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GOBERNACION Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina Reserva de Biosfera Seaflower PROYECTO PLIEGO DE CONDICIONES AVISO DE CONVOCATORIA PÚBLICA SELECCIÓN ABREVIADA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL No. 019 de 2.012 El Departamento invita a todos los interesados y a las Veedurías Ciudadanas para que, de conformidad con el marco legal vigente, participen con recomendaciones escritas y oportunas en las etapas precontractual, contractual y postcontractual de la presente contratación, a través de la Secretaria de Servicios Administrativos, por lo cual toda la información y documentación pertinente estará publicada en la página Web www.sanandres.gov.co y www.contratos.gov.co. Así mismo, podrán intervenir en todas las audiencias que se realicen durante el proceso contractual. DISPOSICIONES GENERALES El Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina a través de la Secretaria de Servicios Administrativos, convoca a todas las personas naturales o jurídicas, consorcios o uniones temporales que no se encuentren incursos en ninguna causal de inhabilidad o incompatibilidad para contratar con el Departamento, a presentar oferta para suscribir con el ente territorial, contrato cuyo objeto es el indicado en el ordinal primero del presente aviso, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2, numeral 2, literal a) inciso de la Ley 1150 de 2007, reglamentado por el Decreto 734 de 2012, Capítulo II, Sección I, Artículos 3.2.1.1 y s.s., y teniendo en cuenta las siguientes condiciones: CAPITULO I INFORMACIÓN GENERAL 1.1. Objeto: Compra de Equipos informáticos, software y comunicaciones con destino a las diferentes dependencias de la Gobernación del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, de acuerdo con las especificaciones y características técnicas contempladas en el ANEXO 1 Denominado Ficha Técnica del presente estudio previo y pliego de condiciones. Para esta Selección Abreviada y de conformidad con el inciso segundo del artículo 3.2.1.1.2 del decreto 734 de 2012 el objeto de la presente Selección Abreviada por Subasta inversa Presencial estará agrupado en Un (1) lote de conformidad con el anexo 1 Ficha Técnica: 1.2 ALCANCE DEL OBJETO DEL PROCESO DE SELECCIÓN El presente proceso de selección abreviada por Subasta Inversa, busca contratar la Compra de Equipos informáticos, software y comunicaciones con destino a las diferentes dependencias de la Gobernación del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina para reponer equipos que ya cumplieron su vida útil, comprar nuevos equipos y software que por necesidad de los funcionarios han sido solicitados como herramienta de trabajo. El oferente que resulte adjudicatario del presente proceso, se obliga a cumplir todas las obligaciones establecidas en el numeral 2.3 de los estudios previos. 1.3. Presupuesto Oficial: El presupuesto oficial estimado para la contratación asciende a la suma de: DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MILLONES CIENTO VEINTISEIS MIL CUATROCIENTOS

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GOBERNACION Departamento Archipiélago de San Andrés,

Providencia y Santa Catalina

Reserva de Biosfera Seaflower

PROYECTO PLIEGO DE CONDICIONES

AVISO DE CONVOCATORIA PÚBLICA

SELECCIÓN ABREVIADA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL No. 019 de 2.012

El Departamento invita a todos los interesados y a las Veedurías Ciudadanas para que, de conformidad con el marco legal vigente, participen con recomendaciones escritas y oportunas en las etapas precontractual, contractual y postcontractual de la presente contratación, a través de la Secretaria de Servicios Administrativos, por lo cual toda la información y documentación pertinente estará publicada en la página Web www.sanandres.gov.co y www.contratos.gov.co. Así mismo, podrán intervenir en todas las audiencias que se realicen durante el proceso contractual. DISPOSICIONES GENERALES El Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina a través de la Secretaria de Servicios Administrativos, convoca a todas las personas naturales o jurídicas, consorcios o uniones temporales que no se encuentren incursos en ninguna causal de inhabilidad o incompatibilidad para contratar con el Departamento, a presentar oferta para suscribir con el ente territorial, contrato cuyo objeto es el indicado en el ordinal primero del presente aviso, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2, numeral 2, literal a) inciso de la Ley 1150 de 2007, reglamentado por el Decreto 734 de 2012, Capítulo II, Sección I, Artículos 3.2.1.1 y s.s., y teniendo en cuenta las siguientes condiciones:

CAPITULO I

INFORMACIÓN GENERAL 1.1. Objeto: Compra de Equipos informáticos, software y comunicaciones con destino a las diferentes dependencias de la Gobernación del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, de acuerdo con las especificaciones y características técnicas contempladas en el ANEXO 1 Denominado Ficha Técnica del presente estudio previo y pliego de condiciones. Para esta Selección Abreviada y de conformidad con el inciso segundo del artículo 3.2.1.1.2 del decreto 734 de 2012 el objeto de la presente Selección Abreviada por Subasta inversa Presencial estará agrupado en Un (1) lote de conformidad con el anexo 1 Ficha Técnica: 1.2 ALCANCE DEL OBJETO DEL PROCESO DE SELECCIÓN El presente proceso de selección abreviada por Subasta Inversa, busca contratar la Compra de Equipos informáticos, software y comunicaciones con destino a las diferentes dependencias de la Gobernación del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina para reponer equipos que ya cumplieron su vida útil, comprar nuevos equipos y software que por necesidad de los funcionarios han sido solicitados como herramienta de trabajo. El oferente que resulte adjudicatario del presente proceso, se obliga a cumplir todas las obligaciones establecidas en el numeral 2.3 de los estudios previos. 1.3. Presupuesto Oficial: El presupuesto oficial estimado para la contratación asciende a la suma de: DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MILLONES CIENTO VEINTISEIS MIL CUATROCIENTOS

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DIESCINUEVE PESOS ($294, 126,419.oo) MCTE. Para lo cual en el presupuesto asignado al DEPARTAMENTO, existe disponibilidad para atender el gasto, según certificados de disponibilidad presupuestal Expedido por el Profesional Especializado Coordinador del Grupo de Presupuesto de la Secretaría de Hacienda de la Gobernación del Departamento:

Certificado No. Rubro Valor Fecha Expedición

1023 03-1-2011-20 $204.000.000.oo 23 de Mayo

1032 03-3-211-508, 03-3-218-79

$ 45.000.000.oo 24 de Mayo

163 0402-3-2221-25 $ 60.000.000.oo 07 de Febrero

1210 0503-3-1211-546 $ 4.800.000.oo 12 de Junio

1323 0503-3-1212-32 $ 4.100.000.oo 21 de Junio

1337 03-3-232-20 $ 2.500.000.oo 22 de Junio

1432 03-3-33-20 $ 25.083.245.oo 05 de julio

El oferente debe tener en cuenta al momento de determinar el precio de su oferta, que por disposición del Artículo 22 de la Ley 47 de 1993 y para cualquier efecto Jurídico, el Departamento de San Andrés, Providencia y Santa Catalina está exento de pagar impuesto al valor agregado IVA. El valor de la propuesta deberá presentarse en pesos colombianos y deberá cubrir todos los impuestos, tasas y costos directos o indirectos derivados del contrato a suscribirse, no sujeto a modificaciones excepto cuando se afecte el equilibrio contractual de acuerdo a las normas vigentes. La omisión de la oferta Inicial de precio en el contenido de la oferta presentada y cuando el valor de esta sea superior al presupuesto oficial estimado por el Departamento para la presente modalidad de contratación será CAUSAL DE RECHAZO, al igual que el incurrir y omitir según el caso, en las siguientes especificaciones: Falta de capacidad para participar y contratar en la presente modalidad de contratación, Selección, por parte del representante legal de la entidad interesada en participar o de la persona natural según sea el caso, teniendo presente el presupuesto estimado para la presente contratación. El contratista asumirá todos los impuestos, contribuciones especiales y derechos con que sea gravado por el Gobierno Nacional y Departamental, los cuales deberán ser analizados e incluidos de la propuesta. (Ver Impuestos Estudios Previos) ES DE RESPONSABILIDAD DE LOS PROPONENTES CONSULTAR Y ASUMIR LOS IMPUESTOS Y RETENCIONES DE LEY. 1.4. Plazo de ejecución del contrato: El plazo de ejecución del contrato será de 30 Días calendarios, contados a partir del cumplimiento de los requisitos para el perfeccionamiento y ejecución del mismo señalado en los numerales 8.8 y 8.9 del capítulo VIII del presente pliego de condiciones. 1.5. Régimen jurídico aplicable: El régimen jurídico aplicable al presente proceso y al contrato que de él se derive, será el previsto en la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Decreto Ley 019 de 2012, Decreto 734 de 2012 y en las normas concordantes y reglamentarias de la misma y en las que las modifiquen, adicionen o complementen. En lo que no se encuentra particularmente regulado, se aplicarán las normas comerciales y civiles vigentes. De conformidad con el literal a) del numeral 2º del artículo 2º de la Ley 1150 de 2007 y en consideración a que los bienes que se pretenden adquirir son Bienes de Características Técnicas Uniformes y de Común Utilización, la modalidad de selección será la de selección abreviada a través de subasta inversa presencial, teniendo en cuenta la certificación expedida por el representante legal de esta entidad, respecto de no contar con la plataforma adecuada que permita llevar a cabo la subasta inversa electrónica. 1.6. Boletín de Responsables Fiscales:

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En virtud de lo establecido en el artículo 60 de la Ley 610 de 2000, la Entidad se abstendrá de celebrar cualquier tipo de contrato con quienes aparezcan en el Boletín de Responsables Fiscales que publica la Contraloría General de la República. 1.7. Veedurías ciudadanas: De conformidad con lo señalado en el artículo 66 de la ley 80 de 1993 y el articulo 2.2.2

Decreto 734 de 2012, “Todo contrato que celebren las entidades estatales, estará sujeto a la

vigilancia y control ciudadano.” 1.8. Inhabilidades e incompatibilidades: En el presente proceso podrán participar en forma independiente, en consorcio o unión temporal, las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que no se encuentren dentro de las inhabilidades e incompatibilidades previstas en el artículo 8, adicionado por el artículo 18 de la Ley 1150 de 2007 y el artículo 9 de la Ley 80 de 1993, hecho que se hará constar bajo la gravedad de juramento, en la carta de presentación de la propuesta, según modelo de formato anexo para este fin. Ver anexo 4 al final del pliego. 1.9. Duración de las personas jurídicas: Las personas jurídicas nacionales y extranjeras deberán acreditar que su duración no será inferior a la del plazo del contrato y un (1) año más. 1.10. Verificación de información: La entidad se reserva el derecho de verificar la información presentada con la propuesta. En caso de no ser cierta el proponente será rechazado y su propuesta no será tenida en cuenta 1.11. Consulta y retiro de pliegos de condiciones: Para dar cumplimiento y surtir efectos a lo establecido por el artículo 8 de la Ley 1150 de 2007 y artículo 2.2.6. del Decreto 0734 de 2012, el proyecto de pliegos de condiciones de la presente Selección Abreviada Adquisición de Bienes de Características Técnicas Uniformes y de común utilización, se publica en las páginas en el Portal Único de Contratación www.contratos.gov.co y en la página WEB de la entidad: www. sanandres.gov.co, con el fin que todos los interesados puedan valorar adecuadamente el alcance de lo requerido por la entidad a través del presente proceso de selección abreviada. De conformidad con el inciso 2 del artículo 2.2.6 del Decreto 0734 de 2012, la publicación del proyecto de pliegos de condiciones no genera obligación para la entidad de dar apertura al proceso de selección. Así mismo, se informa que en cumplimiento de las normas arriba citadas, los pliegos definitivos del Proceso de Selección Abreviada por Subasta Inversa No. 019 de 2012, serán publicados en las direcciones electrónicas antes mencionadas y en la fecha y hora señalada en el numeral 1.12 (Cronograma del proceso de selección). 1.12. Cronograma del proceso de selección:

ACTIVIDADES FECHA, HORA Y LUGAR

AVISO DE PUBLICACION DE LA CONVOCATORIA, ESTUDIOS PREVIOS, PROYECTO PLIEGO DE

CONDICIONES

FECHA: 25 de Julio de 2012 LUGAR: www.sanandres.gov.co

,www.contratos.gov.co.

