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MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL JÚCAR, O.A. ORGANISMO GESTOR: CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL JÚCAR CLAVE : FP.CAG.008/2018 y 2018ST0187 TIPO : REFERENCIA CRONOLÓGICA PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS NOVIEMBRE 2018 CLASE : CONTRATO DE SERVICIOS TÍTULO BÁSICO : CONTRATO DE SERVICIOS PARA EL ANÁLISIS DE ESTUDIOS DE INUNDABILIDAD EN EL ÁMBITO DE LA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DEL JÚCAR ÁMBITO : CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL JÚCAR PROVINCIAS: VARIAS TÉRMINOS MUNICIPALES: VARIOS PRESUPUESTO TOTAL : 541.955,26 AUTORA : NIEVES MONDÉJAR MARTÍN CSV: MA00618509A20521FD4108EB181542885527 Dirección de validación: https://sede.mapama.gob.es/csv

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MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA

CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL JÚCAR, O.A.

ORGANISMO GESTOR:

CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL JÚCAR

CLAVE :

FP.CAG.008/2018 y 2018ST0187

TIPO : REFERENCIA CRONOLÓGICA

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS NOVIEMBRE 2018

CLASE :

CONTRATO DE SERVICIOS

TÍTULO BÁSICO :

CONTRATO DE SERVICIOS PARA EL ANÁLISIS DE ESTUDIOS DE INUNDABILIDAD EN EL ÁMBITO DE LA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DEL JÚCAR

ÁMBITO :

CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL JÚCAR

PROVINCIAS:

VARIAS

TÉRMINOS MUNICIPALES:

VARIOS

PRESUPUESTO TOTAL :

541.955,26 €

AUTORA :

NIEVES MONDÉJAR MARTÍN

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MINISTERIO

PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA

CONFEDERACIÓN

HIDROGRÁFICA

DEL JÚCAR, O.A.

CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL JÚCAR

1

ÍNDICE GENERAL

DOCUMENTO Nº 1 Memoria

1 Antecedentes

2 Objeto del trabajo a realizar

3 Necesidad de contratación del servicio

4 Actividades esenciales a realizar

5 Características de la contratación

6 Conclusión

Anejo 1. Justificación de precios

DOCUMENTO Nº 2 Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares

1 Objeto del pliego

2 Normativa básica de aplicación. Marco jurídico

3 Descripción de los trabajos

4 Condiciones de trabajo

5 Plazo de ejecución

6 Inspección y comprobación de los trabajos

7 Trabajos autorizados y trabajos defectuosos

8 Equilibrio del contrato

9 Valoración y abono de los trabajos

10 Recepción y liquidación de los trabajos

11 Permisos y licencias

DOCUMENTO Nº 3 Presupuestos

1 Cuadros de precios

2 Presupuesto de Ejecución Material

3 Presupuesto Base de Licitación

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DOCUMENTO Nº 1: MEMORIA

1.- ANTECEDENTES

2.- OBJETO DEL TRABAJO A REALIZAR

3.- NECESIDAD DE CONTRATACIÓN DEL SERVICIO

4.- ACTIVIDADES ESENCIALES A REALIZAR

5.- CARACTERÍSTICAS DE LA CONTRATACIÓN

6.- CONCLUSIÓN

ANEJO 1. JUSTIFICACIÓN DE PRECIOS

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1. ANTECEDENTES

Uno de los principios generales de la gestión en materia de aguas es la compatibilidad de la con la

ordenación del territorio, la conservación y protección del medio ambiente y la restauración de la

naturaleza. Para el ejercicio de las funciones encomendadas a los organismos de cuenca por la vigente

legislación en materia de aguas, se contemplan unas atribuciones y cometidos que incluyen los estudios

de hidrología e información sobre crecidas, la prestación de toda clase de servicios técnicos relacionados

con el cumplimiento de sus fines específicos y, cuando les fuera solicitado, el asesoramiento a la

Administración General del Estado, comunidades autónomas, corporaciones locales y demás entidades

públicas o privadas, así como a los particulares.

En el ámbito de la Confederación Hidrográfica del Júcar, el organismo de cuenca tiene la

necesidad de analizar y, en su caso, validar, los estudios de inundabilidad que se presentan de acuerdo

con el Plan de Acción Territorial sobre Prevención del Riesgo de Inundación en la Comunitat Valenciana

(PATRICOVA) y con el Reglamento del Dominio Público Hidráulico aprobado por el Real Decreto

849/1986, de 11 de abril (RDPH).

El artículo 13 del PATRICOVA establece que los estudios de inundabilidad para la concreción del

riesgo de inundación serán aprobados por la Consellería competente en materia de ordenación del

territorio, previo informe del organismo de cuenca correspondiente, que será preceptivo y determinante,

otorgándose 45 días para su emisión.

Por otra parte, el 30 de diciembre de 2016 entró en vigor en Real Decreto 638/2016, de 29 de

diciembre, por el que se modifica el Reglamento del Dominio Público Hidráulico aprobado por el Real

Decreto 849/1986, de 11 de abril (RDPH), el Reglamento de Planificación Hidrológica, aprobado por el

Real Decreto 907/2007, de 6 de julio, y otros reglamentos en materia de gestión de riesgos de

inundación, caudales ecológicos, reservas hidrológicas y vertidos de aguas residuales.

Los nuevos artículos 9 bis, 9 ter, 9 quáter, 14 bis y 126 ter del RDPH introducen una nueva

concepción en materia de limitaciones a los usos del suelo en las zonas inundables de origen fluvial,

según el Sistema Nacional de Cartografía de Zonas Inundables, cuya interpretación se presume

fundamental dentro de las tareas propias del organismo de cuenca.

Esta nueva regulación ha motivado la necesidad de justificar la viabilidad o no de una actividad en

función de su grado de afección, bien por zona inundable asociada a un periodo de retorno de 100 años,

bien por zona de flujo preferente, de acuerdo con los anteriores artículos del RDPH, lo que ha originado

la necesidad de estudios de inundabilidad específicos que requieren su validación por parte de este

organismo.

2. OBJETO DEL TRABAJO A REALIZAR

El objeto del trabajo es el análisis de estudios de inundabilidad presentados en relación a

planeamientos urbanísticos, obras lineales o cualquier otro acto o actuación que lo requiera y la

elaboración del informe correspondiente. En consecuencia, se analizará la documentación presentada,

los antecedentes y expedientes relacionados, así como los efectos del estudio de inundabilidad en

cualquier proyecto, trabajo, procedimiento u otro expediente distinto que pueda resultar afectado en el

ámbito de la Demarcación Hidrográfica del Júcar. Como apoyo al análisis, podrá ser necesaria la

elaboración de simulaciones hidráulicas, así como estudios hidrológicos. Finalmente se emitirá un

informe detallado respecto al estudio de inundabilidad que recoja todos los aspectos analizados.

