible debería estar dada por otrosconceptos que nada tengan que ver con los ingresosbrutos del contribuyente” para evitar tanto la dobleimposición, como cobrar una tasa utilizando la baseimponible de un impuesto. Asimismo, agrega que altomar como base imponible la capacidad contributivadel contribuyente se implementa una tasa progresivala cual es típica de los impuestos directos.

Que, finalmente, expresa que en ladeterminación de la base imponible se omitió, por unlado, considerar que la municipalidad solo estáhabilitada para utilizar como base imponible lasentregas de productos realizadas en su jurisdiccióny, por otra parte, restar de la base imponible losimpuestos que forman parte del precio, siendo estosel impuesto sobre los Ingresos Brutos y la propiaTasa por Inspección de Seguridad e Higiene.

Que expuestos los argumentos delcontribuyente corresponde dar tratamiento a losmismos.

Que respecto a lo aludido por elcontribuyente a que el monto de la tasa debeguardar razonable y discreta proporción entre elcosto del servicio que se retribuye cabe decir que noes necesario que exista una equivalencia estricta, lacual en la práctica es imposible de establecer.

Que en el fallo “Banco de la Nación c/Municipalidad de San Rafael” C.S.J.N. 16/05/1956.Fallos 234:663, afirma que “aun siendo la tasa unacontraprestación por los servicios administrativosrequeridos por el particular al estado se comprendeque este, en el ejercicio de su soberanía tributaria,pueda efectuar una recaudación que tenga encuenta la capacidad contributiva del obligado alpago, según todos los elementos que el estadoconsidere importantes para valorar dicha capacidadcontributiva, no excluyéndose la consideración delvalor del servicio prestado por el estado..”.

Que, por otra parte, es menester hacersaber al recurrente que el quantum de la tasa no seencuentra determinado por el valor de la prestacióndel servicio de referencia en forma particular y/o enbase al monto del sueldo del inspector municipal quedebe realizar la inspección de la Seguridad e Higienede los establecimientos radicados en el ejido; sinotodo lo contrario, toda vez que la actividadadministrativa no se agota en un servicio deinspección, si no que su accionar es mucho másamplio, ya que el mismo se organiza a través de susdiferentes estructuras y órganos, en pos de brindaren forma efectiva y potencial la prestación de unservicio público.

Que es dable mencionar que la LeyOrgánica de las Municipalidades en su Art. 108establece las atribuciones y los deberes en generaldel Departamento Ejecutivo, entre otros puedeexpedir órdenes para practicar inspecciones, adoptarmedidas preventivas para evitar incumplimientos alas ordenanzas de orden público, estando facultadopara clausurar establecimientos, decomisar ydestruir productos, demoler y trasladar instalaciones,etc..

Que no debemos olvidar que paradesarrollar la tarea de inspección de los diferentesestablecimientos que operan dentro del partido deMorón, la estructura municipal debe contar conpersonal capacitado, oficinas técnicas, como la debromatología, con una Dirección de InspecciónGeneral, dependiente de la Secretaría de Gobierno;para percibir y fiscalizar los tributos municipales

cuenta con una Secretaría de Economía y Finanzas,de la que dependen la Contaduría Municipal, laSubsecretaría de Ingresos Públicos, y de ésta laDirección de Tributos Municipales, Dirección deFiscalización, la Dirección de Apremio, elDepartamento de Inteligencia Fiscal, etc.; paraaprobar su presupuesto y ordenanzas tiene unConcejo Deliberante; y que a los efectos desancionar a los contraventores cuenta con unTribunal de Faltas, ya que no es nada simple poneren marcha toda la estructura municipal a efecto de laprestación del mismo, la que tiene incidencia en loscostos directos e indirectos del servicio, que es endefinitiva lo que constituye el valor global de la tasa.

Que, asimismo, el hecho de la distribuciónde la carga impositiva, no es un hecho judiciable, yaque obedece a razones de oportunidad, mérito yconveniencia, siempre y cuando la recaudación totalpor la tasa (no la individual) guarde una razonablerelación con los costos directos e indirectos delservicio.

Que es legítimo el cobro de la tasa desdeel momento en que el fisco ha incurrido enerogaciones para organizar la prestación de unservicio.

Que resulta clarificador en punto a lomencionado, lo establecido por Nuestro MáximoTribunal, al sentenciar que “No existe normaconstitucional o legal que obligue a que las tasasexhiban proporcionalidad entre el costo del servicio yel monto del gravamen, ya que mediante lo que sepercibe no debe atenderse únicamente a los gastosde la oficina que lo prestan, ya que tanto laexistencia de ésta como el cumplimiento de sus finesdependen de la total organización municipal, cuyaserogaciones generales deben incidir en lasprestaciones particulares en una medida cuyadeterminación es cuestión propia de la políticafinanciera.” SCBA, I 1541 S 29-12-98.

Que, obviamente, ello no significa que larecaudación se desinterese del costo del servicio.Nuestro más Alto Tribunal sentenció que el costoglobal del servicio se puede distribuir entre losobligados al pago teniendo en cuenta susrespectivas capacidades contributivas por imperiodel principio de equidad.

Que la proporción razonable debe darseentre el costo del servicio y el monto total de lorecaudado, y no con relación al tributo que abonacada sujeto pasivo y la porción del servicio que lecorresponde financiar.

Que sin perjuicio de ello y en cuanto alplanteo de que el monto de la tasa resultadesproporcionado e irrazonable, la Corte provincialtiene dicho que “… es competencia exclusiva dellegislador elaborar la política financiera del Estado(municipio) y, en consecuencia determinar la medidaen que las diferentes categoría de contribuyentesdeben aportar para la formación del erario. Por esarazón es que las impugnaciones basadas en lacuantía del gravamen sólo deben acogerse en casode que se demuestre que el mismo, en su aplicaciónal volumen o giro patrimonial del contribuyente,resulta prohibitivo, destructivo o confiscatorio…”(Causa I.1183).

Que siendo así, el recurrente al pretenderhacer mención a la supuesta confiscatoriedad ydesproporcionalidad del monto determinado por elfisco municipal en concepto de la Tasa porInspección de Seguridad e Higiene, deja de lado elhecho que la firma OPAVI S.A. no ha acreditado ladesarmonía y desproporción a la cual alude.

Que por otra parte la recurrente tampocoha demostrado en los actuados de tratas, que laTasa pretendida por el Municipio, le genera oproduce una situación de quebrantamiento.

Que a los efectos de poner punto final aeste entuerto, resulta relevante el sano criterio de laSuprema Corte de Justicia de la Provincia deBuenos Aires, la cual ha establecido en autos infradetallados, que: -Eventualmente sólo se podrá

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criticar de modo razonado el importe de la tasa por loelevado, cuando de modo palmario “… demostraraque, en su relación con volumen o giro patrimonialdel contribuyente, resultara destructivo, prohibitivo oconfirmatorio (“Acuerdos y Sentencias”, 1958 I247,263; III 325, 1964 II 352, 1997 I 210, Causa U380, “Estrugando”, DJBA, Tomo 116, pág. 73 I 828,“Estancia La Primavera”) (Autos “Papelera Juan V.G.Serra S.A.C.F. C/ Municipalidad de San Martín,S.A.J.B.A., 18/06/91, causa 1286)”.

Que, a continuación, cabe decir que laTasa por Inspección de Seguridad e Higiene noresulta confiscatoria toda vez que los tributos sonconfiscatorios cuando absorben una parte sustancialde la propiedad o renta o del capital, o cuando no seda la proporción entre el monto pagado y el costo deprestación. La Corte Suprema Nacional ha declaradola confiscatoriedad y por ende la inconstitucionalidadde un impuesto sucesorio cuando excede del 33%del valor de los bienes recibidos por el beneficiario (“Fallos” 190-159; y Villegas, “Curso de Finanzas,Derecho Financiero y Tributario”, 1993, p.207). Seconcluye, por estas consideraciones, que laconfiscatoriedad originada en tributos puntuales seconfigura cuando la aplicación de ese tributo excedela capacidad contributiva del contribuyente,disminuyendo su patrimonio e impidiéndole ejercersu actividad.

Que según se desprende de laConstitución Nacional, cada persona debe contribuira la cobertura de las erogaciones estatales en“equitativa proporción” a su aptitud económica depago público, es decir, de su capacidad contributiva(art. 16). Ya que tal como lo afirma Villegas, laConstitución Nacional consagra implícitamente, en elartículo precitado, el principio de la capacidadcontributiva.

Que sin perjuicio de lo expuesto, de losactuados no se desprende que el contribuyente hayademostrado ni intentado demostrar que la tasacontrovertida le genera un impedimento, que afectasignificativamente en su patrimonio, en grado tal queavasalle todo criterio de razonabilidad yconfiscatoriedad.

Que, por otra parte, es menester aclararque, si bien es cierto que el monto de la tasa debeguardar una razonable proporción entre el costo delservicio que retribuye, no es necesario que existauna equivalencia estricta, la cual en la práctica esimposible de establecer. Que sin perjuicio de loprecedentemente expuesto, es preciso hacermención a los conceptos de proporcionalidad yprogresividad, elementos los cuales encontramospresentes en la Tasa por Inspección de Seguridad eHigiene. Por ello, conforme a lo dicho por el Dr.Hector B. Villegas en su obra Curso de Finanzas,Derecho Financiero y Tributario (editorial Depalma,Pág. 206), en donde se refiere a la proporcionalidaddiciendo: “- Este principio exige que la fijación decontribuciones concretas de los habitantes de laNación sea “en proporción” a sus singularesmanifestaciones de capacidad contributiva, ya que lodeseado es que el aporte no resulte“desproporcionado” en relación a ella. Pero en modoalguno el principio significa prohibir la progresividaddel impuesto (un impuesto es financieramente“progresivo” cuando la alícuota se eleva a medidaque aumenta la cantidad grabada). La progresividadha sufrido una profunda evolución en el pensamientotributario. Las modernas tendencias, sin embargo,han admitido la progresividad considerando quecontribuye a la redistribución de la renta con sentidoigualitario. La Corte Suprema Nacional ha admitidola progresividad y ha entendido que no lesiona laConstitución Nacional. La Corte ha dicho que laproporcionalidad que menciona la Constitución debeentenderse en su real significación, y lo que quiereestablecer no es una proporcionalidad rígida, sinouna proporcionalidad graduada. Esta graduación dela proporcionalidad se funda en el propósito de lograrla igualdad de sacrificios en los contribuyentes. Es

evidente la justicia de la progresividad, pues segúnla distinta pontecialidad económica, el pago de unadeterminada suma en concepto de tributodemandará mayor o menor sacrificio para elcontribuyente.

Que en una sentencia que puede verse en“Fallos”, t. 1995, p. 270, el Alto Tribunal ha dicho quesi el impuesto “progresivo” ha sido aceptado pornuestra jurisprudencia como legítimo, es porque sefunda sobre la base de la solidaridad social, encuanto exige más a quién posee mayor riqueza enrelación a quién posee menos, porque supone que elrico puede sufragarlo sin mayor sacrificio de susituación personal.

Que, seguidamente, analizaremos lasupuesta necesariedad de la prestación efectiva,divisible e individualizado del servicio público.

Que es dable mencionar que la tasa tienepor horizonte la percepción de un servicio público,que esta a disposición de toda la sociedad por elmero hecho de ser prestado, destacándose quetodos los miembros pueden acceder a él.

Que al respecto dice Rodríguez Arias,Jorge (RAP, Bs. As. T° 131, pág. 14) que “tratándos ede prestaciones del estado, de servicios públicossocializados, corresponde el pago mediante elsistema de tasas, como ocurre con el alumbradopúblico, la recolección u otros”.

Que, por otra parte, el hecho que elservicio sea prestado en forma efectiva, si bienimplica la necesaria existencia de una prestaciónconcreta, verdadera, o sea que se hayanmaterializado en la esfera fáctica los presupuestoslegales impuestos por el legislador al establecer elhecho imponible del tributo, no es requisitoinexorable para su validez la individualizaciónpermanente, toda vez que, el contribuyente reviste lacalidad de sujeto pasivo de contribuir, atento a laaptitud potencial del Municipio de prestar el serviciode Inspección y Seguridad, tanto a la recurrentecomo al resto de los sujetos afectados al servicio.Que ello, encuentra sustento en lo resuelto por laSuprema Corte de Justicia al disponer, a saber: LaTasa “(…) halla su fundamento en la prestación deun servicio: el de Inspección de Industria, comercio,etc. (SCJBA Fallo 18/06/91, autos Papelera JuanV.F. Serra SACIF), el cual por el mero hecho deexistir resulta susceptible de ser percibido por elpotencial prestador.

Que la tasa puede surgir de la prestaciónefectiva como de la potencial del servicio, tal como lopropone el Modelo del Código Tributario paraAmérica Latina en su artículo 16.

Que, asimismo, resulta de interés haceralusión a lo preceptuado por el Decreto Ley Nº6.769/58 y sus modificatorias, el cual dispone en suArt. 228: “La percepción de impuestos municipaleses legítima en virtud de la satisfacción de lasnecesidades colectivas que con ella se procura. Losórganos del gobierno municipal tienen por lo tantoamplias atribuciones para especificar los gastos quedeben pagarse con el producto de aquellosimpuestos, sin más limitaciones que las que resultande la aplicación de los mismos a la atención de lasaludidas necesidades colectivas…”

Que la firma OPAVI S.A. reviste la calidadde contribuyente, puesto a que ha sido corroboradoque el mismo desarrolla una actividad económicadentro del ejido de ésta comuna, la cual no puedeescapar al ejercicio del Poder de Policía Municipal,previsto en el art. 75 inc. 30 de la ConstituciónNacional, destinados a preservar las condicionesambientales, de salud, seguridad e higiene,laborales, productivas, sociales etc., vinculadas conla explotación económica del administrado (Art. 132Ordenanza Fiscal).

Que la tasa es la contraprestación quepercibe una organización (usualmente públicaestatal) por un servicio público socializado quebrinda, el cual se encuentra a disposición de todos,

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sin que ellos lo hayan requerido, ni admitido, nitácita, ni expresamente.

Que el servicio público socializado, cuandoes cumplido por el estado, por razones de seguridad(es decir cuando está dirigido a satisfacer lasalubridad, la higiene, la seguridad pública) esutilizado por todos los miembros de una comunidad(Rodríguez Arias, J.C. “El precio de los serviciosPúblicos.” RAP Tomo 131, Bs.As. pág. 14).

Que adúnase a ello, que la Tasa es lacontraprestación frente a la prestación efectiva opotencial de una actividad de interés público, queafecte al obligado (SCBA I-12705, 18/04/1989 votoDr. C. Martínez).

Que no es necesaria la real prestación delservicio individualizado con respecto al sujeto pasivodeterminado, siendo suficiente la organización delservicio que potencialmente puede afectar al sujeto.

Que la divisibilidad apunta a que el servicioque da lugar a la tasa pueda fragmentarse, enunidades de uso o de consumo, ya que de locontrario sería imposible su afectación particular apersona alguna ya que favorece a la comunidad.Conforme Dr. Villegas en su obra de Manual deFinanzas Públicas. Ed. De Palma.

Que no es necesaria la real prestación delservicio individualizado con respecto al sujeto pasivodeterminado, siendo suficiente la organización delservicio que potencialmente pueda afectar al sujeto.

Que, en cuanto al sometimiento del génerotributario al principio de legalidad, primeramentecabe recordar que la naturaleza jurídica de la tasaconstituye una especie del género tributo, la cualqueda comprendida en la definición de prestacionesobligatorias, establecida por ley, tendiente a lacobertura del gasto público.

Que la tasa es creada por el ejercicio depoder de imperio del estado; naciendo la obligacióntributaria ante el mero goce o aprovechamiento deservicio público por el obligado, sin que interese surequerimiento de tales servicios, ni su beneficiocomo consecuencia.

Que el Dr. Villegas en su obra de Manualde Finanzas Públicas. Ed. De Palma. Pág. 563,sostiene “la tasa es un tributo vinculado, o sea quehay un hecho o circunstancia del contribuyente quese integra con una actividad o gasto a cargo ante elmero goce que de alguna forma afecta a dichocontribuyente. La obligación surge ante el mero gocede aprovechamiento del servicio público comoconsecuencia.”

Que teniendo en cuenta lo hasta aquíexpuesto, el estado Municipal poseeinequívocamente el ejercicio indelegable del poderde policía, la facultad de percibir cánones, tasas oregalías que no pueden ser restringidas ocercenadas sino pura y exclusivamente por leyformal expresa por el Estado mismo. Las tasas,como cualquier clase de tributo, deben sersancionadas mediante ordenanzas, dictadas por eldepartamento deliberativo, las cuales deben ser,oportuna e íntegramente publicadas, para cumplir deese modo con el principio de reserva de ley,moralizado a la realidad municipal.

Que, es necesario tener en cuenta que elproceso institucional de nuestra Nación surgió apartir del acuerdo de las Provincias en establecer unmarco de organización estadual.

Que así, se procedió al dictado de laConstitución Nacional que adopta y adapta para sugobierno la forma republicana, representativa yfederal, en la cual coexisten dos fuerzas opuestasque tratan de superarse recíprocamente y sobrecuyo equilibrio y necesaria armonización se funda elesquema ideal del régimen federal: una fuerzacentrípeta ejercida por la Nación, cuya principalfunción es la de impulsar el desarrollo y otra fuerzarepresentada por los gobiernos locales con idénticosobjetivos en su ámbito actuando de modo armónicocon los objetivos de la Nación.

Que en materia de organización municipal,la Constitución Nacional se dictó bajo el auspicio delas ideas de Juan Bautista Alberdi, el cual entendía“son los Cabildos o Municipios unos pequeñospoderes económicos y administrativos, elegidosdirectamente por el pueblo, para ejercer la soberaníaque delega constitucionalmente en ellos, en orden adirigir y administrar sin injerencias del poder políticoo gobierno general de la provincia, los interesespropios de cada localidad o vecindario…”.

Que dicho pensamiento se encuentraplasmado en nuestra Carta Fundamental en elartículo 5° y ello es así toda vez que losconvencionales se inspiraron en la irrefutablerealidad de que la Nación o sus representantes nopueden ejercer una jurisdicción útil y legítima sinosobre los intereses generales y que los intereseslocales serán siempre mejor administrados por losinteresados.

Que, ahora bien, reconocida la entidad delos municipios a partir del análisis de la ley suprema,que significa lo más alto y que toda legislación onormativa legal le está subordinada, corresponderíaahora dilucidar las potestades tributarias de quegozan los mismos.

