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10 MÓDULO HERRAMIENTAS DESCOM Modelos de gestión de servicios de agua potable y saneamiento

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10MÓDULO

HERRAMIENTAS DESCOM

Modelos de gestión de servicios de agua potable

y saneamiento

PRESENTACION

El Ministerio de Medio Ambiente y Agua, a través del Servicio Nacional para la Sostenibilidad de Servicios en Saneamiento Básico (SENASBA), en el marco de las competencias normativas y políticas, pone a disposición de las instituciones nacionales, subnacionales, profesionales y técnicos del sector de agua y saneamiento básico los 10 módulos de “Las Herramientas DESCOM”.

El mandato constitucional y las metas de la Agenda 2025 que instituyen la dotación de agua potable y servicios de saneamiento básico a toda la población boliviana, establecen también como un factor central y estratégico para el éxito de la misma la implementación del Desarrollo comunitario (DESCOM), entendido como el desarrollo de capacidades en la población beneficiaria para que esta ejerza sus derechos en relación a los servicios de agua potable y saneamiento básico, puesto que estas capacidades desarrolladas de manera sistemática e institucionalizada permiten que la población asuma la política pública como suya, más allá del tiempo de duración que tiene la implementación de los proyectos (principalmente los de infraestructura), siendo un pilar de la sostenibilidad del servicio. En ese contexto “Las Herramientas DESCOM” tienen el objetivo de constituirse en instrumentos prácticos que permitan que el Desarrollo Comunitario sea ejecutado de manera técnica, optima y pertinente, en base a la experiencia desarrollada por el SENASBA en los últimos 6 años.

Las “Herramientas DESCOM” que fueron elaboradas en una conjunción de teoría y práctica ejercida en proyectos en todo el país coadyuvarán a la sostenibilidad de las intervenciones de proyectos de Agua y Saneamiento que buscan que todas las bolivianas y los bolivianos cuenten con los servicios básicos.

Alexandra Moreira López

Ministra de Medio Ambiente y Agua

PRESENTACIÓN

El Servicio Nacional para la Sostenibilidad de Servicios en Saneamiento Básico (SENASBA), creado el año 2008, tiene entre sus fines principales promover la participación y el empoderamiento de la población a través de la estrategia social del sector (DESCOM) en el marco de la política de sostenibilidad del sector de agua y saneamiento básico.

La sostenibilidad de los servicios de agua potable y saneamiento básico tiene como un aspecto clave que la población beneficiaria asuma adecuadamente sus responsabilidades como usuaria de los sistemas tanto para el acompañamiento de las obras, el pago de tarifas o cuotas, el manejo y uso adecuado de los servicios y el agua. Por ello el SENASBA ha implementado en todo el país acciones para el desarrollo de capacidades y la movilización de todos los actores vinculados a los proyectos de agua y saneamiento; y también ha elaborado varios instrumentos que facilitan y orientan el trabajo de la implementación del Desarrollo Comunitario. Los 10 módulos de “Las Herramientas DESCOM” son una construcción que permitirá a los ejecutores del Desarrollo Comunitario contar con documentos de trabajo que guíen las acciones concretas en la Planificación por Resultados del Desarrollo Comunitario, el diseño de los eventos de capacitación, la prevención y manejo de conflictos, la Participación y control Social, el seguimiento a la infraestructura de agua potable y saneamiento básico, la elaboración del plan curricular en agua y saneamiento básico, la conformación de brigadas en educación sanitaria y ambiental, las conexiones de agua potable y alcantarillado, la socialización de la tarifa y los modelos de gestión.

Dra. Emma Olivia Quiroga

Directora General Ejecutiva

SENASBA

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MODELO DE GESTIÓNMÓDULO 10

Presentación de las Herramientas DESCOM

Organización de las Herramientas DESCOM

Módulo Temáticas

Planificación Por Resultados para el DESCOMMódulo 1

- Bases conceptuales y metodológicas de Planificación Por Resultados- Organización del proceso de Planificación Por Resultados, aplicado al ajuste del plan

de Desarrollo Comunitario- Materiales de apoyo

Diseño de capacitacionesMódulo 2

- Aspectos teóricos sobre el aprendizaje- Alternativas de capacitación- Dinámicas Apoyo

Prevención y manejo de conflictos Módulo 3

- Situación de los servicios de agua y saneamiento básico en Bolivia y el mundo- Marco institucional y competencial del sector de agua y saneamiento básico- Marco conceptual sobre la gestión del conflicto- La gestión de conflictos en proyectos de agua y saneamiento básico- Materiales de apoyo

Participación y control socialMódulo 4

- Bases conceptuales del Control Social en Bolivia- Instancia de Participación y Control Social en proyectos de agua y saneamiento- Materiales de apoyo

Seguimiento a la infraestructura de agua potable y saneamiento básicoMódulo 5

- Bases conceptuales- El seguimiento en la fase de inversión- Componentes de los sistemas de agua y saneamiento- Materiales de apoyo

Elaboración del Plan Curricular en agua y saneamientoMódulo 6

- Modelo del sistema educativo plurinacional- Organización curricular- Elaboración del plan curricular- Materiales de apoyo

Conformación de brigadas en educación sanitaria y ambiental Módulo 7

- Teoría de dinámica de grupos- La brigada como agente de cambio en el sector de agua y saneamiento- Capacitación y planificación de la brigada- Monitoreo y Evaluación- Dinámicas para las reuniones

Conexiones domiciliarias de agua potable y alcantarillado sanitarioMódulo 8

- Las conexiones domiciliarias de agua y saneamiento y la normativa vigente- Diseño y construcción de las conexiones domiciliarias- Conexiones intradomiciliarias- Materiales de apoyo

Socialización de la tarifaMódulo 9

- Bases conceptuales de los servicios y la tarifa- Orientaciones para que la población con proyecto de inversión reconozca la

importancia del pago de tarifas- Materiales de apoyo

Modelos de gestión Módulo 10

- Bases conceptuales y normativas- Conformación de una EPSA- Materiales de apoyo

Educación Sanitaria Ambiental Módulo 11

- Educación Sanitaria y Ambiental- Organización del Proceso de Educación Sanitaria y Ambiental- Estrategias de Educación Sanitaria y Ambiental- Seguimiento y Evaluación- Hacia la sostenibilidad de la Educación Sanitaria y Ambiental- Materiales de apoyo

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Objetivos y competencias del módulo

Objetivo general

Orientar la elección de modelos de gestión de Entidades Prestadoras de Servicios de Agua y Alcantarillado Sanitario (EPSA), en el marco de la normativa vigente.

Objetivos específicos

1. Facilitar contenidos teóricos y legales de los diferentes modelos de gestión de EPSA vigentes en el país.2. Ofrecer instrumentos operativos para el desarrollo de los talleres y/o reuniones que ayuden a la elección de modelo de gestión de EPSA por parte de la población.3. Dar herramientas básicas para la constitución de una EPSA con el modelo definido.

Competencias a desarrollar

1. El ejecutor DESCOM – FI conoce las bases técnicas y legales de cada modelo de gestión de EPSA.2. El ejecutor DESCOM – FI conoce y aplica las herramientas para orientar a la población en la toma de decisiones que le permita elegir adecuadamente un modelo de gestión para la prestación de servicios de agua potable y alcantarillado sanitario.

Contenidos clave

1. Bases conceptuales y normativas2. Conformación de una EPSA3. Materiales de apoyo

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MODELO DE GESTIÓNMÓDULO 10

Contenido

Presentación......................................................................................................................................................................................1

Capítulo 1 Bases conceptuales y normativas ..........................................................................................................................3

1.1. ¿Qué es la gestión de los servicios de agua y alcantarillado? ..................................................................................................5

1.2. ¿Cuáles son las funciones básicas para la gestión de servicios de agua y alcantarillado sanitario? ......................................5

1.3. ¿Cuáles son los modelos de gestión vigentes en Bolivia para agua y saneamiento? ..............................................................9

1.4. ¿Cuál es el sistema de regulación del sector de agua potable y alcantarillado sanitario? ....................................................10

Capítulo 2 Conformación de una EPSA ..................................................................................................................................13

2.1. Entidades Públicas Municipales ..............................................................................................................................................15

2.2. Comité de Agua Potable y Saneamiento .................................................................................................................................21

2.3. Cooperativa de Servicios de Agua y Alcantarillado ................................................................................................................23

2.4. Recomendaciones para la elección del modelo de EPSA........................................................................................................26

Capítulo 3 Materiales de apoyo ................................................................................................................................................31

3.1. Acta de conformación de la EPSA ...........................................................................................................................................33

3.2. Estatuto de la entidad prestadora de servicios de agua potable y alcantarillado ..................................................................34

3.3. Modelo de reglamento de estructura tarifaria, forma de pago y multas y sanciones ............................................................41

3.4. Modelo de contrato de servicios .............................................................................................................................................42

3.5. Documentación para trámites de licencia y registro ante la AAPS ........................................................................................43

3.6. Contenido de plan de capacitación en plomería (conexiones INTRA).....................................................................................45

3.7. Complementación al modelo de Cooperativa ..........................................................................................................................46

3.8. Guía de trámites ante la dirección general de cooperativas ..................................................................................................48

Bibliografía ......................................................................................................................................................................................51

Presentación de las Herramientas DESCOM ..................................................................................................................................52

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MODELO DE GESTIÓNMÓDULO 10

Contenido

Presentación

Descripción

Importante

Sugerencia

Recordatorio

Pregunta

Trabajo de Grupo

Bibliografía

Glosario

Contenido de íconos

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Presentación

El presente Módulo de Capacitación está dirigido a profesionales técnicos ejecutores de procesos de Desarrollo Comunitario (DESCOM) en el sector de agua y saneamiento básico en Bolivia, que acompañan los procesos constructivos en su etapa de inversión.

El SENASBA es la entidad técnico social especializada en el desarrollo de procesos, que coadyuvan a la sostenibilidad, no sólo de las inversiones sino también de los servicios.

En el país, el acceso a los servicios de agua y saneamiento, ha tenido una historia particular y hasta dramática con las famosas guerras del agua, en donde la bandera de acceso universal de los servicios básicos ha sido directamente relacionada a la gratuidad de los mismos y, en efecto, su reconocimiento como derecho humano pareciera que hace referencia a dicha gratuidad al menos en el imaginario de la mayoría de la población.

Este derecho humano al agua y al saneamiento implica también organización por parte de la población y una gestión adecuada y sostenible de los servicios, Por eso es importante al momento de instaurar un sistema de agua potable y/o alcantarillado definir el operador que se hará cargo de la gestión de los servicios, para ello existen varias alternativas que deben ser analizadas, con el objetivo que la población esté informada y pueda tomar una decisión.

Es importante que el ejecutor DESCOM cuente con los conocimientos y herramientas necesarias para brindar asistencia a la población en la definición del modelo de gestión. En tal sentido, el Módulo presenta la normativa vigente que regula esta elección, así como la caracterización de cada uno de los modelos.

Bases conceptuales y normativas

1Capítulo

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1. Bases conceptuales y normativas

1.1. ¿Qué es la gestión de los servicios de agua y alcantarillado?

El ser humano siempre ha necesitado agua para vivir. Y al principio de la humanidad era suficiente asentarse al lado o cerca de los ríos o lagos para proveerse de agua, pero en la medida que las sociedades se densificaban, la aparición de la artesanía, industria y otros, ese tipo de abastecimiento ya no era suficiente debido a la contaminación de las aguas superficiales y subterráneas; situación que en nuestra historia, en la época moderna principalmente, ha provocado enfermedades hasta epidemias que han puesto en riesgo la vida en sociedad, como la que ocurrió en la ciudad de Londres, que provocó que miles de familias migraran, de vuelta, al campo huyendo de la enfermedad y muerte.

El problema de la contaminación del agua hizo necesario que se planteen alternativas para su desinfección que garanticen su calidad para el consumo humano, dando origen a la gestión de servicios de agua potable.

A diferencia del agua, la no tan evidente necesidad de la sociedad ha sido los servicios de alcantarillado sanitario, que en principio, se habían reducido a medidas para transportar aguas residuales hasta lugares de disposición final. Su tratamiento no fue necesario sino hasta finales del siglo XIX por las graves consecuencias en la salud y el medio ambiente, problemas que están estrechamente relacionados.