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3. NECESIDAD DE CONTRATACIÓN DEL SERVICIO

Con la dotación actual de personal existente en el Área de Gestión del Dominio Público Hidráulico

y sin la posibilidad de reasignarse efectivos de la Comisaría de Aguas, dado el volumen de trabajo a

realizar y la elevada especialización requerida, se estima necesario recurrir a la prestación de un servicio

externo para realizar los trabajos de análisis de estudios de inundabilidad presentados en relación a

actos y planes que afecten al régimen de las aguas.

4. ACTIVIDADES ESENCIALES A REALIZAR

La descripción detallada de los trabajos a realizar se encuentra recogida en el documento nº 2

Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares.

De forma general, las actividades esenciales a realizar son:

▪ Elaboración de informe en relación con estudio de inundabilidad presentado ▪ Simulación hidráulica mediante modelo unidimensional o bidimensional ▪ Estudio hidrológico

5. CARACTERÍSTICAS DE LA CONTRATACIÓN

5.1.- PLAZO DE EJECUCIÓN De acuerdo con las características de la asistencia técnica que se plantea y con el alcance de los

distintos trabajos incluidos en ella, se propone como plazo para cumplimentar dichos trabajos el de DOS

(2) AÑOS contados a partir de la fecha siguiente a la de formalización del correspondiente contrato.

5.2.-. PRESUPUESTO Por aplicación de las partidas detalladas en el presupuesto, resulta un presupuesto base de

licitación (que incluye el 13% de Gastos Generales, el 6% de Beneficio Industrial y el IVA) de

QUINIENTOS CUARENTA Y UN MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y CINCO EUROS CON

VEINTISEIS CÉNTIMOS (541.955,26 €).

5.3.- SISTEMA DE CONTRATACIÓN De acuerdo con el artículo 131 de Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector

Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento

Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014., el contrato se adjudicará

mediante el procedimiento abierto.

5.4.- SOLVENCIA TÉCNICA Y ECONÓMICA DEL CONSULTOR La solvencia económica y financiera, así como la profesional o técnica podrá acreditarse de

acuerdo con lo establecido en los artículos 86 a 90 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos

del Sector Público.

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6. CONCLUSIÓN

Estimando que el presente documento cumple con los supuestos que determina la legislación

vigente y define los trabajos objeto de contratación, se eleva para su aprobación y efectos consecuentes,

si procede.

Valencia, noviembre de 2018

AUTORA DEL PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS

Nieves Mondéjar Martín

DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE

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ANEJO 1. JUSTIFICACIÓN DE PRECIOS

1.- PRECIOS BÁSICOS

2.- JUSTIFICACIÓN DE PRECIOS UNITARIOS

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1.- PRECIOS BÁSICOS

Ud. Descripción Importe (euros)

hora Ingeniero/a de Caminos, Canales y Puerto con un mínimo de 10 años de experiencia

45,00

hora Ingeniero/a de Caminos, Canales y Puerto con un mínimo de 5 años de experiencia

40,00

hora Ingeniero/a de grado medio 30,00

2.- JUSTIFICACIÓN DE PRECIOS UNITARIOS

CODIGO Unidades Descripción Medición Precio

unitario (euros)

Importe (euros)

1 Ud. Elaboración de informe en relación con el

artículo 13 del Plan de Acción Territorial de carácter sectorial sobre Prevención del Riesgo de Inundación en la Comunidad Valenciana (PATRICOVA), aprobado definitivamente por el Acuerdo de 28 de enero de 2003, del Consell de la Generalitat (DOGV núm. 4.429, de 30 de enero de 2003) y modificado por el Decreto 201/2015, de 29 de octubre, del Consell (DOCV núm. 7649, de 3 de noviembre de 2015), con gran alcance territorial (ámbito supramunicipal, municipal o próximo a este último), incluso estudio de antecedentes, búsqueda de expedientes relacionados y análisis de los efectos del estudio de inundabilidad en cualquier proyecto, trabajo, procedimiento u otro expediente distinto, en el ámbito de toda la Demarcación Hidrográfica, que pueda resultar afectado.

20,00 3.743,13 €

74.862,60 €

H.

Ingeniero/a de Caminos, Canales y Puertos con un mínimo de 10 años de experiencia.

20,00 45,00 € 900,00 €

H.

Ingeniero/a de Caminos, Canales y Puertos con un mínimo de 5 años de experiencia.

38,00 40,00 € 1.520,00 €

H. Ingeniero/a de grado medio 38,00 30,00 € 1.140,00 €

% Medio Auxiliares 1,1% 35,60 1,10 39,16 €

% Costes Indirectos 4% 35,99 4,00 143,97 €

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2 Ud.

Elaboración de informe en relación con el artículo 13 del Plan de Acción Territorial de carácter sectorial sobre Prevención del Riesgo de Inundación en la Comunidad Valenciana (PATRICOVA), aprobado definitivamente por el Acuerdo de 28 de enero de 2003, del Consell de la Generalitat (DOGV núm. 4.429, de 30 de enero de 2003) y modificado por el Decreto 201/2015, de 29 de octubre, del Consell (DOCV núm. 7649, de 3 de noviembre de 2015), con alcance territorial reducido o localización puntual, incluso estudio de antecedentes, búsqueda de expedientes relacionados y análisis de los efectos del estudio de inundabilidad en cualquier proyecto, trabajo, procedimiento u otro expediente distinto, en el ámbito de toda la Demarcación Hidrográfica, que pueda resultar afectado.

60,00 1.892,59

€ 113.555,40 €

H.

Ingeniero/a de Caminos, Canales y Puertos con un mínimo de 10 años de experiencia.

12,00 45,00 € 540,00 €

H.

Ingeniero/a de Caminos, Canales y Puertos con un mínimo de 5 años de experiencia.

18,00 40,00 € 720,00 €

H. Ingeniero/a de grado medio 18,00 30,00 € 540,00 €

% Medio Auxiliares 1,1% 18,00 1,10 19,80 €

% Costes Indirectos 4% 18,20 4,00 72,79 €

3 Ud.

Elaboración de informe en relación con estudios de inundabilidad correspondientes a obras lineales de todo tipo (carreteras, ferrocarriles, etc.) y sus infraestructuras asociadas (puentes, drenajes y obras de paso), incluso búsqueda de expedientes relacionados y análisis de los efectos del estudio de inundabilidad en cualquier proyecto, trabajo, procedimiento u otro expediente distinto, en el ámbito de toda la Demarcación Hidrográfica, que pueda resultar afectado.