Que el ejercicio concurrente de facultadestributarias por parte de la Nación, las Provincias y lasMunicipalidades impone la indispensablecoordinación so pena de desnaturalizar el esquemaconstitucional.

Que, como lo hemos adelantado, lasProvincias al implementar el régimen de gobierno, sereservaron algunas potestades, delegando otras enel Estado Nacional. No obstante se acordó quepreservarán su autonomía siempre que aseguren lavigencia de un régimen municipal.

Que en cumplimiento de tal precepto, laProvincia de Buenos Aires ha dictado la LeyOrgánica de las Municipalidades, a través de la cualse establece el marco de organización institucional yeconómico financiero de los estados municipales.

Que así, el Artículo 226 disponeclaramente cuales son los recursos municipales,reconociendo de este modo, facultades tributarias alos municipios. Ello es así, toda vez que, elfuncionamiento de los Municipios requiere gastos yel poder de obtener recursos para cubrirlos emanadirectamente de la Constitución Nacional, porimperio de lo establecido por el Artículo 5º, debiendoconjugarse todo ello con el pensamiento Alberdianoque le diera origen, relegado al olvido en tiemposque corren, que reza “sin rentas no hay gobierno…”.

Que no obstante, es evidente que estaspotestades no resultan ser ilimitadas, expidiéndoseen este sentido la SCBA, 24/11/64, DE, 14-280 alexpresar que: “Los Municipios no pueden crearimpuestos ni gravar materias que ya han sidogravadas por la provincia toda vez que respecto deellas no hay delegación sino reserva de la potestadimpositiva que originariamente corresponde a lalegislatura”.

Que en este entorno quedaría claro lafacultad de las Comunas de imponer todos aquellostributos y gravámenes sobre aquellas materias queno sean de competencia de la Provincia de BuenosAires

Que de este modo quedaría perfectamenteclaro que la atribución de imponer gravámenes sobrela actividad comercial del recurrente, encuentrafundamento constitucional, desde que la propiaprovincia garantiza su ejercicio y conforme el repartode competencias funcionales la Provincia se laconcede a los Municipios (art. 5 C.N. y 199 de laProvincia).

Que dicha prerrogativa se ha impuesto conla finalidad de que el gobierno local pueda contarcon los medios necesarios para la satisfacción de lasnecesidades públicas que inexcusablemente debecumplir.

Que en este orden de ideas, y surgiendoprístinamente de los antecedentes históricos que

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inspiraron la letra de nuestra Carta Fundamental,como así también de lo establecido por laConstitución de la Provincia de Buenos Aires y lasleyes que en su consecuencia se dictaron, dada lanaturaleza institucional de los Municipios, resultaríainobjetable su facultad para exigir el cobro degravámenes establecidos en el orden Local por laOrdenanza Fiscal.

Que con respecto a esta circunstanciacabe señalar que el aseguramiento del régimenmunicipal constituye un recaudo inexcusable de lagarantía que la Nación asume en los Arts. 5 y 123 dela Ley Fundamental, por lo que resultaríainconstitucional por propio imperio del artículo 31º dela Carta Magna, toda legislación que prive a losmunicipios de recaudar tributos con los cuales debacumplir con el cometido constitucional de satisfacerlos servicios públicos y las demandas sociales.

Que es principio ampliamente receptadoen el ámbito jurídico que “Toda ley que trasponga elcerco constitucional pierde su validez y vigencia”.

Que resulta clarificador, en punto a ello, losostenido por Sánchez Viamonte al decir con razónque “la Constitución es una Ley Fundamentalirrevocable, lo mismo es en tiempo de paz que entiempo de guerra y sus efectos no pueden sersuspendidos bajo el pretexto de circunstanciasgubernativas, que siempre serán presentadas comoaquella razón de Estado en que se apoyaba laomnímoda voluntad del príncipe”, (ElConstitucionalismo y sus problemas, p. 251).

Que Bidart Campos, por su parte, describea la Constitución material como un orden ideal deconductas de reparto que tiene ejemplaridad, lo cualsignifica que funcionan como modelo, engendrandoo pudiendo engendrar seguimiento y que disponende una viabilidad de repetición que la generaliza osea que tienen vigencia sociológica, pudiendo estarformuladas expresamente o no.

Que de lo expuesto y analizando el plexojurídico que rodea el tema subexámine, sedesprende que habiéndose establecido desde losalbores de la organización institucional una divisiónde tareas en los distintos ámbitos estatales,reconociéndose determinadas facultades a cada unode los estamentos, orientadas a un mismo fin, cuales el deber general, las mismas se generaron paraperdurar en el tiempo, dada su naturalezafundamental.

Que así, el desconocimiento de talespreceptos por el Estado, en cualquiera de susexteriorizaciones, atenta contra principiosentrañablemente establecidos.

Que según las palabras del Preámbulo, laConstitución ha sido dictada entre otros propósitoscon el objeto de afianzar la justicia, consolidar la pazinterior, proveer al bienestar general y asegurar losbeneficios de la libertad para nosotros para nuestraposteridad y para todos aquellos hombres del mundoque quieran habitar en el suelo argentino.

Que para asegurar esos fines laConstitución reconoce no sólo las libertades queexpresamente menciona, sino todas aquellas quenacen del principio de la soberanía del pueblo y de laforma republicana de gobierno (Art.33).

Que si bien las facultades de los gobiernosmunicipales deben ceder ante normativas federaleso provinciales cuando ello fuera necesario para elcumplimiento de finalidades de orden superior, en elcaso de las tasas en cuestión previstas por laMunicipalidad de Morón, no se atentaría contra elcumplimiento de dichos fines.

Que afirmar lo contrario, redundaría enprincipio en perjuicio de la comunidad local y delorden jurídico establecido, desconociendopalmariamente los principios, derechos y garantíasconstitucionalmente consagrados.

Que en consecuencia la intimaciónrealizada satisface el principio constitucional delegalidad, porque el tributo está creado por lasOrdenanzas Fiscal e Impositiva que establecen

claramente el hecho imponible, los sujetos obligadosal pago, las exenciones, el órgano competente parapercibir el pago, la determinación de las obligacionestributarias, entre otros.

Que, por otra parte, respecto a que la baseimponible del tributo en cuestión no debería estarrelacionada a los ingresos brutos del contribuyente,el Art. 133 de la Ordenanza Fiscal dispone que latasa por Inspección de Seguridad e Higiene secalcula en función de la aplicación de una alícuotasobre los ingresos brutos la cual no puede serinferior a los mínimos establecidos en la OrdenanzaImpositiva.

Que es conveniente dejar en claro, que elmunicipio puede elegir, para solventar sus gastos, laforma tributaria no inconstitucional que másconvenga a los lineamientos de su política fiscal.

Que la tasa en cuestión guarda unacoherencia cierta desde el punto de vista jurídico,dado que se ha admitido que ciertas tasas segraduarán según la productividad económica de laexplotación que determina el servicio según lacapacidad económica del contribuyente, lo cual llevaa considerarse válidas las tasas medidas por losIngresos Brutos de los contribuyentes.

Que nuestra Corte Suprema de Justicia dela Nación ha admitido que el costo del servicio seadistribuido entre los sujetos pasivos en función de lacapacidad contributiva, asimilándose en esteaspecto a los impuestos.

Que, asimismo, no es correcto hablar dedoble imposición tributaria, toda vez que lapretensión fiscal del Municipio consiste en el cobrode una Tasa, en este caso en particular la de“Inspección por Seguridad e Higiene”; en cuanto alimpuesto a los Ingresos Brutos como bien su nombrelo indica se trata de un impuesto, el cual poseedistinto origen, finalidad y hecho imponible que laTasa cuestionada por el recurrente, corroborándoseello con la simple lectura de los serviciosenumerados en el art. 132 de la Ordenanza Fiscalvigente, tema que ya fuera abordado, y al que meremito por economía procesal.

Que sobre el particular cabe decir que elloencuentra sustento en la doctrina de NuestroMáximo Tribunal, así se ha sostenido que “La solarazón de medirse en base a los ingresos brutos delcontribuyente no transforma la tasa en impuesto. Yesto es así porque ambos tributos se diferencian encuanto al presupuesto de hecho adoptado por la leypara poder exigirlo: en un caso, la prestaciónefectiva o potencial de una actividad de interéspúblico que afecta al obligado; en el otro, elencontrarse en una de las situaciones consideradaspor la ley como hecho imponible”. SCBA, I 1286 S18-06-1991.

Que ello es así, toda vez que el gravamenes indudablemente una tasa si, como en el caso quenos ocupa, halla fundamento en la prestación de unservicio: el de inspección de seguridad de industrias,comercios, etc., siendo los ingresos brutos su basede medición; es decir, teniendo en cuenta lacapacidad económica del obligado, criterio que esaceptado por la doctrina, legislación y jurisprudenciamodernas. (SCBA, I 1541 S 29-12-98).

Que, ahora bien respecto a loargumentado por el contribuyente en el puntotitulado “Errores en la determinación de la baseimponible”, cabe decir que de la compulsa de ladocumentación contenida en el expediente de tratas;formulario de Inscripción en el Impuesto sobre losIngresos Brutos obrante a fs. 16 del mentadoexpediente; surge en forma inequívoca que el sujetopasivo de la obligación tributaria, a los efectos detributar el Impuesto a los Ingresos Brutos, reviste lacalidad de contribuyente puro de la Pcia. de BuenosAires.

Que, asimismo, el contribuyente no hacitado la norma que regularía la particular manera deconformar la base imponible como se menciona eneste punto.

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Que por ello, y sumado al hecho que latotalidad de actividad gravada es facturada desde elpartido de Morón; resulta procedente que el fiscomunicipal a los efectos de determinar la baseimponible aplicable al proceso de liquidación ydeterminación de la gabela en cuestión, grave el100% del monto correspondiente a los IngresosBrutos directos del contribuyente; debiendo así, elrecurrente tributar la Tasa por Inspección deSeguridad e Higiene, conforme a lo establecido en elArt. 133 inc. 1º apartado d) de la Ordenanza Fiscal.

Que finalmente cabe decir que el ajustepracticado por la Administración Municipal resultaajustado a derecho, y fue realizado considerándosela normativa vigente municipal, Ordenanzas Fiscal eImpositiva.

Que en virtud de lo expuesto en lospárrafos precedentes, y habiéndose acreditado losextremos legales en orden a la improcedencia de lopretendido por el contribuyente, corresponde nohacer lugar a las pretensiones incoadas por elmismo.

Que a través del expediente del Visto, sehan demostrado los incumplimientos en que haincurrido el contribuyente.

Que por lo expuesto en los párrafosprecedentes, corresponde determinar la tasamencionada.

Que atento lo normado por el art. 27 bis dela Ordenanza Fiscal, corresponde dictar la presente;en primer lugar no haciendo lugar al descargointerpuesto a fs. 128/137; en segundo términodeterminándose el monto total de la obligacióntributaria, por los períodos fiscales abarcados por laauditoría practicada; y finalmente intimándose alpago de lo adeudado por el contribuyente.

Que el procedimiento seguido para ajustarlas obligaciones tributarias del contribuyenteencuentra su fundamento en el Título I, Cap. 7,arts. 21, 24 y cctes. de la Ordenanza Fiscal y TítuloII, Cap. 4, art. 20 y 21 de la Ordenanza Impositiva.

Que la presente Resolución Administrativaes dictada por la Secretaría de Economía yFinanzas, en pleno ejercicio de lo dispuesto en elArt. 181 de la Ley Orgánica de las Municipalidades,actuando la misma por delegación de facultades delDepartamento Ejecutivo, según lo reglamentado através del Decreto 527/2011, Anexo IV (cuatro)A.1.4.

Por ello,LA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS

RESUELVE:Artículo 1°: No hacer lugar al descargo interpuestoa fs. 128/137 por el contribuyente OPAVI S.A.,legajo Nº 2-76868, por no ajustarse el mismo ahechos y derecho, ni conmover los fundamentostenidos en cuenta en las actas de ajuste practicadasen el expediente del visto.Artículo 2º: Determínanse las obligacionestributarias del contribuyente OPAVI S.A. , legajo Nº2-76868, por las diferencias surgidas de laverificación practicada por el expediente del Visto,por la suma de pesos CIENTO VEINTIOCHO MILSETECIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON31/100 ($ 128.744,31) en concepto de valor nominalde la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene,por las cuotas mensuales 05/2006 a 10/2010, conmás los recargos y las multas por omisión de pagoque pudieran corresponder conforme lo establecidoen los arts. 55 y 58 de la Ordenanza Fiscal.Artículo 3º: Intímase al contribuyente OPAVI S.A. ,legajo N° 2-76868 a abonar, en un plazo de diezdías, la suma de pesos NOVENTA Y NUEVE MILSEISCIENTOS NOVENTA Y SIETE CON 22/100 ($99.697,22) a valor nominal, en concepto dediferencias surgidas por la Tasa por Inspección deSeguridad e Higiene por las cuotas mensuales05/2006 a 10/2010, con más recargos establecidosen el art. 55 de la Ordenanza Fiscal los cuales a lafecha ascienden a la suma de pesos SESENTA YCUATRO MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y

UNO CON 32/100 ($ 64.471,32) y las multas poromisión de pago que pudieran corresponder segúnlo normado en el art. 58 de la Ordenanza Fiscal.Artículo 4°: Notifíquese la presente al interesadocon la entrega de copia y vencido el plazo para supago, procédase al cobro judicial por vía delDepartamento de Gestión Judicial.Artículo 5º: Dése al registro de Decretos yResoluciones.

Dr. Eduardo D. AseffDra. Alicia M. Del C. Sztyrle - Dr. Vicente G. Dona to

* * *RESOLUCIONES Nº 296/2011

Moron, 27 de Diciembre de 2011VISTO:

Lo normado por la Ley Orgánica de lasMunicipalidades, las Ordenanzas Fiscal e Impositiva,la Ley de Convenio Multilateral, los autoscaratulados “CONTRIBUYENTE ARAUCA BITA.F.J.P. S.A.”, por expediente N° 4079-11875/04,que tramitan ante la Municipalidad de Morón sita enla calle Alte Brown N° 946 de la Ciudad y Partido d eMorón, Provincia de Bs. As., las Actas de AjusteTributario F13 Nros. 3678, 3679, 3680, el Descargoobrante a fs. 959/963, y;CONSIDERANDO:

Que el expediente del visto contiene ladocumentación que respalda la fiscalizaciónefectuada al contribuyente ARAUCA BIT A.F.J.P.S.A., con domicilio fiscal en la calle Avda. RivadaviaNº 17955, de la localidad y partido de Morón , y condomicilio constituido en la calle Avda. Leandro N.Alem Nº 1050, piso 11, de la Ciudad Autónomade Buenos Aires , cuya actividad desarrollada fueAdministración de fondos de jubilaciones yPensiones , legajo de Tasa por Inspección deSeguridad e Higiene Nº 1-103410.

Que cabe mencionar, en principio se inicióuna auditoria fiscal a fin de efectuar una verificaciónde las obligaciones tributarias del contribuyente.

Que posteriormente, en fecha 19 dediciembre de 2008, el Sr. Fernando Albisu, encarácter de apoderado de la firma de referencia,presenta una nota a fs. 550/551 en donde solicita labaja de la habilitación municipal a partir del11/12/2008.

Que entonces, a través del expediente N°4079-11875/04 se procedió a fiscalizar la Tasa porInspección de Seguridad e Higiene por el períodocomprendido desde el mes de enero de 2005 adiciembre de 2008.

Que atento a ello se solicitó, alcontribuyente, mediante Acta de Verificación N°15754 obrante a fs. 552, documentación a los finesde proceder a la verificación de las obligacionestributarias.

Que a fs. 553, el apoderado mencionadout supra, informa que el cese de actividades del localubicado en la calle Avda. Rivadavia N° 17.955, de lalocalidad y partido de Morón, se produjo en fecha el11 de diciembre de 2008; motivo por el cual y a finde proseguir con los presentes, se procedió deverificar si el contribuyente ha abonadocorrectamente o no las obligaciones tributarias.

Que el órgano administrativo recibió lasiguiente documentación a saber: CertificaciónContable de ventas firmada por Contador Públicocertificada por el Consejo Profesional de CienciasEconómicas de la Ciudad Autónoma de BuenosAires por los períodos 04/2004 a 09/2007discriminada en Ingresos Total País, Ingresos deProvincias Exentas o Gravadas a Tasa Cero,Ingresos de Provincia de Buenos Aires de acuerdo alart. 7 del CM e Ingresos del partido de Morón yResto de municipios de la provincia de Buenos Airesa fs. 416/420, Declaraciones Juradas mensuales delImpuesto sobre los Ingresos Brutos (CM 03) por losperíodos 01/2004 a 09/2007 a fs. 421/488,Declaraciones Juradas anuales del Impuesto sobrelos Ingresos Brutos (CM 05) por los períodos 2004 a2006 a fs. 489/503, Habilitaciones Municipales

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correspondientes a locales habilitados en Provinciade Buenos Aires a fs. 504/519 y fs. 522//538, Detallede Ingresos Netos mensuales por el período 01/2004a 09/2007 discriminado en Ingresos de cadaMunicipio dentro de la provincia de Buenos Airesfirmado por apoderado a fs. 548/549, Nota firmadapor apoderado desistiendo del trámite de habilitaciónMunicipal a fs. 550/551, Certificación Contable deventas firmada por Contador Publico certificada porConsejo Profesional de Ciencias Económicas de laCiudad Autónoma de Buenos Aires por los períodos10/2007 a 12/2008 discriminada en Ingresos TotalPaís, Ingresos de Provincia de Buenos Aires deacuerdo al art. 7 de CM, e Ingresos del Partido deMorón y Resto de municipios de la provincia deBuenos Aires a fs. 556/559, Declaraciones Juradasde Ingresos Brutos periodos 10/2007 a 12/08 a fs.560/919, Declaración Jurada anual del Impuestosobre los Ingresos Brutos (CM 05) por el período2007 a fs. 920/924, Poder para gestionesadministrativas a favor de D´Intino Rodolfo a fs.926/929, Detalle de Ingresos Netos mensuales por elperíodo 10/2007 a 12/2008 discriminado en Ingresosde cada Municipio dentro de la provincia de BuenosAires firmado por apoderado a fs. 930/931 delexpediente del visto. Que para conformar las bases imponibles ycalcular la Tasa por Inspección de Seguridad eHigiene se han considerado los ingresos de morónque surgen de la Certificación contable obrante afs.419/420 y fs. 556/559, más un porcentaje de labase no asignada a los Municipios donde poseelocales habilitados. Que dicho porcentaje se obtuvo de la siguientemanera: a los importes de la certificación contablecolumna “Ingresos partido Morón” se los procedió adividir por los ingresos de los municipios de laProvincia de Buenos Aires que poseenestablecimientos habilitados, obteniéndose uncoeficiente correspondiente a Morón. Que continuando, a las bases imponiblesprovincia de Bs. As. (art. 7 del Convenio Multilateral)se le restan los ingresos por municipios de laprovincia de Bs. As. donde poseen establecimientos,obteniéndose así la base imponible no asignada quese multiplicó por el coeficiente correspondiente aMorón mencionado precedentemente, y el importeresultante pasó a formar parte de las basesimponibles de Morón. Que de ello, surgen las bases imponiblespara la Tasa por Inspección de Seguridad e Higienepara las cuotas mensuales 01/06 a 12/08, por lo cualse procedió a calcular la Tasa por Inspección deSeguridad e Higiene por dichos períodos sobre basecierta.

