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INSTITUTO NACIONAL DE ANTROPOLOGIA E HISTORIA REVISION: HOJA DE MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA DIRECCION DE OBRAS Y MANTENIMIENTO DE BIENES INMUEBLES DE LA COORDINACION NACIONAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS JULIO 2003

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INSTITUTO NACIONAL DE ANTROPOLOGIA E HISTORIA

REVISION:

HOJA DE

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA DIRECCION DE OBRAS Y MANTENIMIENTO DE BIENES INMUEBLES DE LA COORDINACION NACIONAL DE RECURSOS MATERIALES Y

SERVICIOS

JULIO 2003

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA

DIRECCION DE OBRAS Y MANTENIMIENTO DE BIENES INMUEBLES

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HOJA 1 DE 336

PAG I. INTRODUCCION 4 II. OBJETIVO DEL MANUAL 6 III. MANDATO 8

COORDINACION NACIONAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS DIRECCION DE OBRAS Y MANTENIMIENTO DE BIENES INMUEBLES 9

IV. BASE LEGAL 10 V. PROCEDIMIENTOS 12 V.1. ELABORACION E IMPLANTACION DEL PROGRAMA ANUAL DE OBRAS Y

SUS MODIFICACIONES. 13

V.1.1 PROPOSITO 14 V.1.2 ALCANCE 16 V.1.3 POLITICAS DE OPERACIÓN 18 V.1.4 DIAGRAMA DEL PROCEDIMIENTO 21 V.1.5 DESCRIPCION 24 V.1.6 DOCUMENTOS DE REFERENCIA 29 V.1.7 REGISTROS 30 V.1.8 GLOSARIO 31 V.1.9 ANEXOS 32

V.2. CONCURSO PARA CONTRATACION DE OBRA PUBLICA Y SUPERVISION POR

LICITACION. 40

V.2.1 PROPOSITO 41 V.2.2 ALCANCE 42 V.2.3 POLITICAS DE OPERACIÓN 45

V.2.4 DIAGRAMA DEL PROCEDIMIENTO 48 V.2.5 DESCRIPCION 53 V.2.6 DOCUMENTOS DE REFERENCIA 58 V.2.7 REGISTROS 59 V.2.8 GLOSARIO 60 V.2.9 ANEXOS 61

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA

DIRECCION DE OBRAS Y MANTENIMIENTO DE BIENES INMUEBLES

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HOJA 1 DE 336

PAG. V.3. CONTRATACION DE OBRA PUBLICA. 145

V.3.1 PROPOSITO 146 V.3.2 ALCANCE 148 V.3.3 POLITICAS DE OPERACIÓN 150 V.3.4 DIAGRAMA DEL PROCEDIMIENTO 153 V.3.5 DESCRIPCION 156 V.3.6 DOCUMENTOS DE REFERENCIA 160 V.3.7 REGISTROS 161 V.3.8 GLOSARIO 162 V.3.9 ANEXOS 163

V.4. EJECUCION Y SUPERVISION DE OBRA 182

V.4.1 PROPOSITO 183 V.4.2 ALCANCE 185 V.4.3 POLITICAS DE OPERACIÓN 187 V.4.4 DIAGRAMA DEL PROCEDIMIENTO 194 V.4.5 DESCRIPCION 198 V.4.6 DOCUMENTOS DE REFERENCIA 203 V.4.7 REGISTROS 204 V.4.8 GLOSARIO 205 V.4.9 ANEXOS 206

V.5. APLICACIÓN DE PENAS CONVENCIONALES 213

V.5.1 PROPOSITO 214 V.5.2 ALCANCE 216 V.5.3 POLITICAS DE OPERACIÓN 218 V.5.4 DIAGRAMA DEL PROCEDIMIENTO 220 V.5.5 DESCRIPCION 222 V.5.6 DOCUMENTOS DE REFERENCIA 224 V.5.7 REGISTROS 225 V.5.8 GLOSARIO 226 V.5.9 ANEXOS 227

V.6. APLICACIÓN DE AJUSTE DE COSTOS 228

V.6.1 PROPOSITO 229 V.6.2 ALCANCE 231 V.6.3 POLITICAS DE OPERACIÓN 233 V.6.4 DIAGRAMA DEL PROCEDIMIENTO 235 V.6.5 DESCRIPCION 237 V.6.6 DOCUMENTOS DE REFERENCIA 240 V.6.7 REGISTROS 241 V.6.8 GLOSARIO 242 V.6.9 ANEXOS 243

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA

DIRECCION DE OBRAS Y MANTENIMIENTO DE BIENES INMUEBLES

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HOJA 1 DE 336

PAG. V.7. RECEPCION DE OBRA 244

V.7.1 PROPOSITO 245 V.7.2 ALCANCE 247 V.7.3 POLITICAS DE OPERACIÓN 249 V.7.4 DIAGRAMA DEL PROCEDIMIENTO 251 V.7.5 DESCRIPCION 253 V.7.6 DOCUMENTOS DE REFERENCIA 256 V.7.7 REGISTROS 257 V.7.8 GLOSARIO 258 V.7.9 ANEXOS 259

V.8. ACCESO A LA INFORMACION DE CONTRATACION Y AVANCE DE OBRAS 261

V.8.1 PROPOSITO 262 V.8.2 ALCANCE 264 V.8.3 POLITICAS DE OPERACIÓN 266 V.8.4 DIAGRAMA DEL PROCEDIMIENTO 268 V.8.5 DESCRIPCION 270 V.8.6 DOCUMENTOS DE REFERENCIA 273 V.8.7 REGISTROS 274 V.8.8 GLOSARIO 275 V.8.9 ANEXOS 276

VI APENDICE 277

POLITICAS, BASES Y LINEAMIENTOS EN MATERIA DE OBRA PUBLICA Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS. 278

VII. AUTORIZACIONES 335

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA

DIRECCION DE OBRAS Y MANTENIMIENTO DE BIENES INMUEBLES

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HOJA 4 DE 336

I. INTRODUCCION

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA

DIRECCION DE OBRAS Y MANTENIMIENTO DE BIENES INMUEBLES

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HOJA 5 DE 336

I. INTRODUCCION

DEBIDO A LA IMPORTANCIA QUE REVISTE LA CORRECTA PLANEACION, OPERACIÓN Y CONTROL DE OBRA PUBLICA Y MANTENIMIENTO DE BIENES INMUEBLES EJECUTADA MEDIANTE CONTRATACION EN SUS DIVERSAS MODALIDADES Y REGULADA BAJO EL MARCO NORMATIVO VIGENTE, LA DIRECCION DE OBRAS Y MANTENIMIENTO DE BIENES INMUEBLES ATENDIENDO LAS ACCIONES DE MEJORA RECOMENDADAS POR EL ORGANO INTERNO DE CONTROL DEL INSTITUTO Y LA ASESORIA ADMINISTRATIVA DE LA COORDINACION NACIONAL DE DESARROLLO INSTITUCIONAL HA ELABORADO EL PRESENTE MANUAL, MISMO QUE INCLUYE LOS PROCEDIMIENTOS DE CONCURSO PARA CONTRATACION, ELABORACION DEL PROGRAMA ANUAL, CONTRATACION, EJECUCION Y SUPERVISION, ADEMAS DE LOS DE APLICACIÓN DE PENAS POR INCUMPLIMIENTO Y AJUSTES DE COSTOS Y EL REQUERIDO PARA LA ENTREGA RECEPCION DE OBRAS. INTEGRA TAMBIEN UN PROCEDIMIENTO QUE NORMA LOS ASPECTOS REQUERIDOS PARA FACILITAR EL ACCESO A LA INFORMACION DE CONTRATACION Y AVANCE DE OBRAS A TODO PUBLICO QUE LA SOLICITE. EL PRESENTE DOCUMENTO PRETENDE SER UN MANUAL TIPO PARA TODAS LAS AREAS DEL INSTITUTO QUE DE ALGUNA U OTRA FORMA INTERVIENEN EN LOS PROCESOS Y SE ELABORO PARA FACILITAR AL TITULAR DE LA DIRECCION DE OBRAS Y MANTENIMIENTO DE BIENES INMUEBLES Y DEMAS PERSONAL INVOLUCRADO, LA EJECUCION Y SUPERVISION DE OBRA PUBLICA Y MANTENIMIENTO DE BIENES INMUEBLES EN LA INFRAESTRUCTURA DEL INAH ASI COMO PARA ATENDER Y DAR SOLUCION A LOS DIVERSOS PROBLEMAS QUE SE PRESENTAN EN LA PRACTICA DURANTE EL TRANSCURSO DE LAS DIVERSAS ETAPAS DE LOS PROCEDIMIENTOS. EL CUMPLIMIENTO EFICIENTE Y OPORTUNO EN EL CUMPLIMIENTO DE LOS LINEAMIENTOS ESTABLECIDOS EN EL PRESENTE MANUAL, SE TRADUCE EN EL LOGRO DE UNA MEJOR UTILIZACION DE LOS RECURSOS.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA

DIRECCION DE OBRAS Y MANTENIMIENTO DE BIENES INMUEBLES

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HOJA 6 DE 336

II. OBJETIVO DEL MANUAL

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA

DIRECCION DE OBRAS Y MANTENIMIENTO DE BIENES INMUEBLES

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HOJA 7 DE 336

II. OBJETIVO DEL MANUAL

EL OBJETIVO DEL PRESENTE DOCUMENTO ES EL DE FACILITAR A LA DIRECCION DE OBRAS Y MANTENIMIENTO DE BIENES INMUEBLES Y DEMAS AREAS INVOLUCRADAS EN LA PROGRAMACION, CONTRATACION, EJECUCION, SUPERVISION Y CONTROL DE OBRAS REQUERIDAS EN EL INSTITUTO NACIONAL DE ANTROPOLOGIA E HISTORIA, DE ACUERDO A LOS LINEAMIENTOS ESTABLECIDOS EN LA NORMATIVIDAD VIGENTE EN LA MATERIA.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA

DIRECCION DE OBRAS Y MANTENIMIENTO DE BIENES INMUEBLES

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HOJA 8 DE 336

III. MANDATO

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA

DIRECCION DE OBRAS Y MANTENIMIENTO DE BIENES INMUEBLES

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HOJA 9 DE 336

III. MANDATO

III.1. DE LA COORDINACIÓN NACIONAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS.- VIGILAR QUE LOS RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES QUE SE PROPORCIONAN A LAS DIVERSAS ÁREAS DEL INSTITUTO NACIONAL DE ANTROPOLOGÍA E HISTORIA, SE EJERZAN DE MANERA EFICIENTE Y CON APEGO A LA NORMATIVIDAD VIGENTE, EMITIENDO LOS LINEAMIENTOS Y DIRECTRICES QUE LE ASEGUREN LAS MEJORES CONDICIONES PARAESTE FÍN. III.2. DE LA DIRECCIÓN DE OBRAS Y MANTENIMIENTO DE BIENES INMUEBLES.- ASEGURAR EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE OBRA Y TRABAJOS DE REMODELACIÓN, CONSERVACIÓN, MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE LOS INMUEBLES DEL INSTITUTO.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA

DIRECCION DE OBRAS Y MANTENIMIENTO DE BIENES INMUEBLES

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HOJA 10 DE 336

IV. BASE LEGAL

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA

DIRECCION DE OBRAS Y MANTENIMIENTO DE BIENES INMUEBLES

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HOJA 11 DE 336

IV. BASE LEGAL

IV.1 CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS IV.2 LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL IV.3 LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS IV.4 REGLAMENTO DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS IV.5. POLITICAS BASES Y LINEAMIENTOS DE LA DIRECCION DE OBRAS Y MANTENIMIENTO DE BIENES INMUEBLES IV.6 GUIA TECNICA PARA LA ELABORACION DE MANUALES DE PROCEDIMIENTOS

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INSTITUTO NACIONAL DE ANTROPOLOGIA E HISTORIA

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HOJA 12 DE 336

V. PROCEDIMIENTOS

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ELABORACION E IMPLANTACION DEL PROGRAMA ANUAL DE OBRAS Y SUS

MODIFICACIONES

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HOJA 13 DE 336

V.1.- ELABORACION E IMPLANTACION DEL PROGRAMA ANUAL DE OBRAS Y SUS MODIFICACIONES

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ELABORACION E IMPLANTACION DEL PROGRAMA ANUAL DE OBRAS Y SUS

MODIFICACIONES

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HOJA 14 DE 336

V.1.1.- PROPOSITO

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ELABORACION E IMPLANTACION DEL PROGRAMA ANUAL DE OBRAS Y SUS

MODIFICACIONES

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HOJA 15 DE 336

V.1.1.- PROPOSITO LOGRAR QUE EL PROGRAMA ANUAL DE OBRAS (PAO) Y SUS MODIFICACIONES, SE REALICE DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS Y SU REGLAMENTO VIGENTES, ASÍ COMO SERVIR DE ORIENTACIÓN A LA DIRECCIÓN DE OBRAS Y MANTENIMIENTO DE BIENES INMUEBLES Y DEMÁS ÁREAS INVOLUCRADAS EN EL DESARROLLO DEL PROCESO.

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ELABORACION E IMPLANTACION DEL PROGRAMA ANUAL DE OBRAS Y SUS

MODIFICACIONES

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HOJA 16 DE 336

V.1.2.- ALCANCE

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ELABORACION E IMPLANTACION DEL PROGRAMA ANUAL DE OBRAS Y SUS

MODIFICACIONES

REVISION:

HOJA 17 DE 336

V.1.2.- ALCANCE LA ELABORACIÓN DEL PROGRAMA ANUAL DE OBRAS SE LLEVA A CABO EN FORMA OPORTUNA Y TRANSPARENTE, ATENDIENDO CRITERIOS DE ACTUACIÓN DE CALIDAD QUE PERMITEN AL INSTITUTO EL LOGRO DE SUS OBJETIVOS BAJO EL MARCO NORMATIVO VIGENTE EN LA MATERIA.

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ELABORACION E IMPLANTACION DEL PROGRAMA ANUAL DE OBRAS Y SUS

MODIFICACIONES

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HOJA 18 DE 336

V.1.3.- POLITICAS DE OPERACIÓN

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ELABORACION E IMPLANTACION DEL PROGRAMA ANUAL DE OBRAS Y SUS

MODIFICACIONES

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HOJA 19 DE 336

V.1.3.- POLITICAS DE OPERACIÓN

Todas las obras públicas y servicios relacionados con las mismas que se lleven a cabo en la infraestructura del instituto, están sujetas a procesos de planeación, programación y presupuestación.

El Director de Obras y Mantenimiento de Bienes Inmuebles deberá realizar el Programa Anual de Obras y Servicios Relacionados con las Mismas, con base en las necesidades planteadas por cada uno de los Centros INAH y Dependencias del Instituto, tomando en consideración la prioridad y urgencia que requiera el inmueble, así mismo deberá verificar que las obras a realizar cuenten con el correspondiente oficio de autorización de inversión y se ajusten a lo establecido en el artículo 17 de la Ley de Obras Publicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

En la elaboración del Programa Anual de Obras el Director de Obras y Mantenimiento de Bienes Inmuebles, deberá considerar lo establecido en el artículo 21 de la Ley de Obras Publicas y Servicios Relacionados con las Mismas, separándolo en dos rubros:

I.- Inversión capítulo 6000 II.- Mantenimiento capítulo 3000

Los funcionarios responsables de los inmuebles, deberán de efectuar la planeación de sus requerimientos de obras públicas o servicios relacionados con las mismas, según sus necesidades, turnando la solicitud a la Dirección del Centro INAH o a la Dirección de Obras y Mantenimiento de Bienes Inmuebles según corresponda, a efecto de que los titulares de estas áreas las incluyan en el Programa Anual de Obras del Instituto del siguiente ejercicio presupuestal

El Titular del Centro INAH o el de la Dirección de Obras y Mantenimiento de Bienes Inmuebles, verificaran que la solicitud de obra pública o servicios relacionados con la misma contenga el soporte documental que permita estimar el costo, considerando como mínimo:

I.- Catalogo de conceptos con precios unitarios estimados II.- Programa de ejecución de trabajos. III.- Proyecto arquitectónico del inmueble. IV.- Detalles constructivos. V.- Especificaciones particulares para la intervención del inmueble. VI.- Condiciones especiales. VII.- La autorización correspondiente de la Coordinación Nacional de Monumentos Históricos ó la de Museos y Exposiciones.

Los requerimientos de obra pública o servicios relacionados con las mismas solicitados por los funcionarios responsables de cada inmueble, deberán ser verificados y evaluados por el personal que para tal efecto designe el Director del Centro INAH respectivo ó por el Director de Obras y Mantenimiento de Bienes Inmuebles tomando en cuenta lo siguiente:

I.- El grado de urgencia del requerimiento, tanto por seguridad estructural como por eficiencia operativa. II.- La importancia del inmueble, ya sea histórica y/u operativa. III.- El aprovechamiento de los espacios e infraestructura existente. IV.- La integración de toda la documentación correspondiente.

En dicha verificación y evaluación, el personal designado y en su caso el Director de Obras, juzgara la factibilidad y pertinencia del requerimiento de conservación, remodelación y obra nueva quienes tendrán la facultad de realizar los ajustes requeridos.

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ELABORACION E IMPLANTACION DEL PROGRAMA ANUAL DE OBRAS Y SUS

MODIFICACIONES

REVISION:

HOJA 20 DE 336

El Director de Obras y Mantenimiento de Bienes Inmuebles ó en su caso el del Centro INAH correspondiente, realizará bajo su estricta responsabilidad un concentrado de solicitudes en el que se encuentren consignados, según prioridad, los requerimientos de obra pública y/o los servicios relacionados con la misma, solicitados para los inmuebles, tomando en consideración el resultado de la verificación y evaluación de las solicitudes de los requerimientos referidos en la política anterior. El concentrado de solicitudes y la información soporte correspondiente, deberá de ser remitido a la DOMBI, con la debida oportunidad a más tardar el último día del mes de enero de cada año, para que sean consideradas en el Programa Anual de Obras del Instituto.

El Director de Obras y Mantenimiento de Bienes Inmuebles realizará el Programa Anual de Obras del Instituto, tomando en cuenta los concentrados de solicitudes remitidos por los diferentes Centros INAH y Areas del Instituto en apego al Programa Anual de Desarrollo, al Presupuesto de Egresos de la Federación y al Oficio de Autorización de Inversión para cada ejercicio presupuestal.

El Director de Obras y Mantenimiento de Bienes Inmuebles deberá verificar que el Programa Anual de Obras contemple el importe asignado para cada obra y servicio relacionado con la obra pública, las fechas probables de inicio y terminación, el procedimiento de contratación según montos de actuación, así como el fundamento legal.

El Director de Obras y Mantenimiento de Bienes Inmuebles presentará a la Secretaría Administrativa, el Programa Anual de Obras integrado, para su evaluación y autorización. La Secretaría Administrativa, en caso necesario, emitirá las observaciones que considere pertinentes, desde el punto de vista socioeconómico y las remitirá a la DOMBI, a efecto de que atienda las sugerencias.

La Secretaría Administrativa, con autorización de la Dirección General del Instituto, podrá modificar en cualquier momento el Programa Anual de Obras, por caso fortuito ó de fuerza mayor.

La Secretaría Administrativa turnará al Director de Obras y Mantenimiento de Bienes Inmuebles el Programa Anual de Obras autorizado, para su aplicación y ejecución.

El Director de Obras y Mantenimiento de Bienes Inmuebles, deberá informar oportunamente al Comité Nacional de Obras del Programa Anual de Obras autorizado.

La Coordinación Nacional de Centros INAH, después de haber informado al Comité del Programa Anual de Obras autorizado, deberá hacerlo del conocimiento de los Centros INAH involucrados, a efecto de que se proceda a tramitar los permisos y licencias necesarios, según la reglamentación en materia de construcción vigente en el estado correspondiente, para realizar los trabajos programados.