Entonces se puede decir que:

La gestión de servicios de agua potable está compuesta por el conjunto de acciones y procesos para su producción, almacenamiento, tratamiento y distribución destinados a la dotación de agua potable en cantidad y calidad, con continuidad y tarifas equitativas, etc.

La gestión de servicios de alcantarillado sanitario son el conjunto de acciones y procesos desde el área técnica, ambiental, administrativa, comercial y social dirigidos a la recolección, transporte y tratamiento de aguas residuales de origen doméstico destinados a la prevención de enfermedades y de la contaminación de la Madre Tierra.

1.2. ¿Cuáles son las funciones básicas para la gestión de servicios de agua y alcantarillado sanitario?

Los alcances de la prestación de servicios de agua y alcantarillado, según la Constitución Política del Estado (CPE), son:

Artículo 20, parágrafo I. Toda persona tiene derecho al acceso universal y equitativo a los servicios básicos de agua potable y alcantarillado…

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Parágrafo II. Es responsabilidad del Estado, en todos sus niveles de gobierno, la provisión de los servicios básicos, a través de entidades públicas, mixtas, cooperativas y comunitarias…La provisión de servicios debe responder a criterios de universalidad, responsabilidad, accesibilidad, continuidad, calidad, eficiencia, eficacia, tarifas equitativas y cobertura necesaria; con participación y control social.

Es decir, independientemente del modelo de gestión que se adopte para una Entidad Prestadora de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario (EPSA) se debe cumplir con el derecho humano al agua y saneamiento, mismo que implica dotar un servicio de agua y alcantarillado sanitario universal, con responsabilidad, accesibilidad, continuidad, calidad, eficiencia, eficacia, tarifas equitativas, cobertura necesaria y con participación y control social.

Por ello, a continuación se muestra las dimensiones de los servicios que debe cumplir una EPSA, definidos por el Servicio Nacional para la Sostenibilidad de Servicios en saneamiento básico (SENASBA):

1.2.1. Dimensión de la sostenibilidad operativa de la EPSA

Dentro de la dimensión de la sostenibilidad operativa de la EPSA, se deben cumplir con las siguientes condiciones:

EconómicasEs la relación favorable (positiva) de ingresos menos los egresos operativos, asegurando la continuidad de las operaciones y prestación de servicios con margen de beneficios económicos.

Socioeconómicas-culturales

Es la medición de cambios y logros progresivos de impacto en la sociedad y su economía en forma de hábitos, salubridad, educación, de acuerdo a los indicadores planificados y considerando los usos y costumbres sociales.

Técnicas Es la capacidad de realizar operaciones técnicas para el funcionamiento, desinfección, mantenimiento preventivo, correctivo y de emergencia, que sean oportunas, suficientes para satisfacción al usuario.

Ambientales Es la capacidad de ejecutar actividades de conservación y mitigación ambiental en el marco de la gestión integral de cuencas y los derechos de la Madre Tierra.

Transparencia Es la difusión, publicación y acceso a la información de las operaciones de la EPSA y la construcción de la ética pública.

Inversiones Son las actividades de reinversión de los recursos por concepto de tarifa o tasa para la ampliación del sistema, reposición y/o mejora de la prestación de servicios básicos y otros, a favor de los usuarios.

1.2.2. Dimensión del Desarrollo Social Comunitario

Considerando que el principio u origen del proyecto (necesidad o demanda) es básicamente social, y la finalidad (fin) del mismo es necesariamente de impacto social, es importante considerar la “transversalidad” de la gestión social comunitaria para el éxito de todo modelo operativo. El proceso de Desarrollo Social Comunitario, dependiendo del estado y situación particular de la prestación de servicios locales y la relación con sus usuarios, posibilita los siguientes componentes de intervención alternativa:

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Identificación de necesidades y

demandas

La comunidad, grupo beneficiario u otro legítimamente representativo plantea la problemática (necesidad o demanda) al Estado o la entidad que representa a este. Esta necesidad o demanda se considera genuina si el origen de la misma es de consenso y lo suficientemente participativa.

Concertación socialEs el proceso social participativo y representativo de análisis de la problemática, soluciones y otros aspectos relativos al modelo de gestión, de proyectos de inversión (pre-inversión, ejecución y operación) y la conciliación de posiciones contrapuestas con corresponsabilidad social.

Formalización jurídica

Es la efectivización de la personalidad jurídica de las organizaciones y reconocimiento legal del uso y aprovechamiento de las fuentes de agua, cuando estas asuman responsabilidades de administración de los servicios de saneamiento básico.

Planificación

La comunidad, grupo meta o beneficiarios/as deben necesariamente participar de procesos de planificación participativa, construyendo objetivos e indicadores de corto, mediano y largo plazo, de manera que la sociedad civil se involucre en este proceso constructivo, los reconozca en la gestión de la inversión y las operaciones y se comprometa en los logros e impactos socio-económicos. En esto es importante la evaluación de logros y la reformulación o reprogramación de los mismos.

Seguimiento y control social

Es el proceso planificado de intervenciones organizadas, representativas y legítimas de la sociedad civil en la gestión de la inversión pública y las operaciones para efectuar seguimiento, monitoreo y control recurrente en determinadas instancias o hitos del modelo de gestión, en sujeción a la normatividad legal vigente.

Validación Son las actividades pre-establecidas de intervención social para convalidar, dar continuidad y, en su caso, replicar determinadas actuaciones de la gestión de los servicios.

Co-financiamientoEs la capacidad y compromiso social de aportes propios de los usuarios acordados para apoyar la ejecución de inversiones, con el objetivo de mejorar y/o ampliar los servicios, mismos que pueden ser de carácter financiero, no financiero y otros evaluables.

Tarifas equitativasEs el análisis socioeconómico (categorización y segmentación) de las capacidades de pago por servicios y la concertación social para su implementación, de manera de asegurar la sostenibilidad económica de las operaciones.

Educación Sanitaria Ambiental

Es el proceso de educación no formal a la sociedad civil en cambios de hábitos, uso, conservación y mantenimiento de las inversiones, cuidados ambientales, operación y mantenimiento de la infraestructura intradomiciliaria, fortalecimiento a la organización social, participación social y liderazgo y otras temáticas en particular acordadas con la comunidad beneficiaria.

Fiscalización social

El proceso de operación requiere la conformación de instancias de fiscalización social democrática y legítimamente elegidas, cuidando de la necesaria idoneidad y la exposición de intereses, de manera que se puedan enriquecer los mecanismos de control. Las instancias formalmente representativas, son: el directorio, asamblea de socios, y otras que puedan instituirse legalmente para fiscalizar las actividades operativas.

Si una EPSA cumple con el desarrollo de todos los ámbitos de las dos dimensiones de la gestión de los servicios, se puede decir que es sostenible y que está cumpliendo con el mandato del derecho humano a los servicios de agua y de alcantarillado sanitario.

La gestión de los servicios involucra normalmente dos partes: la EPSA (como persona jurídica) y el usuario del servicio (como persona natural o jurídica), ambas con derechos y obligaciones frente al mismo.

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En el caso de la EPSA, ésta debe garantizar ante la población el respeto a los principios básicos de la sostenibilidad, teniendo presentes los siguientes valores operativos:

� La EPSA debe tener conocimiento de las obras y de los requerimientos de operación y mantenimiento de todas las instalaciones.

� La EPSA debe cobrar una tarifa o tasa a los usuarios, de acuerdo a la opción técnica y nivel de servicios que la comunidad ha elegido.

� La EPSA debe acordar con la comunidad la posibilidad del uso de instrumentos coercitivos como corte o suspensión del servicio, en caso de mora en el pago de las tarifas o tasas.

� Los recursos recaudados por el cobro de los servicios deben ser gastados en forma trasparente, y la comunidad debe ser informada al respecto.

� La EPSA debe pagar puntualmente al personal.

� La EPSA debe disponer de recursos suficientes para las labores de operación y mantenimiento.

� Se debe respetar los plazos de duración en funciones de la directiva, y se deben efectuar las convocatorias para asambleas, siguiendo las normas de la EPSA o los usos y costumbres de la comunidad.

� La EPSA debe respetar la continuidad del personal técnico.

� La EPSA debe mantener informada a la comunidad de sus actividades en la gestión de los servicios (cantidad de agua producida, reparaciones, resultados de laboratorio de control de calidad del agua, nuevo proyectos, indicadores de desempeño, cobranza, contabilidad, presupuestos, etc.).

� La EPSA debe mejorar de manera continua sus labores de operación y mantenimiento, por ejemplo reduciendo los tiempos de atención a roturas o a cortes del servicio.

� La EPSA debe prestar a la AAPS, en cumplimiento de la norma, toda la información que esta entidad requiera de manera rutinaria o de manera excepcional.

� La EPSA debe aplicar los principios del Programa Nacional de Uso Eficiente del Agua, ahorrando tanta agua como sea posible en sus labores operativas.

A su vez, los usuarios deben comprometerse a:

� Conectarse a los servicios de agua potable y alcantarillado sanitario.

� Usar adecuadamente los servicios.

� Adherirse al Programa Nacional de Uso Eficiente del Agua.

� Pagar puntualmente las tarifas o tasas.

� Participar en las reuniones ordinarias y extraordinarias convocadas por la EPSA.

� Practicar hábitos de higiene.

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1.3. ¿Cuáles son los modelos de gestión vigentes en Bolivia para agua y sanea-miento?

Los modelos de gestión reconocidos por el Estado Plurinacional de Bolivia están definidos por la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia (CPE) en su siguiente artículo:

Artículo 20. II. Es responsabilidad del Estado, en todos sus niveles de gobierno, la provisión de los servicios básicos a través de entidades públicas, mixtas, cooperativas o comunitarias…

De tal manera que los modelos de gestión reconocidos o autorizados para la prestación del servicio público de agua y alcantarillado sanitario son:

� Entidades públicas (empresas municipales, entidades municipales desconcentradas y entidades municipales descentralizadas).

� Entidades mixtas (fusión de una entidad pública con una empresa privada) sin fines de lucro.

� Cooperativas.

� Comunitarias (Comité de Agua Potable y Saneamiento u otros, según usos y costumbres).

Asimismo, la CPE, dada la singular importancia y sensibilidad que existe en el tema, reconoce sólo dos figuras jurídico-institucionales de autorización o reconocimiento de la prestación de los servicios que son: las Licencias y los Registros, y elimina definitivamente a la Concesión, modificando en ese punto importante a la Ley 2066.

La gestión de los servicios debe enmarcarse, tanto en su concepción, fundación y gestión propia de los servicios, bajo los siguientes principios:

� El acceso a los servicios de agua y alcantarillado son un Derecho Humano y fundamentalísimo.

� El agua y el saneamiento no son objeto de concesión ni privatización.

� El Gobierno Autónomo Municipal (GAM) es responsable de la provisión de los servicios básicos, a través de la prestación directa o de entidades públicas (desconcentradas o descentralizada), cooperativas, comunitarias o mixtas.

� La provisión de servicios debe responder a los criterios de universalidad, sostenibilidad,

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responsabilidad, accesibilidad, continuidad, calidad, eficiencia, eficacia, tarifas equitativas y cobertura necesaria con participación y control social; velando la equidad social y de género.

� El Estado reconoce el uso social y ancestral de las comunidades campesinas, indígenas originarias del país, respetando sus “usos y costumbres”.

� Es deber del Estado y de la población conservar, proteger y aprovechar, de manera sustentable, los recursos hídricos, velando la integralidad de toda intervención y servicio.

� El Estado, en todos sus niveles de gobierno, es el responsable de las inversiones para la ampliación de cobertura.

La Ley 2066 de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario es la norma sectorial básica, allí se definen el sistema de regulación, modelos de gestión de las EPSA, aspectos relativos a las tarifas y a la calidad de la prestación de los servicios, misma que ha sido modificada por la CPE, pero aún continúa vigente. Esta Ley establece entre otros temas los derechos y obligaciones de la EPSA:

Derechos Obligaciones

� Cobrar tarifas o tasas, de acuerdo a lo establecido por Ley.