Que de acuerdo a los cálculos realizadosse determinó que los ingresos por ventas para lascuotas mensuales 01/06 a 12/06, 01/07 a 12/07,01/08 a 12/08, superan el mínimo imponibledeterminado en el art. 20 inc. 2.1 de la OrdenanzaImpositiva, por lo tanto deberá tributar por la alícuotaestablecida en el mencionado artículo inc. 2.2, másel 45% de incremento de conformidad con loestipulado por las Ordenanzas N° 10.984/90(modificada por Ordenanza N° 11.354/90), N°12.867/92, N° 12.868/92 y las Ordenanzas Nros.14.053/95, 14.054/95 y 14.055/95, que dichoincremento comprende hasta la cuota mensual12/06.

Que de la compulsa de las actuacionessurge como resultado que el contribuyente determinóen forma inexacta la base imponible del tributo porlas cuotas mensuales 01/06 a 12/06, 01/07 a 12/07,01/08 a 11/08, conforme a los arts. 24, 25, 138,140 ycctes. de la Ordenanza Fiscal, por lo quecorresponde se determine de oficio la misma,conforme art. 137 y cctes. de la Ordenanza Fiscal.

Que con fecha 06 de julio de 2010 seprocedió a dar vista de las Actas de Ajuste TributarioF-13 Nros. 3678, 3679 y 3680, otorgándole alcontribuyente el plazo de 5 (cinco) días para que

formule por escrito su defensa y ofrezca la pruebadocumental que haga a su derecho.

Que en fecha 13 de julio de 2010 elcontribuyente presenta nota a fs. 953 donde solicitavista de las actuaciones, extracción de fotocopias y asu vez solicita prórroga de 15 (quince) días.

Que respecto a ello en la misma fechamencionada precedentemente, el contribuyente dereferencia toma vista de las actuaciones y extraefotocopias, a su vez se deja constancia en la mismanota de fs. 953, que no corresponde la prórrogaconforme lo establecido en el a art. 27 bis de laOrdenanza Fiscal vigente.

Que en fecha 14 de julio de 2010 elcontribuyente de referencia interpone descargo elcual obra a fs. 959/963 del expediente del visto.

Que en el punto III.1 del mencionadodescargo el contribuyente plantea la nulidad del actonotificado en función de su falta de correcta ycompleta motivación, agrega que el solo hecho deacompañar las planillas de cálculo y mencionar ladocumentación analizada y artículos que consideraaplicable, de ninguna forma constituye unafundamentación suficiente.

Que al respecto cabe mencionar lodispuesto por el art. 27 bis de la Ordenanza Fiscal“Las liquidaciones y actuaciones practicadas por losfuncionarios y demás empleados que intervengan enla verificación y fiscalización de tributos, noconstituyen determinación administrativa, la que sólocompete a la Secretaria de Economía y Finanzas…”.

Que sin perjuicio de ello, debe destacarseque las actas de ajuste tributario constituyenmedidas preparatorias de decisiones administrativas,no constituyendo determinación de obligacióntributaria alguna, que las mismas son instrumentosque reflejan una situación económica-financiera-tributaria y cuya naturaleza es eminentementetécnica.

Que, cabe decir que solo basta con lalectura de dichas actas para apreciar que estas noadolecen de ningún dato o consigna, por las cualesel contribuyente pueda invocar falta defundamentación y/o motivación alguna respecto alajuste practicado.

Que asimismo y toda vez que la posiciónde la Administración frente a la duda deladministrado, es la de evacuar las mismas, es dablehacer mención que dichas actas constan en sureverso “el cual es de uso exclusivo de autoridadMunicipal” de una serie de conceptos, los cualesdetallan Rubros, Saldo a Favor, Mínimos Impagos,Cargos y Descargos, detallando a su vez en losfrentes de las actas, los periodos fiscales afectadosa la auditoria, las bases imponibles utilizadas, lasalicuotas aplicadas, la tasa liquidada con susrespectivos importes a pagar, etc. y considerandoque las mismas en sus “ítems” también contemplalas “Observaciones del ajuste tributario” destinadaprecisamente a informar al contribuyente el criterio yprocedimiento utilizado para la obtención de lasbases imponibles aplicables para cada caso enparticular, por las cuales la Administración tiende agarantizar el derecho de defensa del administrado.

Que en efecto el planteo del contribuyentecarece de asidero legal, toda vez que el Municipio deMorón hasta la fecha no había determinado deuda alcontribuyente de referencia, por lo cual la verificacióntributaria y ajustes realizados por los periodosrecurridos, quedan comprendidos dentro de lasactuaciones practicadas en virtud del art. 27 de laOrdenanza Fiscal.

Que en el punto III.2 efectúa reserva deplantear la inconstitucionalidad del art 27 bis de laOrdenanza Fiscal vigente, por otorgar el exiguoplazo de 5 días para contestar las vistas; además,agrega que le resulta dificultoso revelar y analizar ladocumentación correspondiente al tema subexamine en un período de tiempo tan escaso,traduciéndose ello en una violación al principio dedebido proceso adjetivo a favor de los administrados.

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Que respecto a lo expresadoprecedentemente en cuanto a que fue imposibleanalizar las diferencias notificadas por el enteadministrativo, cabe decir que de conformidad con lonormado por el art. 27 bis de la Ordenanza Fiscalvigente, una vez conferida la vista de los ajustestributarios deberá el contribuyente o responsabledentro del plazo de cinco (5) días, formular porescrito su descargo y ofrecer la prueba documentalque haga a su derecho, con las formalidadesestablecidas en el Capitulo VII de la Ordenanza11.654.

Que asimismo vale mencionar que lacitada normativa establece que no se admitiránprórrogas ni ampliaciones al plazo estipulado decinco días, por lo tanto queda claro entonces quedicho plazo es improrrogable y perentorio.

Que en definitiva la vista conferida, es alefecto de que el particular vinculado a la actuación,produzca su descargo y ofrezca la prueba de la queintente valerse, referente a la fiscalización tributariaen trámite. Que resulta importante recordar que elcontribuyente tuvo acceso al expediente durantetoda su tramitación, de conformidad con lo normadoen el art. 11 de la Ordenanza 11654 deProcedimiento Administrativo, en virtud del cual laAdministración garantizó en todo momento elderecho de defensa del administrado.

Que de hecho, las presentaciones ymuchas otras diligencias que obran en los actuadosfueron efectuadas por el contribuyente de modo tal,que ponen de manifiesto que él mismo ha tenidoacceso a la actuación, cuantas veces ha querido,ejerciendo su derecho de defensa cabalmente y lasubstanciación del presente, es prueba palmaria deello.

Que continuando con los dichos delcontribuyente resulta importante mencionar que, nose advierte que la Administración Municipal hayaafectado el derecho debido proceso adjetivo, todavez que al efectuar la interposición del descargo defs. 959/963, el contribuyente está ejerciendo de esemodo su derecho de defensa, contradiciéndose conlo planteado por el mismo al aseverar que se estaríaafectando el debido proceso adjetivo.

Que en el punto IV. 1 expone la razón delcese de actividades, manifestando habercumplimentado con la documentación solicitada porel ente municipal tendiente a demostrar los ingresosbrutos correspondientes a la provincia de BuenosAires, a la Ciudad de Morón y al resto de losMunicipios de dicha provincia.

Que en el punto IV.2 alude a un error enel criterio fiscal, al pretender ajustar las basesimponibles declaradas en los periodos involucrados,destaca que la certificación contable oportunamenteacompañada solo refiere a Ingresos Brutosmensuales del total país, Ingresos Brutosmensuales de la provincia de Buenos Aires deacuerdo al art. 7 del Convenio Multilateral, eIngresos Brutos del Partido de Morón y demáspartidos de la provincia de Buenos Aires en donde lafirma posee local habilitado.

Que continua manifestando que la baseimponible supuestamente “no asignada” correspondea diferentes Municipios de la Provincia de Buenos endonde la firma también ejerce actividades, por lo quede ninguna manera puede el Municipio de Morónpretender apropiarse de base imponiblecorrespondiente a otra jurisdicción, pretender locontrario sería efectuar un arbitraria y equivocadaaplicación de lo dispuesto por el art. 35 del ConvenioMultilateral. Al respecto el contribuyente dereferencia cita jurisprudencia.

Que de lo expuesto, el fisco municipalentiende que la pretensión de ARAUCA BIT A.F.J.P.S.A. no resulta ajustada a derecho, toda vez que sedesprende sin duda alguna que el contribuyente nodistribuyó los ingresos generados en aquellasjurisdicciones en las cuales la firma ejerce

actividades y no posee local habilitado, y que nofueron asignadas a ningún municipio, quedando unaporción de base imponible sin distribuir.

Que cabe señalar que el contribuyente seencuentra inmerso en una confusión en cuanto ainterpretación de normas del convenio Multilateral yaplicación de las mismas, toda vez que el criteriosustentado por la Municipalidad de Morón para laliquidación de la Tasa por Inspección de Seguridad eHigiene no prescinde de la aplicación del articulo 35de la Ley de Convenio Multilateral, de la LeyOrgánica de las Municipalidades, las OrdenanzasFiscal e Impositiva vigentes, del marco jurídico y dela metodología de determinación que deriva delConvenio Multilateral, sino que es la aplicaciónordenada de dichas disposiciones.

Que el artículo 35 del Convenio Multilateralplanea tres pautas para distribuir los ingresos entretales entes que son: a) las Municipalidades puedengravar únicamente la parte de ingresos brutosatribuibles a la Provincia, primer párrafo; b) ladistribución de los ingresos brutos entre Municipiosse hará con arreglo al Convenio Multilateral si noexistiere un acuerdo interjurisdiccional quereemplace ese mecanismo, segundo párrafo; y c)cuando las normas sólo permitan la percepción detributos en aquellos casos en que exista local, lasjurisdicciones en las que el contribuyente los posea,podrán gravar en conjunto el 100% de la baseimponible, tercer párrafo.

Que de todo ello surge: 1) que el Municipiopuede gravar sus ingresos teniendo como límite losque resulten atribuibles a la Provincia de BuenosAires; 2) los ingresos brutos de la Provincia debendistribuirse entre las Municipalidades con localhabilitado, aplicando el Convenio Multilateral; y 3)ARAUCA BIT A.F.J.P. S.A. posee locales habilitadosen varios municipios y los ingresos brutos atribuiblesal resto de los Municipios donde realiza actividad sinlocal deben asignarse a esos municipios.

Que en el caso en sub examine, resulta deaplicación estricta e indubitable el tercer párrafo delcitado articulo de la Ley de Convenio Multilateral, envirtud de que a través del artículo 132 de laOrdenanza Fiscal vigente se desprende que esrequisito necesario para que se produzca el hechoimponible la existencia de establecimiento, local uoficina.

Que respecto de los ingresos que la firmade referencia obtiene en otros municipios de laprovincia de Buenos Aires en donde desarrollaactividad y no fueron distribuidos, el fisco municipalprocedió a asignar los mismos, conforme lonormado por el articulo 35, tercer párrafo, de la Leyde Convenio Multilateral, entre todos aquellosmunicipios que cuentan con local habilitado.

Que por otro lado cabe mencionar que laMunicipalidad de Morón no excedió el limite de supotestad tributaria, toda vez que gravó dentro delmarco de la adjudicable al municipio, aplicando loscoeficientes correspondientes al partido de Morón.

Que los Organismos del ConvenioMultilateral, en los casos de Akapol SACIFI,Telefónica de Argentina SA, Parmalat Argentina SA,han sostenido la aplicación del tercer párrafo delartículo 35 del Convenio Multilateral cuando exista elrequisito del local como determinante para laaplicación del tributo, circunstancia que se cumpleen estas actuaciones.

Que por lo tanto al momento de liquidarla Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, laMunicipalidad de Morón en ningún momento seapartó de las normativas que regulan la materia, porello se puede afirmar que el ajuste practicado en laspresentes actuaciones resulta ajustado a derecho.

Que por los motivos expuestoscorresponde no hacer lugar al planteo efectuado porel contribuyente.

Que en el punto IV.3 hace mención la ley23.548 de coparticipación, y manifiesta que las tasasdeben retribuir la concreta, efectiva e individualizada

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prestación de un servicio público a la par que debenguardar proporcionalidad con el costo del servicioefectivamente prestado como contrapartida por lacomuna.

Que respecto a lo expuesto, cabemencionar que la pretensión fiscal del Municipioconsiste en el cobro de una Tasa, en este caso enparticular la de “Inspección por Seguridad e Higiene”y que la Tasa no importa usualmente la exigencia deuna prestación real y que haya sido usufructuada porel obligado al pago sino que, en la medida que existala potencialidad de acceder al servicio, en cualquiermomento, la obligación de pago emerge palmaria.Ello es así pues la noción primigenia de tasa, sevincula con la prestación de servicios públicosdenominados de primera generación, los básicos yesenciales que hacen a la esencia de la vidahumana, y que resguardan la subsistencia de losindividuos. Los servicios básicos que brinda elEstado por sí o a través de terceros no pueden serrenunciados ni prescindidos ya que son ofrecidos atodos, en condiciones de igualdad, uniformidad,regularidad y permanencia. El servicio que exigecomo contraprestación del pago de una tasa seencuentra disponible para todas las personas y, losadministrados no pueden ignorarlo, ya que de él sevalen de modo directo e indirecto. Que la Corte Suprema ha establecido ensu doctrina judicial que no resulta necesario que elcobro de la tasa tenga como objetivo primordialsatisfacer intereses individuales, sino que su validezcomo la de todos los tributos depende del interéspúblico que justifique su aplicación.

Que continuando con lo planteado por elcontribuyente, cabe mencionar que la naturalezajurídica de la tasa constituye una especie del génerotributo, y queda comprendida en la definición deprestaciones obligatorias, establecida por ley,tendiente a la cobertura del gasto público.

Que la tasa es creada por el ejercicio depoder de imperio del estado; naciendo la obligacióntributaria ante el mero goce o aprovechamiento deservicio público por el obligado, sin que interese surequerimiento de tales servicios, ni su beneficiocomo consecuencia.

Que la Ordenanza Fiscal en su artículo132 referido al Hecho Imponible, enumera cualesson los sujetos pasivos, obligados al pago del tributoen cuestión.

Que el hecho imponible no se genera sólopor la prestación del servicio de higiene de un localdeterminado, en este caso el del contribuyente dereferencia, al contrario, el servicio se organiza a finde preservar la seguridad, salubridad e higiene de lapoblación del partido de Morón, para lo cual seinspeccionan los comercios, industrias, actividadesasimilables a tales, y empresas que explotenservicios públicos para garantizar la seguridad ehigiene de los habitantes del partido.

Que el Dr.Villegas en su obra de Manualde Finanzas Públicas. Ed. De Palma. Pág. 563,sostiene “la tasa es un tributo vinculado, o sea quehay un hecho o circunstancia del contribuyente quese integra con una actividad o gasto a cargo ante elmero goce que de alguna forma afecta a dichocontribuyente. La obligación surge ante el mero gocede aprovechamiento de servicio público comoconsecuencia. ”

Que la tasa puede surgir de la prestaciónefectiva como de la potencial del servicio, tal comolo propone el Modelo del Código Tributario paraAmérica Latina en su artículo 16.

Que la tasa es la contraprestación quepercibe una organización (usualmente públicaestatal) por un servicio público socializado quebrinda, el cual se encuentra a disposición de todos,sin que ellos lo hayan requerido, ni admitido, nitácita, ni expresamente.

Que el servicio público socializado, cuandoes cumplido por el estado, por razones de seguridad(es decir cuando está dirigido a satisfacer la

salubridad, la higiene, la seguridad pública) esutilizado por todos los miembros de una comunidad(Rodríguez Arias, J.C. “El precio de los serviciosPúblicos.” RAP Tomo 131, Bs.As. pág. 14).

Que adúnase a ello, que la Tasa es lacontraprestación frente a la prestación efectiva opotencial de una actividad de interés público, queafecte al obligado (SCBA I-12705, 18/04/1989 votoDr. C. Martínez).

Que no es necesaria la real prestación delservicio individualizado con respecto al sujeto pasivodeterminado, siendo suficiente la organización delservicio que potencialmente puede afectar al sujeto.

Que la Corte Suprema ha establecido ensu doctrina judicial que no resulta necesario que elcobro de la tasa tenga como objetivo primordialsatisfacer intereses individuales, sino que su validezcomo la de todos los tributos depende del interéspúblico que justifique su aplicación. Que así desde éste aspecto, la ConstituciónNacional en su art. 5 y 123 garantiza a cadaprovincia el dictado de una constitución que deberáasegurar el régimen municipal. Que las municipalidades son entesautónomos que tienen su correspondiente régimenmunicipal conforme lo establecen los ya citadosartículos de la Constitución de la Nación, como asítambién el art. 190 y concordantes de la ConstituciónProvincial; con lo cual queda claro la facultad de lasComunas de imponer todos aquellos tributos ygravámenes sobre aquellas materias que no sean decompetencia de la Provincia de Buenos Aires.

Que de allí entonces, que los municipiosse encuentran facultados constitucionalmente, aimponer la obligatoriedad del pago de tributos, amodo de retribución de los servicios brindados afavor del particular y en general de la comunidad.

Que si bien es cierto que el monto de laTasa debe guardar una razonable proporción entreel costo del servicio que retribuye, no es necesarioque exista una equivalencia estricta, la cual en lapractica es imposible de establecer.