La CNRMyS deberá informar a la Secretaría de Economía (Sistema Integral de Información), del Programa Integral de Obras vigente para el ejercicio presupuestal en curso.

La CNRF deberá notificar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público las modificaciones que se realicen al PAO a efecto de recalendarizar los recursos financieros correspondientes.

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ELABORACION E IMPLANTACION DEL PROGRAMA ANUAL DE OBRAS Y SUS

MODIFICACIONES

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HOJA 21 DE 336

V.1.4.- DIAGRAMA DEL PROCEDIMIENTO

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ELABORACION E IMPLANTACION DEL PROGRAMA ANUAL DE OBRAS Y SUS

MODIFICACIONES

REVISION:

HOJA 22 DE 336

SUBDIRECCION DE PLANEACION Y PRESUPUESTACION. AREA SOLICITANTE.

DIRECCION DE OBRAS

DIRECCION DE OBRAS CNRMyS

DIRECCION GENERAL SECRETARIA ADMVA.

CNRMyS DIRECCION GENERAL SECRETARIA ADMVA.

SEP

CNRMyS DIRECCION DE OBRAS

INICIO

AJUSTE Y VALIDACION DE PROPUESTA DE

PRESUPUESTO Y PROG. DE OBRA.

ELABORACION DEL ANTEPROYECTO DEL PROGRAMA

ANUAL DE OBRAS.

AUTORIZACION DEL

PRESUPUESTO PARA EL

PROGRAMA ANUAL

CALENDARIZA-CION DE

RECURSOS AUTORIZADOS

CUMPLE CON LOS

REQUISITOS

A

1

2

3

4

5

NO SI

ELABORACION DE PROPUESTAS DE PRESUPUESTO Y PROGRAMA DE

OBRAS.

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ELABORACION E IMPLANTACION DEL PROGRAMA ANUAL DE OBRAS Y SUS

MODIFICACIONES

REVISION:

HOJA 23 DE 336

SUBDIRECCION DE PLANEACION Y

PRESUPUESTACION COMITÉ NACIONAL DE OBRAS

DIRECCION DE OBRAS CNRMyS

DIRECCION DE OBRAS SUBDIRECCION DE OBRAS DIRECCION DE OBRAS

SUBDIRECCION DE OBRAS

A

AUTORIZACION DEL PROGRAMA

ANUAL DE OBRAS (PAO)

DIFUSION DEL PAO Y MINISTRACION DE RECURSOS

CALENDARIZADOS

VERIFICACION DE LA AUTORIZACION

DEL PROYECTO

INICIO DEL PROCESO

ADJUDICATORIO PARA

CONTRATACION

AJUSTE Y AUTORIZACION DE PROYECTOS

NO AUTORIZADOS

PROCEDIMIENTO: “CONCURSO PARA

CONTRATACION DE OPBRA Y

SUPERVISION POR LICITACION

PUBLICA”

TERMINO

PROCEDIMIENTO: “CONCURSO

PARA CONTRATACION

DE OBRA Y SUPERVISION

POR LICITACION PUBLICA

PROYECTO FORANEO

¿

PROYECTO DEBIDAMENTE AUTORIZADO

¿

6

7

8 10

9

NO

SI

SI NO

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ELABORACION E IMPLANTACION DEL PROGRAMA ANUAL DE OBRAS Y SUS

MODIFICACIONES

REVISION:

HOJA 24 DE 336

V.1.5.- DESCRIPCION DE PROCEDIMIENTO

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ELABORACION E IMPLANTACION DEL PROGRAMA ANUAL DE OBRAS Y SUS

MODIFICACIONES

REVISION:

HOJA 25 DE 336

Secuencia de etapas Actividad Responsable

1. ELABORACION DE PROPUESTA DE

PRESUPUESTO Y PROGRAMA DE OBRAS

1.1. Elabora en el mes de junio de cada año oficio (o-1) y

formato de petición de servicios de obras así como el instructivo de llenado del formato y envía a todas las áreas del INAH, archiva copia del oficio con acuse de recibo.

1.2. Elabora requerimientos de obra con costos unitarios,

catalogo de conceptos, así como la descripción del proyecto, mismo que turna a la Direccion de Obras.

1.3. Recibe y concentra todas las solicitudes a nivel

nacional para revisarlas y analizarlas y en su caso proponer las correcciones que del caso de presenten.

1.4. Recibe el formato de solicitud de requerimientos de

obra con la información solicitada en el cual el usuario señala sus prioridades y montos estimados por obra.

No cumple con los requisitos: 1.5. Regresa el documento al área solicitante para su

corrección o adecuación. (Regresa a la actividad 1.2) Si cumple con los requisitos: 1.6. Clasifica y define los tipos de obras a ejecutar, los

cuales podrán ser entre otros: obra civil, conservación, mantenimiento y el tipo de inmueble en que se llevara a cabo.

1.7. Ordena a nivel nacional, conforme a prioridades los

requerimientos solicitados, elabora propuesta de presupuesto, programa de obras y turna a la Dirección de Obras.

Subdirección de Planeación y

Proyectos

Area Solicitante

Dirección de Obras

Subdirección de Planeación y Proyectos

2. AJUSTE Y VALIDACION DE LA PROPUESTA DE

PRESUPUESTO Y PROGRAMA DE OBRAS

2.1. Recibe, revisa y turna la propuesta de presupuesto a la Coordinación Nacional de Recursos Materiales.

2.2. Recibe propuesta de presupuesto, valida y somete a

consideración del Secretario Administrativo y del Director General.

2.3. Reciben propuesta y determina prioridades de obras

con base en lo señalado en el Plan Nacional de Desarrollo, considerando la visión y objetivos específicos del Instituto, la devuelven a la Coordinación Nacional de Recursos Materiales y Servicios.

2.4. Recibe y turna a la Dirección de Obras para que

elabore el anteproyecto del Programa Anual de Obras.

Dirección de Obras

Coordinación Nacional de Recursos Materiales y

Servicios

Dirección General y Secretaria Administrativa

Coordinación Nacional de Recursos Materiales y

Servicios

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ELABORACION E IMPLANTACION DEL PROGRAMA ANUAL DE OBRAS Y SUS

MODIFICACIONES

REVISION:

HOJA 26 DE 336

Secuencia de etapas Actividad Responsable

3. ELABORACION DEL ANTEPROYECTO DEL

PROGRAMA ANUAL DE OBRAS

3.1. Recibe propuesta analiza y turna a la Subdirección de Planeación y Proyectos.

3.2. Recibe Propuesta, elabora ante proyecto del Programa

Anual de Obras y remite a la Coordinación Nacional de Recursos Materiales y Servicios.

Dirección de Obras Subdirección de Planeación y

Proyectos

4. AUTORIZACION DEL PRESUPUESTO PARA EL PROGRAMA ANUAL DE

OBRAS

4.1. Recibe, revisa y autoriza el anteproyecto y turna a la Secretaria Administrativa.

4.2. Recibe, anteproyecto anual de obras corrige y/o da su visto

bueno. 4.3. Elabora oficio de solicitud de autorización (o-1) y

solicita firma de la Direccion General, anexa el ante proyecto de presupuesto y envía a la Secretaria de Educación Publica, obtiene fotocopias del acuse del oficio de solicitud de autorización y distribuye de la siguiente manera:

Copia 1. - Direccion General Copia 2. - Organo Interno de Control Copia 3. – CNCPByS

4.4. Recibe anteproyecto del programa anual de obras, autoriza y remite a la Dirección General, oficio de autorización

4.5. Recibe oficio de autorización del presupuesto del programa anual de obras, revisa y turna con comentarios a la Secretaría Administrativa.

4.6. Recibe oficio de autorización del presupuesto con los montos correspondientes enviado por la Secretaria de Educación Pública y comentarios del Director General.

4.7. Obtiene fotocopia del oficio de autorización del presupuesto y envía a la Coordinación Nacional de Recursos Materiales y Servicios.

Coordinación Nacional de Recursos Materiales y

Servicios

Secretaria Administrativa

Secretaria de Educación Publica

Dirección General del INAH

Secretaria Administrativa

5. VERIFICACION DE LOS RECURSOS AUTORIZADOS

5.1. Recibe oficio de autorización del presupuesto anual autorizado, revisa y lo turna a la Direccion de Obras para su aplicación y ejercicio.

5.2. Recibe oficio de autorización de presupuesto, verifica montos autorizados y gira instrucciones a la Subdirección de Planeación y Proyectos para efectuar la calendarización y emitir el programa anual de obras (PAO).

Coordinación Nacional de Recursos Materiales y

Servicios

Dirección de Obras

6. CALENDARIZACION Y AUTORIZACION DEL

PROGRAMA ANUAL DE OBRAS

6.1. Recibe oficio de autorización para elaborar el programa anual de obras (PAO), verifica si el presupuesto es igual al anteproyecto.

6.2. Elabora el programa anual de obras (PAO) que contendrá de cada una de las obras la calendarización tentativa, costos y periodo de ejecución. Determina el procedimiento de contratación, turnando a la Dirección de Obras.

6.3. Recibe el programa anual de obras con montos calendarizados, da su visto bueno y a través de la Coordinación Nacional de Recursos Materiales y Servicios, lo presenta al Comité Nacional de Obras.

Subdirección de Planeación y Proyectos

Dirección de Obras

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ELABORACION E IMPLANTACION DEL PROGRAMA ANUAL DE OBRAS Y SUS

MODIFICACIONES

REVISION:

HOJA 27 DE 336

Secuencia de etapas Actividad Responsable

6. CALENDARIZACION Y AUTORIZACION DEL

PROGRAMA ANUAL DE OBRAS

6.4. Recibe el programa anual de obras (PAO), analiza, dictamina y lo turna a la Coordinación Nacional de Recursos Materiales y Servicios.

6.5. Recibe y turna el programa anual de obras(PAO)

autorizado a la Dirección de Obras.

Comité Nacional de Obras

Coordinación Nacional de Recursos Materiales y

Servicios

7. DIFUSION DEL PROGRAMA ANUAL DE

OBRAS Y MINISTRACION DE RECURSOS

CALENDARIZADOS

7.1. Inicia actividades conforme al programa anual de obras autorizado, tomando en consideración los recursos ministrados.

7.2. Informa a las áreas solicitantes el presupuesto autorizado, el

tipo de obra a efectuar, el calendario, la propuesta de periodo de ejecución, el tipo de contratación y el responsable de la misma.

7.3. Una vez ministrados los recursos verifica si el proyecto es a

cargo de la Dirección de Obras o si corresponde a otra área. Si el proyecto es foráneo:

Transfiere el recurso al área correspondiente para que inicie el procedimiento adjudicatario apegado a la Ley de Obras Publicas y Servicios Relacionados con las Mismas. Continua con el procedimiento “Concurso para Contratación de Obra Pública y Supervisión por Licitación Pública.

Si el proceso adjudicatorio es a cargo de la Dirección de Obras:

Turna el PAO autorizado a la Subdirección de Obras para que sé de inicio al proceso adjudicatorio correspondiente Continua en la etapa siguiente (N° 8)

Dirección de Obras

8. VERIFICACION DE LA AUTORIZACION DEL

PROYECTO

8.1 Revisa que el proyecto que dará inicio al proceso adjudicatorio se encuentre autorizado e incluido en el Programa Anual de Obras autorizado (PAO).

Proyecto autorizado: Continua en la etapa N° 10 Proyecto no autorizado: Turna a la Dirección de Obras para su ajuste y autorización Continua en la etapa siguiente (N° 9)

Subdirección de Obras

9. AJUSTE Y AUTORIZACION DE

PROYECTOS NO AUTORIZADOS

9.1 Recibe proyecto no autorizado mismo que turna con ajustes a la Subdirección de Planeación y Proyectos para su análisis y modificación del PAO.

9.2 Recibe, analiza y valora los requerimientos del

proyecto (costos unitarios, catálogos de conceptos y descripción del nuevo proyecto prioritario).

Dirección de Obras

Subdirección de Planeación y Proyectos

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ELABORACION E IMPLANTACION DEL PROGRAMA ANUAL DE OBRAS Y SUS

MODIFICACIONES

REVISION:

HOJA 28 DE 336

Secuencia de etapas Actividad Responsable

9.3 Una vez debidamente justificado el proyecto procede a la verificación de los recursos. Si cuenta el proyecto con ampliación liquida: Procede a dar inicio al proceso adjudicatario, así mismo realiza la modificación presupuestal al PAO (para solicitar la ampliación correspondiente (ver etapa N° 6). Turna copia del PAO modificado autorizado al Comité de Obras para su conocimiento.

9.4 Determina si se requiere ampliación liquida para el

desarrollo del proyecto, en cuyo caso analiza el proyecto junto con los autorizados, elabora la calendarización de recursos y modifica el PAO autorizado, determinando los proyectos prioritarios y haciendo mención de las obras que tendrán que suprimir o posponer su realización. Turna PAO modificado a la Direccion de obras para su valoración.

9.5 Recibe, analiza y en su caso realiza adecuaciones y/o

ajustes al presupuesto y turna al comité obras para su autorización.

9.6 Revisa y valida el PAO modificado, turna a la Dirección

de Obras para su aplicación.

Dirección de Obras

Comité Nacional de Obras

10. INICIO DEL PROCESO ADJUDICATORIO PARA

CONTRATACION DE OBRA PUBLICA

10.1 Recibe PAO modificado autorizado y turna a la Subdirección de Obras para su ejecución.

10.2 Recibe PAO modificado autorizado y procede a dar

inicio al proceso adjudicatorio como se establece en la Ley de Obras públicas y servicios relacionados con los mismos y su reglamento. Continua con el procedimiento “Concurso para Contratación de Obra Pública y Supervisión de Licitación Pública.

Dirección de Obras

Subdirección de Obras

Termino

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ELABORACION E IMPLANTACION DEL PROGRAMA ANUAL DE OBRAS Y SUS

MODIFICACIONES

REVISION:

HOJA 29 DE 336

V.1.6.- DOCUMENTOS DE REFERENCIA

Documento Código

Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

Políticas Bases y Lineamientos de la Dirección de Obras y Mantenimiento de Bienes Inmuebles.

Anteproyecto de Programa Anual de Obras.

Anteproyecto del Programa Anual de Obras ajustado de acuerdo aprioridades.

Programa Anual de Obras (PAO).

Oficio de Inversión Autorizado. Capitulo 6000.

Oficio Interno de Gasto de Operación. Capitulo 3000. Mantenimiento.

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ELABORACION E IMPLANTACION DEL PROGRAMA ANUAL DE OBRAS Y SUS

MODIFICACIONES

REVISION:

HOJA 30 DE 336

V.1.7. REGISTROS

Registro Tiempo de

conservación Responsable de

conservarlo Código de

registro

Registro de solicitudes de Obra y Mantenimiento de Bienes Inmuebles a nivel nacional.

Registro de Reporte de Programa de Obra y Mantenimiento de Bienes Inmuebles a nivel nacional.

Dirección de Obras y

Mantenimiento de Bienes Inmuebles

Dirección de Obras y

Mantenimiento de Bienes Inmuebles

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ELABORACION E IMPLANTACION DEL PROGRAMA ANUAL DE OBRAS Y SUS

MODIFICACIONES

REVISION:

HOJA 31 DE 336

V.1.8. GLOSARIO

Gasto de Operación para Obras.- Es el monto presupuestal asignado para el mantenimiento de inmuebles a cargo del Instituto con el objeto de conservarlos en optimas condiciones de uso. Afecta el Capitulo 3000.

Gasto de Inversión.- Es el importe autorizado de las erogaciones que realiza el Instituto con el propósito de aumentar o mejorar el estado físico de los inmuebles bajo custodia del Instituto mediante la ejecución de proyectos de obra nueva, ampliaciones y adecuaciones. Afecta el Capitulo 6000(gasto de inversión). Los gastos de inversión en el sector público, tienden a incrementar y conservar el capital nacional.

Proyecto de Programa de Obra.- Identifica todas las necesidades de obra nueva con cargo al capitulo de gasto 6000 (Obras Públicas), así como las requeridas para el mantenimiento de inmuebles con cargo al capitulo de gasto 3000 (Servicios Generales) en el Instituto a nivel nacional.

Programa de Obras.- Conjunto de construcciones e instalaciones que en un tiempo determinado ejecutan las dependencias del INAH como parte de su programa de inversiones.

PAO.- Programa Anual de Obras.- Proyecto de programa de obra autorizado con asignación presupuestal.

DOMBI.- Dirección de Obras y Mantenimiento de Bienes Inmuebles.

Comité Nacional de Obras.-

Calendarización.- Programa de ministración de fondos autorizada para la realización de obra pública por meses, trimestres, semestres o años, según las necesidades, presentado por clave presupuestaria, partida y concepto de gasto.

CNRMS.- Coordinación Nacional de Recursos Materiales y Servicios.

CNRF.- Coordinación Nacional de Recursos Financieros.

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ELABORACION E IMPLANTACION DEL PROGRAMA ANUAL DE OBRAS Y SUS

MODIFICACIONES

REVISION:

HOJA 32 DE 336

V.1.9. ANEXOS

Programa Anual de Obras 2003 (PAO-2003)

Oficio de Inversión autorizado

Oficio Interno de Inversión

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CONCURSO PARA LA CONTRATACION DE OBRA

PUBLICA Y SUPERVISION POR LICITACION PUBLICA.

REVISION:

HOJA 40 DE 336

V.2. CONCURSO PARA CONTRATACION DE OBRA PUBLICA Y SUPERVISION POR LICITACION PUBLICA

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CONCURSO PARA LA CONTRATACION DE OBRA

PUBLICA Y SUPERVISION POR LICITACION PUBLICA.

REVISION:

HOJA 41 DE 336

V.2.1.- PROPOSITO

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CONCURSO PARA LA CONTRATACION DE OBRA

PUBLICA Y SUPERVISION POR LICITACION PUBLICA.

REVISION:

HOJA 42 DE 336

V.2.1.- PROPOSITO LOGRAR QUE LAS CONTRATACIONES DE OBRA PUBLICA POR LICITACION PUBLICA NACIONAL SE REALICEN DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN LA LEY DE OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS Y SU REGLAMENTO VIGENTE Y SERVIR DE ORIENTACION A LA DIRECCION DE OBRAS Y MANTENIMIENTO DE BIENES INMUEBLES Y DE MAS AREAS INVOLUCRADAS EN EL DESARROLLO DEL PROCESO.

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CONCURSO PARA LA CONTRATACION DE OBRA

PUBLICA Y SUPERVISION POR LICITACION PUBLICA.

REVISION:

HOJA 43 DE 336

V.2.2.- ALCANCE

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CONCURSO PARA LA CONTRATACION DE OBRA

PUBLICA Y SUPERVISION POR LICITACION PUBLICA.

REVISION:

HOJA 44 DE 336

V.2..2.- ALCANCE LA CONTRATACION POR LICITACION PUBLICA SE LLEVA A CABO EN FORMA TRANSPARENTE, ATENDIENDO CRITERIOS DE ACTUACION DE CALIDAD Y OPORTUNOS QUE PERMITEN AL INSTITUTO EL LOGRO DE SUS OBJETIVOS BAJO EL MARCO NORMATIVO VIGENTE EN LA MATERIA.

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CONCURSO PARA LA CONTRATACION DE OBRA

PUBLICA Y SUPERVISION POR LICITACION PUBLICA.

REVISION:

HOJA 45 DE 336

V.2.3.- POLITICAS DE OPERACION

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CONCURSO PARA LA CONTRATACION DE OBRA

PUBLICA Y SUPERVISION POR LICITACION PUBLICA.

REVISION:

HOJA 46 DE 336

V.2..3.- POLITICAS DE OPERACIÓN

La Dirección de Obras y Mantenimiento de Bienes Inmuebles, deberá verificar en la Coordinación Nacional de Recursos Financieros si existe la suficiencia presupuestal requerida para la contratación de obra pública y obtener de dicha Coordinación el correspondiente oficio de inversión autorizado.