� Suspender servicios en caso de mora o no pago. � Cobrar multas a los usuarios/as. � Obtener las servidumbres necesarias para el

cumplimiento de sus objetivos. � Cuando no prospere la servidumbre, podrá solicitar la

expropiación de las superficies que requiera. � Sancionar conexiones clandestinas de agua y

alcantarillado sanitario.

� Garantizar la dotación de aguas en cantidad y calidad adecuadas, conforme a la normativa vigente.

� Garantizar la integridad física y la salud de sus habitantes, mediante normas de diseño, construcción, buenas prácticas constructivas y operaciones de los sistemas de agua potable y alcantarillado.

� Cumplir las normas ambientales. � Los titulares de licencia deben presentar anualmente a la autoridad de

Fiscalización y Control Social de Agua potable y saneamiento básico (AAPS) sus estados financieros y flujo de caja, evaluados por auditor externo.

� Proporcionar información técnica, legal y administrativa de sus operaciones.

� El incumplimiento reiterado de las obligaciones indicadas dará lugar, inicialmente, a la intervención, seguido de la revocatoria de la licencia de acuerdo al reglamento.

1.4. ¿Cuál es el sistema de regulación del sector de agua potable y alcantarillado sanitario?

Los servicios de agua potable y alcantarillado sanitario son servicios públicos que deben obedecer a principios establecidos en la CPE. Por ello, la prestación de los servicios está regulado o controlado por el Estado en el nivel nacional por el Ministerio de Medio Ambiente y Agua (MMAyA), a través de la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Agua Potable y Saneamiento Básico (AAPS).

A continuación presentamos los alcances de la AAPS de acuerdo a la información brindada por esta entidad (AAPS, 2013).

Naturaleza institucional de la AAPS:

La AAPS es una institución pública técnica y operativa, con personalidad jurídica y patrimonio, con independencia administrativa, financiera, legal y técnica, supeditada al Ministerio de Medio Ambiente y Agua.

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Marco normativo de aplicación:

La AAPS fiscaliza, controla, supervisa y regula las actividades de agua potable y saneamiento básico, considerando la Ley No. 2066, de 11 de abril de 2000 de Prestación y Utilización de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario; la Ley 2878, de 8 de octubre de 2004, de Promoción y Apoyo al Sector Riego; y sus reglamentos, en tanto no contradigan lo dispuesto en la CPE.

Objetivos:

Regular las actividades que realizan personas naturales y jurídicas, privadas, comunitarias, públicas, mixtas y cooperativas en el sector agua potable y saneamiento básico, asegurando que:

� Se garanticen los intereses y derechos de los consumidores y usuarios, promoviendo la economía plural prevista en la CPE y las leyes en forma efectiva.

� Las actividades en los sectores bajo su jurisdicción contribuyan al desarrollo de la economía nacional, y tiendan a que todos los habitantes del Estado Plurinacional de Bolivia puedan acceder a los servicios.

� El aprovechamiento de los recursos naturales se ejerza de manera sustentable y estrictamente de acuerdo con la CPE y las leyes.

Competencias:

Las competencias de la AAPS, además de las establecidas en las normas legales sectoriales vigentes, en todo lo que no contravenga a la CPE y al Decreto Supremo No. 0071, son las siguientes:

� Otorgar, renovar, modificar, revocar o declarar caducidad de derechos de uso y aprovechamiento sobre las fuentes de agua para consumo humano.

� Otorgar, renovar, modificar, revocar o declarar caducidad de derechos de prestación de servicios de agua potable y saneamiento básico.

� Asegurar el cumplimiento del derecho fundamentalísimo de acceso al agua, y priorizar su uso para el consumo humano, seguridad alimentaria y conservación del medio ambiente, en el marco de sus competencias.

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� Regular el manejo y gestión sustentable de los recursos hídricos para consumo humano y servicios de agua potable y saneamiento básico, respetando usos y costumbres de las comunidades, de sus autoridades locales y de organizaciones sociales en el marco de la CPE.

� Precautelar, en el marco de la CPE y en coordinación con la Autoridad Ambiental Competente y el Servicio Nacional de Riego, que los titulares de derechos de uso y aprovechamiento de fuentes de agua actúen dentro de las políticas de conservación, protección, preservación, restauración, uso sustentable y gestión integral de las aguas fósiles, glaciares, subterráneas, minerales, medicinales; evitando acciones en las nacientes y zonas intermedias de los ríos que ocasionan daños a los ecosistemas y disminución de caudales para el consumo humano.

� Imponer las servidumbres administrativas necesarias para la prestación de los servicios de agua potable y saneamiento básico.

� Regular a los prestadores del servicio en lo referente a planes de operación, mantenimiento, expansión, fortalecimiento del servicio, precios, tarifas y cuotas.

� Recomendar las tasas que deben cobrar los gobiernos municipales por los servicios de agua potable y/o saneamiento básico, cuando éstos sean prestadores en forma directa por la municipalidad.

� Atender, resolver, intervenir y/o mediar en controversias y conflictos que afecten al uso de recursos hídricos para consumo humano, y servicios de agua potable y saneamiento básico.

� Requerir a las personas naturales o jurídicas, y otros entes relacionados con el sector regulado, información, datos y otros aspectos que consideren necesarios para el cumplimiento de sus funciones.

� Precautelar el cumplimiento de las obligaciones y derechos de los titulares de las autorizaciones, licencias y registros.

� Proteger los derechos de usuarios de los servicios de agua potable y/o saneamiento básico.

� Otras atribuciones que le señalen normas sectoriales vigentes.

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Conformación de una EPSA

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Conformación de una EPSA

Los modelos de gestión para servicios de agua y saneamiento definidos según norma son: entidades públicas municipales, entidades mixtas, cooperativas, Comités de Agua Potable (CAPyS). A continuación presentaremos de manera referencial a cada uno de ellos.

2.1. Entidades Públicas Municipales

El Gobierno Autónomo Municipal (GAM) es responsable de la prestación de los servicios de agua y saneamiento; por lo tanto, en primera instancia, el GAM está obligado a garantizar la prestación de estos servicios a través de una EPSA municipal, con el fin de asegurar la dotación de agua potable y servicios de saneamiento a la población de su municipio. Para esto, según la Ley N° 482, artículo 24, parágrafo I, inc. d), f) y g), el GAM tiene tres modelos de gestión posibles de implementar para los mismos:

� Entidades desconcentradas municipales

� Entidades descentralizadas municipales

� Empresas públicas municipales

2.

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2.1.1. Entidades desconcentradas municipales

Las entidades desconcentradas municipales son unidades funcionales dentro de la estructura interna del GAM, es decir que tienen dependencia directa del Alcalde o Alcaldesa Municipal, quien delega las funciones técnicas operativas a un área funcional dentro del GAM.

Las características del modelo de gestión, estructura organizativa y el procedimiento de creación están definidas por la Ley N° 482.

Principales características:

� Son creadas por Decreto Municipal aprobado y emitido por la autoridad edil.

� Tienen dependencia directa del Alcalde o Alcaldesa Municipal.

� Su autoridad está designada por el Alcalde Municipal, mediante Decreto Edil.

� El Alcalde o Alcaldesa delega atribuciones técnico - operativas.

� No tienen personalidad jurídica ni patrimonio propio.

� Los servicios de agua y alcantarillado son aprobados mediante Ley Municipal.

� La gestión administrativa y legal está a cargo del GAM.

� Funcionan de acuerdo a la normativa interna del GAM.

� Cobran una tasa municipal, misma que debe ser aprobada por Ley Municipal.

� Los sistemas de agua y saneamiento son bienes municipales patrimoniales.

Estructura organizativaAlcalde o Alcaldesa

Municipal

Secretaria de Obras Públicas

Secretaria de Gestión Administrativa y

Financiera

ContabilidadUnidad de Obras Públicas

Unidad de Servicios de agua y saneamiento

básico

Áreas de gestión Técnica

Áreas de gestión Comercial

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Procedimiento de creación

� Propuesta de estructura de la unidad a cargo de la Secretaría.

� Informe técnico, legal y financiero que justifique su creación.

� Proyecto de Decreto Municipal de creación de la unidad.

� Estudio de viabilidad técnica, social y financiera de la tasa por prestación de servicios de agua y alcantarillado (informes técnico, legal y financiero recomendando la aprobación).

� Proyecto de Ley Municipal para aprobación de tasa y requisitos para la prestación del servicio.

Ventajas y desventajas (*)

Ventajas Desventajas

� Dependencia del GAM. � Rápida constitución. � Financiamiento municipal para operación y mantenimiento

del sistema. � Control directo del Alcalde o Alcaldesa

� Riesgo de no lograr la auto-sostenibilidad del servicio. Tasas muy bajas. � Tendencia a la burocratización. Se complejiza la gestión administrativa y

técnica. � Dificultades para manejar en forma separada los recursos provenientes de

la tasa por servicios de agua y alcantarillado sanitario. � Alta rotación del personal. � Dedicación parcial del personal a la gestión de los servicios de agua y

saneamiento. � Tendencia al subsidio del servicio.

(*) Las ventajas y desventajas son referenciales y pueden variar para cada caso.

Este tipo de modelo puede ser la base de un proceso de constitución de una Entidad Pública Descentralizada o Empresa Pública, además puede coadyuvar al arranque de la prestación del servicio en la etapa inicial del funcionamiento del sistema que además puede ir acompañado de la generación de todos los procesos administrativos y legales para dar lugar a la descentralización del mismo.

2.1.2. Entidades descentralizadas municipales

Las entidades descentralizadas municipales son entidades independientes a quienes se les transfiere funciones del GAM. Son creadas por Decreto Municipal; tienen autonomía administrativa, financiera, legal y técnica en el área específica de servicios de agua y saneamiento, y su autoridad está designada por el Alcalde o Alcaldesa, mediante Decreto Edil según la Ley N° 482.

Principales características:

� Tiene personalidad jurídica y patrimonio propio.

� Están bajo tuición del GAM.

� Son creadas mediante Decreto Municipal aprobado y emitido por la autoridad edil.

� La autoridad es designada mediante Decreto Edil.

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MODELO DE GESTIÓNMÓDULO 10

� Cobran una tarifa.

� La definición de políticas y lineamientos institucionales estará a cargo de un directorio, en donde el Alcalde o Alcaldesa ejerce la Presidencia.

� Tienen capacidad de decisión administrativa, financiera, legal y técnica.

� Deben contar con autorización de aprovechamiento de fuentes de agua, registro o licencia de la AAPS.

Los objetivos de gestión de las instituciones descentralizadas deberán enmarcarse en los lineamientos establecidos en los Planes Municipales.

Estructura entidad pública descentralizada de agua y alcantarillado sanitario

Procedimiento de creación

� Proyecto de Decreto Municipal para creación de la entidad, elaborado por la Secretaría respectiva.

� Informe técnico, legal y financiero que justifique su creación.

� Estudio tarifario, licencia o registro aprobado por la AAPS.

� Designación por el Alcalde o Alcaldesa, mediante Decreto Edil.

� Conformación del directorio compuesto por un tercio de representantes de los usuarios, un tercio de representantes del municipio y un tercio de entidades profesionales vinculadas al sector (Esta conformación debe responder a las características del GAM y los usuarios).

� Debe contar con un estatuto orgánico.

Nivel operativo. Gestión técnica operativa de los servicios

Nivel directorio. Definición de políticas y lineamientos institucionales.

Nivel ejecutivo. Dirección de ejecutiva y de gestión institucional

DirectorioPresidente (a) Alcalde o Alcaldesa Municipal

DirectorEjecutivo

GerenciaTécnica

GerenciaComercial

GerenciaAdministrativa

Financiera

Unidad de Agua Potable

Unidad de Alcantarillado

Sanitario

Unidad de Gestión Social

Unidad de Cobranza y Facturación

Atención al cliente

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MODELO DE GESTIÓNMÓDULO 10

Las capitales de departamento del país salvo Santa Cruz, Beni y Tarija tienen este modelo de gestión.

Ventajas y desventajas (*)

Ventajas Desventajas

� Delegación de responsabilidades del GAM a la EPSA. � Claridad de funciones y roles institucionales. � Dedicación exclusiva a la gestión de servicios de agua y alcantarillado sanitario. � Autonomía de gestión administrativa, técnica y legal. � Personal técnico especializado. � Directorio con representación civil y otros. � Tendencia a la sostenibilidad de los servicios a través del cobro de tarifas. � Financiamiento del GAM para ampliación de cobertura.

