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Bizkaiko ForuAldundia
Diputación Foralde Bizkaia
Ogasun eta FinantzaSaila
Departamento de Hacienday Finanzas
Modelo 296Impuesto sobre la Renta de no Residentes
sin establecimiento permanenteRetenciones e ingresos a cuenta
Resumen anual
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ANEXO
A) CARACTERÍSTICAS DE LOS SOPORTES MAGNÉTICOS
Los soportes directamente legibles por ordenador para la presentación del resumen anual de retenciones e
ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de no Residentes sin establecimiento permanente (modelo
296), habrán de cumplir las siguientes características:
Cinta magnética
Pistas: 9.
Densidad: 1.600 o 6.250 BPI.
Código: EBCDIC, en mayúsculas.
Etiquetas: sin etiquetas.
Marcas: en principio y fin de cinta.
Registros de: 250 posiciones.
Factor de bloqueo: 10.
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Disquetes
Disquetes de 3 ½” doble cara. Doble densidad (720 KB) sistema operativo MS-DOS y compatibles.'
Disquetes de 3 ½” doble cara. Alta densidad (1.44 MB) sistema operativo MS-DOS y compatibles.
Código ASCII en mayúsculas sin caracteres de control o tabulación.
Registros de 250 posiciones.
Los disquetes de 3 ½” deberán llevar un sólo fichero, cuyo nombre será RNRxxxx, siendo xxxx las cuatro
cifras del ejercicio fiscal al que corresponde la declaración, conteniendo este único fichero los diferentes
tipos de registros y en el orden que se menciona en el apartado B).
Si el fichero ocupa más de un disquete, deberá particionarse en tantos ficheros como sea necesario. Cada
uno de los ficheros parciales tendrá la denominación RNRxxxx.NNN (NNN=001,002, ), siendo xxxx las
cuatro cifras del ejercicio fiscal al que corresponde la declaración y NNN el número consecutivo del fichero
comenzando por el 001.
Los archivos parciales contendrán siempre registros completos, es decir, nunca podrá particionarse el
fichero dejando registros incompletos en los ficheros parciales.
Si las características del equipo de que dispone el declarante no le permite ajustarse a las especificaciones
técnicas exigidas, y está obligado a presentar el resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del
Impuesto sobre la Renta de no Residentes sin establecimiento permanente, en soporte directamente legible
por ordenador, deberá dirigirse por escrito al Departamento de Hacienda y Finanzas, Servicio de
Organización y Sistemas, Camino Capuchinos 2-4, Código postal 48013 de Bilbao,, exponiendo sus propias
características técnicas y el número de registros que presentaría, con objeto de encontrar, si lo hay, un
sistema compatible con las características técnicas de la Hacienda Foral de Bizkaia.
B) DISEÑOS LÓGICOS
DESCRIPCIÓN DE LOS REGISTROS
Para cada declarante se incluirán dos tipos diferentes de registro, que se distinguen por la primera posición,
con arreglo a los siguientes criterios:
Tipo 1: registro del declarante: datos identificativos y resumen de la declaración. Diseño de tipo de registro 1
de los recogidos más adelante en estos mismos apartados y anexo de la presente Orden Foral.
Tipo 2: registro de perceptor. Diseño de tipo de registro 2 de los recogidos más adelante en estos mismos
apartados y anexo de la presente Orden Foral.
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El orden de presentación será el del tipo de registro, existiendo un único registro del tipo 1 y tantos registros
del tipo 2 como perceptores tenga la declaración.
Todos los campos alfanuméricos y alfabéticos se presentarán alineados a la izquierda y rellenos de blancos
por la derecha, en mayúsculas sin caracteres especiales, y sin vocales acentuadas.
Para los caracteres específicos del idioma se utilizará la codificación ISO-8859-1. De esta forma la letra "Ñ"
tendrá el valor ASCII 209 (HEX. D1) y la "Ç"(cedilla mayúscula) el valor ASCII 199 (HEX. C7).
Todos los campos numéricos se presentarán alineados a la derecha y rellenos a ceros por la izquierda sin
signos y sin empaquetar.
Todos los campos tendrán contenido, a no ser que se especifique lo contrario en la descripción del campo.
Si no lo tuvieran, los campos numéricos se rellenarán a ceros y tanto los alfanuméricos como los alfabéticos
a blancos.
En los supuestos de presentación colectiva (más de un declarante u obligado a ingresar a cuenta en el
mismo archivo) se presentará como primer registro del soporte un registro tipo cero, con arreglo al diseño
del tipo de registro cero que se incluye a continuación en este mismo apartado, el cual contendrá los datos
de la persona o entidad responsable de la presentación y existirá en todo caso, aunque dicha persona o
entidad figure también en el soporte como declarante. A continuación seguirán los datos del primer
declarante (tipo 1), seguidos de sus perceptores (tipo 2); a continuación los datos del siguiente declarante y
así sucesivamente.
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A.- TIPO DE REGISTRO 0: PRESENTACIÓN COLECTIVA.
(POSICIONES, NATURALEZA Y DESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS) Posiciones Naturaleza Descripción
1 Numérico TIPO DE REGISTRO:
Constante "0" (cero)
2-4 Numérico MODELO DE PRESENTACIÓN:
Constante 296.