Los contratos de obra pública y los servicios relacionados con las mismas se adjudicaran, invariablemente por la Secretaria Administrativa del Instituto a través de licitaciones públicas, mediante convocatoria pública, para que libremente se presenten proposiciones viables en sobre cerrado, mismos que serán abiertos públicamente, a fin de asegurar al Instituto las mejores condiciones en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias, según lo establecido en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas y su reglamento.

La Subdirección de Obras a través del Residente de Supervisión en atención al requerimiento de obra, deberá visitar el lugar donde se realizará esta para detectar sus características y requerimientos, así mismo verificar si los trabajos a realizar afectan a un monumentos histórico en cuyo caso solicitará y obtendrá de Coordinación Nacional de Monumentos Históricos el dictamen y el catálogo de conceptos correspondientes.

El titular de la Dirección de Obras y Mantenimiento de Bienes Inmuebles a través de la Subdirección de Obras, elaborará las bases de concurso de obra pública mismos que deberá contener los establecido en a ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas en el Titulo Tercero (del articulo 27 al 40) donde se establecen los mecanismos de invitación, presentación, apertura de proposiciones técnicas y económicas, desechamiento, evaluación y adjudicación de contratos a obra pública, así como también lo establecido en el Reglamento de Obras en el Titulo Tercero, Capitulo Primero.- De las obras y servicios por contrato, licitación publica (del articulo 18 al 43) y en las bases, políticas y lineamientos emitidos por la Dirección de Obras y Mantenimiento de Bienes Inmuebles.

En el caso de optar por la contratación por adjudicación directa, la Dirección de Obras y Mantenimiento de Bienes Inmuebles, deberá contar preferentemente para tales efectos con la cotización de 3 personas y elegir la que mejor se adapte a los requerimientos de la obra y mejor convenga a los intereses del instituto de acuerdo a los lineamientos establecidos en el Artículo al 43 y en la Circular No. 1 del INAH.

La Dirección de Obras y Mantenimiento de Bienes Inmuebles, podrá optar por no llevar a cabo el proceso de licitación pública y celebrar contratos a través de los procedimientos de invitación a cuando menos a tres personas de acuerdo o lo previsto en los artículos 41 al 43 Titulo tercero, Capitulo Tercero de la Ley (Excepciones a la licitación Pública).

Las bases de la licitación serán gratuitas para todos los participantes únicamente cuando estas se realicen por adjudicación directa o por invitación a cuando menos tres personas.

Los concursos por convocatoria pública, tendrán un costo de recuperación determinando en razón de las erogaciones por publicación de la convocatoria y de la reproducción de los documentos que se entreguen (Articulo 31 F III de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.).

Invariablemente el titular de la Dirección de Obras y Mantenimiento de bienes Inmuebles previo a la publicación de la convocatoria, deberá obtener el visto bueno de las bases respectivas por parte de la Coordinación Nacional de Asuntos Jurídicos y la aprobación del Organo Interno de Control.

La Dirección de Obras y Mantenimiento de Bienes Inmuebles a través de la Subdirección de Obras publicará en el Diario Oficial de la Federación las convocatorias de licitación pública debidamente integradas de acuerdo a lo establecido en el articulo 31 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas en donde especifica su contenido. Simultáneamente a dichas convocatorias, la Dirección de referencia deberá integrarlas en el Sistema Electrónico de Contrataciones Gubernamentales de la SECODAM.

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CONCURSO PARA LA CONTRATACION DE OBRA

PUBLICA Y SUPERVISION POR LICITACION PUBLICA.

REVISION:

HOJA 47 DE 336

Una vez publicadas las convocatorias de licitación pública en el Diario Oficial de la Federación, la Dirección de Obras y Mantenimiento de Bienes Inmuebles deberá notificar al Organo Interno de Control dicha publicación.

El titular de la Dirección de Obras y Mantenimiento de Bienes Inmuebles pondrá a disposición de los interesados las bases para las licitaciones públicas a partir de la fecha de la publicación de la convocatoria y hasta el sexto día natural previo al acto de presentación y apertura de proposiciones.

El contratista interesado podrá revisar por su cuenta y riesgo las bases de licitación antes de adquirirlas para tomar la decisión de participar.

El Director de Obras y Mantenimiento de Bienes Inmuebles, representara o designara un representante que presida los actos de recepción y apertura de sobres con ofertas técnicas y económicas.

La Dirección de Obras y Mantenimiento de Bienes Inmuebles deberá optar por no llevar a cabo el procedimiento de licitación pública cuando la declare desierta por no existir participantes con propuestas técnicas y económicas en el acto de apertura de sobres, en cuyo caso procederá a una segunda convocatoria, si esta situación prevalece, optará por la celebración de contratos a través de los procedimientos de invitación a cuando menos tres participantes o de adjudicación directa.

El titular de la Dirección de Obras y Mantenimiento de Bienes Inmuebles, emitirá el fallo de otorgamiento de contrato en base a la propuesta fundamentada en las actas y dictámenes elaborados durante el proceso, dicho fallo se dará a conocer durante el “acto de conocimiento de fallo” precedido por el titular de la Dirección o su representante, quien notificara al licitante la adjudicación del contrato de obra.

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CONCURSO PARA LA CONTRATACION DE OBRA

PUBLICA Y SUPERVISION POR LICITACION PUBLICA.

REVISION:

HOJA 48 DE 336

V.2.4.- DIAGRAMA DEL PROCEDIMIENTO

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CONCURSO PARA LA CONTRATACION DE OBRA

PUBLICA Y SUPERVISION POR LICITACION PUBLICA.

REVISION:

HOJA 49 DE 336

DIRECCION DE OBRAS Y MANTENIMIENTO DE BIENES INMUEBLES

AREA SOLICITANTE SUBDIRECCION DE OBRAS

INICIO

ACTUALIZACION DEL PROGRAMA

ANUAL DE OBRAS (PAO)

1

EXISTE SUFICIENCIA

PRESUPUESTAL

REPROGRAMA-CION DEL

PROGRAMA ANUAL DE

OBRAS (PAO

2

ELABORACION DE DICTAMEN

DE OBRA

3

SI

NO

AUTORIZACION DE OBRA

CATALOGO Y PRESUPUESTO

4

A

C

ELABORACION DE BASES DE LICITACION

5

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CONCURSO PARA LA CONTRATACION DE OBRA

PUBLICA Y SUPERVISION POR LICITACION PUBLICA.

REVISION:

HOJA 50 DE 336

DIRECCION DE OBRAS Y MANTENIMIENTO DE BIENES INMUEBLES

SUBDIRECCION DE OBRAS

A

AJUSTE DE BASES DE

LICITACION

6

8

PUBLICACION DE LA CONVOCATORIA PARA LICITACION

PUBLICA EN EL DIARIO OFICIAL DE

LA FEDERACION

VISITA DE

OBRA

7

10

JUNTA DE ACLARACIONES

A LAS BASES

NOTIFICACION DE

ACLARACIONES A LAS BASES

9

B

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CONCURSO PARA LA CONTRATACION DE OBRA

PUBLICA Y SUPERVISION POR LICITACION PUBLICA.

REVISION:

HOJA 51 DE 336

DIRECCION DE OBRAS Y MANTENIMIENTO DE BIENES INMUEBLES

SUBDIRECCION DE OBRAS

B

ACTO DE RECEPCION Y APERTURA DE

OFERTAS TECNICAS

11

13

DICTAMEN DE PROPUESTAS

TECNICAS ACEPTADAS Y RECHAZADAS

12

14

ACTO DE APERTURA DE

OFERTAS ECONOMOCAS

DICTAMEN DE PROPUESTAS ECONOMICAS

D

PARTICIPANTES 1ª. Y2a.

CONVOCATORIA

E

OFERTAS TECNICAS DE

OBRA ACEPTADAS

SI

NO

DECLARACION DESIERTA:

PROCEDIMIENTO POR

ADJUDICACION DIRECTA

C

NOSI

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CONCURSO PARA LA CONTRATACION DE OBRA

PUBLICA Y SUPERVISION POR LICITACION PUBLICA.

REVISION:

HOJA 52 DE 336

DIRECCION DE OBRAS Y MANTENIMIENTO DE BIENES

INMUEBLES

SECRETARIA ADMINISTRATIVA

DEL INAH

SUBDIRECCION DE OBRAS

SI

D

ACTO DE

RECONOCIMIENTO DE FALLO

NOTIFICACION DE FALLO DE

ADJUDICACION DE OBRA

VALIDACION DEL FALLO DE

OTORGAMIENTO DE CONTRATO

FALLO DE PROPUESTA

DE OBRA

FALLO DE RECHAZO

PROCEDIMIENTO DE

CONTRATACION DE OBRA

E

TERMINO

15

16

17

NO

18

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CONCURSO PARA LA CONTRATACION DE OBRA

PUBLICA Y SUPERVISION POR LICITACION PUBLICA.

REVISION:

HOJA 53 DE 336

V.2.5.- DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO

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CONCURSO PARA LA CONTRATACION DE OBRA

PUBLICA Y SUPERVISION POR LICITACION PUBLICA.

REVISION:

HOJA 54 DE 336

Secuencia de etapas Actividad Responsable

1. ACTUALIZACION DEL PROGRAMA ANUAL DE

OBRAS

1.1 Revisa la calendarización de obras en el “programa anual de obras” y solicita a la Coordinación Nacional de Recursos Financieros, oficio de inversión debidamente autorizado.

1.2 Revisa suficiencia presupuestal. Existe suficiencia presupuestal: Autoriza el requerimiento de obra y turna a la Subdirección de Obras para su atención, continua proceso en el No. 3. No existe suficiencia presupuestal: Envía oficio informado al área solicitante tal situación para que en su caso reprograme, continua proceso en el No. 2

Dirección de Obras y Mantenimiento de Bienes

Inmuebles

2. REPROGRAMACION DEL PROGRAMA ANUAL DE

OBRAS

2.1 Recibe oficio, corrige, reprograma y turna a la Dirección de Obras y Mantenimiento de Bienes Inmuebles para su autorización, regresa proceso a la actividad No. 1.

Area solicitante

3. ELABORACION DE DICTAMEN DE OBRA

3.1 Recibe el requerimiento de obra, lo revisa y abre expediente, archiva y acude al lugar para detectar las características y necesidades de la obra. Verifica.

3.2 Si es monumento histórico solicita y obtiene catálogo

de conceptos y dictamen a la Coordinación Nacional de Monumentos Históricos

3.3 Elabora dictamen de obra y turna para autorización del

Director de Obras y Mantenimiento de Bienes Inmuebles, archiva en expediente.

Subdirección de Obras

4. AUTORIZACION DE OBRA, CATALOGO Y

PRESUPUESTO

4.1 Recibe “catalogo de conceptos” y “presupuesto base”, revisa y autoriza obra, turná a la Subdirección de Obras.

Dirección de Obras Y Mantenimiento de Bienes

Inmuebles

5 ELABORACION DE BASES DE LICITACION

5.1 Recibe “catalogo de conceptos” y “presupuesto base”, archiva temporalmente.

5.2 Elabora bases del concurso con fundamento en lo

establecido en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas y turna a la Dirección de Obras y Mantenimiento de Bienes Inmuebles.

Subdirección de Obras

6 . AJUSTE DE BASES DE LICITACION CON

CATALOGO

6.1 Recibe las bases del concurso, revisa y en su caso efectúa modificaciones. 6.2 Instruye a la Subdirección de Obras para que continúe

con la etapa de publicación de la convocatoria para licitación en el Diario Oficial de la Federación.

Dirección de Obras y Mantenimiento de Bienes

Inmuebles

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CONCURSO PARA LA CONTRATACION DE OBRA

PUBLICA Y SUPERVISION POR LICITACION PUBLICA.

REVISION:

HOJA 55 DE 336

Secuencia de etapas Actividad Responsable

7. PUBLICACION DE LA CONVOCATORIA PARA

LICITACION PUBLICA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA

FEDERACION

7.1 Realiza las modificaciones correspondientes y acorde a las bases del concurso y a la Ley de Obras Publicas y Servicios Relacionados con las mismas, elabora la convocatoria para la licitación publica.

7.2 Tramita la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de la Federación, la inscribe en el sistema electrónico de la SECODAM, COMPRANET, archiva las bases definitivas temporalmente.

7.3 Informa al Organo Interno de Control de la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de la Federación

7.4 Elabora oficios de invitación al Organo Interno de Control en el INAH, al Area Jurídica, al área usuaria, a la SECODAM, a las Cámaras y a los Colegios respectivos, anexando copia de la convocatoria y bases del concurso.

7.5 Entrega bases del concurso a los participantes contra comprobante de pago directo en la Tesorería General del INAH o mediante COMPRANET, instruye a la Subdirección de Obras para visita de dictamen.

Subdirección de Obras

8. VISITA DE OBRA

8.1 En fechas señaladas en las bases visita el lugar de la obra conjuntamente con los participantes en el concurso enviando un informe del resultado de la visita a la Dirección de Obras y Mantenimiento de Bienes Inmuebles.

Subdirección de Obras

9. JUNTA DE ACLARACIONES A LAS

BASES

9.1 Preside la Junta de Aclaraciones a las bases conforme a la fecha establecida en las mismas, levantando acta del evento debidamente requisitada e instruye a la Subdirección de Obras para su difusión.

Dirección de Obras y Mantenimiento de Bienes

Inmuebles

10. NOTIFICACION DE ACLARACIONES

10.1 Recibe acta del evento, verifica que se notifique a los licitantes que no asistieron y registrar el acta en el sistema COMPRANET.

Subdirección de obras

11. ACTO DE RECEPCION Y APERTURA DE OFERTAS

TECNICAS

11.1 Recibe y preside el acto de recepción de los sobres conteniendo las propuestas técnica y económicas.

En caso de que no exista ninguna participación: 11.2 Instruye a la Subdirección de Obras para que lleve a cabo

una segunda convocatoria, si aún así no se presentan propuestas, declara desierta la licitación publica para que se lleve a cabo la contratación por adjudicación directa, elaborando el acta del evento correspondiente de acuerdo a lo establecido en la ley de Obras Publicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

Si se presentan participaciones: 11.3 Procede a abrir las ofertas técnicas, revisando que contenga

la información solicitada en las bases, firmándose estas y los sobres de las propuestas económicas por los licitantes y los servidores públicos asistentes, elabora el acta respectiva, entrega a los licitantes copia de la misma y gira instrucciones a la Subdirección de Obras para que notifique a los licitantes que no asistieron.

Dirección de Obras y Mantenimiento de Bienes

Inmuebles

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CONCURSO PARA LA CONTRATACION DE OBRA

PUBLICA Y SUPERVISION POR LICITACION PUBLICA.

REVISION:

HOJA 56 DE 336

Secuencia de etapas Actividad Responsable

12. DICTAMEN DE OBRAS TECNICAS ACEPTADAS Y

RECHAZADAS

12.1 Recibe la información y documentación del evento informa a los licitantes que no asistieron

12.2 Revisa conjuntamente con el área usuaria las

propuestas técnicas, y elabora el dictamen técnico de estas, indicando los licitantes aceptados y rechazados, así como las causas que generaron le decisión.

Propuestas técnicas aceptadas: Turna a la Dirección de Obras y Mantenimiento de Bienes Inmuebles y continua en la etapa siguiente. Propuesta técnica rechazada: Informa a los licitantes las causas que originaron el rechazo y regresa al área solicitante para su reprogramación. Etapa No. 2

Subdirección de Obras

13. ACTO DE APERTURA DE OFERTAS ECONOMICAS

13.1 Preside el acto de apertura de propuestas económicas dando lectura al dictamen técnico, expone causas de rechazo de licitantes, informa que las propuestas económicas de estos últimos no serán abiertas e informa la fecha y lugar en donde les será devuelto el sobre de sus propuestas económicas a los rechazados.

13.2 Abre las propuestas económicas, da lectura a las

mismas, elabora el acta del evento recabando las firmas de los licitantes y servidores públicos asistentes en las propuestas y en el acta turna a la Subdirección de Obras para su análisis instruyendo que se notifique a los solicitantes que no asistieron.

Dirección de Obras y Mantenimiento de Bienes

Inmuebles

14. DICTAMEN DE PROPUESTAS ECONOMICAS

14.1 Recibe la documentación del evento de apertura de propuestas económicas notifica a los licitantes que no asistieron, anexándoles copia del acta del evento.

14.2 Revisa las propuestas económicas y emite un cuadro

comparativo y dictamen económico de las propuestas participantes, señalando las solventes mas bajas, envía a la Dirección de Obras y Mantenimiento de Bienes Inmuebles.

Subdirección de Obras

15. PROPUESTA DE FALLO DE OBRA IDONEA

15.1 Revisa, emite propuesta de fallo y solicita a la Secretaria Administrativa del INAH, analice y emita su opinión del licitante que presento la mas conveniente para el INAH, indicando las razones, tanto de las desechadas como de las seleccionadas, anexando las actas de los eventos del procedimiento licitatorio.

Dirección de Obras y Mantenimiento de Bienes

Inmuebles

16. VALIDACION DEL FALLO DE

OTORGAMIENTO DE CONTRATO DE OBRA

16.1 Analiza las causas, motivos y actas del proceso licitatorio, emite su opinión y observaciones.

Fallo de rechazo: Regresa la documentación a la Dirección de Obras y Mantenimiento de Bienes y Servicios, para que informe a los licitantes en la fecha acordada en las bases, las causas del rechazo. Regresa a la etapa No. 12.2 Fallo de aceptación: Envía el documento de fallo a la Dirección de Obras y Mantenimiento de Bienes Inmuebles motivando y fundando la decisión de otorgar el contrato al licitante ganador.. Continua en la actividad siguiente.

Secretaria Administrativa del INAH

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CONCURSO PARA LA CONTRATACION DE OBRA

PUBLICA Y SUPERVISION POR LICITACION PUBLICA.

REVISION:

HOJA 57 DE 336

Secuencia de etapas Actividad Responsable

17. ACTO DE CONOCIMIENTO DE FALLO

17.1 Recibe el fallo y en el acto previsto en las bases lo da a conocer elaborando el acta respectiva, girando instrucciones a la Subdirección de Obras para que sean notificados todos los licitantes participantes de este acto.

Dirección de Obras y Mantenimiento de Bienes

Inmuebles

18. NOTIFICACION DE FALLO DE ADJUDICACION DE CONTRATO DE OBRA

18.1 Notifica a cada uno de los licitantes participantes el fallo, motivando y fundando las causas por las que se les asigno o no el contrato respectivo, anexando copia del acta del evento del fallo, así como del dictamen para llegar al mismo

18.2 Da de alta el fallo en el sistema COMPRANET. 18.3 Integra el expediente de proceso licitatorio así como el del

licitante ganador con el fin de tener toda la documentación para fiscalización de los mismos y para la elaboración del contrato. Continua con el procedimiento de Contratación de Obra. Continua con el Procedimiento de contratación de Obra.

Subdirección de Obras

Termino

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CONCURSO PARA LA CONTRATACION DE OBRA

PUBLICA Y SUPERVISION POR LICITACION PUBLICA.

REVISION:

HOJA 58 DE 336

V.2.6. DOCUMENTOS DE REFERENCIA

Documento Código

Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas.

Políticas, bases y lineamientos de la Dirección de Obras y Mantenimiento de Bienes Inmuebles.

Oficio de Autorización de Inversión.

Estudios previos de Factivilidad y Necesidad de Obras.

Proyecto ejecutivo o planos del proyecto.

Estimado de costos..

Normas y especificaciones.

Programa original de obras elaborados por la DOMBI.

Permisos y lecencias.

Copia de la convocatoria según sus modalidades.

Bases del concurso

Comprobante de vista de obra.

Minuta de limite de aclaraciones.

Acta de apertura técnica.

Acta de apertura económica.

Análisis comparativo de las propuestas recibidas.

Dictamen de adjudicación.

Acta de fallo.

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CONCURSO PARA LA CONTRATACION DE OBRA

PUBLICA Y SUPERVISION POR LICITACION PUBLICA.

