MINISTERIO DE TRABAJO DE GUATEMALA

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MINISTERIO DE TRABAJO HISTORIA Y OBLIGACIONES DEL MINISTERIO DE TRABAJO 1 EXPOSITOR MONICA ORDOÑEZ

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MINISTERIO

DE TRABAJOHISTORIA Y

OBLIGACIONES DEL

MINISTERIO DE

TRABAJO1EXPOSITOR MONICA ORDOÑEZ

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HISTORIA

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OBLIGACIONES DEL

MINISTERIO DE TRABAJO

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RELACIONES LABORALES

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APLICACIÓN DE CONVENIOS

INTERNACIONALES DE TRABAJO

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CUMPLIMIENTO DE LA

LEGISLACION LABORAL

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EJECUCIÓN DE LA POLÍTICA DE LA

PREVISIÓN SOCIAL

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MISIÓN, VISIÓN,

ORGANIGRAMA

MINISTERIO DE

TRABAJO

8EXPOSITOR BAYRON GONZALEZ

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MINISTERIO DE TRABAJO

Artículo 40. Ministerio de Trabajo y Previsión Social.Corresponde al Ministerio de Trabajo y Previsión Socialhacer cumplir el régimen jurídico relativo al trabajo, laformación técnica y profesional y la previsión social; paraello, tiene a su cargo las siguientes funciones: a) Formularla política laboral, salarial y de salud e higiene ocupacionaldel país. b) Promover y armonizar las relaciones laboralesentre los empleadores y los trabajadores; prevenir losconflictos laborales e intervenir, de conformidad con la ley,en la solución extrajudicial de éstos, y propiciar el arbitrajecomo mecanismo de solución de conflictos laborales; todoello, de conformidad con la ley.

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MISIÓN

“Somos la institución del estado encargadade velar y promover el cumplimientoeficiente y eficaz de la legislación, políticasy programas relativos al trabajo y laprevisión social, en beneficio de lasociedad.”

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VISIÓN

“Ser un Ministerio fortalecido, competente,

moderno y confiable que promueve la

cultura de respeto a la legislación laboral y

el bienestar de la sociedad.”

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ORGANIGRAMA DEL MINISTERIO

DE TRABAJO

ANÁLISIS DE SITUACIÓN O DIAGNÓSTICO:

Artículo 1. Derecho al trabajo. El trabajo es un derecho de la persona y una obligación social. El régimen laboral del país debe organizarse conforme a principios de justicia social.

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MINISTRO Y

VICEMINISTROS DEL

MINISTERIO DE

TRABAJO Y PREVISIÓN

SOCIAL14EXPOSITOR PATRICIA PUAC

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LIC. CARLOS DOMÉNICO ULBAN LÓPEZ

MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISIÓN

SOCIAL

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FUNCIONES PRINCIPALES Velar por el cumplimiento de las funciones que

específicamente asigna al Ministerio de Trabajo y

Previsión Social el Decreto 114-97 del Congreso de la

República

Refrendar los decretos, acuerdos gubernativos y

reglamentos dictados por el Presidente de la República

Ser Jefe del Ramo de la Administración que le está

encomendado, bajo la inmediata dependencia del

Presidente de la República

Ser órgano de comunicación del Presidente de la

República con los demás funcionarios y empleados del

Ramo 16

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GUATEMALA, AGOSTO 2015 (MINTRAB).- HOTEL TIKAL FUTURA SE

DESARROLLÓ LA INAUGURACIÓN DE LA EXPO CALZADO GUATEMALA 2015

CON LA PARTICIPACIÓN DE CARLOS ULBÁN , MINISTRO DE TRABAJO Y

PREVISIÓN SOCIAL; JOSÉ MANUEL TOJÍN, PRESIDENTE DEL COMITÉ

ORGANIZADOR DEL EXPO CALZADO; Y SERGIO DE LA TORRE, MINISTRO

DE ECONOMÍA; ASÍ COMO MUCHAS PERSONALIDADES MÁS.