� Tendiente a burocratizarse.

(*) Las ventajas y desventajas son referenciales y pueden variar para cada caso.

2.1.3. Empresas públicas municipales

De acuerdo a la Ley N° 482, las empresas públicas municipales son entidades con autonomía de gestión administrativa, financiera, legal y técnica, y deben ser creadas mediante Ley Municipal, así como su autoridad es designada por Decreto Edil. Este modelo se utiliza principalmente para el área productiva, en el entendido de que debe generar créditos económicos, pero también puede utilizarse para la prestación de servicios públicos sin fines de lucro.

Principales características:

� Tienen personalidad jurídica y patrimonio propio.

� Tienen capacidad de decisión administrativa, financiera, legal y técnica.

� Su autoridad es designada mediante Decreto Edil.

� Son creadas mediante Ley Municipal aprobada por el Concejo Municipal.

� Están bajo tuición del GAM.

� Cuentan con un directorio en donde el Alcalde o Alcaldesa ejerce la Presidencia.

� Cobran y administran una tarifa para fines de operación y mantenimiento.

� Deben cumplir los requisitos de la AAPS.

Procedimiento de creación

� Proyecto de Ley Municipal de creación.

� Informe financiero de viabilidad (debe ser sostenible con la generación de sus recursos). Asignación de patrimonio.

� Informe técnico y legal de viabilidad.

� Cumplimiento de la normativa sectorial ante la AAPS.

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MODELO DE GESTIÓNMÓDULO 10

La Empresa Pública Municipal puede incorporar la participación de otros modelos de gestión de otras entidades públicas (mancomunidad de municipios), etc.

Estructura de las empresas públicas municipales

Ventajas y desventajas (*)

Ventajas Desventajas

� Autonomía de gestión administrativa, técnica y legal. � Personal especializado. � Tendientes a la sostenibilidad. � Dedicación exclusiva a la gestión.

� Tendiente a burocratizarse.

(*) Las ventajas y desventajas son referenciales y pueden variar para cada caso.

Nivel directorio. Define políticas y lineamientos institucionales. Conformado por socios GAM 1, GAM 2, GAM 3.

Nivel operativo. Responsable de las acciones operativas de la prestación de servicios de agua y saneamiento

Director Ejecutivo

Gerencia Técnica

Gerencia Comercial

Gerencia Administrativa

Financiera

Unidad de Alcantarillado

Sanitario

Unidad de Agua Potable

Unidad de Gestión Social

Unidad de Facturación y

cobranza

Unidad de Atención al

cliente

Contabilidad presupuestos

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MODELO DE GESTIÓNMÓDULO 10

Este modelo puede permitir la gestión de servicios a una escala mayor, poblaciones mayores a los dos mil habitantes, y con el fin de optimizar costos, podría involucrar la unión de más de dos municipios. Es recomendable para la gestión integral de servicios de agua potable y alcantarillado sanitario.

2.2. Comité de Agua Potable y Saneamiento

Un Comité de Agua Potable y Saneamiento (CAPyS) es una entidad conformada por los usuarios del servicio de la comunidad. Es un modelo basado en la autogestión del mismo para una sola localidad y está reconocida por el Art. 73 del Código Civil, la Ley N° 2066 y la CPE.

El Comité se organiza diferenciando dos unidades que corresponden a las funciones básicas de una entidad prestadora de servicios de agua y saneamiento:

� Gestión técnica (operación y mantenimiento de los servicios).

� Gestión administrativa y comercial (manejo administrativo y contable del Comité y cobranzas por los servicios).

Principales características

� La máxima instancia de decisión es la Asamblea.

� Los miembros del CAPyS son elegidos por la Asamblea, mediante voto directo y controlado por un comité electoral.

� Las tarifas son aprobadas en Asamblea, y son remitidas a la AAPS para su verificación conforme norma.

� Cuentan con un estatuto y reglamento interno aprobado por la Asamblea.

� Deben tramitar el registro o licencia ante la AAPS, entidad que otorga el mismo por el tiempo de vida útil del servicio.

� El registro no está sujeto a tasa de regulación.

� Los CAPyS pueden o no tener personería jurídica, ya que no es requisito para tramitar su Licencia o Registro ante la AAPS.

� Tienen patrimonio propio.

� El Comité de Agua Potable y Saneamiento rinde cuentas a la Asamblea.

� Se logra independencia administrativa de los municipios y de la OTB, con las cuales debe existir estrecha coordinación.

Procedimiento de creación

� Elección del modelo de gestión en Asamblea.

� Conformación del CAPyS por aprobación de la Asamblea.

� Elección del directorio en Asamblea.

� Aprobación de los estatutos y reglamentos.

� Tramite de registro o licencia ante la AAPS.

� Aprobación de una tarifa por la Asamblea

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MODELO DE GESTIÓNMÓDULO 10

Estructura de los Comités de Agua Potable y Saneamiento

Ventajas y desventajas (*)

Ventajas Desventajas

� Proceso de constitución simple. � Organización local. � Participación social activa por parte de los usuarios.

� Cambio continuo de directivas (generalmente no dura más de un año).

� Alta rotación de personal técnico o usuarios capacitados, debido al cambio de directivas.

(*) Las ventajas y desventajas son referenciales y pueden variar para cada caso.

Este modelo es recomendado para la gestión de sistemas de agua potable con conexiones menores a 500. Su gestión local ayuda en la apropiación y sostenibilidad del sistema, pero normalmente requieren de Asistencia Técnica continua por parte del GAM u otra entidad, debido principalmente a la rotación del directorio.

Es importante que en la presentación de este modelo de gestión, a los usuarios del servicio, se enfatice en la importancia de los cargos del plomero(a) y cobrador(a) como parte operativa del sistema y la necesidad de no rotación de los mismos para resguardar y fortalecer las capacidades instaladas en el Comité.

Un Comité de Agua Potable y Saneamiento debe ser sostenible, por tanto, debe llevar un cobro adecuado, realizar de manera adecuada la operación y mantenimiento del sistema y, sobretodo, rendir cuentas a la población.

Personal Administrativo

Personal técnico

1 Cobrador/ administrador

1 Cobrador/lecturador

Asamblea de usuarios

Directorio

Máxima autoridad

Presidente (a), Vicepresidente (a),

Tesorero (a) y Vocales

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MODELO DE GESTIÓNMÓDULO 10

2.3. Cooperativa de Servicios de Agua y Alcantarillado

“Una cooperativa es una asociación autónoma de personas que se han unido voluntariamente para hacer frente a sus necesidades y aspiraciones económicas, sociales y culturales comunes por medio de una empresa de propiedad conjunta y democráticamente controlada”.

Según la Ley N° 356, de 11 de abril de 2013, Art. 4, señala:

Es una asociación sin fines de lucro, de personas naturales y/o jurídicas que se asocian voluntariamente, constituyendo cooperativas, fundadas en el trabajo solidario y de cooperación, para satisfacer sus necesidades productivas y de servicios, con estructura y funcionamiento autónomo y democrático.

Las características sobresalientes de una Cooperativa son:

� Es una asociación sin fines de lucro.

� De propiedad colectiva.

� Con estructura autónoma y democrática.

Por tanto, una Cooperativa de Servicios de Agua y Alcantarillado es:

Una asociación sin ánimo de lucro, la cual está compuesta por asociados y asociadas de forma voluntaria, creada con el objeto de gestionar, de forma equitativa y eficiente, servicios de agua y alcantarillado, para satisfacer las necesidades de sus asociados y de la comunidad en general.

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MODELO DE GESTIÓNMÓDULO 10

En la Cooperativa todos los asociados y asociadas tienen los mismos derechos y obligaciones, e intervienen en la prestación de los servicios participando en la asambleas ordinarias anuales, en las que se eligen los consejos de administración y de vigilancia. El consejo de administración tiene la facultad de designar al personal que ocupe los cargos operativos de la Cooperativa.

Principales características

� Personería jurídica reconocida por la Autoridad de Control y Fiscalización de Cooperativas (AFCOOP).

� Patrimonio propio constituido principalmente por el aporte de los asociados y asociadas.

� Su denominación está precedida de la palabra “Cooperativa”.

� Adoptan el régimen de Responsabilidad Limitada (R.L.) sigla que deberá ser incorporada en su denominación.

� Sin fines de lucro.

� Los asociados y asociadas tienen los mismos derechos y obligaciones, no existen privilegios.

� Los asociados y asociadas tienen esa categoría a partir de la adquisición de su certificado de aportación (económico, bienes materiales y trabajo).

� Están reguladas por la AFCOOP.

� Están reguladas por la AAPS (Autoridad Sectorial).

� Duración indefinida.

� Número de asociadas y asociados no deberá será menor a diez (10).

� Personalidad jurídica inscrita en el Registro Estatal de Cooperativas.

� El estatuto orgánico es la norma interna de la Cooperativa que rige su constitución, organización, funcionamiento, regímenes de participación, económicos, sociales y de disolución, norma que deberá basarse en el Reglamento de la Ley General de Cooperativas aprobado por el D.S. 1995 de 13 de mayo de 2014 y ser homologado por la AFCOOP.

� Su máxima autoridad es la asamblea de asociados y asociadas.

� Cuentan con un fondo social, compuesto por recursos propios y otros (aportación de los asociados y asociadas y otros).

� Los asociados y asociadas tienen un certificado de aportación.

� Las aportaciones podrán ser en dinero, bienes, derechos o trabajo.

� Están obligadas a constituir los siguientes fondos no repartibles: reserva legal (10%), fondo de educación (5%) y fondo de previsión social y apoyo a la colectividad (5%) del resultado de los estados financieros anuales.

� El periodo de funciones de los miembros del consejo de administración y vigilancia es de máximo 3 años, pero pueden ser reelectos por una sola gestión consecutiva (máximo 6 años).

Procedimiento para su creación:

� Los interesados deben conformar un Comité Organizador.

� El Comité Organizador convocará a una asamblea general constitutiva de la Cooperativa, en la cual se aprobarán los estatutos y los estudios socio-económicos.

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MODELO DE GESTIÓNMÓDULO 10

� En la asamblea constitutiva se elegirá a los representantes del consejo de administración y consejo de vigilancia.

� Los elegidos como consejo de administración y vigilancia firmarán el acta constitutiva de la Cooperativa en presencia de los representantes de la Federación de Cooperativas del Sector o representantes del Ministerio del área o, en su caso, por un Notario de Fe Pública o cualquier otra autoridad del lugar.

Estructura de las Cooperativas de Servicios de Agua y Alcantarillado

Asamblea General

Consejo de Administración Consejo de Vigilancia

Tribunal disciplinario de honor, o los Comités que se establezcan por

Asamblea

Gerencia General

Área ComercialÁrea TécnicaÁrea Administrativa

Conformada por todas las asociadas

Instancia de fiscalización y control financiero legal de la Cooperativa, vela el cumplimiento de la norma

Instancia ejecutiva, ejerce la representación de la

Cooperativa

Instancia de control de ética

Instancia operativa de la gestión de los servicios

Responsable de la gestión de la Cooperativa

Responsable de la gestión técnica de los servicios

Responsable de la gestión comercial de los servicios

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MODELO DE GESTIÓNMÓDULO 10

Ventajas y desventajas (*)

Ventajas Desventajas

� Autonomía de gestión. � Patrimonio propio. � Amplia participación de los asociados y asociadas. � Instancia de control y fiscalización instituida en la estructura.

� Doble regulación (AFCCOP y la AAPS). � Procedimiento burocrático para su constitución. � Estructura compleja tendiente a burocratizar la gestión de los

servicios. � Constitución de fondos adicionales (reserva legal, educación y

previsión social).

(*) Las ventajas y desventajas son referenciales y pueden variar para cada caso.

2.4. Recomendaciones para la elección del modelo de EPSA

Para elegir el modelo más conveniente de EPSA, se debe tomar en cuenta lo siguiente:

� El proceso de selección debe efectuarse con toda la comunidad, y se debe lograr una profunda participación en la discusión.

� La selección debe lograr la mejor correspondencia entre las aspiraciones y realidad de la comunidad.

