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Ministerio del Ambiente Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado-SERNANP Sub-Grupo 1:Posibles Impactos Ambientales del proyecto de Instalación de la Planta de Nitratos del Perú en el distrito de Paracas, provincia de Pisco, Región Ica Zona de Amortiguamiento de la Reserva Nacional de Paracas Lima, junio de 2010

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Ministerio del AmbienteServicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado-SERNANP

Sub-Grupo 1:Posibles Impactos Ambientales del proyecto de Instalación de la Planta de Nitratos del Perú en el distrito de Paracas, provincia de Pisco,

Región Ica Zona de Amortiguamiento de la Reserva Nacional de Paracas

Lima, junio de 2010

EL SERNANP

� El Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP, es un organismo público técnico especializado del Ministerio del Ambiente, con personería jurídica de derecho público interno y constituye pliego presupuestal.

� El SERNANP ejerce sus competencias a nivel nacional.

PRINCIPALES COMPETENCIAS

• La gestión de las ANP de nivel nacional.

• Se encarga de los procesos de otorgamiento de derechos de aprovechamiento de los RRNN y Uso Público.

• Se encarga del otorgamiento de Contratos/Convenios de administración y otros.

• Brinda opiniones técnicas previas al otorgamiento de derechos de otros sectores en las ANP y su ZA.

• Brinda opiniones técnicas para cualquier actividad a realizarse en las ANPs y ZA.

Órganos Desconcentrados

Jefaturas de Áreas Naturales Protegidas

Las Jefaturas de Áreas Naturales Protegidas son las unidades básicas de gestión de las Áreas Naturales Protegidas de administración nacional.

“El Estado está obligado a promover la conservación de la diversidad biológica y de las Áreas Naturales Protegidas”

Art 68°, Constitución Política del Perú

Áreas Naturales Protegidas del SINANPECATEGORCATEGORÍÍAA NN°° Ha.Ha. % DEL % DEL

PAISPAIS

PARQUES NACIONALESPARQUES NACIONALES 1212 77´́967,119.03967,119.03

SANTUARIOS NACIONALESSANTUARIOS NACIONALES 99 317 366.47317 366.47

SANTUARIOS HISTSANTUARIOS HISTÓÓRICOSRICOS 44 41 279.3841 279.38

RESERVAS NACIONALESRESERVAS NACIONALES 1313 33´́ 860,181.43860,181.43

REFUGIOS DE VIDA REFUGIOS DE VIDA

SILVESTRESILVESTRE22 8591.918591.91

BOSQUES DE PROTECCIBOSQUES DE PROTECCIÓÓNN 66 389 986.99389 986.99

RESERVAS PAISAJRESERVAS PAISAJÍÍSTICASSTICAS 22 711 818.48711 818.48

RESERVAS COMUNALESRESERVAS COMUNALES 88 1`777,466.391`777,466.39

COTOS DE CAZA (OFICIAL)COTOS DE CAZA (OFICIAL) 22 124 735.00124 735.00

ZONAS RESERVADASZONAS RESERVADAS 99 3`396,364.023`396,364.02

TOTALTOTAL 6767 18`594,909.1018`594,909.10 14.4714.47

Niveles de Administración de las ANP

PARQUE NACIONALSANTUARIO NACIONALSANTUARIO HISTORICORESERVA PAISAJISTAREFUGIO DE VIDA SILVESTRERESERVA NACIONALRESERVA COMUNALBOSQUE DE PROTECCIONCOTO DE CAZA

AREA DE CONSERVACION REGIONAL

AREA DE CONSERVACIONPRIVADA

ZONA

RESERVADA

SINANPE

Administración Nacional (67)

Administración Regional (6)(administrado por los Gobiernos Regionales)

Administración Privada (20)(administrado por los privados)

“Las áreas naturales protegidas son los espacios continentales y/o marinos del territorio nacional, expresamente reconocidos y declarados como tales, incluyendo sus categorías y sus zonificaciones para conservar la diversidad biológica y demás valores asociados de interés cultural, paisajístico y científico así como su contribución al desarrollo sostenible del país”Artículo 1° Ley N° 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas.“Las zonas de amortiguamiento son aquellas zona adyacentes a las áreas naturales protegidas que por su naturaleza y ubicación requieren un tratamientoespecial que garantice la conservación del área natural protegida, las actividades realizadas en ella no deben poner en riesgo el cumplimiento de los fines del ANP”Artículo 25° Ley N° 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas (Artículo 61° Reglamento de la Ley - D.S. N°038-2001-AG).

COMPATIBILIDAD

La Compatibilidad, se encuentra regulada a través del artículo 27º de la Ley de Áreas Naturales Protegidas y sus normas complementarias.

Es la Opinión Técnica Previa Vinculante que consiste en una evaluación a través de la cual se analiza la posibilidad de concurrencia de una propuesta de actividad, con respect o a la conservación del Área Natural Protegida de administración nacional, y/o su Zona de Amortiguamie nto, o del Área de Conservación Regional, en función a la categoría, zonificación, Plan Maestro y objetivos de creación del área en cuestión .

PROCESO DE COMPATIBILIDAD

La autoridad competente solicita al SERNANP la emisión de Compatibilidad previamente al desarrollo de actividades conducentes al otorgamiento de derechos orientados al aprovechamiento de recursos naturales, o a la habilitación de infraestructura, en las Áreas Naturales Protegidas de administración nacional, y/o sus Zonas de Amortiguamiento, o en las Áreas de Conservación Regional.

IMPLICANCIAS DE LA COMPATIBILIDAD

La emisión de Compatibilidad es independiente de la emisión de la Opinión Técnica Previa Favorable, y por tanto no compromete la orientación de ésta última, pudiendo ser ésta favorable o desfavorable.

La emisión de Compatibilidad es también independiente de otros trámites que se tengan que realizar ante las entidades competentes.

No cabe la emisión de compatibilidad respecto de aquellas actividades que son parte de una actividad que ya cuente con un pronunciamiento de compatibilidad por parte

GRACIAS