REVISION:

HOJA 59 DE 336

V.2.7. REGISTROS

Registro Tiempo de

conservación Responsable de

conservarlo Código de

registro

registro de análisis y comparativos de propuestas de obras recibidas.

--

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CONCURSO PARA LA CONTRATACION DE OBRA

PUBLICA Y SUPERVISION POR LICITACION PUBLICA.

REVISION:

HOJA 60 DE 336

V.2.8. GLOSARIO

Obras Publicas: trabajos que tengan por objeto construir, instalar, ampliar, adecuar, remodelar, restaurar, conservar, mantener, modificar y demoler bienes muebles de acuerdo a lo establecido en el articulo 3º , titulo Primero; Capitulo Décimo de la ley de Obras Publicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

Licitación Publica: procedimiento a través del cual se invita al publico en general mediante convocatoria publica en el Diario Oficial de la Federación para que presente en atención a bases predeterminadas, propuestas para la realización de Obras Publicas aprobadas y programadas en el Instituto, mismo que por conducto de la Secretaria Administrativa y de la Dirección de Obras y Mantenimiento de Bienes inmuebles, emitirá un fallo de adjudicación de contrato de obras favor del licitante que presente la mejor opción técnica y económica.

Licitante: persona física o moral que participa en un procedimiento de licitación publica.

PAO: Programa Anual de Obras.

DOMBI: Dirección de Obras y Mantenimiento de Bienes Inmuebles.

S.A.: Secretaria Administrativa.

S. T: Secretaria Técnica.

Dictamen de Obra: opinión que en base a una visita que emite la Subdirección de Obras respecto a las características y necesidades de requerimientos de obra solicitados por las diversas dependencias del Instituto, determinando si se trata de un monumento histórico y en su caso obteniendo el Catálogo de Conceptos.

OIC: Organo Interno de Control.

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CONCURSO PARA LA CONTRATACION DE OBRA

PUBLICA Y SUPERVISION POR LICITACION PUBLICA.

REVISION:

HOJA 61 DE 336

V.2.9. ANEXOS

Requisitos de las Bases.

I. Datos generales de la Licitación pública Nacional. II. Documentos que deberán contener los sobres de las propuestas. III. Consideraciones para la presentación de la proposición. IV. Motivos de rechazo de las propuestas. V. Motivos por los cuales se descalificarán las propuestas realizadas para su análisis. VI. Motivo para declarar desierta la Licitación Publica Nacional y cancelar la licitación VII. Criterios que se tomarán en cuenta para la evaluación de los proyectos. VIII. Forma y términos de pago de los servicios. IX. Procedimiento de Ajuste de Costos.

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CONTRATACION DE OBRA PUBLICA.

REVISION:

HOJA 145 DE 336

V.3. CONTRATACION DE OBRA PUBLICA

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CONTRATACION DE OBRA PUBLICA.

REVISION:

HOJA 146 DE 336

V.3.1.- PROPOSITO

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CONTRATACION DE OBRA PUBLICA.

REVISION:

HOJA 147 DE 336

V.3.1.- PROPOSITO CONTAR CON UNA HERRAMIENTA ADMINISTRATIVA QUE PERMITA AL PERSONAL INVOLUCRADO, ELABORAR Y CONTROLAR LOS CONTRATOS Y CONVENIOS DE OBRA PUBLICA PROGRAMADA DE ACUERDO AL MARCO JURIDICO VIGENTE EN LA MATERIA, ATENDIENDO LAS NECESIDADES DEL INSTITUTO Y LA TRASPARENCIA EN EL EJERCICIO DEL GASTO.

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CONTRATACION DE OBRA PUBLICA.

REVISION:

HOJA 148 DE 336

V.3.2.- ALCANCE

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CONTRATACION DE OBRA PUBLICA.

REVISION:

HOJA 149 DE 336

V.3.2.- ALCANCE EL INSTITUTO CELEBRA CONTRATOS DE OBRA PUBLICA REQUERIDOS, BAJO LAS MEJORES CONDICIONES TECNICAS Y ECONOMICAS DE ACUERDO A SUS POLITICAS Y LINEAMIENTOS ESTABLECIDAS Y APEGADAS AL MARCO JURIDICO EN LA MATERIA.

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CONTRATACION DE OBRA PUBLICA.

REVISION:

HOJA 150 DE 336

V.3.3.- POLITICAS DE OPERACION

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CONTRATACION DE OBRA PUBLICA.

REVISION:

HOJA 151 DE 336

V.3 3.- POLITICAS DE OPERACIÓN

Invariablemente la Dirección de Obras y Mantenimiento de Bienes Inmuebles deberá iniciar la contratación de obra pública de acuerdo al fallo de la licitación pública correspondiente, donde se da a conocer el nombre del licitante ganador.

La formalización del contrato de obra deberá celebrarse por el Instituto y el contratista dentro de los 30 días naturales siguientes de la notificación del fallo, previa garantía de cumplimiento de acuerdo a la forma y términos establecidos en las bases para la licitación pública y en la propia ley de Obras y Servicios Relacionados con las Mismas

El titular de la Dirección de Obras y Mantenimiento de Bienes Inmuebles verificará que el proceso de contratación de obra pública dadas las características de los inmuebles a su resguardo, se realice únicamente en base a precios unitarios y tiempo determinado.

Todo modelo de contrato realizado, deberá ser autorizado por el titular de la Coordinación Nacional de Asuntos Jurídicos.

El contratista deberá garantizar mediante fianza a favor de la Tesorería de la Federación y a disposición del Instituto el cumplimiento del contrato de obra pública o servicios relacionados con la misma, dicha fianza constituida por el 20 % del importe de la obra contratada, dentro de los 15 días naturales siguientes a la fecha de notificación del fallo de adjudicación.

En caso de que en el contrato de obra se establezca el pago de un anticipo, el contratista deberá constituir una fianza por el 100% de su monto total incluyendo el impuesto al valor agregado, dicha fianza para garantizar la correcta inversión del anticipo deberá ser presentada por el contratista dentro de los 15 días naturales siguientes a la fecha de notificación del fallo o en su caso adjudicación directa, después de la notificación de captación del presupuesto, la garantía deberá otorgarse a favor de la Tesorería de la Federación y a disposición del Instituto.

Una vez concluidos los trabajos objeto del contrato, el contratista deberá obligarse a responder de los defectos que resultaran en los mismos, de los vicios ocultos o de cualquier otra responsabilidad en que hubiera incurrido. El contratista podrá atender lo anteriormente referido de acuerdo a lo establecido en el articulo 66 de la Ley, las garantías deberán otorgarse a favor de la Tesorería de la Federación, a disposición del Instituto Nacional de Antropología e Historia y tendrá una vigencia de 12 meses contados a partir de la fecha de recepción oficial de los trabajos.

Invariablemente la Dirección de Obras y Mantenimiento de Bienes Inmuebles deberá integrar a cada expediente técnico-administrativo de obra entre otros los siguientes documentos:

Autorización por concepto de especificación por parte de la Coordinación Nacional de Monumentos Históricos o de la Coordinación Nacional de Museos y Exposiciones para realizar la intervención.

Autorización para la intervención en caso de inmuebles contemporáneos de la Dirección de Obras y Mantenimiento de Bienes Inmuebles.

Las entidades dependientes del Instituto que requieran contratar a un tercero para la realización de una obra, deberán invariablemente sujetarse a lo establecido en el apartado V de la circular SA-001 (CNRMyS).- “Mantenimiento y Conservación de los Inmuebles” así como aplicar para su ejecución, información, supervisión y control lo contemplado en las políticas, bases y lineamientos, del Instituto en materia de obras y en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y en su Reglamento.

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CONTRATACION DE OBRA PUBLICA.

REVISION:

HOJA 152 DE 336

La Subdirección de Obras vigilará que todo contrato de obra pública y servicios relacionados con las mismas sea validado por la Dirección de Obras y Mantenimiento de Bienes Inmuebles quien confirmará ante la Coordinación Nacional de Recursos Financieros (una vez que el contratista haya firmado el contrato) la suficiencia presupuestal con que deberán contar las diversas áreas del Instituto incluyendo las Centros INAH para la realización de obra nueva, mantenimiento preventivo o correctivo y conservación de los inmuebles bajo custodia del INAH.

La Coordinación Nacional de Recursos Financieros verificará en un plazo de 4 días naturales a su recepción si el contrato cuenta con los recursos necesarios para la realización de la obra, en cuyo caso de no existir problemas procederá a sellar el contrato correspondiente y regresarlo confirmado a la Dirección de Obras y Mantenimiento de Bienes Inmuebles o al Centro INAH.

El titular de la Subdirección de Obras deberá sin excepción verificar que todo contrato de obra pública contenga básicamente lo relacionado con el articulo 46 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y en las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Obra Publica del Instituto. Independientemente de los requisitos anteriormente mencionados, la Dirección de Obras y Mantenimiento de Bienes Inmuebles al momento de la elaboración del contrato respectivo de obra o servicios relacionados con las mismas, podrán establecer otros requisitos necesarios, según corresponda a la naturaleza y complejidad de la obra.

Una vez confirmada la suficiencia presupuestal que ampara el contrato de obra publica o servicios relacionados con la misma, la Dirección de Obras y Mantenimiento de Bienes Inmuebles o el Centro INAH según corresponda remitirán dicho contrato con sus respectivos acuerdos (expediente) a la Coordinación Nacional de Asuntos Jurídicos para su validación y firma de la Secretaria Administrativa del Instituto. Una vez validado y autorizado el contrato la Coordinación Nacional de Asuntos Jurídicos lo regresa a la Dirección de Obras y Mantenimiento de Bienes Inmuebles o al Centro INAH.

La Dirección de Obras y Mantenimiento de Bienes Inmuebles o en su caso el Centro INAH una vez concluida la formalización y autorización del contrato, otorgaran una copia del mismo con sus respectivos acuerdos al contratista..

Los procedimientos para contratación de obra deberán ser sometidos por la Dirección de Obras y Mantenimiento de Bienes Inmuebles o el centro INAH al Comité Nacional de Obras para su aprobación en sesiones ordinarias programadas o en extraordinarios cuando se requiera.

El Instituto a través de la Dirección de obras y Mantenimiento de Bienes Inmuebles con base en su presupuesto autorizado bajo su responsabilidad y por razones fundadas y explícitas, podrá modificar los contratos en base de precios unitarios y tiempo determinado, en la parte correspondiente mediante convenios modificatorios que no excedan el 25% del monto o plazo establecido contractualmente o mediante convenios adicionales cuando se exceda el 25%.

La Dirección de Obras y Mantenimiento de Bienes Inmuebles deberá verificar que los convenios adicionales sean autorizados por la Dirección del Instituto a través de la Secretaria Administrativa, siempre y cuando las modificaciones a realizar no afecten en modo alguno la naturaleza y características esenciales del objeto del contrato original en el cumplimiento de la Ley de Obras y Servicios Relacionados con las mismas.

La Dirección de Obras y Mantenimiento de Bienes Inmuebles o del Centro INAH designará por escrito al residente de supervisión de la obra quien previo a la elaboración de los convenios, tanto modificatorios como adicionales, deberá emitir un dictamen que fundamente las causas que motivaron dichas modificaciones, mismas que consideran parte del contrato respectivo, y por lo tanto obligatorias para quienes lo suscriban.

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CONTRATACION DE OBRA PUBLICA.

REVISION:

HOJA 153 DE 336

V.3.4.- DIAGRAMA DEL PROCEDIMIENTO

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CONTRATACION DE OBRA PUBLICA.

REVISION:

HOJA 154 DE 336

DIRECCION DE OBRAS Y MANTENIMIENTO DE BIENES INMUEBLES

SUBDIRECCION DE OBRAS DOMBI, CNAJ Y SECRETARIA

ADMINISTRATIVA

INICIO

ENVIO DE FALLO DE

ADJUDICACION Y AUTOR. DE RECURSOS

1

INTEGRACION DEL CONTRATO

DE OBRA Y SOLICITUD DE

FONDOS

2

CONFIRMACION DE

SUFICIENCIA PRESUPUESTAL

3

INTERACCION DEL

EXPEDIENTE DE OBRA

VALIDACION Y AUTORIZACION DEL CONTRATO

DE OBRA

5

RESGUARDO DEL CONTRATO

DE OBRA

4

6

B

A

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CONTRATACION DE OBRA PUBLICA.

REVISION:

HOJA 155 DE 336

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CONTRATISTA DIRECCION DE OBRAS Y MANTENIMIENTO DE BIENES INMUEBLES

SUBDIRECCION DE OBRAS

DETERMINACION DE EJECUCION DE TRABAJOS POR CANTIDADES O

CONCEPTOS NO PREVISTOS

7

VALIDACION DE TRABAJOS

MODIFICATORIOS ADICIONALES

8

9

DETERMINACION DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL

POR CONVENIOS O MODIFICACIONES

ADICIONALES

AUTORIZACION DE CONVENIO ADICIONAL DE OBRA POR LA SEC. ADMIVA.

10

11

B

A

INCREMENTO MAYOR A 25%

DETERMINACION DEL

PORCENTAJE DE INCREMENTO

DE OBRA

SI

NO

ELABORACION DEL CONVENIO

DE MODIFICACION

DE OBRA

¿DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL?

12

FIRMA DE CONVENIOS Y

CONFIRMACION DE SUFICIENCIA PRESUPUESTAL

13

INICIACION DE OBRA

14

TERMINO

SI

NO PROCEDIMIENTO V.4

EJECUCION DE SUPERVISION DE OBRA

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CONTRATACION DE OBRA PUBLICA.

REVISION:

HOJA 156 DE 336

V.3. 5.- DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO

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CONTRATACION DE OBRA PUBLICA.

REVISION:

HOJA 157 DE 336

Secuencia de etapas Actividad Responsable

1 ENVIO DE FALLO DE ADJUDICACION DE OBRA Y

AUTORIZACION DE RECURSOS

1.1 Remite a la Subdirección de Obras y Mantenimiento de Bienes Inmuebles comunicado o fallo de adjudicación y oficio de autorización de recursos de la Secretaria de Hacienda y Crédito Publico.

Dirección de Obras y Mantenimiento de Bienes

Inmuebles

2 INTEGRACION DEL CONTRATO DE OBRA Y SOLICITUD DE FONDOS

2.1 Recibe y elabora contrato de obra publica a seis tantos, anotando datos generales del INAH y del contratista, tomando en consideración para su elaboración las bases del concurso.

2.2 Solicita al contratista rubrique los seis tantos del

contrato, le proporciona copia del mismo para que tramite y entregue las fianzas de anticipo y cumplimiento, así como la factura de anticipo.

2.3 Elabora solicitud de fondos, anexa factura y copia de

las fianzas entregadas por el contratista y tramita ante la Coordinación Nacional de Recursos Financieros el pago de anticipo para el contratista, quien inicia la obra

2.4 Una vez rubricado el contrato por el contratista, lo

remite a la Dirección de Obras y Mantenimiento de Bienes Inmuebles para su formalización y trámite de confirmación de suficiencia presupuestal.

Subdirección de Obras

3 CONFIRMACION DE SUFICIENCIA

PRESUPUESTAL

3.1 Recibe, firma contratos y los envía a la Coordinación Nacional de Recursos Financieros para la confirmación u obtención de suficiencia presupuestal.

3.2 Remite a la Subdirección de Obras, el contrato con

suficiencia presupuestal confirmada y fianzas rubricadas por el Director de Obras y el Contratista.

Dirección de Obras y Mantenimiento de Bienes

Inmuebles

4 INTEGRACION DEL EXPEDIENTE DE OBRA

4.1 Recibe contratos convenios y fianzas de anticipo y cumplimiento.

4.2 Integra el expediente con los siguientes documentos: Contrato Fianzas Documentación legal del contratista Catalogo de conceptos Programas de ejecución de obra Especificaciones generales Cualquier otro requerido

Una vez integrado turna a la Dirección de Obras para su validación

Subdirección de Obras

5. VALIDACION Y AUTORIZACION DEL

CONTRATO DE OBRA

5.1 Recibe, analiza y valida expediente, mismo que turna a la Coordinación Nacional de Asuntos Jurídicos para su validación.

5.2 Recibe, revisa y valida contratos, sella y rubrica todos los tantos, turna a la Secretaria Administrativa para su formalización.

5.3 Recibe, analiza, valora y rubrica los contratos mismos que regresa debidamente formalizados a la Coordinación Nacional de Asuntos Jurídicos.

5.4 Recibe y turna a la Dirección de Obras (se queda con un tanto).

Dirección de Obras y Mantenimiento de Bienes Inmuebles

Coordinación Nacional de Asuntos Jurídicos

Secretaria Administrativa

Coordinación Nacional de

Asuntos Jurídicos

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CONTRATACION DE OBRA PUBLICA.

REVISION:

HOJA 158 DE 336

Secuencia de etapas Actividad Responsable

5.5 Recibe debidamente formalizado cinco tantos del contrato, turnándolos como sigue:

Contratista Expediente técnico Expediente financiero Consecutivo de contratos Coordinación Nacional de recursos financieros

5.6 Turna dos tantos del contrato a la Subdirección de

Obras y uno a la CNRF.

Dirección de Obras y Mantenimiento de Bienes

Inmuebles

6. RESGUARDO DEL CONTRATO DE OBRA

6.1 Recibe contrato, archiva un tanto en expediente de adjudicación y entrega el segundo al contratista.

Subdirección de Obras

7. DETERMINACION DE EJECUCION DE TRABAJOS

POR CANTIDADES O CONCEPTOS NO

PREVISTOS

7.1 Determina si existe la necesidad de ejecutar trabajos por cantidades adicionales o por conceptos no previstos en catalogo original.

7.2 Elabora oficio, estimaciones e informe donde

fundamenta las modificaciones del contrato. 7.3 Turna a la Direccion de obras y mantenimiento de

bienes inmuebles para su análisis.

Contratista

8. VALIDACION DE TRABAJOS ADICIONALES

8.1 Recibe, valida y turna a la Subdirección de Obras para su análisis.

Dirección de Obras y Mantenimiento de Bienes

Inmuebles

9. DETERMINACION DEL PORCENTAJE DE

INCREMENTO DE OBRA

9.1 Recibe y determina el porcentaje del incremento entre la modificación y el contrato original.

El incremento de obra supera el 25% del monto original contratado: Continua el proceso en la etapa No. 10.

El incremento de la obra no supera el 25% del monto original contratado: Continua el proceso en la etapa No. 11.

Subdirección de Obras

10. AUTORIZACION DE CONVENIO ADICIONAL DE

OBRA POR LA SECRETARIA

ADMINISTRATIVA

10.1 Solicita y obtiene autorización de la Secretaria Administrativa para la elaboración del convenio de modificación de obra.

Subdirección de Obras

11. DETERMINACION DE DISPONIBILIDAD

PRESUPUESTAL POR CONVENIOS O

MODIFICACIONES ADICIONALES DE OBRA

11.1 Analiza y valora los requisitos y determina la disponibilidad presupuestal.

Existe disponibilidad presupuestal para solventar convenios o modificaciones de obra: Continua en la etapa siguiente (No.12). No existe disponibilidad presupuestal para solventar convenios o modificaciones de obra: Turna a la Dirección de Obras y Mantenimiento de Bienes Inmuebles para que tramite la obtención de recursos ante la Coordinación Nacional de Recursos Financiero, regresa a la etapa No. 3 a la No. 5 para obtención de recursos, actualización del expediente, validación y autorización del convenio.

Subdirección de Obras

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CONTRATACION DE OBRA PUBLICA.

REVISION:

HOJA 159 DE 336

Secuencia de etapas Actividad Responsable

12. ELABORACION DEL CONVENIO

MODIFICATORIO DE OBRA

12.1 Elabora convenio modificatorio o único en seis tantos, especificando montos, trabajos y tiempos de obra.

12.2 Recaba firma del contratista y turna a la Dirección de

Obras.