Que en fallo “Banco de la Nación c/Municipalidad de San Rafael” C.S.J.N. 16/05/1956.Fallos 234:663, afirma que “aun siendo la tasa unacontraprestación por los servicios administrativosrequeridos por el particular al estado se comprendeque este, en el ejercicio de su soberanía tributaria,pueda efectuar una recaudación que tenga encuenta la capacidad contributiva del obligado alpago, según todos los elementos que el estadoconsidere importantes para valorar dicha capacidadcontributiva, no excluyéndose la consideración delvalor del servicio prestado por el estado..”.

Que ello no significa que la recaudación sedesinterese del costo del servicio.

Que de la interpretación del fallo aludido,nuestro más alto tribunal sentenció que el costoglobal del servicio se puede distribuir entre losobligados al pago teniendo en cuenta susrespectivas capacidades contributivas por imperiodel principio de equidad.

Que la proporción razonable debe darseentre el costo del servicio y el monto total de lorecaudado, y no con relación al tributo que abonacada sujeto pasivo y la porción del servicio que lecorresponde financiar.

Que es legitimo el cobro de la tasa desde elmomento en que el fisco ha incurrido en erogacionespara organizar la prestación de un servicio.

Que según lo sentenciado por la SupremaCorte de la Provincia de Buenos Aires en fallo“Nobleza Piccardo” 28/11/95, la prestación potencialdel servicio hace generar el pago de la tasa encuestión.

Que la Tasa por Inspección de Seguridad eHigiene guarda una razonable y discreta proporciónentre el costo del servicio y los montos recaudadospor la comuna respecto a la tasa en cuestión.

Que resulta clarificador en punto a lomencionado, lo establecido por Nuestro Máximo

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Tribunal, al sentenciar que “ No existe normaconstitucional o legal que obligue a que las tasasexhiban proporcionalidad entre el costo del servicioy el monto del gravamen, ya que mediante lo que sepercibe no debe atenderse únicamente a los gastosde la oficina que lo prestan, ya que tanto laexistencia de ésta como el cumplimiento de susfines dependen de la total organización municipal,cuyas erogaciones generales deben incidir en lasprestaciones particulares en una medida cuyadeterminación es cuestión propia de la políticafinanciera.” SCBA, I 1541 S 29-12-98.

Que en suma, la Municipalidad de Morón noexcede las potestades tributarias, ya que laimposición de la tasa por Inspección de Seguridad eHigiene encuentra su justificación razonable, todavez que no avanza en aquello que es competenciade la Nación -por un lado- y de la provincia -por otro-y redunda en beneficio de la colectividad,ubicándose en el ámbito de las potestadesinherentes a los municipios (en tanto se trata de unafunción relativa al orden inmediatamente local, conf.Bielsa, Derecho Administrativo, T. IV, ed 6ta., pág310) porque se las ha otorgado la ConstituciónProvincial y asegurado la Nacional.

Que de lo precedentemente expuesto, sedesprenden las razones por las cuales laadministración no debe hacer lugar a lo pretendidopor el contribuyente.

Que en el punto V. el contribuyente planteaque se le imputa la comisión prima facie de omisiónde impuestos, encuadrando dicha supuestainfracción en los arts. 58 y 59 del código Fiscal,cuando no cabe reproche alguno, toda vez que lafirma declaró la materia imponible y la Tasa porInspección de Seguridad e Higiene en formacompleta.

Que en virtud del planteoefectuado precedentemente es dable mencionar,que los apercibimientos de aplicación de lasdisposiciones contenidas en el art. 58 y 59 de laOrdenanza Fiscal, en el informe de fecha 01/07/2010a fs. 945 y en la cédula de vista de Ajuste obrante afs. 948, constituyen un dispositivo destinado aregular la aplicación de multas por omisión de losdeberes tributarios, determinándose distintossupuestos.

Que conforme se desprende de la lectura delos considerandos del presente acto; el contribuyenteen los períodos que van desde la cuota mensual01/06 hasta 12/08 determinó en forma inexacta laTasa por Inspección de Seguridad e Higienecorrespondiente a dichos períodos.

Que dichas circunstancias oportunamentefueron valoradas por la Administración para instar elproceso de determinación tributaria que conlleva aldictado del presente acto.

Que es por ello entonces, dicho accionarimporta la concreta existencia de omisión en el pagodel tributo (art. 58).

Que la naturaleza de las multas son decarácter punitivo y tienen un fin práctico resarcitoriopor la mora ocasionada.

Que según la Doctrina, laconducta punible consiste en no pagar, retener opercibir en menor medida que lo debido, perosiempre que esa omisión se efectúe mediante unadeclaración jurada o información inexacta.

Que asimismo la Ordenanza Fiscalen su artículo 58 al mencionar las multas por omisiónestablece “Cuando se omitiere pagar, recaudar oretener total o parcialmente tributos municipales, sinque concurran situaciones de fraude o exista errorexcusable de hecho o de derecho, los contribuyenteso responsables serán sancionados con multas queel Departamento Ejecutivo graduará en hasta un100% (cien por ciento) del monto del gravamenactualizado dejado de abonar, por año fiscal ofracción….”

Que resulta calificador en punto a ello, ladoctrina sentada por nuestro Máximo Tribunal “El

error, para ser excusable requiere uncomportamiento normal, razonable, prudente yadecuado a la situación, hallándose exento de penaquien demuestre que pese a su diligencia y en razónde grave y atendible circunstancias, que acompañano procedieron la infracción, pudo y debió creerrazonablemente que en su acción no lesionaría elprecepto legal ni el interés del erario” SCBA 48348.

Que la sola detección de la infracción nohabilita la aplicación de la multa, de evidentecarácter sancionatorio. Para que ello ocurra y seaprocedente la aplicación de sanción, la misma ha dequedar supeditada a la determinación concreta de lainfracción que se imputa, pudiendo encuadrar talsupuesto en las disposiciones de los artículos 58 y59, para los casos de inexistencia de situacionesfraudulentas o, por el contrario y en caso dedetectarse tal hecho, resultaría de aplicación eldispositivo reglado en el art. 64 y siguiente de lanorma fiscal. En uno u otro supuesto no se puedeprescindir del análisis de la conducta delcontribuyente, en punto a determinar el carácterdoloso o culposo de la misma.

Que resulta necesario entonces, la concretaindividualización de la infracción formal que se leimputa al recurrente, no siendo procedente entoncesla aplicación automática de la sanción- multa.

Que si bien es cierto que de las actuacionesdel expediente del visto surgen distintos hechos quepodrían determinar la tipificación de la conducta delrecurrente, en los distintos supuestos que prevé lanorma fiscal, ante la ausencia de una claradeterminación y calificación de la conducta de larecurrente enmarcada en un procedimientoadministrativo que permita ejercer el de defensa ygarantizando el debido proceso para con elrecurrente (efectuando su descargo, controlando latipificación de la infracción, produciendo prueba, etc.)la aplicación de la multa no resulta ajustada aderecho.

Que consecuentemente con ello,correspondería respecto a éste aspecto declararparcialmente procedente el descargo intentado,dejando suspendida la aplicación de las multas.

Que a través del expediente del Visto, sehan demostrado los incumplimientos en que haincurrido el contribuyente.

Que por lo expuesto en los párrafosprecedentes, corresponde determinar la tasamencionada;

Que atento lo normado por el art. 27 bis dela Ordenanza Fiscal, corresponde dictar la presente;en primer lugar no haciendo lugar al descargointerpuesto a fs. 959/963; haciéndolo parcialmenteprocedente en cuanto a la aplicación de las multaslas que se suspenden hasta tanto se resuelva laactuación que por cuerda debe instarse;determinándose en segundo lugar el monto total dela obligación tributaria, por los períodos fiscalesabarcados por la auditoría practicada, sin deducir lospagos efectuados por el contribuyente; eintimándose en tercer término al pago de loefectivamente adeudado por el contribuyente.

Que el procedimiento seguido para ajustarlas obligaciones tributarias del contribuyenteencuentra su fundamento en el Título I, Cap. 7,arts. 21, 24 y cctes. de la Ordenanza Fiscal y TítuloII, Cap. 4, art. 20 y 21 de la Ordenanza Impositiva.

Que la presente Resolución Administrativaes dictada por la Secretaría de Economía yFinanzas, en pleno ejercicio de lo dispuesto en elArt. 181 de la Ley Orgánica de las Municipalidades,actuando la misma por delegación de facultades delDepartamento Ejecutivo, según lo reglamentado através del Decreto 527/2011, Anexo IV (cuatro)A.1.4.

Por ello,

LA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZASRESUELVE:

Artículo 1°: No hacer lugar al descargo interpuestopor el contribuyente ARAUCA BIT A.F.J.P. S.A.,

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legajo de Tasa por Inspección de Seguridad eHigiene Nº 1-103410, por no ajustarse el mismo ahechos y derecho, ni conmover los fundamentostenidos en cuenta en las actas de ajuste tributariopracticadas en el expediente del visto; haciéndoloparcialmente procedente en cuanto a la aplicaciónde las multas, las que se suspenden hasta tanto seresuelva la actuación que por cuerda debe instarse,a los efectos de determinar si la firma recurrente haincurrido en actos de omisión, fraude o deincumplimientos formales, que determinen laaplicación de las sanciones previstas en laOrdenanza Fiscal.Artículo 2º: Determínanse las obligacionestributarias del contribuyente ARAUCA BIT A.F.J.P.S.A., legajo Nº 1-103410, surgidas de la verificaciónpracticada por el expediente del Visto, por la sumade pesos SESENTA Y OCHO MIL CIENTO CINCOCON 58/100 ($ 68.105,58) en concepto de valornominal de la Tasa por Inspección de Seguridad eHigiene, por las cuotas mensuales 01/06 a 12/08,con más los recargos y las multas por omisión depago que pudieran corresponder conforme loestablecido en los arts. 55 y 58 de la OrdenanzaFiscal.Artículo 3º: Intímase al contribuyente ARAUCA BITA.F.J.P. S.A. , legajo Nº 1-103410 a abonar, en unplazo de diez días, la suma de pesos CUARENTA YCUATRO MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y TRESCON 88/100 ($ 44.643,88) a valor nominal, enconcepto de importes impagos por la Tasa porInspección de Seguridad e Higiene por las cuotasmensuales 01/06 a 12/06, 01/07 a 12/07, 01/08 a11/08, con más recargos establecidos en el art. 55de la Ordenanza Fiscal los cuales a la fechaascienden a la suma de pesos TREINTA Y DOS MILCUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS CON 81/100($ 32.492,81) y las multas por omisión de pago quepudieran corresponder según lo normado en el art.58 de la Ordenanza Fiscal.Artículo 4°: Notifíquese la presente al interesadocon la entrega de copia y vencido el plazo para supago, procédase al cobro judicial por vía delDepartamento de Gestión Judicial.Artículo 5º: Dése al registro de Decretos yResoluciones.

Dr. Eduardo D. AseffDra. Alicia M. Del C. Sztyrle - Dr. Vicente G. Dona to

* * *RESOLUCIONES Nº 297/2011

Moron, 28 de Diciembre de 2011VISTO:

La Ley Orgánica de las Municipalidades,Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, elDecreto del Departamento Ejecutivo Nº 498/06, elexpediente Nº 4325/11, por el Servicio deMantenimiento de Central Telefónica, solicitado porla Secretaría Administrativa y Legislativa HonorableConcejo Deliberante y,CONSIDERANDO:

Que por Decreto del DepartamentoEjecutivo Nº 498/06 el Señor Intendente Municipalautoriza al Secretario de Economía y Finanzas asuscribir contratos, adjudicar, anular y ampliar lasadquisiciones, contrataciones y obras públicas delDepartamento Ejecutivo comprendidas en losartículos 133º, 151º y 156º del Decreto Ley Nº6769/58, que no excedan los montos de lasLicitaciones Privadas según la normativa vigente.

Que para el presente, de acuerdo a lodispuesto en los artículos 151º, 153º y 156º de la LeyOrgánica Municipal, resulta de aplicación lostérminos del artículo 156º inciso 8 (servicio demantenimiento) de la mencionada Ley.

Que la Dirección de Control deProcedimientos ha tomado debida intervención sinformular observaciones al presente trámite.Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar lapresente Resolución Administrativa.Por ello:

LA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZASDEL MUNICIPIO DE MORÓN

RESUELVE:ARTICULO 1º: Adjudícase el Servicio deMantenimiento de Central Telefónica, tramitado porexpediente Nº 4325/11, solicitado por la DirecciónAdministrativa y Legislativa Honorable ConcejoDeliberante a CALVET CLAUDIO HORACIO , en lasuma total de Pesos Ciento veintisiete milseiscientos ochenta ($ 127.680.-).ARTICULO 2º: Autorízase a la Dirección deContaduría a emitir la orden de pago según lasformas establecidas en el Pliego de Bases yCondiciones, imputando el gasto en la UnidadEjecutora: 37, Fuente de Financiamiento 110, dentrode la clasificación obrante en la solicitud de gastosNº 7512.ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

Dra. Carla Karina Donato - Dr. Eduardo D. Aseff* * *

RESOLUCIONES Nº 298/2011Moron, 28 de Diciembre de 2011

VISTO:La Ley Orgánica de las Municipalidades, el

Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, laLicitación Privada Nº 111/11, tramitada porexpediente Nº 3916/2011, referente a la adquisiciónde Víveres Secos, solicitado por la Dirección deAcción Social, dependiente de la Secretaría deSalud y Desarrollo Social, el Pliego de Bases yCondiciones Generales, el Decreto Provincial Nº2980/00 y el Decreto del Departamento Ejecutivo Nº498/06 y,CONSIDERANDO:

Que por Decreto del DepartamentoEjecutivo Nº 498/06 el Sr. Intendente Municipalautoriza al Secretario de Economía y Finanzas asuscribir contratos, adjudicar, anular y ampliar lasadquisiciones, contrataciones y obras públicas delDepartamento Ejecutivo comprendidas en losartículos 133º, 151º y 156º del Decreto Ley Nº6769/58, que no excedan los montos de lasLicitaciones Privadas según la normativa vigente.

Que luego del llamado a licitaciónrealizada de acuerdo a lo dispuesto en los artículos151º y 153º de la Ley Orgánica Municipal,concurrieron las firmas: DISALAR S.R.L,ALIMCENTER S.A., FOTI GONZALO,NOMEROBO S.A., RAMALA S.A., GOMEZMARTA INES, resultando todas las ofertasconvenientes a los intereses municipales.

Que la Dirección de Control deProcedimientos ha tomado debida intervención sinformular observaciones al presente trámite y adjuntaproyecto de acto administrativo al efecto.

Que en virtud de lo expuesto, correspondedictar el acto administrativo pertinente.

Por ello:LA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS

DEL MUNICIPIO DE MORÓNRESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Adjudicase la Licitación Privada Nº111/11, tramitada por Expediente Nº 3916/2011,referente a adquisición de Víveres Secos, solicitadopor la Dirección de Acción Social, dependiente de laSecretaría de Salud y Desarrollo Social, a las firmas:DISALAR S.R.L. , los renglones Nº 1, 3, 4, 5, 6, 7, 9,10, 11, 14, 15, 16, 18, 19, 20, 22, 23, 27, 31, 32 y 33,en la suma total de Pesos Doscientos cuatro milcuatrocientos noventa y seis con cincuenta y ochocentavos ($ 204.496,58.-); ALIMCENTER S.A. , losrenglones Nº 8, 25 y 28, en la suma total de PesosVeintitrés mil cuatrocientos dieciséis ($ 23.416.-);FOTI GONZALO , los renglones Nº 29 y 32, en lasuma total de Pesos Un mil seiscientos cincuenta ysiete con cincuenta centavos ($ 1.657,50.-);NOMEROBO S.A. , los renglones Nº 13, 17, 21 y 26,en la suma total de Pesos Cincuenta y tres milsesenta y dos con cincuenta y nueve centavos ($53.062,59.-); RAMALA S.A. , el renglón Nº 24, en la

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suma total de Pesos Trece mil cincuenta y dos ($13.052.-); y GOMEZ MARTA INES, los renglones Nº12 y 30, en la suma total de Pesos Siete milochocientos doce ($ 7.812.-). El total de la presentelicitación asciende a la suma de Pesos Trescientostres mil cuatrocientos noventa y seis con sesenta yseis centavos ($ 303.496,66.-).ARTICULO 2º: Autorízase a la Dirección Contaduríaa emitir la orden de pago según las formasestablecidas en el Pliego de Bases y Condiciones yla propuesta por cada Proveedor, imputando elgasto en la Unidad Ejecutora: 47, Fuente deFinanciamiento 131, dentro de las clasificacionesobrantes en las Solicitudes de Gastos Nº 6627 y Nº7737.ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

Dra. Carla Karina Donato - Dr. Eduardo D. Aseff* * *

RESOLUCIONES Nº 299/2011Moron, 29 de Diciembre de 2011

VISTO:Lo normado por la Ley Orgánica de las

Municipalidades, las Ordenanzas Fiscal e Impositiva,la Ley de Convenio Multilateral suscripta por laProvincia de Bs. As., los autos caratulados “REF.CASTELAR BUS S.R.L. LEG.3-102700” , porexpediente N° 4079-10712/10, que tramitan ante laMunicipalidad de Morón sita en la Calle Alte. BrownN° 946 de la Ciudad y Partido de Morón, Provinciade Bs. As., las Actas de Ajuste Tributario F-13 Nros.3632, 3633, 3634, 3635, y;CONSIDERANDO:

Que el expediente del visto contiene ladocumentación que respalda la fiscalizaciónefectuada al contribuyente CASTELAR BUS S.R.L. ,con domicilio fiscal en la calle Timbues N° 861, de lalocalidad de Castelar, partido de Morón, cuyaactividad desarrollada es Agencia de Turismo (sinascenso ni descenso de pasajeros) , legajo deTasa por Inspección de Seguridad e Higiene Nº 3-102700.

Que a través del citado expediente seprocedió a fiscalizar la Tasa por Inspección deSeguridad e Higiene por el período comprendidodesde el mes de abril de 2006 a diciembre de 2009.

