MODELO DE ASOCIACIÓN

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TTULO IGENERALIDADESARTICULO 1.- el presente estatuto determina el nombre, finalidad, alcance, caractersticas, donativo, duracin, as como tambin fija los derechos y obligaciones de los asociados, patrimonio, estructura organizativa de la asociacin denominada ---------------, que fuera creada por mandato de la asamblea de fundacin.

NOMBREARTCULO 2.- con el nombre de ----------, que podr utilizar la denominacin breve de --------, ha sido creada esta asociacin que se regir como una Asociacin Civil sin fines de lucro de conformidad al presente estatuto y el Cdigo Civil.FINALIDADARTCULO 3.- La Asociacin ----------, tienen por finalidad brindar los servicios profesionales en lo que concierne en mtodos alternativos de prevencin y resolucin de conflictos realizando la promocin y difusin a travs de cursos, seminarios y dems eventos acadmicos de capacitacin en las diferentes tcnicas que abarcan los referidos mtodos alternativos de resolucin de conflictos, en especial la conciliacin extrajudicial, la mediacin y el arbitraje nacional e internacional de acuerdo a las Leyes de la Repblica del Per y otras aplicables.El objeto social se desarrollara mediante los siguientes objetivos especficos:a) Crear un centro de Conciliacin extrajudicial y de arbitraje nacional e internacional, b) Desarrollar labores de consultora para el diseo de proyectos de difusin, capacitacin, implementacin, seguimiento y evaluacin de medios alternativos para la prevencin y resolucin de conflictos en distintos contextos.c) Desarrollar labores de secretaras arbitrales, como soporte para el desarrollo del arbitraje adhoc en el Per.d) Desarrollar programas de capacitacin, formacin y especializacin abiertos a la sociedad.DOMICILIOARTCULO 4.- El domicilio de la Asociacin es en la provincia y departamento de Lima.DURACINARTCULO 5.- El trmino de duracin de la Asociacin es indefinido, iniciando sus actividades el da de su inscripcin en los Registros de Asociaciones de los Registros Pblicos de Lima.

TTULO IIPATRIMONIO DE LA ASOCIACINARTCULO 6.- El patrimonio de la Asociacin estar constituido por los aportes, cotizaciones de ingresos, contribuciones extraordinarias que se establezcan por Asamblea General, donaciones, legados, etc.DE LA DISOLUCINARTCULO 7.- La Asociacin quedar disuelta en caso que no pueda funcionar de acuerdo a sus estatutos y en caso de declaracin de quiebra para la que se formar una comisin liquidadora.El haber o patrimonio resultante ser entregado a una institucin que persiga fines similares en el pas.La comisin liquidadora ser compuesta por tres miembros, un presidente y dos miembros, en donde todas las decisiones sern vlidas por el acuerdo unnime de los tres miembros de la comisin liquidadora-Los miembros de la comisin liquidadora sern elegidos por Asamblea General Extraordinaria de acuerdo al presente Estatuto.TTULO IIIORGANISMOS DE GOBIERNOARTCULO 8.- Los rganos de Gobierno de la Asociacin son los siguiente:a) La Asamblea Generalb) El Consejo DirectivoARTCULO 9.- La Asamblea General es el supremo rgano de gobierno de la Asociacin y est formado por todos los asociados hbiles con derecho a voz y voto.La Asamblea General de Asociados se reunirn en forma extraordinaria por convocatoria del presidente, por acuerdo del Consejo Directivo o cuando lo solicite la decima parte de los Asociados con indicacin de su objetivo siendo de aplicacin para este ltimo caso lo dispuesto en el Artculo 85 del Cdigo Civil.La convocatoria a las Asambleas Generales la efecta el Presidente del Consejo Directivo mediante esquela de citacin que deber cursarse en el domicilio de cada uno de los asociados, indicando lugar, hora y fecha de la asamblea en primera y segunda citacin y la agenda a tratar. La esquela de citacin deber cursarse con un mnimo de 72 horas antes de la fecha de la Asamblea.ARTCULO 10.- El Qurum para la Asamblea General en primera citacin es ms de la mitad de los asociados hbiles, en la segunda convocatoria el Qurum se forma con los asociados presentes. Los acuerdos se adoptarn con ms de la mitad de los miembros presentes.Para modificar los Estatutos y disolver la Asociacin ser de aplicacin lo establecido por el Artculo 87 segunda parte del Cdigo Civil.ARTICULO 11.