30,00 3.154,32

€ 94.629,60 €

H.

Ingeniero/a de Caminos, Canales y Puertos con un mínimo de 10 años de experiencia.

20,00 45,00 € 900,00 €

H.

Ingeniero/a de Caminos, Canales y Puertos con un mínimo de 5 años de experiencia.

30,00 40,00 € 1.200,00 €

H. Ingeniero/a de grado medio 30,00 30,00 € 900,00 €

% Medio Auxiliares 1,1% 30,00 1,10 33,00 €

% Costes Indirectos 4% 30,33 4,00 121,32 €

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4 Ud.

Elaboración de informe de apoyo en relación con estudios de inundabilidad a solicitud de cualquier unidad del organismo de cuenca, incluso búsqueda de expedientes relacionados y análisis de los efectos del estudio de inundabilidad en cualquier proyecto, trabajo, procedimiento u otro expediente distinto, en el ámbito de toda la Demarcación Hidrográfica, que pueda resultar afectado.

20,00 1.577,16

€ 31.543,20 €

H.

Ingeniero/a de Caminos, Canales y Puertos con un mínimo de 10 años de experiencia.

10,00 45,00 € 450,00 €

H.

Ingeniero/a de Caminos, Canales y Puertos con un mínimo de 5 años de experiencia.

15,00 40,00 € 600,00 €

H. Ingeniero/a de grado medio 15,00 30,00 € 450,00 €

% Medio Auxiliares 1,1% 15,00 1,10 16,50 €

% Costes Indirectos 4% 15,17 4,00 60,66 €

5 Ud.

Elaboración de simulación hidráulica mediante modelos bidimensionales, como apoyo para el análisis de estudios de inundabilidad,

6,00 3.548,62

€ 21.291,72 €

H.

Ingeniero/a de Caminos, Canales y Puertos con un mínimo de 10 años de experiencia.

75,00 45,00 € 3.375,00 €

% Medio Auxiliares 1,1% 33,75 1,10 37,13 €

% Costes Indirectos 4% 34,12 4,00 136,49 €

6 Ud.

Elaboración de simulación hidráulica mediante modelos unidimensionales como apoyo para el análisis de estudios de inundabilidad,

6,00 3.154,32

€ 18.925,92 €

H.

Ingeniero/a de Caminos, Canales y Puertos con un mínimo de 10 años de experiencia.

40,00 45,00 € 1.800,00 €

H. Ingeniero/a de grado medio 40,00 30,00 € 1.200,00 €

% Medio Auxiliares 1,1% 30,00 1,10 33,00 €

% Costes Indirectos 4% 30,33 4,00 121,32 €

7 Ud. Elaboración de estudios hidrológicos como apoyo para el análisis de estudios de inundabilidad,

12,00 1.797,96

€ 21.575,52 €

H.

Ingeniero/a de Caminos, Canales y Puerto con un mínimo de 10 años de experiencia.

38,00 45,00 € 1.710,00 €

% Medio Auxiliares 1,1% 17,10 1,10 18,81 €

% Costes Indirectos 4% 17,29 4,00 69,15 €

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DOCUMENTO Nº 2: PLIEGO DE PRESCRIPCIONES

TÉCNICAS PARTICULARES

1.- OBJETO DEL PLIEGO

2.- NORMATIVA BÁSICA DE APLICACIÓN. MARCO JURÍDICO

3.- DESCRIPCIÓN DE LOS TRABAJOS

4.- CONDICIONES DE TRABAJO

5.- PLAZO DE EJECUCIÓN

6.- INSPECCIÓN Y COMPROBACIÓN DE LOS TRABAJOS

7.-TRABAJOS AUTORIZADOS Y TRABAJOS DEFECTUOSOS

8.- EQUILIBRIO DEL CONTRATO

9.- VALORACIÓN Y ABONO DE LOS TRABAJOS

10.- RECEPCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LOS TRABAJOS

11.- PERMISOS Y LICENCIAS

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES DEL CONTRATO DE SERVICIOS PARA EL ANÁLISIS DE ESTUDIOS DE INUNDABILIDAD EN EL ÁMBITO DE LA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DEL JÚCAR

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1. OBJETO DEL PLIEGO

El presente Pliego de Prescripciones tiene por objeto establecer las condiciones técnicas y

económicas particulares necesarias para la contratación de los servicios para la realización de trabajos

de CONTRATO DE SERVICIOS PARA EL ANÁLISIS DE ESTUDIOS DE INUNDABILIDAD EN EL

ÁMBITO DE LA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DEL JÚCAR.

2. NORMATIVA BÁSICA DE APLICACIÓN. MARCO JURÍDICO

Además del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, y del presente Pliego de

Prescripciones Técnicas Particulares, el Contrato estará sujeto con carácter general a la siguiente

normativa:

- Ley 9/2007, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP).

- Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público

- Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

- Texto Refundido de la Ley de Aguas (TRLA), aprobado el Real Decreto Legislativo (RDL) 1/2001, de 20 de julio.

- Reglamento del Dominio Público Hidráulico, que desarrolla los títulos I, IV, V, VI, y VII de la Ley 29/1985, aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril.

- Real Decreto 927/1988 de 29 de julio por el que se aprueba el Reglamento de la Administración Pública del Agua y de la Planificación Hidrológica, en desarrollo de los títulos II y III de la Ley de Aguas.

- Ley 10/2001 de 5 de julio por la que se aprueba el Plan Hidrológico Nacional.

- Reglamento de la Planificación Hidrológica, aprobado por el Real Decreto 907/2007, de 6 de julio.

- Real Decreto 1/2016, de 8 de enero, por el que se aprueba la revisión de los Planes Hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Occidental, Guadalquivir, Ceuta, Melilla, Segura y Júcar, y de la parte española de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Oriental, Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana y Ebro y su Anexo XI. Disposiciones normativas del Plan Hidrológico de la Demarcación del Júcar (BOE nº 16, de 19 de enero de 2016).

- Real Decreto 1671/2009. de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

- Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de carácter Personal y la posterior normativa que la desarrolla.

- Real Decreto-ley 5/2018, de 27 de julio, de medidas urgentes para la adaptación del Derecho español a la normativa de la Unión Europea en materia de protección de datos.

De igual modo se tendrán en cuenta las modificaciones introducidas en las anteriores, y

cualquier norma, reglamento o disposición oficial que, aun no siendo mencionada de forma expresa,

pueda afectar al objeto de la prestación, incluso las que pudieran surgir durante la realización de los

trabajos, siempre y cuando no modifiquen sustancialmente los mismos.

