MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS CONSIDERANDO

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MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS Resolución Directoral N° 0104-2021-MINEM/DGAAE Lima, 30 de abril de 2021 Vistos, el Registro N° 2489401 del 13 de abril de 2015, presentado por Empresa de Generación Eléctrica Machupicchu S.A., mediante el cual solicitó la evaluación “Informe de Identificación de Sitios Contaminados de la Central Hidroeléctrica Machupicchu km 122 y de la Represa y Toma de la Central Hidroeléctrica Machupicchu km 107”, ubicado en el distrito de Machupicchu, provincia de Urubamba, departamento de Cusco; y el Informe N° 0214-2021-MINEM/DGAAE-DEAE del 30 de abril de 2021. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 91 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado con Decreto Supremo N° 031-2007-EM y sus modificatorias, la Dirección General de Asuntos Ambientales de Electricidad, tiene entre sus funciones el expedir autos y resoluciones directorales en el ámbito de su competencia; Que, la Única Disposición Complementaria Derogatoria del Decreto Supremo N° 011-2017-MINAM aprobó los Estándares de Calidad Ambiental para Suelo (en adelante, ECA para Suelo) y derogó: el Decreto Supremo N° 002-2013-MINAM, que aprobó los ECA para Suelo, así como el Decreto Supremo N° 003-2014-MINAM, que aprobó la Directiva que establece el procedimiento de adecuación de los instrumentos de gestión ambiental a nuevos Estándares de Calidad Ambiental; Que, la Única Disposición Complementaria Derogatoria del Decreto Supremo N° 012-2017-MINAM, que aprobó los Criterios para la Gestión de Sitios Contaminados, derogó el Decreto Supremo N° 002-2014- MINAM que aprobó disposiciones complementarias para la aplicación de los ECA para Suelo; Que, la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 012-2017-MINAM dispuso que los procedimientos administrativos vinculados con la presentación y evaluación de Informes de Identificación de Sitios Contaminados y Planes de Descontaminación de Suelos iniciados antes de la entrada en vigencia de dicha norma, podrán continuar su trámite bajo las normas vigentes al momento de su presentación, salvo que las autoridades sectoriales competentes establezcan lo contrario en las normas específicas que emitan para la gestión de sitios contaminados; Que, la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 012-2017-MINAM, señala que en tanto no se aprueben las guías referidas en dicha norma, serán de aplicación supletoria las guías aprobadas por el Ministerio del Ambiente, es decir, la Guía para el Muestreo de Suelos y la Guía para la elaboración de Planes de Descontaminación de Suelos aprobadas mediante la Resolución Ministerial N° 085-2014-MINAM; Que, mientras las autoridades sectoriales competentes, en coordinación con el Ministerio del Ambiente, no aprueben la regulación específica de acuerdo a la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 012-2017-MINAM, la Dirección General de Asuntos Ambientales de Electricidad continuará con el trámite de los procedimientos en curso sobre la evaluación de los Informes de Identificación de Sitios Contaminados bajo la norma vigente al momento de presentación del referido instrumento, es decir, los Decretos Supremos N° 002-2013-MINAM y N° 002-2014-MINAM, así como la Resolución Ministerial N° 085- 2014-MINAM; Acceda al documento en http://pad.minem.gob.pe/BuscaTuDocumento, clave : 6E69N982

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MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS Resolución Directoral

N° 0104-2021-MINEM/DGAAE Lima, 30 de abril de 2021 Vistos, el Registro N° 2489401 del 13 de abril de 2015, presentado por Empresa de Generación Eléctrica Machupicchu S.A., mediante el cual solicitó la evaluación “Informe de Identificación de Sitios Contaminados de la Central Hidroeléctrica Machupicchu km 122 y de la Represa y Toma de la Central Hidroeléctrica Machupicchu km 107”, ubicado en el distrito de Machupicchu, provincia de Urubamba, departamento de Cusco; y el Informe N° 0214-2021-MINEM/DGAAE-DEAE del 30 de abril de 2021. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 91 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado con Decreto Supremo N° 031-2007-EM y sus modificatorias, la Dirección General de Asuntos Ambientales de Electricidad, tiene entre sus funciones el expedir autos y resoluciones directorales en el ámbito de su competencia; Que, la Única Disposición Complementaria Derogatoria del Decreto Supremo N° 011-2017-MINAM aprobó los Estándares de Calidad Ambiental para Suelo (en adelante, ECA para Suelo) y derogó: el Decreto Supremo N° 002-2013-MINAM, que aprobó los ECA para Suelo, así como el Decreto Supremo N° 003-2014-MINAM, que aprobó la Directiva que establece el procedimiento de adecuación de los instrumentos de gestión ambiental a nuevos Estándares de Calidad Ambiental; Que, la Única Disposición Complementaria Derogatoria del Decreto Supremo N° 012-2017-MINAM, que aprobó los Criterios para la Gestión de Sitios Contaminados, derogó el Decreto Supremo N° 002-2014-MINAM que aprobó disposiciones complementarias para la aplicación de los ECA para Suelo; Que, la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 012-2017-MINAM dispuso que los procedimientos administrativos vinculados con la presentación y evaluación de Informes de Identificación de Sitios Contaminados y Planes de Descontaminación de Suelos iniciados antes de la entrada en vigencia de dicha norma, podrán continuar su trámite bajo las normas vigentes al momento de su presentación, salvo que las autoridades sectoriales competentes establezcan lo contrario en las normas específicas que emitan para la gestión de sitios contaminados; Que, la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 012-2017-MINAM, señala que en tanto no se aprueben las guías referidas en dicha norma, serán de aplicación supletoria las guías aprobadas por el Ministerio del Ambiente, es decir, la Guía para el Muestreo de Suelos y la Guía para la elaboración de Planes de Descontaminación de Suelos aprobadas mediante la Resolución Ministerial N° 085-2014-MINAM; Que, mientras las autoridades sectoriales competentes, en coordinación con el Ministerio del Ambiente, no aprueben la regulación específica de acuerdo a la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 012-2017-MINAM, la Dirección General de Asuntos Ambientales de Electricidad continuará con el trámite de los procedimientos en curso sobre la evaluación de los Informes de Identificación de Sitios Contaminados bajo la norma vigente al momento de presentación del referido instrumento, es decir, los Decretos Supremos N° 002-2013-MINAM y N° 002-2014-MINAM, así como la Resolución Ministerial N° 085-2014-MINAM;