OBSERVACIONES AL PROYECTO PLIEGO DE CONDICIONES

FECHA: Del 25 al 30 de Julio de 2012 HORA: hasta las 03:00 P.M. LUGAR: Secretaria de Servicios Administrativos, Isla

de San Andrés, Avenida Francisco Newball No 6-30 Edificio coral palace segundo Piso [email protected]

RESPUESTA A LAS OBSERVACIONES

FECHA: 01 de Agosto de 2012

www.sanandres.gov.co, www.contratos.gov.co.

RESOLUCION APERTURA Y FIJACION PLIEGOS DE

FECHA: 02 de Agosto de 2012 LUGAR: www.sanandres.gov.co, www.contratos.gov.co

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CONDICIONES DEFINITIVOS

ACTA AUDIENCIA ACLARACION PLIEGOS DE

CONDICIONES DEFINITIVOS Y REVISION DE LA ESTIMACION, TIPIFICACION Y ASIGNACION DE

RIESGOS

FECHA: 06 de Agosto de 2012 HORA: 10:00 AM LUGAR: Secretaria de Servicios Administrativos, Isla

de San Andrés, Avenida Francisco Newball No 6-30 Edificio coral palace segundo Piso.

PLAZO MAXIMO DE EXPEDICION DE ADENDAS

FECHA:08 de Agosto de 2012 HORA: 05:00 P.M. LUGAR: www.sanandres.gov.co, www.contratos.gov.co

CIERRE DEL PROCESO PARA LA ENTREGA DE OFERTAS

FECHA: 13 de Agosto de 2012 HORA: 10:00 AM LUGAR: Secretaria de Interior, Isla de San Andrés,

Avenida Francisco Newball No 6-30 Edificio coral palace segundo piso

PLAZO PARA LA EVALUACION DE PROPUESTAS

FECHA: del 13 al 16 de Agosto de 2012 LUGAR: Gobernación del Departamento Archipiélago

PUBLICACION DEL INFORME DE LAS

EVALUACIONES

FECHA: 17 de Agosto de 2012. LUGAR: : www.sanandres.gov.co,

www.contratos.gov.co

OBSERVACIONES A LAS EVALUACIONES Y PLAZO PARA SUBSANAR LA AUSENCIA DE REQUISITOS

FECHA: Hasta el 23 de Agosto de 2012 LUGAR: Gobernación del Departamento Archipiélago HORA: 10:00 AM LUGAR: Gobernación del Departamento Archipiélago

RESPUESTA A LAS OBSERVACIONES Y PUBLICACION DEFINITIVA DE EVLAUACIONES

FECHA: 24 de Agosto de 2012. LUGAR: : www.sanandres.gov.co,

www.contratos.gov.co

AUDIENCIA PUBLICA DE SUBASTA INVERSA (Modalidad Presencial) Y ADJUDICACION

FECHA: 27 de Agosto de 2012 LUGAR: Gobernación del Departamento Archipiélago HORA: 10:00 AM LUGAR: Gobernación del Departamento Archipiélago

FIRMA DEL CONTRATO

FECHA: Dentro de los 03 días hábiles a la audiencia de

adjudicación del contrato LUGAR: Oficina Asesora jurídica, Isla de San Andrés,

Avenida Francisco Newball No 6-30 Edificio Coral Palace Segundo Piso www.sanandres.gov.co www.contratos.gov.co

NOTA: El proceso de selección podrá ser suspendido por un término no superior a quince (15) días hábiles, señalado en el acto motivado que así lo determine, cuando a juicio de la entidad se presenten circunstancias de interés público o general que requieran analizarse, y que puedan afectar la normal culminación del proceso. Este término podrá ser mayor si la entidad así lo requiere, de lo cual se dará cuenta en el acto que lo señale. 1.13. Solicitud de aclaraciones a los pliegos de condiciones: El oferente deberá examinar cuidadosamente los pliegos de condiciones y todos los documentos que hacen parte del mismo, e informarse de todas las circunstancias que puedan afectar su objeto, el valor o el plazo requerido para su cumplimiento. En el caso que alguna de las personas interesada en el proceso solicite audiencia con el objeto de precisar el contenido y alcance del mismo y de oír a los interesados, la misma se efectuará en la fecha y hora señalada en el numeral 1.12 (Cronograma del proceso de selección), de lo cual se levantará un acta suscrita por los asistentes. Dicha audiencia se efectuaría en la Secretaría de Servicios Administrativos, ubicada en la Isla de San Andrés, Avenida Francisco Newball No. 6-30, Edificio Coral Palace segundo piso. Como resultado de lo debatido en la audiencia y cuando resulte conveniente, la Gobernación del Departamento Archipiélago, hará las modificaciones pertinentes al pliego de condiciones. Para los fines del artículo 2.2.5 del Decreto 734 de 2012, el acta de la audiencia de aclaraciones de los pliegos de condiciones del Proceso de Selección Abreviada por Subasta Inversa No. 019 de 2012 será publicada en el Portal Único de Contratación www.contratos.gov.co y en nuestra página web: www.sanandres.gov.co

No obstante, dentro del plazo para presentar las propuestas, cualquier interesado podrá solicitar aclaraciones adicionales que la entidad contratante responderá mediante comunicación escrita. Las respectivas comunicaciones pueden ser dirigidas a la Secretaría de Servicios Administrativos de la entidad, ubicada en la Isla de San Andrés, Avenida Francisco Newball No. 6-30, Edificio Coral Palace, segundo piso.

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1.14. Apertura del proceso de selección: La Secretaría de Servicios Administrativos, mediante Acto Administrativo, ordenará la apertura del proceso de Selección Abreviada por Subasta Inversa No 012 de 2012, en la fecha señalada en el numeral 1.12 (Cronograma del proceso de selección) el cual será publicado simultáneamente con el pliego de Condiciones Definitivo; Acto Administrativo que deberá contener los requisitos exigidos en el artículo 2.2.2 del decreto 734 de 2.012. 1.15. Adendas: Los pliegos de condiciones serán modificados mediante adendas, las cuales podrán ser expedidas en la fecha y hora señalada en el numeral 1.12 (Cronograma del proceso de selección). Todas las adendas y avisos que publique y envíe la entidad en relación con los pliegos de condiciones, pasarán a formar parte integrante del mismo. Las mismas serán publicadas en el portal de contratación: www.contratos.gov.co y en la página Web de la Entidad, es decir www.sanandres.gov.co.

CAPITULO II

DOCUMENTOS DE LA PROPUESTA 2.2. Documentos de la propuesta – Requisitos habilitantes: Con la propuesta deberán allegarse los documentos que se indican a continuación: 2.2.1 Documentos de origen Jurídico objeto de verificación a) Carta de presentación de la propuesta según modelo que figura en el Anexo No.4 (ver al final del pliego) firmada por la persona natural, el representante legal de la persona jurídica, el representante del consorcio o unión temporal, o por la persona facultada para ello mediante poder debidamente otorgado conforme a lo establecido en el artículo 836 del Código de Comercio1. En la carta de presentación deberá indicarse la calidad en la cual se está actuando para presentar la propuesta:

Si es en nombre propio.

Si actúa como agente comercial (Deberá acreditarlo de conformidad con lo previsto en el artículo 1320 del Código de Comercio Colombiano).

Si es como representante o apoderado (Deberá acreditarlo de conformidad con el artículo 836 del Código de Comercio Colombiano). Si actúa como suplente del representante legal deberá explicar las causas.

b) Las personas naturales deberán allegar fotocopia de la cédula de ciudadanía y adjuntar, de ser procedente, el Certificado de Matrícula en el Registro Mercantil y el de su establecimiento de comercio, expedidos con una antelación no mayor a treinta (30) días calendario a la fecha límite para presentar las propuestas. c) Las personas naturales extranjeras deberán allegar fotocopia del pasaporte o del documento de identificación y deberán acreditar la constitución en el país de un apoderado domiciliado en Colombia debidamente facultado para presentar la propuesta y celebrar el contrato, así como para representarlas judicial y extrajudicialmente. Ello mediante la presentación del respectivo poder otorgado.

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Adicionalmente, si solicitan la aplicación del principio de reciprocidad, deberán anexar un certificado expedido por la autoridad competente del respectivo país en donde se acredite la existencia de la reciprocidad. Para efectos de dar aplicación al principio de reciprocidad, se observará lo señalado en el artículo 20 de la Ley 80 de 1993. d) Las personas jurídicas deberán allegar el original del Certificado de Existencia y Representación Legal, expedido por la Cámara de Comercio respectiva o por la entidad equivalente tratándose de personas jurídicas extranjeras, dentro de los treinta (30) días calendarios anteriores a la fecha máxima para presentar propuestas.