Todos los aspectos y cuestiones de índole administrativa que se indican en el presente pliego se

entiende que son válidos, en tanto no se opongan a lo establecido en el pliego de cláusulas

administrativas particulares, así como a cualquier otra disposición legal vigente de rango superior.

Asimismo se considerará también como contractual, la proposición del consultor-adjudicatario así

como la documentación adicional que este hubiera aportado en el proceso de adjudicación de los

trabajos a requerimiento de la Administración y que hubiese sido aceptada por esta.

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3. DESCRIPCIÓN DE LOS TRABAJOS

El trabajo a realizar consiste el análisis de estudios de inundabilidad en el ámbito de la

Demarcación Hidrográfica del Júcar.

Para ello se contemplan las siguientes tareas, que se desarrollan en los siguientes epígrafes:

1- Elaboración de informes en relación con artículo 13 del Plan de Acción Territorial de carácter

sectorial sobre Prevención del Riesgo de Inundación en la Comunidad Valenciana

(PATRICOVA), con gran alcance territorial (ámbito supramunicipal, municipal o próximo a

este último).

2- Elaboración de informes en relación con artículo 13 del Plan de Acción Territorial de carácter

sectorial sobre Prevención del Riesgo de Inundación en la Comunidad Valenciana

(PATRICOVA), con alcance reducido o localización puntual.

3- Elaboración de informes en relación con estudios de inundabilidad correspondientes a obras

lineales de todo tipo (carreteras, ferrocarriles, etc.) y sus infraestructuras asociadas (puentes,

drenajes y obras de paso).

4- Elaboración de informes de apoyo en relación con estudios de inundabilidad a solicitud de

cualquier unidad del organismo de cuenca.

5- Simulación hidráulica mediante modelo bidimensional.

6- Simulación hidráulica mediante modelo unidimensional.

7- Estudio hidrológico.

3.1. Elaboración de informes en relación con artículo 13 del Plan de Acción Territorial de carácter sectorial sobre Prevención del Riesgo de Inundación en la Comunidad Valenciana (PATRICOVA), con gran alcance territorial (ámbito supramunicipal, municipal o próximo a este último).

El artículo 13 del PATRICOVA establece que los estudios de inundabilidad para la concreción del

riesgo de inundación serán aprobados por la Consellería competente en materia de ordenación del

territorio, previo informe del organismo de cuenca correspondiente, que será preceptivo y determinante,

otorgándose 45 días para su emisión.

Dentro de estos estudios se encuentran aquellos con un ámbito de estudio de gran alcance,

como puedan ser los asociados a figuras de planeamiento como Planes Generales, carreteras u otras

actuaciones cuyo porcentaje territorial de análisis es considerable, donde para la elaboración del informe

requerido se necesitará:

Análisis de la metodología seguida en el estudio hidrológico y validación de los caudales

obtenidos, o propuesta de otros caudales más adecuados.

Validación del estudio hidráulico presentado, verificando la idoneidad de los resultados y,

en su caso, advirtiendo los errores detectados.

Estudio de la cartografía resultante, y validación de la misma o búsqueda de

deficiencias.

Elaboración de conclusiones especificando la validez o no del estudio, en cuyo caso, se

detallarán todas aquellas cuestiones que deban ser reparadas.

Búsqueda de expedientes relacionados y comprobación de la afección del estudio a los

mismos.

Estudio de posibles autorizaciones de obra necesarias en el futuro y las viabilidad de las

mismas en relación con la actuación, y, en su caso, análisis de las autorizaciones

existentes relacionadas.

Cuando se trate de estudios de inundabilidad relacionados con instrumentos de planeamiento,

además de la valoración de la validez del Estudio presentado, se analizará la viabilidad de la ordenación

propuesta de acuerdo con los artículos 9 bis, 9 ter, 9 quáter o 14 bis del Reglamento del Dominio Público

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Hidráulico (RDPH), según sea el caso, así como la afección al régimen de corrientes, según el artículo 9

del RDPH, si procede.

Todo lo anterior se plasmará en el correspondiente informe acompañado de las ilustraciones

necesarias para la mejor comprensión de lo redactado.

El precio establecido para esta unidad es un precio medio correspondiente a los trabajos que se

estiman necesarios, independientemente de que individualmente la elaboración de un determinado

informe conlleve mayor o menor trabajo.

3.2. Elaboración de informes en relación con artículo 13 del Plan de Acción Territorial de carácter sectorial sobre Prevención del Riesgo de Inundación en la Comunidad Valenciana (PATRICOVA), con alcance reducido o localización puntual.

El artículo 13 del PATRICOVA establece que los estudios de inundabilidad para la concreción del

riesgo de inundación serán aprobados por la Consellería competente en materia de ordenación del

territorio, previo informe del organismo de cuenca correspondiente, que será preceptivo y determinante,

otorgándose 45 días para su emisión.

En la valoración de estudios asociados a localizaciones puntuales o ámbitos reducidos de

actuación, se requerirá:

Análisis de la metodología seguida en el estudio hidrológico y validación de los caudales

obtenidos, o propuesta de otros caudales más adecuados.

Validación del estudio hidráulico presentado, verificando la idoneidad de los resultados y,

en su caso, advirtiendo los errores detectados.

Estudio de la cartografía resultante, y validación de la misma o búsqueda de

deficiencias.

Elaboración de conclusiones especificando la validez o no del estudio, en cuyo caso, se

detallarán todas aquellas cuestiones que deban ser reparadas.

Búsqueda de expedientes relacionados y comprobación de la afección del estudio a los

mismos.

Estudio de posibles autorizaciones de obra necesarias en el futuro y las viabilidad de las

mismas en relación con la actuación, y, en su caso, análisis de las autorizaciones

existentes relacionadas.

Cuando se trate de estudios de inundabilidad relacionados con instrumentos de planeamiento,

además de la valoración de la validez del Estudio presentado, se analizará la viabilidad de la ordenación

propuesta de acuerdo con los artículos 9 bis, 9 ter, 9 quáter o 14 bis del Reglamento del Dominio Público

Hidráulico (RDPH), según sea el caso, así como la afección al régimen de corrientes, según el artículo 9

del RDPH, si procede.

Todo lo anterior se plasmará en el correspondiente informe acompañado de las ilustraciones

necesarias para la mejor comprensión de lo redactado.

El precio establecido para esta unidad es un precio medio correspondiente a los trabajos que se

estiman necesarios, independientemente de que individualmente la elaboración de un determinado

informe conlleve mayor o menor trabajo.

3.3. Elaboración de informes en relación con estudios de inundabilidad correspondientes a obras lineales de todo tipo (carreteras, ferrocarriles, etc.) y sus infraestructuras asociadas (puentes, drenajes y obras de paso).