� Se debe considerar las capacidades locales de los integrantes de la EPSA y las demandas administrativas, comerciales y técnicas/operativas del servicio.

� Se debe lograr definiciones con relación a la elección adecuada del nivel de servicio y la opción técnica, las cuales, a su vez, definen los términos generales de la tarifa.

2.4.1. ¿Cuáles son los requisitos que una EPSA debe cumplir para ser reconocida como responsable de la prestación del servicio de un área determinada?

La constitución de una EPSA, en base a un modelo de gestión, es el paso inicial para contar con el reconocimiento de las instancias gubernamentales del país. pero existen otros reconocimientos que la EPSA necesita para que pueda cumplir con su mandato de prestación de servicios de agua y saneamiento, entre los más importantes se tienen:

� Autorización para el uso y aprovechamiento de recursos hídricos.

� Licencia para la prestación del servicio de agua potable y/o alcantarillado sanitario.

� Registro para la prestación del servicio de agua.

2.4.2. ¿Qué es la autorización de uso y aprovechamiento de recursos hídricos?

Es un acto administrativo que permite el uso de una fuente de agua para consumo humano, en el marco de lo establecido por la Ley N° 2066 y el D.S. 0071, emitido en forma conjunta con la licencia o registro por la AAPS:

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MODELO DE GESTIÓNMÓDULO 10

Permite:

� Reconocimiento por parte de las instancias del Estado en todos sus niveles de gobierno, pero, principalmente, por otras EPSA y organizaciones que también pueden usar o pretender usar de la misma fuente.

� Respeto y garantía al uso de la fuente de agua para consumo humano.

� Resolución de conflictos entre diferentes usuarios de una misma fuente de agua.

� Apoyo del Estado en la resolución de conflictos, asistencia técnica, inversiones y otros.

2.4.3 ¿Qué es la licencia?

La licencia es un acto administrativo mediante el cual el Estado, a traves de la AAPS reconoce el área de prestación de servicio de una EPSA por el tiempo de vida útil de sistema con posibilidad a renovación, además regulariza a las EPSA que tiene una población servida concentrada mayor a dos mil habitantes.

2.4.4 ¿Qué es el registro?

El registro es un acto administrativo en el que se reconoce el derecho al uso de fuente de agua y a la prestación del servicio por parte de los Pueblos Indígenas Originarios, Comunidades Indígenas, Campesinas, Asociaciones, Sindicatos, Organizaciones Campesinas y Regantes de áreas rurales u otros. Este reconocimiento involucra la autorización por el tiempo de vida útil del sistema para poblaciones menores a dos mil habitantes, dispersas y semi-dispersas.

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MODELO DE GESTIÓNMÓDULO 10

2.4.5 ¿Dónde debo realizar este trámite?

El trámite de licencia o registro se debe realizar ante:

� La Autoridad de Fiscalización y Control Social de Agua Potable y Saneamiento (AAPS), a nivel nacional, con sede en la ciudad de La Paz o El Comité Técnico de Registro y Licencias (CTRL), a nivel departamental.

2.4.6 ¿Qué pasos se deben seguir?

Información a los usuarios:

El sistema debe informar a sus usuarios sobre este proceso así como promover una decisión colectiva.

Requisitos:

1. El sistema debe solicitar formalmente la licencia o registro.

2. Llenar un formulario con información básica y algunos documentos.

Proceso de verificación y publicación:

1. La AAPS o el CTRL debe realizar una inspección para recoger información sobre el área de prestación de servicios y la ubicación de la fuente de agua.

2. La AAPS o el CTRL debe publicar la solicitud.

Entrega del registro o licencia:

Cumplido determinado plazo y cumplidos los requisitos, la AAPS o CTRL debe hacer entrega de la licencia o registro.

1er

2do

3er

4to

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MODELO DE GESTIÓNMÓDULO 10

2.4.7 ¿Qué requisitos se deben cumplir?

Dos requisitos � Carta de solicitud dirigida al AAPS o el CTRL. � Información básica sobre el sistema de agua en el formulario correspondiente.

Datos de referencia � Nombre del sistema de agua. � Dirección. � Representante legal o responsable.

Ubicación del sistema de agua

� Departamento. � Provincia. � Municipio.

Forma de constitución � Conformación del sistema, detallando si es Asociación, Comité, Cooperativa, Comunidad, etc. � Adjuntar una fotocopia de las actas de constitución, estatutos o reglamento sin ternos si

existen.

Área de prestación � Croquis de la fuente (incluyendo los usos y costumbres para su uso), el área de prestación, las redes y otras instalaciones (tanques, plantas, etc.).

Información demográfica � Cantidad de población a al que se abastece.

Servicios que se prestan � Sólo agua potable, alcantarillado o ambos.

Información sobre las instalaciones del sistema

� El tiempo de funcionamiento. El estado en el que se encuentran cada uno de los componentes del sistema, así como su financiamiento.

Problemas y necesidades � Identificar problemas técnicos, comerciales, administrativos o institucionales. � Identificar los requerimientos o necesidades.

2.4.8 Recomendaciones sobre el resto del proceso de trámite:

� Acompañar la inspección técnica con una delegación compuesta, mínimamente, por la principal autoridad del sistema y por personas que conozcan las fuentes de agua y los límites de la prestación de servicios.

� Dar a conocer si existen conflictos sobre la fuente de agua.

� Profundizar el análisis sobre los problemas y soluciones, para identificar con la mayor precisión posible requerimientos de apoyo (inversión, asistencia técnica, fortalecimiento institucional) a las instancias pertinentes.

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MODELO DE GESTIÓNMÓDULO 10

De acuerdo a la Fundación AGUATUYA, existen ventajas para las EPSA en el otorgamiento de la licencia o registro que la AAPS emite, las cuales se expresan a continuación:

� Reconoce y respeta los derechos de los sistemas de agua, ya sean estos sociales, comunitarios, cooperativas y públicas, que han sido construidos por las propias familias usuarias, a través de la concertación en base a usos y costumbres.

� Permite tener seguridad jurídica sobre las fuentes de agua, las inversiones y las áreas de prestación de servicio de agua potable y alcantarillado sanitario.

� Permite que las instancias de gobierno conozcan sus problemas y puedan viabilizar programas de apoyo.

� Son instancias que pueden apoyar en la resolución de conflictos de sistemas de agua potable.

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MODELO DE GESTIÓNMÓDULO 10

Materiales de apoyo

3Capítulo

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MODELO DE GESTIÓNMÓDULO 10

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MODELO DE GESTIÓNMÓDULO 10

Materiales de apoyo

3.1. Acta de conformación de la Entidad Prestadora de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario (EPSA)

(Extraído de conformación de la EPSA, Fundación AGUATUYA, 2011)

Nombre EPSA ______________________________________________________________

Municipio _________________________________________________________________

Provincia __________________________________________________________________

Departamento ______________________________________________________________

En fecha _______ de _________________ de _________ y con la participación del _______

% de los miembros, se procedió a la elección del directorio de la EPSA. El directorio electo tiene

vigencia a partir de de _________________ de _________ , hasta ____________________de ____________ de _________________

En el cuadro se detalla los nombres del directorio elegido y los votos obtenidos:

Nº Cargo, Nombre completo, Nº Votos, Sexo (M/F)

1 Presidente/a

2 Vicepresidente/a

3 Secretario/a de actas

4 Tesorero/a

5 Vocal

6 Vocal

7 Vocal

(*) Esta composición es referencial y puede variar para cada caso.

Como constancia, firman el presente acta:

3.

Materiales de apoyo 1

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MODELO DE GESTIÓNMÓDULO 10

3.2. Estatuto de la Entidad Prestadora de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario (EPSA)

(Adecuado de conformación de la EPSA, Fundación AGUATUYA, 2011)

(Modelo)

Nombre EPSA ______________________________________________________________

Municipio _________________________________________________________________

Provincia __________________________________________________________________

Departamento ______________________________________________________________

Capítulo IDisposiciones legales

Art.1. La Entidad Prestadora de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario (EPSA) se conforma con los siguientes objetivos:

� Administrar, operar y mantener el sistema de agua potable y/o saneamiento en condiciones técnicas y económicas satisfactorias, dando cumplimiento a normas, reglamentos e instrucciones que rigen en el sector.

� Lograr la participación efectiva y comprometida de los usuarios en todas las etapas que implica: planificación, construcción, administración, operación y mantenimiento del sistema de agua potable y Saneamiento.

� Efectuar trabajos de promoción, educación sanitaria entre los habitantes de la zona atendida, para lograr el uso efectivo y sostenido del sistema de agua y saneamiento.

Art.2. La Organización de saneamiento básico goza de independencia económica, y debe coordinar estrechamente con las organizaciones de base, el gobierno municipal, el Comité de Vigilancia u otra organización existente.

Materiales de apoyo 2

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MODELO DE GESTIÓNMÓDULO 10

Capítulo IIDe la organización

Art. 3. La organización entra en funcionamiento una vez que haya sido conformada y posesionado en sus cargos los miembros de la EPSA.

� La EPSA es responsable de los servicios básicos y estará constituida por un directorio de cinco miembros. El directorio será elegido democráticamente en una asamblea de usuarios, convocada para el efecto.

� El directorio deberá contratar de un(a) administrador y opcionalmente un(a) operador(a).

� Deben ser funcionarios remunerados de la EPSA.

� Los administradores y/u operadores deberán participar activamente en las acciones y decisiones de la EPSA.

Art. 4. Los miembros del directorio de la EPSA permanecerán en sus funciones durante dos años.

Pasado este tiempo, la renovación del directorio quedará bajo la decisión de la asamblea y conforme a una evaluación de su desempeño.

Art. 5. Para ser miembro del directorio de la EPSA se requiere:

� Gozar de derechos y obligaciones de ciudadanía.

� Residir en la comunidad en forma permanente y ser usuario del sistema.

� Con preferencia, saber leer y escribir (no indispensable).

� Estar al día en los pagos correspondientes al servicio de agua, cuando este servicio ya exista en la comunidad.

Art. 6. Una vez realizada la elección de los miembros de la directiva, se elaborará un acta con tres copias: una copia para la organización de base, otra copia para el archivo de la EPSA y otra para ser presentada al gobierno municipal.

Art. 7. Sobre el funcionamiento del sistema.

� La operación y mantenimiento del sistema de agua potable y/o alcantarillado/letrinas estará a cargo de los funcionarios contratados por la EPSA.

� Por otra parte, la organización y todos los usuarios del sistema son responsables de la vigilancia, cuidado y buen uso de las instalaciones.

� Todos los usuarios están obligados a cancelar la tarifa establecida de acuerdo a lo estipulado en el reglamento de tarifas y sanciones.

Capítulo IIIDe las disposiciones de la EPSA

Art. 8. El directorio de la EPSA está conformado como mínimo por cinco miembros:

� Presidente/a

� Vicepresidente/a

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MODELO DE GESTIÓNMÓDULO 10

� Tesorero/a

� Secretario/a de actas

� Vocales

De las reuniones

Art. 9. Para llevar adelante sus actividades, la EPSA establece dos tipos de reuniones:

� Las reuniones de directorio.

� La Asamblea General de usuarios es considerada como máxima autoridad, y le compete tomar las máximas decisiones de planificación y ejecución de proyectos. Tanto las reuniones de Directorio, como la Asamblea de Usuarios podrán ser ordinarias o extraordinarias.

Las reuniones ordinarias de Directorio serán convocadas por el Presidente. La Asamblea General de Usuarios se reunirá ordinariamente dos veces al año, en la fecha establecida por la asamblea o en caso de emergencia, siendo sus funciones las siguientes:

� Elegir el Directorio de la EPSA y promover cambios o reemplazos, siempre y cuando, estos sean justificados.

� Identificar y promover iniciativas y sugerencias de beneficio colectivo, en relación con el sistema de agua potable.

� Vigilar el cumplimiento de funciones que competen al Directorio y al personal contratado.

� Autorizar el uso que se dará a los fondos provenientes de las tarifas, para la administración del sistema de agua y saneamiento, ahorros para reposición, etc.