5-8 Numérico EJERCICIO:
Las cuatro cifras del ejercicio fiscal al que corresponden las
declaraciones incluidas en el soporte.
9-17 Alfanumérico NIF DEL PRESENTADOR:
Se consignará el NIF del presentador.
Este campo deberá estar ajustado a la derecha, siendo la
última posición el carácter de control y rellenando con ceros las
posiciones de la izquierda, de acuerdo con las reglas previstas
en el Decreto Foral 113/1996 de 8 de octubre, por el que se
regula la composición y forma de utilización del NIF, (BOB n.º
214 de 5 de noviembre).
18-57 Alfanumérico APELLIDOS Y NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL
PRESENTADOR:
Si es una persona fisica se consignará el primer apellido, un
espacio, el segundo apellido, un espacio y el nombre completo
necesariamente en este orden. Para personas jurídicas y
entidades en régimen de atribución de rentas, se consignará la
razón social completa, sin anagrama. En ningún caso podrá
figurar en este campo un nombre comercial.
Se rellenará con el mismo criterio que el especificado para el
declarante en el registro de tipo 1.
58-109 Alfanumérico DOMICILIO DEL PRESENTADOR:
Este campo se subdivide en nueve:
58-59 SG: siglas de la vía pública.
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60-79 VÍA PÚBLICA: nombre de la vía pública. Ha de ser
alfabético y, en consecuencia, la que tenga números en su
nombre se consignará con letras (ejemplo: 2 de mayo, será dos
de mayo). En caso de ser una carretera se finalizará con la
abreviatura km.
80-84 NÚMERO: número de la casa o punto kilométrico.
85-86 ESCALERA
87-88 PISO
89-90 PUERTA
91-95 CÓDIGO POSTAL: el que corresponda al domicilio
del presentador. Ha de ser numérico de cinco posiciones.
96-107 MUNICIPIO: ocupa doce posiciones. Si el nombre
excede de doce caracteres se consignarán los doce primeros
sin artículos ni preposiciones.
108-109 CÓDIGO PROVINCIA:con carácter general se
consignarán los dos dígitos numéricos que correspondan a la
provincia o, en su caso, ciudad autónoma, del domicilio del
declarado, según la siguiente relación:
Provincia Código Provincia Código Araba 01 León 24 Albacete 02 Lleida 25 Alicante 03 Lugo 27 Almería 04 Madrid 28 Asturias 33 Málaga 29 Ávila 05 Melilla 52 Badajoz 06 Murcia 30 Barcelona 08 Navarra 31 Burgos 09 Ourense 32 Cáceres 10 Palencia 34 Cádiz 11 Palmas, Las 35 Cantabria 39 Pontevedra 36 Castellón 12 Rioja, La 26 Ceuta 51 Salamanca 37 Ciudad Real 13 Santa Cruz de Tenerife 38 Córdoba 14 Segovia 40 Coruña, A 15 Sevilla 41 Cuenca 16 Soria 42
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Girona 17 Tarragona 43 Granada 18 Teruel 44 Guadalajara 19 Toledo 45 Gipuzkoa 20 Valencia 46 Huelva 21 Valladolid 47 Huesca 22 Bizkaia 48 Illes Balears 07 Zamora 49 Jaén 23 Zaragoza 50
Tratándose de aportaciones, contribuciones o cantidades
abonadas correspondientes a personas no residentes en
territorio español que no sean contribuyentes del Impuesto
sobre la Renta de las Personas Físicas se consignará como
código de provincia los dígitos 99.
110-114 Numérico TOTAL DECLARANTES:
Campo numérico de cinco posiciones.
Se indicará el número total de personas o entidades
declarantes incluidas en el soporte colectivo. (número de
registros de tipo 1 grabados).
115-123 Numérico TOTAL PERCEPTORES:
Campo numérico de 9 posiciones.
Se indicará el número total de perceptores relacionados en el
soporte colectivo.
124 Alfabético TIPO DE SOPORTE:
Se cumplimentará una de las siguientes claves:
C: Si la información se presenta en cinta magnética.
D: Si la información se presenta en disquete.
125-173 Alfanumérico PERSONA CON QUIÉN RELACIONARSE:
Datos de la persona con quién relacionarse, este campo se
subdivide en dos:
125-133 TELÉFONO: campo numérico de 9 posiciones.
134-173 APELLIDOS Y NOMBRE: se rellenará con el
mismo criterio que el especificado para el declarante en el
registro de tipo 1.
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174-250 ------------ Blancos
• Los campos numéricos que no tengan contenido se rellenarán a ceros.
• Los campos alfanuméricos/alfabéticos que no tengan contenido se rellenarán a blancos.
• Todos los campos numéricos ajustados a la derecha y rellenos de ceros por la izquierda.
• Todos los campos alfanuméricos/alfabéticos ajustados a la izquierda y rellenos de blancos por la derecha,
en mayúsculas, sin caracteres especiales y sin vocales acentuadas, excepto que se especifique lo contrario
en la descripción del campo.
B.- TIPO DE REGISTRO 1: REGISTRO DE DECLARANTE.