En la comprobación de los estudios de inundabilidad asociados a cualquier tipo de actuación que

tenga que ver con obras lineales y sus elementos estructurales asociados, se procederá de la siguiente

forma:

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Análisis de la metodología seguida en el estudio hidrológico y validación de los caudales

obtenidos, o propuesta de otros caudales más adecuados.

Validación del estudio hidráulico presentado, verificando la idoneidad de los resultados y,

en su caso, advirtiendo los errores detectados.

Estudio de la cartografía resultante, y validación de la misma o búsqueda de

deficiencias.

Elaboración de conclusiones especificando la validez o no del estudio, en cuyo caso, se

detallarán todas aquellas cuestiones que deban ser reparadas.

Búsqueda de expedientes relacionados y comprobación de la afección del estudio a los

mismos.

Estudio de posibles autorizaciones de obra necesarias en el futuro y las viabilidad de las

mismas en relación con la actuación, y, en su caso, análisis de las autorizaciones

existentes relacionadas.

En estos casos, además, se analizará la viabilidad de la actuación de acuerdo con los artículos

9 bis, 9 ter, 9 quáter o 14 bis del Reglamento del Dominio Público Hidráulico (RDPH), según sea el caso,

así como la afección al régimen de corrientes, según el artículo 9 del RDPH, si procede.

Todo lo anterior se plasmará en el correspondiente informe acompañado de las ilustraciones

necesarias para la mejor comprensión de lo redactado.

El precio establecido para esta unidad es un precio medio correspondiente a los trabajos que se

estiman necesarios, independientemente de que individualmente la elaboración de un determinado

informe conlleve mayor o menor trabajo.

3.4. Elaboración de informes de apoyo en relación con estudios de inundabilidad a solicitud de cualquier unidad del organismo de cuenca.

El presente contrato tiene el objeto de apoyar al Área de Gestión del Dominio Público Hidráulico,

dado que es la encargada de evaluar los estudios de inundabilidad que se presenten en relación con los

diversos expedientes del organismo de cuenca. Para ello, los trabajos a desarrollar serán los siguientes:

Análisis de la metodología seguida en el estudio hidrológico y validación de los caudales

obtenidos, o propuesta de otros caudales más adecuados.

Validación del estudio hidráulico presentado, verificando la idoneidad de los resultados y,

en su caso, advirtiendo los errores detectados.

Estudio de la cartografía resultante, y validación de la misma o búsqueda de

deficiencias.

Elaboración de conclusiones especificando la validez o no del estudio, en cuyo caso, se

detallarán todas aquellas cuestiones que deban ser reparadas.

Búsqueda de expedientes relacionados y estudio de la afección del estudio en los

mismos.

En estos casos, además, se analizará la viabilidad de la actuación de acuerdo con los artículos

9 bis, 9 ter, 9 quáter o 14 bis del Reglamento del Dominio Público Hidráulico (RDPH), según sea el caso,

así como la afección al régimen de corrientes, según el artículo 9 del RDPH, si procede.

Todo lo anterior se plasmará en el correspondiente informe acompañado de las ilustraciones

necesarias para la mejor comprensión de lo redactado.

El precio establecido para esta unidad es un precio medio correspondiente a los trabajos que se

estiman necesarios, independientemente de que individualmente la elaboración de un determinado

informe conlleve mayor o menor trabajo.

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3.5. Simulación hidráulica mediante modelo bidimensional.

En aquellos casos en el que la Dirección de los Trabajos lo requiera, se reproducirá el estudio

hidráulico analizado para verificar la validez de los resultados.

Los trabajos se realizarán con un modelo bidimensional apropiado, según indique la Dirección de

los Trabajos. Tras la modelización se redactará el correspondiente informe de conclusiones a las que se

ha llegado.

El precio establecido para esta unidad es un precio medio correspondiente a los trabajos que se

estiman necesarios, independientemente de que individualmente la realización de una determinada

simulación conlleve mayor o menor trabajo.

3.6. Simulación hidráulica mediante modelo unidimensional.

En aquellos casos en el que la Dirección de los Trabajos lo requiera, se reproducirá el estudio

hidráulico analizado para verificar la validez de los resultados.

Los trabajos se realizarán con un modelo unidimensional apropiado, según indique la Dirección

de los Trabajos. Tras la modelización se redactará el correspondiente informe de conclusiones a las que

se ha llegado.

El precio establecido para esta unidad es un precio medio correspondiente a los trabajos que se

estiman necesarios, independientemente de que individualmente la realización de una determinada

simulación conlleve mayor o menor trabajo.

3.7. Estudio hidrológico.

En aquellos casos en el que la Dirección de los Trabajos lo requiera, se elaborará un estudio

hidrológico paralelo al del estudio de inundabilidad analizado, con el objeto de validar los caudales que,

posteriormente, se utilizarán en la simulación hidráulica.

La complejidad del estudio dependerá de las características de cada caso en concreto y de las

recomendaciones que la disciplina hidrológica establezca como adecuadas. Las conclusiones y

resultados a los que se llegue se recogerán en el correspondiente informe.

El precio establecido para esta unidad es un precio medio correspondiente a los trabajos que se

estiman necesarios, independientemente de que individualmente la realización de un determinado

estudio hidrológico conlleve mayor o menor trabajo.

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4. CONDICIONES DE TRABAJO

4.1. Dirección de los trabajos

La Dirección de los Trabajos corresponderá al Facultativo que con tal objeto designe la

Confederación Hidrográfica del Júcar. El Director de los trabajos establecerá los criterios y líneas

generales de la actuación de la empresa adjudicataria del contrato y no será responsable directa ni

solidariamente de la que con plena responsabilidad técnica y legal realice la empresa adjudicataria del

contrato.

Todo cambio en la metodología, en los equipos técnicos y en el calendario de los trabajos

requerirá la aprobación escrita del Director de los Trabajos.

4.2. Personal y dirección del personal

Corresponde exclusivamente a la empresa contratista la selección del personal que, reuniendo

los requisitos de titulación y experiencia exigidos en el epígrafe “5.3 Equipo Técnico”, formará parte del

equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato, sin perjuicio de la verificación por parte de la

entidad contratante del cumplimiento de aquellos requisitos.

La empresa contratista procurará que exista estabilidad en el equipo de trabajo, y que las

variaciones en su composición sean puntuales y obedezcan a razones justificadas, en orden a no alterar

el buen funcionamiento del servicio, informando en todo momento a la Confederación Hidrográfica del

Júcar.