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Que, con Registro N° 2489401 del 13 de abril de 2015, la Empresa de Generación Eléctrica Machupicchu S.A. (en adelante, el Titular) presentó ante la Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos, ahora Dirección General de Asuntos Ambientales de Electricidad1 del Ministerio de Energía y Minas, la “Presentación de Evaluación Histórica para aplicación ECA para suelo”, para su respectiva evaluación; Que, mediante Auto Directoral N° 331-2018-MEM/DGAAE del 10 de abril de 2018, la Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos otorgó al Titular un plazo de cinco (5) días hábiles para que cumpla con presentar los requisitos mínimos indicados en el Informe Inicial N° 0581-2018-MEM/DGAAE/DGAE; Que, a través del Registro N° 2805578 del 19 de abril de 2018, el Titular solicitó a la Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos, un plazo de treinta (30) días hábiles adicionales para que cumpla con presentar los requisitos mínimos indicados en el Informe Inicial N° 0581-2018-MEM/DGAAE/DGAE; Que, con Auto Directoral N° 358-2018-MEM-DGAAE del 7 de mayo de 2018, la Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos otorgó al Titular un plazo de treinta (30) días hábiles para que cumpla con presentar los requisitos mínimos solicitados a través del Informe Inicial N° 0581-2018-MEM/DGAAE/DGAE; Que, mediante Registro N° 2826116 del 19 de junio de 2018, el Titular presentó a la Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos, los requisitos mínimos señalados en el Informe inicial N° 0581-2018-MEM/DGAAE, para su respectiva evaluación; Que, a través de la Resolución Directoral N° 685-2018-MEM/DGAAE del 20 de julio de 2018, la Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos denegó al Titular la solicitud de evaluación del Informe de Identificación de Sitios Contaminados de la C.H. Machupicchu, acorde a los fundamentos y conclusiones del Informe Final de Evaluación N° 897-2018-MEM-DGAAE/DGAE; Que, con Registro N° 2884496 del 19 de diciembre de 2018, el Titular presentó a la Dirección General de Asuntos Ambientales de Electricidad (en adelante, DGAAE), la nueva solicitud del “Informe de Identificación de Sitios Contaminados de la Central Hidroeléctrica Machupicchu km 122 y de la Represa y Toma de la Central Hidroeléctrica Machupicchu km 107”, para su respectiva evaluación; Que, mediante Auto Directoral N° 0097-2019-MEM/DGAAE del 30 de mayo de 2019, la DGAAE otorgó al Titular un plazo de diez (10) días hábiles para que cumpla con presentar las observaciones realizadas a través del Informe N° 0114-2019-MEM/DGAAE-DEAE; Que, a través del Registro N° 2945624 del 17 de junio de 2019, el Titular presentó a la DGAAE, el levantamiento de observaciones señaladas en el Informe N° 0114-2019-MINEM/DGAAE-DEAE; Que, con Registros N° 3091915 y N° 3091967, ambos del 9 de noviembre de 2020, el Titular presentó a la DGAAE información complementaria al levantamiento de observaciones señaladas en el Informe N° 0114-2019-MINEM/DGAAE-DEAE; asimismo, mediante Registros N° 3117922 y N° 3117929, ambos del 1 de febrero de 2021, el Titular presentó a la DGAAE, información complementaria al levantamiento de observaciones señaladas en el Informe N° 0114-2019-MINEM/DGAAE-DEAE; Que, conforme a lo indicado en el Informe N° 0214-2021-MINEM/DGAAE-DEAE del 30 de abril de 2021, se concluye que el Titular cumplió con subsanar las observaciones formuladas en el Informe N° 0114-2019-MINEM/DGAAE-DEAE al verificarse que cumplió los requisitos establecidos en la Guía para la Elaboración de Planes de Descontaminación de Suelos y en la Guía de Muestreo de Suelos, aprobadas mediante Resolución Ministerial N° 085-2014-MINAM. Asimismo, se verificó que la concentración de los parámetros evaluados en los puntos muestreados de suelo del Área de Potencial Interés de la Central Hidroeléctrica Machupicchu, no excedieron los ECA para Suelos vigentes a la fecha de presentación del IISC correspondiente;

1 El 20 de agosto de 2018 se publicó el Decreto Supremo N° 021-2018-EM, que modifica el Reglamento de Organización y Funciones

del Ministerio de Energía y Minas, en el cual se establecieron las funciones de la Dirección General de Asuntos Ambientales de Electricidad. En ese sentido, actualmente la DGAAE es la Dirección General que tiene la función de implementar acciones en el marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental para promover el desarrollo sostenible de las actividades del Subsector Electricidad.

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Que, al no haberse detectado sitios contaminados, el Titular no requiere proseguir con la Fase de Caracterización de Suelos ni elaborar un Plan de Descontaminación de Suelos respecto del área de estudio. En consecuencia, corresponde otorgar conformidad al “Informe de Identificación de Sitios Contaminados de la Central Hidroeléctrica Machupicchu km 122 y de la Represa y Toma de la Central Hidroeléctrica Machupicchu km 107”; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 002-2013-MINAM, el Decreto Supremo N° 002-2014-MINAM, el Decreto Supremo N° 012-2017-MINAM, el Decreto Supremo N° 031-2007-EM y modificatorias y la Resolución Ministerial N° 085-2014-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- OTORGAR CONFORMIDAD al “Informe de Identificación de Sitios Contaminados de la Central Hidroeléctrica Machupicchu km 122 y de la Represa y Toma de la Central Hidroeléctrica Machupicchu km 107” presentado por Empresa de Generación Eléctrica Machupicchu S.A. de acuerdo a los fundamentos y conclusiones del Informe N° 0214-2021-MINEM/DGAAE-DEAE del 30 de abril de 2021, el cual se adjunta como anexo de la presente Resolución Directoral y forma parte integrante de la misma. Artículo 2°.- Remitir al Titular la presente Resolución Directoral y el Informe que la sustenta, para su conocimiento y fines correspondientes.

Artículo 3°.- Remitir a la Dirección de Supervisión Ambiental en Energía y Minas del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental, copia de la presente Resolución Directoral y de todo lo actuado en el presente procedimiento administrativo, para su conocimiento y fines correspondientes de acuerdo al ámbito de sus competencias.

Artículo 4°.- Publicar en la página web del Ministerio de Energía y Minas la presente Resolución Directoral y el Informe que la sustenta, a fin de que se encuentre a disposición del público en general.

Regístrese y Comuníquese,

Ing. Juan Orlando Cossio Williams

Director General de Asuntos Ambientales de Electricidad

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Visadodigitalmente porORDAYA PANDORonald EnriqueFAU 20131368829softEmpresa: Ministeriode Energía y MinasMotivo: Visacióndel documentoFecha: 2021/04/3011:46:29-0500

Firmado digitalmente por COSSIO WILLIAMSJuan Orlando FAU 20131368829 softInstitución: Ministerio de Energía y MinasMotivo: Firma del documentoFecha: 2021/04/30 12:01:16-0500

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“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres”“Año del Bicentenario del Perú: 200 años de independencia”

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INFORME N° 0214-2021-MINEM/DGAAE-DEAE

Para : Ing. Juan Orlando Cossio WilliamsDirector General de Asuntos Ambientales de Electricidad

Asunto : Informe de evaluación del "Informe de Identificación de Sitios Contaminados de la Central Hidroeléctrica Machupicchu km 122 y de la Represa y Toma de la Central Hidroeléctrica Machupicchu km 107", presentado por la Empresa de Generación Eléctrica Machupicchu S.A.

Referencia : Registro N° 2489401(2805578, 2826116, 2884496, 2945624, 3091915, 3091967, 3117922,3117929)

Fecha : 30 de abril de 2021

Nos dirigimos a usted, en relación con el “Informe de Identificación de Sitios Contaminados de la Central Hidroeléctrica Machupicchu km 122 y de la Represa y Toma de la Central Hidroeléctrica Machupicchu km 107”, presentado por la Empresa de Generación Eléctrica Machupicchu S.A., a fin de informarle lo siguiente:

I. ANTECEDENTES:

Registro N° 2489401 del 13 de abril de 2015, la Empresa de Generación Eléctrica Machupicchu S.A. (en adelante, el Titular) presentó ante la Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos, ahora Dirección General de Asuntos Ambientales de Electricidad1 del Ministerio de Energía y Minas, la “Presentación de Evaluación Histórica para aplicación ECA para suelo”, para su respectiva evaluación.

Auto Directoral N° 331-2018-MEM/DGAAE del 10 de abril de 2018, la Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos otorgó al Titular un plazo de cinco (5) días hábiles para que cumpla con presentar los requisitos mínimos indicados en el Informe Inicial N° 0581-2018-MEM/DGAAE/DGAE.