Si el representante legal tuviese alguna limitación para contratar a nombre de la sociedad, según los estatutos correspondientes, deberá indicarlo expresamente en la carta de presentación de la propuesta y adjuntar copia del Acta de Socios debidamente autorizada, de conformidad con los lineamientos señalados en el artículo 189 del Código de Comercio, de la reunión del órgano social competente en la que se autorice al representante legal para intervenir en este proceso de selección así como para suscribir el contrato. Las personas jurídicas extranjeras deberán allegar los documentos que acrediten su existencia y representación legal y acreditar en el país un apoderado domiciliado en Colombia debidamente facultado para presentar la propuesta y celebrar el contrato, así como para representarlas judicial y extrajudicialmente, en concordancia con lo indicado en el numeral 1 del artículo 6.4.4 del Decreto 734 de 2012, así: Se deberán aportar los documentos que acrediten la existencia y representación legal de la sociedad extranjera en el país de origen. Para el caso de las facultades del representante legal, éste debe contar como mínimo con la representación legal de la casa matriz. Las sociedades extranjeras pueden estar representadas por el mandatario y/o representantes de su sucursal o por un tercero. El documento que acredite la adquisición de la personería jurídica deberá contar como mínimo con los siguientes datos: • Nombre o razón social completa del proponente • Tipo, número y fecha del documento de constitución o creación • Fecha y clase de documento por el cual se reconoce la personería jurídica • Duración de la entidad Cuando en el documento aportado que acredita la existencia y representación legal de la persona jurídica extranjera no cuente con toda la información requerida, podrán adjuntar una certificación del representante legal de la sociedad extranjera o en su defecto del mandatario de la sucursal con los datos que faltan, la cual se entiende formulada bajo la gravedad del juramento. Los documentos otorgados en el exterior deberán presentarse legalizados en la forma prevista en las normas vigentes sobre la materia. Si el proponente es un agente comercial de una sociedad extranjera, deberá tener domicilio en Colombia y presentar además un certificado expedido por la cámara de comercio respectiva en que conste que tiene facultades o poderes suficientes para ello, derivados del contrato de agencia. Si el proponente es una persona jurídica extranjera que no tiene representación legal en Colombia, la propuesta deberá ser presentada por un apoderado o representante, cuyo poder deberá ser conferido y constituido para este efecto, con la obligación de mantener dicho apoderado como mínimo por el término de ejecución del contrato y un (1) año más. En este caso los documentos anteriormente citados deben corresponder al representado. El certificado deberá contener fecha de expedición no mayor a treinta (30) días anteriores a la fecha límite de entrega de las ofertas.

. e) Las personas jurídicas extranjeras deberán allegar los documentos que acrediten su existencia y representación legal y acreditar en el país un apoderado domiciliado en Colombia

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debidamente facultado para presentar la propuesta y celebrar el contrato, así como para representarlas judicial y extrajudicialmente. Si el proponente es un agente comercial de una sociedad extranjera, deberá tener domicilio en Colombia y presentar además un certificado expedido por la cámara de comercio respectiva en que conste que tiene facultades o poderes suficientes para ello, derivados del contrato de agencia. f) Si el proponente es una persona jurídica extranjera que no tiene representación legal en Colombia, la propuesta deberá ser presentada por un apoderado o representante, cuyo poder deberá ser conferido y constituido para este efecto, con la obligación de mantener dicho apoderado como mínimo por el término de ejecución del contrato y un (1) año más. En este caso los documentos anteriormente citados deben corresponder al representado. Las personas jurídicas deberán allegar el original del Certificado de Matricula Mercantil de la persona jurídica, expedido por la Cámara de Comercio respectiva o por la entidad equivalente, dentro de los treinta (30) días calendario anterior a la fecha máxima para presentar propuestas. Tanto el proponente como sus establecimientos de comercio deberán encontrarse libre de embargos. Los documentos otorgados en el exterior deberán presentarse legalizados en la forma prevista en las normas vigentes sobre la materia (Apostille, Consularización) g) Cuando se trate de Consorcio o Uniones Temporales debe acompañarse con la propuesta:

Documento de constitución de consorcio o unión temporal en los términos señalados en el Artículo 7º de la Ley 80 de 1993 y sus Decretos reglamentarios, el cual debe estar suscrito por todos los miembros que lo conformen.

Original del certificado de existencia y representación legal de cada uno de sus miembros en caso de tratarse de personas jurídicas, expedido por la respectiva cámara de comercio, con una antelación no mayor a treinta (30) días calendario a la fecha límite para presentar propuestas. En caso de que el Consorcio o la Unión Temporal este integrado por personas naturales, se adjuntará el certificado de matrícula expedido por la cámara de comercio correspondiente con una antelación no mayor a treinta (30) días calendario, de cada uno de sus miembros. Los Consorcios o Uniones Temporales, deberán presentar documento de constitución.

Para las Uniones Temporales, deberán señalar los términos y extensión de la participación en la propuesta y en la ejecución del contrato.

.

h) Cumplimiento del pago de aportes al Sistema Integral de Seguridad Social y Parafiscales. Para que su propuesta sea admisible, en caso de ser empleador con contratos de trabajo sometidos a ley colombiana, el Proponente deberá acreditar que está en situación de cumplimiento en relación con el pago de giros y aportes al Sistema de Seguridad Social y parafiscales. Para acreditar el cumplimiento de este requisito:

Las personas naturales Proponentes, en caso de ser empleadores con contratos de trabajo sometidos a ley colombiana, deberán expresar en la carta de presentación de la propuesta o en cualquier otro aparte de ésta si se encuentran en situación de cumplimiento en este aspecto.

Si se trata de personas naturales independientes sin empleados a su cargo,

deberán acreditar con los documentos que correspondan que se encuentran al día en el pago de sus aportes al sistema de seguridad social, a la fecha de cierre de la Selección.

Las personas jurídicas Proponentes o integrantes de una unión temporal o consorcio, en caso de ser empleadores con contratos de trabajo sometidos a ley colombiana, deberán expresar en la carta de presentación de la propuesta o en

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cualquier otro aparte de ésta si se encuentran en situación de cumplimiento en este aspecto.

En todo caso, para acreditar el cumplimiento de este requisito aportarán certificación expedida por su revisor fiscal o por su representante legal (en el evento en que no tengan obligación legal de tener revisor fiscal), en la que conste que se encuentran en situación de cumplimiento en materia de pago de giros y aportes al sistema de seguridad social y parafiscales, por concepto de sus empleados con contrato laboral sometido a ley colombiana, a la fecha de cierre de la Selección Abreviada.

Si a la fecha de Cierre de la Licitación Pública el Proponente o alguno de los integrantes de uniones temporales o consorcios no esté en situación de cumplimiento en relación con este requisito, por concepto del personal con el que tenga contratos laborales sometidos a ley colombiana, la propuesta será inadmisible.

La ausencia de la documentación soporte que acredite que el Proponente está en situación de cumplimiento en este aspecto de evaluación. i) Certificado de Responsabilidad Fiscal: De conformidad con lo establecido en la Circular No. 005 del 25 de Febrero de 2008, expedida por la Contraloría General de la República, la entidad verificará directamente a través de la pagina web www.contraloriagen.gov.co el cumplimiento de este requisito, de lo cual se dejará constancia por parte del Comité Jurídico de la entidad. Las personas extranjeras deberán anexar el documento equivalente según país de

origen.

j) Certificado de antecedentes disciplinarios expedido por la Procuraduría General de la Nación vigente tanto de la persona natural y/o jurídica como la del representante legal. . Las

personas extranjeras deberán anexar el documento equivalente según país de origen.

k) Garantía de Seriedad de la Propuesta: Para responder por la seriedad de la propuesta, el oferente deberá constituir, a favor del DEPARTAMENTO ARCHIPIÈLAGO DE SAN ANDRÈS, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA, una garantía consistente en una póliza expedida por una compañía de seguros legalmente autorizada para funcionar en Colombia o una garantía bancaria, en caso que la garantía sea bancaria, esta deberá ser emitida por un Banco local acreditado por la Superintendencia Bancaria. que cumpla con los siguientes requisitos:

• Beneficiario: DEPARTAMENTO ARCHIPIÉLAGO DE SAN ANDRES PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA.

• Número y objeto del proceso de selección. • Identificación del oferente. • Valor asegurado: Mínimo por el 10 % del valor oficial estimado y/o de la

propuesta inicial. • Vigencia de la póliza: cuarenta y cinco (45) días (su vigencia se extenderá

desde el momento de presentación de la oferta hasta la aprobación de la garantía que ampara los riesgos propios de la etapa contractual- articulo 5.1.7.1 del decreto 734 de 2012)

Al proponente se le hará efectiva la garantía de seriedad de su propuesta cuando: • Solicite el retiro de su propuesta después del cierre de la selección abreviada por

subasta inversa, salvo en caso de inhabilidad o incompatibilidad sobrevinientes. • Cuando al serle adjudicado el contrato no proceda a su firma dentro del plazo

estipulado en el Art. 30, numeral 12, de la Ley 80 de 1993. • Cuando el oferente hubiere presentado documentos falsos o se halle incurso en las

causales de inhabilidad o incompatibilidad señaladas por el Art. 8 de la Ley 80 de 1993.

• No amplíe la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el término previsto en los pliegos para la adjudicación del contrato se prorrogue o cuando el término previsto para la suscripción del contrato se prorrogue, siempre y cuando esas prórrogas no excedan un término de tres meses.

• La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado, de la garantía de cumplimiento exigida por la entidad para amparar el incumplimiento de las obligaciones del contrato.

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• El haber manifestado ser Mipyme para limitar la convocatoria de un proceso contractual sin cumplir los requisitos establecidos en la normativa para tener tal condición.

Nota: cuando el ofrecimiento sea presentado por un proponente plural bajo la figura de unión temporal o consorcio o promesa de sociedad futura, la garantía deberá ser otorgada por todos los integrantes del proponente plural. Parágrafo del articulo 5.1.2 del decreto 734 de 2012. Si la garantía no se constituye por el monto mínimo requerido o su vigencia resulta insuficiente o no se incluye el objeto descrito en el presente pliego de condiciones, el Departamento, dentro del término de evaluación de los requisitos Habilitantes, requerirá por escrito al oferente para que dentro del plazo establecido, presente el documento aclarado; si el oferente no lo presenta oportunamente y en la forma debida, esta será descartada l) Copia del RUT. m) Certificado de antecedentes judiciales del representante legal o de la persona natural vigente. n) Registro Único de Proponentes (RUP). Cada Proponente o integrante del Proponente, sea persona natural, jurídica, consorcio o unión temporal, deberá allegar el Registro Único de Proponentes expedido por la Cámara de Comercio respectiva, el cual debe estar vigente y en firme, a efectos de verificar, además de los requisitos habilitantes asociados a la capacidad jurídica, la capacidad financiera, y la capacidad residual de contratación, su clasificación, en los términos establecidos en el presente proceso de selección. Para este proceso, el proponente deberá encontrase clasificado en las siguientes actividades,

especialidades y grupos, según corresponda, mientras las Cámaras de Comercio actualicen sus herramientas tecnológicas para aplicar lo determinado en el decreto 734 de 2012 en cuanto el RUP, lo anterior de conformidad con el articulo 6.4.6 del mencionado decreto.

ACTIVIDAD 03 ESPECIALIDAD 33 GRUPO 01 Y 02

PROVEEDORES SISTEMAS DE INFORMACION Y

TECNOLOGÍA DE INFORMACION

GRUPO 1 EQUIPOS DE COMPUTO Y PROCESAMIENTO DE DATOS. GRUPO2: EQUPOS DE COMUNICACIONES

Para el caso de consorcios o uniones temporales, todos los integrantes deberán estar inscritos en el RUP, y por lo menos uno de los integrantes deberá estar clasificado y calificado en la actividad, especialidad y grupos y cual deberá estar vigente y en firme a la fecha del cierre del presente proceso.