La empresa contratista asume la obligación de ejercer de modo real, efectivo y continuo sobre el

personal integrante del equipo de trabajo encargado de la ejecución del contrato, el poder de dirección

inherente a todo empresario. En particular, asumirá la negociación y pago de los salarios, la concesión

de permisos, licencias y vacaciones, las sustituciones de Ios trabajadores en caso de baja o ausencia,

las obligaciones legales en materia de Seguridad Social, incluido el abono de cotizaciones y el pago de

prestaciones, cuando proceda, las obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales, el

ejercicio de la potestad disciplinaria, así como cuantos derechos y obligaciones se deriven de la relación

contractual entre empleado y empleador.

La empresa contratista velará especialmente para que los trabajadores adscritos a la ejecución

del contrato desarrollen su actividad sin extralimitarse en las funciones desempeñadas respecto de la

actividad delimitada en los pliegos objeto del contrato. Será responsabilidad del Consultor:

a) Distribuir el trabajo entre el personal encargado de la ejecución del contrato, e impartir a dichos

trabajadores las órdenes e instrucciones de trabajo que sean necesarias en relación con la prestación

del servicio contratado.

b) Supervisar el correcto desempeño por parte del personal integrante del equipo de trabajo de las

funciones que tienen encomendadas, así como controlar la asistencia de dicho personal a su puesto de

trabajo.

c) Organizar el régimen de vacaciones del personal, debiendo a tal efecto coordinase

adecuadamente la empresa contratista con la "entidad contratante", a efectos de no alterar el buen

funcionamiento del servicio.

d) Informar y, en su caso, solicitar autorización expresa del Director de los Trabajos acerca de las

variaciones, ocasionales o permanentes, en la composición del equipo de trabajo adscrito a la ejecución

del contrato.

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4.3. Equipo técnico

El consultor dedicará para la realización de los trabajos una plantilla de reconocida solvencia

técnica, así como los medios auxiliares necesarios para el cumplimiento del plazo que haya ofertado.

En su oferta, el consultor deberá proponer el equipo personal técnico que vaya a realizar los

trabajos, acompañado de datos profesionales y las referencias que permitan juzgar sobre su preparación

y experiencia. El compromiso de adscripción de medios personales a la ejecución del contrato deberá

comprender:

- Al menos un Ingeniero/a de Caminos, Canales y Puertos, con al menos diez años de experiencia

en análisis y elaboración de estudios de inundabilidad en relación tanto a actuaciones

urbanísticas como de infraestructuras lineales, así como experiencia en simulación hidráulica

con modelos bidimensionales.

- Al menos un Ingeniero/a de Caminos, Canales y Puertos, con al menos cinco años de

experiencia en análisis y elaboración de estudios de inundabilidad en relación tanto a

actuaciones urbanísticas como de infraestructuras lineales, así como experiencia en simulación

hidráulica con modelos bidimensionales.

- Al menos un Ingeniero/a de grado medio con formación en simulación hidráulica con modelos

unidimensionales.

4.4. Dependencias y medios materiales

La empresa contratista está obligada a ejecutar el contrato en sus propias dependencias o

instalaciones. El Consultor estará obligado a instalar y mantener durante la vigencia del contrato una

oficina en la localidad de Valencia. Dicha oficina deberá estar dotada de los medios técnicos,

informáticos y materiales precisos para la correcta ejecución de los trabajos.

Es responsabilidad del adjudicatario la instalación y el mantenimiento durante la vida del contrato de

sus propios equipos informáticos, así como el establecimiento y mantenimiento de comunicaciones con

la Confederación Hidrográfica durante todo ese periodo. El uso de los sistemas informáticos y bases de

datos de la Confederación Hidrográfica será permitido exclusivamente para el desarrollo de los trabajos

de esta Asistencia Técnica, quedando expresamente prohibido su empleo para otros fines.

El aprendizaje de los sistemas informáticos y bases de datos de la Confederación Hidrográfica son

por cuenta del adjudicatario.

4.5. Relaciones entre el consultor y la administración

El Consultor dará cuenta de la realización de los trabajos con la periodicidad que requiera el

Director del Contrato de Servicios, celebrándose reuniones periódicas entre ambas partes con el fin de

estudiar el desarrollo y marcha de los trabajos. El Director tendrá libre acceso a las oficinas del Consultor

para la inspección del desarrollo de los trabajos.

La Administración proporcionará al Consultor aquellos documentos y trabajos que, citados

expresamente en el presente Pliego, deban ser tenidos en cuenta para la realización de este trabajo.

La Administración, por medio del Director de los Trabajos, pondrá a disposición del Consultor las

prescripciones y recomendaciones que aún no siendo de carácter general, sean de conveniente

cumplimiento por la índole del trabajo a desarrollar.

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4.6. Programa de trabajo

El adjudicatario deberá presentar un programa de trabajo, en el que se planifiquen las tareas a

realizar en el ámbito del presente contrato con detalle, al menos, mensual. Una vez aprobado por la

Dirección de los trabajos, el adjudicatario deberá dar cumplimiento a la planificación.

4.7. Información a suministrar por la Administración

La Administración proporcionará al consultor-adjudicatario cuantos datos de partida posea en

relación con los trabajos. Esta información fundamentalmente se referirá a:

- Antecedentes y expedientes relacionados con el estudio de inundabilidad objeto de análisis.

- Proyectos, trabajos, estudios o procedimientos en el ámbito de la Demarcación Hidrográfica del

Júcar que pudieran resultar afectados por la actuación objeto de estudio de inundabilidad

Para la obtención de dicha información el consultor tendrá acceso a las correspondientes bases

de datos, aplicaciones y a los correspondientes expedientes administrativos.

4.8. Seguridad y Confidencialidad

La empresa adjudicataria del contrato quedará obligada al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley

Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y especialmente en lo

indicado en el artículo 12 de la misma. Deberá responder de todas las acciones y/o reclamaciones que

se dirijan contra la Administración como consecuencia del incumplimiento de dichas obligaciones.

Asimismo, la empresa adjudicataria del contrato se compromete a usar debidamente la

información, documentos y medios técnicos que la Confederación Hidrográfica del Júcar ponga a su

disposición durante los trabajos, así como a responsabilizarse de la adecuada conservación, ordenación

y devolución de los mismos una vez finalizadas las tareas, no pudiendo proporcionar a terceros dato

alguno relacionado con los trabajos contratados, ni publicar total o parcialmente el contenido de los

mismos sin autorización escrita de la Administración contratante.

El adjudicatario formará y concienciará en las buenas prácticas de seguridad a los integrantes

del equipo que desarrollará el proyecto, para lo cual, recogerá por escrito de su personal el compromiso

expreso de salvaguardar las contraseñas de acceso y guardar el secreto profesional en relación con las

actividades desarrolladas, independientemente de que lo haya recogido por contrato laboral. En

cualquier caso, deberá cumplir la normativa de seguridad que se encuentre vigente en la Confederación

Hidrográfica del Júcar.