Registro N° 2805578 del 19 de abril de 2018, el Titular solicitó a la Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos, un plazo de treinta (30) días hábiles adicionales para que cumpla con presentar los requisitos mínimos indicados en el Informe Inicial N° 0581-2018-MEM/DGAAE/DGAE.

Auto Directoral N° 358-2018-MEM-DGAAE del 7 de mayo de 2018, la Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos otorgó al Titular un plazo de treinta (30) días hábiles para que cumpla con presentar los requisitos mínimos solicitados a través del Informe Inicial N° 0581-2018-MEM/DGAAE/DGAE.

Registro N° 2826116 del 19 de junio de 2018, el Titular presentó a la Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos, los requisitos mínimos señalados en el Informe inicial N° 0581-2018-MEM/DGAAE, para su respectiva evaluación.

Resolución Directoral N° 685-2018-MEM/DGAAE del 20 de julio de 2018, la Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos denegó al Titular la solicitud de evaluación del Informe de Identificación de Sitios Contaminados de la C.H. Machupicchu, acorde a los fundamentos y conclusiones del Informe Final de Evaluación N° 897-2018-MEM-DGAAE/DGAE.

1 El 20 de agosto de 2018 se publicó el Decreto Supremo N° 021-2018-EM, que modifica el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, en el cual se establecieron las funciones de la Dirección General de Asuntos Ambientales de Electricidad. En ese sentido, actualmente la DGAAE es la Dirección General que tiene la función de implementar acciones en el marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental para promover el desarrollo sostenible de las actividades del Subsector Electricidad.

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Registro N° 2884496 del 19 de diciembre de 2018, el Titular presentó a la Dirección General de Asuntos Ambientales de Electricidad (en adelante, DGAAE), la nueva solicitud del “Informe de Identificación de Sitios Contaminados de la Central Hidroeléctrica Machupicchu km 122 y de la Represa y Toma de la Central Hidroeléctrica Machupicchu km 107”, para su respectiva evaluación.

Auto Directoral N° 0097-2019-MEM/DGAAE del 30 de mayo de 2019, la DGAAE otorgó al Titular un plazo de diez (10) días hábiles para que cumpla con presentar las observaciones realizadas a través del Informe N° 0114-2019-MEM/DGAAE-DEAE.

Registro N° 2945624 del 17 de junio de 2019, el Titular presentó a la DGAAE, el levantamiento de observaciones señaladas en el Informe N° 0114-2019-MINEM/DGAAE-DEAE.

Registros N° 3091915 y N° 3091967, ambos del 9 de noviembre de 2020, el Titular presentó a la DGAAE información complementaria al levantamiento de observaciones señaladas en el Informe N° 0114-2019-MINEM/DGAAE-DEAE.

Registro N° 3117922 y N° 3117929, ambos del 1 de febrero de 2021, el Titular presentó a la DGAAE, información complementaria al levantamiento de observaciones señaladas en el Informe N° 0114-2019-MINEM/DGAAE-DEAE.

II. MARCO NORMATIVO APLICABLE:

La Única Disposición Complementaria Derogatoria de los Estándares de Calidad Ambiental para Suelo, aprobados mediante Decreto Supremo N° 011-2017-MINAM, derogó el Decreto Supremo N° 002-2013-MINAM, que aprobó los Estándares de Calidad Ambiental (en adelante, ECA) para Suelo y el Decreto Supremo N° 003-2014-MINAM, que aprobó la Directiva que establece el procedimiento de adecuación de los instrumentos de gestión ambiental a nuevos ECA.

Asimismo, la Única Disposición Complementaria Derogatoria de los Criterios para la Gestión de Sitios Contaminados, aprobados mediante el Decreto Supremo N° 012-2017-MINAM, derogó el Decreto Supremo N° 002-2014-MINAM, que aprobó disposiciones complementarias para la aplicación de los ECA para Suelo.

No obstante, la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 012-2017-MINAM dispuso que los procedimientos administrativos vinculados con la presentación y evaluación del Informe de Identificación de Sitios Contaminados (en adelante, IISC) y Planes de Descontaminación de Suelos (en adelante, PDS) iniciados antes de la entrada en vigencia de dicha norma, podrán continuar su trámite bajo las normas vigentes al momento de su presentación, salvo que las autoridades sectoriales competentes establezcan lo contrario en las normas específicas que emitan para la gestión de sitios contaminados.

Asimismo, la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 012-2017-MINAM, señala que en tanto no se aprueben las guías referidas en la citada norma, serán de aplicación supletoria las guías técnicas aprobadas por el Ministerio del Ambiente, en este caso, la Guía para la elaboración de los PDS, aprobada mediante la Resolución Ministerial N° 085-2014-MINAM.

Por tanto, considerando que, de acuerdo a la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 012-2017-MINAM, las autoridades sectoriales competentes, en coordinación con el Ministerio del Ambiente, emitirán la referida regulación específica, en un plazo máximo de ciento veinte (120) días hábiles desde la entrada en vigencia de dicha norma, mientras que la mencionada regulación no se apruebe, la DGAAE continuará con el trámite de los procedimientos en curso sobre IISC bajo la norma vigente al momento de la presentación del referido instrumento, es decir, los Decretos Supremos N° 002-2013-MINAM, N° 002-2014-MINAM y la Resolución Ministerial N° 085-2014-MINAM.

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III. DEL INFORME DE IDENTIFICACION DE SITIOS CONTAMINADOS:

De acuerdo con el IISC presentado, el Titular declaró lo que a continuación se resume:

3.1 Datos Generales:

Datos del Titular. Razón Social: Empresa de Generación Eléctrica Machupicchu S.A.- EGEMSARUC: 20218339167Dirección: Av. Machupicchu s/n, Central Térmica Dolorespata, Machupicchu, Urubamba, Cusco.

Datos de la empresa que elaboró el IISC.Razón Social: Área de Medio Ambienta de EGEMSA2

R.U.C.: 20218339167Dirección: Av. Machupicchu s/n, Central Térmica Dolorespata, Machupicchu, Urubamba, Cusco.

3.2 Objetivo:

Identificar la posible afectación de los suelos a través de la evaluación preliminar, que comprende la investigación histórica y el levantamiento técnico del área de emplazamiento de la Central Hidroeléctrica Machupicchu km 122 y de la Represa y Toma de la Central Hidroeléctrica Machupicchu km 107 (en adelante, C.H. Machupicchu); así como los resultados del muestreo de identificación efectuado con la finalidad de establecer si el sitio analizado supera o no los ECA para Suelos, aprobados por Decreto Supremo N° 002-2013-MINAM o los niveles de fondo, de corresponder.