Que habiéndose verificado la siguientedocumentación a saber: Contrato de Constitución dela Sociedad y sus modificaciones a fs. 4/20,Constancia de Inscripción en A.F.I.P. en fs. 21,Constancia de Inscripción y Modificaciones en elImpuesto sobre los Ingresos Brutos régimen deConvenio Multilateral CM01 y CM02 obrantes a fs.22/23, Declaraciones Juradas Anuales de ConvenioMultilateral CM05 por los años 2007 a 2008, y 2005obrantes a fs. 24/25 y 68 respectivamente,Declaraciones Juradas Mensuales y Pagos deConvenio Multilateral CM03 por el período 01/2008 a12/2009 a fs. 26/65, Certificación Contable deVentas firmada por Socio Gerente y ContadorPúblico certificada por el Consejo Profesional deCiencias Económicas de la Ciudad Autónoma deBuenos Aires por los periodos de 10/04 a 12/09 afs.69/70 del expediente mencionado en el visto,asimismo se dio vista a subdiario IVA Ventas sinrubricar por los períodos 07/2006 a 06/2009; seprocedió a determinar las obligaciones tributarias delcontribuyente sobre base cierta.

Que de la documentación, obrante en elexpediente de marras, se desprende que elcontribuyente de referencia se encuentra inscripto enel Impuesto sobre los Ingresos Brutos Régimen deConvenio Multilateral, bajo el Nro. 901-056117-1.

Que, si bien el contribuyente se encuentrabajo el régimen de Convenio Multilateral, paraconformar las bases imponibles y calcular la Tasapor Inspección de Seguridad e Higiene seconsideraron los importes de los ingresosprovenientes de la Certificación Contable del Detallede Ingresos Mensuales en la Provincia de BuenosAires firmada por Socio Gerente y Contador Público

certificada por el Consejo Profesional de CienciasEconómicas de la Ciudad Autónoma de BuenosAires por los periodos de 10/04 a 12/09 obrante afs.69/70.

Que de acuerdo a los cálculos realizadosse determinó que los ingresos por ventas para lascuotas mensuales 04/06 a 12/09 superan el mínimoimponible determinado en el art. 20 inc. 2.1 de laOrdenanza Impositiva, por lo tanto deberá tributarpor la alícuota establecida en el mencionado artículoinc. 2.2, más el 45% de incremento de conformidadcon lo estipulado por las Ordenanzas N° 10.984/90(modificada por Ordenanza N° 11.354/90), N°12.867/92, N° 12.868/92 y las Ordenanzas Nros.14.053/95, 14.054/95 y 14.055/95, que dichoincremento comprende hasta la cuota mensual12/06.

Que de la compulsa de las actuacionessurge como resultado que el contribuyente determinóen forma inexacta la base imponible del tributo porlas cuotas mensuales 04/06 a 09/06, 12/06, 05/07 y12/07, 02/08 y 03/08, 08/08 a 12/08, 01/09 a 03/09 y06/09, conforme a los arts. 24, 25, 138, 140 y cctes.de la Ordenanza Fiscal, por lo que corresponde sedetermine de oficio la misma, conforme art. 137 ycctes. de la Ordenanza Fiscal.

Que con fecha 30 de abril de 2010 seprocedió a dar vista de las Actas de Ajuste TributarioF-13 Nros. 3632, 3633, 3634 y 3635, otorgándole alcontribuyente el plazo de 5 (cinco) días para queformule por escrito su defensa y ofrezca la pruebadocumental que haga a su derecho.

Que con fecha 07 de mayo de 2010, elcontribuyente presenta descargo el cual obra a fs.1/24 del Expediente Nº 4079-14011/10 que seadjunta a las presentes actuaciones.

Que, seguidamente se mencionan demanera sucinta los diferentes puntos del descargo alos cuales por economía procesal me remito.

Que ante los hechos expuestosprecedentemente, el contribuyente manifiesta enprimer lugar que la Tasa por Inspección deSeguridad e Higiene sería un impuesto encubierto yaque en la Ordenanza Fiscal al legislar la Tasa porInspección de Seguridad e Higiene se utiliza laexpresión “hecho imponible”, cuando el hechogenerador de la tasa no es el hecho imponible sinola efectiva prestación de un servicio público.

Que, en segundo término, sostiene que dadoel carácter esencialmente remunerativo de la tasa, lamisma se encuentra condicionada a la prestaciónefectiva del servicio específico de inspección a loslocales, destinados a preservar la seguridad,salubridad e higiene, por lo cual es necesario elsustento territorial.

Que, a continuación, expresa que lacapacidad contributiva no debe estar contemplada alcalcular el monto de la tasa dado que esto violaría elprincipio de igualdad de los contribuyentes, ya que aigual servicio prestado el costo de la tasa debería serel mismo para todos los contribuyentes.

Que, la Tasa por Inspección de Seguridad eHigiene no tiene un cumplimiento efectivo delservicio que debería prestar por lo cual el municipiono tiene derecho al cobro de la misma, y muchomenos puede realizar un ajuste a la mencionadatasa.

Que expuestos los argumentos delcontribuyente corresponde dar tratamiento a losmismos.

Que, en principio nos adentramos en lomanifestado por el recurrente en el descargoimpetrado, sin perjuicio de transcribirse por suconveniencia la parte pertinente, a efectos deproporcionar un marco comprensivo más apto: “…Deacuerdo a la definición de Saínz de Bujanda, elhecho imponible es el presupuesto legal, de carácterfáctico, que explica y justifica el nacimiento de laobligación tributaria, es decir, la producción de esteefecto jurídico y no de otro distinto. Asimismopodemos definir como objeto del tributo, aquel efecto

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que este persiga, ya sea el pago de una sumadeterminada de dinero, entrega de producto, pagode un monto fijo, canon, etc. .… Si tenemos encuenta el principio de legalidad en materia tributaria,desde el punto de vista del derecho tributariomaterial o sustantivo, por este principio no puedehaber tributo sin ley previa que lo establezca. (art. 17y 19 C.N.)….. ”

Que cabe decir que la Ordenanza Fiscalen su capitulo 1ro. estipula entre otras cosas que lasobligaciones impositivas que establezca laMunicipalidad de Morón, consisten en Tasas,Derechos, permisos, Contribuciones etc.; queasimismo del texto de la citada norma surge que ladenominación de “tributos” es genérica ycomprensiva de todas las Tasas, Derechos,Permisos, Patentes, Contribuciones y demásobligaciones fiscales que el Municipio imponga alvecindario en sus ordenanzas, estableciendo quedichos tributos serán fijados y regulados por laOrdenanza Impositiva Anual. Que asimismo laOrdenanza Fiscal, en su Capitulo 3, “De loscontribuyentes y demás responsables”; define a loscontribuyentes en su art. 9 como los titulares oresponsables de los bienes o actividades a cuyorespecto se configuren los hechos imponiblesprevistos en la misma, como así también en susmodificatorias y complementarias que el enteMunicipal pudiera dictar con arreglo de la LeyOrgánica de las Municipalidades.

Que para el caso que nos ocupa, elartículo 132 de la Ordenanza Fiscal vigente, sólo selimita a establecer cuales son los hechos jurídicosadjudicables a los sujetos pasivos “contribuyentes”,describiendo dicha norma tributaria los hechos quela administración Municipal considera sujetos a unapretensión, la cual deberá ser satisfecha por elcontribuyente en cuanto se realice el presupuesto dehecho, es decir, en cuanto nazca concretamente larelación tributaria; hechos éstos, los cuales traencomo resultado la consiguiente sumisión delcontribuyente a las leyes del Estado, en particular alas leyes tributarias.

Que previo a dar tratamiento a lomanifestado por el recurrente, es conveniente, daruna definición de tributo, ello en virtud de su íntimarelación con el hecho imponible, elemento al cual serefiere el recurrente en su descargo.

Que como ya ha dicho el maestroDino Jarach. “En la definición del tributo, desde elpunto de vista jurídico, hemos puesto en evidencia elhecho de que, en el moderno Estado de Derecho, eltributo constituye el objeto de una relación jurídicacon fuente en la Ley, por virtud de la cual el Estado uotra entidad pública tiene la pretensión y uno o mássujetos la obligación de dar una suma de dinero.”

Que de lo expuesto en el párrafoprecedente se desprende que el tributo es unapretensión pecuniaria coactiva de un sujeto(contribuyente), objeto de una relación jurídica cuyafuente es la Ley, la cual se establece entre dossujetos: de un lado el que tiene el derecho de exigirla prestación, el acreedor del tributo, es decir elEstado o la otra entidad pública que efectivamente,por virtud de una ley positiva, posee ese derecho, yde otro lado el deudor, o los deudores, quienes estánobligados a cumplir la pretensión pecuniaria.

Que es dable hacer mención al hecho deque la obligación tributaria en general, desde elpunto de vista jurídico, es una relación jurídica exlege, en virtud de la cual una persona (sujeto pasivoprincipal, contribuyente o responsable), estáobligada hacia el Estado u otra entidad pública, alpago de una suma de dinero, en cuanto se verifiqueel presupuesto de hecho determinado por la ley.Siendo entonces por voluntad de la ley, la obligacióndel contribuyente y la pretensión correlativa delFisco, se hacen depender del verificarse de unhecho jurídico, el titulado presupuesto legal deltributo, o hecho imponible.

Desde este punto de vista, laobligación tributaria en general y la impositiva enparticular se parecen a todas las otras obligacioneslegales, cuyo nacimiento siempre es subordinado ala verificación de un hecho jurídico.

Que asimismo todas las obligacionestributarias tienen en común, la naturaleza deobligaciones legales, por las cuales es debida unapretensión pecuniaria, en cuanto se verifique elpresupuesto de hecho establecido en la ley. Ahorabien, lo mismo vale en lo que se refiere a laatribución del hecho imponible a los sujetos queresultan obligados al pago de las Tasas y a lasContribuciones Municipales: también para estostributos es obligado en primer término quien goza deun servicio administrativo o de la ventaja especial,que constituyen respectivamente la causa de la tasao de la contribución. Este sujeto o (como tambiénpuede ocurrir) estos sujetos obligados en primertérmino hace atribuible a el o a ellos la capacidadcontributiva (o el goce del servicio o de la ventaja enla tasa y en la contribución) es o son el deudorprincipal o los deudores principales, el o loscontribuyentes.

Que el contribuyente es el sujeto queestá obligado al pago del tributo por un título propio,y, si se me permite la expresión, “es obligado pornaturaleza” porque con respecto a el se verifica lacausa jurídica del tributo.

Que sin perjuicio de ello cabe decir quetal como lo ha entendido la doctrina norteamericana,dicha obligación emerge como resultado de la mismaparticipación del contribuyente en la vida social, o delgoce de las ventajas generales y particularesofrecidas a las empresas productivas por la actividaddel Estado, o sea, del goce de una particularsituación de derecho garantizada por el Estado.

Que por ello el criterio de atribución delhecho imponible al sujeto pasivo principal dependede la naturaleza del mismo hecho imponible.

Que de lo expuesto precedentemente, yteniéndose en cuenta que la pretensión del fiscoMunicipal deriva del cobro de una Tasa, secomprueba que el recurrente está obligado al pagopor el sólo hecho de desarrollar una actividadeconómica dentro del partido, por lo cual lleva incitala categoría de “contribuyente” a la cual lecorresponde (por su propia naturaleza) la obligacióndel pago de una suma de dinero; en el caso que nosocupa, la que le es exigida al contribuyente enconcepto de la Tasa por Inspección de Seguridad eHigiene; configurándose dicha obligación ante laprestación por parte del ente Municipal, (a loscontribuyentes), de los siguientes servicios Art. 132Ordenanza Fiscal vigente: “Por los servicios deinspección, practicados de conformidad con lasdisposiciones vigentes respecto al ejercicio delPoder de Policía Municipal, previsto en el artículo 75inciso 30 de la Constitución Nacional, destinados apreservar las condiciones ambientales, de salud,seguridad e higiene, laborales, productivas ysociales, controles de metrología; enestablecimientos, locales, depósitos, unidadeshabitacionales, oficina, dependencias administrativasafectadas total o parcialmente a actividadesvinculadas con la explotación económica del sujetopasivo (primaria y/o secundaria). Son sujetospasivos y están obligados a abonar la Tasa cuyascaracterísticas y condiciones se establecen en lapresente Ordenanza y por las distintas disposicionestarifarías y/o tributarias que se dicten al respecto: laspersonas físicas y jurídicas que desarrollan concarácter habitual, esporádica o susceptible dehabitualidad, actividades vinculadas con latransacción de bienes y/o servicios con carácteroneroso o no, dentro del Partido de Morón, suterritorio federal y/o provincial, sean ellascomerciales, industriales, financieras, de serviciospúblicos o privados, concesiones de obras publicas.”

Que, a continuación, es dablemencionar que la tasa tiene por horizonte la

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percepción de un servicio público, que esta adisposición de toda la sociedad por el mero hecho deser prestado, destacándose que todos los miembrospueden acceder a él.

Que al respecto dice RodríguezArias, Jorge (RAP, Bs. As. T° 131, pág. 14) que“tratándose de prestaciones del estado, de serviciospúblicos socializados, corresponde el pago medianteel sistema de tasas, como ocurre con el alumbradopúblico, la recolección u otros”.

Que por otra parte, el hecho que el serviciosea prestado en forma efectiva, si bien implica lanecesaria existencia de una prestación concreta,verdadera, o sea que se hayan materializado en laesfera fáctica los presupuestos legales impuestospor el legislador al establecer el hecho imponible deltributo, no es requisito inexorable para su validez laindividualización permanente, toda vez que, elcontribuyente reviste la calidad de sujeto pasivo decontribuir, atento a la aptitud potencial del Municipiode prestar el servicio de Inspección y Seguridad,tanto a la recurrente como al resto de los sujetosafectados al servicio. Que ello, encuentra sustentoen lo resuelto por la Suprema Corte de Justicia aldisponer, a saber: La Tasa “(…) halla su fundamentoen la prestación de un servicio: el de Inspección deIndustria, comercio, etc. (SCJBA Fallo 18/06/91,autos Papelera Juan V.F. Serra SACIF), el cual porel mero hecho de existir resulta susceptible de serpercibido por el potencial prestador.

Que la tasa puede surgir de laprestación efectiva como de la potencial del servicio,tal como lo propone el Modelo del Código Tributariopara América Latina en su artículo 16.

Que asimismo, resulta de interéshacer alusión a lo preceptuado por el Decreto Ley Nº6.769/58 y sus modificatorias, el cual dispone en suArt. 228: “La percepción de impuestos municipaleses legítima en virtud de la satisfacción de lasnecesidades colectivas que con ella se procura. Losórganos del gobierno municipal tienen por lo tantoamplias atribuciones para especificar los gastos quedeben pagarse con el producto de aquellosimpuestos, sin más limitaciones que las que resultande la aplicación de los mismos a la atención de lasaludidas necesidades colectivas…”

Que la firma Castelar Bus S.R.L.reviste la calidad de contribuyente, puesto a que hasido corroborado que el mismo desarrolla unaactividad económica dentro del ejido de éstacomuna, la cual no puede escapar al ejercicio delPoder de Policía Municipal, previsto en el art. 75 inc.30 de la Constitución Nacional, destinados apreservar las condiciones ambientales, de salud,seguridad e higiene, laborales, productivas, socialesetc., vinculadas con la explotación económica deladministrado.

Que la tasa es la contraprestaciónque percibe una organización (usualmente públicaestatal) por un servicio público socializado quebrinda, el cual se encuentra a disposición de todos,sin que ellos lo hayan requerido, ni admitido, nitácita, ni expresamente.

Que el servicio públicosocializado, cuando es cumplido por el estado, porrazones de seguridad (es decir cuando está dirigidoa satisfacer la salubridad, la higiene, la seguridadpública) es utilizado por todos los miembros de unacomunidad (Rodríguez Arias, J.C. “El precio de losservicios Públicos.” RAP Tomo 131, Bs.As. pág. 14).

Que adúnase a ello, que la Tasa es lacontraprestación frente a la prestación efectiva opotencial de una actividad de interés público, queafecte al obligado (SCBA I-12705, 18/04/1989 votoDr. C. Martínez).

Que no es necesaria la real prestación delservicio individualizado con respecto al sujeto pasivodeterminado, siendo suficiente la organización delservicio que potencialmente puede afectar al sujeto.

Que la divisibilidad apunta a que el servicioque da lugar a la tasa pueda fragmentarse, en

unidades de uso o de consumo, ya que de locontrario sería imposible su afectación particular apersona alguna ya que favorece a la comunidad.Conforme Dr. Villegas en su obra de Manual deFinanzas Públicas. Ed. De Palma.

Que según lo sentenciado por la SupremaCorte de la Provincia de Buenos Aires en fallo“Nobleza Piccardo” 28/11/95, la prestación potencialdel servicio hace generar el pago de la tasa encuestión.

Que no es necesaria la real prestación delservicio individualizado con respecto al sujeto pasivodeterminado, siendo suficiente la organización delservicio que potencialmente pueda afectar al sujeto.

Que, en cuanto al sometimiento del génerotributario al principio de legalidad, primeramentecabe recordar que la naturaleza jurídica de la tasaconstituye una especie del género tributo, la cualqueda comprendida en la definición de prestacionesobligatorias, establecida por ley, tendiente a lacobertura del gasto público.

tasa es un tributo vinculado, o sea que hayun hecho o circunstancia del contribuyente que seintegra con una actividad o gasto a cargo ante elmero goce que de alguna forma afecta a dichocontribuyenteQue la tasa es creada por el ejerciciode poder de imperio del estado; naciendo laobligación tributaria ante el mero goce oaprovechamiento de servicio público por el obligado,sin que interese su requerimiento de tales servicios,ni su beneficio como consecuencia.

Que el Dr. Villegas en su obra de Manual deFinanzas Públicas. Ed. De Palma. Pág. 563,sostiene “la. La obligación surge ante el mero gocede aprovechamiento del servicio público comoconsecuencia.”

Que teniendo en cuenta lo hasta aquíexpuesto, el estado Municipal poseeinequívocamente el ejercicio indelegable del poderde policía, la facultad de percibir cánones, tasas oregalías que no pueden ser restringidas ocercenadas sino pura y exclusivamente por leyformal expresa por el Estado mismo. Las tasas,como cualquier clase de tributo, deben sersancionadas mediante ordenanzas, dictadas por eldepartamento deliberativo, las cuales deben ser,oportuna e íntegramente publicadas, para cumplir deese modo con el principio de reserva de ley,moralizado a la realidad municipal.

Que, es necesario tener en cuenta que elproceso institucional de nuestra Nación surgió apartir del acuerdo de las Provincias en establecer unmarco de organización estadual.

Que así, se procedió al dictado de laConstitución Nacional que adopta y adapta para sugobierno la forma republicana, representativa yfederal, en la cual coexisten dos fuerzas opuestasque tratan de superarse recíprocamente y sobrecuyo equilibrio y necesaria armonización se funda elesquema ideal del régimen federal: una fuerzacentrípeta ejercida por la Nación, cuya principalfunción es la de impulsar el desarrollo y otra fuerzarepresentada por los gobiernos locales con idénticosobjetivos en su ámbito actuando de modo armónicocon los objetivos de la Nación.

