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Mtra. Elsa Bibiana Peralta Hernández. Comisionada Ciudadana del INFODF Julio 2015

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Mtra. Elsa Bibiana Peralta Hernández. Comisionada Ciudadana del INFODF

Julio 2015

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La protección de datos personales estácontemplada en la Declaración Universal delos Derechos Humanos, en la que señala:

“Nadie será objeto de injurias arbitrarias ensu vida privada, su familia, su domicilio o sucorrespondencia, ni de ataques a su honra oa su reputación”, al igual nuestra Legislaciónen la carta Magna en su artículo 16 párrafosegundo habla de la protección de losderechos citados.

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El habeas data es una garantía de tercera generación por medio de la que se puede solicitar la exhibición de los registros públicos o privados en los cuales están incluidos los datos personales de un individuo o los de su grupo familiar, a fin de tomar conocimiento de su exactitud y finalidad.

En caso de que éstos sean falsos, discriminatorios, obsoletos o sensibles, podrá requerirse la rectificación, supresión, actualización o confidencialidad de los mismos.

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Los datos personales son necesarios para que una personapueda ser reconocida entre una sociedad, sin que seaconfundido con el resto de la colectividad.

En el caso de la administración pública, para cumplir con lasfunciones que la legislación le atribuye, requiere recabar ytratar datos personales. La protección de éstos, supone límitea la actuación de Los Entes Públicos y aquellas que ejerzangasto público; sus actuaciones deberán realizarse,garantizando la privacidad de los datos del titular, conformea los derechos que la ley prevé como ARCO.

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Las tecnologías de la información y de lastelecomunicaciones han permitido enmuchas ocasiones, que los datospersonales sean tratados para finesdistintos, así como transmitidos sin elconocimiento del titular, rebasando laesfera de privacidad de las personas.

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De manera general, el tratamiento de datos personales puede dividirse en cuatro fases, que son:

Recogida de los datos personales

Tratamiento Utilización Destrucción

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En el caso del Distrito Federal la protección de datospersonales se rige por siete principios establecidos en la Leyespecífica en la materia, los cuales son:

PRINCIPIOS

LICITUD

CONCENTI

MIENTO

CALIDAD

CONFIDEN

CIALIDADSEGURIDAD

DISPONIBILIDAD

TEMPORALIDAD

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A • ACCESO

R • RECTIFICACIÓN

C • CANCELACIÓN

O • OPOSICIÓN

Los Principio de Disponibilidad y Temporalidad son la base parala organización archivística y determinan fundamentalmente quelos datos personales sean almacenados de modo tal que sutratamiento permita el ejercicio de los derechos ARCO

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Por tanto, el tratamiento de datos tendrá queestructurarse de buena manera para que cuando sedé el ejercicio de los derechos antes referidos, porparte de los titulares de los datos personales, en todomomento sea posible atender su solicitud; es decir,se deberá instrumentar un procedimientoarchivístico que establezca procesos claros yexpeditos a efecto de que los datos estén disponiblesal momento que lo requiera cualquier interesado.

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De esta manera se entiende una relación transversalentre la Ley de Archivos del Distrito Federal (LADF) yla específica para la protección de datos personales;de lo cual resulta relevante que en el tratamiento delos datos se deba observar una visión integral entreambos temas, sin obviar los límites a los que seencuentren sujetas ambas disposiciones normativas ysiempre teniendo en cuenta la necesidad deencontrar un equilibrio.

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La adecuada estructura organizacional de los datos,se lleva a cabo utilizando los instrumentosarchivísticos como el Cuadro general de clasificaciónarchivística, con el cual se provee a los datos laarquitectura idónea estructurándolos de maneralógica representando la documentación producida orecibida en el ejercicio de las atribuciones o funcionesen materia de datos personales de una dependencia oentidad, así como facilitar su localización y el acceso alos datos personales contenidos en el acervodocumental.

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Esta estructura de los datos en su contexto archivísticopermitirá, además, facilitar la localización física de cadadocumento o expediente con datos personales para su eficazcontrol y manejo; ordenar los documentos con datospersonales estableciendo la relación entre cada agrupación oserie documental de acuerdo con una unidad de ordenestablecida para cada caso, bajo un principio de diferenciacióny estratificación de las diversas agrupaciones documentalesque conforman el sistema de datos personales de unadependencia o entidad.

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Contar con datos organizados en su contexto natural o archivístico, permitirá desarrollar de mejor manera, entre otros, los procesos siguientes:

Identificación e integración de sistemas de datos personales en cada expediente que detentan las unidades administrativas.

Elaboración de inventarios de expedientes que son parte de los sistemas de datos personales, controlando su ubicación dentro de las unidades administrativas.

Especificar y simplificar la transferencia de datos personales a la unidad de archivo de concentración e histórico para su tratamiento semiactivo e inactivo -para la gestión de la cual se originó-, respectivamente.

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Observar las condiciones técnicas en el ámbito del tratamiento de los datos personales y su disponibilidad asociada a las series documentales sus valores y vigencias, permite los siguientes beneficios:

Conservar los datos personales bajo una estructuradocumental organizada por el tiempo estrictamentenecesario para cumplir con su objetivo.

Garantizar de manera sistemática su tratamiento por cadaresponsable de las unidades de archivos, según su etapadocumental.

Establecer el calendario específico de caducidad de losdatos personales, su proceso, flujo y transito hacía sudestino final (destrucción o conservación histórica)

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Podemos concluir lo siguiente:• Los datos personales son parte de los procesos de archivo

desde que son recabados, lo cual incluye la utilización de losinstrumentos archivísticos en la primera etapa de losdocumentos, y con los cuales se van a controlar a lo largo desu ciclo de vida institucional.

El tratamiento de los datos personales se da en el contextode la integración y control documental en cada unidadadministrativa y debe estar regulado por el procesoarchivístico para su adecuada gestión e incorporación a lasestructuras archivísticas.

La utilización de los datos de acuerdo con su objetivoestadístico o científico y con fines históricos, debe ejercerseconsiderando los valores integrales de los documentos enque están contenidos y con base en los cuales se procede a sudestino final.

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¡GRACIAS!

MTRA. ELSA BIBIANA PERALTA HERNÁNDEZ

COMISIONADA CIUDADANA

INFODF

[email protected] ext 101