3.3 Información documental del predio (Actual e Histórico):

Ubicación.3 La Represa y Toma de la C.H. Machupicchu km 107 y la C.H. Machupicchu km 122 se encuentran ubicadas próximas a la Línea Férrea Cusco-Machupicchu, en los sectores Choquesuysuy e Intihuatana, respectivamente, en el distrito de Machupicchu, provincia de Urubamba, departamento de Cusco, contando con una extensión total de 99.25 ha. A continuación, se indican las coordenadas de los límites del predio del área de estudio de la C.H. Machupicchu:

Cuadro 1. Coordenadas de ubicación de la C.H. MachupicchuCoordenadas UTM - WGS 84 – Zona 18L – km 107

Coordenadas UTM - WGS 84 – Zona 18L– km 122Vértice

Este NorteVértice

Este Norte1 767 546.60 8 542 038.46 13 763 551.86 8 542 448.582 767 580.90 8 541 947.40 14 762 247.46 8 543 095.383 767 476.68 8 540 835.76 15 762 121.19 8 543 266.914 767 366.59 8 540 803.08 16 762 152.53 8 543 432.715 767 174.58 8 540 956.29 17 762 305.88 8 543 555.646 767 128.30 8 541 096.31 18 762 487.04 8 543 532.427 764 276.71 8 541 375.43 19 764 223.86 8 542 649.798 764 110.69 8 541 415.17 20 765 108.25 8 542 255.569 763 926.58 8 541 564.34 21 764 899.26 8 541 859.57

10 763 483.28 8 541 551.58 22 767 208.77 8 541 632.7411 763 613.28 8 541 957.23 23 767 293.54 8 541 864.1112 763 612.34 8 542 250.06

Fuente: Levantamiento de Observaciones, folio 308 del Registro N° 2945624

2 Cabe precisar que, al momento de la presentación del IISC no se encontraba vigente el Decreto Supremo Nº 014-2019-EM, Reglamento para la Protección Ambiental en las Actividades Eléctricas, el cual establece que los Estudios Ambientales e Instrumentos de Gestión Ambiental complementarios deben ser elaborados por una consultora inscrita en el Registro Nacional de Consultoras Ambientales del SENACE, antes de dicho reglamento no era exigible que el IISC sea realizado por una Consultora Ambiental.

3 Véase folios 308, 420 al 422 del Levantamiento de Observaciones, Registro N° 2945624, en la que subsanó la observación N° 1.

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Imagen 1. Vértices de ubicación de la C.H. Machupicchu

Fuente: Elaboración DGAAE-MINEM

Títulos de propiedad, contratos de arrendamiento, concesiones u otros. El predio donde se encuentra instalada la Represa y Toma de la C.H. Machupicchu km 107, se encuentra inscrita en el registro público con partida N° 02000055 As. 01 y el área de emplazamiento de la C.H. Machupicchu km 122, se encuentra inscrita con partida N° 02000174 As. 01 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral Cusco. Asimismo, mediante Resolución Suprema N° 076-94-EM del 8 de noviembre de 1994, el Ministerio de Energía y Minas aprobó la concesión definitiva de Generación Eléctrica para la C.H. Machupicchu.

Uso actual e histórico del suelo.4 Acorde al uso histórico, previo a la construcción de la Represa y Toma de la C.H. Machupicchu km 107, el terreno era denominado “Anexo Choquesuysuy”, terreno ubicado en el km 107 de la línea férrea Cusco-Quillabamba y para la C.H. Machupicchu km 122, fue parte del Ex -Fundo Santa Rita de Quente. Luego, los terrenos fueron utilizados cómo áreas destinadas para el servicio eléctrico de la C.H. Machupicchu. Actualmente, el suelo donde se emplazan los componentes de la C.H. Machupicchu continúa siendo utilizado para el servicio eléctrico.

Cuadro 2. Reseña Histórica de la C.H. MachupicchuInstalaciones y/o

componentes Año / Período Descripción del Hecho

Represa y Toma de la C.H. Machupicchu km 107

C.H. Machupicchu km 1221998

Aluvión, originado de las nacientes del río Aobamba

hasta el río Vilcanota

C.H. Machupicchu km 122 1998 - 2001Desembalse para determinar el estado de las instalaciones

posterior al aluvión

C.H. Machupicchu km 122 2001 – 2009 Trabajos de Rehabilitación de la C.H. Machupicchu – I Fase

C.H. Machupicchu km 122Represa y Toma de la C.H.

Machupicchu km 107

2009 – Fecha de presentación del

IISC

Trabajos de Rehabilitación de la C.H. Machupicchu – II Fase

Fuente: Levantamiento de Observaciones, folios 424 al 442 del Registro N° 2945624

4 Véase folios del 422 al 442 del Levantamiento de Observaciones, Registro N° 2945624, en la que subsanó la observación N° 2.

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3.4 Descripción de los componentes objeto de IISC:

Mapa de procesos.5 El proceso de generación de energía eléctrica para la C.H. Machupicchu, se enmarcan en tres (3) subprocesos de operación, los cuales son: captación y conducción de agua, generación hidráulica y proceso de transmisión de energía eléctrica. La central cuenta con los siguientes componentes: Represa, naves desarenadoras, salas de mandos, túnel de aducción, talleres de mantenimientos, zona de almacenamiento de residuos sólidos temporal, planta de tratamiento de aguas residuales, campamentos, cámara de carga, tubería de presión, casa de máquinas, subestación de transformación - Patio de llaves, zona de almacenamiento de hidrocarburos, zona de almacenamiento de residuos peligrosos y túnel de descarga. El proceso se origina con la captación de agua proveniente de la represa Sibinacocha, pasando por los desarenadores y posteriormente por el túnel de conducción hasta la cámara de carga, pasando luego a través de una tubería de presión, la cual es conducida en caída hacia la casa de máquinas, la energía generada es derivada al patio de llaves donde la potencia es elevada para su transmisión al Sistema Eléctrico Interconectado Nacional.

Cuadros de materia prima, productos, subproductos, residuos.6 Al año 2017, el Titular ha utilizado materiales, generado productos y residuos en las instalaciones de la C.H. Machupicchu, las cuales fueron:

Cuadro 3. Materiales prima, productos y residuos de la C.H. MachupicchuInstalaciones y/o componentes C.H.

Machupicchukm 107 km 122

Materia Prima Producto Residuos

Represa o toma Cámara de carga Agua -Residuos comunes (orgánicos e inorgánico) Hojas, ramas de árboles, PET, latas principalmente en épocas de avenidas.

- Tubería de Presión & Túnel de descarga Agua - Residuos comunes (orgánicos) Hojas, algas

Casa de Máquinas Agua Energía Eléctrica

Aceite dieléctrico, RAEE, hidrocarburos usados, grasas, cables, Waypes y trapos contaminados.

Naves desarenadoras - Agua -

Residuos comunes (orgánicos e inorgánico) Hojas, ramas de árboles, PET, latas principalmente en épocas de avenidas.

Túnel de aducción Agua -

Residuos comunes (orgánicos e inorgánico) Hojas, ramas de árboles, PET, latas principalmente en épocas de avenidas.

Sala de mandos Energía - Residuos comunes (orgánicos e inorgánico) Desechos de fruta, PET y latas.

-Subestación de Transformación (Patio de Llaves)

Energía eléctrica

Consumo de energía Aceite dieléctrico, RAEE

Taller Taller de mantenimiento -

Mantenimiento preventivo,

correctivoHidrocarburos (aceites, grasas, petróleo)

Zona de almacenamiento de residuos

sólidos temporal

Almacén de residuos peligrosos - -

Aceite dieléctrico, RAEE, hidrocarburos usados, grasas, cables, Waypes y trapos contaminados, productos químicos contaminados, pilas, baterías, etc.

Planta de Tratamiento de

Aguas residuales

Planta de Tratamiento de

Aguas residuales

Aguas pluviales, servidas

Aguas tratadas Grasas y Aguas servidas

5 Véase folios del 443 al 446 del Levantamiento de Observaciones, Registro N° 2945624, en la que subsanó la observación N° 3.6 Véase folios del 446 al 448 del Levantamiento Observaciones, Registro N° 2945624, en la que subsanó la observación N° 4.

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Instalaciones y/o componentes C.H. Machupicchu Materia Prima Producto Residuos

km 107 km 122

-Zona de

almacenamiento de Hidrocarburos

Hidrocarburos (aceites, grasas,

petróleo)- Hidrocarburos usados, grasas, cables,

Waypes y trapos contaminados.