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GUATEMALA, AGOSTO 2015 (MINTRAB).- EL MINISTERIO DE

TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL FUE CERTIFICADO CON LA

NORMATIVA INTERNACIONAL ISO 9001, CON LO CUAL SITÚA A LA

INSTITUCIÓN EN UNA POSICIÓN EXCELENTE EN EL ÁMBITO

PÚBLICO Y CON VENTAJAS COMPETITIVAS QUE LE PERMITEN

CUMPLIR EL MANDATO LEGAL.

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Licda. Elsa Marina Ávalos Lepe Viceministra

de Administración del Trabajo

Lic. Juan Carlos Quan Téllez Segundo

Viceministro Administrativo-Financiero

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FUNCIONES PRINCIPALES Autorizar providencias y resoluciones que dicte el Ministro del

Ramo;

Ejercer la dirección general de los trabajos de oficina, su revisión

en forma y fondo;

Estudiar, preparar y anotar los asuntos y expedientes que deben

someterse a conocimiento del Ministro;

Auxiliar al Ministro en la recepción de las audiencias del público;

Revisar los aspectos formales de los acuerdos, oficios y

disposiciones del Ministerio;

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LEYES,

CONVENIOS Y

ACUERDOS

21EXPOSITOR EMILIO GONZALEZ

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LEYES ORDINARIAS

Código de trabajo

Reglamento de gastos de viáticos del organismo ejecutivo

Reglamento de salud y seguridad ocupacional

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LEYES CONSTITUCIONALES

Constitución Política de la República de Guatemala

Ley de Amparo, Exhibición Personal y Constitucional

Ley de Emisión del Pensamiento

Ley de Orden Publico

Ley Electoral y de Partidos Políticos

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CONVENIOS

2012

Convenio de intercambio de Información Interinstitucional

Convenio de cooperación para actualización de Normativa Laboral

2013

Convenio Ministerio de Trabajo y Colegio de Abogados

Convenio Ministerio de Trabajo y SOSEP para fortalecer adulto mayor

Convenio Ministerio de Trabajo y Ministerio de Salud Publica sobre VIH Sida

2014

Convenio Cooperación laboral México y Guatemala 23

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ACUERDOS MINISTERIALES

2014

Constitución del Fondo Rotativo Interno UDAF

Constitución del Fondo Rotativo Interno de privativos

2013

Aprueba instructivo fondo Rotativo Interno UDAF

Pago de transporte dentro del perímetro de la capital

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SERVICIOS AL CIUDADANO

- DIRECCIÓN GENERAL DEL TRABAJO

- DIRECCIÓN GENERAL DEL EMPLEO

25EXPOSITOR RIGO SAENZ

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SERVICIOS CIUDADANOS

El servicio del ciudadano busca

garantizar el derecho de la ciudadanía

a un servicio digno, efectivo, de calidad

y oportuno que permita satisfacer sus

necesidades y mejorar la calidad de

vida.

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DIRECCIÓN GENERAL DEL TRABAJO

Conocer y resolver lo relacionado con la

personalidad jurídica, estatutos, inscripción y

cambio de directivos de organizaciones

sindicales y su funcionamiento, conforme a la

ley. Llevar el registro público de sindicatos,

contratos colectivos e individuales de trabajo,

pactos de condiciones y convenios colectivos

de trabajo, reglamentos internos de trabajo, y

otros registros pertinentes.

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Page 28: MINISTERIO DE TRABAJO DE GUATEMALA

DIRECCIÓN GENERAL DEL TRABAJOActividades que se realizan

Inscripción de personalidades jurídicas de las diversas organizaciones sindicales(nuevos sindicatos).

Inscripción de personerías jurídicas de las diferentes organizaciones sindicales(cambio de directivos).

Inscripción de reforma de estatutos.

Inscripción del padrón de afiliados de las organizaciones sindicales.

Inscripción de las resoluciones de los pactos colectivos de las organizacionessindicales.