Que en materia de organización municipal,la Constitución Nacional se dictó bajo el auspicio delas ideas de Juan Bautista Alberdi, el cual entendía“son los Cabildos o Municipios unos pequeñospoderes económicos y administrativos, elegidosdirectamente por el pueblo, para ejercer la soberaníaque delega constitucionalmente en ellos, en orden adirigir y administrar sin injerencias del poder políticoo gobierno general de la provincia, los interesespropios de cada localidad o vecindario…”.

Que dicho pensamiento se encuentraplasmado en nuestra Carta Fundamental en elartículo 5° y ello es así toda vez que losconvencionales se inspiraron en la irrefutablerealidad de que la Nación o sus representantes nopueden ejercer una jurisdicción útil y legítima sino

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sobre los intereses generales y que los intereseslocales serán siempre mejor administrados por losinteresados.

Que, ahora bien, reconocida la entidad delos municipios a partir del análisis de la ley suprema,que significa lo más alto y que toda legislación onormativa legal le está subordinada, corresponderíaahora dilucidar las potestades tributarias de quegozan los mismos.

Que el ejercicio concurrente defacultades tributarias por parte de la Nación, lasProvincias y las Municipalidades impone laindispensable coordinación so pena dedesnaturalizar el esquema constitucional.

Que, como lo hemos adelantado, lasProvincias al implementar el régimen de gobierno, sereservaron algunas potestades, delegando otras enel Estado Nacional. No obstante se acordó quepreservarán su autonomía siempre que aseguren lavigencia de un régimen municipal.

Que en cumplimiento de tal precepto, laProvincia de Buenos Aires ha dictado la LeyOrgánica de las Municipalidades, a través de la cualse establece el marco de organización institucional yeconómico financiero de los estados municipales. Que así, el Artículo 226 dispone claramentecuales son los recursos municipales, reconociendode este modo, facultades tributarias a los municipios.Ello es así, toda vez que, el funcionamiento de losMunicipios requiere gastos y el poder de obtenerrecursos para cubrirlos emana directamente de laConstitución Nacional, por imperio de lo establecidopor el Artículo 5º, debiendo conjugarse todo ello conel pensamiento Alberdiano que le diera origen,relegado al olvido en tiempos que corren, que reza“sin rentas no hay gobierno…”. Que no obstante, es evidente que estaspotestades no resultan ser ilimitadas, expidiéndoseen este sentido la SCBA, 24/11/64, DE, 14-280 alexpresar que: “Los Municipios no pueden crearimpuestos ni gravar materias que ya han sidogravadas por la provincia toda vez que respecto deellas no hay delegación sino reserva de la potestadimpositiva que originariamente corresponde a lalegislatura”.

Que en este entorno quedaría claro lafacultad de las Comunas de imponer todos aquellostributos y gravámenes sobre aquellas materias queno sean de competencia de la Provincia de BuenosAires

Que de este modo quedaría perfectamenteclaro que la atribución de imponer gravámenes sobrela actividad comercial del recurrente, encuentrafundamento constitucional, desde que la propiaprovincia garantiza su ejercicio y conforme el repartode competencias funcionales la Provincia se laconcede a los Municipios (art. 5 C.N. y 199 de laProvincia).

Que dicha prerrogativa se ha impuesto conla finalidad de que el gobierno local pueda contarcon los medios necesarios para la satisfacción de lasnecesidades públicas que inexcusablemente debecumplir.

Que en este orden de ideas, y surgiendoprístinamente de los antecedentes históricos queinspiraron la letra de nuestra Carta Fundamental,como así también de lo establecido por laConstitución de la Provincia de Buenos Aires y lasleyes que en su consecuencia se dictaron, dada lanaturaleza institucional de los Municipios, resultaríainobjetable su facultad para exigir el cobro degravámenes establecidos en el orden Local por laOrdenanza Fiscal. Que con respecto a esta circunstancia cabeseñalar que el aseguramiento del régimen municipalconstituye un recaudo inexcusable de la garantíaque la Nación asume en los Arts. 5 y 123 de la LeyFundamental, por lo que resultaría inconstitucionalpor propio imperio del artículo 31º de la CartaMagna, toda legislación que prive a los municipiosde recaudar tributos con los cuales deba cumplir con

el cometido constitucional de satisfacer los serviciospúblicos y las demandas sociales. Que es principio ampliamente receptado enel ámbito jurídico que “Toda ley que trasponga elcerco constitucional pierde su validez y vigencia”. Que resulta clarificador, en punto a ello, losostenido por Sánchez Viamonte al decir con razónque “la Constitución es una Ley Fundamentalirrevocable, lo mismo es en tiempo de paz que entiempo de guerra y sus efectos no pueden sersuspendidos bajo el pretexto de circunstanciasgubernativas, que siempre serán presentadas comoaquella razón de Estado en que se apoyaba laomnímoda voluntad del príncipe”, (ElConstitucionalismo y sus problemas, p. 251). Que Bidart Campos, por su parte, describe ala Constitución material como un orden ideal deconductas de reparto que tiene ejemplaridad, lo cualsignifica que funcionan como modelo, engendrandoo pudiendo engendrar seguimiento y que disponende una viabilidad de repetición que la generaliza osea que tienen vigencia sociológica, pudiendo estarformuladas expresamente o no.

Que de lo expuesto y analizando el plexojurídico que rodea el tema subexámine, sedesprende que habiéndose establecido desde losalbores de la organización institucional una divisiónde tareas en los distintos ámbitos estatales,reconociéndose determinadas facultades a cada unode los estamentos, orientadas a un mismo fin, cuales el deber general, las mismas se generaron paraperdurar en el tiempo, dada su naturalezafundamental.

Que así, el desconocimiento de talespreceptos por el Estado, en cualquiera de susexteriorizaciones, atenta contra principiosentrañablemente establecidos.

Que según las palabras del Preámbulo, laConstitución ha sido dictada entre otros propósitoscon el objeto de afianzar la justicia, consolidar la pazinterior, proveer al bienestar general y asegurar losbeneficios de la libertad para nosotros para nuestraposteridad y para todos aquellos hombres del mundoque quieran habitar en el suelo argentino.

Que para asegurar esos fines laConstitución reconoce no sólo las libertades queexpresamente menciona, sino todas aquellas quenacen del principio de la soberanía del pueblo y de laforma republicana de gobierno (Art.33).

Que si bien las facultades de los gobiernosmunicipales deben ceder ante normativas federaleso provinciales cuando ello fuera necesario para elcumplimiento de finalidades de orden superior, en elcaso de las tasas en cuestión previstas por laMunicipalidad de Morón, no se atentaría contra elcumplimiento de dichos fines.

Que afirmar lo contrario, redundaría enprincipio en perjuicio de la comunidad local y delorden jurídico establecido, desconociendopalmariamente los principios, derechos y garantíasconstitucionalmente consagrados.

Que en consecuencia la intimaciónrealizada satisface el principio constitucional delegalidad, porque el tributo está creado por lasOrdenanzas Fiscal e Impositiva que establecenclaramente el hecho imponible, los sujetos obligadosal pago, las exenciones, el órgano competente parapercibir el pago, la determinación de las obligacionestributarias, entre otros.

Que, por otra parte, respecto a que la baseimponible del tributo en cuestión no debería estarrelacionada a los ingresos brutos del contribuyente,el Art. 133 de la Ordenanza Fiscal dispone que latasa por Inspección de Seguridad e Higiene secalcula en función de la aplicación de una alícuotasobre los ingresos brutos la cual no puede serinferior a los mínimos establecidos en la OrdenanzaImpositiva.

Que es conveniente dejar en claro, que elmunicipio puede elegir, para solventar sus gastos, la

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forma tributaria no inconstitucional que másconvenga a los lineamientos de su política fiscal.

Que la tasa en cuestión guarda unacoherencia cierta desde el punto de vista jurídico,dado que se ha admitido que ciertas tasas segraduarán según la productividad económica de laexplotación que determina el servicio según lacapacidad económica del contribuyente, lo cual llevaa considerarse válidas las tasas medidas por losIngresos Brutos de los contribuyentes.

Que nuestra Corte Suprema de Justicia dela Nación ha admitido que el costo del servicio seadistribuido entre los sujetos pasivos en función de lacapacidad contributiva, asimilándose en esteaspecto a los impuestos.

Que, asimismo, no es correcto hablar dedoble imposición tributaria, toda vez que lapretensión fiscal del Municipio consiste en el cobrode una Tasa, en este caso en particular la de“Inspección por Seguridad e Higiene”; en cuanto alimpuesto a los Ingresos Brutos como bien su nombrelo indica se trata de un impuesto, el cual poseedistinto origen, finalidad y hecho imponible que laTasa cuestionada por el recurrente, corroborándoseello con la simple lectura de los serviciosenumerados en el art. 132 de la Ordenanza Fiscalvigente, tema que ya fuera abordado, y al que meremito por economía procesal.

Que sobre el particular cabe decir que elloencuentra sustento en la doctrina de NuestroMáximo Tribunal, así se ha sostenido que “La solarazón de medirse en base a los ingresos brutos delcontribuyente no transforma la tasa en impuesto. Yesto es así porque ambos tributos se diferencian encuanto al presupuesto de hecho adoptado por la leypara poder exigirlo: en un caso, la prestaciónefectiva o potencial de una actividad de interéspúblico que afecta al obligado; en el otro, elencontrarse en una de las situaciones consideradaspor la ley como hecho imponible”. SCBA, I 1286 S18-06-1991.

Que ello es así, toda vez que el gravamenes indudablemente una tasa si, como en el caso quenos ocupa, halla fundamento en la prestación de unservicio: el de inspección de seguridad de industrias,comercios, etc., siendo los ingresos brutos su basede medición; es decir, teniendo en cuenta lacapacidad económica del obligado, criterio que esaceptado por la doctrina, legislación y jurisprudenciamodernas. (SCBA, I 1541 S 29-12-98).

Que, a continuación, cabe decir que laTasa por Inspección de Seguridad e Higiene noresulta confiscatoria toda vez que los tributos sonconfiscatorios cuando absorben una parte sustancialde la propiedad o renta o del capital, o cuando no seda la proporción entre el monto pagado y el costo deprestación. La Corte Suprema Nacional ha declaradola confiscatoriedad y por ende la inconstitucionalidadde un impuesto sucesorio cuando excede del 33%del valor de los bienes recibidos por el beneficiario(“Fallos” 190-159; y Villegas, “Curso de Finanzas,Derecho Financiero y Tributario”, 1993, p.207). Seconcluye, por estas consideraciones, que laconfiscatoriedad originada en tributos puntuales seconfigura cuando la aplicación de ese tributo excedela capacidad contributiva del contribuyente,disminuyendo su patrimonio e impidiéndole ejercersu actividad.

Que según se desprende de laConstitución Nacional, cada persona debe contribuira la cobertura de las erogaciones estatales en“equitativa proporción” a su aptitud económica depago público, es decir, de su capacidad contributiva(art. 16). Ya que tal como lo afirma Villegas, laConstitución Nacional consagra implícitamente, en elartículo precitado, el principio de la capacidadcontributiva.

Que sin perjuicio de lo expuesto, de losactuados no se desprende que el contribuyente hayademostrado ni intentado demostrar que la tasacontrovertida le genera un impedimento, que afecta

significativamente en su patrimonio, en grado tal queavasalle todo criterio de razonabilidad yconfiscatoriedad.

Que no obstante lo dicho, cabe hacersaber al recurrente que conforme a lo dicho por elDr. Héctor B. Villegas en su obra Curso de Finanzas,Derecho Financiero y Tributario (Editorial Depalma,Pag. 206), en donde se refiere a la proporcionalidaddiciendo (“…”). La corte ha dicho que laproporcionalidad que menciona la Constitución debeentenderse en su real significación, y lo que quiereestablecer no es una proporcionalidad rígida, sinouna proporcionalidad graduada. Esta graduación dela proporcionalidad se funda en el propósito de lograrla igualdad de sacrificios en los contribuyentes.

Que en una sentencia que puede verse en“Fallos”, t. 1995, p. 270, el Alto Tribunal ha dicho quesi el impuesto “progresivo” ha sido aceptado pornuestra jurisprudencia como legítimo, es porque sefunda sobre la base de la solidaridad social, encuanto exige más a quién posee mayor riqueza enrelación a quién posee menos, porque supone que elrico puede sufragarlo sin mayor sacrificio de susituación personal.

Que si bien es cierto que el monto de latasa debe guardar una razonable proporción entre elcosto del servicio que retribuye, no es necesario queexista una equivalencia estricta, la cual en la prácticaes imposible de establecer.

Que por otra parte, es menester hacersaber al recurrente que el quantum de la tasa no seencuentra determinado por el valor de la prestacióndel servicio de referencia en forma particular y/o enbase al monto del sueldo del inspector municipal quedebe realizar la inspección de la Seguridad e Higienede los establecimientos radicados en el ejido; si notodo lo contrario, toda vez que la actividadadministrativa no se agota en un servicio deinspección, si no que su accionar es mucho másamplio, ya que el mismo se organiza a través de susdiferentes estructuras y órganos, en pos de brindaren forma efectiva y potencial la prestación de unservicio público.

Que es dable mencionar que la LeyOrgánica de las Municipalidades en su Art. 108establece las atribuciones y los deberes en generaldel Departamento Ejecutivo, entre otros puedeexpedir órdenes para practicar inspecciones, adoptarmedidas preventivas para evitar incumplimientos alas ordenanzas de orden público, estando facultadopara clausurar establecimientos, decomisar ydestruir productos, demoler y trasladar instalaciones,etc..

Que no debemos olvidar que paradesarrollar la tarea de inspección de los diferentesestablecimientos que operan dentro del partido deMorón, la estructura municipal debe contar conpersonal capacitado, oficinas técnicas, como la debromatología, con una Dirección de InspecciónGeneral, dependiente de la Secretaría de Gobierno;para percibir y fiscalizar los tributos municipalescuenta con una Secretaría de Economía y Finanzas,de la que dependen la Contaduría Municipal, laSubsecretaría de Ingresos Públicos, y de ésta laDirección de Tributos Municipales, Dirección deFiscalización, la Dirección de Apremio, elDepartamento de Inteligencia Fiscal, etc. paraaprobar su presupuesto y ordenanzas tiene unConcejo Deliberante; y que a los efectos desancionar a los contraventores cuenta con unTribunal de Faltas, ya que no es nada simple poneren marcha toda la estructura municipal a efecto de laprestación del mismo, la que tiene incidencia en loscostos directos e indirectos del servicio, que es endefinitiva lo que constituye el valor global de la tasa.

Que, asimismo, el hecho de la distribuciónde la carga impositiva, no es un hecho judiciable, yaque obedece a razones de oportunidad, mérito yconveniencia, siempre y cuando la recaudación totalpor la tasa (no la individual) guarde una razonable

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relación con los costos directos e indirectos delservicio.

Que es legítimo el cobro de la tasa desdeel momento en que el fisco ha incurrido enerogaciones para organizar la prestación de unservicio.

Que nuestra Corte Suprema de Justicia dela Nación ha admitido que el costo del servicio seadistribuido entre los sujetos pasivos en función de lacapacidad contributiva, asimilándose en esteaspecto a los impuestos.

Que la Tasa por Inspección de Seguridade Higiene guarda una razonable y discretaproporción entre el costo del servicio y los montosrecaudados por la comuna respecto a la tasa encuestión.

Que resulta clarificador en punto a lomencionado, lo establecido por Nuestro MáximoTribunal, al sentenciar que “No existe normaconstitucional o legal que obligue a que las tasasexhiban proporcionalidad entre el costo del servicio yel monto del gravamen, ya que mediante lo que sepercibe no debe atenderse únicamente a los gastosde la oficina que lo prestan, ya que tanto laexistencia de ésta como el cumplimiento de sus finesdependen de la total organización municipal, cuyaserogaciones generales deben incidir en lasprestaciones particulares en una medida cuyadeterminación es cuestión propia de la políticafinanciera.” SCBA, I 1541 S 29-12-98.

Que, obviamente, ello no significa que larecaudación se desinterese del costo del servicio.Nuestro más Alto Tribunal sentenció que el costoglobal del servicio se puede distribuir entre losobligados al pago teniendo en cuenta susrespectivas capacidades contributivas por imperiodel principio de equidad.

Que la proporción razonable debe darseentre el costo del servicio y el monto total de lorecaudado, y no con relación al tributo que abonacada sujeto pasivo y la porción del servicio que lecorresponde financiar.

Que sin perjuicio de ello y en cuanto alplanteo de que el monto de la tasa resultadesproporcionado e irrazonable, la Corte provincialtiene dicho que “… es competencia exclusiva dellegislador elaborar la política financiera del Estado(municipio) y, en consecuencia determinar la medidaen que las diferentes categoría de contribuyentesdeben aportar para la formación del erario. Por esarazón es que las impugnaciones basadas en lacuantía del gravamen sólo deben acogerse en casode que se demuestre que el mismo, en su aplicaciónal volumen o giro patrimonial del contribuyente,resulta prohibitivo, destructivo o confiscatorio…”(Causa I.1183).

Que siendo así, el recurrente al pretenderhacer mención a la supuesta confiscatoriedad ydesproporcionalidad del monto determinado por elfisco municipal en concepto de la Tasa porInspección de Seguridad e Higiene, deja de lado elhecho que la firma Castelar Bus S.R.L. no haacreditado la desarmonía y desproporción a la cualalude.

Que por otra parte la recurrente tampocoha demostrado en los actuados de tratas, que laTasa pretendida por el Municipio, le genera oproduce una situación de quebrantamiento.

Que a los efectos de poner punto final aeste entuerto, resulta relevante el sano criterio de laSuprema Corte de Justicia de la Provincia deBuenos Aires, la cual ha establecido en autos infradetallados, que: -Eventualmente sólo se podrácriticar de modo razonado el importe de la tasa por loelevado, cuando de modo palmario “… demostraraque, en su relación con volumen o giro patrimonialdel contribuyente, resultara destructivo, prohibitivo oconfirmatorio (“Acuerdos y Sentencias”, 1958 I247,263; III 325, 1964 II 352, 1997 I 210, Causa U380, “Estrugando”, DJBA, Tomo 116, pág. 73 I 828,“Estancia La Primavera”) (Autos “Papelera Juan V.G.

