MINISTERIO DE VIVIENDA CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO...
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MINISTERIO DE VIVIENDA CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO
COMITE ESPECIAL CONFORMADO POR RSG N° 024-2013-VIVIENDA/SG
LP N° 014-2013-VIVIENDA-OGA-UE.001
En el distrito de San Isidro, a las 15:00 horas del día 15 de mayo de 2013, se reunió el Comité Especial conformado mediante Resolución de Secretaria General N° 024-2013-VIVIENDA/SG del 30 de abril de 2013, que se encargará de la organización, conducción y ejecución del proceso de selección denominado Licitación Publica N° 014-2013-VIVIENDA-OGA-UE.001 1ra Convocatoria para la “Contratación para la Elaboración de Expediente Técnico, Ejecución de Obra, Equipamiento e Implementación setenta y siete 77 Centros de Servicios de Apoyo al Hábitat Rural”.
ASISTENTES:
Carlos Roberto Yabar Miranda, Presidente Titular.
Rodolfo Enrique Paz Peña, Miembro Titular.
Cristhoper Joel Cruz Pacheco, Miembro Titular.
El Presidente del Comité expreso que la presente reunión es para la ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS del proceso de selección Licitación Publica N° 014-2013-VIVIENDA-OGA-UE.001 1ra Convocatoria para la “Contratación para la Elaboración de Expediente Técnico, Ejecución de Obra, Equipamiento e Implementación setenta y siete 77 Centros de Servicios de Apoyo al Hábitat Rural”. Seguidamente el Presidente del Comité Especial señalo que mediante Carta Nº 002-2012-VIVIENDA-CE-LP 014, se remitió las Consultas al área usuaria para su opinión técnica y conformidad. En ese sentido, mediante Carta N° 474-2013-VIVIENDA/VMVU-PAHR, el Programa de Apoyo al Hábitat Rural absolvió las Consultas formuladas por los participantes. Después de revisada y puestas a debate la absolución de las Consultas a las bases, se acordó por unanimidad aprobarlas y publicarlas en el SEACE. El pliego correspondiente forma parte integrante de la presente acta.
Siendo las 17:00 horas del mismo día, se da por terminada la presente reunión, suscribiendo el acta los presentes en señal de conformidad.
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Carlos Roberto Yabar Miranda Presidente titular
………………..……………….. Rodolfo Enrique Paz Peña
Miembro Titular
........................................................... Cristhoper Joel Cruz Pacheco
Miembro Titular
PLIEGO DE ABSOLUCION DE CONSULTAS
PARTICIPANTE: MADISA INGENIEROS S.A.C
CONSULTA N° 01
ABSOLUCION N° 01.
En atención a su solicitud, se le alcanza el ANTEPROYECTO ARQUITECTONICO,
según Anexo N° 01 del presente documento.
CONSULTA N° 02
ABSOLUCION N° 02.
Se Aclara que la Experiencia solicitada para el Ing. Residente es accesible de
cumplir por los innumerables profesionales Ing. Civiles que prestan sus
servicios profesionales a nivel nacional, por lo cual el postor deberá ceñirse a
cumplir lo requerido en las bases para el cumplimiento de la experiencia
solicitada para el Ing. Residente.
PARTICIPANTE: ROCA INGENIERIA DE LA CONSTRUCCION S.A.C.
Consulta Nº 01
Absolución Nº 01
La acreditación de los profesionales detallados en el numeral 11.1 deberá presentarse como parte de la propuesta técnica del postor. Se aclara que al momento de la Entrega de Terreno, tanto el Jefe de Proyectos como el Residente de Obra, deberán acreditar que son los profesionales que forman parte de la propuesta técnica presentada por el Contratista, además de presentar el certificado de habilidad vigente.
Consulta Nº 02
Absolución Nº 02
No, sólo se calificará lo que supere los Requerimientos Técnicos Mínimos. La Propuesta Técnica deberá ser presentada por el Postor en forma independientemente por cada Ítem. Sí, el postor podrá acreditar sus experiencias en obras generales y similares en cada ítem al que postule.
Consulta Nº 03
Absolución Nº 03
Se aclara, se calificara lo que supere los Requerimientos Técnicos Mínimos.
Consulta Nº 04
Absolución Nº 04
Se aclara, se calificara el tipo de Edificaciones requeridas en las Bases. PARTICIPANTE: VIDAL INSPECTION S.A.C.
CONSULTA N° 01
ABSOLUCION N° 01.
No corresponde, por cuanto en el ítem 26 está conformado por tres obras.
CONSULTA N° 02
ABSOLUCION N° 02.
Se aclara que el Ing. Residente podrá ser un Ing. Civil o Arquitecto, parte del
staff profesional del Postor, siempre y cuando cumpla también con los
requerimientos técnicos solicitados en las bases, debiéndose tener en
consideración que el postor deberá proponer un Ingeniero Residente por cada
obra que conforma el ITEM al cual se presentara.
PARTICIPANTE: APOYO MATERIAL E.I.R.L
Consulta Nº 01
ABSOLUCION N° 01.