Campamento Campamento Agua, energía, combustible

Alimentación y confort

Residuos comunes y no comunes PET, papel, cartones, botellas de vidrio, pilas, baterías, fluorescentes, etc.

Túnel de aducción

Residuos comunes

(orgánicos e inorgánicos)

Residuos comunes

(orgánicos e inorgánico)

Residuos comunes (orgánicos e inorgánico) hojas, ramas de árboles, algas.

Fuente: Levantamiento de Observaciones, folios del 447 al 448 del Registro N° 2945624

El Titular ha utilizado insumos con características peligrosas en las instalaciones de la C.H. Machupicchu, las cuales fueron:

Cuadro 4. Insumos químicos utilizados en la C.H. Machupicchu

Instalación Sustancias potencialmente a ser contaminante Unidad Cantidad

2017

Combustible Diésel 2 Galones 1 947Aceite de turbina P-68 Cilindros 2Aceite grado 46 Pieza 1Aceite grado 15w-40 Galones 20Aceite SAE 10 Galones 77Aceite SAE 90 Cilindros 0.1

C.H. Machupicchu

Aceite T30 – COMPRESORES Frasco 7 Fuente: Levantamiento de Observaciones, folio 56 del Registro N° 2945624

Respecto a la generación de residuos sólidos peligrosos, se generó residuos por las actividades de mantenimiento, reparación y limpieza de la central hidroeléctrica. Respecto a la generación de residuos sólidos peligrosos, acorde a la Declaración de Manejo de Residuos Sólidos 2017, el Titular declaró generar residuos sólo en la sede de la C.H. Machupicchu km 122:

Cuadro 5. Residuos Generados C.H. Machupicchu

Tipo de residuo peligrosoC.H. Machupicchu

km 122(2017)

Fluorescentes y focos (Tn) 0.024Envases de productos químicos (Tn) 0.05Trapos contaminados con hidrocarburos 0.308Envases contaminados con hidrocarburos 0.022Tóner 0.006Hidrocarburos usados (lodos poza API) 0.304Residuos biocontaminados de establecimiento de salud 0.027

Baterías usadas 0.104Total de Residuos Peligrosos Generados (Tn) 0.845

Fuente: Levantamiento de Observaciones, folio 84 del Registro N° 2945624

Y durante el mes de junio 2019, el Titular declaró generar los siguientes residuos en la sede de la C.H. Machupicchu km 122:

Cuadro 6. Residuos del Almacén Central de la C.H. Machupicchu 122 km

Clasificación Tipos de residuos Cantidad (junio 2019)

Residuos del Hidrocarburos usados 200 gal

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Clasificación Tipos de residuos Cantidad (junio 2019)

Aceites de equipo y cojinete 50 galTrapos contaminados con hidrocarburos 30 kg

Fluorescentes 10 kgPatogénicos 2 kgTóner 2.5 kgPilar y baterías 30 kgEnvases contaminados con hidrocarburos 10 kg

Ámbito No Municipal

Envases contaminados con productos químicos 20 kg

Fuente: Levantamiento de Observaciones, folios 471 y 472 del Registro N° 2945624

Sitios de disposición y descarga.7 La C.H. Machupicchu, cuenta con dos (2) Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales (PTAR), las cuales tratan las aguas provenientes de los campamentos, para luego ser vertidas al río Vilcanota. Las PTAR están ubicadas en las siguientes coordenadas:

Cuadro 7. Coordenadas de las PTAR de la C.H. MachupicchuUTM - WGS84 - Zona 18L

Sede Frecuencia Monitoreo Este (m) Norte (m)

Represa y Toma de la C.H. Machupicchu km 107 Trimestral 767 582 8 540 943

C.H. Machupicchu km 122 Trimestral 764 925 8 542 396Fuente: Levantamiento de Observaciones, folio 455 del Registro N° 2945624

El Titular cuenta con dos (2) sitios de disposición, temporal y final en la C.H. Machupicchu; el primer sitio de disposición es un almacén temporal ubicado al lado del taller de mantenimiento de la sede Represa, en la Toma de la C.H. Machupicchu km 107. Esta área se encuentra acondicionada, techada, con piso de concreto con revestimiento (pintura epóxica), recubrimiento con geomembrana, perímetro de concreto armado, muro de contención antiderrame, perímetro de concreto cerrado de 4 x 6 x 0.01 m.

El segundo sitio de disposición es el almacén central de residuos peligrosos ubicado en la C.H. Machupicchu km 122, se subdivide en cuatro áreas donde se almacena: i) residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, fluorescentes y baterías; ii) envases de pinturas y químicos; iii) trapos contaminados y iv) cilindros de hidrocarburos usados. Estas áreas se encuentran acondicionadas, techadas, con piso de concreto con revestimiento (pintura epóxica), recubrimiento con geomembrana, perímetro de concreto armado, muro de contención antiderrame, perímetro de concreto cerrado.

Finalmente, la C.H. Machupicchu contempla una zona de almacenamiento de hidrocarburos (insumos), la cual se subdivide en tres (3) espacios, el espacio central está ocupado por dos (2) tanques de combustibles (8000 gal c/u) y los otros dos (2) son almacenes que acopian gasolina y lubricantes que abastecen de combustible a la maquinaria pesada del Titular. Estas áreas se encuentran acondicionadas, techadas, con piso de concreto con revestimiento (pintura epóxica), recubrimiento con geomembrana, perímetro de concreto armado, muro de contención antiderrame, perímetro de concreto cerrado de 9 x 10 x 0.80 m. Además, cuenta con tuberías de drenaje de 6” ubicada entre los dos (2) tanque de combustible, para la captación de derrames de combustibles y aguas pluviales que son conducidas a la poza API. La poza API, está construida de concreto armado de 3.4 x 2 x 1.2 m, y 20 cm de espesor, cuenta con dos válvulas para realizarle mantenimiento. Cuenta además con tapas de concreto para cubrir el pozo API.

Cuadro 8. Coordenadas de los almacenes de residuos peligrosos de la C.H. Machupicchu

7 Véase folios del 448 al 459 del Levantamiento Observaciones, Registro N° 2945624, en la que subsanó la observación N° 5.

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Coordenadas UTM - WGS84 - Zona 18LSede Tipo y descripción del Almacén Este

(m)Norte

(m)Altitud

(m.s.n.m.)C.H. Machupicchu km

107Almacén intermedio de residuos peligrosos (temporal) 767 331 8 541 168 2017

Almacén central de hidrocarburos usados & Poza APIC.H. Machupicchu km

122 Almacén central para residuos peligrosos sólidos

764 600 8 542 263 1748

Fuente: Levantamiento de Observaciones, folios 451 al 454 del Registro N° 2945624

Informes de monitoreo dirigidos a la autoridad. En la central se realizan monitoreos ambientales de emisiones atmosféricas, efluentes, flujos electromagnéticos y niveles de ruido, la frecuencia de ejecución es trimestral y anual. Los informes son presentados al Ministerio de Energía y Minas y a la Autoridad en Materia de Fiscalización Ambiental. Cabe señalar que los datos de los informes de monitoreo se han tomado de manera referencial, dado que no se relacionan de manera directa con la identificación de sitios contaminados.