Subdirección de Obras

13. FIRMA DE CONVENIOS Y CONFIRMACION DE

SUFICIENCIA PRESUPUESTAL

13.1 Recibe, revisa y firma convenios, confirma suficiencia presupuestal en la Coordinación Nacional de Recursos Financieros.

Dirección de Obras y Mantenimiento de Bienes

Inmuebles

14 INICIACION DE OBRA 14.1 Inicia tramite para la ejecución de obra. Dirección de Obras y

Mantenimiento de Bienes Inmuebles

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CONTRATACION DE OBRA PUBLICA.

REVISION:

HOJA 160 DE 336

V.3.6. DOCUMENTOS DE REFERENCIA

Documento Código

Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas.

Reglamento de la Ley de Obras Publicas y Servicios Relacionados con las mismas.

Políticas, Bases y Reglamentos de la Dirección de Obras y Mantenimiento de Bienes Inmuebles.

Modelo de contrato de obra.

Modelo de fienza.

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CONTRATACION DE OBRA PUBLICA.

REVISION:

HOJA 161 DE 336

V.3.7. REGISTROS

Registro Tiempo de

conservación Responsable de

conservarlo Código de

registro

“NO PROCEDE”

--

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CONTRATACION DE OBRA PUBLICA.

REVISION:

HOJA 162 DE 336

V.3.8. GLOSARIO

Fallo de adjudicación: Documento mediante el cual se da a conocer al concursante ganador de una licitación.

Expediente de adjudicación de Obra: Carpeta donde se archivan todos los documentos correspondientes a la adjudicación de un contrato de obra abarcando desde los estudios previos de factibilidad y necesidad hasta la adjudicación del contrato de obra.

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CONTRATACION DE OBRA PUBLICA.

REVISION:

HOJA 163 DE 336

V.3.9. ANEXOS

Formato de fianza.

Formato de contrato.

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EJECUCION Y SUPERVISION DE OBRA.

REVISION:

HOJA 182 DE 336

V.4.- EJECUCION Y SUPERVISION DE OBRA

Page 77: MNP DE OBRAS - Instituto Nacional de Antropología e Historiamanual de procedimientos de la direccion de obras y mantenimiento de bienes inmuebles revision: hoja 1 de 336 pag i. introduccion

EJECUCION Y SUPERVISION DE OBRA.

REVISION:

HOJA 183 DE 336

V.4.1.- PROPOSITO

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EJECUCION Y SUPERVISION DE OBRA.

REVISION:

HOJA 184 DE 336 v

V.4.1.- PROPOSITO CONTAR CON UNA HERRAMIENTA ADMINISTRATIVA QUE PERMITA AL PERSONAL INVOLUCRADO PROGRAMAR, ORGANIZAR, DIRIGIR, SUPERVISAR Y CONTROLAR LAS OBRAS PUBLICAS REQUERIDAS DE ACUERDO AL MARCO JURIDICO VIGENTE, ATENDIENDO LAS NECESIDADES DEL INSTITUTO Y LA TRANSPARENCIA EN EL EJERCICIO DEL GASTO.

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EJECUCION Y SUPERVISION DE OBRA.

REVISION:

HOJA 185 DE 336

V.4.2.- ALCANCE

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EJECUCION Y SUPERVISION DE OBRA.

REVISION:

HOJA 186 DE 336

V.4.2.- ALCANCE LA EJECUCION Y SUPERVISION DE OBRA PUBLICA BAJO CONTRATO REQUERIDA EN EL INSTITUTO, SE REALIZA BAJO LAS MEJORES CONDICIONES OPERATIVAS DE ACUERDO A LAS POLITICAS Y LINEAMIENTOS ESTABLECIDOS APEGADOS AL MARCO NORMATIVO VIGENTE.

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EJECUCION Y SUPERVISION DE OBRA.

REVISION:

HOJA 187 DE 336

V.4.3.- POLITICAS DE OPERACION

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EJECUCION Y SUPERVISION DE OBRA.

REVISION:

HOJA 188 DE 336

V.4.3.- POLITICAS DE OPERACIÓN

El instituto inicia los trabajos en la fecha establecida contractualmente, para lo cual el Director de Obras y Mantenimiento de Bienes Inmuebles o el Centro INAH nombraran un representante que fungirá como residente de supervisión, haciéndolo de su conocimiento por escrito.

El contratista designará al representante que fungirá como superintendente de obra, designación que deberá de constar por escrito.

El Director de Obras y Mantenimiento de Bienes Inmuebles o el Centro INAH, en el acto de inicio de obra, pondrá a disposición del contratista el inmueble o las áreas necesarias para la ejecución de los trabajos, a efecto de no causar atraso en los programas de ejecución establecidos contractualmente.

El Residente de Supervisión deberá ser designado por escrito y bajo la responsabilidad de la Dirección de Obras y Mantenimiento de Bienes Inmuebles o del Centro INAH y dependiendo de la magnitud de los trabajos, previa justificación, podrán establecer la residencia o residencias de supervisión en la zona de influencia de los trabajos.

El Residente de Supervisión deberá cumplir con las funciones que se establecen en los artículos 84 y 86 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y servicios Relacionados con las mismas y hacer cumplir a la empresa constructora sus obligaciones y responsabilidades.

El Residente de Supervisión además de lo establecido en la política de operación anterior será responsable:

I. El manejo adecuado de la bitácora de obra, en estricto apego en lo establecido en la sección II del capitulo cuarto titulo tercero del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

II. Conocer el proyecto ejecutivo completo, así como el contenido de las propuestas técnica y económica del Contratista, mediante las cuales se adjudico el contrato

III. Coordinar la entrega al Contratista de toda la documentación que se requiera para llevar a cabo adecuadamente la obra.

IV. Cumplir y hacer cumplir al contratista el procedimiento gráfico de supervisión, es decir, la estricta observación de lo planos, croquis u especificaciones del proyecto.

V. La vigilancia de la correcta ejecución de los trabajos referentes a la obra. VI. Verificar y supervisar el control de calidad de los materiales empleados en la obra, conforme a las

normas para construcción e instalación vigente. VII. Dar seguimiento a la elaboración y cobro de las estimaciones, de acuerdo al avance de las mismas. VIII. Conciliar con el Contratista los números generados y avalarlos para presentar a revisión la

estimación. IX. Calcular las sanciones y retenciones que se estipulen contractualmente, formalizarlas y someterlas al

Director de Obras y Mantenimiento de Bienes Inmuebles o al Centro INAH respectivo. X. Analizar la procedencia de solicitud de ajuste de costos del Contratista. XI. Analizar la procedencia de las solicitudes de trabajos extraordinarios. XII. Revisar, conciliar y autorizar los precios unitarios extraordinarios. XIII. Preparar y elaborar los informes periódicos establecidos por la Dirección de Obras y Mantenimiento

de Bienes Inmuebles o el Centro INAH correspondiente. XIV. Coordinar juntas semanales para la revisión del Programa de Obra, estableciendo medidas

correctivas y preventivas a requerirse, estableciendo plazos y compromisos. XV. Mantener completos, ordenados y actualizados los planos, bitácoras, estimaciones y la

documentación que se haya generado en el transcurso de la obra, para presentar a la Dirección de Obras y Mantenimiento de bienes inmuebles o al Centro INAH cuando se requiera

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EJECUCION Y SUPERVISION DE OBRA.

REVISION:

HOJA 189 DE 336

XVI. Prepara la información que se requiera para atender la entrega recepción de la obra. XVII. Elaborar conjuntamente con el superintendente de obra, el finiquito de obra y el acta administrativa

conforme al Reglamento. XVIII. Coordinar el retiro de bodegas, tanto del Contratista como de la supervisión de obra vigilando la

limpieza de las áreas. XIX. Elaborar la memoria fotográfica del proceso de la obra objeto del contrato. XX. Controlar el programa de obra y el ejercicio del presupuesto, así como su actualización y elaborar

gráficas de avance financiero.

El Residente de Supervisión para el correcto desarrollo de sus actividades deberá de observar los alcances siguientes:

I. Vigilar que los recursos que se asignan al contratista como anticipo. Se apliquen única y

exclusivamente en la obra objeto del contrato. II. Vigilar que la obra se desarrolle conforme al proyecto ejecutivo, especificaciones

particulares y normas de construcción. III. Preparar y presentar a la Dirección de Obras y Mantenimiento de Bienes Inmuebles o al

Centro INAH la información general y detallada del desarrollo de los proyectos. IV. Recabar, ordenar y entregar a la Dirección de Obras y Mantenimiento de Bienes Inmuebles

o al Centro INAH toda la documentación técnica y administrativa que se genere en la obra (oficios, pólizas de garantía, pruebas de laboratorio, manuales de operación, etc)

V. Proporciona la información que sea necesaria para la entrega recepción de la obra. VI. En caso de que se trate de una supervisión externa, la empresa contratada para el control

de supervisión de la obra, tendrá la responsabilidad de contestar en nombre del Instituto, todas las observaciones que en su momento se hagan por las auditorias relacionadas con el contrato de obra, durante el desarrollo y/o después de haber terminado con los trabajos.

El Residente de Supervisión independientemente de observar y cumplir con las responsabilidades y alcances establecidos en las politices de operación 3.5, 3.6 y 3.7 del presente procedimiento, estará obligado en mantener informado en forma correcta y oportuna, ya sea al Director de Obras y Mantenimiento de Bienes Inmuebles o al Centro INAH según corresponda, de las acciones adoptadas y las determinaciones realizadas, como consecuencia del desarrollo de sus actividades.

El Residente de Supervisión, deberá considerar la bitácora de obra como el principal documento oficial en el sitio de los trabajos para controlar, vigilar y modificar, cualquier proceso de obra, debido a que no es posible considerar con exactitud en el proyecto algunos conceptos siendo dicha bitácora el documento

legal mediante el cual se puede ajustar la realidad, por tal motivo su uso es obligatorio en cada uno de los contratos de obra pública o servicios relacionados con las mismas.

El Residente de Supervisión como representante de la Dirección de Obras y Mantenimiento de Bienes Inmuebles o el centro INAH, deberá utilizar la bitácora de obra para cuidar que el constructor respete el proyecto autorizado y los trabajos se apeguen a las normas técnicas complementarias del Instituto a las normas de construcción, debiendo exigir calidad y controlar adecuadamente el proceso de la obra. Por lo anterior, siendo el documento oficial de la obra, es de suma importancia que la bitácora este firmada por el Superintendente de Obra y el Residente de Supervisión.

Invariablemente el Residente de Supervisión, deberá registrar en la bitácora los asuntos importantes relacionados con la obra, ajustándose a los siguiente:

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EJECUCION Y SUPERVISION DE OBRA.

REVISION:

HOJA 190 DE 336

I. Las hojas deberán de estar foliadas, en original y dos copias. II. La hoja original será propiedad del Instituto en la Dirección de Obras y Mantenimiento de Bienes

Inmuebles. III. La primera copia será para la Residencia de Supervisión y la segunda copia para la Superintendencia

de Obra. IV. Las hojas copia deberán de ser desprendidas no así la hoja original. V. El contenido de cada nota deberá de precisar, según las circunstancias de cada caso; número,

clasificación, descripción del asunto y en forma adicional ubicación, causa, solución, prevención, consecuencia económica responsabilidad si la hubiere, fecha de atención, así como referencia, en su caso, a la nota que se conteste.

El Residente de Supervisión para el correcto uso de la bitácora deberá de observar las siguientes reglas generales:

I. Abrir la bitácora de obra con una nota especial de referencia al caso, que deberá de contar como

mínimo:

a) Fecha de apertura. b) Datos generales de las partes involucradas. c) Nombre y firma del personal autorizado, domicilio y teléfono, datos particulares del

contrato y alcances específicos de los trabajos.

II. Seriar las notas en forma consecutiva, respetando el orden si excepción, esta regla tiene por objeto su identificación inequívoca al momento que se requiera, no debe de existir nota sin número.

III. Fechar las notas de la bitácora en el día que se asienten. IV. Los asientos deben de efectuarse con tinta indeleble (nunca a maquina o con tinta que pueda borrase,

mucho menos con lápiz), con letra legible y sin abreviaturas. V. Anular las notas cuando se cometan errores de redacción, de intención o de ortografía, mediante una

leyenda que diga esta nota se anula por tener errores, abriendo de inmediato otra nota con el número consecutivo que le corresponde.

VI. No deberá de sobreponer ni añadir nada a las notas de bitácora entre renglones, en las márgenes y en ningún otro sitio, si hubiera la necesidad de agregar algo, se abre otra nota haciendo referencia a la de origen.

VII. Al completarse el llenado de cada una de las hojas de la bitácora, es indispensable cancelar todos los espacios sobrantes, esto se logra cruzando con rayas diagonales para inutilizarla.

VIII. Inmediatamente que se haya llenado cada una de las hojas de bitácora. Los interesados podrán retirar las copias y entregarlas a quien corresponda para su resguardo.

IX. Cuando se requiera se podrán validar oficios, minutas y circulares refiriéndose al contenido de los mismos o bien anexando copias.

X. Deberá de utilizarse la bitácora para asuntos trascendentes que deriven del objeto del trabajo en cuestión, debiendo observar en esta regla de manera obligatoria, ambas partes.

XI. Todas las notas deberán de quedar serradas y resueltas, o especificarse que su solución será posterior, debiendo que en este ultimo caso relacionar la nota de resolución con la que le dé origen.

XII. Considerar que una nota es valida aún cuando no este firmada por la contra parte despues de 48 horas.

XIII. El cierre de la bitácora, se consignará en una nota que de por terminados los trabajos y para tal efecto deberá considerar los datos referidos para la apertura de la bitácora.

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EJECUCION Y SUPERVISION DE OBRA.

REVISION:

HOJA 191 DE 336

El contratista en fecha de inicio de los trabajos objeto del contrato de obra pública o servicios relacionados con las mismas; nombrara un Superintendente de Obra, quien será, el representante de este ante el Instituto. El Superintendente de Obra será un profesionista calificado y con la experiencia necesaria para realizar los trabajos, según la complejidad y características de los mismos, y tendra las siguientes facultades y responsabilidades:

I. Oír y recibir toda clase de notificaciones relacionadas con los trabajos aun las de carácter personal. II. Contar con las facultades suficientes para la toma de decisiones en todo lo relativo al cumplimiento del

contrato. III. Conocer con amplitud los proyectos, normas de calidad y especificaciones de construcción, catálogo

de conceptos o actividades de obra, programas de ejecución y de suministros, normas de calidad. Bitácora, convenios y demás documentos inherentes que se generen con motivo de la ejecución de los trabajos.

IV. Atender a las instrucciones turnadas por la Residencia de Supervisión. V. Vigilar que su personal técnico, administrativo y obrero, desarrolle los trabajos en forma correcta y

apegada a las normas y especificaciones correspondientes. VI. Cumplir con las normas de seguridad e higiene, establecidos por la normatividad aplicable en la

materia. VII. Informar por escrito al Residente de Supervisión de Obra, la terminación total o parcial de los trabajos,

en el cual se anexara documentación soporte y una relación de las estimaciones o de gastos aprobados, monto ejercido y créditos a favor o a cargo.

El Contratista estará obligado a sustituir al Superintendente de Obra cuando la Residencia de Supervisión lo solicite, pudiéndolo hacer en cualquier momento por causas justificadas.

Será responsabilidad del Contratista, los riesgos, la conservación y la limpieza de los trabajos hasta el momento de su entrega recepción.

El Contratista deberá de presentar al Residente de Supervisión para el tramite del pago de sus estimaciones, la documentación requerida consistente en:

I. Números generadores. II. Notas de bitácora. III. Control de calidad y pruebas de laboratorio. IV. Fotografías que avalen los conceptos ejecutados. V. Concentrado de conceptos con resumen de cantidades e importe.

Las estimaciones de los trabajos ejecutados deberán formularse con una periodicidad no mayor a 15 días naturales. El Contratista debe presentar al Residente de Supervisión dentro de los 6 días naturales siguientes a la fecha de corte para el pago de las estimaciones que hubiera fijado el Instituto en el contrato acompañadas de la documentación que acredite la procedencia de su pago. El Residente de Obra para realizar la revisión y autorización de las estimaciones, contará con un plazo no mayor de 15 días naturales siguientes a su presentación. En el supuesto de que surjan diferencias técnicas o numéricas que no puedan ser autorizadas dentro de dicho plazo se resolverán e incorporaran en la siguiente estimación.

Las estimaciones por trabajos ejecutados deberán de pagarse por el Instituto, bajo su responsabilidad en un plazo no mayor de 20 días naturales contados a partir de la fecha que haya sido autorizada por el residente de supervisión.

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EJECUCION Y SUPERVISION DE OBRA.

REVISION:

HOJA 192 DE 336

Cuando a juicio del residente de supervisión sea necesario llevar a cabo trabajos extraordinarios que no estén comprendidos en el proyecto y en el programa, se procederá de la siguiente manera:

I. Si existen conceptos y precios estipulados en el contrato, el Residente de Supervisión estará facultado

para ordenar al contratista su ejecución y este se obliga a realizarlos conforme a dichos precios. II. Si no existen precios unitarios aplicables, el contratista a requerimiento del Residente de Supervisión,

en un plazo no mayor de 10 días calendario, someterá a su consideración los nuevos precios unitarios acompañados de sus respectivos análisis, anexando copia de las facturas de los materiales o equipos involucrados, copia de la nota de bitácora, fotografía y croquis que faciliten el estudio del precio, en la inteligencia que deberá aplicar el mismo criterio que hubiera seguido para la determinación de los precios unitarios establecidos en el contrato.

El contratista podrá solicitar al Residente de Supervisión, el ajuste de costos correspondientes para lo cual deberá de observar lo establecido en los artículos 57 y 58 de la Ley y 148, 149, 150, 151, 152 y 153 del Reglamento.

El Contratista presentará el análisis de ajuste de costos a consideración del Residente de Supervisión, para que este a su vez, proceda a analizar y evaluar la información y determinar su procedencia. De ser procedente el ajuste de costo se realizará el pago, procediendo como si se tratará de una estimación por trabajos realizados, ver procedimiento de ajuste de costos.

A fin de verificar si el Contratista esta ejecutando las obras conforme al programa y montos mensuales de obra aprobados, el Instituto a través de la Dirección de Obras y Mantenimiento de Bienes Inmuebles comparará periódicamente el avance e importe de los trabajos ejecutados con lo que debieron realizarse con los términos de dicho programa, en la inteligencia que al llevarse a cabo la comparación, la obra mal ejecutada se tendrá por no realizada.

Si como consecuencia de la comparación mencionada en la política de operación anterior, el importe de la obra realmente ejecutada resulta menor de la que debió realizarse, el Instituto retendrá el tres por ciento de las diferencias de dichos importes.

Las penalizaciones se aplicarán como una retención económica a la estimación que se encuentre en proceso en la fecha que se determina el atraso, misma que el contratista podrá recuperar, en las próximas estimaciones, si regulariza los tiempos de atraso señalados en los programas de ejecución.

Si al efectuar la comparación correspondiente por el Residente de Supervisión al ultimo mes del programa procede alguna retención, su importe se aplica a favor del Instituto como pena convencional por el retraso en el cumplimiento de las obligaciones a cargo del contratista.

Cuando sin causa justificada los trabajos efectos del contrato no se entreguen en el plazo convenido según el programa de obra, todo gasto que el Instituto efectúe por supervisión excedente y servicios de apoyo a la obra será con cargo al Contratista. El importe de estos pagos serán deducidos de los pagos que el Instituto deberá hacerle al mismo. Independientemente de la pena convencional señalada anteriormente el Instituto podrá optar por el cumplimiento del contrato o la rescisión del mismo.

El Instituto aplicara al Contratista, en caso de que no concluya la obra en la fecha señalada en el programa, una pena convencional consistente en una cantidad igual al 3% (tres por ciento) del importe de los trabajos que no se hayan terminado en la fecha de terminación señalada en el programa que cubrirá el contratista mensualmente y hasta el momento en que las obras queden concluidas y recibidas a satisfacción del Instituto.