2.2.2. INFORMACION DE TIPO FINANCIERA, EXPERIENCIA Y ORGANIZACIONAL OBJETO DE

VERIFICACION: TOMADO DEL REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES (RUP) VIGENTE Y EN FIRME.

2.2.2.1 Experiencia Probable objeto de verificación: La Experiencia Probable (E) se determinará para las personas jurídicas por el tiempo durante el cual han ejercido su actividad de proveedor después de haber adquirido la personería jurídica y para las personas naturales se determinará por el tiempo que hayan desarrollado la actividad contado desde la fecha del contrato más antiguo. El proponente que acredite mediante el RUP, una Experiencia probable Igual o Superior a DOS (2) Años, este factor se evaluará como CUMPLE. 2.2.3 CAPACIDAD FINANCIERA (CF) OBJETO DE VERIFICACIÓN: La Capacidad financiera (Cf) se establecerá con base en el RUP, en su balance general con corte al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior, contados a partir del momento de la inscripción, última renovación, modificación o actualización del mismo, o balance de apertura si es persona jurídica nueva o persona natural que haya iniciado operaciones en el último año. Para efectos de actualización se podrá tener en cuenta un balance intermedio.

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Los requisitos financieros no serán objeto de puntuación, se tendrán como CUMPLE O NO CUMPLE y para acreditar la capacidad financiera, el proponente deberá cumplir con los requisitos mínimos de Patrimonio, Liquidez, y Endeudamiento, la verificación de cumplimiento de la capacidad financiera, no tiene ponderación, se estudiará la información al momento de la presentación de la propuesta y antes de la adjudicación, con el fin de verificar el cumplimiento de los requisitos mínimos exigidos en el presente pliego y de acuerdo con lo siguiente parámetros. . 2.2.3 1 PATRIMONIO El patrimonio permite conocer la participación del proponente en el total de Activos. El proponente que acredite mediante el RUP, un Patrimonio: Mayor ó igual a 500 SMMLV de la presente Selección. En la evaluación financiera de este factor, se evaluará como CUMPLE. 2.2.3.2 INDICE DE LIQUIDEZ Permite establecer la cuantía del activo disponible que soporta las obligaciones a corto plazo. El proponente que acredite mediante el RUP, y de acuerdo con la formula Activo Corriente/Pasivo corriente, Un índice de liquidez igual o superior a 2 veces. En la evaluación financiera de este factor, se evaluará como CUMPLE. 2.2.3.3 NIVEL DE ENDEUDAMIENTO Define el porcentaje que representa el compromiso con terceros, garantizando en el Activo tal Monetario. El proponente que acredite mediante el RUP, y de acuerdo con la formula Pasivo Total/Activo Total, Un Nivel de Endeudamiento menor o igual 60%. En la evaluación financiera de este factor, se evaluará como CUMPLE. 2.2.3.4 CAPITAL DE TRABAJO Capital de Trabajo = 0.5*(Po1/(N+1)) Donde, Po = Presupuesto Oficial N = Número de meses a ejecutar la compraventa. (En caso de estar expreso en días se hace la conversión a meses). Si el proponente es un Consorcio o Unión Temporal, para el cálculo de este criterio, el capital de trabajo se determinará con la sumatoria de los capitales de trabajo de cada miembro en el consorcio o la unión temporal. Aplicando así la fórmula anterior. Los Comité Técnico y Económico efectuarán dentro de su respectivo informe la evaluación de las ofertas y la respectiva ponderación, presentándole al Comité de Contratación Asesor un orden de elegibilidad. 2.2.4 Capacidad de organización (Co) Propuestas con (Co) superior a una (1) vez el 70% del valor del presupuesto oficial, expresado en SMMLV, al momento de cierre. Para verificar el cumplimiento se tomará la información que aparezca en el RUP. 2.2.5 Capacidad Máxima de Contratación (K) tomado del RUP. El proponente debe tener una Capacidad máxima de contratación (K) igual o Superior al Presupuesto Oficial (Po) o a 549 SMLMV. 2.2.6. CERTIFICACIONES

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El proponente deberá relacionar y acreditar experiencia en la venta y distribución de software y hardware y relacionados en la ficha técnica, experiencia que deberá haberse adquirido dentro de los últimos Cinco (5) años anteriores a la fecha del cierre del proceso de licitación, con máximo cinco (5) contratos ejecutados o en ejecución junto a sus respectivas certificaciones de cumplimiento y cuya sumatoria sea igual o superior al valor del presupuesto asignado. Estas deberán ser expedidas con antelación no mayor a Tres (3) meses, contados a partir de la fecha de presentación de la oferta. Sólo se tendrá en cuenta la experiencia que se encuentre debidamente soportada, para lo cual se requiere que el proponente acompañe su propuesta con las certificaciones escritas de cada uno de los contratos que pretenda acreditar, suscritas por el funcionario autorizado de la entidad contratante en donde conste, el plazo, fechas de iniciación y terminación, el valor, el objeto del contrato y cumplimiento a la fecha de certificación y copia de los respectivos contratos. Las certificaciones de experiencia deberán reunir los siguientes requisitos:

Nombre o razón social del contratante.

Nombre o razón social del contratista.

Objeto del contrato.

Contratos cumplidos (para lo cual se debe tener como mínimo fecha de inicio y fecha de terminación) o en ejecución.

Valor del contrato.

La certificación debe estar debidamente suscrita por quien la expide.

En caso que la certificación sea expedida a un consorcio o unión temporal, en la misma debe identificarse el porcentaje de participación de cada uno de sus integrantes.

Si la certificación incluye varios contratos, se debe identificar en forma precisa si son contratos adicionales al principal o son contratos nuevos.

Para los contratos ejecutados o ejecución en Consorcio o Unión Temporal, se aceptará el CIEN POR CIENTO (100 %) del valor del contrato para cada uno de los Asociados, sin importar su porcentaje de participación.

2.3 Especificaciones Técnicas Mínimas. Las exigencias y requisitos mínimos de carácter técnico que deberá cumplir el Proponente están contenidos en el ANEXO 1 CARACTERÍSTICAS FICHATÉCNICA del presente pliego de condiciones por lo cual es el proponente deberá diligenciar el ANEXO 2 OFERTA TECNICA y ser firmado por el Representante Legal.

CAPÍTULO III 3.1 CIERRE DEL PROCESO Y APERTURA DE LAS PROPUESTAS Antes de dar inicio a la diligencia de cierre (que se realizará en la fecha y hora señalada en el numeral 1.12 del Pliego), se tendrá en cuenta la hora legal de la Gobernación del Departamental, la cual está dispuesta en la página Web de la entidad. www.sanandres.gov.co. En acto público que se realizará en la Secretaria de Servicios Administrativos, ubicada en la Avenida Francisco Newball No 6-30 segundo piso, se procederá al cierre del proceso y la apertura del Sobre No. 1 que contiene los originales de la propuestas con los documentos habilitantes. De dicha diligencia se levantará acta en la cual se relacionarán, entre otros datos: Nombre y/o razón social de los proponentes. Número de folios que componen cada una de las propuestas. Modificaciones a las propuestas. La existencia u omisión de la garantía. Los sobres No. 2 y 3 que deben contener las copias de los documentos habilitantes. La existencia del sobre No. 4, que debe contener la Oferta inicial de precio. Las propuestas deberán ser presentadas por escrito en cuatro (4) sobres debidamente sellados e identificados y de la siguiente manera:

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Un (1) sobre contentivo del original de la propuesta, la documentación jurídica y financiera y la totalidad de los documentos señalados en el numeral 2.2 del capítulo II del presente pliego. A este sobre se le denominará “ORIGINAL”;

Dos (2) sobres con las copias de los documentos relacionados en el primer sobre. A estos sobres se les denominará “COPIAS”; y

Un (1) sobre el cual se denominara “OFERTA INICIAL DE PRECIO” en el que se

incluirá la oferta inicial de precio únicamente para la totalidad de los elementos descritos en la ficha técnica, en original. (de conformidad con el Anexo 3), el cual solo se abrirá al inicio de la audiencia pública de subasta inversa.

Todos los documentos deben ser legibles, deben estar foliados en orden consecutivo ascendente, sin incluir hojas en blanco y los sobres 1, 2 y 3 deben tener idéntico contenido, incluyendo en cada ejemplar todos los documentos y requisitos exigidos en el pliego de condiciones. En todo caso se dejará constancia del retiro de las propuestas y cualquier otro aspecto que La Entidad considere apropiado, así como de las propuestas que hubieren llegado después de la fecha y hora de cierre del proceso, las que serán devueltas en el acto, sin abrir, consideradas como no presentadas y rechazadas de plano. Esta acta será suscrita por los funcionarios designados para el efecto y los proponentes o sus delegados que se encuentren presentes. No se aceptarán propuestas presentadas en otro lugar distinto al señalado o las que por cualquier causa lleguen con posterioridad a la fecha y hora señaladas para el cierre del proceso. 3.2. Las propuestas deberán presentarse en idioma español y su valor deberá expresarse en pesos colombianos, sin inclusión del IVA en virtud de las normas especiales que sobre el particular rigen en el Departamento Archipiélago. 3.3. Serán de cargo de los oferentes todos los costos asociados con la preparación y presentación de su propuesta, por tal motivo LA GOBERNACIÒN DEL DEPARTAMENTO ARCHIPIÈLAGO DE SAN ANDRÈS PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA en ningún caso será responsable de los mismos. 3.4 No se aceptarán propuestas parciales, ni propuestas alternativas. NOTA: Para todos los efectos del presente proceso de selección, las horas indicadas en este pliego de condiciones, se determinan conforme a la hora legal de la República de Colombia. Para el efecto, se consultará el link “Hora Legal” de la página WEB de la entidad: www.sanandres.gov.co.

3.5 Adjudicación con oferta única: de presentarse una sola propuesta, la entidad podrá adjudicar el contrato siempre y cuando esta cumpla con los requisitos habilitantes exigidos, y siempre que la misma satisfaga los requerimientos contenidos en el pliego de condiciones Lo anterior de conformidad con el articulo 8.1.12 del decreto 734 de 2012.

CAPÍTULO IV

CAUSALES DE RECHAZO DE LA PROPUESTA Toda propuesta que presente alguna de las irregularidades que se indican a continuación, será RECHAZADA dejando constancia de ello en el informe respectivo. 4.1. Presentación extemporánea de la propuesta. 4.2. Cuando el proponente o cualquiera de los integrantes del consorcio o unión temporal, se encuentre incurso en alguna de las inhabilidades o incompatibilidades consagradas en la Constitución Nacional o la ley.