Estudios específicos dentro del predio. Cuenta con cinco (5) estudios realizados en el predio a la fecha de presentación del IISC, que son:

Programa de Manejo de Adecuación Ambiental (PAMA) de la concesión y autorización correspondientes a la C.H. Machupicchu, Centrales Térmicas Dolorespata, Bellavista y Taparachi; líneas de transmisión y Subestaciones Cachimayo y Dolorespata, aprobado por la Dirección General de Electricidad mediante R.D. N° 035-97-EM/DGE;

Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del Proyecto “Rehabilitación de la C.H. Machupicchu, aprobado por la Dirección General de Asuntos Ambientales mediante R.D. N° 053-2001-EM/DGAA;

Modificación del Estudio de Impacto Ambiental de la Rehabilitación de la C.H. Machupicchu, aprobado por la Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos mediante R.D. N° 226-2005-MEM/AAE;

Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del Proyecto “Varias obras de mantenimiento, reparación de campamentos de la C.H. Machupicchu, aprobado por la Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos mediante R.D. N° 371-2007-MEM/AAE;

Actualización del Plan de Manejo Ambiental del “Proyecto de Rehabilitación II Fase de la C.H. Machupicchu”, aprobado por la Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos mediante Oficio N° 1704-2009-MEM/AAE.

Asimismo, cabe precisar que no se cuenta con algún estudio específico relacionado a la calidad del suelo en la central.

Procedimientos administrativos a los que se vio sometido el predio. A la fecha de presentación del IISC, la instalación no cuenta con procedimientos administrativos que se hayan iniciado, relacionados al componente suelo.

3.5 Características Generales del Sitio. Para la descripción de las características naturales de la zona donde se ubica la C.H. Machupicchu, se utilizó la información del Plan de Manejo Ambiental (PMA) (2009) del Proyecto de Rehabilitación II Fase Central Hidroeléctrica Machupicchu, aprobado mediante Oficio N° 1704-2009-MEM/AAE.

Geología.8 De acuerdo a la geología local, la zona está conformada por unidades estratigráficas que corresponden a rocas intrusivas y depósitos cuaternarios. Los depósitos cuaternarios están caracterizados por una litología de gravas, arena y limos. Geomorfológicamente, corresponde al Fondo del Valle Aluvial.

8 Véase folios del 460 al 461 del Levantamiento de Observaciones, Registro N°2945624, en la que subsanó la observación N° 6.

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Asimismo, la cordillera oriental se encuentra disectada en el santuario por quebradas o valles que son transversales al rio Urubamba, donde desembocan.

Hidrogeología. 9 Las zonas de estudio, presentan una topografía agreste de pendientes, el flujo de aguas se infiltra debido a la permeabilidad del terreno generando procesos de erosión de suelos. No existe consumo de aguas subterráneas en la sede de la C.H. Machupicchu.

Hidrología. Las características hidrológicas del área de estudio, se caracteriza por la escorrentía permanente en el valle del Vilcanota. El río Vilcanota forma parte del Sistema Hidrográfico del Amazonas; el río Aobamba es el tributario de la margen izquierda del Vilcanota. La influencia en el entorno al funcionamiento y riesgos se asocia al comportamiento hidráulico del río Vilcanota y a las variaciones existentes en la estabilidad de las cadenas montañosas que albergan nevados y lagunas en las partes altas.

Topografía. La central está ubicada en la cordillera oriental y accidental en la cuenca del Vilcanota, la central se ubica en el margen izquierdo del río Vilcanota, a la altura del km 107 (Bocatoma) y km 122 (casa de máquinas) del ferrocarril. La topografía se caracteriza por estar encajada entre montañas que son atravesadas por el cauce del río Vilcanota. Existen elevaciones rocosas, con pendientes de 60° a 90°; vegetación de selva alta.

Datos Climáticos. Se tomó como referencia a las estaciones meteorológicas más cercanas al Proyecto como “Mollepata”, “Huachibamba” y “Cusco”; la precipitación media anual alcanza los 1 960 mm, la temperatura media anual oscila entre 18°C y 22°C, la humedad relativa media anual es de 84.9%. La zona de vida denominada de la C.H. Machupicchu es Bosque Muy Húmedo Montano Bajo Subtropical (bmh-MBS).

Cobertura vegetal.10 El área de estudio presenta una cobertura vegetal de tipo: matorral húmedo de montaña, y áreas de cultivos. Con presencia de gramíneas como pasto gordura (Melinis minutiflora) en algunas zona y presencia de ichu (Stipa ichu), cecropia tacuna, mirsine latifolia, cecropia membranácea, miconia herrarae, inga adenophilla y cinchona pubescens.

3.6 Identificación de sitios contaminados.

Fuentes potenciales de contaminación:

Fugas y derrames visibles.11 De acuerdo con el levantamiento técnico del sitio no se identificaron fugas o derrames visibles en el área de estudio.

Zona de tanques de combustible, insumos químicos y otros potenciales contaminantes.12 La sede C.H. Machupicchu km 122, cuenta con una zona de almacenamiento de hidrocarburos (lubricantes y combustibles). Se localiza en las siguientes coordenadas UTM - WGS84:

9 Véase folios del 461 al 462 del Levantamiento de Observaciones, Registro N°2945624, en la que subsanó la observación N° 7.10 Véase folios del 462 al 464 del Levantamiento de Observaciones, Registro N°2945624, en la que subsanó la observación N° 8.11 Véase folios del 464 al 465 del Levantamiento de Observaciones, Registro N°2945624, en la que subsanó la observación N° 9.12 Véase folios del 465 al 468 del Levantamiento de Observaciones, Registro N°2945624, en la que subsanó la observación N° 10.

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Cuadro 9. Coordenadas de la zona de almacenamiento de hidrocarburos (lubricantes y combustibles)

Coordenadas UTM - WGS84 - Zona 18LSede

Este (m) Norte (m)

C.H. Machupicchu km 122 764 600 8 542 263Fuente: Levantamiento de Observaciones, folio 451 del Registro N° 2945624

Cuadro 10. Características del tanque de combustibleCantidad Especificaciones

Capacidad 8000 gal

Diámetro 2.3 m

Longitud 7.4 m

Espesor de plancha ¼ “

Manhole 24” 1

Venteo (directo) Válvula de venteo

2 Tanques de combustible

Venteo de emergencia Válvula de venteoFuente: Levantamiento de Observaciones, folio 481 del Registro N° 2945624

Áreas de almacenamiento de sustancias y residuos.13 El almacén ubicado al lado del taller de mantenimiento de la sede Represa y Toma de la C.H. Machupicchu km 107, es un almacén de residuos sólidos temporal (almacén intermedio) dividido en dos (2) espacios, uno para residuos líquidos (hidrocarburos) peligrosos y la otra área para residuos sólidos peligrosos. Y el almacén central de residuos peligrosos de la sede C.H. Machupicchu km 122, cuenta con áreas acondicionadas techadas, con piso de concreto con revestimiento (pintura epóxica), recubrimiento con geomembrana, perímetro de concreto armado, muro de contención antiderrame, perímetro de concreto cerrado de 8.2x11x0.05 m, el ingreso cuenta con una rampa de cemento para el ingreso de cilindros.

Drenaje.14 Cuenta con red de drenaje en sus instalaciones. Para la zona de almacenamiento de residuos sólidos temporal, subestación de transformación - patio de llaves, almacén, zona de almacenamiento de hidrocarburos y campamento cuenta con canaletas metálicas para aguas pluviales ubicadas a los bordes de los aleros, consisten en tuberías de PCV de 4” que deriva las aguas hacia lugares donde el agua se infiltra naturalmente al terreno. A excepción del sistema del agua de drenaje del campamento, que cuentan con un sistema de alcantarillado para luego ser depositadas en la PTAR. Y para la zona de tanques de hidrocarburos (lubricantes y combustibles), se cuenta con una red de drenaje de 6” ubicada entre los dos (2) tanques de combustible, captando los derrames de combustible y las aguas pluviales, que conducen hacia la poza API.