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EJECUCION Y SUPERVISION DE OBRA.

REVISION:

HOJA 193 DE 336

La recepción de los trabajos ya sea total o parcial, se realizara conforme a lo señalado en los Lineamientos, requisitos y plazos que para tal efecto establece la Ley de Obras y Servicios Relacionados con las mismas y su Reglamento. La Dirección de Obras y Mantenimiento de Bienes Inmuebles o el Centro INAH correspondiente a través de sus titulares, podrán efectuar recepciones parciales cuando a su juicio existen trabajos terminados y sus partes son identificables y susceptibles de utilizar.

Una vez que la Dirección de Obras y Mantenimiento de Bienes Inmuebles a través de la Subdirección de Obras hubiere constatado la debida terminación de los trabajos, procederá a recibir formalmente la obra objeto de este contrato, dentro de los 15 días naturales siguientes a aquel en que su hubiera cerciorado de su efectiva conclusión, recibiendo físicamente los trabajos, las partes deberá elaborar dentro de los quince días naturales siguientes a la verificación de los mismos, el finiquito de estos en el que se harán constar los créditos a favor y en contra que resulten para cada uno de ellos, describiendo el concepto general que le dio origen y el saldo resultante levantando para el efecto un acta circunstanciada en la que conste su recepción total.

De existir desacuerdo entre las partes respecto al finiquito, o bien el Contratista no acuda con el Instituto para la elaboración dentro del plazo señalado en la política de operación anterior, este a través de la Dirección de Obras y Mantenimiento de Bienes Inmuebles procederá a elaborarlo debiendo comunicar su resultado al Contratista dentro de un plazo de diez días naturales, contados a partir de su emisión, una vez notificado el resultado de dicho finiquito al Contratista, este tendrá un plazo de quince días naturales para alegar lo que a su derecho corresponda, si transcurrido este plazo no realiza esta gestión, se dará por aceptado. Determinado el saldo total, el Director de Obras y Mantenimiento de Bienes Inmuebles pondrá a disposición del Contratista el pago correspondiente, mediante su ofrecimiento o la consignación respectiva, o bien, solicitara el reintegro de los importes, resultantes, debiendo, en forma simultanea; levantar acta administrativa que de por extinguidos los derechos y obligaciones asumidos por ambas partes del contrato.

El Instituto a través de la Secretaria Administrativa y de la Dirección de Obras y Mantenimiento de Bienes Inmuebles dará por terminados total o parcialmente los derechos y obligaciones asumidos por las partes del contrato de obra pública o servicios relacionados con la misma, una vez elaborado el finiquito correspondiente, anexando el acta de recepción física de los trabajos, dejando únicamente subsistente las acciones que deriven del finiquito, así como la garantía que se contempla en el articulo 66 de la Ley, por lo que no será factible que el contratista presente reclamación alguna de pago con posterioridad a su formalización.

La Dirección de Obras y Mantenimiento de Bienes Inmuebles deberá notificar al Contratista, a través de su Representante Legal o su Superintendente de Obra, la fecha lugar y hora en la que se llevará a cabo el finiquito. el Contratista tendrá la obligación de acudir al llamado que se haga por escrito, en caso contrario se procederá a su elaboración en el plazo y en la forma que para efectos se hubiere determinado en el contrato debiendo de comunicar su resultado conforme lo establece el articulo 64 de la Ley.

La Dirección de Obras y Mantenimiento de Bienes Inmuebles turnará a la Coordinación Nacional de Asuntos Jurídicos mediante oficio el expediente de obra con la documentación legal correspondiente para su inscripción en los diferentes registros de la propiedad y su inclusión en el catálogo de inventario de los bienes de la nación.

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EJECUCION Y SUPERVISION DE OBRA.

REVISION:

HOJA 194 DE 336

V.4.4.- DIAGRAMA DEL PROCEDIMIENTO

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EJECUCION Y SUPERVISION DE OBRA.

REVISION:

HOJA 195 DE 336

DIRECCION DE OBRAS Y MANTENIMIENTO DE BIENES INMUEBLES

RESIDENTE DE SUPERINTENDENCIA DE

OBRA DE LA DOMBI

SUPERINTENDENTE DE OBRA

CONTRATISTA

DOMBI, CNRF, CONTRATISTA Y

SUBDIRECCION DE OBRAS

INICIO

REALIZACION DE TRAMITES,

PREINICIO Y DESIGNACION DE

SUPERINTENDENTE DE OBRA

1

PROGRAMACION, REGISTRO,

VERIFICACION Y CONTROL DE

OBRA

2

VALIDACION DE AVANCE DE

OBRA

3

VALIDACION PERIODICA DE

AVANCE DE OBRA

PAGO DE OBRA (PARCIAL)

4

A

INFORMACION DE AVANCE DE

OBRA Y ENTREGA DE

FACTURAS

¿VALIDA AVANCE

DE OBRA?

5

PROCEDIMIENTO: APLICACIÓN DE PENAS

CONVENCIONALES

NO

NO

SI

SI

B

ATRASO DE OBRA

6

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EJECUCION Y SUPERVISION DE OBRA.

REVISION:

HOJA 196 DE 336

SUPERINTENDENTE DE OBRA DEL CONTRATISTA

RESIDENTE DE SUPERVISION DE OBRA

DE LA DOMBI

DIRECCION DE OBRAS Y MANTENIMIENTO DE BIENES INMUEBLES

RESIDENTE DE SUPERVISION DE OBRA Y

DOMBI

SOLICITUD DE AJUSTE DE

COSTOS

7

ANALISIS DE PETICION DE AJUSTE DE

COSTOS

8

NOTIFICACION DE FECHA DE

ENTREGA RECEPCION

RECEPCION, VERIFICACION

Y REGISTRO DE TERMINO DE

OBRA

10 11

B

A

LEVANTAMIENTO DE ACTA DE

FINIQUITO DE OBRA

12

PAGO DE OBRA POR AJUSTE DE

COSTOS VER ETAPA

NO. 5

NOTIFICACION DE

TERMINACION DE OBRA

9

PROCEDIMIENTO: AJUSTE DE COSTOS

¿AJUSTE DE

COSTOS DE OBRA?

¿PROCEDE AJUSTE

DE COSTOS?

SI

NO AL CONCLUIR LA OBRA

1

1

PROCEDIMIENTO: ENTREGA RECEPCION

DE OBRA PUBLICA

13

C

SI

NO

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EJECUCION Y SUPERVISION DE OBRA.

REVISION:

HOJA 197 DE 336

SUBDIRECCION DE OBRAS Y CONTRATISTA

RESIDENCIA DE SUPERVISION Y DOMBI

DIRECCION DE OBRAS Y MANTENIMIENTO DE BIENES INMUEBLES

COORDINACION NACIONAL DE ASUNTOS

JURIDICOS

TERMINO

C

AFIANZAMIENTO POR VICIOS

OCULTOS DE OBRA

PAGO DE FINIQUITO DE

OBRA, VER ETAPA No. 5

15

14

UNA VEZ TERMINADA Y RECEPCIONADA LA

OBRAB

INTEGRACION DE EXPEDIENTE DE

OBRA TERMINADA Y

ENVIO A LA CNAJ

16

REGISTRO, CATASTRO,

CATALOGO E INVENTARIO.

17

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EJECUCION Y SUPERVISION DE OBRA.

REVISION:

HOJA 198 DE 336

V.4.5.- DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO

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EJECUCION Y SUPERVISION DE OBRA.

REVISION:

HOJA 199 DE 336

Secuencia de etapas Actividad Responsable

1 REALIZACION DE TRAMITES PREINICIO Y

DESIGNACION DE SUPERINTENDENTE DE

OBRA

1.2 Previa a la realización de los trabajos tramita ante las autoridades competentes los dictámenes, permisos, licencias, etc. según sea el caso observando las disposiciones que rijan en el ámbito federal, estatal y municipal.

1.3 Con atención al procedimiento de adjudicación de la

obra, mediante oficio designa al supervisor que fungirá como residente de obra por parte del instituto.

1.4 Una vez que se tiene al contratista ganador de la

licitación y designando al superintendente de obra, por este, la dirección de obras informa al residente para que inicie los trabajos de supervisión.

Dirección de Obras y Mantenimiento de Bienes

Inmuebles

2 PROGRAMACION, REGISTRO, VERIFICACION

Y CONTROL DE OBRA

2.5 Inicia los trabajos y abre bitácora de obra en la que se anotaran las incidencias relevantes durante el proceso de la misma, tomando en consideración como mínimo las reglas generales establecidas en el articulo 95 del reglamento de la ley de obras publicas y servicios relacionados con las mismas (ver V.4.7.2 Registro Bitácora de Obra).

2.6 Establece con el superintendente de la obra designado

por el contratista el programa de ejecución de los trabajos con la secuencia y en el tiempo previsto, además la forma y periodicidad en que se han de presentar las estimaciones, números generadores y facturas para su revisión y verificación.

2.7 Verifica que el avance de obra corresponda al

programa, registrando en la bitácora el avance diario y aspectos relevantes. Solicita y obtiene de la Superintendencia de obra, informe y factura por trabajos realizados.

Residente de Supervisión de Obra designado por la Dirección de Obras y

Mantenimiento de bienes Inmuebles

3 INFORMACION DE AVANCES DE OBRA Y

ENTREGA DE FACTURAS

3.3 En los tiempos establecidos el Superintendente de obra, entrega a la residencia de supervisión, estimación, números generadores y facturas para el pago por los trabajos realizados.

3.4 Remite a la Subdirección de Obras, el contrato con

suficiencia presupuestal confirmada y fianzas rubricadas por el Director de Obras y el Contratista.

Superintendente de Obra designado por el

Contratista

4 VALIDACION DE AVANCE OBRA

4.2 Recibe las estimaciones y demás documentos, analiza y verifica los volúmenes de obra presentados por la contratista y valida o en su caso rechaza (trabajos extraordinarios) y devuelve a la Superintendencia para su corrección, regresa a la etapa anterior No. 3

4.3 Una vez validada la estimación solicita la autorización

de la Dirección de Obras para su pago, continua en la etapa siguiente.

Residente de Supervisión de Obra designado por la Dirección de Obras y

Mantenimiento de bienes Inmuebles

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EJECUCION Y SUPERVISION DE OBRA.

REVISION:

HOJA 200 DE 336

Secuencia de etapas Actividad Responsable

5. PAGO DE OBRA

5.7 Recibe factura y estimación validada, analiza y autoriza .para su pago.

5.8 Elabora solicitud de fondos, anexa factura y estimación

entregadas por el contratista y tramita ante la Coordinación Nacional de Recursos Financieros su pago.

5.9 Recibe la Solicitud de fondos, elabora el cheque, póliza

cheque y paga al contratista 5.10 Recibe cheque y firma póliza cheque. 5.11 Remite copia de la póliza cheque de pago a la

Dirección de Obras y Mantenimiento de Bienes Inmuebles.

5.12 Recibe copia de la póliza cheque, integra a expediente

de control financiero de obra e informa a la Subdirección de Obras el pago.

5.13 Registra el pago dentro de sus controles de

avances financieros de obras, para posteriormente informar de estos en la carpeta del comité Nacional de Obras y/o en los reportes que se entregan en la SECODAM, instruye a la Residencia de Supervisión para la verificación de avance de obra.

Dirección de Obras y Mantenimiento de Bienes

Inmuebles

Coordinación Nacional de Recursos Financieros

Contratista

Coordinación Nacional de

Recursos Financieros

Dirección de Obras y Mantenimiento de Bienes

Inmuebles

Subdirección de Obras

6. VALIDACION PERIODICA DE AVANCE DE OBRA Y

PENALIZACION

6.2 Certifica que la verificación periódica del avance de obra corresponda al programa pactado en el contrato; constatando que los trabajos que realice la Contratista se encuentren en estricto apego a los alcances referidos en el catalogo de conceptos y se cumpla con la calidad requerida.

No existe atraso en la obra? Requiere al Superintendente de obra informe de costos, continua en la actividad No. 7 Si existe atraso en la obra?: Registra en bitácora, notifica al contratista y le aplica en su próximo pago de estimaciones las penas convencionales estipuladas en el contrato de obra (VER PROCEDIMIENTO: APLICACIÓN DE PENAS CONVENCIONALES).

Residente de Supervisión de Obra asignado por la Dirección de Obras y

Mantenimiento de Bienes Inmuebles

7. SOLICITUD DE AJUSTE DE COSTOS

7.4 Determina si la obra requiere ajuste de costos. El contratista requiere ajuste de costos: Solicita por escrito a la residencia de supervisión el ajuste de costos en base a los índices de precios aplicables al periodo, para lo cual contara con 60 días naturales contados a partir de la publicación de los índices, continua en la etapa siguiente. El contratista no requiere ajuste de costos: Continua en la Etapa No. 11al concluir la obra.

Superintendente de Obra designado por el

Contratista

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EJECUCION Y SUPERVISION DE OBRA.

REVISION:

HOJA 201 DE 336

Secuencia de etapas Actividad Responsable

8. ANALISIS DE PETICION DE AJUSTE DE COSTOS

9.1 Recibe y analiza la petición (ver subproceso ajuste de costos)

No procede la petición de ajuste de costo: Notifica por escrito al contratista a través del Superintendente de obra que su solicitud no procede para que continúe con la obra con la obras hasta su conclusión, continua en la etapa No. 10. Si procede la petición de ajuste de costos: Remite a la Dirección de Obras para su autorización y pago, Continua en la etapa siguiente.

Residente de Supervisión de Obra designado por la Dirección de Obras y

Mantenimiento de Bienes Inmuebles

9. PAGO POR AJUSTE DE COSTO

9.2 Procede a efectuar solicitud de fondos y tramita ante la Coordinación Nacional de Recursos Financieros el pago correspondiente, ver etapa No. 5.

Dirección de Obras y Mantenimiento de Bienes

Inmuebles

10. NOTIFICACION DE TERMINO DE OBRA.

A la conclusión de la obra:15.1 Notifica por escrito a la Residencia de Supervisión de

obra de la terminación de los trabajos, anexando documentación soporte incluyendo una relación de las estimaciones o de gastos aprobados, monto ejercido y créditos a favor o cargo para la recepción de los mismos.

Superintendente de obra designado por el

Contratista.

11. RECEPCION, VERIFICACION Y

REGISTRO DE TERMINO DE OBRA

16.1 Recibe notificación y procede a verificar la terminación de los trabajos dentro del plazo estipulado en el contrato (ver subproceso de entrega recepción de obra)

11.2 Actualiza la bitácora de obra registrando la terminación

de la obra y la integra en el expediente. 11.3Notifica a la Dirección de Obras de la terminación de

obra

Residente de Supervisión de Obra asignado por la Dirección de Obras y

Mantenimiento de Bienes Inmuebles

12 NOTIFICACION DE FECHA DE ENTREGA

RECEPCION

12.1 Una vez enterada determina con la Residencia de Supervisión la fecha para la entrega recepción y diez días antes de la fecha señalada envía al contratista, SECODAM, Organo Interno de Control y Area Solicitante de los trabajos, notificación de esta fecha.

Dirección de Obras y Mantenimiento de Bienes

Inmuebles.

13 LEVANTAMIENTO DE ACTA DE FINIQUITO DE

OBRA

13.1 Elabora conjuntamente con el contratista el finiquito de obra.

13.2En la fecha señalada para la recepción, recibe

físicamente los trabajos y levanta acta correspondiente conforme lo indica el reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y entrega copias a:

Organo Interno de control Contratista. Encargado del Inmueble. Coordinación Nacional de Monumentos

Históricos (en su caso). Coordinación Nacional de Recursos Financieros. Subdirección de Obras.

Residente de Supervisión de Obra y Dirección de Obras y Mantenimiento de Bienes

Inmuebles

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EJECUCION Y SUPERVISION DE OBRA.

REVISION:

HOJA 202 DE 336

Secuencia de etapas Actividad Responsable

14. AFIANZAMIENTO DE VICIOS OCULTOS DE

OBRA

14.1 Solicita al contratista la fianza de vicios ocultos por los trabajos efectuados con vigencia de un año y equivalente al 10% del importe ejercido.

14.2 Con la copia del acta de recepción de la obra, tramita

ante una Institución Afianzadora, la fianza de vicios ocultos y entrega la misma a la Residencia de Supervisión.

Subdirección de Obra

Contratista

15. PAGO DE FINIQUITO DE OBRA

15.1 Una vez obtenida la fianza de vicios ocultos por parte del contratista turna la factura de pago de finiquito a la Dirección de Obras.

15.2 Recibe y procede a elaborar solicitud de fondos

anexando la factura de finiquito y tramita el pago ante la Coordinación Nacional de Recursos Financieros, ver etapa No. 5

Residencia de Supervisión de Obra designado por la Dirección de Obras y

Mantenimiento de Bienes Inmuebles

16. INTEGRACION Y ENVIO DE EXPEDIENTE DE OBRA

TERMINADA A LA COORDINACION

NACIONAL DE ASUNTOS JURIDICOS

Una vez terminada y recepcionada la obra 16.1 Turna a la Coordinación Nacional de Asuntos Jurídicos,

mediante oficio expediente con documentación legal correspondiente, para su inscripción a las diferentes entidades de la propiedad.

Dirección de Obras y Mantenimiento de Bines

Inmuebles

17. REGISTRO, CATASTRO, CATALOGO E INVENTARIO.

17.1 Recibe y turna ante las oficinas de Catastro y Registro Público y de la Propiedad de las entidades federativas los títulos de propiedad y en su caso remitirá a la Contraloría dichos títulos de propiedad para su inscripción en el registro público de la propiedad y su inclusión en el Catalogo e Inventario de Bienes y Recursos de la Nación.

Coordinación Nacional de Asuntos jurídicos

Termino

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EJECUCION Y SUPERVISION DE OBRA.

REVISION:

HOJA 203 DE 336

V.4.6.- DOCUMENTOS DE REFERENCIA

Documento Código

Ley de Obras Publicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

Reglamento de la Ley de Obras Publicas y Servicios Relacionados con las mismas.

Políticas, Bases y Reglamentos de la Dirección de Obras y Mantenimiento de Bienes Inmuebles.

Bitácora.

Estimación de obra.

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EJECUCION Y SUPERVISION DE OBRA.

REVISION:

HOJA 204 DE 336

V.4.7. REGISTROS

Registro Tiempo de

conservación Responsable de

conservarlo Código de

registro

Gráfica general del seguimiento y supervisión del Programa de Obras.

Bitácora de obra. Lineamientos y reglas generales de la bitácora de obra.

Lineamientos.

1. Las hojas originales y sus copias deberán de estar

siempre foliadas y estar referidas al contrato de que se trate.

2. El contenido de cada nota deberá precisar, según las circunstancias del caso: número, clasificación, fecha, descripción del asunto y en forma adicional ubicación, causa, solución, prevención, consecuencia económica, responsabilidad si la hubiere, fecha de atención, así como, la referencia o en su caso a la nota que se contesta

Reglas generales

1. Se deberá iniciar con una nota especial

relacionando como mínimo la fecha de apertura, datos generales de las partes involucradas, nombre y firma del personal autorizado, domicilio y teléfonos, datos particulares del contrato y de las características del sitio en donde se desarrollarán, así como la descripción del documento que identifique oficialmente al personal técnico que estará a cargo facultado como representante de la Contratante y la Contratista para la utilización de la bitácora, indicando a quien o a quienes se delega esta facultad.

2. Todas las notas se deberán numerar en forma seriada y fecharse consecutivamente respetando, sin excepción, el orden establecido.

3. Las notas o asientos deberán efectuarse claramente, con tinta indeleble, letra de molde legible y sin abreviaturas.

4. Se deberán anular las notas por quien las emita, abriendo de inmediato otra nota con el número consecutivo que le corresponda y con la descripción correcta.

5. Se deberán cancelar los espacios sobrantes de una hoja al complementar el llenado de los mismos.

6. Todas las notas deberán quedar cerradas y resueltas o especificarse que su solución posterior debiendo en este ultimo caso, relacionar la nota de resolución con la que le de origen y el cierre de la bitácora, se consignara en una nota que de por terminados los trabajos.