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4.3. Cuando la propuesta económica OFERTA INICIAL DE PRECIOS, supere los valores tope unitario y el valor total de la sumatoria de dichos valores unitarios. 4.4. Cuando la propuesta no cumpla con el objeto del presente proceso de selección abreviada de por subasta señalado en el numeral 1.1. Del capítulo I del pliego de condiciones. 4.5. Cuando existan dos o más ofertas hechas por el mismo proponente bajo el mismo nombre o con nombres distintos. 4.6. La no presentación de la propuesta económica. 4.7 Cuando el oferente dentro del término señalado en el presente pliego de condiciones, no subsane los documentos requeridos por la Entidad. 4.8. Cuando se compruebe dentro del proceso de selección, que la información y documentos que hacen parte de la propuesta, no son veraces, es decir, no corresponden a la realidad de lo afirmado por el proponente. 4.9. Cuando el oferente no presente Garantía de Seriedad de la Propuesta. 4.10. Cuando el oferente no presente la oferta técnica anexo 2 u omita un Ítem requerido. 4.11. Cuando la entidad abra los sobres y el proponente no haya incluido el valor del precio unitario de un ítem, en el Anexo No. 3 OFERTA INICIAL DE PRECIO, o no ofrezca alguno de los bienes a adquirir. 4.12. Cuando se compruebe la existencia de embargos o medidas cautelares proferidas por autoridad competente

4.13. Cuando el proponente presente propuesta parciales o alternativas. 4.14. Cuando el proponente no tenga la capacidad para participar, ofertar y contratar en el proceso

CAPITULO V

REGLAS PARA LA VERIFICACION DE REQUISITOS HABILITANTES Y DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS

5.1. Evaluación de las propuestas y solicitud de aclaraciones. Una vez cerrado el proceso y dentro del término establecido en el numeral 1.11 del pliego de condiciones, La Entidad realizará la verificación de los requisitos jurídicos, financieros habilitantes señalados en el numeral 2.2. Del presente pliego de condiciones. La verificación de los requisitos habilitantes de las propuestas formalmente presentadas, se efectuará por el comité evaluador que para tal efecto tenga designado la entidad, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al vencimiento del plazo para presentar propuestas en la fecha y hora señaladas el numeral 1.12 (Cronograma del proceso de selección) del presente pliego de condiciones. 5.2. Verificación de requisitos habilitantes: De conformidad con el artículo 2.2.8 del Decreto 734 de 2012 lo sustancial prima sobre lo formal, razón por la cual, no serán rechazadas las propuestas presentadas por la ausencia o la falta de los documentos señalados en el numeral 2.2 del presente pliego de condiciones que verifiquen las condiciones del oferente o soporten el contenido de la oferta. En consecuencia, una vez los oferentes presenten sus ofertas dentro del plazo establecido en el numeral 1.12, (cronograma del proceso) la entidad procederá a verificar que los

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oferentes alleguen todos los documentos señalados en el numeral 2.2. Del presente pliego de condiciones. 5.3 Termino para Subsanar Requisitos Habilitantes De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.2.1.1.5 del Decreto 734 de 2012, los proponentes que de acuerdo al informe de verificación no se consideren habilitados, se les concederá un plazo, de acuerdo con la cronología de este proceso, para que subsanen la ausencia de requisitos o la falta de documentos habilitantes, de lo contrario, la propuesta será rechazada definitivamente. de conformidad con el inciso tercero del artículo 2.2.8 del Decreto 734 de 2012. En desarrollo de lo establecido en dichos artículos, la entidad dentro del plazo de verificación y evaluación de las propuestas, le solicitará a los proponentes que en el término que se le fije en el cronograma del proceso, realice las aclaraciones, precisiones y/o allegue los documentos que se le requieran en relación con el proponente o la futura contratación, sin que con ello se pretenda adicionar, modificar o completar lo insubsanable, de conformidad Concepto 1992 de Mayo 20 de 2010 de la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado. Los oferentes no podrán subsanar los asuntos relacionados con la falta de capacidad jurídica, financiera y técnica, razón por la cual, la entidad procederá a hacer el correspondiente análisis para determinar si el proponente es hábil o no para participar en el proceso. Así mismo, el oferente deberá cumplir con los siguientes aspectos: 5.4 Capacidad Jurídica Para la capacidad jurídica se analizarán y evaluaran los requisitos esenciales de orden legal exigidos a los proponentes y establecidos en el pliego de condiciones en el numeral 2.2., su incumplimiento acarreará la INADMISION JURIDICA de la propuesta. 5.5 Capacidad Financiera Se analizarán y evaluaran los requisitos esenciales de orden Financiero exigidos a los proponentes y establecidos en el pliego de condiciones en el numeral 2.2.3, su incumplimiento acarreará la INADMISION FINANCIERA de la propuesta. A esta evaluación no se le asignará puntaje, su resultado será de ADMITIDO O NO ADMITIDO. 5.6 Capacidad Técnica Se analizarán y evaluaran los requisitos Técnicos mínimos exigidos a los proponentes y establecidos en el pliego de condiciones en el numeral 2.2.6, su incumplimiento acarreará la INADMISION TECNICA de la propuesta. 5.7. Verificación capacidad técnica y operativa: La evaluación técnica permitirá verificar que la información suministrada en la propuesta corresponda como mínimo a lo solicitado en el capítulo II del presente pliego de condiciones. 5.8 Aclaraciones La Entidad podrá solicitar por escrito aclaraciones sobre puntos dudosos de las propuestas, sin que por ello puedan los proponentes adicionarlas o modificarlas.

CAPITULO VI 6.1 PROCEDIMIENTO PARA LA PRÁCTICA DE AUDIENCIA EN SUBASTA INVERSA Luego de verificados y subsanados los requisitos habilitantes, si a ello hubiere lugar, la entidad procederá a llevar a cabo la audiencia de subasta inversa en la fecha señalada en el presente pliego de condiciones, con los oferentes que hayan resultado habilitados para participar en la respectiva audiencia.

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Para que una subasta pueda llevarse a cabo en los términos del decreto 734 de 2012, deberán resultar habilitados para presentar lances de precios por lo menos dos (2) proponentes.

Si no se presentara ningún proponente habilitado para participar en la subasta, la entidad ampliará el plazo para la presentación de los documentos habilitantes y la oferta inicial de precio, por el término indicado en los pliegos de condiciones en los términos establecidos en el inciso 4 del articulo 3.2.1.1.5° del decreto 734 de 2012 6.2 ADJUDICACIÓN DE LA SELECCIÓN ABREVIADA. La adjudicación se efectuará mediante Audiencia Pública de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 1150 de 2007, en concordancia con el deber de selección objetiva, esto es, escogiendo la propuesta más favorable para la ADMINISTRACION, y a los fines que la misma persigue, sin tener en consideración factores de afecto o interés, ni motivación subjetiva alguna, conforme a lo establecido en el artículo 5 de la Ley 1150 de 2007 y normas concordantes. La mecánica de la audiencia de adjudicación, en todo caso se realizará conforme a las reglas establecidas en el artículo 3.2.1.1.8 del Decreto 0734 de 2012. Modalidad de Subasta Presencial La Subasta inversa se hará de manera presencial, por lo cual los lances de presentación de las propuestas durante esta se harán con la presencia física de los proponentes y por escrito; en razón a ello, deberán concurrir personalmente o autorizar suficientemente a un tercero que los represente, pero las decisiones tomadas por este obligan íntegramente a los proponentes haciéndose responsables de las actuaciones efectuadas por su representante. Quienes pueden asistir a la audiencia Podrá asistir a la audiencia pública cualquier persona interesada, pero solamente podrán realizar lances a la propuesta inicial los proponentes, ya sean personas naturales o el representante legal cuando se trate de personas jurídicas o de Consorcios o Uniones Temporales. Si el proponente o su representante legal no pudiere asistir a la audiencia de subasta, deberá anexar en el sobre No. 1 el poder debidamente conferido donde otorgue a la persona que lo representará en dicha audiencia la facultad expresa de realizar los lances de mejora de la oferta inicial, o con antelación enviar el poder al Grupo Gestión Precontractual. En caso de no asistencia del proponente o su apoderado en las condiciones aquí previstas se tendrá como válida la propuesta inicial de precio por él presentada. Márgenes de Diferencia entre Ofertas Durante la celebración de la audiencia de subasta inversa, los proponentes no podrán presentar lances de oferta inferiores al uno por ciento (1%) del menor precio inicialmente ofertado, el cual corresponderá a aquel que resulte luego de que la entidad abra los sobres con las ofertas iníciales de precio.

6.3 Procedimiento de subasta inversa presencial.

En la fecha y hora señalada en el cronograma de actividades, se celebrará la audiencia pública de subasta inversa presencial, teniendo en cuenta las siguientes reglas básicas de procedimiento: a. Se procederá a la apertura de los sobres contentivos de las ofertas iníciales de precio de los proponentes habilitados y a la verificación del contenido del Sobre No. 4 con el ANEXO No. 3 “OFERTA INICIAL DE PRECIO” de cada una de ellas de conformidad con las siguientes reglas: - Se verificará que cada una de las casillas correspondientes al valor unitario por Ítem se encuentre diligenciada con la oferta inicial de precio respectiva.

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- Se verificará que la casilla destinada para consignar el valor total de la oferta inicial de precio se encuentre diligenciada. De no ser así, tal valor se obtendrá con la sumatoria de los valores consignados en las casillas correspondientes al valor por Ítem o de los que hayan sido objeto de corrección. - Se verificará que el valor total de la oferta inicial de precio o el corregido no sea superior al presupuesto oficial estimado o al valor unitario tope de cualquiera de los ítems requeridos por la entidad, so pena de su rechazo. b. La Entidad comunicará a los participantes en la audiencia, únicamente, cuál fue la menor propuesta. c. Entre los proponentes habilitados se verificará que sus representantes cuenten con las debidas facultades para realizar los lances dentro del procedimiento de subasta inversa presencial. En caso de que el representante legal de la persona jurídica proponente o el representante del consorcio o la unión temporal no pueda asistir a la subasta, podrá delegar, mediante poder con presentación personal ante notaria del otorgante y siempre que sus facultades se lo permitan, la representación para realizar los lances en la audiencia y, por tanto, comprometer jurídicamente al proponente por un valor menor al presentado en la oferta inicial de precio. d. Entre los proponentes habilitados y cuya oferta inicial de precio no haya sido rechazada como resultado de las verificaciones antes indicadas, se distribuirán los sobres y formularios que deberán ser utilizados por ellos para la presentación de sus ofertas de precio — en adelante lances —. En dichos formularios se deberá consignar el valor del lance en la ronda que corresponda, o la expresión clara e inequívoca de que no se hará ningún lance de mejora de precio. e. A continuación se dará inició a la subasta inversa, la cual se sujetará a las siguientes reglas:

La subasta inversa se desarrollara mediante rondas donde la entidad otorgará a los

proponentes un término común de Dos (02) minutos por cada ronda o menos cuando los oferentes tengan listos sus lances, para que estos mejoren la menor de las ofertas iníciales de precio, el cual no podrá ser inferior al 1% del valor total de los precios unitarios. Para buscar agilidad y orden de la subasta, los lances se harán sobre el valor total de los valores unitarios de la propuesta presentada y se entiende que cada ítem se disminuye a prorrata en el porcentaje de los lances realizados.

Los proponentes harán sus lances utilizando los sobres y los formularios suministrados.