(POSICIONES, NATURALEZA Y DESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS)
Posiciones Naturaleza Descripción
1 Numérico TIPO DE REGISTRO:
Constante número 1.
2-4 Numérico MODELO DECLARACIÓN:
Constante 296.
5-8 Numérico EJERCICIO:
Las cuatro cifras del ejercicio fiscal al que corresponde la
declaración.
9-17 Alfanumérico NIF DEL DECLARANTE:
Se consignará el NIF del declarante.
Este campo deberá estar ajustado a la derecha, siendo la
última posición el carácter de control y rellenando con ceros las
posiciones de la izquierda, de acuerdo con las reglas previstas
en el Decreto Foral 113/1996 de 8 de octubre, por el que se
regula la composición y forma de utilización del NIF, (BOB n.º
214 de 5 de noviembre).
18-57 Alfanumérico APELLIDOS Y NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL
DECLARANTE:
Se rellenará con el mismo criterio que el especificado para el
presentador en el registro de tipo 0.
58 Alfabético TIPO DE SOPORTE:
Se cumplimentará una de las siguientes claves:
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C: Si la información se presenta en cinta magnética.
D: Si la información se presenta en disquete.
59-107 Alfanumérico PERSONA CON QUIÉN RELACIONARSE:
Datos de la persona con quién relacionarse. Este campo se
subdivide en dos:
59-67 TELÉFONO: campo numérico de 9 posiciones.
68-107 APELLIDOS Y NOMBRE: se consignará el primer
apellido, un espacio, el segundo apellido, un espacio y el
nombre completo, necesariamente en este orden.
108- 120 Numérico Ceros
121- 122 Alfabético DECLARACIÓN COMPLEMENTARIA O SUSTITUTIVA:
En el caso excepcional de segunda o posterior presentación de
declaraciones, deberá cumplimentarse obligatoriamente uno de
los siguientes campos:
121: DECLARACIÓN COMPLEMENTARIA: Se consignará una
C si la presentación de esta declaración tiene por objeto incluir
percepciones que, debiendo haber figurado en otra declaración
del mismo ejercicio presentada anteriormente, hubieran sido
completamente omitidas en la misma.
122: DECLARACIÓN SUSTITUTIVA: se consignará una S si la
presentación tiene como objeto anular y sustituir
completamente a otra declaración anterior, del mismo ejercicio.
Una declaración sustitutiva sólo puede anular a una única
declaración anterior.
123- 135 Numérico Ceros.
136-144 Numérico NÚMERO TOTAL DE PERCEPTORES:
Campo numérico de 9 posiciones.
Se consignará el número total de perceptores declarados en el
soporte para este declarante. Si un mismo perceptor figura en
varios registros, se computará tantas veces como figure
relacionado. (número de registros de tipo 2).
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145-159 Alfanumérico BASE RETENCIONES E INGRESOS A CUENTA:
Se consignará, la suma algebraica total de las cantidades
reflejadas en los campos Base retenciones e ingresos a cuenta
correspondientes a los registros de perceptor.
Este campo se subdivide en:
145: SIGNO: Alfabético.
Se cumplimentará cuando el resultado anteriormente
mencionado sea menor de 0 (cero). En este caso se
consignará una N, en cualquier otro caso el contenido de este
campo será un espacio.
146-159: IMPORTE: campo numérico de 14 posiciones. Se
consignará sin signo y sin coma decimal el importe mencionado
anteriormente.
Las cuantías se reflejarán en EUROS.
Este campo se subdivide en:
146-157: ENTERA: parte entera del importe total de las Bases
de retenciones e ingresos a cuenta, si no tiene contenido se
rellenará a ceros.
158-159: DECIMAL: parte decimal del importe total de las
Bases de retenciones e ingresos a cuenta, si no tiene contenido
se rellenará a ceros.
160-174 Numérico RETENCIONES E INGRESOS A CUENTA:
Campo numérico de 15 posiciones.
Se consignará sin signo y sin coma decimal la suma total de las
cantidades reflejadas en el campo Retenciones e ingresos a
cuenta correspondiente a los registros de perceptor.
Las cuantías se reflejarán en EUROS.
Este campo se subdivide en:
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160-172: ENTERA: parte entera del importe total de las
Retenciones e ingresos a cuenta, si no tiene contenido se
consignará a ceros.
173-174: DECIMAL: parte decimal del importe total de las
Retenciones e ingresos a cuenta, si no tiene contenido se
consignará a ceros.
175-189 Numérico RETENCIONES E INGRESOS A CUENTA INGRESADOS:
Campo numérico de 15 posiciones.
Se consignará sin signo y sin coma decimal la suma total de las
cantidades reflejadas en el campo Retenciones e ingresos a
cuenta correspondiente a los registros de perceptor, que
correspondan a perceptores (registros) en los que se haya
consignado en el campo Clave las letras C a S, así como
también aquellos en los que se haya consignado en el campo
Clave las letras A o B y, simultáneamente en el campo Pago el
valor 1.
Las cuantías se reflejarán en EUROS.
Este campo se subdivide en:
175-187: ENTERA: parte entera del importe de las Retenciones
e ingresos a cuenta ingresados, si no tiene contenido se
consignará a ceros.