Inscripción de las revisiones de cuentas sindicales efectuadas a los sindicatos.

Inscripción de las resoluciones de aprobación de reglamentos interiores detrabajo.

Extensión de credenciales a los directivos de las organizaciones sindicales.

Análisis y registro de los diferentes contratos de trabajo.

Recepción de solicitudes y extensión de certificaciones de las diversasinscripciones que obran en el Registro Laboral.

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DIRECCIÓN GENERAL DEL EMPLEO

Son atribuciones de la Dirección General del Empleo

Diseñar la política Nacional de Empleo, de

Capacitación Técnica y Formación Profesional.

Diseñar e implantar estrategias de comunicación.

Servir de enlace entre empresas que tienen plazas

vacantes y trabajadores desempleados; actividad

que implica mantener una base de datos a través de

encuestas a empleadores y entrevistas a trabajadores

potenciales. Registrar y controlar las autorizaciones

que se concedan a extranjeros para trabajar en el

país, y las que se extiendan a empleadores para la

contratación de aquellos29

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-INSPECCIÓN GENERAL DEL TRABAJO

-DIRECCIÓN DE PREVENCIÓN SOCIAL

30EXPOSITOR EMILIO HERNANDEZ

Page 31: MINISTERIO DE TRABAJO DE GUATEMALA

INSPECCION GENERAL DEL TRABAJO Misión:

Velar por los patronos, trabajadores y identidades que derivan en

sus diferentes relaciones laborales, y ser intermediario en todo

conflicto jurídico de índole laboral.

Visión:

Desarrollar todas sus funciones de inspección, integración,

descentralización y desconcentración administrativa. Velar por las

relaciones productivas y la equidad laboral.

Objetivo:

Velar por que los patrono, trabajadores y organizaciones cumplan

las normativas impuestas por la Ley.

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Page 32: MINISTERIO DE TRABAJO DE GUATEMALA

FUNCIONES:

REALIZAR INSPECCIONES CONSTATES Y CONCISAS PARA PREVENIR

QUE PATRONOS Y TRABAJADORES INFRINJAN LA LEY, Y ACTUAR COMO

MEDIADORES EN LOS CONFLICTOS LABORALES.

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Divisiones:

1. SECRETARIA DE LA INSPECCIÓN GENERAL.

2. SECCIÓN DE CONSULTAS LABORALES Y OPINIONES JURÍDICAS LABORALES.

3. SECCIÓN DE VISITADURIA LABORAL.

4. INSPECTOR LABORAL O DE VISITADURIA LABORAL.

5. SECCIÓN CONCILIACIÓN LABORAL.

6. SERVICIOS:

Se cuenta con el Servicio de Consultas y Denuncias laborales a los teléfonos: 24222574 y 1511.

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DIRECCIÓN DE PREVENCIÓN SOCIAL

Asesoría Técnica:

Hacer prevención en diferentes áreas respecto a

la seguridad y higiene del ambiente laboral y el

área de trabajo. Mediante:

1. Reglamento que rige particularmente la

higiene y la seguridad en el trabajo.

2. Comité de Seguridad e Higiene.

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DEPARTAMENTO DE SALARIOS

SALARIO MÍNIMO

PRESTACIONES DE LEY

CALCULO DE PRESTACIONES

34EXPOSITOR CLAUDIA HERNANDEZ

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DEPARTAMENTOS DE SALARIOS

Es el departamento encargado de organizar en

forma técnica, los diferentes puestos de trabajo

de la Empresa, con el objeto de facilitar la

administración de personal, definiendo deberes,

responsabilidades, requisitos mínimos y

experiencia que se requiere en cada puesto de

trabajo.

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FUNCIONES ESCENCIALES:

Administrar el Plan de Clasificación de Puestos y Salarios de

conformidad a su Reglamento y disposiciones legales.

Practicar auditorias de trabajo para verificar periódicamente la congruencia del título, especialidad y salario asignado al puesto en relación a las funciones que efectivamente realiza el trabajador.