Se consideran lances válidos aquellos presentados en los sobres y formularios suministrados debidamente diligenciados dentro del término establecido para cada una de las rondas, observen el margen mínimo de mejora señalado por la entidad.

La primera ronda tendrá como base la propuesta de menor valor resultado de la sumatoria de todos los valores unitarios de los ítems solicitados por la entidad, presentada en la oferta inicial de precio de los proponentes habilitados y que hayan superado la verificación efectuada por la entidad. Las rondas siguientes tendrán como menor valor el lance con el menor precio ofrecido en la ronda inmediatamente anterior.

El valor de los lances deberá presentarse en números enteros por lo tanto la entidad no aceptará ni tendrá en cuenta decimales ni hará ningún tipo de aproximación.

Cuando un proponente, en cualquiera de las rondas, no presente lance o el presentado no sea válido, se considerará que desiste de participar en la subasta y se tendrá como su oferta final de precio, para efectos de la recomendación de adjudicación, el menor valor que haya ofrecido.

En cada ronda el proponente podrá efectuar un solo lance. Todo ofrecimiento posterior válido anula el anterior efectuado por el mismo

proponente, de tal forma que al final de la subasta inversa la única propuesta que se toma de cada proponente se constituirá como la propuesta económica definitiva.

Sólo serán válidos los lances que superen el margen mínimo establecido. En el evento en que un proponente no haga lances de precio dentro del tiempo que se

ha establecido para hacer los mismos, se entenderá que el último ofrecimiento válido es su propuesta económica definitiva.

La Secretaria de Servicios Administrativos registrará los lances válidos y los ordenará descendentemente. Con base en este orden, dará a conocer únicamente el menor precio ofertado.

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En el caso que el proponente no diligencie el formulario y/o lo diligencie de forma incompleta y/o no lo suscriba en debida forma, que suministre la entidad para realizar los lances o exprese de manera clara e inequívoca que no se hará ningún lance que mejore los precios ofertados, se tomará como su propuesta económica la última oferta realizada de manera válida y no podrá seguir participando en el proceso de subasta inversa.

Los valores de las ofertas económicas que se registren en los formularios dispuestos para el efecto no deben tener tachaduras. En el evento en que se presenten cifras con tachaduras, el proponente debe anotar de nuevo la cifra que considere correcta y refrendarla con su firma.

En caso que no refrende la cifra se tendrá como un lance no válido y la entidad tomará como valor de la propuesta el último valor válidamente ofertado y el proponente no podrá continuar participando en el proceso de subasta.

En el evento en que un proponente habilitado no asista a la audiencia pública de subasta inversa, la entidad tomará como su propuesta económica definitiva la oferta económica inicial.

Una vez efectuada la apertura de las propuestas iniciales de precio de los proponentes habilitados, no se permitirá la participación de aquellos proponentes habilitados que no se encontraban en dicho momento, en este caso la entidad tomará como su propuesta económica definitiva la oferta económica inicial.

Cuando el comité evaluador considere que una propuesta es artificialmente baja, la entidad en la subasta adelantará el proceso establecido en el artículo 2.2.10 del Decreto 0734 de 2012.

Una vez Adjudicado el contrato, la entidad hará público el resultado del certamen incluyendo la identidad de los proponentes en la dirección electrónica www.contratos.gov.co y www.sanandres.gov.co de acuerdo con lo dispuesto en el parágrafo 2 del artículo 2.2.5 del Decreto 0734 de 2012.

f. Se realizarán tantas rondas cuantas fueren necesarias, hasta tanto se verifique una cualquiera de las siguientes situaciones:

Se agote el tiempo establecido para la ronda sin que se haya presentado ningún lance.

No se presente ningún lance válido en la ronda.

Sólo uno de los proponentes realice un lance válido en la ronda.

La audiencia se dará por terminada cuando el comité asesor y evaluador haga pública la ocurrencia de cualquiera de las situaciones señaladas en el literal anterior y recomendará la adjudicación del contrato al proponente que haya presentado el lance de menor valor durante el procedimiento de subasta inversa.

En el caso en que no se presente ningún lance en la primera ronda, la recomendación se realizará al proponente que haya presentado el menor valor en la oferta inicial de precio.

En caso de existir empate se adjudicará el contrato al que presentó la menor propuesta inicial presentada en la convocatoria. De persistir el empate, se desempatará por medio de sorteo de balotas.

g. Una vez expedida la resolución de adjudicación, a más tardar al día hábil siguiente a la expedición de esta, el contratista adjudicatario deberá presentar a la Secretaría, el ANEXO No.3 con los valores unitarios y totales ajustados al porcentaje y valor adjudicado. Así mismo se advierte a los proponentes que:

Durante la audiencia se prohíbe el uso de celulares o beepers o cualquier otro medio de comunicación. Por otra parte y solo para efectos de cálculo de los ofrecimientos económicos se permitirá el uso de computadores portátiles, calculadoras o cualquier otro dispositivo para tal finalidad.

Sólo los proponentes que se encuentren habilitados y debidamente representados podrán participar en la audiencia de subasta inversa.

En el evento en que solo un proponente habilitado se haga presente a la audiencia de subasta, se dará inicio a la misma con el proponente habilitado. Para ello se procederá a efectuar la apertura de la totalidad de las propuestas económicas de los proponentes habilitados y una vez verificadas aritméticamente se comunicará el menor precio de conformidad con lo señalado en el pliego de condiciones. Efectuado tal procedimiento la Secretaria de Servicios Administrativos entregará al proponente

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habilitado presente en la audiencia el formato de lance para que manifieste si mejora o no dicho valor, de conformidad con lo establecido en el articulo 3.2.1.1.5 del decreto 0734 de 2012 Para efectos de la negociación el proponente deberá tener en cuenta que el descuento mínimo para iniciar esta negociación no podrá ser inferior Uno por ciento (1%) de su ofrecimiento inicial.

Si fracasara la negociación, la entidad declarará desierto el proceso contractual, caso en el cual podrá reiniciarlo nuevamente en los términos previstos para este proceso de selección en el decreto 734 de 2102. En este caso, si se hubiere solicitado garantía de seriedad de los ofrecimientos, la misma no se hará efectiva por parte de la entidad estatal ni podrá ser utilizada en la negociación para obtener acuerdo alguno.

Cuando el comité evaluador considere que una propuesta es artificialmente baja, la entidad en la subasta adelantará el proceso establecido en el artículo 2.2.10 del Decreto 0734 de 2012. Para tal efecto el comité evaluador requerirá al proponente, representante legal o apoderado que ofertó el menor precio dentro de la subasta inversa para que justifique económica y financieramente la veracidad de su ofrecimiento, para ello el proponente podrá presentar los soportes justificativos en medio físico o magnético y realizará su explicación de manera verbal o escrita.

Una vez escuchadas las razones justificativas, el comité evaluador si así lo dispone podrá suspender la audiencia por el término que allí se señale para efectuar el análisis de la justificación económica y financiera de la menor oferta presentada frente a lo cual decidirá si se trata de una oferta artificialmente baja o no.

Cumplido lo anterior, el comité evaluador reanudará la audiencia y comunicará a los asistentes su decisión, caso en el cual si se determina que la oferta NO ES ARTIFICIALMENTE BAJA se continuará con el acto de adjudicación. Sí por el contrario el comité determina que de acuerdo con el artículo 2.2.10 del Decreto 0734 de 2012, sí la oferta ES ARTIFICIALMENTE BAJA se procederá a RECHAZAR LA PROPUESTA del proponente junto con las ofertas económicas efectuadas por éste en desarrollo de la audiencia.

Acto seguido la Entidad informará el menor precio ofertado dentro de la misma ronda o en su defecto en la anterior, caso en el cual no se tendrán en cuenta los ofrecimientos del proponente rechazado. De la misma forma se dará aplicación al procedimiento descrito en los numerales anteriores.

Cumplido lo anterior se dará por terminada la audiencia de Subasta Inversa y el adjudicatario deberá continuar con los trámites de perfeccionamiento y legalización del contrato, procedimiento descrito en el pliego de condiciones del presente proceso de selección.

NOTA: Los precios ofrecidos de los productos ofertados no tendrán reajuste alguno durante la ejecución del contrato, razón por la cual el proponente deberá prever cualquier incremento en sus costos que se pueda presentar durante la ejecución del contrato en esta vigencia.

6.4. Declaratoria de desierta: Que acorde a lo dispuesto en la ley 80 de 1993 la ley 1150 de 2007 el Proceso de Selección Abreviada por subasta Inversa Nº 012 de 2012, podrá ser declarado desierto cuando no sea posible garantizar el deber de selección objetiva, Cuando ninguna de las ofertas se ajuste al pliego de condiciones, cuando no se presente propuesta alguna o, en general, cuando falte voluntad de participación. En caso de declaratoria de desierta del presente proceso de selección, esta se hará mediante acto administrativo motivado donde se expresarán las razones que condujeron a esta decisión, y la entidad procederá de conformidad con el parágrafo 2 del artículo 3.2.1.1.5 del decreto 734 de 2012.

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CAPITULO VII

GENERALIDADES 7.1 Justificación Factores de selección Teniendo en cuenta la naturaleza jurídica del contrato que se va a celebrar, y conforme a lo expresado en el artículo 5 de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 88 de la ley 1474 de 2011 reglamentado por el articulo 2.2.9 Decreto 734 de 2102, ,el ofrecimiento más favorable corresponde a aquel que dé el menor precio a la entidad, es decir, que en este tipo de procesos de contratación se tendrá como único factor de selección el menor precio, siempre que cumpla con las condiciones técnicas. Los valores propuestos deberán contemplar todos los costos directos e indirectos en los cuales incurra para la correcta ejecución del suministro objeto de la presente contratación. Cualquier error u omisión no dará lugar a modificar el valor propuesto y el proponente favorecido deberá asumir los sobrecostos que esto le ocasione. En el momento de la elaboración de los mismos los posibles incrementos. 7.2. De la devolución de la garantía Al adjudicatario se le devolverá la garantía de seriedad de la propuesta, cuando esté perfeccionado el contrato. A los oferentes que ocupen el segundo (2º) y tercer (3er.) lugar, se les devolverá luego de perfeccionado el contrato que se adjudica y a los demás oferentes se les devolverán dentro de los cinco (5) días siguientes a la adjudicación. Si se declara desierto el proceso de selección abreviada, las propuestas y la garantía de seriedad de la propuesta se devolverán a cada oferente con la notificación escrita de este hecho. 7.3. Prórroga de la garantía La entidad se reserva la facultad, en caso de que el proponente favorecido no suscriba el contrato, de exigir a los oferentes clasificados en segundo (2do.) y tercer (3er.) lugar la prórroga de la vigencia de la garantía de seriedad de la propuesta, por un término de dos (2) meses más, contados a partir del día siguiente al vencimiento del primer plazo.