188-189: DECIMAL: parte decimal del importe de las
Retenciones e ingresos a cuenta ingresados, si no tiene
contenido se consignará a ceros.
190-250 ------------ Blancos
• Todos los importes serán positivos.
• Los campos numéricos que no tengan contenido se rellenarán a ceros.
• Los campos alfanuméricos/alfabéticos que no tengan contenido se rellenarán a blancos.
• Todos los campos numéricos ajustados a la derecha y rellenos de ceros por la izquierda.
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• Todos los campos alfanuméricos/alfabéticos ajustados a la izquierda y rellenos de blancos por la derecha,
en mayúsculas, sin caracteres especiales y sin vocales acentuadas, excepto que se especifique lo contrario
en la descripción del campo.
C: TIPO DE REGISTRO 2: REGISTRO DE PERCEPTOR.
(POSICIONES, NATURALEZA Y DESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS)
Posiciones Naturaleza Descripción
1 Numérico TIPO DE REGISTRO:
Constante 2.
2-4 Numérico MODELO DECLARACIÓN:
Constante 296.
5-8 Numérico EJERCICIO:
Consignar lo contenido en estas mismas posiciones del registro
de tipo 1.
9-17 Alfanumérico NIF DEL DECLARANTE:
Consignar lo contenido en estas mismas posiciones del registro
de tipo 1.
18-26 Alfanumérico NIF DEL PERCEPTOR:
Si el perceptor dispone de NIF, se consignará el número de
identificación fiscal, de acuerdo con las reglas previstas en el
Decreto Foral 113/1996 de 8 de octubre, por el que se regula la
composición y forma de utilización del NIF, (BOB n.º 214 de 5
de noviembre).
Si el perceptor es persona jurídica o una entidad en régimen de
atribución de rentas (comunidad de bienes, sociedad civil,
herencia yacente, etc.), se consignará el Número de
Identificación Fiscal correspondiente a la misma.
Este campo deberá estar ajustado a la derecha, siendo la
última posición el carácter de control y rellenando con ceros las
posiciones a la izquierda.
Tratándose de perceptores menores de edad carentes de NIF
propio, no se cumplimentará este campo, y si su representante
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legal dispone de NIF, se cumplimentará el campo NIF del
representante legal.
27-35 Alfanumérico NIF DEL REPRESENTANTE LEGAL:
Si el perceptor es menor de edad se consignará en este campo
el NIF de su representante legal (padre, madre o tutor).
En cualquier otro caso el contenido de este campo se rellenará
a espacios.
36 Alfabético F/J:
Se hará constar una F si el perceptor es una persona fisica y
una J si se trata de una persona jurídica o una entidad.
37-76 Alfanumérico APELLIDOS Y NOMBRE, RAZÓN SOCIAL O
DENOMINACIÓN DEL PERCEPTOR:
a).Para personas físicas se consignará el primer apellido, un
espacio, el segundo apellido, un espacio y el nombre completo,
necesariamente en este mismo orden. Si el perceptor es menor
de edad, se consignarán en este campo los apellidos y nombre
del menor de edad.
b).Tratándose de personas jurídicas y entidades en régimen de
atribución de rentas, se consignará la razón social o
denominación completa de la entidad, sin anagramas.
77-88 Alfanumérico CÓDIGO EXTRANJERO:
Se consignarán los dígitos numéricos y alfabéticos que
identifiquen al contribuyente en su país o territorio de
residencia.
89-91 Numérico CÓDIGO PAÍS:
Se consignarán los tres dígitos numéricos que correspondan al
país o territorio de residencia del perceptor, según la tabla
siguiente.