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SALARIO MÍNIMO – 2015 –

ACTIVIDADES ECONÓMICASHORA DIURNA

ORDINARIA

HORA

ORDINARIA

JORNADA MIXTA

HORA

ORDINARIA

NOCTURNA

SALARIO

DIARIO

SALARIO

MENSUAL

BONIFICACIÓN

INCENTIVOSALARIO TOTAL

NO AGRÍCOLAS Q. 9.85 Q. 11.25 Q. 13.12 Q.78.72 Q.2,394.40 Q.250.00 Q.2,644.40

AGRÍCOLAS Q. 9.85 Q. 11.25 Q. 13.12 Q.78.72 Q.2,394.40 Q.250.00 Q.2,644.40

EXPORTADORA Y DE MAQUILA

Q.9.04 Q.10.34 Q.12.06 Q.72.36 Q.2,200.95 Q.250.00 Q.2,450.95

De conformidad con el Acuerdo Gubernativos No. 470-2014 publicado en elDiario de Centroamérica el 19 de diciembre de 2014,se establece el nuevo salario mínimo que regirá a partir del uno de enero de 2015.

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PRESTACIONES DE LEY

Artículo 45 de la ley del Organismo Judicial

Vacaciones

Art. 130 del C.T.

Aguinaldo

Art. 1 Ley Reguladora

de aguinaldo

Bonificación anual

- Bono 14 -

Art. 1 Ley de Bonificación

Anual

Salarios Retirados

Ajuste Salario Mínimo

Vacaciones en caso de magisterio

Indemnización por tiempo de

trabajo

Art. 82 del C.T.

Ventajas Económicas

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CALCULO DE PRESTACIONES

EJEMPLO:

JUAN DOMINGUEZ

Inicio relación laboral:

• 1 de abril de 2,014

• 15 de agosto de 2015

Motivo

• Despido

Sueldo promedio de los últimos 6 meses

• Q.1,930.00

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1. DÍAS LABORADOS

Restamaos la

fecha inicial de

la final

AÑO MES DIA

Final 2010 8 15

Inicial 2009 4 1

Total 1 4 14

1 año 4 meses y 14 días

365+ (4 x 30) + 14 = 499 días

El año presta

12 meses y el

mes 30 días

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1. INDENMIZACIÓN

En la indemnización sumamos 1 día

499 + 1 = 500

(500 X 1,930) ÷ 365 = 2,643.84

Días laborados X sueldo base

365

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2. AGUINALDO

Como ya le habíamos pagado su aguinaldo en diciembre de 2,009, debemos calcularlo desde el 1 de diciembre de 2,009 al 15 de agosto de 2,010.

De diciembre a agosto hay 8 meses y 14 días .

14 + (8 x 30) = 254 días

(254 X 1,930) ÷ 365 = 1,343.07

Días laborados X sueldo base

365

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3. BONO – 14 –

Como a le habíamos pagado su Bono 14 en julio de 2,015, debemos

calcularlo desde el 1 de julio de 2,015 al 15 de agosto de 2,015.

De julio a agosto hay 1 mes y 14 días.

14 + (1 x 30) = 44 días

(44 X 1,930) ÷ 365 = 232.66

Días laborados X sueldo base

365

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4. VACACIONES

Como ya le habíamos pagado sus vacaciones en marzo de 2,010, debemos

calcularlo desde el 1 de abril de 2,010 al 15 de agosto de 2,010.

(134 x 15) ÷ 365 = 5.51 ------ proporcionalmente 5.51 día

(5.51 X 1,930) ÷ 30 = 354.27

Días laborados X sueldo base

365

En 365

días

pagamos

15 días

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SUMAMOS LAS PRESTACIONES

Indemnización 2,643.84

Aguinaldo 1,343.07

Bono 14 232.66

Vacaciones 354.27

TOTAL 4,573.84

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MUCHAS GRACIAS

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