- Compete a la Asamblea General Ordinaria de Asociados:a) Aprobar o desaprobar la memoria anual, el balance y las cuentas del ltimo ejercicio que ser presentado por el Consejo Directivo.b) Aprobar o desaprobar el presupuesto anual de ingresos y egresos.c) Elegir al Consejo Directivod) Tratar asuntos de importancia de la Asociacin.e) Fijar las cotizacionesARTCULO 12.- Compete a la Asamblea General Extraordinaria de Asociados:a) Modificar o ampliar los Estatutosb) Aprobar o modificar reglamentosc) Fijar aportes extraordinarios, contribuciones, etc.d) Disolver y liquidar la Asociacin designada a la Comisin Liquidadorae) Aprobar o desaprobar operaciones financieras de crdito que compromete al ejercicio futuro.f) Resolver en ltima instancia sobre reclamaciones interpuestas por los Asociados.ARTCULO 13.- El Consejo Directivo es el rgano de administracin gestin y representacin legal de la Asociacin, en caso de ausencia de ste, la representacin recaer en el Vicepresidente y en ausencia de ambos la representacin recaer en el secretario.El Presidente presidir las sesiones del Consejo Directivo y Asambleas Generales.El Vicepresidente, apoyar en las gestiones que se le encomiende.El Secretario, es responsable de la documentacin de la Asociacin y suscribir con el Presidente la correspondencia.El Tesorero, es el responsable de la gestin econmica de la Asociacin y tendr a su cargo los libros de contabilidad. Todo esto efectuado ser aprobado por el Presidente y el tesorero.El Vocal es el responsable de las Relaciones Pblicas de la Asociacin y el bienestar social.Los miembros del Consejo Directivo, sern elegidos en la Asamblea General Ordinaria por los asociados hbiles, su mandato es de tres aos.La vacancia al cargo de miembro al Consejo Directivo ser por ausencia injustificada a tres sesiones consecutivas o doce alternadas, por renuncia o fallecimiento. En caso de vacancia de algn cargo del Consejo Directivo en Asamblea General ser electo el asociado que obra el cargo vacante, hasta que complete el periodo para el que fue electo el Consejo Directivo.El Consejo Directivo representar a la Asociacin como persona jurdica, teniendo todas las atribuciones de la representacin sin limitacin alguna.ARTCULO 14.- El Consejo Directivo, se reunir en Sesin Ordinaria la primera semana de cada mes y en forma extraordinaria cuando lo solicite cualquiera de sus miembros. La convocatoria la realiza el Presidente, mediante esquela, fax o correo electrnico con 72 horas de anticipacin.Para la validez de las sesiones del Consejo Directivo se requiere en primera convocatoria una concurrencia de ms de la mitad de sus miembros; en segunda convocatoria, basta la presencia de cualquier nmero de miembros. Los acuerdos se adoptan con el voto de ms de la mitad de los miembros concurrentes.ARTCULO 15.- Corresponde al Consejo Directivo, cumplir y hacer cumplir el Estatuto, los reglamentos, el acuerdo adoptado en Asamblea General y sus propios acuerdos.Teniendo el Consejo Directivo la atribucin de tomar las decisiones en relacin a la administracin, gestin y cumplimientos de los fines de la Asociacin, aprobar o desaprobar la inscripcin de nuevos socios, aceptar las renuncias de los asociados, aplicar penas y sanciones (amonestaciones, suspensin y expulsin) de acuerdo a las faltas incurridas por los asociadosTTULO IVDE LOS ASOCIADOSARTCULO 16.- Se adquiere la calidad de asociado al ser admitido en Sesin del Consejo Directivo, con el voto favorable de 75% de sus integrantes.Podr ser asociado toda persona que solicite su admisin al Consejo Directivo.Se considera asociado hbil aquel que se encuentra al da en el pago de sus cotizaciones mensuales, las mismas que sern fijadas por acuerdo del Consejo Directivo, se pierde la calidad de asociado por fallecimiento, renuncia o exclusin.La renuncia de todo asociado deber ser efectuada por escrito y aceptada por el Consejo Directivo.La exclusin de todo asociado se realizar nicamente por las siguientes causales:a) Ser condenado con sentencia privativa de la libertadb) No abonar tres cotizaciones en forma consecutiva-c) Incumplir los acuerdos de Asamblea General y/o del Consejo Directivo.d) Incumplir normas legales o Estatutarias.Para la exclusin de un asociado debe mediar acuerdos de Asamblea Legal.ARTCULO 17.