Europa 001 FRANCIA, Incluidos los departamentos franceses
de ultramar: Reunión, Guadalupe, Martinica y Guayana Francesa
003 PAÍSES BAJOS 004 ALEMANIA, Incluidos la Isla de Helgoland y los
territorios austríacos de Jungholz y Mittelberg
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005 ITALIA, Incluido Livigno 006 REINO UNIDO, GRAN BRETAÑA, IRLANDA
DEL NORTE 007 IRLANDA 008 DINAMARCA 009 GRECIA 010 PORTUGAL, Incluidas las Azores y Madeira 011 ESPAÑA 017 BÉLGICA 018 LUXEMBURGO 024 ISLANDIA 028 NORUEGA, Incluida la Isla Jan Mayen y el
archipiélago Svalbard 030 SUECIA 032 FINLANDIA, Incluidas las Islas Aland 037 LIECHTENSTEIN 038 AUSTRIA 039 SUIZA, Incluidos el territorio alemán de Büsingen
y el municipio italiano de Campione d’Italia 041 ISLAS FEROE 043 ANDORRA 044 GIBRALTAR 045 CIUDAD DEL VATICANO 046 MALTA, Incluidos Gozo y Comino 047 SAN MARINO 052 TURQUÍA 053 ESTONIA 054 LETONIA 055 LITUANIA 060 POLONIA 061 REPÚBLICA CHECA 063 REPÚBLICA ESLOVACA 064 HUNGRÍA 066 RUMANÍA 068 BULGARIA 070 ALBANIA 072 UCRANIA 073 BIELORRUSIA 074 MOLDAVIA 075 RUSIA 076 GEORGIA 077 ARMENIA 078 AZERBAIJAN 079 KAZAJSTAN 080 TURKMENISTÁN 081 UZBEKISTÁN 082 TAJIKISTÁN 083 KIRGUIZISTÁN 091 ESLOVENIA 092 CROACIA 093 BOSNIA-HERZEGOVINA 094 REPÚBLICA FEDERATIVA DE YUGOSLAVIA
(SERBIA Y MONTENEGRO) 096 ANTIGUA REPÚBLICA YUGOSLAVA DE
MACEDONIA 101 MÓNACO 103 ISLAS ANGLONORMANDAS, (Islas del Canal),
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Islas de Guernesey y Jersey 104 ISLA DE MAN 118 LUXEMBURGO, Por lo que respecta a las rentas
percibidas por las Sociedades a que se refiere el párrafo 1 del protocolo anexo al Convenio de doble imposición (3 junio 1986)
958 OTROS PAÍSES O TERRITORIOS NO RELACIONADOS
Africa 204 MARRUECOS 208 ARGELIA 212 TÚNEZ 216 LIBIA 220 EGIPTO 224 SUDÁN 228 MAURITANIA 232 MALI 236 BURKINA-FASO (Alto Volta) 240 NIGER 244 TCHAD 247 REPÚBLICA DE CABO VERDE 248 SENEGAL 252 GAMBIA 257 GUINEA-BISSAU 260 GUINEA 264 SIERRA LEONA 268 LIBERIA 272 COSTA DE MARFIL 276 GHANA 280 TOGO 284 BENÍN 288 NIGERIA 302 CAMERÚN 306 REPÚBLICA CENTRO AFRICANA 310 GUINEA ECUATORIAL 311 SANTO TOMÉ Y PRÍNCIPE 314 GABÓN 318 CONGO 322 ZAIRE 324 RWANDA 328 BURUNDI 329 SANTA HELENA Y DEPENDENCIAS,
Dependencias de Santa Helena: Isla de la Ascensión e Islas Tristán de Cunha
330 ANGOLA, Se incluye Cabinda 334 ETIOPÍA 336 ERITREA 338 DJIBOUTI 342 SOMALIA 346 KENYA 350 UGANDA 352 TANZANIA, Tanganica, Zanzíbar y Pemba 355 SEYCHELLES Y DEPENDENCIAS, Islas Mahé,
Silhouette, Praslin, La Digue, Fragata, Mamelles y Récifs, Bird y Denis, Plate y Coetivy, Islas Almirantes, Isla Alfonso, Islas Providencia, Islas
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Resumen anual
Aldabra 357 TERRITORIO BRITÁNICO DEL OCÉANO
ÍNDICO, Archipíelago de Chagos 366 MOZAMBIQUE 370 MADAGASCAR 373 MAURICIO 375 COMORES, Gran Comore, Anjouan y Moheli 377 MAYOTTE, Gran Tierra y Pamanzi 378 ZAMBIA 382 ZIMBABWE 386 MALAWI 388 SUDÁFRICA 389 NAMIBIA 391 BOTSWANA 393 SWAZILAND 395 LESOTHO 958 OTROS PAÍSES O TERRITORIOS NO
RELACIONADOS
América 400 ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA 401 PUERTO RICO 404 CANADÁ 406 GROENLANDIA 408 SAN PEDRO Y MIQUELON 412 MÉXICO 413 BERMUDAS 416 GUATEMALA 421 BELIZE 424 HONDURAS, Se incluyen las Islas Swan 428 EL SALVADOR 432 NICARAGUA, Se incluyen las Islas Corn 436 COSTA RICA 442 PANAMÁ, Se incluye la antigua Zona del Canal 446 ANGUILLA 448 CUBA 449 SAN CRISTÓBAL Y NEVIS 452 HAITÍ 453 BAHAMAS 454 ISLAS TURKS Y CAICOS 456 REPÚBLICA DOMINICANA 457 ISLAS VÍRGENES DE LOS ESTADOS UNIDOS 459 ANTIGUA Y BARBUDA 460 DOMINICA 463 ISLAS CAYMAN 464 JAMAICA 465 SANTA LUCÍA 467 SAN VICENTE, Se incluyen las Islas Granadinas
del Norte 468 ISLAS VÍRGENES BRITÁNICAS 469 BARBADOS 470 MONTSERRAT 472 TRINIDAD Y TOBAGO 473 GRANADA, Se incluyen las Islas Granadina del
Sur 474 ARUBA 478 ANTILLAS NEERLANDESAS, Curaçao,