Orden del día

Art. 10. Para llevar adelante cada reunión se elaborará un orden del día sobre los puntos a tratarse, tanto en las reuniones de directorio, como para las asambleas de usuarios. En forma mínima se deberán tratar los siguientes puntos:

� Control de asistencia.

� Lectura, aprobación y firma del acta anterior.

� Lectura y aprobación del orden del día.

� Lectura de comunicaciones.

� Informe de actividades.

� Acuerdos, resoluciones y compromisos.

� Fecha de la próxima reunión.

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MODELO DE GESTIÓNMÓDULO 10

Para el caso de reuniones o asambleas extraordinarias se tratará únicamente el asunto para el que fueron convocados. Cualquier usuario podrá asistir a las reuniones de Directorio, salvo el caso en que se acordara reunirse en forma reservada.

Art. 11. La inasistencia a tres reuniones ordinarias consecutivas y sin causa justificada de cualquiera de los miembros del Directorio, será motivo para que la Asamblea General considere su cambio y/o respectiva sanción.

Art. 12. La renuncia de cualquier miembro del Directorio deberá ser presentada por escrito y debidamente justificada ante la Asamblea General.

De las funciones de la directiva

Art. 13. El Directorio de la EPSA tendrá las siguientes funciones:

� Hacer respetar y cumplir las decisiones de la Asamblea General de Usuarios.

� Convocar a Asambleas Generales de Usuarios para tratar asuntos relacionados con el funcionamiento, operación y mantenimiento del sistema de agua potable.

� Realizar el cálculo real de tarifas en consideración, para ser aprobado por la Asamblea.

� General. El mismo podrá ser modificado en Asamblea extraordinaria de manera periódica con dos tercios de votos.

� Revisar el estado de resultados mensual (ingresos y egresos) así como el balance anual.

� El tesorero deberá presentar un Informe Anual Financiero de la EPSA ante la Asamblea General.

Art. 14. Son funciones del Presidente:

� Representar legalmente a la EPSA de agua y saneamiento y suscribir a nombre de él todo tipo de actas, convenios y contratos.

� Convocar a Asamblea General y dirigir las reuniones.

� Representar a la EPSA ante el Gobierno Municipal.

� Solicitar apoyo y asistencia técnica al Gobierno Municipal u otras instituciones.

� Firmar la correspondencia oficial de la EPSA.

� Dirigir y controlar la administración del servicio de agua potable en forma conjunta con el resto del directorio.

Art. 15. Son funciones del Secretario de Actas:

� Elaborar las Actas de las Reuniones de la EPSA y registrarlas en el Libro de Actas.

� Mantener al día la documentación a su cargo, archivo de toda la documentación de la EPSA.

� Ser responsable del cuidado de los libros de su competencia, tales como actas, estatutos y reglamentos, contratos, etc.

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MODELO DE GESTIÓNMÓDULO 10

� Reemplazar al presidente, asumiendo sus funciones en caso de ausencia o renuncia mientras se elige su reemplazante.

� Convocar, conjuntamente con el Presidente, a las asambleas y reuniones del directorio.

Art. 16. Son obligaciones del Tesorero:

� Controlar los fondos y activos de la EPSA que se produzcan por cualquier concepto.

� Efectuar los pagos de las obligaciones contraídas, con la aprobación del Presidente.

� Tener al día el movimiento contable de ingresos y egresos de los fondos de la EPSA.

� Llevar la lista de usuarios con los aportes y otros cobros.

� Llevar un registro de la recepción de materiales y herramientas,

� Entregar materiales y herramientas solicitados por los funcionarios, tomando nota en un registro.

� Controlar estrictamente la entrada y salida de materiales y herramientas.

� Responsabilizarse por todos los materiales y herramientas que estén bajo su custodia.

� Comunicar a la EPSA la necesidad de comprar materiales para mantener una cantidad suficiente en almacenes.

Art. 17. Son funciones del secretario de comunicación:

� Citar a reuniones ordinarias y extraordinarias del Comité.

� Apoyar en las campañas de comunicación de la EPSA.

� Socializar los estatutos y reglamentos de la EPSA con los usuarios.

� Comunicar a los usuarios en caso de cortes de servicio por mantenimiento, nuevos proyectos, etc.

Los documentos que maneja la Directiva, son los siguientes:

� Un Libro de Actas.

� Plano del sistema (bombeo, aducción, almacenamiento y red).

� Archivo de solicitudes y conexiones domiciliarias.

� Registro de usuarios.

� Libro de ingresos y egresos (libro de Caja o Contabilidad).

� Talonarios de recibos numerados o tarjetas de control, para el cobro de tarifas.

� Planillas del movimiento de caja mensual.

� Cartas y/o solicitudes de asistencia técnica.

� Bitácora de trabajos de reparación/mantenimiento.

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MODELO DE GESTIÓNMÓDULO 10

Art. 18. Son funciones de los(as) Administradores(as)/Operadores(as):

� Ser responsable de las acciones de operación y mantenimiento del sistema de agua y/o Saneamiento.

� Ejecutar las sanciones impuestas por la EPSA (autorizadas de forma escrita) como cortes de servicio.

� Realizar las reparaciones en el sistema de agua potable y/o Saneamiento.

� Vigilar la fuente e instalaciones para preservar la calidad del agua y buena conservación del sistema (ejecutar el plan de seguridad del agua).

� Realizar nuevas conexiones y reconexiones bajo autorización escrita de la EPSA, previo pago por parte del usuario.

� Elaborar un programa de actividades, y dar a conocer a la EPSA las mismas. Realizar las actividades de limpieza, desinfección del tanque e inspecciones periódicas que se realice.

� Elaborar informes técnicos periódicos al directorio de la EPSA.

Capítulo IV Del usuario

Art. 19. De las Obligaciones del Usuario:

� Todo usuario está obligado a asistir a las reuniones ordinarias y extraordinarias convocadas por la EPSA.

� Todo usuario debe cumplir con las obligaciones establecidas en el presente documento y en Asamblea General.

� Todo usuario está obligado a mantener las instalaciones en su propiedad en buenas condiciones físicas y de funcionamiento, y cualquier desperfecto que se le presente deberá se comunicado al personal de la EPSA.

� Todo usuario debe cancelar la tarifa de agua establecida en forma mensual, dentro el plazo establecido, o según acuerdo firmado en asamblea de usuarios. Todo usuario que no pague la tarifa regularmente caerá en mora y será factible a ser sancionado.

� Está prohibido comercializar el agua de la conexión domiciliaria y utilizar el agua de cualquier parte del sistema o para fines que estén expresamente prohibidos en el reglamento.

� Toda conexión que no cuente con autorización de la EPSA será considerada como clandestina y será sujeta a las sanciones establecidas en el reglamento.

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MODELO DE GESTIÓNMÓDULO 10

Art. 20. De los Derechos del Usuario:

� Emitir su voz y voto en la Asamblea General.

� Todo socio mayor de edad puede ser habilitado y postulado para ser elegido miembro de la Directiva de la EPSA.

� El ejercicio de los derechos está condicionado al cumplimiento de las obligaciones.

� Todo socio podrá dar a conocer y reclamar sobre el servicio de agua, cuando este tenga fallas y exigir solución de los problemas por parte de la EPSA.

Capítulo VDe las determinación y reajuste de tarifas

Art. 21. La tarifa por consumo de agua potable será determinada por la EPSA, bajo un modelo de cálculo, en la que se toma en cuenta el criterio técnico y deberá cubrir los siguientes rubros:

� Gastos de operación y mantenimiento del sistema.

� Gastos administrativos (papelería, recibos, etc.).

� Pago a funcionarios de la EPSA (administradores/operadores).

� Fondo de ahorro que servirá para reparaciones futuras, ampliaciones del sistema y renovación de componentes en el tiempo (reposición de activos).

Art. 22. Las tarifas serán reajustadas en forma anual según las variaciones de los ingresos económicos, costo energía, insumos y otros.

Capítulo VIDe las sanciones

Art. 23. La EPSA está facultada para aplicar sanciones a los usuarios:

� Llamadas de atención por escrito.

� Suspensión temporal del servicio de abastecimiento de agua en los siguientes casos y de acuerdo al reglamento adjunto:

− Uso indebido del agua

− Incumplimiento en el pago de tarifas (más de tres meses).

− Conexiones clandestinas.

� Suspensión definitiva del servicio de agua en caso de:

− Daños intencionados a las instalaciones del sistema de agua potable.

− Sucesiva reincidencia en las demás infracciones.

− En caso de morosidad en el pago se procederá automáticamente al corte de suministro de agua, sin necesidad de apelación alguna.

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MODELO DE GESTIÓNMÓDULO 10

Art. 24. Aquellos usuarios que no mantengan su servicio de Saneamiento (baños) en buen estado y en condiciones higiénicas serán pasibles a:

� Llamadas de atención por escrito (sanciones leves).

� Los reincidentes serán pasibles a una sanción económica impuesta por la Asamblea de Usuarios.

� En caso de incumplimiento al inciso b), la EPSA está en la facultad de efectuar corte en el servicio de agua en forma temporal o permanente, según sea el caso.

Art. 25. Toda infracción comprobada se sentará en acta y se procederá a anotar la sanción impuesta en el registro de usuarios.

Art. 26. En los casos de suspensión temporal se procederá a rehabilitar automáticamente el servicio, una vez pagados los montos adeudados y multas correspondientes.

Art. 27. La EPSA queda facultada para:

� Proceder al desmantelamiento de las conexiones o instalaciones clandestinas y al decomiso de los materiales y elementos usados en las mismas.

� Realizar por cuenta del usuario las obras necesarias para colocar las instalaciones domiciliarias en condiciones reglamentarias.

Disposiciones finales

Art. 28. El incumplimiento del presente reglamento por parte de la EPSA encargada de la Administración del sistema de agua, causara la destitución inmediata de los miembros culpables y la incapacidad permanente de volver a ser elegido miembro directivo del mismo.

Art. 29. La EPSA está facultada para otorgar una remuneración a los funcionarios contratados.

Firmamos como constancia de aprobación del presente documento y en representación de la

Cochabamba ______________ de ____________ de ______________

Presidente: ____________________________________________ CI __________________

Vicepresidente: _________________________________________ CI __________________

Tesorero: ______________________________________________ CI __________________

Secretario de actas: ______________________________________ CI __________________

Secretario de comunicación: ________________________________ CI __________________

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3.3. Modelo de reglamento de estructura tarifaria, forma de pago y multas y sanciones

(Extraído de conformación de la EPSA, fundación AGUATUYA, 2011)

El presente Reglamento se crea dentro del marco del estatuto de la EPSA aprobado en:

Asamblea General de fecha ____ / __________ / ______

Vigencia del reglamento: De ____ / __________ / ______ a ____ / __________ / ______

Reglamento aprobado en Asamblea General de fecha: ____ / __________ / ______

Estructura tarifaria:

Se define la siguiente estructura tarifaria:

1. El pago por consumo mínimo es de Bs.________ al mes. Este pago será realizado por todos los usuarios hayan o no consumido agua durante el mes.

2. Adicionalmente al consumo mínimo, se cobrará el monto de Bs.________ por cada metro cúbico consumido (en base a la lectura mensual de medidores)

Forma de pago:

Todos los usuarios deberán pagar su consumo hasta el día ______ de cada mes impostergablemente. En caso de incumplimiento los usuarios son pasibles a ser sancionados.

Multas y sanciones:

De acuerdo al reglamento de la EPSA y contrato d servicio, los usuarios son pasibles a las siguientes sanciones:

Tipo de infracción sanción

Retraso en el pago (hasta 30 días) Multa de Bs._____ Retraso en el pago (más de 30 días) Corte de servicio

Re conexión de servicio Bs.______ Falta a la reunión Bs._______ Conexión clandestina o modificaciones en la acometida y/o medidor Retiro de la EPSA por el periodo de dos años.

Materiales de apoyo 3

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Materiales de apoyo 4

3.4. Modelo de contrato de servicios

(Extraído de conformación de la EPSA, fundación AGUATUYA, 2011)

Conste por el presente contrato que se celebra entre la EPSA __________________, representada por_______________, en calidad del presidente y ______________________ en calidad de USUARIO, con motivo de la provisión de acometida domiciliaria y servicio de agua potable.