Toda la información generada e intercambiada entre las partes, cualquiera que sea su soporte

material, corno consecuencia de los trabajos a desarrollar, incluyendo específicamente y sin carácter

limitativo: los informes, memorándums, aplicaciones informáticas, análisis, cuadros, bases de datos, etc.,

tendrá carácter confidencial. El adjudicatario se comprometerá a adoptar las precauciones necesarias

para garantizar que dicha información no trascienda a personas distintas de aquéllas a quienes vaya

estrictamente dirigida.

4.9. Propiedad de los trabajos

Todos los estudios y documentos elaborados en ejecución del contrato serán propiedad de la

Administración, quien podrá reproducirlos, publicarlos y divulgarlos total o parcialmente.

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5. PLAZO DE EJECUCIÓN

El plazo máximo total de ejecución para el cumplimiento del contrato es de DOS (2) AÑOS,

contados a partir de la firma del correspondiente contrato. El Adjudicatario presentará un cronograma

detallado en el que especificarán los diferentes plazos parciales que se comprometen a respetar para

llevar a cabo las distintas tareas consideradas dentro del Pliego. Los trabajos se desarrollarán conforme

a estos plazos y de acuerdo con las prescripciones contenidas en este Pliego.

6. INSPECCIÓN Y COMPROBACIÓN DE LOS TRABAJOS

Con una frecuencia mensual el adjudicatario deberá presentar informes de seguimiento que

permitan comprobar el cumplimiento de los plazos establecidos en el programa de trabajos aprobado. En

dicho informe de seguimiento se recogerá la situación actual, cualitativa y cuantitativa de los trabajos, las

incidencias relevantes y, en su caso, las propuestas que, dentro del presupuesto previsto puedan

mejorar los resultados.

Con objeto de facilitar las tareas de dirección y seguimiento de los trabajos, se llevarán a cabo

cuantas reuniones fije la Dirección de los Trabajos para comprobar la marcha de los trabajos y cualquier

otra cuestión que se considere procedente.

Si de la comprobación de los trabajos resultan carencias, deficiencias o errores no aceptables en

el trabajo ejecutado, el consultor deberá completar y modificar los trabajos, sin que por ello tenga

derecho a reclamar aumento alguno sobre el precio contratado.

7. TRABAJOS AUTORIZADOS Y TRABAJOS DEFECTUOSOS

Todo cambio en la metodología y en el calendario de los trabajos requerirá la aprobación escrita

del Director de los Trabajos.

Los trabajos efectuados por el consultor modificando lo prescrito en el presente Pliego sin

autorización previa y expresa del Director de los trabajos no serán de recibo y, por tanto, no serán de

abono.

Asimismo, los trabajos defectuosos o que adolezcan de calidad o rigurosidad a juicio del Director

de los Trabajos deberán ser corregidos o completados por el consultor según las instrucciones de aquél.

8. EQUILIBRIO DEL CONTRATO

Puesto que algunas mediciones que se establecen en el presente pliego se basan en una

estimación indirecta (por no ser posible realizar una definición más precisa con los datos actuales),

según se vaya avanzando en la ejecución de los trabajos objeto del contrato, el Director de los Trabajos

podrá modificar las mediciones para adaptarlas a las conclusiones que se vayan obteniendo de cada una

de las tareas previstas. Dichas modificaciones no deberán ser significativas ni alterar el objetivo final del

servicio y, en cualquier caso, se realizarán teniendo en cuenta los precios fijados para las distintas

unidades.

En concreto, el director del pliego podrá ordenar la supresión de unidades referidas a aquellos

expedientes programados que considere innecesarios.

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9. VALORACIÓN Y ABONO DE LOS TRABAJOS

La valoración y abono de los trabajos se hará por el sistema de precios unitarios de acuerdo con

los artículos 102, 198 y 309 de la Ley de Contratos del Sector Público.

10. RECEPCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LOS TRABAJOS

El Director del Contrato de Servicios procederá a la confrontación final del trabajo, emitiendo el

correspondiente informe y procediendo a elaborar su propuesta de recepción y liquidación de los

trabajos, que tramitará de acuerdo con lo previsto en la legislación vigente.

11. PERMISOS Y LICENCIAS

Serán por cuenta del consultor-adjudicatario la obtención y abono de todos los permisos y

licencias necesarios para la correcta ejecución del Contrato de Servicios.

Valencia, noviembre de 2018

AUTORA DEL PLIEGO DE PRESCRIPCIONES

TÉCNICAS

Nieves Mondéjar Martín

DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE

CSV: MA00618509A20521FD4108EB181542885527

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22

DOCUMENTO Nº 3: PRESUPUESTO

1.- CUADRO DE PRECIOS

2.- PRESUPUESTO DE EJECUCIÓN MATERIAL

3.- PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN

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1.- CUADRO DE PRECIOS

Precio Descripción Importe

(€)

1

Elaboración de informe en relación con el artículo 13 del Plan de Acción Territorial de carácter sectorial sobre Prevención del Riesgo de Inundación en la Comunidad Valenciana (PATRICOVA), aprobado definitivamente por el Acuerdo de 28 de enero de 2003, del Consell de la Generalitat (DOGV núm. 4.429, de 30 de enero de 2003) y modificado por el Decreto 201/2015, de 29 de octubre, del Consell (DOCV núm. 7649, de 3 de noviembre de 2015), con gran alcance territorial (ámbito supramunicipal, municipal o próximo a este último), incluso estudio de antecedentes, búsqueda de expedientes relacionados y análisis de los efectos del estudio de inundabilidad en cualquier proyecto, trabajo, procedimiento u otro expediente distinto, en el ámbito de toda la Demarcación Hidrográfica, que pueda resultar afectado. 3.743,13

2

Elaboración de informe en relación con el artículo 13 del Plan de Acción Territorial de carácter sectorial sobre Prevención del Riesgo de Inundación en la Comunidad Valenciana (PATRICOVA), aprobado definitivamente por el Acuerdo de 28 de enero de 2003, del Consell de la Generalitat (DOGV núm. 4.429, de 30 de enero de 2003) y modificado por el Decreto 201/2015, de 29 de octubre, del Consell (DOCV núm. 7649, de 3 de noviembre de 2015), con alcance territorial reducido o localización puntual, incluso estudio de antecedentes, búsqueda de expedientes relacionados y análisis de los efectos del estudio de inundabilidad en cualquier proyecto, trabajo, procedimiento u otro expediente distinto, en el ámbito de toda la Demarcación Hidrográfica, que pueda resultar afectado. 1.892,59