Subdirección de Obras --

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EJECUCION Y SUPERVISION DE OBRA.

REVISION:

HOJA 205 DE 336

V.4.8. GLOSARIO

Bitácora: documento donde se lleva el registro detallado de los eventos relacionados con la ejecución y supervisión de los trabajos de obra.

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EJECUCION Y SUPERVISION DE OBRA.

REVISION:

HOJA 206 DE 336

V.4.9. ANEXOS

Gráfica general del seguimiento y supervisión del programa de obras.

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APLICACIÓN DE PENAS CONVENCIONALES

REVISION:

HOJA 213 DE 336

V.5.-APLICACIÓN DE PENAS CONVENCIONALES

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APLICACIÓN DE PENAS CONVENCIONALES

REVISION:

HOJA 214 DE 336

V.5.-1 PROPOSITO

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APLICACIÓN DE PENAS CONVENCIONALES

REVISION:

HOJA 215 DE 336

V.5.1.- PROPOSITO CONTAR CON UNA HERRAMIENTA ADMINISTRATIVA QUE REGLAMENTE EN FORMA CLARA Y CON LAS MEJORES CONDICIONES PARA EL INSTITUTO, LA APLICACION DE PENAS CONVENCIONALES A LOS CONTRATOS POR INCUMPLIMIENTO DE OBRAS.

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APLICACIÓN DE PENAS CONVENCIONALES

REVISION:

HOJA 216 DE 336

V.5.2.-ALCANCE

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APLICACIÓN DE PENAS CONVENCIONALES

REVISION:

HOJA 217 DE 336

V.5.2.- ALCANCE LA APLICACIÓN DE PENAS CONVENCIONALES POR INCUMPLIMIENTO DE OBRA EN TIEMPO Y CALIDAD, SE REALIZA EN FORMA CLARA Y OPORTUNA DE ACUERDO A LAS CONDICIONES Y REQUERIMIENTOS DEL INSTITUTO, EN BASE A LA NORMATIVIDAD VIGENTES EN MATERIA DE OBRA PUBLICA.

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APLICACIÓN DE PENAS CONVENCIONALES

REVISION:

HOJA 218 DE 336

V.5.3.-POLITICAS DE OPERACION

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APLICACIÓN DE PENAS CONVENCIONALES

REVISION:

HOJA 219 DE 336

V.5.3.- POLITICAS DE OPERACIÓN

A fin de verificar si el Contratista esta ejecutando las obras conforme al programa y montos mensuales de obra aprobados, el Residente de Supervisión de Obra comparará periódicamente el avance e importe de los trabajos ejecutados con los que debieron realizarse en los términos de dicho programa, en la inteligencia de que al llevarse a cabo la comparación, la obra mal ejecutada se tendrá por no realizada

Si como consecuencia de la comparación mencionada en la política anterior el importe de la obra realmente ejecutada resulta menor al que debió realizarse el Residente de Supervisión de Obra reportará a la Dirección de Obras y Mantenimiento de Bienes Inmuebles, que de acuerdo a la normatividad establecida retendrá el tres por ciento de las diferencias de dichos importes.

Las penalizaciones por incumplimiento de obra se aplicarán como una retención económica a la estimación que se encuentre en proceso en la fecha en que el Residente de Supervisión de Obra determine el atraso, misma que el Contratista podrá recuperar, en las próximas estimaciones, si regulariza los tiempos de atraso señalados en los programas de ejecución.

Si al efectuar la comparación a través del Residente de Supervisión correspondiente al ultimo mes del programa procede alguna retención, su importe se aplicara a favor del Instituto como pena convencional por el retraso en el cumplimiento de las obligaciones a cargo del contratista.

La aplicación de las retenciones referidas en la política anterior por la Dirección de Obras y Mantenimiento de Bienes Inmuebles, tendrá el carácter de definitiva si a la fecha pactada de terminación de los trabajos, estos no se han concluido.

Cuando sin causa justificada los trabajos objeto del contrato no se entreguen a la Dirección de Obras y Mantenimiento de Bienes Inmuebles en el plazo convenido, según el programa de obra, todo gasto que el Instituto efectúe por supervisión excedente, así como por servicios de apoyo a la obra, serán con cargo al Contratista. El importe de estos pagos serán deducidos de los pagos que el instituto deba hacer a este.

Independientemente de la pena convencional señalada anteriormente el Instituto podrá optar entre el cumplimiento de contrato o la rescisión de este mismo.

El Instituto aplicara al contratista en caso de que no concluya la obra en la fecha señalada en el programa, una pena convencional consistente en una cantidad igual al 3% (tres por ciento) del importe de los trabajos que no se hayan terminado en la fecha señalada en el programa, misma que cubrirá mensualmente y hasta el momento en que las obras queden concluidas y recibidas a satisfacción del Instituto.

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APLICACIÓN DE PENAS CONVENCIONALES

REVISION:

HOJA 220 DE 336

V.5.4.- DIAGRAMA DEL PROCEDIMIENTO

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APLICACIÓN DE PENAS CONVENCIONALES

REVISION:

HOJA 221 DE 336

RESIDENTE DE SUPERVISION DE OBRA

INICIO

REVISION DE AVANCE DE

OBRA

1

CALCULO DE PENA

CONVENCIONAL

2

REGISTRO EN BITACORA

3

NOTIFICACION DE PENAS

APLICACIÓN DE PENALIZACION

4

RESCISION ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO

¿EXISTE ATRASO EN LA EJECUCION DE

OBRA?

5

6

CONTRATISTA

NO

NO

SI

SI

VALIDACION DE AVANCE DE

OBRA

RETENCION DE PAGO

ESTIMACION DE PAGO DE OBRA

TERMINO

¿PENALIZACION SUPERIOR A GARANTIA?

¿OBRA REGULARIZADA?

EJECUCION Y SUPERVISION DE

OBRA

7

8

9

SI

NO

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APLICACIÓN DE PENAS CONVENCIONALES

REVISION:

HOJA 222 DE 336

V.5.5.- DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO

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APLICACIÓN DE PENAS CONVENCIONALES

REVISION:

HOJA 223 DE 336

Secuencia de etapas Actividad Responsable

1.REVISION DE AVANCE DE OBRA

1.5 Verifica que los trabajos se encuentren en estricto apego a los alcances referidos en la catalogo de conceptos y programas establecidos y determina el atraso en la ejecución de la obra.

Existe atraso en la ejecución de obra: Continua en la etapa siguiente (No. 2) No existe atraso en la ejecución de obra: Continua en la etapa No. 9

Residencia de Supervisión

2. CALCULO DE PENAS CONVENCIONALES

2.1 Procede a calcular las penas convencionales por el atraso de la obra en base al porcentaje de penalización establecido en el contrato aplicándolo a la diferencia entre el importe de los trabajos programados a ejecutar contra los trabajos realmente ejecutados (tp-te) x %.

3. REGISTRO EN BITACORA

3.1 Asienta bitácora de obra.

4. NOTIFICACIÓN DE ATRASO Y PENAS AL

CONTRATISTA

4.1 Notifica a la contratista del atraso y de las penas que se le aplicaran.

5. APLICACIÓN DE PENALIZACIÓN

5.1 Aplica la penalización como una retención económica a la estimación que se encuentre en proceso en la fecha que se determine el atraso.

Si las penas convencionales en su conjunto son superiores al monto de la garantía de cumplimiento de contrato: Continua en la etapa siguiente (No. 6) Si no existe este supuesto: Continua con el procedimiento en la etapa No. 7

6. RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL

CONTRATO

6.1 Procede a la rescisión administrativa del contrato por incumplimiento del contratista.

7. VALIDACION DE AVANCE DE OBRA

7.1 Continua con la supervisión y verifica que los atrasos en los trabajos se hayan regularizado, observando que estos cumplan con la calidad requerida.

Los trabajos fueron regularizados en los tiempos de atraso: Continua en la etapa No. 9. Los trabajos no fueron regularizados: Continua en la etapa siguiente.

8.SUSPENCION DE PAGO 8.1 Suspende definitivamente los tramites de pago-

9. ESTIMACION Y PAGO DE OBRA

9.1 Realiza estimaciones para pago de obra (ver procedimiento de Ejecución y Supervisión de Obra)

Termino

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APLICACIÓN DE PENAS CONVENCIONALES

REVISION:

HOJA 224 DE 336

V.5.6. DOCUMENTOS DE REFERENCIA

Documento Código

Ley de Obras Publicas y Servicios relacionados con las mismas.

Reglamento de la Ley de Obras publicas y Servicios Relacionados con las mismas.

Políticas, bases y lineamientos de la Dirección de Obras y Mantenimiento de Bienes Inmuebles.

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APLICACIÓN DE PENAS CONVENCIONALES

REVISION:

HOJA 225 DE 336

V.5.7. REGISTROS

Registro Tiempo de

conservación Responsable de

conservarlo Código de

registro

“NO PROCEDE”

--

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APLICACIÓN DE PENAS CONVENCIONALES

REVISION:

HOJA 226 DE 336

V.5.8. GLOSARIO

Penas convencionales: Sanciones convenidas por atraso en la ejecución de los trabajos por causas imputables a los contratistas, determinadas únicamente en función de los trabajos no ejecutados conforme al programa de obra.

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APLICACIÓN DE PENAS CONVENCIONALES

REVISION:

HOJA 227 DE 336

V.5.9. ANEXOS

“NO PROCEDE”

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APLICACIÓN DE AJUSTE DE COSTO

REVISION:

HOJA 228 DE 336

V.6.-APLICACIÓN DE AJUSTE DE COSTO

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APLICACIÓN DE AJUSTE DE COSTO

REVISION:

HOJA 229 DE 336

V.6.-1 PROPOSITO

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APLICACIÓN DE AJUSTE DE COSTO

REVISION:

HOJA 230 DE 336

V.6.1.- PROPOSITO CONTAR CON UNA HERRAMIENTA ADMINISTRATIVA QUE PERMITA AL PERSONAL INVOLUCRADO EN EL PROCESO DE EJECUCIÓN Y SUPERVISIÓN DE OBRA PÚBLICA, LLEVAR A CABO LA ELABORACIÓN EJECUCIÓN, APLICACIÓN, SUPERVISIÓN Y DIFUSIÓN DE AJUSTE DE COSTOS DE OBRA, CONFORME A LA “LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LOS MISMOS Y SU REGLAMENTO

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APLICACIÓN DE AJUSTE DE COSTO

REVISION:

HOJA 231 DE 336

V.6.2 ALCANCE

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APLICACIÓN DE AJUSTE DE COSTO

REVISION:

HOJA 232 DE 336

V.6.2.- ALCANCE LA ELABORACIÓN, ANÁLISIS, AUTORIZACIÓN Y SUPERVISIÓN DE AJUSTE DE COSTOS EN OBRA PUBLICA Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS, SE REALIZA BAJO LAS MEJORES CONDICIONES OPERATIVAS DE ACUERDO A LAS POLÍTICAS Y LINEAMIENTOS ESTABLECIDOS APEGADOS AL MARCO NORMATIVO VIGENTE

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APLICACIÓN DE AJUSTE DE COSTO

REVISION:

HOJA 233 DE 336

V.6.-3 POLITICAS DE OPERACION

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APLICACIÓN DE AJUSTE DE COSTO

REVISION:

HOJA 234 DE 336

V.6.3.- POLITICAS DE OPERACIÓN

Invariablemente el Residente de Supervisión, deberá atender las solicitudes por ajuste de costos de obra de acuerdo a lo establecido en el artículo 57 y 58 de la Ley de Obras y Servicios Relacionados con las Mismas, así como en el 148, 149, 150, 151, 152 y 153 de su reglamento.

En relación con la política anterior el Contratista presentará un análisis de ajuste de costos a consideración del Residente de Supervisión, para que este a su vez, proceda a evaluar la información y determinar su procedencia.

Una vez determinada la procedencia del ajuste de costos, el Residente de Supervisión de Obra deberá iniciar el tramite de pago correspondiente como si se tratara de una estimación por trabajos realizados.

El Residente de Supervisión de Obra deberá verificar que la solicitud de ajuste de costos presentada por el contratista este acompañada por la siguiente documentación:

Relación de los índices nacionales de precios productor con servicios que determine el Banco de

México. El presupuesto de los trabajos pendientes de ejecutar en el periodo en el cual se produzca el

incremento en los costos, valorizado con los precios unitarios del contrato, ajustados conforme a la Ley.

El programa de ejecución de los trabajos pendientes de ejecutar. El análisis de la determinación del factor de ajuste. Las matrices de precios unitarios actualizados que determinen conjuntamente el contratista y la

dependencia o entidad, en función de los trabajos a realizar en el periodo de ajuste.

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APLICACIÓN DE AJUSTE DE COSTO

REVISION:

HOJA 235 DE 336

V.6 4.- DIAGRAMA DEL PROCEDIMIENTO

Page 124: MNP DE OBRAS - Instituto Nacional de Antropología e Historiamanual de procedimientos de la direccion de obras y mantenimiento de bienes inmuebles revision: hoja 1 de 336 pag i. introduccion

APLICACIÓN DE AJUSTE DE COSTO

REVISION:

HOJA 236 DE 336

RESIDENCIA DE SUPERVISION DE OBRA DIRECCION DE OBRAS

INICIO

RECEPCION Y REVISION DE

SOLICITUD DE AJUSTE COSTOS

RESOLUCION DE AJUSTE DE

COSTOS PAGO POR

CONCEPTO DE AJUSTE DE

COSTOS

ESPERA DE ANALISIS DE AJUSTE DE

COSTOS

VERIFICACION DE PERIODO DE

PRESENTACION DE SOLICITUD DE

AJUSTES DE COSTO

REVISION AL PROCEDIMIENTO

DE AJUSTE DE COSTOS

SOLIC. AJUSTE A TIEMPO

NOTIFI- CACION AL CONTRA-

TISTA

PROCDMTO.

“EJECUCION Y SUPERVISION

DE OBRA”

TERMINO

1

2

3

4

5

6

NO

SI

SI NO

PROCEDIMIENTO DE AJUSTE DE

COSTO

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APLICACIÓN DE AJUSTE DE COSTO

REVISION:

HOJA 237 DE 336

V.6.5.- DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO

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APLICACIÓN DE AJUSTE DE COSTO

REVISION:

HOJA 238 DE 336

Secuencia de etapas Actividad Responsable

1. RECEPCION Y REVISION DE SOLICITUD DE AJUSTE

DE COSTOS

1.1 Recibe de la contratista la solicitud por escrito de ajuste de costos, verifica que incluya como anexos los siguiente documentos:

Relación de índices nacionales de precios, productor con servicios determinados por el Banco de México.

El presupuesto de los trabajos pendientes de ejecutar de acuerdo al programa convenido en el periodo en el cual se produzca el incremento de los costos valorizados con los precios unitarios del contrato.

El programa de ejecución de los trabajos pendientes por ejecutar acorde al programa de que se tenga convenido.

El análisis de la determinación del factor de ajuste. Las matrices de precios unitarios actualizados en función de

trabajos a realizar en el periodo de ajuste.

1.2 Analiza e Informa a la Dirección de Obras sobre la solicitud de ajuste de costos de la contratista.

Residencia de Supervisión

2. ESPERA DE ANALISIS DE AJUSTE DE COSTOS

2.8 Recibe informe y resultados de la revisión y análisis de la solicitud de ajuste de costos efectuados por la Residencia de Supervisión, así como la documentación presentada por la contratista. Turna al Residente de Supervisión con observaciones a efecto de que verifique periodos de presentación de solicitud y procedimiento de ajuste de costos. (Contará con sesenta días naturales para remitir por escrito la resolución que proceda, ya que de lo contrario se tendrá por aprobada). Continua en la etapa N° 5.

Direccion de Obras

3. VERIFICACION DE PERIODO DE

PRESENTACION DE SOLICITUD DE AJUSTES

3.5 Verifica si la contratista presentó su solicitud de ajuste de precios dentro de los sesenta días naturales siguientes a la publicación de los índices aplicables al periodo que los mismos indiquen.

Si no es así, procede a notificar por escrito a la contratista que no es procedente en tiempo el reclamo de pago y termina.

Si es así, continua con el procedimiento en la etapa siguiente. (N° 4).

Residencia de Supervisión

4. REVISION DEL PROCEDIMIENTO DE AJUSTE DE COSTOS

4.1 Revisa y analiza el calculo del ajuste de costos conforme los siguientes aspectos:

Que el calculo se haya efectuado conforme el índice precios productor correspondientes al periodo del incremento.

Que el ajuste se aplicó a los costos directos, conservando constantes los porcentajes de indirectos y de utilidad originales.

Que el ajuste de costo se haya determinado utilizando las matrices de calculo de precios unitarios de los trabajos no efectuados del contrato, conforme el programa convenido en los que se sustituyeron los costos básicos de cada insumo del costo directo actualizados con los índices aplicables de los publicados por el Banco de México.

4.2 Informa a la Dirección de Obras del resultado de la revisión y análisis a la documentación presentada por la contratista.

Residencia de Supervisión

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APLICACIÓN DE AJUSTE DE COSTO

REVISION:

HOJA 239 DE 336

Secuencia de etapas Actividad Responsable

5. RESOLUCION DE AJUSTE DE COSTOS

5.1 Recibe informe, lo revisa determina: Si el ajuste de costos no es procedente, Notifica por escrito al Contratista la resolución y termina. Si procede ajuste de costos: Notifica al Contratista por escrito de la resolución favorable e informa a la Residencia de Supervisión para que proceda con los pagos.

Dirección de Obras

6. PAGO POR CONCEPTO DE AJUSTE DE COSTOS

6.1.Recibe copia de la notificación y procede a efectuar el pago de ajuste de costos en las estimaciones siguientes al mes en que se haya autorizado el ajuste concedido, aplicando al importe de las estimaciones el incremento desglosado correspondiente. Continua en procedimiento de ejecución y supervisión de obra de la etapa N° 5 a la 9. Termino.

Residencia de Supervisión

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APLICACIÓN DE AJUSTE DE COSTO

REVISION:

HOJA 240 DE 336

V.6.6. DOCUMENTOS DE REFERENCIA

Documento Código

Ley de Obras Publicas y Servicios Relacionados con las mismas.

Reglamento de la Ley de Obras Publicas y Servicios Relacionados con las mismas.

Políticas, bases y lineamientos de la Dirección de Obras y Mantenimiento de Bienes inmuebles.

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APLICACIÓN DE AJUSTE DE COSTO

REVISION:

HOJA 241 DE 336

V.6.7. REGISTROS

Registro Tiempo de

conservación Responsable de

conservarlo Código de

registro

Registro para la determinación y ajuste de los elementos del costo de obra (materiales, mano de obra, gastos indirectos).

Dirección de Obras y

Mantenimiento de Bienes Inmuebles

--

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APLICACIÓN DE AJUSTE DE COSTO

REVISION:

HOJA 242 DE 336

V.6.8. GLOSARIO

“NO PROCEDE”

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APLICACIÓN DE AJUSTE DE COSTO

REVISION:

HOJA 243 DE 336

V.6.9. ANEXOS

“NO PROCEDE”

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RECEPCION DE OBRA

REVISION:

HOJA 244 DE 336

V.7.-RECEPCION DE OBRA

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RECEPCION DE OBRA

REVISION:

HOJA 245 DE 336

V.7.1.-PROPOSITO

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RECEPCION DE OBRA

REVISION:

HOJA 246 DE 336

V.7.1.- PROPOSITO LOGRAR QUE LA ENTREGA RECEPCIÓN DE OBRA SE REALICE DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN LA LEY DE OBRAS DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS LAS MISMAS Y SU REGLAMENTO VIGENTES ASI COMO SERVIR DE ORIENTACIÓN A LA DIRECCIÓN DE OBRAS Y MANTENIMIENTO DE BIENES INMUEBLES Y DEMÁS ÁREAS INVOLUCRADAS EN EL DESARROLLO DEL PROCESO.