Serra S.A.C.F. C/ Municipalidad de San Martín,S.A.J.B.A., 18/06/91, causa 1286)”.

Que en mérito a las razones ut-supraexpuestas, no cabe sino concluir que no sevislumbra violación de derecho constitucional algunoen la determinación de la Tasa por Inspección deSeguridad e Higiene, por cuanto corresponde nohacer lugar a lo manifestado por el recurrente,habida cuenta que la pretensión planteada carece desustento legal.

Que a través del expediente del Visto, sehan demostrado los incumplimientos en que haincurrido el contribuyente.

Que por lo expuesto en los párrafosprecedentes, corresponde determinar la tasamencionada.

Que atento lo normado por el art. 27 bis dela Ordenanza Fiscal, corresponde dictar la presente;por tanto en primer lugar corresponde no hacer lugaral descargo interpuesto a fs. 1/24 del Expediente Nº4079-14011/10, en segundo término determinándoseel monto total de la obligación tributaria, por losperíodos fiscales abarcados por la auditoríapracticada; y finalmente intimándose al pago de loadeudado por el contribuyente.

Que el procedimiento seguido para ajustarlas obligaciones tributarias del contribuyenteencuentra su fundamento en el Título I, Cap. 7, arts.21, 24 y cctes. de la Ordenanza Fiscal y Título II,Cap. 4, art. 20 y 21 de la Ordenanza Impositiva.

Que la presente Resolución Administrativaes dictada por la Secretaría de Economía yFinanzas, en pleno ejercicio de lo dispuesto en elArt. 181 de la Ley Orgánica de las Municipalidades,actuando la misma por delegación de facultades delDepartamento Ejecutivo, según lo reglamentado através del Decreto 527/2011, Anexo IV (cuatro)A.1.4.

Por ello,LA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS

RESUELVE:Artículo 1°: No hacer lugar al descargo interpuestoa fs. 1/24 del Expediente Nº 4079-14011/10 por elcontribuyente CASTELAR BUS S.R.L. , legajo Nº 3-102700, por no ajustarse el mismo a hechos yderecho, ni conmover los fundamentos tenidos encuenta en las actas de ajuste practicadas en elexpediente del visto.Artículo 2º: Determínanse las obligacionestributarias del contribuyente CASTELAR BUSS.R.L., legajo Nº 3-102700, surgidas de laverificación practicada por el expediente del Visto,por la suma de pesos TREINTA Y SEIS MILCUATROCIENTOS TREINTA Y SEIS CON 64/100($ 36.436,64) en concepto de valor nominal de laTasa por Inspección de Seguridad e Higiene, por lascuotas mensuales 04/06 a 12/09, con más losrecargos y las multas por omisión de pago quepudieran corresponder conforme lo establecido enlos arts. 55 y 58 de la Ordenanza Fiscal.Artículo 3º: Intímase al contribuyente CASTELARBUS S.R.L. , legajo Nº 3-102700 a abonar, en unplazo de diez días, la suma de pesos CUATRO MILQUINIENTOS CUARENTA Y CINCO CON 07/100 ($4.545,07) a valor nominal, en concepto de importesimpagos por la Tasa por Inspección de Seguridad eHigiene por las cuotas mensuales 04/06 a 09/06,12/06, 05/07 y 12/07, 02/08 y 03/08, 08/08 a 12/08,01/09 a 03/09 y 06/09, con más recargosestablecidos en el art. 55 de la Ordenanza Fiscal loscuales a la fecha ascienden a la suma de pesosTRES MIL QUINIENTOS TREINTA CON 55/100 ($3.530,55) y las multas por omisión de pago quepudieran corresponder según lo normado en el art.58 de la Ordenanza Fiscal.Artículo 4°: Notifíquese la presente al interesadocon la entrega de copia y vencido el plazo para supago, procédase al cobro judicial por vía delDepartamento de Gestión Judicial.Artículo 5º: Dése al registro de Decretos yResoluciones.

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Dr. Eduardo D. AseffDra. Alicia M. Del C. Sztyrle - Dr. Vicente G. Dona to

* * *RESOLUCIONES Nº 300/2011

Moron, 29 de Diciembre de 2011VISTO: La Ley Orgánica de las Municipalidades,Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, elDecreto del Departamento Ejecutivo Nº 498/06, elexpediente Nº 4327/11, por el Servicio deMantenimiento de Grupo Electrógeno, solicitado porla Dirección de Sistemas y Gestión Administrativa y,CONSIDERANDO: Que por Decreto del DepartamentoEjecutivo Nº 498/06 el Señor Intendente Municipalautoriza al Secretario de Economía y Finanzas asuscribir contratos, adjudicar, anular y ampliar lasadquisiciones, contrataciones y obras públicas delDepartamento Ejecutivo comprendidas en losartículos 133º, 151º y 156º del Decreto Ley Nº6769/58, que no excedan los montos de lasLicitaciones Privadas según la normativa vigente.

Que para el presente, de acuerdo a lodispuesto en los artículos 151º, 153º y 156º de laLey Orgánica Municipal, resulta de aplicación lostérminos del artículo 156º inciso 8 (servicio demantenimiento de bienes para el funcionamiento delas dependencias del municipio) de la mencionadaLey.

Que la Dirección de Control deProcedimientos ha tomado debida intervención sinformular observaciones al presente trámite y adjuntaproyecto de acto administrativo al efecto. Que en razón de lo expuesto,corresponde dictar la presente ResoluciónAdministrativa.Por ello:

LA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZASDEL MUNICIPIO DE MORÓN

RESUELVE:ARTICULO 1º: Adjudícase el Servicio deMantenimiento de Grupo Electrógeno, tramitado porexpediente Nº 4327/11, solicitado por la Dirección deSistemas y Gestión Administrativa a CARDINRICARDO GUIDO RODOLFO , en la suma total dePesos Treinta y tres mil seiscientos ($ 33.600.-).ARTICULO 2º: Autorízase a la Dirección deContaduría a emitir la orden de pago según lasformas establecidas en el Pliego de Bases yCondiciones, imputando el gasto en la UnidadEjecutora: 41, Fuente de Financiamiento 110, dentrode la clasificación obrante en la solicitud de gastosNº 7349.ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

Dra. Carla Karina Donato - Dr. Eduardo D. Aseff* * *

RESOLUCIONES Nº 301/2011Moron, 29 de Diciembre de 2011

VISTO:La Ley Orgánica de las Municipalidades,

Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, laLicitación Privada Nº 115/11, tramitada porexpediente Nº 4304/2011, referente al Servicio delavado y secado de ropa, solicitado por el HospitalMunicipal de Morón “Ostaciana B. de Lavignolle”,dependiente de la Secretaría de Salud y DesarrolloSocial, el Pliego de Bases y Condiciones Generales,el Decreto Provincial Nº 2980/00 y el Decreto delDepartamento Ejecutivo Nº 498/06 y,CONSIDERANDO:

Que por Decreto del DepartamentoEjecutivo Nº 498/06 el Sr. Intendente Municipalautoriza al Secretario de Economía y Finanzas asuscribir contratos, adjudicar, anular y ampliar lasadquisiciones, contrataciones y obras públicas delDepartamento Ejecutivo comprendidas en losartículos 133º, 151º y 156º del Decreto Ley Nº6769/58, que no excedan los montos de lasLicitaciones Privadas según la normativa vigente.

Que luego del llamado a licitaciónrealizada de acuerdo a lo dispuesto en los artículos151º y 153º de la Ley Orgánica Municipal,concurrieron las firmas: LAVADEROBERAZATEGUI SH DE PALERMO DOMINGOJUAN Y PALERMO N. SILVIO; LAVADERO ELLUCERO S.R.L. y LAVADERO BANFIELD S.A.,resultando esta última la oferta más conveniente alos intereses municipales.

Que la Dirección de Control deProcedimientos ha tomado debida intervención sinformular observaciones al presente trámite y adjuntaproyecto de acto administrativo al aefecto.

Que en virtud de lo expuesto, correspondedictar el acto administrativo pertinente.

Por ello:LA SECRETARIA DE ECONOMIA Y

FINANZASDEL MUNICIPIO DE MORÓNRESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Adjudicase la Licitación Privada Nº115/11, tramitada por Expediente Nº 4304/2011,referente al Servicio de lavado y secado de ropa,solicitado por el Hospital Municipal de Morón“Ostaciana B. de Lavignolle”, dependiente de laSecretaría de Salud y Desarrollo Social, a la firma:LAVADERO BANFIELD S.A. en la suma de total dePesos Cuatrocientos once mil ($ 411.000.-).ARTICULO 2º: Autorízase a la Dirección deContaduría a emitir la orden de pago según lasformas establecidas en el Pliego de Bases yCondiciones, imputando el gasto en la UnidadEjecutora: 47, Fuente de Financiamiento 110, dentrode las clasificaciones obrantes en las Solicitudes deGastos Nº 7286 y Nº 7651.ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones.Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

Dra. Carla Karina Donato - Dr. Eduardo D. Aseff* * *

DECRETOS

SINTETIZADOS

DECRETO Nº 2622/2011Exclúyase de los alcances del Decreto Nº 2336/11 ala agente Dulac Laura (Legajo Nº 54148/00).

Moron, 19 de Diciembre de 2011DECRETO Nº 2623/2011Téngase por designada a la docente López Noelia(Legajo Nº 198867/00) a partir del día 1º deSeptiembre de hasta el día 16 de Diciembre de 2011inclusive, con carácter Suplente, en el cargo deMaestra Especializada Jornada Simple, a efectos deprestar servicios en el Jardín Municipal Nº 9,dependiente de la Dirección de Educación,perteneciente a la Secretaría de Salud y DesarrolloSocial.

Moron, 19 de Diciembre de 2011DECRETO Nº 2624/2011Déjase sin efecto el Decreto Nº 977/11, a partir deldía 1º de Diciembre del año 2011.

Moron, 19 de Diciembre de 2011DECRETO Nº 2625/2011Téngase por designada a la docente docenteCalvezere Daniela Andrea (Legajo Nº 238656/11) apartir de día 29 de Noviembre hasta el día 05 deDiciembre de 2011 inclusive, con carácter Suplente,en el cargo de Maestra Especializada JornadaSimple, a efectos de prestar servicios en el JardínMunicipal Nº 2, dependiente de la Dirección deEducación, perteneciente a la Secretaría de Salud yDesarrollo Social.

Moron, 19 de Diciembre de 2011DECRETO Nº 2626/2011Téngase por autorizada la continuidad de la docenteCollado Lazo María Cecilia (Legajo Nº 28195/18), apartir de día 11 de Noviembre hasta el día 15 deNoviembre del año 2011 inclusive, con carácterSuplente, en el cargo de Maestra EspecializadaJornada Simple, a efectos de prestar servicios en elJardín Municipal Nº 2, dependiente de la Dirección

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de Educación, perteneciente a la Secretaría deSalud y Desarrollo Social.

Moron, 19 de Diciembre de 2011DECRETO Nº 2627/2011Téngase por designada a la docente docenteCollado Lazo María Cecilia (Legajo Nº 28195/11), apartir de día 24 de Noviembre hasta el día 1º deDiciembre del año 2011 inclusive, con carácterSuplente, en el cargo de Preceptora JornadaSimple, a efectos de prestar servicios en el JardínMunicipal Nº 2, dependiente de la Dirección deEducación, perteneciente a la Secretaría de Salud yDesarrollo Social.

Moron, 19 de Diciembre de 2011DECRETO Nº 2628/2011Sustitúyanse el Artículo 1º del Decreto Nº 421/11, elque quedará redactado de la siguiente manera:“Artículo 1º: Téngase por designada, a la docentePereyra Analía (Legajo Nº 224667/18), a partir deldía 17 de Marzo hasta el día 29 de Noviembre delaño 2011 inclusive, con carácter Suplente, en elcargo de Profesora con cuatro (4) horas cátedraEscuela Vocacional, prestando servicios en el Centrode Formación Municipal Nº 1, dependiente de laDirección de Educación, perteneciente a laSecretaría de Salud y Desarrollo Social.”

Moron, 19 de Diciembre de 2011DECRETO Nº 2629/2011Cese en sus funciones, a partir del día 30 deNoviembre de 2011, al agente Corral Pablo Carlos(D.N.I. Nº 7.621.650) – (Legajo Nº 171034/00), quienrevista dentro de la Planta de Personal Temporario,con la categoría Coordinador de Dirección concuarenta (40) horas semanales de labor, prestandofunciones en la Dirección de Comercio, a fin deacogerse a los beneficios por Incapacidad Físicaestablecidos en el Decreto – Ley 9650/80 (T.O1994).

Moron, 19 de Diciembre de 2011DECRETO Nº 2630/2011Téngase por autorizada a la docente FrancoClaudia Elida (Legajo Nº 171912/00/18), a haceruso de licencia sin goce de haberes en los dos (2)cargos como Maestra Especializada Jornada Simple,con carácter Provisional y Titular respectivamente,en la Escuela de Sordos e Hipoacúsicos,dependiente de la Dirección de Educación, por elperíodo establecido entre el día 21 y 25 deNoviembre del año 2011 inclusive.

Moron, 19 de Diciembre de 2011DECRETO Nº 2632/2011Sustitúyanse el Artículo 1º del Decreto Nº 630/11, elque quedará redactado de la siguiente manera:“Artículo 1º: Téngase por designada, a la docenteValenzuela Patricia (Legajo Nº 230845/00), a partirdel día 12 de Abril hasta el día 28 de Noviembre delaño 2011 inclusive, con carácter Suplente, en elcargo de Profesora con tres (3) horas cátedraEscuela Superior, prestando servicios en la EscuelaMunicipal de Danzas “José Neglia”, dependiente dela Dirección de Educación, perteneciente a laSecretaría de Salud y Desarrollo Social.”

Moron, 19 de Diciembre de 2011DECRETO Nº 2633/2011Téngase por designada a la docente Bello Aldana(D.N.I. Nº 27.745.195) a partir de día 22 deNoviembre hasta el día 07 de Diciembre de 2011inclusive, con carácter Suplente, en el cargo deProfesora cuatro (4) Horas Cátedra EscuelaSuperior, a efectos de prestar servicios en la EscuelaMunicipal de Danzas “José Neglia”, dependiente dela Dirección de Educación, perteneciente a laSecretaría de Salud y Desarrollo Social.

Moron, 19 de Diciembre de 2011DECRETO Nº 2634/2011Otórguese a la agente Jessenne Marta Noemí(D.N.I. Nº 5.613.642) – (Legajo Nº 052142/00) elanticipo jubilatorio, de conformidad con lo previsto enel artículo 1º de la Ley Nº 12.950.

Moron, 19 de Diciembre de 2011DECRETO Nº 2637/2011Sustitúyanse el Artículo 1º del Decreto Nº 703/11, elque quedará redactado de la siguiente manera:“Artículo 1º: Téngase por designada, a la docenteLencina María Fernanda (Legajo Nº 188978/18), apartir del día 13 de Abril hasta el día 28 deNoviembre del año 2011 inclusive, con carácterSuplente, en el cargo de Profesora con tres (3) horascátedra Escuela Superior, prestando servicios en laEscuela Municipal de Danzas “José Neglia”,dependiente de la Dirección de Educación,perteneciente a la Secretaría de Salud y DesarrolloSocial.”

Moron, 19 de Diciembre de 2011DECRETO Nº 2638/2011Déjase sin efecto el Decreto Nº 1747/11, a partir deldía 21 de Noviembre del año 2011.

Moron, 19 de Diciembre de 2011DECRETO Nº 2639/2011Déjase sin efecto el Decreto Nº 718/11, a partir deldía 29 de Noviembre del año 2011.

Moron, 19 de Diciembre de 2011DECRETO Nº 2641/2011Téngase por incrementada, a partir del día 1º deNoviembre del año 2011, la bonificación transitoriamensual por función crítica al Sr. Matías NicolásGurevich (Legajo Nº 235412), equivalente a dos conquince (2,15) módulos.

Moron, 19 de Diciembre de 2011DECRETO Nº 2668/2011Ordenanza Nº 14094/11 Apruébase la programaciónde los recursos y el presupuesto de gastos delMunicipio de Morón , correspondiente al Ejercicio2012, de conformidad a los alcances del DecretoProvincial 2980/00.Publicada en Edición Especial Nº 20 el 20 deDiciembre de 2011

Moron, 20 de Diciembre de 2011DECRETO Nº 2672/2011Incorpórese a los alcances del Decreto Nº 2254/11Anexo I, a los agentes con la categoría y losadicionales que corresponda, a partir de la fecha quese indica:

LegajoApellido yNombres Categoría Polifunc.

FlexibilidadHoraria Fecha

23957800

ARISPELUIZAGA RUTH

CECILIA

TEMP.PROFESIONAL B

40 HS $ 405.46 $ 152.30 07/11/2011

23960100

D’AMOREMARINADANIELA

TEMP.PROFESIONAL B

40 HS $ 405.46 $ 152.30 28/11/2011

Incorpórese a los alcances del Decreto Nº 2512/11Anexo I, a los agentes con las categorías y losadicionales que corresponda, a partir de la fecha queen cada caso se indica:

DNI/LegajoApellido yNombres Categoría Polifunc

FlexibilidadHoraria Fecha

16860100BUTTAFUECO

GRISELDA

TEMP.ADMINISTRATIVO III

40 HS $ 431.80 $ 310.20 11/12/2011

DNI35.753.927

CASANOVAMAYRAYAMILA

TEMP.ADMINISTRATIVO III

40 HS $ 431.80 $ 310.20 11/12/2011

DNI27.501.759

ROMEROMOREIRAHORACIONELSON

GERARDOTEMP. SERVICIO III

40 HS $ 431.06 $ 231.22 19/12/2011

DNI30.131.946

NACCARATOLUIS

TEMP. TECNICO A40 HS $ 303.57 $ 138.23 17/12/2011

DNI32.823.983

KLIPAUKAVANESA

SOLEDAD

TEMP.PROFESIONAL B 40

HS $ 405.46 $ 152.30 19/12/2011

DNI18.025.666

BARBAEDGARANIBAL

TEMP.PROFESIONAL B 40

HS $ 405.46 $ 152.30 19/12/2011

23461200

SCIANCALEPORE GIMENA

AURORATEMP. TECNICO A

40 HS $ 303.57 $ 138.23 19/12/2011

DNI23.193.107

CARRAZANONESTOROSCAR

TEMP. OBRERO III48 HS $ 457.27 $ 259.52 07/12/2011

DNI30.867.299

SAMUELATAHUALPA

MATIASTEMP. OBRERO III

48 HS $ 457.27 $ 259.52 07/12/2011

DNI28.159.315

CAZENUEVEMARIA

LETICIACOORD.