Compromisos de la EPSA:

Una vez recibido el pago de Bs. __________ por parte del usuario y habiendo este cumplido con los trabajos comunitarios acordados, la EPSA se compromete a dotar al usuario de una acometida domiciliaria con micromedidor y pileta.

La EPSA se compromete a brindar el mejor servicio de agua para garantizar al usuario todos los derechos que le otorga el estatuto vigente.

Compromisos del usuario:

Al firmar el presente documento me convierto en usuario/socio del Sistema de Agua Potable. Entiendo que al convertirme en usuario/socio de este sistema debo cumplir con los siguientes deberes obligatorios:

� Colaboraré con el encargado de lecturas, para que éste pueda realizar la lectura del medidor de mi domicilio de manera mensual sin dificultades.

� Pagaré mi consumo de agua potable puntualmente cada mes como estipula el reglamento. En caso de atraso pagaré las multas y/o sanciones estipuladas en el mismo.

� Bajo ninguna circunstancia realizaré conexiones antes del medidor o alteraré el normal funcionamiento del mismo, porque entiendo que esto constituye un fraude muy serio que afecta a todos los usuarios del sistema.

� Reportaré cualquier defecto del sistema a la administración. (Por ejemplo, fugas en la red, un medidor trancado, etc.).

� Además de cumplir con estos deberes, tengo la obligación de conocer los Estatutos y Reglamentos de la EPSA. Entiendo que al infringir los Reglamentos o no cumplir con los deberes anteriormente citados, seré pasible a multas y/o sanciones aplicables y que luego de múltiples infracciones al reglamento o faltas muy graves, la administración podrá proceder al corte temporal o definitivo de mi acometida.

Lugar: ______________________

Fecha: ___ / ___________ / _____

Firmamos este contrato de servicios de libre voluntad.

_________________________________________________________________________

Nombre: ______________________________ Nombre: ____________________________

CI: __________________________________ CI: ________________________________

PRESIDENTE EPSA USUARIO

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3.5. Documentación para trámites de licencia y registro ante la AAPS

(Consultar manual de procedimientos de otorgación de derechos de uso de agua para consumo humano por medio de licencias y registros, Comité Técnico de Registros y Licencias, CTRL, de Cochabamba).

La documentación que se indica debe ser presentada por la EPSA, en las oficinas de la AAPS o en los CTRL departamentales.

Nota de Presentación

Comunidad o Ciudad de __________________ Fecha ________________________

Señores:

AAPS

Presente.-

Ref.- Solicitud de otorgación de registro

Estimado Señores:

Mediante la presente, solicitamos a la Autoridad de Fiscalización y Control Social de los Servicios de Agua y saneamiento, AAPS, nos extienda el REGISTRO para la prestación de los servicios de la EPSA conformada en la Comunidad o Ciudad de……., del Municipio de__________, de la Provincia de_______, del Departamento de___________

Se adjunta toda la documentación que brinda la información requerida por la AAPS, para la otorgación del REGISTRO.

Para conocer providencias nos presentaremos en su despacho.

Atentamente,

_____________________________

Representante Legal de EPSA

Documentación Legal e Institucional

a) Acta de creación

b) Acta de posesión de Directorio

c) Documentación de personería jurídica si existe

d) Acuerdos o convenios, escritos o en base a Usos y Costumbres, acerca del aprovechamiento de fuentes de agua, con otros usuarios de servicios sectoriales o intersectoriales que podrían ser compartidos.

e) Reglamento interno

f) Actas de resoluciones y convenios comunitarios acerca de la fijación de las tarifas.

Materiales de apoyo 5

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g) Lista de usuarios o beneficiarios

Documentación Financiera

a) Informes de rendiciones de Cuentas

b) Boletas de pago al personal remunerado de la EPSA

c) Registros de consumo domiciliario mensual o anual

Información técnica

Información geográfica

� Croquis y planos

Datos de las fuentes

a) Características de proyectos de captación

b) Información histórica acerca de caudales de explotación y estudios hidrológicos

c) Perspectivas de afectación a las fuentes debido al Cambio Climático

d) Protección de las fuentes, arborización y obras físicas

Información acerca de Operación y Mantenimiento de los sistemas

a) Datos de producción de agua

b) Información acerca de calidad de agua (anexar análisis físicos, químicos y bacteriológicos de Laboratorio del agua en fuentes, a la salida de la PTAP y en redes de distribución)

c) Información de análisis de laboratorio de la calidad del efluente de PTAR.

d) Información acerca del reusó del agua residual tratada.

Información demográfica

a) Ubicación de fuentes

b) Área en la cual se pide derechos de prestación de los servicios

Coberturas de los servicios

Proyectos de ampliación y mejoramiento de los servicios

� Memorias de cálculo y planos

Instalaciones y obras existentes

a) Obras de captación (pozos, presas, tomas, galerías filtrantes, etc.)

b) PTAP (tipo de tratamiento y resultados de los procesos)

c) Aducciones

d) Tanques de almacenamiento

e) Redes de distribución

f) Colectores de aguas residuales (redes de alcantarillado sanitario)

g) PTAR (tipo de tratamiento y resultados de los procesos)

h) N° de conexiones de agua potable

i) N° de conexiones de alcantarillado sanitario

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3.6. Contenido de plan de capacitación en plomería (conexiones INTRA)

Se trata de definir los contenidos mínimos de formación y capacitación de los plomeros que, como funcionarios de las EPSAs, puedan encarar las tareas de construcción de las obras de agua potable y alcantarillado y aquellas propias de la operación y mantenimiento (reparaciones de roturas y fugas) de los sistemas de agua potable y alcantarillado sanitario.

I. Agua potable

II.1. Redes de distribución:

� Lectura e interpretación de planos.

� Conocimientos básicos de normas y Especificaciones Técnicas.

� Adiestramiento en manejo de equipos, herramientas, pegamentos para la construcción de redes de tuberías de agua potable.

� Instalación de tuberías de los diversos materiales aceptados por las normas, siendo el más corriente el PVC rígido y conocimientos de las pruebas de calidad de la construcción identificadas en las normas y las especificaciones.

� Fabricación de las juntas (junta rápida con anillos de goma, junta con manguitos y pegamento, juntas Gibault u otras), siguiendo las instrucciones de los fabricantes y las especificaciones y las planos.

� Reparaciones de roturas y fugas de las tuberías instaladas y en funcionamiento.

� Conocimiento de principales accesorios en las redes, como los diversos tipos de válvulas y otros.

� Adiestramiento en el manejo de válvulas de las redes para aislar componentes de las redes con fines de intervenciones correctivas en las tuberías de las redes.

II.2. Conexiones domiciliarias

� Lectura e interpretación de planos.

� Conocimientos básicos de normas y Especificaciones Técnicas.

� Adiestramiento en manejo de equipos, herramientas, pegamentos para la construcción de las conexiones domiciliarias de agua potable.

� Instalación de tuberías de los diversos materiales aceptados por las normas, siendo el más corriente el PVC y conocimientos de las pruebas de calidad de la construcción identificadas en las normas y las especificaciones.

� Construcción de la toma, mediante la instalación de la collera o abrazadera en la tubería

Materiales de apoyo 6

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de la red pública, de acuerdo a instrucciones de fabricantes y las especificaciones y planos.

� Instalación de los diversos tipos de válvulas identificadas en los planos y las normas.

� Instalación de medidor o hidrómetro.

� Conocimiento de los artefactos sanitarios de baños, cocinas y patios y capacitación en interpretación de normas como RENISDA.

� Adiestramiento en reparación de roturas y fugas.

� Adiestramiento en el mantenimiento de medidores (tal vez mediante un banco de calibración y pruebas de medidores).

II. Alcantarillado sanitario

II.3. Redes de colección

� Lectura e interpretación de planos.

� Conocimientos básicos de normas y Especificaciones Técnicas.

� Adiestramiento en manejo de equipos, herramientas, pegamentos para la construcción de redes de tuberías de alcantarillado sanitario.

� Instalación de tuberías de los diversos materiales aceptados por las normas y conocimientos de las pruebas de calidad de la construcción identificadas en las normas y las especificaciones.

� Fabricación de las juntas, siguiendo las instrucciones de los fabricantes y las especificaciones y los planos.

� Reparaciones de roturas de las tuberías instaladas y en funcionamiento.

� Adiestramiento en la operación y mantenimiento de componentes de estaciones elevadoras.

II.4. Conexiones domiciliarias

� Lectura e interpretación de planos.

� Conocimientos básicos de normas y Especificaciones Técnicas.

� Adiestramiento en manejo de equipos, herramientas, pegamentos para la construcción de conexiones domiciliarias de alcantarillado sanitario.

� Instalación de tuberías de los diversos materiales aceptados por las normas y conocimientos de las pruebas identificadas en las normas y las especificaciones.

� Reparaciones de roturas de las conexiones instaladas y en funcionamiento.

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3.7. Complementación al modelo de Cooperativa

Podrán ser asociados de las cooperativas:

a) Las personas naturales legalmente capaces y los menores de edad que hayan cumplido catorce (14) años o, quienes sin haberlos cumplido, se asocien a través de representante legal.

b) Las personas jurídicas de derecho público.

c) Las personas jurídicas del sector cooperativo y las demás de derecho privado sin ánimo de lucro.

d) Las empresas o unidades económicas, cuando los propietarios trabajen en ellas y prevalezca el trabajo familiar o asociado.

e) Los anteriores requisitos aplican para las cooperativas en general, exceptuando las cooperativas de trabajo asociado.

La administración de las cooperativas estará a cargo de la Asamblea General, el Consejo de Administración y el Gerente.

La asamblea general es el órgano máximo de administración de las cooperativas y sus decisiones son obligatorias para todos los asociados, siempre que se hayan adoptado de conformidad con las normas legales, reglamentarias o estatutarias. La constituye la reunión de los asociados hábiles o de los delegados elegidos por estos.

Por regla general, las decisiones de la asamblea general se tomarán por mayoría absoluta de los votos de los asistentes. Para las reformas de estatutos, la fijación de aportes extraordinarios, la amortización de aportes, la transformación, la fusión, la incorporación y la disolución para liquidación se requerirán el voto favorable de las dos terceras partes de los asistentes.

La elección de órganos o cuerpos plurales se hará mediante los procedimientos y sistemas que determinen los estatutos o reglamentos de cada cooperativa. Cuando se adopte el de listas o planchas, se aplicará el sistema de cociente electoral.

La asamblea general ejercerá las siguientes funciones:

a) Establecer las políticas y directrices generales de la cooperativa para el cumplimiento del objeto social.

b) Reformar los estatutos.

c) Examinar los informes de los órganos de administración y vigilancia.

d) Aprobar o improbar los estados financieros de fin de ejercicio.

e) Destinar los excedentes del ejercicio económico conforme a lo previsto en la ley y los estatutos.

Materiales de apoyo 7

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f) Fijar aportes extraordinarios.

g) Elegir los miembros del consejo de administración y de la junta de vigilancia.

h) Elegir el revisor fiscal y su suplente y fijar su remuneración, y

i) Las demás que le señalen las leyes y los estatutos.

El Consejo de Administración

Las atribuciones del Consejo de Administración serán las necesarias para la realización del objeto social. Se consideran atribuciones implícitas las no asignadas expresamente a otros órganos por la ley o los estatutos.

El gerente será el representante legal.

El Consejo de Vigilancia

Se encarga de la fiscalización de la administración de la Cooperativa, efectuando seguimiento y control del manejo administrativo, financiero y operativo de la misma.

El patrimonio de las cooperativas

Estará constituido por los aportes sociales individuales y los amortizados, los fondos y reservas de carácter permanente y las donaciones o auxilios que se reciban con destino al incremento patrimonial.

Los aportes sociales de los asociados se acreditarán mediante certificaciones o constancias expedidas según lo dispongan los estatutos y en ningún caso tendrán el carácter de títulos valores. Quedarán directamente afectados desde su origen en favor de la cooperativa como garantía de las obligaciones que contraigan con ella.

Tales aportes no podrán ser gravados por sus titulares en favor de terceros, serán inembargables y sólo podrán cederse a otros asociados en los casos y en la forma que prevean los estatutos y reglamentos.