3

Elaboración de informe en relación con estudios de inundabilidad correspondientes a obras lineales de todo tipo (carreteras, ferrocarriles, etc.) y sus infraestructuras asociadas (puentes, drenajes y obras de paso), incluso búsqueda de expedientes relacionados y análisis de los efectos del estudio de inundabilidad en cualquier proyecto, trabajo, procedimiento u otro expediente distinto, en el ámbito de toda la Demarcación Hidrográfica, que pueda resultar afectado. 3.154,32

4

Elaboración de informe de apoyo en relación con estudios de inundabilidad a solicitud de cualquier unidad del organismo de cuenca, incluso búsqueda de expedientes relacionados y análisis de los efectos del estudio de inundabilidad en cualquier proyecto, trabajo, procedimiento u otro expediente distinto, en el ámbito de toda la Demarcación Hidrográfica, que pueda resultar afectado. 1.577,16

5 Elaboración de simulación hidráulica mediante modelos bidimensionales, como apoyo para el análisis de estudios de inundabilidad, 3.548,62

6 Elaboración de simulación hidráulica mediante modelos unidimensionales como apoyo para el análisis de estudios de inundabilidad, 3.154,32

7 Elaboración de estudios hidrológicos como apoyo para el análisis de estudios de inundabilidad, 1.797,96

Valencia, noviembre de 2018

AUTORA DEL PLIEGO DE PRESCRIPCIONES

TÉCNICAS

Nieves Mondéjar Martín DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES DEL CONTRATO DE SERVICIOS PARA EL ANÁLISIS DE ESTUDIOS DE INUNDABILIDAD EN EL ÁMBITO DE LA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DEL JÚCAR

24

2.- PRESUPUESTO DE EJECUCIÓN MATERIAL

Número PARTIDA UNIDADES PRECIO

(€) TOTAL

(€)

1

Elaboración de informe en relación con el artículo 13 del Plan de Acción Territorial de carácter sectorial sobre Prevención del Riesgo de Inundación en la Comunidad Valenciana (PATRICOVA), aprobado definitivamente por el Acuerdo de 28 de enero de 2003, del Consell de la Generalitat (DOGV núm. 4.429, de 30 de enero de 2003) y modificado por el Decreto 201/2015, de 29 de octubre, del Consell (DOCV núm. 7649, de 3 de noviembre de 2015), con gran alcance territorial (ámbito supramunicipal, municipal o próximo a este último), incluso estudio de antecedentes, búsqueda de expedientes relacionados y análisis de los efectos del estudio de inundabilidad en cualquier proyecto, trabajo, procedimiento u otro expediente distinto, en el ámbito de toda la Demarcación Hidrográfica, que pueda resultar afectado. 20 3.743,13 74.862,60

2

Elaboración de informe en relación con el artículo 13 del Plan de Acción Territorial de carácter sectorial sobre Prevención del Riesgo de Inundación en la Comunidad Valenciana (PATRICOVA), aprobado definitivamente por el Acuerdo de 28 de enero de 2003, del Consell de la Generalitat (DOGV núm. 4.429, de 30 de enero de 2003) y modificado por el Decreto 201/2015, de 29 de octubre, del Consell (DOCV núm. 7649, de 3 de noviembre de 2015), con alcance territorial reducido o localización puntual, incluso estudio de antecedentes, búsqueda de expedientes relacionados y análisis de los efectos del estudio de inundabilidad en cualquier proyecto, trabajo, procedimiento u otro expediente distinto, en el ámbito de toda la Demarcación Hidrográfica, que pueda resultar afectado. 60 1.892,59 113.555,40

3

Elaboración de informe en relación con estudios de inundabilidad correspondientes a obras lineales de todo tipo (carreteras, ferrocarriles, etc.) y sus infraestructuras asociadas (puentes, drenajes y obras de paso), incluso búsqueda de expedientes relacionados y análisis de los efectos del estudio de inundabilidad en cualquier proyecto, trabajo, procedimiento u otro expediente distinto, en el ámbito de toda la Demarcación Hidrográfica, que pueda resultar afectado. 30 3.154,32 94.629,60

4

Elaboración de informe de apoyo en relación con estudios de inundabilidad a solicitud de cualquier unidad del organismo de cuenca, incluso búsqueda de expedientes relacionados y análisis de los efectos del estudio de inundabilidad en cualquier proyecto, trabajo, procedimiento u otro expediente distinto, en el ámbito de toda la Demarcación Hidrográfica, que pueda resultar afectado. 20 1.577,16 31.543,20

5

Elaboración de simulación hidráulica mediante modelos bidimensionales, como apoyo para el análisis de estudios de inundabilidad, 6 3.548,62 21.291,72

6

Elaboración de simulación hidráulica mediante modelos unidimensionales como apoyo para el análisis de estudios de inundabilidad, 6 3.154,32 18.925,92

7 Elaboración de estudios hidrológicos como apoyo para el análisis de estudios de inundabilidad, 12 1.797,96 21.575,52

PRESUPUESTO DE EJECUCIÓN MATERIAL 376.383,96

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES DEL CONTRATO DE SERVICIOS PARA EL ANÁLISIS DE ESTUDIOS DE INUNDABILIDAD EN EL ÁMBITO DE LA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DEL JÚCAR

25

Asciende el presupuesto de Ejecución Material a la expresada cantidad de TRESCIENTOS

SETENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES EUROS CON NOVENTA Y SEIS

CÉNTIMOS (376.383,96).

Valencia, noviembre de 2018

AUTORA DEL PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS

Nieves Mondéjar Martín

DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES DEL CONTRATO DE SERVICIOS PARA EL ANÁLISIS DE ESTUDIOS DE INUNDABILIDAD EN EL ÁMBITO DE LA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DEL JÚCAR

26

3.- PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN

PRESUPUESTO DE EJECUCIÓN MATERIAL

376.383,96

Gastos generales ( 13,00% )

48.929,91

Beneficio industrial ( 6,00% )

22.583,04

SUMA (BASE IMPONIBLE)

447.896,91

IVA ( 21,00% )

94.058,35

TOTAL PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN

541.955,26

Asciende el presupuesto Base de Licitación a la expresada cantidad de QUINIENTOS

CUARENTA Y UN MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y CINCO EUROS CON VEINTISEIS CÉNTIMOS

(541.955,26 €).

Valencia, noviembre de 2018

AUTORA DEL PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS

Nieves Mondéjar Martín

Conforme con la Propuesta, SE APRUEBA EL PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES

EL PRESIDENTE,

Manuel Alcalde Sánchez

DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE

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