Zona de carga y descarga.15 Cuenta con una zona de carga y descarga de combustible automatizada, ubicada en el almacén de combustible y lubricantes. La zona cuenta con una poza de contención antiderrame con diseño trapezoidal y tiene una pendiente que, en caso de derrame, será conducido hacia una poza de tratamientos (poza API).

Áreas sin uso específico. Las áreas sin uso específico corresponden a las oficinas administrativas, comedores, dormitorios y zona deportiva.

13 Véase folios del 469 al 475 del Levantamiento de Observaciones, Registro N°2945624, en la que subsanó la observación N° 11.14 Véase folios del 475 al 480 del Levantamiento de Observaciones, Registro N°2945624, en la que subsanó la observación N° 12.15 Véase folios del 480 al 483 del Levantamiento de Observaciones, Registro N°2945624, en la que subsanó la observación N° 13.

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3.7 Focos potenciales

Priorización y validación.16 Según lo señalado, para realizar la priorización y validación de focos, el Titular utilizó el elemento orientativo N° 4 de la Guía para la Elaboración de PDS, aprobada mediante la Resolución Ministerial N° 085-2014-MINAM. En este contexto, del análisis de información y levantamiento técnico de sitio el Titular ha determinado lo siguiente:

Cuadro 11. Caracterización y Ponderación de focos potenciales de la C.H. Machupicchu

Sede Foco potencialCompartimento posiblemente

afectado

Sustancia relevante o potencialmente a ser

contaminante

Clasificación según evidencia

Taller de Mantenimiento Suelo Hidrocarburos, aceites,

lubricantes, otros.Probable

++Represa y Toma de la C.H.

Machupicchukm 107

Zona de almacenamiento de

residuos sólidos temporal

Suelo Hidrocarburos, aceites, lubricantes, otros.

Probable++

Zona de almacenamiento de

hidrocarburosSuelo Hidrocarburos Probable

++

Taller de mantenimiento Suelo Aceite dieléctrico Probable

++

Sede Central Hidroeléctrica

Machupicchu km 122 Zona de

almacenamiento de residuos peligrosos

Suelo Hidrocarburos, aceites, lubricantes, otros.

Probable++

Fuente: Levantamiento de Observaciones, folio 48 del Registro N° 2945624

Mapa de focos potenciales de contaminación.17 En los folios 313 y 314 (Anexo 5) del Registro N° 2945624, se presenta el mapa de focos potenciales de contaminación que el Titular ha considerado, a razón de la evaluación que ejecutó para la priorización y validación.

3.8 Vías de propagación y puntos de exposición

Vías de propagación. La vía de propagación sería el componente suelo, pues en caso de exposición a derrames de aceites, grasas y combustibles, estos contaminantes se propagarían en el componente suelo.

Características de uso actual y futuro. El uso actual corresponde a actividades de generación de energía eléctrica y el uso futuro es continuar brindando el servicio de energía eléctrica a la región de Cusco.

3.9 Características del Entorno

Fuentes en el entorno. No se identificaron fuentes potenciales de contaminación en el entorno. Sin embargo, existen focos que pudiesen deteriorar el patrimonio y la matriz suelo, debido a la geología (fuente) de la zona por eventos como huaycos y avalanchas, los cuales ocurren periódicamente, afectando la operación de las compuertas de la toma.

16 Véase folios del 483 al 485 del Levantamiento de Observaciones, Registro N°2945624, en la que subsanó la observación N° 14.17 Véase folios del 313, 314 y 385 del Levantamiento de Observaciones, Registro N°2945624, en la que subsanó la observación N° 15.

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Focos y vías de propagación. Los focos del entorno corresponderían a causas de la geología de la zona como eventos de huaycos y avalanchas.

3.10 Plan de muestreo de Identificación.

Ubicación de los puntos de muestreo. En base al reconocimiento in situ y a los resultados de la priorización y validación de fuentes potenciales, ha establecido las Áreas de Potencial Interés (API) en las áreas de la sede C.H. Machupicchu km 122, la cual tiene una extensión total de 0,0834 hectáreas.

En este contexto, diseñó su plan de muestreo de identificación, el cual comprendió la toma y análisis de cinco (5) puntos de muestreo representativos. En el siguiente cuadro se detalla la ubicación de los puntos de muestreo:

Cuadro 12. Ubicación de los puntos de muestreoCoordenadas UTM WGS84 - Zona 18LÍtem Instalación/

Sede Foco potencial Número de muestra Código

Este NorteAPI (ha)

1 Taller de Mantenimiento 1 Taller 764 773 8 542 287 0.0266

2Almacén de

Residuos Peligrosos

1 Almacén de Residuos Peligrosos 764 593 8 542 264 0.0053

3Almacén de

Lubricantes y combustible

1 Almacén de Lubricantes y combustible 764 628 8 542 259 0.0469

1 Patio de llaves – Superficial4 Patio de llaves

1 Patio de llaves - Profundidad (1m)

764 376 8 542 211 0.0025

1 En la dirección del río dentro del campamento - Superficial

5

C.H. Machupicchu

km 122

Dirección del río dentro del

campamento 1En la dirección del río dentro del

campamento – Profundidad (1m)

764 616 8 542 303 0.0021

Fuente: IISC C.H. Machupicchu, folio 10 del Registro N° 3091915 y folio 1 del Registro N° 3117922.

Respecto al número de puntos de muestreo, en el cuadro anterior, se observa que las extensiones de las APIs son menores a 0.1 ha. De acuerdo con la Guía para el Muestreo de Suelos, en la cual se indica que para APIs cuyas extensiones sean iguales a 0.1 ha le corresponde 4 puntos de muestro como mínimo; sin embargo, la mencionada guía no indica el número de puntos de muestreo para APIs cuyas extensiones sean menores a 0.1 ha. En este sentido, siendo extensiones muy pequeñas (0.0266 ha, 0.0053 ha, 0.0469 ha, 0.0025 ha y 0.0021 ha), se ha considerado un total de cinco (5) puntos de muestreo para las APIs (Taller de Mantenimiento, Almacén de Residuos Peligrosos, Almacén de Lubricantes y combustible, Patio de llaves y Dirección del río dentro del campamento). Al respecto, se puede indicar que el número de puntos de muestreo es representativo para cada API y, por lo tanto, se estaría cumpliendo con lo establecido en la Guía para el Muestreo de Suelos, aprobada mediante Resolución Ministerial N° 085-2014-MINAM.

Profundidad del muestreo. Para los puntos de muestreo Patio de llaves – Profundidad y en la dirección del río dentro del campamento – Profundidad, los presentes puntos de muestreo fueron recolectados a un (1) m de profundidad. Y para los puntos Taller de Mantenimiento, Almacén de Residuos PeligrososAlmacén de Lubricantes y combustible, Patio de llaves – Superficial y en la dirección del río dentro del campamento – Superficial, la profundidad de toma de muestra fue ejecutada a 0.1 m de profundidad.

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Parámetros analizados. Se ejecutó el muestreo y análisis de Fracción de Hidrocarburos (Fracción 2 y 3) y Bifenilos Policlorados.