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RECEPCION DE OBRA

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HOJA 247 DE 336

V.7.2.-ALCANCE

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RECEPCION DE OBRA

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HOJA 248 DE 336

V.7.2.- ALCANCE EL ACTO DE ENTREGA RECEPCIÓN DE OBRA CONTRATADA, SE REALIZA BAJO LAS MEJORES CONDICIONES OPERATIVAS DE ACUERDO A LAS POLÍTICAS Y LINEAMIENTOS ESTABLECIDOS EN EL INSTITUTO CONSIDERANDO SIEMPRE EL MARCO NORMATIVO VIGENTE.

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RECEPCION DE OBRA

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HOJA 249 DE 336

V.7.3.-POLITICAS DE OPERACION

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RECEPCION DE OBRA

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HOJA 250 DE 336

V.7.3.- POLITICAS DE OPERACIÓN

El Residente de Supervisión de Obra, deberá verificar que los trabajos ya sea totales o parciales, se realicen conforme a lo programado y de acuerdo a lo señalado en los lineamientos, requisitos y plazos que para tales efectos establece la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento, así como las modalidades que la misma prevé, reservándose el Instituto el derecho de reclamar por trabajos faltantes ó mal ejecutados.

En todos los casos el Residente de Supervisión de Obra podrá efectuar recepciones parciales cuando a su juicio existan trabajos terminados y sus partes sean identificables y susceptibles de utilizarse.

Una vez que el Residente de Supervisión de Obra hubiere constatado la debida terminación de los trabajos, procederá junto con el Director de Obras y Mantenimiento de Bienes Inmuebles o el del Centro INAH correspondiente en su caso a recibir formalmente la obra objeto de este contrato, dentro de los quince días naturales siguientes a aquel en que se hubiere cerciorado de su efectiva conclusión, recibiendo físicamente los trabajos, las partes deberán elaborar dentro de los quince dias naturales siguientes a la verificación de los mismos, el finiquito de estos en el que se harán constar los créditos a favor o en contra que resulten para cada uno de ellos, describiendo el concepto general que le dio origen y el saldo resultante levantando para tal efecto un acta circunstanciada en la que conste su recepción total.

De existir desacuerdo entre las partes respecto al finiquito, o bien el Contratista no acuda al Instituto para su elaboración dentro del plazo señalado, el Director de Obras y Mantenimiento de Bienes Inmuebles, procederá a elaborarlo, debiendo comunicar su resultado al Contratista dentro de un plazo de diez días naturales, contados a partir de su emisión; una vez notificado el resultado de dicho finiquito, el Contratista tendrá un plazo de quince días naturales para alegar lo que a su derecho corresponda, sí transcurrido este plazo no realiza alguna gestión, se dará por aceptado.

Determinado el saldo total, el Director de Obras y Mantenimiento de Bienes Inmuebles o en su caso el Director del Centro INAH en representación del Instituto pondrán a disposición del Contratista el pago correspondiente, mediante su ofrecimiento o la consignación respectiva, o bien, solicitarán el reintegro de los importes resultantes, debiendo en forma simultanea levantar acta administrativa que de por extinguido los derechos y obligaciones asumidos por ambas partes en el contrato.

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RECEPCION DE OBRA

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HOJA 251 DE 336

V.7.4.- DIAGRAMA DEL PROCEDIMIENTO

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RECEPCION DE OBRA

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HOJA 252 DE 336

SUPERINTENDENCIA DE OBRA RESIDENCIA DE SUPERVISION DIRECCION DE OBRAS

INICIO

INFORME DE CONCLUSION DE

OBRA

VERIFICACION DE TERMINO DE

OBRA

REPARACION Y AJUSTE DE OBRA

ENTREGA RECEPCION DE

OBRA

VERIFICACION DE AJUSTE DE OBRA

DEFICIENCIAS ATRASOS Y/O

DETALLES ¿

TERMINO

1

2

SI NO

3

4

5

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RECEPCION DE OBRA

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HOJA 253 DE 336

V.7.5.- DESCRIPCION DE PROCEDIMIENTO

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RECEPCION DE OBRA

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HOJA 254 DE 336

Secuencia de etapas Actividad Responsable

1. INFORME DE CONCLUSION DE OBRA

1.3 Comunica mediante bitácora y oficio a la Residencia de Supervisión la conclusión de los trabajos que le fueron encomendados, entrega los documentos que los soportan:

Relación de las estimaciones o de gasto aprobados. Monto ejercido. Créditos a favor o en contra.

Superintendencia de Obra

2 VERIFICACION DE TERMINO DE OBRA

2.9 Dentro del plazo de 30 días pactado en el contrato, verifica la debida terminación de los trabajos por parte de la contratista.

Si durante la verificación física de los trabajos detecta que existen deficiencias y detalles en la terminación de los mismos: Solicita y acuerda con la superintendencia la reparación de los trabajos con deficiencias, así como el periodo de tiempo para efectuar los mismos. En este caso el periodo pactado dentro del contrato para la verificación de los trabajos se podrá prorrogar. Continua con el procedimiento en la etapa siguiente (N°. 3).

Si no existe tal situación: Continua en la etapa N°. 4

Residencia de Supervisión

3. REPARACION Y AJUSTE DE OBRA

3.1 Procede a efectuar los trabajos de reparación. 3.2 Notifica de la terminación de los trabajos de reparación a la Residencia de Supervisión.

Superintendencia de Obra

4. VERIFICACION DE AJUSTE DE OBRA

4.1 Una vez que es enterada de la terminación y ajuste de obra, verifica físicamente los trabajos de reparación a efecto de constatar si estos se efectuaron conforme a las condiciones pactadas en el contrato y cumplen con la calidad requerida.

4.2 Informa mediante oficio a la Dirección de Obras que los trabajos de la obra están terminados

Residencia de Supervisión

5. ENTREGA RECEPCION DE OBRA

5.1 Recibe notificación de la terminación de los trabajos y determina la fecha para la recepción física de la obra la cual no excederá de 15 días naturales contados a partir de la fecha de finalización de verificación de los trabajos.

5.2 Informa mediante oficio al contratista la fecha de la recepción fisica de la obra.

5.3 En la fecha de la recepción, recibe físicamente los trabajos y levanta acta correspondiente, misma que deberá contemplar como mínimo los siguientes aspectos:

I. Lugar fecha y hora en la que se levanta. II. Nombre y firma del residente, del supervisor externo si

existe y del superintendente. III. Descripción de los trabajos que se reciben. IV. Importe contractual, incluyendo convenios

modificatórios. V. Periodo de ejecución de los trabajos, precisando las

fechas de inicio y terminación contractual y el plazo en el que realmente se efectuaron, incluyendo los convenios.

VI. Declaración de las partes que se entregan, los planes de la construcción así como los manuales e instructivos de operación y mantenimiento correspondientes y los certificados de garantía de calidad y funcionamiento de los bienes instalados

Direccion de Obras

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RECEPCION DE OBRA

REVISION:

HOJA 255 DE 336

Secuencia de etapas Actividad Responsable

VII. Constancia de que el archivo de documentos derivados de la realización de los trabajos fue entregado a la residencia o a la supervisión en su caso, por parte de la contratista.

VIII. Indicación de que el acta de entrega recepción estará sujeta a la entrega de la fianza de vicios ocultos.

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RECEPCION DE OBRA

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HOJA 256 DE 336

V.7.6. DOCUMENTOS DE REFERENCIA

Documento Código

Ley de Obras Publicas y Servicios Relacionados con las mismas.

Reglamento de la Ley de Obras Publicas y Servicios Relacionados con las mismas.

Políticas, bases y lineamientos de la Dirección de Obras y Mantenimiento de Bienes inmuebles.

Acta de recepción de Obra Publica.

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RECEPCION DE OBRA

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HOJA 257 DE 336

V.7.7. REGISTROS

Registro Tiempo de

conservación Responsable de

conservarlo Código de

registro

“NO PROCEDE”

--

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RECEPCION DE OBRA

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HOJA 258 DE 336

V.7.8. GLOSARIO

“NO PROCEDE”

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RECEPCION DE OBRA

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HOJA 259 DE 336

V.7.9. ANEXOS

Acta de recepción de Obra Publica.

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ACCESO A LA INFORMACION DE CONTRATACION Y AVANCE DE OBRAS

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HOJA 261 DE 336

V.8.-ACCESO A LA INFORMACION DE CONTRATACION Y AVANCE DE OBRAS

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ACCESO A LA INFORMACION DE CONTRATACION Y AVANCE DE OBRAS

REVISION:

HOJA 262 DE 336

V.8.1.-PROPOSITO

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ACCESO A LA INFORMACION DE CONTRATACION Y AVANCE DE OBRAS

REVISION:

HOJA 263 DE 336

V.8.1.-PROPOSITO

DEFINIR LOS LINEAMIENTOS, ACCIONES Y RESPONSABILIDADES, QUE PERMITAN AL INSTITUTO A TRAVÉS DE LA UNIDAD DE ENLACE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PROPORCIONAR INFORMACIÓN RELACIONADA CON LA CONTRATACIÓN Y MODIFICACIÓN DE OBRA PÚBLICA EN FORMA OPORTUNA Y CONFIABLE A TODA PERSONA QUE LA SOLICITE DIRECTAMENTE O MEDIANTE SISTEMAS ELECTRÓNICOS COMO INTERNET, FACILITÁNDOLE EN SU CASO A DICHO SOLICITANTE EL ACCESO AL EQUIPO DE COMPUTO REQUERIDO PARA OBTENER LOS DATOS DE MANERA DIRECTA O MEDIANTE IMPRESIONES.

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ACCESO A LA INFORMACION DE CONTRATACION Y AVANCE DE OBRAS

REVISION:

HOJA 264 DE 336

V.8.2.-ALCANCE

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ACCESO A LA INFORMACION DE CONTRATACION Y AVANCE DE OBRAS

REVISION:

HOJA 265 DE 336

V.8.2.-ALCANCE EL PÚBLICO INTERESADO OBTIENE MEDIANTE SOLICITUD, INFORMACIÓN ACTUALIZADA DE CONTRATACIÓN DE OBRA PÚBLICA REALIZADA POR EL INSTITUTO, AVANCES Y MODIFICACIONES, INMUEBLES AFECTADOS, MONTOS, RESPONSABLES Y PLAZOS DE ACUERDO A LO ESTIPULADO EN LA LEY FEDERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA GUBERNAMENTAL.

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ACCESO A LA INFORMACION DE CONTRATACION Y AVANCE DE OBRAS

REVISION:

HOJA 266 DE 336

V.8.3.-POLITICAS DE OPERACION

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ACCESO A LA INFORMACION DE CONTRATACION Y AVANCE DE OBRAS

REVISION:

HOJA 267 DE 336

V.8.3 POLÍTICAS DE OPERACIÓN

El Instituto Nacional de Antropología e Historia a través de su Unidad de Enlace, Transparencia y Acceso a la Información deberá poner a disposición del público en general la información a que se refiere él articulo 7 de la Ley.

El titular del Departamento de Tramites y Servicios (Ventanilla Unica), deberá verificar en todo caso que se cuente con un espacio físico y con personal capacitado para dar atención y asistencia al público en materia de contratación de obra pública.

El Departamento de Tramites y Servicios a través del área conocida como “Ventanilla Unica” deberá recibir las solicitudes, encauzar, integrar y proporcionar al público solicitante la información relacionada con la contratación de obra pública y en su caso facilitarle el acceso a esta, proporcionándole el equipo de computo y la asesoría requeridas para su consulta e impresión de datos.

Invariablemente el jefe de Departamento de Tramites y Servicios al recibir una solicitud de información relacionada con la contratación de obra pública en el área metropolitana, deberá verificar vía INTRANET o cualquier otro medio practico de comunicación si dicha información esta disponible en la Dirección de Obras y Mantenimiento de Bienes Inmuebles o cualquier otra área relacionada del Instituto, en cuyo caso procesará e imprimirá los datos requeridos y los entregará al solicitante.

Para información relacionada con obra pública solicitada en el interior de la república, el Centro INAH correspondiente a través del personal responsable, deberá recibir y transferir dicha solicitud vía INTERNET ó CORREO ELECTRONICO a la Unidad de Enlace del Instituto (Departamento de Tramites y Servicios.- Ventanilla Unica) quien validara y verificara vía INTRANET, si los datos solicitados se encuentran disponibles en algún área dependiente de este, en cuyo caso integrará la información y la enviará vía NTERNET ó CORREO ELECTRONICO al Centro INAH correspondiente quien deberá imprimir y proporcionar al interesado los datos solicitados de acuerdo a los lineamientos establecidos en el articulo 7 de la Ley.

El responsable del Departamento de Tramites y Servicios (Ventanilla Unica) deberá diseñar e implementar un registro estadístico de solicitudes de información recibidas y atendidas relacionadas con obra y modificación de obra pública.

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ACCESO A LA INFORMACION DE CONTRATACION Y AVANCE DE OBRAS

REVISION:

HOJA 268 DE 336

V.8.4.- DIAGRAMA DEL PROCEDIMIENTO

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ACCESO A LA INFORMACION DE CONTRATACION Y AVANCE DE OBRAS

REVISION:

HOJA 269 DE 336

UNIDAD DE ENLACE, TRANSPARENCIA Y

ACCESO A LA INFORMACION DEL INAH

COORDINACION NACIONAL DE

RECURSOS MATERIALES Y

SERVICIOS

DIRECCION DE OBRAS Y MANTENIMIENTO DE BIENES

INMUEBLES

UNIDAD DE ENLACE VENTANILLA UNICA.- DEPARTAMENTO DE

TRAMITES Y SERVICIOS

INICIO

REQUERIMIENTO DE INFORMACION

DE CONTRATACION Y MODIFICACION

DE OBRA

RECEPCION DE INFORMACION DE CONTRATACION Y MODIFICACION DE

OBRA PUBLICA

RECEPCION Y ANALISIS DE

REQUERIMIENTO DE INFORMACION

DE OBRAS

INTEGRACION Y ENVIO DE

INFORMACION DE CONTRATACION Y MODIF. DE OBRA.

INTEGRACION DE INFORMACION DE

OBRA EN INTRANET E INTERNET P/INF.

TERMINO

1

2

3

4

5

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ACCESO A LA INFORMACION DE CONTRATACION Y AVANCE DE OBRAS

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HOJA 270 DE 336

V.8.5.- DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO

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ACCESO A LA INFORMACION DE CONTRATACION Y AVANCE DE OBRAS

REVISION:

HOJA 271 DE 336

Secuencia de etapas Actividad Responsable

1. REQUERIMIENTO DE INFORMACION DE CONTRATACION Y MODIFICACIONEDE

OBRA PUBLICA

1.1 Solicita mediante oficio a la Coordinación Nacional de Recursos Materiales y Servicios, envié durante los 10 primeros días de los meses de Abril, Julio, Octubre y Enero de cada año en formato establecido, las contrataciones y modificaciones de obras públicas y servicios relacionados con las mismas, especificando como mínimo:

a) Descripción de la obra. b) Monto. c) Nombre del contratista ó de la persona

física o moral con quien se haya celebrado el contrato.

d) Plazos de cumplimiento del contrato.

Unidad de Enlace, Trasparencia y Acceso a la Información del INAH

2. RECEPCION Y ANALISIS DE

REQUERIMIENTO DE INFORMACION DE CONTRATACION Y MODIFICACION DE

OBRA PUBLICA

2.1. Recibe solicitud de requerimiento de información de contratación y modificación de obra pública requerida para garantizar a toda persona interesada el acceso a esta, de acuerdo a lo establecido en La “Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

2.2. Analiza y turna la solicitud de información trimestral a la Dirección de Obras y Mantenimiento de Bienes Inmuebles.

Coordinación Nacional de Recursos Materiales y Servicios

3. INTEGRACION Y ENVIO DE

INFORMACION DE CONTRATACION Y MODIFICACION DE

OBRA PUBLICA

3.1. Recibe requerimiento de información de contratación y modificación de obra pública, integra la información trimestral, codifica formato establecido y envía durante los 10 primeros días de cada trimestre natural la información requerida.

Dirección de Obras y Mantenimiento de Bienes

Inmuebles

4. RECEPCION DE INFORMACION DE CONTRATACION Y MODIFICACION DE

OBRA PUBLICA

4.1. .Recibe información de contratación y modificación de obra pública en formato establecido, analiza y turna con comentarios a la Ventanilla Unica del Instituto –Departamento de tramites y Servicios--

Unidad de Enlace, Transparencia y Acceso a la Información del

INAH

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ACCESO A LA INFORMACION DE CONTRATACION Y AVANCE DE OBRAS

REVISION:

HOJA 272 DE 336

Secuencia de etapas Actividad Responsable

5. INTEGRACION DE INFORMACION DE

CONTRATACION DE OBRA PUBLICA EN

INTRANET E INTERNET

5.1 Recibe información trimestral de contratación y modificación de obra pública en formato establecido, verifica que los datos sean exactos y actualizados.

5.2 Integra la información en INTRANET de acuerdo a los lineamientos establecidos por la Coordinación Nacional de Desarrollo Institucional.

5.3 Integra la información de contratación y modificación de obra pública en INTERNET.

5.4 Instrumenta y pone a disposición del público interesado, el equipo de computo requerido para que pueda accesar a la información solicitada de manera directa observando el monitor o mediante impresiones.

TERMINO

Ventanilla Unica.- Departamento de Tramites

y Servicios

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ACCESO A LA INFORMACION DE CONTRATACION Y AVANCE DE OBRAS

REVISION:

HOJA 273 DE 336

V.8.6. DOCUMENTOS DE REFERENCIA

Documento Código

Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

(D.O.F. 11-JUNIO-2002)

Manual de Políticas y Lineamientos para la Transferencia y Acceso a la Información del Instituto Nacional de Antropología e Historia.

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ACCESO A LA INFORMACION DE CONTRATACION Y AVANCE DE OBRAS

REVISION:

HOJA 274 DE 336

V.8.7. REGISTROS

Registro Tiempo de

conservación Responsable de

conservarlo Código de

registro

“NO PROCEDE”

--

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ACCESO A LA INFORMACION DE CONTRATACION Y AVANCE DE OBRAS

REVISION:

HOJA 275 DE 336

V.8.8. GLOSARIO

“NO PROCEDE”

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ACCESO A LA INFORMACION DE CONTRATACION Y AVANCE DE OBRAS

REVISION:

HOJA 276 DE 336

V.8.9. ANEXOS

“NO PROCEDE”

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA

DIRECCION DE OBRAS Y MANTENIMIENTO DE BIENES INMUEBLES

REVISION:

HOJA 335 DE 336

VII.- AUTORIZACIÓNES

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA

DIRECCION DE OBRAS Y MANTENIMIENTO DE BIENES INMUEBLES

REVISION:

HOJA 336 DE 336

DE CONFORMIDAD A FACULTAD ESTABLECIDA EN EL ARTICULO 7º FRACCION VII DE LA LEY ORGANICA DEL INSTITUTO NACIONAL DE ANTROPOLOGIA E HISTORIA

AUTORIZA

DIRECCION GENERAL DEL INAH

____________________________ ETNLGO. RAUL SERGIO ARROYO GARCIA

APRUEBA SECRETARIA ADMINISTRATIVA

________________________________________ LIC. LUIS ARMANDO HAZA REMUS

VALIDACION Y RESPONSABLES DE PROMOVER SU OPERACION

COORDINACION NACIONAL DE DIRECCION DE OBRAS Y MANTENIMIENTO RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS DE BIENES INMUEBLES

____________________________ _____________________________ C.P. AMPARO MARTINEZ MARTINEZ ARQ. LIBERTO BAHI MARMOLEJO

ELABORACIÓN COORDINACIÓN NACIONAL DE DESARROLLO INSTITUCIONAL

_______________________________________ LIC. ALEJANDRO VILLASEÑOR VALERIO