CAPITULO VIII

CONDICIONES DEL CONTRATO

El contrato que se suscriba con el oferente que resulte seleccionado al terminar el presente proceso de Selección Abreviada No. 019 de 2012, será un contrato de compraventa de conformidad con el objeto determinado en el presente pliego de condiciones. 8.1. Especificaciones Las condiciones, cláusulas especiales y demás información que se consigna en estos pliegos son parte integral del contrato, de acuerdo con las especificaciones que la entidad determine pactar. 8.2 Domicilio Para los efectos de este proceso de selección abreviada y del contrato derivado de él, se tendrá como domicilio la Isla de San Andrés, Colombia. 8.3. Valor y forma de pago El valor del contrato será aquel que resulte luego de la celebración de la subasta inversa de que trata el presente pliego de condiciones; para su cancelación, en el presupuesto asignado al DEPARTAMENTO, existe disponibilidad para atender el gasto, según certificado de disponibilidad presupuestal No 1023, 1032, 163, 1210 , 1223 y 1337de 2012 respectivamente, expedido por el Profesional Especializado Coordinador del Grupo de Presupuesto de la Secretaría de Hacienda de la Gobernación del Departamento.

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La entidad cancelará al contratista seleccionado el valor del contrato de la siguiente manera

Un 30% del valor del contrato a manera de anticipo, el cual se cancelará una vez legalizado el contrato que para el efecto se suscribirá, el cual será manejado en cuenta bancaria separada de conformidad con lo establecido en el Artículo 8.1.18 del Decreto 734 de 2012, y

El 70% del valor restante, una vez se reciba a satisfacción el objeto del contrato por parte

de la Secretaria de Servicios Administrativos (Almacén) y del profesional Universitario de la Secretaria de Infraestructura y Obras Publicas del Departamento Archipiélago.-

Los pagos del precio a que se alude en este numeral, al agotamiento de las diligencias administrativas legales y reglamentarias que regulan el proceso presupuestal. PARÁGRAFO PRIMERO. EL CONTRATISTA deberá acreditar el pago de los aportes establecidos en el Artículo 50 de la ley 789 de 2002, lo cual se hará mediante certificación expedida por el revisor fiscal, y demás normas que lo modifiquen, reglamentan o complementen. El contratista deberá anexar con la factura el certificado de pago de aportes al sistema de seguridad social y parafiscales, de lo contrario no se tramitará la respectiva factura. PARÁGRAFO SEGUNDO: El contratista deberá acreditar previo a cada pago, que respecto de sus obligaciones en materia laboral frente al personal utilizado para la ejecución del contrato, se encuentra al día a la fecha de presentación de la factura. 8.4. Adiciones: El contrato que se celebre se podrá adicionar de conformidad con lo establecido en el inciso 2 del parágrafo del artículo 40 de la Ley 80 de 1993. 8.5. Firma del contrato: El contrato que se celebre deberá suscribirse dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la adjudicación del respectivo contrato. 8.6. Régimen del contrato: El contrato que se celebre se sujetará a lo previsto en la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, y el Decreto reglamentario 734 de 2012. En lo no previsto en dichas normas, se aplicará lo establecido en el Código de Comercio. . 8.7 Distribución del Riesgo.

Los riesgos involucrados en el presente proceso son los establecidos en el numeral 7 en los estudios y documentos previos del presente pliego. 8.8. Perfeccionamiento del contrato: El contrato a celebrar quedará perfeccionado con el acuerdo entre las partes sobre el objeto y la contraprestación que se haya consignado por escrito de conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley 80 de 1993. 8.9. Requisitos para la ejecución del contrato: Una vez perfeccionado el contrato, la entidad procederá a realizar el correspondiente registro presupuestal y a aprobar la garantía única de cumplimiento del contrato. El contratista, para la ejecución del contrato, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 41 de la Ley 80 de 1993 modificado por el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007, deberá allegar lo siguiente: Garantía Única que ampara los siguientes riesgos:

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Cumplimiento del contrato, pago de multas, cláusula penal pecuniaria y demás sanciones, deberá ser equivalente al 10% del valor total del contrato, con una vigencia igual al plazo del mismo y cuatro (4) meses más.

Buena calidad de los bienes a suministrar: La garantía de buena calidad del bien

debe ser equivalente al 50% del valor total del contrato con una vigencia igual al plazo del mismo y seis (6) meses más.

Buen manejo y correcta inversión del anticipo: Deberá garantizar el buen manejo y correcta inversión del anticipo, en cuantía del 100% del valor del anticipo por el término del contrato y cuatro (4) meses más.

8.9.1. El contratista deberá efectuar, si a ello hubiere lugar, el pago del respectivo impuesto de timbre. 8.10. Obligaciones del contratista: El contratista se obligará a cumplir las obligaciones señaladas en la cláusula Décima cuarta del modelo minuta de contrato - Anexo No. 5 del presente pliego de condiciones.

Secretaria de Servicios Administrativos ANEXO 1 ESPECIFICACIONES Y FICHA TECNICA (FUERA DEL PLIEGO) ANEXO 2 (OFERTA TECNICA) (FUERA DEL PLIEGO). ANEXO 3 (OFERTA INICIAL DE PRECIO (FUERA DEL PLIEGO). ANEXO 4 CARTA DE PRESENTACION DE LA PROPUESTA AL FINAL DEL PLIEGO ANEXO 5 MINUTA DEL CONTRATO AL FINAL DEL PLIEGO

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ANEXO 4

CARTA DE PRESENTACION DE LA PROPUESTA San Andrés Isla_______________________ de 2012 Señores SECRETARIA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS Departamento de San Andrés, Providencia y Santa Catalina REFERENCIA: Presentación Propuesta - Selección Abreviada por Subasta Inversa Presencial No. 019 de 2012 El suscrito_______________, en nombre de___________________de acuerdo con los pliegos de condiciones de la referencia, hago presentación de los siguientes documentos habilitantes, para participar en el proceso precontractual No. 019, Compra de Equipos informáticos, software y comunicaciones con destino a las diferentes dependencias de la Gobernación del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, de acuerdo con las especificaciones y características técnicas contempladas en el ANEXO 1 Denominado Ficha Técnica del presente pliego de condiciones, y en caso de que me sea adjudicado el contrato, me comprometo a suscribirlo y perfeccionarlo oportunamente, esto es, en los términos señalados por la Administración y a cumplir con todas las obligaciones señaladas en los pliegos de condiciones. Declaro así mismo: Que he tomado nota cuidadosa de las condiciones y acepto todos los requisitos contenidos en los términos de referencia. Que no me encuentro incurso en ninguna de las inhabilidades e incompatibilidades consagradas en las Leyes. Que conozco las disposiciones legales que rigen los términos de referencia. Plazo de Ejecución Propuesto: _____________________________ No. de la póliza de Seriedad de la Propuesta: _____________________________ Nombre completo del proponente _____________________________ Nombre del representante legal (si se trata de persona jurídica o unión temporal) Dirección ________________________ Teléfono comercial y fax del proponente ________________________ __________________ (Nombre, firma y Cargo del funcionario autorizado para firmar) C.C. No. ____________ De ___________ NIT No. __________________

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ANEXO 5

CONTRATO Nº. DE 2.012 CONTRATANTE: DEPARTAMENTO ARCHIPIÉLAGO DE SAN ANDRÉS,

PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA. CONTRATISTA: XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX OBJETO: COMPRA DE EQUIPOS INFORMÁTICOS, SOFTWARE Y

COMUNICACIONES CON DESTINO A LAS DIFERENTES DEPENDENCIAS DE LA GOBERNACIÓN DEL DEPARTAMENTO ARCHIPIÉLAGO DE SAN ANDRÉS, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA

VALOR: XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX PLAZO: 30 días Hábiles

Entre los suscritos a saber CESAR AUGUSTO JAMES BRYAN, identificado con la cédula de ciudadanía No .72203225 expedida en Barranquilla (Atlántico), actuando en mi calidad de Secretario de Servicios Administrativos del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, nombrado mediante Resolución número 002087 de Marzo 30 de 2012, y posesionado ante la Gobernadora del Departamento, según Acta de posesión No. 058 del 12 de abril de 2012 y facultado debidamente por la Ley 80 de 1993 y el Decreto 0127 de Abril 15 de 2.009, por una parte, quien para los efectos de este contrato se denominará EL DEPARTAMENTO, y

por la otra _________________________, mayor de edad, titular de la cédula de ciudadanía ________________, expedida en ________________, quien obra en nombre y representación de la firma _________________, matriculada en la Cámara de Comercio de ____________bajo el _______________ de ______________ y quien para efectos del presente contrato se denominará EL CONTRATISTA, hemos convenido en celebrar el presente contrato de compraventa consignado en las presentes cláusulas, previas las siguientes consideraciones. A) Que para la celebración del presente contrato se llevo a cabo la selección Abreviada por Subasta Inversa Presencial Nº.019 de 2012, cuyo objeto es Compra de Equipos informáticos, software y comunicaciones con destino a las diferentes dependencias de la Gobernación del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, de acuerdo con las especificaciones y características técnicas contempladas en el ANEXO 1 Denominado Ficha Técnica del presente estudio previo y pliego de condiciones, el departamento archipiélago de san Andrés, providencia y santa catalina, dando a si cumplimiento a lo establecido en el literal a, numeral 2 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, en concordancia con el Decreto 734 de 2012 B) Que luego de agotado el tramite establecido en el estatuto de contratación vigente, y celebrada la audiencia de subasta inversa, mediante acta de audiencia pública de fecha_____________, la entidad adjudico el contrato al proponente______________________la cual oferto el menor precio. C). Que el contratista declara no hallarse incurso dentro de las inhabilidades e incompatibilidades contenidas en los artículos 8 y 9 de la Ley 80 de 1993, y demás normas concordantes, Con fundamento en lo anteriormente señalado se suscribe el presente contrato que se regirá por las siguientes cláusulas: CLAUSULA PRIMERA: OBJETO: Compra de Equipos informáticos, software y comunicaciones con destino a las diferentes dependencias de la Gobernación del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, de acuerdo con las especificaciones y características técnicas contempladas en el ANEXO 1 Denominado Ficha Técnica del presente estudio previo y pliego de condiciones. CLAUSULA SEGUNDA: DERECHOS Y DEBERES DE LAS PARTES: Serán los establecidos en los artículos números 4º y 5º respectivamente, de la Ley 80 de 1.993. CLAUSULA TERCERA: VALOR: El valor del presente contrato asciende a la suma de: ______________________________ MCTE, según los precios estipulados en la propuesta presentada y adjudicataria del presente contrato. CLAUSULA CUARTA: FORMA DE PAGO: La suma antes señalada será cancelada por DEPARTAMENTO en la siguiente forma: El equivalente al 30% del valor total del contrato, en calidad de anticipo una vez legalizado el contrato que para el efecto se suscribirá; y El 70% del valor restante, una vez se reciba a satisfacción el objeto del contrato por parte de la Secretaria de Servicios Administrativos (Grupo de Sistemas). PARAGRAFO: Los pagos del precio a que se alude en este numeral, están sujetos a la expedición del certificado de cumplimiento y/o recibo a satisfacción por parte del Secretario de Servicios Administrativos de la Gobernación del Departamento Archipiélago ó el supervisor delegado, y al agotamiento de las diligencias administrativas legales y reglamentarias que regulan el proceso CLAUSULA QUINTA: PLAZO: El término de duración del presente contrato será de treinta (30) Días Hábiles, contados a partir del cumplimiento de los requisitos para el perfeccionamiento y ejecución del mismo. CLAUSULA