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Bonaire, San Eustaquio, Saba y la parte sur de San Martín
480 COLOMBIA 484 VENEZUELA 488 GUAYANA 492 SURINAM 500 ECUADOR, Se incluyen las Islas Galápagos 504 PERÚ 508 BRASIL 512 CHILE 516 BOLIVIA 520 PARAGUAY 524 URUGUAY 528 ARGENTINA 529 ISLAS MALVINAS (FALKLANDS) 958 OTROS PAÍSES O TERRITORIOS NO
RELACIONADOS Asia 600 CHIPRE 604 LÍBANO 608 SIRIA 612 IRAQ 616 IRÁN 624 ISRAEL 625 GAZA Y JERICÓ 628 JORDANIA 632 ARABIA SAUDITA 636 KUWAIT 640 BAHREIN 644 QATAR 647 EMIRATOS ÁRABES UNIDOS, Abu Dhabi,
Dubai, Sharja, Ajman, Umm al Q’aiwan, Ras al Khayma y Fujairah
649 OMÁN 653 YEMEN 660 AFGANISTÁN 662 PAKISTÁN 664 INDIA, Se incluye Sikkim 666 BANGLADESH 667 MALDIVAS (Islas) 669 SRI LANKA 672 NEPAL 675 BHOUTAN 676 MYANMAR (Antigua Birmania) 680 THAILANDIA 684 LAOS 690 VIETNAM 696 KAMPUCHEA (Camboya) 700 INDONESIA 701 MALASIA OCCIDENTAL Y ORIENTAL,
Sarawak, Sabak y Labuan 703 BRUNEI 706 SINGAPUR 708 FILIPINAS 716 MONGOLIA 720 CHINA
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724 COREA DEL NORTE 728 COREA DEL SUR 732 JAPÓN 736 TAIWAN 740 HONG-KONG 743 MACAO 958 OTROS PAÍSES O TERRITORIOS NO
RELACIONADOS, Australia, Oceanía y otros territorios
800 AUSTRALIA 801 PAPÚA-NUEVA GUINEA, Se incluyen Nueva
Bretaña, Nueva Irlanda, Lavongai, Islas del Almirantazgo, Bouganville, Buka, Islas Green, de Entrecasteaux, Trobiand, Woodlark y el archipiélago de la Lousiada con sus dependencias
802 OCEANÍA AUSTRALIANA, Islas de Cocos (Keeling), Islas Christmas, Islas Heard y MacDonald, Isla Norfolk
803 NAURU 804 NUEVA ZELANDA 806 ISLAS SALOMÓN 807 TUVALU 809 NUEVA CALEDONIA Y DEPENDENCIAS,
Dependenciads de Nueva Caledonia: Isla de Pins, Islas Loyauté, Huon, Belep, Cherterfield e isla Walpole
810 OCEANÍA AMERICANA, Samoa Americana, Guam: Islas menores alejadas de los Estados Unidos, (Baker, Howland, Jarvis, Johston, Kingman Reef, Midway, Navassa, Palmira y Wake)
811 ISLAS WALLIS Y FORTUNA, Se incluye la Isla Alofi
812 KIRIBATI 813 PITCAIM, Se incluyen Islas Henderson, Duciet y
Oeno 814 OCEANÍA NEO-ZELANDESA, Islas Tokelau e
Isla Niue 815 FIDJI 816 VANUATU 817 TONGA 819 SAMOA OCCIDENTAL 107 ISLAS COOK 820 ISLAS MARIANAS DEL NORTE 822 POLINESIA FRANCESA , Islas Marquesas, Isla
de la Sociedad, Islas Gambier, Islas Tubuai y Archipiélago de Tuamotu: se incluye la Isla de Clipperton
823 FEDERACIÓN DE ESTADOS DE MICRONESIA, Yap, Kosrae, Truk, Pohnpei
824 ISLAS MARSHALL 825 PALAU 890 REGIONES POLARES, Regiones Árticas no
designadas ni incluidas en otra parte, Antártida, se incluye la Isla de Nueva Amsterdam, Isla San Pablo, las Islas Crozet y Kerguelén y la Isla Bonuert; Gregoria del Sur y las Islas Sandwich del
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Sur 958 OTROS PAÍSES O TERRITORIOS NO
RELACIONADOS- Otros 910 INSTITUCIONES DE LA UNIÓN EUROPEA 920 ORGANISMOS INTERNACIONALES
DISTINTOS DE LAS INSTITUCIONES DE LA UNIÓN EUROPEA Y DEL BANCO CENTRAL EUROPEO
930 BANCO CENTRAL EUROPEO
92-99 Numérico FECHA DE DEVENGO:
Se consignará la fecha en que se ha devengado la renta. Se
subdivide en:
92-93: DÍA: Numérico dos posiciones.
94-95: MES: Numérico dos posiciones.
96-99: AÑO: Numérico cuatro posiciones.
100 Alfabético NATURALEZA:
Se consignará la clave que corresponda en función de la
naturaleza, dineraria o en especie, de la renta, según la
relación alfabética siguiente:
D: Renta dineraria.
E: Renta en especie.
101 Alfabético CLAVE:
Se consignará la clave alfabética que corresponda en función
del tipo de rentas, según la relación de claves siguientes:
A. Dividendos y otras rentas de participación en fondos
propios de entidades.
B. Intereses y otras rentas derivadas de la cesión a terceros
de capitales propios.
C. Propiedad industrial.
D. Propiedad intelectual.
E. Arrendamientos de bienes muebles, negocios o minas.
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F. Know-how y transferencias de tecnología.