Resultados del muestreo de identificación. Según lo reportado en el IISC, el muestreo de suelo en las APIs fue realizadas los días 16 y 17 de septiembre de 2020 por el Laboratorio Certificaciones del Perú S.A. (CERPER), el cual cuenta con una acreditación otorgada por el Instituto Nacional de Calidad (INACAL), con registro N° LE-003. Cabe mencionar que no hubo toma de muestras en años anteriores. El resumen de los resultados del muestreo se presenta en el siguiente cuadro:

Cuadro 13. Resultados del muestreo

Ítem Puntos de Muestreo

Fracción de hidrocarburos F2 (C10-

C28) (mg/kg de MS)

Fracción de hidrocarburos F3

(C28- C40) (mg/kg de MS)

Bifenilos Policlorados

PCB(mg/kg de MS)

1 Taller de Mantenimiento <53,24 <199,72 -2 Almacén de Residuos Peligrosos <53,24 <199,72 -

3 Almacén de Lubricantes y combustible 71,55 <199,72 -

Patio de llaves – Superficial <53,24 - <0,164

Patio de llaves - Profundidad <53,24 - <0,16En la dirección del río dentro del campamento - Superficial <53,24 <199,72 -

5En la dirección del río dentro del campamento - Profundidad <53,24 <199,72 -

ECA Suelo* (mg/kg de MS) 5000 6000 33Fuente: IISC C.H. Machupicchu, Anexo 6, folio 176 al 286 del Registro N° 3091915

* Estándar de Calidad Ambiental para suelo industrial (ECA), aprobado mediante Decreto Supremo N° 002-2013-MINAM.

De acuerdo con los resultados obtenidos, las concentraciones reportadas del análisis químico de las muestras de suelo se encuentran por debajo del umbral establecido por los ECA suelo para uso comercial/industrial/extractivos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 002-2013-MINAM.

3.11 Modelo Conceptual Preliminar.18 Se identificaron en la central hidroeléctrica, un total de cinco (5) focos potenciales contaminantes, como los talleres de mantenimiento, zonas de almacenamiento temporal de residuos sólidos, hidrocarburos y residuos sólidos peligrosos, identificando a su vez, como sustancias potencialmente contaminantes a los hidrocarburos, aceites y lubricantes principalmente.

Cuadro 14. Mapa Conceptual Preliminar

Sede Potenciales fuentes y focos de contaminación

Contaminantes de potencial interés

Posibles rutas y vías de propagación

PotencialesReceptores

Taller de MantenimientoHidrocarburos,

aceites, lubricantes, otros

Suelo – contacto directoRepresa y Toma de

la C.H. Machupicchu km

107Zona de almacenamiento de residuos sólidos temporal

Hidrocarburos, aceites, lubricantes,

otros

Suelo – contacto directo

Zona de almacenamiento de hidrocarburos Hidrocarburos Suelo – contacto

directo

Taller de mantenimiento Aceite dieléctrico Suelo – contacto directo

Sede Central Hidroeléctrica

Machupicchu km 122 Zona de almacenamiento

de residuos peligrosos

Hidrocarburos, aceites, lubricantes,

otros

Suelo – contacto directo

Trabajadores, flora y fauna,

Fuente: Levantamiento de Observaciones, folio 486 del Registro N° 2945624

18 Véase folios del 485 al 486 del Levantamiento de Observaciones, Registro N°2945624, en la que subsanó la observación N° 15.

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IV. EVALUACIÓN:

4.1 Levantamiento de observaciones:

Luego de la evaluación realizada a la documentación presentada por la Empresa de Generación Eléctrica Machupicchu S.A., mediante el Informe N° 0114-2019-MEM/DGAAE-DEAE la DGAAE formuló veinte (20) observaciones al IISC presentado por el Titular. No obstante, de la evaluación realizada al levantamiento de observaciones presentado por el Titular, mediante Registro N° 2945624 del 17 de junio de 2019, Registros N° 3091915 y N° 3091967 del 9 de noviembre de 2020 y Registros N° 3117922 y N° 3117929 del 1 de febrero de 2021, se concluye que las observaciones formuladas al IISC fueron subsanadas en su totalidad por el Titular.

4.2 Análisis e interpretación de los resultados:

De acuerdo a los datos presentados por el Titular y luego del análisis realizado, la cantidad y ubicación del punto de muestreo considerado es representativa para el área de estudio.

Asimismo, de los resultados de los análisis de la muestra de suelo se verificó que ningún parámetro analizado, supera los valores establecidos en los ECA para Suelo Comercial/Industrial/Extractivos (vigente al momento de presentación del IISC), aprobados mediante el Decreto Supremo N° 002-2013-MINAM.

Además, se debe indicar que el IISC sigue los lineamientos de la Guía para la Elaboración de PDS y la Guía para el Muestreo de Suelos, aprobadas mediante Resolución Ministerial N° 085-2014-MINAM.

4.3 Resultados de la identificación de sitios contaminados:

De la evaluación del IISC, en la C.H. Machupicchu no se han identificado sitios que superen los ECA para Suelo Comercial/Industrial/Extractivos (vigente al momento de presentación del IISC). Por lo tanto, no corresponde pasar a la fase de caracterización ni elaborar un PDS.

V. CONCLUSIÓN:

- Luego de la evaluación realizada a la documentación presentada por la Empresa de Generación Eléctrica Machupicchu S.A.19, se ha verificado que ha cumplido con todos los requisitos establecidos en la Guía para la Elaboración de Planes de Descontaminación de Suelos y en la Guía de Muestreo de Suelos, aprobadas mediante Resolución Ministerial N° 085-2014-MINAM.

- Por lo tanto, corresponde otorgar conformidad al Informe de Identificación de Sitios Contaminados de la C.H. Machupicchu, concluyéndose que no se requiere proseguir con la Fase de Caracterización de Suelos respecto del área de estudio al no haberse detectado sitios contaminados, dándose por finalizada la evaluación.

VI. RECOMENDACIONES:

- Remitir el presente informe y la resolución directoral a emitirse al Titular, para su conocimiento y fines correspondientes.

- Remitir copia del presente informe, la resolución directoral a emitirse y de todo lo actuado en el presente procedimiento administrativo a la Dirección de Supervisión Ambiental en Energía y Minas del Organismo

19 Cabe precisar que, la evaluación del “Informe de Identificación de Sitios Contaminados de la Central Hidroeléctrica Machupicchu presentado por la Empresa de Generación Eléctrica Machupicchu S.A., se ha realizado con base en la información recogida hasta la fecha de presentación del referido informe; en ese sentido, los eventos ocurridos o actividades desarrolladas de manera posterior a dicha fecha no se encuentran considerados en la presente evaluación.

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de Evaluación y Fiscalización Ambiental, para su conocimiento y fines correspondientes de acuerdo al ámbito de sus competencias.

- Publicar el presente informe en la página web del Ministerio de Energía y Minas, así como la resolución directoral a emitirse, a fin de que se encuentre a disposición del público en general.

Elaborado por:

Qca. Carmen Lidia Serrano CasimiroCQP N° 1087

Abog. Katherine Green Calderón VásquezCAL N° 42922

Visto el informe que antecede, y estando conforme con el mismo; cúmplase con remitir el presente al despacho del Director General para su trámite correspondiente.

Ing. Ronald Enrique Ordaya PandoDirector de Evaluación Ambiental de Electricidad

Acceda al documento en http://pad.minem.gob.pe/BuscaTuDocumento, clave : C1B5LRY0

Firmado digitalmente por SERRANO CASIMIROCarmen Lidia FAU 20131368829 softInstitución: Ministerio de Energía y MinasMotivo: Firma del documentoFecha: 2021/04/30 10:31:33-0500

Firmado digitalmente por CALDERON VASQUEZKatherine Green FAU 20131368829 softInstitución: Ministerio de Energía y MinasMotivo: Firma del documentoFecha: 2021/04/30 10:33:45-0500

Firmado digitalmente por ORDAYA PANDORonald Enrique FAU 20131368829 softInstitución: Ministerio de Energía y MinasMotivo: Firma del documentoFecha: 2021/04/30 10:46:46-0500