Se Aclara que la Experiencia que deberá acreditar el Postor, en esta parte de la
calificación, estará referida a la Elaboración de Estudios Definitivos a nivel de
Expedientes Técnicos hasta 01 vez el valor que resulte de la suma del valor
referencial de los 03 expedientes técnicos del Ítem 1.
CONSULTA N° 02
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ABSOLUCION N° 02.
Se aclara que para acreditar la experiencia del Contratista en la Elaboración de
Estudios Definitivos, a nivel de Expediente Técnico, además, de la presentación
de copia simple de los contratos y su respectiva conformidad, podrán
presentar constancias, certificados, o cualquier otro documento que, de
manera fehaciente señale el monto del Contrato y el plazo de duración del
servicio del Estudio Definitivo.
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Ver: Pronunciamientos Nº 178-2012/DSU, N° 129-2012/DSU, N° 001-2011/DTN, N° 097-2010/DTN,
N° 130-2010/DTN y N° 185-2010/DTN. En: www.osce.gob.pe. Enlace: Legislación y documentos
elaborados por el OSCE.
CONSULTA N° 03
Con respecto a lo siguiente
ABSOLUCION N° 03.
Se aclara que la Experiencia que se solicita para el Ingeniero de Metrados y
Presupuestos es de dos ( 2 ) años como mínimo en la formulación de costos ,
presupuestos y/o programación de obra y además deberá acreditar un monto
igual o mayor al valor referencial para la Elaboración de Expedientes Técnicos
indicado en cada sub ítem.
CONSULTA N° 04
ABSOLUCION N° 04.
Se aclara que el Contratista deberá acreditar un Ingeniero Residente para cada
obra o sub ítem, la calificación mínima de cada Residente está señalada en el
numeral 12.2 de las bases.
Para la calificación de los Factores de Evaluación, se tomara el valor promedio
ponderado de la calificación de cada profesional que se acredite para cada obra
como Residente de Obra.
PARTICIPANTE: AVINTIA PROYECTOS Y CONSTRUCCIONES S.L SUCURSAL DEL PERU
Consulta Nº 01
Absolución Nº 01
Se aclara, los sobres deberán ser presentados por cada Ítem.
Consulta Nº 02
Absolución Nº 02
Se aclara, lo que será válida la presentación de Consultorías de obras Urbanas,
edificaciones y afines.
Consulta Nº 03
Absolución Nº 03
Se aclara, lo que se requiere del Jefe de Proyecto es que tenga experiencia
mínima de un año, con Experiencia en Gestión y Coordinación en la Elaboración
de Estudios Definitivos a nivel de Expedientes Técnicos de Obras similares,
donde haya interactuado como Jefe del Proyecto, Gerente del Proyecto,
Coordinador del Proyecto, y/o Supervisor del Proyecto.
Consulta Nº 04
Absolución Nº 04
Se aclara que para acreditar la experiencia mínima del Jefe del Proyecto y para
el Ingeniero Civil de Metrados y Presupuestos, en la Elaboración de Estudios
Definitivos a nivel de Expediente Técnico de Obras, además de la presentación
de copia simple de los contratos y su respectiva conformidad, podrán
presentar constancias, certificados, o cualquier otro documento que, de
manera fehaciente y verdadera, acrediten la experiencia de los Profesionales
propuestos de acuerdo a lo solicitado.
Consulta Nº 05
Absolución Nº 05
Se aclara, que el Postor podrá presentar al mismo equipo de profesionales 01
Jefe de Proyecto y 01 Ingeniero de Metrados y Presupuesto para más de un
ITEM.
Se aclara de que para el caso del Residente Obra, si deberá presentar un
profesional por cada obra, los cuales deberán ser diferentes profesionales en
cada ITEM.
Consulta Nº 06
Absolución Nº 06
Se indica que calificara de acuerdo a lo previsto en el artículo 47 del Reglamento
de Contrataciones del Estado.
Consulta Nº 07
Absolución Nº 07
Se aclara que solo se califica lo que supera los requerimientos técnicos
mínimos.
Consulta Nº 08
Absolución Nº 08
Se aclara, debe decir:
I.- FACTORES DE EVALUACION PARA LA CONTRATAACIÓN DE LA EJECUCIÓN
DE OBRAS BAJO LAS MODALIDADES DE CONCURSO OFERTA Y LLAVE EN
MANO.
Consulta Nº 09
Absolución Nº 09
Se aclara que solo se califica lo que supera los requerimientos técnicos
mínimos.
Consulta Nº 10
Absolución Nº 10
Se aclara, que la evaluación y calificación de la propuesta en lo referente a CALIDAD
DE LA SOLUCION TECNICA, estará en función a la acción del postor de proponer
MEJORAS en función a su experiencia en obras similares y que deberá incluirlas
dentro del Expediente técnico a desarrollar por el mismo, para lo cual deberá tener en
cuenta los criterios señalados en los numerales D.1 y D.2 indicados en el numeral D.
CALIDAD DE LA SOLUCION TECNICA.
ANEXO N° 01