G. Otros cánones no relacionados anteriormente.
H. Rendimientos de inmuebles urbanos.
I. Rentas de actividades empresariales.
J. Asistencia técnica.
K. Rentas de actividades artísticas.
L. Rentas de actividades deportivas.
M. Rentas de actividades profesionales.
N. Rentas del trabajo.
O. Pensiones y haberes pasivos.
P. Reaseguros
Q. Entidades de navegación marítima o aérea.
R. Rendimientos de capital mobiliario de operaciones de
capitalización y de contratos de seguros de vida o
invalidez.
S. Otras rentas.
102-103 Numérico SUBCLAVE:
Se consignará la que corresponda en función de las
circunstancias tenidas en cuenta para el cálculo de la retención
o ingreso a cuenta, según la relación siguiente:
01 Retención practicada a los tipos generales o escalas de
tributación del artículo 24 de la NF 5/1999.
02 Retención practicada aplicando límites de imposición de
convenios.
03 Exención interna (art.13 NF 5/1999).
04 Exención por aplicación de un convenio.
05 Sin retención por previo pago del impuesto por el
contribuyente o su representante.
104-116 Alfanumérico BASE RETENCIONES E INGRESOS A CUENTA:
La base para el cálculo de la obligación de retener e ingresar a
cuenta será la prevista en el artículo 17 del reglamento del
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impuesto. Esta base coincide con la base imponible del
impuesto determinada conforme establece el artículo 23 de la
Norma Foral 5/1999 , pero sin tener en consideración los
gastos deducibles contemplados en los artículos 23.2 y 32.7 de
dicha Norma Foral.
Se subdivide en:
104: SIGNO: Alfabético. Si el importe descrito anteriormente es
negativo, se consignará una N, en cualquier otro caso se
rellenará a blancos
105-116: IMPORTE: campo numérico de 12 posiciones. Se
consignará sin signo y sin coma decimal, el importe descrito
anteriormente.
Las cuantías se reflejarán en EUROS.
Este campo se subdivide en:
105-114: ENTERA: parte entera del importe total de las Bases
de retenciones e ingresos a cuenta, si no tiene contenido se
rellenerá a ceros.
115-116: DECIMAL: parte decimal del importe total de las
Bases de retenciones e ingresos a cuenta, si no tiene contenido
se rellenará a ceros.
117-120 Numérico % RETENCIÓN:
Se consignará el porcentaje de retención o de ingreso a cuenta
aplicado en cada caso. El % de retención aplicable será el tipo
de gravamen establecido en el artículo 24 de la Norma Foral
del impuesto, en función del tipo de renta o, si resulta aplicable
un convenio para evitar la doble imposición, el límite previsto en
el mismo. Cuando no se haya practicado retención o ingreso a
cuenta o se trate de rentas exentas, tanto por normativa interna
como por convenio, se indicará un 0%. Tratándose de
pensiones, a las que resulta aplicable la escala de gravamen
del artículo 24.1.b), se indicará el tipo medio resultante de
aplicar dicha escala a la cuantía anual de la pensión.
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Este campo se subdivide en otros dos:
117-118: ENTERO: numérico, parte entera
del porcentaje (si
no tiene, consignar ceros).
119-120: DECIMAL: numérico, la parte decimal del porcentaje
(si no tiene, consignar ceros).
121-133 Numérico RETENCIONES E INGRESOS A CUENTA:
Campo numérico de 13 posiciones.
Se consignará el resultado de aplicar a la cuantía consignada
en el campo Base retenciones e ingresos a cuenta el
porcentaje de retención o ingreso a cuenta consignado en el
campo % retención.
Si el campo Base retenciones e ingresos a cuenta es negativo,
este campo se cumplimentará a ceros.
Las cuantías se reflejarán en EUROS.
Este campo se subdivide en:
121-131: ENTERA: parte entera del importe de las Retenciones
e ingresos a cuenta, si no tiene contenido se consignará a
ceros.
132-133: DECIMAL: parte decimal del importe de las
Retenciones e ingresos a cuenta, si no tiene contenido se
consignará a ceros.
134 Alfabético MEDIADOR:
Sólo para claves de percepción A o B.
Se consignará una "X" en este campo exclusivamente en
aquellos supuestos en que la naturaleza del perceptor
declarado sea la de una entidad domiciliada, residente o
representada en España, que pague por cuenta ajena rentas
sujetas a retención o que sea depositaria o gestione el cobro de
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las rentas de valores que originan el rendimiento o la renta
correspondiente. En los demás supuestos que no sean el
contemplado anteriormente, es decir, cuando el perceptor
declarado sea el contribuyente por el Impuesto sobre la Renta
de no Residentes que haya soportado efectivamente las
retenciones o ingresos a cuenta objeto de este modelo, no se
cumplimentará.
135 Numérico CÓDIGO:
Sólo para claves de percepción A o B.
Se consignará en este campo cualquiera de los números que a
continuación se relacionan con el objetivo de identificar el
contenido del campo Código emisor.
1. El código emisor corresponde a un NIF.
2. El código emisor corresponde a un código ISIN.
3. El código emisor corresponde a valores extranjeros que no
tienen asignado ISIN.