Los primeros pasos para conformar una Cooperativa:

Concientización acerca de la necesidad y voluntad de conformar la Coo-perativa

Lo importante es que la población esté convencida de conformar la Cooperativa en base a su propio esfuerzo para resolver sus problemas de agua y saneamiento.

Luego, lo recomendable es organizar una reunión y organizar el Comité Organizador, el cual se subdividirá en dos comisiones: de Estatutos y Financiera.

Comité Organizador

El comité debe tomar contacto con la Dirección Regional de Cooperativas (DIRECOOP), para recabar información respecto al proceso, documentos y requisitos a cumplir en la conformación de una Cooperativa.

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El Comité debe también coordinar, impulsar y facilitar el trabajo de las comisiones, informando a los futuros socios de lo que se está haciendo, promoviendo que todos se involucren en el proceso.

Comisión de Estatutos

Su primera tarea es elaborar los estatutos para presentarlo a consideración de la Asamblea de Constitución para su consideración y aprobación.

Comisión Financiera

Esta Comisión debe elaborar el Estudio Socio Económico, el Plan Operativo y el Presupuesto, buscando el asesoramiento de DIRECOOP, definiendo el Fondo Social y el Certificado de Aportación para presentarlos a la Asamblea y,de esa manera, iniciar el trámite de aprobación de Personería Jurídica.

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3.8. Guía de trámites ante la dirección general de cooperativas

Procedimiento

Pre – requisitos

1. Solicitud de nombre de la cooperativa, rubro o actividad, ubicación de la Cooperativa (adjuntando el croquis de ubicación para fines de comunicación)

2. Solicitud de Curso de Cooperativismo

Documentos a presentar

1. Nota de solicitud de Personería Jurídica dirigida al Director General de Cooperativas.

2. Certificado del Cursillo de Cooperativismo Básico, el cual es impartido por el Departamento de Educación Cooperativa de la Dirección General de Cooperativas.

3. Convocatoria a la Asamblea Constitutiva con al menos siete días de anticipación a la realización de la misma. Esta deberá contar con la aprobación o visto bueno de la Dirección General de Cooperativas o alternativamente de las federaciones nacionales, departamentales, regionales, Centrales o CONCOBOL.

4. Acta de Asamblea de Constitución que deberá contar con la presencia de un funcionario de la Dirección General de Cooperativas, cualquier autoridad local, notario de Fe Pública o funcionario de gobierno con jurisdicción y competencia en el domicilio de la Cooperativa

5. Cuadro de Filiación de Socios de acuerdo al modelo dispuesto por la Dirección General de Cooperativas. Este debe estar firmado por presidente del Consejo de Administración, de Vigilancia y el Tesorero.

6. Cuadro del Fondo Social, de acuerdo al modelo elaborado y aprobado por la Dirección General de Cooperativas, con la firma del presidente del Consejo de Administración y de Vigilancia y el Tesorero.

7. Certificado del Tesorero que acredite la tenencia del Fondo Social, con el visto bueno del Presidente del Consejo de Administración y del Presidente del Consejo de Vigilancia.

8. Balance de Apertura, el cual deberá estar refrendado por un Contador o Auditor debidamente registrado.

9. Datos para el Estudio Socio Económico y Plan de Operaciones, de acuerdo al modelo de la Dirección General de Cooperativas.

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Estatuto Orgánico

1. Solicitud de autorización sobre el trámite de licencias, dotaciones de tierras o concesiones mineras u otras.

2. Documentos de propiedad en caso que la Cooperativa cuente con bienes muebles e inmuebles (si corresponde).

3. Visto bueno de sus Federaciones o Regionales (Mineras, Trasporte, Servicios Públicos, etc.).

4. Fotocopia de Carnets de Identidad de cada Socio.

Personería jurídica y re-organización de las cooperativas

1. Una vez presentado en ventanilla se dirige a Secretaría del Director General de Cooperativas.

2. Con proveído del Director, pasa un cuerpo a la Unidad Jurídica, uno a Fiscalización y otro Cuerpo a la Responsable Administrativa para los respectivos informes.

3. El Departamento de Fiscalización, previa revisión del cuadro de Fondo Social y el Balance de Apertura, emitirá su Informe Favorable si ambos documentos se encuentran elaborados de conformidad a las normas establecidas para el efecto. Si el informe tuviera observaciones, las mismas deberán ser subsanadas por la Cooperativa, para así obtener la conformidad de esta Unidad

4. La Responsable Administrativa emitirá un Informe del Estudio Socio-económico, cuando éste sea favorable.

1. Con los informes de Fiscalización y de la Responsable Administrativa, la Unidad Jurídica, previa revisión de cumplimiento de los requisitos y análisis de los documentos y el Estatuto Orgánico, emitirá su Informe Legal. Si la documentación se encuentra en orden, el informe será favorable. En caso que faltara algún requisito o el estatuto obtuviera observaciones, la Cooperativa deberá subsanar las mismas.

2. Con los tres informes favorables, la Unidad Jurídica emitirá Orden de Pago a la Unidad de Aportes y Registro, con la liquidación la Cooperativa deberá pagar a la Cuenta Fiscal de la Dirección General de Cooperativas, posteriormente la cooperativa con la boleta de depósito canjeará en la Dirección General de Cooperativas, en conocimiento de la Unidad Jurídica ordenará el cambio de valor a la Unidad de Aportes, posteriormente la Unidad Jurídica emitirá el proyecto de Resolución Administrativa

3. Elaborada la Resolución Administrativa correspondiente, se deriva a la Unidad de Aportes y Registro para el respectivo llenado de los valores para luego pasar a la secretaria de la Dirección General para la respectiva firma del Director.

4. Mediante Ventanilla Única se entrega al interesado una copia de la Resolución, Certificado de Aportación, carnets de socios y credenciales llenadas y firmadas, además del material de apoyo y los libros debidamente apertura dos.

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MODELO DE GESTIÓNMÓDULO 10

BibliografíaAAPS. 2013. Obtenido en www.aaps.gob.bo

Arrojo, P. 2013. Logros y retos mundiales en el cumplimiento del derecho humano al agua y saneamiento. Zaragoza - España.

Cooperativas de las Américas. 2013. Obtenido en www.aciamericas.coop

Estado Plurinacional de Bolivia. 1999. Ley 2028 de Municipalidades. La Paz – Bolivia.

Estado Plurinacional de Bolivia. 2000. Ley 2066 Ley de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario. La Paz – Bolivia.

Estado Plurinacional de Bolivia. 2009. Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia. La Paz – Bolivia.

Estado Plurinacional de Bolivia. 2013. Ley N° 356 “General de Cooperativas”. La Paz- Bolivia.

FPS. 2012. Desarrollo Comunitario y Fortalecimiento Institucional. La Paz – Bolivia.

Ministerio de Medio Ambiente y Agua. 2009. Guía de Desarrollo Comunitario en Proyectos de Agua y Saneamiento para poblaciones de 2.001 a 10.000 habitantes. La Paz – Bolivia.

Ministerio de Medio Ambiente y Agua. 2009. Guía de Desarrollo Comunitario en Proyectos de Agua y Saneamiento para poblaciones menores a 2.000 habitantes. La Paz – Bolivia.

Ministerio de Medio Ambiente y Agua. 2011. Plan Sectorial de Desarrollo de Saneamiento Básico. La Paz – Bolivia.

Oller, M. 2006. Perspectivas actuales en el saneamiento de aguas residuales: Gestión Pública y Privada.

Rupert, M. 2006. Perspectivas actuales en el saneamiento de aguas residuales: gestión pública y privada. España.

SENASBA. 2009. Guía de Desarrollo Comunitario, Monitoreo y Evaluación del impacto en la salud de la población. La Paz – Bolivia.

SENASBA. 2009. Guía de Desarrollo Comunitario en Proyectos de Agua y Saneamiento para poblaciones de 2.001 a 10.000 habitantes. La Paz – Bolivia.

SENASBA. 2009. Guía de Desarrollo Comunitario en Proyectos de Agua y Saneamiento para poblaciones menores a 2.000 habitantes. La Paz – Bolivia.

SENASBA. 2009. Lineamientos Orientadores para la implementación del Desarrollo Comunitario en el sector de saneamiento básico en Bolivia. La Paz – Bolivia.

SENASBA. 2010. Desarrollo Organizacional del SENASBA – Estrategias de Sostenibilidad. La Paz – Bolivia.

SENASBA. 2010. Manual de operaciones de asistencia técnica del SENASBA. La Paz – Bolivia.

SENASBA. 2011. Regularización jurídica de sistemas de agua potable en áreas rurales y pequeñas comunidades. La Paz – Bolivia.

SENASBA. 2011. Transparencia, control social y participación social en las EPSAs periurbanas y de pequeñas localidades y cooperativas. La Paz – Bolivia.

SENASBA. 2012. Estrategia de Sostenibilidad del SENASBA. La Paz - Bolivia.

SENASBA. 2012. Guía de Educación Sanitaria y Ambiental. La Paz – Bolivia.

SENASBA. 2013. Estrategia para la implementación del componente del Desarrollo Comunitario-Fortalecimiento Institucional en el Programa MIAGUA III. La Paz – Bolivia.

SENASBA. 2013. Plan de sostenibilidad (DESCOM-FI) de Tomoroco. La Paz – Bolivia.

SENASBA. 2013. Plan de sostenibilidad del proyecto: ampliación y mejoramiento de agua potable de marka indígena originaria de Puchucollo distrito II. La Paz – Bolivia.

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MODELO DE GESTIÓNMÓDULO 10

Presentación de las Herramientas DESCOM

Organización de las Herramientas DESCOM

Área temática Módulo Temáticas Código Carga horaria

Planificación delDESCOM-FI

I. Planificación Por Resultados para el DESCOMMódulo 1

- Bases conceptuales y metodológicas de Planificación Por Resultados

- Organización del proceso de Planificación Por Resultados, aplicado al ajuste del plan de Desarrollo Comunitario

- Materiales de apoyo

DESCOM PDF

6

II. Diseño de capacitacionesMódulo 2

- Aspectos teóricos sobre el aprendizaje- Alternativas de capacitación- Dinámicas Apoyo

3

III. Prevención y manejo de conflictos Módulo 3

- Situación de los servicios de agua y saneamiento básico en Bolivia y el mundo

- Marco institucional y competencial del sector de agua y saneamiento básico

- Marco conceptual sobre la gestión del conflicto- La gestión de conflictos en proyectos de agua y saneamiento

básico- Materiales de apoyo

6

Acompañamiento social al Proyecto

I. Participación y control socialMódulo 4

- Bases conceptuales del Control Social en Bolivia- Instancia de Participación y Control Social en proyectos de

agua y saneamiento- Materiales de apoyo

DESCOM ASP

6

II. Seguimiento a la infraestructura de agua potable y saneamiento básicoMódulo 5

- Bases conceptuales- El seguimiento en la fase de inversión- Componentes de los sistemas de agua y saneamiento- Materiales de apoyo

3

Desarrollo de prácticas saludables y el uso adecuado de los servicios

I. Elaboración del Plan Curricular en agua y saneamientoMódulo 6

- Modelo del sistema educativo plurinacional- Organización curricular- Elaboración del plan curricular- Materiales de apoyo

DESCOM PSS

3

II. Conformación de brigadas en educación sanitaria y ambiental Módulo 7

- Teoría de dinámica de grupos- La brigada como agente de cambio en el sector de agua y

saneamiento- Capacitación y planificación de la brigada- Monitoreo y Evaluación- Dinámicas para las reuniones

3

Promover las conexiones domiciliarias y el pago oportuno de tarifas

I. Conexiones domiciliarias de agua potable y alcantarillado sanitarioMódulo 8

- Las conexiones domiciliarias de agua y saneamiento y la normativa vigente

- Diseño y construcción de las conexiones domiciliarias- Conexiones intradomiciliarias- Materiales de apoyo DESCOM

PDF

6

II. Socialización de la tarifaMódulo 9

- Bases conceptuales de los servicios y la tarifa- Orientaciones para que la población con proyecto de

inversión reconozca la importancia del pago de tarifas- Materiales de apoyo

6

Gestión administrativa, operativa y social de la EPSA

I. Modelos de gestión Módulo 10

- Bases conceptuales y normativas- Conformación de una EPSA- Materiales de apoyo

DESCOMASP 6

Total horas 48