DIRECCION 40 HS $ 736.80 - 11/12/2011

DNI16.131.612

GUTIERREZEDUARDOHECTOR

TEMP.ADMINISTRATIVO I

40 HS $ 616.70 $ 499.43 11/12/2011

DNI13.645.015

IDOYAGAGRACIELA

TEMP.ADMINISTRATIVO I $ 616.70 $ 581.53 11/12/2011

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIG ESTO MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 98

INES 40 HS

DNI5.951.332

ROCASUSANAHAYDEE

TEMP.ADMINISTRATIVO I

40 HS $ 616.70 $ 526.97 11/12/2011

DNI17.466.647

ZALAZARMONICA

GRACIELA

TEMP.ADMINISTRATIVO I

40 HS $ 616.70 $ 602.05 11/12/2011

20404500 ROSSI LUCASCOORDINADOR

DIRECCION 48 HS $ 742.44 $ 740.30 11/12/2011

DNI31.599.290

ANDRADEMIRIAM

GRACIELATEMP. OBRERO III

48 HS $ 457.27 $ 259.52 11/12/2011

DNI33.786.418

AVALOS JOSELUIS

TEMP. OBRERO III48 HS $ 457.27 $ 259.52 11/12/2011

DNI32.615.862

CORVALANHUMBERTO

TEMP. OBRERO III48 HS $ 457.27 $ 259.52 11/12/2011

Incorpórese a los alcances del Decreto Nº 2512/11Anexo II, al agente con la categoría y las horascátedras que corresponda, a partir de la fecha quese indica:

DNIApellido yNombre Categoría Horas Cát. Fecha

31.489.104PUCHETTA

HERNAN

PROF. HS.CAT. ESC.

VOC. 12 01/12/2011

Rectifícase la designación efectuada por el DecretoNº 2512/11 Anexo I, de los agentes que acontinuación se mencionan con las categorías y losadicionales que correspondan, a partir de la fechaque se indica:

LegajoApellido yNombre Categoría Polifunci.

FlexibilidadHoraria Fecha

23951200

MANEIROMARIA

MARCELA

TEMP.ADMINISTRATIVO III 40 HS $ 431.80 $ 310.20 01/12/2011

23513400

SANCHEZVILLADAVID

TEMP.PROFESIONA

L B 40 HS $ 665.00 $ 512.20 01/12/2011

21627800

SZTEJNBERG ANNE

GEORGETTE R.

COORDINADOR

DIRECCION40 HS $ 736.80 - 01/12/2011

Rectifícase la designación efectuada por el DecretoNº 2512/11 Anexo II, del agente que a continuaciónse menciona con la categoría y las horas cátedrasque corresponda, a partir de la fecha que se indica:

Legajo Apellido y Nombre Categoría Horas Cát. Fecha

23743400CABRERA

EZEQUIEL PABLOPROF. HS. CAT.

ESC. VOC. 13 01/12/2011

Exclúyase de los alcances del Decreto Nº 2347/11,al agente con la categoría y los adicionalesmencionados, a partir de la fecha que se indica:

DNI Apellido y Nombre Categoría Polifunc.Flexib.Horaria Fecha

26.537.771GIUDITTA LUIS

ALBERTO

TEMP.TECNICO A 40

HS $ 303.57 $ 138.23 15/11/2011

Exclúyase de los alcances del Decreto Nº 2512/11Anexo I, a los agentes con las categorías y losadicionales mencionados, a partir de la fecha que encada caso se indica:

LegajoApellido yNombre Categoría Polifunc.

Flexib.Horaria Fecha

19176700

HORMAECHEJONATAN

HERNAN A.

TEMP.ADMINISTRATIVO I

40 HS $ 371.09 $ 95.59 07/12/2011

22810100

VARGASHUGO

ALBERTOTEMP. OBRERO III

48 HS $ 457.27 $ 259.52 14/12/2011

21089000STEIN

MARCELATEMP. TECNICO III

30 HS $ 486.98 $ 203.09 08/12/2011

DNI17.295.543

VEGA MARIAELVIRA

TEMP. TECNICO A40 HS $ 303.57 $ 138.23 01/12/2011

22379000

CUFREPATRICIAARACELI

TEMP.PROFESIONAL B 40

HS $ 405.45 $ 152.30 01/12/2011

23463400

SANCHEZVANESANOEMI

TEMP.ADMINISTRATIVO I

40 HS $ 295.00 $ 385.00 14/12/2011

23908900

BENITEZERNESTO

OMARTEMP. TECNICO A

40 HS $ 303.57 $ 138.23 03/12/2011

Exclúyase de los alcances del Decreto Nº 2512/11Anexo II, a la agente con la categoría y las horascátedras mencionadas, a partir de la fecha que seindica:

LegajoApellido yNombre Categoría Horas Cát. Fecha

20956700ALI NOELIA

VANESAPROF. HS. CAT.

ESC. VOC. 8 13/12/2011

Moron, 21 de Diciembre de 2011DECRETO Nº 2673/2011Modifíquese a partir del día 31 de Diciembre del año2011, la Estructura Organizativa de la Secretaria dePlanificación Estratégica y Administración GeneralPublicada en Edición Especial Nº 21 el 21 deDiciembre de 2011

Moron, 21 de Diciembre de 2011DECRETO Nº 2675/2011Dispóngase que la Dirección de Defensa del Usuarioy del Consumidor, dependiente de la Secretaría deTransparencia Institucional y Control de Gestión,tendrá a cargo la ejecución de la etapacorrespondiente a la instancia del procedimientoadministrativo establecido en el Capítulo IV de la LeyNº 13.133, artículos 36º al 58º, para la inspección,comprobación y determinación de las infracciones dela Ley Nº 24.240Publicada en Edición Especial Nº 22 el 21 deDiciembre de 2011

Moron, 21 de Diciembre de 2011

DECRETO Nº 2703/2011Téngase por dado de baja por fallecimiento, a partirdel día 11 de Diciembre del año 2011, al agenteLlolo Hugo Luis (DNI Nº 11.587.829) – (Legajo Nº19299/00), quien revistaba dentro de la Planta dePersonal Permanente, con categoría AsistenteEspecializado con cuarenta (40) horas semanales delabor, cumpliendo funciones en la Dirección deProducción Social del Hábitat, perteneciente a laSecretaría de Planificación Estratégica yAdministración General.

Moron, 22 de Diciembre de 2011DECRETO Nº 2705/2011Téngase por aceptada la renuncia presentada por laDra. Castro Mariana Marcela (Legajo Nº 228323), apartir del día 9 de Agosto del año 2011, quienrevistaba dentro de la Planta Permanente del SUMS,con un haber equivalente a la categoría SUMSAsistente con treinta y seis (36) horas semanales delabor, prestando funciones al Servicio de la DirecciónOperativa SAME-MORON, dependiente de laSecretaría de Salud y Desarrollo Social.

Moron, 22 de Diciembre de 2011DECRETO Nº 2706/2011Téngase por prorrogada, desde el día 24 deNoviembre del año 2011 hasta el día 11 de Enerodel año 2012 la licencia sin goce de haberesautorizada por Decreto Nº 2431/11, a la docenteD´Argento Silvia A. (Legajo Nº 112.615/18).

Moron, 22 de Diciembre de 2011DECRETO Nº 2707/2011Téngase por autorizada la continuidad en el cargo deMaestra Especializada Jornada Simple, a la docenteGarcía Elizabeth Lorena (Legajo Nº 239112/00),con carácter Suplente, a partir del día 1º deDiciembre del año 2011, prestando servicios en elCentro de Día “Mi Futuro” y en el Taller Protegido deProducción Municipal Nº 1 “Mayma”, dependientesde la Dirección de Políticas para Personas conNecesidades Especiales, perteneciente a laSecretaría de Salud y Desarrollo Social.

Moron, 22 de Diciembre de 2011DECRETO Nº 2708/2011Dése de baja a partir del día 1º de Enero del año2012 para acogerse a los beneficios jubilatoriosestablecidos en el Decreto-Ley Nº 9650, al agenteLescano Héctor Abel (D.N.I. Nº 8.254.082) -(Legajo Nº 042622/00) quien presta servicios dentrode la Planta de Personal Permanente, revistiendo lacategoría Administrativo Clase II con cuarenta yocho (48) horas semanales de labor, en la Direcciónde Tránsito y Transporte

Moron, 22 de Diciembre de 2011DECRETO Nº 2709/2011Téngase por autorizada a la docente Aloe AnaMaría (Legajo Nº 145888/00), a hacer uso delicencia sin goce de haberes, en el cargo de MaestraEspecializada Jornada Simple, en la Escuela

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIG ESTO MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 99

Especial “Mi Futuro”, dependiente de la Dirección deEducación, por el período establecido entre el día 19y el día 22 de Diciembre del año 2011 inclusive.

Moron, 22 de Diciembre de 2011DECRETO Nº 2710/2011Otórguese a la agente Pace Ana Gelsomina (D.N.I.Nº 18.578.407) – (Legajo Nº 017269/00) el anticipojubilatorio, de conformidad con lo previsto en elartículo 1º de la Ley Nº 12.950.

Moron, 22 de Diciembre de 2011DECRETO Nº 2737/2011Incorpórese a los alcances del Decreto Nº 2512/11Anexo I, al agente con la categoría y los adicionalesmencionados, a partir de la fecha que se indica:

Legajo Apellidoy

Nombre

Categoria Polifuncionalidad Flexib.Horaria

Fecha

20368900 LarrañagaLaura

Beatriz

CoordinadorDirección 48

hs

$ 742.44 $ 740.30 19/12/11

Moron, 22 de Diciembre de 2011DECRETO Nº 2738/2011Exclúyase de los alcances del Decreto Nº 2347/11Anexo I, al agente con la categoría y los adicionalesmencionados, a partir de la fecha que se indica:

Legajo Apellidoy

Nombre

Categoria Polifuncionalidad Flexib.Horaria

Fecha

22254500 CluterterbuckSara

Temp.Tecnico III 30 hs

$ 486.98 $ 203.09 01/11/11

Exclúyase de los alcances del Decreto Nº 2512/11Anexo I, a los agentes con las categorías y losadicionales mencionados, a partir de la fecha que seindica:

Legajo Apellidoy

Nombre

Categoria Polifuncionalidad Flexib.Horaria

Fecha

18896700 Paolucci Belen Temp.Profesional I 40 hs

$ 500, 00 $ 824, 84 19/12/11

22254500 CluterterbuckSara

Temp.TecnicoIII 30 hs

$ 486.98 $ 203.09 01/12/11

Moron, 22 de Diciembre de 2011DECRETO Nº 2741/2011Téngase por autorizada la continuidad de la docenteAgazzi Marcela Fernanda (Legajo Nº 215823/00), apartir del día 13 de Octubre del año 2011 hasta eldía 4 de Enero del año 2012 inclusive, con carácterSuplente, en el cargo de Maestra EspecializadaJornada Completa, a efectos de prestar servicios enel Jardín Municipal Nº 12, dependiente de laDirección de Educación, perteneciente a laSecretaría de Salud y Desarrollo Social.

Moron, 22 de Diciembre de 2011DECRETO Nº 2743/2011Dése de baja por fallecimiento, a partir del día 15 deNoviembre del año 2011, al agente Vadala MarceloAlejandro (DNI Nº 20.202.423) – (Legajo Nº191278), quien revistaba dentro de la Planta dePersonal Permanente, en categoría Obrero Clase Icon cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor,quien cumplia funciones en el Departamento deEdilicio, dependiente de la Dirección deMantenimiento Edilicio, perteneciente a la Secretaríade Obra y Servicios Públicos.

Moron, 27 de Diciembre de 2011DECRETO Nº 2754/2011Autorízase la continuidad de la docente ZulianiNatalia Soledad (Legajo Nº 216967/00) a partir deldía 18 de Noviembre del año 2011 hasta el día 11 deEnero del año 2012 inclusive, con carácter Suplente,en el cargo de Maestra Especializada JornadaSimple, a efectos de prestar servicios en el JardínMunicipal Nº 13, dependiente de la Dirección deEducación, perteneciente a la Secretaría de Salud yDesarrollo Social.

Moron, 29 de Diciembre de 2011DECRETO Nº 2760/2011Téngase por designada a la docente OrtelliCarolina Viviana (Legajo Nº 221367/00), a partir dedía 29 de Noviembre hasta el día 14 de Diciembredel año 2011 inclusive, con carácter Suplente, en elcargo de Maestra Especializada Jornada Simple, aefectos de prestar servicios en el Jardín Municipal Nº6, dependiente de la Dirección de Educación,

perteneciente a la Secretaría de Salud y DesarrolloSocial.

Moron, 29 de Diciembre de 2011DECRETO Nº 2761/2011Téngase por autorizada la continuidad en el cargoMaestra Especializada Jornada Simple, a la docenteCelsi Silvia Verónica (Legajo Nº 239001/00), apartir de día 15 de Diciembre del año 2011 hasta eldía 18 de Enero del año 2012 inclusive, con carácterSuplente, prestando funciones en la EscuelaEspecial “Mi Futuro”, dependiente de la Dirección deEducación, perteneciente a la Secretaría de Salud yDesarrollo Social.

Moron, 29 de Diciembre de 2011DECRETO Nº 2762/2011Téngase por designada a la docente Grupillo Noelia(Legajo Nº 237889/00), a partir de día 17 deNoviembre del año 2011 hasta el día 18 de Enerodel año 2012 inclusive, con carácter Suplente, en elcargo de Preceptora Jornada Completa, a efectos deprestar servicios en el Jardín Municipal Nº 12,dependiente de la Dirección de Educación,perteneciente a la Secretaría de Salud y DesarrolloSocial.

Moron, 29 de Diciembre de 2011DECRETO Nº 2763/2011Sustitúyase el Artículo 1º del Decreto Nº 2073/11, elque quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 1º: Téngase por designada, a la docenteUrbano Elba Yolanda (Legajo Nº 226790/00), apartir del día 15 de Agosto de 2011, en el cargo deMaestra Especializada Jornada Completa, concarácter Provisional, a efectos de prestar serviciosen el Jardín Maternal Nº 15, dependiente de laDirección de Educación, perteneciente a laSecretaría de Salud y Desarrollo Social.”

Moron, 29 de Diciembre de 2011DECRETO Nº 2764/2011Téngase por autorizada la continuidad en el cargo deMaestra Especializada Jornada Simple a la docentePapariello Caludia Mabel (Legajo Nº 208967/18), apartir de día 21 de Noviembre hasta el día 30 deDiciembre del año 2011 inclusive, con carácterSuplente, prestando funciones en el Jardín deInfantes Nº 3, dependiente de la Dirección deEducación, perteneciente a la Secretaría de Salud yDesarrollo Social.

Moron, 30 de Diciembre de 2011DECRETO Nº 2765/2011Téngase por aceptada la renuncia presentada por laagente Montiel Gaitanides María Julieta (Legajo Nº185301/00) - (D.N.I. Nº 27.398.507), a partir del día10 de Diciembre del año 2011, quien revistabadentro de la Planta de Personal Permanente, bajo lacategoría Auxiliar Especializado con cuarenta y ocho(48) horas semanales de labor, prestando serviciosen la Dirección de Unidad Intendente.

Moron, 29 de Diciembre de 2011DECRETO Nº 2772/2011Téngase por dado de baja a partir del día 1º deFebrero del año 2011, al docente Piuri Carlos Mario(D.N.I. Nº 16.774.517) – (Legajo Nº 181634/18), enel cargo de Profesor con una (1) hora cátedra ecuelasuperior, con carácter Provisional, quien cumplíafunciones en la Escuela Municipal de Danzas “JoséNeglia”, dependiente de la Direccion de Educación,perteneciente a la Secretaria de Salud y DesarrolloSocial.

Moron, 30 de Diciembre de 2011DECRETO Nº 2775/2011Téngase por designada a la docente LaiñoFlorencia (Legajo Nº 228934/00) a partir de día 10de Noviembre de 2011 hasta el día 25 de Enero2012 inclusive, con carácter Suplente, en el cargo dePreceptora Jornada Completa, a efectos de prestarservicios en el Jardín Municipal Nº 12, dependientede la Dirección de Educación, perteneciente a laSecretaría de Salud y Desarrollo Social.

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIG ESTO MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 100

Moron, 30 de Diciembre de 2011DECRETO Nº 2776/2011Téngase por autorizada la licencia con goce dehaberes al agente Hormaeche Manuel Alejandro(Legajo Nº 109637/00), desde el día 25 deNoviembre hasta el día 14 de Diciembre del año2011.

Moron, 30 de Diciembre de 2011DECRETO Nº 2777/2011Téngase por autorizada la licencia sin goce dehaberes, al agente Joaquim Marcelo José (D.N.I.Nº 21.918.001) - (Legajo Nº 179201), a partir del día10 de Diciembre del año 2011 por desempeño de uncargo de mayor jerarquía, con retención de su actualcargo de revista en la Municipalidad de Morón,mientras perdure su mandato como Concejal en elHonorable Concejo Deliberante del Partido deMorón.

Moron, 30 de Diciembre de 2011DECRETO Nº 2778/2011Téngase por autorizada la licencia sin goce dehaberes a la agente Abregú Blanca Esther (LegajoNº 185101/00), a partir del día 1º de Diciembre delaño 2011, por el término de seis (6) meses, conretención de su actual cargo de revista.

Moron, 30 de Diciembre de 2011DECRETO Nº 2779/2011Téngase por reencasillada, a partir del día 1º deJunio del año 2011, a la Dra. Vieyra Valeria (LegajoNº 200256/00), en la categoría SUMS Agregado conveinticuatro (24) horas, quien pertenece al Plantel dePersonal Permanente, cumpliendo funciones en elCentro de Atención Primaria de la Salud “SantaLaura”, dependiente de la Dirección de AtenciónPrimaria de la Salud, perteneciente a la Secretaríade Salud y Desarrollo Social.

Moron, 30 de Diciembre de 2011DECRETO Nº 2780/2011Asígnasele al Sr. Matías Nicolás Gurevich (DNI Nº29.708.563), Director de Auditoría y Control deGestión, a partir del día 3 hasta el día 30 de Enerodel año 2012, la firma de la Dirección de Control deProcedimientos, en sustitución del Lic. Graña OscarRaúl (D.N.I. Nº 10.970.344), cesando dichasustitución a la fecha de reincorporación delfuncionario mencionado.

Moron, 30 de Diciembre de 2011______________________________

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