- Todos los socios tienen los mismos derechos como elegir y ser elegidos m8iembros del Consejo Directivo y/o comisiones, participar en las Asambleas Generales de Asociados con derecho a voz y voto.ARTCULO 18.- Las obligaciones de los asociados son:a) Pagar en forma puntual las cotizaciones establecidas en Asamblea General.b) Cumplir con los Estatutos, Reglamentos, los acuerdos de la Asamblea General y Consejo Directivo.c) Ejercer los cargos y comisiones para fueran designadosTTULO VDE LAS ELECCIONESARTCULO 19.- La Asamblea General de Asociados, elegir cada tres aos a los miembros del Consejo Directivo, mediante voto directo-ARTCULO 20.- El Presidente del Consejo Directivo es el que realizar la convocatoria de elecciones.ARTCULO 21.- En la Asamblea General Ordinaria del mes de enero convocada para realizacin de las elecciones, se propondr a los candidatos procedindose a la votacin en forma directa y a mano alzada por los asociados asistentes, en la misma Asamblea sern proclamados los miembros del Consejo Directivo electo.ARTCULO 22.- No podrn ser miembros del Consejo Directivo:a) Los Asociados que no se encuentren hbilesb) Los que estuvieron impedidos de ejercer sus derechos civilesDISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS:ARTCULO 23.- El Consejo Directivo se encuentra obligado a poner a disposicin de las diferentes federaciones deportivas nacionales o ligas deportivas, a las que se encuentre integrada, a los deportistas que fueron convocados a integrar una representacin nacional, provincial o distrital.DISPOSICIN FINAL:ARTCULO 24.- En todo lo no previsto en el presente Estatuto se aplicarn las normas pertinentes del Cdigo Civil de la Repblica del Per.DISPOSICIN TRANSITORIA:ARTCULO 25.- Los miembros del Consejo Directivo para el periodo 2008-2011 sern elegidos en la Asamblea de Fundacin y Aprobacin del Estatuto de modo personal, individual y directo.En este estado se procedi a la eleccin de los miembros del Consejo Directivo, para lo que se invito a los Asociados a proponer a sus candidatos, procedindose a elegir a los miembros del Consejo Directivo de la Asociacin quedando conformado para el periodo de 2008 -2011 en la forma siguiente :PRESIDENTE: Lourdes------------VICEPRESIDENTE: ----------SECRETARIO: ---------TESRERO: ----------VOCAL: ---------Procedindose a la proclamacin de los miembros del Consejo Directivo electo.Asimismo, se acord encargar a la presidenta de la Asociacin Lourdes ------------- a suscribir la Minuta y Escritura Pblica correspondiente, para la inscripcin de la Asociacin en el Registro de Asociaciones de los Registros Pblicos.Sin ms asuntos que tratar el presidente levanta la sesin a las ------ de la ---------------- del mismo da.Lourdes -----firma (presidente) --------------- firma (vicepresidente)-------------- firma (tesorero)-------------- firma (vocal)-------------firma (secretario)As consta del libro de Acta que he tenido a la vista y al que me remito en caso necesario doy fe.Lima 21 de mayo del 2008Jorge ----Sussoni Notario Pblico de Lima-CONCLUSIN:Ledo e instruidas las partes de los efectos, obligaciones o responsabilidades que el presente instrumento origina en cuanto a ella, ratifican su voluntad de producirlos y asumirlos suscribiendo e imprimiendo sus huellas dactilares en la presente escritura en las fechas que se indican. Se deja constancia que la presente Escritura Pblica se inicia en la foja con N de serie 000000 y termina en la foja con N de serie 000000000000.Firma y huella dactilar de doa LOURDES representante de la Asociacin--------- de Medios Alternativos de Resolucin de Conflictos, el da (con letras y nmero) --- de ------- del -----(ao con letras y nmeros). Habiendo concluido el proceso de firmas ante el notario con fecha --------- (con letras y nmero) --- de ------- del ----- (ao con letras y nmeros). Firmando el doctor ----- -Notario de Lima.- concuerda este primer testimonio con la escritura matriz de su referencia de fecha ------------, que corre de fojas ----- al -----, del bienio 2008-09, lo rubrico, signo, sello y firmo, a los veintids (22) das del mes de mayo del dos mil ocho (2008).