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SEXTA: CESIÓN Y SUBCONTRATACION: el contratista no podrá ceder total o parcialmente ni subcontratar servicios objeto del mismo a persona alguna, sin previa autorización escrita del Departamento, de conformidad con el Artículo 41, inciso tercero de la Ley 80 de 1.993.CLAUSULA SÉPTIMA: El contratista se compromete a constituir a favor del Departamento una Garantía Única que avalará el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que surjan a cargo del contratista frente al DEPARTAMENTO, la cual se mantendrá vigente durante la ejecución y liquidación del contrato y se ajustara a los limites, existencia y extensión del riesgo amparado así: A) DE CUMPLIMIENTO: Equivalente al Diez por Ciento (10%) del valor total del contrato; la cual se mantendrá vigente por el término del contrato y cuatro (4) meses más. B) BUENA CALIDAD DE LOS ELEMENTOS SUMINISTRADOS: Equivalente al 50% del valor total del contrato con una vigencia igual al plazo del mismo y seis (6) meses más. Esta se consistirá en pólizas expedidas por compañías de seguros legalmente autorizadas para funcionar en Colombia, la cual no expirará por falta de pago de la prima o por revocatoria unilateral, Articulo 17 del Decreto 679 de 1.994 concordante con el Artículo 7º de la Ley 1150 de 2.007. C) GARANTÍA DE BUEN MANEJO E INVERSIÓN DEL ANTICIPO: Equivalente al cien por ciento (100%) del valor del anticipo con un término de duración del contrato y cuatro (4) meses más. Esta se constituirá en pólizas expedidas por compañías de seguros legalmente autorizadas para funcionar en Colombia, la cual no expirará por falta de pago de la prima o por revocatoria unilateral, Artículo 5.2.1.1 del Decreto 734 de 2012 concordante con el Artículo 7º de la Ley 1150 de 2.007. CLAUSULA OCTAVA: CADUCIDAD: EL DEPARTAMENTO, podrá declarar la Caducidad Administrativa del presente contrato, por cualquiera de las causales estipuladas en el Articulo 18 de la Ley 80 de 1993, mediante Resolución debidamente motivada, dispondrá su liquidación y se impondrán las sanciones e inhabilidades a que hubiere lugar. CLAUSULA NOVENA: SEGUIMIENTO Y SUPERVISION DEL CONTRATO. El Departamento ejercerá la vigilancia control y desarrollo del presente contrato a través del Profesional Universitario encargo del Almacén. CLAUSULA DÉCIMA: CLAUSULAS EXCEPCIONALES: de acuerdo a lo previsto en el inciso 3, numeral 2, del Art. 14 de la Ley 80 de 1.993, el Departamento podrá interpretar, modificar, o terminar unilateralmente el presente contrato si se dan las situaciones previstas en los Artículos 15, 16 y 17 de la Ley 80 de 1.993 CLAUSULA DÉCIMA PRIMERA: PENAL Y PECUNARIA: En caso de incumplimiento total de las obligaciones por parte del contratista pagara al Departamento una cuantía equivalente del 10% del valor del contrato. CLAUSULA DÉCIMA SEGUNDA: SUJECIÓN A LAS APROPIACIONES PRESUPUÉSTALES: El DEPARTAMENTO, se obliga a reservar la suma de: _______________________ MCTE, suma que será tomada del presupuesto asignado por la entidad, para la vigencia fiscal del 2012, con cargo al certificado de disponibilidad presupuestal números 1023, 1032, 163 y 1210 de 2012, expedidos por el Profesional Especializado Encargado del Grupo de Presupuesto de la Secretaria de Hacienda del Departamento. CLAUSULA DÉCIMA TERCERA: Art. 50 Ley 789 de 2.002: para la celebración, renovación o liquidación del presente contrato, el contratista requerirá del cumplimiento de sus obligaciones con el Sistema General de seguridad Social Integral cuando a ello haya lugar. CLAUSULA DÉCIMA CUARTA: OBLIGACIONES DE LAS PARTES: El Departamento se obliga orientar y apoyar las acciones para la ejecución del contrato y cancelar al contratista el valor de lo pactado en la cláusula tercera y cuarta. El CONTRATISTA En desarrollo del presente contrato, de conformidad con la oferta presentada y seleccionada, EL CONTRATISTA se obliga para con EL DEPARTAMENTO a cumplir con el objeto y las demás estipulaciones del presente contrato, además de las establecidas en los pliegos de condiciones de la Selección Abreviada Adquisición de Bienes de Características Técnicas Uniformes SAB No. 019 DE 2012, el CONTRATISTA se compromete a cumplir todas aquellas obligaciones que se deriven del clausulado del presente contrato, y que por su naturaleza y esencia se consideran imprescindibles para su correcta ejecución. Así mismo serán a cargo del contratista: a) Suministrar los bienes objeto del presente contrato dentro de 48 horas contadas a partir de la solicitud escrita por parte del Profesional Universitario encargado del almacén Departamental de la Gobernación,en el lugar indicado y, en perfecto estado y a satisfacción de la Secretaria, de acuerdo con lo establecido en el estudio previo, ficha técnica, pliego de condiciones, y la propuesta presentada por el contratista, en caso de requerir más tiempo deberá justificarse previamente y contar con la aceptación de la Gobernación de dicha justificación. b) Entregar la totalidad de los materiales requeridos por pedido en cada una de los sitios de entrega con excelente calidad, especificaciones y condiciones de empaque; c) Entregar y distribuir con la remisión de materiales firmada por el responsable en los sitios de entrega. Lo anterior con el fin de evitar demora en el pago por parte de la Entidad; d) Establecer controles, para que durante la ejecución del contrato no se sobrepase el valor adjudicado, que afecte los recursos asignados por proyecto, ya que si el contratista sobrepasa el valor del contrato, la ENTIDAD NO ESTARÁ OBLIGADA a la cancelación de este valor adicional; e) Elaborar para el pago UNA FACTURA (en Original y Copia) indicando el numero de la orden de suministro donde relacione la remisión de los

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materiales realmente entregados al sitio requerido, para que puedan expedir la correspondiente entrada al inventario cuando haya lugar; f) Entregar al supervisor, oportunamente el original y una copia de las facturas correspondientes a los productos entregados con los precios contratados y acordados; junto con el consolidado de todas las entregas efectuadas a la Entidad debidamente soportada, con lo cual el supervisor expedirá el certificado para el pago y realizará el trámite del mismo ante Central de Cuentas; g) Cambiar los materiales que no estén acorde con las características de la orden de requerimiento o que estén defectuosos. h). Establecer procedimientos de control para entregar los productos ÚNICAMENTE con las especificaciones técnicas, cantidades entregadas y precio del contrato; h) Presentar cotizaciones acorde con los precios del mercado para revisión y aprobación por parte del supervisor de los ítem nuevos que no estén contenidos en el contrato; i) Informar dentro de los tres días hábiles siguientes a la suscripción del respectivo contrato, el nombre del coordinador general del mismo quien hará la recepción de las solicitudes que la Secretaría realice; j) Elaborar un sistema de información que permita conocer cuando así lo requiera el supervisor la cantidad de entregas realizadas, Nº de orden, Nombre de la Secretaria o Sede, fecha de entrega, Nº de remisión, identificación de la persona que recibió los materiales y el valor de cada pedido donde se tenga en cuenta la afectación del Presupuesto oficial por componente y el valor general del contrato. Información que deberá enviar mensualmente al supervisor o cuando éste la requiera; k) Disponer de personal suficiente e idóneo para la distribución y entrega de los materiales e insumos; l) Disponer de los equipos de comunicación mínimos requeridos para recibir la órdenes de pedido y coordinar la entrega y distribución de los materiales solicitados que se requieren en cada sitio; m) Disponer del transporte necesario y apropiado para la entrega y distribución efectiva y oportuna de los materiales que se requieran en cada sitio, entregas que pueden ser simultáneas en sitios ubicados en localidades distantes; n) El contratista deberá presentarse, ante el supervisor del contrato en la Sede Central de La Secretaría cuando éste así lo requiera, con el fin de facilitar la documentación pertinente y los

informes de las entregas realizadas durante el desarrollo del contrato y programar las nuevas entregas; o) Las demás inherentes a la naturaleza del contrato. CLAUSULA DÉCIMA QUINTA:

DOMICILIO Y LEYES: Para todos los efectos, las partes declaran que su domicilio contractual es el siguiente: Avenida Newball, Edificio Coral Palace en la Isla de San Andrés. El contrato se regirá por la Ley 80 de 1.993, su legislación complementaria, y la normatividad civil y comercial aplicable y demás normas concordantes. CLAUSULA DÉCIMA SEXTA: PERFECCIONAMIENTO Y REQUISITOS PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO: El presente contrato se considera perfeccionado con la suscripción del mismo por la partes, Para su ejecución se requiere: 1) La existencia de la disponibilidad presupuestal correspondiente, salvo que se trate de la contratación con recursos de vigencias fiscales futuras, lo cual se hará de conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica del Presupuesto Nacional 2) La aprobación del la Garantía Única de cumplimiento y además de la publicación en la Gaceta departamental del acuerdo contractual, requisito que se entiende surtido con el pago de los derechos correspondientes a cargo del contratista, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 41 de la Ley 80 de 1.993. CLAUSULA DÉCIMA SEPTIMA: DOCUMENTOS DEL CONTRATO: Forman parte integral de este contrato los siguientes documentos: 1) Certificados de disponibilidad presupuestal. 2) Certificados de Registro presupuestal. 3) Garantía Única y su respectiva resolución de aprobación 4) Certificación de no haber sido declarado responsable fiscal, expedido por la Contraloría, del representante legal. 5) Certificado de antecedentes disciplinarios del representante legal. 5) Fotocopia de la Libreta Militar, del representante legal. 6) Fotocopia de la cédula de Ciudadanía del representante legal. 7) Estudio de Oportunidad y Conveniencia del proceso de selección y sus anexos. 8) Certificado Judicial (DAS), del representante legal. 9) Registró Único Tributario (RUT), del contratista. 10) Recibo de pago de publicación en la gaceta departamental. 11) Propuesta de fecha ________ de 2012, y los que legalmente se requieran y se produzcan durante el desarrollo del presente contrato. Todos los gastos que demande este contrato para ser legalizado serán por cuenta del contratista. Para Constancia se firma en San Andrés Isla a los ( ) días del mes de________ del año Dos mil Doce (2012). SECRETARIO DE SERVICIOS ADMNISTRATIVOS CONTRATISTA