136-147 Alfanumérico CÓDIGO EMISOR:
Sólo para claves de percepción A o B.
Se cumplimentará este campo para identificar al emisor. En el
caso de haber consignado en el campo Código un 1 se hará
constar el NIF del emisor. En el caso de haber consignado en
el campo Código un 2 se hará constar el código ISIN,
configurado de acuerdo con la Norma Técnica 1/1992, de 8 de
octubre, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores. En el
caso de haber consignado en el campo Código un 3 se reflejará
la clave "ZXXX" siendo "XXX" el código del país emisor; en el
caso de títulos emitidos por organismos supranacionales
(Banco Mundial, etc.) se consignará Z999.
148 Numérico PAGO:
Sólo para claves de percepción A o B.
Se consignará cualquiera de los números que a continuación
se relacionan para indicar si el pago que ha realizado el
declarante ha sido por uno de los siguientes conceptos:
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1. Como emisor.
2. Como mediador.
En el caso de pago de valores de emisores extranjeros, esta
clave será 1 (como emisor-retenedor).
149 Alfabético TIPO CÓDIGO:
Sólo para claves de percepción A o B.
Se cumplimentará en este campo cualquiera de las letras que a
continuación se relacionan, para identificar la descripción del
contenido del campo Código cuenta valores:
C: Identificación con el código cuenta cliente (CCV).
O: Otra identificación.
150-169 Alfanumérico CÓDIGO CUENTA VALORES:
Sólo para claves de percepción A o B.
Se consignará este dato en aquellos supuestos en que una
entidad financiera tenga encomendada la gestión del cobro, la
administración y el depósito de los valores de los cuales
proceden los correspondientes rendimientos del capital
mobiliario o rentas objeto de este modelo. Por lo tanto, si el
declarante no es una entidad financiera gestora del cobro,
administradora o depositaria de los valores de los cuales
proceden tales rendimientos del capital mobiliario o rentas no
deberá cumplimentarse, en ningún caso, este campo. Su
estructura se descompone de la siguiente manera:
CÓDIGO DE ENTIDAD: cuatro dígitos.
CÓDIGO DE SUCURSAL: cuatro dígitos.
DÍGITOS DE CONTROL: dos dígitos.
NÚMERO DE CUENTA: diez dígitos.
170 Alfabético PENDIENTE:
Sólo para claves de percepción A o B.
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Se consignará una X en este campo en aquellos supuestos de
percepciones devengadas en el ejercicio, cuyos pagos no se
han efectuado en el mismo por el declarante al no presentarse
los titulares a su cobro. Siempre que se consigne la X en este
campo, el resto de campos del mismo perceptor (registro) se
cumplimentará de la forma siguiente:
NIF PERCEPTOR: 999 999 999
NIF REPRESENTANTE: 999 999 999
F/J: sin contenido
APELLIDOS Y NOMBRE, RAZÓN SOCIAL O
DENOMINACIÓN: valores pendientes de abono
MEDIADOR: sin contenido
PAÍS (CÓDIGO): sin contenido
CÓDIGO: el que corresponda
CÓDIGO EMISOR: el que corresponda
CLAVE: la que corresponda
NATURALEZA: la que corresponda
SUBCLAVE: la que corresponda
PAGO: el que corresponda
TIPO CÓDIGO: sin contenido
CÓDIGO CUENTA VALORES: sin contenido
EJERCICIO DEVENGO: sin contenido
FECHA DEVENGO: la que corresponda
BASE RETENCIONES E INGRESOS A CUENTA: la que
corresponda
% RETENCIÓN: el que corresponda
RETENCIONES E INGRESOS A CUENTA: los que
correspondan
La presentación de la información de los datos relativos al
perceptor se realizará en la declaración correspondiente al
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ejercicio en que los rendimientos o rentas pendientes de pago
sean abonados a aquél. En este supuesto deberá consignarse,
en la declaración correspondiente al ejercicio de pago de los
rendimientos o rentas, en el campo Ejercicio devengo, las
cuatro cifras del ejercicio en que se devengaron los
correspondientes rendimientos o rentas, aunque no se pagaron
por no presentarse los titulares al cobro de los mismos.
171-174 Numérico EJERCICIO DE DEVENGO:
Sólo para claves de percepción A o B.
Se consignarán las cuatro cifras del ejercicio de devengo de
aquellos rendimientos o rentas pagados en el ejercicio
correspondiente a la presente declaración por haberse
presentado los titulares a su cobro, cuyo devengo corresponda
a ejercicios anteriores. En ningún otro caso que no sea el
descrito anteriormente se cumplimentará este campo.
175-250 -------- Blancos.
• Todos los importes serán positivos.
• Los campos numéricos que no tengan contenido se rellenarán a ceros.
• Los campos alfanuméricos/alfabéticos que no tengan contenido se rellenarán a blancos.
• Todos los campos numéricos ajustados a la derecha y rellenos de ceros por la izquierda.
• Todos los campos alfanuméricos/alfabéticos ajustados a la izquierda y rellenos de blancos por la derecha,
en mayúsculas, sin caracteres especiales y sin vocales acentuadas, excepto que se especifique lo contrario
en la descripción del campo.